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Documentos Legislatura 1971 - 1977

LA LEY PARA LA REFORMA POLÍTICA: UN PUENTE HACIA LA DEMOCRACIA

Los años 1976 y 1977 representan en España un bienio clave para la transición de la dictadura a la democracia.

Las elecciones de junio de 1977 supusieron el primer paso visible de un régimen democrático, pero a ese momento le precede un difícil e intenso proceso en el que la aprobación de la Ley para la Reforma Política sería crucial.

Tras la muerte de Franco el marco jurídico vigente seguía siendo el de las Leyes Fundamentales y en ese marco pretendían seguir legitimándose las instituciones franquistas. Desde dentro del aparato se van perfilando dos corrientes: la continuista y la reformista, si bien la idea de cambio empieza a abrirse paso como un futuro insoslayable. Ya en el Pleno de 28 de enero de 1976, el propio presidente del Gobierno, Arias Navarro, en una comparecencia ante las Cortes, dice que “no es bueno sellar con el silencio los umbrales de una nueva etapa, que como la presente, marca el tránsito entre dos tiempos claramente diferenciados, distintos pero no distantes”.

Así, en los en los primeros meses de 1976, representados por el Gobierno Arias, se llevan a cabo una serie de tímidas reformas que más bien parecen querer apuntalar los viejos pilares. Pese a la aprobación de leyes como la del Derecho de Reunión o la del Derecho de Asociación Política, cada vez se hacía más necesario dar el paso que tendiera un puente más sólido hacia la democracia.

Un proyecto para la Reforma Política

Partiendo del marco jurídico existente, representado por las siete leyes fundamentales del régimen franquista, Fernández-Miranda, presidente de las Cortes, presenta al Gobierno de Suarez un texto breve y preciso a modo de nueva Ley Fundamental.

El 10 de septiembre Suárez lo presenta ante el Consejo de Ministros que da su aprobación nombrándose enseguida una reducida comisión encargada de perfilarlo. Ese mismo día el presidente comparece ante Televisión Española para explicar el contenido y alcance del proyecto. Y lo presenta como un “proyecto sencillo y realista” cuya pretensión es “dar la palabra al pueblo español”.

Según lo preceptuado en la Ley Orgánica del Estado, antes de su envío a las Cortes, se requiere el Informe previo del Consejo Nacional del Movimiento, al tratarse de una reforma que afecta a las leyes Fundamentales.

Informe del Consejo Nacional del Movimiento

Entre finales de septiembre y los primeros días de octubre el Consejo Nacional debatió el texto del Gobierno al que se presentaron numerosas enmiendas y observaciones generales.

Si bien este informe no tenía carácter vinculante, tanto su contenido como las discusiones que precedieron a su aprobación, tenían un alto significado político en cuanto a la posición mantenida por las instituciones respecto a las corrientes continuistas o reformistas.

Las sesiones trascurrieron en un ambiente crítico y tenso, especialmente en el Pleno del día 8 de octubre, cuando las palabras de Suarez, en defensa del Proyecto, fueron seguidas de un significativo silencio por parte de muchos de los miembros del Consejo. El Informe, aprobado por ochenta votos a favor, trece en contra y seis abstenciones, consideraba que el Proyecto debía insertarse “dentro de un proceso de desarrollo político que iniciado el 18 de julio, va institucionalizando el poder político”, intentando así hacer compatibles las reformas con el orden franquista.

Tramitación del Proyecto

Con fecha 19 de octubre de 1976 se recibe en las Cortes Españolas por parte de Presidencia del Gobierno un Proyecto de Ley, que se tramitará por el procedimiento de urgencia.

El procedimiento de urgencia en la tramitación de los proyectos de ley será un cauce eficaz utilizado por Torcuato Fernández-Miranda para enfrentar posibles maniobras dilatorias por parte del sector más continuista. La medida desató una gran polémica a favor y en contra siendo bautizada por algunos sectores de la prensa como el “torcuatazo”.

Regulado ya en abril, este procedimiento se utilizó para la tramitación de proyectos de ley como el de Derecho de Reunión o el de Asociación, pero en octubre, con miras a la tramitación del Proyecto de Ley para la Reforma Política, se dicta una disposición de la Presidencia de las Cortes incorporando algunas modificaciones que facilitaban la aprobación del Proyecto, centrando aún más el debate en el Pleno de la Cámara.

En el BOCE nº 1532, de 21 de octubre de 1976, se publica el “Texto regulador del procedimiento de urgencia” incorporando modificaciones posteriores a la disposición de abril. En la misma publicación se encuentran el Proyecto de ley para la Reforma Política y el Informe del Consejo Nacional del Movimiento.

El Proyecto consta de cinco artículos, tres disposiciones transitorias y una disposición final. Del texto que llega al congreso se ha suprimido el título preliminar y la disposición derogatoria. Enviado a la Comisión de Leyes Fundamentales y Presidencia del Gobierno, se abre un plazo de diez días para la presentación de enmiendas y observaciones generales.

Se presentaron tres enmiendas a la totalidad, entre ellas la encabezada por el procurador Blas Piñar que solicitaba la devolución del proyecto al considerarlo contrario a la Ley de Principios del Movimiento Nacional.

La elección de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley era un paso importante para que prosperara el texto del Gobierno. Esta elección se rigió por criterios de representatividad entre los distintos sectores de la Cámara. El Informe emitido fue bastante favorable al texto del Gobierno, introduciendo solo algunas modificaciones que no llegaban a alterar su intención reformista.

Debate y aprobación del Proyecto en el Pleno de unas Cortes Orgánicas

El BOCE nº 1538, de 12 de noviembre de 1976, publicaba la convocatoria de la sesión plenaria para el martes 16 a las cinco de la tarde y detallaba el procedimiento a seguir para que aquellos procuradores que no hubieran presentado observaciones o enmiendas al texto del proyecto pudieran intervenir en el Pleno en caso de discrepar con las modificaciones introducidas en el Informe de la Ponencia.

Este Informe fue debatido durante los días 16, 17 y 18 de noviembre, dedicándose el primer día al debate de las tres enmiendas a la totalidad. El procurador Miguel Primo de Rivera y Urquijo fue el encargado de presentar y defender el dictamen elaborado por la Ponencia. Entre las dificultades sufridas en la elaboración de dicho dictamen, el orador destacó la postura de algunos miembros de la clase política “al no querer comprender que lo que se pretende es hacer una nueva Constitución basada en la legalidad de la Constitución vigente”.

Tras su intervención tomaron la palabra los procuradores enmendantes destacando por su dureza el discurso de Blas Piñar quien denunció el carácter de ruptura del proyecto aludiendo a la tradición española y a las bondades de la democracia orgánica.

El segundo día intervinieron los procuradores que habían presentado enmiendas parciales u observaciones, siendo la intervención de Martínez Esteruelas la que supuso mayor riesgo para la aprobación del Proyecto al plantear una cuestión procedimental: votar en primer lugar, una a una las enmiendas y después el texto resultante, en lugar de una votación globalizada como pretendía Fernández-Miranda.

El tercer día, tras las palabras del ministro de Justicia, Landelino Lavilla Alsina, exhortando a los procuradores a votar a favor de la reforma, se llegó por fin a la votación nominal resultando 425 votos afirmativos, 59 negativos y 13 abstenciones. El gesto de alivio del presidente Suárez, recogido por las cámaras de televisión, iba a representar una imagen emblemática en la historia de la transición a la democracia.

Exposición 40 aniversario de las Elecciones de 1955, Habla, pueblo, Habla, Congreso de los Diputados, 2017   http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/expo_habla_pueblo_hablaExposición 40 aniversario de las Elecciones de 1977, Habla, pueblo, Habla, Congreso de los Diputados, 2017
 
 

El Real Decreto 2635/1976, de 24 de noviembre, disponía en su artículo primero someter a Referéndum de la Nación el Proyecto de Ley para la Reforma Política, señalando su rango fundamental.

El Real Decreto establecía también la fecha de celebración: 15 de diciembre de 1976, así como la pregunta en la que se basaría la consulta: ¿Aprueba el Proyecto de Ley para la Reforma Política?

Refrendada con una amplia mayoría de votos afirmativos la Ley fue firmada por S.M. el Rey Juan Carlos I y por el presidente de las Cortes, Torcuato Fernández-Miranda, el 4 de enero de 1977, siendo publicada en el BOE del día siguiente.

Proyecto de Ley para la Reforma Política. ACD Serie General de Expedientes, legajo 1240 nº 1. 

Información actualizada en 2020