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BOCG. Senado, apartado III, núm. 215-1567, de 02/07/2013
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III. AUTORIZACIONES


TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES


Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno
de la República Árabe de Egipto sobre la exención recíproca de los
visados para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio,
hecho en Madrid el 7 de marzo de 2013.


(610/000089)


(Cong. Diputados, Serie C, núm. 98



Cortes Generales, Serie A, núm. 163



Núm. exp. 110/000088)


TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


Con fecha 2 de julio de 2013, ha tenido entrada en esta
Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la
Constitución, el Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el
Gobierno de la República Árabe de Egipto sobre la exención recíproca de
los visados para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio,
hecho en Madrid el 7 de marzo de 2013.


Se ordena la remisión de este Acuerdo a la Comisión de
Asuntos Exteriores.


Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo
107.1 del Reglamento del Senado, y siendo de aplicación lo previsto en su
artículo 106.2, que el plazo para la presentación de las propuestas a las
que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado terminará el
próximo día 12 de septiembre, jueves.


Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y
del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el
texto del citado Acuerdo aparece publicado en el BOCG, Cortes Generales,
Serie A, número 163, de fecha 19 de abril de 2013, encontrándose la
restante documentación a disposición de los señores Senadores en la
Secretaría General de la Cámara.


Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 191 del Reglamento del Senado.


Palacio del Senado, 2 de julio de 2013.—P.D., Manuel
Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.