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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 650, de 21/04/2015
cve: BOCG-10-D-650 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de abril de 2015


Núm. 650



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página5)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Fomento


161/003452 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la finalización de las obras de Agaete-La Aldea de San Nicolás. Tramo: La Aldea-El Risco. Desestimación así como enmienda formulada ... href='#(Página21)'>(Página21)


161/003474 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la unificación tarifaria y la modernización de la red de cercanías en el área central de Asturias. Desestimación así
como enmiendas formuladas ... (Página21)


161/003482 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a ampliar a veinticuatro horas el horario de operaciones del aeropuerto de Reus, la conversión en terminal de carga logística y a impulsar y a
autorizar la construcción de un Puesto de Inspección Fronteriza de la Unión Europea. Aprobación con modificaciones ... (Página23)


161/003497 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre la mejora del tramo de la autovía 2 entre Igualada y Esparreguera. Desestimación así como enmienda formulada ... href='#(Página23)'>(Página23)


161/003541 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa a la implantación de medidas para mejorar la infraestructura y el servicio de Renfe en la localidad de Beasain, en Gipuzkoa. Aprobación con
modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página24)


161/003548 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a estimular el crecimiento de la economía y singularmente el sector de transporte y a la inclusión del corredor ferroviario de
ancho internacional Palencia-Gijón entre los proyectos susceptibles de cofinanciación europea con cargo a los fondos conocidos como «Juncker». Desestimación así como enmienda formulada ... (Página25)



Página 2





161/003562 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la realización de un estudio informativo del corredor de la AP-1 entre Burgos y Miranda de Ebro del tráfico tanto ligero como pesado que soportará
a partir de noviembre de 2018 cuando concluya la concesión. Desestimación así como enmienda formulada ... (Página26)


161/003566 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al servicio de la línea de Alta Velocidad Valladolid-Palencia-León. Aprobación ... (Página26)


161/003568 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al impulso de las infraestructuras de conexión ferroviaria a los puertos de interés general. Aprobación así como enmiendas formuladas
... (Página27)


161/003570 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la finalización de obras del nuevo puente sobre la bahía de Cádiz. Aprobación así como enmienda formulada ... href='#(Página28)'>(Página28)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000530 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para impulsar el desarrollo de la «Estrategia para la inclusión de la población gitana en España 2012-2020». Desestimación así como enmienda formulada ...
(Página28)


161/002589 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la actualización de la Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud. Aprobación con modificaciones así como enmiendas
formuladas ... (Página29)


161/002738 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la necesaria participación infantil en la sociedad. Aprobación ... (Página30)


161/003133 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la creación de un grupo de coordinación sobre enfermedades raras. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... href='#(Página31)'>(Página31)


161/003199 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre la adopción por parte del Gobierno de una solución para los pequeños ahorradores afectados por el fraude de Fórum Filatélico S.A.,
Afinsa Bienes Tangibles, S.A., y Arte y Naturaleza Gespart, S.L. Desestimación así como enmienda formulada ... (Página32)


161/003324 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la autorización de las pequeñas explotaciones ganaderas de aves de corral y lagomorfos para el sacrificio y la comercialización en sus
propias instalaciones. Aprobación ... (Página33)


161/003377 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la implantación de medidas para mejorar las políticas de defensa de los consumidores y usuarios en la sustitución de los contadores de medida en
suministros de energía eléctrica por nuevos equipos que permitan la discriminación horaria y la telegestión. Desestimación ... (Página33)


161/003401 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a las limitaciones fijadas por el Ministerio para el acceso a los nuevos tratamientos para enfermos de hepatitis C y posibilidad de emitir licencias
obligatorias. Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página34)



Página 3





161/003464 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la investigación, protección y calidad de vida de los intoxicados de AZSA. Aprobación con modificaciones así como
enmienda formulada ... (Página35)


Comisión de Cultura


161/002636 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre impulso de un plan de promoción turística del Camino Inglés. Desestimación ... (Página36)


161/002812 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa al reparto del fondo de ayudas del ICAA (Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales). Desestimación así como enmienda formulada
... (Página36)


161/003147 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al desarrollo de la industria de la cerámica artística. Aprobación así corno enmienda formulada ... href='#(Página37)'>(Página37)


161/003276 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la Ruta Wólfram. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página38)


161/003336 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al V Centenario del nacimiento de Santa Teresa de Jesús. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... href='#(Página39)'>(Página39)


161/003400 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre la necesidad de que el Gobierno impulse de forma urgente una rebaja del IVA que grava los productos y actividades culturales.
Desestimación así como enmienda formulada ... (Página40)


161/003510 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la necesidad de mejorar la asignación económica para el Museo Marco de Vigo y la necesidad de finalizar las obras de la Biblioteca Pública del Estado en
Ourense. Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página40)


161/003535 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la inscripción en el Registro de la Memoria del Mundo del Archivo General de Simancas. Aprobación ... href='#(Página41)'>(Página41)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Interior


181/002544 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Lavilla Martínez (GS), sobre propuestas de convenio, actuación y/o inversión recibidas por el Gobierno de la Junta de Castilla y León a realizar con el Gobierno de España para la
provincia de Soria en el área del Ministerio del Interior (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita 184/061649). Retirada ... (Página42)


181/002545 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Lavilla Martínez (GS), sobre propuestas de convenio, actuación o inversión recibidas por el Gobierno de la Diputación de Soria a realizar con el Gobierno de España para la provincia de
Soria en el área del Ministerio del Interior (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita 184/061661). Retirada ... (Página42)


181/002548 Pregunta formulada por el Diputado don Félix Lavilla Martínez (GS), sobre obra adjudicada y proyectos redactados por el Ministerio del Interior y sus sociedades para la provincia de Soria en los años 2012 a 2014 (procedente de la
pregunta al Gobierno con respuesta escrita 184/063051). Retirada ... (Página42)



Página 4





181/003017 Pregunta formulada por el Diputado don Àlex Sáez Jubero (GS), sobre participación del Gobierno en relación con la revisión de la Estrategia Europea de Seguridad (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita
184/064409). Retirada ... (Página42)


Secretaría General


292/000054 Procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de servicios de limpieza y de higienización de todos los edificios del Congreso de los Diputados.


Pliego de cláusulas administrativas particulares ... (Página43)


Pliego de prescripciones técnicas .... (Página68)



Página 5





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las declaraciones de modificación de bienes y rentas presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.— P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


;Página


SEGURA CLAVELL, José, (GS) (núm. expte. 005/000074/0001) ;11


TORRADO DE CASTRO, Marta (GP) (núm. expte. 005/000182/0001) ;16


VALERIO CORDERO, Magdalena (GS) (núm. expte. 005/000057/0001) ;6



Página 6





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Página 7





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Página 8





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Página 9





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Página 10





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Página 12





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Página 18





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Página 19





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Página 20





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Página 21





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Fomento


161/003452


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la finalización de las obras de Agaete-La Aldea de San Nicolás. Tramo: La Aldea-El Risco presentada por el
Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 615, de 23 de febrero de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre la finalización de las obras de Agaete-La Aldea de San Nicolás. Tramo: La Aldea-El Risco.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proseguir el régimen de colaboración con el Gobierno de Canarias, de conformidad con lo establecido en la Adenda firmada por ambas Administraciones el 17 de noviembre de 2009, que modifica el
Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias en materia de Carreteras, firmado en enero de 2006, y de acuerdo con los créditos que para ello se aprueben por el Parlamento en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado de cada año.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003474


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la unificación tarifaria y la modernización de la red de cercanías en el área central de Asturias, presentada
por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 620, de 2 de marzo de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 22





A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Mixto, a instancia del Diputado don Enrique Álvarez Sostres, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de adición a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario de IU,
ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural sobre la unificación tarifaria y la modernización de la red de cercanías en el área central de Asturias.


Enmienda


Se propone añadir este cuarto punto:


«4.° Establecer de forma inmediata una nueva comercialización del servicio ferroviario entrelazando a través de ambas mallas ferroviarias de RENFE y FEVE, los principales núcleos urbanos metropolitanos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Enrique Álvarez Sostres, Diputado.—Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario de IU,
ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la unificación tarifaria y la modernización de la red de cercanías en el área central de Asturias.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Trabajar para alcanzar un acuerdo entre Renfe y el CTA, de modo que se regulen de forma integrada las condiciones de aceptación de los títulos emitidos por el Consorcio en los servicios ferroviarios prestados por Renfe, tanto en el
Núcleo de Cercanías de Asturias, como en las líneas de ancho métrico (FEVE) que discurren por esta Comunidad Autónoma.


2. Continuar trabajando en la racionalización de la red de ancho métrico en Asturias de acuerdo a la planificación establecida en el PITVI (2012-2024).»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la unificación tarifaria y la modernización de la red de cercanías en el área central de Asturias del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Enmienda


De adición.



Página 23





Se añade el siguiente apartado:


«(nuevo) Aumentar, al menos, en un 50% la inversión media que se ha destinado para la conservación y mantenimiento de la red de cercanías ferroviarias en Asturias, en los tres últimos años.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003482


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a ampliar a veinticuatro horas el horario de operaciones del aeropuerto de Reus, la conversión en
terminal de carga logística y a impulsar y a autorizar la construcción de un Puesto de Inspección Fronteriza de la Unión Europea, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm.
620, de 2 de marzo de 2015, en los siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar un estudio de viabilidad económica de:


1. La implantación en el Aeropuerto de Reus de un horario continuo de operaciones de 24 horas.


2. La disposición de una terminal de carga logística compatible con la actividad comercial de pasajeros en el Aeropuerto de Reus.


3. La autorización de un Punto de Inspección Fronteriza de la Unión Europea.


4. La plantilla de trabajadores y la capacidad de las infraestructuras necesarias para un adecuado funcionamiento operativo del Aeropuerto de Reus de acuerdo con las nuevas medidas propuestas, y cuya viabilidad se acredite.»


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/003497


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la mejora del tramo de la autovía 2 entre Igualada y Esparreguera, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 625, de 9 de marzo de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Catalán
(CiU), sobre la mejora del tramo de la Autovía 2 entre Igualada y Esparreguera.



Página 24





Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar las actuaciones de mejora previstas en la autovía A-2 entre Igualada y Esparreguera de acuerdo con las partidas y las dotaciones previstas en los Presupuestos Generales del
Estado.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003541


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la implantación de medidas para mejorar la infraestructura y el servicio de Renfe en la localidad de
Beasain, en Gipuzkoa, presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 634, de 23 de marzo de 2015, en los siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a seguir trabajando en la mejora de la accesibilidad de las estaciones vascas, desarrollando las actuaciones planificadas para la estación de Beasain en función de las disponibilidades
presupuestarias priorizadas en el próximo Plan de Estaciones.»


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Vasco
(EAJ-PNV), relativa a la implantación de medidas para mejorar la infraestructura y el servicio de Renfe en la localidad de Beasain, en Gipuzkoa.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a seguir trabajando en la mejora de la accesibilidad de las estaciones vascas, desarrollando las actuaciones planificadas para la estación de Beasain, en función de las disponibilidades
presupuestarias.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 25





A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la implantación de medidas para mejorar la infraestructura y el servicio de Renfe en la localidad de Beasain, en Gipuzkoa, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)


Enmienda


De adición.


«4. Instar al Gobierno a que ADIF realice un proyecto para reordenar el actual apeadero de Legazpi, con el objetivo de convertirlo en estación y ampliar de dos a tres las vías para poder aumentar las frecuencias de servicio de los Cercanías
de Renfe, además de realizar mejoras en los andenes y en la accesibilidad a la futura estación.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003548


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a estimular el crecimiento de la economía y singularmente el sector de transporte y a
la inclusión del corredor ferroviario de ancho internacional Palencia-Gijón entre los proyectos susceptibles de cofinanciación europea con cargo a los fondos conocidos como «Juncker» presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el
«BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 634, de 23 de marzo de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley por la que se insta al Gobierno a estimular el crecimiento de la economía y singularmente el sector de transporte y a la inclusión del corredor ferroviario de ancho internacional Palencia-Gijón entre los proyectos susceptibles de
cofinanciación europea con cargo a los fondos conocidos como «Juncker», del Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


De adición.


«3. Poner en funcionamiento, en 2015, los servicios de AVE a través de la variante ferroviaria de Pajares.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 26





161/003562


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a la realización de un estudio informativo del corredor de la AP-1 entre Burgos y Miranda de Ebro del tráfico
tanto ligero como pesado que soportará a partir de noviembre de 2018 cuando concluya la concesión, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 634, de 23 de marzo de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a la realización de un estudio informativo del corredor de la AP-1 entre Burgos y Miranda de Ebro del tráfico tanto ligero como pesado que soportará a partir de noviembre de 2018 cuando concluya la concesión.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proseguir analizando la aplicación de bonificaciones para el tráfico de vehículos pesados en tramos de autopista paralelos a carreteras convencionales, y proceder a su implantación, de forma
consensuada con el sector del transporte por carretera, en los tramos en los que resulte factible técnica y económicamente el desarrollo de esta medida, y resulte beneficiosa para la mejora de las condiciones de la circulación.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003566


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, aprobó la Proposición no de Ley relativa al servicio de la línea de Alta Velocidad Valladolid-Palencia-León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el
«BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 634, de 23 de marzo de 2015, en sus propios términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en servicio la línea de alta velocidad Valladolid-Palencia-León en el menor plazo posible.»


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 27





161/003568


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, aprobó la Proposición no de Ley relativa al impulso de las infraestructuras de conexión ferroviaria a los puertos de interés general, presentada por el Grupo Parlamentario
Popular y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 634, de 23 de marzo de 2015, en sus propios términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar medidas que impulsen las infraestructuras de conexión ferroviaria a los puertos de interés general.»


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo al artículo 110 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta una enmienda de modificación a la Proposición
no de Ley relativa al impulso de las infraestructuras de conexión ferroviaria a los puertos de interés general.


Enmienda


Redacción que se propone:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a dotar, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, las partidas necesarias para que ADIF ejecute, con carácter de absoluta prioridad, las infraestructuras de conexión ferroviaria a los
puertos de interés general.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa al impulso de las infraestructuras de conexión ferroviaria a los puertos de interés general, del Grupo Parlamentario Popular.


Enmienda


De sustitución.


«Incrementar las inversiones previstas en los Presupuestos Generales del Estado, a fin de adecuar las infraestructuras de conexión de nuestros puertos con la red de transporte terrestre con el objetivo de mejorar la intermodalidad y la
competitividad, incrementando así la eficiencia de nuestro sistema portuario mediante la modernización de sus instalaciones.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/003570


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 24 de marzo de 2015, aprobó la Proposición no de Ley relativa a la finalización de obras del nuevo puente sobre la bahía de Cádiz, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el
«BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 634, de 23 de marzo de 2015, en sus propios términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar con el impulso de las obras del nuevo puente sobre la Bahía de Cádiz, como se ha venido haciendo durante la presente Legislatura, de forma que la finalización de esta
infraestructura pueda culminarse a la mayor brevedad posible.»


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de marzo de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la finalización de obras del nuevo puente sobre la bahía de Cádiz, del Grupo Parlamentario Popular.


Enmienda


De sustitución.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a hacer pública de manera inmediata la programación detallada de la finalización de las obras y puesta en servicio del segundo puente sobre la Bahía de Cádiz, así como el costo económico final
con respecto al de licitación, explicando las razones de los modificados y su relación con los periodos de parón de la obra, y las causas por las que ha incumplido de manera tan flagrante el compromiso por escrito del Gobierno y de la Ministra de
Fomento de poner en servicio esta infraestructura durante el año 2013, que ha supuesto un engaño más a los gaditanos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000530


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley para impulsar el desarrollo de la «Estrategia para la inclusión de la población gitana en España
2012-2020», presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 75, de 16 de abril de 2012.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, para impulsar el desarrollo de la «Estrategia para la inclusión de la población gitana en España 2012-2020».


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, una vez aprobada la “Estrategia para la Inclusión de la Población Gitana en España 2012-2020? se continúen implementando todas las medidas necesarias para la consecución de los
objetivos que se contemplan en la misma y se sigan dotando los presupuestos necesarios en el marco del Programa de Desarrollo Gitano.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002589


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la actualización de la Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de
Salud, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 431, de 31 de marzo de 2014, en los siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a actualizar la Estrategia de Salud Mental del Sistema Nacional de Salud partiendo de la evaluación del cumplimiento de la propia estrategia entre 2009 y 2013, así como a diseñar y desarrollar,
en coordinación con las Comunidades Autónomas, los colegios profesionales, las sociedades científicas y las asociaciones de afectados, las medidas necesarias para promover un abordaje sociosanitario integral de las patologías mentales.


Todo ello, sin perjuicio de las competencias que en este ámbito corresponden a las Comunidades Autónomas y teniendo en cuenta y valorizando aquellos planes y protocolos sobre salud mental ya en funcionamiento o en proceso de implantación.»


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición de
dos nuevos párrafos a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, relativa a la actualización de la Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud.



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Enmienda


Redacción que se propone:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a actualizar la Estrategia de Salud Mental del Sistema Nacional de Salud partiendo de la evaluación del cumplimiento de la propia estrategia entre 2009 y 2013, así como a diseñar y desarrollar,
en coordinación con las Comunidades Autónomas, los colegios profesionales, las sociedades científicas y las asociaciones de afectados, las medidas necesarias para promover un abordaje sociosanitario integral de las patologías mentales.


Todo ello, sin perjuicio de las competencias que en este ámbito corresponden a las Comunidades Autónomas y teniendo en cuenta y valorizando aquellos planes y protocolos sobre salud mental ya en funcionamiento o en proceso de implantación.


Asimismo, el Gobierno restablecerá en los Presupuestos Generales del Estado para 2015, la dotación presupuestaria destinada a las Comunidades Autónomas para hacer frente a las Estrategias de salud del Sistema Nacional de Salud, con el fin de
garantizar la continuidad de los proyectos existentes, así como dar viabilidad a los de nueva creación.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la actualización de la Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud, del Grupo Parlamentario Popular.


Enmienda


De sustitución.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar en el plazo más breve posible y, en todo caso, dentro del primer semestre de 2015, la evaluación de la Estrategia de Salud Mental 2009-2013; así como a elaborar una nueva
estrategia 2015-2020 bajo los principios de universalidad, eficiencia, solidaridad e integración, en coordinación con Comunidades Autónomas, colegios profesionales, sociedades científicas y asociaciones de pacientes.


Dicha estrategia deberá insertarse en un sistema sanitario en el que todos los bienes y servicios sanitarios tengan carácter público para revitalizar la salud mental con un enfoque multidimensional, una respuesta multiprofesional, una
orientación asistencial comunitaria, con la debida continuidad de cuidados, con la necesaria atención y apoyo en el ámbito domiciliario, con prestaciones y servicios alternativos a la institucionalización y dando un papel imprescindible a las
intervenciones psicológicas y psicosociales y al trabajo de prevención.


Deberá dotarse de los recursos necesarios para hacerla realidad en el horizonte 2015-2020 y contemplar las necesidades de recursos humanos, su adecuada capacitación, la participación de la sociedad, de los pacientes y la investigación.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002738


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, aprobó la Proposición no de Ley sobre la necesaria participación infantil en la sociedad, presentada por el Grupo



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Parlamentario Popular y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 456, de 12 de mayo de 2014, en sus propios términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer los mecanismos necesarios para garantizar el derecho de los niños y niñas a participar en la sociedad civil, y muy especialmente en todos los asuntos que les afectan, de acuerdo a
su edad y madurez, de manera que su relación con el mundo se desarrolle de una manera crítica, reflexiva y comprometida.»


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/003133


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la creación de un grupo de coordinación sobre enfermedades raras, presentada
por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 551, de 3 de noviembre de 2014, en los siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar el Comité de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia de enfermedades raras, mediante su Comité Técnico y Comité Institucional, como un foro de debate y plataforma de coordinación,
con el objetivo de mejorar la atención integral de las personas con enfermedades raras en España. Se planteará la incorporación en este Comité de otros colectivos vinculados a la materia objeto de debate.»


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición de
dos párrafos nuevos a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, sobre grupo de coordinación sobre enfermedades raras.


Enmienda


Redacción que se propone:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la creación de un grupo de coordinación sobre enfermedades raras, en el que participen todos los agentes implicados (grupos políticos, grupos de pacientes, clínicos especialistas y
profesionales sanitarios, industria, etc.), en coordinación con las Comunidades Autónomas, que sirva de discusión permanente y de plataforma de coordinación para la búsqueda de soluciones para la mejora en la atención integral de las enfermedades
raras en España.


Todo ello, con pleno respeto a las competencias que en este ámbito corresponden a las Comunidades Autónomas y teniendo en cuenta aquellos planes de acción en enfermedades raras, ya en funcionamiento o en proceso de implantación.



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Asimismo se insta al Gobierno a incrementar, en los Presupuestos Generales del Estado para el 2015, la dotación Presupuestaria destinada a las Comunidades Autónomas en concepto de estrategias frente a enfermedades raras.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a la creación de un grupo de coordinación sobre enfermedades raras.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar el Comité de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia de enfermedades raras, mediante su Comité Técnico y Comité Institucional, como un foro de debate y plataforma de coordinación
con el objetivo de mejorar la atención integral de las personas con enfermedades raras en España.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003199


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la adopción por parte del Gobierno de una solución para los pequeños ahorradores afectados
por el fraude de Fórum Filatélico S.A., Afinsa Bienes Tangibles, S.A. y Arte y Naturaleza Gespart, S.L., presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 565,
de 25 de noviembre de 2014.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario de
Catalán (CiU) sobre la adopción por parte del Gobierno de una solución para los pequeños ahorradores afectados por el fraude de Forúm Filatélico, S.A., Afinsa Bienes Tangibles, S.A. y Arte y Naturaleza Gespart, S.L.



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Enmienda


De modificación.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar valorando la situación actual de los afectados por la actividad de las empresas, Fórum Filatélico, S.A., Afinsa Bienes Tangibles, S.A. y Arte y Naturaleza Gespert, S.L., que les
llevó, tras la intervención judicial realizada en mayo de 2006, a la pérdida de sus inversiones.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003324


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, aprobó la Proposición no de Ley relativa a la autorización de las pequeñas explotaciones ganaderas de aves de corral y lagomorfos para el sacrificio y la
comercialización en sus propias instalaciones, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 593, de 19 de enero de 2015, en sus propios términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a recabar la opinión de las Comunidades Autónomas y de los sectores afectados, respecto a la posibilidad de venta directa de aves de corral y lagomorfos sacrificados en explotación, al objeto
de buscar un consenso que permita llevar a cabo la modificación del Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, en lo referido a la prohibición en España de la venta directa de aves de corral y lagomorfos sacrificados en explotación, dando así respuesta a
la Propuesta de Resolución [2013/02096(INI)] del Parlamento Europeo.»


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/003377


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar Proposición no de Ley relativa a la implantación de medidas para mejorar las políticas de defensa de los consumidores y
usuarios en la sustitución de los contadores de medida en suministros de energía eléctrica por nuevos equipos que permitan la discriminación horaria y la telegestión, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, y publicada en el «BOCG.
Congreso de los Diputados», serie D, núm. 599, de 2 de febrero de 2015.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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161/003401


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a las limitaciones fijadas por el Ministerio para el acceso a los nuevos tratamientos
para enfermos de hepatitis C y posibilidad de emitir licencias obligatorias, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 605, de 10 de febrero de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición de
un nuevo punto a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a las limitaciones fijadas por el Ministerio para el acceso a los nuevos tratamientos para enfermos de hepatitis C y posibilidad de emitir licencias obligatorias.


Enmienda


Redacción que se propone:


«El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Sanidad a:


— Atender de inmediato a las personas afectadas por el virus de la hepatitis C que se encuentran en fase 3 y 4 de la enfermedad para que accedan con carácter urgente a los nuevos tratamientos.


— Revisar los estrictos criterios fijados por el Ministerio para el acceso a los nuevos fármacos para tratar la hepatitis C de modo que se permita acceder a un universo mayor de afectados, especialmente los casos más graves.


— Iniciar los trámites para emitir licencias obligatorias para fabricar Sofosbuvir, partiendo del artículo 90 de la Ley de Patentes.


— Crear un Fondo Sanitario específico para la financiación de las innovaciones farmacoterapéuticas, aprobadas por el Ministerio de Sanidad e incluidas en el catálogo de medicamentos de financiación pública. Dicho fondo será finalista y
adicional a cualquier otro fondo o dotación destinada a prestaciones de bienes o servicios sanitarios y será distribuido entre Comunidades Autónomas, por los criterios que se determinen en la conferencia sectorial, con la finalidad de que las
administraciones autonómicas puedan asumir la financiación de los costes de las innovaciones.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Mixto,
relativa a las limitaciones fijadas por el Ministerio para el acceso a los nuevos tratamientos para enfermos de hepatitis C y posibilidad de emitir licencias obligatorias.



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Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la aprobación de un Plan Estratégico para el abordaje de la Hepatitis C que incluya los nuevos tratamientos para los pacientes con fibrosis tipo 2, 3 y 4, de acuerdo con el criterio de los
especialistas.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003464


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la investigación, protección y calidad de vida de los intoxicados de AZSA,
presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 615, de 23 de febrero de 2015, en los siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Continuar adoptando medidas en relación con el tratamiento, la protección social y la investigación sobre los afectados por intoxicación laboral por mercurio en la empresa AZSA de Asturias.


2. Impulsar la investigación con los medios más eficaces, junto con el Instituto de Salud Carlos III, el SESPA y el IOVA, entre otros, de los efectos de la intoxicación sobre la salud.


3. Continuar facilitando, de acuerdo con la AEMPS, los medicamentos de uso compasivo.


4. Intensificar la rehabilitación, las prestaciones y apoyos sociales necesarios a los trabajadores con intoxicación crónica con consecuencias incapacitantes para el trabajo y la vida cotidiana.»


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario de IU,
ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la investigación, protección y calidad de vida de los intoxicados de AZSA.



Página 36





Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar estudios de vigilancia de la población afectada o susceptible de ser afectada por la exposición a mercurio, midiendo los niveles de exposición llevados a cabo por Área de Toxicología Ambiental del CNSA del Instituto de Salud
Carlos III, el SESPA y el IOVA.


2. Continuar facilitando, de acuerdo con la AEMPS, de forma ágil, los medicamentos necesarios.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Cultura


161/002636


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre impulso de un plan de promoción turística del Camino Inglés, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, y
publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 440, de 14 de abril de 2014.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/002812


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa al reparto del fondo de ayudas del ICAA (Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales),
presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 474, de 9 de junio de 2014.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa al reparto del fondo de ayudas del ICAA (Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales), del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).



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Enmienda


De modificación.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la recuperación de la asignación presupuestaria dentro del Presupuesto del ICAA a partir del año 2015 para la partida denominada “Fondo de Cinematografía autonómico”, considerando que su
dotación, debería, al menos, seguir guardando la misma proporción respecto al “Fondo de Cinematografía nacional”, tal y como se ejecutó en los años 2009, 2010 y 2011.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003147


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, aprobó la Proposición no de Ley relativa al desarrollo de la industria de la cerámica artística, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el «BOCG.
Congreso de los Diputados», serie D, núm. 556, de 11 de noviembre de 2014, en sus propios términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promocionar, modernizar e internacionalizar la industria cerámica desde el ámbito artístico y el científico en coordinación con las administraciones competentes y el sector ceramista.


2. Profundizar en la difusión, el conocimiento y la investigación de las obras de cerámica artística, mediante el impulso de:


— La formación de los profesionales en los conocimientos técnicos y prácticos.


— La incorporación de las nuevas tecnologías a la cerámica.


— La promoción de exposiciones nacionales e internacionales organizadas en torno a la cerámica artística.


— La realización de campañas de difusión mediante el Instituto Cervantes y las embajadas de España en el exterior.


— La creación de plataformas y de la venta on line de cerámica artística.


3. Impulsar iniciativas dirigidas a la obtención de reconocimientos nacionales e internacionales y a la promoción de marcas de calidad.


4. Impulsar el turismo cultural vinculado a la cerámica artística, fundamentalmente mediante la consolidación de rutas en ciudades reconocidas internacionalmente por su producción cerámica.»


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa al desarrollo de la industria de la cerámica artística, del Grupo Parlamentario Popular.



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Enmienda


De adición.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar, en un plazo no superior de seis meses, un Plan de Acción para la industria de la Cerámica Artística que cuente con la financiación necesaria que permita desarrollar con éxito las
actuaciones y medidas que contemple dicho Plan. Entre otras, deberá contar con las siguientes acciones:


(Resto igual).»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003276


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la Ruta Wólfram, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el «BOCG. Congreso de
los Diputados», serie D, núm. 578, de 15 de diciembre de 2014, en los siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Colaborar con la Comunidad Autónoma de Castilla y León y con la Comunidad Autónoma de Galicia, junto con la sociedad civil implicada en la ruta del Wolframio, a fin de promover su declaración como Itinerario Cultural Europeo del Consejo
de Europa.


2. Llevar a cabo todas las actuaciones necesarias ante el Consejo de Gobierno del Instituto Europeo de Itinerarios Culturales para la inclusión en la ruta del Wolframio de todas las comarcas afectadas de la Comunidad Autónoma de Castilla y
León y de la Comunidad Autónoma de Galicia.»


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados,14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre la Ruta Wólfram.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a colaborar con las Comunidades Autónomas y la sociedad civil implicada en la ruta del Wolframio, a fin de promover su declaración como Itinerario Cultural Europeo del Consejo de Europa.»



Página 39





Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003336


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa al V Centenario del nacimiento de Santa Teresa de Jesús, presentada por el Grupo Parlamentario Popular
y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 593, de 19 de enero de 2015, en los siguientes términos:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a apoyar a la Comisión Nacional para la conmemoración del V Centenario del Nacimiento de Santa Teresa de Jesús para promocionar, fomentar y difundir con carácter nacional e internacional la
figura de Teresa de Jesús y su obra literaria, destinando la financiación necesaria que permita el desarrollo de las siguientes actuaciones:


1. La celebración de exposiciones, festivales, seminarios y encuentros en torno a la figura de Teresa de Jesús.


2. El fomento de la lectura de la obra literaria de Teresa de Jesús.


3. La difusión de su figura y obra en el ámbito digital.


4. El turismo cultural vinculado a la figura de Santa Teresa de Jesús.


5. La colaboración, cooperación y coordinación entre las Administraciones implicadas y entre estas y la sociedad civil.»


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa al V Centenario del nacimiento de Santa Teresa de Jesús, del Grupo Parlamentario Popular.


Enmienda


De modificación.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a apoyar a la Comisión Nacional para la conmemoración del V Centenario del Nacimiento de Santa Teresa de Jesús para promocionar, fomentar y difundir con carácter nacional e internacional la
figura de Teresa de Jesús y su obra literaria, destinando la financiación necesaria que permita el desarrollo de las siguientes actuaciones:


(Resto igual).»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 40





161/003400


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la necesidad de que el Gobierno impulse de forma urgente una rebaja del IVA que grava los productos y
actividades culturales, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 605, de 10 de febrero de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la necesidad de que el Gobierno impulse de forma urgente una rebaja del IVA que grava los productos y actividades culturales, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Enmienda


De adición.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reducir de forma urgente el tipo impositivo del IVA aplicable a los productos y servicios culturales pasando, del 21% actual al reducido del 5%, tal y como ocurre en otros estados miembros de
la Unión Europea.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003510


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a la necesidad de mejorar la asignación económica para el Museo Marco de Vigo y la necesidad de finalizar las
obras de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 625, de 9 de marzo de 2015.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la necesidad de mejorar la asignación económica para el Museo Marco de Vigo y la necesidad de finalizar las obras de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense, del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 41





Enmienda


De modificación.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


— Aumentar la asignación presupuestaria destinada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en 300.000 euros, para el desarrollo de la actividad cultural del Museo Marco de Vigo a fin de recuperar el nivel de inversión y poder
mantener las actividades de exposiciones y exhibiciones artísticas de gran interés para la ciudad olívica.


— Impulsar las obras de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense a fin de cumplir el plazo de finalización de dicha actuación en el presente año 2015, y ejecutar a buen ritmo las obras del Archivo Histórico Provincial, que sufren un gran
retraso.


Del mismo modo, deberá definir el uso del conocido como antiguo solar de la iglesia, que forma parte de este conjunto patrimonial de las antiguas instalaciones del Convento de San Francisco, estudiando la posibilidad de cederlo al Museo
Arqueológico de Ourense con el fin de albergar sus Colecciones de bellas artes o de otras posibles colecciones.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Mixto,
relativa a la necesidad de mejorar la asignación económica para el Museo Marco de Vigo y la necesidad de finalizar las obras de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


— Seguir colaborando con el Museo Marco de Vigo a fin de mantener el nivel de sus exposiciones y exhibiciones artísticas de gran interés para la ciudad olívica.


— Seguir trabajando en las obras de la Biblioteca Pública del Estado y en el Archivo Histórico Provincial en Ourense.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003535


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 25 de marzo de 2015, aprobó la Proposición no de Ley relativa a la inscripción en el Registro de la Memoria del Mundo del Archivo General de Simancas, presentada por el Grupo Parlamentario Popular
y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 634, de 23 de marzo de 2015, en sus propios términos:



Página 42





«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, inicie los trámites para presentar ante la Secretaría de la UNESCO la propuesta de inscripción en el Registro de la Memoria del
Mundo del Archivo General de Simancas, reconociendo así no solo su valor como fondo documental para el estudio de la historia de España, sino también para la historia del resto del mundo y su excepcional relevancia dentro del Patrimonio Documental
Mundial, sin que ello conlleve incremento alguno de partidas presupuestarias.»


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Interior


181/002544, 181/002545 y 181/002548


Por escrito de fecha 18 de marzo de 2015, se han retirado las preguntas formuladas por el Diputado don Félix Lavilla Martínez sobre:


— Propuestas de convenio, actuación y/o inversión recibidas por el Gobierno de la Junta de Castilla y León a realizar con el Gobierno de España para la provincia de Soria en el área del Ministerio del Interior (procedente de la pregunta al
Gobierno con respuesta escrita 184/061649) (núm. expte. 181/002544), publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 594, de 20 de enero de 2015.


— Propuestas de convenio, actuación o inversión recibidas por el Gobierno de la Diputación de Soria a realizar con el Gobierno de España para la provincia de Soria en el área del Ministerio del Interior (procedente de la pregunta al Gobierno
con respuesta escrita 184/061661) (núm. expte. 181/002545), publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 594, de 20 de enero de 2015.


— Obra adjudicada y proyectos redactados por el Ministerio del Interior y sus sociedades para la provincia de Soria en los años 2012 a 2014 (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita 184/063051) (núm. expte. 181/002548),
publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 594, de 20 de enero de 2015.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


181/003017


Por escrito de fecha 18 de marzo de 2015, se ha retirado la pregunta formulada por el Diputado don Àlex Sáez Jubero sobre participación del Gobierno en relación con la revisión de la Estrategia Europea de Seguridad (procedente de la pregunta
al Gobierno con respuesta escrita 184/064409) (núm. expte. 181/003017), publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 604, de 9 de febrero de 2015.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados,10 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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SECRETARÍA GENERAL


292/000054


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día 7 de abril de 2015, ha acordado aprobar los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas para la convocatoria del procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de
servicios de limpieza y de higienización de todos los edificios del Congreso de los Diputados.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS


ÍNDICE


Página


CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales ... (Página44)


Cláusula 1.ª Objeto del contrato ... (Página44)


Cláusula 2.ª Régimen jurídico ... (Página44)


Cláusula 3.ª Aplicación del TRLCSP ... (Página45)


Cláusula 4.ª Tramitación y procedimiento de adjudicación ... (Página45)


Cláusula 5.ª Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato ... (Página45)


Cláusula 6.ª Plazo de ejecución y prórroga ... (Página45)


Cláusula 7.ª Información, control, seguimiento y retirada de documentación ... (Página45)


Cláusula 8.ª Capacidad para contratar ... (Página46)


Cláusula 9.ª Presentación de proposiciones ... (Página46)


Cláusula 10.ª Forma y contenido de las proposiciones ... (Página47)


Cláusula 11.ª Garantía provisional ... (Página50)


Cláusula 12.ª Examen de las proposiciones ... (Página50)


Cláusula 13.ª Criterios de adjudicación ... (Página51)


Cláusula 14.ª Renuncia y desistimiento ... (Página54)


Cláusula 15.ª Adjudicación y seguro ... (Página54)


Cláusula 16.ª Garantía definitiva ... (Página55)


Cláusula 17.ª Formalización del contrato ... (Página56)


CAPÍTULO SEGUNDO. Ejecución del contrato ... (Página56)


Cláusula 18.ª Lugar de ejecución ... (Página56)


Cláusula 19.ª Prestación del servicio y continuidad de la prestación ... (Página56)


Cláusula 20.ª Dirección y supervisión del contrato ... (Página56)


Cláusula 21.ª Terminación, plazo de garantía y liquidación ... (Página56)


Cláusula 22.ª Riesgo y ventura ... (Página57)


Cláusula 23.ª Cesión del contrato ... (Página57)


Cláusula 24.ª Subcontratación ... (Página57)


Cláusula 25.ª Ejecución defectuosa y resolución del contrato. Responsabilidad por daños y perjuicios ... (Página57)


Cláusula 26.ª Modificación del contrato ... (Página58)


CAPÍTULO TERCERO. Derechos y obligaciones del contratista ... (Página58)


Cláusula 27.ª Pago del precio ... (Página58)


Cláusula 28.ª Revisión de precios ... (Página58)



Página 44





Cláusula 29.ª Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista ... (Página58)


Cláusula 30.ª Obligaciones laborales y sociales del contratista ... (Página59)


Cláusula 31.ª Deber de confidencialidad ... (Página59)


Cláusula 32.ª Protección de datos de carácter personal ... (Página59)


Cláusula 33.ª Normas de seguridad del Congreso de los Diputados ... (Página59)


CAPÍTULO CUARTO. Prerrogativas y recursos ... (Página59)


Cláusula 34.ª Prerrogativas y recursos ... (Página59)


ANEXO I. Modelo de oferta económica ... (Página61)


ANEXO II. Modelo de aval (artículo 103 del TRLCSP) ... (Página62)


ANEXO III. Modelo de certificado de seguro de caución ... (Página63)


ANEXO IV. Modelo de declaración artículo 60 del TRLCSP ... (Página64)


ANEXO V. Modelo de declaración pertenencia a grupo de empresas ... (Página65)


ANEXO VI. Modelo de compromiso de adscripción de medios al contrato ... (Página66)


ANEXO VII. Modelo de declaración relativo al personal con discapacidad ... (Página67)


CAPÍTULO PRIMERO


Disposiciones generales


Cláusula 1.ª Objeto del contrato.


1. El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la realización del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación y desratización de todos los edificios del Congreso de los Diputados así como la
conservación y reposición de las plantas naturales de la Cámara, según lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.


2. La codificación correspondiente de la nomenclatura de la CPV/08, es la siguiente:


CPV: 90911200 - Servicios de limpieza de edificios


CPV: 90920000 - Servicios de higienización de instalaciones


La necesidad administrativa a satisfacer es la realización de los servicios de limpieza de los edificios, mobiliario y enseres, desinfección y desinsectación, cuidado de las plantas, reciclaje de residuos así como el mantenimiento de los
equipos especiales de limpieza.


Cláusula 2.ª Régimen jurídico.


1. El contrato al que se refiere el presente pliego es un contrato administrativo de servicios. Formarán parte del contrato, el pliego de cláusulas administrativas, el pliego de prescripciones técnicas y la propuesta económica y técnica.
Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, en el correspondiente de prescripciones técnicas y demás documentos anexos. Por ello, dichos documentos deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad,
en el acto mismo de la formalización del contrato.


2. El presente procedimiento se regirá por el artículo 72 de la Constitución y por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), en los
términos previstos en la disposición adicional primera bis en atención a la consideración como Órgano Constitucional del Congreso de los Diputados. También se regirá por la normativa de desarrollo y por las Normas y Acuerdos adoptados por el
Congreso de los Diputados en materia de contratación y contracción de obligaciones. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.


3. En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Penal, que tipifica el delito de alteración de precios en las subastas y concursos públicos.



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Cláusula 3.ª Aplicación del TRLCSP.


1. En virtud de la disposición adicional primera bis del TRLCSP, las menciones que el mismo efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Congreso de los Diputados.


2. Las referencias que dicho texto efectúa a la Caja General de Depósitos en relación con la prestación de garantías se entenderán hechas al Departamento de Gestión Presupuestaria de la Dirección de Presupuestos y Contratación del Congreso
de los Diputados.


Cláusula 4.ª Tramitación y procedimiento de adjudicación.


1. La adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto, de conformidad con lo previsto en los artículos 138, 157 y siguientes del TRLCSP.


2. El contrato objeto de este procedimiento está sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del TRLCSP.


3. La tramitación del expediente de contratación se realizará por el procedimiento ordinario.


Cláusula 5.ª Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato.


1. El presupuesto máximo de licitación es de 2.404.551,45 euros (IVA excluido) para la duración inicial del contrato. A este contrato le corresponde un tipo del 21% de IVA, que asciende a la cantidad de 504.955,80 euros, ascendiendo a un
total de 2.909.507,25 euros (IVA incluido).


2. El valor estimado del contrato, incluidas las posibles prórrogas y modificaciones contractuales, asciende a 4.875.435,34 euros (IVA excluido), el cual se desglosa por anualidades de la siguiente forma:


Año;Importe (IVA excluido)


2015 (del 1 de agosto al 31 de diciembre);414.577,85 €


2016;994.986,80 €


2017;994.986,80 €


Modificación contrato 20%;480.910,29 €


Eventual prórroga;


2018;994.986,80 €


2019;994.986,80 €


3. En el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que la empresa debe realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros y honorarios del personal
técnico a su cargo, así como todos los factores de valoración, excesos de consumos y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, excepción hecha
del IVA.


4. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aprobado, adecuado y suficiente en el presupuesto del Congreso de los Diputados, en cada ejercicio presupuestario.


Cláusula 6.ª Plazo de ejecución y prórroga.


El contrato entrará en vigor el día de su firma, nunca antes del 1 de agosto de 2015, y se extinguirá el día 31 de diciembre de 2017, pudiendo ser objeto de prórroga por acuerdo expreso de ambas partes, hasta un máximo de dos años, sin que
la prórroga pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.


Cláusula 7.ª Información, control, seguimiento y retirada de documentación.


1. El seguimiento y control general del presente procedimiento se realizará por la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, la cual deberá ser considerada como responsable
del contrato a los efectos de lo dispuesto en el artículo 52 del TRLCSP.



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2. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas que rigen el presente procedimiento podrán descargarse de la página web del Congreso de los Diputados, accediendo directamente desde el siguiente enlace:
http://www.congreso.es, a través del perfil del contratante.


3. Asimismo, podrán retirarse en la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones del Congreso de los Diputados, calle Floridablanca, s/n, de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles, de lunes a viernes.


4. Los licitadores que deseen información adicional sobre el objeto del contrato podrán ponerse en contacto con la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones, en el teléfono 91.390.60.29 y a través del correo electrónico
infraestructuras.contratacion@congreso.es


Cláusula 8.ª Capacidad para contratar.


1. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas
en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, para lo cual será requisito indispensable que se
encuentren debidamente clasificados según el artículo 65 del TRLCSP.


2. Además, las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para
la debida ejecución del contrato.


3. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.


Cláusula 9.ª Presentación de proposiciones.


1. La presentación de los sobres que contengan las proposiciones se realizará en mano en la secretaría de la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones del Congreso de los Diputados, de 10 a 14 horas en días hábiles, de lunes a
viernes, dentro del plazo indicado en el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.


2. Las ofertas podrán remitirse también por correo certificado. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la
remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico, si bien en este último caso sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido
íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.


3. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. Transcurridos, no obstante, diez días
siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.


4. No serán admitidas las proposiciones que se presenten por vías distintas a las anteriormente señaladas.


5. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Las empresas que hayan presentado una proposición tampoco podrán suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otras. La infracción de estas normas dará lugar a la no
admisión de todas las propuestas suscritas por dicho licitador.


6. No serán aceptadas aquellas proposiciones que superen el presupuesto máximo de licitación, contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.


7. No se admitirán proposiciones cuyas características formales no se ajusten a lo que se establece en el presente pliego. Tampoco se admitirán aquellas proposiciones que incluyan en el sobre «1» (documentación administrativa), documentos
que, conforme a este pliego, deban figurar en el sobre «2» (oferta técnica), o en el sobre «3» (oferta económica). Asimismo, quedarán automáticamente excluidas del procedimiento aquellas propuestas que incluyan en el sobre «2» documentación que, de
acuerdo con lo previsto en la siguiente cláusula, corresponda incluir en el sobre «3».



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8. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego y del de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.


Cláusula 10.ª Forma y contenido de las proposiciones.


Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, que deben entregarse por separado, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el título del sobre y la denominación
del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la
siguiente forma:


A) Sobre n.º 1 de «documentación administrativa» que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:


1. Hoja resumen de los datos del licitador.


Firmada por el licitador o por la persona que lo represente, donde, junto con los datos de identificación personal del firmante de la solicitud, figuren también dirección postal, teléfono, correo electrónico y persona de contacto en la
empresa.


2. Capacidad de obrar.


2.1 Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público
que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por
funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.


2.2 Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado
para ello.


2.3 La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén
establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.


2.4 Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio
de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las
actividades a las que se extiende el objeto del contrato.


Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente española, que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de las empresas españolas en la contratación con la
Administración y con el sector público, salvo que se trate de empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, conforme a lo dispuesto en el artículo 55.1 TRLCSP.


2.5 Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.


2.6 Los licitadores deberán disponer de las habilitaciones, licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto del contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o local, acreditándose esta circunstancia
mediante la aportación de los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente.


3. Bastanteo de poderes.


Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escritura de poder notarial bastante al efecto. Igualmente deberá presentar fotocopia



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compulsada del DNI de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
A estos efectos los poderes y documentos acreditativos de la personalidad serán presentados en original o copia compulsada.


4. Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.


Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo IV al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el
firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de
hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente.


5. Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización.


En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de
sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.


6. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.


La solvencia económica, financiera y técnica o profesional se acreditará mediante la certificación en vigor, original o copia compulsada, acreditativa de que la empresa se encuentra clasificada en: Grupo U, Subgrupo 1, categoría D, sin
perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 66 del TRLCSP respecto a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea que deberán acreditar su solvencia económica y financiera por uno o varios de los medios
previstos en el artículo 75 del TRLCSP y su solvencia técnica o profesional por uno o varios de los medios previstos en el artículo 78 del TRLCSP.


7. Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales.


Los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y materiales suficientes para la ejecución del contrato, según el modelo
establecido en el anexo VI del presente pliego.


Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial.


8. Uniones temporales de empresarios.


Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración, todos los empresarios deberán presentar, individualmente los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de
compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatario.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compondrán la Unión Temporal de Empresas. Los empresarios que concurran agrupados en Unión Temporal de Empresas quedarán obligados solidariamente.


Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.


En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la
duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.



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9. Jurisdicción de empresas extranjeras.


Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con
renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.


10. Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación.


A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 13.ª del presente pliego, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de
los trabajadores minusválidos, declaración del número de personas con discapacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total.


En caso de no contar con personas con discapacidad, la declaración se hará en este sentido (ver anexo VII).


11. Garantía provisional.


La constitución de la garantía provisional se justificará mediante la presentación del resguardo acreditativo de haber constituido la misma y haberla depositado en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados, de
conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 11.ª del presente pliego.


12. Empresas vinculadas.


Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, según los criterios a que se refiere el artículo 42 del Código de
Comercio, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del RGLCAP (Anexo V al presente pliego).


13. Certificados.


Acreditación de que se dispone de sistemas de gestión de la calidad y medioambiental, según las Normas UNE-EN ISO 9001 y 14.001 o equivalentes, certificadas por una Entidad reconocida por ENAC (Empresa Nacional de Acreditación) o entidad
equivalente. Se aceptarán, asimismo, otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad.


Los certificados que acrediten que el empresario cumple las normas de garantía de la calidad deberán estar realizados por organismos conformes a las normas europeas de certificación y deberán hacer referencia a los sistemas de aseguramiento
de la calidad basados en la serie de normas europeas en la materia, de conformidad con el artículo 80 del TRLCSP. Esto último también será de aplicación respecto a la acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental, de
conformidad con el artículo 81 del TRLCSP.


14. Visita a los edificios.


Para poder presentar oferta en este procedimiento, las empresas deberán acreditar que conocen el alcance del objeto del contrato, y el estado actual de los edificios, mediante la realización de una visita a las mismas. Para ello, las
empresas se pondrán en contacto con la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones de la Secretaría General del Congreso de los Diputados (teléfono: 91.390.6029) donde se les citará para realizar la visita y deberán incluir en este sobre
el certificado que, tras haberla realizado, se les expida por esa Dirección.


Los licitadores deberán tener en cuenta que, tal y como dispone el artículo 146.5 del TRLCSP, la fecha límite en la que deben estar en posesión de los requisitos que se exigen en el sobre N.º 1, es la del fin del plazo de presentación de
proposiciones.


B) Sobre n.º 2 de «oferta técnica».


1. En este sobre el licitador incluirá la documentación relativa a la propuesta técnica conforme con los requisitos del pliego de prescripciones técnicas. En esta propuesta se incluirán, en su caso, las mejoras



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o prestaciones adicionales que se propongan, que en ningún caso supondrán coste adicional alguno. La oferta técnica deberá presentarse desglosada por los epígrafes descritos en los criterios de adjudicación que figuran en la cláusula 13.ª


2. Se podrá incluir cualquier otra información o documentación que, a juicio del licitador, pueda resultar útil para la valoración de la oferta. Las propuestas así realizadas resultarán de obligado cumplimiento en caso de que el contrato
sea adjudicado al licitador.


3. Esta propuesta no podrá contener proposición económica alguna.


C) Sobre n.º 3 de «oferta económica».


1. Dentro de este sobre se incluirá la proposición económica, que estará firmada por el licitador o su representante y se redactará según el modelo que figura como anexo I del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan
omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar la oferta.


2. Se formulará en euros (número y letra), los precios ofertados incluirán cualquier tipo de tributo, carga o arbitrio fiscal de carácter europeo (en su caso), excepción hecha del impuesto sobre el valor añadido (IVA), cuyo importe, tal y
como figura en el modelo, se indicará como mención independiente.


3. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte
del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si
ello no altera su sentido.


4. Si en la oferta económica hubiera discrepancias entre el precio expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá el importe expresado en letra.


Las mejoras que, en su caso, se presenten se entenderán incluidas dentro del precio ofertado.


Cláusula 11.ª Garantía provisional.


1. Para poder tomar parte en el procedimiento será preciso haber constituido previamente una garantía provisional del 3% del presupuesto de licitación (IVA excluido). En cuanto a la forma y requisitos de la garantía, se estará a lo
previsto en los artículos 96 y 103 del TRLCSP.


2. Dicha garantía deberá constituirse a nombre del Congreso de los Diputados (CIF S-2804002-J) y se presentará, para su custodia, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados, en días hábiles, de lunes a
viernes, de 10 a 13 horas.


3. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y se devolverá a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al licitador que presente la oferta más ventajosa cuya proposición haya sido seleccionada
para la adjudicación, le será retenida la garantía provisional hasta que acredite, en el plazo señalado en el apartado 2 del artículo 151 del TRLCSP, la constitución de la garantía definitiva. Se incautará la garantía provisional a las empresas que
retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.


4. En todo caso, la garantía presentada por los licitadores responderá del mantenimiento de las proposiciones hasta la adjudicación del contrato. Por su parte, la garantía provisional presentada por el licitador que resulte adjudicatario
del contrato, responderá también del cumplimiento de las obligaciones que le impone el apartado 2 del artículo 151 del TRLCSP.


Cláusula 12.ª Examen de las proposiciones.


1. La Mesa del Congreso, órgano de contratación, estará asistida para la resolución del procedimiento por la Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suministros del Congreso de los Diputados, constituida en Mesa de Contratación.


2. La Mesa de Contratación, después de finalizar el plazo de presentación de ofertas, procederá a abrir y examinar los sobres n.º 1 para calificar los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores.


3. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Mesa de
Contratación.



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4. Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se procederá a abrir en acto público los sobres n.º 2 de los licitadores admitidos.


5. Al comienzo de este acto, el Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de las causas de inadmisión de estas últimas.


6. La Mesa de Contratación, con anterioridad al acto al que se refiere el siguiente apartado de esta cláusula, procederá al examen y puntuación de las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor
(sobres n.º 2), cuantificando los distintos apartados y deduciendo la puntuación final obtenida por cada una de las propuestas, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la cláusula 13.ª, dejando constancia documental de todo ello.


7. Los sobres n.º 3 serán abiertos en acto público. En dicho acto se dará a conocer la puntuación asignada a las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobres n.º 2).


8. La Mesa de Contratación procederá a la valoración de los criterios que hacen referencia a las características del objeto del contrato que se valoran mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas
(sobres n.º 3) y sumará su resultado al obtenido del examen de las propuestas citadas en el párrafo anterior.


9. Sobre la base de la valoración resultante, la Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y las elevará a la Mesa del Congreso con la correspondiente propuesta.


10. En cualquier momento, durante el examen tanto de las propuestas técnicas como de las económicas, la Mesa de Contratación podrá requerir a los licitadores para que realicen las aclaraciones necesarias o las adecuaciones oportunas para la
comprensión de algún aspecto de las ofertas, así como solicitar los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación con el objeto del contrato.


11. Las fechas para la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres n.º 2 y n.º 3 se anunciarán con antelación suficiente en la página web del Congreso de los Diputados, perfil del contratante.


Cláusula 13.ª Criterios de adjudicación.


1. Para la adjudicación del contrato, la Administración valorará las referencias técnicas y económicas, teniendo la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, o declarar desierto el procedimiento, siempre que, como se
establece en la cláusula 14.ª y de conformidad con el artículo 151.3 del TRLCSP, no exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente pliego.


Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato y su ponderación son los siguientes:


1. La puntuación máxima de la oferta técnica y la económica será de 100 puntos en total, distribuidos de la siguiente forma:


2. Oferta técnica: 50 puntos.


2.1 Distribución de los puntos de la oferta técnica.


Criterios para la adjudicación no evaluables mediante fórmulas matemáticas y documentación de obligada presentación para su valoración:


Criterios y puntuación;Contenidos


Organización gral. del servicio.


Hasta 11 puntos.;Organización, presencia y dedicación permanente y no permanente en el Congreso de los Diputados, para la ejecución del servicio (hasta 5.5 puntos):


;1. Estructura humana y número de efectivos asignados al contrato, a tiempo completo, para atender y cumplir con los objetivos marcados en los pliegos técnicos.



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Criterios y puntuación;Contenidos


;2. Organización del servicio, con organigrama que permita garantizar el servicio, incluyendo: Personal adicional de apoyo durante el arranque del contrato y durante la vida del mismo, con dedicación total, parcial y/o a demanda, así como
personal 24 horas.


;3. En el caso de concurrir como UTE, detalle concreto de todos los aspectos de la organización entre empresas, que justifique la ausencia de riesgos de esta modalidad.


;Planes de trabajo (hasta 5,5 puntos):


;1. Plan de inicio formal del servicio, que contenga la planificación, hitos, medio.


;2. Plan de calidad de la empresa y/o del servicio, con la definición de las actividades necesarias para garantizar la calidad del servicio propuesto por el licitador, el desarrollo y actualización de protocolos del servicio e
instalaciones, la auditoría continua, la formación y el seguimiento del personal adscrito al proyecto.


;3. Plan de gestión ambiental de la empresa y/o del servicio (plan general, alta como productor y gestores necesarios para todos los residuos derivados de su actividad).


;4. Plan de prevención de riesgos laborales del servicio, según Ley de prevención de riesgos laborales. Participación del Adjudicatario como ESI, equipos de segunda intervención en el plan del Congreso de los Diputados.


;5. Plan de formación inicial y continua desde la vigencia de contrato, a desarrollar en los primeros meses, adaptado al servicio actual, y futuro como la incorporación de nuevas góndolas, etc.


Protocolos y/o procedimientos de trabajo.;Propuesta detallada del contenido de protocolos en relación a los edificios (hasta 8 puntos):


Hasta 16 puntos.;— Protocolo de manejo de desechos.


;— Protocolo de limpieza de elementos de especial valor artístico.


;— Detalle de normas a seguir por el personal según tarea.


;Propuesta de protocolos de coordinación con la Propiedad (hasta 8 puntos):


;— Código de conducta del personal del Adjudicatario.


;— Compras de bienes/servicios (subcontrataciones) a terceros y facturación a la Propiedad.


;— Protocolo de avisos.


;— Investigación de incidentes.


;— Organización del trabajo y del personal del Adjudicatario.


Contratos con terceros a disposición del servicio.


Hasta 10 puntos.;Empresas subcontratadas por el Adjudicatario para mantenimiento legal, clasificadas por especialidad, dentro del ámbito del contrato (hasta 5 puntos):


;— Con las que el Adjudicatario tenga obligación de contar, con detalle de qué tarea subcontrata y cuál asume con sus medios.


;Empresas subcontratadas por el Adjudicatario clasificadas por especialidad, dentro del ámbito del contrato (hasta 3 puntos):


;— Con las que el Adjudicatario se ofrezca a contar para garantizar una calidad superior en la ejecución del contrato.



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Criterios y puntuación;Contenidos


;Formalización de la relación (hasta 2 puntos):


;— Las relaciones mercantiles deberán estar formalizadas explícitamente en contratos y/o al menos en cartas de compromisos previas al inicio del servicio, detallando alcance concreto de instalaciones, legislación aplicable, disponibilidad de
medios humanos y suministros de elementos de reposición.


Cualificación del personal adscrito al contrato.


Hasta 8 puntos.;Cualificación del personal adscrito directamente al servicio y del personal adicional relacionado con el mismo, por encima de lo mínimo exigido en los pliegos:


;— Currícula vitae concretos de todo el personal adscrito al servicio en el Congreso de los Diputados, y al menos del Responsable de contrato (hasta 3 puntos).


;— Acreditaciones, carnets o similares del personal adscrito al servicio, en relación a la realización de las tareas descritas en el Pliego de prescripciones técnicas (hasta 5 puntos).


Medios adscritos al contrato.


Hasta 5 puntos.;— Elementos auxiliares.


;— Medios de comunicación, voz (teléfonos) y datos.


2.2 La puntuación de cada oferta técnica se realizará asignando 50 puntos a la oferta que obtenga mejor calificación y al resto de ofertas se les asignará una calificación proporcional en función de la puntuación obtenida.


3. Oferta económica: 50 puntos.


Criterios para adjudicación evaluables mediante fórmulas matemáticas y documentación de obligada presentación para su valoración:


Valoración económica;50


La puntuación de cada oferta económica se realizará con el siguiente criterio:


— A la oferta más económica se otorgarán 50 puntos.


— Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula:


Puntuación de la oferta económica que se valora = 50 x ;oferta más económica


;oferta que se valora


Para la comparación de las ofertas económicas se tendrá en cuenta, exclusivamente, el precio neto de cada una.


4. El órgano de contratación podrá apreciar el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas que se presenten de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 152 del TRLCSP. Podrá entenderse que existe oferta anormalmente
baja o desproporcionada cuando la misma sea inferior en 10 puntos porcentuales a la media aritmética de todas las proposiciones admitidas, cuyo cómputo se realizará de conformidad con los criterios establecidos en los apartados 3 y 4 del artículo 85
RGLCAP.


En cualquier caso, identificada una proposición que pudiera considerarse desproporcionada o anormal de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la
valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. Asimismo, se solicitarán los informes técnicos que se consideren oportunos.


El órgano de contratación, a la vista de todo lo anterior y haciendo una valoración de conjunto de la viabilidad de las ofertas técnica y económica, podrá, de forma motivada, apreciar el carácter desproporcionado o anormal de una o varias
proposiciones, que quedarán, en consecuencia, excluidas de la clasificación.



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5. La Mesa de Contratación antes de efectuar la propuesta de oferta económicamente más ventajosa, recabará previamente de la unidad administrativa competente cuantos asesoramientos o informes considere oportunos para la mejor valoración de
las ofertas.


6. En caso de igualdad en las proposiciones, una vez estudiadas de acuerdo a los criterios que sirven de base para la adjudicación, se dará preferencia en la adjudicación a aquellas empresas que tengan en su plantilla un número de
trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, y si esta circunstancia se acredita en varias empresas, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad
en su plantilla, todo ello de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 de la disposición adicional cuarta del TRLCSP.


Cláusula 14.ª Renuncia y desistimiento.


1. Antes de la adjudicación, la Mesa del Congreso de los Diputados por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a celebrar el contrato. También podrá desistir de la adjudicación cuando se aprecie una infracción
no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.


2. En estos supuestos la Mesa del Congreso de los Diputados en la notificación a los licitadores indicará la compensación que proceda abonar por los gastos en que hubiera incurrido en la licitación de acuerdo con los principios generales
que rigen la responsabilidad de la Administración.


Cláusula 15.ª Adjudicación y seguro.


1. La Mesa de Contratación elevará las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, a la Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos, quien determinará la oferta más ventajosa. A
continuación se requerirá al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva prevista en la cláusula 16.ª, así como, en su caso, cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para
contratar y de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al apartado 2 del artículo 64 del TRLCSP. Asimismo, en el caso de que la determinación de la Oferta
económicamente más ventajosa se produjese con posterioridad al 1 de agosto de 2015, en este acto se comunicará al licitador autor de la misma en qué términos presupuestarios queda reformulada su oferta y consiguientemente la garantía definitiva no
procediendo el desplazamiento de las anualidades del contrato al estar prevista expresamente en los pliegos su finalización a 31 de diciembre de 2017.


2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan
quedado clasificadas las ofertas.


3. La Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos deberá adjudicar el contrato dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.


4. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.


5. La adjudicación se notificará a los licitadores de acuerdo con lo dispuesto en el punto 4 del artículo 151 del TRLCSP y se publicará en el perfil del contratante.


6. Las empresas no adjudicatarias podrán retirar su documentación transcurrido el plazo de cuatro meses desde que se les notifique la adjudicación. Si pasado el plazo de un año desde la finalización del plazo anterior no se hubiera
retirado esa documentación, el Congreso de los Diputados no estará obligado a seguirla custodiando.


7. Una vez recibida la carta de adjudicación, y con anterioridad a la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá tener suscrito un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir, a juicio del Congreso de los Diputados, la
responsabilidad civil que pudiera serle exigida, durante la vigencia del contrato, por los daños ocasionados por la empresa o sus dependientes no sólo a terceros, tanto a personas como a cosas, sino también a los inmuebles del Congreso de los
Diputados, su mobiliario, enseres, documentos, etcétera, así como al personal dependiente del mismo, por un importe mínimo de 300.000 euros por siniestro.



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La póliza en la que se formalice el seguro, así como el recibo de estar al corriente del pago de la prima del mismo, deberán presentarse al Congreso de los Diputados con carácter previo a la formalización del correspondiente contrato, siendo
su presentación requisito para la iniciación de la ejecución del mismo. Alternativamente a la póliza, se podrá aportar una certificación original de la compañía aseguradora en la que se haga constar que la empresa adjudicataria tiene contratado un
seguro que cumple con los requisitos de la presente cláusula, sin perjuicio de la facultad del Congreso de los Diputados de requerir la presentación de la Póliza si así lo estima necesario.


En cada vencimiento del seguro, se presentará recibo de pago de la nueva anualidad.


8. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el Órgano de Contratación, se realizará de acuerdo con lo siguiente:


Obligaciones tributarias:


a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la
fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.


Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en los apartados b), e) y f) del punto 1 del
artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, o del texto que lo sustituya, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la
exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.


Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.


b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.


Obligaciones con la Seguridad Social:


Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.


En caso de haberse resuelto un empate entre dos licitadores por tener uno de ellos en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, los licitadores deberán acreditar esta circunstancia mediante los
correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.


Cláusula 16.ª Garantía definitiva.


1. Recibido el requerimiento al que se refiere la Cláusula 15.a, el licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá constituir una garantía de un 5% del importe de adjudicación, considerado como oferta más ventajosa, excluido
el Impuesto sobre el Valor Añadido.


2. Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Congreso de los Diputados y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 13 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados. La
constitución de la garantía se ajustará a alguno de los modelos que se indican en los anexos II y III al presente pliego.


3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 99 y 102 del
TRLCSP.


4. La garantía definitiva constituida inicialmente se podrá aplicar, sin requerir ningún reajuste, a las posibles ampliaciones del plazo justificadas por la empresa, por causas no imputables a la misma, comunicadas al Congreso de los
Diputados por escrito y autorizadas por el órgano de contratación de acuerdo con el apartado 2 del artículo 213 del TRLCSP.



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Cláusula 17.ª Formalización del contrato.


1. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de quince
días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.


2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, el Congreso de los Diputados podrá acordar la adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden de sus
ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.


3. Asimismo, antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá reembolsar en la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones del Congreso de los Diputados el importe de los anuncios oficiales exigidos por el
procedimiento de adjudicación.


4. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía
que éstos señalen.


CAPÍTULO SEGUNDO


Ejecución del contrato


Cláusula 18.ª Lugar de ejecución.


La ejecución de los servicios objeto del contrato se realizará en las instalaciones ubicadas en los edificios del Congreso de los Diputados en Madrid.


Cláusula 19.ª Prestación del servicio y continuidad de la prestación.


1. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones
técnicas y de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, hubiera dado el Congreso de los Diputados al contratista, a través del responsable del contrato al que se refiere la cláusula 7.ª


2. Las relaciones con la empresa adjudicataria se llevarán a cabo a través de un representante nombrado por la misma con plena disponibilidad horaria, que será el único interlocutor para la ejecución del contrato.


3. El adjudicatario vendrá obligado a seguir prestando el servicio y mantener las condiciones del contrato cuando éste se hubiese denunciado por cualquier causa o hubiese expirado naturalmente por el transcurso del plazo de duración, hasta
que vaya a iniciarse la prestación de los servicios por la empresa que resultase nueva adjudicataria.


Cláusula 20.ª Dirección y supervisión del contrato.


El Congreso de los Diputados tendrá la facultad de supervisar la ejecución del contrato y el adjudicatario deberá facilitar el ejercicio de dicha facultad de supervisión. Asimismo podrá dar por escrito al contratista las instrucciones que
considere oportunas con el fin de llevar a buen término la citada ejecución, todo ello de conformidad con lo que dispone el TRLCSP.


Cláusula 21.ª Terminación, plazo de garantía y liquidación.


1. El Congreso de los Diputados determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento. En el caso de que los trabajos efectuados no se adecuen a la prestación
contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.


2. En relación con las prestaciones objeto del presente contrato y en lo que se refiere al plazo de garantía, se estará a lo dispuesto con carácter general en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, fijándose ésta en
el plazo de dos años con carácter general y sin perjuicio del plazo



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superior que corresponda a la especificación de la garantía de fabricación de los repuestos y materiales empleados por la empresa prestadora del servicio de mantenimiento.


3. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos, el Congreso de los Diputados tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.


4. Terminado el plazo de garantía sin que el Congreso de los Diputados haya formalizado reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad.


Cláusula 22.ª Riesgo y ventura.


La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP. No tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados durante el desarrollo
del servicio.


Cláusula 23.ª Cesión del contrato.


Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato no podrán ser cedidos ni totales, ni parcialmente por el adjudicatario a un tercero, salvo en casos excepcionales debidamente justificados y previamente autorizados por la Mesa de
la Cámara, siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.


Cláusula 24.ª Subcontratación.


1. El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación siempre y cuando se respeten los requisitos establecidos para la subcontratación en el artículo 227 del TRLCSP, y previa autorización del órgano de
contratación.


2. Los licitadores deberán, en todo caso, indicar en la oferta técnica la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su porcentaje y el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas.


3. En todo caso, los subcontratistas quedarán obligados sólo frente al adjudicatario, quien asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Congreso de los Diputados. El Congreso de los Diputados será
del todo ajeno a las relaciones que pudieran existir entre el adjudicatario y sus subcontratistas, quienes, en ningún caso, podrán formular frente a aquel reclamación alguna derivada del subcontrato.


Cláusula 25.ª Ejecución defectuosa y resolución del contrato. Responsabilidad por daños y perjuicios.


1. El contratista está obligado a cumplir el contrato en los términos reflejados en el pliego de prescripciones técnicas.


2. El órgano de contratación determinará si el servicio realizado por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la
subsanación de los defectos observados con ocasión de su ejecución.


3. El incumplimiento de las condiciones del servicio establecidas en el pliego de prescripciones técnicas dará lugar a la consideración de ejecución defectuosa del contrato y, en consecuencia, a la aplicación de las penalidades contenidas
en el artículo 212 del TRLCSP y normativa de desarrollo.


4. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP.


5. Asimismo, podrán ser causa de resolución:


— El incumplimiento por el adjudicatario de los deberes de confidencialidad y seguridad respecto de los documentos que se le confíen y de los datos que le facilite el Congreso de los Diputados.


— La ejecución defectuosa del objeto del contrato.


— El incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios técnicos, materiales y humanos contemplados en su oferta.


— La variación, sin consentimiento previo, de las empresas subcontratistas.


6. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.



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7. En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar al Congreso de los Diputados de los daños y perjuicios ocasionados, haciendo efectiva la indemnización en primer término sobre la garantía que
se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.


8. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 224 del TRLCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225, 239 y 309 del TRLCSP.


Cláusula 26.ª Modificación del contrato.


1. Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones por razones de interés público, de conformidad con lo establecido en el artículo 106 del TRLCSP. En concreto, cuando las necesidades de la
Cámara así lo justifiquen, podrá modificarse, incorporando nuevas superficies o edificios sujetos al presente contrato, al alza o a la baja, hasta un máximo del 20% del precio del contrato.


2. Una vez acordadas las modificaciones por el órgano de contratación serán obligatorias para el adjudicatario y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.


3. En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en el Título V del Libro 1 y los artículos 211, 219 y 306 del TRLCSP.


CAPÍTULO TERCERO


Derechos y obligaciones del contratista


Cláusula 27.ª Pago del precio.


El pago del precio se realizará, mensualmente previa acreditación de la realización de las prestaciones objeto del contrato, de acuerdo con lo establecido en la Normativa de Régimen Económico del Congreso de los Diputados.


Cláusula 28.ª Revisión de precios.


Durante la duración del presente contrato no se llevará a cabo ninguna revisión de precios conforme a lo establecido en el artículo 89.2, debido a las características propias de este contrato y a la actual coyuntura económico-presupuestaria.


Cláusula 29.ª Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.


1. Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del
contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato.


2. La adjudicataria deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente, que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio, en los términos recogidos en el punto séptimo de la
cláusula 15.a del presente pliego.


3. La empresa adjudicataria deberá cumplir las obligaciones de información y las obligaciones en materia de reclamaciones establecidas, respectivamente, en los artículos 22 y 23 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a
las actividades de servicios y su ejercicio.


4. La empresa adjudicataria responderá del deterioro del mobiliario o material ocasionado por su personal en la prestación del servicio que se contrata reparándolo a su cargo.


5. El contratista asume la responsabilidad que pudiera derivarse por daños a las personas, los bienes o los derechos de sus trabajadores o de terceros, como consecuencia del desarrollo de la actividad objeto del contrato. Si los daños y
perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por el Congreso de los Diputados, éste será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo
214 del TRLCSP.


6. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Congreso o para terceros de las omisiones, nuevos métodos
inadecuado o condiciones incorrectas en la ejecución del contrato.



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Cláusula 30.ª Obligaciones laborales y sociales del contratista.


1. El adjudicatario deberá contratar el personal preciso para atender las obligaciones derivadas del contrato.


2. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, tributaria, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley
31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.


3. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Congreso de los Diputados, por cuanto queda expresamente sometido al poder de dirección y de organización de la empresa
adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad
Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Congreso de los Diputados, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y
contractualmente correspondan al mismo.


4. A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Congreso de los Diputados.


5. El Congreso de los Diputados se reserva el derecho a exigir la sustitución del personal por causas debidamente justificadas.


Cláusula 31.ª Deber de confidencialidad.


1. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su
propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá con carácter indefinido desde el conocimiento de esa información.


2. El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la
documentación a la que hayan dado ese carácter.


Cláusula 32.ª Protección de datos de carácter personal.


1. La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá
aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.


2. El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del
deber de secreto, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.


Cláusula 33.ª Normas de seguridad del Congreso de los Diputados.


El adjudicatario y su personal quedarán sujetos al estricto cumplimiento de las normas de seguridad del Congreso de los Diputados.


CAPÍTULO CUARTO


Prerrogativas y recursos


Cláusula 34.ª Prerrogativas y recursos.


1. La Mesa del Congreso ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.


2. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP.



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3. Los acuerdos de la Mesa son inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos podrá interponerse, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes; o recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, en los términos previstos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


4. Al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, se podrá interponer potestativamente en vía administrativa recurso especial en materia de contratación frente a los actos contemplados en el artículo 40.2 del TRLCSP. Asimismo,
cabrá la interposición de la cuestión de nulidad siempre que resulte conforme a lo establecido en el artículo 37 del TRLCSP, siendo el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales el órgano especial competente para resolver ambos
recursos.


CONFORME:


EL ADJUDICATARIO, POR LA ADMINISTRACIÓN


PARLAMENTARIA,


(Fecha y firma) (Fecha y firma)



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ANEXO I


MODELO DE OFERTA ECONÓMICA


D./D.ª ............................................................................................... con DNI n.º ....................................., en nombre (propio o de la empresa que representa)
..................................................................................., con CIF/NIF ............................ y domicilio fiscal en ....................................................................................., calle/plaza
........................................................... número ........................... enterado del anuncio publicado en el (perfil de contratante, BOE, BOCG, DOUE) ......................... del día ..... de .................... de
............. y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y DE HIGIENIZACIÓN DE TODOS LOS EDIFICIOS DEL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS, se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las mismas, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, en el plazo total de ..................................., por un precio de ......................
euros (en número), al que corresponde por IVA la cuantía de ................................. euros (en número), totalizándose la oferta en .................................. euros (en número), todo ello de acuerdo con lo establecido en los
pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.


Fecha y firma del licitador.


MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



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ANEXO II


MODELO DE AVAL (artículo 103 del TRLCSP)


La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) .………… …….................................................................………...………………, CIF/NIF .…......................………, con domicilio (a efectos de
notificaciones y requerimientos) en ……………...................................... en la calle/plaza/avenida .........................................................................…………....……. C.P.…….....… y en su nombre (nombre y apellidos de los
apoderados) .....................................................…………...........................………………………………………………….......................................................…........, con poderes suficientes para obligarle en este acto.


AVALA


a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ……..................................................……………………..............................................…...................................................... NIF/CIF
…………........…………..…, en virtud de lo dispuesto por el artículo: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía)


.......................................................................…………….................................................……………………………………………………………………………………………………………............……............………………………………….....................................
............ ......…...................…………………………………………………………………………………………………………………………………………………… para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado)
…..……….......................................................................……………………………………………………………………………................................................................................................................. ante El Congreso de los
Diputados …………….......................................…............……………………………………………………………..............…………………………................................................................... por importe de euros: (en letra)
.........................................……….…………………........(en cifra)……………..


La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el punto 2 del artículo 56 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente
respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Congreso de los Diputados con sujeción a los términos previstos en la normas de contratación del TRLCSP y en sus
normas de desarrollo.


Este aval tendrá validez en tanto que el órgano competente del Congreso de los Diputados no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el número
…….……...………..............................……. (lugar y fecha) …………………………………...........................................................…… (razón social de la entidad) …………..………...........................……


(firma de los apoderados)



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ANEXO III


MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN


Certificado número…………………………………..


(1)……………………………….......…… (en adelante, asegurador), con domicilio en ….....…........…..…, calle …………..................…………………………… y CIF…………….......…, debidamente representado por don (2) ……………………………………….......…., con poderes suficientes para
obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por el Congreso de los Diputados, con fecha .................................


ASEGURA


a (3) ………………………….................………………....... NIF/CIF………………………, en concepto de tomador del seguro, ante (4) …………………………………...……………… en adelante asegurado, hasta el importe de euros (5)………………………………………………….. en los términos y condiciones
establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas por la que se rige el contrato (6) …..….....……………....…...............……...... en concepto de garantía (7) ……………….......……………………
para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.


El asegurado declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el punto 1 del artículo 57 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.


La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni este quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni este liberado de su obligación, caso de que el
asegurador deba hacer efectiva la garantía.


El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.


El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del Congreso de los Diputados, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, y normas de desarrollo.


El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (8) ……………….....……………….. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.


En ………………………., a ……… de …………………….. de ……….


Firma:


Asegurador


INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO


(3) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.


(4) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.


(5) Nombre de la persona asegurada.


(6) El Congreso de los Diputados.


(7) Importe en letra por el que se constituye el seguro.


(8) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.


(9) Expresar la modalidad de garantía de que se trata provisional, definitiva, etc.


(10) Órgano competente del Congreso de los Diputados.



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ANEXO IV


MODELO DE DECLARACIÓN ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP


D./D.ª ………………………………….......................................……............................………….., en nombre y representación de la Sociedad ……………………...........…...........…….., con C.I.F. …………..........……


DECLARA:


Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo.


Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.


Fecha y firma del licitador.


MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



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ANEXO V


MODELO DE DECLARACIÓN PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS


D/D.ª ……………………............…………………………............................………, mayor de edad, provisto de DNI n.º…………......................, en nombre propio/en representación de la empresa
...............................................…......................., CIF…………………….……, con domicilio en la calle …..............................., n.º.........., código postal …..........., provincia de ......................................…,
teléfono ..............................…, fax …………………... y correo electrónico ..............................................................................................., declara:


? que forma parte del Grupo de empresas .................................................................................................................................................................. de acuerdo a lo determinado en el
art. 42.1 del Código de Comercio.


(Y en su caso) que a la presente licitación concurre también la empresa ................................................................................... perteneciente al mencionado Grupo.


? que no forma parte de ningún Grupo de empresas.


Y para que conste y surta los efectos oportunos ante EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS expido y firmo la presente declaración en ………….............................................……………, a ….....… de …………………….. de ………..


MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



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ANEXO VI


MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS AL CONTRATO


D./D.ª ……………………...............……………........................................………………….., en nombre y representación de la Sociedad ……………………...........………………, con C.I.F. ……................…………


SE COMPROMETE


en caso de resultar adjudicatario del «PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y DE HIGIENIZACIÓN DE TODOS LOS EDIFICIOS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS», a adscribir a la ejecución del contrato los
medios personales o materiales suficientes para ello, conforme a los presentados en su propuesta técnica y a las especificaciones recogidas en los correspondientes pliegos administrativo y técnico.


Fecha y firma del licitador.


MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



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ANEXO VII


MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVO AL PERSONAL CON DISCAPACIDAD


D/D.ª ………………………………….....................................…………………, mayor de edad, provisto de DNI n.º ………………………….........................................……, en nombre propio/en representación de la empresa
……...........................................……………………………, CIF ………………………………., con domicilio en la calle .....................................................………………………….., n.º ……................., código postal ……..........……., provincia de
……......................…………., teléfono …………..........…….., fax …………………..........................…. y correo electrónico …..…………………………………………, declara que NO cuenta con personas con discapacidad.


Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Congreso de los Diputados, expido y firmo la presente declaración en ………............................…., a ………. de …..........……………. de ……….


MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS


ÍNDICE


I. OBJETO DEL CONTRATO... (Página69)


II. ALCANCE ... (Página69)


III. DESARROLLO DEL SERVICIO... (Página69)


IV. CALIDAD DEL SERVICIO... (Página70)


V. MEDIOS PERSONALES... (Página71)


VI. MEDIOS MATERIALES... (Página72)


VII. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO... (Página73)


ANEXO I. RESUMEN DE EDIFICIOS Y SUPERFICIES... (Página74)


ANEXO II. PLAN DE TRABAJO ORIENTATIVO... (Página75)


ANEXO III. LISTADO DE PERSONAL A SUBROGAR CONTRATO SERVICIOS DE LIMPIEZA Y DE HIGIENIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS... (Página80)



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I. OBJETO DEL CONTRATO


El objeto es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación de los servicios de limpieza y de higienización de los edificios del Congreso de los Diputados que se relacionan en el Anexo I de este Pliego mediante
procedimiento abierto.


Los edificios con su ubicación y metros cuadrados totales se relacionan en el Anexo I de este Pliego.


En el desarrollo de la actividad regulada en el presente contrato se deberá asegurar un comportamiento de máximo respeto al medio ambiente, dentro de los límites técnicos y económicos establecidos.


II. ALCANCE


El adjudicatario realizará el servicio de acuerdo con el plan de trabajo del Anexo II, salvo que en su oferta presente un plan operativo que se considere más adecuado, para garantizar la mejor conservación de los edificios y para asegurar la
obtención en cada momento, de todas las prestaciones exigidas en el contrato.


III. DESARROLLO DEL SERVICIO


1. Principios.


Los fundamentos operativos que han de ser tenidos en cuenta para llevar a cabo el objeto de esta contratación, han de estar basados en procedimientos preventivos y correctivos de probada eficacia para obtener los objetivos de calidad del
mantenimiento, la seguridad de personas y cosas y la obtención de un índice óptimo de costos/prestaciones.


A este respecto, las empresas licitadoras deberán asumir la responsabilidad de establecer en su oferta la metodología de la gestión de los servicios de conformidad con la normativa vigente.


2. Documentación técnica.


2.1 El adjudicatario vendrá obligado a tener al día por triplicado y en formato electrónico compatible, tipo Word, Excel, etc., la documentación técnica que a continuación se indica:


A) Archivo de características técnicas.


Memoria descriptiva de los tratamientos que se llevarán a cabo.


Modelos de informes permanentemente actualizados de los tratamientos, periodicidad, productos utilizados, métodos de aplicación y respeto medioambiental.


B) Base documental de normativa: En ella se recogerá permanentemente actualizada, toda la normativa vigente en relación con las condiciones o requisitos legales y administrativos de todo tipo sobre el desempeño de los trabajos objeto del
contrato.


C) Libros oficiales de mantenimiento que en su caso sean exigibles, con independencia de la documentación anterior.


2.2 Plazo de entrega del Programa de trabajos.


El Programa de trabajos a aplicar, los procedimientos y métodos a usar, deberá ser entregado en el plazo de 15 días, desde la adjudicación del contrato.


2.3 Las tareas básicas para llevar a cabo el mantenimiento y ejecución tenderán a conseguir los siguientes objetivos:


1. Cumplimiento de las exigencias de la normativa vigente.


2. Adaptación óptima del servicio a las características de los edificios del Congreso de los Diputados.


3. Seguridad en el servicio, reduciendo al mínimo los riesgos.


4. Defensa del medio ambiente.



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3. Desarrollo de los trabajos.


3.1 Autorizaciones de acceso. El adjudicatario dispondrá, durante el período de vigencia del contrato, del permiso de acceso a todos los edificios objeto de esta contratación, no adquiriendo tampoco por dicha razón ningún derecho sobre los
mismos. El Congreso de los Diputados podrá dictar si fuese necesario normas reguladoras de ese acceso.


En cualquier caso, el personal del adjudicatario deberá cumplir los requisitos de identificación y generales exigidos por la Seguridad del Congreso y su Reglamento Interior.


3.2 Tratamiento ordinario. Se atendrán a los principios que se cita en el apartado 1, a los criterios señalados en el presente Pliego y a la normativa vigente.


4. Materiales necesarios.


El adjudicatario entregará un catálogo de productos y materiales a utilizar, que correrán por cuenta del mismo.


En el caso de tener que variar marca o modelo, por causa justificada, el adjudicatario presentará al Jefe del Departamento de Infraestructuras e Instalaciones los catálogos, cartas, muestras, certificados de garantía, etc., que demuestren la
idoneidad de los nuevos productos y materiales.


5. Equipos, herramientas y medios auxiliares.


El adjudicatario deberá dotar a su personal de todo el equipo necesario, debiendo ajustarse todo el material citado a la normativa vigente.


Deberá proveer igualmente a su personal de un adecuado sistema de intercomunicación y localización inmediata.


También deberá proporcionar los medios de seguridad que resulten necesarios para la realización de los trabajos.


Las empresas licitantes deberán presentar con su oferta técnica una lista donde se recojan los medios que ofertan disponer para el servicio del Congreso de los Diputados, siendo exigible al adjudicatario tal aportación de medios en cualquier
momento del período de duración del contrato.


6. Gestión.


El adjudicatario será responsable de la completa gestión del servicio objeto de este contrato que ejercerá en el marco del mismo a través del Jefe de Equipo.


IV. CALIDAD DEL SERVICIO


El nivel de calidad del servicio objeto del contrato, vendrá determinado por el grado de cumplimiento de los objetivos de calidad que se establecen en este Pliego, medidos a través de parámetros objetivos.


De común acuerdo, la Dirección técnica del adjudicatario y el Congreso de los Diputados, establecerán un sistema ponderado de parámetros objetivos que permitan valorar el nivel de calidad atribuible al servicio prestado.


Dispondrá de un teléfono de avisos 24 horas para comunicación de incidencias relacionadas con el servicio.


4.1 Objetivos de calidad.


El adjudicatario debe realizar la prestación del servicio de manera que, en el marco de los requisitos exigidos en el presente Pliego, cumpla los objetivos de calidad señalados, y especialmente los que a continuación se indican:


a) Las prestaciones que deben obtenerse de los tratamientos incluidas en el alcance del contrato, serán en todo momento las que demande el Congreso de los Diputados.


b) Se han de realizar todos los controles y operaciones previstos y aquellos otros que fuesen necesarios para obtener una correcta limpieza de los edificios e instalaciones. Muy especialmente se atenderá a realizar aquellos exigidos por las
normas de obligado cumplimiento, en cada momento vigentes.



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c) Se ha de mantener un correcto tratamiento de materiales, aparatos, equipos, sistemas e instalaciones, manteniendo en todo momento su estado adecuado de pintura, cromados, aislamientos, etcétera.


d) En todo momento, se observarán y aplicarán todas las normas de seguridad exigidas en los tratamientos para asegurar la máxima integridad física de personas y cosas.


V. MEDIOS PERSONALES


Para la ejecución de los trabajos que son objeto de esta contratación, el adjudicatario podrá emplear:


— Personal propio que con dedicación habitual se destinará al Congreso de los Diputados, para que cubra el horario de la actividad del Congreso.


— Personal propio que de forma discontinua podrá intervenir en el caso de que se realicen actividades o actos que así lo exijan.


— Personal ajeno que el adjudicatario podrá subcontratar a otras empresas especializadas, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 24 a) del PCA.


La empresa subcontratada deberá conocer y aceptar expresamente las condiciones establecidas en el presente pliego y en los demás documentos contractuales suscritos entre el adjudicatario y el Congreso de los Diputados.


En cualquier caso, el coste de los medios personales empleados y la responsabilidad sobre ellos y sus actuaciones corresponderá al adjudicatario sea cual sea la procedencia de los mismos, exactamente igual que si pertenecieran a su
plantilla.


5.1 Dedicación.


A) Para la realización del contrato, durante la actividad de la Cámara, el adjudicatario mantendrá permanentemente en el Congreso de los Diputados las personas pertenecientes a su plantilla, para dar la asistencia necesaria a Pleno,
Comisiones, medios de comunicación social, etc., con la suficiente capacitación para determinar la necesidad de intervención inmediata de los servicios de limpieza cuando las circunstancias lo requieran.


B) Como jornada habitual de operaciones se establece de 8.30 a 20.00 horas de lunes a viernes y de 8.30 a 14.00 horas los sábados. Sin perjuicio del horario anterior, se deberán atender las reuniones de los órganos de la Cámara y otros
acontecimientos de carácter especial (Navidad, Jornadas de Puertas Abiertas, Día de la Constitución, Apertura de la Legislatura y Actos Oficiales que pudieran celebrarse en la Cámara).


C) Cuando fuera del período normal de actividad parlamentaria debiera mantenerse en el edificio cualquier tipo de actividad o se presente una emergencia, el Jefe del Equipo fijará con el Jefe del Departamento la dotación mínima de personal
que debe de permanecer, que estará siempre bajo las órdenes de dicho Jefe de Equipo o del Jefe suplente.


Este tipo de servicio no habitual no generará sobreprecio alguno, debiendo estar asumido en la oferta.


D) Respecto al personal que no tenga exigida la permanencia en el edificio, la dedicación deberá ser la necesaria para alcanzar los objetivos de calidad propuestos en cada momento.


E) En caso de imprevistos, el adjudicatario deberá poner a disposición del Congreso de los Diputados la plantilla necesaria para prestar de inmediato los servicios sin cargo adicional para la Cámara. Para la atención de estos servicios
fuera del horario habitual de trabajo, deberá estar siempre localizable a cualquier hora del día o de la noche, todos los días de la semana, incluidos festivos y períodos vacacionales, el Jefe de Equipo o responsable que le sustituya.


5.2 Cambios del personal.


El adjudicatario proporcionará al Congreso de los Diputados toda la información curricular necesaria que permita evaluar la solvencia técnica de las personas que van a prestar sus servicios, así como justificación documental de su relación
contractual. Detallará, también, las subcontratas o profesionales ajenos que intervengan en el servicio ofertado.


El adjudicatario se compromete a mantener la máxima estabilidad del personal que preste servicio en el Congreso de los Diputados, salvo que el mismo solicitara el cambio de algún trabajador.



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5.3 Períodos vacacionales y ausencias.


En caso de enfermedad, vacaciones u otras situaciones equivalentes, el adjudicatario tomará las medidas oportunas para mantener en todo momento la calidad del servicio.


En caso de huelga, será responsable de garantizar los servicios mínimos de limpieza necesarios para no interrumpir la actividad de la Cámara.


Ante paros laborales de los que tenga conocimiento previo, el adjudicatario se compromete a negociar, con antelación suficiente, los servicios mínimos de acuerdo a la normativa que esté en vigor y al objetivo antes expuesto.


5.4 Subrogación del personal actual.


Al objeto de contribuir y garantizar el principio de estabilidad en el empleo, el adjudicatario se compromete a la absorción del personal que presta servicio actualmente, de acuerdo a lo establecido en el convenio colectivo vigente en el
sector.


La empresa adjudicataria deberá cumplir con las normas establecidas en la Ordenanza laboral para las empresas dedicadas a la Limpieza de Edificios y Locales y el Convenio Colectivo de la Comunidad de Madrid, respecto a la continuidad del
personal.


La empresa saliente facilitará los siguientes documentos a la entrante:


— Certificado del organismo competente de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.


— Fotocopia de las cuatro últimas nóminas mensuales de los trabajadores afectados.


— Fotocopia de los TC-1 y TC-2 de cotización a la Seguridad Social de los cuatro últimos meses.


— Relación de personal en la que se especifique: Nombre y apellidos, domicilio, número de afiliación la Seguridad Social, antigüedad, jornada, horario, modalidad de su contratación, especificación del período de mandato si el trabajador es
representante sindical y fecha del disfrute de sus vacaciones.


— Fotocopia de los contratos de trabajo del personal afectado por la subrogación.


— Copia de documentos debidamente diligenciados por cada trabajador afectado, en el que se haga constar que éste ha recibido de la empresa saliente su liquidación de partes proporcionales de sus haberes hasta el momento de la subrogación, no
quedando pendiente cantidad alguna. Este documento deberá estar en poder de la nueva adjudicataria en la fecha del inicio del servicio como nueva titular.


Los citados documentos deberán facilitarse por la empresa saliente a la entrante, en el plazo de tres días hábiles desde el momento en que la empresa entrante comunique fehacientemente a la saliente, a la Asociación de Empresarios de
Limpieza de Madrid y a la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza, ser la nueva adjudicataria del servicio.


No obstante y a estos efectos, en relación con la subrogación del personal, se incluye como Anexo III al presente pliego, relación de los trabajadores que, en la fecha de elaboración de los presentes pliegos, se hallan prestando servicio
efectivo de limpieza en las dependencias objeto de este contrato.


VI. MEDIOS MATERIALES


Los productos y útiles de limpieza para realizar las operaciones especificadas en este Pliego correrán a cargo de la empresa adjudicataria y serán de buena calidad en relación con los existentes en el mercado; se usarán en cantidad
suficiente para obtener una adecuada limpieza y se ajustarán a la naturaleza de los suelos, pavimentos, sanitarios y demás superficies a limpiar, biodegradables y no agresivos con el medio ambiente.


En el primer mes de prestación del servicio, la empresa contratista deberá presentar la siguiente información relativa a los productos de limpieza que va a utilizar:


— Tipo de producto.


— Presentación y envase.


— Marca.


— Composición.


— Ficha de seguridad, así como la descripción de usos y dosis requeridas.


Uso de materiales de bajo impacto ambiental: En el caso de productos reciclados:


— Las bolsas de basura deberán ser de plástico reciclado y suministrará también bolsas de las mismas características a las máquinas destructoras de papel, teniendo en cuenta las medidas que precisen.



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Para garantizar la calidad del producto, éste deberá poseer la correspondiente certificación o etiqueta ecológica, y en el caso de que no disponga de ninguna de ellas, la empresa deberá presentar una declaración formal del fabricante
conforme el producto es reciclado.


Limitación del uso de materiales nocivos: El uso de productos de limpieza especialmente nocivos para el medio ambiente como el hipoclorito sódico (lejía) se limitará a aquellas zonas en las que puedan encontrarse gérmenes o bacterias, como
lavabos, duchas, etc.


Es necesario el uso de productos desinfectantes de bajo impacto ambiental. En todo caso, se prohibirá el uso de productos que contengan paraclorodifenoles, clorobenzoles e hidrocarburos policíacos, así como cualquier sustancia incluida en
la lista de sustancias peligrosas prioritarias en política de aguas publicada en la decisión 2455/2001/CE, o en cualquier otra normativa que, en su caso, resulte de aplicación.


En cuanto a los productos de limpieza no desinfectantes, los criterios ambientales que deben aplicarse a los productos a utilizar son: la etiqueta europea o equivalente; ausencia de productos cáusticos, corrosivos y derivados del petróleo.
Ausencia de aditivos fosfatados; los niveles de COVs (compuestos orgánicos volátiles) no deben exceder el 6%; evitar tintes y fragancias, salvo que se justifique por el medio de trabajo; uso de productos biodegradables, basados en ingredientes
orgánicos; que los productos adquiridos sean de forma concentrada aplicables mediante dilución. Envases reciclables, siempre que sea posible; evitar el uso de aerosoles con propelentes que afecten a la capa de ozono.


Todos los envases utilizados deberán estar debidamente etiquetados (nombre comercial del producto, designación química de las sustancias tóxicas o peligrosas que pueda contener el producto, símbolos de toxicidad/peligrosidad
correspondientes, e instrucciones de uso y dosificación), e informar claramente de los productos peligrosos que contengan, de manera que cualquier persona pueda identificar el producto y tomar las medidas necesarias.


En general los suelos y pavimentos se limpiarán con pasta de jabón neutro y se prescindirá del uso de desinfectante (lejía), con excepción de los espacios y los edificios con prescripciones específicas al respecto. En inodoros, lavamanos,
duchas y otros desagües, se deben utilizar desinfectantes con gran poder bactericida, es este caso, se podrá utilizar hipoclorito sódico (lejía). Asimismo, cuando se trate de espacios en los que se realicen acciones en contacto con secreciones,
también se autoriza el uso de lejía. En ningún caso se puede usar lejía fuera de las zonas previstas; esta prohibición incluye la limpieza de pavimentos.


Se debe reducir el consumo de productos químicos mediante el control y el uso de sistemas de dosificación y es responsabilidad de la empresa contratista, la administración, uso, cuidado y retirada, en su caso de cualquier elemento
suministrado por la misma.


La maquinaria y demás utensilios aptos y adecuados para la realización de dichas tareas deberá ser asimismo por cuenta del adjudicatario de presente contrato, incluso si fuera necesario la utilización de maquinaria específica para la
limpieza de suelo, techos, correcto funcionamiento, suministrando aquellos que faltaran al inicio del contrato.


VII. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO


El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y el programa de trabajo que se derive de ella, para conseguir el objeto del contrato y cumplir estrictamente todas las normas
aplicables.


En la planificación y el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, es responsabilidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que
ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etc. Por ello, deberá a su cargo realizar los cursos de formación necesarios entre su personal, para mantener actualizados
sus conocimientos en estas materias.


El adjudicatario deberá prestar su colaboración al Congreso de los Diputados en tareas relacionadas con la seguridad de la Cámara y todas aquellas actuaciones de simulacros o situaciones reales de incendios, evacuaciones, catástrofes, etc.,
y a aportar las herramientas y medios necesarios para dichas actuaciones.



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ANEXO I


RESUMEN DE EDIFICIOS Y SUPERFICIES


EDIFICIO PALACIO;14.722,00 m²


EDIFICIO AMPLIACIÓN I;16.419,06 m²


EDIFICIO AMPLIACIÓN II;17.926,33 m²


AMPLIACIÓN III;15.795,96 m²


AMPLIACIÓN IV;10.423,89 m²


EDIFICIO PLZA. CORTES;3.928,33 m²


EDIFICIO INSTITUCIONAL;1.092,80 m²


APARCAMIENTO C.ª SAN JERÓNIMO;8.383,08 m²


SUPERFICIE TOTAL DE LOS EDIFICIOS PARLAMENTARIOS 88.691,45 m²



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ANEXO II


PLAN DE TRABAJO ORIENTATIVO


Limpieza diaria


Ventilación de los locales o dependencias.


Limpieza general de suelos y su fregado. En los suelos de superficie lisa, el tratamiento será de barrido o aspirado y repaso húmedo con «mop-sec» y gasa humedecida en una disolución adherente, al objeto de eliminar el polvo y la suciedad
poco persistente, sin producir deterioros en el abrillantado. Queda excluido el empleo de productos o soluciones desinfectantes, restringidos a los sanitarios.


Pavimentos de mármol: barrido y fregado con productos adecuados.


Pavimentos de madera barnizada: aspirado y posteriormente pasar una mopa ligeramente humedecida con productos específicos.


Pavimentos de sintasol o saipolam: aspirado y fregado con detergente antigermicida. Pavimentos de goma: barrido y fregado con detergente neutro.


Pavimentos de terrazo o piedra artificial: fregado con emulsión de productos tapaporosidades.


Pavimentos de moqueta: aspirados y eliminación de manchas con productos adecuados.


Alfombras: aspirado.


Pavimentos especiales: tales como plaquetas vitrificadas, plásticos, acero inoxidable, aluminio, etc., se procederá en éstos con los productos adecuados y la periodicidad idónea para su perfecto mantenimiento.


Felpudos: aspirados.


Aceras: en todas las instalaciones con fachadas a la calle, barrer y retirar los desperdicios, papeles, etcétera, que aparezcan en las mismas.


Barrido y fregado de zonas de acceso a garajes.


Pasamanos y pomos de puertas: limpieza con productos adecuados que los conserven; fregado de escaleras y desempolvado de barandillas.


Cabinas de ascensores: barrido y fregado del piso y limpieza de todo el interior, puertas y mamparas de vidrio; eliminación de huellas con paño húmedo y secado posterior.


Paramentos: hasta una altura de 1,80 metros, limpiar el polvo de los mismos incluyendo los objetos ornamentales normales y excluidas las librerías, vitrinas, obras de arte, etc., que se limpiarán con las frecuencias indicadas al respecto.


Paramentos de lunas y cristales: hasta una altura de 1,80 metros se eliminarán las posibles huellas existentes; la limpieza general se efectuará con la frecuencia de cristales y sería realizada por personal especializado.


Vidrios, lunas, ventanillas, etc.: hasta una altura de 1,80 metros se repasarán para eliminar las huellas y manchas (ver el apartado servicio y frecuencia de cristales ya que es complementario).


Papeleras: vaciado de las mismas; su contenido se depositará en un carrito con bolsa, dos veces al día. De existir algún residuo en las mismas que deba tener un tratamiento especial respecto al reciclaje (tóner, plástico...), la empresa
adjudicataria, deberá asumir, con cargo al contrato, la correcta eliminación de los citados residuos.


Teléfonos e intercomunicadores: se pasará un paño humedecido en solución desinfectante.


Metales: lámparas de pie o de mesa, etc. (excluido fachada), de uso frecuente, con una altura no superior a 1,80 m, se repasarán para evitar la acumulación de partículas de polvo.


Aseos, baños, servicio: limpieza diaria de todos sus componentes, empleando limpiador especial para estas zonas. Limpieza de grifería, lámparas, espejos y alicatados. Reposición de material de toallas, papel higiénico y jabón. El
suministro de estos consumibles le corresponde a la empresa adjudicataria. Una vez efectuada la limpieza, con un desodorante ambientador se purificará y refrescará el ambiente.


Mobiliario: en esta frecuencia está prevista la eliminación de polvo, partículas de papel, huellas digitales y marcas en general, con productos adecuados a tal fin.


Elementos informáticos: en esta frecuencia está prevista la eliminación de polvo, partículas de papel, huellas digitales y marcas en general, con productos adecuados a tal fin.


Separar el papel, cartón, plástico y vidrio de las papeleras para depositarlo en contenedores especiales para su reciclado así como sacar y recoger los contenedores de basura, papel, etc., al exterior para su retirada por los servicios de
limpieza municipales.



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Limpieza semanal


Pavimentos de mármol: fregado con una emulsión a base de ceras no deslizantes y aclarado con una mezcla acrílica que dará brillo y transparencia.


Pavimentos en madera barnizada: fregado, mediante productos especiales autobrillantes que preservará, en una parte importante, el posible desgaste por su uso.


Paramentos tapizados: hasta una altura de 1,80 m se aspirará mecánicamente.


Teléfonos, intercomunicadores, interfonos: se efectuará una limpieza profunda con esterilización de las partes más en contacto con las personas, así como repaso de los cables.


Cabinas de ascensores: repaso de las partes cromadas o doradas, así como de los puntos de luz por su parte posterior.


Metales y dorados: se efectuará la limpieza con limpiametales o productos más idóneos para cada caso, siempre a una altura no inferior a 1,80 metros y excluyendo las fachadas.


Aseos, baños, servicios: limpieza a fondo de todos sus componentes con emulsión desodorante y desinfectante. En las zonas de más acumulación de olores, se depositará una pastilla antigermicida de olor agradable.


Visillos, cortinas, estores, persianas, etc.: se efectuará un aspirado mecánico o cepillado manual, según sea la materia a tratar, siempre a una altura máxima de 2,80.


Mobiliario: el mobiliario metálico se limpiará a fondo con un paño humedecido en disolución amoniaca, secándose a continuación. Al mobiliario de madera se aplicará un producto protector compuesto por ceras y siliconas conservadoras del
color y tonos naturales.


— Repaso general a fondo de entrepaños, patas y faldones de mesas y otros muebles, localización y limpieza de rincones, etc.


Sótanos y garajes: limpieza general.


Limpieza quincenal


Pavimentos de mármol: fregado con una emulsión a base de ceras no deslizantes y aclarado con una mezcla acrílica que dará brillo y transparencia.


Pavimentos sintasol o saipolam: fregado con mezcla de detergente neutro concentrado que mantendrá el brillo de los trabajos que se realicen en otras frecuencias.


Pavimentos de goma: se fregarán en su totalidad con un decapante mezclado con ceras de baja concentración para fomentar el brillo, eludiendo cualquier tipo de detergente.


Pavimento de moqueta: aspirado y peinado de las mismas y limpieza de manchas.


Alfombras: aspirado y peinado de las mismas.


Aseos, baños, servicios: como complemento de las frecuencias diarias y semanal, quincenalmente y por rotación no superior a dos meses, a las paredes, suelos, inodoros, lavabos, etc., se les aplicará un producto de limpieza con tres efectos
simultáneos: desodorante, antigermicida y realzados del brillo natural de las partes anteriormente citadas.


Limpieza mensual


Aceras: en esta frecuencia, independientemente de las otras citadas, se baldeará la zona de fachada a calle de las instalaciones.


Pavimentos de mármol: fregado con una disolución de abrillantador ultrarrápido con posterior aclarado y bruñido con fieltro. Igualmente con periodicidad mensual se deberá dar en este tipo de suelos un tratamiento antideslizante.


Pavimentos de terrazo o piedra natural o artificial: se fregarán con un producto decapante para eliminar la posible suciedad acumulada. Con posterioridad se extenderá una capa protectora al desgaste. Igualmente con periodicidad mensual se
deberá dar en este tipo de suelos un tratamiento antideslizante.


Puertas de entrada:


De metal, cristal, etc.: se limpiarán con productos adecuados.


De madera pintada: limpieza con agua y jabón adecuado.


De madera barnizada: limpieza semejante a la de paramentos barnizados.



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Puntos de luz en el techo: al estar frecuentemente empotrados en los techos, bien mediante difusores, embellecedores, cristales opacos, etc., se procederá por su cara exterior a pasar una gamuza impregnada en un detergente neutro o
aspiración mecánica (según la materia a tratar) para evitar la posible acumulación de partículas de polvo en suspensión.


Lámparas.


Mobiliario: los cueros y materiales sintéticos en tapicería y decorados se tratarán con productos de fórmula especial para que nutran y abrillanten la superficie sobre la que se apliquen.


Difusores ambientales: como pueden ser: rejillas de aire acondicionado, radiadores, extractores de humo en todas las zonas próximas a los mismos, se tratarán con más detalle al resto de los paramentos o techos donde se encuentren.


Suministro y cambio mensual de contenedores higiénicos sanitarios. En caso de deterioro involuntario del contenedor, avería o robo, se repondrá sin cargo. Si por alguna circunstancia extraordinaria fuera necesario el cambio adicional de
algún contenedor, se hará sin cargo, con un máximo de dos por contenedor y año. Siempre se exigirá, como mínimo, el cumplimiento de la normativa vigente.


Desinfección, desinsectación y desratización con revisión y reposición mensual de materiales y productos de desinfección, desinsectación y desratización de todas las dependencias de los edificios del Congreso de los Diputados. Serán
atendidas las llamadas del contratante para la resolución de un problema de emergencia, en el mismo día de la llamada o en un tiempo no superior a las 12 horas del día siguiente. La empresa se responsabilizará según la legislación vigente de los
daños que se puedan producir accidentalmente por los aplicadores. Siempre se exigirá, como mínimo, el cumplimiento de la normativa vigente.


Mantenimiento y limpieza del sistema de extracción de humos (campanas, conductos, extractores y chimeneas) de las cafeterías-restaurantes de los edificios del Congreso de los Diputados. Este trabajo se realizará en el horario que el
contratista estime más idóneo, de conformidad con el contratante. La empresa se responsabilizará según la legislación vigente de los daños que se puedan producir accidentalmente por los aplicadores


Limpieza trimestral


Pavimentos en sintasol o saipolam: se procederá a un fregado intenso con mezcla a baja proporción de detergentes y ceras para mantener la limpieza y brillo propio de este material. En función de la superficie a tratar, se podrá realizar
con maquinaria idónea a tal efecto o manualmente.


Pavimentos de moqueta: se procederá a la desaparición de las manchas aisladas utilizando el producto apropiado en cada caso.


Objetos ornamentales: todos los comprendidos en un concepto amplio de obra de arte o suntuarios, como pueden ser esculturas, tapices, librerías, objetos de vitrina, arañas, bronces, etc., se realizará con una frecuencia mínima trimestral.
Cuando se proceda a dicha limpieza será necesaria la presencia de una persona del Congreso de los Diputados para supervisar los trabajos y dar su conformidad una vez terminados los mismos.


Paramentos tapizados: se aspirarán mecánicamente en la totalidad de las superficies sin exclusión de alturas, utilizando prolongadores o boquillas especiales, según el tapizado o tejido sobre el cual se deba trabajar.


Mobiliario: si el contratante lo desea, y por rotación, se procederá a limpiar todas aquellas zonas que normalmente suelen estar cerradas, como pueden ser cajones, armarios de despachos, archivadores, etcétera, dando una llave a la
limpiadora responsable del equipo de limpieza, que será la única comprometida en este sentido.


Archivo: de no estar expresamente indicado en otra frecuencia, se efectuará una aspiración general sin mover el contenido y se fregará el suelo del mismo con el producto más conveniente.


— Biblioteca: además de los mismos trabajos señalados en el punto anterior para el archivo, se realizará la limpieza intensiva de unos 400 metros lineales de estanterías de los depósitos, que consistirá en la retirada de los libros, la
limpieza de las estanterías y de cada uno de los libros (libro a libro), con procedimientos especiales que no los deterioren, de acuerdo con las indicaciones del personal de la biblioteca, y su restitución a las estanterías correspondientes, con
especial atención a su ordenación conforme a la signatura topográfica.



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Sótanos y garajes: limpieza general.


Pavimentos de maderas enceradas: se levantarán las capas de ceras acumuladas con un decapante disolvente (exento de aguas). Una vez seca la superficie, se tratará con una capa de cera disolvente, especial para pavimentos de madera, que
realce el brillo y, a su vez, cree una película protectora. Este procedimiento se puede realizar con máquina o manualmente en función de los metros cuadrados a tratar.


Pavimentos de maderas barnizadas: se tratarán con productos especiales, bajos en cera, que permitan mantener el brillo del barniz acentuando la resistencia del mismo, sin alterar la película protectora y aumentando su grado de
impermeabilidad.


Paramentos tapizados: se repasará en las zonas de más roce o próximas a difusores ambientales las huellas o manchas que existan, tratándose con productos especiales en función de los tejidos.


Metales y dorados: como ampliación de las frecuencias diaria y semanal, en los casos en que por su uso intenso se considere necesario, se aplicará un protector de metales que, por su composición química, preserve y evite las manchas y
huellas.


Fachadas: hasta una altura máxima de 2,80 m, los paramentos de piedra artificial, mármol, granito, etcétera, se lavarán con productos y sistema idóneos; a los metales dorados, etc., existentes en las mismas, una vez lavados y secados, se
les aplicará una cera antigrasa y antioxidante.


Trabajos especiales


Fregado de moquetas: por la complejidad de este proceso, tanto por la utilización de maquinaria muy tecnificada, como por los productos muy especiales a emplear y el costo de este servicio, se efectuará en el horario que el Contratista
estime más idóneo, de conformidad con el Contratante.


El contratista se compromete a dar este servicio una vez al año, sin factura complementaria.


Cristalizado de mármoles, piedra artificial, etc., como en el caso anterior, se efectuará en el horario que el Contratista estime más idóneo, de conformidad con el Contratante. El Contratista se compromete a dar este tratamiento a las
superficies de mármol y piedra artificial existentes dos veces al año, sin factura complementaria.


Puntos de luz en los techos: como prolongación de anteriores frecuencias ya citadas, el Contratista ofrecerá una limpieza interior anual, sin importe adicional, que realizará en jornada de su personal. Para este trabajo, el Contratista
pondrá un técnico que será el encargado de desmontar y montar todos los elementos que necesiten limpiar.


Independientemente de los trabajos enumerados anteriormente, la oferta deberá abarcar los siguientes extremos:


Estores y persianas: limpieza en seco con frecuencia semestral.


Visillos: retirada, lavado con frecuencia semestral y posterior colocación.


Cortinas: limpieza en seco una vez al año, exceptuando aquellas que no sean susceptibles de dicho tratamiento.


Fregado mecánico de moquetas: con la periodicidad necesaria para su perfecto estado y, como mínimo, una vez al año.


Toallas, batas y sábanas del Servicio Médico de la Cámara: cambio y lavado de las mismas con frecuencia diaria.


Todas las basuras que se produzcan deberán ser trasladadas al servicio adecuado para su recogida definitiva, sea dentro del edificio o fuera del mismo, al lugar legalmente establecido en cada momento.


La tintorería o limpieza necesaria en los manteles, servilletas, etc., que se generen en las recepciones y acontecimientos institucionales.


Limpieza mensual de los monos que usan las personas que realizan los trabajos del subsuelo. Previsión no vinculante de tres uniformes/mes.


Otros trabajos


— Conservación y reposición de plantas naturales de interiores y exteriores de los edificios de la Cámara que comprenderán los siguientes trabajos:


Riego periódico de las jardineras.


Relleno de los depósitos.


Limpieza de la planta.



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Colocación de tutores.


Poda y pinzado.


Reposición de tierras.


Tratamientos fitosanitarios (cuando proceda).


Abono y fertilización.


Suministro y reposición gratuita de toda planta que durante el transcurso del contrato se dañe, deteriore o muera.


— Recogida y envío al punto limpio correspondiente de los siguientes consumibles:


Papel y cartón.


Envases y plásticos.


Vidrio.


Tóner.


Mantenimiento y uso de las góndolas. Carros de limpieza


— Cristales exteriores correspondientes a las fachadas de los edificios: se limpiarán mensualmente, bien con escala, o de la forma que considere más conveniente y efectiva el contratista. En las zonas donde exista góndola, se procederá a
la utilización de la misma y, en todos los casos, utilizando las medidas de seguridad conforme establece la normativa vigente.


— La Empresa se compromete a someter a los carros de limpieza a un tratamiento ignífugo o, en su lugar, a la adquisición de un carro que reúna las características de resistencia total al fuego.


La Empresa que resulte adjudicataria se compromete, por conocer los locales objeto del contrato, a disponer del personal, material y maquinaria precisa para realizar el servicio de limpieza de forma que a las nueve horas de todos los días
hábiles se encuentren los locales citados en condiciones de aseo para su uso y el material recogido.


Además del personal a que alude el apartado anterior, se constituirá un equipo de mantenimiento o repaso, integrado por una encargada y cinco limpiadoras, que deberá permanecer en el Congreso de los Diputados hasta las 20 horas. Los días
que se celebren Sesiones Plenarias deberá permanecer al menos hasta la finalización del Pleno.


Este personal se encargará de la limpieza de las salas inmediatamente después de haber sido utilizadas, así como del vaciado de papeleras en los despachos en horas en que estos no estén ocupados. Asimismo, velará por el mantenimiento de la
limpieza del edificio durante cada jornada y estará a disposición del personal correspondiente al servicio de mantenimiento del Congreso de los Diputados para subsanar cualquier incidente que pudiera surgir relacionado con sus funciones.


El personal deberá ir siempre debidamente uniformado, debiendo dar el Congreso de los Diputados la conformidad al uniforme que la empresa adjudicataria proponga.


La empresa adjudicataria propondrá, para su aprobación, la relación del personal al que esté encomendada la realización de las tareas de limpieza.



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ANEXO III


LISTADO DE PERSONAL A SUBROGAR CONTRATO SERVICIOS DE LIMPIEZA Y DE HIGIENIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


CATEGORÍA;ANTIGÜEDAD;PORCENTAJE DE


;;JORNADA