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res04041984

Resolución de la Presidencia, de 4 de abril de 1984, sobre tramitación parlamentaria de la memoria anual del Consejo General del Poder Judicial.

El artículo 4.º de la Ley Orgánica 1/1980, de 10 de enero, del Consejo General del Poder Judicial, señala que éste remitirá a las Cortes Generales y al Gobierno una Memoria anual sobre el estado y las actividades de la Administración de Justicia.

El Reglamento del Congreso, en su artículo 201, regula la tramitación de los diferentes informes que deben ser rendidos ante el Congreso, y se remite a lo dispuesto en los artículos 196 y 197, excluyendo la intervención inicial del Gobierno, y abriendo la posibilidad de que se formulen propuestas de resolución según la naturaleza del informe.

Ante la necesidad de precisar estos aspectos y de adecuarlos a la peculiar naturaleza de la indicada Memoria, esta Presidencia, previo parecer favorable de la Mesa y de la Junta de Portavoces, conforme al artículo 32 del Reglamento, ha resuelto:

Primero

Recibida la Memoria anual del Consejo General del Poder Judicial sobre el estado de la Administración de Justicia, la Mesa del Congreso la remitirá a la Comisión de Justicia e Interior de la Cámara para trámite de información.

Segundo

La sesión de la Comisión se iniciará con la presentación de la Memoria por el Presidente del Consejo del Poder Judicial, siendo presidida, a estos efectos, por el Presidente de la Cámara.

Tras dicha presentación podrán hacer uso de la palabra uno o más representantes de cada Grupo Parlamentario, para formular preguntas o hacer observaciones, en un tiempo máximo de quince minutos para cada Grupo.

Tras la contestación del Presidente del Consejo General del Poder Judicial, los intervinientes podrán hacer de nuevo uso de la palabra durante un tiempo máximo de diez minutos por Grupo.

La Comisión podrá designar una Ponencia que informe, en un plazo de quince días, sobre el estado y las actividades de la Administración de Justicia contenidos en la Memoria

Tercero

Concluida dicha comparecencia, o debatido y votado por la Comisión el informe de la Ponencia, se abrirá un plazo de tres días para presentar propuestas de resolución ante la Mesa de la Comisión. La Mesa de la Comisión admitirá las propuestas que sean congruentes con la Memoria objeto del debate referidas al servicio público de la Justicia y respetando, en todo caso, la independencia de la función jurisdiccional. Las admitidas a trámite, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 31.2 del Reglamento de la cámara, serán remitidas a la Mesa del Congreso a efectos de su inclusión en el orden del día de una sesión plenaria.

Cuarto

Las propuestas admitidas, una vez incluidas en el orden del día de una sesión plenaria, podrán defenderse durante un tiempo máximo de diez minutos, pudiendo concederse un turno en contra por el mismo tiempo, tras la defensa de cada una de ellas. Las enmiendas a las propuestas se regirán por lo dispuesto en el Reglamento para las proposiciones no de Ley.

Quinto

Los acuerdos adoptados en el Pleno se comunicarán, en todo caso, el Consejo General del Poder Judicial.

Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 1984.-El Presidente del Congreso de los Diputados, Gregorio Peces-Barba Martínez.

(«B. O. C. G.»-Congreso de los Diputados, No. 36 de la Serie E, de 10 de abril de 1984.)