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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 8, de 30/04/2004
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


VIII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


30 de abril de 2004


Núm. 8



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


Personal


299/000001 Personal eventual adscrito a la Secretaría Tercera del Congreso de los Diputados. Nombramiento ... (Página 3)


299/000002 Personal eventual adscrito a la Presidencia del Congreso de los Diputados. Nombramiento ... (Página 3)


299/000003 Personal eventual como Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista ... (Página 3)


Ceses ... (Página 3)


Nombramiento ... (Página 3)


Corrección de error ... (Página 3)


Control de la acción del Gobierno


Proposiciones no de Ley


Pleno


162/000033 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre desistimiento del recurso de inconstitucionalidad número 5174/2003, promovido ante el Tribunal
Constitucional contra el artículo 8 de la Ley del Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho ... (Página 4)


162/000035 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la regularización de la prostitución ... (Página 5)


162/000036 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre transferencia a las Comunidades Autónomas de las competencias para convocar referéndum ... href='#(Página6)'>(Página 6)


162/000038 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, relativa al reconocimiento del honor y de los derechos de los presos políticos sometidos a trabajos
forzados por la dictadura franquista y el nazismo durante la ocupación de distintos países en Europa ... (Página 7)


Página 2



162/000039 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre actualización del salario mínimo interprofesional ... (Página 9)


162/000040 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la participación internacional de las selecciones deportivas gallega, vasca y catalana ... (Página 10)


162/000041 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la reparación moral a todas las personas que fueron represaliadas durante la dictadura franquista, y al reconocimiento de la importante contribución de
quienes participaron en la lucha y resistencia antifranquista para la instauración de un régimen democrático en el Estado español ... (Página 12)


Comisión de Educación, Cultura y Deporte


161/000004 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la rehabilitación del monasterio de Santa Catalina de Ares ... (Página 13)


161/000006 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre actuaciones para la rehabilitación del castillo de San Felipe en Ferrol (A Coruña) con cargo al 1 por ciento cultural ...
(Página
14)



161/000009 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre la enseñanza del valenciano en las escuelas oficiales de idiomas ...
href='#(Página16)'>(Página 16)


Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca


161/000008 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la aprobación de un nuevo régimen sobre la tasa láctea y la modernización del sector lácteo ... (Página 16)


Comisión de Infraestructuras


161/000007 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC), sobre actuaciones para solucionar los problemas derivados de espacio y comodidad que afectan a los usuarios de la estación de tren de Sant
Joan Despí (Barcelona) ... (Página 18)


Comisión de Medio Ambiente


161/000005 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas para dar una solución definitiva que garantice la estabilidad de la playa de A Magdalena en Cedeira (A Coruña) ... (Página
19)



Competencias en relación con otros órganos e instituciones


Tribunal Constitucional


233/000003 Encabezamiento y fallo de sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 2192/1995, planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, respecto de la disposición adicional
segunda, párrafo segundo, del Real Decreto-Ley 3/1989, de 31 de marzo, de Medidas Adicionales de Carácter Social, y del artículo 216.5, párrafo segundo, del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley General de la Seguridad Social ... (Página 20)


Página 3



COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


PERSONAL


299/0000001


De conformidad con el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, he tenido a bien nombrar a doña Margarita Surián Martínez, a propuesta del Excmo. Sr. don Javier Barrero López, con efectos de 21 de abril de 2004 y con
carácter de personal eventual, para el cargo de Secretaria de la Secretaría Tercera del Congreso de los Diputados.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2004.-El Presidente del Congreso de los Diputados, Manuel Marín González.



299/000002


De conformidad con el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, he tenido a bien nombrar a doña Asunción García Enríquez, con efectos de 23 de abril de 2004 y con carácter de personal eventual, para el cargo de
Secretaria de la Presidencia del Congreso de los Diputados.



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2004.-El Presidente del Congreso de los Diputados, Manuel Marín González.



299/0000003


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, he tenido a bien disponer el cese, con efectos de 25 de abril de 2004, de doña Belén Giménez Fernández como personal eventual en el cargo
de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista.



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de abril de 2004.-El Presidente del Congreso de los Diputados, Manuel Marín González.



299/0000003


De conformidad con lo dispuesto en el articulo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, he tenido a bien disponer el cese, con efectos de 20 de abril de 2004, de doña Margarita Surián Martínez como personal eventual en el cargo
de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2004.-El Presidente del Congreso de los Diputados, Manuel Marín González.



299/000003


En virtud de lo acordado por la Mesa del Congreso de los Diputados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, he tenido a bien nombrar a las personas que a continuación se
relacionan, con efectos de 26 de abril de 2004 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistentes para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista:


Doña María Yolanda Sánchez del Arco Alonso


Doña Tatiana Rodríguez Manzano.



Doña Cristina Crespo Padilla.



Don Juan Bienvenido Caballero Mayor.



Doña María Felipe Herráez.



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de abril de 2004.-El Presidente del Congreso de los Diputados, Manuel Marín González.



299/000003


Advertido error en la publicación del 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 6, de 26 de abril de 2004, se subsana a continuación:


En el índice, página 1, núm. expte. 299/000003, donde dice: 'Nombramiento de personal eventual como Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista', debe decir: 'Cese de personal eventual como
Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista'.



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de abril de 2004.



Página 4



CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000033


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(162) Proposición no de Ley ante el Pleno


AUTOR: Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Proposición no de Ley sobre desistimiento del recurso de inconstitucionalidad número 5174/2003, promovido ante el Tribunal Constitucional contra el artículo 8 de la Ley del Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de
hecho.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y
publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, así como notificarlo al Grupo proponente.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, Grupo parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa Per Catalunya Verds presenta la siguiente Proposición no de ley sobre desistimiento del recurso de
inconstitucionalidad número 5174/2003, promovido ante el Tribunal Constitucional contra el artículo 8 de la Ley del Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho, para su debate en el Pleno de la Cámara.



Tras ocho años de políticas regresivas del Gobierno del Partido Popular, llega el momento de hacer frente a las hipotecas generadas por el mismo para el conjunto de la ciudadanía.



Así, es tiempo de poner fin a la actitud retrógrada mantenida por el anterior ejecutivo en materia de libertad afectivo-sexual y derechos del colectivo de gays y lesbianas. De entre las múltiples muestras ofrecidas en este sentido, llama
poderosamente la atención, por su naturaleza claramente discriminatoria y homófoba, el Recurso de Inconstitucionalidad número 5174/2003, promovido por el Presidente del Gobierno del Partido Popular ante el Tribunal Constitucional contra el artículo
8 de la Ley del Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho, ley apoyada y respaldada por todos los grupos parlamentarios de la Cámara vasca excepto por el grupo popular. El mencionado artículo 8 dice así:


'Artículo 8. De la adopción.



1. Los miembros de parejas formadas por dos personas del mismo sexo podrán adoptar de forma conjunta, con iguales derechos y deberes que las parejas formadas por dos personas de distinto sexo y las parejas unidas por matrimonio.



2. La hija o hijo adoptivo o biológico de una de las partes de la pareja tendrá derecho a ser adoptado por la otra parte.'


De esta lectura literal del texto impugnado, no cabe sino reafirmamos en una triste aseveración: mediante este recurso no se pretende defender la legalidad vigente o la correcta interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico en el
conjunto del estado, sino un determinado concepto de relaciones personales que nada tiene que ver con la madurez alcanzada por la sociedad española, sino que responde a la concepción restrictiva de la familia que el partido popular interpreta como
única posible en la vida práctica y la jurídica. No se entiende de ninguna manera que en pleno siglo XXI aún pervivan entre nosotros estas actitudes, que lejos de buscar el progreso social, lejos de buscar la adecuación de la ley a una sociedad que
va un paso más allá, trae como consecuencia frenar y dar marcha atrás en la consolidación y profundización en el estado de derecho.



Pero, además, el recurso ha supuesto la suspensión automática de la disposición impugnada y, por consiguiente,


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la paralización de las solicitudes que se estaban tramitando.



Y debemos recordar, en último término, que el Partido Popular ha actuado con reincidencia, puesto que ya recurrió anteriormente las disposiciones relativas a la adopción insertas en la Ley de uniones estables aprobada por el Parlamento de
Navarra.



En definitiva, por estos motivos, el Grupo Parlamentario Izquierda Verde Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, apela a nuestra responsabilidad como parlamentarios elegidos por esa sociedad madura a la que hacíamos referencia, y
trae al Congreso de los Diputados la presente,


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Proceder, en el menor plazo posible, al desistimiento del recurso de inconstitucionalidad número 5174/2003, promovido por el Presidente del Gobierno don José María Aznar, ante el Tribunal Constitucional contra el artículo 8 de la Ley del
Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho.



2. Promover todas las medidas necesarias para remover los obstáculos interpuestos por el anterior Gobierno de análogo contenido o espíritu al mencionado en el punto anterior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2004.-Isaura Navarro Casillas, Diputada.-Gaspar Llamazares Trigo, Portavoz del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



162/000035


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(162) Proposición no de Ley ante el Pleno


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley relativa a la regularización de la prostitución.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y
publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, así como notificarlo al Grupo proponente.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de los diputados don Francisco Rodríguez Sánchez y doña Olaia Fernández Dávila (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente Proposición no de Ley, relativa a regularización de la prostitución, para su debate en Pleno.



Exposición de motivos


La prostitución es un fenómeno social de alcance universal, se extiende por todo el mundo, culturas y civilizaciones. También es un fenómeno histórico, que ha evolucionado a lo largo de diferentes épocas, desencadenándose diversas variantes
del mismo, así como múltiples modos de acercamiento desde las instituciones sociales y los poderes públicos a la problemática que deriva de esa actividad.



En la historia reciente de Estado español la prostitución ha dejado de ser considerada un delito, debido a su despenalización en 1978, pero ello no ha significado, sin embargo, una regularización de las personas que desarrollan esa
actividad, que si bien no son trabajadoras y trabajadores sexuales 'ilegales', sí de algún modo 'clandestinos'.



La aproximación más común a la prostitución se realiza desde la moral, y las consecuencias más directas son bien su rechazo y sanción, bien su apelación victimista. Pero la realidad es que la prostitución plantea una extensa problemática,
muchas veces derivada del modo en que se concibe y aportan medidas desde los poderes públicos. Por eso, la presente iniciativa no pretende abarcar todo lo que rodea a la prostitución ni someter a consideraciones un amplio paquete programático de
acciones a realizar por las instituciones u organismos públicos para abordar integralmente ese fenómeno. Unicamente se van a realizar propuestas con el objetivo de que las personas que se dedican voluntariamente a esta actividad sean tratadas
legalmente como tales y dispongan, por tanto, de todos los derechos sociales y asistenciales comunes a toda la población.



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Hasta el momento, la única actividad por parte de los poderes públicos en ese sentido es la de otorgar protección a las personas que trabajan en la prostitución para evitar su explotación, persiguiendo el tráfico sexual de personas o la
prostitución por la fuerza. Aún en la actualidad se penalizan esas conductas y se castiga a las personas que las promueven, y compartimos la necesidad de mantener esa línea de actuación, dada la creciente presencia de mafias que se dedican al
proxenetismo y al aumento de su actividad aprovechando las nuevas tecnologías de la información.
Residualmente también se han comenzado a prestar servicios asistenciales de carácter sanitario, para prevenir la infección y transmisión de
enfermedades, pero sin contemplar una integración continuada de esos servicios en la red sanitaria pública.



Al margen de estos aspectos, no se ha emprendido una intervención pública decidida para afrontar la precaria situación de protección social a la que se ven sometidas las personas que se dedican voluntariamente a la prostitución, tal y como
ya ha sucedido en algunos Estados europeos. La falta de una adaptación de la normativa social y fiscal a la actividad de la prostitución sitúa a las y a los que la ejercen en la marginalidad y el desamparo frente a situaciones de necesidad, los
hace aún más vulnerables frente a las organizaciones de proxenetas, y genera una importante bolsa de actividad económica fuera de control de los poderes públicos.



El objetivo de esta proposición no de ley consiste principalmente en comenzar a abordar desde una perspectiva pública esa vertiente de la prostitución que afecta de lleno a las condiciones en que desarrollan la actividad las personas que se
dedican a la prostitución, y ofrecer un marco legal a partir del cual puedan comenzar a regularizarse las distintas situaciones de las personas que se dedican a la prostitución y contribuya a paliar la actual falta de derechos de protección social.
La consecuencia inmediata de la aplicación de las medidas que aquí se proponen no es solamente la extensión de los beneficios y garantías sociales de las personas que se dedican a la prostitución, sino también intentar que ese colectivo alcance un
estatus digno y emerja de la precariedad y oscurantismo a la que se ven sometidos en la actualidad.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar un estudio, previo diálogo con los sectores afectados, sobre las medidas y reformas necesarias para regular legal y profesionalmente la situación en la que se encuentran las personas que se dedican a la prostitución, de modo que
puedan acceder a los derechos y coberturas de protección social.



2. Articular el encuadramiento de las personas que se prostituyen en la Seguridad Social, tanto para posibilitar sus aportaciones sociales como para permitir su aseguramiento profesional frente a situaciones de necesidad.



3. Realizar un estudio sobre el tratamiento penal de los delitos de tráfico de personas, proxenetismo y explotación sexual de menores, que propongan las medidas que sería necesario implementar para mejorar la eficacia en la persecución de
esos delitos.



4. Incrementar la seguridad y vigilancia policial para combatir la explotación sexual de otras personas y de menores, especialmente a través de los nuevos medios de la sociedad de información.



5. Ofertar programas de formación, con distinta orientación profesional, para todas aquellas personas que, deseando abandonar la prostitución, así lo soliciten.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2004.-María Olaia Fernández Dávila, Diputada.-Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



162/000036


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(162) Proposición no de Ley ante el Pleno


AUTOR: Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Proposición no de Ley sobre transferencia a las Comunidades Autónomas de las competencias para convocar referéndum.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y
publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, así como notificarlo al Grupo proponente.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa Per Catalunya Verds presenta la siguiente Proposición no de Ley para la trasferencia a las Comunidades Autónomas
de las competencias para convocar referéndum, para su debate en el Pleno de la Cámara.



El proceso de ampliación de las competencias de las comunidades autónomas lleva aparejado un interés cada vez mayor, por parte de los ciudadanos, de participar en las decisiones de sus gobernantes en los ámbitos autonómico y local. Las
instituciones de las comunidades autónomas avanzan hacia una ampliación de las facultades legislativas y ejecutivas dentro del marco de descentralización estatal.



El artículo 149.1.32.º de la Constitución española contempla que el Estado tiene la competencia exclusiva para la 'autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum', si bien la misma Carta Magna recoge un
artículo después, en el número 150, que 'el Estado podrá transferir o delegar en las comunidades autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de
transferencia o delegación'.



Este aspecto contemplado en el artículo 150 permite deducir la posibilidad de trasladar la competencia de convocatoria de referéndum a las comunidades autónomas, como una forma de apostar por la democracia participativa, de una manera que ya
ha sido utilizada en otros países de nuestro entorno como Italia, Francia, Irlanda o Portugal.



El 14 de abril de 2004, el Congreso de los Diputados, sin ningún tipo de consenso, aprobó una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incluida en un Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de Arbitraje, según la cual se
establecían penas de prisión para quien convocare referéndum sin tener atribuciones para ello.



Esta reforma se realizó 'con nocturnidad y alevosía', en la Cámara Alta, hurtando el debate de la misma al Congreso de los Diputados, principal cámara de discusión.



El Gobierno del País Vasco había elaborado, por aquel entonces, el conocido como 'Plan Ibarretxe', y había anunciado que en el caso de que las Cortes Generales no aceptaran el texto dimanado de la Cámara Vasca convocaría un referéndum para
que la ciudadanía definiera su postura respecto a la nueva propuesta de Estatuto.



El anterior Gobierno, manifiestamente contrario al Plan lbarretxe, introdujo a última hora las enmiendas al Proyecto de Ley Complementaria de Arbitraje, a través de su trámite en el Senado, con la intención de evitar que la propuesta del
Gobierno Vasco pudiera prosperar.



No ha sido sólo la Comunidad Autónoma vasca la que ha anunciado su intención de modificar el Estatuto para ajustarlo más a la realidad actual. Las comunidades de Cataluña, Andalucía y Galicia también están trabajando en esta línea.



El Parlamento de Cataluña también ha considerado la conveniencia de someter a referéndum el texto resultante de los debates para el nuevo Estatuto como una forma de acercarlo más a los ciudadanos.



La celebración de un referéndum es una forma importante de contar con la ciudadanía en las decisiones que les afectan directamente. Así, en el ámbito municipal, es un sistema a considerar para que los ciudadanos y ciudadanas puedan definir
su criterio respecto a cuestiones que les 'tocan' directamente.



Por todo ello se presenta, para su debate en el Pleno de la Cámara, la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. Adopte todas las medidas necesarias para derogar las modificaciones introducidas en el Senado por las cuales se modificaba la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Penal con la introducción en el Código de los artículos 506 bis,
521 bis y 576 bis.



2. En el menor plazo de tiempo posible elabore y remita a las Cortes un Proyecto de Ley Orgánica, que transfiera a las Comunidades Autónomas las facultades de autorización de la convocatoria de consultas populares por medio de referéndum.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2004.-Gaspar Llamazares Trigo y Joan Herrera Torres, Portavoces del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



162/000038


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(162) Proposición no de Ley ante el Pleno


AUTOR: Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Proposición no de Ley relativa al reconocimiento del honor y de los derechos de los presos políticos sometidos a trabajos forzados por la dictadura franquista y


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el nazismo durante la ocupación de distintos países en Europa.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y
publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, así como notificarlo al Grupo proponente.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, presenta la siguiente Proposicion no de Ley relativa al reconocimiento del
honor y de los derechos de los presos políticos sometidos a trabajos forzados por la dictadura franquista y el nazismo durante la ocupacián de distintos países en Europa, para su debate en el pleno de la Cámara.



Exposición de motivos


La transición pacífica de la dictadura a la democracia fue posible gracias a la voluntad negociadora de las fuerzas políticas y a la generosidad de las innumerables víctimas del régimen. Pasado más de un cuarto de siglo desde aquella
transición, con la imparcialidad, serenidad y distancia necesarias, las Instituciones democráticas tienen el deber de rescatar del olvido la memoria de las víctimas de la represión. El propio Congreso de los Diputados ha estudiado y tomado en
consideración, entre otros colectivos, los casos de los presos políticos y de los guerrilleros que combatieron por la libertad y la democracia, aunque todavía con bastantes deficiencias políticas y sociales.



La presente iniciativa pretende desagraviar y honrar la memoria de decenas de miles de presos republicanos que, entre 1937 y 1970, fueron explotados laboralmente y sometidos a un régimen de trabajo forzado.



El gobierno de Franco dictó en Salamanca el decreto 281 de 28 de mayo de 1937, por el que se establecía un sistema de explotación laboral de los presos republicanos. Un año después, en octubre de 1938, se creó el Patronato para la Redención
de Penas, el organismo gestor que se encargaría de catalogar estos presos y manejar los rendimientos económicos generados por su trabajo forzado. El Patronato elaboró una gran base de datos -el Fichero Fisiotécnico- que permitió catalogar
laboralmente a más de 100.000 presos y presas en apenas un año. En septiembre de 1939, cinco meses después de aprobarse el I Plan de Obras Públicas, se crearon las Colonias penitenciarias militarizadas. El sistema de explotación laboral de los
presos adoptó diversas formas: los talleres penitenciarios y los destinos, dentro de las prisiones; los destacamentos penitenciarios, las colonias penitenciarias militarizadas y los batallones disciplinarios, para la ejecución de trabajos
exteriores.



Aunque el sistema franquista de trabajos forzados nació con carácter provisional, perduró hasta 1970, año en el que el último destacamento penitenciario del que se tiene constancia finalizó la construcción de la colonia de chalés de lujo de
Mirasierra, en Madrid, por cuenta del constructor José Banús.



De esta mano de obra barata se sirvieron ministerios, diputaciones y ayuntamientos, instituciones y cientos de empresas privadas en todo el país. El Valle de los Caídos es el símbolo de la explotación de esta mano de obra reclusa, pero hubo
cientos de valles de los caídos a lo largo y ancho del país. Los presos republicanos realizaron trabajos forzados para responder a las necesidades del nuevo Estado: edificaron más de 30 embalses y canales de riego; levantaron cárceles, como la de
Carabanchel, en Madrid; construyeron viaductos y líneas férreas como la de Madrid-Burgos y Madrid-Galicia; levantaron importantes fábricas, como Sniace, en Cantabria, o la de cementos Portland Iberia en Castillejo (Toledo); trabajaron en los
pozos de las principales cuencas mineras del país; reconstruyeron lugares emblemáticos destruidos en Belchite, Brunete, Guernica, Teruel, Oviedo y otras ciudades. Cientos de empresas vinculadas al Régimen obtuvieron ingentes beneficios de la
explotación del trabajo forzado de estos presos: Dragados y Construcciones, Banús, Duro Felguera, Portland Iberia y Asland, sólo por citar las más conocidas.



Aunque en teoría debían recibir el mismo salario que cobraban los obreros libres, en el mejor de los casos los presos apenas recibían la cuarta parte de su salario y el otro 75% se ingresaba en las arcas públicas 'a beneficio del Estado'.
Además, los reclusos trabajaban horas extraordinarias que, si bien al principio eran cobradas íntegramente, muy pronto el Estado les descontó un 25% como 'donativo reglamentario' para el Fondo de Educación de Hijos Desvalidos de Penados.



Se desconoce el beneficio que el Estado y las empresas obtuvieron con la explotación de decenas de miles de presos republicanos y la expropiación de gran parte de sus salarios. En 1939, el Patronato para la Redención de Penas preveía
obtener un beneficio


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'según cálculos prudentes, de más de 1.500 millones de pesetas en los próximos diez años', lo que equivale ahora a más de 1.322 millones de euros.



Recuperar la memoria histórica sobre nuestro pasado más reciente, también implica el reconocimiento moral y económico de aquellas personas que permanecieron en campos de concentración y batallones de trabajadores durante los años 30 y 40 en
distintos países europeos bajo la ocupación nazi. Por tanto, es imprescindible no dejarlo en el olvido el traer a esta Proposición a los ciudadanos españoles que fueron detenidos por las autoridades nazis de ocupación en Francia al partir hacia el
exilio al finalizar la Guerra Civil, que o bien acabaron hallando la muerte en campos de concentración y exterminio, o que acabaron trabajando como esclavos del III Reich.



A lo largo de la democracia española se han ido reconociendo diferentes derechos, que en algunos casos han dado lugar a prestaciones económicas pero en la actualidad quedan ciertos colectivos a los que no se les ha reconocido ningún tipo de
derecho, como son los que trabajaron de forma forzada y en condiciones de esclavitud al servicio del fascismo y de empresas ligadas a este régimen. En este sentido, países de nuestro entorno, como Alemania o Suiza, u otros como Japón, están
reconociendo determinadas prestaciones económicas a estos trabajadores que dejaron parte de su vida en campos de concentración o batallones de trabajo.



La presente iniciativa no pretende abrir viejas heridas; muy al contrario, sólo pretende cerrarlas mediante la rehabilitación de las víctimas, en su triple dimensión humana, histórico-cultural y política, tal y como han hecho otros países
de Europa en contextos y situaciones similares. Porque un pueblo que no conoce su pasado puede repetir los mismos errores en el futuro.



Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1. Honra la memoria de los prisioneros políticos que, desde el año 1937 en adelante, fueron víctimas de explotación laboral y sometidos por la dictadura franquista a la realización de trabajos forzados al servicio del Estado y de cientos de
empresas, así como de los ciudadanos españoles que fueron detenidos por las autoridades nazis de ocupación en Francia al partir hacía el exilio al finalizar la guerra civil, que o bien acabaron hallando la muerte en campos de concentración y
exterminio, o que acabaron trabajando como esclavos del III Reich.



2. Insta al Gobierno a:


- Aprobar una declaración institucional de respeto y reconocimiento moral de los presos políticos sometidos a trabajos forzados por la dictadura franquista y a los ciudadanos españoles que trabajaron en condiciones de esclavitud bajo la
ocupación de distintos países europeos del III Reich.



- Garantizar la protección y clasificación de documentos relativos a la explotación laboral de estos colectivos;


- Establecer el pago de indemnizaciones dignas y en relación con las que están realizando países de nuestro entorno, a todas aquellas personas que acabaron en batallones de trabajo y en campos de concentración, trabajando en condiciones de
esclavitud, bien en el territorio nacional bajo la dictadura o en Europa, por su lucha contra el fascismo y el restablecimiento del orden constitucional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2004.-Gaspar Llamazares Trigo y Joan Herrera Torres, Portavoces del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



162/000039


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.



AUTOR: Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Proposición no de Ley sobre actualización del salario mínimo interprofesional.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y
publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, así como notificarlo al Grupo proponente.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre actualización del salario mínimo interprofesional para su debate en el Pleno de la Cámara.



La realidad económica en España nos viene a mostrar, por un lado, la existencia de una tasa media anual de crecimiento de los precios a finales del año 2003 que se situó en el 3%, superior a la prevista para este año igual al 2% y una
previsión de inflación para 2004 similar a la prevista el año anterior. Y por otro, la existencia de un colectivo de casi millón y medio de trabajadores que cobran salarios inferiores a 600 E/mes, y de unos valores establecidos para el Salario
Mínimo Interprofesional de 2004 de 460 E/mes por catorce pagas.



La negativa evolución en el comportamiento de los precios finales respecto de los esperados tiene graves consecuencias para el conjunto de la economía, no sólo por la pérdida de competitividad que supone de los bienes y servicios españoles
en la zona euro, sino por la erosión que implica del poder adquisitivo de todo tipo de rentas. La subida del 2 por ciento aplicada al SMI para este año, similar a la del IPC esperado, al igual que los aumentos aplicados a lo largo del resto de años
de la anterior legislatura, condena un año más a perder poder adquisitivo a un grupo amplio de ciudadanos: desde trabajadores que no se encuentran amparados por la negociación colectiva, hasta perceptores de desempleo y aquellos que perciben rentas
referenciadas a este salario, como los afectados por insolvencias y que perciben prestaciones a cargo del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) o rentas mínimas de inserción o salarios sociales. En muchos casos, familias que viven situaciones de
dificultad económica.



Con un IPC anual que supera en 1 punto la previsión oficial y viendo cual ha sido la evolución de los precios en los primeros meses de este año y su posible evolución a nuestro entender, consideramos que la acopción de medidas que mejoren
sensiblemente el SMI son precisas y urgentes, no pudiendo demorarse más. Medidas para que se actualice el SMI semestralmente, en consonancia con lo establecido en el párrafo tercero del artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores; el
establecimiento de una fórmula estable y automática de revisión, que elimine las incertidumbres que genera la dependencia actual de las decisiones discrecionaes del ejecutivo; la aproximación del valor del SMI del 40% actual en relación al salario
medio, hasta los niveles recomendados en la Carta Social Europea del 60% del salario medio; servirán para que los perceptores de este salario y de aquellos ciudadanos cuya renta de alguna manera se encuentren relacionado con éste no pierdan año a
año poder adquisitivo, tal y como viene a mostrar los 6 puntos de poder de compra que han perdido en los últimos 5 años en relación al mismo salario medio, y no se vean empujados hacia una situación de creciente marginalidad y exclusión social,


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposicion no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que adopte las medidas necesarias:


1. Proceda, con carácter retroactivo, a la revisión y actualización inmediata del SMI adecuándolo a la desviación real sufrida por el IPC desde el año 1995 hasta el 2003, dando cumplimiento al artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.



2. Adopte las medidas necesarias para que en el transcurso de esta Legislatura el Salario Mínimo Interprofesional alcance el 60 por ciento del valor del salario medio, tal y como recomienda La Carta Social Europea, ratificada por nuestro
país, y para recuperar el fuerte deterioro sufrido en los últimos años por la aplicación de subidas mínimas en base al IPC previsto y nunca cumplido.



3. Establezca los mecanismos necesarios para que la revalorización del Salario Mínimo Interprofesional sea como mínimo igual al IPC anual previsto oficialmente y nunca inferior al IPC efectivo a final de año.



4. Establezca un mecanismo permanente de revisión automática que permita dar cumplimiento al precepto de revisión semestral fijado por el Estatuto de los Trabajadores de forma inmediata y transparente, eliminando incertidumbres, y de forma
similar a lo que sucede en el caso de las pensiones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2004.-Ángel Pérez Martínez, Diputado.-Joan Herrera Torres, Portavoz del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



162/000040


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(162) Proposición no de Ley ante el Pleno


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley relativa a la participación internacional de las selecciones deportivas gallega, vasca y catalana.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento,


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disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, así como notificarlo al Grupo proponente.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, a 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de los diputados don Francisco Rodríguez Sánchez y doña Olaia Fernández Davila (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente Proposición no de Ley, relativa a Participación Internacional de las Selecciones Deportivas Gallega, Vasca y Catalana, para su debate en Pleno.



Exposición de motivos


El pleno desarrollo del deporte gallego, así como la afirmación en el concierto internacional del carácter diferenciado de la sociedad gallega, reclaman que los combinados deportivos gallegos, en representación de las respectivas
federaciones deportivas gallegas, puedan intervenir y competir en el plano estatal e internacional como ya lo hacen las representaciones deportivas de otras naciones europeas. Diversas iniciativas ciudadanas (como la iniciativa 'selección galega xa
!' o la más reciente 'Iniciativa Cidadá pola Selección Galega') ponen de manifiesto que nos hallamos ante una reclamación compartida por gran parte de la sociedad gallega y, en especial, por los deportistas y la juventud.



De hecho, la prohibición de la presencia internacional de las selecciones deportivas de Galicia, Euskadi o Cataluña carece de base constitucional alguna y es, simplemente, resultado de una opción política de centralización deportiva
(reflejada con claridad en la vigente Ley estatal 10/1990, del Deporte, y sus normas de desarrollo), de dudoso encaje con la competencia exclusiva asumida por Galicia en materia de 'promoción deportiva y adecuada utilización del ocio' (artículo
27.22 del Estatuto de Autonomía de Galicia). Por otro lado, la exclusividad reclamada por el Estado en materia de presencia y organización de competiciones deportivas internacionales no puede ampararse en la competencia estatal en materia de
'relaciones internacionales' (artículo 149.1.13 CE), dado que ésta se circunscribe -tal y como el Tribunal Constitucional ha tenido ocasión de establecer en diversas ocasiones- estrictamente al 'ius legationis' (es decir, a la representación
diplomática y consular), y al 'ius ad tractatum' (es decir, al poder de obligar internacionalmente al Estado a través de tratados o convenios internacionales): Ninguna de estas dos potestades es invadida cuando la selección gallega participa, en
representación de la correspondiente federación deportiva, en competiciones de ámbito estatal o internacional.



Además, la presencia de una única selección deportiva por cada Estado no es una norma obligatoria a nivel internacional. Al contrario, en diversos Estados se constata la existencia de distintas selecciones nacionales, en consonancia con su
carácter plurinacional. Esta circunstancia está especialmente asumida en el ámbito de la Unión Europea, donde el Parlamento Europeo aprobó la incorporación de un nuevo Considerando al Proyecto de Decisión del Consejo relativa a la seguridad en los
partidos de fútbol de dimensión internacional (12175/1/2001 - C5-0067/2002 - 2001/0824(CNS)), que hacía expresa referencia a la presencia a nivel internacional de selecciones nacionales de las entidades nacionales de los Estados miembros: 'Los
equipos de fútbol nacionales no representan necesariamente a las mismas entidades nacionales que representan los Estados miembros, y deberían tenerse en cuenta las distintas tradiciones y culturas futbolísticas existentes en aquellos Estados
miembros representados en el fútbol internacional por más de un equipo nacional.'


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Respetar el sistema de distribución de competencias derivado del bloque de la constitucionalidad y, en concreto, el ejercicio que la Comunidad Autónoma de Galicia puede realizar de su competencia exclusiva en materia de promoción del
deporte.



2. Realice cuantas actuaciones sean precisas para que las selecciones deportivas gallegas reciban reconocimiento internacional a través de su integración en las competiciones internacionales que las administraciones deportivas gallegas
consideren oportunas.



3. Apoye la posibilidad de que las federaciones gallega, catalana y vasca se integren directamente en las entidades internacionales competentes, realizando las modificaciones normativas y organizativas necesarias para facilitar dicha
integración; adoptando las actuaciones necesarias para que las selecciones nacionales vascas, catalanas y gallegas de las diferentes modalidades deportivas reciban reconocimiento internacional mediante su integración en los organismos
internacionales; y efectuando cuantas medidas sean necesarias para posibilitar esa integración.



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4. Acometa las modificaciones que resulten necesarias en la Ley 10/1990, del Deporte, y en sus normas de desarrollo, en particular el Real Decreto 1835/1991, para permitir a las selecciones deportivas vascas, catalanas y gallegas competir
internacionalmente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2004.-María Olaia Fernández Davila, Diputada.-Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



162/000041


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(162) Proposición no de Ley ante el Pleno


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley relativa a la reparación moral a todas las personas que fueron represaliadas durante la dictadura franquista, y al reconocimiento de la importante contribución de quienes participaron en la lucha y resistencia
antifranquista para la instauración de un régimen democrático en el Estado español.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y
publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, así como notificarlo al Grupo proponente.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de los diputados don Francisco Rodríguez Sánchez y doña Olaia Fernández Dávila (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente Proposición no de Ley, relativa a reparación moral a todas las personas que fueron represaliadas durante la dictadura franquista, y a reconocer la importante contribución de quienes participaron en la lucha y resistencia antifranquista
para la instauración de un régimen democrático en el Estado español, para su debate en Pleno.



Exposición de motivos


El régimen fascista instaurado por los vencedores del alzamiento militar insurgente de 1936 emprendió, como acción sistemática y metódica, una represión brutal contra las personas que se manifestaban a favor de los derechos fundamentales y
libertades públicas, que se extendió hasta los albores del actual régimen democrático.



A pesar de ello, en algunas ciudades del Estado español, hubo ciudadanos que se organizaron para luchar contra el régimen franquista, y con ello contribuyeron de forma muy importante a que se implantara en el Estado español un régimen
democrático, fundamentado en el reconocimiento de los derechos fundamentales y libertades públicas de los individuos, con pleno respeto a la libertad de pensamiento y difusión de las ideas.



La existencia de esta respuesta organizada al régimen franquista fue decisiva además, para que, tras la muerte del dictador Franco, comenzara el proceso de transición democrática que culminaría con la promulgación de la Constitución de 1978,
donde se incluyó el reconocimiento de los derechos fundamentales individuales que ansiaban, y por los que habían luchado, muchos ciudadanos en la dictadura.



A pesar de la importancia de los movimientos de resistencia y combate contra el régimen caudillista, en la transición democrática se acuñó una idea de reconciliación de la sociedad española basada en el olvido, en la desmemoria histórica,
que acabó por impregnar todo ese proceso y a la democracia española, apresurándose a pasar página sin haber mostrado ni el agradecimiento ni el reconocimiento que se merecían todas las personas que fueron víctimas del aparato represor del régimen
franquista, y que con su tenaz oposición al mismo fueron los verdaderos artífices del establecimiento de un régimen democrático en el Estado español. Es cierto que se han producido reconocimientos parciales, fundamentalmente plasmados en normativa
dispersa a partir de la inicial aprobación de la Ley de amnistía de 15 de octubre de 1977, y que significaron la excarcelación de presos políticos del anterior régimen, la restauración en sus puestos de trabajo y el reconocimiento de determinadas
prestaciones sociales; pero esta amnistía no puede servir de justificación para imponer a toda la sociedad una amnesia colectiva, que comprometa el futuro de una auténtica cultura democrática y conmine al ostracismo a las víctimas de la represión.



Es hora, por tanto, de recuperar el legado cívico y democrático dejado por aquellas personas que mantuvieron viva, con inusual dignidad, la llama de la libertad durante el franquismo, y de ofrecerles los honores que


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se merecen por su gran aportación a favor de la consecución de la libertad y la democracia en el Estado español.



Al mismo tiempo, realizando un verdadero ejercicio de justicia, es preciso expresar de forma fehaciente el desagravio hacia todas las víctimas de la represión franquista, para que abandonen la marginación a la cual han sido confinados por el
olvido consciente, derivado de la necesidad de apurar los pasos de la transición democrática.



Enmarcado en ese ejercicio de justicia, queremos recordar singularmente a las víctimas de la represión franquista, y otorgarles un reconocimiento y agradecimiento explícito y público por su labor a favor de la recuperación de las libertades
públicas por parte de las instituciones democráticas en las que reside la soberanía popular. De forma más concreta, en Galicia a los obreros del sector naval, que encabezaron las legítimas aspiraciones de libertad de toda la sociedad, y sufrieron
por ello las consecuencias directas de la represión franquista, y muy especialmente a quienes participaron en las movilizaciones de 1972 en Ferrol, donde hubo una brutal represión, con un resultado grave, pues hubo dos muertos por disparos de arma
de fuego: Amador Rey Rodríguez y Daniel Niebla García.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


1. Reconocer la gran contribución de todas aquellas personas que participaron en la lucha y resistencia antifranquista para la instauración de un régimen democrático en el Estado español.



2. Adoptar las medidas necesarias para reparar moralmente a todas aquellas personas que fueron represaliadas durante la dictadura franquista, por haber defendido la libertad y el ejercicio de derechos fundamentales; así como para reconocer
el daño causado a todas las víctimas o, en su defecto los familiares de las mismas, del terror y la represión de la dictadura franquista.



3. Tomar las medidas necesarias para otorgarles el honor, reconocimiento y agradecimiento públicos por su contribución en la defensa de las libertades públicas y los derechos fundamentales a las víctimas de la represión del régimen
franquista.



4. Reparar, en la persona de los herederos de Daniel Niebla García y Amador Rey Rodríguez, el daño ocasionado por la violenta actuación policial el día 10 de marzo de 1972 en Ferrol.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2004.-María Olaia Fernández Dávila, Diputada.-Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Comisión de Educación, Cultura y Deporte


161/000004


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley relativa a la rehabilitación del monasterio de Santa Catalina de Ares.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Asimismo,
dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado don Francisco Rodríguez Sánchez (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley,
relativa a rehabilitación del Monasterio de Santa Catalina (Ares), para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


En julio del año 2000, el Gobierno respondió al BNG, respecto de la conservación del Monasterio de Santa Catalina (Ares), que 'se está evaluando la posibilidad de realizar un proyecto de rehabilitación, a cargo de fondos procedentes del 1
por ciento cultural, en Ministerio de Fomento'.



Con anterioridad el Gobierno afirmaba, en marzo de 1999, que 'es consciente de que fue instado por el Congreso para la declaración de Bien de Interés Cultural y así se hizo constar a los Ministerios correspondientes para que contestaran' y
que 'conoce la importancia de


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su documentación y archivo histórico así como de su depósito en la Biblioteca Nacional de Madrid'.



Se decía ya que 'una vez desafectado al Ministerio de Defensa, se afecte o no al Ministerio de Educación y Cultura para negociar su rehabilitación'.



Efectivamente, el 18 de diciembre de 1998, a iniciativa del BNG, se aprobó una Proposición no de Ley en la que se instaba al Gobierno a:


'1. Mantener preferentemente los monumentos histórico-artísticos que hayan sido declarados BIC, desafectados por el Ministerio de Defensa, en el Patrimonio del Estado para afectarlos a cualquier otro servicio de la Administración.



2. Promover la firma de convenios con las comunidades autónomas y/o con las corporaciones locales para la cesión de las referidas instalaciones desafectadas por el Ministerio de Defensa, de forma que puedan ser debidamente protegidas,
restauradas y destinadas a uso público, de conformidad con lo establecido en la legislación reguladora de la Gerencia de Infraestructura de la Defensa.



3. Estudiar concretamente esta posibilidad en el caso del Castillo de San Felipe (Ferrol) y del Monasterio de Santa Catalina (Montefaro-Ares), una vez desafectado, para que pudieren ser debidamente protegidos, restaurados y destinados a
servicio público.'


El 27 de enero de 2000 se firmó el documento de Autorización por el que 'el Ministerio de Defensa cede al Ayuntamiento de Ares el uso de la propiedad anteriormente descrita, en la que se ubica el Convento de Santa Catalina, para destinarlo a
los fines públicos que considere convenientes, manteniendo en todo caso la titularidad del inmueble' (condición 2.a).



En la Condición tercera del Acuerdo quedaban claros los compromisos del Ayuntamiento de Ares en el cumplimiento de la aplicación del régimen de protección previsto para los bienes de interés cultural.



No entra en el Acuerdo la privatización de los servicios que se puedan prestar en el Monasterio de Santa Catalina, que deben estar de acuerdo con su carácter histórico.



Hasta hoy, y desde la firma del Acuerdo entre Defensa y el Ayuntamiento, no se evidenció interés por parte del Gobierno municipal en la protección y usos adecuados del Monasterio. Ni siquiera cuenta con la debida vigilancia, lo que
posibilitó que se cometiesen saqueos. Lo que fue una operación de propaganda política evidencia ahora todas sus deficiencias y problemas. La pasividad y desinterés del Gobierno Municipal se ven reforzados por la incapacidad de la Administración
local para sumir la restauración y rehabilitación de un monumento de estas características, que sigue siendo propiedad de la Administración Central. Hay que adoptar medidas urgentes que corrijan el progresivo abandono y deterioro del inmueble, y
elaborar un plan de usos. Es importante que se supere una situación de abandono que pueda llevar a una revisión de las cláusulas del Acuerdo y a la extinción del mismo por incumplimiento. Es necesaria la colaboración de la Administración Local, la
Autonómica y especialmente la Central para la rehabilitación de Santa Catalina y la elaboración de un Plan de usos, como se pensaba hacer, según las respuestas del Gobierno al BNG aludidas. En esta dirección, la Comisión de Educación, Cultura y
Deporte, en su sesión del día 17 de abril de 2002, aprobó una Proposición no de Ley presentada por el BNG.



Es hora de que se revise el Acuerdo de cesión y que la Administración Central colabore en la restauración del inmueble.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Revisar las cláusulas del Acuerdo de cesión por Defensa de los usos del monasterio de Santa Catalina al Ayuntamiento de Ares, de tal forma que existan compromisos de la Administración Central en su protección y restauración mientras
mantenga la titularidad del inmueble.



2. Hacer efectiva la colaboración con el Ayuntamiento de Ares y con la Xunta de Galicia en la elaboración de un Plan Director del Monasterio de Santa Catalina, en Ares.



3. Ejecutar el Plan Director a través de un Convenio de colaboración entre la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de Ares y el Ministerio de Cultura, a financiar por las tres partes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2004.-Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



161/000006


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley sobre actuaciones para la rehabilitación del castillo de San Felipe en Ferrol (A Coruña) con cargo al 1 por ciento cultural.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer


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su conocimiento por la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado Francisco Rodríguez Sánchez (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a
actuaciones de rehabilitación del castillo de San Felipe (Ferrol) con cargo al 1 por ciento cultural, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


El Ministerio de Fomento ya a principios de 2001 estaba redactando el texto definitivo del pliego de condiciones técnicas para la redacción del Plan Director de la rehabilitación del Castillo de San Felipe. El 17 de abril del mismo año
remitió una copia de la propuesta al Ayuntamiento de Ferrol y a la Consellería de Cultura de la Xunta de Galicia. La institución local y la autonómica contestaron con fecha 10 y 28 de mayo, respectivamente.



La Comisión Mixta para el 1 por ciento Cultural acordó, en su Acta XX, aprobar la actuación de rehabilitación del Castillo de San Felipe, financiando el Ministerio de Fomento el 50 por ciento del importe de las obras de rehabilitación para
uso museístico y cultural, con cargo a los fondos disponibles del 1 por ciento Cultural.



Pero, en julio de 2002, la actuación aún no había sido ratificada por la Comisión Mixta del 1 por ciento Cultural, por lo que seguía sin elaborarse el proyecto concreto de Centro de Información, Interpretación y Exposición a los visitantes,
y el proyecto básico, el Plan Director, para la rehabilitación del resto del Castillo.



Debe tenerse en cuenta que el Castillo de San Felipe, sin duda la fortificación costera más importante de toda la Península, construido entre el siglo XVI y el XVIII, fue comprado por el Ayuntamiento de Ferrol al Ministerio de Defensa,
cuando fue desafectado, después de muchos años de batalla para conseguir que no tuviese comprador en pública subasta y que fuese transferido, como bien de interés cultural, a la institución local. Hoy, felizmente, recuperado para el público, está
abierto a las visitas gracias al cuidado y vigilancia del Ayuntamiento.



Es, pues, urgente y necesario que se pueda llevar a cabo un plan de rehabilitación, contando con una planificación de usos, capaz de convertir el castillo en un gran centro de atracción cultural, artística y científica. La envergadura del
inmueble y sus múltiples posibilidades exige colaboración de la administración central y autonómica con el ayuntamiento para llevar a cabo la tarea rehabilitadora, objetivo asumido ya en la teoría por el Ministerio de Fomento con cargo al 1 por
ciento cultural, pero que no acaba de concretarse.



Este inmueble, de gran valor histórico, artístico y arquitectónico, como obra de ingeniería avanzada, forma parte del conjunto denominado 'Castillos y Arsenal de la Ría de Ferrol' que aspira a ser incluido en la lista indicativa del Estado
español para Patrimonio de la Humanidad, con el aval de la Comisión de Educación y Cultura que instó al Gobierno en tal sentido.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno-Ministerio de Fomento a:


1. Proponer con urgencia la ratificación por la Comisión Mixta del 1 por ciento Cultural de la actuación propuesta para la rehabilitación del castillo de San Felipe, ya aprobada previamente en ella.



2. Elaborar el correspondiente proyecto de obras de rehabilitación para uso museístico y cultural (Centro de Información, Interpretación y Exposición a los visitantes), como proyecto concreto, y el Plan Director, como proyecto básico, para
la rehabilitación del resto del castillo, financiando el 50 por ciento de su importe, tal y como se acordó con el ayuntamiento de Ferrol.



3. Consultar, informar y coordinarse con el ayuntamiento de Ferrol y la Xunta de Galicia durante todo el proceso que dure la elaboración y ejecución de los proyectos antedichos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2004.-Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



161/000009


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión


AUTOR: Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



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Proposición no de Ley sobre la enseñanza del valenciano en las escuelas oficiales de idiomas.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Asimismo,
dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la enseñanza del valenciano en las escuelas
oficiales de idiomas, para su debate en Comisión.



La Comisión de Ordenación Académica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno cesante acordó que la actual enseñanza de la lengua valenciana será dividida por decreto en dos titulaciones distintas, con la denominación de
catalán y valenciano en todas las escuelas oficiales de idiomas.



Este acuerdo contradice reiteradamente las declaraciones de la Real Academia Española, de toda la comunidad científica internacional, que reconoce explícitamente que valenciano y catalán son denominación de una misma lengua, y en contra
también de la doctrina del Tribuna Constitucional en su sentencia 75/1997, publicada en el BOE núm. 212 del 21 de mayo del mismo año.



La propuesta de la citada comisión supone un atentado contra la unidad y la integridad de la lengua que en el País Valencià se denomina valenciano, y en la práctica supondría un inaceptable retroceso en la integración y normalización en el
aprendizaje y el uso del valenciano, alejándose de los criterios científicos y docentes asentados.



Es por ello que este Grupo presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Expresar la más enérgica protesta por el acuerdo de separar la educación de la lengua en dos titulaciones distintas, ambas con el nombre de valenciano y catalán, a las escuelas oficiales de idiomas, toda vez que representa un intento
inaceptable de socavar la unidad y la integración de la propia lengua valenciana.



2. Promover las reformas legales oportunas para reparar la situación expuesta, incluida la retirada del Acuerdo de la Comisión de Ordenación Académica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del anterior Gobierno.



3. Efectuar las gestiones y adoptar las medidas que se estimen necesarias, en el ámbito de sus competencias, para salvaguardar la unidad e integridad en la enseñanza del valenciano en las escuelas oficiales de idiomas, respondiendo
exclusivamente a criterios científicos y docentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2004.-Isaura Navarro Casillas, Diputada.-Joan Herrera Torres, Portavoz del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca


161/000008


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley relativa a la aprobación de un nuevo régimen sobre la tasa láctea y la modernización del sector lácteo.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la diputada doña María Olaia Fernández Dávila (BNG) y del diputado don Francisco Rodríguez Sánchez (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la
Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a Proposición no de Ley, relativa a la aprobación de un nuevo régimen sobre la tasa láctea y la modernización del sector lácteo, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


El artículo 115 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, introdujo un severo régimen sancionador aplicable al régimen de la tasa y de la cuota láctea. La disposición final tercera de la
citada Ley habilitó además al Gobierno para efectuar el desarrollo reglamentario del régimen de la tasa láctea.
Ese desarrollo reglamentario se ha llevado a cabo con la aprobación de sendos Reales Decretos, el 217/2004, de 6 de febrero, por el que
se regula la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo y el registro de los movimientos de la leche; y el 291/2004, de 6 de febrero, por el que se regula el régimen de la tasa
láctea.



La aprobación de ese nuevo marco legal se ha efectuado sin haber consultado a las organizaciones sectoriales representativas, evitando el análisis y la discusión previa con los destinatarios de esa regulación, lo que supone una restricción
de la participación de los interlocutores sociales en la ordenación del sector lácteo. La precipitación del Gobierno es evidente, pues además de haber introducido inicialmente las modificaciones en el régimen de la tasa láctea en una norma
instrumental a la presupuestaria, se ha adelantado en exceso a la aprobación de los Reglamentos Comunitarios que aplican el régimen de la tasa láctea, que fueron publicados recientemente [en concreto el Reglamento (CE) 595/2004, de la Comisión, por
que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1788/2003, del Consejo, se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas el día 31 de marzo de 2004].



Ese proceder demuestra que esta normativa en realidad avanza en la reconversión traumática del sector lácteo, que todavía se encuentra inmerso en una aguda crisis derivada de la deficiente asignación de cuota láctea al Estado español y su
desajuste con la producción real, especialmente en algunas zonas altamente productoras como Galicia. Sus estrictos y exigentes requisitos impuestos a los productores y a los primeros comercializadores, que en una parte importante son los
productores agrupados en cooperativas, constituyen una muestra palpable de ello. La exigencia de llevar un registro actualizado bajo su exclusiva responsabilidad de todas las entregas lácteas, el etiquetado de tanques y cubas de frío, la obligación
de comunicar en un plazo extremadamente breve todos los movimientos de leche a la base del Ministerio de Agricultura, son algunos ejemplos de que se hace descansar la responsabilidad de gestionar la aplicación del régimen de cuota láctea en los
productores, a través de una enorme burocracia, sin la menor asistencia de la Administración.



La aprobación de la nueva normativa sobre los movimientos de leche no responde, por tanto, a la introducción de la trazabilidad con el fin de mejorar la transparencia en la comercialización de productos lácteos. El seguimiento de las
entregas de leche termina en la industria, de modo que los exigentes controles impuestos a los productores no tendrán su continuidad en los centros transformadores, por lo que es imposible que los consumidores puedan conocer el origen de la materia
prima con la que se elaboran los productos y derivados lácteos. Es decir, el registro Letra Q obliga a los productores a preservar la calidad de sus entregas, pero en ningún caso garantiza que los productos elaborados en la industria se emplea sólo
leche de calidad, y se evita la importación de leche en polvo foránea para elaborar los productos lácteos ofrecidos al consumidor por las industrias del Estado español.



En suma, es evidente que esta normativa reguladora del régimen de tasa láctea exige asumir nuevas obligaciones a los ganaderos en un momento de crisis agudizada por el descenso de precios de la leche y el incremento de los precios de los
piensos, sin que al mismo tiempo haya un compromiso para la modernización del sector, a través de ayudas públicas, centrado sobre todo en la mejora de su competitividad y el acceso de jóvenes agricultores a las explotaciones lácteas y de forma
similar a lo que han hecho otros Estados de la Unión Europea, que compiten en el mismo mercado.



Por otra parte, la insuficiente cantidad global de cuota láctea atribuida al Estado español ha provocado en determinadas campañas una producción láctea superior a las cantidades de referencia asignadas a muchos ganaderos, lo que ha generado
la exacción a los productores de la tasa suplementaria de la leche durante varias campañas, y con ello una profunda reconversión del sector en zonas especialmente vinculadas a la producción láctea, además de suponer un importante freno al desarrollo
económico de las mismas, como es el caso de Galicia. Esta situación exige revisar la imposición de las sanciones, como única vía para mejorar la situación y hacer viable la permanencia de un importante número de explotaciones lácteas, y con ello
favorecer al asentamiento de población en muchas comarcas rurales.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1.º Derogar los Reales Decretos 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regula la identificación y registro


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de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo y el registro de los movimientos de la leche; y 291/2004, de 6 de febrero, por el que se regula el régimen de la tasa láctea.



2.º Iniciar un proceso de negociación con las organizaciones profesionales representativas la nueva regulación del sector lácteo, que sustituirá a los Reales Decretos a derogar, y que comprenda:


a) Un Plan de modernización del sector lácteo, con ayudas a los titulares de explotaciones lácteas que compensen la acusada bajada de precios y el aumento de los costes.



b) El incremento de las ayudas para la incorporación de jóvenes agricultores a las explotaciones lácteas.



c) Un marco estable que garantice la viabilidad de las explotaciones lácteas existentes, evitando la progresiva desaparición de una gran parte de ellas.



d) La regulación de un sistema transparente de precios de la leche para garantizar la seguridad y estabilidad de los productores, contando con la participación conjunta de la Administración, la industria y el sector productor.



e) La implantación de un sistema de trazabilidad desde la producción hasta la elaboración final de los productos lácteos en la industria transformadora, contando para ello con la asistencia y apoyo de las Administraciones competentes, y
evitando hacer recaer toda la responsabilidad de esta gestión en los productores.



f) La condonación de las multas por supertasa láctea adeudadas por los ganaderos del Estado español en los últimos años, como medida necesaria para fomentar el desarrollo económico del sector lácteo español, en especial en zonas muy
castigadas por la organización común del mercado de productos lácteos, como es el caso de Galicia.



3.º Defender en las Instituciones de la Unión Europea la reivindicación de ajustar la cuota láctea del Estado español a la producción real de leche, impulsando un debate para la reforma de la actual Organización Común de Mercados de la leche
en lo relativo a la asignación de cuota láctea a los Estados miembros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2004.-María Olaia Fernández Dávila, Diputada.-Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Comisión de Infraestructuras


161/000007


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión


AUTOR: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC).



Proposición no de Ley sobre actuaciones para solucionar los problemas derivados de espacio y comodidad que afectan a los usuarios de la estación de tren de Sant Joan Despí (Barcelona).



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Infraestructuras. Asimismo, dar
traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Joan Tardá i Coma, Diputado del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en
Comisión.



Exposición de motivos


Las últimas reformas realizadas alrededor de la estación de tren de Sant Joan Despí, con motivo de la integración tarifaria y la instalación de máquinas que controlan la entrada a la estación, han provocado la reducción del escaso espacio
que había de sala de espera.



Mientras otras estaciones de RENFE de los pueblos cercanos disponen hasta de bar, en la estación de Sant Joan Despí para protegerse del frío hay que parapetarse detrás de una marquesina o del espacio muerto que queda entre los servicios y la
caseta principal de la estación. La otra opción es esperarse a cancelar el billete a última hora para poder estar bajo cubierto y arriesgarse a perder el tren o pasar angustia para subir al tren por el alto número de usuarias y usuarios que hay en
determinadas horas de la mañana.



A pesar de que la integración tarifaria ha aumentado el número de ciudadanas y ciudadanos de Sant Joan Despí que utilizan este transporte para ir a trabajar o estudiar, RENFE no ha realizado ninguna gestión para


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mejorar la infraestructura de la estación y permitir unas condiciones más cómodas y agradables.



Por estos motivos se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Ministerio de Fomento a que haga las gestiones oportunas con RENFE para solucionar, en el plazo de tiempo más breve posible, los problemas derivados de espacio y comodidad que afectan a las usuarias y usuarios de la
estación de tren de Sant Joan Despí.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2004.-Joan Tardá i Coma, Diputado.-Joan Puigcercós i Boixassa, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC).



Comisión de Medio Ambiente


161/000005


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley sobre medidas para dar una solución definitiva que garantice la estabilidad de la playa de A Magdalena en Cedeira (A Coruña).



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Medio Ambiente. Asimismo, dar traslado
del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado don Francisco Rodríguez Sánchez (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley,
relativa a solución definitiva para garantizar la estabilidad de la playa de A Magdalena en Cedeira (A Coruña), para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


La denominada playa de A Magdalena en Cedeira (A Coruña) padece desplazamiento de su arena, según el Ministerio de Medio Ambiente, por tres causas fundamentales: la construcción de un dique rompeolas en el puerto, el régimen de temporales
normales de invierno de los últimos años y la influencia de la variación estacional del régimen hidráulico del río Condomiñas (respuesta por escrito a este diputado, 15 de diciembre de 2000). Cada una de estas causas tiene una influencia diferente.



En 2001, la Dirección General de Costas llevó a cabo una actuación de redistribución de áridos en la playa de Cedeira, con el fin de intentar proteger el sistema dunar amenazado y mejorar la estabilidad de la playa a corto plazo. La
actuación no impidió la merma nuevamente de áridos por causa de las corrientes, lo que señala como origen fundamental del problema la construcción del dique rompeolas. Hay que buscar una solución definitiva, si no se quiere que la repercusión en la
economía de Cedeira, un municipio en parte turístico, sea muy negativa, ya que es un espacio de gran interés ecológico y uno de sus referentes emblemáticos.



El Ayuntamiento aportó a Costas un interesante material gráfico y espera que el Ministerio de Medio Ambiente asuma una solución definitiva de la forma más urgente posible, ya que por ahora sólo existe la voluntad de redactar un proyecto 'que
estudie las causas y determine las soluciones que garantizarían la estabilidad de la playa a largo plazo' (respuesta por escrito del Gobierno a este diputado de 12 de diciembre de 2002).



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Declarar de urgencia la elaboración del proyecto que estudie las causas y determine las soluciones para garantizar la estabilidad de la playa de A Magdalena, en Cedeira, A Coruña, a largo plazo.



2. Ejecutar, de acuerdo con el Ayuntamiento, las soluciones más idóneas que se determinen en el antedicho proyecto con la urgencia que el caso requiere y, en todo caso, contemplando la debida partida presupuestaria en los Presupuestos
Generales del Estado para 2004.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2004.-Francisco Rodríguez Sánchez, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000003


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad


AUTOR: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el Pleno de este Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 2192/1995, planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, respecto de la disposición adicional
segunda, párrafo segundo, del Real Decreto-Ley 3/1989, de 31 de marzo, de Medidas Adicionales de Carácter Social, y del artículo 216.5, párrafo segundo, del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley General de la Seguridad Social.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios y Documentación de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, el encabezamiento y el fallo de la sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2004.-P. D. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, Manuel Delgado-Iribarren García-Campero.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Tomás S. Vives Antón, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez
Sánchez, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo y don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2192/95, promovida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha por supuesta inconstitucionalidad de la Disposición Adicional Segunda, párrafo segundo, del Real
Decreto-Ley 3/1989, de 31 de marzo, de Medidas Adicionales de Carácter Social, y, asimismo, del art. 216.5, párrafo segundo, del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, por su posible contradicción con el art. 14, en relación con el art. 41, ambos de la C.E. Han comparecido el Fiscal General del Estado y el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Guillermo Jiménez Sánchez, quien
expresa el parecer del Tribunal.



FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nacion española,


Ha decidido


Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid a 15 de abril de 2004.