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BOCG. Senado, apartado III, núm. 260-1915, de 07/11/2013
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III. AUTORIZACIONES


TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES


Convenio entre el Reino de España y la República de Chipre
para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia
de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Nicosia el 14
de febrero de 2013.


(610/000104)


(Cong. Diputados, Serie C, núm. 115



Cortes Generales, Serie A, núm. 204



Núm. exp. 110/000104)


TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


Con fecha 7 de noviembre de 2013, ha tenido entrada en esta
Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la
Constitución, el Convenio entre el Reino de España y la República de
Chipre para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en
materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en
Nicosia el 14 de febrero de 2013.


Se ordena la remisión de este Convenio a la Comisión de
Asuntos Exteriores.


Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo
107.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación de las
propuestas a las que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado
terminará el próximo día 20 de noviembre, miércoles.


Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y
del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el
texto del citado Convenio aparece publicado en el BOCG, Cortes Generales,
Serie A, número 204, de fecha 6 de septiembre de 2013, encontrándose la
restante documentación a disposición de los señores Senadores en la
Secretaría General de la Cámara.


Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 191 del Reglamento del Senado.


Palacio del Senado, 7 de noviembre de 2013.—P.D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.