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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 43, de 06/02/1997
BOLETIN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
SECCION CORTES GENERALES
VI LEGISLATURA
Serie A: 6 de febrero de 1997 Núm. 43
ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS
AUTORIZACION DE TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
110/000082 Denuncia del Acuerdo de Cooperación sobre Marina Mercante
entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República de Gabón, hecho
en Madrid el 16-09-81.
La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy,
ha acordado la publicación del asunto de referencia:
(110) Autorización de Convenios Internacionales.
110/000082.
AUTOR: Gobierno.
Denuncia del Acuerdo de Cooperación sobre Marina Mercante entre el
Gobierno de España y el Gobierno de la República de Gabón, hecho en
Madrid el 16-09-81.
Acuerdo:
Encomendar Dictamen a la Comisión de Asuntos Exteriores y publicar en el
Boletín, estableciendo plazo para presentar propuestas, que tendrán la
consideración de enmiendas a la totalidad o de enmiendas al articulado
conforme al artículo 156 del Reglamento, por un período de quince días
hábiles, que finaliza el día 24 de febrero de 1997.
En consecuencia se ordena la publicación en la Sección Cortes
Generales del «B.O.C.G.», de conformidad con lo establecido en el Acuerdo
de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 19 de
diciembre de 1996.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 1997.--P. D.,
El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Emilio Recoder de Casso.
PROYECTO DE NOTA VERBAL
El Ministerio de Asuntos Exteriores ... (fórmula de cortesía) y en
relación en última instancia a la Nota Verbal de este Ministerio número
11/18, de 29 de mayo de 1995, lamenta comunicar a esa Embajada que al no
haberse recibido respuesta alguna por parte de las Autoridades gabonesas
a la Nota Verbal antes mencionada, las Autoridades españolas se ven en la
obligación de denunciar el Acuerdo de Cooperación sobre Marina Mercante
entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República de Gabón,
firmado en Madrid el 16 de septiembre de 1981, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del Artículo 17 del citado Acuerdo.
En consecuencia, el Acuerdo dejará de producir su efecto un año
después de la fecha de recepción de la presente Nota Verbal.
No obstante, las Autoridades españolas, dentro del marco de las
excelentes relaciones de amistad y cooperación que siempre han presidido
los intercambios hispano-gaboneses, tienen el honor de reiterar su mejor
disposición a iniciar las conversaciones con vistas a la Negociación de
un nuevo Acuerdo de Transporte Marítimo entre el Reino de España y la
República de Gabón, en el que se tenga en cuenta la normativa comunitaria
en la materia y las obligaciones que, de la misma, se derivan para la
parte española.
El Ministerio de Asuntos Exteriores ... (fórmula de cortesía).
Madrid, ...