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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 416, de 21/09/2018
cve: BOCG-12-D-416 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de septiembre de 2018


Núm. 416



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000763 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la implementación del Protocolo sobre Trabajo Forzoso de 2014 de la Organización Internacional del
Trabajo... (Página3)


162/000764 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el uso de criterios objetivos en la exportación de material de defensa, doble uso y otro material... (Página4)


162/000765 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el cumplimiento de las Recomendaciones del Informe de la Comisión de Expertos sobre el Futuro del Valle de los Caídos... href='#(Página6)'>(Página6)


162/000766 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la 'desfranquización' de la vida institucional y ciudadana del Estado español... (Página8)


162/000767 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al establecimiento de un aborto seguro, gratuito y libre para todas las mujeres... href='#(Página10)'>(Página10)


162/000768 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas para la prevención y lucha contra la corrupción en el sistema universitario... href='#(Página15)'>(Página15)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000048 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 5771/2017, planteada por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona, en relación con la disposición adicional tercera de
la Ley del Parlamento de Cataluña 12/1987, de 28 de mayo, sobre regulación del transporte por carretera mediante vehículos de motor introducida por el artículo 147 de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica, por
posible vulneración de los artículos 25, 149.1.6.ª y 149.1.29.ª de la Constitución española... (Página17)



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Otros textos


INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR


120/000018 Acuerdo de la Mesa de la Cámara admitiendo a trámite el escrito presentado por don Manuel Cascos Fernández, por el que se ejercita el trámite inicial de la iniciativa legislativa popular sobre ratios enfermeras para garantizar la
seguridad del paciente en centros sanitarios y otros ámbitos... (Página18)



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por este, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de septiembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000763


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de ley para la implementación del Protocolo sobre Trabajo Forzoso de
2014 de la Organización Internacional del Trabajo, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Naciones Unidas ha incorporado en distintos instrumentos de derechos humanos normas y principios relacionados con el trabajo forzoso. Así, la Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948, prohíbe la esclavitud y la servidumbre y dispone
que toda persona tiene derecho a la libre elección de su trabajo.


Esta prescripción es objeto de desarrollo en otros instrumentos de Naciones Unidas, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, también de
1966; la Convención Internacional sobre la Represión del Crimen de Apartheid de 30 de noviembre de 1973; la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de 1990; la
Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, 1984; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, 1979, y la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, 2006.


Recientemente, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó la Agenda para el desarrollo después de 2015 y dentro de la que se incardinan los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible. El octavo objetivo de desarrollo sostenible es rubricado:
'Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos' y conlleva las siguientes obligaciones: 'Adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso,
poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, a más tardar en 2025, poner
fin al trabajo infantil en todas sus formas'.


En septiembre de 2017 España ha ratificado el Protocolo de la Organización Internacional del Trabajo de 2014 sobre trabajo forzoso. El mentado Protocolo entrará en vigor al año de su ratificación por nuestro país, es decir, septiembre de
2018.


Como es sabido, la ratificación de Instrumentos Internacionales conlleva al asunción de obligaciones por parte de los Estados. En ese sentido, el Protocolo es claro y taxativo. Por ello, el Estado español debe adoptar medidas tendentes al
cumplimiento de las obligaciones contraídas en el momento de su entrada en vigor.



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La relevancia de adoptar las medidas establecidas no se hace esperar. Así, según la citada Organización Internacional, actualmente hay 40,3 millones de personas sometidas a formas contemporáneas de esclavitud.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a:


1. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ratificación del Protocolo sobre Trabajo Forzoso de 2014 de la Organización Internacional del Trabajo (ratificado en septiembre de 2017).


2. Impulsar la creación de una Fiscalía especial para la persecución de los delitos laborales entre cuyas funciones se encuentre la vigilancia, actuación de oficio contra el trabajo forzoso.


3. Elaborar un Plan y una Política Nacionales sobre Trabajo Forzoso.


4. Adoptar medidas para la detección, protección y recuperación de las víctimas de trabajo forzoso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2018.-Alberto Rodríguez Rodríguez, Diputado.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000764


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el uso de criterios objetivos en
la exportación de material de Defensa, Doble Uso y Otro Material, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El pasado día 4 de septiembre el Ministerio de Defensa comunicó a la prensa que se habían iniciado los trámites para la paralización de la venta a Arabia Saudí de 400 bombas de precisión láser del ejército español, devolviéndose a este país
los 9,2 millones de euros abonados.


Esta comunicación, precipitada y temeraria, que posteriormente tuvo que ser negada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, se producía aunque el Ministerio de Defensa no tuviera competencia para paralizar dichos trámites y menos
aun, para disponer de los 9,2 millones de euros para abonárselos a Arabia Saudí. Pero lo que es aun peor, ha puesto en peligro contratos muy importantes para la economía española no solo dentro del ámbito de la defensa, sino del ámbito de la
ingeniería civil y obras públicas, contratos que de cancelarse condenarían a miles de familias al paro. Todo ello sin descartar un efecto dominó sobre las inversiones futuras que pudieran plantearse realizar los países de la región ante lo que no
es sino un ejemplo de inseguridad jurídica, de parcialidad y de arbitrariedad.


Para hacernos una idea de lo que esta temeridad ha puesto en peligro, que hay que tener en cuenta que, según datos de la Oficina Comercial de la Embajada de España en Arabia Saudí, el número de empresas españolas registradas en ese país
alcanza casi el centenar, incluyendo las principales constructoras, de abastecimiento de agua, textiles, electrónica y comunicaciones, aeronáuticas, transporte ferroviario, bienes, servicios, etc.


En cuanto al volumen actual de los contratos, este asciende a una cifra superior a los 12.500 millones de euros, con un volumen anual de ventas que supera los 2.600 millones de euros. A todo ello hay que sumar los intereses en los distintos
Emiratos y en los demás países de la coalición árabe.


Este hecho es uno más que viene a confirmar el uso partidista de las Instituciones por parte de los cargos socialistas y que el único interés que la señora Ministra tiene en su cargo es utilizarlo para sus relaciones públicas. Por eso no
valoró el impacto que esa decisión podría provocar en la economía española y en la pérdida de confianza en la seguridad jurídica que podría causar en nuestros socios comerciales.



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La exportación de material de defensa sufre tradicionalmente de una injusta mala prensa y se sitúa en la diana de todos los que quieren conseguir el aplauso fácil a costa de la demagogia. Las Naciones Unidas reconocen el derecho de
autodefensa en el artículo 51 de su Carta, y para poder ejercer este derecho se debe disponer de capacidades que permitan ejercerlo. La libertad no es gratis y muchas veces hay que defenderla. El material de defensa occidental pasa por controles
rigurosos, tanto en su fabricación como en su exportación. Se protegen los derechos de los trabajadores y el medio ambiente.


En España, la industria de tecnologías de Defensa mantiene un elevado nivel de empleos, calculado en 200.000 empleos en total (directos e indirectos), empleos de alta cualificación. Es un empleo de calidad. Es una industria que factura más
del 60% y un 55% más productivo que la media española, con un alto grado de reinversión en I+D+i entre el 7-8%.


El Partido Popular está y estará siempre a favor que el material de Defensa no pueda ser utilizado contra los criterios de la mencionada Carta de las Naciones Unidas. Siempre se ha tenido como prioridad el respeto de la legalidad
internacional y el Derecho Humanitario y bajo gobiernos del Partido Popular se han interrumpido contratos, incluso preventivamente, cuando se ha detectado alguna situación de degradación del contexto de seguridad o posibilidad de uso indebido del
material exportado, pero siempre conforme a los criterios de los funcionarios y de los servicios que respaldan su labor desde los distintos departamentos ministeriales.


La cuestión de la venta de las 400 bombas 'de precisión' a Arabia Saudí hay que contextualizarlo dentro de las peticiones de boicot a la venta de material de defensa a Arabia Saudí, Israel y Colombia reiterativas año tras año con cada
presentación de las Estadísticas de Exportación de Material de Defensa. No existe la misma preocupación, por ejemplo, con Siria, tal vez porque los países que tienen ahí el protagonismo de la muerte no son considerados enemigos.


A este respecto, hay que recordar que:


- La Resolución 2216 del Consejo de Seguridad de la ONU, aprobada en 2015, establece un embargo de armas a una serie de personas y entidades involucradas en el golpe de Estado en Yemen, pero no a los países de la Liga árabe que intervienen
en la coalición contra los rebeldes en Yemen.


- Expresa su reconocimiento a la autoridad del Presidente legítimo de Yemen, Abdo Rabbo Mansour al-Hadi y a la integridad territorial de Yemen.


- Se hace eco de la petición de ayuda a otros países del Presidente legítimo del Yemen para acabar con la inestabilidad y garantizar su integridad territorial, que da lugar a la creación e intervención de la coalición de países Árabes contra
los rebeldes en Yemen.


- Que los rebeldes que atentan contra la integridad territorial y contra el presidente legítimo y, por ende, contra los que luchan los países de la coalición Árabe están apoyados por Irán.


En todo caso, a raíz del golpe de Estado que tuvo lugar en Yemen a finales de 2014 y la intervención de la coalición de la Liga Árabe, se reforzaron precisamente la exigencia de garantías de uso final en las exportaciones a Arabia Saudí,
Emiratos Árabes y Qatar, exigiéndose el compromiso de no utilización fuera del territorio del país importador y se requiere, y se comprueba, que no se realice ningún cambio en estos documentos de uso y destino final sin autorización previa del
Gobierno español. De ello informaron puntualmente en su comparecencia de 10 de junio de 2015 ante la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados el entonces Secretario de Estado de Comercio, don Jaime García Legaz y, posteriormente, la
Secretaria de Estado de Comercio, doña María Luisa Poncela García, en su comparecencia de 23 de mayo de 2017.


Cualquier atisbo de arbitrariedad política tiene efectos desastrosos en la economía. No se puede asustar a inversores y compradores, no se puede jugar con los puestos de trabajo de los españoles simplemente por el capricho de fomentar las
relaciones públicas de la Ministra y por los intereses partidistas cortoplacistas del PSOE. Destaca, en este sentido, la necesidad de comunicar a los medios de comunicación un hecho de tal calado en materia económica y que podría perjudicar las
relaciones comerciales y diplomáticas de España, mientras que otros asuntos menores se declaran como 'secretos' para la opinión pública.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apoyar nacional e internacionalmente a nuestras Industrias de Tecnologías de la Defensa, así como defender los puestos de trabajo generados por ellas.


2. Aplicar los acuerdos internacionales en materia de control de exportación de defensa, doble uso y otro material con un control riguroso.


3. Mantener el consenso europeo respecto a los criterios de control de exportación.


4. Respetar el criterio estrictamente profesional de los miembros de la JIMDDU, confiando en el trabajo extraordinariamente riguroso del equipo humano que la forma.


5. Respetar la seguridad jurídica de los contratos no aplicando ningún tipo de filtro ideológico a este tipo de operaciones, sino la Ley y la normativa, con decisiones equilibradas, basadas en criterios objetivos y armonizados y alejados de
la demagogia y sensacionalismo.


6. Evitar falsos rumores y cambios de decisiones comunicados a los medios, que desestabilicen las relaciones comerciales en materia de defensa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000765


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Proposición no de Ley sobre el cumplimiento de las Recomendaciones del Informe de la Comisión de Expertos sobre el Futuro del Valle de los Caídos.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, y entendiendo que la previsión contenida en el punto 4 de que el Real Decreto-ley 10/2018, de 24 de agosto, se tramite como Proyecto de Ley, ha de acordarse, en su caso,
conforme al procedimiento reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y publicarla en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de septiembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el cumplimiento de las Recomendaciones del Informe de la
Comisión de Expertos sobre el Futuro del Valle de los Caídos, para su debate en el Pleno.



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Exposición de motivos


En el año 2011, el Gobierno de España acordó la creación de una Comisión de Expertos para el Futuro del Valle de los Caídos con el cometido de elaborar un Informe sobre posibles actuaciones a desarrollar en el conjunto monumental. La
creación de esta Comisión respondía a las medidas para la resignificación del Valle que se contemplaban en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron
persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. En concreto, el artículo 16 de dicha Ley establece que el Valle de los Caídos 'se regirá estrictamente por las normas aplicables con carácter general a los lugares de culto y a los
cementerios públicos'. Además, prohíbe los 'actos de naturaleza política o de exaltación de la Guerra Civil, de sus protagonistas o del franquismo'. Asimismo, la misma Ley, en su disposición adicional sexta, se establece que la fundación gestora
del Valle 'incluirá entre sus objetivos honrar y rehabilitar la memoria de todas las personas fallecidas con motivo de la Guerra Civil de 1936-1939 y de la represión política posterior; profundizar en el conocimiento de este periodo histórico, de
los valores constitucionales y fomentar las aspiraciones de reconciliación y convivencia de la sociedad española'.


La Comisión de Expertos aprobó su informe en noviembre del mismo año 2011. En sus consideraciones, el Informe constata que el conjunto monumental del Valle de los Caídos 'es el testimonio de una época de nuestra historia'. Las obras
empezaron en 1941 y concluyeron en 1959, cuando se cumplían 20 años del final de la Guerra Civil. En la construcción del complejo se empleó a 'numerosos presos políticos bajo las normas del Patronato Central de Redención de Penas por Trabajo'.
Igualmente, señala que, a día de hoy, en el Valle de los Caídos 'yacen los restos registrados de 33.847 personas, víctimas de ambos bandos, que fueron trasladadas allí entre 1959 y 1983', de los cuales, de acuerdo con la documentación de Patrimonio
Nacional, '21.423 registros son de víctimas identificadas y 12.410 de personas desconocidas'. Además, dentro de la Basílica, a los pies del altar, se encuentran los restos de José Antonio Primo de Rivera, trasladados tras la inauguración del
templo, y los del dictador Francisco Franco, enterrado allí después de su muerte en 1975.


El Informe de la Comisión de Expertos se cierra con una serie de recomendaciones, todas ellas dirigidas a convertir el Valle de los Caídos en un lugar de memoria para todas las víctimas de la Guerra Civil, sea cual sea su ideología o
territorio de procedencia, entendiendo que 'esa memoria supone un progreso moral para la reconciliación y convivencia de la sociedad española'. El Informe constata que 'la igualdad y centralidad de las víctimas de la Guerra Civil, y particularmente
aquellas que están enterradas en el Valle de los Caídos, hace necesaria la resignificación de todo el conjunto, concebido para significar solo a unas e invisibilizar a las otras, incluidas todos los presos políticos que participaron de los trabajos
del construcción del conjunto'. El Informe, en todo caso, señala que esta resignificación debe partir del principio de 'explicar y no destruir', es decir, no alterar o suprimir los elementos que sustentan el relato de exaltación de una parte de las
víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura franquista, sino de 'explicar el significado de qué se hizo y por qué se hizo'.


Desde Ciudadanos creemos necesario abordar el debate sobre el futuro del Valle de los Caídos con la voluntad de aunar los más amplios consensos, sin recurrir a atajos legales que impidan el debate entre los grupos políticos ni 'decretazos'
para los que no concurre ninguna justificación de 'extraordinaria y urgente necesidad' en un asunto sobre el que han transcurrido más de 40 años. Este consenso es ineludible, en opinión de la Comisión de Expertos, si se pretende lograr una
resignificación del conjunto como lugar de memoria para todas las víctimas de la Guerra Civil sin distinción, siguiendo de este modo el ejemplo de otros países que también han sufrido conflictos civiles como el nuestro. Tal es el caso, por ejemplo,
que representa el Cementerio Nacional de Arlington en Virginia, Estados Unidos, construido en sus orígenes con la finalidad de albergar en igualdad los restos de todas las víctimas de la Guerra Civil estadounidense, fuese cual fuese su bando en la
guerra.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de que el Gobierno de España tome como referencia las recomendaciones del Informe de la Comisión de Expertos sobre el Futuro del Valle de los Caídos aprobado en el año 2011; con la
finalidad de llevar a cabo una resignificación integral de este conjunto monumental como un lugar de memoria y reconciliación simbólica de todas las víctimas y muertos de la Guerra Civil sin distinción.



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2. Asimismo, el Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de que, de acuerdo con lo dispuesto en la primera de las recomendaciones del citado Informe de la Comisión de Expertos, el Gobierno de España busque 'lograr los más amplios
consensos políticos y sociales' en las actuaciones que promueva en relación con el Valle de los Caídos, ya que 'sin estos acuerdos' las recomendaciones que propone 'no serán viables'.


3. A estos efectos, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que, para el desarrollo de las medidas que lleve a cabo en el Valle de los Caídos, evite la utilización de fórmulas como el Real Decreto-ley, puesto que el
recurso al mismo en este caso no está justificado al no existir ninguna razón de 'urgente y extraordinaria necesidad' que según el artículo 86.1 de la Constitución habría de reunir, y, a su vez, impide el debate por parte de los grupos
parlamentarios y con ello la posibilidad de alcanzar los amplios consensos políticos y sociales que serían necesarios según las recomendaciones de la Comisión de Expertos.


4. En consecuencia, el Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de que el Real Decreto-ley 10/2018, de 24 de agosto, por el que se modifica la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se
establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, se tramite como Proyecto de Ley en el caso de su eventual convalidación por esta Cámara.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2018.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000766


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de la Diputada del Partit Demòcrata Europeu Català doña Míriam Nogueras i Camero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate,
ante el Pleno, una Proposición no de Ley para la 'desfranquización' de la vida institucional y ciudadana del Estado español.


Exposición de motivos


La Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, aprobada con carácter previo a la aprobación de la Constitución, perseguía el objetivo de perdonar y pasar página sobre 'los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado,
tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día 15 de diciembre de 1976'. En aquel momento constituyó una pieza básica de la llamada 'transición', sin embargo, aquella decisión, preconstitucional, adoptada en una compleja
coyuntura ha dejado secuelas, una de ellas es que transcurridos más de 40 años desde la Ley de Amnistía y desde la proclamación de la Constitución, el 'franquismo' sigue presente en la vida institucional, política y ciudadana del Estado español.


En 1946, el Subcomité del Consejo de Seguridad de la ONU manifestó que: 'en origen, naturaleza, estructura y conducta general el régimen de Franco es un régimen de carácter fascista'.


Según la RAE la definición de 'Franquismo' es: 'Dictadura de carácter totalitario impuesta en España por el general Franco a partir de la Guerra Civil de 1936-1939 y mantenida hasta su muerte'.


Por tanto: régimen de carácter fascista, dictadura de carácter totalitario. Pero más de 40 años después de aprobada la Constitución el sepulcro del Generalísimo Franco, el dictador totalitario, sigue presidiendo el mayor de los monumentos
de la Guerra Civil, el Valle de los Caídos.


Desde otra perspectiva, algunas de las instituciones que permitieron alimentar el terror del franquismo han hallado la manera de perpetuarse en la democracia, como sería el caso de los Tribunales de Orden Público (TOP), reconvertidos en la
actual Audiencia Nacional.


Asimismo, la democracia española coexiste con prebendas y enaltecimientos del franquismo, es el caso de títulos nobiliarios, nomenclátor de calles, Fundación Francisco Franco..., las cuales mantienen vigentes la memoria del franquismo. Es
imposible imaginar algo semejante en estados democráticos que hayan padecido dictaduras fascistas como es el caso de Hitler en Alemania o de Mussolini en Italia.



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Y en este contexto, la democracia española ha sido incapaz hasta ahora de acometer una política de reparación necesaria; ha sido incapaz de declarar ilegales los tribunales franquistas surgidos de un golpe de estado, no ha sido capaz de
declarar ilegales las sentencias que dictaron; ha sido incapaz de desclasificar plenamente los archivos militares secretos y ha sido incapaz de dar respuestas contra la impunidad de los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra
Civil y el franquismo, tal como han venido reclamando Amnistía Internacional y las Naciones Unidas.


La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura, conocida como Ley de la Memoria Histórica,
pretendió rendir tributo a las víctimas del franquismo, así como reparar o compensar los daños y agravios con un espíritu de reconciliación. Fue un avance, pero que hoy evidentemente se demuestra insuficiente. Compartimos el espíritu de
reconciliación que alimentó la aprobación de aquella ley, pero ello no significa que en un estado democrático alguien pueda hacer impunemente apología del franquismo, tal como nadie puede hacer en Alemania apología del nazismo o en Italia apología
del fascismo; reconciliación no puede significar que en 2018 se reconozcan y ensalcen títulos nobiliarios concedidos por los servicios prestados a la dictadura franquista; igualmente, la reconciliación no permite que, 40 años después de ser
aprobada una Constitución democrática, en el nomenclátor de calles figuren héroes o personalidades relevantes del franquismo.


Es por ello que, transcurridos más de 40 años desde que se abordó la transición, resulta necesario abordar un proceso explícito de 'desfranquización' del Estado, de sus instituciones y de la presencia social del franquismo en las calles. Es
una cuestión de higiene, de calidad democrática, que no puede limitarse a la exhumación del cuerpo de Franco del Valle de los Caídos. Hace falta reparación, reconocimiento y dignificación real de los que sufrieron la persecución o la violencia
durante la Guerra Civil y la dictadura franquista. Hacen falta respuestas de democracia adulta a lo que fue una dictadura, tal como bien pronto decidieron hacer Alemania o Italia.


Recordar que en aquellos estados la desnazificación o la desfascificación comenzó apenas unas semanas después de la caída de la dictadura, en el Estado español han transcurrido más de 40 años y todavía no se ha abordado como debía. Lo
establecido en la Ley de Memoria Histórica en 2007 fue un primer paso, pero en gran parte sigue pendiente de ejecución (desfranquización de espacios públicos, apertura de archivos, exhumación de fosas y de desaparecidos, indemnización de víctimas,
...).


Es más, los países que han padecido el nazismo y el fascismo siempre han seguido alerta para combatirlo. En Alemania, en 2009, se modificó la Ley con el objetivo de 'anular' globalmente los juicios efectuados durante el nazismo por razón
política, militar, racial, religiosa o ideológica; en Italia, que ya tiene dos leyes que castigan el fascismo -la Ley número 645 de 1952 y la número 205 de 1993- en 2017 se aprobó una nueva Ley para sancionar a toda persona que produzca,
distribuya, difunda o venda 'bienes que evocan personas, imágenes o símbolos' relativos a las ideologías fascista y nazi.


En el Congreso de los Diputados se han presentado una cantidad ingente de propuestas para el reconocimiento de las víctimas del franquismo, para la condena de los actos de exaltación del franquismo realizados en el Valle de los Caídos, para
la retirada de símbolos franquistas de las calles, pero consideramos que no se ha dado el cumplimiento requerido en estas propuestas ni en la totalidad de lo que contempla la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían
derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura.


Si en los años de transición muchos fueron los que afirmaron que el Estado español necesitaba distancia para poder reconciliarse con su pasado, lo cierto es que 40 años es una distancia más que suficiente, a buen seguro que es incluso
excesiva, por lo que es preciso abordarla sin mayores demoras.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dar efectivo cumplimiento a la exhumación de Franco del Valle de los Caídos, convirtiendo además el lugar en un espacio de reconocimiento y memoria histórica, que otorgue homenaje real a las personas muertas durante la Guerra Civil, a
las que fueron obligadas a trabajar allí y a las que fueron trasladadas sin el consentimiento ni conocimiento de sus familiares.



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2. Presentar, en el plazo de tres meses, un Informe sobre la aplicación de la Ley de la Memoria Histórica de 2007, con el objeto específico de 'desfranquización', acompañado de un Plan para la pronta ejecución de las medidas contempladas en
la Ley, que están pendientes de llevarse a cabo, así como de su calendario de ejecución. Dicho Informe deberá aportar información detallada sobre:


a) La retirada de símbolos y monumentos públicos franquistas, así como de compromisos específicos para retirar los nombres de las calles vinculadas al franquismo.


b) La efectiva identificación de los restos mortales que se encuentran en el Valle de los Caídos.


c) La identificación de los restos mortales de quienes murieron en la Guerra Civil y se hallan enterrados en fosas comunes, cunetas y solares. En este ámbito, los Presupuestos del Estado deben asumir el coste de localización de fosas e
identificación de personas.


d) La definitiva desclasificación de los archivos militares secretos de la dictadura, así como la modificación de la Ley de secretos oficiales.


3. Impulsar, en el plazo de tres meses, una iniciativa legislativa de 'desfranquización' de las instituciones del Estado y de pleno reconocimiento de los derechos de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo durante la Dictadura:
Dicha normativa deberá incorporar, al menos:


a) La declaración de ''ilegalidad'' de los tribunales franquistas y la consecuente anulación -por ilegales- de las sentencias dictadas, permitiendo así otorgar una cierta reparación y reconocimiento personal a las personas afectadas.


b) La ilegalización efectiva de la apología del ''franquismo'', con la consiguiente ilegalización de la Fundación Francisco Franco y de cualquier otra entidad que tenga como objetivo enaltecer la figura de Franco.


c) La anulación de todo título nobiliario concedido por la dictadura franquista, en reconocimiento de servicios prestados a la misma, incluyendo la valoración sobre la posibilidad de exigir el retorno al Estado de bienes expoliados bajo el
amparo de la dictadura franquista.


d) Medidas que permitan complementar las ya adoptadas en la Ley de Memoria Histórica, para la reparación, reconocimiento y dignificación real de los que sufrieron la persecución o la violencia durante la Guerra Civil y la dictadura
franquista.


e) Medidas que permitan dar respuestas contra la impunidad de los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo, tal como han venido reclamando Amnistía Internacional y las Naciones Unidas.


4. Presentar un Proyecto de Ley de supresión de la Audiencia Nacional, tribunal centralizado, heredero del Tribunal y Juzgados de Orden Público, creada en enero de 1977, todavía bajo régimen pre-constitucional post-franquista y ejemplo de
mala calidad democrática, en un contexto de necesidad de independencia judicial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2018.-Míriam Nogueras i Camero, Diputada.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000767


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en Pleno, relativa al establecimiento de un aborto seguro, gratuito y libre para todas las mujeres.


Exposición de motivos


La lucha por el derecho al aborto y el derecho a decidir sobre nuestros propios cuerpos es una reivindicación constante y central por parte del movimiento feminista en nuestro país. Si bien es cierto que contamos en nuestro país con
legislación que ha mejorado el desarrollo de la sexualidad, así como el



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ejercicio de la libre maternidad, en los últimos años nos hemos encontrado con diversos recortes en esos derechos, tanto por falta de desarrollo e incumplimiento de lo que ya se recoge en nuestras leyes, así como por diversos ataques y
recortes en los mencionados derechos. El derecho a decidir de las mujeres está aún por conquistar en nuestro país.


La maternidad segura y libre fundamentada en los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres se deriva del derecho de toda persona a la vida, la salud y la reproducción. Concretamente, nos referimos a una maternidad libremente elegida
que reciba los cuidados médicos y servicios sociales necesarios, incluyendo el derecho al ejercicio de la autonomía durante todo el proceso, tanto si opta por continuar el embarazo como si opta por interrumpirlo. De este modo, las políticas
orientadas a que las mujeres puedan acceder en igualdad de condiciones a un aborto legal, seguro y oportuno constituyen la base fundamental para el ejercicio de una maternidad segura, evitando cualquier riesgo para la vida y salud de las mujeres.


La OMS señaló en 2016 que para evitar la mortalidad materna a todas las mujeres y en especial a las adolescentes, es necesario que puedan acceder a servicios que realicen abortos seguros y a una atención de calidad tras el aborto. Así
mismo, establece que el aborto inseguro es una de las principales causas de las muertes maternas, y que el aborto seguro es inferior a una por cada 100.000 intervenciones.


El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoció por primera vez que la protección de la Salud es un derecho fundamental que debe ser garantizado a toda la ciudadanía en condiciones de igualdad. Además, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales dispone el Derecho al disfrute del más alto nivel posible de Salud física y mental para todas las personas (artículo 12). Así mismo, el Comité para la Eliminación de la Discriminación
contra la Mujer (CEDAW) en su Recomendación General número 24 establece que es obligación de los Estados Parte 'respetar y proteger los derechos de la mujer en materia de atención médica'.


En innumerables observaciones finales, el Comité de la CEDAW ha puesto considerable atención al tema de la mortalidad materna a causa de abortos realizados en condiciones de riesgo y los considera una violación del derecho de las mujeres a
la vida. El Comité ha expresado su preocupación general respecto de la falta de acceso a abortos seguros, particularmente en los casos de violación. Dicho Comité también ha manifestado preocupación sobre los castigos y las exigencias de informar
que impiden que las mujeres busquen atención médica en casos de abortos realizados en condiciones de riesgo, y ha instado a los Estados Parte a garantizar el acceso a atención postaborto con el fin de reducir la mortalidad materna.


En lo que toca a nuestro país, la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, extendió la capacidad de otorgar el consentimiento para la interrupción voluntaria del
embarazo a las mujeres de 16 y 17 años, equiparándolas al régimen general aplicable a las mujeres mayores de edad establecido en el Código Civil, estableciendo que, en esos casos, al menos uno de los progenitores de la menor debía ser informado de
la decisión de la mujer, excepcionando dicha obligación de información únicamente aquellos casos en que la mujer justificase que ello le provocaría un 'conflicto grave, manifestado en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas,
coacciones, malos tratos o se produzca una situación de desarraigo o desamparo'.


La Ley Orgánica 11/2015, de 21 de septiembre, para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo, suprimió la posibilidad de que las menores de edad pudieran
prestar el consentimiento por sí solas, exigiendo que para la interrupción voluntaria del embarazo de las menores de edad es preciso, además de la manifestación de su voluntad, el consentimiento expreso de los titulares de la patria potestad,
remitiéndose expresamente al régimen establecido con carácter general en el Código Civil para solucionar cualquier tipo de conflicto que pudiese surgir al prestar el consentimiento los representantes legales o cuando la decisión de estos pudiese
poner en peligro el interés superior de la menor.


En consonancia con lo anterior, se modificó también la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en lo que se refiere a los
límites del consentimiento informado.


El Partido Popular justificó la reforma en las obligaciones de protección y cuidado de la menor que el ejercicio de la patria potestad impone a los progenitores, en particular, los deberes que el Código Civil les impone de 'velar por ellos,
tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación



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integral' y 'educar al menor y procurarle una formación integral', alegando en la exposición de motivos de la Ley que 'la modificación contemplada en la Ley Orgánica 2/2010 impide a los progenitores y tutores cumplir con la obligación
recogida en el Código Civil, privando a las menores de la protección que el mismo texto legislativo reconoce, de poder contar, en un momento crucial y complicado de su vida, con la asistencia de quienes ejercen su patria potestad'.


Por parte del Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea entendemos que en ningún caso esta reforma responde al ejercicio de protección de las niñas y adolescentes, sino más bien es una reforma cortada por un claro patrón
machista y que va directamente en contra del desarrollo y la protección de los derechos más fundamentales de las mujeres, recogidos y amparados por diversos organismos como el Consejo de Europa, ONU, Parlamento Europeo; y legislaciones, incluso las
nuestras, en las que queda recogida con meridiana claridad la intención de eliminar todo tipo de discriminación contra las mujeres.


Por otro lado, y analizando las propias cifras del informe del MSSSI, el porcentaje total de niñas y adolescentes que entre los 16 y los 18 años realizaron interrupciones voluntarias del embarazo no alcanza el 10% de las IVEs totales, y
además ha ido descendiendo en los últimos años. Sin embargo, no existen trabajos ni estudios que arrojen luz sobre la causa de ese descenso, es decir, no sabemos si desciende el número de embarazos no deseados, si las jóvenes no abortan o si
realizan abortos clandestinos que puedan socavar profundamente su derecho a la salud.


Para garantizar el acceso de las mujeres a la prestación sanitaria de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) no basta únicamente con introducir las necesarias reformas legislativas en la mencionada ley, sino que es necesario además
adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para garantizar que el acceso a dicha prestación es real, efectivo y por ello se propone la adopción de una serie de medidas en el ámbito sanitario, dirigidas a avanzar en el proceso de
internalización de las IVEs -es decir, a la asunción de la prestación por parte de los proveedores públicos-, en materia de transparencia y en materia de formación de los profesionales que prestan dicha asistencia.


De nuevo, analizando los datos del MSSSI en su último informe sobre la IVE, podemos observar cómo en todas las comunidades autónomas se realizan más del 80% de las IVEs en centros y clínicas privadas. No es comprensible a estas alturas que
una prestación como es la IVE no esté recogida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, con todos los efectos que ello supone, como, por ejemplo, no solo poder garantizar una cobertura del servicio en la red de hospitales públicos
de todo el país, sino también garantizar el derecho de elección informada del mejor método para efectuar la misma. Desde el grupo Confederal de UP-ECP-EM entendemos que esta es otra de las consecuencias del actual sistema sanitario español, que
está siendo conducido con cada una de las reformas legislativas de los gobiernos del Partido Popular a una sanidad más privatizada, más cara, y en la que se muere peor; y que por supuesto supone un beneficio para unos pocos. Irónicamente, la
interrupción Voluntaria del Embarazo está muy lejos de poder convertirse en una práctica de la que lucrarse, como sin embargo sí lo son la construcción de nuevos hospitales en ese camino de la privatización de la gestión en el Sistema Nacional de
Salud. Entendemos que tanto las lVEs, así como otras cuestiones que tienen que ver con las mujeres y la salud, son en muchos casos las prestaciones más perjudicadas. Por un lado, como consecuencia del deterioro continuado de nuestro sistema
nacional de salud, y por otro, como consecuencia de la discriminación por razones de género que también se pone de manifiesto en el ámbito sanitario, y que responde a las distintas maneras de enfermar y concebir la salud pública, y el llamado sesgo
de género sobre el que muchas autoras han escrito, como Vicky López o Susana Velasco. No es de extrañar, pues, que ante necesidades sanitarias específicas de las mujeres, la calidad de estos servicios sea peor, y sobre todo, cuando el empeoramiento
de estos servicios ha sido utilizado como una herramienta de control de la sexualidad y las vidas de las mujeres.


Además de las debilidades descritas en el establecimiento de un aborto seguro, gratuito y libre, creemos importante reconocer el acoso constante ejercido por grupos antiderechos de las mujeres y antiaborto. Diferentes organizaciones
denuncian que estos grupos se manifiestan frente a las instalaciones amenazando, coaccionando e incluso agrediendo tanto a las mujeres como a las y los profesionales, causando daños materiales y morales, así como poniendo en riesgo la seguridad de
las personas trabajadoras y pacientes. Si la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho recogido en nuestro ordenamiento jurídico y amparado también por organismos y leyes internacionales que velan por la salud sexual y reproductiva de las
mujeres, la impunidad de estos actos resulta inaceptable.



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En este sentido, y a pesar de que la propia Ley Orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, recoja ya en sus primeras líneas que el desarrollo de la sexualidad y la capacidad de procreación
están vinculados a la dignidad de la persona y que son objetos de protección a través de distintos derechos fundamentales, y que los poderes públicos no deben interceder en estas decisiones, en muchos lugares de nuestro país es difícil encontrar
profesionales del Sistema Nacional de Salud que estén dispuestos a dar cobertura a todo lo recogido en esta Ley, principalmente y en relación a esto, la cifra de objetores de conciencia de nuestro país, es aún preocupante.


En la misma línea y como sucede con muchas de las leyes relacionadas con la no discriminación hacia las mujeres, como la Ley Orgánica 1/2004 o la 3/2007, muchas de sus medidas no han sido puestas en marcha, ni presupuestadas. En el marco
del debate el informe de la Subcomisión para el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, muchas de las cuestiones que hoy traemos en esta Proposición no de Ley han sido debatidas sin conseguir con ellas la unanimidad que requerían las medidas
para ser recogidas en dicho informe. No obstante consideramos de máxima urgencia conocer en profundidad en qué estado se encuentran las mujeres en nuestro país que quieren interrumpir voluntariamente su embarazo y que esta interrupción sea
accesible, legal, segura, y garantizada para todas las mujeres, prestando especial atención a aquellos casos de vulnerabilidad, como son los casos de violencia machista, los casos de mujeres con diversidad funcional o las mujeres migrantes.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a:


1. Iniciar todos los trámites necesarios para derogar la Ley Orgánica 11/2015, de 21 de septiembre, para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo y
modificar Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, y la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia
de información y documentación clínica para extender la capacidad de otorgar el consentimiento para la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) a las mujeres de 16 y 17 años, equiparándolas al régimen general aplicable a las mujeres mayores de
edad establecido en el Código Civil y, por tanto, dejando también en sus manos la decisión de comunicarlo o no a sus progenitores.


2. Garantizar el derecho a la IVE para las mujeres migrantes en situación administrativa irregular independientemente del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional
de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.


3. Incluir dentro de los indicadores Clave del Sistema Nacional de Salud una batería de indicadores sobre la interrupción voluntaria del embarazo que faciliten la comparación entre Comunidades Autónomas y se dirijan a detectar tendencias en
la accesibilidad, calidad y seguridad de las interrupciones voluntarias del embarazo practicadas dentro del Sistema Nacional de Salud.


4. Introducir mejoras en materia de información y transparencia en el 'Informe Anual sobre interrupciones Voluntarias del Embarazo' publicado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la inclusión de indicadores sobre
interrupciones voluntarias del embarazo en situaciones de violencia machista en el ámbito de la pareja, situaciones de violencia sexual, mujeres con diversidad funcional.


5. Crear un equipo de trabajo en el Seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que defina un procedimiento estandarizado de internalización de la prestación donde se recojan los estándares mínimos e ideales a cumplir
para la introducción de la prestación de los IVEs en los proveedores públicos. Este procedimiento deberá contemplar, entre otros, los siguientes aspectos:


5.1 Elaboración de una memoria económica con los costes de internalizar la prestación de las IVEs en cada Comunidad Autónoma.


5.2 Establecer los estándares de calidad y auditorías periódicas que permitan asegurar la calidad de la prestación en el Sistema Nacional de Salud.



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5.3 Establecer las necesidades formativas obligatorias que deberán acreditar todos las y los profesionales que vayan a estar implicados en la realización de las IVEs en centros sanitarios públicos.


5.4 Establecer un procedimiento de acreditación de esa formación y de las competencias que deberían derivarse de la misma.


6. Implantar un programa de formación obligatoria para todos los y las profesionales que vayan a estar implicados en la realización de IVEs en centros sanitarios públicos de acuerdo con las necesidades establecidas por el Consejo
Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.


7. Introducir las herramientas de apoyo a la toma de decisiones en el proceso de las Interrupciones Voluntarias del Embarazo, que queden registradas en la Historia Clínica de la Paciente y que sirvan para asegurar que la paciente puede, de
forma bien informada, ejercer su principio de autonomía en la toma de decisiones en el ámbito de la práctica de la IVE.


8. Revisar y suprimir el periodo de reflexión de tres días.


9. Iniciar los procedimientos necesarios para asegurar que la práctica de la objeción de conciencia transcurra dentro del marco legislativo actual y no disponga, en ningún caso, una barrera para la prestación pública de las IVEs, ni para el
correcto acceso de las mujeres a dicha prestación.


10. Dotar presupuestariamente todas las medidas recogidas en la actual Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo.


11. Realizar los cambios legislativos necesarios para garantizar la protección de las mujeres y profesionales de la salud frente al acoso en las inmediaciones de las clínicas. Reincorporar el supuesto de violación dentro de los motivos de
interrupción del embarazo, tal y como constaba en la recogida de datos previa a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2010.


12. Incluir según lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 2/2010 información sobre la ayuda y las medidas disponibles para la atención a las víctimas de Violencia Machista, inspirándose en lo recogido en el artículo 15 de la Ley
Orgánica 1/2004.


13. Facilitar que las mujeres sean escuchadas en los Comités Clínicos en todos los casos, también en aquellos en los que hay malformaciones fetales graves tras la semana.


14. Dotar de la formación necesaria a los cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado para la correcta protección de las mujeres y profesionales que sufren acoso y coacción en los centros médicos.


15. Realizar un estudio para comprobar y mejorar la correcta aplicación de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo para mujeres con diversidad funcional.


16. Formar al personal sanitario implicado en las IVEs tanto en género como en distintos procedimientos y necesidades que contribuyan a la realización de las interrupciones de manera segura y con los mayores estándares de calidad.


17. Poner en marcha diversas campañas que recojan el espíritu de los derechos recogidos en la Ley Orgánica 2/2010.


18. Garantizar el acompañamiento y la información de todas las mujeres durante los procesos de interrupciones voluntarias del embarazo.


19. Realizar un estudio focalizado en las adolescentes que arroje luz sobre las causas del descenso de IVEs.


20. Liderar y apoyar acuerdos en los organismos internacionales de los que nuestro Estado forma parte para trabajar por la despenalización jurídica, sanitaria y social del aborto en aquellos Estados donde el acceso de las mujeres al libre
ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos sea vulnerado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2018.-Sofía Fernández Castañón, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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162/000768


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en Pleno, sobre medidas
para la prevención y lucha contra la corrupción en el sistema universitario.


Exposición de motivos


Se ha orquestado, en estos últimos días, una campaña de acoso contra la Universidad Pública por parte de aquellos interesados en diluir el escándalo del falso máster de la todavía presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes.
Los argumentos empleados por los acosadores son de sobra conocidos, por manidos y comunes: la endogamia universitaria, la politización de las universidades públicas, el corporativismo de la institución..., todos estos argumentos, y muchos otros que
se han utilizado, tienen, sin duda, el riesgo de acabar convirtiéndose en verdad.


La Universidad Pública fue otra de tantas instituciones, como la judicatura, en cuya transición desde el franquismo a la democracia se dieron menos avances de los deseados. Se conservaron gran parte de los mecanismos de promoción interna,
perpetuándose dinámicas de facciones y la a veces necesaria alineación con un grupo si se quería hacer carrera. La transformación automática de los PNNs, bajo el Gobierno de Felipe González, simboliza a la perfección ese fracaso de los primeros
Gobiernos de la democracia por cambiar lo peor de la universidad franquista.


Cierto es que desde la aprobación de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria de 1983 y la Ley Orgánica de Universidades, así como la aprobación de los Reales Decretos que adaptaron el plan Bolonia, la Universidad ha visto cómo se producían
diversos cambios en su organización, fines y alcances. Pero ninguna de esas reformas ha llegado a cambiar las estructuras profundas del sistema, basado demasiadas veces en el clientelismo y en la búsqueda de arreglos sotto voce de temas que
deberían ser parte de la discusión pública. Además, como ha sido el caso con la adaptación a Bolonia, han traído sus propias problemáticas añadidas, en forma de mercantilización de la universidad, exceso de burocracia y la gobernanza por
indicadores. Los últimos debates en torno a la universidad solo se entienden a partir de estas sinergias entre lo viejo y lo nuevo.


Somos conscientes de estos fallos y de la necesidad de introducir cambios profundos en la universidad que garanticen, por un lado, el desarrollo de una carrera científica independiente, y para ello es imprescindible abordar la cuestión de la
precariedad; en segundo lugar, unos procesos de selección abiertos, homologables internacionalmente y totalmente transparentes; en tercer lugar, una simplificación de los procesos administrativos que faciliten su transparencia; en cuarto lugar,
un mayor control sobre institutos Universitarios, Centros adscritos y, en general, sobre la 'marca' de la universidad.


No podemos compartir, sin embargo, afirmaciones que califican a la universidad pública como una institución corrupta, y otras que se refieren a sus trabajadores y trabajadoras como cómplices o cobardes para denunciar esta situación. La
Universidad pública ha cumplido y cumple una labor fundamental para garantizar la movilidad social y el acceso de las clases populares a una formación de calidad. Cuando se habla de la generación mejor formada de la historia no nos referimos tanto
al nivel cultural o formativo del individuo, sino a que nunca en la historia de España tantas personas han estado tan bien formadas. El esfuerzo de nuestra sociedad, en ese sentido, ha sido ejemplar. Basta recordar que hace exactamente un siglo,
el 35% de la población española era analfabeta. Hoy, el 32% tiene estudios superiores.


La Universidad pública ha sido, y es, una de las grandes protagonistas de este gran cambio en nuestro país. Y todo ello, pese a sus problemas y pese a las trabas puestas por una gestión política que muchas veces, y sobre todo en los últimos
años, ha jugado en su contra.


Así, la Universidad pública ha sido una de las 'pagadoras' de la crisis económica y de los recortes presupuestarios en educación, que para la universidad española supusieron una pérdida de más de 1.500 millones de euros en el periodo
2010-2014, iniciándose un proceso de envejecimiento y reducción de las plantillas que ha significado la pérdida de 2018 puestos de Profesional Docente e Investigador y 4923 de Personal Administrativo en el transcurso de los años 2008-2015 según
datos del informe 'La universidad española en cifras' de la Conferencia de Rectores. Además, según el citado



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informe, la presencia de profesorado joven (menor de 40 años) se ha reducido en 11,8 puntos (del 28,5% al 16,7%) en el mismo periodo.


La disminución de las plantillas universitarias de Personal Docente e Investigador y Personal de Administración y Servicios (PDI y PAS) y su envejecimiento no han venido acompañadas de un descenso en las matriculaciones, sino que estas se
han mantenido más o menos estables, con una media, para el periodo 2008-2015, de 1.244.791 alumnos y alumnas matriculados en las universidades públicas, aumentando así la ratio y la carga docente del profesorado. Además, a raíz de la entrada en
vigor de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y sobre todo tras el Real Decreto-ley 14/201212, de 20 de abril, para adoptar medidas urgentes para la racionalización del gasto público en
el ámbito de la educación, se instaura una tendencia clara a la reducción de la financiación pública a las universidades públicas, situando a España muy por debajo de la media de la UE y la OCDE en la aportación pública a sus universidades, y
produciendo un encarecimiento de los precios que debe asumir el alumnado con grandes diferencias entre comunidades autónomas.


A pesar de todo ello, la Universidad Pública ha sabido mantener sus niveles de calidad científica y docente. Sin ir más lejos, más de la mitad de las universidades públicas españolas, exactamente 27 de 50, están entre las 800 mejores según
el ranking de Shangai. Y esto ha sido gracias a gran parte de sus trabajadores y trabajadoras, profesorado, alumnado, que han asumido con responsabilidad el hacer dignamente su tarea compensando las dificultades que las políticas del Gobierno les
ponían.


Y es que el Gobierno no solo ha puesto continuas trabas a nuestra universidad pública a través de sus recortes y políticas de austeridad. También lo ha hecho renunciando a romper con dinámicas e inercias del pasado que desgraciadamente
siguen operando en la actualidad, dinámicas contra las que muchos miembros de la comunidad universitaria llevan años luchando sin que sus demandas se vean atendidas.


Es precisamente esta comunidad universitaria, conformada por profesorado y alumnado honrados, la que está siendo dañada por los últimos escándalos e irregularidades presuntamente detectadas en nuestra universidad pública, que están teniendo
como consecuencia la estigmatización de sus títulos y de su labor profesional y de una universidad en riesgo de quedar cada día más desprestigiada.


Por ello hoy se hace más necesario que nunca recuperar el prestigio de nuestras instituciones universitarias.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Promover los cambios necesarios, de forma coordinada con las Comunidades Autónomas y las instituciones implicadas, para la adaptación de los procesos de selección de las Universidades y OPIs para cumplir las recomendaciones recogidas en la
Europea Chartes for Researchers de la Comisión Europea y que estos sean abiertos, homologables internacionalmente y totalmente transparentes.


- Facilitar, de forma coordinada con las Comunidades Autónomas y las instituciones competentes, la simplificación de los procesos administrativos para facilitar su transparencia en universidades públicas y organismos de investigación
superior.


- Promover las medidas necesarias, en colaboración con las instituciones implicadas, para el estudio, prevención e intervención en casos de conductas no éticas y/o ilegales o ante la sospecha de la existencia de estas.


- Promover las medidas necesarias para revertir, de forma coordinada con las Comunidades Autónomas, los recortes a la universidad pública y centros investigadores, aumentando la financiación hasta los niveles medios de los países de la UE y
la OCDE, y acabar con la precariedad de su personal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2018.-Nayua Miriam Alba Goveli y Joan Mena Arca, Diputados.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000048


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 5771/2017, planteada por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona, en relación con la disposición adicional tercera de la Ley del
Parlamento de Cataluña 12/1987, de 28 de mayo, sobre regulación del transporte por carretera mediante vehículos de motor introducida por el artículo 147 de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica, por posible
vulneración de los artículos 25, 149.1.6.ª y 149.1.29.ª de la Constitución española.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de septiembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Juan José González Rivas, Presidente, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Alfredo Montoya Melgar, don Ricardo Enríquez Sancho, don Cándido Conde-Pumpido Tourón y doña María Luisa Balaguer Callejón, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5771-2017, promovida por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona en relación con la disposición adicional tercera de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/1987, de 28 de mayo,
sobre regulación del transporte por carretera mediante vehículos de motor, añadida por el artículo 147 de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica. Han comparecido y formulado alegaciones el Abogado del Estado, el
Fiscal General del Estado, el Gobierno de la Generalitat de Cataluña y el Parlamento de Cataluña. Ha sido Ponente el Magistrado don Andrés Ollero Tassara, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]



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FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido:


Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 6 de septiembre de 2018.


OTROS TEXTOS


INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR


120/000018


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(120) Iniciativa Legislativa Popular.


Autor: Don Manuel Cascos Fernández.


Proposición de Ley sobre ratios enfermeras para garantizar la seguridad del paciente en centros sanitarios y otros ámbitos.


Acuerdo:


Admitir a trámite el escrito por el que se ejercita el trámite inicial de la iniciativa legislativa popular, comunicando este acuerdo a la Comisión Promotora, a la Junta Electoral Central y al Senado, publicándolo en el Boletín, conforme a
los artículos 5.3 y 7.1 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de septiembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.