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BOCG. Senado, serie II, núm. 143-d, de 21/06/1999
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: 21 de junio de 1999 Núm. 143 (d)
PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 157
Núm. exp. 121/000157)
PROYECTO DE LEY
621/000143 Sobre concesión de un crédito extraordinario, por importe de
16.870.101.469 pesetas, para hacer efectivo el pago a las empresas
colaboradoras de asistencia sanitaria de la compensación económica
establecida en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 66/1997, de 30
de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
para 1998.
ENMIENDAS
621/000143
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley sobre concesión
de un crédito extraordinario, por importe de 16.870.101.469 pesetas, para
hacer efectivo el pago a las empresas colaboradoras de asistencia
sanitaria de la compensación económica establecida en la Disposición
Transitoria Sexta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 1998.
Palacio del Senado, 21 de junio de 1999.--La Presidenta del Senado,
Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 4
enmiendas al Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito
extraordinario, por importe de 16.870.101.469 pesetas, para hacer
efectivo el pago a las empresas colaboradoras de asistencia sanitaria de
la compensación económica establecida en la Disposición Transitoria Sexta
de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social para 1998.
Palacio del Senado, 11 de junio de 1999.--José Fermín Román Clemente.
ENMIENDA NUM. 1
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Exposición de Motivos.
ENMIENDA
De supresión.
MOTIVACION
Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un
sistema público sanitario.
ENMIENDA NUM. 2
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al artículo
1.
ENMIENDA
De supresión.
MOTIVACION
Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un
sistema público sanitario.
ENMIENDA NUM. 3
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al artículo
2.
ENMIENDA
De supresión.
MOTIVACION
Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un
sistema público sanitario.
ENMIENDA NUM. 4
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
José Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Disposición Final.
ENMIENDA
De supresión.
MOTIVACION
Por tratarse de una fórmula de colaboración que no tiene encaje en un
sistema público sanitario.
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
Reglamento del Senado, formula 4 enmiendas al Proyecto de Ley sobre
concesión de un crédito extraordinario, por importe de 16.870.101.469
pesetas, para hacer efectivo el pago a las empresas colaboradoras de
asistencia sanitaria de la compensación económica establecida en la
Disposición Transitoria Sexta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 1998.
Palacio del Senado, 11 de junio de 1999.--El Portavoz, Juan José Laborda
Martín.
ENMIENDA NUM. 5
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Exposición de Motivos.
ENMIENDA
De supresión.
JUSTIFICACION
En coherencia con enmiendas posteriores.
ENMIENDA NUM. 6
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al
artículo 1.
ENMIENDA
De supresión.
JUSTIFICACION
El Proyecto de Ley supone el mantenimiento del sistema de colaboración de
empresas en la gestión de la
asistencia sanitaria de la Seguridad Social, lo que, culminado el
proyecto de financiación del Sistema Nacional de Salud a través de
ingresos del Estado, es una situación anacrónica que no responde al
modelo sanitario previsto en la Ley General de Sanidad.
El cálculo del importe del crédito extraordinario es arbitrario. La
metodología seguida para este cálculo parte de equiparar el gasto medio
sanitario de los trabajadores protegidos por el sistema de colaboración
de empresas en la asistencia sanitaria al gasto medio de la población
cubierta por el Sistema Nacional de la Salud, cuando el riesgo de
aquellos es muy inferior al de la población en general. Además, ni el
coeficiente reductor por prestar asistencia sanitaria únicamente a
activos ni los demás criterios utilizados son adecuados.
ENMIENDA NUM. 7
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al
artículo 2.
ENMIENDA
De supresión.
JUSTIFICACION
En coherencia con la enmienda anterior.
ENMIENDA NUM. 8
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Disposición Adicional Unica.
ENMIENDA
De supresión.
JUSTIFICACION
En coherencia con enmiendas anteriores.