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1820-2
1820: Inicio del Trienio Constitucional
En 1820 se inició una de las etapas más relevantes de nuestra historia: El Trienio Liberal que volvería a poner en vigor la Constitución de 1812 tras seis años de absolutismo. El decreto de 4 de mayo de 1814 puso fin, no solo a toda la obra legislativa de los años anteriores, sino también al concepto de soberanía nacional y al papel desempeñado por las Cortes y las demás instituciones consagradas en el texto constitucional “como si no hubiesen pasado jamás tales actos, y se quitasen de en medio del tiempo” decía el Real Decreto de Fernando VII. Ejemplar de la Constitución con el grabado del juramento de Fernando VII Biblioteca del Congreso de los Diputados
Durante aquellos seis años de absolutismo se sucedieron protestas y pronunciamientos que no llegaron a fructificar. Sería el 1 de enero de 1820 cuando se dio un paso decisivo para la recuperación del sistema constitucional. Se hallaba en Andalucía un ejército destinado a embarcarse rumbo a América para sofocar las sublevaciones que estaban surgiendo en las provincias de Ultramar. Un grupo de oficiales decidió aprovechar aquel acantonamiento para proclamar la Constitución de 1812. Uno de ellos era Rafael del Riego quien en Cabezas de San Juan (Sevilla) reclamó la jura de la Constitución por el Rey Fernando VII. Poco a poco este movimiento se fue dispersando, pero la mecha había prendido surgiendo levantamientos en otras zonas de España, hasta que el 6 de marzo el Palacio Real se vio rodeado por una gran multitud demandando el fin del absolutismo. Inmediatamente, con fecha de 6 y 7 de marzo, se expidieron dos decretos por los que Fernando VII anunciaba su intención de convocar Cortes y de jurar la Constitución. Dos días después se formó una Junta provisional que recibió el juramento interino del Rey en tanto no estuviesen formadas las Cortes. A la consulta y acuerdo de esta Junta debían someterse todas las providencias emanadas del Gobierno. De estos trascendentales momentos y de los meses que siguieron el Archivo del Congreso de los Diputados guarda fiel constancia en sus fondos de “Papeles reservados de Fernando VII” y en la serie General de Expedientes.
La primera sesión de la Junta Provisional se celebró el día 9 de marzo por la noche en la sala capitular de la Villa de Madrid. La Junta se declaró así formalmente constituida dando cuenta de las medidas más urgentes para el efectivo restablecimiento del orden constitucional, tales como la abolición inmediata del Tribunal de la Inquisición. En esta primera sesión la Junta meditó sobre la necesidad de corresponder a la confianza depositada en sus vocales por el Gobierno y el pueblo de Madrid. Sin duda uno de los pasos que debía darse sin demora era la convocatoria de elecciones para que cuanto antes pudieran formarse las Cortes. Ante las dudas suscitadas sobre cómo habría de llevarse a cabo este proceso la Junta provisional debatió al respecto como podemos ver en este documento perteneciente a “Papeles reservados de Fernando VII”. En el mismo se hace mención expresa a la Secretaria de Cortes y los términos en que ésta debía ser restituida. Resueltas todas las dudas se procedió a convocar elecciones mediante el decreto de 22 de marzo que contenía la instrucción conforme a la cual debían celebrarse. En la composición de estas Cortes había un claro predominio de los liberales moderados a cuyo talante reformista se oponían los llamados liberales exaltados que aspiraban a una aplicación más completa y ambiciosa de los contenidos constitucionales. Previas a la solemne sesión de apertura el 9 de julio de 1820, se celebraron cuatro juntas preparatorias dedicadas sobre todo al examen de los poderes de los señores diputados por la Comisión nombrada al efecto en la primera Junta. Estas sesiones se celebraron en Madrid, en el salón habilitado para las Cortes, en el Convento de doña Maria de Aragón, siendo en la última de estas Juntas, celebrada el día 6 de julio, cuando se declaran instaladas las Cortes disponiendo que se de cuenta al rey de dicha instalación y nombrando presidente de las mismas a José de Espiga y Gadea. El día 9 se celebró por fin la solemne sesión de apertura cuyo ceremonial corrió a cargo del presidente y los secretarios de las Cortes poniéndose de acuerdo con el marqués de Oviedo, mayordomo del Rey. Se nombraron un total de 24 diputados encargados del recibimiento de la reina y las infantas y 28 que habían de encargarse de recibir al rey. Tras el juramento del monarca tomó la palabra el presidente de las Cortes, Espiga y Gadea, y a continuación Fernando VII pronunció un extenso discurso en el que refirió los puntos esenciales del estado de la nación: La Hacienda Pública, La justicia, la administración interior de los pueblos, el Ejército y la Armada, las relaciones exteriores…y concluyó solicitando la “cooperación activa y eficaz de las Cortes” Tras la salida de toda la comitiva real se acordó nombrar una comisión para preparar la contestación al discurso de la Corona. Esta contestación fue presentada al rey el día 11 de julio. En la sesión de ese día se dio cuenta de un oficio del Secretario del Despacho de Gobernación de la Península comunicando haber cesado en sus funciones la Junta Provisional. Dicha Junta dirigió a las Cortes un prolijo Manifiesto con motivo de su disolución. Este escrito decía ser de tal naturaleza que “A la Nación, al Rey, á la posteridad, á nuestro honor, y aún al mundo entero, debemos esta exposición” Así este Manifiesto que aspira a ser “un compendio de la historia de nuestra revolución, la más breve y fecunda en sucesos” hace un extenso recorrido por los años del absolutismo cuidándose de no censurar la figura del rey al que presenta como “presa de una facción de hipócritas ineptos y malvados” y ensalzando los sucesos del 1 de enero y la culminación, el 7 de marzo, de una revolución que triunfó “sin mover una bayoneta, sin una gota de sangre, sin desorden alguno” Las Cortes de 1820 iniciaron así su andadura para llevar a cabo los mandatos de la Constitución. Se emprendieron importantes proyectos como el de Arreglo de la enseñanza pública o el de Libertad de Imprenta y se abrió la causa contra los diputados que en 1814 firmaron el llamado manifiesto de los persas. Pero ni siquiera esta primera legislatura, que se cerraría el 9 de noviembre de 1820, se vio libre de disensiones entre moderados y exaltados ni de la amenaza de una contrarrevolución por parte de los absolutistas. Información actualizada en 2020 |