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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 122, de 14/03/2017
cve: BOCG-12-D-122 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


14 de marzo de 2017


Núm. 122



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/001522 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre revisión de la Ley Orgánica de Protección de Datos para adecuarla al nuevo Reglamento General de Protección de Datos ... href='#(Página9)'>(Página9)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001501 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso de los planes nacionales con impacto en Derechos Humanos ... (Página10)


161/001518 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre los principios que han de regir las negociaciones sobre la salida del Reino Unido de la Unión Europea, tanto
bilaterales como en el marco de la Unión Europea ... (Página12)


161/001545 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el cese de las devoluciones a Somalia de personas que habitan en el campo de refugiados de Dadaab (Kenia) y se insta al Gobierno a aumentar las ayudas
económicas y de acogida a dichos refugiados ... (Página15)


161/001546 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, de apoyo a las mujeres y niñas yazidíes secuestradas por el Estado Islámico y a la asunción de responsabilidades de la comunidad internacional ... href='#(Página16)'>(Página16)


Comisión de Interior


161/001516 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre reforma de la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos de comunicaciones electrónicas con fines de investigación penal ... href='#(Página17)'>(Página17)


161/001521 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a permitir el acceso a la información sobre resoluciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE) ... href='#(Página20)'>(Página20)


161/001526 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la anulación de la declaración de utilidad pública de la organización que fomenta el odio 'HazteOir.org' ...
(Página21)



Página 2





161/001535 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la eliminación de cualquier requisito que pueda impedir acceder a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a cualquier ciudadano infectado con el
VIH ... (Página23)


Comisión de Defensa


161/001548 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la necesidad de mayor transparencia en la gestión de los Programas Especiales de Armamento ... href='#(Página24)'>(Página24)


Comisión de Economía, Industria y Competitividad


161/001502 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre refuerzo de la lucha contra el fraude comercial ... (Página25)


161/001515 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la aprobación de medidas de impulso a la industria del transporte sostenible ... (Página26)


161/001527 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a medidas para lograr la trasparencia en los procesos de titulización hipotecaria ... href='#(Página29)'>(Página29)


161/001540 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el desarrollo del Proyecto CEUS ... (Página32)


161/001542 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la Ley de Sociedades de Capital ... (Página34)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/001500 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la aplicación del IVA de los equipamientos de óptica ... (Página35)


161/001533 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la calidad del gasto público ... (Página38)


161/001534 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar la reforma de la financiación autonómica ... (Página38)


Comisión de Fomento


161/001493 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la defensa de la titularidad pública de los espacios de La Solana y el Hotel Finisterre en A Coruña ... (Página39)


161/001498 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a iniciar el proceso para la construcción de una estación de ferrocarril de Cercanías en la línea C4 en el polígono industrial
Cobo Calleja del municipio de Fuenlabrada ... (Página41)


161/001507 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la continuidad del desarrollo del Eje Cantábrico-Mediterráneo de altas prestaciones y tráfico mixto en su integridad, desde Valencia hasta Santander,
con sus dos ramales por Logroño-Miranda y por Pamplona ... (Página42)


Comisión de Educación y Deporte


161/001495 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a regular los contratos predoctorales de acuerdo con la Ley de la Ciencia ... href='#(Página43)'>(Página43)



Página 3





161/001503 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre modificación del sistema de concesión de becas generales de la Universidad (MEC) y resolución del problema de
los retrasos en el pago de las mismas ... (Página45)


161/001529 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a favorecer el aprendizaje de idiomas extranjeros en colaboración con los alumnos Erasmus que estudian en España ... href='#(Página46)'>(Página46)


161/001539 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el retorno de un porcentaje de los ingresos producidos por las apuestas deportivas e hípicas en favor del deporte base y la industria productiva ... href='#(Página47)'>(Página47)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/001523 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al reconocimiento y modificación de los coeficientes reductores a trabajadores del sector de la extracción y
transformación del granito y la pizarra con riesgo de contraer silicosis ... (Página49)


161/001538 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al superávit anunciado por el Servicio Público de Empleo en las cuentas de 2016 ... href='#(Página51)'>(Página51)


161/001541 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la modificación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
del Estatuto de los Trabajadores ... (Página52)


161/001543 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a modificar las condiciones del contrato de relevo y jubilación parcial ... (Página54)


161/001544 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a presentar un Proyecto de Ley fruto del diálogo social, para la constitución de un fondo de capitalización de los trabajadores que
contribuya a reducir la dualidad del mercado de trabajo y a la creación de empleo estable ... (Página55)


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/001520 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la adopción de medidas de reforma del mercado eléctrico ... (Página58)


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/001517 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a erradicar y controlar la plaga de polilla guatemalteca, que está afectando a la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia y al Principado de
Asturias ... (Página61)


161/001530 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la puesta en marcha de un Plan de erradicación de la tuberculosis y la brucelosis bovina ... (Página62)


161/001531 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre los incendios forestales y la protección de la interfase urbano-forestal ... (Página63)



Página 4





Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/001494 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la prevención infantil y el etiquetado de productos que contienen aceite de palma o grasa de palma ... href='#(Página64)'>(Página64)


161/001496 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al impulso de un estudio sobre la esperanza vital y capacidad laboral que tienen las personas que padecen enfermedades raras ... href='#(Página66)'>(Página66)


161/001505 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la correcta atención sanitaria de quienes padecen una enfermedad rara ... (Página67)


161/001506 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la reposición del derecho de las personas cuidadoras no profesionales del Sistema de Dependencia a las cotizaciones a la Seguridad Social ... href='#(Página69)'>(Página69)


161/001508 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso del tejido social de nuestro país dentro de la Marca España ... (Página70)


161/001512 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre apoyo a las personas enfermas por el Síndrome del Aceite Tóxico ... (Página71)


161/001524 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la enfermedad celiaca ... (Página72)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/001532 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo de modelos de producción y consumo sostenibles ... (Página73)


Comisión de Cultura


161/001513 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la restauración y rehabilitación del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla ... (Página74)


161/001536 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, por la que se insta al Gobierno a modificar el artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el que se regula la
deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales ... (Página76)


161/001549 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la conmemoración del IV Centenario del nacimiento de Bartolomé Esteban Murillo ... (Página79)


161/001550 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la declaración del Día de las Lenguas Ibéricas ... (Página79)


Comisión para el Estudio del Cambio Climático


161/001511 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para mejorar la calidad del aire en relación a la salud humana y protección de la agricultura y los ecosistemas ... href='#(Página80)'>(Página80)



Página 5





Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001537 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a declarar oficialmente el 3 de mayo como Día de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ... href='#(Página83)'>(Página83)


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/001491 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Ministerio de Fomento a la construcción de calzadas laterales en la autovía A-2 a su paso por el término municipal de Tàrrega (Lleida) ...
(Página84)


161/001492 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Ministerio de Fomento a mejorar la seguridad vial de la carretera N-230 a su paso por Lleida y Huesca ... href='#(Página84)'>(Página84)


161/001509 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la mejora de la seguridad de la carretera N-435 en su tramo entre Almendral y el principio de la variante de Barracota ... href='#(Página85)'>(Página85)


161/001510 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a mejorar la señalización de las carreteras de titularidad estatal ... (Página86)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001525 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la protección de los derechos de la infancia al esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida
cultural y las artes ... (Página87)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Hacienda y Función Pública


181/000142 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de devolver de oficio y con carácter general las cantidades abonadas por emigrantes retornados en concepto de intereses de demora,
recargos y multas por no haber pagado las cuotas de IRPF correspondientes a sus pensiones extranjeras percibidas entre los años 2008 y 2012, en base al procedimiento de regularización iniciado en el año 2012 y del que no se ha informado
adecuadamente a las personas afectadas ... (Página89)


181/000143 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de interpretar el artículo 19.2 del Convenio entre la República Federal de Alemania y el Estado español para evitar la doble
imposición y prevenir la evasión fiscal de 5 de diciembre de 1966, conforme al sentido propio de sus palabras, de tal forma que se consideren exentas en España las pensiones pagadas por o con cargo a fondos públicos ... href='#(Página89)'>(Página89)


181/000144 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de iniciar los trámites legislativos necesarios para el establecimiento de un régimen de IRPF que detalle de forma explícita y clara
las obligaciones fiscales de los emigrantes españoles retornados a España en relación con las pensiones extranjeras que reciben de los países en los que han trabajado, evitando, en todo caso, la doble imposición ... href='#(Página90)'>(Página90)



Página 6





181/000153 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco de la Torre Díaz (GCs), sobre número de expedientes pendientes de resolución que acumulan a día de hoy los Tribunales Económico-Administrativos, así como importe de la deuda
reclamada que representan ... (Página90)


181/000154 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco de la Torre Díaz (GCs), sobre importe que espera cobrar el Gobierno del total de la deuda tributaria pendiente de cobro, así como medidas para poder cobrar el máximo de dicha deuda
... (Página90)


181/000155 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco de la Torre Díaz (GCs), sobre importes de intereses de demora liquidados y pago total de reembolso del coste de los avales que ha satisfecho la Administración en los últimos cuatro
años a raíz de los expedientes resueltos a favor del contribuyente en los Tribunales Económico-Administrativos ... (Página90)


181/000156 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco de la Torre Díaz (GCs), sobre número de reclamaciones pendientes en los Tribunales Económico-Administrativos con más de tres años y diez meses, así como importe que se perderá por
prescripción en 2017 por el transcurso de los cuatro años preceptivos ... (Página91)


Comisión de Fomento


181/000120 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de la inclusión en los próximos Presupuestos Generales del Estado de una asignación destinada a la finalización de las obras de la
carretera Agaete-La Aldea de San Nicolás para dar solución a la situación de aislamiento de su población por culpa de los daños que la carretera sufre durante gran parte del año ... (Página91)


181/000121 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca del cumplimiento de la exigencia del tejido económico, asociativo e institucional de las comarcas de Lleida y de Tarragona, de
liberar el peaje de la autopista AP-2 entre Montblanc y Lleida para frenar la elevada siniestralidad de la N-240 ... (Página91)


181/000122 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre motivos para que las obras de la carretera de La Aldea iniciadas en 2009 finalicen en junio de 2017, sin completar gran parte de las zonas peligrosas
... (Página92)


181/000123 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre opinión del Gobierno acerca de si una nueva autovía totalmente innecesaria, con el consecuente impacto ambiental, económico y social, para el tramo
entre Montblanc (Tarragona) y Lleida cuando existe una autopista AP-2 que transcurre en paralelo, es una solución óptima para acabar con la siniestralidad de la N-240 ... (Página92)


181/000124 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de mejorar el mantenimiento y la inversión en el servicio y las infraestructuras ferroviarias en Cataluña, especialmente en
cercanías y regionales ... (Página92)


181/000125 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre valoración del Gobierno sobre que las múltiples encuestas de calidad del servicio de Renfe siempre tengan malas puntuaciones en Cataluña, así como
sobre la caída de un 13 % de los usuarios en 'Rodalies' entre los años 2006 y 2012, mientras el metro y los ferrocarriles aumentan hasta un 20 % ... (Página93)



Página 7





181/000127 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de completar el Plan Rodalies Barcelona 2008-2015, aprobado por Consejo de Ministros en febrero de 2009 con una previsión de
inversión de 4.000 millones de euros ... (Página93)


181/000128 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de poner soluciones a las reinvindicaciones históricas de soterramiento de las vías de Renfe al paso por ciudades como Montcada i
Reixac o Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) para acabar con los múltiples atropellos de los últimos años y cumplir así con sus compromisos ... (Página93)


181/000129 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de incluir en los próximos Presupuestos Generales del Estado de los proyectos relativos al soterramiento de las vías en Montcada i
Reixac y Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) ... (Página94)


181/000130 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de cumplir con la propuesta original de soterramiento del proyecto constructivo de 2010, en el proyecto de soterramiento de las
vías de Renfe a su paso por Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) ... (Página94)


181/000137 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Alonso Cantorné (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de generar el diálogo y colaborar con el Govern de les Illes Balears en la gestión de los aeropuertos de las citadas Illes ... href='#(Página94)'>(Página94)


181/000148 Pregunta formulada por el Diputado don Celso Luis Delgado Arce (GP), sobre valoración de los servicios ferroviarios prestados por Renfe en el Corredor Ferroviario Eje Atlántico entre A Coruña y Vigo ... href='#(Página95)'>(Página95)


181/000149 Pregunta formulada por el Diputado don Celso Luis Delgado Arce (GP), sobre valoración de los servicios ferroviarios Avant prestados por RENFE en el Corredor Ferroviario Ourense-Santiago-A Coruña ... href='#(Página95)'>(Página95)


181/000150 Pregunta formulada por el Diputado don Celso Luis Delgado Arce (GP), sobre valoración del primer año de funcionamiento del Plan Galicia de Renfe en las comunicaciones ferroviarias de larga distancia entre Galicia y Madrid ... href='#(Página95)'>(Página95)


181/000151 Pregunta formulada por el Diputado don Celso Luis Delgado Arce (GP), sobre fecha de respuesta del estado de ejecución de las obras de LAV de acceso a Galicia, en los tramos comprendidos entre Zamora y Ourense ... href='#(Página95)'>(Página95)


181/000152 Pregunta formulada por el Diputado don Celso Luis Delgado Arce (GP), sobre situación de los proyectos de carreteras que tiene en marcha el Ministerio de Fomento en la provincia de Ourense ... (Página96)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


181/000140 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de modificar el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprobaba el texto refundido de la Ley de Empleo, en
el sentido de suprimir su artículo 33.5, que establece que las agencias de colocación podrán ser consideradas entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo y demás preceptos concordantes con él, toda vez que se demostró el fracaso de
este plan de colaboración público-privada ... (Página96)


181/000141 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de modificar la normativa existente para que se reconozcan de oficio las incapacidades aprobadas en el país de origen de los
emigrantes españoles retornados ... (Página96)



Página 8





181/000145 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre valoración del hecho de que las partidas presupuestarias destinadas a la formación profesional para el empleo en las cuentas de 2016 y gestionados por
el SEPE, no se hayan ejecutado ... (Página96)


181/000146 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de restablecer por desempleo para mayores de 52 años en las condiciones previamente existentes a las reformas de 2012 y 2013, con
los requisitos establecidos en el Real Decreto 200/2006, de 17 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de protección por desempleo ... href='#(Página97)'>(Página97)


181/000147 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre motivos por los que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no ha ejecutado los presupuestos establecidos en las cuentas de 2016 y destinados para
las personas sin empleo y sin cobertura por desempleo ... (Página97)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/008182 Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel


Tundidor Moreno, Victoria Begoña


Motivo por el que el Gobierno no considera la montura de las gafas como material sanitario ... (Página97)


184/009669 Autor: Peña Camarero, Esther


Comunicación por Adif al Ayuntamiento de Briviesca de la existencia de la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de dicha localidad ... (Página98)


184/009670 Autor: Peña Camarero, Esther


Comunicación por Adif al Ayuntamiento de Briviesca de la paralización temporal de la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de dicha localidad ... (Página99)


184/009671 Autor: Peña Camarero, Esther


Comunicación por Adif al Ayuntamiento de Briviesca de que se descarta la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de dicha localidad ... (Página99)


184/009693 Autor: Capdevila i Esteve, Joan


Previsiones acerca de acometer la transposición de la Directiva 2014/104/UE sobre acciones por daños derivados de infracciones al derecho de la competencia simultáneamente con la normativa de modificación de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia ... (Página100)


184/009785 Autor: Candela Serna, Ignasi


Baldoví Roda, Joan


Denuncia de un padre a las puertas de un colegio de Benidorm por dirigirse a dos policías nacionales en valenciano, así como medidas para que no se vulneren los derechos lingüísticos ... (Página101)


184/009799 Autor: Candela Serna, Ignasi


Valoración de la aplicación por los bancos del método 365/360 que implica la imposición de unos tipos de interés mayores a los acordados en los créditos y préstamos ... (Página102)



Página 9





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/001522


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el articulo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
revisión de la Ley Orgánica de Protección de Datos para adecuarla al nuevo Reglamento General de Protección de Datos, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


El 14 de abril de 2016 fue aprobado por el Parlamento Europeo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos deroga y sustituye la Directiva 95/46/CE.


El RGPD entró en vigor el 25 de mayo de 2016 pero, para facilitar a los Estados miembros su adaptación al mismo, su efectiva aplicación se ha pospuesto hasta el 25 de mayo de 2018. España dispone de dos años para adoptar las medidas
necesarias para adecuar su realidad socio-económica, institucional y normativa a las previsiones contenidas en el RGPD.


El RGPD introduce notables novedades dirigidas a modernizar el sistema de protección de datos personales y adecuarlo a las exigencias actuales de la sociedad de la información. El RGPD fortalece los derechos de los ciudadanos consagrado los
derechos al olvido y a la portabilidad, incrementando la protección de los menores, mejorando la transparencia y perfeccionando los mecanismos para prestar consentimiento para el tratamiento de datos. Las empresas asumen nuevas obligaciones
dirigidas a garantizar la privacidad desde el diseño y, por defecto, realizar evaluaciones de impacto previas al tratamiento de datos; nombrar delegados de protección de datos; o notificar brechas en la seguridad de los datos. El RGPD establece
un riguroso sistema sancionador dirigido a garantizar la efectividad de la garantía del derecho fundamental a la protección de datos.


El RGPD resultará directamente aplicable a partir del 25 de mayo de 2018 pero, con anterioridad, es indispensable revisar el ordenamiento español de protección de datos para actualizarlo al nuevo marco normativo europeo.


La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) ha quedado superada y desfasada por el nuevo RGPD. El reformado sistema sancionador o las nuevas obligaciones empresariales obligan a modificar la LOPD para, también, actualizar sus previsiones
tras diecisiete años de vigencia. Tras casi veinticinco años de existencia, el marco regulador de la Agencia Española de Protección de Datos requiere una actualización dirigida a preservar su independencia y garantizar el ejercicio eficaz de sus
funciones.



Página 10





Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Presentar ante el Congreso de los Diputados un proyecto de ley de revisión de la Ley Orgánica de Protección de Datos para adecuarla al nuevo Reglamento General de Protección de Datos.


Arbitrar un procedimiento público y transparente de discusión del mencionado proyecto de ley en el que participen la Agencia Española de Protección de Datos y todos los sectores sociales, económicos, empresariales y profesionales
concernidos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2017.-Artemi Rallo Lombarte, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001501


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso de los planes
nacionales con impacto en Derechos Humanos, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El compromiso con los Derechos Humanos, la paz, la democracia, la solidaridad y la justicia social es un indicador relevante en una sociedad moderna, y constituye un asunto socio-político transversal altamente valorado por los ciudadanos.
La política española ha demostrado desde hace mucho tiempo una vinculación con la defensa de los Derechos Humanos que ha ido adquiriendo una dimensión de mayor relevancia, siendo hoy uno de los ejes principales de la política exterior española.


A nivel internacional, España ha ratificado la práctica totalidad de los instrumentos que se derivan del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. A nivel europeo, además de aprobar la Carta de los Derechos Fundamentales del año 2000,
participa en el desarrollo y aplicación de todos los programas y planes de acción que se adoptan por sus instituciones. También ha firmado y ratificado numerosos instrumentos en el marco de la OSCE y del Consejo de Europa, como la Convención
Europea para la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1950 que salvaguarda el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.


Todo ello, tiene su reflejo interno en el marco legislativo, institucional y de políticas públicas como fue puesto de manifiesto en el 2.° Examen Periódico Universal de Naciones Unidas (EPU). Los Derechos Humanos están hoy plenamente
asentados en España a través de una cultura democrática que tiene como base la propia Constitución Española (que recoge en su artículo 10.2 el valor de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). A pesar de las mejoras alcanzadas en muchos
ámbitos, es necesario seguir trabajando hacia una mayor aplicación y desarrollo de estos principios universales.


En este sentido, el Gobierno de España está trabajando en varios planes con un impacto directo en los derechos humanos: El II Plan Nacional de Derechos Humanos, el Plan de Derechos Humanos y Empresas, y el Plan de Acción Nacional sobre
Mujeres, Paz y Seguridad.


Comenzando por el primero, en la X legislatura se puso en marcha la elaboración del II Plan de Derechos Humanos para reemplazar al elaborado en 2008, de acuerdo en ambos casos con la recomendación de la Conferencia Mundial de los Derechos
Humanos de Viena de 1993. Este segundo plan, que nace de una profunda evaluación y diagnóstico de la situación actual a nivel nacional, busca



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adecuar nuestro ordenamiento interno a los compromisos internacionales siguiendo los estándares del Manual del Alto Comisionado de Naciones Unidas. La estrategia integral que se pretende, incluirá informes de seguimiento periódicos, y
constituirá una herramienta útil y eficaz para reforzar la coherencia de políticas, la cooperación entre instituciones, y la visibilidad y transparencia de los resultados.


El Gobierno también puso en marcha en la X legislatura, la elaboración de un Plan Nacional sobre empresas y derechos humanos autónomo, con el objetivo de aplicar los Principios Rectores de Naciones Unidas en España, en línea con lo
establecido en la Estrategia de la Unión Europea 2011-2014 sobre Responsabilidad Social Empresarial. Durante la pasada legislatura, se avanzó de manera importante a través de un proceso transparente y abierto, que contó con la participación de
todos los actores implicados, sector empresarial, sociedad civil y administraciones públicas.


Por otro lado, como resultado de la intensa labor desarrollada durante los dos últimos años en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el Gobierno está trabajando en un Plan de Acción Nacional sobre Mujeres Paz y Seguridad. Esta fue una
de las prioridades del Gobierno durante su presidencia en el Consejo, que logró con 72 copatrocinios y la unanimidad de los votos, la renovación de la resolución 1325 sobre Mujeres, Paz y Seguridad, reafirmando los compromisos adquiridos, y
adoptando otros nuevos (2242).


La elaboración de estos tres planes pone de manifiesto la importancia que para nuestro Gobierno tienen los Derechos Humanos en el ámbito interno y en el de la política exterior. Es fundamental el impulso de estos tres planes y la plena
colaboración del parlamento en esta materia.


En este sentido, también el Parlamento debe tener un papel esencial en la promoción y defensa de los Derechos Humanos ya que, además de ratificar los tratados internacionales y formar parte de la transformación de los mandatos
internacionales en leyes nacionales, debate asuntos relacionados con la materia en diferentes comisiones, y forma parte de la elaboración de los presupuestos y políticas que también afectan a los derechos humanos. Es importante fortalecer el papel
del Parlamento en esta materia, favorecer una participación más activa y garantizar el pleno acceso de esta Institución a la información necesaria para hacer el seguimiento del respeto de los derechos humanos y contribuir así a su mejor defensa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Elaborar una estrategia integral para la promoción de los derechos humanos que establezca las líneas generales y directrices básicas de la política española en esta materia. La definición de este plan incluirá la participación de todos
los grupos de interés, expertos en la materia y el conjunto de la sociedad civil, e impregnará todas las normas que se aprueben en el Parlamento.


- Concluir la elaboración del primer Plan de aplicación en nuestro país de los Principios Rectores sobre empresas y derechos humanos de Naciones Unidas, Plan Nacional de Empresas y Derechos Humanos, y del segundo Plan de Acción Nacional
sobre Mujeres, Paz y Seguridad.


- Establecer mecanismos a través del ordenamiento jurídico español que establezcan la periodicidad y el contenido de los planes anuales, así como la participación y el control parlamentario al que se deben someter.


- Incorporar los mecanismos necesarios para asegurar una coordinación óptima de la información emitida por los distintos comités de derechos humanos de Naciones Unidas, que permitan al Parlamento el conocimiento, el estudio y la aplicación
de los informes, dictámenes y recomendaciones correspondientes. Todo ello con el objetivo de aumentar la participación parlamentaria en el debate, identificar oportunidades y favorecer las sinergias y la contribución de esta Institución a las
políticas con impacto en los Derechos Humanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/001518


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Proposición no de Ley sobre los principios que han de regir las negociaciones sobre la salida del Reino Unido de la Unión Europea, tanto bilaterales como en el marco de la Unión Europea.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiente que la previsión de prestar información en el seno de la Cámara establecida en el punto 2 se haría, en todo caso, por el procedimiento reglamentario pertinente,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Asuntos Exteriores. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa del Diputado Pablo Bustinduy, y de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre principios que han de regir las negociaciones sobre la salida del Reino Unido de la UE, tanto bilaterales como en el marco de la Unión Europea, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Desde que se produjera el referéndum sobre la salida del Reino Unido de la Unión Europea, el pasado mes de junio de 2016, los crímenes de odio han aumentado exponencialmente en el país y las agresiones racistas se han quintuplicado.
Solamente durante la semana posterior al referéndum se produjo un incremento del 46% en crímenes de odio, cifra que fue aumentando a lo largo del verano. La mayoría de agresiones han ido dirigidas contra ciudadanos polacos (incluyendo un asesinato
y ataques a tiendas), pero también ha habido dos incidentes (un grafiti xenófobo y una piedra lanzada contra un cristal) contra centros o negocios españoles, y gritos de 'send them back' (envíenlos de vuelta) dirigidos a toda la comunidad emigrada.
Desde las instituciones también se ha instigado en algunos casos este tipo de actitud: por ejemplo, la Ministra del Interior británica Amber Rudd llegó a sugerir que se obligara a las empresas en Reino Unido a publicar listas de sus trabajadores
extranjeros para favorecer la contratación de británicos. En noviembre, la Embajada de España en Londres sacó una nota instando a denunciar y poner en conocimiento de la Embajada cualquier agresión.


El principal problema al que se enfrenta la comunidad española es el de la incertidumbre. La falta de información por parte del Gobierno británico -y la de asistencia por parte del español- hacen que tanto recién llegados como españoles y
españolas afincados en el país desde hace años teman por su futuro. Las noticias que recibe la comunidad emigrada residente en el Reino Unido hasta ahora han sido confusas: Theresa May asegura querer garantizar los derechos de la población
comunitaria residente en Reino Unido pero solo si se garantizan al mismo tiempo los de los/as residentes británicos/as en la UE. Otrosí las dificultades administrativas: al ritmo actual, y según refleja un informe del Observatorio de la Migración
de la Universidad de Oxford, se tardarían 140 años en procesar todos los permisos de residencia de los



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europeos residentes en el país, lo cual dejaría en riesgo de deportación a muchos si no se habilitan dispositivos y recursos adicionales. Esta incertidumbre no es ni casual ni gratuita: Liam Fax, Ministro de 'Brexit', ha reconocido
explícitamente que los derechos de los ciudadanos comunitarios residentes en su país son una de sus mejores cartas de negociación.


Además del derecho a residir y a trabajar, hay otras cuestiones que afectan directamente a la comunidad española emigrada en Reino Unido, entre otras: i) el derecho a sanidad de los residentes, ¿se va a mantener como hasta ahora?; ii) el
derecho a servicios y prestaciones sociales, ¿a cuáles se va a poder acceder y bajo qué condiciones?; iii) en cuanto a pensiones, ¿va a continuar vigente el actual convenio por el cual se reconocen los años trabajados en Reino Unido al retorno?,
¿se podrán transferir los planes de pensiones a España? (el diciembre pasado, la agencia tributaria británica bloqueó la posibilidad de transferencia de pensiones a ciudadanos italianos y franceses sin previo aviso, y no es de descartar que se
extienda la medida también a la ciudadanía española en un futuro); iv) matrículas universitarias, ¿va a subir la matrícula de los españoles cursando estudios universitarios al nivel extracomunitario (esto podría suponer un incremento de hasta más
de 20.000 GBP por año)?


La única información oficial a la población española residente en dicho país desde la Embajada de España ha sido un comunicado el día posterior al referéndum, en el que se trasladaba un mensaje de tranquilidad basado en la idea de que nada
iba a cambiar en al menos dos años. Acontecimientos posteriores han demostrado que esto no será necesariamente así.


Por otra parte, y tras una petición en la plataforma Change.org, el otrora Embajador de España ante el Reino Unido, Excmo. Sr. D. Federico Trillo-Figueroa y el Excmo. Sr. Cónsul General de España, D. José Riera accedieron a reunirse con
un grupo de españoles formado a través de la red social Facebook. Por esta reunión y por la carta que les enviaron antes de la misma está en nuestro conocimiento que la Embajada ha creado varios grupos de trabajo sobre el 'Brexit', incluyendo uno
para tratar lo relativo a la libre circulación de personas y a la situación de los españoles y españolas residentes en el Reino Unido. No conocemos, sin embargo, nada respecto al trabajo per se que están realizando.


La administración española no dispone en la actualidad de ningún canal de información para españoles en RU sobre trámites a realizar para obtener el permiso de residencia en RU o sobre la posición, papel y prioridades del Gobierno español en
las negociaciones. En este vacío institucional, la principal fuente de información para los españoles emigrados son los foros creados en Facebook y otras redes sociales por los propios españoles para ayudarse mutuamente, así como el trabajo de
movimientos como Marea Granate.


La mayoría de empresas e instituciones británicas están recomendando a los comunitarios residentes en el Reino Unido que den comienzo a la recopilación de la documentación que demuestre su presencia en el país con el propósito de que puedan
obtener los tres documentos siguientes: i) Condición de Persona Cualificada (Qualified Person Status): relativamente fácil de obtener, pero no sirve de mucho; ii) Permiso de Residencia (PR): para las personas que hayan residido más de 5 años en
RU; y iii) Nacionalidad: Requiere tener previamente el PR.


La mayoría de problemas los genera la solicitud del citado PR, cuya obtención está revestida de trabas burocráticas importantes con requisitos difíciles o incluso imposibles de cumplir, siendo los más problemáticos: i) no haberse ausentado
del país más de 180 días por año en los 5 años de residencia: supone un problema para investigadores que se ausentaron para realizar trabajo de campo o profesionales que hayan de viajar mucho por motivos de trabajo; y ii) seguro de salud
('comprehensive sickness insurance-CSI'): exigido a aquellos que no hayan estado trabajando (por encontrarse estudiando, de baja, o en el paro) en algún momento durante los 5 años de residencia. Para ello, se pide acreditación de que durante dicho
período se disponía de alguna de las siguientes coberturas:


- Un seguro privado de salud.


- Tarjeta Sanitaria Europea: requiere de la presentación de tarjetas sanitarias europeas (expedidas en el país de origen, las de RU no valen) cubriendo todo el periodo (que raramente nadie guarda y que además no eran necesarias para que te
atendiera el médico en RU).


- Cobertura sanitaria en el país de origen: requiere de la obtención de un documento de la Seguridad Social del país de origen indicando que se tenía cobertura sanitaria, traducido y compulsado por la Seguridad Social británica. Aunque
teóricamente válida, esta opción es poco conocida y además no vale para el caso de España, puesto que el decreto de exclusión sanitaria (16/2012) del Gobierno del Partido



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Popular de 2012 dejó a la población española residente en el extranjero sin derecho a atención sanitaria en España.


Este requisito ha causado bastante indignación y ha recibido ya cobertura mediática, incluyendo el caso de una española que recogió el diario británico The Guardian, así como llamamientos por parte de una Diputada 'tory', instando a un
cambio en la legislación.


Ante la situación que afronta la ciudadanía española emigrada y residente en el Reino Unido, el colectivo Marea Granate ha lanzado ocho demandas al Gobierno español, divididas en tres bloques:


1. Prioridades de cara a las negociaciones entre Reino Unido y la UE.


- Mantener la libertad de movimiento entre España y Reino Unido.


- Proteger el derecho de españoles y británicos a trabajar en ambos países.


- Asegurar el acceso a la sanidad y a los servicios y prestaciones sociales de los ciudadanos británicos y españoles en ambos países, sin importar su situación laboral. Reconocimiento de los años cotizados al retorno.


2. Transparencia y participación ciudadana en las negociaciones.


- Información regular en el Parlamento español por parte del Gobierno respecto al desarrollo de las negociaciones entre la UE y Reino Unido, y de la posición del Gobierno español en las mismas.


- Apertura de canales de comunicación entre el Gobierno español y colectivos de españoles en Reino Unido, como Marea Granate, y de británicos en España, para que nuestras voces y preocupaciones sean tenidas en cuenta en las negociaciones.


3. Información y asistencia a los españoles residentes en Reino Unido.


- Creación de un servicio consular de información y apoyo para españoles residentes en Reino Unido que ofrezca información actualizada sobre el proceso y asistencia para realizar los trámites burocráticos necesarios.


- Dotación de recursos para que el consulado pueda gestionar la mayor demanda que se prevé a raíz de los posibles cambios legislativos que acompañen al Brexit. Ampliación de horarios de consulados.


- Realización de un estudio que establezca las dimensiones reales del fenómeno de emigración española en Reino Unido y su naturaleza para poder atender realísticamente las necesidades de la comunidad emigrada.


Con base en las reclamaciones y demandas de Marea Granate, y con base en lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Mantener, como principios básicos e infranqueables durante todo el proceso de negociación de la salida del Reino Unido de la Unión Europea:


i) La pervivencia de la libertad de movimiento entre el Reino de España y el Reino Unido.


ii) La protección del derecho de las ciudadanías española y británica a trabajar en ambos países.


iii) La garantía al acceso y disfrute de la sanidad y de los servicios y prestaciones sociales de las ciudadanía británica y española en ambos países, sin importar su situación laboral e incluyendo el reconocimiento de los años cotizados al
retorno.


2. Prestar información regular en el seno de esta Cámara respecto al desarrollo de las negociaciones entre la Unión Europea y el Reino Unido, y de la posición del Gobierno de España en las mismas. Esa prestación no ha de circunscribirse de
manera única al desarrollo y sesiones de la Ponencia estudio consecuencias salida Reino Unido de la UE (154/1).



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3. Proceder a la apertura de canales de comunicación entre el Gobierno español y colectivos de españoles en Reino Unido -como Marea Granate- y de británicos en España, con el objeto de establecer relaciones fructíferas y de carácter
consultivo con la sociedad civil emigrada e inmigrante.


4. Crear un servicio consular de información y apoyo para ciudadanía española residente en el Reino Unido que ofrezca información actualizada sobre el proceso y asistencia para realizar los trámites burocráticos necesarios.


5. Dotar de recursos suficientes, tanto materiales como humanos e incluyendo la ampliación de horarios de atención, a la Misión Diplomática de España ante el Reino Unido -y de manera especial a los Consulados Generales de Londres y
Edimburgo- para que pueda gestionar la mayor demanda que se prevé a raíz de los posibles cambios legislativos que acompañen al proceso de 'Brexit'.


6. Llevar a cabo, bien a través del Instituto Nacional de Estadística o de otra Administración con capacidades y funciones de análisis estadístico del Estado, un estudio que establezca y calibre las dimensiones reales del fenómeno de la
emigración española en el Reino Unido, así como su naturaleza y características, con el objeto de atender de forma concreta y realista las necesidades de la comunidad emigrada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2017.-Pablo Bustinduy Amador, Diputado.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català don Jordi Xuclà i Costa, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la
Comisión de Asuntos Exteriores, una Proposición no de Ley por la que se pide el cese de las devoluciones a Somalia de personas que habitan en el campo de refugiados de Dadaab (Kenia) y se insta al Gobierno a aumentar las ayudas económicas y de
acogida a dichos refugiados.


Antecedentes


Somalia ha quedado devastada tras más de veinte años de conflicto. Los combates entre las fuerzas gubernamentales apoyadas por tropas de la Unión Africana y la milicia armada de Al Shabaab han dado lugar a graves violaciones de derechos
humanos, incluida la violencia sexual contra mujeres, la total destrucción de muchos servicios e infraestructuras básicas y el reclutamiento forzoso de niños y niñas.


En consecuencia, cientos de miles de personas han tenido que huir a Kenia, país que les ha acogido durante décadas y que en la actualidad acoge a más de 500.000 personas refugiadas de las cuales en su mayoría son somalíes (334.728).
Alrededor de 270.000 personas están en el campo de refugiados de Dadaab, el más grande del mundo. Sin embargo, en los últimos años, el Gobierno keniata ha endurecido y recortado sus políticas de asilo, en especial en relación con las personas
refugiadas somalíes. En mayo del 2016 anunciaba el cierre del campo, sin ofrecer soluciones duraderas para las personas que habitan en el mismo, salvo la repatriación no voluntaria a un país en el que pueden estar en riesgo de sufrir graves
violaciones de derechos humanos, en especial las personas con diversidad funcional y sus cuidadoras, así como las mujeres y hombres pertenecientes a grupos étnicos minoritarios. Si bien una sentencia del Tribunal Superior de Kenia paralizó dicho
cierre, decenas de miles de personas siguen estando en riesgo de ser forzadas a retornar a Somalia, donde continúa la guerra.


Según ha documentado Amnistía Internacional, las autoridades del Gobierno keniano están coaccionando a las personas que actualmente viven en el campamento de Dadaab para que regresen a Somalia, por lo que, desde la perspectiva del derecho
internacional, no se puede considerar una repatriación voluntaria y se estaría vulnerando el principio de no devolución.


La falta crónica de apoyo por parte de la comunidad internacional a Kenia ha precipitado en parte su decisión de cerrar el campo. Así, por ejemplo, en julio del 2016 solo se habían cubierto el 32% de los llamamientos de la ONU y el Gobierno
keniata para afrontar las necesidades de acogida de la población



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refugiada en el país. Igual ocurre con el reasentamiento ya que, en el año 2015, solo se reasentaron 5.001 personas refugiadas, de las cuales 3.611 fueron a Estados Unidos y solo 671 a los países de la Unión Europea. Durante los primeros
meses del 2016, de nuevo solo hubo 1.648 personas reasentadas a Estados Unidos y 118 a la Unión Europea.


Por todo ello los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Instar al Gobierno keniano a cesar inmediatamente las devoluciones a Somalia, así como sus presiones hacia las personas refugiadas para que regresen a Somalia contra su voluntad y se garantice que conocen cuáles son sus derechos y qué
alternativas tienen.


2. Impulsar en el seno de la Unión Europea acciones coordinadas para compartir la responsabilidad con Kenia de la acogida y asistencia de las personas refugiadas aumentando su apoyo financiero y sus plazas de reasentamiento para las
personas refugiadas que se encuentran en Kenia, comprometiéndose el Gobierno español a incluir en su programa de reasentamiento a personas provenientes de Kenia y, en especial, a mujeres víctimas de violencia sexual, víctimas de tortura, niñas y
niños no acompañados, etc.


3. Aumentar las ayudas económicas a Kenia para que pueda ofrecer a las personas refugiadas soluciones duraderas y sostenibles, como su integración en las comunidades locales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Jordi Xuclà i Costa, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


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A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català don Jordi Xuclà i Costa, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la
Comisión de Asuntos Exteriores, una Proposición no de Ley de apoyo a las mujeres y niñas yazidíes secuestradas por el Estado Islámico y a la asunción de responsabilidades de la comunidad internacional.


Antecedentes


Desde que los combatientes del grupo armado autodenominado Estado Islámico (El) atacaron la región noroccidental iraquí de Sinyar, en agosto de 2014, el pueblo yazidí ha sido objeto de ataques deliberados y sistemáticos. Miles de mujeres y
niñas han sido secuestradas y sometidas a esclavitud sexual, violadas repetidamente, golpeadas o sometidas a otras torturas y malos tratos. A muchas las han obligado a presenciar el asesinato de sus familiares varones y las han separado por la
fuerza de sus hijos mayores de siete años. A los niños se los llevaban para adoctrinarlos y darles adiestramiento militar, mientras que a las niñas las 'vendían' como esclavas sexuales con tan solo nueve años. Se estima que el Estado Islámico
sigue teniendo cautivas a unas 3.800 mujeres, niñas y niños.


Las mujeres y niñas yazidíes que han conseguido escapar del Estado Islámico siguen traumatizadas y, en su mayoría, viven en terribles condiciones, bien con familiares empobrecidos o bien en campos de personas desplazadas internas en la
región del Kurdistán iraquí o en campos de personas refugiadas en diferentes países. Sus necesidades de atención médica y psicológica, así como de ayuda económica, sobrepasan el apoyo disponible. Muchas supervivientes tienen que pagar enormes
deudas para devolver los préstamos que sus familias solicitaron para pagar su liberación.


Ni las autoridades iraquíes (Gobierno central y Gobierno regional del Kurdistán) ni la comunidad internacional han dado hasta ahora una respuesta adecuada.


El Gobierno español debe hacer que su conmoción por los crímenes del Estado Islámico y su solidaridad con los yazidíes supervivientes de esta barbarie se traduzcan en acciones concretas.



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Ponerse en contacto con el Gobierno alemán para conocer el programa que puso en marcha para llevar a Alemania a 1.080 yazidíes -supervivientes de violencia sexual y sus familiares próximos- para que recibieran tratamiento especializado,
y valore poner en marcha una iniciativa similar.


2. Promover en el ámbito de la Unión Europea la puesta en marcha de un sistema unificado para evaluar y responder a las necesidades de las personas yazidíes que sobrevivieron al cautiverio del Estado Islámico, creando y financiando un
programa especializado de apoyo y tratamiento a supervivientes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Jordi Xuclà i Costa, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Interior


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
reforma de la 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos de comunicaciones electrónicas con fines de investigación penal, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


I


La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 8 de abril de 2014 (Casos 293/12 y 594/12 Digital Rights Ireland y Seitlinger y otros) anuló la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006,
sobre conservación de datos de tráfico y localización de comunicaciones electrónicas que perseguía garantizar la disponibilidad de esos datos con fines de prevención, investigación, detección y enjuiciamiento de delitos graves -la delincuencia
organizada y el terrorismo- y, a tal fin, obligaba a las compañías proveedoras de estos servicios a conservar los datos de tráfico y de localización y los necesarios para identificar al abonado o al usuario.


Para el TJUE, estos datos, considerados en su conjunto, podían proporcionar indicaciones muy precisas sobre la vida privada de las personas cuyos datos se conservasen: los hábitos de la vida cotidiana, los lugares de residencia permanente o
temporal, los desplazamientos diarios u otros, las actividades realizadas, las relaciones sociales y los medios sociales frecuentados. Por ello, el TJUE concluyó que la Directiva se inmiscuía de manera especialmente grave en los derechos
fundamentales al respeto a la privacidad y a la protección de datos de carácter personal y podía generar en las personas afectadas el sentimiento de que su vida privada era objeto de una vigilancia constante.


En síntesis, la Directiva 2006/24/CE disponía lo que sigue: (1) los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas estarían obligados a conservar, (2) por un período de tiempo no inferior a seis meses ni superior a dos años, (3)
los datos de tráfico, localización e identificación de personas físicas y jurídicas (4) proporcionados por el uso de la telefonía fija y móvil e Internet (5) con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de delitos graves (7) según los
definiera cada Estado.


Aunque la Directiva 2006/24 prohibía conservar el contenido de las comunicaciones telefónicas o la información consultada a través de comunicaciones electrónicas, el TJUE advirtió que sus previsiones podrían tener incidencia en el uso por
los abonados o usuarios registrados de los medios de comunicación electrónica a que se refería la Directiva y, en consecuencia, en el ejercicio por parte de estos de su libertad de expresión, garantizada en el artículo 11 de la CDFUE.


En definitiva, para el TJUE la conservación de datos prevista en la Directiva podía condicionar el ejercicio de la libertad de expresión y posibilitar una extraordinaria intromisión en la privacidad: la Directiva suponía una injerencia
especialmente grave en los derechos fundamentales a la vida privada y a la



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protección de datos de carácter personal generando en las personas afectadas el sentimiento de que su vida privada es objeto de una vigilancia constante.


En concreto, el TJUE concluyó que, aunque esta injerencia en los derechos fundamentales estaba justificada (en razones de interés general como la lucha contra la delincuencia grave y la seguridad pública), vulneraba el principio de
proporcionalidad al tratarse de una injerencia en los derechos fundamentales no limitada a 'lo estrictamente necesario' sino 'de gran magnitud y especialmente grave' por las siguientes razones: a') la Directiva afectaba a toda la población aunque
las personas cuyos datos se conservaran no se encontrasen, ni siquiera indirectamente, en una situación que pudiera dar lugar a acciones penales por delitos graves (sin exceptuarse las personas cuyas comunicaciones estuvieran sujetas al secreto
profesional); b') la Directiva no establecía criterios objetivos para delimitar el alcance del concepto serious crime dejando a cada Estado miembro su definición en el ordenamiento jurídico interno; c') la Directiva prescribía un período de
conservación de entre seis y veinticuatro meses sin precisar criterios objetivos que diferenciasen entre categorías de datos.


II


A raíz de esta sentencia, se plantearon ante el Tribunal de Justicia sendas cuestiones prejudiciales en Suecia y Reino Unido que cuestionaban si, una vez anulada la Directiva, los Estados miembros podían seguir imponiendo una obligación
general de conservación de datos a los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas. De hecho, al día siguiente del pronunciamiento de la sentencia Digital Rights Ireland, la empresa de telecomunicación Tele2 Sverige notificó a la
autoridad sueca de control de los servicios de correos y telecomunicaciones su decisión de no seguir conservando los datos y su intención de suprimir los datos ya registrados a pesar de que el Derecho sueco les obligaba a conservar, de modo
sistemático, continuado y sin excepción, todos los datos de tráfico y de localización de todos sus abonados y usuarios registrados en los medios de comunicación electrónica. En Reino Unido, la normativa británica permitía al Ministro del Interior
obligar a los operadores de telecomunicaciones públicas a conservar todos los datos relativos a comunicaciones durante un período de doce meses. Sus respectivas jurisdicciones nacionales solicitaron al TJUE que resolviera si las normativas
nacionales que imponían a los proveedores una obligación general de conservación de datos eran compatibles con el Derecho de la Unión Europea (en concreto, con la Directiva sobre privacidad en las comunicaciones electrónicas y la Carta de los
Derechos Fundamentales de la UE).


La Sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016 (Casos C-203/15 Tele2 Sverige AB vs. Post-och telestyrelsen y C-698/15 Secretaty of State for the Home Deparlment vs. Tom Watson y otros) concluyó que el Derecho de la Unión Europea se opone
a una normativa nacional que establece la conservación generalizada e indiferenciada de los datos de tráfico y localización de las comunicaciones electrónicas que convierta el almacenamiento de datos en regla general cuando debería ser la excepción
(en garantía de la confidencialidad de los datos relativos a las comunicaciones electrónicas).


La jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo sobre la protección del derecho fundamental al respeto de la vida privada obliga a que las excepciones a la protección de los datos personales no excedan de lo estrictamente necesario. El TJUE,
recordando su doctrina previa, afirma que los datos conservados, considerados en su conjunto, permiten extraer conclusiones muy precisas sobre la vida privada de las personas constituyendo una injerencia especialmente grave en la vida privada que,
no siendo los usuarios previamente informados de ello puede generar el sentimiento de una vigilancia constante. Para el TJUE, una normativa nacional que no exige ninguna relación entre los datos cuya conservación se establece y una amenaza para la
seguridad pública y no se limita a prever una conservación de datos sobre un período temporal, una zona geográfica o un círculo de personas que puedan estar implicadas en un delito grave, excede los límites de lo estrictamente necesario y no está
justificada en una sociedad democrática. El TJUE entiende que, si bien es cierto que la eficacia de la lucha contra la delincuencia grave, especialmente contra la delincuencia organizada y el terrorismo, puede depender en gran medida del uso de
técnicas modernas de investigación, este objetivo de interés general, por muy fundamental que sea, no puede por sí solo justificar que una normativa nacional que establezca la conservación generalizada e indiferenciada de todos los datos de tráfico
y de localización deba ser considerada necesaria a los efectos de dicha lucha.


Ahora bien, para el TJUE, el Derecho de la Unión Europea no se opone a una normativa nacional que imponga la conservación selectiva de datos con la finalidad de luchar contra la delincuencia grave, siempre



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que esté limitada a lo estrictamente necesario en relación con las categorías de datos que deban conservarse, los medios de comunicación electrónica a que se refieran, las personas afectadas y el período de conservación establecido. Pero
toda normativa nacional deberá ser clara y precisa y prever garantías suficientes a fin de proteger los datos frente a los riesgos de abuso indicando las circunstancias y los requisitos que pueden amparar, con carácter preventivo, la conservación de
datos. En concreto, deberá sustentarse en elementos objetivos la identificación de las personas cuyos datos puedan relacionarse con delitos graves, contribuir a la lucha contra la delincuencia grave o prevenir un riesgo grave para la seguridad
pública. Deben establecerse, también, los requisitos materiales y procedimentales que regulen el acceso de las autoridades nacionales competentes a los datos conservados: en principio, solo podrá accederse a los datos conservados de personas de
las que se sospeche que planean, van a cometer o han cometido un delito grave o que puedan estar implicadas de un modo u otro en un delito grave. Cuando la seguridad nacional, la defensa o la seguridad pública estén amenazados por actividades
terroristas, podría también accederse a los datos de otras personas cuando existan elementos objetivos que permitan considerar que esos datos podrían, en un caso concreto, contribuir de modo efectivo a la lucha contra tales actividades.


III


En España, la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas traspuso la Directiva 2006/24/CE, de 15 de marzo, de conservación de datos:


- Imponiendo a las operadoras de telecomunicaciones la obligación general de conservar 'los datos de todas las comunicaciones electrónicas' necesarios para identificar el origen y destino de la comunicación, la identidad de los usuarios o
abonados, el momento y duración de la comunicación, el equipo de comunicación empleado y su localización.


- Estableciendo un plazo general de conservación de 'doce meses' aunque, reglamentariamente, pueda ampliarse o reducirse el plazo de conservación para determinados datos o una categoría de datos hasta un máximo de dos años o un mínimo de
seis meses, tomando en consideración el coste del almacenamiento y conservación de los datos, así como el interés de los mismos para los fines de investigación, detección y enjuiciamiento de un delito grave, previa consulta a los operadores.


- Obligando a la cesión de dichos datos a los agentes facultados, previa autorización judicial, con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de 'delitos graves' contemplados en el Código Penal o en las leyes penales especiales.


En consecuencia, y a todas luces, las principales previsiones de la Ley 25/2007 han sido puestas en cuestión por las referidas Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la elaboración y aprobación de un Proyecto de Ley de reforma de la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas que lo adecue a las
exigencias jurisprudenciales contenidas en las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 8 de abril de 2014, en que se anuló la Directiva 2006/24/CE de conservación de datos, y de 21 de diciembre de 2016, que concluyó que el Derecho
de la Unión Europea se opone a una normativa nacional que establezca la conservación generalizada e indiferenciada de los datos de tráfico y localización de las comunicaciones electrónicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Artemi Rallo Lombarte, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/001521


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para permitir el acceso a la información sobre resoluciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE), para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


El artículo 28 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, relativo al control administrativo sobre armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos, habilita al Gobierno para regular los
requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones, réplicas y piezas fundamentales, los requisitos y condiciones mencionados
anteriormente en relación con los explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos, así como para la adopción de las medidas de control necesarias para el cumplimiento de los requisitos y condiciones a que se ha hecho referencia y atribuye la
intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos al Ministerio del Interior, que la ejerce a través de la Dirección General de la Guardia Civil, cuyos servicios están habilitados para realizar en cualquier momento las
Inspecciones y comprobaciones que sean necesarias en los espacios que estén destinados a su fabricación, depósito, comercialización o utilización.


El Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, aprobó el Reglamento de Armas, cuya última modificación fue realizada por el Real Decreto 976/2011, de 8 de julio.


El artículo 2 de la Orden PRE/631/2002, de 15 de marzo, regula la composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos y en su artículo 2 prevé que:


'La Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE) tiene como funciones la interpretación de la reglamentación vigente en materia de armas y explosivos y promover su actualización permanente.


Tendrá facultad para conocer de cuantas actividades se refieren a fabricación, circulación, comercio, tenencia y uso de toda clase de armas y sustancias explosivas, custodia y seguridad de depósitos, expendedurías y polvorines, transporte,
seguridad en materia de armas y, en general, de todas aquellas cuya intervención no esté reservada al Ministerio de Defensa.'


Pues bien, en el ejercicio de esa competencia la CIPAE dicta resoluciones que pueden cambiar una interpretación de manera automática y por ello que afectan al sector, pero que estos no pueden conocer ya que no son públicas, a pesar de que
tienen una gran trascendencia. Ni tan siquiera pueden acceder a ellas las asociaciones del sector.


De otra parte, el artículo quinto de la orden mencionada, prevé que el Presidente de la Comisión Permanente de Armas y Explosivos podrá invitar a sus reuniones a representantes de los fabricantes o comerciantes de armas o explosivos, así
como aquellas personas de reconocida competencia en la materia, que asistirán a dichas reuniones sin voto y a los solo efectos de asesorar a la Comisión. Pues bien, a pesar de que se reúne al menos 22 veces al año, no consta ningún caso en que en
uso de las previsiones mencionadas haya participado algún representante de los fabricantes o comerciantes de armas.


Como desarrollo del artículo 105 de la Constitución Española, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su artículo 7, prevé que:


'Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán:


a) Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos jurídicos.'


Y aunque el artículo 14 de la misma norma recoge que el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la seguridad pública, no se justifica que



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ninguna de las resoluciones sea pública ya que el propio artículo dice que la aplicación de los límites será justificada y proporcionada a su objeto y finalidad de protección y atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente a
la concurrencia de un interés público o privado superior que justifique el acceso.


A título de ejemplo citaremos una resolución de gran trascendencia para el sector, la acordada el 24 enero de 2001 que resolvió que las armas de avancarga no puede ser utilizadas para cazar ['que, dadas las peculiares características de las
armas incluidas en el artículo 107.e) del Reglamento de Armas (armas de avancarga), no pueden ser utilizadas para la caza general...']. A pesar de su enorme trascendencia para la industria española, que es la mayor fabricante del mundo de este tipo
de armas, no fue conocida por los interesados hasta mucho más tarde de haberse adoptado, con motivo de la imposición de diversas sanciones. Esto genera, no solo pérdidas económicas, sino también, una grave inseguridad jurídica.


Otro elemento de queja que tiene un fundamento sólido es que los datos de las entidades reconocidas en el Reglamento de Armas, como son las armerías, fábricas, academias de exámenes de armas, campos y galerías de tiro autorizados, etc.,
datos que no son públicos y de lo que sin duda debe existir algún registro en la Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE). Es por ello que es necesario, establecer la obligación de que se acredite en cualquier transacción la existencia y
más importante, la vigencia de la autorización o lo que sería más fácil, la creación o acceso a un registro al que se permita la consulta a los interesados, ya que de otro modo, por ejemplo, los distribuidores tienen que confiar en la palabra del
titular de la entidad a quien suministra, que está vigente la autorización que en su día concedió la ICAE, pudiendo llegarse a dar acceso a armas a personas que no están en poder de la autorización necesaria.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que en cumplimiento del artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, publique las Resoluciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos
(CIPAE).


2. Crear registro en la Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE) al que puedan acceder los interesados, estableciendo medidas para permitir el acceso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2017.-Antonio Ramón María Trevín Lombán, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001526


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la anulación de la declaración de utilidad pública de la
organización que fomenta el odio HazteOir.org, para su debate en la Comisión de Interior.


El 'BOE', en su edición del 24 de mayo de 2013, publicó la Orden INT/904/2013, de 7 de mayo, por la que se publica la declaración de utilidad pública de la entidad HazteOir.org. En dicha Orden se señalaba lo siguiente:


'La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, reconoce la importancia del fenómeno asociativo como instrumento de integración, participación y representación de los legítimos intereses de los ciudadanos, y a
tal objeto contempla una serie de medidas para facilitar el desarrollo de las asociaciones. Entre estas medidas de fomento se recoge la posibilidad de que las entidades asociativas sin fin de lucro puedan ser declaradas de utilidad pública.


En concreto, el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, señala que, a iniciativa de las correspondientes asociaciones, tal declaración exige la concurrencia de determinados requisitos, que en esencia consisten en que sus fines
estatutarios promuevan el interés general, la actividad no beneficie exclusivamente a los asociados, los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones



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no lo hagan con cargo a fondos públicos, cuenten con medios adecuados y organización idónea para el cumplimiento de los fines y se encuentren constituidas, inscritas y en funcionamiento durante los dos años anteriores a la solicitud.


En aplicación de esta normativa, y previa solicitud de la entidad interesada, se ha instruido el oportuno expediente conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de
utilidad pública.


En dicho expediente constan las memorias, justificaciones y demás documentos de obligatoria aportación por el interesado, así como los informes de los departamentos y organismos competentes, incluido el preceptivo informe del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.


Examinada, por tanto, la normativa aplicable y la documentación que obra en el procedimiento, se pone de manifiesto que la entidad solicitante reúne todos los requisitos necesarios para obtener la condición de utilidad pública. En su
virtud, y al amparo de las facultades previstas en el artículo 3.7 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, dispongo:


Declarar de utilidad pública la siguiente asociación inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones:


Denominación: Asociación HazteOir.org. N.° Nal.: 167805.'


Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, en su artículo 33 establece lo siguiente:


'Artículo 33. Derechos de las asociaciones de utilidad pública.


Las asociaciones declaradas de utilidad pública tendrán los siguientes derechos:


a) Usar la mención 'Declarada de Utilidad Pública' en toda clase de documentos, a continuación de su denominación.


b) Disfrutar de las exenciones y beneficios fiscales que las leyes reconozcan a favor de las mismas, en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente.


c) Disfrutar de beneficios económicos que las leyes establezcan a favor de las mismas.


d) Asistencia jurídica gratuita en los términos previstos en la legislación específica.'


Esta entidad no se ajusta en absoluto a los valores que son requeridos por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación ni es merecedora de los beneficios que el artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de
marzo, le otorga, tal y como ha puesto en evidencia la última campaña emprendida por esta asociación, que desde el 27 de febrero ha contratado un autobús para que recorra distintas ciudades españolas con el mensaje tránsfobo 'los niños tienen pene y
las niñas tienen vulva' y 'Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujeres, seguirás siéndolo. Que no te engañen'. La primera ciudad fue Madrid, pero en los próximos días también recorrerá Valencia, Barcelona, Zaragoza, Pamplona, San Sebastián o
Bilbao, entre otras. Su objetivo es protestar contra las leyes de lucha contra la LGTBlfobia vigentes en distintas comunidades autónomas.


La campaña se está realizando tanto a través de internet como a través de soportes publicitarios, entre ellos el autobús, habiendo sido ampliamente recogida y difundida en medio de comunicación de gran difusión. Además, por su contenido,
queda claro que la campaña está directamente dirigida a la infancia aunque la Ley Orgánica 8/2015, y la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección de la infancia y adolescencia han venido a contemplar, en relación a las víctimas menores
de edad, la necesidad de garantizar su igualdad y no discriminación por su especial vulnerabilidad, entre ellas, por su orientación sexual e identidad de género.


No es la primera acción del grupo Hazte Oír que tiene mensajes de este tipo, puesto que anteriormente ya habían patrocinado jornadas para 'sanar' la homosexualidad o repartido folletos con mensajes homofóbicos en centros educativos. Unas
acciones de odio que no se puede permitir que se propaguen entre la sociedad, más aún cuando son dirigidas a menores. Pero, además, no debemos tampoco permitir que este tipo de mensajes estén presentes en nuestro sistema educativo, basado en el
sexismo, el binarismo de género y una perpetuación de los roles del hombre y la mujer que indudablemente imponen modelos de opresión como los que esta campaña patrocina.


En España la incitación al odio, la violencia o la discriminación por razón de orientación sexual o identidad de género constituye un delito penal y, además, atenta contra la Carta de los derechos



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fundamentales de la UE. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, además, deben actuar contra este tipo de delitos que suponen una grave discriminación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a revocar de forma inmediata la Orden INT/904/2013, de 7 de mayo, por la que se publica la declaración de utilidad pública a la asociación HazteOir.org y, en consecuencia, evitará que una
entidad que ha hecho de la incitación al odio su principal actuación mantenga los beneficios que establece la legislación vigente para las asociaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-María del Mar García Puig y Lucía Martín González, Diputadas.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001535


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley para la eliminación de cualquier requisito que pueda impedir acceder a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a cualquier ciudadano infectado con el VIH, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


El VIH tuvo una importante presencia en el debate público en la última década de siglo XX y primeros años del siglo XXI. Sin embargo, desde entonces, las administraciones y la agenda política parecen pasar de puntillas por un asunto que,
pese a estar silenciado por el conjunto de la sociedad, sigue estando de plena vigencia.


España es el país de la Unión Europea donde más infecciones por el VIH se produjeron en el año 2015. Según el estudio 'Carga Global de Enfermedad, lesiones y factores de riesgo' coordinado por el Instituto para la Medición y Evaluación de
la Salud (IHME, por sus siglas en inglés) de la Universidad de Washington en Seattle (Estados Unidos) el número de contagios en nuestro país ha aumentado a la velocidad de un 1,5 % anual en los últimos diez años, pasando de las 126.520 personas
infectadas en el año 2005, a 130.330 personas infectadas en el año 2015.


Los datos de España destacan aún más cuando, según el estudio, las nuevas infecciones por VIH se han reducido en el mundo un 0,7 % al año durante esta última década, un porcentaje, sin embargo, muy bajo y que muestra que la lucha contra el
sida se ha estancado: entre 1997 y el 2005 la caída fue del 2,7 % anual. España, señala el informe, forma parte del grupo de 74 países -entre ellos, Egipto, Pakistán, Kenia, Filipinas, Camboya, México y Rusia- donde los contagios han aumentado.


Si bien es cierto que una cantidad importante de los ciudadanos que están infectados por VIH no son conscientes de ello, cerca del 50%, el resto de ciudadanos, conocedores de su infección poseen todavía barreras de acceso a puestos laborales
de la administración pese a no existir ley alguna que limite su desarrollo profesional.


Según CESIDA, FSC-CCOO, FELGTB y Trabajando en Positivo, existe todavía discriminación por estar infectado con el VIH, en el acceso a posiciones de la Administración Pública, como son, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. En
concreto, las asociaciones señalan que han recibido casos al acceso, entre otros, a Guardia Civil, o Policía Nacional. En concreto, señalan que existen determinadas exclusiones médicas que se reflejan en las bases de oposiciones y que, de forma
indirecta, sirven en muchas ocasiones como excusa para excluir a las personas infectadas con VIH.


Cabe recordar la Recomendación sobre el VIH y el sida y el mundo del trabajo, 2010 (núm. 200) de la OIT, así como estudios científicos o informes de diferentes organizaciones especializadas en el VIH,



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que establecen que en la mayor parte de las ocupaciones y puestos de trabajo, incluidas todas las que tienen que ver con Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, vivir con el VIH no supone ningún perjuicio alguno para el desempeño de las
mismas, ni existe riesgo alguno de adquirir o transmitir el VIH.


El Gobierno debe liderar la inclusión en el mundo laboral de las personas infectadas con VIH impidiendo su estigmatización y discriminación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a eliminar todo aquel requisito en el acceso a un puesto de trabajo en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que pueda suponer la eliminación directa de candidatos infectados por VIH
de acuerdo con los acuerdos internacionales suscritos por el Reino de España, así como sustentados en la evidencia científica existente a día de hoy.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2017.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Defensa


161/001548


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Defensa, relativa a la necesidad de mayor transparencia en la gestión de los Programas Especiales de Armamento.


Exposición de motivos


De acuerdo con el 'Informe de Fiscalización de la Financiación Extraordinaria de los Programas Especiales de Armamento y material para las Fuerzas Armadas, ejercicios 2012, 2013 y 2014. Análisis especial de los programas de gestión
Internacional: EF2000, A400m, y Tiger, y de los Programas de Gestión Nacional: BAM, leopard y NH90', n.º 1.155, aprobado en el pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión de 30 de junio de 2016, hay una serie de disfunciones preocupantes, fruto de
decisiones de carácter político, que afectan a los Programas Especiales de Armamento del Ministerio de Defensa.


El conjunto de estos programas se estima en 30.000 millones de euros, condicionando de forma significativa el margen de maniobra del Ministerio de Defensa para los próximos lustros, con una incidencia de primer orden para la industria de
defensa española, y la propia seguridad y defensa de nuestro país.


Tal y como se recoge en el informe realizado a seis de los programas en cuestión, algunas de las irregularidades que se constatan son, por un lado, el exceso de financiación pública -como el relativo al programa Leopard o el correspondiente
al BAM-. O por otro lado, la omisión en la imposición de penalidades de demora en otros que han sido objeto de retrasos como nuevamente, el programa BAM. Además, se deja constancia que España no está en condiciones de aceptar en servicio aviones
'por razones de administración dentro de las limitaciones financieras', dejándose estos almacenados en territorio español pero sin hacerse uso de ellos.


Por si fuera poco, se apunta a la escasez de efectivos dedicados a la gestión de estos programas, haciendo uso de encomiendas de gestión para satisfacer necesidades de carácter permanente, y la alta rotación del personal dedicado a esta
labor.


De acuerdo con estas preocupantes conclusiones del informe del Tribunal de Cuentas, y teniendo en cuenta la opacidad que ha caracterizado la gestión de los Gobiernos sobre estos programas, conviene tomar medidas para hacer más transparente a
la ciudadanía qué equipamientos se han adquirido, para qué escenarios de riesgo, y cómo se ha llevado a cabo su gestión en las dos últimas décadas.


En ese sentido, conviene no perder de vista la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno de 2013, que tiene al conjunto de la Administración General del Estado sometida a su



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ámbito subjetivo de aplicación, y por lo tanto también al propio Ministerio de Defensa. En el artículo 5.1 de dicha ley, se plantea la necesidad de 'publicar de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante
para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública'. Asimismo, en el artículo 8, correspondiente a la información económica, presupuestaria y estadística, figura lo siguiente:


'Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaría que se indican a continuación:


a) Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de
licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la
información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente [...]


e) Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan.'


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'- Realizar una auditoría exhaustiva de carácter público del conjunto de los programas especiales de armamento desde sus inicios hasta la actualidad para, de acuerdo con el necesario ejercicio de transparencia, garantizar que se haga un uso
eficiente y acorde al ordenamiento jurídico de los recursos públicos. La auditoría en cuestión será accesible al público en la página web del Ministerio de Defensa, y expondrá los resultados de manera clara, estructurada y entendible para que
puedan ser objeto de escrutinio público por parte de la ciudadanía.


- Hacerse eco de las conclusiones y recomendaciones del informe del Tribunal de Cuentas, y destinar más personal con carácter estable a la gestión de estos programas.


-Tomar las medidas oportunas con las empresas contratistas para recuperar por parte de la Administración General del Estado las cantidades correspondientes a los excesos de financiación pública, así como imponer las penalidades de demora que
correspondan a los incumplimientos ya identificados en el informe del Tribunal de Cuentas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Economía, Industria y Competitividad


161/001502


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para reforzar la lucha contra el
fraude comercial, para su debate en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad.


Exposición de motivos


La dinámica que impera en la movilidad para el abastecimiento de los consumidores en los distintos mercados facilita, hoy en el siglo XXI, que los bienes circulen rápidamente para satisfacer la demanda, aun cuando dichos bienes sean
producidos en partes geográficas muy lejanas del mercado que se pretende abastecer.



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El desarrollo de la tecnología digital también facilita la reproducción de productos de diseño e incluso de distintivos de marca que pretenden, al menos, atraer la atención del consumidor para estimular la demanda.


Hoy, en el desarrollo de la actividad comercial, es evidente que hay presencia en el mercado de distintos productos que o bien son copia de los originales o se puede acceder a ellos, como es el caso de productos de carácter cultural (libros,
música o cine), sin el adecuado respeto a la propiedad.


Esta práctica de fraude ocasiona una lesión considerable a quienes son legítimos titulares de la obra o el diseño. El perjuicio económico daña a los intereses de fabricantes, comerciantes y creadores, y, por tanto, a la renta y empleo.


Por ello en la X Legislatura, conscientes de la necesidad de atajar esta práctica, el Gobierno, tanto en el Código Penal como en la Ley de Propiedad Intelectual, introdujo medidas para sancionar estas conductas y así preservar los legítimos
intereses en el tráfico comercial.


Sin embargo, parece necesario continuar con el esfuerzo de luchar contra estas prácticas de fraude. Por ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, a los efectos de reforzar la lucha contra el fraude en el tráfico comercial y preservar los derechos de autor de los creadores, entiende necesario:


- Que desde las Administraciones Públicas, de forma coordinada con los sectores afectados, se pongan en marcha campañas de divulgación de los efectos negativos que la piratería tiene para el desarrollo de nuestra economía, dirigida de forma
especial al conjunto de los consumidores.


- Una acción coordinada de la Administración Autonómica y Local para garantizar el cumplimiento de las leyes en el comercio al por menor de productos fraudulentos.


- Continuar reforzando los controles en fronteras para evitar la entrada de productos falsificados con origen en países no comunitarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la aprobación de medidas de impulso a la
industria del transporte sostenible, para su debate en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad.


Exposición de motivos


La industria automovilística, que representa el 10% del PIB español, genera el 17,7% de las exportaciones y sostiene del orden de 300.000 empleos directos y 2 millones indirectos. España es el primer fabricante de vehículos industriales de
Europa, y el segundo de vehículos comerciales. Además, España es el mayor fabricante europeo de coches eléctricos y, sin embargo, el de menor parque de estos vehículos. La fabricación de los vehículos eléctricos llegó en 2014 a las 9.323 unidades
y se exportó el 96% de ellas. ¿Hasta qué punto será sostenible esta situación?


La escasa penetración de los vehículos de última generación contrasta con el hecho de que España esté entre los cuarto país con más coches por habitantes del mundo por delante de Japón o EE.UU. con unos 597 coches por cada 1.000 habitantes,
es decir un coche por cada 2 personas. Además, el parque español de coches alcanza los 27,9 millones de unidades. La edad media de los vehículos se eleva hasta los 11,6 años.


Apoyar a la economía verde sin criminalizar otras tecnologías es una situación de ganancia para todos. La electrificación del transporte es una pieza fundamental para reducir las emisiones de gases contaminantes y cumplir los objetivos
europeos de energía y cambio climático.



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El reciente informe de la Comisión Europea sobre Revisión de la aplicación de la normativa medioambiental de la UE Informe de ESPAÑA dice que: 'España afronta retos considerables en los ámbitos de la gestión del agua y los residuos y de la
calidad del aire. Podría reforzarse la coordinación y colaboración entre las distintas administraciones públicas competentes, y el desarrollo sostenible podría integrarse en mayor medida en otros ámbitos políticos. El crecimiento verde también
podría ocupar un puesto más destacado en la agenda política.'


Con fecha 26 de junio de 2015, el Consejo de Ministros aprobó un Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Estrategia de Impulso del Vehículo con Energías Alternativas (VEA) en España 2014-2020. Esta Estrategia, promovida por el actual
Ministerio de Industria, Energía y Turismo, plantea como objetivo favorecer el desarrollo de una industria vinculada al desarrollo del sector de automoción de energías alternativas (vehículos eléctricos, vehículos propulsados por Gas Licuado del
Petróleo GLP, Gas Natural Comprimido GNC, Gas Natural Licuado GNL, biocombustibles e hidrógeno), y analiza las características tecnológicas de cada una de las energías alternativas y se proponen medidas que cubren tres ejes de actuación:
industrialización, mercado e infraestructura.


Según el Barómetro de Seguridad Vial y Medio Ambiente Bosch-Anfac, la mayor parte de las matriculaciones siguen siendo de vehículos con configuración diésel o gasolina, aunque la tendencia es que las tecnologías alternativas vayan ganando
terreno.


En 2015 hubo 25.406 matriculaciones de vehículos con tecnologías alternativas, un 52% más que en 2014, alcanzándose el 1,8 % del mercado total. Por tecnologías, el 73% de estas matriculaciones fueron coches híbridos no enchufables, un 12%
coches eléctricos puros, el 10% usaban GLP, el 3% híbridos enchufables, el 2 % GNC y por último un 0,5% fueron coches eléctricos de autonomía extendida.


Desde 2011 hasta 2015 hay matriculados 82.234 vehículos con tecnologías alternativas, con un incremento en 2015 del 106,5 % respecto a 2011. En España hay unos 10.000 vehículos eléctricos. Desde el año 2011, son los eléctricos puros y los
híbridos enchufables los que registran un mayor crecimiento, 265% y 9.438% respectivamente. Los vehículos eléctricos de autonomía extendida registran un volumen aún pequeño, pero su evolución porcentual alcanza un importante crecimiento.


La Estrategia de Impulso del vehículo con energías alternativas en España (2014-2020) se fijó como objetivo alcanzar los 150.000 coches eléctricos en nuestro país en el año 2020. Esto precisaría que se matriculasen cerca de 50.000 coches
eléctricos al año durante los próximos tres años, algo que parece imposible a la vista de las cifras más recientes de matriculación de vehículos eléctricos. En 2015, los vehículos eléctricos representaron el 0,3 % del total de matriculaciones en
España. En el primer semestre de 2016 se matricularon 2.577 vehículos eléctricos, un 90% del total de vehículos matriculados en el año 2015.


El Marco de Acción de Energías Alternativas en el Transporte (MAEAT), pone de manifiesto la gran cantidad de ministerios y administraciones (estatal, autonómica y local) con competencias en este tema. No obstante se identifican tres ejes de
actuación prioritarios:


I. Mercado: Acciones de impulso de la demanda que facilite el incremento de la oferta y las economías de escala.


II. Infraestructura: Acciones para favorecer una red de infraestructura que permita cubrir las necesidades de movilidad de los usuarios.


III. Industrialización: Acciones para impulsar la industrialización de vehículos con energías alternativas y de los puntos de suministros asociados, con el objetivo de situar a España a la vanguardia del impulso de estas tecnologías.


Respecto al impulso del mercado de vehículos con Energías Alternativas, hay que considerar que el precio de adquisición de estos sigue siendo más caro, un 30 y un 40% más en el caso de los vehículos eléctricos debido principalmente al coste
de su batería. Por este motivo, si se pretende impulsar el vehículo eléctrico, de momento sigue siendo necesario que existan ayudas o bonificaciones en el precio de adquisición.


Hasta la fecha las ayudas estatales a vehículos con Energías Alternativas se han caracterizado por la incertidumbre. En primer lugar estaban repartidas en distintos planes, su aprovechamiento era desigual y su presupuesto podría variar
ampliamente. Los principales instrumentos han sido el Plan PIMA Aire (desde 2012) y el Programa MOVELE (desde 2014) ambos fusionados en 2016 en el Plan MOVEA con un presupuesto total de 16,6 millones de euros. El total de ayudas a la adquisición
de vehículos con Energías Alternativas durante los pasados seis años, entre 2012 y 2016, fue de 72 millones. Esto es menos de lo



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que se destinó al plan PIVE en cualquier año puntualmente para incentivar la adquisición de vehículos nuevos.


El Plan MOVEA fomenta exclusivamente la adquisición de vehículos de combustibles alternativos, [vehículos eléctricos, de gas licuado del petróleo (GLP/Autogás), de gas natural comprimido (GNC) y licuado (GNL), vehículos que se propulsen con
pila de combustible de hidrógeno, motos eléctricas y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico], excluyendo los vehículos de combustibles tradicionales propulsados por gasolina y gasóleo. La dotación económica en 2016 fue de 16,6 millones
de euros, muy lejos de los importes asignados a los sucesivos planes PIVE para la compra de vehículos convencionales nuevos, que en su última edición Plan PIVE 8 obtuvo 225 millones de euros. Las ayudas del Plan MOVEA suelen agotarse rápidamente,
de modo que pasan varios meses entre la finalización de una convocatoria y la entrada en vigor de la siguiente. Además, estas ayudas deben declararse como una ganancia más y por tanto, inciden en el IRPF del consumidor.


Respecto al fomento de infraestructuras, es necesario dotar de un marco legal que favorezca el desarrollo de una infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Es fundamental revisar la actividad del gestor de carga de vehículos
eléctricos para simplificar esta figura y facilitar la inversión en infraestructura de recarga. Actualmente solo hay 9 empresas registradas en la CNMC como gestores de carga en la Comunidad de Madrid. Sin embargo el Real Decreto 1053/2014 obliga a
instalar un punto de recarga para coches eléctricos por cada 40 plazas de aparcamiento. Eso explica que haya 4.500 enchufes sin dar de alta en el listado de la CNMC.


Con su último Decreto 639/2016 el Gobierno parece aceptar que los puntos de recarga en los que se proporcione electricidad sin contraprestación no tendrían que estar gestionados por un gestor de carga. El resultado es que para poder vender
energía eléctrica a terceros es preciso ser gestor de carga, lo cual no es sencillo, mientras que cualquiera puede cederla gratuitamente si es para recarga de vehículos eléctricos, lo que no parece una manera racional de impulsar una movilidad
eléctrica fiable y económicamente sostenible.


Por último, para impulsar la industrialización nuestra industria precisa de soluciones logísticas para la mejora de su competitividad. Así por ejemplo, resulta una rémora para la exportación que el transporte ferroviario todavía no llegue a
los muelles de todos los puertos comerciales del Estado. Aunque el cambio automático de ancho de vía para los vagones es una tecnología disponible, no existe material rodante de estas características, quizás porque tampoco existe oportunidad de
utilizarlo. Unas mayores dimensiones de carga autorizada en camiones permitirían optimizaciones de suministro. En un mercado global, estas circunstancias van a suponer un problema serio.


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Articular un plan plurianual de ayudas directas para la adquisición de vehículos eléctricos del Plan de Impulso a la Movilidad con Vehículos de Energías Alternativas (MOVEA), con la finalidad de garantizar la estabilidad y continuidad
temporal de las mismas.


2. Aumentar significativamente la dotación económica del Plan de Impulso a la Movilidad con Vehículos de Energías Alternativas (MOVEA) en cogerencia con el objetivo de la Estrategia de Impulso del Vehículo con Energías Alternativas
(2014-2020) de alcanzar los 150.000 coches eléctricos en España en 2020.


3. Revisar la fiscalidad aplicable sobre vehículos, con la finalidad de vincular su gravamen en función de su nivel de emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero, no solo de emisiones de CO2.


4. Favorecer el desarrollo de una infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en espacios públicos y privados racional y sostenible.


5. Mantener un registro completo y realizar controles de seguridad de los puntos de recarga en territorio español.


6. Desarrollar un plan intermodal para el transporte mercancías que responda a las necesidades logísticas de la industria española.



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7. Promover, en coordinación con las CC. AA., la conversión, dentro del sector del transporte público, a las energías alternativas más sostenibles y adecuadas a las necesidades del servicio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2016.-Rodrigo Gómez García, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001527


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad relativa a medidas para lograr la trasparencia en los procesos de titulización hipotecaria.


Exposición de motivos


La titulización es un procedimiento a través del cual una cartera de activos, relativamente homogénea, se transforma en títulos o valores negociables dentro de un mercado organizado. Llevado al terreno hipotecario, la titulización de una
cartera de préstamos o créditos hipotecarios es un proceso financiero que consiste en la cesión, total o parcial de los mismos, por parte de una entidad de crédito a un vehículo específico, que en España, corresponde a un Fondo de Titulización
Hipotecaria, encargado de emitir los valores denominados Bonos de Titulización Hipotecaria. La emisión de estos bonos está respaldada por la cartera de activos cuyos flujos presentes y futuros sirven para atender los pagos de dichos bonos.


La representación legal y la administración de este fondo están a cargo de una sociedad gestora de fondos de titulización, que tiene como función destacada la defensa de los intereses de los inversores cualificados y/o público no
especializado que ha adquirido la titularidad de una participación hipotecaria a través de la suscripción de los Bonos de Titulización Hipotecaria.


Actualmente se encuentran vigentes dos normas que regulan de manera complementaria la titularización hipotecaria, por un lado, la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario y la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la
que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma
tributaria; y por otro lado la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial. Ambas normas han generado una situación de absoluta inseguridad jurídica para los deudores hipotecarios que desconocen quién es el titular de la
garantía hipotecaria, y por lo tanto, quién tiene la legitimación activa para emprender un proceso de ejecución hipotecaria.


La titulización de préstamos o créditos hipotecarios es una cuestión de actualidad puesto que existen miles de casos de deudores de préstamos titulizados que han incurrido en mora en el pago de sus obligaciones. Según cifras del Consejo
General del Poder Judicial, desde el año 2008 hasta la actualidad se han llevado a cabo en España más de 600.000 procesos de ejecución hipotecaria.


Evidentemente, un proceso de ejecución debe ser puesto en marcha por quien tenga la capacidad legal para ello, es decir quien goce de la legitimación activa para hacerlo. Sin embargo, en nuestro país, no es sencillo para el deudor
hipotecario conocer quién es el titular de la garantía hipotecaria. Por un lado tenemos la realidad registral, donde el titular del derecho hipotecario es la entidad de crédito con quien se contrató originariamente la hipoteca; y por otro lado,
tenemos la realidad contractual, en la que la entidad financiera puede haber cedido el crédito a un tercero, como es el Fondo de Titulización Hipotecaria.


El principal problema de estas operaciones de titulización de préstamos o créditos hipotecarios es la situación de indefensión en la que se ven inmersos miles de deudores hipotecarios, cuyos créditos han sido cedidos sin contar con una
notificación previa por parte de la entidad de crédito con la que se originó la relación jurídica.


Adicionalmente, la normativa vigente establece que, la inscripción en el Registro de la Propiedad del dominio y de los demás derechos reales sobre los créditos o préstamos pertenecientes a los fondos de titulización, no es obligatoria y
queda a la libre voluntad de los fondos de titulización el realizar esta



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inscripción. Tanto la falta de notificación como la falta de inscripción son elementos que limitan gravemente la capacidad de los deudores hipotecarios para ejercer los derechos y las acciones correspondientes en defensa de sus intereses.


En esta misma línea de ideas, la normativa vigente permite que los préstamos o créditos hipotecarios pasen a integrarse en el activo del fondo de titulización y dejen por tanto, el balance de la entidad bancaria como consecuencia de un
cambio de titularidad. Esta operación no solo implica que el banco se deshaga del activo, sino que además la ley permite que estos activos cedidos en participaciones hipotecarias no se computen dentro de la cifra de capitales en riesgo de las
entidades. Adicionalmente, la ley establece que las entidades de crédito conservan 'la custodia y administración del préstamo o crédito hipotecario, así como la titularidad parcial del mismo', aunque dicha administración la realice en interés de un
tercero (el cesionario) y no en el suyo propio. En la práctica la sociedad gestora del fondo acuerda con la entidad bancaria cedente, que estas puedan realizar las tareas ordinarias de gestión de los préstamos y también, cuando proceda, que lleve a
cabo los requerimientos de pago e incluso las acciones de ejecución hipotecaria.


Esta supuesta titularidad parcial, ha sido puesta en duda por varios tribunales de justicia1 de nuestro país, que afirman que las entidades de crédito, tras haber procedido a la titulación de los préstamos o créditos hipotecarios se han
desprendido de la titularidad de los mismos y por lo tanto carecen de legitimación activa para ejercer una acción de ejecución hipotecaria en contra del deudor hipotecario. Por lo tanto, la legislación vigente, lejos de resolver esta cuestión, está
generando en la actualidad un auténtico polvorín de fallos y autos judiciales que toman posturas decisorias divergentes.


El Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España respondía en marzo de 2015 a una consulta trasladada desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) afirmando que la titulización de un préstamo o crédito
supone que la entidad que concedió el mismo deja de ser la acreedora del préstamo, aunque conserve por Ley la titularidad registral y siga manteniendo, salvo pacto en contrario, su administración.


Por su parte, el Banco de España recordaba que de la normativa aplicable a la titulización de préstamos o créditos hipotecarios no se desprende que los deudores tengan que ser informados en ningún momento, ni de la incorporación, ni de la
baja de sus préstamos o créditos a un fondo de titulización. Incluso nada se opone a que la titulización se refiera únicamente a una parte del préstamo o crédito hipotecario.


La ausencia de transparencia es inaceptable. En cualquier proceso de ejecución hipotecaria, lo mínimo que puede exigirse es que el deudor conozca si su hipoteca fue titulizada o no.


Para la mayoría de las personas hipotecadas, este negocio es un gran desconocido porque las entidades financieras no informan adecuadamente a sus clientes sobre la posibilidad de que sus préstamos o créditos hipotecarios puedan ser cedidos y
el acreedor ser sustituido por un Fondo de Titulización Hipotecaria. De hecho, las entidades de crédito han ejercido un manifiesto abuso de su capacidad y poder de mercado, en perjuicio de los deudores hipotecarios y de sus derechos como
consumidores.


En la mayoría de los contratos de crédito hipotecario se han incluidos las llamadas cláusulas de 'cesión de crédito', por las cuales los deudores renuncian a ser informados de las operaciones financieras y contractuales que ejecuten las
entidades de crédito para la cesión y titulización hipotecaria. Estas cláusulas han sido declaradas abusivas en varias ocasiones por parte de varios tribunales de justicia, incluyendo al propio Tribunal Supremo2. Sin embargo eso no ha significado
su eliminación de los contratos ni el cese en su utilización por parte de las entidades financieras, que por lo general incluyen estas renuncias de forma sistemática.


El deudor hipotecario cuenta en nuestro país con la posibilidad de acogerse al 'Código de Buenas Prácticas' para reducir su deuda o incluso saldarla mediante la dación en pago, siempre que la entidad financiera se haya adherido al mismo.
Ningún Fondo de Titulización lo ha hecho, y por tanto, con la titulización del préstamo o crédito se produce una merma muy significativa de sus derechos como consumidor, y sus posibilidades de conseguir quitas, daciones en pago y alquiler social.


1 Auto del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Gijón, de 13-4-2016, Auto del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Collado Villalba, de 11 de marzo de 2016, la Audiencia Provincial de Madrid (Sección decimoctava) en su Auto número
21/2015, de 28 de enero, la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección de Algeciras) en su Auto número 45/2015 de 23 de marzo, la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección decimonovena) en su Auto número 29/16 de 3 de febrero de 2016, entre muchos.


2 Tribunal Supremo Sala 1.ª, Sentencia de 16-12-2009, n.º 792/2009, rec. 2114/2005.



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De conformidad con la ley vigente, las entidades de crédito, como custodias y administradoras de los créditos, están prohibidas de alterar las condiciones bajo las cuales se otorgaron inicialmente los préstamos o créditos hipotecarios, a
menos que cuenten con la autorización expresa de la sociedad gestora del Fondo de Titulización Hipotecaria. Estas disposiciones limitan seriamente la capacidad de las entidades de negociar extrajudicialmente con los deudores hipotecarios, quienes
ni siquiera tienen la posibilidad de negociar directamente con el titular de los créditos, es decir con el Fondo de Titulización Hipotecaria. En estos casos los bancos son meros intermediarios entre los consumidores y el profesional financiero con
el que mantiene una deuda.


En 2015, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) afirmó que para conocer si un préstamo o crédito está titulizado, el interesado titular del préstamo debe dirigirse a la entidad bancaria y solicitar dicha información. Pero las
entidades de crédito no están dispuestas a cooperar e informar sobre esta cuestión, alegando que se trata de información no disponible para el cliente.


La ausencia de transparencia para el consumidor, máxime en un asunto que puede resultar crucial para la defensa judicial, es inaceptable. En cualquier proceso de ejecución hipotecaria, que amenaza la permanencia en el hogar de una persona y
su familia, lo mínimo que puede exigirse es que el deudor conozca si su hipoteca fue titulizada o no, y que sepa a quién dirigirse tanto para una negociación extrajudicial, como en caso de ser requerido que comparezca ante un procedimiento de
ejecución hipotecaria.


La Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, obliga a las entidades de crédito a llevar un 'libro
especial' en el que se anotan las participaciones hipotecarias emitidas sobre cada préstamo o crédito hipotecario, así como las trasferencias sucesivas de nuevos titulares. A su vez la ley obliga también a las entidades de crédito a remitir a la
CNMV esta lista, puesto que es la entidad competente para supervisar y regular de los procesos de titulización de todo tipo de activos.


Las entidades financieras como la CNMV poseen la información detallada de los cesionarios titulares de los préstamos o créditos hipotecarios, a pesar de ello, esta información continúa siendo poco accesible para los deudores hipotecarios.
Por esta razón es necesario que la CNMV, como entidad pública garantice un acceso efectivo a los deudores hipotecarios a esta información, de tal manera que se proteja y se cumpla con los derechos de consumidor de estas personas.


Finalmente, es necesario adoptar nuevos mecanismos de trasparencia sobre los procesos de titulización de carteras hipotecarias, con el fin de proteger a los deudores hipotecarios y garantizar que sus derechos como consumidores sean
respetados, sobre todo en aquellos contratos de adhesión donde existe escasa o nula capacidad de negociación con la entidad de crédito.


Hay que recordar que actualmente se está negociando en el Parlamento Europeo una propuesta sobre el 'Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas comunes sobre la titulización y se crea un marco europeo
para la titulización simple, transparente y normalizada, y por el que se modifican las Directivas 2009/65/CE, 2009/138/CE y 2011/61/UE y los Reglamentos (CE) n.º 1060/2009 y (UF) n.º 648/2012'.


Esta propuesta no contempla la posibilidad de que la información personal de los consumidores, respecto de los procesos de titulización, sea accesible y que se garantice un majeo transparente de la misma. Es importante que el Gobierno
impulse mecanismos legislativos sobre esta materia, tanto a nivel nacional como a nivel europeo, de tal manera que exista una verdadera protección de los derechos de los deudores hipotecarios.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobiernos a tomar las siguientes medidas necesarias para lograr la trasparencia en los procesos de titulización hipotecaria:


1. Reformar la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, de la siguiente manera:


- Establecer que, en los casos de cesión total o parcial de préstamos o créditos hipotecarios por parte de las entidades de crédito en favor de Fondos de Titulización Hipotecaria, será obligación de las sociedades gestoras de los fondos de
titulización, inscribir en el Registro de la Propiedad el dominio y los



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demás derechos reales que mantengan los titulares de las participaciones hipotecarias sobre todas las hipotecas afectadas por la cesión de derechos.


- Establecer que en los casos en los que no se haya inscrito en el Registro de la Propiedad la cesión de los préstamos hipotecarios, el cesionario no estará legitimado para instar el procedimiento de ejecución hipotecaria.


- Prohibir que en todos los contratos de hipoteca se incluyan cláusulas de 'cesión de crédito', por las cuales los deudores renuncien a ser informados de las operaciones financieras y contractuales que ejecuten las entidades de crédito para
la cesión y titulización hipotecaria. Cualquier estipulación o utilización de este tipo de cláusulas abusivas en un contrato se entenderán por no escritas o sin efectos legales para el consumidor financiero.


- Obligar a todas las entidades de crédito a informar personalmente a los deudores hipotecarios sobre la cesión total o parcial que se haya realizado sobre sus préstamos o créditos hipotecarios, e identificar claramente el cambio en la
titularidad de acreedor hipotecario.


2. Modificar la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, en lo referente al régimen de supervisión y sanción a cargo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y establecer que esta entidad sea la
encargada de actuar como un registro público de todas las titulizaciones hipotecarias. La CNMV será la entidad encargada de garantizar la transparencia y accesibilidad pública en favor de los deudores hipotecarios para este tipo de operaciones
financieras. Así mismo, la CMNV, a petición de los deudores hipotecarios, será la encarga de certificar si los préstamos o créditos hipotecarios han sido titulizados, y, en su caso, que fondo de titulización tiene la titularidad sobre los mismos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Lucía Martín González y Rafael Mayoral Perales, Diputados.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para que
el Gobierno desarrolle el Proyecto CEUS, para su debate en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad.


Exposición de motivos


Desde 2010 se viene promoviendo por parte del Gobierno el desarrollo de Vehículos Aéreos no Tripulados (UAV, en sus siglas en inglés). Sus utilidades para múltiples misiones y las expectativas de su rápida difusión, en un campo clásico de
las tecnologías de doble uso (civil y militar), confieren a la producción de UAV, así como a los sistemas embarcados en los mismos, carácter de política de Estado. Hasta la fecha, y de la mano de los ministerios de Economía y Defensa, se han
establecido acuerdos con las comunidades autónomas de Galicia y Andalucía, además de la posibilidad de contar con la colaboración de los fondos FEDER.


En este marco, en Galicia y en julio de 2015, el Gobierno propició la compra pública innovadora por valor de unos 55 millones de euros destinados a la adquisición de UAV para uso civil, en cuyas etapas de construcción y pruebas se
aprovecharán las instalaciones del Ejército en Lugo, mejoradas y adecuadas para estos objetivos. Igualmente en 2015 el ministerio de Defensa emprendió un proceso de compra de cuatro UAV de grandes dimensiones y dos estaciones de seguimiento por
valor de 400 millones de euros.


En Andalucía, por iniciativa de la Junta en un caso (proyecto Atlas) y en cooperación con el Estado en otro (proyecto CEUS), también se impulsó la habilitación de infraestructuras ya existentes (la de El Arenosillo, pertenecientes al INTA,
en Moguer, Huelva) para las pruebas de este tipo de vehículos, así como el desarrollo de la gran tecnología que conllevan.



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El Proyecto CEUS


Es la suma de dos subproyectos: por una parte, el proyecto CEDEA, orientado a la modernización de los equipos y sistemas de guiado, monitoreo y gestión con los que ya contaba el INTA en la base de El Arenosillo (en Moguer, Huelva) y en los
que ya se ha realizado una inversión de 10.2 millones de euros según respuesta del Gobierno el pasado 20 de enero, con número de expediente 184/4240. Por otra, está el proyecto CEUS propiamente dicho y que consiste en la habilitación de las
instalaciones de prueba los UAV.


Según convenio suscrito por Ministerio de Economía, la Agencia Idea de la Junta de Andalucía y el INTA en 2011 se calculó una inversión de 30 millones de euros (24 Ministerio, 6 Junta de Andalucía) y asimismo se solicitaron fondos europeos
para financiar un programa de innovación de enorme trascendencia para la región y su posición estratégica en el desarrollo de la industria aeronáutica de nuestro país y de Europa.


Tras las declaraciones de interés estratégico y de interés autonómico por parte de la Junta de Andalucía, y después de un complejo proceso de aprobaciones urbanísticas y ambientales en las que han participado con diligencia las
Administraciones local y autonómica, a comienzo de 2015 tenían que haberse dado los pasos más relevantes: redacción del proyecto constructivo, licitación y ejecución de las obras. La ejecución de esas tres intervenciones requeriría al menos dos
años, lo que hacía objetivamente imposible que las obras estuvieran ultimadas a fin de 2015. Es por ello, por lo que en octubre de ese mismo año, la Comisión de seguimiento del Proyecto CEUS se reúne para proponer la resolución del convenio, toda
vez que los plazos para recabar la ayuda europea expiraban a finales de ese mismo año. No obstante, y en la confianza de acudir al nuevo marco de financiación (tal y como confirmaría el anterior ministro de Defensa en una visita posterior a las
instalaciones) en la citada reunión las partes expresan su interés por la continuidad del proyecto.


Desde entonces a hoy la única certeza que tenemos es la respuesta remitida por el Gobierno a los representantes socialistas de la provincia de Huelva en la que se manifiesta que 'el Gobierno, a través del Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial (INTA), no ha solicitado ni ha recibido ninguna subvención de la Unión Europea para el proyecto CEUS de aeronaves no tripuladas'.


Dicha contestación ha provocado una profunda sorpresa, pues no hace mucho (noviembre de 2016 y promovidas por los empresarios de Huelva, implicados desde el inicio en tan importante proyecto), representantes del INTA insistían en la bondad
del mismo y en su oportunidad. Sorprendentes también han sido las declaraciones de la representante del Gobierno de España en la provincia, limitándose a corroborar la inversión ya conocida de 10.2 millones en el acondicionamiento y mejora de las
instalaciones existentes, pero sin referirse a las cuestiones demandadas por parlamentarios y sociedad, en una actitud más partidaria que institucional, como corresponde al cargo que ostenta y al interés que debiera despertarle la consecución tanto
de fondos propios del Ministerio como comunitarios para un proyecto al que debe acompañar una estrecha colaboración entre administraciones, así como un decidido afán por incorporar a Huelva a un tejido empresarial, el de la industria aeronáutica,
que vendría a sumarse al ya existente, y vigoroso, de las provincias limítrofes de Sevilla y Cádiz.


Por último, y por ser lo más trascendente en términos de investigación, innovación y prosperidad, la Universidad de Huelva viene acompañando dicho proyecto desde sus inicios, habiendo creado a propósito un máster específico en este tipo de
vehículos no tripulados. Como la propia sociedad onubense, es consciente del valor añadido, y no solo desde el punto de vista económico o laboral, que estas instalaciones traerían a la provincia y a la región, en un enclave geográfico que goza de
las bondades climatológicas, estratégicas y de experiencia que le dan un carácter tan propicio y singular.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Tomar las medidas necesarias (desde los ministerios implicados, de Economía, Industria y Competitividad y Defensa) para el desarrollo del Proyecto CEUS de vehículos aéreos no tripulados con sede en la Base del INTA en El Arenosillo,
situado en la localidad de Moguer, en la provincia de Huelva.



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2. Consignar en los Presupuestos Generales del Estado las partidas necesarias para avanzar tanto en la licitación como en la ejecución de las obras necesarias y ya contempladas en el convenio de colaboración con la Junta de Andalucía.


3. Solicitar de la UE las ayudas que puedan corresponder a los apartados de construcción o de compra innovadora, imprescindibles para el buen fin del proyecto.


4. Reunir con urgencia a la Comisión de Seguimiento creada en su día para tal fin y en la que pueda establecerse un calendario de acciones institucionales, administrativas y empresariales con el objetivo de recuperar el tiempo perdido para
el desarrollo del Proyecto CEUS.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-José Juan Díaz Trillo y Josefa Inmaculada González Bayo, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Capdevila i Esteve y la Diputada Ester Capella i Farré, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente Proposición no de Ley sobre la Ley de Sociedades de Capital, para su debate en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad.


Exposición de motivos


Según el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el órgano de administración de todas las sociedades de capital está obligado a formular en el plazo máximo
de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social, junto con las cuentas anuales y el Informe de Gestión, la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio, sobre la que resolverá la Junta General de acuerdo con el balance
aprobado.


En el supuesto de proponerse en las cuentas a formular la distribución como dividendo de los beneficios sociales, desde el pasado día 1 de enero de 2017 ha dejado de estar en vigor la suspensión del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades
de Capital, añadido por el artículo 1.18 de la Ley núm. 25/2011 que reconoce el derecho de separación al socio que hubiera votado a favor de la distribución de los beneficios sociales en caso de que la Junta General no acuerde 'la distribución como
dividendo de, al menos, un tercio de los beneficios propios de la explotación del objeto social obtenidos durante el ejercicio anterior, que sean legalmente repartibles'.


Se trata pues de una norma de gran trascendencia ya que, a pesar de que la loable finalidad del artículo añadido es la de disminuir la elevada conflictividad societaria ante los tribunales, el posible ejercicio por parte de un socio del
derecho de separación al amparo del artículo expresado no es una contingencia de orden menor para la sociedad toda vez que ésta resulta automáticamente obligada a adquirir o reembolsar al socio el 'valor razonable' de su participación en el capital
determinado, en el supuesto de falta de acuerdo entre la sociedad y el socio, por un experto independiente nombrado por el Registro Mercantil.


Así, si el 2 de octubre de 2011 entró en vigor el artículo 348 bis de la LSC, introduciendo el tratamiento del reparto obligatorio de dividendos en las sociedades de capital, su vigencia fue efímera. Y, fruto de múltiples presiones, el 23
de junio de 2012 se aprobó la suspensión de su vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2014. Posteriormente, esa suspensión se prorrogaría hasta el día 31 de diciembre de 2016.


En efecto, aunque el oportuno ejercicio del derecho de separación establecido por el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital pocos días antes de que fuera suspendido temporalmente, permite efectivamente en la práctica profesional
poner fin a un largo conflicto societario y liberar de una grave situación de abuso a los accionistas minoritarios, al mismo tiempo es necesario ser conscientes del impacto que puede tener esta norma en el colectivo de las pymes (familiares o no),
que no se caracteriza precisamente por una sólida estructura financiera capaz de pagar el precio o efectuar el reembolso de las acciones o participaciones afectos al derecho de separación ejercitado, en el corto plazo de dos meses que señala la ley.



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En muchos casos, el ejercicio del derecho de separación incluso puede llevar a la sociedad a la necesidad de disolverse y liquidarse.


Para ello, mientras no se acuerde la nueva redacción del mismo, sería interesante divulgar entre el colectivo de Pymes la contingencia introducida el 1 de enero de 2017 para todas las Sociedades de Capital con beneficios y con la previsión
de repartir dividendos, ya que se verán en la tesitura de enervar o no el derecho de separación del socio mediante la distribución o no, al menos, de un tercio de los 'beneficios propios de la explotación del objeto social'.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Suspender inmediatamente la aplicación del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital mediante la aprobación de un Real Decreto-ley.


2. Impulsar la aprobación de un nuevo redactado del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, durante la tramitación como Proyecto de Ley de dicho Real Decreto-ley, con el fin de evitar el incremento de litigios debido a la poca
claridad del artículo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Ester Capella i Farré y Joan Capdevila i Esteve, Diputados.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Hacienda y Función Pública


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre aplicación del IVA de los equipamientos de óptica, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


Desde la aprobación de la Ley 37/1992, modificada por la Ley 28/2014 que entró en vigor en 2015, los equipamientos de óptica se han venido beneficiando de un tipo de IVA reducido ya que, por sus características objetivas, están diseñados
para aliviar o tratar deficiencias oculares y son de uso exclusivo de las personas con dicha deficiencia.


En este sentido, numerosas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos han declarado la aplicación del tipo impositivo reducido del IVA a las gafas graduadas, incluyendo las monturas, como parte imprescindible para que la gafa
pueda cumplir su función. Baste, por todas, la respuesta a la consulta V1998-07, de 25 de septiembre, que, textualmente, consideró:


'En consecuencia, tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 7 por ciento las importaciones y subsiguientes entregas de monturas que, por sus características de construcción, diseño y materiales empleados, estén
destinadas a la confección de gafas graduadas.'


Con posterioridad, la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, modificó la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, al objeto, entre otros, de adaptar la normativa interna a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de
17 de enero de 2013, en el asunto C-360/11, conocida comúnmente como la sentencia de 'productos sanitarios', manteniéndose la tributación por el tipo reducido para aquellos productos que, por sus características objetivas, estén diseñados para
aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, y cuya relación se incorporó a un nuevo apartado octavo al anexo de la Ley del Impuesto.



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En el listado de productos que se relacionan en el nuevo apartado octavo del anexo se contemplan, en primer lugar, 'las gafas, lentes de contacto graduadas y los productos necesarios para su uso, cuidado y mantenimiento', una redacción, a
estos efectos, equivalente a la contenida en la antigua redacción del artículo 91, apartado uno.1, número 6.º de la Ley del IVA, que declaraba la aplicación del tipo reducido del impuesto a las 'gafas graduadas y las lentillas'. Como puede
observarse sin dificultad, la nueva norma ni ha modificado el régimen de aplicación del tipo impositivo reducido a las gafas graduadas, ni ha introducido ninguna distinción o precisión que permita diferenciar el tipo correspondiente a las monturas
cuando las mismas, por sus características de construcción, diseño y materiales empleados, estén destinadas a la confección de gafas graduadas.


En el contexto anterior la consulta vinculante V0564-16, publicada y dada a conocer el 26 de diciembre de 2016, después de la mera cita literal de los correspondientes preceptos de la Ley del IVA, concluye, sin más explicación o
argumentación, que:


'En consecuencia, tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 21 por ciento las entregas, adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de monturas para gafas correctoras, aisladamente consideradas.'


Dicha conclusión supone, de forma evidente, un cambio de criterio de la administración tributaria en relación con el tipo aplicable a las monturas para gafas graduadas que, como queda dicho, ni se argumenta ni se justifica, desconociéndose
qué elementos o datos objetivos pueden avalar tal decisión, pues tanto la normativa aplicable con anterioridad, como la resultante de la modificación operada por la Ley 28/2014, utilizan idéntico término -gafas- para definir objetivamente los
supuestos a los que es aplicable el tipo reducido del impuesto. La indefinición e inseguridad jurídica que produce el cambio de criterio administrativo es máxima, pues al emplearse la confusa expresión de monturas 'aisladamente consideradas', para
referirse a las monturas para gafas correctoras, parece querer afectarse, también, no solo a las importaciones o adquisiciones intracomunitarias de monturas, sino también a las entregas de las mismas a los consumidores finales, una vez incorporadas
las correspondientes entes correctoras, pues siempre será posible distinguir, artificialmente, entre dichas lentes y la montura.


Sucede sin embargo que, obviamente, la administración pública, también la administración tributaria, tiene que adecuar sus resoluciones y actuaciones a las normas de pertinente aplicación, tanto respecto de los actos administrativos con
efectos para los administrados, como para la viabilidad y regularidad de los actos de trámite respecto de los cuales no exista la posibilidad de impugnación directa.


En este sentido, el artículo 89.3 de la Ley General Tributaria, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, prevé que 'los órganos de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos deberán aplicar los criterios contenidos en
las consultas tributarias escritas a cualquier obligado, siempre que exista identidad entre los hechos y circunstancias de dicho obligado y los que se incluyan en la contestación a la consulta'.


Como consecuencia del carácter vinculante que para la administración tienen las consultas emitidas y su aplicación a cualquier obligado cuando exista identidad entre los hechos y circunstancias en que se encuentre un contribuyente y la
situación descrita en la consulta, dicho carácter vinculante de las contestaciones debe mantenerse en tanto no se produzca alguna de las circunstancias que permiten a la administración cambiar de criterio, previstas en el artículo 89.1, párrafo
segundo, de la Ley General Tributaria, y que son, básicamente, la modificación de la legislación o la de la jurisprudencia aplicable al caso. Corolario necesario de tal previsión es que todo cambio de criterio de la administración tributaria debe
motivarse, exponiendo de forma clara, comprensible y suficiente qué modificaciones se han producido en la legislación o en la jurisprudencia aplicable al caso. Así lo reconoce, por ejemplo, la reciente consulta V0173-17 que, sin perjuicio de su
acierto o corrección, expone, como no podía ser menos, los motivos en que se apoya el cambio de criterio del Centro Directivo. Igualmente, el artículo 68.1 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, dispone en su apartado primero que 'cuando la contestación a la consulta incorpore un cambio
de criterio administrativo, la Administración deberá motivar dicho cambio.'


De todo lo anterior se deduce, sin dificultad, que la consulta V0564-16 se ha emitido prescindiendo total y absolutamente de las normas que disciplinan y regulan el régimen jurídico de las consultas vinculantes, con directa infracción del
artículo 89.1 de la LGT y 68.1 del citado Real Decreto 1065/2007, lo que conlleva la nulidad de la misma y su falta de efecto en orden a la modificación de las obligaciones



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que a los contribuyentes corresponden, que deberán seguir ajustando su actuación a los criterios manifestados por la administración tributaria con anterioridad. Tal conclusión resulta aplicable igualmente a la consulta V3386-14, de 29 de
diciembre de 2014, que, en una contestación de carácter general sobre la aplicación del tipo reducido del IVA, introdujo de forma 'subrepticia', e igualmente sin ningún tipo de motivación, que el tipo reducido solo es aplicable a las 'gafas con
montura', extremo este último que queda ahora igualmente en cuestión, como se ha indicado, por la indefinición de la consulta V0564- 16.


Como consecuencia también del carácter vinculante que la contestación a las consultas tributarias escritas tiene para los órganos y entidades de la administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos, y ante la pretensión,
al parecer, de aplicar el nuevo -e infundado- criterio desde el 1 de enero de 2015, debe destacarse que, como expresamente recoge la citada consulta V0173-17, el principio de seguridad jurídica exige que, hasta que se produzca una consulta
vinculante válida, la administración tributaria debe aplicar el criterio que realmente está vigente y que no es otro que el que se deriva de la consulta V1998-07 y análogas.


Sin perjuicio de lo expuesto hasta el momento, y a juicio de este Grupo Parlamentario, se estima también que a las monturas que, por sus características de construcción, diseño y materiales empleados, estén destinadas a la confección de
gafas graduadas, les resulta de aplicación el tipo reducido del IVA, solución respetuosa con la normativa nacional reguladora del IVA, Directiva 2006/112/CE, de 28 de noviembre de 2006, Directiva 2007/47/CE del parlamento europeo y del consejo, de 5
de septiembre de 2007 y Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (Sala Tercera), de 17 de enero de 2013, en el asunto C-360/11.


Por último, debe destacarse que en el sector existen unas 700 empresas mayoristas de óptica. La situación creada supone poner en graves dificultades a un porcentaje significativo de las mismas, en su mayoría, empresas nacionales que no
cuentan con suficiente tesorería para afrontar la carga que supone la regularización de la situación.


Además, dichas empresas deberían repercutir el IVA al óptico minorista, y en un alto porcentaje de casos, este no podrá hacer frente a sus deudas o, por lo menos, necesitará un plazo mayor para realizar ese pago. En España, existen unas
3.000 ópticas en el régimen de módulos o de recargo de equivalencia, lo que les impide repercutir o desgravar IVA de 2015 y 2016, ya que, debido a su estructura, no realizan dichas declaraciones. Se estima que el 35% de ellas no podrá superar esta
situación, lo que afecta a unas cerca de 1.000 ópticas y casi 3.000 empleados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Exigir de la administración tributaria que, por sus transcendentes efectos para los obligados tributarios, las respuestas a las consultas vinculantes planteadas por los mismos se dicten de acuerdo con su normativa reguladora, en
especial, artículos 88 y 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.


2. Exigir de la administración tributaria que, en los supuestos de cambio de criterio, el mismo se motive adecuada y suficientemente, en base a una concreta modificación de la normativa o de la jurisprudencia aplicable al caso, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1, párrafo segundo, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 68.1 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.


3. Reconocer la nulidad y falta de efectos de aquellas consultas vinculantes que, conteniendo un cambio de criterio, se hayan dictado sin fundamento ni motivación alguna, por directa infracción de los citados artículos 89.1, párrafo
segundo, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 68.1 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.


4. Respetar que, aun en el supuesto de dictarse una consulta vinculante válida que incorpore un cambio de criterio, el principio de seguridad jurídica exige que sus efectos se desplieguen solo desde que se publique o dé a conocer la misma.


5. Aclarar que resulta aplicable el tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a las adquisiciones intracomunitarias, importaciones y subsiguientes entregas de monturas que, por sus características de construcción, diseño y
materiales empleados, estén destinadas a la confección de



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gafas graduadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91, apartado uno.1, número 6.º y apartado octavo del anexo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Julián López Milla, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001533


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la calidad del gasto público,
para su debate en Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


La evolución de las finanzas públicas en los últimos años ha venido marcada por un ambicioso proceso de consolidación fiscal acometido por todas las administraciones españolas. El análisis por subsectores pone de manifiesto que las
administraciones públicas españolas han realizado un ajuste significativo de sus finanzas públicas en el periodo, reduciendo a aproximadamente la mitad el déficit que se presentaba al cierre de 2011, contribuyendo con ello a la recuperación
económica y la creación de empleo, principal preocupación del Gobierno y la sociedad española en su conjunto.


Analizando el ajuste acometido por funciones de gasto según la clasificación de funcional de las Administraciones Públicas (COFOG), se observa que se ha realizado un ajuste diferenciado en las políticas de gasto con el fin de preservar el
gasto social, que ha seguido incrementándose durante los años de crisis. Así, casi dos tercios del gasto total del sector público estatal, se destinan a actuaciones de educación, sanidad y protección social, incluyéndose en estas últimas las
pensiones y las prestaciones por desempleo.


En la coyuntura económica actual de España, un objetivo clave de la política fiscal es conseguir una combinación de ingresos y gastos públicos que, favoreciendo el crecimiento económico y la creación de empleo, permitan seguir haciendo
frente a nuestros compromisos de consolidación fiscal y protección social.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar mejorando la calidad del gasto público, apostando por una estructura de gasto que impulse el crecimiento económico y la creación de empleo, al tiempo que haga viable nuestros
compromisos de consolidación fiscal y sostenible el nivel de protección social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001534


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la reforma de la
financiación autonómica, para su debate en Comisión de Hacienda y Función Pública.



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Exposición de motivos


El pasado 17 de enero se celebró la VI Conferencia de Presidentes donde se puso de manifiesto la transformación económica y social de España en los últimos cuarenta años, destacando el nivel avanzado que se había conseguido como Estado de
Bienestar.


Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía son parte esencial como gestoras en la prestación de algunos de los servicios esenciales que integran el modelo del bienestar.


Y en ese ámbito es donde se acordó dar un fuerte impulso al proceso de actualización del sistema de financiación autonómica que garantice una financiación suficiente, de acuerdo con los principios de solidaridad, suficiencia, equidad,
transparencia y corresponsabilidad fiscal.


Por su parte, el Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero acordó la creación de la Comisión de Expertos que revisará el modelo de financiación autonómica, con el objetivo de dar un fuerte impulso al proceso de actualización
del actual.


La misión de la Comisiones será la revisión y análisis del actual sistema para la formulación posterior de un nuevo modelo que se fundamenten en los principios de solidaridad, suficiencia, equidad, transparencia, corresponsabilidad fiscal y
garantía de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos.


La gestión económica de las Administraciones Públicas no puede limitarse a manejar los ingresos y los gastos presentes, sino que debe pensar en el futuro.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Seguir poniendo en marcha todo tipo de actuaciones que permitan culminar con éxito el acuerdo adoptado en la Conferencia de Presidentes en materia de financiación autonómica.


- Impulsar, como elemento básico de nuestro sistema de bienestar, una reforma del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas que, desde el más amplio consenso posible, garantice el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos,
en igualdad de condiciones, independientemente del territorio de su residencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Fomento


161/001493


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa a
la defensa de la titularidad pública de los espacios de La Solana y el Hotel Finisterre en A Coruña, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La decisión del Consejo de la Autoridad Portuaria de A Coruña, adoptada el pasado 22 de diciembre, de subastar la Sociedad Deportivo-Recreativa La Solana y el Hotel Finisterre en A Coruña, y no aceptar la oferta del Ayuntamiento de esa
ciudad por los terrenos del complejo deportivo, ha supuesto una desconsideración institucional que tiene pocos precedentes en la ciudad y requiere el análisis en esta cámara y una decisión consecuente con los derechos afectados de la ciudadanía. La
actuación del Presidente de la Autoridad Portuaria y del Consejo de Administración, decididos a la privatización definitiva de los terrenos que ocupan tanto el Hotel Finisterre como las instalaciones deportivas anexas, quedaron en evidencia con la
firma del acuerdo con la empresa Río Mero en pleno mes de octubre, dos meses antes de que expirara el plazo otorgado al Ayuntamiento para hacer llegar una oferta económica. Dicha firma



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contradecía los términos estrictos del acuerdo unánime adoptado por el Consejo de la Autoridad Portuaria el día 30 de junio: 'Suspender la tramitación del procedimiento de enajenación durante el plazo de 6 meses. Transcurrido el plazo sin
que el Ayuntamiento de A Coruña solicite expresamente la adjudicación directa de la parcela ocupada por La Solana, la Autoridad Portuaria reanudará el procedimiento sin más trámite' y evitaba, por tanto, que dichos terrenos pudieran volver a
titularidad municipal.


Los argumentos esgrimidos tanto por el Presidente de la Autoridad Portuaria como por los informes jurídicos redactados para defender tal decisión, se basan exclusivamente en criterios economicistas obviando la naturaleza, ubicación e
historia de los terrenos en cuestión y evitando que de la decisión final participe la legítima dueña de dichos terrenos: la ciudad. El propio Presidente de Puertos del Estado, José Llorca indicó que el objetivo de esta decisión era ayudar a
enjugar la deuda de la Autoridad Portuaria y que vendría seguida por la venta en subasta de los muelles de Batería y Calvo Sotelo, ya liberados de actividades portuarias una vez que estas han sido trasladadas al Puerto Exterior.


La historia de La Solana comienza en la década de los cuarenta del pasado siglo, cuando un afamado nadador, Armando Casteleiro, logra la autorización para construir un complejo deportivo dedicado a la natación en los terrenos que ocupa la
playa del Parrote. Piscina y gimnasio se acompañarán pocos años después, con la construcción de un hotel, sobre el suelo en el que se levantaba la prisión provincial hasta 1928. Nace así el Hotel Finisterre cuyo edificio fue diseñado por el
arquitecto Rey Pedreira y se inaugurará en 1948. A partir de ese momento las instalaciones conocerán ampliaciones y mejoras en el relleno de la playa y la dimensión definitiva de La Solana desde 1970, mientras el Hotel alcanzará la quinta estrella
ya con la reforma de 2002 en la que los propietarios invirtieron 10 millones de euros.


Apenas un par de años después de que el Hotel adquiera la máxima categoría, empezó su andadura el Puedo Exterior de A Coruña y con él el futuro de los terrenos del Puerto interior, cuyo destino se vincula ahora con el de La Solana y el Hotel
Finisterre. La construcción de la dársena exterior era un proyecto largamente esperado por la ciudad tras tres accidentes marítimos de nefastas consecuencias para su litoral y que amenazaron directamente la seguridad de los ciudadanos de A Coruña.
Los accidentes del Urquiola, el Mar Egeo y, finalmente, el Prestige colocaren como máxima prioridad la construcción de un Puerto fuera del corazón de la ciudad, con mayor calado para mejorar sus expectativas económicas, que permitiese librar el
subsuelo coruñés de las conducciones del oleoducto y los gasoductos que recorrían varios barrios de la ciudad y alejando el peligro que los naufragios citados habían llevado a las costas coruñesas.


La construcción del Puerto se abordó con financiación estatal, con un préstamo del BEl, y según el convenio firmado, con la aportación de la Autoridad Portuaria a través de la urbanización de los muelles del Puerto interior una vez liberado
de las actividades portuarias. Es evidente que las condiciones económicas, sociales, urbanísticas y empresariales del momento de la firma del convenio no se corresponden con las actuales y, por tanto, es imprescindible reformular dichos acuerdos y
alcanzar un planteamiento que beneficie a la ciudad, que permita acometer las obras finales del Puerto y que asuma las deudas de dicha inversión. Conviene de nuevo recordar que, en todo caso, las deudas derivadas de la construcción de la nueva
dársena no son ni remotamente las producidas por otras infraestructuras que han sido recientemente 'rescatadas' con fondos públicos tal y como explicamos anteriormente. Conviene, asimismo, reiterar la utilidad, necesidad y compromiso con el Puerto
Exterior, como motor económico de la ciudad y su área, como generador de empleo y proyección de la ciudad y como generador de sinergias con todo el tejido económico urbano.


La ciudad de A Coruña no puede permanecer ajena al debate y a las decisiones que se adopten sobre un suelo ganado al mar y a la propia urbe del que solo sus ciudadanos son los legítimos dueños. Es imprescindible, por tanto, compatibilizar
las necesidades económicas de la Autoridad Portuaria con los legítimos derechos de la ciudad. El Puerto fue sin duda, uno de sus motores principales, pero la ciudad le cedió los mejores terrenos, su suelo más preciado, y ahora es de justicia que
pueda recuperar al menos una parte del mismo.


No podemos obviar, que el Estado ha decidido salir al rescate de inversiones que en su día se realizaron en infraestructuras mucho más costosas, que luego resultaron insostenibles ¿Por qué no ha de hacer lo mismo cuando hablamos de
inversiones y deudas mucho menores y, además, de infraestructuras esenciales para nuestra economía y empleo? Además, se hace preciso caminar hacia actuaciones que como en otros puntos de la geografía española (ej. Gijón), hemos visto cómo se vende
por parte de la Autoridad Portuaria de manera directa al Ayuntamiento la llamada Quinta de la Vega, que será dedicada a espacio público y a vivero de empresas vinculadas con la sostenibilidad energética. Es evidente que cuando hay diálogo y
voluntad política es posible alcanzar acuerdos que beneficien a la sociedad en su conjunto.



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La idea de la privatización de La Solana y del Hotel Finisterre constituye un hecho que está causando una reacción social crítica, observando como distintas organizaciones de la sociedad civil se van manifestando en contra de esta idea.
Consideramos que ni el Presidente de Puertos del Estado, ni el Presidente de la Autoridad Portuaria de A Coruña, ni el Consejo de Administración, pueden ni deben obviar la opinión de la ciudad ni sustraerle el derecho a debatir, opinar y decidir
sobre el destino último de estos terrenos que un día fueron ocupados por actividades portuarias. Hablamos de La Solana y de los muelles pendientes de urbanizar.


Por todo ello, entendiendo que tanto la decisión sobre La Solana y el Hotel Finisterre, como las que vendrán en los próximos meses referidas a otros terrenos portuarios son de extraordinaria importancia para la ciudad de A Coruña, el Grupo
Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de las Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar las gestiones oportunas para mantener la titularidad pública de los inmuebles sobre los que se ubican La Solana y el Hotel Finisterre en A Coruña.


2. Impulsar la necesaria concreción de nuevos términos para los convenios firmados en su día cerca del destino y usos de los terrenos portuarios, así como promover la convocatoria de la Comisión de Seguimiento prevista en dichos convenios
para evaluar la situación actual y la previsión de ordenación de los terrenos, así como la concertación de nuevas fórmulas de financiación del Puerto Exterior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de febrero de 2017.-Ricardo Antonio García Mira y Pilar Cancela Rodríguez, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001498


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
por la que se insta al Gobierno de España a iniciar el proceso para la construcción de una estación de ferrocarril de cercanías en la línea C4 en el polígono industrial Cobo Calleja del municipio de Fuenlabrada, para su debate en la Comisión de
Fomento.


Exposición de motivos


El área industrial Cobo Calleja en Fuenlabrada es uno de los principales núcleos de actividad económica de la Comunidad de Madrid. Este polígono industrial es también uno de los de mayor concentración empresarial de Europa por su densidad,
puesto que en 162 hectáreas alberga a más de 1.500 pequeñas y medianas empresas que dan empleo a más de 9.000 personas.


Un área industrial de esta importancia genera grandes flujos de tráfico rodado: vehículos industriales y turismos de las personas que acuden diariamente a sus puestos de trabajo o a realizar actividades comerciales.


Este polígono industrial situado a 20 kilómetros de la ciudad de Madrid dispone de accesos por carretera a través de autovía de Toledo, A-42 y la vía M-506 ambas con una densidad de tráfico muy elevada puesto que comunican municipios y
centros de actividad económica altamente poblados.


A pocos metros del polígono industrial Cobo Calleja transcurre la línea de cercanías C-4 que efectúa el recorrido Parla-Atocha-Chamartín-Cantoblanco-Alcobendas-San Sebastián de los Reyes-Colmenar Viejo, lo que brinda una magnífica
oportunidad para dotar a esta área industrial de una conexión ferroviaria que, sin duda, contribuirá a potenciar el empleo y la actividad económica.


Esta infraestructura ferroviaria repercutirá favorablemente además en otras áreas industriales cercanas corno son los parques industriales de Cantañuela y el Bañuelo, desarrollados a través de consorcios urbanísticos en los que participan la
Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Fuenlabrada.



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El Ayuntamiento de Fuenlabrada, la asociación empresarial del polígono industrial Cobo Calleja y las organizaciones sindicales UGT y CC.OO. han manifestado en múltiples ocasiones la necesidad de dotar a este polígono de una estación de
cercanías para favorecer el acceso de trabajadores y demás usuarios del polígono, al mismo tiempo que se contribuye también a la reducción del tráfico privado en la autovía A-42 que soporta una importante carga de tráfico.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a iniciar el proceso para la construcción de una estación de ferrocarril de cercanías en la línea C4 en el polígono industrial Cabo Calleja del municipio de Fuenlabrada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de febrero de 2017.-Carlota Merchán Mesón y Rafael Simancas Simancas, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001507


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Íñigo Alli Martínez y don Carlos Salvador Armendáriz, diputados de Unión del Pueblo Navarro/UPN, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento, presentan la
siguiente Proposición no de Ley relativa a la continuidad del desarrollo del Eje Cantábrico-Mediterráneo de altas prestaciones y tráfico mixto en su integridad, desde Valencia hasta Santander, con sus dos ramales por Logroño-Miranda y por Pamplona,
para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


A principios de los años ochenta, la situación del transporte ferroviario en España era crítica. Para evitar la sangría de pérdidas que se preveía que afrontara Renfe se cerraron un gran número de vías hasta totalizar entre 1.000 y 1.800
kilómetros. Sin embargo, esa era una medida de contención de la hemorragia que en absoluto era suficiente. El ferrocarril en España era lento, incómodo, impuntual y no se utilizaba por los ciudadanos.


Las comparaciones con la frecuencia, la puntualidad, la velocidad y el uso del mismo con otros sistemas ferroviarios de Europa (Francia, Alemania, Suiza, Inglaterra) eran imposibles. Las mejoras en carreteras y aeropuertos hacían que el
automóvil, el autobús y el avión fueran alternativas más atractivas que el ferrocarril para los desplazamientos de media y larga distancia.


Es en ese contexto, a mediados de esa década (1986), cuando el Estado lanzó un avance del que se denominó Plan de Transporte Ferroviario (PTF) como una inversión de ruptura con el objetivo de 'modernizar el transporte ferroviario, mejorar la
calidad y rentabilizar los servicios de Renfe'. Se anunció una inversión de 2,1 billones de pesetas en un Plan que tenía como horizonte el año 2000.


En desarrollo de este Plan se construyó la primera línea de alta velocidad en España, la Madrid-Sevilla, en ancho UIC, que fue inaugurada en 1992 constituyendo así un hito ferroviario en nuestro país, y que pronto se convirtió en un proyecto
de éxito que marcó el devenir de los años posteriores.


A este Plan le siguieron otros. Para empezar el Plan Director de Infraestructuras 1993-2007; el Plan de Infraestructuras de Transportes 2000-2007; el Plan de Infraestructuras y Transportes (PEIT) 2005-2020, en el que se planteaba el
concepto de red de altas prestaciones, con tráfico mixto; y finalmente el vigente Plan de Infraestructuras de Transporte y Vivienda (PITVI) 2012-2024.


Gracias a estos Planes, y al esfuerzo inversor a lo largo de estos años, España se ha convertido en un referente en materia de transporte ferroviario de pasajeros. La actual red de alta velocidad alcanza los 3.100 kilómetros en servicio,
con 41 estaciones, con más de 35 millones de viajeros hasta al momento. En estos momentos, ya 24 de las 47 capitales de provincia españolas peninsulares tienen acceso directo a la red de alta velocidad, y para 2024 es previsible que esta cifra
ascienda a las 37.



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Una de las capitales que para esa fecha carecerá de acceso a la red ferroviaria de alta capacidad será Pamplona, y eso a pesar de situarse en el Eje Cantábrico-Mediterráneo, uno de los ejes transversales reconocidos en la Red Transeuropea de
Transporte Ferroviario, para conectar los puertos de Cantabria, el País Vasco y la propia frontera francesa con los puertos de la Comunidad Valenciana, a través de Pamplona y Logroño, Zaragoza y Teruel.


Este eje fue presentado por el Ministerio de Fomento en 2009 como 'eje de primer nivel de carácter transversal' que aspiraba a modificar la geometría radial de la red existente. Se concebía como una línea de altas prestaciones y tráfico
mixto, que a partir de Tudela de Navarra, tendría dos brazos, uno por Logroño y otro por Pamplona.


En el marco del lanzamiento de este eje transversal, la Administración Foral de Navarra firmó en 2010 un Protocolo de colaboración con la Administración del Estado por el cual Navarra adelantaría la construcción de las plataformas en el
tramo Castejón-Pamplona y financiaría por completo la variante de esta capital. La nueva línea Zaragoza-Castejón, así como la prolongación de la línea entre Pamplona y la 'Y' vasca las desarrollaría el Estado.


Hoy en día, dicho Protocolo y el posterior Convenio se han visto totalmente superados en su previsión temporal. El impacto de la crisis económica en esta línea ha sido absoluto, estando en la actualidad totalmente paralizada.


El sentido de la presente Proposición no de ley es la recuperación del impulso de la iniciativa pública para su reprogramación y desarrollo. En esta línea se han manifestado tanto el actual Presidente de Aragón, como las autoridades de
Navarra y La Rioja. Recientemente se reunieron el Ministro de Fomento y el Consejero de Desarrollo Económico de Navarra. Sin embargo, el resultado de dicha reunión no pudo ser más confuso y desalentador. La impresión generada en Navarra es que se
planteaba un proyecto descafeinado, llegó a calificarse por algún medio como 'jibarizado', puesto que más parecía que lo que se ofrecía eran unos simples arreglos y mejoras en la plataforma actual, que una nueva plataforma con características
homologables a las que se han construido y se construyen en el resto del país.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'La Comisión de Fomento insta al Gobierno de España a:


1. Recuperar la iniciativa para el desarrollo del Eje Cantábrico-Mediterráneo de altas prestaciones y tráfico mixto en su integridad, desde Valencia hasta Santander, con sus dos ramales por Logroño-Miranda y por Pamplona, y a presentar un
programa de actuaciones para su construcción en un tiempo razonable.


2. Favorecer la construcción de los tramos ya proyectados entre Pamplona y Castejón, así como el puente sobre el río Ebro en esta última localidad, a través de la renovación del Convenio con la Administración Foral de Navarra, y su
reprogramación y actualización de precios.


3. Que el conjunto del eje entre en servicio por tramos en el menor tiempo posible y en su conjunto antes del ario 2030.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Íñigo Jesús Alli Martínez, Diputado.-Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Educación y Deporte


161/001495


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para regular los contratos predoctorales de acuerdo con la Ley de la
Ciencia, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.



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Exposición de motivos


Desde los PGE 2010, hemos visto cómo la gestión de la crisis recortaba de forma drástica los recursos para investigación, desarrollo e innovación, con muchos programas importantes de investigación científica que desfallecen ante la falta de
apoyo. Una situación que se hace insostenible para los jóvenes científicos instalados en la precariedad; así, miles de personas formadas ven en la emigración la única salida para continuar vinculadas a la investigación científica. Otros muchos no
han tenido más remedio que abandonar en silencio una vocación para la que han estado preparándose toda una vida.


A esta falta de apoyo institucional se suma ahora la desprotección y la inseguridad jurídica a la que miles de investigadores se ven sometidos cuando se cambia de forma unilateral sus contratos de trabajo. En efecto, la mayoría de las
universidades públicas y el CSIC han introducido un cambio de codificación en los contratos predoctorales de Formación de Personal Investigador, ligados al artículo 21 de la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Las quejas
surgieron cuando a muchos contratados predoctorales se les negó la tarjeta sanitaria europea por tener un contrato en prácticas. Fue entonces cuando estos contratados se dieron cuenta de que el código de su contrato había sido modificado.


Pero además la Tesorería de la Seguridad Social ha realizado este cambio con efecto retroactivo, modificando la vida laboral de las personas afectadas sin comunicación a los interesados ni a los representantes de los trabajadores. En
efecto, se ha cambiado el código 401, correspondiente a contratos por Obra y Servicio, por el 420, propio de los contratos en prácticas, sin que los afectados hubieran sido notificados o aceptasen un cambio en sus condiciones contractuales.


Cuando en 2013 desaparecieron definitivamente las becas de investigación, pasando del régimen 2+2 (2 años de beca y 2 de contrato) a contratos laborales de cuatro años regulados por el artículo 21 de la Ley 14/2011, no se creó un código
específico como era preceptivo, ya que estos contratos constituían una nueva modalidad. La SS optó por asignar el código 401 y en 2016 cambió de criterio y los reasignó al 420 de contratos en prácticas.


Un error importante porque los contratos predoctorales no son contratos de Obra y Servicio pero tampoco son contratos en Prácticas. Como su propio nombre indica son contratos de Formación de Personal Investigador. Un error con
consecuencias: en primer lugar, porque el contrato en prácticas tiene una duración máxima de dos años frente a los cuatro años del contrato predoctoral. En segundo lugar, el cambio elimina el derecho a la indemnización por fin de contrato, que
implicaba el contrato de obra o servicio.


Estas modificaciones en los códigos de los contratos predoctorales pueden afectar al futuro laboral de los jóvenes doctores, que no podrán optar a otro contrato en prácticas al introducirse en el mercado laboral.


Esta situación afecta a más de 10.000 investigadores en España. El sindicato CC.OO. ya ha denunciado que este cambio en la consideración del contrato predoctoral es contrario a la Ley de la Ciencia y al Estatuto de los Trabajadores. Dado
que la Ley de Ciencia se aprobó en 2011, ha transcurrido plazo más que suficiente para que el legislador y el Gobierno hayan encontrado un encaje adecuado y ajustado a lo establecido en dicha disposición normativa, que se ajuste a la legalidad y no
termine generando desprotección, inseguridad jurídica y mayor precariedad en quienes deberían ser un valor insustituible en nuestra sociedad.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Tomar las medidas oportunas para regular los contratos predoctorales de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.


2. En todo caso revocar la aplicación retroactiva que se haya podido formular sobre contratos firmados en la modalidad de obra y servicio determinado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Miguel Ángel Bustamante Martín, María Rosa Martínez Rodríguez, Alberto Rodríguez Rodríguez y Nayua Miriam Alba Goveli, Diputados.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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161/001503


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Educación, para que se modifique el sistema de concesión de becas generales de la Universidad (MEC) y se resuelva el problema de los retrasos en el pago de las mismas.


Exposición de motivos


La política del Gobierno del PP en materia de becas y ayudas al estudio, tanto en la legislatura de mayoría absoluta como en la presente, no ha podido ser más involucionista y regresiva.


Sostenemos estas afirmaciones en datos objetivables y no en opiniones subjetivas sobre el estado de la cuestión. Durante el Gobierno de mayoría absoluta, el PP modificó el sistema de concesión de becas generales de Universidad,
complicándolo mediante el establecimiento de una parte fija y otra parte variable, lo que sumió en un auténtico desconcierto a los estudiantes y a sus familias.


Los recortes ordenados por la Troika llevaron a un enorme tijeretazo en materia de becas y ayudas al estudio, el capítulo educativo junto con el sanitario y los servicios sociales, la tríada del Estado de Bienestar, sufrieron los mayores
recortes que se recuerden en la historia. Por no hablar de la paralización de la Ley de Dependencia.


Pero no contentos con los recortes en los Presupuestos en materia educativa, no contentos con modificar el sistema de becas generales, empeoraron la situación con el constante retraso en el ingreso de las becas a los estudiantes
beneficiados. En la legislatura que comprendió de 2011 a 2015, la comunidad educativa denunció retrasos en el pago de las ayudas que alcanzaron a los meses de primavera, es decir, prácticamente a finales de curso académico.


En el presente curso nos encontramos ante la misma situación, desde el inicio del año 2017 crecen por días las quejas y denuncias de estudiantes que en pleno ecuador del año escolar no han cobrado todavía las cuantías de la beca MEC del
Ministerio de Educación.


La demora en el pago de ayudas ocasiona importantes problemas económicos a los estudiantes y a sus familias que programan los cursos académicos contando con las cuantías de las becas pero cuando experimentan el paso de los meses sin que se
materialice, comienzan a tener graves complicaciones. La mala gestión del Gobierno en esta materia ha llevado a muchos estudiantes a abandonar sus estudios en los últimos años, o a tener que compatibilizar sus estudios con trabajos precarios o
incluso llegar a vender enseres personales. Una muestra más de que el actual Ejecutivo no está garantizando el acceso universal a la educación y trabaja verdaderamente por instaurar una educación para las élites.


En el contexto actual de desvalorización salarial, de empobrecimiento de las clases sociales más desfavorecidas, de elevadas tasas de paro y dificultades para obtener trabajo, las familias con menos recursos son el eslabón más débil y las
que tienen mayores impedimentos para costear los elevados gastos académicos, que también el PP encareció enormemente. Las becas son por tanto un elemento fundamental para que sus hijos e hijas puedan emprender estudios de grado superior.


En un contexto social como el descrito, resulta un sinsentido que el Ministerio ingrese las cuantías de las becas a mediados de curso, en el mejor de los casos, o incluso más adelante.


De hecho, el malestar por el modo de proceder del Ministerio ha llevado a estudiantes a recoger firmas en la plataforma social change.org para reclamar un calendario fijo en la resolución y concesión de las ayudas más ajustado a la realidad
y a las necesidades de los estudiantes.


El problema de la demora en el ingreso de las cuantías de las becas se está convirtiendo en crónico en la política de gestión del PP, lo cual consideramos graves desde todos los puntos de vista. El plazo para solicitar las becas MEC es
agosto y septiembre, pero hasta enero los alumnos y las alumnas no saben si serán beneficiarios o no. En el mejor de los casos el Ministerio estaría ingresando la parte fija de la beca a la altura de febrero, pero la parte variable en la mayor
parte de los casos no llega hasta abril o finales de curso.


Las enseñanzas universitarias no son las únicas que sufren estos retrasos. En FP la situación es semejante. A estas alturas muchos estudiantes no han recibido aún la resolución de sus becas.



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Desde En Marea consideramos absolutamente justas las peticiones del estudiantado que se podrían dividir en dos partes: que se produzca antes la resolución y el ingreso de las becas, y por otro lado, que se cambie el sistema y se vuelva a
becas con partes fijas, sin partes variables. Así vigente hasta el año 2013 en el que el Ministerio de Educación del PP lo modificó a peor.


El sistema aprobado con parte variable que no se ingresa casi hasta final de curso académico sume en la completa incertidumbre a los estudiantes y a sus familias, no solo por la demora en el pago sino porque desconocen cuál es fa cuantía con
la que van a contar para organizar el curso. Es un modelo que se ha demostrado totalmente perjudicial, que debería ser sometido a análisis a fin de volver a la situación previa a 2013.


La parte variable se otorga en función de varios factores como el nivel de renta, el rendimiento académico o dependiendo del presupuesto que se destine, lo que resulta un proceso de elevada imprevisión para los estudiantes que no saben a qué
atenerse. Según el actual sistema de becas, las becas constan de una parte fija y una variable. La fija incluye una ayuda a la residencia (1.500 euros), a la renta familiar (1.500 euros) y a la matrícula (pago de los precios públicos). La
variable, varía según la renta y la nota del alumno (el mínimo son 60 euros).


Se trata de un modelo que otorga una gran inestabilidad a los estudiantes, no garantiza la igualdad de oportunidades y el derecho de acceso universal a la educación.


El encarecimiento de las matrículas, los recortes en becas y ayudas al estudio, la subida de las tasas, el endurecimiento de los criterios para acceder a las becas, la reducción de las cuantías de las becas, la inquietud de desconocer el
monto a percibir, el injustificable retraso en el ingreso de las becas, o la denegación constante de becas por razones en muchas ocasiones más que cuestionables y que parecen argucias para rechazar beneficiarios, la resultante no deja lugar a dudas:
la gestión del Gobierno en materia de becas y ayudas al estudios es involucionista, clasista, regresiva y no permite el acceso universal a la educación. Es evidente la apuesta del PP por una educación elitista, de desmantelamiento de la educación
pública de calidad.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Educación a:


- Resolver las resoluciones sobre las becas generales de Universidad (MEC) a inicio de curso académico, y proceder al ingreso de la totalidad de las cuantías correspondientes por la percepción de las becas a comienzos de curso, de forma que
los estudiantes puedan programar el año escoltar sin problemas económicos que dificulten sus estudios.


- Cambiar cuanto antes el sistema actual de becas generales de Universidad, vigente desde 2013, que consta de una parte fija y otra variable, aprobando un sistema estable de ayudas al estudio que no suma en la incertidumbre ni en la
imprevisión a los estudiantes beneficiados.


- Aumentar las partidas destinadas a becas y el número de ayudas al estudio a fin de garantizar el acceso universal a la educación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Alexandra Fernández Gómez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001529


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para
favorecer el aprendizaje de idiomas extranjeros en colaboración con los alumnos Erasmus que estudian en España, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


En un mundo cada vez más interconectado, con mayor número de interacciones entre diferentes nacionalidades y países, el aprendizaje de idiomas se ha vuelto esencial para el desarrollo de numerosas



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actividades económicas, comerciales, culturales y educativas.


El aprendizaje de idiomas en España ha sido promocionada en los últimos años en casi todo el territorio nacional a través de la conversión de escuelas, colegios e institutos monolingües o bilingües, si ese territorio poseía lengua cooficial,
en centros en el que el inglés, al menos, ha empezado a ser una parte esencial del sistema de aprendizaje para diferentes asignaturas.


Hasta la implantación del inglés como lengua vehicular en la educación pública, la forma más extendida entre los estudiantes para aprender esta lengua era o bien ir a academias privadas o viajar al extranjero. Con la llegada de las becas
Erasmus se facilitó el aprendizaje del inglés, así como otras lenguas, en especial, para los estudiantes universitarios. Sin embargo, en nuestro país todavía existen elementos a mejorar en el aprendizaje de idiomas. Así lo demuestra, por ejemplo
el último estudio elaborado por Education First (EF), que señala que entre 2014 y 2015 el nivel de inglés de los españoles ha caído en 0,38 puntos. Todavía quedan mejoras que implementar.


Según la Comisión Europea, España fue líder europeo en recepción de estudiantes Erasmus en el curso 2013-2014. Una ventaja competitiva que deberíamos aprovechar para beneficio propio. Desde las administraciones públicas, Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, las consejerías de educación, las universidades y los colegios e institutos se debería crear un programa de colaboración en el que los estudiantes Erasmus que lo deseen pudieran participar en talleres de conversación
con los estudiantes a fin de mejorar el aprendizaje de idiomas en nuestro país. Alguna Comunidad Autonómica ha comenzado a utilizar este método solo con alumnos de habla inglesa. Sin embargo, extender esta posibilidad a alumnos Erasmus que hablen
idiomas también demandados (francés, alemán, etc.) sería beneficioso para el aprendizaje de estos idiomas.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a iniciar las conversaciones necesarias con las consejerías de educación, universidades y centros educativos a fin de valorar la implantación de programas de colaboración de estudiantes erasmus
en talleres de idiomas a fin de facilitar y promocionar el aprendizaje de lenguas extranjeras en nuestro país.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001539


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para
el retorno de un porcentaje de los ingresos producidos por las apuestas deportivas y e hípicas en favor del deporte base y la industria productiva, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


La Ley 13/2001, de 27 de mayo, de Juego, en vigor desde el 28 de mayo de 2011, recoge un derecho de retorno de un porcentaje de los ingresos producidos por las apuestas deportivas y e hípicas en favor del deporte base y la industria
productiva de las carreras de caballos. En concreto, su disposición adicional sexta señala lo siguiente:


'Reglamentariamente se fijará el porcentaje o su equivalente, aplicable a la recaudación obtenida de las apuestas para determinar la cantidad que será objeto de retorno al deporte y a las competiciones deportivas organizadas en España, en el
caso de las apuestas deportivas y de retorno a las sociedades organizadoras de carreras de caballos en España en el caso de las apuestas hípicas, todo ello sin perjuicio de lo previsto en lo Disposición Adicional tercera. El Real Decreto que
desarrolle la presente Ley establecerá asimismo el régimen de participación y distribución que corresponda por las obligaciones de proporcionar los datos y resultados oficiales de las competiciones deportivas y de garantía de la integridad en el



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desarrollo de las mismas, así como, en el caso de las carreras de caballos, por la propia organización de las carreras y su contribución al mantenimiento de la industria productiva.'


Desde la fecha 5 de junio de 2012, en que los operadores de juego que obtuvieron las correspondientes licencias singulares de apuestas empezaron a ofertar estas de manera legal, hasta nuestros días, han pasado casi 5 años sin que esta
disposición se haya desarrollado.


Durante este tiempo las empresas licenciatarias de apuestas han recaudado ingentes cantidades de dinero llegando en 2015 a sumar más de 4.200 millones de euros y a falta del dato exacto, que la Dirección General de Ordenación de Juego
incorpore a la Memoria/Informe anual de Juego 2016, en este año se habrá recaudado cerca de 5.000 millones de euros. Entre tanto, en los últimos años, el recorte de las subvenciones a las federaciones deportivas como consecuencia del descenso de la
partida destinada al CSD en los Presupuestos Generales, ha sido muy importante. De los 198,6 millones de 2009 dedicados al Fomento y apoyo de las actividades deportivas, 73,3 correspondiente a Federaciones a 170,3 millones de 2016 y 46,1
correspondiente a Federaciones.


En ese sentido se ha hecho una llamada tanto por parte de estas federaciones deportivas como por el Comité Olímpico Español a que se está comprometiendo seriamente no solo los resultados del deporte de Alta Competición, en el que España, ha
obtenido tantos y tan buenos resultados lo que indudablemente ha redundado en la marca y reconocimiento de nuestro país, sino también a la propia supervivencia de las estructuras del deporte federado cada vez más carente de recursos y medios para
favorecer el mantenimiento de muchas especialidades deportivas.


Por otra parte, el movimiento del deporte que se desarrolla fuera del ámbito federado, y que es mayoritario, y se organiza en diferentes ámbitos institucionales (colegios, universidades, ayuntamientos...) cada vez tiene mayores dificultades
para desarrollarse de manera adecuada y las numerosas instalaciones con las que se cuenta para poder promocionar de manera adecuada el deporte y las actividades deportivas ya resultan insuficientes por obsoletas y faltas de adecuada renovación y/o
mantenimiento.


A esto hay que añadir, lo relativo a la industria de las carreras de caballos, que a pesar de los esfuerzos comprometidos por la SEPI y la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y la aprobación en fecha del Real Decreto
716/2005 por el que se restablecían las apuestas hípicas externas de ámbito nacional con el fin de recuperar para España este importante sector económico, que lo es y mucho en nuestros países más cercanos en el entorno europeo, han resultado un
fracaso en el modelo de gestión (Hipódromo de la Zarzuela, S.A., en constantes pérdidas y apuestas externa (Lototurf y Quíntuple Plus recaudando cantidades ridículas), estando el sector, otra vez, en una situación crítica a falta de desarrollo de la
que, en la mayoría de países en donde las carreras de caballos es un sector de éxito que genera empleo y riqueza, es su principal fuente de riqueza las apuestas externas sencillas en todas sus modalidades.


El espectacular descenso de las subvenciones del Consejo Superior de Deportes y el gris panorama que se cierne sobre las posibilidades de un incremento en los subsiguientes Presupuestos Generales del Estado, así como la crisis que desde hace
años se cierne sobre el sector de las carreras de caballos, y el modelo en el que se está desarrollando, ahora más que nunca, hacen necesario no dejar pasar más tiempo para desarrollar este derecho adquirido que tiene el deporte y el sector de las
carreras.


Por todo lo anterior, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar el reglamento señalado en la disposición adicional sexta de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Juego para que se pueda conseguir una financiación suficiente y sostenible en el tiempo para que con carácter finalista se
garantice el desarrollo y la promoción del deporte base, la financiación de las estructuras del deporte amateur y profesional y la participación en competiciones internacionales y para que, con carácter fundamental, se pueda disponer de recursos
para poder perseguir e impedir las conductas que lesionan la integridad del deporte, especialmente en lo atinente a las apuestas ilegales y la manipulación de los resultados deportivos en competición y al 'doping'.



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2. En igual medida para que se pueda conseguir el adecuado sostenimiento de los órganos reguladores y sociedades organizadores de carreras de caballos y la industria productiva de este sector, que en los países de nuestro entorno resulta
ser muy importante y es productor de riqueza y empleo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Rodrigo Gómez García, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/001523


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de las Diputadas doña Alexandra Fernández Gómez y doña Yolanda Díaz Pérez, de la agrupación parlamentaria de En Marea, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social, relativa al reconocimiento y modificación de los coeficientes reductores a
trabajadores del sector de la extracción y transformación del granito y la pizarra con riesgo de contraer silicosis.


Exposición de motivos


La alta tasa de incidencia de enfermedades causadas por polvo de sílice en el colectivo de trabajadores que desarrollan su actividad laboral en el sector del granito y de la pizarra -extracción y transformación-, ha llevado a la realización
de estudios para conocer la situación real. Los resultados de dichos estudios pusieron de manifiesto que los niveles de peligrosidad e insalubridad en esta actividad profesional, tanto en la extracción como en la transformación, son semejantes a
los de la minería del carbón por los altos índices de polvo de sílice.


En este sentido, cabe recordar que ya en 2005, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio firmaba un Convenio con la Xunta de Galicia, para la realización de un proyecto de 'Estudio epidemiológico transversal en trabajadores de canteras
de Galicia', que tenía por objetivo la determinación del grado de afección en los trabajadores de la industria del granito de enfermedades profesionales propias de la actividad, especialmente silicosis y sordera.


Tanto ese estudio como otros llevados a cabo específicamente en las industrias de transformación del granito, esto es, las que se dedican al corte, tallado, abujardado y pulido de la piedra, han demostrado la existencia de altos índices de
polvo de sílice y, en consecuencia, la alta incidencia de la silicosis en los trabajadores tanto de las canteras como de los talleres de Galicia debido al trabajo ligado a la actividad de transformación de la piedra. Estos altos índices de polvo
silicótico se ven agravados en los últimos tiempos por la proliferación de los denominados aglomerados de cuarzo, con unos niveles de SiO2 superiores a los de la piedra natural.


A mayores de lo expuesto, tenemos que recordar que la sílice cristalina está catalogada como cancerígena para los humanos por la IARC, y así se reconoce en la ITC/2585/2007, de 30 de agosto, siendo esta catalogación uno de los argumentos
utilizados para la modificación normativa que dicha ITC representa. No puede caber duda, pues, de los graves riesgos para la salud a los que se enfrentan los trabajadores expuestos a inhalar polvo de sílice, como ocurre en el granito y la pizarra,
ambas rocas con alto contenido de esta sustancia.


Es más, en marzo del año 2009, y a instancias del BNG, el Congreso aprobó una Proposición no de Ley por unanimidad sobre este problema que, entre otras cuestiones, instaba al Gobierno a iniciar el proceso administrativo pertinente para la
asignación de coeficientes reductores de la edad de jubilación a los trabajadores del sector de transformación de granito expuestos al polvo de sílice y con alto riesgo de contraer silicosis.


Sin embargo, nos consta, especialmente después de haber mantenido una reunión con el sector, que nada se ha hecho al respecto después de tantos años.



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Esta circunstancia obligó y obliga a los afectados a tener que recurrir a la vía judicial, con los consiguientes problemas de multiplicación de resoluciones judiciales para numerosas empresas gallegas dedicadas la transformación del granito.


El problema de tener que acudir a la vía judicial, es que todo el proceso se vuelve farragoso, lento y parsimonioso, repercutiendo negativamente en los trabajadores. A día de hoy se han acumulado en torno a 63 sentencias judiciales que
reconocen la aplicación de dichos coeficientes reductores y obligan a la Seguridad Social a concederlos empresa a empresa.


A pesar de la unanimidad, claridad y contundencia de las sentencias, la Seguridad Social, a cada solicitud nueva que se presenta, sigue dando una respuesta negativa, lo que obliga a reiniciar en cada caso la rutina de recursos y negativas
que se suceden hasta que los Tribunales de Justicia vuelven a dar la razón a los trabajadores, lo que, por otra parte está creando situaciones discriminatorias entre unos trabajadores que se benefician de los coeficientes reductores de la edad de
jubilación y otros, en circunstancias laborales idénticas, no.


Creemos que dada la peligrosidad e insalubridad demostrada de estas actividades, sería preciso equipararlas, en cuanto a la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación, a los que se adjudican a la minería de interior
regulados por el Real Decreto 2366/1984, de 26 de diciembre. El Gobierno tendría que proceder a realizar las reformas legislativas necesarias para que se les reconozcan estos derechos laborales, manifiestamente justificados.


Dado el tiempo transcurrido, los estudios y los análisis llevados a cabo sobre esta actividad y la demostración objetiva de su insalubridad, dados los acuerdos parlamentarios alcanzados en pasadas legislaturas por unanimidad, contando
incluso con el apoyo del partido en el Gobierno, y dadas las numerosas sentencias judiciales al respecto que han dado la razón a los afectados, consideramos que es momento de solventar esta situación laboral, modificando la legislación establecida
en aras a reconocer por fin los coeficientes reductores al sector de transformación del granito.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar las siguientes medidas encaminadas a dar solución a los problemas de los trabajadores del sector de la extracción y transformación del granito y la pizarra expuestos a riesgos de contraer silicosis.


2. Revisar los actuales coeficientes reductores de modo que se pondere su equiparación a los que se aplican a las categorías de interior contemplados en el Real Decreto 2366/1984, de 26 de diciembre.


3. Incorporar al sistema de fa Seguridad Social un código identificador de las empresas que desarrollen su actividad económica en el sector a fin de facilitar el acceso a la jubilación de estos trabajadores, sin necesidad de que tengan que
solicitar empresa por empresa el reconocimiento de los coeficientes reductores.


4. Extender el reconocimiento de la asignación de dichos coeficientes reductores a los trabajadores de las industrias transformadoras de granito, en coherencia con los ya existentes en el sector de la pizarra, y en función de los riesgos
inherentes a la actividad puesto que, según los organismos competentes en la materia, la concentración de polvo silicótico es, por razones obvias, superior en las naves que en las actividades a cielo abierto.


5. Reconocimiento de incapacidad total a los trabajadores afectados de primer grado de silicosis cuando no puedan acceder a otro puesto de trabajo exento de riesgo pulvígeno en la misma empresa.


6. En tanto no se legisle en el sentido solicitado, instamos al Gobierno a que dé las pertinentes instrucciones al Instituto Nacional de la Seguridad Social para que varíe su criterio actual y, en atención a la amplia jurisprudencia
existente, los órganos competentes de la Institución reconozcan el derecho a la aplicación de coeficientes reductores estipulados en el Real Decreto 2366/1984, como reconocen todas las sentencias, a los trabajadores de las empresas transformadoras
del granito que los soliciten por las vías reglamentadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Alexandra Fernández Gómez y Yolanda Díaz Pérez, Diputadas.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem- En Marea, a iniciativa de su Diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz, don Antón Gómez-Reino Varela, de conformidad con lo establecido en el artículo 193
del Reglamento, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social relativa al superávit anunciado por el Servicio Público de Empleo en las cuentas de 2016.


Exposición de motivos


El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha anunciado un superávit de 2.263 millones de euros en las cuentas de 2016, lo que significa que no se han ejecutado los presupuestos establecidos para las personas sin empleo y sin cobertura por
desempleo. Y esta es la tónica de funcionamiento del Gobierno, ya que, en los últimos tres años, entre 2014 y 2016 el SEPE ha dejado sin gastar 10.222 millones de euros que tenía consignados en su presupuesto inicial para prestaciones por
desempleo. Con esa cantidad dos millones de personas paradas podrían haber cobrado un subsidio por desempleo durante un año.


Este superávit en un organismo como el SEPE nunca se puede considerar un éxito, sino que supone que hay más de 10.000 millones de euros que no se han destinado a prestar servicios de empleo a los ciudadanos.


De los 75 millones de euros presupuestados al inicio de 2016, únicamente se han utilizado 6,2 millones en la partida de agencias de colocación gestionadas directamente por el SEPE, que como ya hemos denunciado en ocasiones anteriores, son
una muestra del fracaso de este modelo de intermediación que intenta implantar el Gobierno.


Además, la baja ejecución de gastos se ha producido en partidas que permitirían mejorar la cobertura de las personas desempleadas, como el Plan de Activación para el Empleo o el Plan Prepara, y en mejorar la empleabilidad de los desempleados
y de las personas ocupadas.


Asimismo, de los 100 millones presupuestados para la modernización de los servicios públicos de empleo, solo se han ejecutado 60 millones, otra prueba más del desinterés del Gobierno por ofrecer unos servicios públicos de empleo de calidad.


Pero, sin duda, uno de los datos más alarmantes es que la tasa de protección por desempleo en 2016 ha sido del 27,31%. Es decir, tres de cada cuatro personas desempleadas no tienen protección. Y esta desprotección genera, al final, un
problema de exclusión social, del que hasta Europa nos alerta.


En 2016 ha habido más de dos millones de personas desempleadas de larga duración que no han percibido ninguna prestación por desempleo. Estas personas no solo han sido excluidas de su derecho al trabajo, sino también a una prestación. Son,
así, excluidos de la Constitución, ya que carecen de dos de los derechos reconocidos en la Carta Magna: el derecho al trabajo del artículo 35.1 y a unas prestaciones suficientes del artículo 41.


Cuando se habla de políticas de empleo no es el gasto total lo que se debe valorar, sino lo que puede percibir de media cada persona desempleada. No es comparable decir que Dinamarca gastó en 2014 algo más de tres mil millones de euros,
frente a los 25.000 que se gastaron en nuestro país. Lo que nos permite valorar el gasto es que Dinamarca gastó en prestaciones más de 16.000 euros por cada persona desempleada frente a los 4.476 euros que gastó el ejecutivo español. La media de
la UE es de 6.602 euros.


Además, la disminución del gasto en políticas de empleo ha supuesto un recorte de más de 16.000 millones de euros si tomamos como referencia el gasto de 2011, un promedio anual de 3.030 millones de euros menos. Sin esos fondos no es posible
tener una dotación de técnicos de empleo suficiente para desarrollar un cometido diferente a la mera inscripción de los demandantes de empleo, no se puede dar una atención personalizada ni, por lo tanto, realizar de forma generalizada itinerarios
individuales y personalizados de empleo.


Tampoco se pueden financiar las actuaciones de mejora de la empleabilidad. El resultado ha sido un promedio de 3.200.522 personas con su situación de desempleo enquistada justo en el momento en que se produce la mayor rotación de empleo
conocida. En 2016 se produjeron 47.263.175 movimientos de altas y bajas en el Régimen General, con un índice de rotación del 361,37%. Es decir, por cada persona



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afiliada se producen casi cuatro altas o bajas. Y todo esto cuando el gasto en políticas activas de empleo no llega al 0,5 % del PIB.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem- En Marea, a iniciativa de la diputada doña Yolanda Díaz Pérez, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Efectuar las modificaciones normativas necesarias para que el servicio público de empleo no ahorre a costa de las personas sin empleo y sin cobertura.


2. Negociar con los interlocutores sociales para mejorar las políticas públicas de empleo.


3. Aumentar la cobertura de las personas sin empleo ni protección.


4. Adoptar medidas para proteger a las personas desempleadas por medio de prestaciones por desempleo.


5. Mejorar las políticas activas de empleo.


6. Destinar más fondos para la contratación de técnicos de empleo.


7. Poner en marcha programas específicos para la reconversión de las personas trabajadoras y su reinserción en otros sectores de actividad y/o profesiones.


8. Poner en marcha programas específicos para incorporar a una profesión a las miles de personas, fundamentalmente jóvenes, que carecen de ella.


9. Poner en marcha programas específicos para fomentar una mayor incorporación de la mujer al mercado laboral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001541


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente Proposición no de Ley de modificación del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


España incumple de forma reiterada la obligación de trasponer correctamente a la legislación interna las Directivas de la Unión Europea. Estos graves déficit se ponen de manifiesto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuando,
respondiendo a cuestiones que le plantean juzgados y tribunales españoles, dicta sentencias declarando que la legislación española es contraria a las Directivas europeas.


Las más recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contrarias a la legislación española han sido las de las cláusulas suelo de las hipotecas y las que se referían a igualar las indemnizaciones de los contratos
temporales; no hay duda que los incumplimientos del Gobierno español en materia trasposición y cumplimiento efectivo de las Directivas europeas siempre perjudica a los más débiles y beneficia a los poderosos.


En España, desde la reforma laboral del año 1984, la contratación temporal se ha extendido de forma alarmante y dramática. Si se observa desde la perspectiva de la actual creación de puestos de trabajo, más del 90% de los contratos de
trabajo que se suscriben son contratos temporales. El uso y abuso de la contratación temporal se produce, por igual, en las empresas privadas y en las administraciones y empresas públicas.


Las más recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenan a España por el incumplimiento de la Directiva 1999/70/CE, del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco



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de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (DO 1999, L 175, p. 43), y por el incumplimiento de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para
la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DO 2000, L 303, p. 16).


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la estabilidad en el empleo es primordial para garantizar la protección de los trabajadores, y, para ello, concluye, primero, que las necesidades permanentes y estables de las
empresas y de las Administraciones Públicas no pueden ser cubiertas a través de sucesivos contratos temporales, y, segundo, que las medidas que los Estados deben establecer para evitar la utilización de la contratación temporal abusiva han de ser
eficaces, de forma que las previsiones legales genéricas sobre contratación temporal no son suficientes para justificar la existencia de los contratos temporales, y, finalmente, las consecuencias o sanciones por el incumplimiento deben tener
carácter reparador y disuasorio.


Por otra parte, el mismo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se manifiesta especialmente contrario a toda circunstancia que comporte una trato discriminatorio entre los trabajadores y trabajadoras temporales y los trabajadores fijos
en situación comparable, y también a toda circunstancia que comporte un trato discriminatorio por cualquier otro motivo, porque el principio de igualdad y no discriminación están consagrados en los artículo 20 y 21 de la Carta de Derechos
Fundamentales de la Unión Europea, que todos los Estados, y también los particulares de los Estados miembros, están obligados a cumplir. El trato diferenciado entre trabajadores temporales y trabajadores fijos afecta, según, el Tribunal de Justicia
de la Unión Europea a todas las condiciones de trabajo, tanto a la propia contratación, a las condiciones de trabajo en sentido estricto, como al momento de la extinción contractual, por lo que se refiere a la forma extintiva y a las consecuencias
reparadoras de la extinción.


Finalmente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y las Directivas de la Unión Europea son especialmente sensibles a la necesidad de proteger adecuadamente a los trabajadores ante la extinción de su contrato de trabajo.


España está obligada a cumplir de forma efectiva las normas fundamentales de la Unión Europea y las Directivas vigentes en materia de relaciones de trabajo, y, por consiguiente deba dar una respuesta legislativa adecuada a las condenas de
que es objeto por parte del El Tribunal de Justicia de la Unión Europea que considera que la legislación española es contraria a la normativa comunitaria.


Es preciso abordar la responsabilidad patrimonial del Estado respecto a los trabajadores y trabajadoras que se han visto perjudicadas por la mala transposición del Derecho de la UE. Es necesario hacer compatible la actual regulación del
preaviso con el derecho europeo así como limitar el uso abusivo de la temporalidad, usada de forma sucesiva y reiterada tanto sobre un/una mismo/a trabajador/a como sobre un mismo puesto de trabajo.


Ya el pasado 5 de octubre a propuesta del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea se aprobaba por unanimidad en la Comisión de Empleo y Seguridad Social una Proposición no de ley que instaba al Gobierno a la
constitución de una mesa de diálogo y negociación con el objetivo de actualizar la legislación laboral española en el sentido de las sentencias pronunciadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea los días 14 y 21 de setiembre de 2016, entre
otras.


El Gobierno nombró un grupo de expertos para adaptar a la legislación española a dichas sentencias y a la Directiva 1999/70/CE, del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de
duración determinada (DO 1999, L 175, p. 43). El informe de dichos expertos exige claramente una nueva regulación del contrato de interinidad y, una parte importante de los expertos, hacían constar también la necesidad de afrontar reformas que
garanticen la seguridad jurídica y eviten la discriminación de los temporales.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar ante esta Cámara las medidas legislativas necesarias para la modificación de los siguientes textos:


a) Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.



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b) Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.


c) Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.


2. Estas reformas legislativas establecerán lo siguiente:


a) La garantía de la estabilidad en el empleo.


b) El carácter estrictamente causal de la contratación temporal, de forma que las necesidades permanentes y estables de las empresas y de las Administraciones Públicas no pueden ser cubiertas a través de sucesivos contratos temporales.


c) Medidas legales eficaces para evitar la contratación temporal abusiva, medidas que deben ser reparadoras del perjuicio causado y disuasorias de la utilización de la contratación temporal sin causa.


d) Medidas legales que garanticen la no discriminación entre trabajadores temporales y trabajadores fijos en todas fas condiciones de trabajo, tanto en la propia contratación, en las condiciones de trabajo en sentido estricto, como en el
momento de la extinción contractual, por lo que se refiere a la forma extintiva y a las consecuencias reparadoras de la extinción.


e) Sanciones legales a la extinción contractual contraria a la ley que sean verdaderamente reparadoras y que comporten la obligación empresarial de reincorporar al trabajador a su puesto de trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Aina Vidal Sáez, Diputada.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català don Francesc Homs i Molist, y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en
la Comisión de Empleo y Seguridad Social, una Proposición no de Ley para modificar las condiciones del contrato de relevo y jubilación parcial.


Antecedentes


Hace algunos meses, tuvo lugar una reunión del Foro de Diálogo del Sector de Automoción, en la que además de abordar aspectos importantes para el sector como la movilidad, ANFAC, SERNAUTO, MCA-UGT y CC.OO. Industria propusieron a los
representantes de la Administración General del Estado presentes en la misma, la reforma urgente del contrato de relevo vinculado a la jubilación parcial.


El contrato de relevo vinculado a la jubilación parcial, es una figura esencial para el mantenimiento de la competitividad y la creación de empleo en el sector de automoción. Las nuevas condiciones de uso de este contrato a partir del 1 de
enero de 2019 para las empresas que tengan cerrados y registrados acuerdos, serán mucho más gravosas. Y para las empresas que no tienen cerrados acuerdos, las nuevas condiciones les son de aplicación desde 2013.


Esta modalidad contractual es clave para el rejuvenecimiento de las plantillas y un yacimiento de empleo para uno de los principales grupos de población afectados por el paro, los jóvenes. En la actualidad, en las factorías españolas de
automoción, el 22% de los trabajadores que componen la mano de obra directa, unas 11.600 personas, tienen 50 años o más, representando los mayores de 55 años casi el 53% de los mismos.


El contrato de relevo facilita una vía de transmisión de conocimientos de los trabajadores que están llegando al final de su vida profesional hacia los que la inician, y al mismo tiempo, constituye una oportunidad de entrada al mundo laboral
para muchos jóvenes. Es un instrumento claro de creación de empleo, no solo para el sector del automóvil, sino para toda la industria.



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En estos momentos, el 80% de los fabricantes de vehículos instalados en España utiliza esta herramienta de creación de empleo y unos 6.000 empleos están vinculados a esta tipología de contratación, es decir, el 9% de las plantillas de las
factorías de vehículos.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Europeu Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a atender las demandas del sector de la automoción, extensibles a otros sectores de la realidad laboral y productiva del país y modificar con la mayor celeridad posible, las condiciones del
contrato de relevo y jubilación parcial para recuperar lo establecido para el mismo, antes de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, y para suprimir la limitación existente
para acumular el tiempo de trabajo del trabajador relevado en un solo período, en línea con la jurisprudencia reciente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de don Francesc Homs i Molist Diputado del Partit Demòcrata, y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante la Comisión
de Empleo y Seguridad Social, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a presentar un proyecto de ley fruto del diálogo social, para la constitución de un fondo de capitalización de los trabajadores que contribuya a reducir la
dualidad del mercado de trabajo y a la creación de empleo estable.


Antecedentes


Existe una amplísima coincidencia sobre cuáles son los principales problemas de nuestro mercado laboral: por un lado, sus elevados e impresentables niveles de desempleo y por el otro, la alta temporalidad, sin parangón en nuestro entorno.
Estos problemas se mantienen con independencia del ciclo económico en el que nos situemos y expresan la existencia de debilidades de fondo vinculadas a la incapacidad de la economía de alcanzar el pleno empleo y al carácter dual del mercado de
trabajo.


En todo caso, España se posiciona en el marco europeo como uno de los líderes en desempleo y en temporalidad. La tasa de paro española se sitúa, y se ha situado siempre, por encima de la tasa calculada para la zona euro y para la Unión
Europea de los 28. En estos momento, con cifras Eurostat (enero 2017), la tasa de desempleo en España corresponde al 19,2 %, mientras que para la UE-28 la tasa de paro es del 8,3 % y en la ZE-19 es del 9,8 %. Si se trata de los jóvenes menores de
25 años, los porcentajes son todavía más inaceptables: 44,4 % en España, 18,8 % en la UE-28 y del 21,2 % en la ZE-19.


Respecto a la temporalidad, en la economía española superó el 30 % desde 1991 hasta el 2008 (En 2006 era del 34,1 %), mientras que la media comunitaria ha sufrido un incremento progresivo pero se ha situado entre el 11 % y un máximo del 15%
desde la década de los 90. En 2013 la tasa de temporalidad en España se situaba en el 23,4 % y en el 2015, en el 25,1%. La media comunitaria en 2013 se situaba en el 13,8 % y en el tercer trimestre de 2015 el porcentaje para la UE28 era del 14,1
%.


Las diversas reformas laborales han intentado hacer frente a ambas cuestiones, desempleo y temporalidad, sin lograr fas correcciones necesarias.


En las últimas décadas se ha reforzado la negociación colectiva como elemento regulador de las relaciones laborales y las condiciones de trabajo, y para introducir mecanismos de adaptabilidad equilibradamente repartidos, entre las distintas
fases del desarrollo de la relación laboral. Se han suprimido supuestos de contratación temporal en interés de la empresa, sin causa relacionada con una necesidad acotada en el tiempo, y se han establecido cautelas para evitar su uso fraudulento,
tales como la limitación del contrato de obra o servicios determinados a tres años como máximo o la adquisición de fijeza por concatenación de contratos temporales.



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Más recientemente por ejemplo, quizás cabe referirse al cambio operado por la reforma de 2012 (Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral) que entre otras cuestiones, además de incrementar fa
flexibilidad interna de las empresas, introdujo modificaciones en los costes de extinción del contrato de trabajo, reduciendo la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días de salario por año de servicio. Modificación sin embargo, que
una vez más no ha alterado el sistema sino que reduce los costes del despido y que parte de la idea de que la excesiva temporalidad se debe a una elevada protección frente al despido y de que si reducimos la diferencia entre la protección de los
indefinidos y los temporales, bajando la que corresponde a los primeros, reduciremos la dualidad del mercado.


Y en la misma dirección, en los últimos tiempos se han ido modificando las causas del despido con el objeto de acotar con mayor precisión y seguridad en qué circunstancias las empresas pueden despedir, garantizando con ello un coste inferior
en los procesos de extinción de la correspondiente relación laboral.


Pero los datos de nuevo, no parecen refutar las hipótesis: a pesar del cambio normativo, la temporalidad se mantiene.


Según el INE, la tasa de temporalidad en 2011 era del 25,1 % y este porcentaje se situaba en el 2015, en el mismo porcentaje. En 2016 no solo no se ha reducido sino que ha aumentado, pasando del 25 % en el 1.er trimestre, al 27 % en el 3.er
trimestre de 2016. Y todo ello, a pesar de que el Gobierno desde julio de 2012, ha seguido aprobando otras medidas con este objetivo (como ejemplo: la tarifa plana de 100€ para nuevos contratos indefinidos, prorrogada y transformada más tarde en
tarifa reducida).


La temporalidad genera precariedad, conlleva problemas de equilibrio social, laboralmente deriva en una menor cualificación y económicamente provoca una menor demanda de bienes duraderos -el trabajador que no tiene asegurada su renta tendrá
difícil el acceso a fuentes de financiación-. Supone de igual modo, una traba para el modelo productivo, pues reduce los incentivos para la inversión, tanto en tecnologías como en desarrollo de métodos de producción complejos (pues los trabajadores
que rotan no llegarán a adquirir la práctica y experiencia requerida) como en formación y mejora del capital humano. Con ello, en el largo plazo, se produce una pérdida de productividad y de potencial laboral formado.


Un cambio en el sistema de indemnización por despido, en opinión de los proponentes, junto con otras medidas que también deberían adoptarse (una simplificación de la contratación, una revisión de la cotización de la prestación por desempleo
y un incremento de los recursos públicos y privados destinados a hacer efectivo el derecho de los trabajadores a la formación a lo largo de la vida) podría contribuir a resolver los grandes y graves problemas del mercado de trabajo español.


La necesidad de una reforma en este sentido, no solamente estaría justificada porque los costes del despido generen necesariamente desempleo, sino porque el actual sistema obliga a realizar fuertes desembolsos a empresas en situaciones de
crisis que pueden agravar su situación; fomenta la contratación temporal; permite o no sanciona como debería, un uso inadecuado de la norma; y además discrimina de manera flagrante a los jóvenes y a las personas con contrato temporal frente a las
que tienen contrato indefinido.


Si la productividad de los diferentes trabajadores contratados es similar, el empresario siempre escogerá al trabajador más reciente, pues el coste de despedirlo será inferior. Este efecto, que en cierta medida 'blinda' a los trabajadores
con más tiempo de servicio, puede generar en estos, un incentivo perverso al no estimular el necesario esfuerzo de empleabilidad para adaptarse a los cambios en los sistemas productivos. Lo que deriva, en el largo plazo, en su obsolescencia. Pero
también, es precisamente esta situación la que explica que las empresas a menudo, opten asimismo por despedir a los trabajadores de más edad, que al haber dejado de actualizar sus habilidades profesionales, se convierten en difícilmente empleables.


Debería evitarse que unos trabajadores estén más protegidos que otros frente a la decisión empresarial, estando todos protegidos, pues esto desviará las decisiones de reducción de plantilla hacia aquellos que tengan derecho a indemnizaciones
menores. Además, en el sistema actual, si la antigüedad es alta y la pérdida del empleo es de corta duración, el trabajador podría obtener una indemnización que puede superar el daño; por el contrario si la antigüedad es escasa y el desempleo
extenso, el efecto reparador es prácticamente inexistente.


En este sentido, algunos países han resuelto la cuestión con un sistema que se conoce como 'Fondo de Capitalización para los trabajadores' que les permite hacer frente a algunas situaciones de necesidad (despido, formación, jubilación).
Austria e Italia, aún con regulaciones distintas, son las referencias más claras en este sentido.



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La creación de un Fondo de Capitalización para los Trabajadores es un mandato legal que está recogido en la disposición adicional décima de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.


La reforma efectuada por la Ley 35/2010 tenía como objetivo esencial, según en ella misma se manifiesta, contribuir a la reducción del desempleo. Se dirigía asimismo, a corregir la dualidad del mercado de trabajo promoviendo la estabilidad
en el empleo y a incrementar la flexibilidad interna de las empresas, como aspectos más destacables.


Entre las reformas legislativas dirigidas a reducir la dualidad e impulsar la creación de empleo estable, se incluye la relativa a implementar un modelo de capitalización individual para hacer frente entre otros, a los costes derivados de la
extinción del contrato. La voluntad es mantener los derechos de los trabajadores y aliviar a las empresas de los costes de las indemnizaciones por despido.


Se propone un modelo de capitalización individual mantenido a lo largo de la vida laboral, que podría hacerse efectivo por el trabajador para los casos de despido, así como para completar su formación, en supuestos de movilidad geográfica o,
en último término, en el momento de su jubilación. Este modelo se dirigía a dotar al mercado de trabajo de una mayor estabilidad en el empleo y una más sana movilidad laboral.


Según la redacción inicial de esta disposición, el Gobierno, en el plazo máximo de un año, previa consulta con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, debía aprobar un Proyecto de Ley por el que, sin incremento de
las cotizaciones empresariales, se regulara la constitución del Fondo. Y este debía estar operativo a partir del 1 de enero de 2012.


El referido mandato legal fue refrendado a través del diálogo social en el Acuerdo Social y Económico suscrito por el Gobierno, y las organizaciones sindicales y las organizaciones empresariales más representativas, el 2 de febrero de 2011.
En el mismo, las partes firmantes acordaron crear un grupo de expertos con el objetivo de analizar el funcionamiento de instituciones similares que existiesen en otros países de nuestro entorno y su posible adaptación al sistema español de
relaciones laborales, y de que se pronunciase sobre las distintas alternativas para instrumentar el citado Fondo de Capitalización.


El Grupo de Expertos elaboró un informe que respondió a las demandas expresadas, y que debía servir de base para la elaboración y aprobación por el Gobierno, del proyecto de ley que materializase la creación del citado Fondo.


Sin embargo, la disposición adicional fue modificada por el Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa
de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, y supuso un aplazamiento al que todavía no se ha dado cumplimiento.


La disposición adicional décima actualmente vigente, de la Ley 35/2010, establece que teniendo presente la situación de la economía y del empleo y su previsible evolución, así como el informe elaborado por el grupo de expertos constituido
según lo dispuesto en el Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones de 2 de febrero de 2011, el Gobierno desarrollará durante el primer semestre de 2013 un proceso de negociación con las organizaciones
empresariales y sindica les más representativas, sobre la conveniencia y oportunidad de aprobar un proyecto de Ley por el que, sin incremento de las cotizaciones empresariales, se regule la constitución de un Fondo de capitalización para los
trabajadores, también mantenido a lo largo de su vida laboral y por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de servicio a determinar. Pudiéndose hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas a favor del trabajador, en
las mismas circunstancias inicialmente previstas (despido, movilidad geográfica, formación o jubilación) y previendo que las indemnizaciones a abonar por el empresario en caso de despido se reducirían en el equivalente a lo que supusiera el Fondo.


Aunque los datos más recientes sobre el mercado de trabajo apuntan algunas mejoras, el reto ante las enormes cifras y porcentajes de paro y temporalidad es todavía mayúsculo. Sin duda, hay que dedicar mayores esfuerzos a esta prioridad.
Por los efectos positivos que el Fondo para la Capitalización podría tener sobre la dualidad del mercado de trabajo, sobre la creación de empleo estable, sobre la movilidad voluntaria y sobre una mejor racionalización de los despidos, el Gobierno
debería reanudar el diálogo social e iniciar un proceso de negociación con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, que posibilitara la aprobación de un Proyecto de Ley que regule la constitución de un Fondo de
Capitalización para los trabajadores que contase con el apoyo social necesario para implementado.



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Por todo ello, los diputados y diputadas del Partit Demòcrata presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a iniciar un proceso de negociación con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, que posibilite la elaboración y aprobación de un Proyecto de Ley, antes de finalizar
la presente legislatura, por el que se regule la constitución de un Fondo de Capitalización para los trabajadores y un nuevo sistema de indemnizaciones por despido, con el objetivo de reducir la dualidad del mercado de trabajo y contribuir a la
creación de empleo estable.


El citado Fondo:


- Será mantenido a lo largo de la vida laboral de los trabajadores.


- Se nutrirá de aportaciones empresariales mensuales en función del salario del trabajador.


- Reconocerá el derecho del trabajador a hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas a su favor en el mismo, en los supuestos de despido, de movilidad geográfica a iniciativa del trabajador, o en el momento de su jubilación.


- Podrá ser gestionado por entidades públicas (como por ejemplo el FOGASA) o privadas pero en todo caso, supervisadas (como entidades financieras o aseguradoras).


El nuevo sistema de indemnizaciones:


- Deberá fomentar la permanencia en el empleo, desincentivando y haciendo más costosas las extinciones a corto plazo con independencia de la modalidad contractual temporal o indefinida.


- Deberá desincentivar efectivamente, las extinciones improcedentes y las derivadas de diversos contratos temporales frente a las de un contrato indefinido.


- Deberá suponer el establecimiento de un sistema más eficiente que, en término medio, no suponga un incremento de costes a la empresa, ni una reducción de la protección al trabajador, distribuyendo incentivos y sanciones de forma más
adecuada.


La reforma deberá complementarse otras medidas que también deberían adoptarse como por ejemplo una simplificación de la contratación, una revisión de la cotización de la prestación por desempleo y un incremento de los recursos públicos y
privados destinados a hacer efectivo el derecho de los trabajadores a la formación a lo largo de la vida.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/001520


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz don Antón Gómez-Reino Varela, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 del
Reglamento, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital, relativa a la adopción de medidas de reforma del mercado eléctrico.


Exposición de motivos


El pasado mes de enero de 2017, y durante varias semanas, se han batido records en el precio de la electricidad. Un síntoma más de la enfermedad grave que aqueja, desde hace tiempo, al sistema eléctrico español.



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El que la subida de precios se haya producido en un periodo de temperaturas especialmente frías ha originado alarma social, pero lo más importante es que ha aumentado el sufrimiento de los millones de españoles que no pueden calentar sus
hogares adecuadamente, víctimas de la pobreza energética.


El Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, Álvaro Nadal, ha señalado que estos periodos de 'volatilidad' van a ser más frecuentes, es decir, que son como un fenómeno de la naturaleza del que solo cabe refugiarse y protegerse.


Sin embargo, esta 'volatilidad' no es ningún fenómeno natural, tiene beneficiarios y causas concretas, resultado de acciones del Gobierno, también de la inacción del ejecutivo, que pueden y deben revertirse.


La primera, es el poder de mercado de un grupo de tres empresas. Una situación que ya denunciaba en 2005 el Profesor José Ignacio Pérez Arriaga en el Libro Blanco sobre la reforma del marco regulatorio de la generación eléctrica en España,
preparado a instancias del Gobierno del Partido Socialista.


Un poder de mercado que continúa hoy y se traduce en que, según el informe anual de las agencias de reguladores europeos ACER/CEER, las tres comercializadoras más grandes controlan el 90 % del mercado doméstico.


Estas tres comercializadoras, además, pertenecen a los mismos grupos de empresa que las tres productoras que controlan el 60 % de la generación, según el Informe Anual de 2016 del Mercado Mayorista de la CNMC.


La segunda, es el diseño del mercado mayorista de electricidad como un mercado marginalista obligatorio 'de facto', en el deben participar todos los días los productores y comercializadores para vender o adquirir respectivamente su energía.


Un diseño que permite, a un reducido número de empresas, ejercer su poder de mercado para fijar el precio marginal de forma que tecnologías inframarginales como la nuclear y la hidráulica obtengan beneficios caídos del cielo e incluso
rentabilizar las centrales de carbón que todavía representan el 14% de la energía consumida. Y esto a pesar de su impacto medioambiental y dependencia energética al utilizar, básicamente, carbón importado. No es de extrañar que ENDESA haya
anunciado la modernización y ampliación de la central térmica de Puentes de García Rodríguez (A Coruña).


La participación obligatoria de los Comercializadores en el Mercado Diario para adquirir toda la energía para sus clientes, convierte este mercado en un mero trámite y así el 70% de la demanda de energía, es decir, el consumo base, se oferta
todos los días al precio máximo instrumental de 180 €/MWh solo para asegurar que resulta asignada.


Un trámite en el que empresas comercializadoras y productoras del mismo grupo empresarial intercambian números en sus hojas de cálculo, con el único objetivo de maximizar su beneficio.


Mientras que el porcentaje de energía gestionada en el Mercado Diario en Francia es solo el 20%, en Reino Unido del 14%, en Alemania del 52% y en Italia el 70% en España el Mercado Diario gestiona más del 80% de la energía.


Una característica peculiar de nuestro mercado, que, unida al poder de mercado de un reducido número de empresas, origina la volatilidad de los precios y situaciones absurdas como que la producción hidráulica marque el precio marginal.


Una volatilidad que en cualquier caso pagan los consumidores, bien directamente en el precio o en la cobertura de riesgo de precio de los contratos con tarifa plana.


La tercera causa es el efecto conjunto del acoplamiento, en 2014, del mercado ibérico con el resto de Europa, en cumplimiento de diversos Reglamentos de la Unión Europea, y la duplicación en 2015 de la capacidad de la interconexión con
Francia.


El resultado son mayores intercambios de energía con el resto de la UE y menor control sobre el flujo de energía con Francia y por ende con el resto de la UE. Un flujo que, ahora, dentro de las limitaciones físicas de la interconexión,
depende exclusivamente de la diferencia de precio entre el mercado francés y el mercado ibérico.


Las interconexiones suponen ventajas para el sistema eléctrico español, como la posibilidad de importar energía más barata o exportar el exceso de producción eléctrica de origen renovable. Pero también riesgos, cuando se expone, a través de
la interconexión, más del 80 % del mercado español a la volatilidad de precios de los mercados europeos interconectados.


Eso es lo que ocurrió, por ejemplo, a las 7 horas del pasado 23 de enero de 2017, cuando el precio marginal se elevó un 23 % como consecuencia del intercambio de energía con Francia, que a su vez exportaba a Alemania, Italia, etc. Y así, a
la misma hora que el precio de la energía alcanzaba un pico, España exportaba 3.250 MW a Francia al límite de la capacidad de la interconexión.



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El precio marginal en Francia, a las 7 horas, era 200 €/MWh y en España llegó a los 80 €/MWh pero mientras en Francia solo afectó, como mucho, al 20 % del consumo de energía en España afectó al 80 %.


Los beneficiarios de esta situación fueron todos los productores, pero de forma especial los tres grandes grupos empresariales, titulares de centrales nucleares, hidráulicas y de carbón y los perjudicados, de una u otra manera, todos los
consumidores españoles.


Los Reglamentos de la Unión Europea regulan el Mercado Diario y la gestión de las interconexiones, pero no cuanta energía se debe de gestionar en ese Mercado. Cada país puede y debe adoptar la estructura de mercado que mejor le convenga
para disfrutar de las ventajas de las interconexiones protegiendo a sus consumidores de la volatilidad de los mercados.


Un Mercado Diario obligatorio y un acoplamiento mayor y más estrecho con el resto de la Unión Europea es una combinación que garantiza volatilidad de los precios, y grandes beneficios para los Productores de electricidad.


Es pues imprescindible y urgente adoptar medidas de reforma del Mercado Eléctrico para:


a) Reducir el poder de mercado de los grupos empresariales más importantes.


b) Eliminar la obligación de los Comercializadores de participar en el Mercado Diario, para adquirir la totalidad de la energía de sus clientes, poniendo a su disposición la posibilidad de contratar a plazo a precios regulados la energía de
las centrales nucleares, y un porcentaje de la hidráulica y las centrales de carbón. Esta contratación a plazo tendría la forma de ventas virtuales de energía, en el modelo del Accés de Régulé a l'Electricité Nucléaire Historique (ARENH) de
Francia, a través de una entidad gestora que actuaría de intermediario entre Productores y Comercializadores, para romper los vínculos entre ambos.


c) Centralizar en el Operador del Sistema la gestión de toda la producción hidráulica y el bombeo. Dos recursos escasos pero críticos, para la integración de las energías de origen renovable de producción variable como la eólica y la solar
y la seguridad del sistema. Unos recursos, que usan un patrimonio público como es el agua, y que deben utilizarse para funciones que incrementen el bienestar social y no para la obtención de beneficios caídos del cielo.


La centralización de la gestión, en la forma de ventas virtuales de energía sería, así, un primer paso en la recuperación de la explotación de las centrales hidráulicas a medida que vayan expirando sus concesiones.


Con estas medidas, además de limitar el poder de mercado, se reduce el volumen de producción y la demanda, expuesto a los mercados de la Unión Europea y, por tanto, el impacto en los consumidores españoles de la volatilidad de estos
mercados.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem- En Marea, a iniciativa de su diputada doña Yolanda Díaz Pérez, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar reglamentariamente los artículos 24.4 y 24.5 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico creando las modalidades de contratación y sociedades gestoras que permitan la gestión de la producción de origen nuclear, hidráulico y carbón
y su puesta a disposición de los comercializadores en los términos indicados en la parte expositiva de esta propuesta.


2. Derogar el artículo 9.3 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica, y todas aquellas disposiciones reglamentarias que obstaculizan la contratación
bilateral física, instando al Operador del Sistema Red Eléctrica de España, S.A.U., y al Operador del Mercado Ibérico de Electricidad OMIE a presentar propuestas de modificación de Procedimientos de Operación y Reglas de Funcionamiento del Mercado
que faciliten la participación de la Contratación Bilateral física.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/001517


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para
erradicar y controlar la plaga de polilla guatemalteca, que está afectando a la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia y al Principado de Asturias, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La patata (Solanum tuberosum) es una planta herbácea anual, de la familia de las solanáceas, originaria de América y cultivada hoy en casi todo el mundo, con tallos ramosos de 40 a 60 cm de altura, hojas desigual y profundamente partidas,
flores blancas o moradas en corimbos terminales, fruto en baya carnosa, amarillenta, con muchas semillas blanquecinas, y raíces fibrosas que en sus extremos llevan gruesos tubérculos redondeados, carnosos, muy feculentos, pardos por fuera,
amarillentos o rojizos por dentro y que son uno de los alimentos más útiles para el hombre.


En 1999 se detectó por primera vez en las Islas Canarias, la plaga denominada polilla guatemalteca de la patata, provocada por el organismo nocivo denominado 'Tecia solanivora Povolny' o 'Scrobipalpopsis solanivora Povolny'. En el año 2015
fue detectada su presencia en la zona de Ferrolterra, desde donde se expandió a todos los ayuntamientos de Mariña lucense, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Galicia, y posteriormente a Asturias.


En la actualidad se extiende por 31 concellos del norte de Lugo y A Coruña, en septiembre del año pasado eran solo 17 los municipios afectados, y por siete del Occidente asturiano, pero no hay elementos que nos den la seguridad de su posible
extensión más allá de las zonas indicadas.


De momento en las grandes zonas de cultivo de patata como A Limia y Bergantiños parece que están libres de la presencia de la plaga al igual que otra de las zonas con IXP (Indicación Xeográfica Protexida) Patata de Galicia como es Lemas,
pero no es menos cierto que una de las zonas con IXP de la patata sí está afectada, Terra CháMariña lucense.


Los Gobiernos autonómicos afectados, están adoptando medidas de carácter preventivo, como es el caso del Principado de Asturias, hasta que el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) publique el real decreto
que establezca el programa nacional de control y erradicación del patógeno.


Durante la alarma suscitada por la presencia de la polilla en las fincas del norte de Galicia, y de concejos occidentales del Principado de Asturias; y sobre todo por la posibilidad de su extensión al resto de los territorios y de las
grandes zonas de cultivo para comercialización, estarnos convencidos de que hay que avanzar tanto en el diagnóstico como en el tratamiento de esta plaga.


Por todo ello, El Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, de manera urgente, publique el Real Decreto que sirva de base para el control y erradicación del patógeno 'Tecia solanivora Povolny o Scrobipalpopsis solanivora Povolny', que está
provocando daños en los cultivos de patata.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2017.-Margarita Pérez Herráiz, Pilar Cancela Rodríguez, Antonio Ramón María Trevín Lombán, Ricardo Antonio García Mira, Felipe Jesús Sicilia Alférez y Adriana Lastra Fernández,
Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/001530


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la puesta en marcha de un Plan de erradicación de la
tuberculosis y la brucelosis bovina, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La tuberculosis bovina es la infección en el ganado bovino con cualquiera de las especies de microbacterias causantes de la enfermedad dentro del 'Complejo Mycobacterium tuberculosis'. En muchos países, la tuberculosis bovina es una
importante enfermedad infecciosa del ganado bovino, de otros animales domésticos y de ciertas poblaciones de animales salvajes. La transmisión al ser humano constituye un problema de salud pública. Tras la infección, pueden aparecer granulomas
nodulares no vasculares denominados tubérculos. Las lesiones tuberculosas características tienen lugar con mayor frecuencia en los pulmones y en los ganglios linfáticos retrofaríngeos, bronquiales y mediastínicos. También pueden hallarse lesiones
en los ganglios linfáticos mesentéricos, el hígado, el bazo, las superficies de las serosas y otros órganos.


La brucelosis es el nombre general de las infecciones causadas por especies del género 'Brucella' en los animales o en el hombre. El ganado bovino en España se ve afectado principalmente por 'Brucella abortus' y raramente por 'Brucella
melitensis'. Clínicamente la enfermedad se caracteriza por la presencia de abortos, retención de placenta, orquitis, epididimitis y raramente artritis, con excreción de los microorganismos en las descargas uterinas y en la leche.


Las primeras actuaciones de lucha frente a la tuberculosis bovina se iniciaron en España a principios de los años 50. La integración en la Comunidad Económica Europea en 1986 supuso que España tuviera que asumir la normativa comunitaria en
materia de sanidad animal y acomodar la legislación nacional en materia de campañas de saneamiento a las Directivas Europeas a través de la Orden del Ministerio de Agricultura, de 28 de febrero de 1986, por la que se establecen normas para el
desarrollo de las campañas de saneamiento ganadero.


La importancia de los programas de erradicación de enfermedades animales en el saneamiento de la cabaña nacional y la necesidad de dotarlos de mayor eficacia en su aplicación y desarrollo hicieron necesaria la promulgación del Real Decreto
2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.


Pese a que la tendencia en los últimos 25 años ha sido de un descenso sostenido de la prevalencia, esta tendencia se rompió en 2013, cuando se produjo un rebrote que se ha mantenido en 2014 y, muy especialmente, 2015. Según el último
informe final técnico-financiero publicado, que corresponde al año 2015, del Programa Nacional de la Tuberculosis Bovina, la incidencia de esta enfermedad en comunidades autónomas como Andalucía, Extremadura o Castilla la Mancha es del 17,24 %,
12,23 % y 7,63 %, respectivamente.


Respecto a la brucelosis, pese a que se encuentra prácticamente erradicada en nuestro país, según el último informe final técnico-financiero publicado del Programa Nacional de la Brucelosis Bovina, del mismo año 2015, sigue habiendo tres
comunidades autónomas en las que la prevalencia es positiva: Castilla y León, Extremadura y Cantabria, con incidencias del 0,18 %, 0,16 % y 0,08 %.


Esta situación está causando un malestar generalizado, que se percibe especialmente en el sector de la ganadería de bovino extensivo, al que la enfermedad genera graves perjuicios, no solo las pérdidas directas derivadas del sacrificio de
animales positivos, sino porque además limita el movimiento de 105 rebaños de unas demarcaciones geográficas a otras e impide el aprovechamiento de los pastos, además de por la situación de alarma social que la enfermedad genera entre los
consumidores.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar de forma inmediata cuantas medidas sean necesarias para apoyar el Plan de Erradicación de la tuberculosis y la brucelosis bovina en todo el territorio nacional, haciendo un mayor
esfuerzo en las comunidades autónomas en las que estas enfermedades



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tiene una mayor incidencia, en base a los conocimientos científicos actuales, con criterios de racionalidad y contando de manera imprescindible con la colaboración activa y responsable de los ganaderos afectados. Concretamente:


1. Que se lleve a cabo una monitorización efectiva del estado sanitario y, donde sea preciso, un control de la fauna salvaje cuando se evidencie como reservorio de cada enfermedad, que debe ser incorporado en un capítulo específico dentro
del Plan de Erradicación.


2. Evitar, en la medida que sea aconsejable y aplicando estrictas medidas de bioseguridad, los sacrificios masivos (vaciados sanitarios) cuando la fauna silvestre esté implicada.


3. Mayores actuaciones de control, mediante la efectiva coordinación de las Consejerías pertinentes de las Comunidades Autónomas bajo cuya responsabilidad recaigan los temas de Sanidad Animal, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y de Salud.


4. Facilitar la financiación de las mejoras en bioseguridad en las explotaciones ganaderas de vacuno, mediante las diferentes líneas de ayuda que contempla el Programa de Desarrollo Rural para apoyar las realización de inversiones,
priorizando las explotaciones de vacuno afectadas por la enfermedad en esta líneas de ayudas.


5. Que se agilicen los pagos de las indemnizaciones por los animales sacrificados obligatoriamente, estableciendo un plazo límite para el pago de esas cuantías indemnizatorias, del mismo modo que se fija un plazo límite para el sacrificio
de los animales positivos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Miguel Ángel Garaulet Rodríguez, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001531


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el articulo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre los incendios forestales y la
protección de la interfase urbano-forestal, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Cada vez son más frecuentes, en los incendios forestales sucedidos en España y en países de nuestro entorno, imágenes de evacuaciones de población por el riesgo para sus vidas, al amenazar el fuego los núcleos urbanos y las viviendas donde
residen.


El Comité Estatal de Coordinación de Incendios Forestales de Protección Civil y Emergencias ha admitido, en su última reunión celebrada el 4 de noviembre de 2016, el incremento del número de incendios con consecuencias para la población.


El abandono del campo y de la actividad agro-ganadera ha provocado la expansión de las masas forestales. A su vez, la proliferación de urbanizaciones lindando con los monte ha generado un espacio, denominado como interfase urbano-forestal,
que constituye el mayor problema de protección civil ocasionado por los incendios.


El problema es complejo. Por una parte, ignorando el riesgo que suponen el contacto con la zona forestal, no se prevé la existencia de zonas de anclaje y acceso para actuar contra los incendios. Por otra, durante el incendio en zonas de
interfase urbano-forestal, los equipos de extinción se distraen en otras actuaciones; tienen que identificar las viviendas ocupadas, decidir qué edificaciones deben o pueden ser protegidas, movilizar recursos para desalojar la población, establecer
la logística de evacuación, en momentos clave para contener el avance del fuego.


En consecuencia, se origina una situación que complica la gestión de la extinción del incendio, que puede provocar que los medios sean insuficientes para afrontar toda la actividad y que aumenta el riesgo para los profesionales que trabajan
en la extinción.



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Por otra parte, a pesar de que ya existe legislación específica para la protección de la interfase urbano-forestal, se deben buscar fórmulas que mejoren la eficacia en su cumplimiento e incorporar el riesgo de incendio en la planificación de
todo desarrollo urbanístico en contacto con el monte.


Además, la población que vive en las inmediaciones de las zonas naturales, forestales o no, a veces desconoce el riesgo que supone la ubicación de sus viviendas, y las medidas de protección que deben afrontar en caso de incendio. Tampoco se
percibe una responsabilidad sobre el entorno próximo, fuera del ámbito de la propiedad particular.


Por estos motivos, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Iniciar la identificación de la interfase urbano-forestal en la cartografía oficial y, en colaboración con las comunidades autónomas, y ayuntamientos, elaborar una cartografía de la habitabilidad del monte basada en criterios de riesgo de
incendios, capacidad de respuesta defensiva, así como la existencia de infraestructura, recursos y planes de autoprotección.


- Incluir en cada parte de incendio, y por tanto en la estadística, la superficie de la interfase urbano-forestal que ha sido recorrida por el fuego en dicho incendio, disponiendo así de datos fiables para adaptar las medidas de prevención y
las actividades de extinción.


- Incorporar el riesgo de incendios forestales, para la interfase urbano-forestal, en la planificación de todo desarrollo urbanístico nuevo.


- Asegurar la existencia de los Planes de Actuación de Ámbito Local de emergencia por incendios forestales, siguiendo los criterios de las Directriz Básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales.


- Incluir, en las estrategias de comunicación de la lucha contra incendios forestales, campañas específicas de información y concienciación para que los residentes en zonas próximas al monte adviertan el riesgo real que supone vivir en esas
zonas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/001494


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Xavier Eritja Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
prevención infantil y el etiquetado de productos que contienen aceite de palma o grasa de palma, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El aceite de palma es un aceite de origen vegetal que se obtiene del mesocarpio de la fruta de la palma Elaeis guineensis y se puede encontrar presente entre los ingredientes de bastantes productos presentes en la cesta de la compra
habitual: patatas fritas, cereales de desayuno, bollería, galletas, precocinados, congelados, pizzas, margarinas, chocolates, entre otros.


La Elaeis guineensis es una planta originaria de África occidental, pese a que ahora se cultiva principalmente en el sudeste asiático y algunas partes de Sudamérica y Centroamérica, lugares en los que el cultivo masivo de esta planta está
causando graves problemas de deforestación.


Su composición de más de un 50% de grasas saturadas, mucho más que cualquier otro aceite, provoca que un consumo en exceso sea el causante de aumentar los niveles de Lipoproteínas de Baja Intensidad (LDL o también llamado colesterol malo)
aumentando así el riesgo de sufrir enfermedades



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coronarias, además de ser un causante del incremento de la obesidad. Pese a esto, debido a la mayor presencia de los productos alimentarios industriales su consumo ha aumentado en los últimos años.


Pese a que desde 2014 los fabricantes de la Unión Europea están obligados a incluir en sus etiquetas el origen botánico de las grasas vegetales que usan el precio de producción y obtención del aceite de palma junto con sus diferentes
texturas, hace que de uno de los más usados por los fabricantes de alimentos industriales.


Pese a tratarse de una sustancia de origen vegetal varios especialistas en dietética y revistas científicas han alertado que el ácido palmítico, procedente de la palma, es nocivo para la salud. En 2011 un estudio publicado por la revista
científica 'Globalization and Health' concluyó que el aumento del consumo de aceite de palma está relacionado unas mayores tasas de mortalidad por enfermedades cardiovasculares en países en desarrollo ya que cada kilogramo que se ingiere provocaba
68 muertes por cada 100.000 habitantes. La tasa de muertes en estados con más poder adquisitivo era de muertes por cada 100.000 habitantes.


Asimismo, la nada sospechosa Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), afirmó que durante el proceso de refinado se sometía al aceite de palma a temperaturas cercanas a los 200 grados centígrados para lograr una sustancia
semitransparente y amarillenta sin sabor ni olor, lo que libera sustancias cancerígenas con capacidad de modificar el ADN, por lo que un consumo excesivo y prolongado en el tiempo podía aumentar las posibilidades de contraer cáncer.


En 2016, la revista Nature publicó otro estudio de un equipo de científicos del Instituto de Investigación Biomédica de Barcelona por la que se relacionaba el efecto de una dieta rica en grasas sobre las metástasis y en concreto la presencia
de ácido palmítico aumentaba la presencia metastásica de un 50 % a un 100 %.


Por todo ello se presente la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Instar a la Comisión Europea y a las instancias europeas oportunas para la modificación del reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor para que los fabricantes, productores distribuidores e importadores de
alimentos que contengan aceite o grasa de palma deban informar del contenido de este producto en sus envases o etiquetas de una manera legible y visual.


2. Instar a la Comisión Europea y a las instancias europeas oportunas para la modificación del reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor para que los alimentos o productos que, por unidad de peso o volumen, o por
porción de consumo, presenten en su composición nutricional 'grasa de palma' o 'aceite de palma', estén rotulados de manera claramente visible a primera vista en su envase o etiqueta como 'contiene aceite de palma' o 'contiene grasa de palma'.


3. Actuar, de acuerdo con las diferentes Administraciones Públicas respetando en todo caso el actual marco de distribución de competencias, para la progresiva eliminación de productos que contengan grasa o aceite de palma de las máquinas
expendedoras de los centros educativos, centros deportivos y centros de salud.


4. Iniciar las iniciativas legislativas pertinentes para evitar que se fomente el consumo de productos que contengan grasa de palma o aceite de palma entre la población infantil mediante publicidad y/o ganchos comerciales como juguetes,
accesorios, adhesivos o incentivos no relacionados estrictamente con la promoción propia del producto.


5. Llevar a cabo las actuaciones oportunas, en colaboración con las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias, para limitar la publicidad televisiva en horario infantil de alimentos que contengan aceite de palma o grasa de
palma.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de febrero de 2017.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



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161/001496


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para el
impulso de un estudio sobre la esperanza vital y capacidad laboral que tienen las personas que padecen enfermedades raras, para su debate en Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), las enfermedades raras son aquellas que tienen una baja incidencia en la población, concretamente, cuando afecta a menos de cinco de cada 10.000 habitantes.


Según esta misma entidad, existen cerca de 7.000 enfermedades raras (EERR) que afectan al 7% de la población. Por tanto, se estima que en España existen más de tres millones de personas con enfermedades poco frecuentes.


La mayoría de las EERR son entidades complejas y de curso crónico que generan una gran morbilidad y un alto grado de discapacidad y/o dependencia y precisan de cuidados prolongados e intervenciones multidisciplinares. Asimismo, ocasionan un
deterioro significativo de la calidad de vida de las personas afectadas y sus familias, no sólo en lo que concierne al plano estrictamente sanitario sino también en el ámbito psíquico, social , de inclusión en el medio escolar o laboral, de
necesidades familiares y económicas, etc.


Pero además, dado el carácter de enfermedad rara, se le suman otra serie de circunstancias que agravan las condiciones de vida de quienes las padecen y sus familias. De la falta de información y formación que sobre ellas existen se derivan
una serie de problemas a los que deben enfrentarse y que provocan a la persona afectada y sus familias una situación de vulnerabilidad que ha de ser estudiada en su integridad para su superación.


Como en otras enfermedades crónicas o discapacitantes, la atención integral de las personas con enfermedades raras precisa de la utilización de un mayor número de servicios para atender sus necesidades, implicando distintos sistemas de
atención y agentes proveedores de salud y demandando una mayor facilidad de acceso a servicios sanitarios, sociales y de otra índole (educativos, laborales, de dispensación farmacéutica, etc.).


Según datos de la Federación Española de Enfermedades Raras, la media de tiempo en el diagnóstico adecuado de una enfermedad rara ronda los cinco años. Así mismo los tratamientos farmacológicos, generalmente de larga duración, son caros y
en muchas ocasiones la cobertura de los mismos por parte de la Sanidad Pública es escasa o nula, además de las dificultades de acceso a los mismos. El coste del diagnóstico y tratamiento de la enfermedad supone cerca del 20 % de los ingresos
anuales de cada familia afectada. En términos absolutos, esto supone una media de más de 350 euros por familia y mes.


A la vista de estos datos se creó La Estrategia en Enfermedades Raras del SNS que fue aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) en junio de 2009, bajo el impulso y apoyo del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI) bajo el Gobierno Socialista. En el CISNS se acordó realizar una evaluación de la Estrategia a los dos años de su aprobación por el Comité Institucional (representantes de las CC.AA.) y por el Comité Técnico
(sociedades científicas y asociaciones de pacientes) que acordaron por consenso la metodología para su evaluación, determinando el método operativo de recogida de información y las fuentes a consultar en cada caso.


Con los datos e información aportados por las CC.AA., Sociedades Científicas y Asociaciones de pacientes se elaboró el Informe de Evaluación aprobado por el CISNS en diciembre de 2012 aportándose una valiosa información acerca de la
situación real de las enfermedades raras en España que, junto con la evidencia científica disponible, dio lugar a una redefinición de los objetivos y recomendaciones.


No obstante entendemos que las repercusiones de carácter social, económico, familiar y laboral que rodean las EERR obligan a replantearse de nuevo este tipo de estudios al objeto de garantizar unas cotas de igualdad real a todos los
ciudadanos, tengan o no una enfermedad rara.


Según datos de la Federación Española de Enfermedades Raras, más de un 70 % de los afectados posee el certificado de discapacidad, aunque el 35 % aseguran que no están satisfechos con el grado



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reconocido, normalmente porque consideran que no se les hizo una valoración adecuada por falta de conocimiento acerca de la enfermedad. A pesar de que el 70% dispone de certificado de discapacidad, solo uno de cada cinco tiene el
reconocimiento, y de estos solo uno de cada tres recibe alguna prestación. Por lo general, necesitan apoyos para desarrollar actividades básicas y avanzadas de la vida diaria, principalmente en su vida doméstica, los desplazamientos o movilidad.


Con el Real Decreto 1851 /2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social, se pretendió dar una solución de cara a la jubilación a las personas que sufren este tipo de
patologías. No obstante, de las 7.000 enfermedades descritas por la OMS, solo unas pocas son consideradas en el mencionado decreto, y resulta evidente pues, la necesidad de realizar un análisis especifico de este tipo de situaciones de salud, para,
desde un principio básico de igualdad y corresponsabilidad, poder objetivar la complejidad de cada patología y la relación de la misma con la esperanza vital, la capacidad funcional de cara al desarrollo laboral y el nivel de discapacidad y/o
dependencia que supone, comparándola con los mismos estándares de la población general.


Por todo lo expuesto, lleva al Grupo Parlamentario Socialista a presentar la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en relación a las enfermedades raras a:


- Evaluar la merma en la capacidad laboral y esperanza de vida de los afectados. Así como el grado de discapacidad y dependencia que generan las denominadas enfermedades raras.


- Ampliar, en base a los resultados del estudio, el catálogo de enfermedades contempladas en el Real Decreto 1851/2009.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de febrero de 2017.-Josefa Inmaculada González Bayo, José Juan Díaz Trillo y Jesús María Fernández Díaz, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001505


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para la
correcta atención sanitaria de quienes padecen una enfermedad rara, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El 28 de febrero es el Día Mundial de las Enfermedades Raras.


La Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER) realiza en esta fecha, en coordinación con la Organización Europea de Enfermedades Raras (EURORDIS) y con la I Alianza Iberoamericana de Enfermedades Raras (ALlBER), una Campaña de
Sensibilización sobre la cuestión con el objetivo de concienciar sobre las patologías poco frecuentes y atraer la atención sobre las situaciones de falta de equidad en el tratamiento sanitario de estas enfermedades.


Se entiende por enfermedades raras aquellas que tienen una baja incidencia en la población (menos de cinco de cada 10.000 habitantes o una por cada 2.000), entre 5.000 y 7.000 patologías según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la
mayor parte de ellas de carácter crónico y degenerativo y más del 65% de carácter grave e invalidante. Esto no impide que estas enfermedades afecten a gran número de personas: el 7% de la población mundial y en torno a tres millones de personas en
España.


Los principales problemas a los que se enfrentan quienes padecen una enfermedad de este tipo, desde un punto de vista exclusivamente sanitario, son la dificultad de diagnóstico -ronda en torno a los cinco años- o su ausencia, la consecuente
dificultad de tratamiento e intervenciones terapéuticas, el alto precio del tratamiento farmacológico ... A ello se añaden, cuestiones tales como la dispersión geográfica que determina la escasa prevalencia de estas enfermedades lo que supone un
factor añadido de dificultad.



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En datos de FEDER: no acceden al tratamiento más del 42% de pacientes de enfermedades raras; la falta de diagnóstico o su retraso agrava la enfermedad en más del 30% de los casos; el 77% recibe atención especializada pero más del 47% no
se sienten satisfecho con la atención sanitaria que reciben.


En gran medida estos problemas se pueden, si no resolver, mejorar con la atención necesaria por parte de las políticas públicas a estas patologías.


En España contamos con una Estrategia en Enfermedades Raras del Sistema Nacional de Salud, aprobada por el Consejo Interterritorial del SNS desde mediados de 2009, impulsada por el Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero, y entre cuyos
objetivos se incluye mejorar la atención de las personas con enfermedades raras y sus familias. Para ello, la Estrategia recoge 7 líneas de actuación, tales como, la prevención y detección precoz de enfermedades raras, la atención sanitaria y
sociosanitaria, el impulso a la investigación, . formación e información a profesionales y personas afectadas y sus familias.


Como cualquier estrategia nacional en materia de salud, ésta contemplaba (páginas 105 y siguientes) la evaluación periódica y los métodos para llevarla a cabo.


La evaluación de los dos primeros años de implantación de la Estrategia en el SNS se llevó a cabo durante 2012, aprobándose el documento resultante de la misma por el Consejo Interterritorial del SNS el 20 de diciembre de 2012. Esta primera
Evaluación permitió actualizar los objetivos planteados en la Estrategia 2009 y emitir nuevas recomendaciones en una Estrategia que se aprobó a principios de 2013.


Es evidente que ha llegado el momento, de enfrentar, desde las políticas públicas sanitarias, de forma integral y coordinada, la problemática de las enfermedades raras.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reevaluar y, en su caso, reformular la Estrategia de Enfermedades Raras de 2009 para asegurar a los pacientes de estas patologías, entre otras cosas, el acceso de forma rápida y equitativa tanto al diagnóstico como al tratamiento,
incluido el farmacológico.


2. Fomentar y apoyar la financiación pública y privada de la investigación en enfermedades raras y medicamentos huérfanos.


3. Asegurar la igualdad efectiva en el acceso a los tratamientos de las enfermedades raras y, en particular, a los medicamentos huérfanos.


4. Formar a los profesionales sanitarios en el diagnóstico precoz y el seguimiento de estas enfermedades.


5. Contribuir, en coordinación con las Comunidades Autónomas, a la organización por las mismas de los centros y especialistas de referencia que permitan el diagnóstico y tratamiento más adecuado de estas enfermedades, tanto a nivel
autonómico como nacional.


6. Desarrollar y mejorar los actuales sistemas de información, y su interrelación con bases de datos europeas e internacionales, con el fin de conocer mejor la prevalencia y características de estas enfermedades y facilitar la investigación
y el desarrollo de tratamientos eficaces.


7. Informar y permitir la participación efectiva de las asociaciones de pacientes con enfermedades raras en todo lo referente a la investigación, diagnóstico, tratamiento y cuidado de este tipo de enfermedades. A estos efectos, incluir en
el comité de seguimiento y evaluación de la Estrategia de Enfermedades Raras del SNS a todos los colectivos (pacientes, familiares ... ) afectados.


8. Evaluar las necesidades sociosanitarias de los pacientes de enfermedades raras con relación a las atenciones coadyuvantes que estos pacientes precisan (fisioterapia, psicoterapia, ... ) así como ayudas técnicas y adaptaciones
domiciliarias.


9. Recuperar los fondos estatales (Fondo de Cohesión Sanitaria) para la implantación y desarrollo de los CSUR en Enfermedades Raras, terapias tuteladas y medicamentos huérfanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Jesús María Fernández Díaz, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/001506


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para
reponer el derecho de las personas cuidadoras no profesionales del sistema de dependencia a las cotizaciones a la Seguridad Social, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


En diciembre de 2006, después de meses de trabajo de las fuerzas políticas parlamentarias, con la participación de las Comunidades Autónomas, las entidades locales, los agentes sociales y el movimiento asociativo, se aprobaba la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.


Esta Ley reconocía un nuevo derecho subjetivo: el de las personas que no pueden valerse por sí mismas a ser atendidas por los poderes públicos. Para ponerlo en marcha se creaba el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que
contaba con un calendario de implantación que debía desplegarse de forma gradual hasta 2015.


El Sistema ofrece un catálogo de servicios y prestaciones para la promoción de la autonomía y la atención a las situaciones de dependencia. Entre estas se encuentra la 'prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a
cuidadores no profesionales', regulada en el artículo 18 de la Ley que dispone que, excepcionalmente, el beneficiario podrá recibir una prestación económica para ser atendido por cuidadores no profesionales, cuando esté siendo atendido por su
entorno familiar, y siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda y así lo establezca su Programa Individual de Atención.


Una de las primeras medidas del Gobierno del Partido Popular fue la decisión de paralizar el calendario de aplicación de la Ley impidiendo a casi 400.000 personas con dependencia moderada acceder a una prestación o servicio, tal y como
estaba previsto. Posteriormente, en los Presupuestos Generales del Estado para 2012, el Gobierno eliminó la partida para el nivel acordado que ascendía a 283 millones de euros, lo que volvió a suceder en los presupuestos de 2013, 2014, 2015 y 2016.


Continuando con el proceso de desmantelamiento del Sistema, el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad introdujo numerosas modificaciones en la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Entre estas modificaciones destaca la supresión de los dos niveles en que se dividía cada grado; la reducción en un 13% de la
aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo de protección; la reducción en un 15% de la prestación económica por cuidados en el entorno familiar.


El Real Decreto-ley 20/2012 modificó también la regulación del convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia. Los convenios especiales pasan a tener
carácter voluntario y las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social pasan a ser a cargo exclusivamente del suscriptor.


Esta medida afectó a unas 180.000 personas que tenían suscrito el convenio especial, de las cuales, el 92% son mujeres. Estas cuidadoras vieron eliminado el reconocimiento a su labor que se había producido con la aprobación de la Ley, a la
vez que se esfumaban sus expectativas de generar una pensión que les garantizara unos ingresos en la etapa final de sus vidas. En la actualidad, después de reducir la cuantía de la prestación y eliminar la cotización a cargo del Sistema, son menos
de 10.000 las personas que se mantienen en alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, asumiendo ellas su pago.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reponer el derecho de las personas cuidadoras no profesionales del Sistema de dependencia a que las cotizaciones a la Seguridad Social corran a



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cargo de la Administración General del Estado, derecho que les fue arrebatado por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-María Soledad Pérez Domínguez, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001508


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso del tejido social de
nuestro país dentro de la Marca España, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


En España más de tres millones y medio de personas desarrollan actividades de voluntariado y son 30.000 las entidades sociales que ayudan a los grupos más vulnerables de nuestra sociedad, como las personas sin hogar, la población gitana, las
personas mayores, las mujeres víctimas de violencia de género o las personas con problemas de adicción, entre otros; impulsando su inclusión y contribuyendo a la concienciación y sensibilización ciudadana.


Por ese motivo, la red de apoyo y protección social promovida por el Tercer Sector de Acción Social y el Voluntariado, es uno de los grandes triunfos de nuestra sociedad, convirtiéndolo en un modelo de referencia mundial, ya que los
proyectos de nuestras entidades son imitados en el extranjero por la iniciativa, imaginación y solidaridad que le dedican, tal y como sucede con la labor de organismos como la Confederación Española de Aulas de la Tercera Edad (CEATE), que ha
despertado interés en Iberoamérica.


El carácter generoso e inclusivo, la solidaridad con los menos favorecidos y la amplitud de las actuaciones, son algunas de las características que identifican al Tercer Sector de Acción Social y al Voluntariado de nuestro país. En
consecuencia, es necesario continuar emprendiendo medidas orientadas a garantizar su correcto desarrollo.


En ese sentido, es fundamental destacar que en los últimos años los poderes públicos españoles han impulsado legislación específica en la materia, destacando la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, que establece
un marco jurídico, común y estable para las entidades sociales, impulsa su interlocución con la Administración y su participación en las políticas sociales; y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, que mejora la situación de aquellas
personas que de manera altruista y solidaria dan apoyo a los más vulnerables.


Por tanto, la adopción de políticas a favor del Tercer Sector de Acción Social y del Voluntariado, además de facilitar la vida a millones de personas, es la mejor carta de presentación de España ante el mundo, ya que permite mostrar al resto
de países nuestro espíritu de trabajo, cooperación y ayuda, de manera que el modelo del Tercer Sector de Acción Social español y las políticas en la materia, se están convirtiendo en factores esenciales y diferenciadores que pueden ser aprovechados
por la Marca España.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reconocer la dimensión social que aportan el Tercer Sector Acción Social y el Voluntariado en el despliegue de la Marca España y, en consecuencia, llevar a cabo políticas públicas a favor de
las miles de entidades sociales y millones de voluntarios de nuestro país.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/001512


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
apoyo a las personas enfermas por el Síndrome del Aceite Tóxico, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


En mayo de 1981 salió a la luz una de las peores tragedias sanitarias de la historia de España: una intoxicación por aceite adulterado que envenenó a miles de españoles. En pocos meses fallecieron 2.500 de las víctimas y en la actualidad,
alrededor de 20.000 personas padecen el Síndrome del Aceite Tóxico (SAT). Se trata de una enfermedad crónica, rara y poco frecuente, que puede afectar a varios órganos. Los afectados sufren calambres, mialgias, mioclonías, polineuropatías, fatiga
muscular precoz, pérdida de fuerza distal en miembros inferiores, contracturas musculares, accidentes cerebro vasculares, diabetes, hipercolesterolemía, hiperlipidemia y muchos más síntomas que dificultan su vida y un envejecimiento saludable.


En la actualidad, gran parte de las víctimas enfermas presentan una cronificación de los síntomas y de sus secuelas, y viven con preocupación ante el desconocimiento de cómo seguirán cursando en un futuro.


El síndrome del aceite tóxico no se estudia ya en las Facultades de Medicina españolas, y los pocos instrumentos que se habilitaron para documentarla de forma científica han ido desapareciendo. También asistencialmente el SAT ha ido
perdiendo la atención de las autoridades sanitarias sobre todo en algunas CC.AA. Así, en 2009, la Comunidad de Madrid dio carpetazo de forma unilateral al convenio para la atención y seguimiento de los enfermos del SAT en el Hospital Carlos III,
desde donde de manera coordinada, junto al Instituto Carlos III, mantenían una investigación científica con una base clínica directa.


Por otra parte, hay que tener en cuenta que muchas de las víctimas nunca pudieron desarrollar ninguna actividad laboral con anterioridad a la afectación (menores y principalmente mujeres). Otras lo han hecho posteriormente, con gran
esfuerzo, debido a las secuelas del SAT.


Algunas de esas personas, sobre todo mujeres (ya que la prevalencia es de 1.5 frente a uno en hombres) siguen en situación de incapacidad para desarrollar un trabajo. No reciben ningún tipo de prestación al efecto ni reconocimiento de su
situación, ni siquiera una pensión no contributiva.


Es necesario revisar y actualizar las respuestas de los poderes públicos a las necesidades derivadas de la enfermedad que tienen las personas afectadas. Así lo reivindica el movimiento asociativo, agrupado en torno a la Plataforma de
víctimas enfermas por el síndrome del aceite tóxico 'seguimos viviendo', que ha identificado una serie de propuestas encaminadas al apoyo y mejora de la calidad de vida de estos enfermos.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias, a apoyar a las personas enfermas por el Síndrome del Aceite Tóxico y, en concreto, a:


1. La designación de un centro, servicio o unidad de referencia de asistencia integral del Síndrome del Aceite Tóxico.


2. La activación y actualización relativa a la investigación en el Instituto Carlos III, promoviendo, difundiendo y ejecutando medidas y acciones que mejoren la investigación en aras de una mejor calidad de vida y un envejecimiento
saludable de las víctimas.


3. Proponer en la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad que se analice cómo se está llevando a cabo la aplicación del baremo a enfermos del SAT, con la finalidad de realizar las reformas
necesarias para subsanar las deficiencias detectadas, si este fuera el caso.



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4. Estudiar las dificultades que se encuentran las personas afectadas de SAT a la hora de acceder a pensiones de invalidez de la Seguridad Social, como consecuencia de la falta de información existente sobre la evolución de la enfermedad, y
tomar las medidas que procedan para solucionar los problemas que se detecten.


5. Inclusión de las secuelas del SAT como reductor para la edad de jubilación.


6. Informar periódicamente a todas las víctimas registradas como afectadas del SAT, sobre los derechos y cuantas modificaciones se realicen, así como de los centros y procedimientos para solicitarlos y recibir asistencia específica.


7. Promoción y difusión de Jornadas Estatales Médico-Científicas sobre el SAT con continuidad periódica y extensión a las diferentes Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2017.-Jesús María Fernández Díaz y Elvira Ramón Utrabo, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001524


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la
enfermedad celiaca, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


La enfermedad celíaca (EC) es un intolerancia permanente al gluten del trigo, cebada, centeno y avena. Afecta aproximadamente al 1% de la población si bien se estima que el 75% de los pacientes están sin diagnosticar.


Como consecuencia de esta patología, se establece un defecto de utilización de nutrientes (principios inmediatos, sales y vitaminas) a nivel del tracto digestivo, cuya repercusión clínica y funcional depende de la edad del paciente y de su
situación fisiopatológica. No tratar la enfermedad puede dar lugar a padecer no solo desnutrición, sino también anemia, osteoporosis, incluso diabetes o algunos tipos de cáncer.


Esta intolerancia es permanente. No se sabe su causa, pero sí que hay predisposición genética y puede darse en varios miembros de una misma familia. También se desconoce un tratamiento médico para esta enfermedad, más allá de una estricta
dieta que, eliminando de la misma todos los productos que contienen gluten, permite eliminar los síntomas de la enfermedad celíaca. De ahí que la información acerca de los ingredientes de los productos a consumir sea fundamental.


Conforme a la normativa europea es obligatorio que se declare en el etiquetado de los productos si los mismos contiene gluten.


Los pacientes distinguen entre productos específicos y productos convencionales. Los primeros son aquellos alimentos elaborados a base de cereales, como el pan especial, la pasta o la bollería sin gluten, que suelen ser sensiblemente más
caros. Junto a estos, están los productos convencionales, que son todos aquellos en cuya elaboración se emplean ingredientes derivados de cereales. Es obligatorio que se declare en el etiquetado de los productos, si contiene gluten, por normativa
Europea, Reglamento n.º 41/2009 de la Comisión, de 20 de enero de 2009, pero no siempre se hace.


Por otro lado, se ha señalado el coste económico que supone una dieta sin gluten para las personas que sufren la enfermedad. La FACE (Federación de Asociaciones de Celiacos de España) calcula que un paciente paga al mes 127 euros más por el
sobrecoste de productos libres de gluten (1.524 euros al año). Además, con frecuencia, en una familia hay más de un enfermo.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a:


1. Adoptar medidas para eliminar la diferencia actual de precios entre alimentos aptos para celiacos y los productos análogos destinados al resto de consumidores mediante, por ejemplo, el fomento de acuerdos con la industria alimentaria que
permitan incrementar la oferta de estos productos.


2. Intensificar los controles de inspección en seguridad alimentaria y el etiquetaje correcto, en relación al etiquetado que exige el Reglamento Europeo 41/2009 sobre la composición y etiquetado de los productos alimenticios apropiados para
personas con intolerancia al gluten.


3. Adoptar las medidas necesarias para que las familias afectadas puedan acceder a un listado público de alimentos libres de gluten con una periodicidad razonable.


4. Continuar con el desarrollo del Plan General de Apoyo a las Personas con Intolerancia al Gluten.


5. Promover todas las medidas necesarias tendentes a diagnosticar tempranamente la celiaquía.


6. Llevar a cabo campañas de divulgación de la enfermedad y de cómo reducir las afecciones para los enfermos y su familia:


- Entre los profesionales de la salud.


- En el sector hotelero y de restauración para que incorporen menús sin gluten y mejoren la información al consumidor.


- En el sector comercial para aumentar la oferta de productos para celiacos.


7. Regular que todos los comedores escolares y universitarios dispongan de menús sin gluten.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Antonio Hurtado Zurera, María Jesús Serrano Jiménez, Jesús María Fernández Díaz y Victoria Begoña Tundidor Moreno, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/001532


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el desarrollo de modelos de
producción y consumo sostenibles, para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas (A/RES/70/1), el 25 de septiembre de 2015, contempla entre los 17 Objetivos que guiarán las decisiones de la comunidad
internacional durante los próximos quince años para erradicar la pobreza y favorecer un desarrollo sostenible e igualitario el de 'Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles' (Objetivo 12).


A tal fin, esta nueva Agenda tiene por objeto hacer frente a aquellas barreras sistémicas que son clave para el desarrollo sostenible, como la desigualdad, los patrones de producción y consumo insostenibles, infraestructuras inadecuadas y la
falta de empleos decentes.


El consumo y la producción sostenibles significan hacer más y mejores cosas con menos recursos. Se trata del uso de bienes y servicios que responden a necesidades básicas y proporcionan una mejor calidad de vida, al mismo tiempo que
minimizan el uso de recursos naturales, materiales tóxicos y emisiones de desperdicios y contaminantes sobre el ciclo de vida, de tal manera que no se ponen en riesgo las necesidades de futuras generaciones.



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En este sentido, el propio texto de la Resolución A/RES/70/1 establece en el punto 28 de su Declaración: 'nos comprometemos a efectuar cambios fundamentales en la manera en que nuestras sociedades producen y consumen bienes y servicios'. Y
añade, 'los Gobiernos, las organizaciones internacionales, el sector empresarial, agentes no estatales y los particulares deben contribuir a modificar las modalidades insostenibles de consumo y producción', alentando a que en todos los países,
dependiendo de su nivel de desarrollo, se aplique el Marco Decenal de Programas sobre Modalidades de Consumo y Producción Sostenibles.


En coherencia con esta Declaración, la Unión Europea y sus Estados miembros han asumido los compromisos contenidos en la Agenda 2030, en cuya elaboración el Gobierno de España tuvo un papel muy activo, y han reconocido la importancia
fundamental de promover economías y estilos de vida más sostenibles, constituyendo el principal reto de los productores y consumidores.


Para ello, se han puesto en marcha numerosas políticas e iniciativas (Plan de Acción sobre Consumo y Producción Sostenibles y la Estrategia Europa 2020) que tienen como objetivo mejorar el rendimiento medioambiental global de los productos a
lo largo de todo su ciclo de vida, estimular la demanda de mejores productos y tecnologías de producción y ayudar a los consumidores a tomar decisiones desde un conocimiento bien informado.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Estudiar la posibilidad de implementar, en la elaboración del V Plan Director de la Cooperación Española, medidas coherentes con los principios recogidos en el Objetivo 12 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible relativos a
promover modelos de producción más sostenibles.


- Impulsar, en el ámbito de la Unión Europea, cuantas iniciativas sean necesarias para informar y sensibilizar al consumidor en la exigencia de mejores productos y tecnologías de producción, a través de un consumo y producción responsables
con los derechos humanos y el medio ambiente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Cultura


161/001513


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista nos dirigimos a esa Mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la restauración y rehabilitación del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


El Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, creado en 1972, es un museo dedicado al patrimonio etnológico andaluz, tanto material como inmaterial, en cuyas salas se exponen objetos y utensilios que documentan las costumbres, saberes
y maneras de vivir propias de la cultura tradicional de la zona.


Está instalado en Exposición Iberoamericana de 1929, situado en la plaza de América popularmente denominada plaza de las palomas, dentro del parque de María Luisa, de la ciudad de Sevilla.


Sus colecciones más importantes son las de cerámica, indumentaria y actividades artesanales de Andalucía. Asimismo destacan la colección Aguiar de pintura costumbrista, la colección Soria de lozas y marfiles orientales, la de cerámica de la
colección Gestoso y, sobre todo, la colección Díaz Velázquez de encajes y bordados, una de las más importantes de Europa y que por sí misma podría constituir un museo monográfico independiente, con sus casi 6.000 piezas.



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Por otra parte, el Ayuntamiento de Sevilla tiene depositada en el museo su colección de origina les de carteles de las fiestas primaverales de Sevilla.


Entre las incorporaciones de la última década destacan la adquisición de la colección Loty, formada por más de 2.000 placas de cristal antiguas que recogen detalles de las ciudades y la vida andaluzas desde principios del siglo XX hasta
1936, dos colecciones de juguetes y una de más de 7.000 tarjetas postales.


En la planta principal o baja del Museo, la sala central está dedicada a exposiciones temporales.


Las instalaciones abiertas al público incluyen, además de las salas de exposición permanente y de exposiciones temporales, la recreación de una bodega de vino del Condado de Huelva, una sala de proyecciones audiovisuales donde el visitante
puede contemplar documentales sobre la vida tradicional andaluza, una sala para la realización de actividades pedagógicas y la biblioteca, especializada en Antropología y Museología. También se puede encontrar una estación informática que ofrece un
programa para consultar la colección Loty de fotografía.


No obstante la riqueza del contenido, así como la belleza y majestuosidad del edificio y su inmejorable ubicación, el estado del edificio por dentro es deplorable, transmitiendo a sus visitantes una desagradable sensación de abandono y
dejadez de las Administraciones competentes para su conservación, rehabilitación y modernización, en este caso el Estado.


La planta primera del museo se encuentra temporalmente cerrada por el lamentable estado de deterioro del edificio, tales como grietas en paredes y techo, goteras, derrumbe de partes de algunas bóvedas y riesgos de desprendimiento de
enfoscados de techos y paredes. Todo ello requiere una serie de actuaciones urgentes de reparación y reformas en el edificio por parte del Estado.


Es necesario un proyecto integral de rehabilitación de este museo, que es uno de los más visitados por los turistas que acuden a nuestra ciudad, atraídos tanto por su ubicación como por la belleza y grandiosidad del edificio y los contenidos
que alberga. Por otra parte entendemos que este proyecto de rehabilitación, no tiene que ser de un elevado coste económico ya que no afecta a la infraestructura del edificio que se conserva en buen estado.


Sevilla es una ciudad donde el turismo cultural es fundamental, por la riqueza y belleza de su patrimonio histórico y artístico, cuya imagen no podemos permitirnos que se dañe por desidia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


El GPS considera necesario que el Estado diseñe y ejecute, por ser el titular del edificio y responsable de la buena conservación de sus dependencias e instalaciones un proyecto integral de restauración, rehabilitación y modernización del
Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla.


Este proyecto del que hablamos no solo se justifica por el mal estado y el envejecimiento natural de la instalación, de 1972, sino porque la concepción museística ha quedado desfasada con el paso de los años y hoy se requieren instalaciones
que aporten un mayor confort a las personas y una mayor seguridad a las piezas.


Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar un proyecto de rehabilitación y modernización del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla acorde con las necesidades y requerimientos de una concepción museística actual y que añada valor a la ciudad.


2. Asignar dentro del próximo proyecto de Presupuesto Generales del Estado una cantidad razonable para la elaboración y ejecución del mismo por considerar factible su realización este año por su escasa entidad, tanto económica como
material.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Juana Amalia Rodríguez Hernández y Carmen Rocío Cuello Pérez, Diputadas.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/001536


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Marta Rivera de la Cruz, Diputada por Madrid del Grupo Parlamentario Ciudadanos, y Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la Proposición no de Ley instando al Gobierno a modificar el artículo 36 de la ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades, en el que se regula la deducción por inversiones en
producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


El marco legal aplicable al sector cinematográfico y audiovisual tiene entre sus finalidades la de atraer nuevas fuentes de financiación al sector, otorgando ayudas y la posibilidad de acceder a los incentivos fiscales establecidos al efecto
en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


El preámbulo de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, señala que 'para un mejor aprovechamiento de los incentivos fiscales, se fomentará lo constitución y utilización de figuras jurídicas ya existentes, al objeto de que el sector
cinematográfico pueda beneficiarse del tratamiento fiscal que las mismas conllevan'. El objetivo descrito queda expresamente recogido en el artículo 21 de la citada ley, en el que se establece que, para un mejor aprovechamiento de los incentivos
fiscales previstos en la normativa tributaria, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes audiovisuales fomentará la constitución de Agrupaciones de Interés Económico y las inversiones de las entidades de capital riesgo en el sector
cinematográfico.


Por su parte, el Real Decreto 1084/2015, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007 de 28 de diciembre, del Cine, desarrolla el régimen de ayudas que pueda corresponder a las Agrupaciones de Interés Económico, estableciendo
de forma expresa, en su artículo 27, que dichas agrupaciones se considerarán productoras de una película cuando se incorporen como coproductoras a la misma, siempre que dicha incorporación se produzca con anterioridad a la finalización de los
procesos de producción.


Sin embargo, en la práctica, la regulación y aplicación efectiva de estos preceptos se deriva de la aplicación del artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades, en el que se regula la deducción por
inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.


En los últimos años, la discrecionalidad en la aplicación de estos criterios, derivada en parte de la existencia de criterios dispares referentes a la definición de productor en los distintos departamentos de las Administraciones Públicas,
ha generado situaciones de incertidumbre que han afectado y siguen afectando gravemente al flujo de inversiones en producciones audiovisuales, especialmente cinematográficas.


En este contexto, con el fin de otorgar seguridad jurídica a la intervención de las Agrupaciones de Interés Económico y otras productoras en el sector y con el objeto de eliminar cualquier atisbo de discrecionalidad subjetiva en su
interpretación, es primordial aclarar en dicha Ley de forma inequívoca que el concepto de productor, a los efectos de la aplicación de los incentivos fiscales regulados en el artículo 36.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, se refiere a
quienes sean titulares de los derechos de propiedad de la producción, así como a quienes se incorporen como coproductores a la realización de una película ya iniciada, siempre que dicha incorporación se produzca con anterioridad a la calificación de
la película, de conformidad con la normativa específica del sector contenida en la Ley del Cine y en su reglamento de desarrollo.


Además, es necesario aclarar que los certificados de nacionalidad a los que se refiere el apartado a) del artículo 36.1 pueden ser emitidos por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales o por el órgano correspondiente de
las comunidades autónomas con competencia en la materia.


Por otra parte, al contrario que en otros países de nuestro entorno, y muy en especial el Reino Unido o Francia, con pocas pero exitosas y honrosas excepciones, en España apenas se producen largometrajes, series de ficción u otros productos
audiovisuales de carácter histórico-cultural. Dada su importancia y la necesidad de promover estas producciones audiovisuales de contenido histórico, es preciso establecer un régimen especial que las contemple de forma específica estableciendo al
mismo tiempo todas las garantías



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necesarias respecto a su carácter de especial interés histórico-cultural que deberá ser certificada por los organismos correspondientes (el ICAA o el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma con competencia en la materia) así como por
el propio Ministerio de Hacienda. Este régimen especial deberá incorporarse no solo a esta ley sino al artículo 21 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.


Por último, aunque aspiramos a que los incentivos fiscales regulados en esta Ley alcancen cuanto antes los de países de nuestro entorno -Francia, Irlanda, Reino Unido-, entendemos que la situación económica haga de ello una reclamación
complicada. Sí nos parece evidente sin embargo, que las actuales circunstancias no sólo permiten sino aconsejan comenzar a caminar en esa dirección con una modificación responsable de las bases y límites aplicables para la aplicación de dichos
incentivos de forma que estos produzcan un impacto significativo en la industria y, por tanto aunque de forma indirecta, en los propios ingresos del Estado y en la generación de empleo en el sector. En este sentido, es necesario incorporar no solo
la regla general sino también las excepciones establecidas en la Directiva Cine de la Unión Europea.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el que se regula la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series
audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales, en los términos siguientes:


1. Enmienda al artículo 36.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades:


'Las inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental, que permitan la confección de un soporte físico previo o su producción industrial seriada darán
derecho al productor a una deducción:


a) Del 20 por ciento respecto del primer millón de base de la deducción.


b) Del 18 por ciento sobre el exceso de dicho importe.


La base de la deducción estará constituida por el coste total de la producción, así como por los gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor hasta el límite para ambos del 40 % del coste de
producción. Al menos el 50 por ciento de la base de la deducción deberá corresponderse con gastos realizados en territorio español.


El importe de esta deducción no podrá ser superior a 3 millones de euros.


A los efectos de la aplicación de la deducción regulada en este apartado, se considera productor aquel que se encuentre debidamente inscrito en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, incluidas las
Agrupaciones de Interés Económico, y sea titular de los derechos de propiedad de la producción en los términos establecidos en el artículo 24.2 de la Ley 55/ 2007, de 28 de diciembre, del Cine.


En el supuesto de una coproducción, incluyendo como coproductor a quien, cumpliendo los requisitos del párrafo anterior, se incorpore como coproductor a una obra ya iniciada, siempre que dicha incorporación se produzca con anterioridad a la
calificación de la película, los importes en este apartado se determinarán paro cada coproductor, en función de su respectivo porcentaje de participación en aquella. En el caso de incorporación a una obra ya iniciada, se considerarán costes de
producción, tanto los gastos realizados por quien se incorpora a la coproducción, como los realizados por el productor inicial.


Para la aplicación de la deducción establecida en este apartado, será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:


a) Que la producción obtenga el correspondiente certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el carácter cultural en relación con su contenido, su vinculación can la realidad cultural española o su contribución al
enriquecimiento de la diversidad cultural de las abras cinematográficos que se exhiben en España, emitidos por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, o por el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma con competencia en
la materia.


b) Que se deposite una copia nueva y en perfecta estado de la producción en la Filmoteca Española o la filmoteca oficialmente reconocida por la respectiva Comunidad Autónoma, en los términos establecidos en la normativa vigente.



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La deducción se practicará a partir del período impositivo en el que finalice la producción de la obra. No obstante, cuando la producción afecte a más de un período impositivo de la entidad, esta podrá optar por aplicar la deducción a
medida que se efectúen los pagos y por la cuantía de estos, con aplicación del régimen de deducción vigente a la fecha en que se inicie la misma.


La base de la deducción se minorará en el importe de las subvenciones recibidas para financiar las inversiones que generan derecho a deducción.


El importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar ordinariamente el 50 por ciento del coste de producción, excepto que se trate de una producción transfronteriza financiada
por más de un Estado miembro de la Unión Europea y en la que participen productores de más de un estado miembro de la unión europea, en cuyo caso no podrán superar el 60 % del coste de producción.


Lo establecido en el párrafo anterior no será de aplicación en las obras audiovisuales difíciles ni en las coproducciones en las que participen países de la lista del Comité de ayuda al desarrollo de la Organización para la cooperación y el
desarrollo Económico.


Excepcionalmente, las producciones audiovisuales que sean calificadas como de especial interés histórico-cultural por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (lCAA) o por el órgano correspondiente de la Comunidad
Autónoma con competencia en la materia, podrán recibir ayudas públicas de hasta el 90 % del coste reconocido.


En el supuesto de las producciones audiovisuales españolas calificadas como de especial interés histórico-cultural, las inversiones darán derecho al productor a una deducción de 20 puntos adicionales a los porcentajes reseñados en el punta
1, apartados a) y b). El importe de esta deducción no podrá ser superior a 9 millones de euros.


Para la aplicación de la deducción establecida en este apartado, será necesario que la producción obtenga el correspondiente certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el especial carácter histórico-cultural en relación con su
contenido, emitidos por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales o por el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma con competencia en la materia, previos informes favorables emitidos a tal fin por el ministerio
correspondiente y el ministerio de Hacienda.'


2. Enmienda al artículo 36.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades:


'Los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales
que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada tendrán derecho una deducción del 15 por ciento de los gastos realizadas en territorio español, siempre que los gastos realizados en territorio español sean,
al menos, de 200.000 euros.


La base de la deducción estará constituida por los siguientes gastos realizados en territorio español directamente relacionados con la producción:


1.º Los gastos de personal creativo y técnica, siempre que tenga residencia fiscal en España o en algún Estado miembro del Espacio Económico Europeo, con el límite de 100.000 euros por persona.


2.º Los gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores.


El importe de esta deducción no podrá ser superior a 20.000.000 de euros, por cada producción realizada.


La deducción prevista en este apartado queda excluida del límite a que se refiere el último párrafo del apartado 1 del artículo 39 de esta Ley. A efectos del cálculo de dicha límite no se computará esta deducción.


El importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 50 por ciento del coste de producción.''


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Marta María Rivera de la Cruz, Diputada.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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161/001549


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la conmemoración del IV
Centenario del nacimiento de Bartolomé Esteban Murillo, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


Bartolomé Esteban Murillo nació en Sevilla a finales del año 1617. Perteneció a la escuela sevillana, y fue uno de los últimos representantes del barroco español.


Con trece años ya trabajaba como pintor independiente en Sevilla y con 32 recibió su primer encargo importante: una serie de lienzos destinados al claustro de San Francisco el Grande. La serie se compone de trece cuadros que incluyen 'La
cocina de los ángeles', la obra más celebrada del conjunto por la minuciosidad y el realismo con que están tratados los objetos cotidianos.


Murillo aprendió con el pintor Juan del Castillo, pero también influirán en sus primeras obras maestros como Zurbarán y Alonso Cano.


Son memorables las series pintadas para el claustro chico del Convento de San Francisco (1645) o la serie que hizo para el hospital de la Caridad de Sevilla (1674). El arte de Murillo es un referente de primera categoría tanto en las series
referidas como en la riquísima y minuciosa serie de temas marianos, tales como la Sagrada Familia, la Virgen con el Niño, sus famosas y populares Inmaculadas, e incluso en los temas profanos y de retratos queda situado en primerísimo lugar de la
pintura española.


Murió el 3 de abril de 1682, en su casa del barrio de Santa Cruz cuando su nombre y su popularidad eran ya conocidos en España y Europa.


Murillo fue además un pintor de fama internacional debido a su influencia en la iconografía europea y americana, y a su presencia en las más prestigiosas pinacotecas del mundo.


Sin embargo, el éxito popular de su obra y la infinidad de copias y de reproducciones que existen de la misma, en algunas etapas del siglo pasado hicieron que su arte estuviera infravalorado, sin tener en cuenta sus verdaderas y altas
cualidades como el gran pintor que fue.


Con ocasión de tal efeméride, la ciudad de Sevilla ha programado exposiciones, conciertos, talleres, publicaciones, mejoras en infraestructuras culturales, itinerarios de Murillo por la ciudad, restauraciones de algunas de sus obras e
intervenciones plásticas de reconocidos o noveles artistas contemporáneos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a colaborar en los actos conmemorativos, las actividades didácticas y divulgativas y las muestras urbanísticas y bibliográficas que se lleven a cabo con ocasión del IV Centenario del nacimiento
de Bartolomé Esteban Murillo, por la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla junto con las instituciones públicas y privadas tanto con carácter nacional como internacional para la difusión de la obra y figura del pintor sevillano.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001550


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la declaración del Día de
las Lenguas Ibéricas, para su debate en la Comisión de Cultura.



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Exposición de motivos


El artículo 3.3 de la Constitución Española establece que la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección. Por tanto las diferentes lenguas
constituyen un patrimonio común que los poderes públicos deben proteger y conservar como legado a futuras generaciones.


La diversidad de lenguas y registros lingüísticos y culturales que hoy conocemos son el resultado de lenguas que se han incorporado a lo largo de la historia, fruto de la presencia de distintos pueblos (romanos, suevos, vándalos, alanos,
visigodos, árabes, judíos, etc) en la península ibérica y territorios insulares (Baleares, Canarias, Azores y Madeira).


Además de las lenguas oficiales reconocidas en los diferentes Estatutos de Autonomía, encontramos variantes valoradas y utilizadas en sus lugares de origen. Es el caso del asturiano, aragonés, fala o el silbo gomero, inscrito este último en
la Lista de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad y en Portugal el mirandés reconocido como lengua oficial en 1998.


A los escritores de finales del siglo XIX y buena parte del siglo XX se les debe el reconocimiento por su contribución en la protección y conservación de este patrimonio, mediante el acercamiento de autores gallegos, vascos, catalanes y
portugueses al ejercer entre ellos de traductores y divulgadores unos de otros.


Desde organismos internacionales como la UNESCO se ha propuesto la celebración de 'días internacionales' o 'días mundiales' con el objetivo de sensibilizar al público acerca de temas políticos, sociales, culturales y humanitarios
relacionados con los derechos del hombre.


De igual manera que diferentes Comunidades Autónomas con lengua cooficial tienen en su calendario fijado un día con tal finalidad: el día de las letras gallegas el 17 de mayo en Galicia, el 3 de diciembre el día del euskera en el País
Vasco, etc., o en Portugal el 5 de mayo el día internacional de la lengua portuguesa y la cultura lusófona, se propone impulsar la declaración conjunta del día de las Lenguas Ibéricas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar, previo acuerdo con el Gobierno de Portugal, la declaración conjunta del día de las lenguas ibéricas. A tal efecto, se contará con las cuatro Academias de las Lenguas de España
(Real Academia Española, Instituto Catalán de la Lengua, Real Academia Galega y Euskaltzindia) y la Academia de las Ciencias de Lisboa, con el objetivo de que dicha declaración sea instrumento para la difusión de las diferentes lenguas y sus
escritores como patrimonio cultural, social y lingüístico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión para el Estudio del Cambio Climático


161/001511


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas para mejorar la calidad del aire en
relación a la salud humana y protección de la agricultura y los ecosistemas, para su debate en la Comisión de Cambio Climático.


Exposición de motivos


El artículo 45 de la Constitución establece el derecho de todos 'a disfrutar de un medio ambiente adecuado' y la obligación de 'los poderes públicos a velar por la utilización racional de los recursos



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naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida.' Las CC.AA. tienen encomendada la competencia de la gestión en materia de protección del medio ambiente (148.1.9.ª) y el Estado tiene competencia exclusiva sobre Legislación
básica sobre protección del medio ambiente (149.1.23.ª).


Durante el año 2015 millones de personas respiraron aire contaminado en las ciudades de España. La gran mayoría de los ciudadanos estuvieron expuestos a contaminantes que en la mayoría de los casos superaron las recomendaciones de la OMS.


Entre las principales causas de la mala calidad del aire que respiramos destacan los medios de transporte, viviendas poco eficientes a nivel energético, la contaminación industrial y mala gestión de los residuos industriales y municipales.


El Cambio Climático y la mala calidad del aire asociada al mismo son una de las mayores amenazas para la salud humana y para el medio ambiente.


Los altos niveles de contaminación del aire en nuestras ciudades son responsables directos de los aumentos de mortalidad derivada de accidentes cerebrovasculares, cánceres de pulmón y neumopatías crónicas y agudas, entre ellas el asma. Es
también causante del aumento de alergias.


La contaminación causa al año 29.980 muertes prematuras en España, según los cálculos de la Agencia Europea del Medio Ambiente y genera gastos a la administración por valor de 32.000 millones de euros, el 2,8 % del PIB según datos de la OMS
y la OCDE, a causa de las pérdidas de horas de trabajo, costes sanitarios, etc.


La Directiva 2016/2284/UE fija la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos. Esta Directiva establece los compromisos de reducción a nivel nacional para los cinco contaminantes responsables de la
acidificación, la eutrofización y contaminación de ozono a nivel del suelo con claras consecuencias sobre la salud humana y el medio ambiente, las emisiones de: dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx), compuestos orgánicos volátiles no
metánicos (COVNM), amoniaco (NH3) y de partículas finas (PM 2,5).


El 80 % de la población de España habita en zonas urbanas donde se sobrepasan los niveles de calidad del aire: los contaminantes principales son las partículas en suspensión (PM10 y PM 2,5), el dióxido de nitrógeno (NO2), el ozono
troposférico (O3) y el dióxido de azufre (SO2).


Durante el año 2015 se han incrementado de manera notable las concentraciones de PM 10, PM 2,5, NO2, SO2 y ozono troposférico respecto a niveles de años anteriores.


El contaminante clásico NO2 y SO2 a pesar de la regulación al respecto, sigue afectando a una gran proporción de la población española en las ciudades, junto a las grandes termoeléctricas de carbón (Andalucía, Aragón, Asturias, León,
Galicia) o zonas industriales como el Valle de escombreras. Las áreas metropolitanas de Barcelona, A Coruña, Córdoba, Granada, Madrid, Murcia, Valencia han superado durante 2015 los límites que establece la normativa vigente.


Uno de los principales causantes del aumento de la contaminación atmosférica en las ciudades es el tráfico urbano, y el notable incremento de motores diésel que ha contribuido también al aumento de partículas y óxidos de nitrógeno.


En diciembre de 2016, la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra siete Estados miembros, incluido España, por haber incumplido sus obligaciones comunitarias en materia de homologación de vehículos en relación con el
fraude en las emisiones del grupo Volkswagen. España abrió un procedimiento informativo a la firma automovilística española Seat, propiedad del consorcio alemán Volkswagen que según informaciones periodísticas está paralizado.


La contaminación también afecta a la vegetación, base de los ecosistemas, provocando acidificación y eutrofización con el consiguiente perjuicio para la agricultura y nuestros suelos, reduciendo la productividad agrícola, aumento de plagas y
enfermedades, etc.


La Comisión Europea inicio en 2015 un procedimiento contra España por incumplimiento de la normativa sobre calidad del aire respecto de los niveles máximos de contaminación en Madrid, Barcelona y el área del Llobregat (Cataluña) El problema
viene por la acumulación de dióxido de nitrógeno (NO2) en el aire, gas que proviene mayoritariamente de la combustión de los vehículos.


En el caso de las partículas finas, las PM 2,5, por su tamaño son 100 % respirables, penetran en el aparato respiratorio y se depositan en los alveolos pulmonares. Son causantes del aumento de las enfermedades respiratorias y la disminución
del funcionamiento pulmonar. Niños y ancianos son grupos de riego. Por su tamaño son muy ligeras y permanecen más tiempo en el aire con lo que pueden ser transportadas por el viento a grandes distancias. Provienen en su mayoría de la combustión
de los automóviles, sobre todo los diésel.



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El dióxido de nitrógeno (NO2) también tiene como principal fuente de emisión los automóviles diésel y su inhalación afecta a los pulmones produciendo daños en el sistema inmunológico. Afecta especialmente a niños y asmáticos. En Madrid,
por ejemplo, el cruce de datos de calidad del aire con los de ingresos hospitalarios evidencia que durante los picos de polución se produce un aumento de los ingresos.


El ozono troposférico (O3) tiene un potente carácter oxidante y a elevadas concentraciones causa irritación en los ojos, superficies mucosas y pulmones. La AEMA destaca a Italia y España como los dos países europeos con mayores danos de la
contaminación por ozono sobre la agricultura, afectando en nuestro país según esta fuente a 121.651 kilómetros cuadrados, dos terceras partes de la superficie cultivada. Su presencia disminuye el crecimiento vegetal y la productividad de la planta.
Entre los cultivos más sensibles se pueden citar patata, tomate, cítricos, melones, cuya productividad, según sitios y años, baja con frecuencia entre un 5 y un 20 % por culpa del ozono, causando importantes pérdidas económicas.


La Agencia Internacional para la Investigación sobre el cáncer IARC sitúa la contaminación como cancerígeno en el Grupo 1. Existe una clara y documentada relación entre aire contaminado y cáncer de pulmón y vejiga.


A pesar de los progresos realizados para controlar emisiones nocivas, la Comisión Europea se cuestiona la conveniencia de seguir regulando niveles más estrictos de contaminantes, más cercanos a los recomendados por la Organización Mundial de
la Salud (OMS), cuando la normativa vigente se incumple frecuentemente en la mayoría de los Estados miembros, entre ellos España.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Multiplicar los esfuerzos necesarios, en coordinación con las Comunidades Autónomas y los Entes locales, para garantizar el cumplimiento de los niveles de calidad del aire establecidos en la Ley 34/2007 y el resto de normativa aplicable
en esta materia, incluido el Plan Nacional de Mejora de la Calidad del Aire.


2. Adoptar medidas especiales para una mayor protección de la infancia respecto a la contaminación atmosférica, como cumplir con los objetivos de la calidad del aire recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), más exigentes
que los de la Unión Europea, en entornos sensibles como escuelas.


3. Impulsar la conclusión del expediente sancionador a Seat por la homologación de motores trucados.


4. Fomentar la concienciación de la ciudadanía y mejorar la información disponible sobre calidad del aire y sobre hábitos que puedan contribuir a su mejora.


5. Adoptar las recomendaciones científico-técnicas del Plan Nacional de Mejora de la Calidad del Aire del CSIC, particularmente en de la contaminación de ozono y PM 2.5, adoptando los planes necesarios para garantizar que se cumplan los
valores límite, salvo cuando no pueda conseguirse mediante medidas que no conlleven costes desproporcionados.


6. Impulsar la movilidad sostenible que mejoren la calidad del aire y reduzcan emisiones que contribuyen al cambio climático.


7. Fomentar en coordinación con CC.AA. y EE.LL. mecanismos de cooperación en red para eliminar trabas y facilitar que los usuarios de sistemas públicos de transporte sostenible en un municipio, como bicicletas públicas o 'car pooling',
puedan acceder y usar los sistemas de transporte sostenible de cualquier otro municipio en España adscrito a la red, sin necesidad de prestar depósitos o garantías adicionales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-José Luis Martínez González, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001537


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, a iniciativa del Diputado Joan Ruiz i Carbonell, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley
para declarar oficialmente el 3 de mayo como Día de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, para su debate y aprobación en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El 13 de diciembre de 2006, hace ahora diez años, la comunidad internacional, a través de la Organización de Naciones Unidas (ONU), adoptó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el primer tratado de
derechos humanos del siglo XXI y que ha sido hasta el momento la respuesta más vigorosa dada a escala mundial a la patente y comprobada realidad de que las personas con discapacidad no pueden, ni en el mundo y ni en España, ejercer con normalidad
sus derechos humanos fundamentales.


España, por sí misma y en el marco de la Unión Europea, fue un Estado muy activo en el proceso previo de negociaciones que culminó con la aprobación de este texto jurídico internacional, y también lo fue en la firma y ratificación del
Tratado, siendo de los primeros países de la comunidad internacional en asumir este subsistema de legalidad internacional en materia de derechos humanos.


La plena vigencia de la Convención y su aplicación efectiva en los países que la han incorporado a su ordenamiento jurídico ha de ser una tarea permanente e incesante que pasa también por lo que se haga en lo relativo a la toma de
conciencia, es decir, sobre la necesaria actuación en la opinión pública, y en las mentalidades colectivas e individuales, mediante acciones afirmativas, para que la sociedad española asuma como cultura cívica el valor de intrínseco de las personas
con discapacidad y de esta como diversidad humana enriquecedora, el respeto a sus derechos y la contribución positiva que pueden y deben hacer a la mejora colectiva de la vida en comunidad.


En este sentido, la declaración oficial por parte del Gobierno de España del 3 de mayo de cada año como día de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, sería un prueba del compromiso
de España con los principios, valores y mandatos de este Tratado, y en particular, con el de darla a conocer y generar y extender una cultura activa de asunción y ejercicio práctico.


Se plantea esta fecha como conmemoración del 3 de mayo de 2008, que fue el día en que este tratado internacional de derechos humanos entró en vigor y comenzó a desplegar efectos jurídicos en los países y organismos internacionales que lo han
hecho suyo, como es el caso del España.


La declaración del 3 de mayo como Día de la Convención permitirá intensificar las labores de toma de conciencia acerca de los derechos humanos de las personas con discapacidad, a que obliga el propio tratado en su artículo 8.


Dedicar oficialmente una jornada a este instrumento jurídico internacional propiciará el impulso, la organización y celebración de iniciativas, actividades y todo tipo de eventos relacionados con los derechos de las personas con
discapacidad, con su aplicación y seguimiento, contribuyendo a generar toma de conciencia y cultura sobre esta realidad social y jurídica.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a declarar oficialmente, mediante acuerdo de Consejo de Ministros, el día 3 de mayo de cada año como Día de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, como acción destinada al conocimiento, la difusión y la toma de conciencia sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad en España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Joan Ruiz i Carbonell, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/001491


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de Antoni Postius i Terrado, diputado del Partit Demòcrata, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la Comisión de
Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, una Proposición no de Ley para instar al Ministerio de Fomento a la construcción de calzadas laterales en la autovía A-2 a su paso por el término municipal de Tàrrega (Lleida).


Exposición de motivos


El Ayuntamiento de Tàrrega (Lleida) ha reclamado al Estado la construcción de carriles laterales de la autovía A-2 en el término municipal de Tàrrega.


El Ayuntamiento de Tàrrega sostiene que la necesidad de construir estas calzadas laterales surge de los accidentes que se registran en esta vía, como el que tuvo lugar el pasado 24 noviembre de 2016. En aquella ocasión, el choque de un
camión contra uno de los viaductos de la A-2 obligó a cortar la circulación en la vía y a desviar el tráfico por el interior del núcleo urbano de Tàrrega, hecho que alteró el ritmo de la ciudad.


El accidente puso de manifiesto la necesidad de disponer de una calzada lateral en ambos sentidos de la circulación en base a motivos de movilidad y seguridad vial.


El consistorio de Tàrrega reclama que estos carriles alternativos de la A-2 discurran dentro del término municipal a lo largo de 5 kilómetros aproximadamente, entre los puntos kilométricos 505 y 510. Cabe recordar, que términos municipales
vecinos, como Anglesola o Fonolleres, sí disponen de estos carriles alternativos.


Por todo ello, los diputados y diputadas del Partit Demòcrata presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'Con el objetivo de ayudar a mejorar la seguridad vial, mejorar la movilidad y evitar el desvío del tráfico por el interior del núcleo urbano de Tàrrega, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la construcción de calzadas laterales
en la autovía A-2 a su paso por el término municipal de Tàrrega, entre los puntos kilométricos 505 y 510.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Antoni Postius Terrado, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/001492


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de Antoni Postius i Terrado, diputado del Partit Demòcrata, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la Comisión de
Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, una Proposición no de Ley para instar al Ministerio de Fomento a mejorar la seguridad vial de la N-230 a su paso por el Lleida y Huesca.


Exposición de motivos


Cerca de 40 representantes de ayuntamientos, consejos comarcales, cámaras de comercio y diputaciones de los territorios de Lleida y Huesca han rubricado un acuerdo unánime, sin precedentes, para reclamar de manera conjunta al Ministerio de
Fomento mayor seguridad en la N-230, así como también una mayor celeridad en las obras de la futura autovía A-14.


Denuncian que en nueve años únicamente se han ejecutado 19 kilómetros y recuerdan los más de 400 accidentes acumulados desde el año 2010. La denuncia, impulsada por las Diputaciones de Lleida y



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de Huesca, tendrá una comisión de seguimiento, mociones en las distintas instituciones firmantes de un manifiesto y una petición de reunión urgente con el ministro de Fomento.


Consideran imprescindible que mientras finalicen los proyectos y estudios informativos y ejecuten las obras correspondientes, el Gobierno destine los fondos necesarios para el incremento de las medidas de seguridad en la carretera actual,
especialmente en los tramos de mayor siniestralidad.


El objetivo es evitar accidentes con víctimas y situaciones como la del pasado 28 de noviembre, cuando el accidente de un camión que volcó a la altura de Sopeira obligó a cortar la carretera N-230 durante catorce horas. Una incidencia más
en una carretera que lleva años levantando quejas de los municipios afectados por su paso.


Precisamente para garantizar la seguridad de los ciudadanos del territorio, la Diputación de Lleida y de Huesca iniciaron hace meses conversaciones para constituir un frente común ante el Gobierno central que es la administración competente.


Al acuerdo se suman, además de las Diputaciones, los ayuntamientos leridanos afectados por esta carretera: Lleida, Rosselló, Alguaire, Almenar, El Pont de Suert, Vilaller, Bossost, la Cámara de Comercio de Lleida y el Gremio de Hostelería
de la Val d'Aran. También se suman, por parte de Huesca, las comarcas de la Ribagorza y La Litera, así como los municipios de Tolva, Arén, Bonansa, Montanuy, Sopeira, Benabarre, Viacamp y Litera, Camporrells, Baells, Baldellou y Castillonroy,
además de la Cámara de Comercio de Huesca.


La N-230 tiene una longitud total de 188 kilómetros entre Lleida y la frontera francesa y registra (según los datos oficiales del MFOM) una IMD (2014) a la altura del Pont de Suert de 4.628 vehículos/día, de los cuales el 12 % corresponden a
vehículos pesados (camiones o tráilers), es decir, 555 camiones/día.


Por todo ello, los diputados y diputadas del Partit Demòcrata presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno y al Ministerio de Fomento a:


1. Tomar medidas urgentes para mejorar la seguridad vial de la carretera N-230 entre Lleida y Huesca.


2. Atender las reivindicaciones del territorio leridano y de sus instituciones para aprovechar su situación geográfica y recursos económicos con el fin de potenciar sus capacidades logística y de paso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de febrero de 2017.-Antoni Postius Terrado, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/001509


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la mejora de la seguridad de la
carretera nacional 435 en su tramo entre Almendral y el principio de la variante de Barracota, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.


Exposición de motivos


Durante los últimos años son muchos los diferentes estudios, tanto de centros nacionales como el RACE, o la propia DGT y de algunos internacionales como el Programa Europeo de Evaluación del Riesgo en Carretera (EuroRap), que coinciden en
que varios de los tramos con mayor peligrosidad de toda la red de carreteras nacionales está focalizado en la nacional 435 que une Badajoz con Huelva, especialmente en los tramos que unen las localidades de Almendral y el principio de la variante de
Barracota.


El último informe EuroRAP 2016 que analiza el riesgo de las vías que forman la Red de Carreteras del Estado teniendo en cuenta la evaluación de los siniestros durante los tres últimos años (2013, 2014 y 2015), su gravedad y su relación con
las características de la vía ha vuelto a considerar que el tramo de riesgo más peligroso de la Red de Carreteras de España se encuentra en la N-435, entre los



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kilómetros 33,4 y 45,9 en la provincia de Badajoz, entre el principio de la zona urbana de Almendral y el principio de la variante de Barracota.


Según este Informe, en estos 12,5 kilómetros de longitud se ocasionaron cinco accidentes graves entre 2013 y 2015, con un resultado de tres fallecidos y cuatro heridos graves, y por tercer año consecutivo ha sido considerado en 2015 como un
tramo de 'Riesgo Alto', De los cinco accidentes mortales y graves, uno corresponde a un usuario de motocicleta y otro a un usuario de vehículo pesado.


Se trata de una carretera convencional, con un aforo en 2015 en función de las diferentes estaciones medidoras en este tramo de 2922 vehículos en Almendral, de 1792 en Barcarrota, de 1761 entre Barcarrota y Jerez y de 2114 vehículos en la
estación de Jerez de los Caballeros.


Durante los últimos años se han acometido mejoras en la vía como son las variantes para no tener que atravesar algunas de las poblaciones que atravesaba anteriormente, así como el establecimiento de más de 40 kilómetros de tramo de
intensificación de vigilancia de la velocidad.


Asimismo se han reforzado las marcas viales y las protecciones laterales, adaptando en muchos tramos protecciones especiales para motoristas, ya que son muchos los motoristas que al transitan por esta vía a diario y sobre todo los fines de
semana.


Todo esto no ha derivado en poder mejorar la calificación de 'Alto Riesgo' de estos tramos específicos de la N435, y se impone la necesidad de realizar un análisis más profundo de esas causas y elaborar un mapa de soluciones a aplicar en
estos tramos y por ende en otros similares en otras vías de otras zonas, dado que es una carretera convencional con problemas convencionales y cuyas soluciones sin duda pueden ser exportables a vías en otras zonas.


Por ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a analizar las posibles mejoras de seguridad en la carretera nacional 435 entre el principio de la zona urbana de Almendral y el principio de la variante de Barracota con el objeto de reducir
el riesgo y la alta tasa de siniestralidad de la vía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001510


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para mejorar la señalización de las
carreteras de titularidad estatal, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.


Exposición de motivos


La importante red viaria de España en sus distintas modalidades significa un activo de gran valor para el desarrollo de nuestro país y para la seguridad del tráfico.


La facilidad de acceder a las distintas partes de la geografía de España por tráfico rodado constituye un factor muy positivo para el crecimiento de la economía, para el tráfico extranjero por nuestro país, sean viajeros o mercancías, y,
desde luego, para la cohesión territorial de España.


Esta positiva realidad es producto de una acertada política de infraestructuras que da lugar a una red moderna con garantía de seguridad vial, asunto de interés general dado que todos los ciudadanos son potenciales usuarios de la red viaria.


En estas circunstancias, por las características de tráficos trazados, la señalización en las diversas carreteras es factor determinante para garantizar el correcto uso de las mismas con la máxima seguridad.



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Por todo ello, y ante la necesidad de continuar mejorando la eficiencia y la seguridad de tan importantes activos, se formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados entiende necesario se continúe el desarrollo de cuantas acciones sean oportunas para la mejora de la señalización en las carreteras de titularidad estatal y para ello se habrá de:


- Recoger información de los defectos de señalización que puedan existir en la red de carreteras del estado y evaluar si el defecto corresponde a localización de la señal, tamaño del mensaje o contenido del mismo.


- Proceder, en el ámbito de las acciones de conservación, a la corrección de los defectos de señalización advertidos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001525


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre Protección de los derechos de la infancia al
esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida cultural y las artes, para su debate en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


El artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), ratificada por España en 1990, establece que 'los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas
propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes'.


Pero el Comité de los Derechos del Niño, el órgano que supervisa su aplicación por parte de los Estados Partes, ha mostrado en reiteradas ocasiones su preocupación por el escaso reconocimiento que los Estados otorgan a los derechos
contenidos en el artículo 31. Un limitado reconocimiento que se traduce 'en la ausencia de inversiones en disposiciones adecuadas, una legislación protectora débil o inexistente y la invisibilidad de los niños en la planificación a nivel nacional y
local'. Y además, muestra su particular preocupación por algunas categorías como las niñas, los niños y niñas pobres, con discapacidad o que forman parte de una minoría, porqué parten de unas condiciones de desigualdad.


Es necesario que los Estados y las Administraciones Públicas, a todos los niveles, aumenten la visibilidad, fa conciencia y la comprensión de la importancia central de los derechos del artículo 31, cómo el derecho al esparcimiento, el juego,
las actividades recreativas y a la vida cultural y las artes, para asegurar así su disfrute efectivo en el desarrollo de la infancia.


En España el último informe público es de mayo del 2016 (V y VI Informe de Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño de NN.UU. y sus Protocolos Facultativos en España) y, aunque existe en el índice un capítulo destinado a
analizar las medidas en 'Educación, esparcimiento y actividades culturales' la realidad es que tan solo se hace referencia y se actúa en materia de educación, olvidando por completo los derechos de esparcimiento y actividad cultural, que no son
analizados ni se aporta información al respecto.


Estos derechos son realmente imprescindibles e importantes para el bienestar y el desarrollo en la infancia. Arte y cultura ayudan a los niños y las niñas, por ejemplo, a desarrollar la creatividad, ampliar sus



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conocimientos y mejorar la sociabilidad, completando su formación educativa, reforzando el sentido de pertenencia y promoviendo la comprensión y valoración de la diversidad.


Además, el juego y la recreación son esenciales para su salud y bienestar, y promueven también el desarrollo de la creatividad, la imaginación y la propia confianza.


No se debe obviar que las actividades lúdicas y culturales de la infancia generan una 'cultura de la infancia' que abarca un espectro amplio de actividades. Una cultura que reproducen, transforman, crean y transmiten a través de su propio
juego imaginativo, canciones, bailes, cuentos, dibujos, teatro callejero, marionetas, etc. Como sociedad debemos saber valorar y proteger esta cultura y reconocer sus múltiples beneficios.


En referencia al derecho a la cultura, en España existe oferta cultural dirigida a la infancia (obras de teatro, actividades en museos, etc.) pero solo al alcance de aquellos entornos familiares y sociales que pueden pagarla. Algunas
economías familiares, en una situación cómo la actual dónde resulta difícil cubrir los gastos básicos (o imposible) por una gran parte de la ciudadanía, se acaban anteponiendo partidas como la alimentación, los servicios básicos o la compra de
material escolar a la entrada para visitar un museo o ver una obra de teatro. Y así, no existe en la vida de una gran parte de nuestros niños y niñas espacio para la cultura y el arte.


Save the children apuntaba en el informe sobre pobreza educativa 'Iluminando el futuro. Invertir en educación es luchar contra la pobreza infantil' que, además, está situación tiene una relación directa con la falta de oportunidades en un
futuro puesto que las actividades culturales y artísticas son una parte esencial de su formación. Un informe que nos deja además un dato escalofriante: sólo el 29% de las familias con niñas y niños han gastado al menos un euro en cine, teatro y
otros espectáculos en el año 2013. Un porcentaje que sólo asciende al 4,2 % si hablamos de museos, bibliotecas, jardines botánicos o similares. La explicación parece fácil. En un país donde uno de cada tres niños vive en situación de pobreza o
exclusión social las familias no pueden hacer frente a estos gastos.


Pero nuestra infancia sólo podrá ejercer sus derechos si existen los marcos legislativos, normativos, presupuestarios, ambientales y de servicios necesarios, las oportunidades apropiadas y condiciones de igualdad para hacerlo. Por ello,
además, se debe prestar una atención particular a colectivos como las niñas, los niños y niñas que viven en la pobreza, los niños y niñas con discapacidad, los y las internadas en instituciones o los de comunidades minoritarias.


Es por lo tanto necesario reflexionar sobre cómo los responsables públicos pueden romper con la desigualdad y participar en la construcción de un presente y un futuro mejor para la infancia, garantizando su derecho al esparcimiento, el
juego, las actividades recreativas, la vida cultural y las artes.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Tomar las medidas oportunas para poner plenamente en práctica el artículo 31 de la Convención de los Derechos del Niño en referencia al derecho de la infancia al esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida cultural y
las artes y cumplir con las obligaciones de respeto, protección y cumplimiento que se establecen.


2. Aumentar la visibilidad, conciencia y comprensión, a través de las medidas y estrategias que sean necesarias, de los derechos establecidos en el artículo 31 de la Convención de los Derechos del Niño y de su importancia para el bienestar
de la infancia.


3. Promover la responsabilidad del sector privado, así como de las personas que trabajan con la infancia, incluidos los padres y madres, para asegurar el respeto y reforzar la aplicación de los derechos del artículo 31 de la Convención de
los Derechos del Niño.


4. Poner en marcha las medidas necesarias con la participación y contribución de la infancia, permitiéndoles ejercer su derecho a expresar su opinión en todos los asuntos que les afectan y a tomar sus propias decisiones, prestando el apoyo
adecuado para que puedan expresar sus pareceres cuando sea necesario.



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5. Tener en cuenta el interés superior de la infancia en todas las medidas legislativas, de política y presupuestarias, así como las medidas relacionadas con el entorno o la prestación de servicios, que tengan probabilidades de repercutir
en los derechos establecidos en el artículo 31.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-María del Mar García Puig, Diputada.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Hacienda y Función Pública


181/000142


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


¿Tiene previsto el Gobierno devolver, de oficio y, con carácter general, todas las cantidades abonadas por emigrantes retornados en concepto de intereses de demora, recargos y multas por no haber pagado las cuotas de IRPF correspondientes a
sus pensiones extranjeras percibidas entre los años 2008 y 2012, en base al procedimiento de regularización iniciado en 2012 y del que no se ha informado adecuadamente a las personas afectadas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


181/000143


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


¿Tiene previsto el Gobierno interpretar el artículo 19.2 del Convenio entre la República Federal de Alemania y el Estado Español para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal de 5 de diciembre de 1966, conforme al sentido
propio de sus palabras, de tal forma que se consideren exentas en España las pensiones pagadas por o con cargó a fondos públicos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.



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181/000144


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


¿Tiene previsto el Gobierno iniciar los trámites legislativos necesarios para el establecimiento de un régimen de IRPF que detalle de forma explícita y clara las obligaciones fiscales de los emigrantes españoles retornados a España en
relación con las pensiones extranjeras que reciben de los países en los que han trabajado, evitando, en todo caso, la doble imposición?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


181/000153


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión


Diputado don Francisco de la Torre Díaz


Dirigida al Secretario de Estado de Hacienda


Texto:


¿Cuántos expedientes pendientes de resolución acumulan a día de hoy los Tribunales Económico-Administrativos y cuál es el importe de la deuda reclamada que representan?


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.


181/000154


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión


Diputado don Francisco de la Torre Díaz


Dirigida al Secretario de Estado de Hacienda


Texto:


¿Qué importe espera cobrar el Gobierno del total de la deuda tributaria pendiente de cobro y qué medidas está tomando el Gobierno para poder cobrar el máximo de la deuda tributaria pendiente?


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.


181/000155


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión


Diputado don Francisco de la Torre Díaz


Dirigida al Secretario de Estado de Hacienda



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Texto:


¿Qué importes de intereses de demora liquidados, y cuál es el pago total de reembolso del coste de los avales que ha satisfecho la Administración en los últimos cuatro años a raíz de los expedientes resueltos a favor del contribuyente en los
Tribunales Económico Administrativos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.


181/000156


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión


Diputado don Francisco de la Torre Díaz


Dirigida al Secretario de Estado de Hacienda


Texto:


¿Qué número de reclamaciones hay pendientes en los Tribunales Económico-Administrativos con más de tres años y diez meses y qué importe estima el Gobierno que se perderá por prescripción en 2017 por el transcurso de los cuatro años
preceptivos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2017.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.


Comisión de Fomento


181/000120


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Incluirán los próximos Presupuestos Generales del Estado una asignación presupuestaria finalista, destinada a la finalización de las obras de la carretera Agaete-La Aldea de San Nicolás para dar solución a la situación de aislamiento de su
población por culpa de los daños que la carretera sufre durante gran parte del año?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000121


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné



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Texto:


¿Dará el Gobierno cumplimento a la exigencia del tejido económico, asociativo e institucional de las comarcas de Lleida y de Tarragona y liberará el peaje de la autopista AP-2 entre Montblanc y Lleida para frenar de forma inmediata la
elevada siniestralidad de la N-240?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000122


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Existe algún motivo más, aparte de la falta de voluntad política del Gobierno, para que las obras de la carretera de La Aldea iniciadas en 2009 finalicen, en principio, en junio de 2017, sin completar gran parte de las zonas peligrosas, que
seguirán siéndolo los próximos años?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000123


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Cree el Gobierno que una nueva autovía totalmente innecesaria, con el consecuente impacto ambiental, económico y social, para el tramo entre Montblanc (Tarragona) y Lleida cuando existe una autopista AP-2 que transcurre en paralelo, es una
solución óptima para acabar con la siniestralidad de la N-240?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000124


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné



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Texto:


¿Piensa el Gobierno mejorar el mantenimiento y la inversión en el servicio y las infraestructuras ferroviarias en Catalunya, especialmente en cercanías y regionales?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000125


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Cómo valora el Gobierno que las múltiples encuestas de calidad del servicio de Renfe siempre tengan malas puntuaciones en Catalunya y la caída de un 13 % de los usuarios en 'Rodalies' entre los años 2006 y 2012, mientras el metro y los
ferrocarriles aumentaban hasta un 20 %?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000127


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Existe intención y planificación para completar el Plan Rodalies Barcelona 2008-2015, aprobado por Consejo de Ministros en febrero de 2009 con una previsión de inversión de 4.000 MEUR?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000128


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Piensa el Gobierno poner soluciones a las reivindicaciones históricas de soterramiento de las vías de Renfe al paso por ciudades como Montcada i Reixac o Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) para acabar con los múltiples atropellos de los
últimos años y cumplir así con sus compromisos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.



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181/000129


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Aparecerán en los próximos Presupuestos Generales del Estado los proyectos relativos al soterramiento de las vías en Montcada i Reixac y Sant Feliu de Llobregat (Barcelona)?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000130


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


En el proyecto de soterramiento de las vías de Renfe a su paso por Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), ¿piensa el Gobierno cumplir con la propuesta original de soterramiento del proyecto constructivo de 2010, y no el tramo inferior
anunciado por parte del Ministerio en mayo de 2016, como así han reclamado el Ayuntamiento y la Generalitat de Catalunya?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.


181/000137


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Félix Alonso Cantorné


Texto:


¿Tiene previsto el Gobierno generar el diálogo y colaborar con el Govern Balear en la gestión de los aeropuertos de Baleares?


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.



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181/000148


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Celso Luis Delgado Arce


Texto:


¿Qué valoración hace el Gobierno de los servicios ferroviarios prestados por Renfe en el corredor ferroviario Eje atlántico entre A Coruña y Vigo?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Celso Luis Delgado Arce, Diputado.


181/000149


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Celso Luis Delgado Arce


Texto:


¿Qué valoración hace el Gobierno de los servicios ferroviarios Avant prestados por Renfe en el corredor ferroviario Ourense-Santiago-A Coruña?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Celso Luis Delgado Arce, Diputado.


181/000150


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Celso Luis Delgado Arce


Texto:


¿Qué valoración hace el Gobierno del primer año de funcionamiento del Plan Galicia de Renfe en las comunicaciones ferroviarias de larga distancia entre Galicia y Madrid?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Celso Luis Delgado Arce, Diputado.


181/000151


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Celso Luis Delgado Arce


Texto:


¿Cuál es a fecha de respuesta el estado de ejecución de las obras de LAV de acceso a Galicia, en los tramos comprendidos entre Zamora y Ourense?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Celso Luis Delgado Arce, Diputado.



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181/000152


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Celso Luis Delgado Arce


Texto:


¿Cuál es la situación de los proyectos de carreteras que tiene en marcha el Ministerio de Fomento en la provincia de Ourense?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Celso Luis Delgado Arce, Diputado.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


181/000140


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


¿Tiene previsto el Gobierno modificar el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprobaba el texto refundido de la Ley de Empleo, en el sentido de suprimir su artículo 33.5, que establece que las agencias de
colocación podrán ser consideradas entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo y demás preceptos concordantes con él, toda vez que se demostró el fracaso de este plan de colaboración público-privada?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


181/000141


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


¿Tiene previsto el Gobierno modificar la normativa existente para que se reconozcan, de oficio, las incapacidades aprobadas en el país de origen, de los emigrantes españoles retornados?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


181/000145


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.



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¿Cómo valora el Gobierno que las partidas presupuestarias destinadas a la formación profesional para el empleo en las cuentas de 2016, y gestionados por el SEPE, no se hayan ejecutado, y por lo tanto gastado en aumentar las habilidades y
competencias de los trabajadores y trabajadoras a través de una formación de calidad que ellos mismos están financiando con las cotizaciones a la Seguridad Social?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


181/000146


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


¿Tiene previsto el Gobierno restablecer por desempleo para mayores de 52 años en las condiciones previamente existentes a las reformas de 2012 y 2013, con los requisitos establecidos en el Real Decreto 200/2006, de 17 de febrero, por el que
se modifica el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla lo Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


181/000147


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada Yolanda Díaz Pérez, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su
respuesta en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


¿A qué se debe que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no haya ejecutado los presupuestos establecidos en las cuentas de 2016, y destinados para las personas sin empleo y sin cobertura por desempleo, después de anunciar un superávit
de 2.263 millones de euros?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/008182


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).


Tundidor Moreno, Victoria Begoña (GS).


Reformulación de su pregunta motivo por el que el Gobierno no considera la montura de las gafas como material sanitario.



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Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los
Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Heredia Díaz y doña Begoña Tundidor Moreno, diputados por Málaga, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso
de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.


¿Cuál es el motivo por el que el Gobierno no considera la montura de las gafas graduadas como material sanitario?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz y Victoria Begoña Tundidor Moreno, Diputados.


184/009669


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Peña Camarero, Esther (GS).


Comunicación por Adif al Ayuntamiento de Briviesca de la existencia de la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de dicha localidad.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección contenida en el escrito número de registro 23593, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales, comunicando este acuerdo a la Sra. Diputada autora de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Esther Peña Camarero, Diputada por Burgos, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la
siguiente pregunta para que le sea contestada por escrito.



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¿Ha comunicado Adif aI Ayuntamiento de Briviesca la existencia de la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de Briviesca? ¿En qué fecha se realizará?


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2017.-Esther Peña Camarero, Diputada.


184/009670


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Peña Camarero, Esther (GS).


Comunicación por Adif al Ayuntamiento de Briviesca de la paralización temporal de la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de dicha localidad.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección contenida en el escrito número de registro 23593, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales, comunicando este acuerdo a la Sra. Diputada autora de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Esther Peña Camarero, Diputada por Burgos, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la
siguiente pregunta para que le sea contestada por escrito.


¿Ha comunicado Adif al Ayuntamiento de Briviesca la paralización temporal de la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de Briviesca?¿En qué fecha?


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2017.-Esther Peña Camarero, Diputada.


184/009671


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Peña Camarero, Esther (GS).


Comunicación por Adif al Ayuntamiento de Briviesca de que se descarta la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de dicha localidad.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección contenida en el escrito número de registro 23593, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales, comunicando este acuerdo a la Sra. Diputada autora de la iniciativa.



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En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Esther Peña Camarero, Diputada por Burgos, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la
siguiente pregunta para que le sea contestada por escrito.


¿Ha comunicado Adif al Ayuntamiento de Briviesca que se descarta la orden en la que se eliminan funciones comerciales en la estación de tren de Briviesca? ¿Con qué fecha?


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2017.-Esther Peña Camarero, Diputada.


184/009693


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Capdevila i Esteve, Joan (GER).


Previsiones acerca de acometer la transposición de la Directiva 2014/104/UE sobre acciones por daños derivados de infracciones al derecho de la competencia simultáneamente con la normativa de modificación de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en castellano en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Diputado don Joan Capdevila i Esteve del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al Gobierno español la siguiente pregunta, solicitando su
respuesta por escrito.


¿Tiene el Gobierno intención de acometer la transposición de la Directiva 2014/104/UE sobre acciones por daños derivados de infracciones al derecho de la competencia simultáneamente con la normativa de modificación de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia?


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2017.-Joan Capdevila i Esteve, Diputado.



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184/009785


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Candela Serna, Ignasi (GMx).


Baldoví Roda, Joan (GMx).


Denuncia de un padre a las puertas de un colegio de Benidorm por dirigirse a dos policías nacionales en valenciano, así como medidas para que no se vulneren los derechos lingüísticos.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección contenida en el escrito registrado con el número 22899, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los diputados don lgnasi Candela Serna y don Joan Baldoví Roda (Compromís) presentan, al amparo del artículo 185 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente pregunta al Gobierno, solicitando su respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Ha publicado hoy el diario 'Información' que el pasado martes fue denunciado un padre a las puertas de un colegio de Benidorm por dirigirse a dos policías nacionales en valenciano.


Según la versión del denunciado, recogida por este diario, al dirigirse a los policías -que se acercaron a su coche en la puerta del colegio- en valenciano, los agentes le hicieron bajar del coche y le cachearon en presencia de todos los
niños y padres que estaban presentes, con todo lo que ello supone.


El artículo 3.2 de la Constitución Española reconoce la oficialidad 'en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos' de 'las demás lenguas españolas'.


El artículo 6 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, en su apartado 1, reconoce al valenciano como la lengua propia de la Comunitat Valenciana. Y el apartado 2 del mencionado artículo reconoce la oficialidad del valenciano en
la Comunitat Valenciana y consagra el derecho de todos los ciudadanos a conocerlo y usarlo.


Por todo lo expuesto, don lgnasi Candela Serna y don Joan Baldoví Roda, diputados del Grupo Mixto, en nombre de los diputados y diputadas de Compromís formula al Gobierno la siguiente pregunta, solicitando su respuesta por escrito:


¿Es consciente el Gobierno del incidente que se produjo el pasado martes?


¿Qué opinión le merece al Gobierno que se vulneren los derechos lingüísticos consagrados en el artículo 3 de la Constitución Española y desarrollado en la Comunidad Valenciana por el artículo 6 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat
Valenciana?


¿Qué medidas piensa tomar el Gobierno, en el ámbito de sus competencias, para que no se vulneren los derechos lingüísticos consagrados en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía?


¿Va a investigar el Ministerio del Interior este percance?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-lgnasi Candela Serna y Joan Baldoví Roda, Diputados.



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184/009799


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Candela Serna, Ignasi (GMx).


Valoración de la aplicación por los bancos del método 365/360 que implica la imposición de unos tipos de interés mayores a los acordados en los créditos y préstamos.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección de error contenida en su escrito registrado con el número 22917, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de
las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de marzo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El diputado don Ignasi Candela Serna (Compromís), presenta, al amparo del artículo 185 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente pregunta al Gobierno, solicitando su respuesta por escrito.


Exposición de motivos


A raíz de la noticia aparecida en el diario 'Infolibre', relativa al redondeo al alza de los tipos de interés aplicables a créditos, préstamos, etc., hemos conocido la apertura de un nuevo frente judicial a la banca. En este sentido, la
propia noticia detalla en qué consistía el redondeo al alza de los tipos de interés. Este método, viene explicado por utilizar el año comercial y no el año natural en el cálculo de los tipos de interés a aplicar a los deudores o los poseedores de
activos financieros. El conocido método 365/360.


Por tanto, el resultado de esta operación es la aplicación de unos tipos de interés mayores a los acordados y, por ende, constituye, como mínimo, un abuso más a los deudores y a los poseedores de activos financieros.


Además, existen diversas sentencias que certifican que el método 365/360 es un método abusivo. Por ejemplo, la Audiencia de Jaén, declaró en abril de 2014 nula esta fórmula aritmética, obligando a CajaSur a devolver lo cobrado de más desde
1999. O, también, la Audiencia de Pontevedra declaró este método 'perjudicial' para el consumidor en mayo de 2016 a raíz de un préstamo de 2007 vinculado al Banco Popular.


Por todo lo expuesto, don Ignasi Candela Serna, diputado del Grupo Mixto, en nombre de los diputados y diputadas de Compromís formula al Gobierno la siguiente pregunta, solicitando su respuesta por escrito:


¿Es consciente el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad de esta práctica?


¿En caso afirmativo, qué opinión le merecen estos métodos?


¿Tiene conocimiento el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad del alcance en número de afectados de este abuso?


¿Tiene previsto el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad alguna medida al respecto?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2017.-Ignasi Candela Serna, Diputado.