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III. AUTORIZACIONES TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Convenio entre el Reino de España y la República de Chipre (610/000104) (Cong. Diputados, Serie C, núm. 115
Cortes Generales, Serie A, núm. 204
Núm. exp. 110/000104) TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Con fecha 7 de noviembre de 2013, ha tenido entrada en esta Se ordena la remisión de este Convenio a la Comisión de Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el Palacio del Senado, 7 de noviembre de 2013.—P.D.,
para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia
de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Nicosia el 14
de febrero de 2013.
Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la
Constitución, el Convenio entre el Reino de España y la República de
Chipre para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en
materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en
Nicosia el 14 de febrero de 2013.
Asuntos Exteriores.
107.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación de las
propuestas a las que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado
terminará el próximo día 20 de noviembre, miércoles.
del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el
texto del citado Convenio aparece publicado en el BOCG, Cortes Generales,
Serie A, número 204, de fecha 6 de septiembre de 2013, encontrándose la
restante documentación a disposición de los señores Senadores en la
Secretaría General de la Cámara.
artículo 191 del Reglamento del Senado.
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.