Ruta de navegació
Publicacions
BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 287, de 08/02/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SECCION CORTES GENERALES
VI LEGISLATURA
Serie A: 8 de febrero de 1999 Núm. 287 ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS
ÍNDICE
PROPOSICIONES NO DE LEY/MOCIONES
Comisión Mixta para la Unión Europea 161/001349 (CD) 663/000055 (S)
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Socialista del Congreso,
relativa a la aplicación del Derecho Comunitario en las Regiones
Ultraperiféricas en desarrollo del artículo 299 del Tratado de
Amsterdam ... (Página 2)
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL
Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer 181/002115 (CD)
683/000108 (S) Pregunta formulada por la Diputada doña María Cristina
Almeida Castro (GMX), sobre funcionamiento de las Mesas de Seguimiento
del III Plan de Igualdad de Oportunidades ... (Página 3)
CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO
PROPOSICIONES NO DE LEY/MOCIONES
Comisión Mixta para la Unión Europea
161/001349 (CD) 663/000055 (S)
La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy,
ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de
referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
161/001349.
AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.
Proposición no de Ley relativa a la aplicación del Derecho
Comunitario en las Regiones Ultraperiféricas en desarrollo del
artículo 299 del Tratado de Amsterdam.
Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión,
admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión Mixta
para la Unión Europea. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Senado,
al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE
LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de
dirigirme a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en los
artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa a la
aplicación del Derecho Comunitario en las Regiones Ultraperiféricas
en desarrollo del artículo 299 del Tratado de Amsterdam, para su
debate en la Comisión Mixta Congreso-Senado para la Unión Europea.
Exposición de motivos
El ascenso de la Declaración vigesimosexta del Tratado de la Unión
Europea relativo a las Regiones Ultraperiféricas a la categoría de
Derecho Originario mediante la introducción del nuevo artículo 299
del
Tratado de Amsterdam, constituye sin duda alguna, un avance en la
dirección de una integración apropiada de Canarias en la Unión
Europea. No obstante, los precedentes del desarrollo del anterior
artículo 227.2 -antecedente del actual artículo 299- del Tratado de
las Comunidades Europeas relativo a los Departamentos franceses de
Ultramar, indican que las especificidades han sido objeto en el
pasado de una interpretación relativamente restrictiva por parte del
Tribunal de Justicia Europeo.
La sentencia «Hansen» permitió, en principio, una aproximación
flexible salvaguardando la facultad del Consejo de adoptar medidas
específicas con el fin de satisfacer las necesidades de estos
territorios, incluso pese a que el Consejo no hizo uso de esta
potestad en el período inicialmente fijado de dos años. La
experiencia muestra que sentencias posteriores del Tribunal de
Justicia Europeo, limitaron el alcance de la doctrina «Hansen»
impidiendo una exención de carácter general como la que ahora aparece
recogida en el artículo 299 del Tratado, aun cuando se matiza el
hecho de que estas modulaciones se adoptarán sin atentar a la
integridad y coherencia del ordenamiento jurídico comunitario,
incluido el Mercado Interior y las políticas comunes.
Por tanto, siempre que se respete este límite, el nuevo artículo
obliga al Consejo a pronunciarse por mayoría cualificada, previa
propuesta de la Comisión, sobre las nuevas modalidades de aplicación
del Derecho Comunitario en las Regiones Ultraperiféricas. En
principio, este acto jurídico se articularía mediante la adopción del
correspondiente reglamento base, cuyo contenido debería concretarse
durante el presente año de 1999. No debe perderse de vista esta
perspectiva temporal, por cuanto en el nuevo artículo 299 no se dice
nada en lo relativo a la fijación de un plazo temporal para la
adopción de las nuevas medidas, lo cual introduce el riesgo de
inacción legislativa si no se permanece en activa actitud vigilante.
La experiencia demuestra que el recurso de carencia contemplado en el
artículo 175 del Tratado de las Comunidades Europeas contra la
inactividad del Consejo o de la Comisión, ha dado pocos resultados en
la práctica, máxime teniendo en cuenta que en el caso que nos ocupa
sería el propio Tribunal de Justicia Europeo el encargado de definir
los límites de las modulaciones con arreglo a los principios de
coherencia e integridad antes aludidos. Además de ello, se vislumbra
la modificación de la ponderación de los votos en el seno del Consejo
como consecuencia de la próxima ampliación. Esta es una cuestión
esencial, dado que afecta a la aritmética de la nueva mayoría
cualificada y por ende, al desarrollo legislativo del artículo 299.
Por ello, consideramos prudente que para obviar la carencia de plazo
antes indicada y en un intento de evitar posibles complicaciones, el
Reglamento Base debería desarrollarse durante 1999, de forma que
estuviese preparado en el momento de la entrada en vigor del Tratado
de Amsterdam.
Por todo lo anterior se insta al Gobierno a:
1. Realizar negociaciones preliminares con la célula especial de la
Secretaría de la Comisión encargada del seguimiento del Tratado de
Amsterdam para profundizar en el desarrollo del artículo 299 y en
particular de su apartado segundo, así como con las Direcciones
Generales de la Comisión Europea más directamente implicadas,
elaborando los estudios e informes apropiados sobre aquellas
cuestiones que interese evocar y en concreto presentando un proyecto
de reglamento base que pueda someterse a la consideración del Consejo
tras la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam.
2. Realizar negociaciones con los otros Estados miembros de forma que
pueda garantizarse la consecución de la necesaria mayoría cualificada
que dé luz verde al citado Reglamento Base. En resumen, se pide el
desarrollo del artículo 299 en el año 1999, antes de la ampliación,
y en línea con la reciente resolución del Parlamento Europeo del mes de
diciembre de 1998 en la que se instó a la Comisión para que actúe en
este sentido en su programa de trabajo para 1999.
3. Que todas las referenciadas negociaciones se efectúen en
coordinación con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias que
canalizará las aspiraciones de las Instituciones y sectores
económicos de esta Comunidad.
Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 1999.-José
Segura Clavell, Diputado.-María Teresa Fernández de la Vega Sanz,
Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL
Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer
181/002115 (CD) 683/000108 (S)
La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy,
ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de
referencia:
(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.
181/002115.
AUTOR: Almeida Castro, María Cristina (GMX).
Funcionamiento de las Mesas de Seguimiento del III Plan de Igualdad
de Oportunidades.
Acuerdo:
Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del
Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión Mixta de los
Derechos de la Mujer. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno,
al Senado y a la señora Diputada preguntante y publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación.
Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Pregunta con respuesta oral en la Comisión Mixta de los Derechos de
la Mujer.
Diputada Cristina Almedia Castro.
Objeto: La Plataforma de Asociaciones Feministas ha decidido
abandonar las Mesas de Seguimiento del III Plan de Igualdad de
Oportunidades, denunciando así que el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales ha utilizado fraudulentamente la constitución y
funcionamiento de estas Mesas.
Texto:
¿Por qué se ha tardado más de un año, desde la aprobación en 1997 del
Plan, en convocar estas Mesas? ¿Qué valoración hace el Gobierno de su
funcionamiento?
¿Qué medidas va a adoptar para que estas Mesas vuelvan a contar con
la representación de las Asociaciones Feministas que las han
abandonado? ¿Qué medidas va a adoptar para que el funcionamiento de
estas Mesas sea continuado y eficaz?
Madrid, 26 de enero de 1999.-Cristina Almeida Castro, Diputada.