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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 198, de 12/01/2022
cve: BOCG-14-CG-A-198 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCIÓN CORTES GENERALES


XIV LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


12 de enero de 2022


Núm. 198



ÍNDICE


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000015 (CD) 771/000016 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de las modificaciones y otras incidencias sobrevenidas durante la ejecución
de los contratos celebrados por los Ministerios del Área de la Administración Económica del Estado y sus organismos dependientes, que hayan tenido lugar en el periodo 2014 a 2016, así como dicho Informe ... (Página2)


251/000018 (CD) 771/000018 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la contratación realizada por los Ministerios del Área
Político-Administrativa del Estado y sus organismos dependientes durante el ejercicio 2016, así como dicho Informe ... (Página3)


251/000020 (CD) 771/000020 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
ejercicios 2015 a 2017, así como dicho Informe ... (Página4)


251/000024 (CD) 771/000024 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada por Fraternidad-Muprespa, mutua colaboradora
con la Seguridad Social número 275, ejercicio 2017, así como dicho Informe ... (Página5)


251/000039 (CD) 771/000031 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los contratos para la ejecución del proyecto y obra del puente sobre la
Bahía de Cádiz, 'Puente de la Constitución de 1812', 2007-2017, así como dicho Informe ... (Página6)


251/000047 (CD) 771/000036 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los expedientes de suspensión de contratos que han afectado a las líneas
férreas de alta velocidad durante los ejercicios 2014 a 2017, así como dicho Informe ... (Página7)



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000015 (CD) 771/000016 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de las modificaciones y otras incidencias
sobrevenidas durante la ejecución de los contratos celebrados por los Ministerios del Área de la Administración Económica del Estado y sus organismos dependientes, que hayan tenido lugar en el periodo 2014 a 2016. En dicha Resolución figura el
enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de diciembre de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS MODIFICACIONES Y OTRAS INCIDENCIAS SOBREVENIDAS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS POR
LOS MINISTERIOS DEL ÁREA DE LA ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS DEPENDIENTES, QUE HAYAN TENIDO LUGAR EN EL PERIODO 2014 A 2016 EN SU SESIÓN DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2021


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 14 de diciembre de 2021, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las modificaciones y otras
incidencias sobrevenidas durante la ejecución de los contratos celebrados por los Ministerios del Área de la Administración Económica del Estado y sus organismos dependientes, que hayan tenido lugar en el periodo 2014 a 2016:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar a los órganos de contratación de los distintos ministerios y organismos dependientes a:


- Adoptar las medidas oportunas para alcanzar un mayor rigor en la planificación y en las actuaciones previas a la contratación, con el fin de asegurar la mejor descripción técnica de las necesidades a cubrir, una correcta presupuestación de
los contratos y la mayor diligencia posible en la elaboración, coordinación administrativa y supervisión de los proyectos de obras, evitando así, en la medida de lo posible, las modificaciones de los contratos y las alteraciones en su ejecución.


- Efectuar un seguimiento riguroso de la ejecución de los contratos para asegurar que esta se ajusta a las cláusulas y condiciones contractuales recogidas en los correspondientes pliegos y a las necesidades reales existentes en cada momento,
detallando suficientemente en los pliegos el modo en que se ha de llevar a cabo la supervisión de la actuación del contratista durante el desarrollo de la ejecución del contrato.


- Exigir las correspondientes responsabilidades y aplicar el régimen sancionador vigente cuando se produzcan incidencias en la ejecución de los contratos que supongan perjuicios para el interés público.


- Aplicar, en lo posible, en los contratos y en su ejecución, las previsiones legales de carácter potestativo tendentes a promover la sostenibilidad ambiental y la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, mediante la inclusión, en su caso,
de condiciones especiales en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos de adjudicación.


- Cumplir con la exigencia normativa de remitir las incidencias en los contratos rendidos al Tribunal de Cuentas en tiempo y forma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2021.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000018 (CD) 771/000018 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la contratación realizada por los
Ministerios del Área Político-Administrativa del Estado y sus organismos dependientes durante el ejercicio 2016. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de diciembre de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN REALIZADA POR LOS MINISTERIOS DEL ÁREA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL ESTADO Y SUS
ORGANISMOS DEPENDIENTES DURANTE EL EJERCICIO 2016 EN SU SESIÓN DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2021


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 14 de diciembre de 2021, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación realizada por los
Ministerios del Área Político-Administrativa del Estado y sus organismos dependientes durante el ejercicio 2016:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar a los órganos de contratación de los distintos ministerios y organismos dependientes a:


- Asegurar el envío al Tribunal de Cuentas, tanto de las relaciones anuales de los contratos celebrados como de los expedientes de contratación conforme a la normativa vigente.


- Determinar con mayor rigor y precisión las necesidades que fundamentan la celebración de los contratos, conteniendo referencias específicas a las particulares circunstancias concurrentes en el momento en el que se proponga la tramitación
de cada expediente de contratación en lugar de meras referencias genéricas, y realizar los estudios económicos necesarios que justifiquen el importe de las prestaciones objeto del contrato y justificar los criterios que se tendrán en consideración
para la adjudicación, favoreciendo así la eficiencia en la utilización de los fondos públicos.


- Elaborar, en la fase preparatoria de los contratos, los estudios económicos necesarios que justifiquen el importe de las prestaciones objeto del contrato, calculado conforme los precios habituales en el mercado e incorporar dichos estudios
como parte del expediente.


- Emplear una mayor diligencia a la hora de justificar los criterios que se tendrán en consideración para adjudicar el contrato. Asimismo, cuando en los pliegos de cláusulas administrativas particulares se establezcan criterios cuya
cuantificación dependa de un juicio de valor, han de especificar la forma de valoración y de asignación de las puntuaciones correspondientes sin limitarse a señalar la puntuación máxima que se puede reconocer a cada uno de ellos.


- Procurar un mayor cuidado y precisión en la redacción de la solvencia exigida a las empresas licitadoras, concretando en todo caso los mínimos que dichas empresas han de acreditar.


- Cumplir con las obligaciones de publicidad en los términos y plazos previstos en la normativa de contratación garantizándose de esta forma los principios de publicidad y transparencia que rigen la contratación del sector público.


- Incorporar en los contratos que celebren, y resultando adecuado, las previsiones en relación con la protección del medio ambiente que podrán incluirse al diseñarse los criterios de adjudicación, como criterios cualitativos de valoración de
ofertas o como condiciones especiales de ejecución.


- Aplicar de forma efectiva y regular las previsiones que, con carácter potestativo, se encuentran contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tendentes a promover dicha igualdad a
través de la contratación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2021.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000020 (CD) 771/000020 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la contratación de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, ejercicios 2015 a 2017. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de diciembre de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA, EJERCICIOS 2015 A 2017 EN SU
SESIÓN DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2021


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 14 de diciembre de 2021, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, ejercicios 2015 a 2017:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a:


- Estudiar la posibilidad de internalizar determinados servicios que podrían ser prestados con recursos humanos internos.


- Simplificar los criterios de valoración de las ofertas sujetos a la elaboración de un juicio de valor, evitando una innecesaria prolijidad de los mismos, definiendo claramente el contenido de cada uno de ellos e incluso explicitando en
términos comparativos los diferentes elementos de las ofertas que se valoran con unos y con otros, evitando asimismo solapamiento, aunque fuese solamente parcial, entre los distintos criterios y, en todo caso, no incluyendo en los mismos cuestiones
que se refieran al cumplimiento de las exigencias recogidas en el pliego de prescripciones técnicas.


- Poner en marcha actuaciones que garanticen que los informes técnicos de valoración de las ofertas, en la parte de los mismos sujeta a la elaboración de un juicio de valor, eviten solapamientos entre los diferentes criterios establecidos en
el pliego de cláusulas administrativas particulares, centrándose, más que en la descripción del contenido de las correspondientes ofertas, en la identificación de los elementos de estas que justifican el mayor valor de unas sobre otras, sin que en
caso alguno sea objeto de valoración el cumplimiento de lo que constituyen meras exigencias del pliego de prescripciones técnicas.


- Llevar a cabo la negociación de la adjudicación de los contratos, no limitándose a la mera solicitud de una mejora del precio por parte de los licitadores, sino extendiendo la misma a aspectos técnicos y económicos de índole diversa
promoviendo, en todo caso, una efectiva negociación de las condiciones contractuales.


- Programar eficazmente las necesidades a ser cubiertas mediante la contratación de obras, suministros y servicios, y establecer un calendario de las correspondientes licitaciones que evitase tener que acudir frecuentemente a la contratación
menor, además de no tener que incurrir en fraccionamiento indebido de los contratos o en la infracción de la normativa que prohíbe la prórroga de los contratos menores.


- Hacer uso de la posibilidad que prevé la legislación de establecer condiciones especiales en la contratación con el fin de promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2021.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000024 (CD) 771/000024 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la contratación celebrada por
Fraternidad-Muprespa, mutua colaboradora con la Seguridad Social número 275, ejercicio 2017. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de diciembre de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA POR FRATERNIDAD-MUPRESPA, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO
275, EJERCICIO 2017 EN SU SESIÓN DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2021


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 14 de diciembre de 2021, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación celebrada por
Fraternidad-Muprespa, mutua colaboradora con la Seguridad Social número 275, ejercicio 2017:


ACUERDA


1. Instar al Gobierno y a la Fraternidad-Muprespa a:


- Establecer los procedimientos para garantizar que la contratación celebrada por la Mutua esté encaminada al cumplimiento y realización de sus fines institucionales, de modo que las adquisiciones con cargo al patrimonio del Sistema de la
Seguridad Social estén relacionadas con la consecución de dichos fines y así se dé adecuado cumplimiento al principio de eficiencia en la gestión de los fondos públicos.


- Adoptar medidas para que la justificación de la necesidad de contratar sea suficientemente precisa en cuanto a su extensión y concreción, y para que se lleven a cabo las estimaciones o estudios económicos justificativos del coste real de
la prestación que se va a contratar.


- Adoptar las medidas necesarias para que, como parte de las actuaciones preparatorias de los contratos, se lleven a cabo las estimaciones o estudios económicos justificativos del coste real de la prestación que se va a contratar (que debe
ser adecuado al precio general de mercado), dejando constancia documental en el expediente de dichas actuaciones previas, en aras de la mayor transparencia del procedimiento y acorde con el objetivo de '[...] asegurar, en conexión con el objetivo de
estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios'. (Artículo 1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público).


- Adoptar las medidas necesarias para que en los procedimientos negociados se lleve a cabo una negociación efectiva directa y previa con las empresas sobre los aspectos económicos y/o técnicos determinados previamente, dejando constancia de
ello en el expediente.


- Implantar las medidas tendentes para que los medios de acreditación de la solvencia técnica o profesional exigidos en los pliegos, así como los criterios de selección aplicables en función de dichos medios, permitan garantizar la aptitud y
capacidad de las empresas licitadoras para llevar a cabo el cumplimiento del contrato, evitando fórmulas genéricas que introduzcan un excesivo margen de discrecionalidad en la actuación de la entidad.


- Velar por una mayor concreción previa en los pliegos de condiciones particulares del contenido y forma o método de valoración de cada uno de los criterios de adjudicación utilizados, que deben estar, en todo caso, relacionados con el
objeto del contrato, favoreciendo que los licitadores dispongan de la información necesaria y previa sobre cómo va a ser valorada su proposición. Asimismo, evitar la utilización de fórmulas para valorar el criterio precio que, en la práctica,
puedan distorsionar la importancia relativa de dicho criterio respecto del conjunto de los criterios de adjudicación, en aras de la transparencia del procedimiento y del cumplimiento del principio de eficiencia en la gestión de los fondos públicos.



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- Establecer un procedimiento para el seguimiento y control de la planificación y de la ejecución de los contratos de obras y del cumplimiento de los plazos, imponiendo, en caso de incumplimiento, las penalidades que procedan.


- Impulsar la aplicación de las previsiones legales tendentes a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres a través de la contratación del sector público, en consonancia con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, sin perjuicio de su carácter potestativo.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2021.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000039 (CD) 771/000031 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los contratos para la ejecución del
proyecto y obra del puente sobre la Bahía de Cádiz, 'Puente de la Constitución de 1812', 2007-2017. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de diciembre de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO Y OBRA DEL PUENTE SOBRE LA BAHÍA DE CÁDIZ, 'PUENTE DE LA
CONSTITUCIÓN DE 1812', 2007-2017 EN SU SESIÓN DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2021


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 14 de diciembre de 2021, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los contratos para la ejecución del
proyecto y obra del puente sobre la Bahía de Cádiz, 'Puente de la Constitución de 1812', 2007-2017:


ACUERDA


Instar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a:


1. Continuar realizando una planificación efectiva con carácter previo a la contratación de los grandes proyectos de infraestructuras para detallar las necesidades a cubrir, el presupuesto necesario y la programación de los contratos a
licitar.


2. Aplicar las condiciones especiales en la contratación, que prevé la legislación vigente, tendentes a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres a través de la contratación pública.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2021.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000047 (CD) 771/000036 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los expedientes de suspensión de contratos
que han afectado a las líneas férreas de alta velocidad durante los ejercicios 2014 a 2017. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de diciembre de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE SUSPENSIÓN DE CONTRATOS QUE HAN AFECTADO A LAS LÍNEAS FÉRREAS DE ALTA VELOCIDAD
DURANTE LOS EJERCICIOS 2014 A 2017 EN SU SESIÓN DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2021


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 14 de diciembre de 2021, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los expedientes de suspensión de
contratos que han afectado a las líneas férreas de alta velocidad durante los ejercicios 2014 a 2017:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Gobierno y a ADIF-AV a:


- Adoptar todas las medidas al alcance del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para disponer, a la mayor brevedad posible, de un Contrato Programa con ADIF-AV que permita garantizar la financiación de sus inversiones en
infraestructuras ferroviarias de alta velocidad y, con ello, favorecer una planificación más realista de aquellas.


- Incorporar, por parte de ADIF-AV, en los manuales de procedimiento para los contratos sujetos a la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios
postales, que se celebren en esos sectores, los plazos para la aprobación del acuerdo de suspensión, el del acta de suspensión y el plazo para presentar el anexo que debe acompañar al acta en los contratos de obras.


3. Instar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a:


- Adoptar todas las medidas a su alcance para disponer, a la mayor brevedad posible, de los convenios previstos en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, con ADIF y ADIF-AV; que les permitan contar con una financiación
estable de sus inversiones y, con ello, favorecer una planificación más realista de aquellas.


- Colaborar con ADIF-AV en la elaboración de un procedimiento para intentar mejorar la coordinación entre las distintas administraciones intervinientes en la redacción de proyectos básicos y de construcción de las infraestructuras.


4 Instar a AD1F-AV a:


- Elaborar un procedimiento para intentar mejorar la coordinación entre las distintas administraciones intervinientes en la redacción de proyectos básicos y de construcción de las infraestructuras.


- Analizar, dentro de los procesos de mejora continua, las incidencias que han afectado al plazo de ejecución de los trabajos y las motivaciones que han generado la necesidad de tramitar modificados en los últimos años, de manera que se
pueda extraer una información objetiva y concluyente acerca de aquellos extremos de los proyectos que presentan mayor índice de error, de manera que puedan ser corregidos y mejorar la calidad de los proyectos con los que se afrontan las obras.



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- Seguir la recomendación para la incorporación en los manuales de procedimiento para los contratos que se celebren en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, de los plazos para la aprobación del acuerdo
de suspensión, el del acta de suspensión y el plazo para presentar el anexo que debe acompañar al acta en los contratos de obras.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2021.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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