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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 568, de 09/05/2006
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2006 VIII Legislatura Núm. 568

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PRESIDENCIA DEL EXCMA. SRA. D.ª ELVIRA CORTAJARENA ITURRIOZ

VICEPRESIDENTA PRIMERA

Sesión núm. 37

celebrada el martes 9 de mayo de 2006



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar la proposición de la Ley reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
Presentada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. (Número
de expediente 122/000047.) ... (Página 2)


Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, de la proposición de Ley reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. (Número de expediente 122/000047.) ... href='#(Página2)'>(Página 2)


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Se abre la sesión a las diez y cuarenta minutos de la mañana.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LA PROPOSICIÓN DE LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA VERDS. (Número de
expediente 122/000047.)


La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Señorías, vamos a dar comienzo a la sesión de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales. Según lo establecido en el orden del día, el primer punto es la ratificación de la ponencia designada
para informar la iniciativa legislativa. ¿Están SS.SS. de acuerdo? ¿Se ratifica? (Asentimiento.)


APROBACIÓN, CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, DE LA PROPOSICIÓN DE LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN. (Número de expediente 122/000047.)


La señora VICEPRESIDENTA: Vamos a pasar al segundo punto del orden del día: Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, de la proposición de ley reguladora de la subcontratación en el
sector de la construcción. Su autor es el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. El turno de intervención será de menor a mayor. Rogamos a los grupos presentes que hagan una defensa de las enmiendas de la ponencia
y fijen también posición. Para ello, en el debate, daremos un turno de intervención a cada uno de los grupos.



Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds tiene la palabra don Ángel Pérez.



El señor PÉREZ MARTÍNEZ: Voy a fijar posición brevemente, porque nuestro grupo no mantiene enmiendas y el debate previo en la ponencia ha permitido despejar los elementos fundamentales del contenido de la proposición de ley. En todo caso,
queremos insistir en que es una ley importante, que debe ser un mecanismo de regulación de las relaciones de contratación entre empresas en el sector de la construcción; debe ser —y yo creo que lo va a ser— una ley que sirva para reivindicar en la
práctica la subcontratación en las mejores condiciones, para que se pueda hablar de criterios como especialización, transparencia o profesionalidad en el sector de la construcción; debe suponer mejores condiciones profesionales y laborales para los
trabajadores; debe mejorar el control de las responsabilidades y estamos convencidos de que puede ser un instrumento para una mejor acción sindical de los representantes de los trabajadores. Evidentemente esta ley no va a resolver todo eso. Junto
con la Ley de prevención de riesgos laborales, junto a la negociación colectiva y junto a la responsabilidad de los agentes sociales, nos gustaría que esta ley pudiera coadyuvar precisamente en la consecución de esos objetivos. El informe de la
ponencia ha modificado sustancialmente la proposición inicial, que era de este grupo parlamentario. Nosotros creemos que una proposición de ley que data de años, que viene de una iniciativa legislativa popular, que es la primera que tuvo entrada en
esta Cámara y fue tomada en consideración por el Pleno del Congreso, tiene el inconveniente —como pudimos ver y algún portavoz destacó en algún momento del debate— de que aquella redacción inicial estaba reflejada en pesetas. Permítanme decir que
aquello reflejaba y refleja un par de cuestiones que hoy estamos a punto de subsanar: la primera —y lo digo de forma absolutamente autocrítica— es que evidentemente necesitaba ser modificada, y así ha sido; y una segunda que es que se dejó pasar
mucho tiempo antes de abordar la cuestión, y esto ya lo digo no solo en tono autocrítico sino crítico. Por tanto, parece que estamos a punto de solucionar estas dos cuestiones. El texto actual seguramente no es el mejor. Me consta que hay
enmiendas transaccionales que van a completar ese texto y que han sido debatidas también en el trámite de ponencia con las que nosotros estaríamos de acuerdo. Nos hubiera gustado una mayor concreción. En cualquier caso, nosotros sabemos que esta
ley no es solo para nosotros. Por eso entendemos que ha habido un clima de debate en la ponencia que ha sido abierto, que ha habido un clima generoso por parte de todos los grupos y de todos los portavoces, que es algo que hay que agradecer y
reconocer a todos los grupos y de manera muy especial a los grupos mayoritarios. No quiero dejar de decir que el grupo mayoritario —el que soporta al Gobierno en el mejor sentido, quiero que sea entendido— ha asumido como era lógico el papel de
ponencia y que en ese papel don Jesús Membrado, que ha hecho de portavoz y en la práctica de ponente, ha realizado un buen trabajo, que yo creo que es hora de reconocer en el momento en el que podemos estar a punto de aprobar esta proposición de
ley. Evidentemente, nosotros vamos a votar a favor de la proposición y lo haremos convencidos de votar una ley que realmente va a ser útil en lo concreto.



La señora VICEPRESIDENTA: Quisiera informa a SS.SS., porque así me lo han solicitado algunos miembros de esta Comisión, que las votaciones no se efectuarán antes de las doce y cuarto de la mañana.



Seguidamente pasamos a la intervención en nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) de don José Ramón Beloki.



El señor BELOKI GUERRA: Señora presidenta, mi intervención va a ser muy breve.



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La historia de esta proposición de ley lo dice todo, si uno recuerda dónde y cómo empezó y dónde y cómo va a acabar dice que es un camino hacia ningún sitio o hacia algún sitio que nadie sabe cuál es exactamente. La primera proposición de
ley, según uno recuerda y puede leerse todavía, iba a resolver toda una serie de problemas, prácticamente iba a resolver todos los problemas que al parecer ocurren en construcción. El realismo ha hecho ver que no todos los problemas efectivamente
se van a resolver por esta proposición de ley, pero lo peor no es exactamente el camino que hemos hecho sino el camino incierto hacia el futuro que marca. Dicho así, con claridad, se hace una proposición de ley porque ya no se podía no hacer
ninguna. Se hace con nulo convencimiento, supongo, de los que presentaron la primera proposición de ley que ven que ésta no tiene nada que ver con aquélla, dicen que adelante y con nulo convencimiento real del resto de los grupos, pero como algo
hay que hacer hagamos algo y salgamos de esta historia, no porque se vaya a resolver ninguno de los problemas sino porque nos habíamos metido nosotros mismos en un problema y teníamos que salir de nuestro problema, no de los problemas que existen,
que son reales y afectan a la construcción. En fin, cuando uno entra en problemas tiene que salir de ellos.



Por tanto, mi grupo no es un ferviente partidario de esta ley sino que va a votar en contra. Pero no va a votar en contra por esto que he dicho, sino por la segunda parte que voy a decir. Este es un tiempo en el que a mucha gente se le
llena la boca hablando de plurinacional, pluricultural, plurilingüístico, de una España que al parecer ahora sí íbamos a construirla en lo pluri. En cambio, nadie habla de plurisindical, nadie habla de pluripatronal y, sin embargo, es una realidad.
Aunque estas Cortes no se hayan enterado, sigue siendo una realidad que tenemos también una España plurisindical. Y como no se han enterado las Cortes, y por lo visto los grupos mayoritarios no quieren enterarse, siguen obviando esta realidad que
está ahí, articulando las cosas como si no existiera, como si efectivamente los ámbitos de negociación colectiva, los que tienen que existir y tienen que prevalecer sobre todos, incluso en este tipo de cuestiones, fueran los del ámbito estatal. Se
insiste en este tema obviando la realidad y lo peor que le puede pasar a una ley es que obvie la realidad, porque la realidad se va a imponer a la ley. Por esta segunda razón sobre todo, por no haber sabido observar la realidad y tomar nota de esa
realidad que existe en términos distintos a los que esta proposición de ley quiere regular, es por lo que mi grupo se va a oponer, salvo que los grupos mayoritarios entiendan que las enmiendas transaccionales, que hemos presentado tanto el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) como mi propio grupo, van en esta dirección de salvar y reconocer la realidad y responden a la lógica de los hechos, que más vale que las leyes se atengan a los hechos que intentar que los hechos se
atengan a las leyes.



La señora VICEPRESIDENTA: En nombre del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana tiene la palabra el señor Tardá.



El señor TARDÁ I COMA: En primer lugar, desearía recordar el debate que celebramos el 21 de diciembre de 2004, en donde todos los grupos parlamentarios y el nuestro —por eso me remito a él— marcaron y dejaron evidenciada su posición
respecto a una ley que, a nuestro parecer, ha quedado corta, pero que era más que necesaria en tanto en cuanto afecta directamente a uno de los ámbitos en donde se visualiza de manera más evidente la explotación en el mundo del trabajo, como es la
siniestralidad y la precariedad fruto, entre otras causas, de la subcontratación que se convirtió en los últimos años en un fenómeno de una gran perversidad. Dicho esto, y recordando cuál fue nuestro posicionamiento de carácter más conceptual en el
debate que pudimos hacer gracias a la iniciativa de los compañeros de Izquierda Unida, quisiera decir que nosotros hemos presentado una serie de enmiendas transaccionales, algunas de las cuales afectan claramente a la negociación colectiva. Existe
un conjunto de enmiendas a los artículos de la ley, concretamente los artículos 8.2, 9.2, 9.3, la transaccional que también hemos presentado al párrafo cuarto del artículo 9 y a la disposición adicional tercera, en donde en cada una de ellas
nosotros instamos a reconocer ámbitos de negociación colectiva inferiores al estatal, pero que, tal como decía el diputado del Partido Nacionalista Vasco, ciertamente reflejan una realidad que a nuestro entender una nueva ley de nuevo cuño, que
justamente pretende ir a uno de los puntos neurálgicos de la conflictividad laboral, debería de asumir. Así pues, anuncio respecto a estos puntos —a no ser que se aceptaran nuestras transaccionales— que vamos a votar en contra, y recuerdo que se
trata de aquellos artículos donde aparece de manera monolítica y exclusiva la referencia al convenio colectivo de ámbito estatal, y punto. Digo punto, porque incluso en algunas de nuestras transaccionales estaríamos dispuestos a atender la
coexistencia en cuanto a lo redactado de lo que ya se incluye en el texto definitivo de la ponencia, más alguna referencia bien en términos, entre comillas, de negociación colectiva, bien en reconocimiento de otros ámbitos inferiores de negociación
colectiva. Por tanto, dejo ya anunciada nuestra posición respecto a estos puntos. También debo decir que respecto al artículo 4, requisitos exigibles a los contratistas y subcontratistas, ya manifestamos a lo largo de los trabajos de la ponencia
que habría que penalizar de alguna manera al contratista que hubiese sido condenado por fraude al no contemplar la ética empresarial que exigen los derechos de los trabajadores. Esta ley debería hacer un esfuerzo de pedagogía respecto de una
empresa que hubiere sido sancionada justamente por realizar acciones que no respetaran el derecho a la vida, y en este sentido estamos hablando de una gran siniestralidad que tiene como sujeto a los trabajadores. Las sanciones administrativas son
demasiado sencillas de impugnar y


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fáciles de pagar —cuando se pagan—, y esta es la gran coartada de las grandes constructoras, por tanto, la única manera de que esto se entendiera sería mediante una ley que les impidiese acceder a la subcontratación si éticamente estos
empresarios no respetan los derechos de los trabajadores. Así pues, quizá sería una buena medida que esta ley reconociese que aquellas empresas que hubieren sido sancionadas en el último año tuvieran dificultades y de hecho se les impidiera poder
acceder a según qué tipo de subcontrataciones.



Por otro lado, también debo decir respecto a la estabilidad en el empleo, que así como manifestamos que estamos de acuerdo en los porcentajes que finalmente hemos consensuado, hubiéramos deseado que los porcentajes hicieran referencia a la
estructura administrativa y productiva de la empresa, porque si no al final todo termina en el obrero de cuello azul —por decirlo de alguna manera—, que padece mucha más precariedad que quien forma parte de la estructura administrativa o logística.
Esto no deja de ser un déficit. Con relación al libro de subcontratación, también tenemos algo que decir respecto al artículo 7.3, y en este sentido hemos presentado una transaccional. Estamos de acuerdo con el término reglamentariamente, pero
esto debe hacerse conjuntamente con las comunidades autónomas, y, por supuesto, todo aquello relativo a la habilitación debe ser ejercido por la autoridad laboral competente, es decir, como queda mucho por hacer en el escenario que se va a
reglamentar debe quedar fijado que esta acción de reglamentación debe hacerse conjuntamente con las comunidades autónomas, y, por supuesto, tutelado por la autoridad laboral competente en este caso, en la medida en que las competencias autonómicas
así lo confieren, bajo la autoridad laboral autonómica. Finalmente, también hubiéramos deseado que hubiese una cuota de reserva para pequeñas y medianas empresas. Es verdad que algunas de estas empresas del mundo de la construcción han tenido
comportamientos —si se me permite la expresión— bastante antisociales, pero también es cierto que tiene que haber una ley que de alguna manera encauce y haga posible la modernización de este grupo de pequeñas y medianas empresas —por supuesto, no
todas— que por tener el mundo de la construcción unas características muy singulares se han destacado por ser las que más han hecho reducir los derechos de los trabajadores. Repito que algunas de ellas han quedado bastante estigmatizadas, pero
solamente algunas. Esto nos obligaría a contemplar una cuota de reserva para las pequeñas y medianas empresas, lo cual no va a ser posible, cuestión que quizá deberá atenderse en la reforma de la Ley de contratos de las administraciones públicas,
que engloba otro apartado. Finalmente, respecto al registro de empresas acreditadas, tiene que quedar patente que la autoridad laboral competente es la de la comunidad autónoma correspondiente, y en este sentido, estaríamos dispuestos a
transaccionar en la medida en que se aceptara esta cuestión. Como veo que la luz roja no se apaga, entiendo que debo callarme. (Risas.)


La señora VICEPRESIDENTA: Gracias, señor Tardá, pero en su turno de intervención pueden utilizar todo el tiempo que deseen, por tanto, si usted quiere volver a hacer uso de la palabra, puede hacerlo.



El señor TARDÁ I COMA: No, gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA: Para defender las enmiendas que ha presentado al texto de la ponencia el Grupo Parlamentario Convergència i Unió intervendrá el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÈS: Señorías, efectivamente abordamos el trámite final en el Congreso de los Diputados de esta proposición de ley, que, como muy bien recordaba el señor Beloki, ha tenido un recorrido parlamentario original. Se
trata de una proposición de ley que es tomada en consideración sin ningún tipo de entusiasmo por parte de la mayoría; que durante más de un año queda aparcada en este Congreso de los Diputados con la convicción de todos los grupos de que siendo
buena la intención de la iniciativa que nos planteaba Izquierda Unida, la respuesta que se da es equivocada. Después de un proceso de negociación con parte de los sectores que representan el ámbito de la construcción, el Grupo Socialista pone sobre
la mesa un nuevo texto que se aleja sustancialmente de la propuesta inicial de Izquierda Unida, y durante un trámite de ponencia que reconozco intenso, el Grupo Popular se acerca hacia las posiciones que mantiene al Grupo Socialista proponiendo un
texto que no tiene nada que ver con aquello que propuso Izquierda Unida, que, por otro lado, no va a servir de ninguna de las maneras para resolver los problemas que pretendemos solucionar, que son los niveles de accidentes en el sector de la
construcción, e introduce rigidez e intervencionismo en la actividad económica del sector de la construcción.
Me sorprende que el Grupo Popular termine apoyando una ley que va en contra de los autónomos. Como recordaba ATA hace unos cuantos días,
esta ley va a impedir que los trabajadores autónomos de la construcción puedan subcontratar y va en contra de la pequeña empresa del sector de la construcción. Como digo, me sorprende que el Grupo Popular apueste por este planteamiento, insisto,
intervencionista y que va a introducir mayor rigidez en este sector.



La propuesta de la ponencia parte de dos equívocos: Limitando los niveles de la subcontratación vamos a impedir que haya accidentes de trabajo e introduciendo un tanto por ciento de trabajadores fijos obligatorios en la plantilla vamos a
impedir que se produzca un descontrol en este sector. Estas dos ideas de fondo, que son las principales novedades que introduce la ley, son equivocadas en su filosofía y en sus consecuencias prácticas.



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Mi grupo entiende que los problemas de accidentes en el sector de la construcción no están directamente vinculados a la temporalidad. En el sector de la construcción, un 62 por ciento de las personas accidentadas son trabajadores con
contrato temporal, pero resulta que, por definición, todos los trabajadores de la construcción trabajan con el contrato específico de obra y servicio, que es un contrato temporal. Si la temporalidad fuese la causa de los accidentes, el porcentaje
de trabajadores accidentados sería superior a ese 62 por ciento. Nos sorprende que se acepte esa visión que vincula la temporalidad con la accidentalidad en el sector de la construcción. No existe relación y, desde hace unos cuantos años, la
encuesta nacional de accidentes así lo pone de manifiesto. La existencia de un contrato de obra y servicio, que es el contrato normal que se utiliza en la construcción, no es lo que implica que haya accidentes, sino otras razones, desde aquellas
que estén vinculadas a la poca experiencia del trabajador que está en la obra o a la mucha experiencia del trabajador, que se confía —la encuesta nacional de calidad en el trabajo así lo evidencia—, hasta las vinculadas a las responsabilidades de
las empresas que no ponen en marcha las necesarias actuaciones de prevención de riesgos. En cualquier caso, en el sector de la construcción, el problema no es la temporalidad.



En segundo lugar, limitamos la subcontratación desde la convicción de que va a ser el Boletín Oficial del Estado el que, a través de una normativa de difícil implementación, va a introducir racionalidad en un sistema donde la dinámica del
mercado ha impuesto una manera de ordenar una actividad económica, que es la lógica de la descentralización. En el mejor de los casos, nos parece ingenuo creer que esa lógica de la descentralización va a encontrar respuesta a través de los límites
de la subcontratación. Además, en la práctica, esta ley va a impedir continuar operando al pequeño empresario y al autónomo que hacen las cosas bien y no va a afectar a la gran empresa de la construcción, para ella esta ley es inocua. Si alguien
entendía que con esta ley vamos a limitar los abusos que se están produciendo por parte de las grandes empresas de la construcción, se engaña y lo sabe. Esta ley va a obstaculizar su actividad al pequeño empresario y al autónomo del sector de la
construcción porque parte de la desconfianza hacia los autónomos y hacia los pequeños empresarios. Es una ley que implícitamente —los debates en la ponencia así lo han puesto de manifiesto— parte de la idea de que cualquier pequeño empresario o
cualquier autónomo que opere en el sector de la construcción, potencialmente, es una persona que comete fraude, que abusa, que incumple la normativa de riesgos, que pretende explotar a sus trabajadores. Esa visión es la que subyace en la filosofía
de esta ley, cosa que nos parece un grave error, y no introduce ningún estímulo, ninguna medida de acción positiva que oriente al mundo de la pequeña y mediana empresa del sector de la construcción, y al de la construcción en general, hacia la
excelencia. Es muy interesante ver cómo se aborda el debate sobre la excelencia en el sector de la construcción en otros países de nuestro entorno. Señorías, yo recomendaría a los grupos que analizasen la iniciativa del Gobierno laborista del
señor Blair, que es una iniciativa británica fantástica de cómo, desde la acción positiva, se puede orientar hacia la calidad en el sector de la construcción, en los procesos de trabajo, en la investigación y en el desarrollo, para mejorar las
políticas en el sector de la construcción. Entendemos que en la línea de la acción positiva y del apoyo, no en la línea de la rigidez, de la penalización y de la desconfianza, es donde de verdad podríamos mejorar los altos índices de siniestralidad
que existen en este sector.



Finalmente —lo ha explicado con mucha claridad el señor Beloki y también lo ha recordado el señor Tardá—, esta proposición de ley ignora absolutamente la realidad de la negociación colectiva, centraliza el ámbito de decisiones en la
negociación colectiva de ámbito estatal y va a servir, señorías, para reforzar las estructuras burocráticas existentes.
Nosotros no podemos compartir esa idea porque choca con el modelo de Estado que nos hemos dotado, porque entiende que acercar la
negociación colectiva a las empresas, a los trabajadores y a los territorios supone defender menos los derechos de los trabajadores. Sitúa en el ámbito estatal —no sabemos por qué— mejores garantías para los derechos de los trabajadores. Nos
parece una idea retrógrada del modelo de Estado, una idea de otros tiempos, señorías, porque es precisamente cerca de los trabajadores y de los empresarios donde hay más capacidad de aplicar las normativas a la defensa de los derechos de los
trabajadores. Señorías, esta proposición de ley, desde el punto de vista del modelo de Estado, es una marcha atrás considerable.



Para intentar, dentro de lo posible, articular una propuesta razonable y positiva, que no sea intervencionista, que no introduzca rigidez en el mercado de trabajo, que no sea hipócrita en materia de prevención de riesgos, que introduzca
materias en positivo, nuestro grupo, junto con el Grupo Parlamentario Vasco, ha planteado una serie de enmiendas, que paso a defender. En primer lugar, hay una enmienda transaccional entre nuestra enmienda número 51 y la número 117 del Grupo
Parlamentario Socialista, con la que pretendemos que esta ley abarque a los trabajadores que estén en el ámbito del convenio colectivo general del sector de la construcción. A lo largo de toda la ley se insiste en que es en el ámbito de la
negociación colectiva estatal donde se sitúa la discusión sobre cómo se articulan las relaciones entre las partes; sin embargo, la capacidad de expansión de este proyecto de ley es total. Nuestra propuesta es que si donde se va a decidir es en la
negociación colectiva de ámbito estatal, esta ley debe regular las empresas que estén sometidas al convenio colectivo general del sector de la construcción, evitando con ello que esta norma, en un sector tan amplio, donde son tantos los sectores
económicos implicados, termine impidiendo la subcontratación y marcando obligaciones de plantillas de trabajadores fijos a otros sectores de la economía. Nos parece que con la


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enmienda que planteamos, al menos, se tranquiliza a los sectores económicos implicados en la construcción. Señorías, la propuesta que formulamos responde a las demandas de los sectores empresariales de Cataluña y del País Vasco vinculados a
la CEOE, Foment de Treball y Confebask, que defienden un planteamiento de estas características. Se nos dirá que esta proposición de ley responde a un acuerdo entre los agentes sociales con el Grupo Parlamentario Socialista, pero en todo caso no
responde a un acuerdo con las organizaciones representativas del mundo empresarial catalán ni vasco.



En segundo lugar, hay una enmienda transaccional a la número 54 de Convergència i Unió y a la 131 del Grupo Parlamentario Socialista.
Entendemos —y creo que el señor Tardá coincidía con el señor Beloki y con nosotros— que el registro de
empresas acreditadas que se crea con esta ley dependerá de la comunidad autónoma, que es la competente en materia laboral. La ley mantiene un punto de ambigüedad y nuestro grupo no entiende cómo no queremos clarificar esa cuestión, a no ser que lo
que pretendamos sea centralizar ese registro de empresas acreditadas. Por tanto, nos parecería razonable que la ley dejase claro que ese registro de empresas depende de la comunidad autónoma correspondiente.



La enmienda transaccional a la número 52 de Convergència i Unió y a la 130 del Grupo Parlamentario Socialista pretende suprimir determinadas letras y puntos del artículo 5 del informe de la ponencia. El artículo 5 es el que determina el
régimen de la subcontratación y nuestro grupo propone la supresión de los puntos c), d) y e), donde se limitan los niveles de subcontratación, y en el punto e) se introduce una medida que nos parece absolutamente alucinante, con perdón de la
expresión coloquial: el trabajador autónomo —se afirma en el punto e)— no podrá subcontratar los trabajos a él encomendados, ni a otras empresas subcontratistas ni a otros trabajadores autónomos. Nos parece un grave error ese punto. La asociación
ATA, que en Cataluña también representa PIMEC, la principal patronal de la pequeña empresa, hizo público un comunicado denunciando que esta iniciativa va en contra de cientos de miles de trabajadores autónomos del sector de la construcción. Resulta
absurdo, señorías, que un empresario encargue a un trabajador autónomo, un pintor, que pinte veinte chalets y le vayamos a prohibir que lo subcontrate a otros trabajadores autónomos. No tiene sentido, introducimos un disparate.
Asimismo somos
partidarios en esta enmienda de suprimir los puntos 3 y 4 de este artículo 5, todo ello en aras de introducir un régimen de la subcontratación absolutamente razonable.



En cuanto a la enmienda 134 del Grupo Parlamentario Socialista, hemos presentado una enmienda transaccional de supresión del punto 2 del artículo 7, que es el que regula la documentación de la subcontratación.
El punto 2 es el que prevé que
la empresa subcontratada disponga de la documentación o título que acredite la posesión de la maquinaria que utiliza. Nos parece que esa expresión de la posesión va a generar problemas, la mayoría de las pequeñas empresas terminan alquilando la
maquinaria que utilizan, por lo que hablar de la posesión va a introducir confusión y somos partidarios de suprimir este punto.



Por otro lado, a la enmienda 136 del Grupo Parlamentario Socialista proponemos otra transaccional que supone la supresión de toda la referencia a la negociación de ámbito estatal. Nos parece que estamos ignorando los niveles de negociación
colectiva de ámbito autonómico, provincial o de otros ámbitos, estamos reforzando las estructuras burocráticas a nivel estatal, y todo ello no nos da ninguna garantía de que se vayan produciendo las buenas prácticas o esfuerzos en el ámbito de la
formación, etcétera. En la misma línea iría la enmienda transaccional a la número 142 del Grupo Parlamentario Socialista.



En la línea de introducir medidas de estímulo positivo a esta propuesta, formulamos una enmienda transaccional a la número 143 del Grupo Parlamentario Socialista con la creación de una nueva disposición adicional, que queda redactada en los
siguientes términos: El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la aprobación de esta ley, establecerá incentivos fiscales y subvenciones a las empresas innovadoras y a los centros de innovación y difusión tecnológica en materia de seguridad en
el trabajo. Nos parece que hay que apostar por una política en positivo hacia la pequeña y mediana empresa que opera en este sector. En esta línea vamos a retirar todas nuestras enmiendas, menos las números 76, 77 y 78, que vamos a mantener vivas
y que van en esa línea de introducir medidas positivas: la enmienda 76, que defiende una política de fomento de las buenas prácticas en el sector de la construcción a través de los pliegos de condiciones de la Administración General del Estado; la
enmienda 77, que nos parece fundamental, sobre la creación de un fondo de garantía dirigido a las pequeñas y medianas empresas del ámbito de la construcción destinado a ayudar a la implantación de las medidas de prevención incluidas en la
legislación en materia de salud y de riesgos laborales, un instrumento eficaz para acompañar a la pequeña y mediana empresa en este proceso, y finalmente la enmienda 78, donde marcamos una regulación normativa de los acuerdos sociales en materia de
subcontratación en la perspectiva de la trasposición de diversas directivas de la Unión Europea que se debieran haber producido a 31 de enero del presente año.



Finalmente, en solitario presentamos una enmienda de supresión del punto 4 del artículo 4, formulada como transaccional a la enmienda 131 del Grupo Socialista, que pretende hacer desaparecer como requisito exigible a los contratistas y
subcontratistas una obligación que mi grupo no entiende.
En el artículo 4 establecemos que las empresas que estén en el sector de la subcontratación en el ámbito de la construcción tengan que tener un 30 por ciento de la plantilla de trabajadores
con carácter indefinido, y nos sorprende que pretendamos introducir


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eso cuando la realidad nos dice que lo que hay son trabajadores con contrato de obra y servicio, a no ser que sepamos que eso no va a implicar nada para las grandes empresas porque los trabajadores de los despachos, los administrativos, el
delineante y el contable son trabajadores fijos y, por tanto, esta norma no les va a afectar. Eso va a ser un ejercicio de cinismo, porque a quien va a afectar va a ser a la pequeña y mediana empresa la que esos tantos por ciento van a generar
problemas. No hay ninguna gran empresa que haga motivo de crítica a esa cuestión y, en cambio, todas las pequeñas empresas, cuando han visto esa obligación, han quedado perplejas. Nos parece, pues, que esa normativa no tiene sentido desde la
lógica de aquello que pretendemos resolver, pero además ¿por qué en el sector de la construcción vamos a establecer un tanto por ciento de trabajadores fijos y mañana no en el sector del metal, de la restauración o de la seguridad? ¿Es que la
manera de crear mayor flexibilidad en el mercado de trabajo es introducir tantos por ciento de trabajadores fijos en determinados sectores? ¿Responde a una buena lógica del mercado de trabajo hacia el que vamos en el futuro? Yo creo que no, a no
ser que lleguemos a la conclusión de que la medida no afecta a nadie o que afecta a los pequeños, y a los pequeños ya se sabe.
Señorías, ahí mantenemos la enmienda transaccional.



Termino. Esta ley no nos gusta, nos parece una ley equivocada. Ojalá nos confundamos, nuestro grupo estaría encantado de que dentro de unos años se nos dijese: señores de Convergència i Unió, ustedes se han equivocado, esta ley ha servido
para que las cosas vayan mejor. Nos encantaría, pero estamos convencidos de que a base del BOE no vamos a resolver los problemas en el sector de la construcción. Esta va a ser una ley mala que Convergència i Unió no va a poder votar y, junto con
el Partido Nacionalista Vasco, vamos a votar en contra en la votación final.



La señora VICEPRESIDENTA: Seguidamente, en nombre del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Azpiroz.



El señor AZPIROZ VILLAR: Primero haré una intervención más general y posteriormente mi compañero Andrés Ayala hará un análisis más pormenorizado de los puntos de discrepancia y de los elementos que hoy se pueden transaccionar en el
articulado de esta proposición de ley, ya proyecto de ley a estos efectos.



Quiero empezar mis palabras como las concluía el portavoz de Izquierda Unida. A mí me parece que hay que agradecer a todos los grupos parlamentarios el esfuerzo que se ha hecho, que no ha llegado a un consenso unánime, como se acaba de
poner de relieve, pero se ha hecho un trabajo, se ha hecho un esfuerzo, y en este sentido el señor Membrado creo que efectivamente ha puesto la voluntad de intentar llegar al máximo acuerdo posible partiendo de una realidad que también ha sido
mencionada, y es que primeramente existió una proposición de ley de Izquierda Unida con un modelo determinado, en el cual pienso que todos los grupos coincidíamos en la finalidad que se pretendía que es intentar disminuir la tragedia humana que se
produce en el ámbito de la construcción con altísimas tasas de siniestralidad laboral, y que fue objeto, por esta discrepancia conceptual con el modelo que nos planteaba Izquierda Unida, desde nuestro punto de vista clarísimamente intervencionista,
del rechazo con el voto contrario del grupo al que me honro en representar en esta Comisión. Nuestra posición en esta materia como grupo parlamentario ha sido la de hacer un esfuerzo y hacerlo con responsabilidad. De hecho, no solo nos opusimos,
como acabo de mencionar, sino que coherentes con lo que nosotros pretendíamos hacer, formulamos una enmienda de totalidad con un texto alternativo, en el cual planteamos un formato de conjunto de lo que el Grupo Parlamentario Popular entendía que
podía coadyuvar a la reducción de los accidentes de trabajo en la construcción. El grupo mayoritario y sus socios votaron contrariamente y esto no pudo prosperar y, por tanto, cualquiera que nos escuche entenderá que la presente norma no es la que
más satisfacción le puede producir al Grupo Parlamentario Popular, no es el modelo que nosotros cerradamente planteamos aunque, eso sí, ya anticipamos en su momento que estaba abierto al debate y a la mejora. Pero, como decía hace un momento, he de
reconocer que ha habido esfuerzos de aproximación, esfuerzos de modificación, y que algunas cuestiones vitales que abordaré a continuación serán objeto en este mismo trámite parlamentario en Comisión de incorporación al texto que definitivamente
salga de esta Cámara mejorando, en nuestra opinión, algunos aspectos sustanciales del tema. He de decir, a la luz de las intervenciones que se han hecho anteriormente a la mía, que tampoco el Grupo Popular tiene la ingenuidad de pensar que un
formato legal más o menos acertado, un diseño de una ley más o menos adecuado, un esfuerzo suplementario en el tiempo y en la voluntad política de intentar llegar a un acuerdo, sea la solución para la reducción de la siniestralidad.
Tenemos, y
todos han coincidido en reconocerlo así, una magnífica Ley de Prevención de Riesgos Laborales y, sin embargo, desgraciadamente, podemos ver como día a día, año a año, se siguen incrementando sobre todo los accidentes laborales más graves y mortales,
y la ley es buena, y todo el mundo reconoce el carácter y la calidad de ese texto legal. Por tanto, no seremos nosotros quienes creamos que la solución es tan sencilla. Hay una realidad socioeconómica compleja debajo y, por tanto, la ley no es una
llave que abra las puertas sin chirriar los goznes y sin tener que empujar con fuerza. Quiero decirlo porque se ha afirmado también por parte de algunos su convicción de que la ley puede no ser una solución.
Yo creo que por buena que sea la ley no
será toda la solución, lo que sí creo es que debemos dar una oportunidad a esta ley que, insisto, no es la ley del Grupo Parlamentario Popular. Sin embargo, tampoco puedo ocultar que en el texto socialista se han incorporado elementos de


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aproximación no a nivel de descentralización de las empresas que señalaba el portavoz de Convergència i Unió, pero al menos sí de la representación estatal de los grandes y pequeños empresarios del sector de la construcción así como de los
sindicatos, que se les dio un año para intentar que esto fuera fruto, no de la decisión soberana de los legisladores, que para eso estamos en última instancia, sino del consenso tras un diálogo social al cual esta Cámara le dio tiempo y que
lamentablemente no llegó tampoco a culminarse, aunque es verdad que sí se llegó a un notable grado de aproximación, que es el que se incorpora en el texto que debatimos.



Hablamos de la accidentabilidad. Yo les voy a decir una cosa que sirva tal vez de botón de muestra. A mí hace unos años me llamó una persona que tenía un alto cargo directivo en el Consejo de Aparejadores, y me decía que sentían que iba a
haber en aquel momento una norma que podía afectar e incurrir en un mayor grado de responsabilidad a su profesión, y me decía: le llamo a usted, porque usted que es portavoz del área del Grupo Parlamentario Popular creo que debería conocer o al
menos tener en consideración datos que muchas veces los legisladores no los tenemos en cuenta, porque no es fácil conocer siempre la realidad que intentamos regular, y me dice: ¿Sabe usted que hay muchas obras de la construcción, fundamentalmente
en el Mediterráneo, que son una torre de Babel de idiomas? Cuando estamos hablando de la siniestralidad podemos establecer mecanismos, instrumentos, que haya una responsabilidad, una culpa in vigilando, una fiscalización del cumplimiento, pero a
veces el problema es un problema material de falta de entendimiento, porque están concurriendo un polaco con un ucraniano, con un argelino, con un marroquí, y a lo mejor el único ciudadano español que hay y que hace a su vez de jefe de obra es el
que era hasta hacía pocos años un peón. La realidad es más rica y más compleja de lo que muchas veces las normas pueden pretender comprender y resolver. Creo que este es un acto debido de humildad, pero también creo que la ley que va a salir de
esta Cámara es muy superior al texto que inicialmente fue objeto de nuestro rechazo y en el que solamente, que no es poco, coincidíamos, eso sí, en la finalidad de ir reduciendo la siniestralidad. Yo no voy a hablar aquí de la temporalidad. Acabo
de poner un ejemplo obvio de por qué se producen accidentes: por falta de experiencia, por falta de estar incardinado en una sociedad determinada, porque nunca se ha hecho ese trabajo, porque no se conocen las prácticas constructivas que no son
idénticas en todas las naciones, porque hay gente que viene que no sabe por ejemplo lo que es una forja. Son cosas que ocurren en la realidad cotidiana en todas nuestras comunidades autónomas.



Dicho esto, nosotros compartimos la preocupación expresada por algunos grupos en torno a determinados aspectos que van a sobrevivir a este trámite. Por lo que se refiere al artículo 4.4, al cual se referirá posteriormente mi compañero
Andrés Ayala con profusión, en nuestra opinión la contratación indefinida que se tabula obligatoria no garantiza el que vaya a haber una reducción de la siniestralidad, incluso de alguna forma puede entenderse colusoria y atentatoria al principio de
libertad de negociación de las partes reconocido en la Constitución.



En cuanto al artículo 5.2.e), a mí personalmente se me han dirigido varias asociaciones de autónomos. En ponencia, ya lo manifestamos, no entendemos aquí la quiebra del artículo 14 de la Constitución, la desigualdad de trato. ¿Por qué en
función de que se tenga o no una determinada forma jurídica societaria o simplemente física no se permite el subcontratar? ¿Por qué no, cuando en la realidad ocurre? ¿O por qué no, cuando en la realidad también hay autónomos que son auténticos
empresarios? A esto se referirá mi compañero Andrés Ayala con más conocimiento de causa que el mío.



Por último, en relación con el artículo 5.2 f), nosotros en ponencia hemos propuesto al Grupo Socialista una solución en la subcontratación de mano de obra que hable de exclusivamente, para no entrar en problemas jurídicos de incertidumbre e
inseguridad jurídica, y le hemos propuesto un texto que por cierto, es totalmente asimilable a lo que el diálogo y el acuerdo social que hoy se va a aprobar establece en relación con la modificación del artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores
al hablar de la cesión ilegal de la mano de obra y al referir en el mismo las notas delimitadoras de ese hecho de cesión ilegal o no de mano de obra en relación a los requisitos que ya venía estableciendo la jurisprudencia.
Eso es lo que propusimos
nosotros en nuestra enmienda transaccional y en este sentido le pediría un esfuerzo al portavoz socialista para considerar la cuestión. En cuanto a las enmiendas transaccionales a nuestras enmiendas números 92, 93 y 94, en principio, señora
presidenta, darían lugar a la retirada de todas nuestras enmiendas, siempre que podamos hacer una votación separada de los artículos que acabo de mencionar: el 4.4, el 5.2.e) y 5.2.f). Si no fuera así, nos veríamos obligados a mantener alguna de
nuestras enmiendas que tienen relación con esta materia, muy especialmente la número 85, pero pido la votación separada para que quede claramente acreditada la voluntad política del grupo al que represento.



Concluyo aquí porque, como he dicho, mi compañero Andrés Ayala se va a referir a estas cuestiones, pero quiero manifestar que, vía letrado de la Comisión, nos ha llegado una enmienda transaccional del Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana al artículo 7.3, a la que anuncio nuestra oposición y explico el porqué. El texto actual dice: Reglamentariamente y en colaboración con las comunidades autónomas… Lo que establece el texto del Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana es: Reglamentariamente y conjuntamente con las comunidades autónomas… Nosotros entendemos que lo que existe es técnicamente correcto porque por supuesto que debe hacerse en colaboración, pero la potestad reglamentaria la tiene uno y, al
menos hasta el momento, no está compartida, y en este caso quien tiene la potestad de


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desarrollo reglamentario es el Gobierno. Es verdad que es imprescindible, conveniente, adecuado y respetuoso con el ámbito competencial de las comunidades autónomas que lo haga en colaboración con ellas, pero cuando lo hace conjuntamente
significa que lo hacen los dos y pareciera que tuvieran títulos jurídicos competenciales compartidos; algo que, en nuestra opinión, es imposible en este momento. Por esta razón, si se quiere por su carácter técnico-jurídico —aunque también tiene
su trasfondo político—, no podremos aceptarla.



La señora VICEPRESIDENTA: Seguidamente tiene la palabra el señor Ayala.



El señor AYALA SÁNCHEZ: Como ha dicho mi compañero y portavoz, el señor Azpiroz, intervengo para puntualizar algunas de las cuestiones del texto que ha salido de la ponencia y que esta mañana debatimos con las cuales el Grupo Parlamentario
Popular está en discrepancia. Me voy a ceñir estrictamente a los términos del texto y, en concreto, como se ha adelantado por el señor Azpiroz, al artículo 4.4, cuya supresión también le gustaría a este grupo, al igual que a otros grupos
parlamentarios, por cuanto es un clarísimo atentado contra la libertad de contratación.
Además, es un artículo que desequilibra la igualdad entre las empresas porque no afecta —en esta cuestión hacemos nuestros algunos argumentos que ha expuesto el
señor Campuzano para ahorrar tiempo— igual a una gran empresa que a las pequeñas y medianas empresas. Por tanto, en contra de esa atención prioritaria que se manifiesta permanentemente a favor de las pequeñas y medianas empresas, estamos cometiendo
un acto de perjuicio claro y, según qué ramas de la construcción, se hace rechinar el normal desenvolvimiento de algunas empresas. Fundamentalmente, hay una cuestión en la que se sale de la filosofía de la ley, porque si la filosofía del proyecto
de ley es la supresión o la reducción de la siniestralidad laboral, no alcanzamos a comprender cómo el establecimiento de este porcentaje obligatorio de contratos indefinidos va a reducir la siniestralidad; objetivo que se ha consagrado como el
principio fundamental de este proyecto de ley. Reiterando los argumentos del señor Campuzano, no entendemos por qué se tiene que referir solo a la subcontratación y no a otros sectores de la producción. Por tanto, estamos absolutamente en contra
del apartado 4 del artículo 4.



En cuanto al artículo 5.2, apartado e), es un contrasentido que el autónomo no pueda subcontratar, no solamente por lo que ha dicho mi compañero, el señor Azpiroz, de una manera clara y contundente, que es un atentando al artículo 14 de la
Constitución, sino también por la discriminación a los trabajadores en función de su organización empresarial, porque el que la forma en que cada empresa se organice pueda influir a la hora de estar o no sometida al régimen de subcontratación, no
tiene ningún sentido. Por otra parte, es anacrónico decir ahora que los autónomos no pueden subcontratar cuando hay una especial sensibilidad en el trato a los autónomos en la legislación y en el pacto social. No tiene sentido, porque de la
lectura del artículo y el contexto en el que se encuentra parece deducirse que el Partido Socialista no se fía de los autónomos. Caen en una contradicción terrible, y es que un autónomo puede ser promotor, un autónomo puede ser contratista, pero no
puede ser subcontratista. Tengo que recordar que hay autónomos que tienen a su cargo decenas, por no decir centenas, de trabajadores, que no son la mayoría, por supuesto, pero existen muchos autónomos que tienen decenas de trabajadores a su cargo
y, por tanto, no tiene ningún sentido excluirlos de la subcontratación. No lo podemos decir de una manera más clara ni contundente: no tiene ningún sentido.



En cuanto a nuestras rotundas oposiciones, está el apartado f) del artículo 5.2. Como ha mencionado el señor Azpiroz, nosotros presentamos una enmienda transaccional con la que queríamos que el texto fuera que el subcontratista que bajo
cuyas facultades de organización y dirección ponga su organización productiva a disposición de uso en la obra, consistente en aportación exclusiva de mano de obra, entendiéndose por tal la que para la realización de la actividad contratada no
utilizara más equipo de trabajo propio que las herramientas manuales, incluidas las motorizadas portátiles, aunque cuenten con el apoyo de otros equipos de trabajo distintos de los señalados, siempre que estos pertenezcan a otras empresas,
contratistas o subcontratistas, de la obra. No se ha aceptado, se mantiene un concepto jurídico indeterminado y creemos que va a generar más que algún conflicto. La redacción dada al acuerdo que hoy se va a firmar entre patronal, sindicatos y
Gobierno sobre estas cuestiones deja una mejor redacción y además responde precisamente al texto que, en su momento, habíamos propuesto y que no es otro que respetar los criterios jurisprudenciales que los tribunales ha venido manteniendo en los
últimos años. Por tanto, en estos tres apartados la postura del Grupo Parlamentario Popular es la que anteriormente se ha señalado por el señor Azpiroz y la que yo he tratado de justificar en algún otro extremo.
También admitimos las transacciones
que el Grupo Parlamentario Socialista nos ha presentado a las enmiendas números 92 y 93, es decir, la incorporación de un nuevo artículo 6 que hable del registro de empresas acreditadas. Consideramos que responde precisamente al mejor criterio que
se puede adoptar para la reducción de la siniestralidad, que es la formación preventiva; formación preventiva que se consigue con la nueva redacción del artículo 9 —también fruto de una enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Socialista a
nuestra enmienda número 94—, que creemos que es la auténtica piedra angular para la reducción de la siniestralidad. Se ha dicho en varias ocasiones que la subcontratación no es el problema de la siniestralidad. Como ha manifestado mi compañero, el
señor Azpiroz, no tenemos ningún inconveniente en que se regule la subcontración, no tenemos inconveniente en que vaya a completar el ordenamiento


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jurídico, y en un ejercicio de responsabilidad en un campo tan sensible como es éste, el Partido Popular ha colaborado —como también se ha expresado— a pesar de habernos opuesto en su momento a su toma en consideración y de haber planteado
una enmienda de totalidad con texto alternativo, porque entendíamos que respondía más a nuestro criterio, pero esto no quiere decir que con este texto vayamos necesariamente a lograr una reducción de la siniestralidad. Por último, quiero señalar
que la última transaccional planteada por el Grupo Parlamentario Socialista de sustitución del texto del apartado tercero del artículo 6, es aceptada por este grupo parlamentario.



La señora VICEPRESIDENTA: En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Membrado.



El señor MEMBRADO GINER: Señorías, quisiera comenzar esta intervención dando las gracias a todos los que hemos estado trabajando durante estas últimas semanas en ponencia para terminar hoy aquí una ley que es compleja y que, desde mi punto
de vista, ha levantado expectativas en determinados sectores. Yo creo que todos hemos intentado —poniendo nuestro granito de arena— estar a la altura de las circunstancias, respetando cada uno el pensamiento y la forma de entender una ley de éstas
desde el punto de vista político, partidario e ideológico. También quiero decir que la ley lleva un proceso largo, prácticamente 18 meses, en el que el proyecto no ha estado quieto ni dormido en los cajones de ningún grupo parlamentario. Yo creo
que todos hemos visto cómo empresarios de la construcción y sindicatos de la construcción han intentado acercar posiciones desde extremos que a primera vista eran imposibles de realizar. Por tanto, si hemos tenido un proceso largo, bienvenido sea
si al final hemos conseguido un texto que suma una parte importante de las voluntades del arco parlamentario y que tiene un amplio consenso social por parte de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empresarios de la
construcción. Eso no quita para que nunca se pueda decir que es la totalidad, porque siempre habrá alguien que podrá decir que está en desacuerdo con esta cuestión. Se quiera o no se quiera, la ley tiene una intencionalidad, y es la de mejorar el
sector, y es en lo que hemos trabajado. No sé si estaremos equivocándonos en estos momentos o estaremos acertando, pero hemos tenido voluntad de trabajar con la intención de mejorar las condiciones del sector, que tiene, querámoslo o no, un alto
grado de accidentabilidad y un alto grado de riesgos laborales, y es un sector, como posteriormente intentaré explicar, absolutamente desregulado en todos los sentidos. Por tanto, yo creo que nadie puede dudar de la buena fe ni nadie puede hacer
tremendismos en estos momentos de que esto no vaya a servir para nada, porque va a servir para algo si tenemos en cuenta que en estos momentos es un sector que casi aporta el trece y pico por ciento del producto interior bruto. No estamos hablando
de ninguna cuestión puramente banal, estamos hablando de un sector que tiene 1.800.000 trabajadores en nómina, más 500.000 trabajadores autónomos; estamos hablando de un sector que tiene en estos momentos en nuestro país casi 245.000 empresas, de
las que 172.000 tienen menos de seis trabajadores y, señorías, solo 45 empresas más de 500 trabajadores. Si eso no es estar desregulado, que me lo explique alguien. Por tanto, es un sector que tiene dificultades por su composición caótica desde el
punto de vista empresarial. Es cierto, la libertad de empresa permite que en estos momentos exista esa situación, pero no es menos cierto que hemos visto cómo a lo largo de los años la propia dinámica del mercado no ha resuelto el problema, sino
que lo ha empeorado. ¿Por qué? Porque están incorporándose sectores que no son empresariales desde el punto de vista tradicional, que compiten con aquellas empresas que tienen estructura con unas condiciones laborales de los trabajadores
desastrosas por la vía de no tener en estos momentos ninguna regulación. Eso está ocurriendo en estos momentos y lo sabemos todos, porque todos leemos los periódicos y vemos cómo a trabajadores extranjeros no les pagan, cómo hay trabajadores que
van a cobrar y ha desaparecido el empresario o cómo hay empresarios que el único activo, desde el punto de vista estructural de empresa, es un móvil y un Land Rover. Esto es lo que está ocurriendo en el sector. ¿Qué elementos son los que
determinan esto? Que no se consume ni siquiera la formación continua. Señorías, apenas el 6 por ciento del montante de formación continua del sector se está transformando en estos momentos en cursos de formación. ¿Por qué? Porque no hay
estructura empresarial que realice esos cursos de formación, y eso indudablemente es una parte importante, es un activo que tiene que ver también con los riesgos y la accidentalidad laboral. Por tanto, si a este sector no se le debe introducir
elementos de regulación, díganme ustedes a qué sector vamos a introducir elementos de regulación posteriormente. Hoy en día casi el 30 por ciento de los accidentes laborales provienen del sector de la construcción y si eso no es catalogable como un
sector con alto grado de accidentalidad, vuelvo a decir, no sé qué será en el futuro sector de alto componente de accidentalidad. Esto es lo que se intenta atajar, no resolver de manera inmediata. Ya sabemos que el BOE por sí solo no es un
elemento determinante de las condiciones laborales ni de las condiciones de vida, eso ya lo sabemos, pero ayuda, porque si no, ¿para qué estamos aquí? Ayudará para algo, ¿no? Supongo, y eso es lo que nosotros estamos interpretando. En ese
sentido, cuando Izquierda Unida planteó un proyecto de ley que respondía a una iniciativa legislativa popular que hizo la Federación de Construcción de Comisiones Obreras, y que posteriormente se sumó la Federación de Construcción de la Unión
General de Trabajadores, nos pareció que en principio era un proyecto excesivamente rígido, y lo asumimos, pero nos pareció también


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que no podíamos votar en contra de un proyecto de estas características tal y como estaba el sector. Por eso apoyamos la tramitación y dimos un paso adelante en este procedimiento, que nos permitió posteriormente introducir cambios desde
nuestro punto de vista sustanciales, porque los cambios que hemos introducido al proyecto inicial de Comisiones Obreras están más ajustados a las necesidades del sector, son menos intervencionistas, no introducen rigideces y van al meollo de lo que
es el problema actual del sector. ¿Por qué? Porque limita las subcontrataciones con carácter general. ¿Y lo tiene que limitar? Pues claro que sí. ¿Cuántas subcontrataciones hay en una obra? Nadie lo puede decir, ni el director facultativo de
una obra te sabe decir en estos momentos en una obra de ámbito importante los y las empresas que están subcontratadas. ¿Por qué? Porque no hay obligación ni siquiera de conocerlas. ¿Qué decimos nosotros? Vamos a limitarlas y vamos a decir que
tiene que conocerse. Introducimos el libro de subcontratas para que se registren y, al mismo tiempo, exigimos que los niveles verticales de subcontratación, cuando hay especialidad, y, por tanto, se mueven materialmente equipos especialistas, sean
tres niveles y cuando no se mueven equipos especialistas, sea un único nivel. ¿Por qué? Porque si no, estamos incurriendo en prestación de mano de obra ilegal, porque ese único nivel es para las empresas que únicamente aportan es mano de obra.

Esa es la primera cuestión y ahí es donde tenemos dificultades con algunos miembros de la Comisión que intentaré despejar posteriormente cuando hablemos de las enmiendas. Esa es la primera cuestión sobre la que habíamos visto que era necesario
actuar. La siguiente, en los requisitos de la calidad o solvencia de las empresas. Señorías, hoy en día se está haciendo competencia desleal por parte de empresas que no tienen estructura con aquellas otras que sí la tienen y el Grupo
Parlamentario Socialista —y creo que todos los grupos de la Cámara— están por apoyar a las empresas que tienen estructura y la mejor forma no es bonificándolas, la mejor forma es limitando la actuación de aquellas que no tienen estructura y compiten
con un dumping social manifiesto. Porque cuando haya crisis, que la habrá, las que desaparecerán serán las empresas que tienen estructura, ya que las otras se habrán ido ya y no habrán dejado ni siquiera el registro de empresa, puesto que no lo
tienen en la mayoría de los casos. Por eso introducimos en estos momentos unos requisitos de calidad y de solvencia de las empresas; en esos requisitos de calidad hay un elemento de roce con grupos de la Cámara y me parece normal porque somos de
ámbitos ideológicos distintos. Nosotros estamos introduciendo que, como mínimo, tengan una plantilla estable del 30 por ciento. ¿Es esa la mejor solución? No lo sé, pero lo que sí sabemos en estos momentos es que la existencia de empresas sin
plantilla estable no es beneficiosa para el sector, perjudica a quien la tiene y, al mismo tiempo, no es garante precisamente de que se consuma formación, de que se profesionalice, de que se cree estructura permanente y de que sean competitivas.
Todos decimos que la competitividad en estos momentos no está íntimamente relacionada con la temporalidad. Si queremos competir y queremos crear estructura empresarial estable, será también en la construcción, digo yo. No obstante, me parece que
es un tema que se ha introducido y ha costado mucho tiempo llegar a este porcentaje, a esta solución y lo digo sin ánimo de ser pretencioso, sino que ha habido cesión por parte de los sindicatos y una parte importante por los empresarios.



¿Qué más temas hay? Hemos introducido mecanismos de control y de transparencia en las empresas, a través del libro de registro de las subcontratas —por cierto, hemos sido pioneros y debía satisfacernos-; en el acuerdo que se firma hoy a
las doce y media existe la necesidad de que las subcontratas en el ámbito general de la actividad productiva se queden registradas en un libro de subcontratas. Está bien. Nosotros también, nosotros los primeros. ¿Qué otro elemento es el que se ha
introducido? La obligatoriedad de la formación y cualificación de los trabajadores. Hoy en día existe lo que decía anteriormente el señor Azpiroz, la Torre de Babel en las empresas y la Torre de Babel en las empresas no es buena. No la podemos
evitar ni discriminar por ese criterio, pero sí tendremos que ayudar a que exista menos Torre de Babel desde el punto de vista lingüístico y desde el punto de vista de formación, cualificación, orientación y trabajo. ¿Cómo se hace eso? Formando.
¿Es obligatorio que se forme? Sí. Ahí introduce el Partido Popular una enmienda por la que hay una obligatoriedad de formar a los trabajadores de la construcción e incluso de dotarles de un documento que acredite que han realizado la formación.
¿Eso es intervencionismo? A mí no me lo parece; eso es claridad, transparencia, eso es obligar. ¿Por qué? Porque hay razones para ello y porque lo contrario es poner a determinados trabajadores al pie de los cañones para el primer accidente que
surja y yo no quiero ser cómplice de eso y mi grupo tampoco.



¿Qué otras cuestiones hay? Estamos adecuando la actual ley a infracciones y sanciones. Sí señor, esta es una ley en la que el incumplimiento de la existencia en la subcontrata, de estar inscrito en el registro o no estar en estos momentos
respetando los niveles de subcontratación, tiene que llevar unas infracciones y sanciones y, por lo tanto, tiene que modificarse la Lisos y eso es lo que hace. Tampoco es una ley tan absolutamente cambiante, puede mejorar el marco y el área de la
subcontratación en la construcción. Estoy seguro de que no partimos de cero en este trabajo y creo que tenemos un punto de partida positivo que es el apoyo empresarial y sindical a la puesta en marcha de la propia ley. Garantizamos derechos, no
limitamos en absoluto la capacidad de actuación de las empresas y regulamos aspectos que son fundamentales en el sector para el problema de los accidentes laborales y la competencia desleal. Ese es el marco sobre el que estamos trabajando. Por
tanto, señorías, que nadie se rasgue las vestiduras porque se diga que en estos momentos estamos haciendo una limitación


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a la libertad de empresa o que, casi casi, queremos regular mediante subterfugios el mercado de la construcción. No soy un adalid de la libertad de empresa, pero siempre he sido defensor también de la libertad en la libertad de empresa y,
por consiguiente, mi conciencia está tranquila hasta ahora.



Hay cuatro bloques de temas que se han estado planteando por parte de los distintos grupos. Uno de ellos es el problema de los autónomos. Quiero destacarlo en primer lugar porque del problema que ustedes están denunciando respecto a los
autónomos hay muchas interpretaciones. ¿Qué hemos planteado nosotros? Que los autónomos son aquellos trabajadores por cuenta propia que están dentro de una obra realizando una actividad determinada; punto y pelota. A partir de ahí, esos
autónomos que se pueden asociar con otros en horizontal y pueden realizar toda la obra que les den y les concedan, no tienen ninguna dificultad, pero si tienen trabajadores que dependan de ellos ya no serían autónomos sino empresarios y pasarían a
ser empresas subcontratistas. Esa es la definición y ese es el problema y se define lo que es autónomo en el artículo 3.g); dice: «La persona física distinta del contratista y del subcontratista, que realiza de forma personal y directa una
actividad profesional… Cuando el trabajador autónomo emplee en la obra a trabajadores por cuenta ajena, tendrá la consideración de contratista o subcontratista a los efectos de la presente ley.» Creo que limita también a los autónomos. También el
posible estatuto del trabajador autónomo va a limitar el concepto de autónomo, porque hay autónomos dependientes o falsos autónomos que están actuando como trabajadores por cuenta ajena y que tienen una relación encubierta, falsean su relación con
la Seguridad Social, porque sacan una matrícula de autónomos, como se decía anteriormente, trabajan a destajo, no cumplen la normativa laboral, no cumplen prevención de riesgos y cuando se accidentan nadie quiere responder de ellos. Vamos a
intentar que eso no ocurra, pero vamos a darles juego para que los autónomos puedan correr en línea recta y en horizontal todo lo que quieran y todo el trabajo que les concedan. Esa es la cuestión que hay con los autónomos.



La segunda cuestión, el convenio sectorial de ámbito estatal. Entiendo que dicho convenio, que es un problema que plantea PNV, Esquerra y CiU; es un tema que desde el punto de vista territorial no sé si tiene dificultades de comprensión,
pero a mí seguramente me causa menos problemas y no porque sea centralista o no lo sea. Creo que no es un problema territorial. El convenio sectorial de ámbito estatal está permitiendo que existan en estos momentos más de 50 convenios de ámbito
provincial, ¿dónde está el corsé si todas las provincias tienen convenio provincial? Claro, ¿y ese convenio provincial qué elemento de referencia tiene, como marca el Estatuto de los Trabajadores actualmente? El convenio sectorial de ámbito
estatal tiene dos elementos definidos por estatuto: los problemas de contratación y los temas de cualificación, formación y promoción.



¿Qué problema tiene el convenio sectorial de la construcción? Yo no le veo ninguno; le veo beneficios. Que en el sector de la construcción se haya regulado un contrato fijo de obra viene a demostrar que no es el mismo contrato de obra o
servicio al que hacía referencia el señor Campuzano.
(El señor Campuzano i Canadés: Pero es temporal.) Es un contrato fijo de obra con unas características determinadas y el contrato de obra o servicio no tiene limitación de contratación y de
terminación. (El señor Campuzano i Canadés: Temporal.) Es un contrato que finaliza cuando termina la obra, que puede ser dos años, dos años y medio, tres años o un año y medio. Por tanto, puedes formar a la gente para esa obra, puedes trabajar
con ella y puedes crear una estructura en esa obra. Ha sido un avance importante.



Segunda cuestión. Otro de los temas que lleva consigo el convenio sectorial de ámbito estatal de la construcción es la necesidad de la formación a través de una fundación regulada desde el año 1994. Por tanto, no queremos que desaparezca
el convenio sectorial de ámbito estatal porque su contenido sea bueno o malo. Queremos que desaparezca porque el ámbito que queremos marcar exclusivamente es desde el ámbito territorial. Eso es en estos momentos innecesario y, desde todos los
puntos de vista, injusto porque hay que combinar el convenio provincial con el convenio sectorial de ámbito estatal. Por eso tiene referencia; por cierto, una referencia avalada por todas las partes en estos momentos implicadas, que son las que
negocian los convenios: trabajadores y empresarios.



¿Qué otros asuntos se están planteando? Los niveles de subcontratación. Yo entiendo que haya grupos que consideren que limitar la subcontratación a tres o a uno sea intervención. Yo lo entiendo porque aquellos que se presentan como
adalides de la libertad de empresa, lógicamente, no pueden poner cercas al campo en este caso. Ahora bien, hemos sido escrupulosos, buscando el acuerdo y el consenso con las partes y planteando que los tres o en su caso un cuarto nivel de
subcontratación sea para temas específicos, justificados, que tengan además dentro del libro de subcontratación el reflejo en la ampliación y que tengan lógicamente las razones para esa ampliación. En el caso de un único nivel hemos sido
escrupulosos para que se evite por encima de todo la cesión ilegal de trabajadores y que se usen empresas que lo único que hacen es ceder mano de obra y que, por tanto, se benefician de la sobreexplotación a sus trabajadores y a sus trabajadoras.
Yo creo que ahí hemos atinado y hemos buscado los elementos para incardinar este proyecto.



Entrando en las enmiendas presentadas, quisiera agradecer a Izquierda Unida su voluntad de llegar a acuerdos, el trabajo que ha realizado en la ponencia y anteriormente a la misma y, la cesión que nos ha hecho para que podamos trocear su ley
hasta cierto punto, pero ha sido para mejorar el proyecto inicial. Hay que agradecer el apoyo de Izquierda Unida a la ley, aunque ellos tenían una previsión inicial distinta. En cuanto al PNV,


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no veo razones para el rechazo de la ley, excepto las estrictamente vinculadas con el convenio sectorial de ámbito estatal del sector de la construcción, que yo creo que es un problema menor en el conjunto de la ley. No obstante, yo creo
que esta ley va a resolver problemas, señor Beloki. Lo que hay que hacer es preguntar dentro de dos años a los trabajadores si esta ley ha resuelto algún problema y ver si nos hemos equivocado o hemos atinado, pero no prejuzgar de partida algo que
indudablemente están esperando casi dos millones y medio de trabajadores.
Esquerra ha hecho algunas aportaciones, algunas enmiendas las ha retirado hoy mismo y yo creo que ha buscado una parte de apoyo a la ley, manteniendo su propia identidad
desde el punto de vista de los ámbitos que corresponden más a su territorio… (Rumores.)


La señora VICEPRESIDENTA: Señorías, por favor, les rogaría silencio.



El señor MEMBRADO GINER: En cuanto a Esquerra, nos gustaría que el artículo 7.3 lo pudiésemos votar conjuntamente y que la referencia que hace al registro, que creo que la ha recogido del Partido Popular en la totalidad, y la intervención
de las comunidades autónomas es un aspecto que ha planteado desde el principio y es importante. No podemos asumir que se incluya en el texto una diferenciación entre las empresas que han tenido sanciones para tenerlas en cuenta a la hora de
adjudicar obras —supongo que en clave exclusivamente negativa—, aunque la reglamentación sobre el contenido de los documentos que tengan que aportar las empresas se hará a posteriori y, por tanto, son temas que indudablemente se podrán discutir
fuera de este ámbito de debate trasladándolo al ámbito de la reglamentación posterior. Consideramos que hay algunas aportaciones que se han hecho en el proyecto de ley de contratos del Estado, también en el pliego de condiciones de Fomento que
podrían avalar alguna cuestión, pero dejando bien claro que a una empresa no se le puede penalizar dos veces por haber incurrido en una falta, una vez pagando la multa que le corresponde y otra vez teniendo menos derechos a la hora de la
adjudicación de una obra. Eso tiene que quedar absolutamente claro.



La posición de Convergència i Unió ha sido desde el principio de rechazo al proyecto de ley, no solamente como lo había planteado Izquierda Unida, sino en la reconversión que ha sufrido posteriormente. Respetando la argumentación básica de
la defensa de sus enmiendas, me gustaría dejar claro lo que ya he dicho anteriormente y es que esta ley no castiga a los autónomos. Eso, señor Campuzano, no es cierto. (El señor Campuzano i Canadés: Lo es.) No castiga a los autónomos. Esta ley
regula y los autónomos forman parte del ámbito de la construcción casi en medio millón de trabajadores. Yo estoy convencido de que este proyecto de ley no será el elemento que mejore o empeore las condiciones de los autónomos, porque están
contenidas en la Ley General de la Seguridad Social. Ahí indudablemente van a ser los autónomos los que van a tener que pelear para mejorar sus condiciones a través del estatuto.



El registro de empresas, que usted ha planteado, vemos que está ajustado.
No estamos de acuerdo con la supresión del artículo 5.2 en sus apartados c) d) y e); no estamos de acuerdo tampoco en suprimir el artículo 5.3 y 5.4; en suprimir el
punto 2 del artículo 7, en la referencia al ámbito estatal, en la creación de nuevas disposiciones adicionales sobre la base de las enmiendas 76, 77 y 78, entre otras cosas porque no se puede plantear en estos momentos que se está rechazando un
proyecto de ley por un determinado nivel de intervención y, al mismo tiempo, bonificar a las empresas que cumplan la Ley de prevención de riesgos y de salud laboral, porque hay que exigir que ésta se cumpla y hay que dotarla de recursos para que se
apoye en el cumplimiento que nunca son las bonificaciones directas sino otro tipo de recursos que es lo que se está haciendo en estos momentos ya.



En cuanto al Grupo Popular, queremos manifestar el nivel de lealtad con el que ha trabajado en este proyecto; desde el primer momento ha mantenido sus discrepancias y también las vías de comunicación para poder llegar a acuerdos. Esto va a
permitir que esta ley salga con un apoyo suficiente, importante y, al mismo tiempo, demuestra que han imperado los criterios generales por encima del particularismo que en un momento determinado se puede percibir en otros ámbitos.



Hay dos enmiendas transaccionales que nos parecen importantes, la que hace referencia al registro de empresas y la que hace referencia al tema de la formación. Además, lo habían planteado dentro de las enmiendas iniciales que ellos mismos
habían hecho, tanto por el contenido como por el procedimiento. Nosotros queríamos ofrecerles una alternativa a una parte, que el señor Azpiroz viene peleando desde el primer día, que es el artículo 5.2.f), al hacer referencia a cómo definimos
nosotros aquellas empresas que hacen cesión ilegal de trabajadores; podríamos resumirlo aquí. El señor Arpiroz siempre ha planteado la desaparición del adverbio, básicamente, por otro adverbio. Nosotros le hemos ofertado la posibilidad de
cambiarlo por fundamentalmente, que imagino que sí ha tenido algún tipo de aceptación, lo que también nos congratula.



Por otro lado, en cuanto al artículo 4.4, que hace mención del porcentaje, y al artículo 5.2. f), que decía anteriormente el señor Ayala, entendemos perfectamente que no quieran en estos momentos, hasta cierto punto, exigir el 30 por ciento
de trabajadores fijos —no vayamos a interpretarlo mal—, aunque lógicamente nos hubiera gustado que nos hubieran apoyado en ambos artículos. El problema de los autónomos ya lo he contestado anteriormente. Nosotros creemos que en estos momentos está
acotado. Por nuestra parte, pocas cosas más. Quiero reiterar lo anteriormente expresado sobre el trabajo y el funcionamiento del proyecto. A ver si al final conseguimos entre todos que esto sea una herramienta jurídica en el sector, y no una
herramienta de trabajo de los albañiles, que permita en estos momentos


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mejorar las condiciones. Vuelvo a reiterar el agradecimiento a todos los que hemos trabajado en esto y, sobre todo, a ver si somos capaces de estar a la altura de las expectativas que se han generado.



La señora VICEPRESIDENTA: Seguidamente, tal y como habíamos dicho al comienzo de la Comisión, vamos a suspender la misma por un periodo de cinco minutos para que los grupos puedan organizar la votación de las enmiendas que se han presentado
y contar con la presencia de sus diputados. (Pausa.)


Señorías, vamos a pasar al trámite de votaciones del informe de la ponencia reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. Por parte del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana se mantiene viva la enmienda número 6.
(El señor Campuzano i Canadés pide la palabra.)


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señora presidenta, el señor Beloki y yo solicitamos votación separada de la enmienda transaccional número 2 de Esquerra Republicana de Catalunya.



La señora VICEPRESIDENTA: ¿Dónde pone 1 a 7?


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Sí, la número 2 solicitamos votación separada.



La señora VICEPRESIDENTA: Vamos a votar la enmienda número 6, que mantiene viva Esquerra Republicana de Catalunya.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 18; abstenciones, 14.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda rechazada.



Pasamos a votar las enmiendas que mantiene vivas el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), números 76, 77 y 78, tal y como han solicitado.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 33; abstenciones, una.



La señora VICEPRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Habiéndose retirado el resto de las enmiendas, vamos someter a votación las enmiendas transaccionales propuestas por los grupos. Enmiendas transaccionales de Esquerra Republicana de Catalunya, de la 1 a la 7. Los grupos parlamentarios de
Convergència i Unió y de nacionalistas vascos han solicitado votación separada de las números 1 y 2.



El señor CAMPUZANO Y CANADÉS: Señora presidenta, ¿podría leer el texto de la número 1?


La señora VICEPRESIDENTA: Reglamentariamente se determinarán las condiciones del libro de subcontratación al que se refiere el apartado 1 en cuanto a su régimen de habilitación por la autoridad laboral autonómica competente, así como el
contenido y obligaciones y derechos derivados del mismo, al tiempo que se procederá a una revisión de las distintas obligaciones documentales aplicable a las obras de construcción, con objeto de lograr su unificación y simplificación.



Votación de la enmienda transaccional número 1.



Efectuada la votación, dijo


La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Pasamos a la votación de la enmienda transaccional número 2, presentada por Esquerra Republicana de Catalunya.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, una.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda rechazada.



Vamos a votar el resto de las enmiendas presentadas, de la 3 a la 7, por Esquerra Republicana de Catalunya.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 34.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda rechazada.



Vamos a votar ahora la enmienda transaccional número 9, de Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 20; abstenciones, una.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda rechazada.



Enmiendas transaccionales de los grupos parlamentarios de Convergència i Unió y nacionalistas vascos, números 10 a 16.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 36.



La señora VICEPRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votación de las enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, números 17 y 18.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señora presidenta, ¿nos podría aclarar si los textos que tenemos los grupos son los que se someten a votación o han sido


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objeto de cambio en las conversaciones que ha habido hasta hace un rato?


La señora VICEPRESIDENTA: Se habrían anunciado, señor Campuzano, como exige el Reglamento. Vamos a votar las enmiendas transaccionales números 17 y 18 en los términos que se habían acordado.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Solicitamos votación separada de estas dos enmiendas.



La señora VICEPRESIDENTA: Por tanto, vamos a votar la transaccional número 17.



Efectuada la votación, dijo


La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Votación de la enmienda transaccional número 18.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en contra, tres.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobada.



Enmiendas transaccionales del Grupo Parlamentario Socialista, números 8 y 19.



¿Algún grupo pide votación separada? (Asentimiento.)


Votamos la transaccional número 8.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, dos.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobada.



Pasamos a votar ahora la transaccional número 19.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; abstenciones, 15.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobada.



Pasamos a votar el texto propuesto por la ponencia para su conversión, con las modificaciones introducidas en estas votaciones, en el dictamen de la Comisión.



El señor AZPIROZ VILLAR: Señora presidenta, ya anuncié que solicitábamos votación separada del artículo 4.4 y del 5.2 e).



El señor BELOKI GUERRA: Por favor, de forma separada.



La señora VICEPRESIDENTA: Así lo haremos.



Vamos a votar ahora el artículo 4.4.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 16; abstenciones, una.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobado.



Pasamos a la votación del artículo 5.º 2.e).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 17.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobado.



Pasamos a la votación del resto del texto de la ponencia.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, dos.



La señora VICEPRESIDENTA: Queda aprobado.



El texto, con las modificaciones introducidas, pasa a ser el dictamen de la Comisión, que está actuando con competencia legislativa plena, tal y como marca el artículo 148 del Reglamento de la Cámara.



Se levanta la sesión.



Eran las doce y cuarenta y cinco minutos del mediodía.