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res12011983

Resolución de la Presidencia, de 12 de enero de 1983, sobre normas que regulan la calificación de los escritos de enmiendas presentadas a textos legislativos.

Esta Presidencia, considerando la insuficiencia de las normas que regulan la calificación de los escritos de enmiendas presentados a textos legislativos y en uso de las facultades que le confiere el artículo 32 del Reglamento de la Cámara, previo acuerdo favorable de la Mesa y de la Junta de Portavoces, ha acordado lo siguiente:

Primero.

Una vez concluido el plazo de presentación de enmiendas a un proyecto o proposición de ley, la Mesa de la Comisión competente calificará las que sean a la totalidad, así como las que supongan aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios.

Segundo.

Contra el acuerdo de calificación de la Mesa de la Comisión el Diputado o Grupo Parlamentario enmendantes podrán interponer reclamación ante la Mesa de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de enero de 1983. - El Presidente del Congreso de los Diputados, Gregorio Peces-Barba Martínez.

(«B. O.C. G.»- Congreso de los Diputados, No. 10-I de la Serie H, de 25 de enero de 1983.)