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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 541, de 29/03/2006
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2006 VIII Legislatura Núm. 541

JUSTICIA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ÁLVARO CUESTA MARTÍNEZ

Sesión núm. 33

celebrada el miércoles, 29 de marzo de 2006



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor fiscal general del Estado (Conde-Pumpido Tourón) para infomar sobre:


-Los criterios de la fiscalía para evitar legalmente que partidos políticos disueltos o suspendidos realicen cualquier tipo de actividad. A solicitud del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 212/000992.) ...
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-La política de nombramientos en la carrera fiscal. A solicitud del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 212/001003.) ... (Página 2)


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Se abre la sesión a las diez y treinta minutos de la mañana.



El señor PRESIDENTE: Vamos a comenzar a la sesión. El orden del día contempla dos comparecencias, que tramitaremos de manera acumulada en un único acto, del fiscal general del Estado, a petición del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso ambas, referidas a los siguientes temas: para explicar los criterios de la fiscalía para evitar legalmente que partidos disueltos o suspendidos realicen cualquier tipo de actividad y para informar sobre la política de nombramientos en la
carrera fiscal.



Quiero que mis primeras palabras sean de agradecimiento y de bienvenida al fiscal general del Estado por su comparecencia ante esta Comisión de Justicia, en lo que es una labor permanente de cooperación y de información entre los poderes del
Estado y en relación con el Parlamento.
Agradeciendo también la atención y la presencia de los medios de comunicación, de los servicios de la Cámara y, por supuesto, de todas SS.SS., vamos a iniciar la sesión, para lo que damos le damos la palabra
al fiscal general del Estado.



El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Señor presidente, señoras y señores diputados, de nuevo constituye para mí un honor comparecer ante SS.SS., y una vez más agradezco que al requerir esta Cámara mi presencia para
explicar la actuación del ministerio fiscal o del fiscal general del Estado, me brinde la oportunidad de aportar hechos objetivos, datos de la realidad y argumentos de primera mano a un debate público que con demasiada frecuencia, en mi opinión,
viene condicionado por referencias incompletas o insuficientemente documentadas, cuando no por versiones más o menos interesadas o directamente inveraces. Permítanme, por cierto, aclarar que cuando muestro mi satisfacción por comparecer ante
SS.SS., entendiendo además que es mi obligación inexcusable hacerlo, me limito a expresar un sentimiento y una convicción propios y no a juzgar las decisiones de otros. Ni pretendo ponerme como ejemplo de nada, como algunos han dicho, ni hacer el
juego a nadie. El único servicio que pretendo prestar, y por el que me siento orgulloso, es el de traer ante los representantes del pueblo la información de que dispongo para que, como digo, SS.SS., y a través de SS.SS. el conjunto de la sociedad,
puedan conocerla de primera mano y valorarla sin interferencias y sin intermediarios.



En su primera solicitud de comparecencia el Grupo Parlamentario Popular se interesa -cito literalmente- por los 'criterios de la Fiscalía para evitar legalmente que partidos políticos disueltos o suspendidos realicen cualquier tipo de
actividad'. Creo que podría responder a esa cuestión con una sola frase, diciendo que los criterios de la fiscalía son exactamente los que ha venido marcando la jurisprudencia tanto de la Sala Especial del Tribunal Supremo como del Tribunal
Constitucional. Sin embargo, supongo que será más ilustrativo hacer un recorrido por los principales asuntos a los que desde mi llegada al cargo de fiscal general de Estado he debido hacer frente y hemos tenido ocasión de instar la aplicación de la
normas que afectan a esta materia, en particular la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos. Eso sí, prometo hacerlo con brevedad y yendo al grano para no cansarles en exceso con la enumeración y análisis de hechos y datos,
porque entiendo que en lo fundamental esos datos ya los conocen sobradamente.



El primer episodio al que la Fiscalía General del Estado tuvo que hacer frente, muy poco después de mi toma de posesión en abril de 2004, fue la impugnación de la candidatura presentada por la Agrupación de Electores Herritarren Zerrenda a
las elecciones del Parlamento Europeo. A la vista de los precedentes jurisprudenciales, en particular con ocasión de la anulación de determinadas candidaturas a los comicios locales del año anterior, el ministerio fiscal estimó que esta opción
electoral encubría en realidad la voluntad del partido político Batasuna, declarado ilegal por la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo de 2003, de continuar su actividad como tal partido en el Europarlamento. Por consiguiente, recurrimos,
igual que el abogado del Estado, el acuerdo de la Junta Electoral Central de proclamación de esta candidatura. Como recordarán, nuestra pretensión fue estimada por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, mediante sentencia de 27 de mayo
de 2004, desestimó el recurso de amparo que interpuso la agrupación excluida.
Batasuna no pudo por tanto acceder al Parlamento Europeo.



La situación se reprodujo, como también recordarán, en los prolegómenos de las elecciones al Parlamento vasco, celebradas el 17 de abril de 2005. En aquel caso el instrumento empleado por los dirigentes de Batasuna para tratar de acceder a
la cámara de representación del País Vasco, era Aukera Guztiak. De nuevo el fiscal estimó que concurrían elementos suficientes para entender que en realidad se trataba de una mera pantalla tras la cual se ocultaba el partido político ilegal y de
nuevo recurrimos. Volvimos a ganar el recurso y de nuevo el Tribunal Constitucional nos dio la razón, desestimando el amparo que solicitaron los afectados. Pero en esta sentencia de 31 de marzo del año 2005 el Tribunal Constitucional afinó y
perfiló extraordinariamente su doctrina acerca de la aplicación de la Ley de Partidos Políticos a este tipo de supuestos. De hecho, y quiero subrayar ese dato porque luego volveré sobre él para explicar algunas actuaciones posteriores de la
fiscalía, el Tribunal Constitucional rechazó alguno de los argumentos que el Tribunal Supremo había empleado para dar por probado que la agrupación de electores Aukera Guztiak y Batasuna fueran lo mismo, o mejor dicho, para dar por probado un
intento de continuidad de la actividad de Batasuna como partido político. Dada la trascendencia de esta cuestión, y aunque sé que SS.SS. conocen perfectamente el contenido de la sentencia a la que me


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estoy refiriendo, les ruego que me permitan evocar alguno de sus pasajes que me parece que hay que tener bien presentes en el momento en que nos encontramos. En primer lugar, el Tribunal Constitucional repetía algo que ya había dicho en
ocasiones anteriores, en los años 2003 y 2004. Se lo leo textualmente: 'La ilegalización judicial de los partidos políticos Herri Batasuna Euskal Herritarrok y Batasuna no ha producido como efecto, en ningún caso, la privación del derecho de
sufragio de ciudadano alguno, tampoco de los que integran la agrupación electoral ahora recurrente'. De ello la sentencia extraía una consecuencia que también tengo interés en trasladar a SS.SS. en sus términos literales. Se refería al artículo
44.4 de la Ley Electoral que, como saben perfectamente, establece que 'no podrán presentar candidaturas las agrupaciones de electores que, de hecho, vengan a continuar o a suceder la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y
disuelto o suspendido'. Decía el Tribunal Constitucional que esta norma 'no contempla una causa de inelegibilidad, pues las personas que figuran en la agrupación no proclamada pueden ejercer su derecho de sufragio pasivo a través de cualquier otra
candidatura'. Si bien precisaba el alto tribunal que no puede negarse que la norma restringe materialmente el libre ejercicio del derecho, porque aunque no excluye su ejercicio con carácter absoluto, sí impide que lo disfruten en unión de quienes
con su concurso puedan dar fundamento razonable a la convicción judicial de que se está ante un concierto de voluntades para la elusión fraudulenta de las consecuencias jurídicas de la disolución del partido político. Por tanto, el marco jurídico
no podía quedar más claro, pero al mismo tiempo la dificultad en el objeto del proceso probablemente no podía ser mayor. La clave estaba y está en determinar cuáles son esos elementos de convicción, o sea, la prueba capaz de dar fundamento
razonable a la afirmación judicial de que una determinada opción electoral o, por extensión, una actividad individual o colectiva, se identifica exactamente con la voluntad fraudulenta de dar continuidad a la acción de un partido político ilegal.
Y
ahí es donde la sentencia que vengo citando marcaba unos límites muy precisos. El Tribunal Constitucional mencionaba concretamente como fundamentos válidos para esa convicción, la demostración de lo que lo denominaba, elemento de continuidad
financiera, elemento de continuidad financiera que concretamente nos sirvió para conseguir la ilegalización de Herritarren Zerrenda, pero que en siguientes ocasiones ya no hubo oportunidad alguna de conseguir demostrar esa continuidad financiera.

También hablaba de la concurrencia de un elemento de continuidad personal que debe de ser significativa en número o en calidad. Además establecía una jerarquía de criterios, mientras que destacaba la importancia de los criterios de naturaleza
objetiva, de los cuales se puede inferir la existencia de una trama orgánica y funcional, el 'elemento subjetivo, de continuidad entre los partidos ilegalizados y la ahora demandante' lo catalogaba como un criterio de 'menor alcance y entidad'.



A partir de estas reglas, el Tribunal Constitucional admitía la existencia de prueba directa de que Aukera Guztiak era un disfraz de Batasuna, pero como dije, y es lo que me importa recalcar, descartaba y declaraba no aptos para acreditar
este hecho algunos indicios de los que había empleado el Tribunal Supremo. Por ejemplo, el que en una manifestación dirigentes de Batasuna hicieran llamamientos a favor de Aukera Guztiak; que esta candidatura no tuviese más programa electoral
conocido que el denunciar la imposibilidad de que los partidos ilegalizados pudieran concurrir a las elecciones; que en su lista hubiera dos candidatos que lo habían sido por Batasuna en comicios anteriores; los antecedentes políticos o personales
e incluso policiales de los avalistas y, el hecho de que no se condenara expresamente el terrorismo, hecho que el tribunal estimaba que no constituía indicio bastante para acreditar por sí mismo una voluntad defraudatoria, con independencia de que,
al contrario, un rechazo explícito e inequívoco de la violencia sí hubiese bastado para valorase como contraindicio capaz de 'desacreditar una voluntad de ese cariz deducida a partir de indicios suficientes'. Repito, todos estos datos que
concurrían y que nos había sido posible probar, acreditar, en contra de Aukera Guztiak, todos ellos, todos ellos juntos, fueron considerados por el Tribunal Constitucional inidóneos para declarar probado que Aukera Guztiak era la continuación o la
envoltura de Batasuna. He querido recodar esta sentencia, este criterio, esta doctrina del Tribunal Constitucional, que para nosotros es absolutamente vinculante en el respeto al conjunto del ordenamiento jurídico, porque, como saben, la siguiente
página en esta historia, que nos encontró condicionados por ese resultado jurisprudencial, fue el análisis de la candidatura del Partido Comunista de la Tierras Vascas (EAHK) en aquel mismo proceso electoral. Como recordarán, un primer dato a tener
en cuenta es que la sospecha de que esta formación política pudiera efectivamente constituir un último vehículo para las pretensiones fraudulentas de Batasuna, fue la sospecha que surgió precisamente después de haberse anulado la candidatura de
Aukera Guztiak, es decir, que surgió después de la proclamación definitiva, sin ningún tipo de impugnación por ningún partido, por ninguna otra candidatura ni por el ministerio fiscal ni por la Abogacía del Estado, de las demás candidaturas que
habían sido ya proclamadas definitivamente y surgió en plena campaña electoral, lo que dificultaba extraordinariamente la impugnación, pues el plazo establecido por la Ley Electoral para plantearla ya había concluido. Pese a ello, suscitada esta
sospecha, encargué a la Sección de lo Contencioso Administrativo del la Fiscalía del Tribunal Supremo, que es la competente en esta materia, el estudio exhaustivo de todos los datos disponibles y la práctica de cuantas actuaciones fueran necesarias
para agotar cualquier información que pudiera arrojan luz a ese respecto. Entre los días 14 y 13 de abril del 2005,


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dicha sección estudió hasta un total de once informes remitidos por la Comisaría General de Información y la jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil. En este punto quiero recordar una de esas obviedades que sin embargo a
veces parecen olvidarse: la actividad del ministerio público está constitucionalmente condicionada por reglas que no rigen por fuerza en otros ámbitos del pensamiento o de la opinión.
Nosotros tenemos que averiguar cuáles son los hechos tal y como
se producen en la realidad y, además tenemos que hacerlo a través de indicios y a través de determinados medios de prueba, cuyas condiciones de validez y de suficiencia derivan de la Constitución y la ley que permitan objetivamente llegar a
determinadas conclusiones. No podemos operar con impresiones, con valoraciones, con interpretaciones o con versiones más o menos ajustadas a nuestro gusto ni escoger los datos que vengan bien a una finalidad predeterminada, olvidándonos de los
datos que no nos convienen. No sé hasta qué punto será verdad esa máxima periodística según la cual la realidad no puede estropear un titular o, añadiría yo, un objetivo político; pero desde luego les puedo asegurar que lo que sí condiciona
irremediablemente esa realidad es la aplicación de la ley. Y soy consciente de que muchas veces no es fácil explicar esto al ciudadano, la necesidad de que el ministerio público se produzca en función de las pruebas, de los datos, de aquello que
podamos acreditar, pero es así.



Pues bien, de los datos obtenidos se desprendía, para empezar, que el origen del Partido Comunista de las Tierras Vascas estaba en el fracaso del proceso promovido por Herri Batasuna en los años 2000 y 2001 para intentar agrupar en el
denominado proyecto 'Batasuna' a distintos grupos de la izquierda abertzale. De los primeros movimientos fundacionales del Partido Comunista de las Tierras Vascas se tuvo conocimiento en enero de 2001 y, finalmente fue inscrito en el registro de
partidos políticos en septiembre de 2002, sin que su legalidad se cuestionara en ningún momento tras la reforma de la Ley de Partidos. El nacimiento del Partido Comunista de las Tierras Vascas, por tanto, no estaba vinculado a ninguna estrategia de
Batasuna, sino que más bien estaba vinculado al fracaso de esa estrategia. No obstante esta primera constatación, la Fiscalía de lo Contencioso centró su atención en la existencia de indicios que permitieran acreditar una posterior sucesión
sobrevenida de la organización o la actividad de Batasuna. Tampoco ese camino condujo a conclusiones terminantes. La aparente, aunque parcial coincidencia ideológica con Batasuna, debía valorarse, en palabras del Tribunal Constitucional, con
especial cautela, porque es obvio que en un sistema democrático, desde el respeto a la legalidad y con el solo empleo de medios pacíficos, son admisibles todas las opciones políticas, incluso las cifradas en la crítica más abierta al propio sistema
democrático. Lo mismo ocurría con la petición de voto efectuada por el dirigente de Batasuna a favor del Partido Comunista de las Tierras Vascas, hecho que como tal no implica necesariamente la suplantación o sucesión orgánica de otra y, mucho
menos, podría conducir a su ilegalización o a la nulidad de su comparecencia electoral, puesto que ello equivaldría a dejar en manos de un partido ilegalizado la posibilidad de provocar la ilegalización de otro solo con llamar a sus antiguos
electores a votarle. A esos elementos se añadían en los informes policiales otros de carácter circunstancial, que tampoco eran concluyentes, por ejemplo, el envío de mensajes SMS por parte de personas relacionadas con Batasuna instando a votar al
Partido Comunista de las Tierras Vascas, que respondía a una consigna emitida desde un sitio de Internet que precisamente estaba a nombre del Partido Comunista de las Tierras Vascas, lo que nos conducía al punto de partida.
La colocación de
carteles de EAHK en las proximidades de otros carteles de Batasuna, aparte de escasa en número, entenderán SS.SS., sin necesidad de mayores explicaciones que no era un elemento de valoración muy sólido.
La existencia de un cartel en el exterior de
una herriko taberna y la presencia en otra de una hucha con una pegatina de EAHK tampoco eran elementos muy significativos. Por último, el número de candidatos que con anterioridad lo habían sido en listas relacionados con Batasuna era exactamente
de tres entre 75. A estos elementos se añadía tan solo la referencia a una supuesta reunión entre miembros de Batasuna y EAHK, reunión de la que no existían pruebas y tampoco había información alguna acerca de posibles conexiones económicas o
financieras. El único dato de interés era la intervención del responsable de prensa de Batasuna como encargado en algún momento de las relaciones con los medios de comunicación de EAHK, lo que podía suponer algún tipo de cesión de infraestructura,
pero a falta de cualquier otro elemento significativo no podíamos considerar que de ello se derivase la prueba convincente que exigía el Tribunal Constitucional para considerar demostrada nada menos que una sucesión o sustitución orgánica de las
fuerzas políticas implicadas. Y quiero subrayar que estos datos habían sido obtenidos a través de un extraordinario y meritorio esfuerzo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que me consta que dieron todo de sí y que, sin embargo, no
pudieron allegar elementos más contundentes con los que cimentar una pretensión jurídica dirigida a expulsar al Partido Comunista de las Tierras Vascas del campo electoral. Otra cosa pueden ser las intuiciones, las impresiones o las opiniones, pero
las pruebas que el Tribunal Constitucional exigía, tal y como las exigía, no estaban y he decir que tampoco llegaron después.



Hace unos días dije que en este tema el tiempo nos dio la razón. Lo repito. No creo que nadie dispuesto a realizar un análisis objetivo de la realidad esté en condiciones de sostener hoy que desde aquella fecha la actuación de Batasuna, ni
dentro ni fuera del Parlamento Vasco, se haya canalizado sustancialmente a través del Partido Comunista de las Tierras Vascas. Los datos no apoyan esta afirmación, aunque puedan sugerir que Batasuna simplemente utilizó a esa fuerza política,
prácticamente


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marginal en el panorama político vasco, para concentrar sus propios votos, posiblemente con el fin de contarlos y para evitar que su abstención pudiese redundar en beneficio de alguno de los grandes partidos concurrentes. Pero este efecto
es simplemente el producto del ejercicio del derecho de sufragio de quienes en comicios anteriores habían sido votantes de Batasuna, algo que el Tribunal Constitucional dijo y dice de modo absolutamente claro que no resulta afectado por la Ley de
Partidos Políticos, nos guste o no; nos convenga o no; nos resulte útil para nuestros intereses o no. Debo decir, además, que del resultado de esta investigación, del resultado de este trabajo, se dio cuenta en su momento mediante una carta
detalladamente pormenorizada al presidente del Partido Popular como líder de la oposición, precisamente en señal de respeto institucional al papel que la oposición desempeña en el ámbito político de todo sistema democrático, y para que tuviese pleno
conocimiento de la actuación del ministerio público en un tema de especial relevancia para el conjunto de la actividad política.



Y con ello llegamos al último episodio, la convocatoria del congreso de Batasuna en el recinto ferial de Barakaldo. Como les he dicho que no quiero cansarles, les voy a ahorrar todos los prolegómenos conducentes a determinar que
efectivamente aquello era un congreso de Batasuna y como me parece que todos estamos de acuerdo en aquellos hechos, no les voy a dar más detalles. Donde surge el conflicto en este asunto es sorprendentemente donde no debería surgir. Sin ir más
lejos, el último día que estuve con ustedes, el portavoz del Grupo Popular me dijo lo que él y su partido y algunos medios de comunicación suelen decir casi todos los días: que el fiscal no hizo nada para evitar aquel acto y que menos mal que había
un juez para hacerlo. En primer lugar tenemos que decir que en nuestro ordenamiento jurídico, en nuestro Estado de derecho el único que puede prohibir efectivamente la celebración de un acto es el Poder Judicial, son los jueces, no es el ministerio
fiscal. El ministerio fiscal lo más que puede hacer es solicitar al juez que adopte la decisión oportuna. Y eso es lo que hizo precisamente el fiscal, en tiempo y forma.
Pues bien, ése es uno de los aspectos que, como les decía al principio, les
agradezco que a través de su solicitud de comparecencia me permitan relatar los hechos de primera mano, porque cualquiera que se atenga a esos hechos, es decir a la verdad, sabe perfectamente que el fiscal pidió la suspensión de aquel acto,
efectivamente acordada por el juez. Y ahí están las actas judiciales de la celebración de la comparecencia oportuna ante el juez, ante la Audiencia Nacional; y ahí consta la petición del ministerio fiscal; y ahí está la instrucción que dictó el
fiscal general del Estado. Eso no quita para que aquella decisión no fuera jurídicamente tan sencilla como algunos pretendían, de nuevo basándose en opiniones y deseos y no en hechos, en pruebas o en leyes. Y no quita tampoco para que con todas
las advertencias del Tribunal Constitucional en perspectiva, el ministerio fiscal se tomara el tiempo imprescindible que fueron, fíjense ustedes, dos días, para analizar la información recabada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado antes
de adoptar una decisión. Los datos, los informes policiales llegaron un viernes. Concretamente puedo decir que el fiscal general del Estado los recibió en el avión que venía de San Sebastián a Madrid a última hora del viernes. Los datos llegaron
un viernes y la decisión se adoptó el lunes, tras la elaboración y transmisión de las correspondientes instrucciones a la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Es decir, el viernes se recibieron los informes policiales en la Fiscalía de la Audiencia
Nacional, el viernes solicité al fiscal de la Audiencia Nacional que me los remitiese a San Sebastián, a última hora de la tarde se recibieron en la Fiscalía de la Audiencia Provincial de San Sebastián. Encontrándose ya el fiscal general del Estado
en el avión en Fuenterrabía recibió la copia de los informes policiales el viernes a última hora de la tarde y, el lunes por la mañana, el fiscal se reunió con la Junta de Coordinación de la Fiscalía, con el fiscal de la Audiencia Nacional, con el
fiscal de la Sala de lo Contencioso Administrativo y, ese mismo lunes, se elaboró una instrucción para el fiscal de la Audiencia Nacional en la que se señalaba que si el juez acordaba la prórroga de la suspensión se interesase efectivamente la
suspensión de la asamblea. Recordarán que incluso me desplacé personalmente al País Vasco para recabar información directa de los fiscales jefes de aquel territorio, aunque no faltó quien tuvo el valor, por utilizar la expresión más suave que se me
ocurre, de decir, atribuyendo además el disparate, espero que sin razón alguna, al Partido Popular, que a lo que había ido era a ahogar la iniciativa jurídica de los jefes de las fiscalías del País Vasco. Como si los fiscales jefes del País Vasco
fueran poco menos que marionetas dispuestas a consentir algo semejante. Hace falta conocer realmente muy poco al ministerio fiscal y a los fiscales para afirmar algo semejante. En fin, como iba diciendo, dos días no es mucho tiempo, sobre todo si
es sábado y domingo, considerando que estaba en juego algo tan serio, aunque no sé si a alguien puede no parecérselo, como es el derecho de reunión y manifestación de un importante número de ciudadanos que iba a resultar inevitablemente afectado y
que solo lo sería justificadamente si podíamos demostrar -demostrar, que no es decir u opinar- que aquello era un acto jurídicamente imputable a Batasuna como tal organización. La doctrina del Tribunal Constitucional, y yo diría que incluso el
sentido común democrático, nos exigía garantizar ese derecho con independencia, una vez más, de que nos gustase o no lo que pensaban los que se iban a reunir y nos gustasen o no sus intenciones políticas. Ese era el fondo de la cuestión y así se lo
transmití al fiscal jefe de la Audiencia Nacional en términos que me van a permitir que prácticamente reproduzca ante sus señorías. Para empezar estaba y está claro que los efectos de la sentencia del Tribunal Supremo que ilegalizó Herri Batasuna,
Euskal Herritarrok y Batasuna, en aplicación de la Ley Orgánica 6/2002, única y exclusivamente


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pueden afectar al funcionamiento y a la actividad de los partidos u organizaciones concernidos, y no extienden sus consecuencias prohibitivas o restricciones a cualesquiera actividades individuales o incluso colectivas de quienes habiendo
pertenecido a tales organizaciones no se ven privados, con arreglo a dicha ley, del pleno ejercicio de sus derechos cívicos y políticos. De hecho, como observaba expresamente en el auto de 28 de agosto de 2002, dictado en la misma causa penal en la
que luego se planteaba la suspensión del acto de Barakaldo, 'no se trata de suspender las actividades de un partido político para privar a los ciudadanos de un medio de expresión (libertad de expresión), o de participación democrática (libertad
ideológica)', sino que se trata únicamente de impedir la prosecución de su actividad ilícita como tal organización 'al margen de la responsabilidad de los militantes, que no necesariamente tiene por qué existir, o la de los dirigentes, la cual es
más que probable que concurra y deberá valorarse a través de la correspondiente imputación, en función de las fechas, cargos y actividad desarrollados por cada uno'. Sobre la base de esa delimitación, la suspensión de actividades que podía
decretarse o pueda acordarse en el futuro, o cualquier otra medida prohibitiva o restrictiva en el marco del artículo 129 del Código Penal, exige forzosamente el análisis individualizado de las conductas y de sus autores, de modo que únicamente
cuando se trate de un hecho susceptible de ser considerado por su propia naturaleza como acto del partido u organización, será procedente la medida cautelar. Por el contrario, y esto es trascendental, la actividad de quienes fueron integrantes de
aquellas organizaciones, ya sea actividad individual o colectiva, siempre que en este último caso no implique una actuación ilícita imputable al partido disuelto como tal organización, no se puede estimar comprendida dentro de la esfera de
aplicación de la norma invocada. En consecuencia, volviendo a la Ley de Partidos Políticos, nada impediría que las mismas personas que integraron un partido suspendido o disuelto constituyan una nueva formación política, siempre que sus medios y
sus fines se ajusten a la Constitución y a la ley, por mucho que este proceso constituyente se lleve a cabo mediante una acción organizada y conjunta de dichas personas en ejercicio de sus derechos fundamentales, derechos fundamentales que no pueden
resultar impedidos por la vía de extender las consecuencias de la disolución o suspensión de un partido a cualquier actuación de los que tomaron parte de manera colectiva los antiguos integrantes del mismo.



La cuestión jurídica, por tanto, era extremadamente compleja y difícil y no solo en relación con el modo de acreditar los hechos y también sobre su valoración jurídica, sino sobre otros elementos que creo que también merecían una reflexión.
Por ejemplo, dudábamos en aquel momento si era más correcto acudir a la Sala del artículo 61 del Tribunal Supremo.
Pensábamos que tal vez las extremas cautelas que el ordenamiento jurídico establece en la Ley de Partidos Políticos al reservar la
legitimación al Gobierno y al fiscal, y la competencia a favor del Tribunal Supremo, podían quedar comprometidas si en cualquier proceso penal un juez de instrucción, tal vez simplemente a instancia de un particular, podía llegar al mismo resultado.
Pero lo cierto es que fue la propia Sala del artículo 61, esa misma mañana del lunes, la que nos derivó una pretensión de una asociación sobre el mismo objeto y, nos la derivó, con el fin precisamente de que examinásemos su trascendencia penal. Por
ello fue la misma tarde del lunes cuando remitimos instrucciones a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, instrucciones que tenían por objeto ser aplicadas en la mañana del martes, en la cual estaba fijada la comparecencia. Es obvio que el
ministerio público actúa de acuerdo con sus principios, con sus normas de funcionamiento y, si el juez determina una comparecencia para el martes, las instrucciones serán emitidas en tiempo y forma siempre que se reciban por la Fiscalía de la
Audiencia Nacional con anterioridad al momento en el que el fiscal debe actuar, que es precisamente en la comparecencia del martes. En la comparecencia del martes el fiscal actuó, de acuerdo con las instrucciones recibidas por la Fiscalía General
del Estado, el juez acordó la suspensión del acto y el acto no se celebró.
Pues bien, pese a ese grado de dificultad y complejidad, estudiados los hechos y examinado el derecho hicimos en tiempo récord lo que había que hacer. Y, por cierto, ya se
había remitido la instrucción procedente a la Fiscalía de la Audiencia Nacional e incluso ya se había hecho pública cuando el último día, a última hora, un mandatario del Partido Popular se presentó en la Fiscalía General del Estado aportándonos los
mismos datos que ya llevábamos estudiando varios días y dictándonos, sin argumentación jurídica alguna, instrucciones acerca de cómo teníamos que actuar.
Comprenden que cuando digo en tono amable, tono amable que resulta que también se me critica,
que es conveniente dejar trabajar al fiscal, que bastante difícil es, no me refiero solo a las intervenciones públicas, sin duda legítimas de los políticos o de los periodistas. En suma, el criterio de aplicación de la ley frente a la actividad de
un partido político ilegalizado fue una vez más el mismo. Primero, estudiar los hechos con rigor una vez que tuvimos la información que necesitábamos para hacerlo; luego analizar los hechos jurídicamente y, en tercer lugar, actuar en consecuencia.
En este caso, la actuación consistió en acudir a la comparecencia y pedirle al juez que suspendiese el acto. Y, lo más importante, el acto fue efectivamente suspendido, tal y como solicitó el ministerio fiscal, y en las actas está la prueba
perfectamente consignada en documento público. Más tarde, en ese mismo proceso, se acordó el cierre de una herriko taberna en la que se había detectado un conato de actividad de Batasuna. Me gustaría recordar que también fue el fiscal quien pidió
aquella medida de cierre de este establecimiento. Parece, sin embargo, que ese dato no mereció demasiada atención pública.



Hasta el momento no han existido otras ocasiones de aplicar la ley en relación con partidos políticos ilegalizados.



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Otra cosa es ya la situación personal de sus dirigentes o las medidas cautelares o de otra índole que se puedan adoptar contra ellos. De eso entiendo que no me corresponde hablar ahora, porque ese no era el objetivo de la comparecencia. De
modo que, a salvo de las solicitudes de aclaraciones que SS.SS. deseen plantearme, creo que puedo dar por cerrado este punto, aunque antes de hacerlo me gustaría añadir algo más. Dije antes que el criterio aplicado por el fiscal en esta materia no
es otro que el derivado de la ley, la ley interpretada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. Quiero aclarar que ese era, es y va a seguir siendo el criterio del fiscal. Y cuando digo que va a seguir siendo
nuestro criterio quiero que se me entienda bien. Si la ley y la jurisprudencia que la interpreta tienen por objetivo declarado excluir de la vida jurídica, política y social a aquellos partidos u organizaciones que no aceptan las reglas del juego
democrático y que amparan la violencia, seguiremos actuando con rigor cuando proceda. Pero que todo el mundo entienda que esa misma ley y esa misma jurisprudencia impiden que puedan ser objeto de exclusión, ni individual ni colectivamente, quienes
sí acepten esas reglas de juego, vengan de donde vengan, se organicen como se organicen y nos gusten o no nos gusten sus ideas y sus proyectos. Lo hemos dicho muchas veces y pienso que debemos creerlo. La verdadera grandeza del Estado de derecho
reside en que es capaz de asimilar la opinión y la participación de todos, incluso de los que niegan sus esencias, siempre que los instrumentos que emplean se acomoden a los cauces democráticos. Así que tengan bien claro que no está previsto, por
si a alguien se le ocurre ir por ese camino, ningún cambio del criterio del fiscal en la aplicación de la ley en cuanto afecta a la actividad de los partidos ilegalizados. Ni he dicho semejante cosa ni me la oirán decir. Lo que espero que pueda
haber, pero eso ya depende de SS.SS. y de los ciudadanos, no de este humilde fiscal general, es una realidad nueva y distinta a la cual aplicar la misma ley. Quiero dejar constancia ante la Cámara de que también el ministerio fiscal, como creo que
ocurre hoy en la conciencia de la gran mayoría de los españoles, albergamos esa esperanza.



Doy, por tanto, por concluida mi respuesta a la primera cuestión planteada y paso a responder a la segunda. La segunda que, una vez más a instancia del Partido Popular, se refiere a la política de nombramientos en la carrera fiscal. Como
ya he tenido ocasión de responderla, formulada más o menos en los mismos términos en cuatro ocasiones, los días 30 de junio del año 2004, 28 de febrero y 22 de noviembre del año 2005 en esta misma Comisión y también el 29 de noviembre del año 2004
en el Senado, en realidad tengo poco o nada que añadir, aunque naturalmente no tengo ningún inconveniente en repetir lo que ya les he dicho en todas esas ocasiones anteriores, con la esperanza de que o bien mi capacidad de explicarme sea mejor o
bien haya mejorado la disposición a querer entenderme. Procuraré, por tanto, hacer un esfuerzo de sistematización de las ideas esenciales. La primera de estas ideas es que conviene no confundir a la opinión pública, dando la impresión de que el
fiscal general hace y deshace a su antojo en la carrera fiscal. Sus señorías saben que la gran mayoría de nombramientos y ascensos de los fiscales son estrictamente reglados, y son conformes a criterios de antigüedad escalafonal. Solo en un
limitado número de supuestos, que concretamente son los que implican el desempeño de funciones de jefatura y, los destinos en los órganos de la Fiscalía General del Estado, el Tribunal Supremo y las fiscalías especiales, solo en estos supuestos, se
prevé una intervención del fiscal general del Estado que, como también saben, consiste en elevar al Gobierno de la nación la correspondiente propuesta de nombramiento, oído el parecer del Consejo Fiscal, que no es un parecer vinculante sino propio
de la naturaleza asesora de esta materia. Esa es la panorámica legal, panorámica legal que ha sido estrictamente establecida por este Parlamento y que es el que determina cuáles son los cargos que deben ser nombrados de manera estrictamente
escalafonal y aquellos que son de libre designación. Es una panorámica legal que ha sido luego perfilada clara y reiteradamente por la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo.



La segunda idea importante es que también estos nombramientos discrecionales se rigen por el principio de mérito y capacidad, a cuyo fin precisamente interviene el Consejo Fiscal, controlando que los candidatos reúnen los requisitos de
categoría y antigüedad, que acreditan su idoneidad profesional para el cargo y asesorando además al fiscal general acerca de los concretos méritos o aptitudes de cada uno de los candidatos. Asesoramiento que, como también me he cansado de repetir,
es estrictamente subjetivo, y no reglado ni objetivo ni necesariamente basado en estrictos criterios de mérito profesional. No se trata, por tanto, de una valoración profesional del consejo contra un criterio subjetivo del fiscal general ni de
meros votos que se cuentan a favor de uno u otro candidato, sino de la emisión de pareceres individuales razonados de los vocales basados en apreciaciones subjetivas, fruto de su conocimiento y fruto de su experiencia, que son atendidas en cada caso
y tenidas en cuenta antes de decidir, como dice la ley, oído el Consejo Fiscal. Y además saben SS.SS. que desde el comienzo de mi mandato me comprometí a no proponer a ningún fiscal que no tuviese el apoyo significativo del Consejo, lo que he
cumplido a rajatabla, salvo en un caso, como ya expliqué en una ocasión anterior, en que asumí la responsabilidad personal del nombramiento, dada la trascendencia del caso y con el apoyo de los cargos natos del Consejo Fiscal que representan, a mí
me parece, institucionalmente a la carrera. Y, por cierto, se trató del nombramiento de un fiscal de la Asociación conservadora de Fiscales para la Fiscalía Especial Antidroga, porque ya estaba allí destinado; había sido destinado por mi antecesor
en comisión de servicio, llevaba asuntos de importancia y su fiscal jefe así me pidió que lo destinase definitivamente a la fiscalía por razones de


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servicio y de funcionamiento, con el apoyo, como digo, de los cargos del teniente fiscal y del fiscal inspector que representan la institución.
Pues bien, una vez acreditada la idoneidad de los peticionarios a través del apoyo significativo
del consejo, el margen de discrecionalidad que corresponde al fiscal general para elegir entre los candidatos obedece a una razón que me parece elemental y por ello me sorprende tener que explicarlo tantas veces. Si el ministerio fiscal es un
órgano sujeto a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica, en el que consiguientemente el jefe responde por todos y, en particular responde y con notable frecuencia, ante este Parlamento, parece bastante lógico que se le permita
decidir entre aquellos peticionarios declarados profesionalmente idóneos para desempeñar un determinado cargo, cuál es el que mejor se adapta al perfil requerido. Piensen que cada actuación de cada fiscal en cada caso genera directamente la
responsabilidad del fiscal general del Estado y, de hecho, mi experiencia es que esa responsabilidad se exige frecuentemente incluso en relación con asuntos en los que el fiscal general no ha intervenido en absoluto. Les podría poner algún ejemplo
reciente, pero lo recordarán SS.SS., porque no hace ni un mes que estuvimos hablando de ese ejemplo en esta misma Comisión.



En este contexto resulta bastante contradictorio pretender, como hacen algunos, que el fiscal general del Estado tenga que nombrar para un cargo a una persona que no le parece que sea la que mejor se adapta a los requerimientos de la
función, sabiendo que luego él mismo, es decir, el propio fiscal general, va a tener que responder por la actuación de esa persona una vez nombrada. Y es que éste, el principio de la responsabilidad, es un factor que tengo la impresión de que no se
percibe con suficiente nitidez en esta materia. Se contabilizan nombramientos en favor de unos o en favor de otros como si se tratase de un intercambio de cromos, como si se tratase de repartir sueldos o coches oficiales y no como si se
distribuyesen, como es así, graves y muy serias responsabilidades. Cada vez que el fiscal general del Estado, oído el Consejo Fiscal, propone un nombramiento, está poniendo parte de su propia responsabilidad en manos de otro y, por tanto, me parece
personalmente razonable que este Parlamento, a través de la ley, haya facilitado al fiscal general el lógico margen de discrecionalidad para adoptar esa decisión, de la que también responderá, como estoy haciendo yo en este momento, y ya van cuatro
veces.



Dicho esto, ni uno solo de los nombramientos que he propuesto como fiscal general, todos ellos avalados como he dicho por un apoyo significativo en el seno del Consejo Fiscal, ha provocado crítica o tacha alguna desde el punto de vista
profesional, es decir, desde el punto de vista de la idoneidad, la formación y la experiencia de la persona propuesta. Es más, ni siquiera me consta que ni uno solo de estos nombrados haya sido posteriormente objeto de ningún tipo de crítica por
sus actuaciones. Si se trata de repartir responsabilidades y no prebendas, si quien las reparte responde no solo por sus propios actos, sino también responde por los actos de los que han sido nombrados, si los elegidos para asumir tales
responsabilidades son profesionalmente idóneos y si de momento nadie parece discutir, y eso que han sido muchas las propuestas realizadas en estos dos años, la competencia profesional de los designados ni su ejecutoria una vez que han sido
designados me pregunto, en fin, cuál es el problema que plantea eso que el grupo popular llama política de nombramientos en la carrera fiscal.



Aunque como ven no conozco la respuesta, por si acaso me gustaría añadir un par de precisiones que quizá puedan tener relación con esa aparente falta de entendimiento de algo que me parece bastante sencillo. En primer lugar, por las razones
que acabo de exponer, repito lo que dije en mi primera comparecencia ante esta Comisión: como fiscal general estaba entonces y sigo ahora dispuesto a ejercer mi responsabilidad sin desplazarla a otras instancias. En román paladino eso quiere decir
que mientras yo sea fiscal general del Estado los nombramientos se seguirán haciendo como dice la ley, a propuesta del fiscal general del Estado oído el Consejo Fiscal. Ni se consultarán previamente en ningún despacho de ningún Ministerio ni mucho
menos recibiendo indicaciones o instrucciones ni se decidirán en ninguna ejecutiva de ninguna asociación ni en ningún sanedrín ni de ningún otro modo. Al llegar al cargo tuve la sensación, a través de conversaciones con algunos compañeros, de que
esto no siempre fue así y, tal vez por eso, el cambio haya podido producir extrañeza o desconcierto en quienes consideren que la fórmula que establece la ley no se ajusta a sus propios intereses corporativos, o personales, como podían hacerlo otras
prácticas como las que he enumerado. Pero esas otras prácticas no son conformes con nuestro sistema legal; el sistema legal dice que los nombramientos se hacen a propuesta del fiscal general del Estado, no de otras instituciones, y oído el Consejo
Fiscal.



En segundo lugar, me gustaría destacar que cuando se me pregunta en el Parlamento y fuera de él por la política de nombramientos del ministerio fiscal, y me remito al 'Diario de Sesiones' de esta Cámara y a las hemerotecas, en realidad no se
está cuestionando política alguna, sino que lo que se está discutiendo son determinados nombramientos, con nombres y apellidos y curiosamente en general no por el hecho de haber recaído en determinada persona, perfectamente idónea, perfectamente
capaz y con una trayectoria intachable, sino que lo que se me critica es no haber favorecido a otra más próxima o diferente. Es decir, que cuando en aplicación de esos criterios que acabo de exponer el candidato propuesto pertenece a un determinado
sector de la carrera fiscal, el nombramiento se percibe entonces como justo, lógico y esperable. Pero si favorece a un profesional que no pertenece a ese sector o que no cuenta con las bendiciones de ese sector, entonces la decisión del fiscal
general forma parte de una política malévola de reequilibrio


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ideológico, expresión ésta, por cierto, que como saben perfectamente todas SS.SS. yo no he empleado jamás, por mucho que algunos se empeñen en ponerla entrecomillada al lado de mi nombre. Ni he empleado la expresión ni he albergado, por
supuesto, dicha pretensión. Pero como no hay más remedio, tendré que explicar por enésima vez algo que no me gusta explicar y, no me gusta explicar porque sé que incomoda a algunos, y así me lo hacía ver el otro día de una manera muy correcta y muy
razonable el vicepresidente de esta Cámara, pese a que por mi parte les aseguro que no existe ninguna intención valorativa, sino solo la mera necesidad de aclarar por qué ocurren determinados hechos. Si algún reequilibrio se ha producido no tiene
nada que ver con una voluntad predeterminada de este fiscal general que les habla, sino con el peso de la situación con la cual me encontré en el momento de mi acceso al cargo; situación gestada, como es notorio, sin ninguna intervención mía.



En efecto, si se quieren sacar consecuencias del mero cómputo aritmético de los fiscales ascendidos o nombrados en los últimos dos años en razón de su pertenencia a una asociación o a otra, habrá que tener en cuenta que en aquel momento
inicial había un número no pequeño de profesionales que llevaban años intentando acceder a ciertos cargos y que sistemáticamente habían visto frustradas sus aspiraciones, viéndose preteridos por otros fiscales, en muchos casos más modernos, sin que
en muchos de esos supuestos ni siquiera se diese ni en el Consejo Fiscal ni fuera de él la más mínima explicación acerca de los criterios que fundamentaban las propuestas y los nombramientos, como yo la estoy dando en este momento. El único
elemento común aparente a todos estos excluidos, además de su competencia profesional, era su no pertenencia o su no afinidad a la Asociación conservadora de Fiscales. No es una impresión mía, es un dato objetivo fácil de comprobar analizando los
nombramientos de los ocho años anteriores. No sé si es esa coincidencia o si esa coincidencia se puede calificar de ideológica, porque yo no creo mucho en este tipo de etiquetas, pero el hecho es que cuando yo llegué a la Fiscalía General del
Estado estos señores, estos grandes profesionales seguían esperando ocupar cargos para los que nadie discutía ni discutió nunca su idoneidad; simplemente no se les nombraba. De manera que cuando cambia la situación y se les permite concurrir en
igualdad de condiciones se produce entonces un efecto que no sé si es de reequilibrio, pero sí es de recuperación profesional de esos fiscales, que una vez que se utiliza la misma vara de medir para todos se sitúan sin mayor dificultad en los
puestos que antes tenían vedados, no porque los coloque el fiscal general, sino por sus propios méritos profesionales que nadie niega, los méritos que tenían y los méritos que además fueron acumulando durante todo el tiempo de espera.



Precisamente por ello, me gustaría invitar por última vez a SS.SS. a prescindir de las consignas, de los tópicos y a valorar con objetividad las decisiones concretas que he adoptado en ejecución de esa política que, como digo, de política
tiene más bien poco. Si quieren nos fijamos, y con esto concluiría, en los últimos Consejos Fiscales el último Consejo se ha celebrado hace escasamente dos semanas. En los puestos más relevantes propuse al Gobierno, por tercera vez en mi mandato,
el nombramiento de un teniente fiscal del Tribunal Supremo, que es el número uno moral de la carrera fiscal y el sustituto natural del fiscal general del Estado. Por si alguien no lo recuerda, mi primera propuesta, después de cerca de un año de
ejercicio del cargo de fiscal general del Estado, para el cargo de teniente fiscal del Tribunal Supremo fue mantener en ese cargo al señor Luzón, que había sido nombrado por el Gobierno anterior.
Cuando terminó su mandato de cinco años fue renovado
y el fiscal general del Estado propuso al Gobierno su renovación y su renovación fue aceptada por el Gobierno, continuando en el cargo hasta su jubilación. La segunda propuesta que hice para teniente fiscal fue nombrar al señor Martínez Zato, que
en ese momento era el fiscal de sala más antiguo y que fue apoyado mayoritariamente por el Consejo Fiscal. No tuvo ningún otro candidato en contra que fuese ya fiscal de sala. Y el último ha sido el señor Martín Casallo, que no pertenece a ninguna
asociación, que también era además, en el momento de la propuesta, el fiscal de sala más antiguo y que obtuvo el apoyo mayoritario de los consejeros. Fue el único solicitante. Un puesto clave, como el de fiscal de Sala de Violencia de Género,
probablemente el más importante desde el punto de vista operativo que he realizado hasta ahora, recayó en otra fiscal no asociada que también fue apoyada por la mayoría del Consejo Fiscal, doña Soledad Cazorla, que creo que no lo está haciendo nada
mal. A su vez, para el cargo estratégicamente más importante, en este caso en el aspecto interno de organización del ministerio fiscal, que es el fiscal jefe de la Unidad de Apoyo, fue designado otro fiscal que no está afiliado a ninguna
asociación, don José Luis Bueren, y también recibió el apoyo mayoritario del Consejo Fiscal. Esos han sido los últimos nombramientos más relevantes hasta el último Consejo Fiscal.



El último Consejo Fiscal me parece un buen ejemplo de cómo funcionan los criterios que les expuse antes cuando conducen a determinados resultados y entonces nadie se queja. De diez propuestas de nombramientos, todas fueron coincidentes con
la posición mayoritaria del Consejo, salvo dos, en las que se produjo un empate. El primero de dichos empates, en el caso de la fiscal jefe de la Sala de lo Social, lo decidí a favor de doña Pilar Barrero, a la que propuso el teniente fiscal del
Tribunal Supremo, teniendo en cuenta que éste, el señor Martín Casallo, era precisamente quien ocupaba con anterioridad el cargo de fiscal jefe de la Sala de lo Social, que era el cargo que había que cubrir y, por tanto, algún fundamento tenía para
opinar. De los dos solicitantes que obtuvieron apoyo en el Consejo Fiscal, fue precisamente la única que además pertenecía ya a la Sala cuya jefatura se debía nombrar. Supongo que ni el propio teniente


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fiscal, ni el resto de los miembros del Consejo que la apoyaron, ni yo mismo, deberíamos haber estimado que existía un obstáculo insalvable para su nombramiento por el hecho de que pertenezca a la Unión Progresista de Fiscales. El otro
empate se produjo en la plaza vacante de la Inspección Fiscal, donde actué exactamente con el mismo criterio, en este caso atendiendo a la inclinación del fiscal jefe de esa fiscalía, es decir, el fiscal jefe de la Inspección Fiscal, que no sé si
sabrán que es un distinguido miembro de la Asociación conservadora de Fiscales, a la que un tiempo atrás representó el propio Consejo Fiscal como vocal electivo, y que me hizo ver la conveniencia de proponer para esa plaza a doña María Carmen
Tirado, que me parece que no está afiliada a ninguna asociación.
Por tanto, los dos supuestos en los que no hubo una mayoría clara del Consejo Fiscal, sino un empate, se resolvieron a favor de dos candidatos que, en cada caso, eran los propuestos y
apoyados por los dos vocales institucionales que representan a la institución, los dos vocales natos, y que además eran los jefes correspondientes al área que se debía nombrar, a la Sala de lo Social y a la Inspección Fiscal. También casualmente
los dos empates fueron resueltos a favor de una fiscal, de una mujer, que creo que también es conveniente que accedan a los puestos de máxima dirección, pero en este caso no por su condición de mujer, sino total y absolutamente por su enorme
capacidad profesional y por su mejor perfil para el cargo que se trataba de ocupar. Importa destacar que además en este último Consejo Fiscal he tenido la enorme satisfacción de dar cumplimiento a uno de los objetivos declarados de mi mandato,
dotar a la sociedad española de sendos fiscales de sala especialistas en medio ambiente y en siniestralidad laboral. La propuesta para ocupar el cargo de fiscal de Medio Ambiente ha recaído, con el apoyo unánime del Consejo Fiscal, en uno de los
especialistas en la materia más reputados dentro y fuera del ministerio público y dentro y fuera de nuestras fronteras. No sé si el nombre internacionalmente reconocido de don Antonio Vercher podrá ser objeto de tacha porque pertenezca a la Unión
Progresista de Fiscales. Para la plaza de fiscal de Sala de Siniestralidad Laboral, que constituye una aspiración casi personal, ligada a un proyecto personal, a un proyecto nuclear de mi gestión como fiscal general, he tenido el honor de proponer
a un profesional de talla excepcional, con una larga experiencia de jefatura y con una sólida formación jurídica. Y tampoco sé, señores diputados, por qué tengo que aclarar que ese gran profesional, que es don Juan Oña, es un distinguido miembro de
la Asociación conservadora de Fiscales, de la misma asociación a la que también pertenece como vocal electivo del consejo don José María Parra, hasta ahora fiscal jefe de Tarragona. Don José María Parra, vocal electivo del consejo por la Asociación
conservadora de Fiscales, fue uno de los vocales del Consejo Fiscal que pidió hace unas semanas mi dimisión por mi política de nombramientos. Imagino que no sería tanta su desconfianza en esta política cuando inmediatamente después él mismo
solicitó una plaza de fiscal del Tribunal Supremo, lógicamente en la creencia de que podía obtenerla. Y créanme que me alegra sinceramente que hoy pueda celebrar conmigo que aquella petición de dimisión no tuviese éxito, puesto que así he podido
hacer justicia a sus méritos profesionales proponiendo efectivamente su designación para ese cargo, a la que concurría con otros dignísimos candidatos perfectamente idóneos.
Debo decir también que hubo dos candidatos que obtuvieron una votación
significativa en el consejo y, pese a esa alternativa, opté por el nombramiento de don José María Parra, uno de los que recientemente se había inclinado por criticar la política de nombramientos del fiscal general, pero que tenía mayor experiencia,
que tenía años de desempeño intachable de su jefatura y tenía una calidad jurídica del trabajo que me parecía procedente proponer su nombramiento. Nombramiento para la Fiscalía del Tribunal Supremo, que tiene una enorme relevancia y que además ha
sido la propuesta del fiscal general asumida por el Consejo de Ministros celebrado la pasada semana. Por tanto, la semana próxima don José María Parra tomará posesión del cargo del fiscal del Tribunal Supremo.



En fin, señorías, tampoco sé si por lo menos en atención a la proximidad cronológica entre el hecho y la petición de esta comparecencia debo entender incluida en la pregunta acerca de la política de nombramientos, o incluso en la teoría del
reequilibrio ideológico, la pretendida polémica, y subrayo el término pretendida, acerca de la renuncia de don Eduardo Fungairiño como fiscal jefe de la Audiencia Nacional. Si es así, me permitirán que me refiera a esta renuncia de forma casi
telegráfica por tres razones. Primera, porque no quiero cansar más a sus señorías; segunda, por respeto a la Comisión de Justicia del Senado, que a instancia del Grupo Popular de la Cámara Alta me ha citado la próxima semana específicamente para
explicar las circunstancias de este relevo, en tercer lugar, por respeto al propio señor Fungairiño, que me parece que, comprendiendo perfectamente cuál era la situación, prefirió presentar su renuncia voluntaria por razones personales. Entiendo
que lo hizo con la finalidad que yo le reconozco de ahorrar a la institución y ahorrarse a sí mismo el desgaste subsiguiente a un expediente de remoción. Como precisamente por este mismo objetivo -ahorrar a la institución y ahorrarse a sí mismo el
desgaste de un expediente de remoción-, fue por lo que le ofrecí en alternativa la renuncia voluntaria, no sería justo ni sería leal ni correcto que yo viniese a esta Cámara a exponer un catálogo de agravios. Simplemente diré que, como es obvio, la
Fiscalía de la Audiencia Nacional constituye una de las posiciones de vanguardia del ministerio fiscal en el Estado de derecho, y por tanto no puede fallar ni la comunicación, ni el entendimiento ni la máxima articulación funcional con la Fiscalía
General del Estado. Como después de muchos intentos de evitar y de reparar esos fallos llegué a la conclusión de que no quedaba otro remedio, decidí relevar al fiscal jefe.
Pero eso no significa


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ni descalificación profesional del señor Fungairiño ni negación de sus méritos. Créanme que si alguna duda tuviera sobre esos méritos no habría procedido a adscribirlo a la Fiscalía del Tribunal Supremo ni a designarlo como asesor directo
del fiscal general en materia de terrorismo, no estaría, como está, asistiendo a reuniones internacionales en nombre del ministerio fiscal español, o incluso encabezando la delegación del ministerio público en una comisión rogatoria a Marruecos,
como ha sucedido esta misma semana, en la investigación de un asunto de terrorismo islamista, en la que ha acompañado ayer mismo al juez Fernando Grande-Marlaska.



Termino. En los últimos días, a veces en medio de cierta tormenta política y mediática, he tenido ocasión de reflexionar, incluso de reflexionar públicamente, sobre la necesidad de que el ministerio fiscal pueda desempeñar sus funciones con
la autonomía que la Constitución le atribuye en garantía de la imparcialidad y, en fin, en la garantía de los derechos de los ciudadanos. Espero haber contribuido con mis explicaciones a aclarar dudas y a deshacer malentendidos que, en mi opinión,
vienen dando lugar a veces a juicios de valor absolutamente infundados. Sé que a quienes hagan estos juicios de valor de mala fe, como instrumento de su propio interés particular, no se les podrá convencer nunca de nada, pero, como dije al
principio, agradezco a esta Cámara y en especial al Grupo Popular que me haya brindado la ocasión de explicar hechos y exponer razones. Por mi parte solo me queda pedir a todos, una vez más, como me exijo a mí mismo, rigor en el análisis, respeto
institucional y responsabilidad en el ejercicio de la legítima crítica, asumiendo por encima de cualquier otra idea que el ministerio fiscal no es de nadie ni está contra nadie. Es una institución al servicio de todos los ciudadanos que trabaja
mucho y que trata de hacerlo bien, aunque, como también he dicho, no sea precisamente fácil. Porque es muy difícil y porque no sería sincero si no dijera a SS.SS. que sospecho que puede serlo todavía más, no quiero salir de esta sala sin volver a
solicitar de todos los grupos, de todos ellos, la confianza, el apoyo y la colaboración que necesita una institución que, como acabo de repetir, solo aspira a trabajar al servicio de los ciudadanos. Cuando he dicho que agradezco al Grupo Popular
que a través de su solicitud me haya permitido explicar nuestra posición, no he querido ser ni cínico ni irónico, solo he querido expresar con absoluta sinceridad que me gustaría haber cumplido este objetivo. He venido a la sede de la soberanía
popular a decir una vez más lo que he dicho siempre: que en lo que al fiscal concierne el Estado de derecho ha funcionado y va a seguir funcionando sin fisuras y sin excepciones. No haremos nada que no esté en las leyes, en las leyes que emanan de
este Parlamento, ni dejaremos de hacer nada que esas mismas leyes nos exijan hacer. Podremos, seguramente, cometer errores, y soy muy consciente de que estamos sujetos a la crítica pública por ello. Pero también estoy convencido de que ese mismo
Estado de derecho será mucho más fuerte, precisamente en un momento en que me parece que esa fortaleza es especialmente necesaria, si aunque el fiscal esté sujeto a la legítima crítica se le permite operar en el ámbito que le es propio, apartando de
su actuación los focos del debate político continuo, ahorrando los titulares sensacionalistas y sobre todo permitiéndole alejarse del campo de batalla, del acoso y de la descalificación permanente. Por eso no quiero cejar en el empeño. El
ministerio fiscal que dirijo sigue necesitando la colaboración de todos porque su empresa es la de todos.
Quiero, por tanto, que mis últimas palabras en esta intervención sean para reiterar mi gratitud y para hacer una petición. Pido a todas las
señoras y señores diputados, a todos y a cada uno, sin distinción ideológica y al margen de las estrategias políticas esa colaboración y esa ayuda. Les aseguro que si cuenta con este mínimo consenso, el ministerio fiscal no les va a fallar.



El señor PRESIDENTE: Queremos tomar nota de los grupos parlamentarios que van a intervenir para reordenar la sesión. (Pausa.) Veo que todos van a intervenir. Como saben SS.SS., tenemos intensa actividad parlamentaria, y por lo tanto
seremos rígidos en el control de los tiempos, y por ello no es intención de la Presidencia conceder más de un cuarto de hora por grupo parlamentario. En nombre del Grupo Parlamentario Mixto tiene la palabra la señora Lasagabaster Olazábal.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: La verdad es que pensaba que iba a intervenir el solicitante de la comparecencia, el Grupo Popular, porque es lo razonable y normal, independientemente de que es una costumbre, y que yo me adapte a ella.



El señor PRESIDENTE: Es comparecencia acumulada, y todas las comparecencias hasta el momento las estamos realizando en esta Comisión de menor a mayor.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Es la comparecencia acumulada, pero las dos son del Grupo Popular, y en todo caso yo me adapto a las tradiciones de la casa y de las comisiones.



El señor PRESIDENTE: Se lo agradezco.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: No tengo ningún problema en hablar la primera, sin perjuicio de que me parece más razonable saber cuáles son las razones que llevan a un grupo parlamentario a solicitar una comparecencia. Pero, en fin, no
tengo ningún problema y no es lo que se hace en otras comisiones.



En todo caso, yo diría muy brevemente lo siguiente. Nos parece que, al menos la primera solicitud de comparecencia no responde ni a la realidad, ni a la oportunidad ni especialmente a una razón de peso que pueda llevar al fiscal general a
explicar algo que ha sido explicado


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reiteradamente en muchas ocasiones en esta casa tanto, por parte de los distintos agentes que están involucrados desde el inicio de las determinadas actuaciones en un procedimiento judicial como por los distintos miembros de carácter
político que tienen obligación de presidir las comparecencias y los encuentros en esta Cámara. Y lo digo porque a quien realmente corresponde lidiar con este tema de la Ley de Partidos, sinceramente lo digo, sería a esta Cámara. Es decir, para
nosotros la Ley de Partidos no tiene una definición más cierta desde nuestra posición política que la de un inmenso error político y un desacierto en términos jurídicos. Y me explicaré muy brevemente porque me han oído por activa y por pasiva tanto
en todos los trámites de regulación y tramitación de dicha ley como en la posterior aplicación de la misma, de una manera desordenada y desacertada para nosotros. Lo único que ha creado esa ley han sido dos cuestiones claves: una serie de
consecuencias muy negativas en cascada que han llegado incluso a proceder a la colisión y vulneración de determinados poderes tradicionales en un Estado, como puede ser un poder legislativo como el Parlamento Vasco, y en definitiva a generar una
exacerbación de la crispación en toda la sociedad -hablo de la sociedad vasca-, sin que ello supusiera ningún elemento de aportación positiva a ninguna cuestión política ni a la resolución de ningún conflicto. El error político radicaba en que lo
que se pretendía y lo que se ha pretendido no ha sido regular el régimen de funcionamiento de los partidos desde un punto de vista de la exigencia democrática; de hecho, es más que evidente, como dijo en la primera comparecencia el ministro del
Interior, que era necesario proceder en esta legislatura a una legislación de partidos, cuando realmente se había estimado que la Ley de Partidos era de aplicación general, no una ley ad hoc, como al final ha resultado: una ley ad hoc con
posibilidades de vis expansiva a quienes tuvieran la iniciativa o pudieran tener pretensiones o ambiciones de hacerlo. Ha sido una ley que se ha utilizado de manera muy oportuna u oportunista -me permitirán la expresión- en muchas ocasiones, y
desde el punto de vista jurídico a veces no con todo el rigor que requería la ley ya que, entre otras cosas, no se podía tener rigor puesto que esa ley tiene graves deficiencias jurídicas en muchos de sus aspectos.



Desde el punto de vista del ámbito del artículo 9, desde el punto de vista de la determinación de los supuestos en los que se podría entender en esa ley que determinados partidos o determinadas formaciones podían incurrir en colisión con el
artículo 9; desde lo que se refiere a la ejecución de las sentencias que suponían la sucesión de partidos; desde la Sala 61, que estableció una composición francamente discutible respecto a quién tenía que enjuiciar; desde el tiempo que se ha
tardado en dilucidar recursos de amparo en apenas 48 horas, la ley ha sido un ejemplo de lo que no se debe hacer desde el punto de vista jurídico parlamentario y de lo que no debe ser aplicable desde el punto de vista político. Este es un tema que
está todavía ahí desde muchos puntos de vista y que, estoy convencida de que llegará incluso al Tribunal de Estrasburgo en relación con si determinados derechos de defensa se han realizado de conformidad con la carta que nos ocupa, de protección
desde el punto de vista también europeo, con el Convenio de Derechos Humanos.



Me voy a limitar a decir que lo que fue un error político y un desacierto jurídico debe ser objeto de una reforma sustancial que implicaría exclusivamente a estas Cortes Generales, y por tanto nada más habría que decir respecto al
comportamiento del fiscal general en cuanto a la determinación de la aplicación de la ley, en muchos casos muy ad hoc, que ha afectado no digo en el caso de iniciativas de impulsos políticos, sino incluso en los desaciertos jurídicos por la
interpretación que permitía la ley, de la que en muchos casos no era responsable la fiscalía, sino el desacierto jurídico en la tramitación. Me atrevo a decir que en muchos casos ha llevado incluso al perjuicio de los derechos de reunión más
individuales de las personas, es decir, se ha intentado utilizar una ley de partidos políticos en ejecución de sentencias que afectaban al derecho de reunión y de expresión de personas que en ningún momento tenían que ver con determinados colectivos
o formaciones y que simplemente era un ejercicio de libertad de expresión y de manifestación que no ha sido en ningún momento restringido por sentencia o condena alguna. Es decir, se han llegado a afectar los derechos más individuales más allá de
lo que dice la propia Ley de Partidos Políticos, algo que nos parece una aberración en una sociedad que pretenda ser democrática y de Estado de derecho.



Terminaré diciendo que hay que hacer una derogación de esta ley; esta diputada, en representación de su formación política lo ha pedido y lo pidió en el mismo inicio de esta legislatura; hubo un debate en la Cámara, no se consideró
oportuno, pero creo que la realidad nos ha demostrado que en lo que dijimos en su momento teníamos mucha razón y que no se tendría que haber llegado a la aplicación una ley que ha generado muchas más complicaciones que los que pretendía resolver. Y
en relación con lo que se determina la realidad social, famosa realidad social, es bien evidente que este es un principio ordenador y rector de la aplicación de la ley, que no es matemática por cierto, y que puede y debe ser utilizado siempre y
cuando no se proceda a la anulación del contenido de la propia ley, en un sentido contrario de lo que se contiene en sus normas. La realidad social se utiliza cuando interesa. Si observamos, por ejemplo, y no es el caso del ministerio público pero
sí es el caso de los jueces y magistrados, en una misma entrevista podemos ver claramente cómo, por ejemplo, para el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la realidad social es objeto de principio rector, por ejemplo, en la
sentencia en relación con la nueva doctrina Parot que nos parece una aberración. Ahí sí cabe la aplicación de la realidad social, como él dice en la declaración pública ajena a la función jurisdiccional que tiene. En cambio, en otros casos
establece que la ley es de


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aplicación única y exclusiva sin ninguna aplicación al principio rector de la realidad social. En definitiva, una contradicción en sus propios términos que hace absolutamente ridículas a veces determinadas apelaciones a la realidad social
en función del interés político de cada momento. Yo me limito a decir que corresponde a esta Cámara la responsabilidad de deshacer un entuerto políticamente inconveniente y desacertado desde el punto de vista jurídico. Por tanto, señor fiscal
general, le agradezco sus explicaciones, y no intervendré más porque creo que es de sentido común saber dónde estamos, qué tenemos que hacer a partir de ahora, sin que haya ninguna conexión con el propio Poder Judicial en sus extremos más amplios,
que tiene que hacer lo que tiene que hacer con el principio rector de la realidad social y sin entrar en la colisión con el Poder Legislativo que en muchas ocasiones se ha producido.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Coalición Canaria-Nueva Canarias tiene la palabra el señor Mardones Sevilla.



El señor MARDONES SEVILLA: Quiero que mis primeras palabras sean también de salutación y de bienvenida al señor fiscal general del Estado, en correspondencia con lo que él también ha dicho al principio de su intervención. Coalición Canaria
no entra en la casuística específica a la que se ha referido el señor fiscal general del Estado respecto al Partido Comunista de las Tierras Vascas, sino que lo quiero enfocar desde una perspectiva primero general, en sus manifestaciones, y por otro
lado particular, por lo que respeta a la Comunidad Autónoma de Canarias. Le adelanto, señor fiscal general del Estado, como ha sido norma siempre en mi grupo parlamentario, nuestro apoyo, cooperación y colaboración con el ministerio fiscal.
Entendemos, como no podía ser menos, evitando también opiniones extraparlamentarias o intraparlamentarias de cuestionar principios que están perfectamente asentados en la misma ley originaria del ministerio fiscal de 1981, que ha sido una buena ley,
solamente ha tenido una modificación últimamente de perfeccionamiento y adecuación, sobre todo para reforzar determinados órganos colectivos del ministerio fiscal, como es el Consejo Fiscal.



Empezando por la política de nombramientos que ha practicado el ministerio fiscal, a nosotros nos parece, en primer lugar, que es correcta y es competencial. Nos podrá gustar más o menos un determinado fiscal por su perfil profesional o su
actuación, pero es una cuestión puramente subjetiva y, por lo tanto, nosotros no le damos más valor que el de la anécdota. Lo que sí que queremos valorar positivamente es que esa política de nombramientos se realice en un escenario panorámico como
es el Consejo Fiscal, que se pronuncien los señores fiscales, y esto nos parece muy positivo, muy aleccionador, y después, como se trata del ministerio fiscal, de una estructura jerarquizada en un principio de autoridad y de jerarquía, a eso nos
atenemos, porque sería como cuestionarle al Ministerio de Defensa la forma en que está nombrando los tenientes generales, los generales o los coroneles. Como hay una estructura jerarquizada, sus razones tendrán, curriculares o de mejor causa, para
efectuar los nombramientos. Después caerá más simpático o antipático un determinado cargo, pero esto, vuelvo a decir, no lo planteamos. Tiene el señor fiscal nuestro apoyo y sintonía en la medida en que se llegue a decisiones de audición
colegiada, como es la del Consejo Fiscal, que con la información que usted ha facilitado en su comparecencia de hoy sobre los últimos nombramientos se ve que está funcionando con armonía, en lo que tendrá nuestra cooperación.



Respecto a otras cuestiones, como la confianza, el apoyo, la colaboración, la ayuda que usted ha pedido, dado que el ministerio fiscal se rige fundamentalmente por unos principios de legalidad y de imparcialidad, nosotros nunca hemos querido
hacer manifestaciones públicas que pudieran trasladar opiniones subjetivas a un entendimiento de apoyo a la institución en sí misma. Esto tal vez, señor fiscal general del Estado, debe tener una correspondencia; tal vez usted presida o dirija una
institución fundamental constitucional del Estado en la que a veces la prudencia verbal tiene que manifestarse porque se cruzan después opiniones. A nosotros nos ha sorprendido, por ejemplo, una opinión respecto a supuestas indicaciones suyas que
han salido en los medios informativos y que después llevaron a un juez -como están los medios lo puedo decir-, al juez Garzón, que prácticamente viene a acusarlo a usted de incitar a la prevaricación. Claro, si un señor se permite opinar sobre dar
una determinada instrucción a los fiscales que están operando para decirles que no se cargue la mano sobre algo, basta esa insinuación publicitada para que venga un juez ahora y diga que el fiscal general del Estado está incitando a la prevaricación
a los fiscales. Esta es una discusión que viene muy de antiguo, cuando se han dado, instrucciones por parte del ministerio fiscal en varios asuntos que han merecido que el fiscal general del Estado redacte una circular que se traslade a toda la
estructura operativa y funcionarial de los fiscales. Nosotros estamos en la misma línea de apoyo y de cooperación a este respecto.



Quisiera terminar, señor presidente, señor fiscal general del Estado, con una referencia a las normas de actuación, que no son del principio de legalidad y de legitimidad, como tiene el ministerio fiscal, dado que la Ley de Partidos
Políticos 6/2002 señala que la legitimidad para declarar la ilegalidad de una fuerza política y pedir su disolución solamente corresponde al Gobierno o al ministerio fiscal. Lo que en esa línea haga el ministerio fiscal nos parecerá que está
ajustado al procedimiento legal y no tenemos nada que añadir, sino decir que lo ejerza con la naturalidad de un Estado democrático y de derecho. Y, como bien ha expresado en su intervención de hoy el fiscal general del Estado, usted en su persona
nos deja tranquilos y le damos el plus de confianza que eso conlleva. Y trasladadas esas actuaciones


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del ministerio fiscal fuera de la escala de la legitimidad para partidos políticos y con el principio de legitimidad y legalidad para que los fiscales anticorrupción actúen con la demanda de justicia que hoy día tienen y que se están dando,
en la Comunidad Autónoma de Canarias ha habido varias intervenciones de apoyo al respecto y se nombraron dos fiscales anticorrupción en el archipiélago canario. Nosotros queríamos hacer hoy aquí, desde Coalición Canaria y desde mi voz de portavoz,
un testimonio de reconocimiento al ministerio fiscal en Canarias, y sobre todo a la actuación de los dos jueces anticorrupción, porque desde luego en política se necesita que el aire sea respirable, tenemos que aplicar la ley antitabaco para que no
haya humo, que no haya humo tóxico, y nos podamos entender perfectamente. Con este reconocimiento, y excitando el celo desde nuestro debate de hoy sobre los fiscales anticorrupción y la función que vienen desempeñando en Canarias, nos ratificamos
también aquí en un testimonio de confianza de apoyo y de colaboración, porque en la lucha contra la corrupción que se da en estructuras administrativas de cualquier tipo, local, autonómico, administrativo, general, del Estado, la acción del
ministerio fiscal de anticorrupción es verdaderamente decisiva para que la política y los políticos nos sintamos seguros y orgullosos de que quien es honesto y honrado está siendo defendido por el ministerio fiscal, y al corrupto le aplican ustedes
la ley y que el juez lo condene con los parámetros que los códigos de justicia señalan.
Reiterándole nuestro apoyo y colaboración, termino, señor fiscal general del Estado, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Vasco tiene la palabra la señora Uría Etxeberría.



La señora URÍA ETXEBERRÍA: Señor fiscal general del Estado, muchas gracias por sus explicaciones, que, efectivamente, como lo ha dicho, nos ha dado ya en ocasiones repetidas ante esta misma Comisión. No acierto a entender el porqué de la
petición de su comparecencia. Yo, ciertamente, le creo en cuanto al fondo, y le aprecio en todas las ocasiones igual capacidad de convicción, con lo cual me parece bien y correcta la actuación que el ministerio fiscal ha tenido en relación con las
cuestiones por las que se le pregunta por parte del grupo mayoritario. Pero como estamos hablando de actuaciones referidas al entorno del mundo de Batasuna, en relación con algunas anteriores, sobre todo de los tiempos en los que se hablaba de la
utilización de todos los instrumentos del Estado de derecho sin complejos -esta expresión de sin complejos viene a cuento de la que le voy a manifestar-, me gustaría hacerle a usted una pregunta sobre una noticia que en estos días ha aparecido en un
medio de prensa en relación con el destino que se iba a dar por la Sala 61 a un dinero, mucho dinero, procedente de las subvenciones electorales de la entonces coalición electoral Batasuna, referidas a cantidades que debió cobrar en los años
ochenta. Usted conoce el devenir de todas estas cantidades, el grupo Batasuna litigó en relación con ellas, ganó todas las sentencias, las correspondientes resoluciones judiciales fueron objeto de procedimientos para su ejecución, y fruto de la
exigencia de la ejecución de estas sentencias, la subsecretaria de Interior, hoy ilustre diputada de esta Cámara, tuvo incluso que pagar las multas por desobediencia a los tribunales por no ejecutar estas resoluciones.



Viene esto a cuento, señor fiscal general, de que cuando se aprueba la Ley de Partidos en esta Cámara se nos dice una y otra vez por parte de quienes la auspiciaban, los dos partidos, el que actualmente apoya al Gobierno y el partido
mayoritario de la oposición, que la plena constitucionalidad se basaba en una materia en concreto, y era la no producción de efectos retroactivos por la ley que en aquel momento aprobábamos. ¿Cómo se solventó entonces por estos usadores,
utilizadores respetuosos de la utilización sin complejos del Estado de derecho, cuestión de hacer que estas cantidades, a pesar de las resoluciones judiciales firmes y del mandato constitucional de juzgar y hacer cumplir lo juzgado, no llegasen a
manos de la formación política a la que no se le quería, en modo alguno, dar estas cantidades? Pues se utilizó para ello nada más y nada menos que la ley de acompañamiento a los Presupuestos Generales del año 2002, un instrumento normativo que
antes existía y que se utilizaba lo mismo para la regulación de los hidrocarburos que del régimen de los notarios, y de repente tiene una disposición vigésimo tercera, en la que se habla del pago de subvenciones a partidos políticos. A través de
este instrumento normativo, que no dudo que tenga rango de ley, pero tan desvalorizado, se utiliza el artilugio o el artificio de considerar inaplicable a esos supuestos, a los supuestos concretos de las subvenciones que correspondían a la coalición
Batasuna, el artículo 105 de la ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, considerando causa de imposibilidad legal de ejecutar esas sentencias el que se cumpliesen los requisitos determinados que, como no cabían en la
ley de partidos porque era una ley perfecta y no iba a tener efectos retroactivos, se hacen incluir en la ley de acompañamiento.



Señor fiscal general, me tocó ser ponente, y lo tengo a gala, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que creo que ha sido generalmente alabada como un texto legal aceptable, y créame que cuando llegamos a la plasmación de
este artículo 105 nos costó mucho cohonestar la posibilidad de que en ocasiones no fuese posible cumplir resoluciones judiciales aquilatando mucho los motivos que se iban a poner, puesto que éramos conscientes de que hablábamos del incumplimiento de
algo que la Constitución declara como sagrado: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
Sin embargo, con un instrumento tan de clase B -si me permite una expresión coloquial- como es la ley de acompañamiento se decidió la inejecución de estas
resoluciones


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judiciales. Por lo menos nos quedaba la satisfacción en aquel entonces, en cuanto advertí que esto se iba a producir, de que a su paso, al paso de la ley por el Congreso de los Diputados, puesto que en aquel entonces la mayoría de la
oposición, que era el Partido Socialista, hoy gobernante, estaba votando que no reiteradamente a todas la leyes de acompañamiento, votaría también a esto que no, y aunque la mayoría absoluta la hubiese sacado adelante, por lo menos quedaba la
satisfacción de ver que había un acompañamiento en la oposición a un precepto que a nosotros nos parece tan notablemente y notoriamente inconstitucional. Pero no fue así, el Partido Socialista votó que no a toda la ley de acompañamiento, pero pidió
votación separada respecto a esta disposición adicional vigésimo tercera, y así también con la mayoría, con el 90 por ciento de la Cámara, se acordó que estas cantidades, reconocidas en sentencia firme, que, insisto, incluso habían hecho que los
magistrados juzgadores hubiesen considerado que incurrían en desobediencia a la entonces subsecretaria del Ministerio de Interior no fuesen nunca entregadas.



Cómo han llegado estas cantidades a la Sala 61 es la pregunta que le quería formular. No me parece ni mal ni bien, pero me suscita dudas, puesto que la Sala 61, con la competencia para ilegalizar, y sobre ilegalizaciones habidas en relación
con partidos o coaliciones, desde mi perspectiva no tiene la competencia más que desde la fecha de la aprobación de la Ley de Partidos. Entonces, respecto a sentencias que son de los años ochenta, me gustaría saber cuál ha sido el mecanismo a
través del cual se ha considerado que es a través de esta sala como se van a utilizar esos medios. Creo que será usted conocedor de que sobre esto existe una cuestión de inconstitucionalidad, planteada por la misma formación política destinataria y
con derecho a las cantidades, según habían reconocido reiteradas sentencias, que fue admitida a trámite por los tribunales juzgadores y que desde el año 2000, principios de 2001, está todavía pendiente de resolución por el Tribunal Constitucional,
pero que puede que en algún momento se aprecie. Yo creo que establecer en una norma legal de la índole que son las leyes de acompañamiento la inejecución de resoluciones judiciales singulares, no se ha dado, no lo conozco como pauta de
comportamiento en ninguno de los países de nuestro entorno, que es parámetro que se suele poner por todos, y también me gustaría que si lo tiene a bien me hiciera algún comentario al respecto.



Otra cuestión que quería someter a su consideración tiene más de anécdota, y lo es por comparación, hablando del celo con el que se perseguían determinadas conductas en tiempos pasados, en concreto por su predecesor en el cargo; simplemente
se trata de acreditar un exceso en el que entonces se incurrió. En el año 2001 es público y notorio que la televisión vasca (ETB) emitió una entrevista con miembros de ETA, por cierto con idéntica horrible estética con la que han comparecido en el
alto el fuego, quiera Dios que en un tiempo futuro dejemos de ver esta gente ataviada con los rostros ocultos y con txapela, queriendo erigirse en regidores de los destinos de toda la ciudadanía vasca. Pero a lo que voy, por la emisión de esta
entrevista el que entonces era vicepresidente del Gobierno y ministro de Interior inmediatamente excitó el celo -no hacía falta excitarlo mucho, pero él lo asumió inmediatamente- del fiscal general del Estado, que inició acciones penales contra el
director del ente, contra el director de los informativos y también contra la periodista que había intervenido en aquella cuestión. Por supuesto que estas acciones penales fueron archivadas, pero no les evitó tener que subir y bajar las escaleras
de la Audiencia Nacional en repetidas ocasiones, con el alarde mediático que usted sabe que suelen llevar estas cosas e insistiendo una y otra vez en que los medios vascos protegían, amparaban, daban cobertura a ETA y estaban cometiendo importantes
delitos. De perpetuarse este criterio, de haber entendido que este es un criterio acorde con el Estado de derecho, nos hubiese llevado al absurdo de entender que ahora había que haber iniciado acciones penales contra todos los medios que se han
hecho eco de la notificación del alto el fuego por parte de ETA, puesto que no podemos llegar a pensar que los comunicados de ETA o dar altavoz a ETA, que supongo que es lo que se le imputaba en aquel entonces a ETB, es delito o no es delito según
que lo que comunique guste o no, sea bueno o sea malo para la ciudadanía en general. Quiero decir que excesos de tiempos pasados no se están produciendo, no se están cometiendo en tiempos presentes, y me gustaba traer a colación en este caso la
comparación, para que por lo menos se advierta que no siempre el parecido con cómo se actuó en tiempos pasados nos llevaría ahora al absurdo de haber tenido usted que abrir diligencias judiciales contra los medios de todo el mundo, porque relevancia
mundial ha tenido el comunicado de ETA.



A nosotros nos parecen incluso bien los comentarios que usted ha hecho en algún medio, y que le han sido enormemente criticados, en relación con la posibilidad de flexibilizar la interpretación de determinados tipos penales. Yo la entendí y
creo que mi formación política la entendió como una aplicación estricta de aquello a lo que obliga el artículo 3 del Código Civil cuando dice que los preceptos legales se aplicarán de acuerdo con el contexto, el tiempo y el lugar. Este es un
precepto del título preliminar del Código Civil, que, como saben todos los juristas de esta Cámara y creo que hasta la ciudadanía, tiene alcance constitucional, según interpretó desde muy pronto el Tribunal Constitucional. Creo que es, por tanto,
un criterio que puede ser atendible y que no supone necesariamente ningún desdoro, ni presión siquiera, en la aplicación de los tipos penales que, por supuesto con absoluta libertad, corresponde a los órganos judiciales. Insistimos en que
contextualizar los tipos penales y las actuaciones penales en relación con el tiempo en el que se dan y las circunstancias concretas del momento en el que van a producirse es un valor constitucional o un criterio constitucional, y por ello me atrevo
a solicitarle, en relación con la declaración que


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esta tarde prestará en la Audiencia Nacional Arnaldo Otegui, portavoz de la ilegalizada Batasuna...



El señor PRESIDENTE: Señora Uría, la llamo a la cuestión.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Termino ya, señor presidente. Relación con la cuestión tiene puesto que se trata de actuaciones en relación con esa organización respecto a las que se le ha pedido cuenta por parte del partido mayoritario y que
puesto que es la cuarta vez que comparece para explicarnos estas cuestiones el fiscal general del Estado parece bien actualizar el contenido de su comparecencia en relación con esta cuestión, pero seré muy breve, señor presidente. Puesto que de lo
que se trata esta tarde es de dilucidar una medida cautelar y no una condena, creo que lo que ha de revisarse son los posibles fines cautelares a cumplir por esta medida, y creemos que como fines cautelares hablar en este caso de la reiteración
delictiva o de posible peligro de huida son circunstancias inexistentes, y permitirían, por tanto, insisto, dentro de la libertad que por supuesto incumbe al ministerio fiscal, instarle para que por la fiscalía no se solicite su prisión sino que, al
contrario, se mantenga su situación de libertad...



El señor PRESIDENTE: Señora Uría, insisto en que el objeto de la comparecencia es muy definido y usted está introduciéndose en temas, materias y actuaciones que no guardan relación con el orden del día.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Concluyo, ahora sí, señor fiscal general del Estado, pero simplemente le quería advertir, con toda amabilidad, señor presidente, que se ha solido ser en esta Comisión absolutamente generoso en las salidas, que no
lo creo que es tanto, puesto que relación con la comparecencia tiene, pero dicho queda en los términos en los que se lo he manifestado al señor fiscal general del Estado.



Respecto a la segunda parte de la comparecencia, la política de nombramientos, al igual que he hecho en ocasiones anteriores, le reitero que a nosotros nos parece que no se ha producido ninguno sin los requisitos que constan en el Estatuto
del Ministerio Fiscal. Si el Estatuto del Ministerio Fiscal no gusta, ínstese su modificación, porque tiene críticas al respecto, pero yo le plantearía una cuestión que a mi información política y a mí misma nos chirría. Usted ha hecho un repaso
de todos y cada uno de los nombramientos, que, insisto, a nosotros nos parece que se han hecho con arreglo a los requisitos de mérito y capacidad y los que, insisto, se establecen en el Estatuto del Ministerio Fiscal, y que constantemente tenga que
decirse de uno que pertenece al sector progresista o al sector conservador creemos que es un desdoro para la naturaleza que debe tener el ministerio fiscal. Y ya nos gustaría -sé que no es porque usted quiera, sino porque le obliga a ello la
reiteración de las preguntas- únicamente manifestarle que existen en este momento más nombramientos entre progresistas, lo que no existía en tiempos pasados, pero que nos gustaría hacer lo posible para evitar en el futuro que sea absolutamente
imprescindible respecto a cualquier nombrado decir a cuál de los sectores se le adscribe. Sin más, agradeciéndole su comparecencia, y pidiendo perdón al presidente por el exceso que haya podido cometer, doy por concluida mi intervención.



El señor PRESIDENTE: Le agradezco sus palabras, señora Uría, y su intervención. En nombre del Grupo Parlamentario Catalán, tiene la palabra el señor Jané i Guasch.



El señor JANÉ I GUASCH: En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) agradezco la presencia, una vez más, del fiscal general del Estado ante las Cortes Generales. Digo una vez más porque ya son reiteradas sus
comparecencias en el Senado, en el Congreso, incluso en alguna otra Comisión. Por tanto, le agradecemos esta actitud de colaboración con las Cámaras.



Señor Presidente, pido públicamente excusas porque no he podido asistir a la intervención inicial del fiscal ya que coincidía con una intervención mía como portavoz en la Comisión de Administraciones Públicas con el ministro Jordi Sevilla.
Por tanto, pido ya de entrada excusas por si lo que diré se pudiera apartar de alguna manera del motivo inicial de la comparecencia, pero igual que pido excusas también digo que voy a ser muy breve.



Sobre el primer punto de la comparecencia de hoy, que es al que me voy a referir con brevedad, cuando se ilegalizó el Partido Batasuna mi grupo, ya cuando se discutió la Ley Orgánica de Partidos Políticos, hizo una enmienda que no prosperó y
votamos en contra del artículo al que esa enmienda se refería en el sentido de que nosotros no compartíamos ya de entrada, cuando se debatía esa ley orgánica, que el pleno del Congreso de los Diputados tuviera que instar la ilegalización o no de un
partido político. Entendíamos que era un mecanismo que podía llevar a efectos en algún momento perversos, a entrar en la promoción de ilegalizar desde el Congreso de los Diputados a una formación política. Nosotros lo enmendamos en el proyecto,
votamos en contra de ese artículo en la votación final de la ley orgánica, y cuando se nos pidió en un Pleno extraordinario que votáramos esa ilegalización, por coherencia con lo que habíamos hecho con la ley orgánica nuestro grupo no la votó. Con
ese precedente, y ante la comparecencia que hoy se pide, en el momento actual y en la situación actual no podemos hacer abstracción del momento actual que estamos viviendo, de las posibilidades que en este momento existen del proceso que se ha
abierto, no podemos obviarlo. Mi grupo no quiere pasar por alto este momento y quiere recordar que en el Congreso de los Diputados el pasado mes de mayo se aprobó una resolución que abría unas puertas. Sobre la base de esa resolución ¿qué


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pide mi grupo respectgo al tema que estamos tratando indirectamente hoy también en esta Comisión de Justicia? Pide la máxima discreción, la máxima cautela y la máxima unidad de todas las formaciones políticas. Por este motivo, señor
presidente, cuanto menos hablemos mejor es el criterio de nuestro grupo parlamentario para conseguir esos objetivos creo que por todos compartidos. Por tanto, vale la pena aprovechar el momento y que no lo estropeemos desde ninguna instancia.
También pido al fiscal general que mida mucho sus palabras, y lo pido así porque hay palabras del fiscal general que mi grupo puede comprender y compartir, pero quizá después el revuelo mediático y político que generan van en dirección opuesta al
objetivo compartido por todos. Por tanto, unidad, discreción, cumplimiento del Estado de derecho, en esta línea tiene el fiscal general del Estado, como la ha tenido en toda la legislatura, todo nuestro apoyo.
Y termino ya, señor presidente, mi
intervención.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Astarloa.



El señor ASTARLOA HUARTE-MENDICOA: Gracias por la comparecencia, señor fiscal general del Estado. Como siempre, y haciendo uso de eso que S.S.
llamaba el tono amable, empezaré por decirle que no me voy a deslizar por los derroteros,
digamos, castizos de decir algo similar al cándido, déjanos en paz a los españoles, porque ya sabe que la cortesía parlamentaria institucional es santo y seña de este grupo y de esta Comisión.



El señor PRESIDENTE: Existe un precepto reglamentario de que cuando se afecta a la dignidad de las altas instituciones el diputado puede ser llamado al orden.



El señor ASTARLOA HUARTE-MENDICOA: Me alegro de que se lo recuerde al señor fiscal general del Estado.



El señor PRESIDENTE: Se lo recuerdo al diputado.



El señor ASTARLOA HUARTE-MENDICOA: Yo no lo he dicho, he dicho que no me iba a deslizar, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Se lo agradezco, y le recuerdo el tenor reglamentario, señor Astarloa.



El señor ASTARLOA HUARTE-MENDICOA: Recordado, señor presidente. Lo que sí le digo, señor fiscal general del Estado, hoy, después de escucharle con la atención de siempre, es que no mejoramos. De hecho, tengo que decir que S.S. sabe que
desde este grupo hemos valorado siempre que dijese cosas con las que no estábamos de acuerdo pero intentando argumentarlas sobre la base de elementos de juicio, que podían ser más convincentes o no, pero en todo caso dignos de un debate intelectual
de ese nombre. Y hoy entiendo, y se lo digo como lo pienso, que S.S., por las razones que sean, no sé si por el de perdidos al río o por lo que sea, S.S. se ha deslizado por el chascarrillo, el desenfado en muchas ocasiones y, desde luego, la
confusión en la suma de elementos de explicación de las cosas.
Puedo entenderlo, porque S.S. comparece por primera vez en esta Comisión no solo con la crítica severa del Grupo Parlamentario Popular previa y que hoy repetiré en la sesión, sino
también con críticas muy severas que de forma generalizada se ha ganado con sus últimas actuaciones. Además, señoría, déjeme que le diga que en comparecencias anteriores, sobre todo en las primeras, S.S. decía una serie de cosas que podían
llevarnos al auto de fe de creer más o menos en lo que estaba diciendo y cómo lo estaba explicando, pero a estas alturas de la película, dos años después, señor fiscal general del Estado, usted es responsable de sus actos y de sus palabras, y ya son
muchos actos y muchas palabras, y están contados por los señores que siguen, y a los que aludía el señor presidente al inicio de esta comisión, en los medios de comunicación. No vale pues venir aquí y dar una versión personalísima de cada uno de
los hechos que contradice lo que, hecho a hecho, palabra a palabra, hoy es conocido por la opinión pública. Y lo que ha hecho hoy S.S. literalmente ha sido eso, y tengo que decirle que eso le quita toda credibilidad, desde luego le quita la
credibilidad que sí le daba el hecho de venir aquí, haber hecho una serie de cosas e intentar justificarlas y explicarlas y que luego la gente juzgase si sus explicaciones eran suficientes o no. Poner una cortina y un velo sobre lo que uno ha hecho
o ha dicho, diciendo que lo que ha hecho o ha dicho es distinto, eso no es digno de usted y, desde luego, nos da la impresión de que le lleva por el peor de los caminos en un proceso muy, muy significativo, señor fiscal general del Estado.



Yo le dije en la ocasión anterior, para resumir lo que era nuestra forma de pensar: o usted no está dando una -recordará- o las está dando todas en la misma dirección. Y tengo que decirle hoy que está rizando el rizo, porque ahora resulta
que dándolas todas en la misma dirección hasta la gente que hoy está en el Gobierno y la gente que hoy está en el Partido Socialista le han tenido que decir que no está dando ni una. Eso ya no se lo dice solo el Partido Popular. Y, claro, eso
tiene que ver con que cuando uno las da todas en la misma dirección se le nota todo, aunque luego venga aquí y de explicaciones, como por ejemplo, que en los nombramientos se sujeta a la ley. Pero es que S.S. va sumando hechos y palabras, y esos
hechos y palabras, que son suyos, son, en materia de nombramientos, reequilibrio ideológico, del reequilibrio ideológico a la confianza, de la confianza a la paciencia y de la paciencia a la amistad o a lo que sea. Mire, señoría, es usted el que
está haciendo eso y diciendo eso, y a partir de ahí puede venir aquí y decir que nombra a la gente porque usted es un fenómeno de


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objetividad o que la cesa porque es un fenómeno de prudencia. Pero los ciudadanos saben lo que usted ha hecho y ha dicho y la secuencia que dice que su política de nombramientos va a pasar a la historia, y va a pasar a la historia porque ha
destrozado los criterios de mérito y de capacidad, que son los que tienen que regir esto.



El señor Presidente ha puesto unos límites horarios y yo no puedo ir caso a caso, pero déjeme que lo resuma, respecto a la última vez que S.S.
habló de estas cosas en esta Comisión, diciéndole como resumen final que S.S. ha omitido, por
ejemplo, explicar, como se comprometió a hacer en su primera comparecencia. Sé que no le divierte nada y que cada vez que viene nos dice: Me hacen ustedes venir otra vez, pero en la primera comparecencia dijo: Vendré y muy a gusto les explicaré
porque como soy tan objetivo y tan estupendo no tengo problemas. Bueno, pues viene a disgusto y nos dice que la última vez esto ha sido menos conflictivo, pero, claro, no dice ni pío de la sesión del 20 de diciembre, que, como usted sabe, fue el
lío de los líos, la madre de los líos y que además era el compendio de todo lo disparatado que es la política de nombramientos que el Gobierno ha seguido de su mano. Aunque fíjese si ha ido usted ganando en seguridad en lo que está haciendo, que en
las primeras comparecencias lo primero que decía era: El Gobierno es el competente, yo solo propongo, y hoy ya el Gobierno no existe; hoy ya nos dice usted directamente: Yo tengo muy claro, y además sobrado, que estos son mis poderes y esto es lo
que estoy haciendo. Y lo que está haciendo, en resumen, es vinculación corporativa, como le hemos dicho todas las veces, desprecio del Consejo Fiscal, confusión de la libre designación con proximidad política, confianza o amistad, y una cosa
terrible, que es la variabilidad absoluta y permanente de los criterios sobre los cuales usted toma decisión en cada caso. Se lo hemos dicho muchas veces y hoy se lo repito con el 20 de diciembre en la mano. Cuando el candidato que a usted no le
gusta es más antiguo, el criterio no es la antigüedad. Cuando el candidato que a usted le gusta tiene sensibilidad especial en la organización de una especialidad, eso lleva a primar a ese señor sobre el número infinitamente mayor de votos de otro
candidato. Y cuando ya no quedan más argumentos, lo último que nos ha contado es que en casos determinados ha elegido a mujeres, aunque la política de género no va a ser determinante, ha añadido a continuación, para tomar las decisiones. Y qué
casualidad, señor fiscal general del Estado, que cada uno de esos criterios le llevan siempre a tomar la misma dirección de los nombramientos del reequilibrio ideológico, de la confianza, de la paciencia y de la amistad. Es así, es así.



Desde la última vez que S.S. habló en esta Cámara de esto, aparte de haberse producido este consejo por el que se pidió su dimisión ya directamente, pidieron su dimisión diciendo: Mire usted, la política de nombramientos es la más
sectaria, personalista, y tal, y le dijeron lo que le dijeron, se ha producido también el cese del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, al que usted efectivamente se ha referido y en relación con el cual, señor fiscal general del Estado, yo le
tengo que decir una serie de cosas con una meridiana claridad. La primera, que no olvide que ese cese es la crónica de una decisión anunciada. Se lo dijimos desde este grupo parlamentario desde la primera sesión en la que S.S. apareció por aquí,
y S.S. negó. Pero, claro, el 'Diario de Sesiones', como todo lo demás que reflejan los medios de comunicación, está escrito, y S.S. decía: De ninguna manera las preocupaciones del Grupo Popular son significativas. Bueno, pues las preocupaciones
eran tan significativas que, naturalmente, en un momento determinado que debió estimar el más oportuno usted borró del mapa al fiscal jefe de la Audiencia Nacional. Es de una injusticia manifiesta, en fondo y forma, que se despachen 25 años de
entrega y profesionalidad de una persona que ha sido, y lo saben todos los ciudadanos y lo agradecen todos los ciudadanos, adalid de la lucha del Estado de derecho contra el terrorismo. Y si usted cree de verdad que a los servidores públicos de
esas características se les puede despachar así en aras de su paciencia, tengo que decirle que no podemos compartir menos su visión ni de lo que es la fiscalía, ni de lo que es el Estado de derecho ni de lo que es de verdad el tratamiento a los
servidores públicos de España. Pero es que es peor, porque S.S. ha dicho hoy lo que ha dicho, aunque el otro día estuvo en esta Comisión y vino a decir que lo que había detrás de todo esto no es que usted se hubiese equivocado e hiciese las cosas
absolutamente mal, es que había una conspiración, que yo califiqué de judeomasónica, por la cual usted era realmente una víctima de algunos medios de comunicación, y no lo dijo así, pero seguro que era con la connivencia del Partido Popular y de
este grupo parlamentario. Pues bien, sepa, por lo menos sepa, aunque no lo acepte, que es imposible que un fiscal general del Estado haga las cosas peor en forma. Porque cuando usted dice primero que esto es una renuncia por razones personales,
ratifica lo que dice el propio interesado, después de conversar con usted y haberle puesto en la disyuntiva de o te vas o te echo, y usted dice aquí que nadie quiera ver manos negras, pero al día siguiente comparece en un acto público y reconoce
paladinamente que, frente a lo que ha dicho el día anterior, sí hay razones que están detrás, que es o te vas o te echo, al daño profundo que se hace a la lucha antiterrorista, a la Audiencia Nacional y al Estado de derecho por prescindir de una
persona se añade el daño profundo de un fiscal general del Estado que ni siquiera encuentra las formas adecuadas para hacer lo que él considere que tiene que hacer, aunque se llame tan lamentablemente confianza o paciencia.



Esto va ligado, señor fiscal general del Estado, con el otro gran motivo de la comparecencia, o uno de los lados del otro gran motivo de la comparecencia, que es algo que yo le he dicho aquí, se lo he dicho muchas veces con gran preocupación
y gran sentimiento, que resumía la idea de que usted, justamente quien tenía que ser el defensor de la legalidad, estaba siendo el instrumento decisivo en algo que nosotros hemos considerado durante


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estos meses el proceso de debilitamiento de las estructuras del Estado de derecho en la lucha contra el terrorismo. Y como lo hemos debatido en el pasado, no voy a volver a referirme a ese proceso que va desde su actitud en el archivo del
caso Atutxa al horror incalculable que fue la actitud de la Fiscalía General del Estado cuando se planteó la celebración del congreso de Batasuna. Pero tengo que decirle en relación con el fondo de la cuestión, primero, que lo relevante de la
crítica severa que le tenemos que hacer por su actitud sobre el Partido Comunista de las Tierras Vascas no es la discusión jurídica que podríamos mantener sobre si la interpretación de la sentencia del Tribunal Constitucional debe ser una u otra, o
sobre si los elementos eran suficientes o no los eran, porque a lo que usted ha dicho sabe muy bien que aquí en esta Cámara, y no solo en su comparecencia sino también en la del ministro de Justicia, le hemos dicho lo que decían los informes de la
Policía y de la Guardia Civil, y que la suma de hechos es abrumadora. Pero ni siquiera voy a entrar en eso, señor fiscal general del Estado, me quedo -y vuelvo a la discrepancia entre sus hechos y sus palabras, que ya no es sostenible- en la
secuencia de lo que usted ha ido diciendo sobre esto, que antes de producirse el hecho, es decir, cuando todavía se estaba en el capítulo de si la fiscalía impugnaba o no a Aukera Guztiak, S.S. dijo, a todo meter, a toda página: El criterio
determinante es que no se condene el terrorismo. Si no se condena el terrorismo de aquí al martes, decía S.S., no tendré más remedio que instar ante la Sala del 61. Y, efectivamente, usted instó ante la Sala del 61 la sucesión o continuidad de
Aukera Guztiak. Ese criterio que había valido para Aukera Guztiak ya no valió para el Partido Comunista de las Tierras Vascas. Y fíjese, vamos a darle el beneficio de la duda de que antes fue imposible que usted constatase.
Usted sabe que no se
lo doy, pero vamos a dárselo, intelectualmente, porque creo que había elementos antes para hacer lo que había que hacer.
Añado que a continuación S.S. dijo, una vez producidas las elecciones: Voy a hacer todo lo necesario para constatar que si
efectivamente esto es -como piensa todo el mundo, menos el Gobierno y usted- que este era otro de los rostros de Batasuna-ETA, haré lo necesario para... Y, claro, yo le he preguntado muchas veces, y hoy ya ni le pregunto, qué ha hecho usted desde
entonces. Vuelvo a sus palabras, que no son las mías porque no comparto su criterio, pero en todo caso ¿me quiere usted decir de todos los atentados que se han producido desde que el Partido Comunista de las Tierras Vascas empezó a ser investigado
por usted, cuál de esos atentados ha sido condenado por el Partido Comunista de las Tierras Vascas? Ni uno.
Y al mismo tiempo los señores de Batasuna entraban de asesores en el grupo, y al mismo tiempo la estructura y la organización, según los
informes que se iban haciendo privada y públicamente, iban acreditando algo que fíjese si es verdad y sabe todo el mundo menos usted que hoy alguien ha convocado una llamada reunión previa a una llamada mesa para una llamada eventual negociación
política, y a quien ha citado no es al Partido Comunista de las Tierras Vascas, porque todo el mundo sabe que el Partido Comunista de las Tierras Vascas no hace falta que venga aquí si tenemos a mano a los jefes, que son el señor Otegi y los demás
dirigentes de Batasuna. Pues salga usted a España y dígale: Soy el único que sigue diciendo que el Partido Comunista de las Tierras Vascas no es Batasuna, ETA. Salga y dígalo, porque en este momento les están llamando a reunirse a quienes están
llamando a reunirse, en la constatación evidente de lo que todos menos usted en este tiempo tenían claro.



Respecto a la cuestión del congreso, yo le he dicho, y se lo he dicho al presidente del Gobierno porque usted repitió las palabras del presidente del Gobierno, que de todo lo que ha pasado hasta llegar aquí...



El señor PRESIDENTE: Perdón, un momento. Ha consumido quince minutos, se lo recuerdo. Le puedo dar un tiempo flexible pero mínimo adicional. Le ruego por otro lado brevedad.



El señor ASTARLOA HUARTE-MENDICOA: Lo acepto y voy terminando.



Le dije a usted y le dije al presidente del Gobierno: De todo lo que se ha producido en política gestual en este tiempo para promover lo que ustedes querían promover, lo peor que podían hacer, desde luego, el presidente del Gobierno y
usted, otros también pero especialmente usted, era decir que una ley es complicada y conflictiva y que, en consecuencia, habiendo el derecho de reunión de los señores del terror, uno no puede hacer nada.
Eso es lo que usted decía y lo puede contar
como lo cuente, de San Sebastián a Pontevedra pasando por Burgos. Eso es lo que decía usted, lo que todo el mundo le oyó, lo que todo el mundo le juzgó, lo que todo el mundo le entendió y lo que tuvo que corregir solo porque un juez tomó la
iniciativa que usted no había tomado. Y esa es su responsabilidad histórica, como tantas otras veces en las que, de forma incomprensible, los jueces han actuado sin que usted estuviese al lado acompañando procedimientos jurídicos importantes contra
el terror. Usted ha pedido archivos de lo que ha pedido archivos, y ha llegado al punto de criticar -y es intolerable, de criticar, el fiscal general del Estado, públicamente, como si fuese el primer político que pasaba por allí, es más, usted es
el primer político que pasaba por allí, es así- que un juez encarcele a un señor por motivos de terrorismo sin haber atendido a que usted le ha dicho que no lo encarcele. Ha llegado usted hasta ese extremo, y es intolerable. Y termino, como me ha
pedido el señor presidente, pero tengo que añadir, como han hecho los demás portavoces y yo lo haré ateniéndome a la cuestión, que efectivamente hoy tenemos esta comparecencia en un momento complicado, en el que es especialmente importante que
queden claras algunas cosas.



Es especialmente importante que quede claro, por ejemplo, que el Estado de derecho está incólume, y que por parte de los actores jurídicos existe toda la intención


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de aplicar la ley, y que existe la intención de que los ciudadanos sean iguales ante la ley, al margen de las convicciones personales suyas, que serán todo lo estimables que se quiera, sobre cómo se tiene que administrar las situaciones,
pero usted no es ni el Parlamento ni el Gobierno para calificar el alto el fuego que se ha producido y las consecuencias que tiene que producir. Tenemos un Gobierno, que está hablando con las fuerzas políticas, que es a quien corresponde la
responsabilidad de analizar y de dirigir el proceso y para el cual es un máximo obstáculo el que haya un fiscal general del Estado que, siendo más papista que el Papa, se lance a imponer ante la sociedad sus opiniones personales, si es que son sus
opiniones personales, usted nos lo dirá. Y fíjese, le han dicho desde el Gobierno, se lo han dicho, con toda claridad, no conveniencia, no atajos legales, no sometimiento a la incidencia de la aplicación de la ley, la ley no debe variar, los
procedimientos deben seguir su curso, ministro de Defensa, ministro de Justicia. La vicepresidenta del Gobierno le ha llamado malentendido, y toda la profesión, entera, asociaciones de jueces, asociaciones de fiscales, seguir actuando, los jueces
no hacemos política, no mientras no se cambien las leyes, etcétera, etcétera.



Señor fiscal general del Estado, le hemos pedido muchas veces que lo dejase, que lo dejase, que no estaba a la altura de la institución a la que tiene que servir y que le estaba haciendo mucho daño. Yo hoy no le voy a reiterar otra vez lo
que ya le he dicho muchas veces, lo sigo pensando y creo que es lo que debería pasar, pero sí le voy a decir una cosa, en este momento, con lo que usted está haciendo, el problema ya no es si tenemos más o menos garantías de objetividad con usted en
el funcionamiento de la institución -que no tenemos ninguna- o si tenemos la impresión de que el Estado de derecho se defiende mejor con usted al frente de esta institución que tiene que defender la ley, que no lo pensamos. El problema es que usted
tiene que considerar, además de todos estos juicios, si en esta circunstancia su actuación es tal que su relevo se acabe convirtiendo en elemento básico para eso que se quiere hacer por la democracia frente a lo que en este momento es un alto el
fuego, que hay que acreditar si es una decisión irreversible de dejar la violencia, que su relevo sea lo mejor que le pueda pasar a nuestro Estado de derecho para que efectivamente exista la posibilidad de que las fuerzas políticas, que son las que
tienen que afrontar esta situación, puedan, hacerlo juntas y en la buena dirección.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra en nombre del Grupo Parlamentario Socialista el señor Villarubia.



El señor VILLARUBIA MEDIAVILLA: Señor fiscal general del Estado, muchas gracias una vez más por su presencia en la casa del pueblo, en el Congreso de los Diputados, con una frecuencia yo diría que bastante amplia y que es fruto del
cumplimiento de una promesa suya, personal -otros también la hicieron y no la han cumplido-, es el cumplimiento de una obligación constitucional. Y es, ya se lo he dicho en alguna otra ocasión, un honor para cualquier ciudadano español comparecer
ante esta Cámara, y sobre todo para aquel, o aquellos, o aquellas, que lleven a cabo cualquier función pública. Vaya por delante nuestra felicitación del Grupo Parlamentario Socialista por el magnífico trabajo al frente de la Fiscalía General del
Estado. Una vez más, la última se la dijimos el día 8 de marzo, pese a que algunos traten de no dejarle trabajar y pese a que algunos le digan que está siempre con los malos. No sé quién son los malos, si serán los de Batasuna, si será el
Gobierno, si será el Partido Comunista de las Tierras Vascas. Usted debe estar siempre con los malos, ésa es la expresión dicha en algunos medios de comunicación, lamentablemente además en el extranjero. (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa
pronuncia palabras que no se perciben) Gracias por la aclaración, don Ignacio (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa pronuncia palabras que no se perciben). Importante aclaración, aunque la perversión del lenguaje es libre, y la vemos en la grandeza de
la libertad de expresión constitucional que se practica, como no puede ser de otra forma, en esta Cámara; hoy hemos asistido, serenamente, a otro ejemplo de ello.



Señor fiscal general del Estado, su función constitucional, recogida en el artículo 124 de la Constitución, es la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público con los principios de unidad de actuación,
dependencia jerárquica y respeto a la legalidad y a la imparcialidad. Eso es lo de siempre. Hay dos comparecencias concretas que usted ha expuesto con amplitud y que no requieren demasiada interpretación, porque además se reflejan, así es la
práctica, literalmente en el 'Diario de Sesiones'. Lo que usted ha dicho no es lo que alguien dice que ha dicho, sino lo que en el 'Diario de Sesiones' tiene su reflejo.



Señor fiscal general del Estado, ha comparecido ya cuatro veces por lo menos, que yo recuerde, para hablar de política de nombramientos. Hombre, que hoy alguien le diga que está perdiendo credibilidad es imposible, porque ya en la primera
ocasión la credibilidad era cero; perder credibilidad si ya no la tenía en junio de 2004... Pues cómo la va a tener el 29 de marzo de 2006. Evidentemente es imposible. Vamos a ver, ¿quién tiene problemas con la política de nombramientos? Es que
no lo tiene nadie más que el Partido Popular, no los tiene absolutamente nadie, porque estamos viviendo un ejemplo en esta materia que no se había conocido en muchos años, en muchos años.



El Tribunal Supremo tiene recogido claramente cuáles son los principios, usted lo ha explicado ya con reiteración. Hay nombramientos reglados, otros discrecionales, cuya propuesta no le corresponde más que al fiscal general del Estado,
basándose en la confianza que solo puede apreciar la misma autoridad que verifica el nombramiento, lo dice el Tribunal Supremo. ¡Pero qué estamos pretendiendo aquí! Comenzaba su intervención, señor fiscal general del Estado, diciendo que iba a
hacer,


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en tono sereno, un esfuerzo para intentarse hacer entender. Yo pienso que en algún caso es bastante inútil ese esfuerzo, pero hay que seguir intentándolo, hay que seguir intentándolo sin perder demasiado tiempo, claro, porque usted tiene
demasiadas ocupaciones para estar atendiendo siempre a cuestiones ya repetidas y reiteradas. Le hablan nuevamente del reequilibrio ideológico. Lo ha explicado tantas veces, lo ha vuelto a explicar hoy, ha vuelto a decir los nombramientos que se
han llevado a cabo. Cómo se puede tener tanta desfachatez, dialécticamente hablando, claro está -quiero suavizar el término-, para decir que ahora se actúa con criterios de corporativismo o criterios políticos en los nombramientos. Le voy a dar un
dato que usted no ha recordado hoy y es que entre 1996 y 2004 se llevaron a cabo 43 nombramientos importantes, fiscalías de salas, jefes de TSJ y jefes de audiencias provinciales; de los 43, ni uno solo, en 8 años, correspondió a los que se
denominan, conocidamente, fiscales progresistas. Fueron automáticamente excluidos y perseguidos por los anteriores fiscales y por el Gobierno del Partido Popular, algo intolerable en una democracia. Y estos son hechos. No es per versión de
lenguaje que a usted le imputan quienes así actuaban. Y como no pueden controlar y manipular ya al fiscal general del Estado no le toleran, no le soportan, y han pedido, haciendo el ridículo, su cese en la propia Cámara, y ha sido rechazado por
todos los grupos políticos, excepto por los que no entienden el funcionamiento democrático y la autonomía del ministerio fiscal. Esta es la realidad. Y continúan haciendo el ridículo hasta en este momento; en este mismo momento, a esta hora.



Bien. Usted ha explicado reiteradamente que aplica la ley en la política de nombramientos. Pero es que usted ha ido mucho más allá, no solo aplica la ley, sino que después de ese informe preceptivo y no vinculante, oído el Consejo Fiscal,
usted se comprometió ante esta Cámara a que en todo caso llevaría a cabo los nombramientos con un importante refrendo, al menos del Consejo Fiscal. Usted ha cumplido esta palabra, y ha puesto un ejemplo clarísimo del último Consejo Fiscal, donde,
de diez importantes nombramientos, ocho tuvieron el apoyo de la mayoría y dos tuvieron un empate. Además, ha dado nombres y apellidos. Que se excede, y se lo digo una vez más, en el celo y en el exceso de información por respeto a esta Cámara. Se
excede, insisto, en esa información. Pero se deriva que no están yendo los nombramientos en una sola dirección, sino que, considerando esos principios de mérito y capacidad, hay una auténtica pluralidad y apoyo dentro de la carrera fiscal.



Señor fiscal general del Estado -y ya el señor presidente me llamó la atención en la anterior sesión-, hay una perversión del lenguaje no solo en la confusión y manipulación de los hechos, sino en el abuso y la utilización de sus generosas
comparecencias. Al portavoz del Grupo Popular, que se le llena la boca otras veces -con otra camiseta, claro- en defender ciertos principios y valores constitucionales, no le basta con que usted le dé información, no le escucha, no le interesa su
información. Viene a descalificarle, a controlarle, a pedirle y a juzgarle con una sentencia ya dictada. Eso es lo que viene haciendo desde el mes de junio de 2004, señor Astarloa. Y eso en un ilustre jurista, como es usted, no es muy acertado,
ni muy conveniente, ni muy recomendable, sobre todo cuando le acaba de pedir el señor fiscal general del Estado colaboración y, al menos, respeto, respeto que no debe pedírselo, porque debiera usted tenerlo a tan alta y digna institución.



Le estoy explicando el porqué, usted lo sabe, es una estrategia netamente política de persecución, porque no pueden manipular, como venían manipulando los nombramientos y al fiscal general del Estado, y todo aquello que es puramente
democrático y decente en el funcionamiento excede de sus formas de actuar y no lo soportan. Pues bien, sepa, señor fiscal general del Estado, que cuenta con el respeto, por supuesto, con la colaboración y el apoyo de este grupo y de casi todos los
grupos políticos de la derecha a la izquierda de esta Cámara, aunque continúen inquietos diciéndome a mi izquierda física que ninguno, que solo algunas personas del Partido Popular. Esa es la realidad, porque usted cuenta con el respeto de todo el
ámbito jurídico, con independencia de las ideologías, salvo aquellos que tienen mucho que agradecer por los nombramientos efectuados en años anteriores. Esa es la realidad, repito.



Brevemente, para cumplir con los tiempos. Había otro objeto de comparecencia. No se ha aludido prácticamente a él, porque una vez más los solicitantes de la comparecencia se han dedicado a decir y a buscar los titulares que reiteradamente
buscan, muy lejanos, por cierto, al beneficio que se dice pretender, descalificándole a usted, insisto, en la medida de lo que son capaces. Ha empezado usted con alguna afirmación, señor fiscal general del Estado, que a mí me parecería casi
suficiente para dar por concluido este debate: cuáles son los criterios de la fiscalía para evitar que partidos políticos disueltos o suspendidos realicen actividades. Y hago un pequeño paréntesis, este es el objeto de la convocatoria, no lo que
se ha utilizado y los temas que se han suscitado, dentro de la generosidad -una vez más, y no me llame al orden, espero- del señor presidente, que permite que esta libertad de expresión se lleve a los límites a los que arbitrariamente en algún caso
se ha llevado.



El señor PRESIDENTE: Usted tiene una tendencia muy acusada a usar a esta Presidencia como referente, lo cual me enorgullece y lógicamente me lleva a exclamar aquella afirmación de Azaña: ¡Ay de aquel político que fuere presa fácil del
halago!


El señor VILLARUBIA MEDIAVILLA: Muy amable, señor presidente. Como siempre, agradezco su lenguaje brillante, cuasi decimonónico en algún caso, pero siempre brillante y acertado.



Bien. Este tema es serio, es serio y más en el momento en el que nos encontramos, y no vamos a caer en la


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tentación siquiera de contestar, y no por descortesía al portavoz del Grupo Popular, y también incluso a algún otro portavoz en los temas que ha tratado. La prudencia debe presidir cualquier expresión siempre, en un tema tan delicado como
este, y en estos momentos, si cabe, aún más, y por lo tanto, señor Astarloa, permítame, con respeto, que no entre en el debate meramente político y partidista en esta cuestión. Sí quiero indicar, lo hacemos nuestro, y eso es lo que queremos, lo que
hemos defendido siempre y defenderemos en el futuro, que los criterios no pueden ser otros que los que ya ha puesto sobre la mesa el Tribunal Constitucional y la propia Sala especial del Tribunal Supremo.



Las actuaciones concretas, y son hechos -por eso, sin entrar en discusión, señor Astarloa, me permito recordárselo- no están desvirtuadas; se podrá entrar en el matiz de las expresiones que ha realizado el ministerio público, pero hay un
iter de acontecimientos muy claros. Resumidamente: 2004, nada más llegar el actual fiscal general del Estado, se produce la impugnación de la candidatura de Herritarren Zerrenda y no pudo concurrir Batasuna en base a la aceptación y desestimación
posterior del recurso de amparo de esta formación política a las elecciones del Parlamento Europeo. Llega 2005 y nuevamente actúa, elecciones de abril, autonómicas de 2005, y Aukera Guztiak, impugnación del ministerio fiscal, desestimación
posterior del Tribunal Constitucional y sentencia de 31 de marzo de 2005, donde están clarísimos los criterios que hay que aplicar, no los que políticamente alguien, le guste o no, quiera aplicar, sino los que jurídica y constitucionalmente hay que
aplicar. Esta sentencia es clave y entendemos respetuosamente que el fiscal general del Estado se ha ceñido escrupulosamente a los criterios y exigencias de esta sentencia de 31 de marzo de 2005, que recoge la doctrina sobre la aplicación de la Ley
de Partidos Políticos, no coincidente, es evidente, con las pretensiones del Partido Popular. Es evidente que es así, pero es una discrepancia que podemos respetar, no entender los límites a que se lleva de manipulación, y lo digo suavemente, o
intento de manipulación, de la opinión pública.
¿Pero qué ocurre? Se declara ilegal esta formación, no puede concurrir a las elecciones, y paralelamente...



El señor PRESIDENTE: Con la misma flexibilidad que tuve con el Grupo Popular, le recuerdo que ha consumido su tiempo y, con esa flexibilidad, le dejo un tiempo flexible, adicional, para que vaya concluyendo.



El señor VILLARRUBIA MEDIAVILLA: Muchas gracias. Entonces no se merece halago alguno, sino que se limita a hacer justicia, señor presidente.
(Risas.) La candidatura del Partido Comunista de las Tierras Vascas, cuya ilegalización se
pretendió, no cumplía los requisitos. El tiempo, además, lo ha puesto en su sitio, por mucho que se intente retorcer y manipular, hablo jurídicamente, no el deseo político, que es respetable, de cualquier persona. Y les recuerdo un pequeño dato.
Este partido político fue inscrito en el Registro de Partidos en septiembre de 2002, posteriormente se aprobó la Ley de Partidos y nadie, siendo ministro de Interior el señor Acebes -les recuerdo que ustedes gobernaban-, nadie instó la ilegalización
ni puso tacha alguna a los estatutos y al funcionamiento de este partido político. Y finalmente el dato último, que es el que parece que se desprendía del denunciado de la solicitud de comparecencia, era la convocatoria del congreso de Batasuna,
que efectivamente era el congreso de Batasuna, y eso lo entendíamos cualquiera, en el recinto ferial de Barakaldo. Podrá hacer todos los esfuerzos que quiera, señor fiscal general del Estado, entendemos que se aplicó la ley, entendemos que no hubo
pasividad. Usted lo ha afirmado, pero no se quiere escuchar, no se quiere saber; es perfectamente constatable con las fechas y con las actas de las comparecencias que no fue pese al fiscal general del Estado que un juez acordara la suspensión,
sino que la fiscalía solicitó la suspensión de ese acto, que fue posteriormente acordada por el juez, pero es volver al pasado, y yo creo que lo que procede es mirar un poco al futuro, dejarse de hacer política con la pe minúscula, con letra
pequeña, y dejar trabajar al fiscal general del Estado. Lo demás forma parte del juego, forma parte también, lo decía usted antes, de la grandeza de la democracia, aplicando esos principios, esos valores constitucionales. Aquí, desde el punto de
vista político ocurre también, aunque quizás a usted le cueste, lógicamente, entender un poquito más, afortunadamente quizás, lo que es la valoración política, también la grandeza de la democracia permite y posibilita estas situaciones de perversión
del lenguaje, a veces manipulación -no quiero calificar ahora la intención por esta bajada de tono que pretendía-, y lo que hace falta es que este momento de esperanza se convierta en una realidad feliz para el conjunto de los españoles, al margen
de cualquier tipo de ideología. En ese sentido le deseamos mucha suerte y desde luego nuestro grupo no solo le va a dejar trabajar sino que le va a apoyar y, por supuesto, a respetar.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el fiscal general del Estado.



El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Muchas gracias, señoras y señores diputados, muchas gracias a los portavoces de los diversos grupos parlamentarios que han intervenido, por los apoyos que han prestado al ministerio
fiscal y también por las críticas que se han expresado en su momento y que contribuyen a que el fiscal general del Estado reflexione sobre su función y trate de adaptar en el futuro su comportamiento a aquellas críticas manifestadas desde el punto
de vista reflexivo y con todo el peso que tienen las que proceden, indudablemente, de los representantes del pueblo que aquí están reunidos. Ese agradecimiento incluye a todos y cada uno de los grupos parlamentarios, prefiero hacerlo de manera
individualizada, aunque en este caso agradezco a la representante


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de Eusko Alkartasuna su intervención, si bien, en relación con el tema de la Ley de Partidos, indudablemente es una cuestión política que corresponde a esta Cámara y sobre la cual el fiscal general del Estado no puede dar una respuesta
expresa.



A Coalición Canaria sí le agradezco de una manera expresa la atención que dedica al fiscal general en todo momento, hoy, de una manera más especial precisamente porque ha expresado su reconocimiento al trabajo de unos fiscales, como son los
fiscales que son delegados de la Fiscalía Anticorrupción en Canarias. La verdad es que su trabajo es difícil, es complicado, es un trabajo que, si tiene reconocimiento de los representantes populares que se reúnen en esta Cámara, se verán reforzado
y además se verá indudablemente mejor considerados, porque no hay nada más importante, precisamente, que sean los representantes populares los que agradezcan el trabajo del ministerio fiscal.



A doña Margarita Uría, del Grupo Parlamentario Vasco, siempre le agradezco la atención que presta a las comparecencias del ministerio fiscal. Siento que en este caso no puedo extenderme o darle una respuesta completa al tema que planteaba
sobre el destino de las subvenciones acordadas por la Sala del 61, en la medida en que era una cuestión que excede del contenido de la comparecencia y sobre la que el fiscal general tiene que decirle, sinceramente, que no tiene la información
completa que le gusta proporcionar a la Cámara y que en este caso no se la puede entregar.
Cuando se trata de decisiones internas del Tribunal Supremo, o de la fiscalía del Tribunal Supremo, si no disponemos de esa información detallada, no podemos
incorporarla a la respuesta. Sí le atenderé en el futuro su petición de que prescindamos de cualquier referencia a la pertenencia un sector o a otro de la carrera de los nombrados, procuraré que, si se tiene que dar, digamos, una quinta
convocatoria o una sexta convocatoria para hablar ante esta Cámara de la política de nombramientos, procuraré evitar efectivamente esas referencias, tal y como me ha pedido la señora Uría.



El señor Jané, en nombre de Convergencia i Unió, aporta siempre unas ideas de prudencia y de respeto que son agradecidas por el fiscal general del Estado en su trabajo. Le daré una respuesta conjunta al finalizar esta intervención en
relación con esa petición de prudencia, que creo que es muy sensata en este momento.



Agradezco también el apoyo prestado por el Grupo Parlamentario Socialista, y yo encuentro que realmente el trabajo del ministerio fiscal no está tan solo como podría desprenderse de las intervenciones del señor Astarloa, porque en realidad
el señor Astarloa normalmente suele hacer una referencia que a mi entender es confundir la parte con el todo. Siempre dice en función de las posiciones del Partido Popular, que para mí son respetabilísimas y son naturalmente unas posiciones que
representan a un sector de la población muy relevante, pero siempre convierte esas convicciones en la opinión de todos los españoles, de todos los ciudadanos y de todos los grupos. Pero la verdad es que no es así, es más bien el Partido Popular el
que está solo en esta Cámara y todos los españoles representados por el conjunto de los demás grupos no tienen, o por lo menos no me la han transmitido, esa misma posición de descalabro histórico del ministerio público que se deduce de sus
intervenciones. En cualquier caso, agradezco igualmente al representante del Partido Popular su crítica, y la atención tan detallada que viene prestando al ministerio fiscal, y le insisto en que el trabajo del ministerio público, en la medida en
que es un trabajo procesal, que se funda esencialmente en decisiones jurídicas y que actúa en el ámbito de los tribunales, sin perjuicio de que el fiscal general del Estado no tenga más remedio, aunque no fuera su deseo, que no tenga más remedio
que, para cumplir lo que establece el estatuto orgánico del ministerio público que esta Cámara ha aprobado, en algunas ocasiones trasladar a la opinión pública las explicaciones necesarias sobre la actuación del ministerio fiscal. Y bien sabe Dios
que a mí me gustaría no tener que hacerlo y limitarme exclusivamente a trabajar en el ámbito interno de los tribunales, pero no tener que dar esas explicaciones públicas, que en muchos casos responden a una serie de críticas, de descalificaciones y
de opiniones en contrario; si el ministerio fiscal no explicase su actuación, indudablemente la opinión pública podría estar desinformada.



Quiero insistir, deseo insistir, en agradecer al Grupo Popular su intervención, por muy crítica que esa intervención sea, insisto también en lo que expresé a lo largo de mi comparecencia, que acabo llegando a la conclusión de que, como se
reiteran las mismas posiciones desde el caso Atutxa, que por cierto resultó una sentencia absolutoria, de acuerdo con el criterio del ministerio fiscal... (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa pronuncia palabras que no se perciben.)


El señor PRESIDENTE: Por favor, no entren en discusión, se lo ruego a los portavoces. Señor Astarloa, está en el uso de la palabra el fiscal general. Ruego no se interrumpan.



El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Bueno, pues retiro lo del acuerdo con el ministerio fiscal. El ministerio fiscal solicitó la absolución y la sentencia fue absolutoria. Pero bien, quiero decir que se trata de una
cuestión en la que única y exclusivamente quería referirme a que se trata de la reiteración. Y uno al final llega a la conclusión de que la intervención está más destinada a llenar de contenido la crónica de mañana de algunos medios de comunicación
próximos y otorgar algún titular sensacionalista que realmente a llegar al fondo de la cuestión. Como, tras una u otra convocatoria, sigo viendo cómo realmente es la intervención de su señoría la que indudablemente ocupa la mayor parte de la
extensión de la crónica en algunos medios de comunicación más o menos de su entorno, indudablemente me gustaría que también hubiese otras opiniones que se pudieran expresar


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y que se expresen en este momento por el fiscal general. Quiero decirle insistentemente que, por mucho que la posición del Partido Popular sea de descalificación, el fiscal general del Estado no se va a cansar nunca de pedir su
colaboración, de pedir su apoyo al trabajo que desarrollan los fiscales, de asumir las críticas que personalmente S.S. me realice -además, como le digo, cada vez las veo con más cariño y con más proximidad en la medida en que se van reiterando- y
de insistir en cualquier caso en mi respeto institucional a la oposición.



Señor Astarloa, creo, como jurista y como demócrata, que la oposición es más importante en un Estado de derecho y en una democracia que el propio Gobierno. El Gobierno existe en todos los países, incluso en los dictatoriales; oposición,
oposición que actúa libremente, solo existe en las democracias. Por lo tanto, para mí, el papel que desempeña la oposición es más relevante para la existencia de una democracia que el propio papel del Gobierno, que existe incluso donde la
democracia no está. Por ello reiteradamente he procurado dar a la oposición el trato institucional que creo que merece.



Recordará usted que, en relación con el tema del Partido Comunista de las Tierras Vascas, la Fiscalía General del Estado remitió un informe completo mediante carta personal al presidente del Partido Popular, un informe que en concreto ni
siquiera tenía el Gobierno, porque al Gobierno se le remitió sólo una copia posteriormente del escrito que se había remitido al presidente del Partido Popular. Recordará usted que, en relación con la celebración del congreso de Batasuna en
Barakaldo, se remitió también una carta y una larga explicación al presidente del Partido Popular, aunque normalmente la Fiscalía General del Estado tiene a gala tratar de responder institucionalmente, y celebrar institucionalmente todas las
relaciones institucionales; ninguna de ellas fue respondida. Pero aun cuando esas cartas no fueron respondidas en ningún caso, fueron remitidas. En tercer lugar, recordará usted que por primera vez el fiscal general del Estado ha otorgado a la
oposición precisamente el máximo rango representativo institucional al desplazarse a Génova, con la finalidad de entregar al presidente del Partido Popular la memoria de actuaciones del ministerio fiscal, algo que no se había realizado nunca, porque
siempre se hacía exclusivamente a otro tipo de representación institucional, pero nunca a la oposición; en este caso se ha hecho precisamente porque considero que la oposición ocupa un papel institucional dentro del esquema del Estado de derecho.
Recordará usted que siempre que he tenido ocasión, en todas mis manifestaciones públicas, he recordado insistentemente el importante papel que se debe atribuir a la política realizada por el Partido Popular durante sus dos legislaturas de Gobierno y
a las reformas legislativas impulsadas por el Partido Popular, en relación con la consecución del objetivo de la limitación o de la victoria sobre el terrorismo. Recordará usted que ese reconocimiento no solamente lo he hecho en todo tipo de
manifestaciones públicas, sino incluso en el momento más destacado que tiene para intervenir el fiscal general del Estado, que es en presencia de Su Majestad el Rey en el día de la apertura de tribunales ante el pleno del Tribunal Supremo, en esa
ocasión también hice ese mismo reconocimiento institucional de cómo la legislación aprobada durante la legislatura del Partido Popular es en gran parte merecedora del éxito que finalmente se pueda conseguir en el momento en que se produzca la
victoria definitiva sobre el terrorismo. Por tanto, creo que mi relación con el grupo de la oposición ha procurado ser una relación institucional.



No le voy a traer a usted aquí el insultario, como parece que se dice ahora, con que se ha respondido a ese tipo de relación institucional, pero sí le puedo decir que solamente -así, a efectos digamos anecdóticos- expresiones que constituyen
para mí manifiestamente un insulto han sido la respuesta que ordinariamente he recibido a este respeto institucional que yo quiero tener con la oposición. Durante dos años me he encontrado en la situación difícil de quien ocupa un cargo jurídico, y
por lo tanto solamente puede responder en el ámbito jurídico, y sin embargo se encuentra con una descalificación política, en la cual no puede entrar, por lo que está en una situación de absoluta indefensión. No se puede debatir políticamente lo
que es una descalificación política que va subiendo de tono, desde las acusaciones de prevaricación que me dirigieron algunos de los diputados del Partido Popular en la Asamblea de Madrid a las acusaciones de sectario, o de otro nivel, que me han
dirigido algunos otros representantes del Partido Popular, hasta que, como usted sabrá, un eurodiputado del Grupo Popular -por cierto, hijo y hermano de fiscal- ha dicho en un medio de comunicación próximo que el fiscal general del Estado es un
miserable. Esa es la expresión con la que se ha tratado, miserable, al fiscal general del Estado. Y en esos días realmente llega un momento, como comprenderá usted, señor Astarloa, en que resulta muy difícil, para quien ocupa una posición
institucional, encontrarse con un grado, no ya de crítica o descalificación, sino de insulto personal, al cual ordinariamente no puede dar respuesta, precisamente por la situación en la que está.



Por eso es por lo que, señor Astarloa, le digo y le repito, que procuraré mantener la misma relación. No, no procuraré, mantendré la misma relación de respeto institucional por la oposición, no oirá usted del fiscal general del Estado en
absoluto un insulto, una descalificación, una respuesta, a ninguno de los insultos que se le dirijan, pero comprenda usted que resulta muy difícil realizar el trabajo complejo, delicado, más en un momento en el que el fiscal general del Estado sabe
que es complejo y delicado, realizar ese trabajo, que es fundamentalmente un trabajo que se sitúa en el ámbito de la justicia, porque, de acuerdo con la Constitución, el Poder Judicial incluye a los jueces y a los fiscales, cada uno dentro de su
ámbito de actuación.



Los jueces con el principio de independencia, el fiscal general del Estado actuando en el ámbito de su autonomía.



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El Gobierno y los miembros del Partido Socialista siempre respetan o expresan ese respeto por la autonomía del ministerio fiscal, y al respetar la autonomía del ministerio fiscal, obviamente, tampoco responde a ese tipo de descalificación.
Con lo cual, resulta muy difícil realizar un trabajo que es estrictamente procesal si no encuentra uno el sosiego, la posibilidad de reflexión serena y la posibilidad de que no existan presiones expresadas, a veces, desde los grandes titulares de
los medios de comunicación y también por quien representa a un número muy elevado de españoles, porque en la medida en que representa a un número muy elevado de españoles, sus actuaciones, en un momento determinado, presionan también la actuación
del fiscal general. El fiscal general solo pide poder trabajar en un ambiente de serenidad y en el que no se esté poniendo permanentemente el foco político, no el jurídico, el foco político sobre sus actuaciones y sus decisiones, que en algunos
casos, naturalmente, el fiscal general del Estado tendrá que explicar, y en la medida en que muchas de esas descalificaciones entran en el ámbito de la política, el fiscal general del Estado tiene que explicar pidiendo lo que ha pedido de una manera
amable y coloquial en un momento determinado y lo que ha pedido hoy de una manera más seria al representante del Grupo Popular, respeto institucional, que es el mismo respeto institucional, señor Astarloa y señores diputados, que el fiscal general
del Estado procura dedicar a la oposición en todo momento.



Voy a concluir con una respuesta que yo creo que también debo a esta Cámara, en la medida en que diversos grupos parlamentarios, de una manera muy expresa el representante de Coalición Canaria y el representante del Grupo Parlamentario
Catalán, han pedido prudencia al fiscal general del Estado, así como a la crítica del señor Astarloa a una intervención del fiscal general. Y como la mejor manera de dar respuesta es contar estrictamente toda la verdad para que las Cámaras tengan
la información completa, les voy a trasladar a ustedes el contenido exacto de la intervención del fiscal general de Estado que, como S.S. dice, ha llamado toda la atención. Se trató exclusivamente de una entrevista realizada telefónicamente,
cuando me dirigía en mi vehículo oficial a un centro médico, desde una cadena de emisoras, que me pidió una valoración, desde el punto de vista institucional, del alto el fuego permanente que se iba a producir y lo que eso podía influir. La
entrevista tiene el siguiente contenido: Señor Conde-Pumpido, buenas tardes ya, ¿cómo está en este momento? Contesto: Estoy esperanzado, como creo que todos los españoles, porque puedan empezar a vivir sin la presión del terror, de la amenaza y
recuperando su libertad. - Supongo que ha podido escuchar hace unos minutos al presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional diciendo que si algún movimiento puede haber en el futuro en el ámbito judicial va a depender, en primera
instancia, de la actuaciones del ministerio fiscal. Ya sé que es muy complicado preguntárselo, pero ¿qué margen de maniobra tienen ustedes ahí para intentar remar en la buena dirección? Yo contesto: Es un momento para la prudencia, para el
respeto y para la responsabilidad. Prudencia para no anticipar en absoluto ningún tipo de actuación y contemplar serenamente la evolución de los acontecimientos. Respeto, respeto a las decisiones que vaya a adoptar el Gobierno de la nación, el
Parlamento, que son las que nos marcan las pautas, y también respeto para la víctimas, ya que hemos estado trabajando para que no existiese ninguna víctima más, pero que indudablemente tenemos que seguir respetándolas. Y responsabilidad,
responsabilidad de todos. Yo creo que por ello no vamos a anticipar ningún tipo de decisión. Hay que evaluar la situación, hay que tener en cuenta que la justicia se rige por el principio de legalidad y, por tanto nosotros estaremos con una
evolución serena, apreciando las nuevas circunstancias, pero sin anticipar ningún tipo de decisión. Dice el locutor: Es el escenario más o menos previsto. Por ejemplo, el próximo viernes está citado en la Audiencia Nacional el dirigente de
Batasuna Arnaldo Otegi; lo previsible, al menos hasta ayer, era que se le toma declaración y muy probablemente que ingrese en presión. Contesto: Como le digo y por razones de prudencia... Interrumpe Francino: No, no quiero apretar más de la
cuenta, de verdad. Prosigo... por razones de prudencia no quiero anticipar absolutamente nada. Yo creo que esto merece una reflexión serena desde la perspectiva de las nuevas circunstancias en que nos encontramos. Los vascos llevan viviendo, y
todos los españoles, durante décadas con una amenaza pendiente y permanente y yo creo que en este momento se abre una esperanza, y eso nos permitirá contemplar todos los temas con la nueva perspectiva que se abre. Pero no vamos ahora a anticipar
ninguna actuación. Concluye el periodista: Pero por decirlo en plata, en un nuevo escenario donde entra en vigor un alto el fuego de ETA, ¿sus instrucciones a sus subordinados van a variar algo? Contesto: Nosotros haremos llegar a los
magistrados, que son quienes tienen que tomar las decisiones, que valoren efectivamente lo que la nueva situación pueda tener de incidencia, sobre todo cuando se trata de medidas de carácter cautelar, no de decisiones definitivas. Pero tenemos que
evaluar esos acontecimientos con los fiscales competentes, y así lo haré con el fiscal jefe en funciones de la Audiencia Nacional. Mientras tanto, seguimos con la prudencia.



Creo que la palabra prudencia se ha repetido cinco veces en esta breve intervención. Lo digo precisamente para atender la indicación del señor Jané que, de una manera muy acertada, pedía prudencia. La palabra prudencia se ha repetido cinco
veces en esta ocasión, y el respeto a la legalidad ha sido lo que marca la actuación del fiscal de una manera expresa. También de una manera expresa se ha dicho que las decisiones no le corresponde al ministerio público, a pesar de que se me había
trasladado que el presidente de la Audiencia Nacional pedía que fuese el ministerio público el que tomara las primeras decisiones, que les corresponden a los magistrados,


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que les corresponden a los tribunales, de acuerdo con el principio de legalidad, y solo ante, digamos, la insistencia permanente del periodista, expresé exclusivamente la idea, que creo que corresponde con el sentir de nuestro ordenamiento
jurídico, de que en el ámbito de las medidas cautelares se trasladará a los jueces, que serán los que tengan que decir que se tomen o se valoren. ¿Cómo tendrán que valorar? Ellos decidirán cómo tendrán que valorar. Por tanto, realmente lo que ha
hecho el fiscal general del Estado es repetir un principio general del ordenamiento de que las decisiones sobre medidas cautelares se toman en función de las circunstancias concurrentes y que a los jueces es a los que les compete valorar estas
decisiones. Es posible que no conociendo íntegramente el sentir de las manifestaciones, se haya hecho algún tipo de pronunciamiento (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa: Todo el mundo.), como algunos que llegan a decir que de estas manifestaciones
se deduce que se va tratar de manera desigual a unos españoles que a otros, o algún portavoz de algún grupo parlamentario que ha dicho que se trata de un disparate o se trata de alguna cuestión así. (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa: Es un
disparate.) Sencillamente, y por explicar a la Cámara cuál es el sentir en materia de medidas cautelares, donde hay que tomar en cuenta o hay que valorar todas las circunstancias, la sentencia del Tribunal Constitucional 82/2003, de 5 mayo, decía
textualmente, reproduciendo una doctrina constante del Alto Tribunal, que en un Estado social y democrático de derecho, como el que configura nuestra Constitución, la libertad personal no es solo un valor superior del ordenamiento jurídico, sino
además es un derecho fundamental, cuya trascendencia estriba precisamente en ser presupuesto de otras libertades y derechos fundamentales. En un régimen democrático donde rigen derechos fundamentales, la libertad de los ciudadanos es la regla
general y no la excepción, de modo que aquellos gozan de autonomía para elegir entre las diversas opciones vitales que se les presentan. De acuerdo con este significado prevalente de la libertad, la Constitución contempla las excepciones a la misma
en los términos previstos en el artículo 17.1 de la Constitución Española: 'Nadie puede ser privado de su libertad, si no con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley'. En palabras de la
sentencia del Tribunal Constitucional -una serie de ellas-, el derecho a la libertad es el derecho de todos a no ser privados de la misma, salvo en los casos y en la forma previstos por la ley; en una ley que por el hecho de fijar las condiciones
de tal privación, es desarrollo del derecho que así limita.
Pues bien, esta ley, a fecha de hoy, es el resultado de una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal llevada a cabo por el Gobierno del Partido Popular. Una reforma de la ley
realizada por el Gobierno del Partido Popular en el año 2003, que ajustó precisamente la regulación procesal a los criterios que a lo largo de los años había establecido la jurisprudencia constitucional. En ella se definen claramente los únicos
fines constitucionales que la prisión provisional puede perseguir. Son cuatro: evitar la fuga del imputado, impedir la destrucción u ocultación de pruebas, proteger a la víctima del delito frente al posible nuevo ataque y, por último, evitar la
perpetración de nuevos delitos. Cada uno de estos fines solo justifica la prisión, según la propia ley, cuando no exista otro medio de asegurarlos y mientras subsistan los riesgos que se trata de evitar. Corresponde al juez valorar en cada caso
particular las circunstancias objetivas y subjetivas para decidir. Cuando el fiscal dice que el juez debe valorar todas las circunstancias en cada momento del proceso, dice lo que está diciendo la ley, la ley que salió del Parlamento, y dice además
lo que siempre ha dicho el Tribunal Constitucional. Puedo estar equivocado, pero tengo la impresión de que muchos españoles piensan que algo puede estar empezando a cambiar. Si me preguntan si es posible que ese cambio deba incidir o no sobre las
decisiones que los jueces adopten, solo puedo dar la respuesta que creo correcta, que es algo que no se puede valorar a priori ni en abstracto, que el jurista nunca opera así, que hay que ser prudente cinco veces repetía la palabra prudente en esa
breve intervención- y valorar solo a partir de todos los datos de los que se disponga en caso concreto en el momento en que haya que decidir. Hay que ser prudente para decidir, señor Astarloa, también hay que ser prudente para opinar sobre las
opiniones de los demás, que no son todos, que no son todos. (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa: Son unos cuantos.) Son unos cuantos, sí, en eso le doy la razón a usted. Son unos cuantos, sí, pero no son todos. (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa:
Unos cuantos, ministro de Defensa, ministro de Justicia; unos cuantos.) Coincida usted conmigo en que a lo mejor, precisamente, la prudencia puede estar del lado de los que no se han pronunciado. En todo caso, esa decisión debe ser rigurosamente
conforme a derecho, es decir, al más estricto respeto de la letra y del espíritu de la ley. La letra está en la propia ley, señor Astarloa, pero el espíritu de la letra emana de este Parlamento. Le aseguro que en lo que respecta al ministerio
fiscal, no hay ni habrá ni otros parámetros ni otras interpretaciones ni otros objetivos que los que se establecen en el ordenamiento jurídico. El ministerio público, y de eso pueden estar seguros todos los ciudadanos, atenderá en todas sus
resoluciones a la Constitución, a la ley y al espíritu de la norma que emana de este Parlamento; a la ley y a toda la ley; a la Constitución y a toda la Constitución.



El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia se ve en la obligación de hacer una aclaración a efectos fundamentalmente ilustrativos, y es que, como toda SS.SS. saben, los comparecientes tienen el derecho a que la sesión se celebre y transcurra en
los términos previstos en el orden del día. El compareciente siempre tiene el derecho de delimitar libremente el contenido, el alcance y extensión de su intervención; por tanto, es dueño de sus palabras y también de sus silencios. Yo, como
presidente


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de la Comisión, quiero agradecer la exhaustiva explicación, amplia, más allá de las previsiones del orden del día, que ha dado el fiscal general del Estado en esta comparencia, a la Cámara. Creo que es un ejemplo público y práctico de clara
colaboración e información entre los poderes del Estado, entre las instituciones; ha contribuido, se lo digo y se lo agradezco muy sinceramente, ha contribuido usted con sus palabras y con su tono al ejercicio de la función parlamentaria y de los
trabajos de esta comisión. Por tanto, para que esta Comisión y los parlamentarios puedan seguir trabajando, y en el deseo además de que el clima permita que haya una reciprocidad y, sobre todo, que se instale el principio de colaboración entre
poderes, a los grupos parlamentarios que deseen hacer uso de la palabra a continuación les concederé un brevísimo turno. Me solicitan la palabra todos los grupos. En primer lugar, tiene la palabra la señora Lasagabaster en nombre del Grupo Mixto.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Voy a hacer una reflexión en relación, lógicamente, a lo que se ha suscitado en esta segunda intervención. En primer lugar, no nos sorprende que el fiscal general tenga que comparecer constantemente por
cuestiones que suelen ser incluso ajenas a veces a su propia función, porque yo creo que el sistema que existe con relación al fiscal general debería ser objeto de una vez por todas de una modificación, para no estar constantemente sometido a un
control político, más allá incluso de sus propias competencias, que no se corresponde con la función que debe tener el fiscal general. Este es un elemento de reflexión que llevamos muchos años realizando pero que nunca llega a plasmarse.



Segunda consideración. La comparencia de hoy viene siendo ya habitual, no lo digo por el fiscal general, sin por miembros también de todo lo que es el llamado Poder Judicial. Esto suscita siempre -lo hacemos todos- declaraciones en la
prensa y, en ese sentido, hoy tenía una reflexión muy curiosa que, si me permiten, voy a compartir con todos. El hecho de las apariciones, las declaraciones a la prensa más allá de la propia función que les corresponde a magistrados, a jueces o a
fiscales, tiene un elemento muy positivo, que es la democratización de la justicia, en la medida en que los ciudadanos puedan conocer todos estos temas de primera mano y de una manera quizá más cercana, en términos coloquiales o comunicativos, que
no tiene por qué desprestigiar la propia función del Poder Judicial. Esta cercanía al ciudadano es positiva y, evidentemente, se hace a través de los medios de comunicación, que son buenos portavoces de este tema. Por tanto, a mí me parece bien,
democratizar el Poder Judicial en el sentido de la función judicial, porque acerca a los ciudadanos unas determinadas funciones de un poder. Pero cuando otro poder, como somos el Poder Legislativo, no somos capaces, y lo digo en detrimento de todos
nosotros, de juzgar, desde el punto de vista parlamentario, lo que son las competencias, las funciones o las actuaciones, en este caso del ministerio público, más que por la declaraciones públicas, yo creo que estamos haciendo mal nuestro trabajo, y
lo digo como una reflexión general que no van en concreto a ningún determinado grupo parlamentario. Nos hemos convertido, y lo digo porque si al final nuestras comparecencias o la comparencias del fiscal general o del Consejo General del Poder
Judicial se convierten en una repetición de entrevistas de la radio, de la prensa y todos aludimos no tanto a los contenidos de determinadas resoluciones, a los contenidos de determinadas actuaciones en los términos jurídicos que se nos exige a una
Comisión de Justicia, no vamos por buen camino. Lo digo como elemento de reflexión general para que no extralimitemos lo que debe ser una correcta democratización de la justicia en la cercanía de los contenidos al ciudadano, y que para nosotros
también es importante, porque en definitiva también forma parte de sus funciones, pero que no se limite a que realmente hagamos un análisis de lo que hace el ministerio público, el fiscal general, no tanto por lo que nos ha contado ahora, sino por
lo que había en una entrevista u otra entrevista u otra entrevista. A mí eso, señorías, empieza a parecerme ya una cuestión un poco curiosa, y lo digo no en detrimento de nadie, sino como reflexión general en la que todos tenemos parte de de culpa
o no culpa o responsabilidad. Yo creo que lo importante son las justificaciones del ministerio público en cada momento, en cada actuación, si se corresponden con la ley, incluido el principio rector de la realidad de la sociedad en la que vivimos,
que no desvirtúe la ley, pero que ciertamente tengan en cuenta la realidad social. Esto es lo que hay que determinar. Usted ha entrado en una materia, no voy a extralimitarme en mi objetivo, pero usted lo ha dicho, y yo le quiero recordar que los
cuatro objetivos de la medida de prisión provisional son muy claros, los ha dicho usted: evitar una fuga, el correcto funcionamiento en el desarrollo de un procedimiento judicial, evitar que se produzcan nuevos delitos y proteger a la propia
víctima del delito que se está enjuiciando o que se está procediendo a la instrucción. Usted mismo de esta lectura desprenderá que en muchos casos la realidad social nos va a determinar que no existen. Las medidas cautelares son cautelares, la
prisión provisional siempre es la última de las medidas cautelares que hay que tomar, solo en casos muy taxativos, en casos en los que no hay otras medidas cautelares y, sin que el presidente me llame la atención, es más que evidente que en el día
de hoy estos cuatro requisitos no se dan, y me entienden todos.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Con brevedad. Únicamente quiero agradecer al señor fiscal general del Estado su planteamiento en estas respuestas concretas. Como he sido uno de los que ha empleado la palabra prudencia, quiero celebrar que el
señor fiscal general


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tenga la sensibilidad de reconocerlo, incluso en declaraciones anteriores.
Siempre recuerdo que alrededor de los hospitales se suele poner una señal de prohibida el uso de señales acústicas para evitar contribuir al ruido, y hay actuaciones
de Estado que está dentro de esta cuestión de prudencia. Me doy por satisfecho con esa recogida de las normas de prudencia enunciativa para no contribuir al ruido. Mi grupo se reitera, señor fiscal general, en responder positivamente a lo que
usted nos ha pedido de apoyo, ayuda, colaboración y entendimiento para que una institución tan fundamental en el avance de las libertades democráticas como es el ministerio fiscal, actúe como manda la ley democrática.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Vasco tiene la palabra la señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Yo no repetiré las manifiestaciones que antes he hecho, ni siquiera la petición general, puesto que lo dicho, dicho queda, simplemente aprovecho para pedir perdón al señor fiscal general del Estado y a usted
mismo, señor presidente, aunque he creído conducirme, en relación con el señor fiscal general del Estado, dentro de lo que era el contenido, no he pretendido sorprenderle con mis preguntas, sino hablar de lo que creía que era el contenido de la
comparecencia. Le criticaban a usted la no utilización de los instrumentos del Estado de derecho en relación con un determinado entorno, yo le he traídos dos cuestiones respecto a cómo se entendió y se utilizo en tiempos pasados. Y al señor
presidente simplemente quisiera manifestarle que en el tira y afloja de las actuaciones parlamentarias está el que usted nos quiera reconducir al orden, y yo así se lo admito, me parece correctísimo, y además lo hace con amabilidad, pero en el juego
del uso parlamentario que nosotros hagamos de nuestra voz está también el intentar decir aquello que nos parece oportuno. Usted mismo, como diputado que fue de la oposición, era realmente maestro en la utilización de estas posibilidades que yo creo
que la Cámara ofrece. En todo caso, gracias por su intervención, señor fiscal general del Estado, señor presidente, y le reitero me perdone.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Catalán tiene la palabra el señor Jané.



El señor JANÉ I GUASCH: Yo agradezco de manera muy expresa al fiscal general del Estado sus palabras y también que haya reproducido el contenido global de lo que fue esa declaración, que después tuvo una gran repercusión mediática, porque
para analizar, para opinar, para criticar, hay que ponerlo todo en el contexto, y el contexto de esas declaraciones, que no es una declaración del fiscal general del Estado, sino una entrevista en la cual se quiere provocar un resultado lícito desde
un punto de vista mediático, pero hay que ponerlo todo en ese contexto, un contexto en el que prima la prudencia, prima el mensaje de estar atentos al momento importante que estamos viviendo y a las posibilidades de ese momento, pero estar con el
principio de legalidad, con la aplicación del Estado de derecho y con lo que es el apoyo a las víctimas; por tanto, hay que ponerlo todo en su contexto. Yo le agradezco, señor fiscal general del Estado, que haya reproducido íntegramente lo que
fueron esas declaraciones en toda su globalidad. Pero, señor presidente, estamos en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, muchos aquí, yo creo que la mayoría, somos juristas y muchos aquí, yo creo que la mayoría, amamos el derecho
y sabemos lo que el derecho es, lo que el derecho tiene que ser y sabemos cómo la justicia, los operadores jurídicos no estamos encerrados en una urna de cristal que nos provoque un aislamiento de la sociedad a la que servimos y de los intereses
generales a los que el derecho siempre debe responder. Por tanto, es cierto, lo dicen las leyes, que siempre deben valorarse todas las circunstancia en la adopción de las medidas cautelares, siempre, no porque lo diga el fiscal general del Estado
al final de una entrevista, sino porque forma parte del espíritu de nuestro ordenamiento jurídico en su conjunto ya desde tiempos de Castán, en los que cuando se marcaban los principios de interpretación del derecho se decía claramente: tener
siempre presente la realidad social a la que ese derecho, a la que esa norma jurídica sirve. Por tanto esto tenemos que valorarlo con esa prudencia, con esa necesidad de máxima discreción. Hablemos poco, porque los silencios seguro que serán en
este proceso mucho más valioso que las palabras y los pronunciamientos; pero también en esta Comisión de Justicia debemos pedir, nos corresponde pedir que todos estemos en el lugar que nos corresponde en el que los fiscales harán su función, los
jueces harán la suya, el Poder Legislativo haremos la nuestra. Espero que al final de todo este proceso, si finalmente saliera bien, desde los poderes públicos no hayamos sido promotores de un fracaso en ningún caso.
Por tanto prefiero ese
silencio y agradezco muy sinceramente las palabras y la explicación global que ha dado el fiscal general del Estado.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Astarloa.



El señor ASTARLOA HUARTE-MENDICOA: Había pedido la palabra, como indicaba la Presidencia, para decir con mucha brevedad alguna cosas. En consecuencia, eso quiere decir que no se la pido para hacer un turno para contestar a las valoraciones
que cada vez con más extensión hace la Presidencia sobre el desarrollo de las sesiones. Tal y como va este asunto, vamos a tener que acabar haciendo una comparecencia de S.S. para que le podamos decir en público lo que pensamos de las cosas que
dice.
(Rumores.)


En relación con el compareciente, en esta segunda intervención, señor fiscal general del Estado, le he visto más usted. Ha sustituido usted este recurso a la confusión, al chascarrillo, al yo hice, viajaba, venía, el telegrama,


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me mandaron, por el yo he dicho lo que he dicho y me mantengo, bien, y además ha añadido: y ustedes no han entendido nada. Como le decía yo con mis gestos, la vicepresidenta del Gobierno, el ministro de Defensa, el ministro de Justicia,
todo el Partido Socialista, todo el Partido Popular, todos los medios de comunicación -incluidos los de la prensa rosa- no le han entendido; bien. Es fácil; si no le han entendido se lo voy a poner facilísimo. Diga usted en esta Comisión, ante
la situación que estamos viviendo, lo que decía en una entrevista en su día, mayo de 2005, que es lo que en esta situación dice el Partido Popular. Decía usted: Lo único que espero escuchar de ETA es que ha dejado las armas; mientras tanto
aplicaré la ley con el máximo rigor. Nos basta, señor Conde-Pumpido con que usted hoy por una vez sea fiel a sus palabras y le diga a los ciudadanos que el Estado de derecho, de la mano del fiscal general del Estado, se va a aplicar, como dice
usted aquí, con el máximo rigor a aquellos que han violado o violen la ley. Con eso nos damos por satisfechos, esa es la oportunidad que usted tiene de reconocerse a sí mismo, señor Cándido Conde-Pumpido.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Villarrubia


El señor VILLARRUBIA MEDIAVILLA: Brevísimamente, dos minutos, si llega, para agradecer en este caso doblemente al fiscal general del Estado la información que ha dado, amplia y aclaratoria, de un asunto -ese era mi segundo agradecimiento,
entre paréntesis, al propio presidente de la Comisión, ahora sí por su intervención y aclaración respecto al orden del día- al que no estaba obligado a contestar, pero, como bien decía el señor presidente, el compareciente sabe hasta dónde quiere y
puede llegar y decide con absoluta libertad si quiere ampliar alguna información de algo que no era en absoluto exigible. Así queda al margen de la discusión teórica del control y fiscalización, al que sabe perfectamente que desde el punto de vista
jurídico y político no está obligado ni es absolutamente procedente, como tampoco la información sobre ningún asunto concreto, como reiteradamente ya esta Cámara tiene resuelto en numerosas ocasiones, las últimas en el año 2005 de forma expresa por
asuntos que conoce a la perfección. Yendo ya a la conclusión, en nombre de mi grupo quiero agradecerle con todo rigor, con toda seriedad, la lealtad institucional que usted ha venido teniendo ininterrumpidamente con sus informaciones, con sus
contenidos, con el Poder Legislativo, con el Congreso de los Diputados. Quiero agradecérselo sin ningún tipo de observación ni detalles, sino de forma global y absolutamente rigurosa y respetuosa, incluso con el tono, aunque alguien vea en su
sonrisa rasgos de hostilidad. Yo creo que difícilmente pueden ser apreciados por nadie que observe con cierta objetividad.



Abordaré una ultima cuestión para concluir, por cortesía, porque por omisión, por el tiempo, en la intervención anterior no hicimos ninguna referencia -lejos de quererlo omitir; no tenemos razón para ello en mi grupo parlamentario- al cese
o dimisión del señor Fungairiño. Parece que se va a tratar ampliamente en una comparecencia solicitada en el Senado.
He de apuntar dos cuestiones. Entra dentro de la normalidad democrática.
Este fiscal (al que nosotros por supuesto no vamos a
valorar ni a evaluar, y al que respetamos profundamente), que fue nombrado por el anterior Gobierno hace ya bastantes años, ha sido el fiscal jefe que más tiempo ha durado -tiempo material- en ese cargo de fiscal jefe de la Audiencia Nacional, y no
cumplió ninguno de los criterios que ahora, con carácter general, se intentan poner sobre la mesa. Tan no se cumplieron que me permito recordar que, como San Pedro, hasta tres veces fue negado por el Consejo Fiscal con cero votos. No es que
tuviera un apoyo mayoritario importante, sino que con cero votos del Consejo Fiscal en tres ocasiones fue rechazado; no obstante, alguien que seguía las notas al dictado de alguien, fue propuesto, se le propuso y fue nombrado por el anterior
Gobierno. Dicho esto, no queremos meternos en la autonomía que le corresponde al ministerio fiscal. Añadiré un casi chascarrillo, señor fiscal general del Estado. Ha informado de que esta persona, que tanto ha perseguido y maltratado a decir de
algún vocero, entre comillas, parece que ha ido a la Fiscalía del Supremo, parece que incluso es asesor en materia de terrorismo del fiscal general del Estado, parece que incluso asiste a convenciones internacionales en representación de la Fiscalía
General, y también le he oído decir antes que a algunos de los fiscales que pidieron su cese les ha ascendido. El último chascarrillo es que tenga cuidado en los criterios de valoración, no crean que es un mérito pedir su cese para proceder al
ascenso. (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa: Lo que le faltaban son consejos tuyos.)


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor fiscal general del Estado.



El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Esta vez mi agradecimiento no solamente va a las señoras y señores diputados, sino de una manera muy especial al señor presidente de la Comisión, en la medida en que me ha permitido
informar a todos los miembros de la Comisión de Justicia del contenido íntegro de las declaraciones del fiscal general, precisamente para que puedan ser valoradas, y además me da la enorme satisfacción de que ese contenido exacto pueda constar en el
'Diario de Sesiones'. Una vez que haya quedado reflejadas precisamente ahí podrán ser conocidas absolutamente por el conjunto de los parlamentarios, y a lo mejor con ello no hacemos necesaria una nueva comparecencia sobre este tema. En cualquier
caso, agradezco también a S.S., señor Astarloa, que me hable de autenticidad. He procurado ser auténtico no solo en la segunda intervención, sino en la primera; indudablemente procuro ser auténtico en todas ellas. Yo


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también veo a S.S. absolutamente auténtico; ya me voy encariñando con sus expresiones, y le veo absolutamente auténtico en todas y cada una de sus manifestaciones. (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa: Es en lo único que acierta.)


En definitiva, como fiscal general del Estado, le daré a usted la satisfacción de repetir que el fiscal, el ministerio público, aplicará el Estado de derecho en todo su contenido, en toda su extensión y en todo su rigor no solo ahora, sino
en todo momento. En este momento de una manera precisa le puedo decir: no existe otra línea de actuación para el ministerio público que el Estado de derecho, la Constitución y la ley.
Por la Constitución y por la ley nos regiremos en todos
momento, haciendo la interpretación de la Constitución y de la ley que el ministerio fiscal estime jurídica y procesalmente procedente en toda su extensión; siempre vamos a regirnos, en contra de ETA de una manera muy especial, en la aplicación con
todo rigor de la Constitución y de la ley, de todo el ordenamiento jurídico. Por tanto, ese es el final, el colofón de mi intervención. Señor Astarloa, tenga usted la seguridad, tengan la seguridad todas las señoras y señores diputados y con
ustedes todos los españoles, que el criterio de actuación del ministerio fiscal va a ser la ley, y toda la ley, en este momento y en todos los que vendrán en el futuro. (El señor Astarloa Huarte-Mendicoa: Así sea.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, uno más que decimonónico es un clásico y cree que lo que acaba de ocurrir es muy importante en esta Comisión.
Agradeciendo todas sus intervenciones, la presencia del fiscal general de Estado, la del equipo de
la Fiscalía General del Estado, la de los medios de comunicación, la del personal al servicio de la Cámara y, por supuesto la de todas y todos ustedes, se levanta la sesión.



Era la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde.



Corrección de error.-En el 'Diario de Sesiones' número 513, correspondiente a la sesión celebrada por esta Comisión el miércoles, 15 de marzo último, figura en el cuarto punto del orden del día como número de expediente el 212/10006, cuando
el correcto es el número 212/001006.