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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 849, de 19/06/2007
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2007 VIII Legislatura Núm. 849

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª CARMEN MARÓN BELTRÁN

Sesión núm. 55

celebrada el martes, 19 de junio de 2007



ORDEN DEL DÍA:


Debate sobre:


- Solicitud de prórroga para la finalización de los trabajos de la subcomisión sobre la Política de Inmigración. (Número de expediente 154/000010.)... (Página 2)


- Ratificación de la ponencia designada para informar el proyecto de Ley por la que se reconoce y regula la lengua de signos española y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y
sordociegas. (Número de expediente 121/000073.)... (Página 2)


- Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre el proyecto de Ley por la que se reconoce y regula la lengua de signos española y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con
discapacidad auditiva y sordociegas. (Número de expediente 121/000073.)... (Página 2)


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Se abre la sesión a las once y cuarto de la mañana.



DEBATE SOBRE:


- SOLICITUD DE PRÓRROGA PARA LA FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE LA SUBCOMISIÓN SOBRE LA POLÍTICA DE INMIGRACIÓN. (Número de expediente 154/000010.)


La señora PRESIDENTA: Señorías, damos comienzo a esta sesión de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales.



Primer punto del orden del día: Solicitud de prórroga para la finalización de los trabajos de la subcomisión sobre la Política de Inmigración. La prórroga sería de seis meses. ¿Acordamos esa prórroga? (Asentimiento.)


- RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE RECONOCE Y REGULA LA LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA Y SE REGULAN LOS MEDIOS DE APOYO A LA COMUNICACIÓN ORAL DE LAS PERSONAS SORDAS, CON DISCAPACIDAD AUDITIVA Y
SORDOCIEGAS. (Número de expediente 121/000073.)


La señora PRESIDENTA: Segundo punto: Ratificación de la ponencia designada para informar sobre la iniciativa legislativa que reconoce y regula la lengua de signos española y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las
personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. ¿Ratificamos la ponencia? (Asentimiento.)


- EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE RECONOCE Y REGULA LA LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA Y SE REGULAN LOS MEDIOS DE APOYO A LA COMUNICACIÓN ORAL DE LAS PERSONAS SORDAS, CON
DISCAPACIDAD AUDITIVA Y SORDOCIEGAS. (Número de expediente 121/000073.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos al 3.er punto del orden del día: Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia.



Antes de dar el primer turno de palabra quiero decirles a SS.SS. que la votación no será antes de las 12:45, para que todos estén pendientes. Sin más dilación, comenzamos con las intervenciones de los grupos de menor a mayor. Tiene la
palabra por el Grupo Mixto, Bloque Nacionalista Galego, la señora Fernández.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Señorías, en primer lugar queremos manifestar nuestra satisfacción por encontrarnos en el debate de las enmiendas que presentamos al proyecto de ley por la que se reconoce la lengua de signos española y se
regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. Nos sentimos satisfechos porque por fin estamos finalizando un trámite, que pensábamos iría más rápido pero que llega en el momento
oportuno después de un importante trabajo entre los distintos grupos parlamentarios. Quiero destacar la colaboración de todos, en especial, del grupo mayoritario -del Grupo Socialista-, que hizo posible que pudiéramos llegar a acuerdos y conformar
una serie de transacciones que en el día de hoy se van a incorporar al texto que, desde nuestro punto de vista, pueden satisfacer no enteramente -porque la satisfacción nunca es completa-, pero sí de manera suficiente a los colectivos de las
personas que padecen discapacidad auditiva.



Pasamos a defender nuestras enmiendas, veinticinco, mediante las que tratamos de transmitir las ideas y las opiniones de aquellas personas a las que va dirigido este proyecto de ley, aquellas que mejor conocen su problemática al igual que
las alternativas, los servicios y la ordenación para mejorar las condiciones de vida, sobre todo aquellas relacionadas con la comunicación con los otros. Prácticamente esas veinticinco enmiendas fueron transaccionadas. Vamos a retirar algunas,
como explicaré al final, por esas transacciones. Paso a explicar las razones por las que presentamos las enmiendas y por las que estamos de acuerdo con las transacciones efectuadas.



En concreto, en las enmiendas números 101, 102 y 103 a la exposición de motivos compartimos la idea que se proponía inicialmente en el proyecto de ley relativa a que se limitaba la evocación de ciertos hitos que no reflejaban de forma
completa la evolución histórica de la lengua de signos y diferentes acontecimientos protagonizados por personas o entidades que han supuesto grandes pasos incluso para el desarrollo de esta ley. Nos sentimos satisfechos, como decía antes, con las
transacciones efectuadas con otros grupos porque recogen más ampliamente el sentir del colectivo de las personas que son objeto de esta ley. El resto de nuestras enmiendas se dirigen al articulado y van de la número 104 a la número 118, menos las
enmiendas 112 y 115. Enmendamos los artículos 2 y 7, relacionados con el derecho al aprendizaje, al conocimiento de la lengua de signos y, en particular, al aprendizaje en la formación reglada y no reglada; el artículo 3 que regula los efectos de
la ley y el artículo 4 relacionado con las definiciones. La enmienda número 114 modifica la disposición final relativa a las sanciones.



Acordamos la transacción de estas enmiendas -menos las números 112 y 115 que, como decía antes, vamos a retirar- porque recogen los aspectos fundamentales a incorporarar a la ley y que eran compartidos,


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como pudimos comprobar después, si no por la totalidad sí por la mayoría de los grupos parlamentarios. Se incorporan transacciones al texto que acuerdan importantes cuestiones que no solamente mejoran la norma en aquellos aspectos que
regula, sino también en su desarrollo posterior. Se da mayor coherencia al reconocimiento de la lengua de signos española como lengua y al derecho lingüístico que las personas sordas defienden, al mismo tiempo que la incorporación del derecho del
conocimiento de la lengua catalana deja las puertas abiertas a otras posibilidades de lenguas propias del Estado desde el punto de vista de la lengua de signos. Señorías, cada vez más se reconocen los beneficios de la educación bilingüe y está
demostrado que ésta favorece el desarrollo cognitivo, el desarrollo lingüístico y no es la primera vez que leemos informes en los que se relaciona el bilingüismo y la inteligencia.
Especialistas en bilingüismo defienden que los Estados deben
asegurar a las minorías lingüísticas en su territorio no solo la utilización de sus lenguas, sino el derecho a mantener la existencia de las mismas. Todas las asociaciones representativas de los colectivos de personas con discapacidad auditiva
reivindican ese mismo derecho a la educación bilingüe tanto para niños como para niñas con sordera, ya que se ha comprobado que es beneficioso para su desarrollo educativo en general. En la actualidad las experiencias bilingües se han extendido por
todo el mundo obteniendo unos resultados positivos que demuestran mejores niveles académicos de las personas objeto de la ley: reducción de las dificultades en la enseñanza, aprendizaje de la lengua escrita y un mejor desarrollo socioafectivo. De
ahí que sea importante que se pueda incorporar al texto la garantía del derecho al aprendizaje de la lengua de signos en el sistema educativo. Otra de las transacciones en la que hemos llegado a un acuerdo es la que modifica el artículo 15 que
facilita el consenso no solo parlamentario sino de las diferentes sensibilidades que concurren en el grupo de personas sujetas a esta ley, ya que parece lógico que no se pueda crear el centro de normalización lingüística sin tener en cuenta el
importante acervo acumulado por la labor del movimiento asociativo de la comunidad lingüística implicada en el desarrollo, uso y aplicación, enseñanza e innovación de la lengua de signos. Igual que no parece razonable que la inscripción del centro
no pueda limitarse a las competencias del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.



La razón que nos ha llevado a presentar las enmiendas números 122, 123, 124, 125 y 126, dirigidas a enmendar los artículos 13.1 y 14.1, tiene que ver con la puesta en servicio de los aspectos que se recogen y que están relacionados con los
derechos de los sujetos a los que va dirigida la ley, tanto para el aprendizaje como para que puedan contar con los servicios necesarios de intérpretes de lengua de signos que faciliten su convivencia, relación, actuación social, etcétera. Es
decir, son enmiendas que pretenden que la ley aplique estos aspectos que acabamos de comentar. Si las retiramos es, por un lado, porque entendemos, de acuerdo con las transacciones efectuadas, que se garantizan mejor los derechos que en el proyecto
inicial y, por otro, porque mantenerlas significaría incorporar algo que luego no podríamos llevar a cabo porque, sobre todo en los momentos iniciales del desarrollo de la ley, no sería posible.
Considerando que están transaccionadas en la medida
en que garantizan mejor esos servicios y derechos del colectivo de personas con discapacidad auditiva y sordo ciegas, retiramos las enmiendas. El debate de estos temas, así como la mejora efectuada por la incorporación de transacciones o enmiendas
que acabamos de mencionar, nos lleva a apreciar que todas nuestras enmiendas han sido transaccionadas o, en el caso de que no lo hayan sido, se han incorporado nuestros puntos de vista en la medida en que se recogen nuestras inquietudes. Para
finalizar, como manifestamos al inicio de nuestra intervención, con nuestras enmiendas hemos tratado de trasladar cuestiones que eran reivindicadas por los colectivos de personas a los que va dirigida la ley. En los argumentos que utilizamos para
sustentar estas enmiendas recogimos -no sé si fielmente, pero cuando menos en el espíritu- las razones que nos trasladaron estos colectivos en las reuniones que tuvimos no solamente durante la tramitación de la ley sino en los últimos años en la
medida en que nuestro grupo político, cuando menos en Galicia, ha tenido una relación con las asociaciones representativas del colectivo de personas con discapacidad auditiva en cuanto a la necesidad de elaborar y aprobar una ley y en otros muchos
aspectos para mejorar la vida y las condiciones de comunicación de estas personas. Espero que finalice el trámite lo antes posible, algo que todos nos agradecerán.



La señora PRESIDENTA: Entiendo de su intervención, señora Fernández, que ha retirado sus enmiendas y que da por defendidas las del Grupo Mixto, señor Labordeta y señora Lasagabaster.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Efectivamente.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora García por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



La señora GARCÍA SUÁREZ: En primer lugar quisiera, como ha hecho mi antecesora en el uso de la palabra, resaltar la gran satisfacción que para mí personalmente como diputada y para mi grupo significa que finalmente esta Comisión esté a
punto de aprobar esta ley cuyo proceso ha sido largo y muy esperado por muchas personas afectadas, sus familiares y los colectivos que han trabajado en este tema durante muchos años.
Podemos concluir que ese largo proceso ha sido fructífero por el
resultado que ha tenido la ley tal como podremos ver en esta sesión.
Quiero poner en valor que me he sentido personalmente muy escuchada y útil en el trámite de esta ley. Felicito también a los portavoces


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socialistas, al señor Heredia y, especialmente, si me lo permiten, a la señora Esperança Esteve, con la que hemos podido trabajar más estrechamente, por su buen hacer y capacidad de diálogo y de negociación que va a permitir que hoy
aprobemos por unanimidad esta ley.



Estamos ante una ley que es, desde nuestro punto de vista, una asignatura pendiente del Estado del bienestar social y que tiene antecedentes. No hay duda de que la Ley 51/2003 de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad
universal de las personas con discapacidad significó ya el reto de llegar a este Estado de derechos en bienestar social para las personas sordas y para aquellas que tienen alguna dificultad. Al inicio de la tramitación de esta ley nuestro grupo
escuchó muy detenidamente a todas las personas que comparecieron a petición de los diversos grupos, quienes nos informaron de las necesidades que esta ley debía resolver. Es una ley que ha de cumplir fundamentalmente con lo que marcan los artículos
10.1 y 14 de la Constitución española. La principal finalidad es situar a todas las personas en igualdad de condiciones y que tengan las mismas oportunidades y posibilidades para el desarrollo de los derechos fundamentales y de una vida digna. En
definitiva, es una ley por la que se reconoce y regula la lengua de signos española -seguramente hoy vamos a aprobar su cambio- y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.



A este proyecto de ley nuestro grupo presentó un total de 44 enmiendas. No las voy a nombrar todas porque son muchas y no quiero alargarme demasiado, pero sí haré un breve repaso de lo que pretende mi grupo. En primer lugar, hemos pedido
que en la exposición de motivos y de manera transversal en el articulado no se hable de lengua de signos española, sino de lenguas de signos. Después se va a presentar una transaccional que resuelve este tema y que pide el máximo respeto a los
usuarios de lengua de signos española y catalana. Otro conjunto de enmiendas van dirigidas a dotar de mayores medidas a los diferentes ámbitos de la vida cotidiana. Creíamos oportuno modificar el verbo promover y facilitar por el de garantizar.
También tenemos enmiendas al artículo 1. Proponemos introducir modificaciones para clarificar la redacción, equiparar la regulación de ambas lenguas de signos, la española y la catalana, e introducir el principio de igualdad. Al artículo 4,
nuestro grupo propone eliminar la referencia del 33 por ciento del grado de minusvalía, pues entendemos que existen personas sordas que a pesar de no tener reconocido el 33 por ciento de minusvalía pueden ser también beneficiarias de las medidas y
de garantías de esta ley. Respecto al artículo 4 k), introducimos modificaciones en las figuras de los profesionales de la logopedia, del maestro especialista y del psicopedagogo. También se van a presentar transaccionales que resuelvan lo que
para nosotros era importante abordar. Al artículo 4 proponíamos la introducción de nuevas figuras profesionales -logopeda, educador, intérprete educativo- y con la transaccional propuesta creemos que será de suficiente resolución. En el texto
pedimos una mayor garantía en la efectividad del derecho a la información y a la comunicación de las personas sordas y sordociegas, en el sentido de que los servicios de intérpretes no sean por solicitud previa sino que sean efectivos en todos los
ámbitos de nuestra sociedad: en educación, en formación y trabajo; en salud; en cultura, deporte y ocio; en transportes; en relaciones con las administraciones públicas; en la participación política; en los medios de comunicación social, de
telecomunicaciones y sociedad de la información. También solicitamos modificaciones al artículo 15, ya que el proyecto de ley preveía la creación de un centro de normalización lingüística de la lengua de signos española y nosotros planteábamos la
necesidad de crear también uno correspondiente a la lengua de signos catalana, partiendo de la riqueza cultural que este hecho representa. Nuestra enmienda a la disposición final tercera pretende establecer un mayor compromiso presupuestario en la
implantación y desarrollo de la lengua de signos. Finalmente -no he mencionado todas las enmiendas, pero sí las que he querido resaltar-, introducimos una disposición transitoria relativa al régimen de sanciones para reforzar el desempeño de la
ley. Solicitamos que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley el Gobierno remita a las Cortes la regulación de un régimen de infracciones y sanciones.



Después de este proceso que valoramos muy positivamente de negociación, de consenso y de diálogo con todos los grupos, nuestro grupo ha aceptado seis enmiendas y se siente partícipe de transacciones en 25 enmiendas.
Como es una ley que
tiene como objetivo primordial ponernos al día en esta asignatura pendiente con el colectivo afectado y todos los grupos han presentado numerosas enmiendas, de todo esto se va a deducir una gran aproximación y un consenso amplio. Nuestro grupo está
de acuerdo con estas transaccionales y retiraremos las catorce enmiendas que no han sido recogidas total ni parcialmente, cuyos planteamientos se han incorporado mejorando alguna de las enmiendas que hemos presentado. Con el fin de alcanzar este
consenso en esta ley y que con su resultado final todos nos sintamos cómodos, partícipes y satisfechos, nuestro grupo retirará estas enmiendas.



Quisiera resaltar finalmente que en esta ley ha habido interés en anteponer las coincidencias a las diferencias gracias al trabajo de todos los grupos, hecho por el que tenemos que felicitarnos. El objetivo de esta ley es claro y concreto:
la igualdad de oportunidades para todos los colectivos con discapacidad auditiva y sordociegos. En el debate final del Pleno mi grupo hará un reconocimiento más amplio a los colectivos afectados y al reto tan importante que esta ley tiene por
delante.



La señora PRESIDENTA: Señora García, entiendo también retiradas las enmiendas. (Asentimiento.)


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Tiene la palabra por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) el señor Olabarría.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: También mi grupo participa de esta autofelicitación -vamos a calificarla así- colectiva que todos están realizando. Parece un poco petulante felicitarse a sí mismo, pero puesto que los demás lo están haciendo y
por no quedarnos atrás, no se vaya a malinterpretar, nos vamos a felicitar también colectivamente a nosotros mismos y a los demás. (Risas.) Estamos haciendo algo relevante: consagrar un derecho denominado de nueva generación, de ciudadanía, que
adquirirá dimensión cuando se reforme la Constitución, suponiendo que metafísicamente esto sea algo que se pueda plantear. Es un texto, como las Tablas de la Ley, poco menos que intocable, pero algún día se incorporarán los llamados derechos de
nueva generación, de la ciudadanía.
Me gustaría enfatizar, señora presidenta, que estamos cumpliendo con mandatos de la Constitución actualmente vigente. Me refiero al artículo 41, que obliga a los poderes públicos del Estado a proteger de forma
suficiente cualquier situación de necesidad -las personas sordas, mudas y sordociegas padecen una situación de necesidad evidente-, y aunque del citado artículo ha dimanado solo el sistema público de pensiones, la jurisprudencia constitucional le ha
dado a este artículo 41 y a su contenido esencial una dimensión mucho más amplia cuando habla de cualquier situación de necesidad, también de las que afectan a estos colectivos. Me refiero al artículo 49, en relación con las discapacidades. Sobre
todo es importante invocar siempre al artículo 9.2 de la Constitución y a ese efecto motriz que consagra, obligando a los poderes públicos a remover cualquier obstáculo que impida la efectiva igualdad entre los ciudadanos, cualesquiera que sean sus
circunstancias.
Desde esta perspectiva, nos embarga también esa felicidad colectiva que embargaba a los demás grupos, y lo queremos proclamar así. No voy a hacer una relación pormenorizada de nuestras enmiendas, sino que voy a explicar los tres
bloques argumentales, sin citar ninguna, señora presidenta, y adelantándole ya que cautelarmente vamos a mantenerlas todas hasta el Pleno. Como hay muchas transacciones ofertadas, luego veremos en qué términos las retiramos o no. La prudencia
aconseja el mantenimiento de las mismas, no vaya a ser que se produzcan cuestiones sobrevenidas que impidan que esta felicitación se culmine de forma tan esplendorosa.



En primer lugar, tenemos una duda conceptual, no resuelta en un largo trámite de comparecencias celebradas en esta Comisión, porque había quien invocaba que la lengua de signos es una lengua en sí misma, con lo cual se incorporaría a la
cooficialidad existente en las comunidades autónomas, o no es una lengua sino un elemento instrumental para poder comunicarse a través de las lenguas existentes. Respecto a este tema hay opiniones discrepantes y no quedó suficientemente claro en la
Comisión.
Desde esa perspectiva, tenemos un bloque amplio de enmiendas que hacen referencia a que, puesto que existe una lengua de signos con relación a la lengua española, como soporte instrumental, otra lengua de signos con relación a la lengua
catalana -también utilizando la lengua de signos no como tal lengua, sino como soporte instrumental-, también en aquellas otras comunidades autónomas en las que exista lengua cooficial -léase Euskadi o Galicia-, puede existir una lengua de signos
que se erija en soporte instrumental del euskera, del gallego, etcétera. No hay que ser un lingüista muy reconocido sino solo haber leído lo más elemental sobre lingüística para saber que una lengua no es más que un grupo estructurado de códigos de
comunicación que se basan y transmiten una metacultura.
Sabiendo eso, el euskera, el catalán, el gallego o cualquier otra lengua del mundo son tan respetables como la lengua española o el castellano para que se articule una lengua que sirva de
soporte para las personas sordas, sordomudas y sordociegas. Por tanto, señora presidenta, hay un primer bloque argumental de enmiendas que hacen referencia a esta cuestión, a la posibilidad de que existan lenguas de signos como soporte
instrumental, en el ámbito de la prestación de servicios de intérprete, de ocio, cultura y deporte, de formación reglada, educación y aspectos curriculares de la educación, medios de apoyo, medios de comunicación, participación política,
transportes, etcétera.



Un segundo bloque de enmiendas -este sería el segundo bloque argumental que voy a utilizar- hace referencia al respeto de las competencias autonómicas, que creo van a ser objeto de satisfactoria solución. Existe una buena predisposición
para la aceptación de estas enmiendas, que hacen referencia a lo que ya ha proclamado la jurisprudencia constitucional, particularmente la sentencia 87/1997, que confiere a las comunidades autónomas con competencia en materia de promoción de la
lengua propia, de la lengua cooficial, nada menos que la competencia de regulación de los aspectos esenciales de la cooficialidad de las mismas. Estamos hablando de un problema de cooficialidad -con una lengua instrumental, la lengua de signos,
pero de un problema de cooficialidad- y, desde esa perspectiva, también nosotros invocamos que las competencias de los gobiernos autonómicos, en este caso en materia lingüística -en las tres o cuatro lenguas cooficiales que existen actualmente en el
Estado español, dependiendo de cuántas entendamos que existen-, se reconozcan. Esto hace referencia a las competencias en las materias que antes he comentado: ocio, cultura y deporte, formación reglada, educación y aspectos curriculares, medios de
apoyo, medios de comunicación, participación política, transportes, etcétera. Esperamos del bueno talante del grupo mayoritario que estas enmiendas sean objeto de aceptación.



Por último, las enmiendas singulares serían las siguientes. Como son tres enmiendas y tienen un carácter más conceptual, voy a detenerme en las mismas no con mucho pormenor, pero sí con algún detalle. El artículo 2 de este proyecto de ley
es un artículo troncal, y establece


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que se reconoce el derecho de libre opción de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas al aprendizaje, conocimiento y uso de la lengua de signos española, así como de los distintos medios de apoyo a la comunicación oral.
Esta última expresión, comunicación oral, nos parece perturbadora, señora presidenta. En esta ley debería regularse solo todo lo atinente a la lengua de signos, porque los aspectos relativos a la comunicación oral están ya muy prolijamente
regulados en otras normas que resultan de aplicación y que ni siquiera son objeto de derogación por este proyecto de ley; me estoy refiriendo a la Orden de 18 de septiembre de 1990, la Orden de 9 de diciembre de 1992, el Real Decreto 696/1995 y una
larga miscelánea de normas que regulan el apoyo a la comunicación oral de las personas que posean este problema. Esta es una cuestión de filosofía -si vamos a errores, vamos a errores, y si vamos a setas, vamos a setas; la señora Cortajarena sabe
a qué me estoy refiriendo-, y si lo que estamos regulando es la lengua de signos, cuestiones colaterales que pueden perturbar el contenido esencial y material de este proyecto de ley no nos parecerían particularmente pertinentes. Otra enmienda en
la que quiero detenerme es la número 98, que hace referencia a lo que se llama hecho diferencial de Euskadi. Uno de los hechos diferenciales de Euskadi, además de los identitarios, es la complicadísima estructura institucional de este país, donde
no solo hay Administración periférica del Estado, Gobierno autonómico y entidades forales, sino un número importante de instituciones, que aquí se consignan en el artículo 13.2 y no creo que tenga mayor problema su aceptación. Hace referencia a que
todo lo que se requiere para las administraciones se inquiera para la compleja estructura administrativa de una comunidad autónoma como la de Euskadi. Esto forma parte de la naturaleza de las cosas y debería, por tanto, ser aprobado.



Por último, quiero compartir lo dicho por la señora García. Una ley que no tiene un procedimiento disciplinar ni un régimen de sanciones está llamada a ser incumplida, no solo porque esto está experimental y empíricamente comprobado, sino
porque así lo advierte el Tribunal Constitucional en la sentencia 129/1991. Si a este proyecto de ley no le incorporamos un régimen de sanciones, mediante la correspondiente tipificación, y un procedimiento sancionador va a ser muy difícil que esta
ley cumpla las funciones tan beneméritas que antes todos hemos invocado. Desde esta perspectiva, esta es la última enmienda que presentamos, la número 100, y con esto doy por concluida mi intervención.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo de Esquerra Republicana, señor Tardà.



El señor TARDÀ I COMA: En el caso de Esquerra Republicana de Catalunya -y creo que también en el del resto de grupos parlamentario catalanes-, el conjunto de enmiendas, que se eleva a 55, tiene en su mayoría un objetivo, que es encontrar un
escenario óptimo: el reconocimiento de la existencia de la lengua de signos catalana. Para defender los derechos de todas las personas discapacitadas, y en particular de aquellas que tienen un déficit de audición o son sordociegas estamos los
parlamentarios, porque todos estamos a favor de superar ese déficit, pero para reivindicar la lengua de signos catalana estamos solo los catalanes. Si no viniéramos a este Parlamento a reivindicarla, quizá, y con razón, el resto de diputados y de
diputadas del Estado no tendría por qué asumir mayores responsabilidades, si los propios catalanes no las asumimos. Por ese motivo, entenderán que un buen número de esas enmiendas tuvieran como objetivo llegar al reconocimiento de la lengua de
signos catalana. Debo decir, tal y como ya han afirmado otros parlamentarios que me han precedido en el uso de la palabra, que el objetivo ha sido alcanzado y estamos satisfechos del resultado final. En este caso, los catalanes no hablamos de
satisfacción porque sí, sino porque al principio dudábamos de conseguirlo en el momento en que vimos en la primera redacción aprobada en Consejo de Ministros había un título que decía: por la que se reconoce y regula la lengua de signos españolas y
se regulan los medios de apoyo, etcétera. A los demás no sé, qué les parecerá, pero no hay nada peor que no existir. Total transparencia. En cambio, ahora tenemos un título que reconoce que en el Estado español existen dos lenguas de signos y por
eso hemos consensuado el título lenguas de signos españolas. A partir de aquí, se entiende que dicho título, que es de carácter político, incluye dos estructuras: la lengua de signos catalana y la lengua de signos española. Ciertamente, hay dos
adjetivos que coinciden, pero uno tiene un paradigma de carácter político y otro reconoce una lengua de signos que es mucho más usada que la catalana. El título nos permite decir que el objetivo ha sido alcanzado, ya que en la exposición de motivos
se habla de la lengua de signos catalana, que es la lengua propia de las personas sordas de Cataluña. Supongo que entenderán que vengamos con este ánimo al Parlamento del Estado, puesto que la ley orgánica española llamada Estatuto de Autonomía de
Cataluña habla en su artículo 50 de la difusión de los poderes públicos del uso de la lengua de signos catalana y de las condiciones que permitan alcanzar la igualdad de las personas con sordera que opten por esta lengua, que tiene que ser objeto de
enseñanza, protección y respeto. En cumplimiento de este artículo 50 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, me consta que el Parlamento de Cataluña está trabajando junto con el Gobierno en la elaboración de una ley catalana.
Para nosotros es muy
importante y no solo motivo de satisfacción, sino también de felicitación al resto de los grupos parlamentarios -entre comillas-, españoles. Gracias por esta ley porque nos va a permitir que la ley catalana, que, repito, llegará dentro de unos
pocos meses, actúe como engranaje con la ley española. Para nosotros -la expresión que voy a utilizar ahora creo que es de la diputada y compañera Esteve- es una especie de paraguas para que en Cataluña podamos hacer los deberes.



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En este caso no ocurre lo que normalmente sucede y es que a veces desde el Estado -lo voy a decir en catalán porque no sé cómo es en castellano- se nos hace la puñeta. Al parecer, esta ley será un lubricante que permitirá que el Parlamento
de Cataluña pueda hacer bien los deberes (Risas.) Sí, un lubricante, para los engranajes por supuesto. Necesitaba razonar por qué les felicitábamos.



La señora PRESIDENTA: Señor Tardà, por favor, céntrese en su intervención.



El señor TARDÀ I COMA: Quiero destacar algunos aspectos. De las 55 enmiendas, 44 han sido transaccionadas, ocho rechazadas y dos aprobadas en su integridad. Entendemos que algunas hayan sido rechazadas y me refiero al centro de
normalización lingüística de la lengua de signos catalana, que en un primer momento enmendábamos para su concreción. En la medida en que el Gobierno de Cataluña va a elaborar la ley, entendemos que este aspecto no se debe incluir. Pertenece al
ámbito competencial catalán y ya hemos pactado una transaccional que implica al Gobierno español en la financiación de la ley de signos catalana, tanto en su fomento como en su desarrollo tecnológico. Esto es, desde Cataluña se podrá legislar, tal
como permite el texto estatutario, y de la misma manera que el Gobierno del Estado, la Administración General del Estado, participará económicamente en la financiación del centro de normalización lingüística de la lengua de signos española, la ley
incluye la obligación del Estado de financiar el fomento y uso de la lengua de signos catalana.
Esto ya lo incluimos en una disposición final de la ley.



Quiero destacar los artículos 13, 14 y 15, pues son los que nos permiten no sentirnos invadidos -entre comillas- por los medios de comunicación social de ámbito estatal y por la Administración General del Estado.
Destacaría el artículo 14
en el cual un buen número de nuestras enmiendas han sido transaccionadas. Por lo que se refiere a estos tres artículos, debo señalar que ninguna de nuestras enmiendas ha sido rechazada, sino que todas han sido transaccionadas, lo cual nos satisface
en la medida en que ha habido voluntad para buscar fórmulas de consenso. Para el artículo 14, relativo a los medios de comunicación social, hemos encontrado una redacción que nos parece interesante: 'Los poderes públicos promoverán las medidas
necesarias para que los medios de comunicación social... sean accesibles a las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas mediante la incorporación de las lenguas de signos españolas'. ¿Por qué? Porque no todas las cargas tienen que
recaer en los medios de titularidad pública. No tiene ningún sentido que no sean asumidas, por ejemplo, por las televisiones privadas. Para nosotros es un gran avance que se incorporen las lenguas de signos españolas y la razón es evidente. Si
los medios de comunicación de masas, los privados y los públicos, pero básicamente los privados, que están destinados en los próximos años a ser los medios con mayores audiencias, no asumen también el uso de la lengua de signos catalana, existirá un
verdadero proceso de sustitución de la lengua de signos catalana por la de signos española. Para nosotros este punto es fundamental y ha sido un gran avance, de la misma manera que el que se haya incorporado al articulado la necesidad de que las
administraciones públicas en todas sus vertientes y las instituciones deban contemplar las dos lenguas. No sé si será porque este avance puede parecer de menos calado en tanto en cuanto no afecta a las lenguas orales, pero nos gustaría que en su
traslación a las lenguas orales se progresase tanto como se progresa en lo que respecta a las lenguas de signos en esta ley. De igual manera, les recuerdo la vergüenza, el ridículo que provocó hace unos meses un anuncio del Ministerio del Interior
que instaba a los ciudadanos a acudir a los ayuntamientos a revisar el censo para poder acudir a las urnas y se utilizaba la lengua de signos española, con lo cual los ciudadanos que padecen esta discapacidad en Cataluña quedaban huérfanos de
información. Esto ya no volverá a ocurrir con esta ley...



La señora PRESIDENTA: Señor Tardà, vaya terminando. Agotó su tiempo.



El señor TARDÀ I COMA: Voy terminando, señora presidenta.



Decía que situaciones como esta ya no se volverán a repetir en tanto en cuanto se ha incorporado un conjunto de enmiendas según las cuales todo lo emanado de la Administración General del Estado y de todos los órganos debe contemplar el uso
de las lenguas de signos españolas, es decir, la lengua de signos española y la lengua de signos catalana. En definitiva, como la próxima semana tendremos oportunidad de hacer una valoración más global en el Pleno, debo decir que retiramos las ocho
enmiendas, en tanto en cuanto entendemos que, en términos generales, con las 44 enmiendas transaccionadas y con las dos integradas en su totalidad se han contemplado las aspiraciones que nos habíamos propuesto al inicio del trámite de esta ley.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señorías, mi grupo, como no puede ser de otra manera, coincide con las ideas de fondo que han expresado los grupos que han intervenido hasta el momento en el sentido de entender que este texto que hoy aprueba
la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales de reconocimiento de las lenguas de signos que se hablan en España responde a un consenso total de todos los grupos de esta Comisión y a la mayoría de las demandas, de las necesidades, de las inquietudes que
los diversos grupos sociales vinculados al ámbito de la sordera y de la deficiencia auditiva nos habían planteado


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en los últimos tiempos. Ese consenso total se pondrá de manifiesto cuando, previsiblemente, el dictamen de esta Comisión sea aprobado por unanimidad expresando, desde la perspectiva de Convergència i Unió, que hemos resuelto la principal
cuestión política abierta en el mismo. Hemos pasado de reconocer, de regular la lengua de signos española a reconocer las lenguas de signos españolas. Inicialmente, el proyecto que el Gobierno había mandado a la Cámara partía del hecho de que el
objeto de esta ley era reconocer la lengua de signos española. Como resultado, entre otras cosas de las comparecencias que tuvimos en esta misma Comisión o en la Comisión de Discapacidad -ahora me falla la memoria- de los representantes de la
discapacidad auditiva en Cataluña, quedó muy claro a todos los grupos parlamentarios que esta ley debía resolver el reconocimiento de la lengua de signos catalana. La solución técnica a ese problema político, que se articula perfectamente en el
artículo primero de la ley, lo resuelve de manera muy satisfactoria.



El artículo primero de la ley afirma, con la propuesta transaccional que SS.SS. ya conocen: Asimismo, la presente ley tiene por objeto reconocer la lengua de signos catalana como lengua de las personas sordas, con discapacidad auditiva y
sordociegas en Cataluña que libremente decidan utilizarla, sin perjuicio de la ulterior regulación legislativa reglamentaria que pueda corresponder a la Generalitat de Catalunya en desarrollo de sus competencias. Todas las alusiones que esta ley
hace a la lengua de signos española se entenderán hechas a las demás lenguas de signos españolas para su ámbito territorial propio, sin perjuicio de lo que establezca la normativa propia de las respectivas comunidades autónomas en el ejercicio de
sus competencias. Esta solución, a nuestro entender, satisface el pleno reconocimiento de la lengua de signos catalana. Esta ley afirma que hoy en España existen dos lenguas de signos: la conocida como lengua de signos española y la conocida como
lengua de signos catalana, y esta ley ampara en los mismos términos que la lengua de signos española a la lengua de signos catalana. Por tanto, la principal preocupación política que mi grupo tenía en relación con este proyecto de ley ha quedado
plenamente resuelta en esta fórmula, que además expresa que siempre que nos referimos a lenguas de signos lo hacemos en términos plurales. Junto con la referencia que el señor Tardà ha hecho al Estatuto de Autonomía vigente -por primera vez se
incorpora en el texto estatutario catalán esa referencia a la lengua de signos catalana-, avanzamos en esa normalidad, en ese reconocimiento de una realidad singular y específica de Cataluña como es la existencia de una lengua de signos propia en
nuestro país. En la exposición de motivos de la ley, poco o mucho, ya expresamos también esta consideración y lo expresamos de una manera muy clara. La lengua de signos catalana, que es la lengua propia de las personas sordas catalanas que han
optado por esta modalidad de comunicación y que la usan en las comunicaciones de la vida diaria, se ha desarrollado en Cataluña de una forma similar a cómo lo ha hecho la lengua de signos española en el resto de España, de tal forma que se ha ido
consolidando una estructura lingüística comunicativa íntimamente relacionada con el entorno geográfico, histórico y cultural.
La lengua de signos catalana, señorías, forma parte de esa expresión, de ese carácter nacional de Cataluña. En la
exposición de motivos hacemos referencia a los pronunciamientos del año 1994 del Parlament de Catalunya, a la actividad de las universidades catalanas en esta materia y a un elemento muy singular, que es la aprobación en el año 2005 de la Gramática
básica de la lengua de signos catalana, donde el Institut d'Estudis Catalans ha tenido un papel fundamental. Es bueno también recordar en este momento la comparecencia del presidente de la sección filológica del Institut d'Estudis Catalans, que
vino a reafirmar esa dimensión científica de la existencia de la lengua de signos catalana.



Insisto, señorías, la ley va a resolver bien el reconocimiento a nivel estatal de esta realidad catalana tan potente, tan sólida y tan presente en la comunidad de personas sordas de nuestro país. Además, y más allá de la poesía que quizá la
exposición de motivos implica, el texto de la ley va a aprobar una disposición final tercera, que ha sido modificada con una transacción que afecta a diversos grupos -también al grupo de Convergència i Unió, con sus enmiendas 309 y 310- y que
compromete a la Administración del Estado a la financiación del fomento, la investigación y la difusión de la lengua de signos catalana entre las personas sordas residentes en Cataluña. No es baladí esta disposición final tercera, tal como ha
quedado configurada. Corríamos el riesgo de que el reconocimiento de la lengua de signos española implicase tan solo un compromiso de la Administración General del Estado en relación con esa lengua de signos y que los sordos de Cataluña no pudiesen
beneficiarse de los recursos públicos que el conjunto de los ciudadanos pagamos a la Administración General del Estado. Con la fórmula que incorpora esta disposición final tercera, en los Presupuestos Generales del Estado habrá que articular
partidas que acompañen las políticas destinadas a normalizar la presencia de la lengua de signos catalana. La incorporación de esta transacción en relación con esta cuestión es muy importante.



Más allá de la problemática de la lengua de signos catalana, había tres cuestiones que nos preocupaban. Una de ellas era la realidad de la sordoceguera. Todos recordaremos la comparecencia que hubo en esta Comisión en relación con esta
problemática, que nos provocó a todos un impacto considerable. Es una realidad relativamente poco conocida, al menos por este diputado, y que el texto inicial del Gobierno no termina de reconocer en toda su dimensión. Aquí se han incorporado
enmiendas que reconocen plenamente la realidad de las personas sordociegas y con la aprobación de la ley se va a articular una política que responda a las necesidades concretas de estas personas y de sus familias. Mi grupo valora muy


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positivamente que esto haya quedado incorporado en la ley de forma más que correcta.



También existía la problemática relativa al conjunto de los profesionales que se mueven en el mundo de la lengua de signos y que muchas veces han empezado a desarrollar su actividad profesional en un marco de regulación normativa escaso,
incierto o inexistente. La ley, a través de diversas disposiciones adicionales, va a articular mecanismos para normalizar la situación administrativa de estos profesionales. Este va a ser un gran reto en los próximos años, porque esta vocación de
normalidad de las lenguas de signos implica también dignificar y cualificar a los profesionales vinculados a esta materia. Las enmiendas transaccionales que se han incorporado dejan esto muy claro. Estamos hablando de las disposiciones adicionales
cuarta y quinta. Mi grupo entiende que estas cuestiones han quedado resueltas de forma satisfactoria.



Finalmente, nos preocupa una cuestión no directamente vinculada con el núcleo duro del reconocimiento de las lenguas de signos, pero sí con las necesidades de las personas sordas, que es la relativa al conjunto de ayudas técnicas que
permiten a muchas personas sordas incorporarse con normalidad a nuestra sociedad. Se trata de las ayudas para la audición, que van desde las prótesis auditivas hasta los implantes cocleares, los audífonos, etcétera. A pesar de que en los últimos
años se ha ido mejorando, lo cierto es que la cobertura de estas ayudas técnicas por la Seguridad Social no es suficiente para garantizar a las clases medias y a las familias más modestas un acceso a los avances técnicos que permiten una mejora
sustancial de la audición de las personas sordas. Este mismo fin de semana he participado en el encuentro de la Asociación de Implantados Cocleares, y en los talleres previos a mi incorporación a esa reunión las familias de las personas sordas que
habían optado por el implante coclear manifestaban su preocupación por la falta de cobertura de los implantes, de la renovación de sus componentes externos o del suministro de baterías por la Seguridad Social. Por tanto, señorías, se impone la
necesidad de reforzar estas ayudas técnicas para las personas sordas. A última hora, con una enmienda del Grupo Popular y una enmienda de Convergència i Unió, se ha aprobado un mandato parlamentario para que estas ayudas técnicas mejoren
sustancialmente. Creo que esta es una buena noticia para las personas sordas y para las familias que las tienen su cargo.



Finalmente, la ley -y el trámite parlamentario lo ha reforzado- deja muy clara la libertad de opción de las familias que tienen hijos con necesidades auditivas, especialmente en el sistema escolar. Esa libertad de la familia de elegir el
tipo de educación y las lenguas que van a permitir la incorporación de sus hijos al sistema escolar es muy importante. En Cataluña, de común acuerdo con todas las instituciones catalanas y con todos los grupos políticos que hemos gobernado o que
están gobernando en Cataluña, se ha optado por un modelo fundamentado en la libertad de elección de los padres de la forma en la que deben ser educados sus hijos. Esta ley consagra este modelo de libertad de elección de las familias del tipo de
educación de sus hijos en el supuesto de que sean personas sordas o con dificultades auditivas. El texto de la ley también nos satisface plenamente desde ese punto de vista. En este sentido es bueno agradecer el esfuerzo que han hecho los
portavoces del Grupo Socialista hasta los minutos previos al inicio de esta Comisión para alcanzar la unanimidad. El señor Heredia y la señora Esteve se han esforzado para que esta sea una ley de todos y se han esforzado en comprender las
posiciones de los diversos grupos parlamentarios.
Convergència i Unió se lo quiere agradecer, haciendo una referencia muy especial a la señora Esteve, que ha sido consciente de que desde la perspectiva catalana era necesario que esta ley
incorporase el pleno reconocimiento de la lengua de signos catalana. Mi grupo quiere agradecerle su esfuerzo, su buen trabajo parlamentario, su sentido común, su modestia y su compañerismo, que han permitido que el texto que hoy vamos a aprobar
tenga el apoyo de todos los grupos políticos.



La señora PRESIDENTA: Señor Campuzano, ¿retira usted todas las enmiendas?


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Las retiramos todas.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Barrachina.



El señor BARRACHINA ROS: El Grupo Popular está satisfecho del encuentro al que ha llegado con el resto de los grupos, singularmente con el Grupo Socialista, en las conversaciones lideradas por el señor Heredia y la señora Esteve, que han
hecho un gran esfuerzo de conciliación.



Me hubiera gustado que esta mañana, como en las previas, las personas sordas hubieran sido el sujeto casi exclusivo del debate, sin perdernos en cuestiones identitarias que hacen que lo que debiera ser algo común, lógico y coherente para el
conjunto de España derive -como hemos llegado a escuchar aquí- en parte del elemento nacional catalán o de cualquier otro territorio español. No deberíamos perdernos en esa cuestión identitaria que lleva a veces a multiplicar lo que puede separar a
las personas sordas españolas en lugar de subrayar lo que les une. Hay muchos sordos españoles con los que tengo relación desde hace al menos una década que acaban de descubrir que en España se hablan dos lenguas distintas. Me parece muy bien, si
es mayoría el colectivo catalán que así lo reclama, que este Parlamento así lo reconozca, pero entiendo que el acento debería ponerse no en lo que separa a las personas sordas españolas sino en lo que las une. Dicho esto, tengo la absoluta
convicción de que una vez que -como he escuchado aquí- la lengua de signos catalana se ha


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convertido en parte del elemento nacional catalán, los políticos seremos capaces, como siempre, de hacer que aquellos que tendían a converger y a equipararse terminen por no entenderse entre sí, como ha venido siendo habitual en los sordos
españoles. No tengo ninguna duda de que cuando la política entra en estas cuestiones acaba por separar todo lo separable.



Dicho esto, la ley me parece un avance. En este sentido, la Liondau, aprobada en diciembre de 2003, recogía literalmente -aunque no aparezca en la exposición de motivos, se hace una indispensable referencia a ella- que el Gobierno en el
plazo de dos años, evidentemente superado, regularía los efectos de la lengua española de signos a fin de garantizar a las personas sordas y con discapacidad auditiva la posibilidad de su aprendizaje, de su conocimiento y uso, así como la libertad
de elección respecto al resto de medios utilizables en la comunicación con su entorno. Por tanto, esta ley nos parece continuadora, un avance, un paso más en el proceso de inserción que las personas sordas españolas viven desde hace algunos años.
En consecuencia, como ya dijimos en anteriores intervenciones, nos parece una buena cosa que vamos a respaldar; de hecho no hemos presentado enmienda a la totalidad del texto, tampoco tenemos previsto vetarlo en el Senado y vamos a dar todas las
facilidades para su tramitación. Al final de esta mañana retiraremos todas nuestras enmiendas vivas, evidentemente una vez hayamos leído lo que ya previamente el Grupo Socialista, hasta un minuto antes del inicio de la Comisión, nos ha avanzado a
través de textos. Señorías, hemos conseguido dar una mayor concreción al conjunto de buenos propósitos del Gobierno socialista. De hecho, especialmente en la parte educativa, hemos conseguido entre todos que se pase del: El Gobierno podrá, el
Gobierno dispondrá, a: El Gobierno deberá. Es decir, que haya una concreción y que no suceda como en proposiciones anteriores también cargadas de buenísimas intenciones, concretamente había una magnífica proposición no de ley de 2005 referida a
los sordociegos, en la que se advierte de sucesivos cambios legislativos que desgraciadamente después no tienen continuidad. Queremos -y es el propósito respecto del que nosotros confiamos en un cien por cien en el Grupo Socialista y en sus dos
ponentes, Esperanza y Miguel Ángel- que esto sea así, y que, por tanto, lo que hoy se propone como una ley tenga su continuidad en el futuro. Como digo, hemos tratado de dar concreción a una ley cuya memoria económica -como ya dijimos- nos parece
meramente anecdótica, es decir, es evidente que con 1.800.000 euros, 300 millones de las antiguas pesetas, y con un incremento anual previsto del 2 por ciento, lo cual supone en términos reales reducir la aportación, evidentemente no hay ni para
editar esta ley en todas las lenguas existentes en la nación española. En nuestra opinión, eso no debe ser una limitación, sino que hemos preferido dar algunas de las cuestiones por no vistas y entender que el espíritu que nos han trasladado los
ponentes socialistas debe imperar sobre la cortedad económica de una memoria que evidentemente no debe servir como elemento de constricción para los derechos de las personas sordas en España que se pretenden extender.



Señorías, a pesar de que el conjunto nos parece bien, hay algunas cosas que podrían haber sido mejoradas, concretamente en cuanto a las definiciones. En este sentido, pensamos que tanto el profesor especialista en lengua de signos española
como el mediador de las personas sordociegas deberían tener parte en esas definiciones, ya que el guía-intérprete no es suficiente. La mayor parte de los sordociegos españoles nunca llegan a entender la lengua de signos y, por tanto, el
guía-intérprete no les es suficiente. Estas personas tampoco llegan nunca a ser capaces de leer en braille, por tanto, hay una persona que ejerce de mediador que no puede tener ni tiene la condición de intérprete de lengua de signos ni de guía, por
lo que ese concepto de mediador debería figurar en la ley. (La señora vicepresidenta, Cortajarena Iturrioz, ocupa la Presidencia.) Al final se ha decidido que no sea así, pero nosotros no renunciamos a intentarlo en el Senado porque esto no
perjudica a nadie, por lo que entendemos que se debería hacer así. Asimismo, y tal y como este Parlamento dejó claro en diciembre de 2005, entendíamos que esto era merecedor de un título aparte, y así lo presentó el Grupo Parlamentario Popular: un
título aparte para las personas sordociegas, porque esta ley hablaba de las personas sordociegas. Estas personas vinieron al Congreso, y conmovidos por aquellas intervenciones propusimos un título que respondía a esas demandas, ya que si no esta
ley dejaba a las personas sordociegas absolutamente indiferentes por más menciones que se hicieran a la sordoceguera. Entendíamos que debería haber un título concerniente a esta cuestión, pero no se ha creído conveniente. En este sentido,
aceptamos que una parte de las definiciones vaya a las definiciones, pero también quiero señalar que otra parte del título aparece perdida. Por último, y con relación a una de las disposiciones adicionales, el recogido no nos parece del rango, de
la dignidad que merecería el colectivo de las personas sordociegas españolas, pero la aceptamos siempre y cuando esa disposición adicional, y el texto que finalmente nos traslada el Grupo Socialista, sea para crear aquellos centros de referencia que
necesitan las niñas y los niños sordociegos de España. En la actualidad, y meritoriamente por parte de la ONCE, se mantiene un solo centro para dieciséis niños sordociegos de toda España. Los colectivos de padres de sordociegos dicen que su número
podría llegar a los 40.000.
Señorías, yo no lo sé; no sé si los sordociegos dicen o no la verdad, si son 40.000 ó 5.000; desde luego, no son dieciséis. Por eso, en muchas comunidades autónomas se está intentando crear estos centros. Asimismo,
el Grupo Popular entiende que la creación de dichos centros en todas las comunidades autónomas sería gravoso para las mismas y probablemente imposible de hacer tanto para las autonomías pequeñas como incluso para las grandes. A día de hoy nadie ha
sido capaz de crear centros suficientes;


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tan solo hay uno para dieciséis niños en Madrid, lo cual no responde a la necesidad real. Sabemos que es difícil y que no tampoco se va a hacer en esta legislatura, que está llegando a su fin, sino que será en la siguiente o en la
posterior. Por este motivo ya nos parece un avance -y el Grupo Popular no va a defender ese título- que el ministerio haga un estudio, no por el hecho en sí de hacerlo, sino para determinar el número de centros de referencia que se crearán para las
personas sordociegas en España así como su ubicación y el establecimiento de los recursos más acordes con sus necesidades. Entendemos que el Estado, el Gobierno de España, el Ministerio de Trabajo, en la actualidad tiene capacidad y recursos
suficientes para, cooperando con las comunidades autónomas, crear estos centros de referencia y que puedan atender no solo las necesidades de la comunidad autónoma en la que se decida la ubicación de los mismos, sino a un conjunto de ellas; que no
queden fuera comunidades autónomas pequeñas, tales como La Rioja, Navarra, Ceuta o Melilla, es decir, comunidades sin capacidad pero que tienen transferida -no es el caso de Ceuta y Melilla, pero sí del resto de las diecisiete autonomías- la
competencia en esta materia. Por tanto, confiamos en que efectivamente este emplazamiento que se hace al Ministerio de Trabajo para que estudie el lugar para crear los centros de referencia oportunos sea lo más breve posible -haremos el seguimiento
parlamentario oportuno-, y que naturalmente las iniciativas que ya están comenzando a tejerse en algunas de las autonomías españolas cuenten con el compromiso del ministerio de llevarlas adelante y ejecutarlas en el tiempo más breve posible. En
consecuencia, confiando en que este compendio de buenas intenciones que la ley recoge tenga la continuidad y el desarrollo indispensables, mi grupo parlamentario apoyará este texto.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajerena Iturrioz): Tiene la palabra el señor De Luis Rodríguez.



El señor DE LUIS RODRÍGUEZ: Señora presidenta, para el Grupo Parlamentario Popular el trámite en el que se encuentra la Comisión es una etapa más del largo recorrido que desde hace años mi grupo viene realizando en beneficio del
cumplimiento del mandado constitucional, fundamentalmente en relación con el mundo de la discapacidad auditiva, el impulso y la adopción de medidas que sean eficaces para eliminar las barreras de comunicación de este colectivo y garantizar unos
mejores índices de integración en la sociedad. Desde luego, nosotros, desde hace muchísimos años, en esta Cámara y en distintos ámbitos -cuando digo distintos ámbitos quiero decir en distintas comisiones-, hemos mantenido este mensaje y esta
tensión de una forma continuada; tanto en la época en la que hemos estado en la oposición como después, cuando estábamos en el Gobierno, como ahora, que estamos de nuevo en la oposición, y cuando volvamos a estar en el Gobierno mantendremos la
misma filosofía. Yo he impulsado medidas concretas en la Comisión de Educación, he participado como ponente en el proyecto de Ley de ayudas a la cinematografía para que allí se contemplaran medidas específicas que favorecieran el subtitulado y la
posibilidad de que las personas sordas pudieran acceder a los contenidos y, desde luego, es reiterativa mi insistencia a los distintos directores generales del grupo de Radiotelevisión Española para que no se olvide al colectivo de los sordos.
Siempre, en todos esos planteamientos, mi grupo parlamentario ha hecho valer el interés general sobre el interés particular de las distintas opciones políticas y, por ello, esa misma filosofía es la que hemos mantenido cuando hemos abordado con
detenimiento el análisis del proyecto de ley que remitía el Gobierno.
Cuando lo hemos analizado y hemos presentado las oportunas enmiendas al proyecto de ley que hoy nos ocupa hemos buscado el mantenimiento exquisito del equilibrio entre las dos
principales vías de acceso que existen para eliminar las barreras de comunicación, sea lengua de signos, lectura labial o apoyos técnicos para conseguir eliminar las barreras en la comunicación.



Hemos presentado diversas enmiendas en esa línea con las que hemos intentado preservar y garantizar la libertad de opción de las personas afectadas por la discapacidad o de sus padres, en el caso de menores o personas incapacitadas. En esta
línea van las enmiendas al artículo 1, al 4 y al 5. El conjunto de nuestras enmiendas buscaba que la ley para el colectivo -que la venía demandando desde hace tiempo- incluyera una serie de medidas que fueran eficaces; que el contenido de la
norma, que hoy aprobará como dictamen, la Comisión fuera realmente un instrumento válido para mejorar las condiciones de integración. Hemos vigilado especialmente todo lo que afecta al ámbito educativo, a la enseñanza reglada, recogida en el
artículo 7, porque entendemos que una de las grandes dificultades de las personas sordas para acceder a su integración social son las deficiencias en su educación. Es reconocido que si desde los primeros momentos las personas con esta discapacidad
son atendidas convenientemente se puede lograr un magnífico resultado en el aprovechamiento de sus capacidades, consiguiendo una formación que les permita alcanzar cualificaciones académicas que después facilitarán su incorporación al mercado de
trabajo. La incorporación al mercado de trabajo para un discapacitado sordo, e incluso cualquier tipo de discapacitado, no solo contribuye a elevar su autoestima, sino que es un factor definitivo para conseguir su integración social, y que sea una
realidad y no simplemente un desiderátum. También nos hemos preocupado de que esa eficacia afecte a otros campos, como son el de la cultura y las actividades lúdicas o el del transporte. Otro conjunto de nuestras enmiendas pretendía garantizar la
seguridad y cuando hablo de la seguridad me refiero a la seguridad en torno a las capacitaciones y cualificaciones profesionales de todas aquellas personas que requieren una capacidad técnica reconocida y acreditada por la Administración competente
referida a que tienen conocimientos para


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enseñar, ayudar y conseguir aprovechar las capacidades que tienen las personas sordas con las que tienen que trabajar.



Hemos estudiado el texto que nos han cedido los portavoces del Grupo Socialista y hemos comprobado que gran parte de las aportaciones que mi grupo hacía, siguiendo los tres ejes que antes he señalado, estaban recogidas. Esta mañana aún
teníamos viva una enmienda que afectaba al artículo 7.3 donde, hablando de los planes de estudio y las posibilidades de incluir el aprendizaje de la lengua de signos, mi grupo insistía en la necesidad de que esto fuera una realidad en aquellos
centros donde existe un número suficiente de alumnos sordos, es decir, en aquellos centros de referencia, a los que hacen mención los apartados 1 y 2, con el único objeto de que fuera real, factible y posible y no fuera, simplemente, una declaración
de intenciones porque en centros donde no haya suficiente número de alumnos no cuenten con recursos para atender esta demanda. Esta mañana -en unas negociaciones que entiendo se han cerrado satisfactoriamente por lo que me han comentado los
diputados ponentes del Grupo Socialista- hemos hecho especial hincapié en algo que nos preocupaba mucho, y a lo que se ha referido el señor Campuzano y sabe que responde a una iniciativa adoptada por mi grupo parlamentario en la legislatura
1996-2000, que es la financiación pública de apoyos técnicos, que en su momento no estaba incluido en el real decreto de medidas ortoprotésicas financiadas con fondos públicos, de acuerdo a determinados criterios. Esa realidad, que como digo se
alcanzó por una iniciativa de mi grupo siendo entonces nuestro grupo el que apoyaba al Gobierno en mayoría relativa, insistíamos en que fuera una realidad en el texto de la ley. Por esa razón, presentamos una enmienda que pretendía incluir una
disposición adicional nueva para que en el articulado de la ley se recogiera esta realidad, y cuyo texto dice así: Los poderes públicos, en el ámbito de sus competencias, aportarán financiación para la adquisición de apoyos técnicos y cualquier
otro recurso, en síntesis, bajo los principios de solidaridad. Esto es una conquista social del colectivo de la discapacidad auditiva que utiliza los apoyos técnicos en los términos en los que hoy se ejecutan y en los que fueron planteados por mi
grupo parlamentario. Se convirtió en realidad por decisión de nuestro Gobierno y trataba de auxiliar a aquellas unidades familiares con menos recursos para garantizar que quienes tienen este problema pudieran cuanto antes eliminar la barrera de
comunicación que dificultaba su aprendizaje y su incorporación. Confío que haya sido incorporada en términos aceptables al texto que se está transaccionando en este momento.



Agradezco que el Grupo Socialista haya comprendido que el interés del Grupo Popular era defender un objetivo justo y una necesidad evidente, como etapa más en auxilio de las dificultades del colectivo de los sordos y la sordoceguera en
España. Esta ley da cobertura legal a muchas de las peticiones que mi grupo ha venido manifestando en distintas ocasiones en esta Cámara. Ahora entre todos, corresponda a quien corresponda aplicar la norma, hay que conseguir que lo que en ella se
recoge sea una realidad. Así se habrá comprendido que nuestra posición siempre responde al interés del colectivo. Confío en que, gobierne quien gobierne, la integración social del sordo sea mucho más fácil con esta ley, una vez haya entrado en
vigor.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): En nombre del Grupo Parlamentario Socialista va a intervenir el señor Heredia.



El señor HEREDIA DÍAZ: Voy a repartir la intervención con la señora Esteve.



Quiero comenzar mi intervención diciendo que una sociedad no es del todo justa si todos sus ciudadanos no gozan de las mismas oportunidades de participar en la vida social, laboral, económica y cultural y este objetivo se ha convertido en
prioridad para el Gobierno de Rodríguez Zapatero. (La señora presidenta ocupa la Presidencia.) En nuestro país casi un millón de personas padece algún tipo de discapacidad auditiva, de las que 100.000 tienen sordera profunda. Son ciudadanos que se
encuentran con continuas barreras de comunicación, con elevadas tasas de analfabetismo funcional, serios problemas de lectura comprensiva y para la expresión escrita de la lengua. De hecho, solo el 2,8 por ciento de la población sorda en España
accede a la universidad. Por todo ello, el movimiento asociativo representativo de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociega, venía reivindicando desde hace décadas una norma de alcance nacional que propiciara el acceso a la
información y a la comunicación de tal colectivo teniendo presente su heterogeneidad y las necesidades específicas de cada grupo. Ha sido este Gobierno, el Gobierno socialista, el que ha impulsado un proyecto de ley por el que se reconocen las
lenguas de signo españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral, una ley llamada a convertirse en auténtico revulsivo para lograr la plena integración social de todos los que sufren este tipo de discapacidad. Se trata de un texto
pionero a la altura de las legislaciones más desarrolladas, un texto que además ha sido fruto del consenso con la comunidad sorda y también, tengo que decirlo, fruto del consenso y del acuerdo con todos los partidos políticos. Este grupo
parlamentario, cuyos tres ponentes -Olivia Cedrés, Esperança Esteve y yo mismo- hemos trabajado para conseguir un acuerdo, tiene que decir y reconocer la voluntad y el compromiso de todos los partidos políticos por alcanzar un acuerdo con
aportaciones importantes y que enriquecen dicho texto. Estamos ante una ley que progresa en el principio democrático de la igualdad de oportunidades en la educación, en la formación y en el acceso al mundo laboral, es una normativa que contempla la
libertad de elección, reconoce y regula el conocimiento y aprendizaje de la lengua de signos española y reconoce también la lengua de


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signos catalana. También garantiza de forma diferenciada los apoyos a la comunicación para los discapacitados auditivos que opten por el aprendizaje de la lengua oral.



Yo quisiera centrarme en el acuerdo con el Grupo Popular y mi compañera Esperança Esteve hablará del resto. Ha habido un magnífico trabajo por parte de los dos representantes del Grupo Popular -don Teófilo de Luis y don Miguel Borrachina-
con aportaciones bastante importantes y yo quisiera citar hoy algunas. Se ha hecho hincapié de manera significativa en el tema de la sordoceguera. Quiero decir que las personas con sordoceguera ven reforzada su presencia en la ley mediante un
párrafo específico en la exposición de motivos, mediante la introducción de una nueva letra en el artículo 4 que incorpora una definición específica para este colectivo y mediante una enmienda adicional. Luego es un avance importante esta ley para
las personas con sordoceguera. También hay que señalar que se otorga un mayor grado de concreción y, por tanto, de efectividad en la regulación del uso de la lengua de signos y de los apoyos a la comunicación oral en el acceso de bienes y
servicios, es decir, educación, salud, transporte, etcétera. Asimismo ha habido un acuerdo en lo que se refiere a los apoyos técnicos para la audición con una enmienda por la que los poderes públicos en el ámbito de sus competencias aportarán
financiación para la adquisición de apoyos técnicos para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. También se incorpora en el preámbulo la referencia a la Liundau.



Termino. Hoy los verdaderos protagonistas son las personas sordas, con discapacidad auditiva y las personas sordociegas. Una persona sorda, sordociega o con discapacidad auditiva es una persona con plenos derechos de ciudadanía, que no
debe tener ninguna barrera para su integración, ni social ni laboral, y esta ley se lo va a conceder.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Esteve.



La señora ESTEVE ORTEGA: Yo intentaré hacer un análisis de cómo han influido las diferentes enmiendas en el texto y hoy espero que podamos aprobar el dictamen por unanimidad, a pesar de lo que señalaba don Emilio Olabarría. También vamos a
ver sus enmiendas, cómo han sido recogidas y por qué algunas han quedado rechazadas.



En primer lugar me parece que es importante, como decía mi compañero Miguel Ángel Heredia, esta ley en sí misma. En su salida, esta ley tenía como primer objetivo encontrar el acuerdo con los otros grupos. Se trata de algo tan importante,
como es la situación de las personas sordas, sordociegas y con discapacidad auditiva, como para que sea en esta ley donde se manifiesten más las diferencias que no los acuerdos que pudiera haber. Esta ha sido la voluntad del Grupo Socialista y, por
tanto, espero que hoy podamos aprobar esta ley por unanimidad. Hemos intentado mantener tanto en la exposición de motivos como en el título I, objeto de la ley, la incorporación de la realidad cultural, histórica y lingüística de las lenguas de
signos que existen en el Estado español. Lo han dicho mis compañeros, dos realidades con un mismo objetivo: promover la comunicación de las personas sordas entre ellas mismas y con su entorno.
Por tanto, ante estas dos realidades que se
manifiestan clarísimamente en la lengua de signos española y en la lengua de signos catalana, la oferta a la cual hemos llegado, por tanto, por consenso, era que, bajo el paraguas -decía mi compañero Tardà- de la lengua de signos española, estábamos
reconociendo que España es una sociedad plural y que incluso en este ámbito se han dado diferencias culturales, históricas y lingüísticas que nos han llevado a tener dos lenguas diferenciadas, aunque parecidas en muchos aspectos, y, además, hemos
dejado abierta la ley para, si hubiera nuevas realidades lingüísticas y esta ley ya no sirviera en su contenido, el desarrollo de una posible ley en el Euskadi, en Galicia o en Valencia, no importa, allí donde existe una realidad cultural, donde
existe un dinamismo, donde existe una realidad histórica y práctica. De ahí esa transacción. En este sentido hemos evitado, señor Olabarría, todos los grupos -yo diría que ha estado en el ánimo, incluso en la conversación que tuvimos con usted-,
entrar en el concepto de cooficialidad de las lenguas. Si nosotros hiciéramos una equiparación de la lengua oral con la lengua de signos sería un error porque personas castellano-hablantes están utilizando la lengua de signos catalana sencillamente
por una razón de entorno académico, práctico, familiar, cultural, etcétera. No existe una relación directa entre la lengua oral y la lengua de signos. De ahí que introducir la cooficialidad no ayudaría a la propia lengua de signos ya que debe ser
tratada como lengua, eso sí, pero en su realidad concreta y no estableciendo una relación directa con las lenguas orales porque entraríamos en un debate mucho más complicado.
De ahí que al hablar de lenguas de signos la palabra cooficialidad -le
comentamos- probablemente no sea la más adecuada, y allí donde no las hay, si las puede haber, esta ley tiene que permitir su desarrollo. Esta es la explicación del porqué. Entiendo que este tema lo habíamos comentado.



Otra cuestión que quisiera destacar es la siguiente. La ley tiene un equilibrio y lo mantiene, y así lo ha querido desde sus inicios.
Probablemente es verdad, podríamos haber hecho una sola lengua de signos y hubiera estado bien, pero, al
final, se opta por una lengua que incluya las diferentes posibilidades para que permita la libertad de elección de las familias y de las personas directamente afectadas cuando es posible.
Por tanto, mantiene un equilibrio entre la lengua oral,
entre los medios orales y las lenguas de signos. De ahí, señor De Luis y señor Borrachina, que no era posible redactar un título específico para los sordociegos, porque rompíamos el equilibrio de la ley, y lo ha dicho mi compañero. Se ha
incorporado toda la especificidad y probablemente sea


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insuficiente porque la situación de las personas sordociegas es muy desconocida y requieren un tratamiento específico, que, tal como ha quedado resuelta la ley, nos parece importantísimo.



La ley podía haber sido muy ambiciosa en cuanto a los profesionales recogiendo las diferentes propuestas de las distintas asociaciones y entidades e incorporar todo tipo de perfiles profesionales, pero probablemente no sabemos suficiente, y
si hay que elevarlo a la categoría de titulaciones oficiales -como queremos que así sea y este es el espíritu conjunto-, qué mejor que estudiarlo, determinarlo, conocerlo, ponernos de acuerdo al final en cuáles son las titulaciones oficiales. Y
algo que me parece muy importante: lo vamos a tener, vamos a darle contenido, y finalmente todas aquellas personas que hoy están desarrollando un trabajo tendrán un periodo de transición para poderse adaptar a las titulaciones oficiales. Por
tanto, le estamos dando rigor, le estamos dando continuidad y le estamos dando la posibilidad de desarrollo.



En lo que hace referencia al centro de normalización lingüística -aquí mis compañeros están muy animados- (Risas.)...



La señora PRESIDENTA: Guarden silencio, estamos terminando.



La señora ESTEVE ORTEGA: No me voy a extender mucho más.



En cuanto al centro de normalización lingüística este ha sido un elemento de debate, porque ¿cómo logramos que todas las ventajas que esta ley tiene y va a tener -porque así queda regulado en la lengua de signos española- sean también
extensibles a la lengua de signos catalana, que es una realidad más e importante? En sus artículos 1, 2 y 3 queda muy claro: todos los beneficios que se reconocen en esta ley para la lengua de signos española se harán extensibles a la lengua de
signos catalana o a otras lenguas si las hubiera, querido señor Olabarría, en condiciones de igualdad; esto es fundamental. Finalmente, en el centro de normalización lingüística, al final, con una negociación que nos satisface a todos, decimos que
también el Estado va a velar por la lengua de signos catalana -para su desarrollo, para su innovación, para su fomento-, por tanto, coadyuvará con la Administración competente que es la Generalitat de Catalunya. En ese este sentido, hemos sido muy
escrupulosos con las competencias, señor Campuzano, señor Olabarría, y ha sido un elemento que hemos tenido que cuidar muchísimo porque a cada uno le toca lo que le toca. En todo caso, la regulación de la lengua de signos catalana quedaría en manos
de la Generalitat de Catalunya, y parece que en eso hay un compromiso. Con esto -con las ayudas técnicas, más este paraguas amplio, más el equilibrio y el apoyo a las lenguas orales y a todos los soportes tecnológicos- que respeta las diferentes
sensibilidades de familias y de personas afectadas, parece que al final sacamos un texto que quizá no sea el ideal pero sí el mejor posible porque atiende a dos elementos principales: primero, ha escuchado a todas las entidades -y quiero agradecer
especialmente la aportación de la Confederación Nacional de Sordos de España, de Fiapas, de Fesoca, Plataforma, Apansce, Apsezocat, que nos han hecho llegar sus aportaciones y sobre todo nos han ayudado a entender más el fenómeno de las personas
sordas con discapacidad auditiva y sordociegas-; segundo, a los grupos con los que hemos trabajado. Quiero hacer una especial mención a ello hoy aquí, aunque lo volvamos a hacer en el Pleno. Es, ha sido y estoy segura de que continuará siendo un
placer trabajar con ustedes -y quiero decirlo con nombres y apellidos-: Carmen García que, aparte de compañera política cada una en su formación, es una amiga con la que podemos trabajar; Joan Tardà que ha sido muy duro pero, finalmente, hemos
llegado a un acuerdo; Carlos Campuzano, gran conocedor del tema y también gran amigo; Emilio Olabarría; Olaia Fernández; Teófilo de Luis y Miguel Barrachina. Con todos ha sido un placer trabajar y quiero dejar constancia de ello y acabar con un
reconocimiento especial a mi compañera, Olivia Cedrés, que conoce las lenguas de signos y le interesa el tema pero que, por razones de tipo político, no ha podido hacer su inmersión al final; es cierto que ella ha estado con Miguel Ángel y conmigo
en todo momento trabajando para ese consenso y para darnos luz también en cuanto a los contenidos.
Gracias, Olivia y suerte.



La señora PRESIDENTA: Vamos a concretar. ¿Retiran las enmiendas del Grupo Popular que quedaban vivas? (Asentimiento.) Pregunto lo mismo al portavoz del Grupo Socialista, ¿retiran las enmiendas vivas? (Asentimiento.)


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señora presidenta, después de esta invocación a la amistad tan entrañable y, sobre todo, a la erudición y facundia demostrada por los dos portavoces del Grupo Socialista, vamos a retirar también nuestras enmiendas.
(Risas.)


La señora PRESIDENTA: Es fantástico presidir una sesión de tanto consenso, como es habitual también en esta Comisión, hay que decirlo.



Suspendemos medio minuto para ordenar la votación y para que vayan llamando a los grupos porque vamos a votar enseguida. (Pausa.)


Señorías, han sido repartidas las copias de las enmiendas transaccionales.
Por tanto, procedemos a la votación.



En primer lugar, votamos las enmiendas del señor Labordeta, porque no me consta que hayan sido retiradas. Lo ha hecho verbalmente, pero no hay nadie que lo ratifique.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 35; abstenciones, dos.



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La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas de la señora Lasagabaster.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 35; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos los textos transaccionales presentados en el curso del debate y que han sido distribuidos para conocimiento de sus señorías.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobados por unanimidad.



Votamos el texto del informe de la ponencia con las modificaciones efectuadas hoy, que se convertirá en el dictamen de la Comisión que será elevado al Pleno.



Efectuada la votación, dijo:


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



Recuerdo a SS.SS. que el artículo 117 establece el plazo de 48 horas para mantener los votos particulares.



Antes de terminar esta Comisión quisiera hacer una mención especial a la primera secretaria de la Mesa doña Olivia Cedrés, que ha estado con nosotros toda esta legislatura y que por ser elegida en el Parlamento canario dejará la Comisión.
Le agradecemos su colaboración y su aportación. (Aplausos.) Que conste así en el 'Diario de Sesiones'.



Para terminar, les recuerdo que hay reunión de Mesa y Portavoces muy breve. Se levanta la sesión.



Era la una y diez de la tarde.