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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 205, de 17/11/1997
BOLETIN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie D:
GENERAL 17 de noviembre de 1997 Núm. 205
Composición y organización de la Cámara
PLENO
051/000002 Composición del Pleno (Página 2)
GRUPOS PARLAMENTARIOS
010/000008 Composición de los Grupos Parlamentarios (Página 2)
Control de la acción del Gobierno
PROPOSICIONES NO DE LEY
Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca
161/000711
162/000175 Pasa a tramitarse como Proposición no de Ley ante el Pleno la
presentada por el Grupo Socialista del Congreso, relativa a la inclusión
de la Organización Común de Mercado (OCM) del aceite de oliva en la
Agenda 2000 (Página 2)
Comisión de Política Social y Empleo
161/000697 Aprobación, con modificaciones, de la Proposición no de
Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre
colaboración voluntaria de las empresas en el abono de la incapacidad
temporal, así como enmienda formulada a la misma (Página 2)
Otros textos
COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS
154/000003 Informe de la Subcomisión, constituida en el seno de la
Comisión de Sanidad y Consumo, para avanzar en la consolidación del
Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias
para garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema
Sanitario manteniendo los principios de universalidad y equidad en el
acceso, y aprobación del citado Informe por la mencionada Comisión, así
como votos particulares presentados a ambos (Página 3)
COMPOSICION Y ORGANIZACION DE LA CAMARA
De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena
la publicación en el BoletIn Oficial de las Cortes Generales de los
cambios habidos en la composición de la Cámara:
PLENO
051/000002
A) Relación por orden alfabético de Señores Diputados que han adquirido
la plena condición de Diputado.
Baja:
CABALLERO ALVAREZ, Abel Ramón 04-11-97
Alta:
SILVA REGO, María del Carmen 11-11-97
B) Relación de Diputados que han presentado su credencial, por
circunscripciones.
Pontevedra
SILVA REGO, María del Carmen PSOE
C) Relación de Diputados por orden de presentación de credenciales.
Nombre: SILVA REGO, María del Carmen
Circunscripción: Pontevedra
Número: 377
Fecha: 11 de noviembre de 1997
Formación electoral: PSOE
GRUPOS PARLAMENTARIOS
010/000008
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya
(010/000001)
Nueva denominación: Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida
Bajas:
SAURA LAPORTA, Joan 28-10-97
RIVADULLA GRACIA, Mercé 28-10-97
Número de miembros al 28 de octubre de 1997: 16
Grupo Parlamentario Mixto (010/000004)
Altas:
SAURA LAPORTA, Joan 28-10-97
RIVADULLA GRACIA, Mercé 28-10-97
Número de miembros al 28 octubre de 1997: 10
Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 1997.--El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
CONTROL DE LA ACCION DEL GOBIERNO
PROPOSICIONES NO DE LEY
Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca
161/000711
162/000175
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.
Solicitud de que su Proposición no de Ley relativa a la inclusión de la
Organización Común de Mercado (OCM) del aceite de oliva en la Agenda
2000, sea debatida en el Pleno de la Cámara.
Acuerdo:
Aceptar la declaración de voluntad y considerando que solicita el debate
de la iniciativa ante el Pleno, disponer su conocimiento por el Pleno de
la Cámara, dando traslado al Gobierno y publicar en el BoletIn Oficial de
las Cortes Generales, así como notificarlo a la Comisión de Agricultura,
Ganadería y Pesca y al Grupo proponente (nuevo núm. expte. 162/000175).
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 1997.--El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Nota:La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de
los Diputados», serie D, núm. 202, de 11 de noviembre de 1997 con el núm.
expte. 161/000071.
Comisión de Política Social y Empleo
161/000697
La Comisión de Política Social y Empleo en su sesión del día 11 de
noviembre de 1997, ha acordado aprobar, con modificaciones, la
Proposición no de Ley sobre colaboración voluntaria de las empresas en el
abono de la incapacidad temporal (núm. expte. 161/000697), presentada
por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el «BOCG. Congreso de
los Diputados», serie D, núm. 192, de 21 de octubre de 1997, en los
siguientes términos:
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que aplique en sus
términos estrictos, lo establecido en el artículo 77.1.d) del Real
Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, respecto de la
colaboración voluntaria de las empresas en el pago directo de las
prestaciones económicas por incapacidad temporal, y, en su caso,
desarrolle las normas que permitan sancionar a las empresas que,
acogiéndose a esta forma de colaboración, deriven el pago directo de
estas prestaciones a otras entidades, cualquiera que sea su naturaleza y
modalidad.»
A dicha Proposición no de Ley se formuló 1 enmienda, cuyo texto,
asimismo, se inserta.
Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97
del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 1997.--El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa de la Comisión de Política Social y Empleo
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme
a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley presentada por
el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso en materia de colaboración
voluntaria de las empresas en el abono de la incapacidad temporal (núm.
expte. 161/000697), para su debate en Comisión.
Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 1997.--El
Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Jesús Caldera
Sánchez-Capitán.
Enmienda
De sustitución.
Se propone la siguiente redacción:
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que aplique, en sus
términos estrictos, lo establecido en el artículo 77.1.d) del Real
Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, respecto de la
colaboración voluntaria de las empresas en el pago directo de las
prestaciones económicas por incapacidad temporal, impidiendo y, en su
caso, sancionando a las empresas que, acogiéndose a esta forma de
colaboración, deriven el pago directo de estas prestaciones a otras
entidades, cualquiera que sea su naturaleza y modalidad.»
OTROS TEXTOS
COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS
154/000003
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la
Cámara, se ordena la publicacion en el BoletIn Oficial de las Cortes
Generales, del Informe emitido por la Subcomision para avanzar en la
consolidación del Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las
medidas necesarias para garantizar un marco financiero estable y
modernizar el Sistema Sanitario manteniendo los principios de
universalidad y equidad en el acceso (núm. expte. 154/000003) y los votos
particulares presentados al mismo, así como del texto aprobado por la
Comisión de Sanidad y Consumo, con modificaciones, y de los votos
particulares mantenidos al mismo.
Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 1997.--El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
INFORME DE LA SUBCOMISION PARA AVANZAR EN LA CONSOLIDACION DEL SISTEMA
NACIONAL DE SALUD MEDIANTE EL ESTUDIO DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA
GARANTIZAR UN MARCO FINANCIERO ESTABLE Y MODERNIZAR EL SISTEMA SANITARIO
MANTENIENDO LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD Y EQUIDAD EN EL ACCESO
(154/000003)
El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 11 de junio
de 1996, acordó, con motivo de una proposición no de ley presentada por
el Grupo Parlamentario Popular, constituir, en el seno de la Comisión de
Sanidad y Consumo, una Subcomisión para el estudio de las reformas
necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su
viabilidad futura.
Tras un amplio período de tiempo, en el que se han sucedido numerosas
comparecencias y se han desarrollado, al hilo de las mismas, debates
internos entre sus miembros, la Subcomisión ha acordado elevar al Pleno
de la Cámara, para su debate y aprobación definitiva, las propuestas que
a continuación se recogen.
Estas propuestas se articulan en torno a los cuatro grandes capítulos
sobre los que se ha centrado el trabajo de la Subcomisión, esto es (I)
aseguramiento y prestaciones, (II) financiación, (III) organización y
gestión y (IV) coordinación territorial. Las propuestas, que adoptan la
forma de trece recomendaciones generales, desarrolladas, a su vez, en una
serie de medidas concretas, son las siguientes:
I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES
1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal.
2. Garantizar las prestaciones sanitarias.
3. Instrumentar alternativas para la asistencia sociosanitaria.
4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación
farmacéutica.
II. FINANCIACION SANITARIA
5. Asegurar un marco financiero estable.
6. Garantizar la suficiencia financiera y la equidad territorial.
III. ORGANIZACION Y GESTION
7. Orientar el sistema sanitario a las necesidades de salud.
8. Impulsar la autonomía de gestión.
9. Atender las preferencias de los usuarios.
10. Potenciar el protagonismo de los profesionales.
IV. COORDINACION TERRITORIAL
11. Completar la descentralización territorial.
12. Promover la cooperación y la coordinación territorial.
13. Reforzar el Consejo Interterritorial.
I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES
1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal.
El sistema sanitario público, resultado del esfuerzo colectivo de varias
generaciones, es un importante elemento de justicia redistributiva y de
cohesión social que se ha de consolidar atendiendo a los principios
básicos de universalidad, equidad, solidaridad y aseguramiento público y
único.
La Subcomisión manifiesta la necesidad de redefinir y consolidar el
aseguramiento sanitario público como mecanismo de cobertura social frente
al riesgo ordinario de los ciudadanos en relación con su salud, mediante
la reforma legal adecuada, que permita:
a) Fijar los contenidos y el carácter del derecho a la asistencia
sanitaria como derecho público subjetivo, personal y no contributivo, y
garantizar tanto la igualdad del contenido del derecho de cada uno de los
ciudadanos, sin que existan discriminaciones por razones personales,
profesionales o territoriales, como el acceso equitativo a sus contenidos
materiales.
b) Llevar a cabo la universalización efectiva del derecho a la
asistencia sanitaria, extendiéndolo a todos los grupos sociales, y
desvinculándolo de los regímenes de afiliación de la Seguridad Social.
c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a
desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales
mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento
y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas
existentes.
d) Habilitar instrumentos efectivos de acreditación individual
sanitaria (tarjeta sanitaria personal), estableciendo mecanismos de
identificación compatibles en todo el Sistema Nacional de Salud, y
conferir a las Administraciones sanitarias las funciones que actualmente
se desarrollan en el marco de la Seguridad Social en materias
relacionadas con el aseguramiento sanitario y la asistencia a ciudadanos
extranjeros sujetos a convenios internacionales en materia sanitaria.
2. Garantizar las prestaciones sanitarias.
La Subcomisión considera necesario profundizar en la estrategia de
ordenación normativa de las prestaciones, concebida como un elemento
fundamental de determinación de los contenidos del derecho a la
asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.
La ordenación de prestaciones ha de ser más que un mandato normativo fijo
en el tiempo, un proceso participativo y dinámico que defina los
contenidos y las garantías de la asistencia sanitaria, y contribuya a
racionalizar la oferta asistencial.
La ordenación de prestaciones deberá realizarse por ley, previo informe
del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que determine,
entre otros, los siguientes contenidos:
a) Las competencias de ordenación de manera que, en el nivel
central, y previo acuerdo del Consejo Interterritorial, se fijará el
catálogo de prestaciones comunes en el conjunto del Sistema Nacional de
Salud, y expresamente se detallarán las prestaciones asociadas a nuevas
tecnologías, las ligadas a facturación entre servicios, y aquéllas cuya
indefinición pudiese generar graves desigualdades en su utilización. Las
Comunidades Autónomas con competencias sanitarias plenas podrán
complementar este catálogo estableciendo prestaciones adicionales con
cargo a sus fondos propios.
b) Las garantías básicas de las prestaciones relativas a equidad en
el acceso, libre elección, información, derechos de reclamación y
reintegro, calidad y tiempos de espera.
c) La financiación selectiva de prestaciones con cargo al Sistema
Nacional de Salud, que deberán diferenciarse según criterios de
necesidad, utilidad asistencial y social, y coste/efectividad.
En todo caso la incorporación de nuevas prestaciones se vinculará a
fondos específicos, como garantía futura de suficiencia financiera.
La Subcomisión estima que deben elaborarse y ponerse a disposición de los
ciudadanos unas Cartas de Servicios sanitarios que traduzcan a un
lenguaje no tecnificado los contenidos de los catálogos de prestaciones.
Las Cartas deberán precisar cuáles son las prestaciones a que tiene
derecho el usuario y qué mecanismos pueden arbitrarse para exigirlas; con
ello se conseguirán
nuevas prácticas de información y transparencia, que evitarán errores en
la práctica de las prestaciones y clarificarán objetivos de calidad en
relación a las mismas.
Los usuarios deberán participar en la confección de las Cartas, a fin de
desarrollar su papel propio en la selección de los servicios.
En el ámbito de la ordenación de prestaciones la Subcomisión recomienda
al Consejo Interterritorial el establecimiento de un programa de
evaluación de tecnologías sanitarias que defina, con carácter anual, las
prioridades que se han de seguir sobre esta última cuestión.
Este programa se hará efectivo contando con la participación de los
diferentes organismos o agencias de evaluación de tecnologías sanitarias
dependientes de las distintas Administraciones competentes. A este
respecto, es necesario recabar también la colaboración de las sociedades
científicas que agrupan a los profesionales especialistas en cada
materia.
Las tecnologías en proceso de evaluación se considerarán en fase de
experimentación, financiándose por vías alternativas a la de la atención
sanitaria, en concepto de investigación clínica.
En cuanto a la garantía de los tiempos de espera, la Subcomisión
recomienda la constitución, en el seno del Consejo Interterritorial, de
una comisión de prioridades, encargada de indicar, para aquellos
procedimientos diagnósticos o terapéuticos que se consideren prioritarios
--por resolver o paliar situaciones de incapacitación, de especial
gravedad y/o urgencia, o condicionar graves penalidades o sufrimientos--,
tiempos máximos de espera, superados los cuales, el paciente tendrá
derecho a ser inmediatamente asistido en el centro donde determine el
correspondiente Servicio de Salud/Insalud.
3. Instrumentar alternativas para la asistencia sociosanitaria.
Ante los significativos cambios demográficos --derivados del aumento de
la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad--, y los patrones de
morbilidad que se observan en España, la Subcomisión considera necesario
impulsar, en coordinación con los responsables de la política social,
iniciativas para la asistencia sociosanitaria, que, entre otras se
concretan en:
a) Diferenciar las prestaciones sanitarias de las actividades
asistenciales de carácter estrictamente social. La Subcomisión recomienda
la fijación, por ley, de los criterios de diferenciación, considerando
sociales --y no sanitarias-- aquellas prestaciones que supongan la
sustitución o colaboración del apoyo familiar y/o en el autocuidado, las
de carácter residencial, y las paliativas de dificultades económicas.
b) Promover el desarrollo de una red de asistencia sociosanitaria
que, bajo los principios de descentralización administrativa,
participación social y contribución económica de los usuarios a la
asistencia --en función de la capacidad económica y del tipo de
asistencia que se preste-- está dotada de unidades especializadas de
asistencia en régimen abierto, y de media y larga estancia, y fomente la
creación de nuevas alternativas asistenciales de acogida familiar y ayuda
a domicilio.
c) Coordinar a las Administraciones sanitarias y sociales en la
organización y mantenimiento de esta red sociosanitaria.
d) Estructurar dentro de la asistencia sanitaria pública una
adecuada red de centros de atención a la salud mental.
La Subcomisión entiende necesario involucrar a la sociedad, en su
conjunto, y a las familias, en particular, en la atención sociosanitaria.
En este sentido, la Subcomisión insta al Gobierno a:
e) promover incentivos para las asociaciones de pacientes y las
organizaciones de voluntariado social, f) fomentar la iniciativa social
en el sector --mediante la apertura de líneas de créditos blandos para
infraestructuras, planificación de la intervención pública y apoyo a la
gestión de los centros--, y
g) reconocer de forma efectiva el papel asistencial de las familias
en la dedicación personal que prestan sus miembros a los enfermos
crónicos y a los ancianos.
4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación
farmacéutica.
Como respuesta al elevado ritmo de crecimiento del coste de la prestación
farmacéutica, que representa aproximadamente una quinta parte del gasto
sanitario total, la Subcomisión considera necesaria la implantación de
nuevos instrumentos de racionalización y control de la prestación
farmacéutica, que, manteniendo sus altos niveles de calidad y
accesibilidad, hagan partícipe de la evolución de la misma a todos los
sectores y agentes implicados, incluidos los usuarios, y que se orienten,
entre otros, hacia los siguientes objetivos:
a) Establecer la progresiva separación entre registro y financiación
por el Sistema Nacional de Salud de las nuevas especialidades
farmacéuticas y regular la posibilidad de financiación selectiva --en
algunos medicamentos-- tan sólo de determinadas indicaciones.
b) Promover los medicamentos genéricos e implantar precios de
referencia. En esta línea, además de regular el régimen de registro y
autorización de medicamentos genéricos, se habrán de impulsar las
autorizaciones administrativas de estas especialidades y promover su
implantación en los hábitos de prescripción y dispensación del sistema.
Todo ello debe hacerse velando para mantener el equilibrio que haga
posible la inversión a los laboratorios que desarrollan patentes, ya que
estas empresas son las principales protagonistas en la investigación de
nuevos medicamentos, que las Administraciones sanitarias deben fomentar.
c) Mejorar los instrumentos de gestión de la prestación,
especialmente, mediante la identificación de los datos del paciente y la
mecanización de los mismos en la facturación de las recetas, y la mayor
participación de los profesionales, que han de contar con una información
rigurosa sobre medicamentos y con incentivos e instrumentos de gestión
tales como el establecimiento de presupuestos farmacéuticos en cada
unidad asistencial, entre otros.
La Subcomisión recomienda al Gobierno, asimismo, que promueva la
modificación de la Ley del Medicamento, regulando la facultad de
sustitución de especialidades por los farmacéuticos, teniendo en cuenta
los precios de referencia y la libertad de prescripción facultativa sobre
principios activos y no sobre especialidades, a fin de que las
Administraciones Sanitarias dispongan de instrumentos
adecuados para aplicar la política de medicamentos genéricos y precios de
referencia que establezca el Gobierno.
La Subcomisión estima necesario promover una mayor participación de las
Oficinas de Farmacia en las actividades sanitarias complementarias de sus
zonas de salud respectivas, y un mayor compromiso de las mismas en los
programas de uso racional del medicamento y control del gasto
correspondiente.
Por último, por lo que se refiere a la participación de las Oficinas de
Farmacia en el coste de la prestación, la Subcomisión estima que los
márgenes del sector de Oficinas de Farmacia deberían, en el futuro,
escalonarse según el precio del medicamento, tendiendo a fijar --con la
participación del sector-- dentro de estos márgenes una cuantía
atribuible al acto profesional de la dispensación.
II. FINANCIACION SANITARIA
5. Asegurar un marco financiero estable.
La elevada tasa de crecimiento del gasto sanitario es un motivo de grave
preocupación en España y en otros países occidentales por la dificultad
de adaptar la capacidad de financiación pública al crecimiento del propio
gasto sanitario.
Por una parte, el control del crecimiento del gasto exige la adopción de
mejoras en la gestión de los recursos destinados a Sanidad. Por otra
parte, el crecimiento del gasto se debe a factores exógenos a la gestión,
tales como el envejecimiento de la población, cambios en los patrones de
morbilidad y mortalidad, crecimiento de las expectativas de los
ciudadanos en cuanto a las prestaciones sanitarias y demanda de cuidados
sanitarios y mayores posibilidades de curación, incorporación de nuevas
tecnologías que no siempre tienen carácter sustitutivo, entre otros.
Estas presiones estructurales sobre el gasto sanitario exigen la adopción
de medidas igualmente estructurales para hacer viable financieramente el
sistema sanitario público a largo plazo. Estas medidas revisten una
especial importancia en un contexto de interdependencia económica en el
plano internacional que, en nuestro caso, se concreta en la necesidad de
cumplir los criterios de convergencia establecidos en el Tratado de
Maastricht. Sin embargo, la convergencia con Europa debe atender, no sólo
a los indicadores económicos, sino también a la necesidad de equiparación
en términos de bienestar y de cohesión social.
En consecuencia, tanto desde el punto de vista de creación de empleo,
dinamización de la economía y racionalidad en la cobertura financiera del
gasto público, como desde el punto de vista de su contribución a la
cohesión social y a la salud de la población, es necesario dotar al
presupuesto sanitario con cifras realistas que cubran la financiación de
las prestaciones y servicios que ofrece el sistema sanitario.
En este contexto, la Subcomisión considera necesario:
a) Establecer una base presupuestaria adecuada y realista, tanto
como punto de partida para el próximo cuatrienio como en lo relativo a
los criterios de crecimiento interanual. En virtud de la mayor dotación
de esta nueva base financiera --proporcional a las necesidades presentes
y realista de cara a la evolución futura-- el Presupuesto sanitario, a lo
largo del próximo cuatrienio, experimentará un incremento en términos de
su participación en el PIB nominal.
b) Instar al Gobierno para que en el Consejo de Política Fiscal y
Financiera, con anterioridad a la aprobación del nuevo Acuerdo financiero
para el cuatrienio 1998-2001 y a partir de las propuestas iniciales
expuestas por el Gobierno, se determinen los recursos adicionales a
aportar al Sistema Nacional de Salud en el ejercicio de 1998 y
siguientes, para alcanzar una base presupuestaria adecuada y realista, y,
en su caso, las fuentes de financiación que procedan.
c) Hacer explícitas las fuentes de financiación de las variaciones
de gasto, con carácter previo a la adopción de cualquier medida de
definición de nuevas coberturas y prestaciones con el fin de evitar, en
el futuro, la conculcación del principio de suficiencia financiera.
6. Garantizar la suficiencia y la equidad en la distribución territorial.
El Acuerdo de financiación vigente (1994-1997), siguiendo lo establecido
en la Ley General de Sanidad, contempla un reparto basado en el criterio
de población protegida, tomando como referencia la población de derecho
del censo de marzo de 1991, a la que se resta el número de personas
integradas en los colectivos del mutualismo administrativo que reciben
asistencia sanitaria a través de entidades de seguro libre.
Cualquier esquema de financiación ordinaria sin un núcleo capitativo
tiene difícil justificación teórica en un servicio asistencial que se
reconoce universal. Por lo tanto y con independencia de cualquier otro
criterio que pudiera estimarse conveniente para contemplar las
diferencias de coste entre Comunidades Autónomas (la estructura
demográfica o los desplazamientos de población, por ejemplo), el modelo
de financiación territorial debe mantener como núcleo básico el criterio
de población protegida.
Por otra parte, el nuevo Acuerdo de financiación deberá adaptarse al
horizonte, necesariamente cercano, de cierre del modelo asistencial
recogido en la Ley General de Sanidad. Así, la distribución territorial
de recursos debe contemplar y hacer posible las transferencias
pendientes, y considerar a largo plazo la integración y homologación
progresiva de la sanidad en la financiación autonómica.
Teniendo en cuenta estas orientaciones generales, la Subcomisión acuerda:
a) Emplazar a las autoridades financieras del Estado y de las
Comunidades Autónomas, y al Consejo de Política Fiscal y Financiera, a
abordar de inmediato las bases de un nuevo Acuerdo de financiación
cuatrienal para el período 1998/2001, en el cual, respetando los
principios de suficiencia y estabilidad financiera, se deberán establecer
instrumentos para lograr una mayor disciplina presupuestaria.
b) Mantener, en el nuevo modelo de financiación para el próximo
cuatrienio, el criterio de capitación como regla de distribución,
perfeccionado, en su caso, por otros criterios, pudiendo incluir fondos
específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia u otros
factores que determinan la variabilidad de costes entre Comunidades
Autónomas.
En todo caso, continuará siendo de aplicación para las Comunidades
Autónomas del País Vasco y Navarra lo previsto en la Disposición
Adicional Primera de la Ley General de Sanidad.
c) Instar al Consejo de Política Fiscal y Financiera a abordar,
durante el período de vigencia del nuevo Acuerdo, la incorporación
posterior de la financiación sanitaria en la financiación autonómica,
sobre la base de criterios de integración progresiva y corresponsabilidad
fiscal.
III. ORGANIZACION Y GESTION
7. Orientar el sistema a las necesidades de salud.
La Subcomisión es consciente de las presiones a que están sometidas las
organizaciones sanitarias y de la necesidad de modernización y
flexibilización del sistema. En este sentido considera necesario orientar
la provisión de servicios a las necesidades de salud reales y
prioritarias de la sociedad, a partir de la identificación de las mismas,
mediante los planes de salud de cada Comunidad Autónoma.
8. Impulsar la autonomía de gestión.
La modernización organizativa del Sistema Nacional de Salud exige
racionalizar los programas de gasto sanitario público, adoptar modos
organizativos y sistemas de pago que fomenten la eficiencia y la
responsabilización sobre actuaciones y resultados, y procurar altos
niveles de calidad debidamente evaluados y controlados. En esta
dirección, la Subcomisión recomienda:
a) Proseguir en los esfuerzos por separar las funciones de
planificación, financiación, compra y provisión de servicios,
configurando los centros asistenciales como organizaciones autónomas, con
facultades de decisión efectivas y responsables en cuanto a la gestión, y
dotar a los centros de órganos de gobierno operativos y participativos,
independientes de las entidades compradoras y/o financiadoras.
b) Facilitar la extensión de las nuevas formas de gestión a toda la
red asistencial pública, abordando en el seno del Consejo
Interterritorial, con pleno respeto a las competencias en materia
organizativa de las Comunidades Autónomas, la definición de unas
características comunes de la organización interna de los entes o
empresas públicas sanitarias en todas aquellas materias que se consideren
necesarias, atendiendo a las características del servicio que tales
instituciones prestan.
Estas características propias de las organizaciones sanitarias públicas
deben permitir compatibilizar el establecimiento de garantías en la
correcta prestación del servicio público (en materia de equidad en el
acceso de los usuarios a los servicios y garantías en la prestación de
los mismos, régimen presupuestario y económico-financiero, control
patrimonial y régimen de personal) con la aplicación de mayores cotas de
autonomía (dotación de órganos de gobierno propios, vinculación de los
ingresos mediante contratos de los servicios, gestión de flujos de
tesorería y capacidad de autoorganización, entre otros).
c) Controlar la calidad en la asistencia e impulsar su mejora
continua, a través de un sistema general de acreditación de centros y
servicios sanitarios consensuado en el seno del Consejo Interterritorial,
respetando el marco competencial vigente en la materia. La acreditación
debe permitir verificar el cumplimiento por parte de cada institución de
un conjunto de requisitos previamente establecidos.
d) Impulsar la competencia entre proveedores en el marco de un
mercado sanitario regulado, con el soporte de un sistema integrado de
información, fomentando relaciones estables y duraderas entre los agentes
del sistema, instrumentado a través del control y evaluación de los
resultados obtenidos.
9. Atender las preferencias de los usuarios.
El Sistema Nacional de Salud debe acomodar las crecientes expectativas de
soberanía individual y participación que acompañan al desarrollo
económico, social y cultural, otorgando a los ciudadanos un mayor
protagonismo del que disfrutan en la actualidad y promoviendo una
organización de los procesos asistenciales --en sus vertientes técnica, y
de servicio y confort-- más acorde con sus preferencias. La Subcomisión
estima necesario:
a) Profundizar en los esfuerzos ya iniciados para reconocer el
derecho a la elección de proveedor, y acometer las reformas organizativas
que lo hagan efectivo (tanto en lo que afecta al paciente como a la
financiación de las instituciones sanitarias).
A este respecto, deberán modificarse las disposiciones de la Ley General
de Sanidad, para establecer la libre elección de médico y centro, ambas
con las limitaciones que la organización de los Servicios imponga y
referidas al ámbito de los Servicios de Salud correspondientes.
Asimismo, se deberá regular el derecho a la información asistencial
comparada y establecer, a este fin, la información sobre calidad
asistencial que estarán obligadas a aportar las instituciones sanitarias
como derecho del usuario y requisito para la provisión de la asistencia
sanitaria en el sector público.
b) Lograr una mayor participación social en todas las instituciones
asistenciales del sistema, fomentando los movimientos asociativos y del
voluntariado, impulsando las comisiones de participación ciudadana, y
mejorando los procedimientos de información y de reclamación.
10. Potenciar el protagonismo de los profesionales.
Los profesionales sanitarios constituyen el principal activo del Sistema
Nacional de Salud. Su motivación y compromiso con la gestión son, sin
lugar a dudas, retos históricos pendientes de resolver en el sistema
público.
Dos factores pueden considerarse el origen de esa situación: la falta de
un adecuado sistema de incentivos y la burocratización y rigidez de las
relaciones profesionales. Para abordar la resolución de este problema, la
Subcomisión considera imprescindible el establecimiento, por ley básica,
de un nuevo modelo de relación laboral para el personal estatutario de
los servicios de salud.
Respetando las competencias en materia sanitaria de las Comunidades
Autónomas es preciso abordar un nuevo régimen de personal compatible con
la autonomía de gestión de los centros, al objeto de alcanzar los
siguientes fines:
a) Regular las peculiaridades del personal estatutario de las
instituciones sanitarias públicas mediante un Estatuto profesional
propio, de carácter básico para todo el sistema, sin perjuicio de su
desarrollo por las Comunidades Autónomas.
b) Fomentar la descentralización de los procesos de selección y
promoción profesional en el plano de las organizaciones proveedoras y
garantizando con criterios objetivos la calidad de los servicios y el
mantenimiento permanente de la motivación personal.
c) Flexibilizar el régimen de dedicación, mediante una mayor
personalización de las condiciones de trabajo, promover nuevas fórmulas
retributivas en las que realmente se prioricen los incentivos a la
actividad y a la calidad, y hacer efectiva la participación de los
profesionales en la toma de decisiones de los centros.
d) Adecuar las plantillas a las necesidades efectivas de las
instituciones, y promover soluciones legales para el ajuste por los
centros de las mismas y regular la negociación colectiva a nivel de
centro, bajo pautas comunes a todo el sistema, por lo que se refiere al
volumen total de empleo en el sector y a las condiciones salariales
básicas.
e) Profesionalizar la función directiva y establecer mecanismos
consecuentes de evaluación de los equipos de dirección.
En el ámbito de la regulación de las profesiones sanitarias, la
Subcomisión considera conveniente:
f) Promover, por ley, una ordenación específica de las profesiones
sanitarias con amplia participación de colegios, sociedades científicas y
asociaciones profesionales.
g) Instar al Gobierno a resolver urgentemente el problema de las
titulaciones pendientes así como adecuar las especialidades sanitarias a
las necesidades asistenciales, profundizando en el sistema de formación
especializada (residencia), a través de criterios de troncalidad dando
paso a especialidades emergentes, y promoviendo las áreas de capacitación
específica. Las Comunidades Autónomas deben participar en este proceso de
forma efectiva, en el seno del Consejo Interterritorial.
IV. COORDINACION TERRITORIAL
11. Completar la descentralización territorial.
La implantación efectiva del modelo sanitario de la Ley General de
Sanidad exige la definitiva transferencia de la gestión de la asistencia
de la Seguridad Social, y su red de centros, a todas las Comunidades
Autónomas. La Subcomisión considera necesario dar un impulso político que
cierre el modelo de descentralización territorial, transfiriendo la
asistencia sanitaria a las Comunidades Autónomas del artículo 143 de la
Constitución, y promoviendo un pacto con las corporaciones locales para
que éstas asuman en el futuro un mayor protagonismo asistencial.
Con tales objetivos en perspectiva, la Subcomisión propone:
a) Promover las iniciativas institucionales que sean necesarias para
equiparar las competencias de las Comunidades Autónomas del artículo 143
de la Constitución en materia de asistencia sanitaria.
b) Hacer efectivos los traspasos de los servicios del Insalud,
fijando un plazo para el cierre final del modelo sanitario territorial.
c) Desarrollar, mediante el acuerdo interinstitucional que
corresponda, una mayor presencia en la actividad asistencial de las
corporaciones locales.
La Subcomisión considera que los procesos de descentralización sanitaria
no deben limitarse a la transferencia de la red asistencial actualmente
gestionada por la Administración General del Estado a las Comunidades
Autónomas. Es preciso, además, que el impulso a la descentralización
administrativa se lleve a cabo también en el ámbito de cada una de las
Comunidades Autónomas, en un proceso abierto de participación local y
social y de autonomía creciente de las instituciones en la toma de
decisiones que les conciernen.
12. Promover la cooperación y coordinación territorial.
La culminación del proceso de transferencias debe permitir una
reconsideración a fondo del ejercicio efectivo de la función de
coordinación del sistema que corresponde al Ministerio de Sanidad y
Consumo. En un escenario de plena descentralización la dirección del
Sistema Nacional de Salud ha de desarrollarse fundamentalmente en la
búsqueda del consenso y la participación de las Comunidades Autónomas.
Estas, a su vez, han de contribuir al mantenimiento de la identidad común
del sistema de acuerdo a los principios de lealtad institucional y
cooperación recíproca.
Con ese objetivo, el Ministerio deberá potenciar el desarrollo de sus
funciones de coordinación principalmente a través del Consejo
Interterritorial, más por la vía de generación de valor como unidad
central y arbitral del sistema, que a través del ejercicio unilateral de
su posición jerárquica o de sus competencias privativas.
El cierre del modelo territorial obliga no sólo al Estado sino a todos
los agentes del sistema sanitario a avanzar en la configuración de un
Sistema Nacional de Salud que, sin perjuicio de la autonomía de gestión
de las Comunidades Autónomas, garantice unos elementos básicos comunes:
financiación, planificación integrada e información recíproca.
En este sentido, la Subcomisión considera necesario, al margen de las
iniciativas específicas de coordinación recogidas en los capítulos
anteriores, abordar los siguientes retos: a) Perfilar el contenido de la
función financiera, especialmente en lo que se refiere, a la definición
de criterios de financiación de la sanidad pública y al establecimiento
de los sistemas de información y estadísticas económico-sanitarias
comunes.
b) Poner en marcha, en el seno del Consejo Interterritorial,
instrumentos de coordinación normativa entre el Estado y las Comunidades
Autónomas para el desarrollo jurídico armónico de los aspectos
fundamentales del Sistema Nacional de Salud.
c) Renovar, bajo las directrices del Consejo Interterritorial, los
contenidos de la planificación integrada y dotar de medios específicos a
la misma, así como potenciar los programas sectoriales conjuntos,
orientando estas actividades hacia nuevos enfoques en materia de salud
pública, mediante iniciativas compensatorias y actuaciones conjuntas
sobre los grupos sociales más vulnerables y los mayores factores de
riesgo.
d) Definir el modelo central de información, con participación,
financiación y control común, de la Administración General del Estado y
de las Comunidades Autónomas.
e) Redefinir la Alta Inspección Sanitaria, que deberá ser
fundamentalmente el instrumento específico de garantía
de la equidad en el acceso a las prestaciones y de la inexistencia de
discriminaciones, instando al Gobierno a que regule reglamentariamente el
ejercicio de sus funciones, de acuerdo a las directrices del Consejo
Interterritorial.
La Subcomisión sugiere al Gobierno que aborde, en el seno del Consejo
Interterritorial, nuevas iniciativas para el desarrollo del mandato
constitucional de «coordinación general de la Sanidad», entre otros
sectores, en materia de aseguramiento, política de personal, acreditación
y evaluación, ordenación de prestaciones, investigación
científico-técnica, y, especialmente, en salud pública.
La Subcomisión parlamentaria sugiere al Gobierno avanzar en la encomienda
a las Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito territorial respectivo,
de la prestación de los servicios y el desempeño de las actuaciones
ejecutivas y de inspección y control que en materia sanitaria
corresponden al Estado con el fin de optimizar los recursos y conferir
mayor eficiencia al sistema.
13. Reforzar el Consejo Interterritorial.
La descentralización del sistema sanitario y los avances en la
cooperación y coordinación territorial requieren un reforzamiento del
papel del Consejo Interterritorial en el futuro. En esa línea será
necesario promover, mediante la iniciativa legislativa y la acción
política, un importante salto cualitativo en la configuración de las
funciones y en la capacidad de aunar voluntades que ha de corresponder al
Consejo, cuya función, como órgano de intercambio, de información
recíproca y de puesta en común ha de incrementarse en el futuro.
La Subcomisión manifiesta, pues, la necesidad de fortalecer el papel de
este órgano como el instrumento esencial de vertebración del sistema
sanitario.
En este espíritu, las iniciativas fundamentales que deberán abordarse,
mediante las reformas legales o institucionales que correspondan, son las
siguientes :
a) Revisar su naturaleza jurídica y configuración administrativa,
otorgándole mayores facultades de decisión, y ampliar sus funciones como
órgano a través del cual se ha de instrumentar, preferentemente, la
fijación de las bases --sin perjuicio de su formal establecimiento por
ley--, la coordinación general sanitaria y los criterios generales de la
Alta Inspección.
b) Modificar su composición, suprimiendo su carácter paritario, y
establecer un nuevo régimen de acuerdos, -incluida la posibilidad de
introducir el voto ponderado según los casos- que vincule de un modo más
operativo a todos sus miembros, utilizando, entre otros instrumentos, la
figura de los Convenios de Conferencia Sectorial.
c) Promover la participación en el Consejo de los diferentes agentes
que concurren en el sistema sanitario (organizaciones sindicales y
empresariales, de consumidores y usuarios, corporaciones profesionales
sanitarias, universidades y entidades científicas) mediante la
modificación, por ley, del Comité Consultivo.
d) Y, por último, dotar al Consejo Interterritorial y a todos sus
órganos de una estructura de soporte operativa que cuente con los medios
personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus cometidos y
el seguimiento de sus acuerdos.
Es voluntad de los grupos parlamentarios firmantes de este Acuerdo que
las iniciativas y las medidas que aquí se proponen propicien el más
amplio consenso institucional posible, en el mismo espíritu que ha
inspirado, recientemente, los pactos parlamentarios y sociales de
pensiones y empleo.
El objetivo de los trabajos de esta Subcomisión no ha sido otro que el de
favorecer un clima de entendimiento entre todos los grupos parlamentarios
--representantes de la soberanía popular-- a fin de superar
confrontaciones partidistas sobre el futuro de la sanidad, evitando que
se transmita a la población inquietud alguna sobre el mantenimiento de
los niveles alcanzados en la asistencia sanitaria española.
Estas propuestas, que habrán de ser consideradas y debatidas en la
Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados --y para las
que los integrantes de esta Subcomisión solicitan el apoyo de los
restantes grupos parlamentarios presentes en la citada Comisión--,
pretende ser un programa realista de futuro que ha de inspirar la
evolución de nuestro Sistema Nacional de Salud, elemento fundamental de
justicia y cohesión social, cuyos principios de aseguramiento,
financiación, organización y gestión, y cuyo modelo territorial deben
consolidarse y modernizarse con el apoyo de todos los agentes y grupos
sociales, la participación de los profesionales y de la ciudadanía, como
seña de identidad común de nuestro Estado democrático y autonómico de
derecho.
En Madrid, a 23 de septiembre de 1997.--Por el Grupo Parlamentario
Popular, D. Feliciano Blázquez Sánchez, Coordinador; D. César Villalón
Rico, D. José Ignacio Echániz Salgado, D. Tomás Burgos Gallego. Por el
Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, D. Francesc Homs i Ferret,
Dª. Zoila Riera i Ben. Por el Grupo Parlamentario Vasco, Dª. Mª Jesús
Aguirre Uribe. Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria y D. Jesús
Gómez Rodríguez.
A la Comisión de Sanidad y Consumo
Jesús Gómez Rodríguez, Portavoz de Coalición Canaria en la Subcomisión de
consolidación y modernización del Sistema Nacional de Salud, mediante el
presente escrito, recuerda a los servicios jurídicos de la Cámara que en
los diferentes debates habidos en el seno de la Subcomisión, se aceptó la
enmienda «in voce», que este Diputado planteó al párrafo segundo de la
recomendación 6.ª, sobre la inclusión de la insularidad como factor que
determina la variabilidad de costes en las diversas Comunidades
Autónomas.
Téngase en cuenta que el concepto de insularidad es el único recogido en
la Constitución española, artículo 138, y que en las reuniones mantenidas
por el Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, don Julio Bonis y
los Ministros de Sanidad, señor Romay, y de Economía y
Hacienda y Vicepresidente Segundo, don Rodrigo Rato, se ha admitido este
concepto como a tener en cuenta en materia financiera, lo que me permito
recordar a los efectos de mantener y defender este criterio en las
sesiones de Comisión y Pleno.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de octubre de 1997.--Jesús Gómez
Rodríguez.
A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Consumo
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme
a esa Mesa para, según lo previsto en el Punto Quinto, apartado 2) de la
Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio
de 1996, presentar el siguiente voto particular de rechazo de las
conclusiones de la Subcomisión para avanzar en la consolidación del
Sistema Nacional de Salud mediante el estudio de las medidas necesarias
para garantizar un marco financiero estable y modernizar el Sistema
Sanitario Público manteniendo los principios de universalidad y equidad
en el acceso (número expte. 154/000003), por cuanto discrepa en términos
generales de estas conclusiones.
Asimismo y en virtud de la previsión del apartado 4), del Punto Quinto de
la citada Resolución de la Presidencia, el Grupo Socialista manifiesta su
voluntad de que este voto particular se publique con las conclusiones de
la Subcomisión, en el caso de no ser aprobado.
Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de octubre de 1997.--El
Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Juan Manuel Eguiagaray
Ucelay.
I. INTRODUCCION
El 7 de mayo de 1996 el Grupo Parlamentario Popular presentó en la Cámara
una Proposición no de Ley «para el estudio de las reformas necesarias
para modernizar el sistema sanitario y garantizar su viabilidad futura»
(núm. expte. 162/000024).
El Grupo Parlamentario Socialista ya entonces enmendó el texto en el
sentido de «avanzar en la consolidación del Sistema Nacional de Salud
mediante el estudio de las medidas necesarias para garantizar un marco
financiero estable y modernizar el Sistema Sanitario manteniendo los
principios de universalidad y equidad en el acceso» (núm. expte.
162/000024).
Esta enmienda, aprobada por todos los Grupos Parlamentarios, dio origen a
la creación por el Pleno de la Cámara de la Subcomisión con fecha 11 de
junio de 1996 (núm. expte. 162/000024).
La Subcomisión inició sus trabajos con ese mandato preciso. Se trataba
por tanto de estudiar las medidas necesarias para mejorar el
funcionamiento del Sistema, no para transformarlo desvirtuando los
principios que los Grupos Parlamentarios nos comprometíamos a mantener,
ni desde luego para apostar por su progresivo desmantelamiento.
La base del consenso con la que se iniciaron los trabajos significaba la
aceptación expresa por parte del Grupo Parlamentario Popular de los
principios del Sistema Nacional de Salud, su mantenimiento y su
consolidación.
II. ANTECEDENTES
1. El día 14 de junio, es decir, 72 horas después de constituirse la
Subcomisión, el Gobierno aprueba en Consejo de Ministros dos Decretos
Leyes por los que se decide nada menos que la privatización del Sistema
Nacional de Salud y la nueva ordenación de las oficinas de Farmacia.
Son los Decretos Leyes números 10/1996, sobre Habilitación de nuevas
formas de Gestión del INSALUD, y 11/1996, de Ampliación del Servicio
Farmacéutico a la Población.
2. Ante la oposición del Grupo Parlamentario Socialista, entre otros, a
la convalidación de tales Decretos Leyes, el Grupo Parlamentario Popular
aceptó la tramitación de ambos como Proyectos de Ley lo que posibilitó la
modificación sustancial de los dos textos.
3. La Ley 15/1997, procedente del Real Decreto-Ley, referida a las nuevas
formas de gestión del Sistema Nacional de Salud fue aprobada en el Pleno
del Congreso de los Diputados el 23 de abril de 1997 y publicada en el
«BOE» el día 26 de abril, entrando en vigor ese mismo día.
El Proyecto de Ley incorporó las enmiendas presentadas por el Grupo
Parlamentario Socialista por lo que fue votado afirmativamente por este
grupo. En síntesis, la Ley garantiza la titularidad pública de los
centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y mandata al Gobierno
para que desarrolle por vía reglamentaria las garantías que han de
preservar los nuevos entes gestores de los centros sanitarios en relación
con la equidad en el acceso de los ciudadanos, el control público de los
recursos, el régimen de personal, etcétera.
4. Lo cierto es que a los 16 días de la entrada en vigor de la Ley, el
Gobierno de la Generalitat Valenciana adjudica la atención sanitaria de
230.000 habitantes de la comarca de Alcira a una UTE de empresas
privadas, vulnerando de manera frontal, a juicio de este Grupo, el
contenido de la Ley aprobada.
5. Por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 22 de noviembre de 1996
se constituyen las Fundaciones Hospital de Alcorcón y Hospital de
Manacor. Acuerdos que no se hacen públicos por el Consejo de Ministros,
que deciden nuevos modos de gestión para dos hospitales públicos, por la
vía expeditiva de aprobar sendos estatutos de regulación de las
Fundaciones.
6. Por el Grupo Parlamentario Socialista a través de una Proposición no
de Ley se insta al Gobierno a adaptar los Estatutos de Alcorcón y Manacor
a la Ley de nuevas formas de Gestión, aprobada por el Parlamento (número
expte. 161/000475).
El Grupo Parlamentario Popular se comprometió a hacerlo y a que el
Gobierno promulgue el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1997 antes
del día 1 de septiembre de 1997 (número expte. 161/000475).
A día de hoy no se ha cumplido el mandato parlamentario.
7. Al margen y sin conocimiento de la Subcomisión, el Gobierno ha
adoptado entre otras las siguientes decisiones:
-- Modificación del régimen de la contratación sanitaria.
-- Modificación del régimen de subvenciones para financiar los entes
gestores de centros sanitarios.
-- Modificación de la regulación del personal sanitario en materias tales
como excedencias, dedicación exclusiva, retribuciones, nuevas formas de
contratación, selección y provisión de plazas de facultativos
especialistas, concursos de traslado, régimen de interinidad, acuerdos
sindicales, etcétera.
-- Modificación de la ordenación farmacéutica, regulación de nuevas
modalidades de financiación selectiva de los medicamentos, regulación de
los medicamentos genéricos, regulación de los márgenes de las oficinas de
farmacia, del régimen de compra de los efectos y accesorios, acuerdos con
la industria farmacéutica, etcétera.
-- Modificación de la regulación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Algunas de las decisiones citadas han supuesto la modificación de la Ley
General de Sanidad, Ley de la Seguridad Social, Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, Ley General Presupuestaria, Ley del
Medicamento, Real Decreto-Ley sobre retribuciones del personal
estatutario del Insalud, etcétera.
La relación no es exhaustiva pero sí ilustrativa. En ninguno de los casos
tales decisiones han sido objeto de debate, ni informe, ni consulta, ni
siquiera objeto de conocimiento de la Subcomisión parlamentaria.
Sin embargo el Gobierno sí ha utilizado permanentemente la existencia de
la Subcomisión para eludir la explicación de su política sanitaria, de
las decisiones que ha ido adoptando, amparándose en el supuesto mandato a
la Subcomisión para proponer las reformas necesarias.
El contraste entre las decisiones formadas, y la forma de adoptarlas con
la inoperancia de la Subcomisión es escandaloso.
8. Por todas las razones expuestas el Grupo Parlamentario Socialista
abandonó la Subcomisión en mayo de 1997.
9. La Subcomisión fue creada por el Pleno del Congreso el 11 de junio de
1996.
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día 2 de julio de 1996, señala
que el plazo de finalización de sus trabajos será de seis meses desde su
creación.
El 18 de febrero de 1997 la Mesa y el Pleno del Congreso deciden la
prórroga hasta el fin del período de sesiones.
El 24 de junio de 1997 el Pleno autoriza una prórroga hasta el 10 de
septiembre de 1997, para que el informe se pueda incluir en la primera
sesión plenaria de septiembre.
El día 10 de septiembre el Presidente de la Comisión solicita una nueva
prórroga hasta el 30 de septiembre. La Mesa el día 16 deniega la
prórroga.
Pese a ello y a que el plazo de sus trabajos había finalizado el 10 de
septiembre, la Subcomisión se reúne y aprueba su informe el día 23 de
septiembre de 1997.
III. CONSIDERACIONES DE FONDO
Las propuestas contenidas en el Informe aprobado por los Grupos
Parlamentarios que se han mantenido en la Subcomisión, a pesar de la
manifiesta y calculada ambigüedad que presiden su redacción, quiebran en
opinión del Grupo Parlamentario Socialista, ese consenso inicial que dio
origen a los trabajos porque, entre otras cosas, suponen la ruptura del
modelo del Sistema Nacional de Salud, al cuestionar el principio básico
de aseguramiento público único y universal, no establecer las garantías
de un modelo de financiación suficiente, estable, distribuida
equitativamente y con especificidad propia, y plantear «ex novo» la
definición de las prestaciones sanitarias garantizadas por el Sistema
Nacional de Salud, con tendencia clara a propiciar revisiones a la baja.
I. De la ruptura del aseguramiento público único
La Subcomisión manifiesta en sus propuestas la necesidad de redefinir el
aseguramiento sanitario público, mediante la reforma legal adecuada que
permita:
«c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a
desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales
mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento
y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas
existentes.»
La Subcomisión asimismo sugiere al Gobierno «que aborde, en el seno del
Consejo Interterritorial, nuevas iniciativas... en materia de
aseguramiento.»
La lectura del texto es, para este Grupo Parlamentario, suficientemente
clarificadora. Pero si, además, se pone en relación con los antecedentes
que es obligado considerar para hacer una interpretación que nos permita
conocer el alcance real de la propuesta, resulta incontestable la
conclusión de que el Grupo Parlamentario Popular propone la ruptura del
aseguramiento público único y universal.
El inmediato antecedente es el borrador anterior estudiado por la
Subcomisión que recoge textualmente:
«Profundizar en el derecho de libre elección en materia de asistencia
sanitaria por parte del usuario, precisando el papel a desarrollar por
las distintas entidades, públicas o privadas, incluidas las mutualidades
administrativas y entidades de seguro libre, en la gestión y provisión
del aseguramiento y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la
pluralidad de formas que, sobre estas cuestiones, se han de introducir en
el sistema.»
La ambigüedad o suavización de los términos introducidos en la última
redacción no desvirtúa, a nuestro juicio, el contenido real de la
propuesta. Más bien responde a la ya habitual técnica del Gobierno y del
Grupo Parlamentario Popular de enmascarar sus decisiones con discursos
ambiguos cuando no abiertamente contradictorios.
Pero el antecedente más ilustrativo es el contenido en el texto de la
Conferencia Nacional de Sanidad del Partido Popular (Madrid 26 de
noviembre de 1994), donde se explica con claridad su propuesta de ruptura
del aseguramiento público y liberalización de la asistencia sanitaria
perfilando un modelo asistencial de financiación pública y provisión
mixta.
Por si no fuera suficientemente elocuente lo hasta aquí consignado, el
Gobierno del Partido Popular ya ha puesto en práctica este modelo
rompiendo el aseguramiento público único en la comarca de Alcira
(Valencia).
La adjudicación a una Unión Temporal de Empresas privadas de la gestión
de servicios públicos por concesión consistente en la prestación de
asistencia sanitaria a los habitantes de la comarca de Alcira, constituye
a nuestro juicio la ruptura del modelo de aseguramiento público único y
contraviene además la Ley de habilitación de nuevas formas de gestión del
Sistema Nacional de Salud, de fecha 25 de abril de 1997.
En consecuencia, ni las propuestas políticas, ni las decisiones que están
llevando a la práctica dejan lugar a dudas sobre la decisión del Gobierno
del Partido Popular y del Grupo Parlamentario que le apoya de romper el
aseguramiento público único, ruptura, insistimos que ya se ha producido
respecto de los ciudadanos residentes en Alcira.
Por el contrario, el Grupo Parlamentario Socialista entiende que la
salvaguarda y consolidación de la misión social y los principios éticos
que sustentan el Sistema Nacional de Salud, esto es:
-- la universalización de la asistencia sanitaria con financiación
pública,
-- una estructura de prestaciones equivalente y homogénea para todos los
ciudadanos y
-- la garantía de equidad en el acceso a los servicios públicos.
exige en primer término evitar las políticas tendentes a:
1) fragmentar el sistema en cuanto al aseguramiento público, la
estructura de redes sanitarias y las funciones esenciales de la
organización,
2) externalizar colectivos y/o contingencias comunes,
3) diferenciar condiciones de cobertura y/o seleccionar riesgos
sanitarios mediante el desarrollo de regímenes sustitutivos o agentes
compradores intermediarios y
4) producir ineficiencias en los costes de estructura y/o transacción.
Para el Grupo Parlamentario Socialista la universalización de la
asistencia sanitaria con financiación pública en un marco de
aseguramiento público único es una necesidad, además de un mandato legal,
para la mejora efectiva del Sistema Nacional de Salud.
La universalización de la asistencia sanitaria es una premisa para que
todos los españoles tengan derecho a la asistencia sanitaria pública en
condiciones de igualdad efectiva y un elemento básico para garantizar la
solidaridad.
II. De la falta de garantías del modelo de financiación propuesto
La Subcomisión considera necesario «...hacer explícitas las fuentes de
financiación» en un permanente intento de mezclar políticas de gasto con
política de ingresos, pretensión que el Grupo Parlamentario Socialista
rechaza.
Cuando hablamos de financiación de la Sanidad estamos tratando de evaluar
el esfuerzo que una sociedad está dispuesta a hacer para atender esa
necesidad social y su dimensionamiento, en términos de gasto público,
entra en la lógica del establecimiento de prioridades entre los
diferentes servicios que se ofrecen a los ciudadanos.
La fuente de financiación de la Sanidad deben ser los ingresos generales
del Estado y la política fiscal que determina esos ingresos no es un
debate sanitario sino fiscal.
¿Se pide al Ministerio de Fomento que indique con qué impuestos, tasas,
etcétera se financia su parque móvil?
¿O al Ministerio de Educación qué impuesto hay que subir para mantener
las clases de informática?
¿Por qué este afán de que se decidan en el ámbito sanitario aspectos
específicos de política fiscal?
¿O es que se está pensando en la financiación por parte del paciente?
También en esta materia se abre una brecha entre el discurso oficial y la
realidad documental que se recoge en los Presupuestos Generales del
Estado.
El Presupuesto para asistencia sanitaria para 1998 crece, con respecto al
año anterior a tasas inferiores al PIB nominal, contradiciendo las
conclusiones del informe de la Subcomisión. Y es admisible interpretar
que las cantidades consignadas en dichos Presupuestos sean un anticipo a
cuenta, pues tal estrategia podría ir dirigida a obligar a quien solicite
el incremento de gasto sanitario a señalar al propio tiempo de dónde han
de salir los recursos adicionales (¿copago?) o, lo que es peor, supone la
respuesta explícita a los apoyos parlamentarios del Partido del Gobierno.
La referencia que hace el documento de la Subcomisión a «... hacer
posible la transferencia pendiente», --sin fijar plazo para ello-- y
consolidar a largo plazo la integración y homologación progresiva de la
Sanidad en la financiación autonómica, sobre la base de criterios de
integración progresiva y corresponsabilidad fiscal, supone a juicio de
este Grupo Parlamentario un serio riesgo y una enorme incertidumbre sobre
la evolución del Sistema Nacional de Salud.
En efecto, la financiación sanitaria debe mantener su especificidad,
vinculada a la universalización y a la homogeneidad de las prestaciones
sanitarias que el Sistema Nacional de Salud debe garantizar a todos los
ciudadanos. Lo contrario es propiciar que en un futuro próximo no pueda
hablarse con un mínimo rigor de Sistema Nacional de Salud, habida cuenta
de la impredecible dirección que puede adoptar cada uno de los
subsistemas.
Dos son las cuestiones fundamentales al tratar de la financiación de la
Sanidad para el próximo período:
-- Cuánto se destina al gasto sanitario público.
-- Cómo se reparte entre las CC. AA.
Respecto a la primera cuestión está diáfana en el Proyecto de
Presupuestos presentado por el Gobierno.
El gasto sanitario público crece un 4,83, un punto menos que el PIB. Esa
es la verdadera dimensión de la tan anunciada prioridad política en
materia de Sanidad del Gobierno.
Por tanto, frente a los anuncios del Gobierno en su comparecencias ante
la Subcomisión de aumentar entre 100.000 y 150.000 millones la base de
cálculo del presupuesto sanitario para 1998, con carácter adicional a los
200.000 millones de crecimiento del PIB, la realidad del Proyecto de
Presupuestos ofrece una decisión del Gobierno de crecimiento de 172.000
millones por todos los conceptos, lo que constituye un incumplimiento
clamoroso de aquellos anuncios hechos en sede parlamentaria y del propio
documento que aquí se comenta.
El cómo se ha de distribuir es todavía más preocupante.
La base de partida debe ser la población de derecho, no la población
protegida; los fondos específicos adicionales que tan pronto se anuncian
como se niegan, pueden ser la antesala a la introducción de criterios de
bilateralidad en el reparto, lo cual desde nuestro punto de vista es
inaceptable, porque siempre hay que pensar en los ciudadanos de las 17
Comunidades Autónomas y no de las que tienen la asistencia sanitaria
transferida o, en particular, de alguna.
En definitiva, en el capítulo de Financiación Sanitaria la Subcomisión
introduce elementos de inseguridad, inequidad y debilitamiento del modelo
vigente, y traslada a un Organo Administrativo --el Consejo de Política
Fiscal y Financiera-- la responsabilidad de formular una propuesta de
financiación del SNS en la que sin duda aparecerán los pactos o acuerdos
políticos que no se han debatido en el foro parlamentario y en los que la
participación de los distintos grupos parlamentarios ha sido inexistente.
III. De las prestaciones sanitarias
La Subcomisión considera que la ordenación de prestaciones ha de ser «un
proceso participativo y dinámico» y concluye que para ello «deberá
realizarse por ley». Sin perjuicio de que no parece que la ley sea el
instrumento más dinámico, lo cierto es que se ignora absolutamente que
las prestaciones sanitarias están ya garantizadas hoy por el Real Decreto
63/1995, de 20 de enero, sobre ordenación de las prestaciones sanitarias
del Sistema Nacional de Salud.
Como no parece que el cambio de rango de la norma sea un fin en sí mismo,
¿cuál es la necesidad de ordenar nuevamente las prestaciones que el
Sistema Nacional de Salud garantiza?
Quizá lo clarifique el criterio contenido en el punto c) página 4 «la
financiación selectiva con criterios de... coste/efectividad.»
Por otra parte el amparo que proporciona la ambigüedad del texto no es
bastante para que nos impida ver con claridad el fin último de la
propuesta. Así, elevar la toma de decisiones en relación a los tiempos
máximos de espera desde el gestor del área a una «Comisión de Prioridades
del Consejo Interterritorial» para determinar el derecho del paciente a
ser atendido en otro centro, puede ser una vía abierta a la privatización
del sistema.
Porque si simultáneamente a la fijación de tiempos máximos de espera, se
libera a los profesionales de la dedicación exclusiva y se van a ajustar
--reducir-- plantillas, no parece que se encaminen los esfuerzos a
mejorar la eficiencia del Sistema Nacional de Salud. Más bien se trata de
reconocer y proclamar «a priori» la incapacidad del Sistema para el
cumplimiento de esos plazos, y de derivar al sistema privado actividad
asistencial.
No son las apuntadas las únicas discrepancias del Grupo Parlamentario
Socialista que fundamentan el voto particular a las conclusiones de la
Subcomisión. Lo relativo a los profesionales sanitarios constituye un
clamoroso ejemplo de improvisación y de propuestas contradictorias y
erróneas, lo cual, si consideramos que la asistencia sanitaria es
fundamentalmente un servicio de prestación personal, resulta
significativo.
Por ejemplo, al considerar imprescindible el establecimiento por ley
básica (?) de un nuevo modelo de relación laboral para el personal
estatutario, pero también, con carácter básico (?) para todo el sistema,
regular mediante un Estatuto profesional propio se incurre en errores y
contradicciones, pues se olvida que el modelo de relación laboral es el
Estatuto de los Trabajadores y no acaba de quedar claro si se propone un
régimen estatutario o laboral para el personal.
En el ámbito de la organización y la gestión, caso de atender las
propuestas de la Subcomisión, el Gobierno --Ministerio de Sanidad-- tiene
una ardua tarea por delante, la de desandar lo andado en este año largo
de mandato.
Si hay que separar las funciones de planificacion, financiación, compra y
provisión de servicios, tendrá que procederse a desdoblar al Secretario
General de Asistencia Sanitaria, Presidente del Insalud, y Presidente de
los Patronatos de Alcorcón y Manacor, órganos de gobierno de dichos
hospitales.
Si de lo que se trata es de dotar de mayor autonomía a los centros y a
sus gestores --como propone la Subcomisión-- entonces ni siquiera
bastaría con tal desdoblamiento.
Si hay que promover la competencia entre proveedores habrá que volver a
liberalizar la venta de efectos y accesorios que el Gobierno ha devuelto
en exclusiva a las Oficinas de Farmacia.
Si hay que profesionalizar la gestión habrá que recuperar a algunos
Gerentes de hospital cesados en sus responsabilidades no precisamente por
criterios de profesionalidad.
Y si hay que gestionar con criterios empresariales habrá que hacer lo que
hacen todas las empresas conocidas que es otorgar a su personal la máxima
prioridad y en consecuencia ocuparse de seleccionarlo, en lugar de
contratar tal función con una entidad ajena a la «empresa sanitaria».
Son muchos los ejemplos que avalan la valoración expuesta en el sentido
de que las conclusiones de la Subcomisión constituyen un desafortunado
cúmulo de imprecisiones y ambigüedades, que por otra parte se contradicen
abiertamente con las decisiones que en política sanitaria ha adoptado el
Gobierno.
También se detectan ausencias clamorosas. Ni una sola consideración sobre
la atención primaria, que no existe en el documento, ni sobre la salud
pública --no se sabe para qué trabaja el Sistema Nacional de Salud,
cuáles son sus objetivos--, ni sobre la prevención de la enfermedad, ni
sobre la formación del médico, tanto en el postgrado como a nivel de
postgrado, complementando el muy satisfactorio sistema MIR, ni sobre la
investigación.
Ausencias, ambigüedades y contradiciones que no oscurecen lo que sí se
propone por la Subcomisión, lo que se aborda expresamente que, por las
razones antedichas, supone la quiebra del modelo sanitario público, que
el Grupo Parlamentario Socialista defiende, al plantear la ruptura del
aseguramiento público único, abrir procesos para hacer tabla rasa de las
prestaciones sanitarias hoy garantizadas, y poner en grave riesgo la
viabilidad financiera del sistema y su equidad. Es decir, afecta a su
propia esencia y a la capacidad que, de momento, tiene para hacer más
iguales a todos los ciudadanos.
IV. CONCLUSIONES
1. La Comisión constata que no se ha podido llegar a un consenso entre
los diferentes Grupos Parlamentarios integrantes de la misma sobre las
reformas necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su
viabilidad futura.
2. La Comisión considera que la Subcomisión no se ha ajustado a las
normas reglamentarias sobre procedimiento, lo que culmina con la
aprobación fuera de plazo de su informe. La Subcomisión ha incumplido el
mandato para el que se constituyó, esto es, la consolidación y mejora del
Sistema Nacional de Salud, al formular propuestas que lo desvirtúan.
3. La Comisión constata que el Gobierno, durante el período de trabajo de
la Subcomisión, ha adoptado medidas respecto del sistema sanitario
ignorando las posibles conclusiones de los trabajos de la Subcomisión.
4. La Comisión rechaza los propuestas contenidas en el informe de la
Subcomisión, aprobado el 23 de septiembre de 1997.
5. La Comisión decide, por tanto, no elevarlas al Pleno para su discusión
y votación.
A la Comisión de Sanidad y Consumo
El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria presenta los siguientes votos
particulares al texto aprobado por la Subcomisión de modernización y
reforma del Sistema Sanitario.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de octubre de 1997.--Jesús Gómez
Rodríguez, Diputado del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.--José
Carlos Mauricio Rodríguez, Portavoz del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria.
1. A la recomendación 3.ª
En el apartado b), segunda línea, después de: «... sociosanitaria...»
añadir: «...específica...».
2. A la recomendación 3.ª
En el apartado f), después de: «fomentar la iniciativa...», añadir:
«...privada...».
3. A la recomendación 5.ª
Añadir, al final del párrafo cuarto, el siguiente texto:
«..., máxime cuando el gasto Sanitario Público español en términos del
PIB, se encuentra por debajo de la media de la Unión Europea.»
4. A la recomendación 5.ª
Añadir, un segundo párrafo nuevo en el apartado b) con el siguiente
texto:
«Asimismo un incremento adicional al objeto de converger con la media
europea en gasto sanitario público en los próximos 4 años.»
5. A la recomendación 6.ª
En el párrafo segundo, séptima línea, después de: «... desplazamientos de
población, ...».
Añadir: «la insularidad, la dispersión geográfica, ...».
6. A la recomendación 6.ª
En el párrafo segundo, añadir al final: «...considerando el último censo
de población, a fin de corresponder con la realidad poblacional».
7. A la recomendación 7.ª
Añadir un segundo párrafo nuevo con el siguiente texto:
«Las oficinas de farmacia como establecimientos sanitarios privados de
interés público se regirán por las normas que establezcan las Comunidades
Autónomas, las cuales deberán aplicar criterios de Derecho Privado en la
normativa referente a todos sus negocios jurídicos tales como
adquisición, transmisión, sucesión, etcétera, cualquiera que sea la forma
de autorización de apertura.»
8. A la recomendación 9.ª
En el apartado a), párrafo tercero, después de: «... a la información
asistencial comparada», añadir: «y recurrir a una segunda opinión».
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, los diputados
del Partido Democrático de la Nueva Izquierda, integrados en el Grupo
Mixto, presentan el siguiente voto particular a la totalidad del Informe
aprobado por la Subcomisión de modernización y reforma del Sistema
Sanitario.
Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de octubre de 1997.--Cristina
Almeida Castro, Diputada del Partido Democrático de la Nueva
Izquierda.--Manuel Alcaraz Ramos, Diputado del Partido Democrático de la
Nueva Izquierda.--Ricardo Peralta Ortega, Diputado del Partido
Democrático de la Nueva Izquierda.--Begoña Lasagabaster Olazábal,
Portavoz del Grupo Mixto.
Voto particular al informe de la Subcomisión de consolidación y
modernización del Sistema Nacional de Salud
Más de cuarenta años de Estado del Bienestar, en nuestro caso con muchas
matizaciones como consecuencia del entorno político en el que nos hemos
movido, han configurado una sociedad con una serie de características a
considerar desde un punto de vista sanitario: desde el envejecimiento
progresivo de la población y la disminución de la natalidad a la
concentración urbana de la población, la prevalencia de las
drogodependencias, el incremento de enfermedades crónicas y
degenerativas, el SIDA, las patologías derivadas del paro, la
siniestralidad laboral, etcétera.
Nuestro entorno europeo elaboró distintos modelos de sistemas sanitarios,
desarrollando el Estado del Bienestar, en absoluto homogéneos pero con
unas características comunes: consideración de la protección de la salud
como un derecho reconocido a la totalidad de los ciudadanos y
responsabilidad del Estado, el financiamiento sanitario público, la
tendencia a la universalización de la asistencia, la visión del sistema
sanitario y de bienestar social como instrumento de redistribución,
etcétera.
El Estado del Bienestar se encuentra ante una crisis de tipo financiero,
de racionalidad y de legitimación. Una de las soluciones a esta crisis es
una ideología y praxis política basada en el individualismo, la
desigualdad como factor incentivador y, por tanto, positivo, y la
libertad, en el sentido de la mínima injerencia por parte del Estado en
las órbitas económica y social. Esta ideología propugna la disminución de
la participación pública en el gasto sanitario, la liberalización
creciente del sistema, la introducción de sistemas de copago, las
limitaciones a la cobertura del sistema, etcétera.
Ante estos planteamientos, cabe formular propuestas que parten de la
concepción de la salud como un derecho de la persona, considerando la
salud en un sentido propio y positivo, no formulada en contraposición con
la enfermedad e inseparable del bienestar social. La salud sería un
instrumento para la promoción del individuo en el plano personal y
social, y, en este sentido, como instrumento en el diálogo
persona-naturaleza, y, por tanto, en la transformación progresiva de la
sociedad.
Nuestra propuesta sanitaria configuraría pues un sistema sanitario
público, financiado a partir de impuestos, gestionado públicamente,
universal y gratuito en el momento del uso, centrado en el usuario y en
su satisfacción como ciudadano, participativo, integrado,
descentralizado, eficiente, equitativo, tomando como base la promoción de
la salud, adecuado a los nuevos perfiles de morbilidad y a las
necesidades de nuestra sociedad, instrumento de redistribución social.
Como consecuencia de todo ello, presentamos este voto particular por
discrepar con algunos de los contenidos del documento sometido a nuestra
consideración. Las discrepancias se refieren a los temas siguientes:
I. ASEGURAMIENTO
1. No se puede hablar del aseguramiento único sólo en términos de pasado
y para el futuro dejarlo en función de una «redefinición». Se ha de
mantener el compromiso con el aseguramiento único para el futuro. Las
excepciones (MUFACE) se han de suprimir o reconocer que sólo son válidas
precisamente porque son excepciones.
C) Se debe «precisar el papel de las distintas entidades...» pero sólo en
el aseguramiento, no en «la provisión (...) De la asistencia sanitaria»
que tales entidades de aseguramiento --se entiende que no se refiere a la
única y pública que es y ha de ser la Seguridad Social-- no deben
prestar.
2.C) No es adecuado hablar de «financiación selectiva de prestaciones con
cargo al Sistema Nacional de Salud», ya que todas las prestaciones
incluidas en el catálogo deben ser gratuitas.
3. Modificación total de este apartado.
La asistencia socio-sanitaria es una atención sanitaria que, por
necesidades sociales, debe realizarse de otra forma. Entre tales
atenciones necesarias están alguna que son de carácter mixto preventivo
y/o curativo que pueden precisar de medidas propias del problema social y
sanitario existente, medidas, como, por ejemplo, el internamiento en
residencias socio-sanitarias. No se trata de segregar la atención
sanitaria de la social; frecuentemente en tales casos no son
diferenciables. En la medida en que se trata de atención sanitaria debe
cubrirlas el Sistema Nacional de Salud, público y gratuito, con los
correspondientes instrumentos de control de calidad.
4. Las «fórmulas» propuestas son insuficientes para la «racionalización
de la prestación farmacéutica» necesaria y posible.
Sólo habla y de forma genérica de algunas medidas. Nada se dice de la
reestructuración de la distribución de medicamentos. Es necesario en este
sector, suprimir el proteccionismo, modificar los canales de distribución
(p.e. suministro de medicamentos y otros productos sanitarios en Centros
de Salud y Hospitales) y, sobre todo, la necesaria diferenciación entre
asesoramiento farmacológico a los ciudadanos y a los médicos que,
evidentemente, han de realizar los farmacéuticos, y la distribución
de medicamentos y otros productos sanitarios que podría
realizarse con diversidad de formas mucho más económicas manteniendo el
principio de equidad de acceso.
II
5. No se aclara cómo se financiará. No se precisa que se mantendrá el
financiamiento exclusivamente público.
El crecimiento del gasto NO se debe sólo a «factores exógenos a la
gestión». También hay problemas de gestión, por ejemplo, la falta de
exigencia de responsabilidades a los cargos públicos en los ámbitos donde
se incumplen los presupuestos.
6. La equidad en la distribución territorial mediante métodos capitativos
debe aplicarse también dentro de las CC. AA. Además, la inclusión de los
fondos específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia y
otros no debe ser una posibilidad («pudiendo incluir»), sino una
obligación («incluyendo»).
III
8. Debe ratificarse que se tratará, exclusivamente, de autonomía
manteniendo el carácter público de los Centros, única garantía de control
democrático.
No se habla del necesario control rígido de los niveles de cumplimiento
de objetivos de salud y económico y de las limitaciones al endeudamiento
como forma de centrifugar y ocultar déficits.
c) La calidad no es únicamente una cuestión de acreditación o de
información para que el ciudadano elija (avance importante), ha de ser
también un compromiso de las autoridades sanitarias en evaluar
constantemente la calidad de los Centros sanitarios y de hacer públicas
tales informaciones, lo cual seguramente implica la creación de
organismos de evaluación e información de calidad de los Centros
dependiente de los Parlamentos.
10.«Protagonismo de los profesionales»... El título es contradictorio.
Debe apoyarse a los profesionales y facilitar su labor, pero el único y
exclusivo protagonismo del Sistema sanitario lo deben tener los
ciudadanos y su salud. Quienes trabajan para la salud de los ciudadanos
en los Centros sanitarios, en la Administración o en la industria no
deben ejercer ningún protagonismo, están al servicio de los ciudadanos.
IV
Los Ayuntamientos son los grandes olvidados, apenas se cita su papel. Los
Ayuntamientos han de ser la vía efectiva y democrática de participación
de los ciudadanos y son también la mejor vía para la descentralización de
la gestión. Han de ser oídos también en el Consejo Interterritorial.
A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Consumo
De acuerdo con lo establecido en la Resolución de la Presidencia del
Congreso de los Diputados, de 26 de junio de 1996, el Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso, presenta el siguiente voto particular al Informe
aprobado por la Subcomisión de modernización del Sistema Sanitario.
Modificación del apartado d, del punto 3.
Donde dice: «Estructurar dentro de la asistencia sanitaria pública una
adecuada red de centros de atención a la salud mental».
Debe decir: «Estructurar una red de centros y servicios para la
asistencia a pacientes psiquiátricos de larga duración, complementaria de
la asistencia sanitaria pública».
Madrid, 10 de octubre de 1997.--El Portavoz, Luis de Grandes Pascual.
ACUERDO DE LA SUBCOMISION PARA AVANZAR EN LA CONSOLIDACION DEL SISTEMA
NACIONAL DE SALUD MEDIANTE EL ESTUDIO DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA
GARANTIZAR UN MARCO FINANCIERO ESTABLE Y MODERNIZAR EL SISTEMA SANITARIO
MANTENIENDO LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD Y EQUIDAD EN EL ACCESO
(154/000003), APROBADO A SU VEZ POR LA COMISION DE SANIDAD Y CONSUMO EN
SU SESION DEL 21 DE OCTUBRE DE 1997
El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 11 de junio
de 1996, acordó, con motivo de una proposición no de ley presentada por
el Grupo Parlamentario Popular, constituir, en el seno de la Comisión de
Sanidad y Consumo, una Subcomisión para el estudio de las reformas
necesarias para modernizar el sistema sanitario y garantizar su
viabilidad futura.
Tras un amplio período de tiempo, en el que se han sucedido numerosas
comparecencias y se han desarrollado, al hilo de las mismas, debates
internos entre sus miembros, la Subcomisión ha acordado elevar al Pleno
de la Cámara, para su debate y aprobación definitiva, las propuestas que
a continuación se recogen.
Estas propuestas se articulan en torno a los cuatro grandes capítulos
sobre los que se ha centrado el trabajo de la Subcomisión, esto es (I)
aseguramiento y prestaciones, (II) financiación, (III) organización y
gestión y (IV) coordinación territorial. Las propuestas, que adoptan la
forma de trece recomendaciones generales, desarrolladas, a su vez, en una
serie de medidas concretas, son las siguientes:
I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES
1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal.
2. Garantizar las prestaciones sanitarias.
3. Instrumentar alternativas para la asistencia socio-sanitaria.
4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación
farmacéutica.
II. FINANCIACION SANITARIA
5. Asegurar un marco financiero estable.
6. Garantizar la suficiencia financiera y la equidad territorial.
III. ORGANIZACION Y GESTION
7. Orientar el sistema sanitario a las necesidades de salud.
8. Impulsar la autonomía de gestión.
9. Atender las preferencias de los usuarios.
10. Potenciar el protagonismo de los profesionales.
IV. COORDINACION TERRITORIAL
11. Completar la descentralización territorial.
12. Promover la cooperación y la coordinación territorial.
13. Reforzar el Consejo Interterritorial.
I. ASEGURAMIENTO Y PRESTACIONES
1. Consolidar el aseguramiento sanitario universal
El sistema sanitario público, resultado del esfuerzo colectivo de varias
generaciones, es un importante elemento de justicia redistributiva y de
cohesión social que se ha de consolidar atendiendo a los principios
básicos de universalidad, equidad, solidaridad y aseguramiento público y
único.
La Subcomisión manifiesta la necesidad de redefinir y consolidar el
aseguramiento sanitario público como mecanismo de cobertura social frente
al riesgo ordinario de los ciudadanos en relación con su salud, mediante
la reforma legal adecuada, que permita:
a) Fijar los contenidos y el carácter del derecho a la asistencia
sanitaria como derecho público subjetivo, personal y no contributivo, y
garantizar tanto la igualdad del contenido del derecho de cada uno de los
ciudadanos, sin que existan discriminaciones por razones personales,
profesionales o territoriales, como el acceso equitativo a sus contenidos
materiales.
b) Llevar a cabo la universalización efectiva del derecho a la
asistencia sanitaria, extendiéndolo a todos los grupos sociales, y
desvinculándolo de los regímenes de afiliación de la Seguridad Social.
c) Precisar --en el marco del aseguramiento público-- el papel a
desarrollar por las distintas entidades, especialmente por las actuales
mutualidades administrativas, en la gestión y provisión del aseguramiento
y de la asistencia sanitaria, de acuerdo con la pluralidad de formas
existentes.
d) Habilitar instrumentos efectivos de acreditación individual
sanitaria (tarjeta sanitaria personal), estableciendo mecanismos de
identificación compatibles en todo el Sistema Nacional de Salud, y
conferir a las Administraciones sanitarias las funciones que actualmente
se desarrollan en el marco de la Seguridad Social en materias
relacionadas con el aseguramiento sanitario y la asistencia a ciudadanos
extranjeros sujetos a convenios internacionales en materia sanitaria.
2. Garantizar las prestaciones sanitarias
La Subcomisión considera necesario profundizar en la estrategia de
ordenación normativa de las prestaciones, concebida como un elemento
fundamental de determinación de los contenidos del derecho a la
asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.
La ordenación de prestaciones ha de ser más que un mandato normativo fijo
en el tiempo, un proceso participativo y dinámico que defina los
contenidos y las garantías de la asistencia sanitaria, y contribuya a
racionalizar la oferta asistencial.
La ordenación de prestaciones deberá realizarse por ley, previo informe
del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que determine,
entre otros, los siguientes contenidos:
a) Las competencias de ordenación de manera que, en el nivel
central, y previo acuerdo del Consejo Interterritorial, se fijará el
catálogo de prestaciones comunes en el conjunto del Sistema Nacional de
Salud, y expresamente se detallarán las prestaciones asociadas a nuevas
tecnologías, las ligadas a facturación entre servicios, y aquéllas cuya
indefinición pudiese generar graves desigualdades en su utilización. Las
Comunidades Autónomas con competencias sanitarias plenas podrán
complementar este catálogo estableciendo prestaciones adicionales con
cargo a sus fondos propios.
b) Las garantías básicas de las prestaciones relativas a equidad en
el acceso, libre elección, información, derechos de reclamación y
reintegro, calidad y tiempos de espera.
c) La financiación selectiva de prestaciones con cargo al Sistema
Nacional de Salud, que deberán diferenciarse según criterios de
necesidad, utilidad asistencial y social, y coste/efectividad.
En todo caso la incorporación de nuevas prestaciones se vinculará a
fondos específicos, como garantía futura de suficiencia financiera.
La Subcomisión estima que deben elaborarse y ponerse a disposición de los
ciudadanos unas Cartas de Servicios sanitarios que traduzcan a un
lenguaje no tecnificado los contenidos de los catálogos de prestaciones.
Las Cartas deberán precisar cuáles son las prestaciones a que tiene
derecho el usuario y qué mecanismos pueden arbitrarse para exigirlas; con
ello se conseguirán nuevas prácticas de información y transparencia, que
evitarán errores en la práctica de las prestaciones y clarificarán
objetivos de calidad en relación a las mismas.
Los usuarios deberán participar en la confección de las Cartas, a fin de
desarrollar su papel propio en la selección de los servicios.
En el ámbito de la ordenación de prestaciones la Subcomisión recomienda
al Consejo Interterritorial el establecimiento de un programa de
evaluación de tecnologías sanitarias que defina, con carácter anual, las
prioridades que se han de seguir sobre esta última cuestión.
Este programa se hará efectivo contando con la participación de los
diferentes organismos o agencias de evaluación de tecnologías sanitarias
dependientes de las distintas Administraciones competentes. A este
respecto, es necesario recabar también la colaboración de las sociedades
científicas que agrupan a los profesionales especialistas en cada
materia.
Las tecnologías en proceso de evaluación se considerarán en fase de
experimentación, financiándose por vías alternativas a la de la atención
sanitaria, en concepto de investigación clínica.
En cuanto a la garantía de los tiempos de espera, la Subcomisión
recomienda la constitución, en el seno del Consejo Interterritorial, de
una comisión de prioridades, encargada de indicar, para aquellos
procedimientos diagnósticos o terapéuticos que se consideren prioritarios
--por resolver o paliar situaciones de incapacitación, de especial
gravedad y/o urgencia, o condicionar graves penalidades o sufrimientos--,
tiempos máximos de espera, superados los cuales, el paciente tendrá
derecho a ser inmediatamente asistido en el centro donde determine el
correspondiente Servicio de Salud/Insalud.
3. Instrumentar alternativas para la asistencia socio-sanitaria
Ante los significativos cambios demográficos --derivados del aumento de
la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad--, y los patrones de
morbilidad que se observan en España, la Subcomisión considera necesario
impulsar, en coordinación con los responsables de la política social,
iniciativas para la asistencia sociosanitaria, que, entre otras se
concretan en:
a) Diferenciar las prestaciones sanitarias de las actividades
asistenciales de carácter estrictamente social. La Subcomisión recomienda
la fijación, por ley, de los criterios de diferenciación, considerando
sociales --y no sanitarias-- aquellas prestaciones que supongan la
sustitución o colaboración del apoyo familiar y/o en el autocuidado, las
de carácter residencial, y las paliativas de dificultades económicas.
b) Promover el desarrollo de una red de asistencia sociosanitaria
específica que, bajo los principios de descentralización administrativa,
participación social y contribución económica de los usuarios a la
asistencia --en función de la capacidad económica y del tipo de
asistencia que se preste-- está dotada de unidades especializadas de
asistencia en régimen abierto, y de media y larga estancia, y fomente la
creación de nuevas alternativas asistenciales de acogida familiar y ayuda
a domicilio.
c) Coordinar a las Administraciones sanitarias y sociales en la
organización y mantenimiento de esta red socio-sanitaria.
d) Estructurar una red de centros y servicios para la asistencia a
pacientes psiquiátricos de larga duración, complementaria de la
asistencia pública.
La Subcomisión entiende necesario involucrar a la sociedad, en su
conjunto, y a las familias, en particular, en la atención sociosanitaria.
En este sentido, la Subcomisión insta al Gobierno a:
e) promover incentivos para las asociaciones de pacientes y las
organizaciones de voluntariado social,
f) fomentar la iniciativa social en el sector --mediante la apertura
de líneas de créditos blandos para infraestructuras, planificación de la
intervención pública y apoyo a la gestión de los centros--, y
g) reconocer de forma efectiva el papel asistencial de las familias
en la dedicación personal que prestan sus miembros a los enfermos
crónicos y a los ancianos.
4. Desarrollar nuevas fórmulas para la racionalización de la prestación
farmacéutica
Como respuesta al elevado ritmo de crecimiento del coste de la prestación
farmacéutica, que representa aproximadamente una quinta parte del gasto
sanitario total, la Subcomisión considera necesaria la implantación de
nuevos instrumentos de racionalización y control de la prestación
farmacéutica, que, manteniendo sus altos niveles de calidad y
accesibilidad, hagan partícipe de la evolución de la misma a todos los
sectores y agentes implicados, incluidos los usuarios, y que se orienten,
entre otros, hacia los siguientes objetivos:
a) Establecer la progresiva separación entre registro y financiación
por el Sistema Nacional de Salud de las nuevas especialidades
farmacéuticas y regular la posibilidad de financiación selectiva --en
algunos medicamentos-- tan sólo de determinadas indicaciones.
b) Promover los medicamentos genéricos e implantar precios de
referencia. En esta línea, además de regular el régimen de registro y
autorización de medicamentos genéricos, se habrán de impulsar las
autorizaciones administrativas de estas especialidades y promover su
implantación en los hábitos de prescripción y dispensación del sistema.
Todo ello debe hacerse velando para mantener el equilibrio que haga
posible la inversión a los laboratorios que desarrollan patentes, ya que
estas empresas son las principales protagonistas en la investigación de
nuevos medicamentos, que las Administraciones sanitarias deben fomentar.
c) Mejorar los instrumentos de gestión de la prestación,
especialmente, mediante la identificación de los datos del paciente y la
mecanización de los mismos en la facturación de las recetas, y la mayor
participación de los profesionales, que han de contar con una información
rigurosa sobre medicamentos y con incentivos e instrumentos de gestión
tales como el establecimiento de presupuestos farmacéuticos en cada
unidad asistencial, entre otros.
La Subcomisión recomienda al Gobierno, asimismo, que promueva la
modificación de la Ley del Medicamento,
regulando la facultad de sustitución de especialidades por los
farmacéuticos, teniendo en cuenta los precios de referencia y la libertad
de prescripción facultativa sobre principios activos y no sobre
especialidades, a fin de que las Administraciones Sanitarias dispongan de
instrumentos adecuados para aplicar la política de medicamentos genéricos
y precios de referencia que establezca el Gobierno.
La Subcomisión estima necesario promover una mayor participación de las
Oficinas de Farmacia en las actividades sanitarias complementarias de sus
zonas de salud respectivas, y un mayor compromiso de las mismas en los
programas de uso racional del medicamento y control del gasto
correspondiente.
Por último, por lo que se refiere a la participación de las Oficinas de
Farmacia en el coste de la prestación, la Subcomisión estima que los
márgenes del sector de Oficinas de Farmacia deberían, en el futuro,
escalonarse según el precio del medicamento, tendiendo a fijar --con la
participación del sector-- dentro de estos márgenes una cuantía
atribuible al acto profesional de la dispensación.
II. FINANCIACION SANITARIA
5. Asegurar un marco financiero estable
La elevada tasa de crecimiento del gasto sanitario es un motivo de grave
preocupación en España y en otros países occidentales por la dificultad
de adaptar la capacidad de financiación pública al crecimiento del propio
gasto sanitario.
Por una parte, el control del crecimiento del gasto exige la adopción de
mejoras en la gestión de los recursos destinados a Sanidad. Por otra
parte, el crecimiento del gasto se debe a factores exógenos a la gestión,
tales como el envejecimiento de la población, cambios en los patrones de
morbilidad y mortalidad, crecimiento de las expectativas de los
ciudadanos en cuanto a las prestaciones sanitarias y demanda de cuidados
sanitarios y mayores posibilidades de curación, incorporación de nuevas
tecnologías que no siempre tienen carácter sustitutivo, entre otros.
Estas presiones estructurales sobre el gasto sanitario exigen la adopción
de medidas igualmente estructurales para hacer viable financieramente el
sistema sanitario público a largo plazo. Estas medidas revisten una
especial importancia en un contexto de interdependencia económica en el
plano internacional que, en nuestro caso, se concreta en la necesidad de
cumplir los criterios de convergencia establecidos en el Tratado de
Maastricht. Sin embargo, la convergencia con Europa debe atender, no sólo
a los indicadores económicos, sino también a la necesidad de equiparación
en términos de bienestar y de cohesión social.
En consecuencia, tanto desde el punto de vista de creación de empleo,
dinamización de la economía y racionalidad en la cobertura financiera del
gasto público, como desde el punto de vista de su contribución a la
cohesión social y a la salud de la población, es necesario dotar al
presupuesto sanitario con cifras realistas que cubran la financiación de
las prestaciones y servicios que ofrece el sistema sanitario.
En este contexto, la Subcomisión considera necesario:
a) Establecer una base presupuestaria adecuada y realista, tanto
como punto de partida para el próximo cuatrienio como en lo relativo a
los criterios de crecimiento interanual. En virtud de la mayor dotación
de esta nueva base financiera --proporcional a las necesidades presentes
y realista de cara a la evolución futura-- el Presupuesto sanitario, a lo
largo del próximo cuatrienio, experimentará un incremento en términos de
su participación en el PIB nominal.
b) Instar al Gobierno para que en el Consejo de Política Fiscal y
Financiera, con anterioridad a la aprobación del nuevo Acuerdo financiero
para el cuatrienio 1998-2001 y a partir de las propuestas iniciales
expuestas por el Gobierno, se determinen los recursos adicionales a
aportar al Sistema Nacional de Salud en el ejercicio de 1998 y
siguientes, para alcanzar una base presupuestaria adecuada y realista, y,
en su caso, las fuentes de financiación que procedan.
c) Hacer explícitas las fuentes de financiación de las variaciones
de gasto, con carácter previo a la adopción de cualquier medida de
definición de nuevas coberturas y prestaciones con el fin de evitar, en
el futuro, la conculcación del principio de suficiencia financiera.
6. Garantizar la suficiencia y la equidad en la distribución territorial
El Acuerdo de financiación vigente (1994-1997), siguiendo lo establecido
en la Ley General de Sanidad, contempla un reparto basado en el criterio
de población protegida, tomando como referencia la población de derecho
del censo de marzo de 1991, a la que se resta el número de personas
integradas en los colectivos del mutualismo administrativo que reciben
asistencia sanitaria a través de entidades de seguro libre.
Cualquier esquema de financiación ordinaria sin un núcleo capitativo
tiene difícil justificación teórica en un servicio asistencial que se
reconoce universal. Por lo tanto y con independencia de cualquier otro
criterio que pudiera estimarse conveniente para contemplar las
diferencias de coste entre Comunidades Autónomas (la estructura
demográfica, los desplazamientos de población, la insularidad o la
dispersión geográfica, por ejemplo), el modelo de financiación
territorial debe mantener como núcleo básico el criterio de población
protegida, considerando las modificaciones del último padrón, a fin de
corresponder con la realidad poblacional.
Por otra parte, el nuevo Acuerdo de financiación deberá adaptarse al
horizonte, necesariamente cercano, de cierre del modelo asistencial
recogido en la Ley General de Sanidad. Así, la distribución territorial
de recursos debe contemplar y hacer posible las transferencias
pendientes, y considerar a largo plazo la integración y homologación
progresiva de la sanidad en la financiación autonómica.
Teniendo en cuenta estas orientaciones generales, la Subcomisión acuerda:
a) Emplazar a las autoridades financieras del Estado y de las
Comunidades Autónomas, y al Consejo de Política Fiscal y Financiera, a
abordar de inmediato las bases de un nuevo Acuerdo de financiación
cuatrienal para el período 1998/2001, en el cual, respetando los
principios de suficiencia y estabilidad financiera, se deberán establecer
instrumentos para lograr una mayor disciplina presupuestaria.
b) Mantener, en el nuevo modelo de financiación para el próximo
cuatrienio, el criterio de capitación como regla de distribución,
perfeccionado, en su caso, por otros criterios, pudiendo incluir fondos
específicos para financiar los gastos por desplazados, docencia u otros
factores que determinan la variabilidad de costes entre Comunidades
Autónomas.
En todo caso, continuará siendo de aplicación para las Comunidades
Autónomas del País Vasco y Navarra lo previsto en la Disposición
Adicional Primera de la Ley General de Sanidad.
c) Instar al Consejo de Política Fiscal y Financiera a abordar,
durante el período de vigencia del nuevo Acuerdo, la incorporación
posterior de la financiación sanitaria en la financiación autonómica,
sobre la base de criterios de integración progresiva y corresponsabilidad
fiscal.
III. ORGANIZACION Y GESTION
7. Orientar el sistema a las necesidades de salud
La Subcomisión es consciente de las presiones a que están sometidas las
organizaciones sanitarias y de la necesidad de modernización y
flexibilización del sistema. En este sentido considera necesario orientar
la provisión de servicios a las necesidades de salud reales y
prioritarias de la sociedad, a partir de la identificación de las mismas,
mediante los planes de salud de cada Comunidad Autónoma.
8. Impulsar la autonomía de gestión
La modernización organizativa del Sistema Nacional de Salud exige
racionalizar los programas de gasto sanitario público, adoptar modos
organizativos y sistemas de pago que fomenten la eficiencia y la
responsabilización sobre actuaciones y resultados, y procurar altos
niveles de calidad debidamente evaluados y controlados. En esta
dirección, la Subcomisión recomienda:
a) Proseguir en los esfuerzos por separar las funciones de
planificación, financiación, compra y provisión de servicios,
configurando los centros asistenciales como organizaciones autónomas, con
facultades de decisión efectivas y responsables en cuanto a la gestión, y
dotar a los centros de órganos de gobierno operativos y participativos,
independientes de las entidades compradoras y/o financiadoras.
b) Facilitar la extensión de las nuevas formas de gestión a toda la
red asistencial pública, abordando en el seno del Consejo
Interterritorial, con pleno respeto a las competencias en materia
organizativa de las Comunidades Autónomas, la definición de unas
características comunes de la organización interna de los entes o
empresas públicas sanitarias en todas aquellas materias que se consideren
necesarias, atendiendo a las características del servicio que tales
instituciones prestan.
Estas características propias de las organizaciones sanitarias públicas
deben permitir compatibilizar el establecimiento de garantías en la
correcta prestación del servicio público (en materia de equidad en el
acceso de los usuarios a los servicios y garantías en la prestación de
los mismos, régimen presupuestario y económico-financiero, control
patrimonial y régimen de personal) con la aplicación de mayores cotas de
autonomía (dotación de órganos de gobierno propios, vinculación de los
ingresos mediante contratos de los servicios, gestión de flujos de
tesorería y capacidad de autoorganización, entre otros).
c) Controlar la calidad en la asistencia e impulsar su mejora
continua, a través de un sistema general de acreditación de centros y
servicios sanitarios consensuado en el seno del Consejo Interterritorial,
respetando el marco competencial vigente en la materia. La acreditación
debe permitir verificar el cumplimiento por parte de cada institución de
un conjunto de requisitos previamente establecidos.
d) Impulsar la competencia entre proveedores en el marco de un
mercado sanitario regulado, con el soporte de un sistema integrado de
información, fomentando relaciones estables y duraderas entre los agentes
del sistema, instrumentado a través del control y evaluación de los
resultados obtenidos.
9. Atender las preferencias de los usuarios
El Sistema Nacional de Salud debe acomodar las crecientes expectativas de
soberanía individual y participación que acompañan al desarrollo
económico, social y cultural, otorgando a los ciudadanos un mayor
protagonismo del que disfrutan en la actualidad y promoviendo una
organización de los procesos asistenciales --en sus vertientes técnica, y
de servicio y confort-- más acorde con sus preferencias. La Subcomisión
estima necesario:
a) Profundizar en los esfuerzos ya iniciados para reconocer el
derecho a la elección de proveedor, y acometer las reformas organizativas
que lo hagan efectivo (tanto en lo que afecta al paciente como a la
financiación de las instituciones sanitarias).
A este respecto, deberán modificarse las disposiciones de la Ley General
de Sanidad, para establecer la libre elección de médico y centro, ambas
con las limitaciones que la organización de los Servicios imponga y
referidas al ámbito de los Servicios de Salud correspondientes.
Asimismo, se deberá regular el derecho a la información asistencial
comparada y establecer, a este fin, la información sobre calidad
asistencial que estarán obligadas a aportar las instituciones sanitarias
como derecho del usuario y requisito para la provisión de la asistencia
sanitaria en el sector público.
b) Lograr una mayor participación social en todas las instituciones
asistenciales del sistema, fomentando los movimientos asociativos y del
voluntariado, impulsando
las comisiones de participación ciudadana, y mejorando los procedimientos
de información y de reclamación.
10. Potenciar el protagonismo de los profesionales
Los profesionales sanitarios constituyen el principal activo del Sistema
Nacional de Salud. Su motivación y compromiso con la gestión son, sin
lugar a dudas, retos históricos pendientes de resolver en el sistema
público.
Dos factores pueden considerarse el origen de esa situación: la falta de
un adecuado sistema de incentivos y la burocratización y rigidez de las
relaciones profesionales. Para abordar la resolución de este problema, la
Subcomisión considera imprescindible el establecimiento, por ley básica,
de un nuevo modelo de relación laboral para el personal estatutario de
los servicios de salud.
Respetando las competencias en materia sanitaria de las Comunidades
Autónomas es preciso abordar un nuevo régimen de personal compatible con
la autonomía de gestión de los centros, al objeto de alcanzar los
siguientes fines:
a) Regular las peculiaridades del personal estatutario de las
instituciones sanitarias públicas mediante un Estatuto profesional
propio, de carácter básico para todo el sistema, sin perjuicio de su
desarrollo por las Comunidades Autónomas.
b) Fomentar la descentralización de los procesos de selección y
promoción profesional en el plano de las organizaciones proveedoras y
garantizando con criterios objetivos la calidad de los servicios y el
mantenimiento permanente de la motivación personal.
c) Flexibilizar el régimen de dedicación, mediante una mayor
personalización de las condiciones de trabajo, promover nuevas fórmulas
retributivas en las que realmente se prioricen los incentivos a la
actividad y a la calidad, y hacer efectiva la participación de los
profesionales en la toma de decisiones de los centros.
d) Adecuar las plantillas a las necesidades efectivas de las
instituciones, y promover soluciones legales para el ajuste por los
centros de las mismas y regular la negociación colectiva a nivel de
centro, bajo pautas comunes a todo el sistema, por lo que se refiere al
volumen total de empleo en el sector y a las condiciones salariales
básicas.
e) Profesionalizar la función directiva y establecer mecanismos
consecuentes de evaluación de los equipos de dirección.
En el ámbito de la regulación de las profesiones sanitarias, la
Subcomisión considera conveniente:
f) Promover, por ley, una ordenación específica de las profesiones
sanitarias con amplia participación de colegios, sociedades científicas y
asociaciones profesionales.
g) Instar al Gobierno a resolver urgentemente el problema de las
titulaciones pendientes así como adecuar las especialidades sanitarias a
las necesidades asistenciales, profundizando en el sistema de formación
especializada (residencia), a través de criterios de troncalidad dando
paso a especialidades emergentes, y promoviendo las áreas de capacitación
específica. Las Comunidades Autónomas deben participar en este proceso de
forma efectiva, en el seno del Consejo Interterritorial.
IV. COORDINACION TERRITORIAL
11. Completar la descentralización territorial
La implantación efectiva del modelo sanitario de la Ley General de
Sanidad exige la definitiva transferencia de la gestión de la asistencia
de la Seguridad Social, y su red de centros, a todas las Comunidades
Autónomas. La Subcomisión considera necesario dar un impulso político que
cierre el modelo de descentralización territorial, transfiriendo la
asistencia sanitaria a las Comunidades Autónomas del artículo 143 de la
Constitución, y promoviendo un pacto con las corporaciones locales para
que éstas asuman en el futuro un mayor protagonismo asistencial.
Con tales objetivos en perspectiva, la Subcomisión propone:
a) Promover las iniciativas institucionales que sean necesarias para
equiparar las competencias de las Comunidades Autónomas del artículo 143
de la Constitución en materia de asistencia sanitaria.
b) Hacer efectivos los traspasos de los servicios del Insalud,
fijando un plazo para el cierre final del modelo sanitario territorial.
c) Desarrollar, mediante el acuerdo interinstitucional que
corresponda, una mayor presencia en la actividad asistencial de las
corporaciones locales.
La Subcomisión considera que los procesos de descentralización sanitaria
no deben limitarse a la transferencia de la red asistencial actualmente
gestionada por la Administración General del Estado a las Comunidades
Autónomas. Es preciso, además, que el impulso a la descentralización
administrativa se lleve a cabo también en el ámbito de cada una de las
Comunidades Autónomas, en un proceso abierto de participación local y
social y de autonomía creciente de las instituciones en la toma de
decisiones que les conciernen.
12. Promover la cooperación y coordinación territorial
La culminación del proceso de transferencias debe permitir una
reconsideración a fondo del ejercicio efectivo de la función de
coordinación del sistema que corresponde al Ministerio de Sanidad y
Consumo. En un escenario de plena descentralización la dirección del
Sistema Nacional de Salud ha de desarrollarse fundamentalmente en la
búsqueda del consenso y la participación de las Comunidades Autónomas.
Estas, a su vez, han de contribuir al mantenimiento de la identidad común
del sistema de acuerdo a los principios de lealtad institucional y
cooperación recíproca.
Con ese objetivo, el Ministerio deberá potenciar el desarrollo de sus
funciones de coordinación principalmente a través del Consejo
Interterritorial, más por la vía de generación de valor como unidad
central y arbitral del
sistema, que a través del ejercicio unilateral de su posición jerárquica
o de sus competencias privativas.
El cierre del modelo territorial obliga no sólo al Estado sino a todos
los agentes del sistema sanitario a avanzar en la configuración de un
Sistema Nacional de Salud que, sin perjuicio de la autonomía de gestión
de las Comunidades Autónomas, garantice unos elementos básicos comunes:
financiación, planificación integrada e información recíproca.
En este sentido, la Subcomisión considera necesario, al margen de las
iniciativas específicas de coordinación recogidas en los capítulos
anteriores, abordar los siguientes retos:
a) Perfilar el contenido de la función financiera, especialmente en
lo que se refiere, a la definición de criterios de financiación de la
sanidad pública y al establecimiento de los sistemas de información y
estadísticas económico-sanitarias comunes.
b) Poner en marcha, en el seno del Consejo Interterritorial,
instrumentos de coordinación normativa entre el Estado y las Comunidades
Autónomas para el desarrollo jurídico armónico de los aspectos
fundamentales del Sistema Nacional de Salud.
c) Renovar, bajo las directrices del Consejo Interterritorial, los
contenidos de la planificación integrada y dotar de medios específicos a
la misma, así como potenciar los programas sectoriales conjuntos,
orientando estas actividades hacia nuevos enfoques en materia de salud
pública, mediante iniciativas compensatorias y actuaciones conjuntas
sobre los grupos sociales más vulnerables y los mayores factores de
riesgo.
d) Definir el modelo central de información, con participación,
financiación y control común, de la Administración General del Estado y
de las Comunidades Autónomas.
e) Redefinir la Alta Inspección Sanitaria, que deberá ser
fundamentalmente el instrumento específico de garantía de la equidad en
el acceso a las prestaciones y de la inexistencia de discriminaciones,
instando al Gobierno a que regule reglamentariamente el ejercicio de sus
funciones, de acuerdo a las directrices del Consejo Interterritorial.
La Subcomisión sugiere al Gobierno que aborde, en el seno del Consejo
Interterritorial, nuevas iniciativas para el desarrollo del mandato
constitucional de «coordinación general de la Sanidad», entre otros
sectores, en materia de aseguramiento, política de personal, acreditación
y evaluación, ordenación de prestaciones, investigación
científico-técnica, y, especialmente, en salud pública.
La Subcomisión parlamentaria sugiere al Gobierno avanzar en la encomienda
a las Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito territorial respectivo,
de la prestación de los servicios y el desempeño de las actuaciones
ejecutivas y de inspección y control que en materia sanitaria
corresponden al Estado con el fin de optimizar los recursos y conferir
mayor eficiencia al sistema.
13. Reforzar el Consejo Interterritorial
La descentralización del sistema sanitario y los avances en la
cooperación y coordinación territorial requieren un reforzamiento del
papel del Consejo Interterritorial en el futuro. En esa línea será
necesario promover, mediante la iniciativa legislativa y la acción
política, un importante salto cualitativo en la configuración de las
funciones y en la capacidad de aunar voluntades que ha de corresponder al
Consejo, cuya función, como órgano de intercambio, de información
recíproca y de puesta en común ha de incrementarse en el futuro.
La Subcomisión manifiesta, pues, la necesidad de fortalecer el papel de
este órgano como el instrumento esencial de vertebración del sistema
sanitario.
En este espíritu, las iniciativas fundamentales que deberán abordarse,
mediante las reformas legales o institucionales que correspondan, son las
siguientes:
a) Revisar su naturaleza jurídica y configuración administrativa,
otorgándole mayores facultades de decisión, y ampliar sus funciones como
órgano a través del cual se ha de instrumentar, preferentemente, la
fijación de las bases --sin perjuicio de su formal establecimiento por
ley--, la coordinación general sanitaria y los criterios generales de la
Alta Inspección.
b) Modificar su composición, suprimiendo su carácter paritario, y
establecer un nuevo régimen de acuerdos, --incluida la posibilidad de
introducir el voto ponderado según los casos-- que vincule de un modo más
operativo a todos sus miembros, utilizando, entre otros instrumentos, la
figura de los Convenios de Conferencia Sectorial.
c) Promover la participación en el Consejo de los diferentes agentes
que concurren en el sistema sanitario (organizaciones sindicales y
empresariales, de consumidores y usuarios, corporaciones profesionales
sanitarias, universidades y entidades científicas) mediante la
modificación, por ley, del Comité Consultivo.
d) Y, por último, dotar al Consejo Interterritorial y a todos sus
órganos de una estructura de soporte operativa que cuente con los medios
personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus cometidos y
el seguimiento de sus acuerdos.
Es voluntad de los grupos parlamentarios firmantes de este Acuerdo que
las iniciativas y las medidas que aquí se proponen propicien el más
amplio consenso institucional posible, en el mismo espíritu que ha
inspirado, recientemente, los pactos parlamentarios y sociales de
pensiones y empleo.
El objetivo de los trabajos de esta Subcomisión no ha sido otro que el de
favorecer un clima de entendimiento entre todos los grupos parlamentarios
--representantes de la soberanía popular-- a fin de superar
confrontaciones partidistas sobre el futuro de la sanidad, evitando que
se transmita a la población inquietud alguna sobre el mantenimiento de
los niveles alcanzados en la asistencia sanitaria española.
Estas propuestas, que habrán de ser consideradas y debatidas en la
Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados --y para las
que los integrantes de esta Subcomisión solicitan el apoyo de los
restantes grupos parlamentarios presentes en la citada Comisión--,
pretende ser un programa realista de futuro que ha de inspirar la
evolución de nuestro Sistema Nacional de Salud, elemento fundamental de
justicia y cohesión
social, cuyos principios de aseguramiento, financiación, organización y
gestión, y cuyo modelo territorial deben consolidarse y modernizarse con
el apoyo de todos los agentes y grupos sociales, la participación de los
profesionales y de la ciudadanía, como seña de identidad común de nuestro
Estado democrático y autonómico de derecho.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 1997.--El
Presidente de la Comisión, Feliciano Blázquez Sánchez.--La Secretaria de
la Comisión, Blanca García Manzanares.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme
a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 117 del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, mantener para su debate
en Pleno el voto particular a las conclusiones de la Subcomisión para
avanzar en la consolidación del Sistema Nacional de Salud mediante el
estudio de las medidas necesarias para garantizar un marco financiero
estable y modernizar el Sistema Sanitario Público manteniendo los
principios de universalidad y equidad en el acceso (núm. expte.
154/000003).
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 1997.--El
Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Jesús Caldera
Sánchez-Capitán.
Al Presidente del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de la Cámara,
se comunica el mantenimiento, para su defensa en el Pleno, del voto
particular presentado al Informe de la Subcomisión para avanzar en la
consolidación del Sistema Nacional de Salud (núm. expte. 154/000003).
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 1997.--Cristina
Almeida Castro, Diputada del Partido Democrático de la Nueva
Izquierda.--Manuel Alcaraz Ramos, Diputado del Partido Democrático de la
Nueva Izquierda.--Ricardo Peralta Ortega, Diputado del Partido
Democrático de la Nueva Izquierda.--Begoña Lasagabaster Olazábal,
Portavoz del Grupo Mixto.
A la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados
Por medio del presente escrito, ante la imposibilidad sobrevenida de
asistir a la sesión de esa Comisión que se celebrará el martes 21 de
octubre de 1997, se solicita que se tenga por defendido y mantenido en su
totalidad el voto particular presentado por la diputada y los diputados
del Partido Democrático de la Nueva Izquierda, integrados en el Grupo
Mixto, al Informe de la Subcomisión para avanzar en la consolidación del
Sistema Nacional de Salud (núm. expte. 154/000003), a los efectos de su
votación en dicha sesión y, en su caso, de lo dispuesto en el artículo
117 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 1997.--Cristina
Almeida Castro, Diputada del Partido Democrático de la Nueva
Izquierda.--Manuel Alcaraz Ramos, Diputado del Partido Democrático de la
Nueva Izquierda.--Ricardo Peralta Ortega, Diputado del Partido
Democrático de la Nueva Izquierda.--Begoña Lasagabaster Olazábal,
Portavoz del Grupo Mixto.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, al amparo de lo establecido
en el Reglamento del Congreso, mantiene para su defensa ante el Pleno de
la Cámara, los votos particulares presentados por este Grupo al texto de
la Subcomisión de modernización y reforma del Sistema Sanitario, los
cuales fueron votados y rechazados por la Comisión.
Madrid, 23 de octubre de 1997.--El Portavoz del Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria, José Carlos Mauricio Rodríguez.