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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 352, de 27/09/2005
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2005 VIII Legislatura Núm. 352

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª CARMEN MARÓN BELTRÁN

Sesión núm. 25

celebrada el martes, 27 de septiembre de 2005



ORDEN DEL DÍA:


Proposiciones no de ley:


-Sobre modificación del actual programa de agentes de empleo y desarrollo local. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso.
(Número de expediente 161/000291.) ... (Página 2)


-Relativa a agentes de empleo y desarrollo local. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000301.) ... (Página 2)


-Para modificar el actual programa de agentes de empleo y desarrollo local. Presentada por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria-Nueva Canarias. (Número de expediente 161/000350.) ... (Página 2)


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-Relativa a la mejora de las condiciones laborales y sociales de las personas al servicio del hogar. Presentada por el Grupo Parlamentario Mixto. (Número de expediente 161/000354.) ... (Página 4)


-Relativa a la situación de los trabajadores de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, a raíz del traslado de su sede de Madrid a Barcelona. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
(Número de expediente
161/000843) ... (Página 8)


-Relativa a la suspensión de la aprobación del Plan de juventud 2005-2008.
Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000858.) ... (Página 8)


-Relativa a la paralización inmediata del nuevo Plan de juventud.
Presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC).
(Número de expediente 161/000821.) ... (Página 8)


-Por la que se insta al Gobierno a respetar las competencias de las comunidades autónomas en materia de juventud. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 161/000955.) ... href='#(Página8)'>(Página 8)


-Relativa a la revisión de las cuantías del baremo por lesiones, mutilaciones y deformaciones de carácter permanente no invalidantes a que se refiere el artículo 150 de la ley general de la Seguridad Social.
Presentada por el Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000704.) ... (Página 13)


-Relativa a la promoción del acceso de las mujeres al régimen especial de autónomos.
Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000981.) ... (Página 15)


-De la mejora de la protección social de la mujer y de la madre trabajadora incluida en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia y autónomos. Presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC). (Número de
expediente 161/001195.) ... (Página 15)


-Para el reconocimiento del periodo de tiempo dedicado a la prestación del servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria para la percepción de prestaciones sociales públicas. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió). (Número de expediente 161/001202.) ... (Página 19)


Se abre la sesión a las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana.



La señora PRESIDENTA: Buenos días. Vamos a comenzar la sesión de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales con el orden del día establecido, rogándoles disculpas por este pequeño retraso en su inicio, toda vez que no estaban las enmiendas
en poder de la Mesa.



Como saben, los puntos uno, dos y tres del orden del día, que no tienen enmiendas, se debatirán acumuladamente por el orden de presentación en el registro de la Cámara; los puntos siete, ocho y nueve también se debatirán acumuladamente, así
como los puntos diez y once. Antes de iniciar el debate anuncio que estimo que las votaciones no serán antes de las trece horas. No obstante, a partir de las doce y media se puede estar atento.



PROPOSICIONES NO DE LEY:


-SOBRE MODIFICACIÓN DEL ACTUAL PROGRAMA DE AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO.
(Número de expediente 161/000291.)


-RELATIVA A AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000301.)


-PARA MODIFICAR EL ACTUAL PROGRAMA DE AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE COALICIÓN CANARIA-NUEVA CANARIAS. (Número de expediente 161/000350.)


La señora PRESIDENTA: Iniciamos el debate con el primer punto, modificación del actual programa de agentes de empleo y desarrollo local.
Para ello tiene la palabra, por el Grupo Socialista, el señor Torres.



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El señor TORRES MORA: Se presentan tres proposiciones no de ley que recogen un sentir de todo el mundo del desarrollo local sobre el aprovechamiento de los recursos humanos que durante este año se han generado con los agentes de desarrollo
local, en su experiencia, en su trabajo y en su capacidad; por la normativa que teníamos era imposible su aprovechamiento porque sólo podían ser contratados durante cuatro años por un ayuntamiento y después ya no podían volver a ser contratados ni
por ese ni por otro ayuntamiento. La petición de los tres grupos, que coincidía, era que o bien se prorrogara el tiempo de contrato o bien pudieran ser contratados, por tanto aprovechados los recursos humanos, por otros ayuntamientos.



Actualmente hay unos 3.500 agentes de desarrollo local en un programa que cuesta casi 80 millones de euros y que supone que se les paga el sueldo completo a los agentes de desarrollo local, con un tope de 24.000 euros por agente y año. Es
un programa que tiene un gran éxito y una gran eficacia y todos consideramos que debe mantenerse, progresar y prosperar en su funcionamiento. Por eso los tres grupos presentamos esta proposición no de ley instando al Gobierno a que de manera
inmediata tratara de resolver esto. Lo cierto es que las proposiciones, como verán SS.SS., son de octubre de 2004 y estamos en septiembre de 2005, y el ministerio, antes de que estas proposiciones se hayan podido ver en esta Comisión, tomó la
determinación de proceder al cambio que solicitábamos; lo hizo en enero de este año 2005 por una orden ministerial de 14 de enero que se publicó el 22 de enero de 2005. En esa orden se modifica la orden de 15 de julio de 1999, que impedía que
pudieran ser contratados los agentes de desarrollo local en otros municipios. A partir de este cambio, los agentes de desarrollo local pueden ser contratados y esa contratación puede ser financiada por el Inem en municipios distintos de donde han
cumplido los cuatro años de trabajo y de servicio.



Nosotros apoyamos la proposición no de ley, pero creo que su sentido ha decaído porque el Gobierno ya ha cumplido lo que pedíamos. Es una situación muy extraña porque el Gobierno ya lo ha hecho, es como aprobar que se descanse los domingos.
No tengo más que decir, pues hemos podido constatar que, por una vez, el Gobierno ha sido mucho más rápido que nosotros.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Sánchez-Camacho, por el Grupo Popular, para defender su iniciativa.



La señora SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ: Al margen de que se descanse o no los domingos, señoría, nosotros entendemos que esta iniciativa es absolutamente procedente en tanto en cuanto fue una preocupación no sólo del Grupo Parlamentario Popular,
como hemos visto, sino también del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria-Nueva Canarias y el mismo partido que da apoyo al Gobierno. Entendemos que los agentes de empleo y desarrollo local han tenido una importancia trascendental en la creación
de empleo y en la casación de la oferta y la demanda, sobre todo en los ámbitos municipales y comarcales, en los cuales se ha producido una gran creación de empleo a lo largo de estos años.



El Gobierno del Partido Popular impulsó esta iniciativa y también constituía uno de los pilares fundamentales de los planes de empleo que cada año se elaboraban, uno de esos pilares fundamentales era el impulso de la iniciativa empresarial y
de las iniciativas locales. Entendemos que ha sido una de las políticas activas más eficaces porque ha permitido que muchos empresarios de los ámbitos local, municipal y comarcal pudieran acceder a informes de prospección de mercado y a una buena
intermediación laboral y pudieran tener la información puntual, concreta, sistematizada y exhaustiva de todos aquellos beneficios y bonificaciones que cada año se producían en la legislación laboral; en este sentido ha tenido una extraordinaria
eficacia, y lo compartimos todos y cada uno de los diputados de esta Comisión. Por eso entendemos que los plazos que fueron fijados en esa orden ministerial de 15 de julio de 1999, que establecía en su artículo 10 la limitación de que se produjera
esa subvención del Inem a los ayuntamientos por el plazo de un año y la prórroga por el plazo de tres más, es decir, que tuvieran una limitación de cuatro años, daban tiempo suficiente a que no sólo se conocieran los interlocutores sociales en el
ámbito local, comarcal y municipal, sino que también se daba, en virtud del artículo 11, una exhaustiva formación y cualificación a esos agentes de empleo y de promoción de desarrollo local. Por eso entendió este grupo parlamentario que se debía
dar una utilización positiva a lo que estaban realizando estos agentes de empleo y desarrollo local. En ese sentido nosotros consideramos en la parte dispositiva, en primer lugar, que se tenía que tener en cuenta y acreditar la valía, la
cualificación y la eficacia de todos y cada uno de los agentes de empleo y desarrollo local para producirse su posible prórroga. Si cualquiera de ellos no acreditara esa valía, sin duda alguna no se debería proceder a esa contratación
subvencionada.



En esa fecha que usted ha mencionado, 5 de octubre de 2004, nosotros ya establecíamos que se produjera la contratación prorrogada en esa administración pública, es decir, en ese ayuntamiento o en cualquier otro. Como muy bien ha dicho el
diputado que ha hecho uso de la palabra con anterioridad a nuestro grupo parlamentario, esta orden de 22 de enero ha establecido esa modificación en el sentido de que pueda ser utilizado por otra corporación local, por otro ayuntamiento.



Nuestro grupo entiende que esta proposición no de ley ha tenido la eficacia en la actitud dispositiva del Ministerio de Trabajo, en tanto en cuanto la proposición de Coalición Canaria incluso va mucho más allá porque establece la
estipulación de que se pudiera considerar la contratación por periodo indefinido de los agentes de empleo y desarrollo local. Nuestro grupo parlamentario entiende que son unas iniciativas importantes para la creación de empleo, importantes para el
fomento de empleo en el ámbito municipal, apoyará el resto de iniciativas,


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siempre teniendo en cuenta y precisando que la parte dispositiva del Grupo Parlamentario Socialista era excesivamente genérica; la verdad es que el Ministerio de Trabajo ha concretado y ha ido mucho más allá de lo que el propio grupo
explicitaba, va en la línea de lo que el Partido Popular pedía. Por tanto, entendemos que hoy es un día importante para la promoción de empleo en el ámbito local y sobre todo para el desarrollo de la actividad laboral de estos agentes de empleo y
desarrollo local. Por eso, nosotros daremos nuestro voto positivo a las dos iniciativas, tanto de Coalición Canaria, como del Grupo Socialista y solicitamos el voto positivo para la nuestra.



La señora PRESIDENTA: Grupo de Coalición Canaria. (Pausa.)


Como no interviene nadie, decae esta iniciativa.



¿Grupos que desean fijar posición?


Señor Olabarría.



El señor OLALBARRÍA MUÑOZ: Con gran brevedad, señora presidenta para no producir un efecto anticlímax, dado el ambiente de consenso que paradójicamente se respira esta mañana en esta Comisión, quiero decir que nos adherimos a ambas
proposiciones, si son efecto de transacción, en los términos de la transacción, o si no en su contenido material, y felicitar al Ministerio de Trabajo por la diligencia no muy frecuente a la hora de cumplir -yo creo que a través de algún tipo de
facultad paranormal intuyendo que iban a ser presentadas estas proposiciones- el requerimiento de las mismas. Desde esta perspectiva damos nuestro voto favorable.



-RELATIVA A LA MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES Y SOCIALES DE LAS PERSONAS AL SERVICIO DEL HOGAR. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO. (Número de expediente 161/000354.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos al debate del cuarto punto del orden del día, proposición no de ley relativa a la mejora de las condiciones laborales y sociales de las personas al servicio del hogar.



Tiene la palabra para su defensa, la señora Fernández por el Grupo Mixto.



La señora FERNÁNDEZ DÁVILA: Las trabajadoras y trabajadores (entrecomillo trabajadores, aunque nos gustaría que fuera de otra manera, porque fundamentalmente estamos hablando de trabajadoras) que desarrollan su trabajo en el hogar están
incluidos en el campo de aplicación del régimen especial del personal al servicio del hogar familiar, que contiene una serie de normas específicas, tanto en lo relativo a la cotización, como a las prestaciones sociales, que alejan la acción
protectora de este régimen especial de la otorgada por el régimen general de la Seguridad Social. El régimen especial del personal al servicio del hogar familiar nunca ha sido revisado para ampliar su acción protectora, como sucedió tanto en el
régimen general de la Seguridad Social como en otros regímenes especiales a medida que evolucionaba favorablemente y se asentaba el sistema público de protección social. Esta circunstancia justifica por sí sola la necesidad de mejorar ampliamente
las coberturas y prestaciones sociales del régimen especial del personal al servicio del hogar familiar. Además, es evidente y objetivo que persisten diferencias en cuanto al nivel de protección que les es reconocido a los trabajadores y
trabajadoras que desarrollan su trabajo en el hogar con relación a los trabajadores y trabajadoras incluidos en el régimen general de la Seguridad Social, aun teniendo en muchos casos necesidades protectoras semejantes, sin que las diferencias que
persisten respondan a las aludidas particularidades del trabajo doméstico.



La presente proposición no de ley propone la modificación de la vigente legislación sobre el trabajo en el hogar que supera sus aspectos más obsoletos y anacrónicos, de acuerdo con la evolución de la propia sociedad, en los cuales además
late un concepto discriminatorio de la mujer y de un tipo de trabajo totalmente infravalorado. Esta iniciativa persigue garantizar a las personas que realizan su trabajo en el hogar unas condiciones laborales que las aproxime al resto de los
trabajadores y trabajadores y elimine las diferencias de protección social no justificadas, a tenor de las singularidades que presenta el trabajo doméstico.



Queremos recordar a SS.SS. que la cuarta recomendación del Pacto de Toledo se proponía actuar con relación a los regímenes especiales para que, en lo posible, además de que se igualara la protección, hubiera una aportación contributiva
semejante. La novena recomendación propone el principio de contribuidad del sistema, es decir que haya una mayor proporcionalidad entre cotización y prestaciones. En este sentido queremos decir que, hasta el año 1996, la base de cotización, única
e independiente de los ingresos de las trabajadoras del hogar, coincidía con la mínima del régimen general. A partir del año 1997, la base de cotización del régimen especial ha experimentado un incremento cuatro puntos superior a las del régimen
general, de acuerdo con el salario mínimo interprofesional del régimen general. Por tanto, con estos cuatro puntos superiores a las del régimen general está siempre por encima de las mínimas de éste y por encima del salario mínimo legalmente
retribuido al trabajador doméstico por cuenta ajena. Sin hacer números especiales ni nada parecido, tenemos que ser consciente con que al final la contribución fija y única que hay para el trabajo del hogar supera la cuantía de lo que hay que
cotizar por el salario mínimo interprofesional, es decir de lo que cotiza una persona que trabaje y que cobre el salario mínimo interprofesional, independientemente de que esperemos que no sean muchas las personas, aunque son demasiadas en este
sentido; ni siquiera la proporcionalidad se da en este caso. Por eso presentamos esta proposición no de ley. Lo hicimos como proyecto de ley hace algunos meses, pero no tuvo la suerte que nosotros quisiéramos en aquel momento.
Esperamos que con
esta proposición no de ley el Gobierno actúe en la dirección de mejorar las condiciones


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laborales y fundamentalmente las prestaciones sociales de las trabajadoras y trabajadores del hogar.



La señora PRESIDENTA: Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Burgos.



El señor BURGOS GALLEGO: Señorías, en los últimos 20 años se han producido en España importantes cambios en el trabajo doméstico en el ámbito privado, que han tenido su expresión en las variaciones producidas en el régimen especial de
Seguridad Social del personal al servicio del hogar familiar. En el año 1984 había en España 381.700 personas de alta en ese régimen, cifra que fue disminuyendo notablemente hasta tocar fondo a finales del año 1997 con 142.000 personas. La
explicación no está obviamente en el descenso de la inversión en trabajo doméstico, sino en su paso masivo a la economía sumergida. A partir de entonces la tendencia cambia para elevarse gradualmente y en la actualidad ha aumentado notablemente.
No hay que sentirse en todo caso muy satisfecho, por cuanto los datos de la EPA revelan que en España había casi medio millón de empleadas del hogar a finales del mes de junio de este año, cifra inferior a la real por cuanto lo irregular no suele
declararse, y, sin embargo, el número de afiliadas al régimen específico de la Seguridad Social para estos asistentes o asistentas era, según los datos de julio, de apenas 181.588.



Señorías, los cambios sociales, económicos y demográficos en España evidencian la necesidad de reforzar en muchos hogares la contratación de servicio doméstico para atender un trabajo que se realiza diariamente y que por su naturaleza no
puede ser ni pospuesto ni acumulado. Estamos, como siempre ha puesto de manifiesto el Partido Popular, ante un trabajo complejo que las familias españolas ponen en manos de otras personas, básicamente mujeres, y para el que se requieren
conocimientos, habilidades, sensibilidad y responsabilidad, sobre todo, si incluye la atención a menores y personas mayores y dependientes. No es una actividad invisible, todo lo contrario, es bien perceptible, bien constatable, bien valorable y
constituye una aportación al bienestar y calidad de vida de las familias con una incidencia económica notable. En todo caso, exige de la sociedad la mayor consideración y reconocimiento.



Han sido varios los debates sobre esta cuestión en esta Cámara y en todos ellos se han evidenciado los elementos que inciden en la posible mejora de las condiciones sociales y laborales de estas personas. El Pacto de Toledo, renovado en el
año 2003, considera oportuno agilizar en mayor medida la labor iniciada a los efectos de establecer una protección social equiparable entre los diferentes regímenes de la Seguridad Social.
Esta equiparación deberá realizarse teniendo en cuenta las
peculiaridades de los colectivos a quien va dirigida, con el fin de superar las desigualdades que pudiesen subsistir, sin olvidar la adecuada correspondencia que debe existir entre la aportación contributiva y el nivel de acción protectora
dispensada. Los que participamos en aquellos debates sabemos que, pese a no citarlo expresamente en el texto, la situación de este régimen de Seguridad Social estaba muy presente en las motivaciones de tal redacción. Es en este marco en el que han
de tomarse medidas concretas y específicas de mejora.



El contenido de la proposición no de ley es un esfuerzo por regular la relación laboral específica y por mejorar las prestaciones del sistema para estas personas, pero es precisamente la detallada exposición de demandas contenidas las que la
puede convertir en una proposición no de ley poco práctica en aras a conseguir resultados concretos. Cualquier modificación en este régimen debe atenerse a los criterios generales de sostenibilidad del sistema, como cualquier reforma del sistema en
general puede tener, como de hecho ha ocurrido, una incidencia en este régimen.
Así ocurrió, por ejemplo, con la decisión de mejorar las bases de cotización. Antes de 1996 era única, independiente de los ingresos, y coincidía con la mínima del
régimen general, pero el incremento gradual de los años de cotización, por ejemplo, también ha tenido una incidencia directa a la hora de calcular la base reguladora de esta pensión, por cuanto la cobertura de vacíos de cotización que se aplica,
también les ha afectado de forma especial. En ambos casos se trata de medidas básicas para sostener el sistema.



No pueden diseñarse mejoras a la carta de la protección social en las que sólo se tenga en cuenta lo que mejora y no lo que cuesta o lo que hay que asumir. Sería muy fácil para un grupo como el nuestro respaldar toda medida que, al menos en
apariencia, contribuyera a mejorar las condiciones laborales y sociales de cualquier colectivo sin más consideraciones. Sin embargo, creemos que el tema es muy complejo y que cada uno de los aspectos que toca la proposición no de ley, de muy
variada incidencia, no podrían despacharse en este debate como si de una carta a los Reyes Magos fuera. Además, no contempla algunos aspectos, pese a su exhaustividad, que a mi grupo le parecen enormemente relevantes. Por ejemplo, el alta en el
régimen especial. La Dirección General de Régimen Jurídico de la Seguridad Social, en una resolución del 5 de noviembre del año 2005, establece que para solicitar el alta en este régimen se deben prestar servicios como mínimo de 72 horas mensuales
en al menos 12 jornadas. Esto es, en promedio semanal, una jornada de 18 horas, por debajo de la cual no se admite el alta. Esta prohibición de alta es muy discrecional y ello tiene una incidencia notable que se transforma en muy grave si se
producen accidentes en esa jornada laboral.
También la obligación de darse de alta con la cotización exclusivamente a su cargo cuando, o bien se trabaje para más de un empleador, o se trabaje para un solo empleador pero menos de 20 horas semanales
(80 mensuales), es una realidad que genera el llamado efecto umbral, y es que formalmente se contrata por el tiempo que permite al contratador no asegurar a la empleada o al empleado. Quiero recordar que hasta el año 1996, el límite semanal estaba
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horas y 40 minutos, y los contratos duraban precisamente eso; luego, se pactaron por 20 horas. Estos aspectos no son objeto de consideración ni de explicación en la proposición no de ley. Sin embargo, lo son otros aspectos que nos parecen
enormemente complicados como es solicitar retribuciones extraordinarias al año equivalentes a dos mensualidades, indemnizaciones por despido improcedente, dietas, que pueden quedar en el ámbito de la buena voluntad, pero que chocan con una realidad
compleja, que cuando empleadas o representantes se dirigen a la Inspección de Trabajo se encuentran con frecuencia con la negativa de inspectores y controladores laborales a inmiscuirse en un territorio que se considera privado. No sólo aducen la
imposibilidad de inspeccionar el centro de trabajo por tratarse de un domicilio, sino que también se niegan a verificar los hechos por métodos indirectos de control, como puede ser el teléfono o el control exterior de las viviendas. Con lo que en
la realidad las trabajadoras domésticas no pueden contar con la institución administrativa cuya misión sería velar por el cumplimiento de la legislación laboral. Ni que decir tiene que cualquier reforma en el sentido de invadir los hogares con
regulaciones podría expulsar del mercado de trabajo a mucha gente o desplazarles de nuevo a la economía sumergida ya sin ningún derecho. Estamos, por tanto, ante un difícil equilibrio que hace muy complejas las actuaciones, más allá de los buenos
deseos.



Hay un aspecto -voy concluyendo- que a mi grupo le merece especial consideración: la situación de la incapacidad temporal y la maternidad.
La incapacidad temporal sólo se reconoce en este régimen por contingencias comunes, estando excluida
la contingencia de accidente laboral que ha sido reconocida por el anterior Gobierno a los trabajadores autónomos. La baja se abona desde el día 29, quedando los primeros 28 días sin ninguna cobertura. Ello incluso en accidentes ocurridos con
ocasión del desempeño del trabajo. A diferencia del régimen general, aunque el contrato de trabajo haya terminado, la trabajadora ha de seguir cotizando la cuota íntegra para continuar cobrando la prestación. Ello ha de ser objeto de revisión,
ahora el sistema puede acometerlo, igual que hemos hecho con gradualidad y prudencia en otros ámbitos. En la baja por maternidad, el régimen de cotización es el mismo; durante la baja maternal se desplaza la obligación de cotizar y también perdura
terminado el contrato. En la generalidad de los casos, como se nos expuso en la comparecencia del Pacto de Toledo de las representantes del sector, las trabajadoras domésticas pierden su empleo al conocerse por la parte empleadora su situación de
embarazo, si bien por la vía jurídica del desestimiento; tampoco existen salarios de tramitación en el caso del despido improcedente.



Sin entrar en otras consideraciones, el hecho es que frecuentemente dejan de estar en alta en el sistema precisamente en el momento en que más lo necesitarían para tener derecho a la prestación por maternidad. El requisito del alta en este
caso, en el que la pérdida del empleo no causa derecho a prestación por desempleo, con la consiguiente situación de alta cotizante en el sistema, constituye una zona de desprotección injustificable. Creo que cabe introducir mejoras graduales en la
protección de nuestro sistema, pero mejoras posibles, viables, justificadas y equilibradas. Nuestro sistema es perfeccionable y a ello van encaminadas las recomendaciones del Pacto de Toledo. Con el ánimo constructivo que a mi grupo y a este
portavoz le mueven siempre en estas materias, consideramos procedente presentar una enmienda de sustitución a la proposición no de ley que, recogiendo el espíritu de mejorar las condiciones laborales y sociales del sector, no se plantee como una
sucesión un tanto inconexa e incompleta, insuficientemente explicada y en muchos casos inviable, técnica y jurídicamente, de propuestas concretas, algunas de las cuales compartimos, pero que la propia redacción nos llevaría a rechazar, sin ofrecer
al sector pasos concretos que atiendan su legítimo derecho de mejora.



Nuestra enmienda pretende instar al Gobierno a que, en el marco de las recomendaciones del Pacto de Toledo y en diálogo, como no podría ser de otra manera, con los agentes sociales y las organizaciones representativas del servicio doméstico
en España, se proceda, en el plazo de seis meses, a presentar por parte del Gobierno una propuesta de medidas normativas que, en primer lugar, impulsen la afiliación en este régimen y mejoren, como es posible hacer, una serie de condiciones
laborales y sociales de las empleadas y empleados del hogar, con el objetivo, en primer lugar, de superar cualquier situación de discriminación que pudiera subsistir respecto a otros regímenes, teniendo en cuenta siempre que las propias
especificidades del trabajo doméstico harán obligado que subsistan diferencias, que no cabe interpretar como discriminaciones, pero sí como especificidades concretas relativas a este régimen. No se trata de poner al Gobierno en ninguna tesitura
complicada, pero sí de instarle, no solo a que cumpla, faltaría más, las recomendaciones del Pacto de Toledo, sino a que impulse medidas normativas de carácter social y laboral en beneficio de todo el sector.



La señora PRESIDENTA: Para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Hernando.



El señor HERNANDO VERA: Más allá de cifras y datos concretos respecto al régimen especial de la Seguridad Social, la base de cotización, el tipo o el real decreto y las modificaciones que el real decreto requiere, si hacemos una reflexión
en voz alta, llegaremos a la conclusión de que la reglamentación actual del servicio doméstico es, no diría claramente injusta, pero sí discriminatoria respecto a los trabajadores del resto de los sectores, a pesar de las peculiaridades de este
régimen y a pesar del lugar donde se presta este trabajo. Lo es quizás por razones históricas, porque este régimen y esta regulación adolecen de un pasado histórico que pesa mucho sobre el real decreto de 1985. En los siglos XVII y XVIII existían
las casas de padres y madres de mozas


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que eran prácticamente sirvientas; estaban en la servidumbre de la casa.
Incluso en el Código Civil de 1889 existía un artículo en el que se establece que, en caso de discrepancia del salario entre el empleador -el denominado amo- y la
trabajadora o la sirvienta, prevalecía la palabra del amo, salvo prueba en contrario. Esto existió en España hasta el año 1984, en que el Tribunal Constitucional declara ese artículo inaplicable, naturalmente.



Esta relación laboral siempre se había regido por el derecho civil y no pasa a regirse por el derecho laboral hasta la Segunda República con la Ley de contratos de trabajo. En el franquismo, vuelve a regirse otra vez por el Código Civil y,
sin embargo, en el año 1969 se crea el régimen especial de trabajadoras del servicio doméstico, que es un avance, a pesar de seguir en el ámbito de las relaciones civiles y no de las laborales. Es un régimen en el que siempre se han sacrificado los
derechos de los trabajadores, los derechos sociales, en aras de los derechos civiles de las familias o de los titulares del hogar, y se han sacrificado prácticamente sin equilibrio; yo no estoy de acuerdo con que en la actualidad haya un
equilibrio. El equilibrio creo que es posible, pero no existe en la actualidad. Incluso cuando se hace el Estatuto de los Trabajadores en 1980 esta es una de las materias que se dejan para regularla en un real decreto posterior, y en el real
decreto de 1985 se vuelve a decir que, en todo caso, esta regulación siempre tendrá en cuenta la intimidad familiar y la inviolabilidad del domicilio, a la que antes se ha hecho referencia. Sin embargo, en la legislación comparada, en legislaciones
de nuestro ámbito geográfico, incluso jurídico, como puede ser el caso de Francia o de Italia, esta relación laboral está regulada por convenios colectivos; en Francia, por convenios colectivos con patronales de ámbito regional y, en Italia, por
convenios colectivos entre los sectores que se dedican a esta actividad y los grandes sindicatos y la patronal. No proponemos en nuestra enmienda que este sea el cambio, pero lo que sí decimos es que puede haber un equilibrio entre esa intimidad
familiar, entre el derecho a que no se viole el domicilio en el que se presta esta actividad, y los derechos de los trabajadores, sobre todo de las trabajadoras, porque no nos engañemos, hasta ahora han sido básicamente mujeres las que han estado en
este sector.



Un análisis muy somero de algunas características de esta regulación nos lleva a la conclusión de que algo injusta ya es. El despido es un despido por desistimiento del empleador; es prácticamente en el único sector en el que existe el
despido libre con una indemnización casi irrisoria. El empleador sin justa causa puede despedir a una persona. Es un sector en el que las personas que están internas pueden ver descontado hasta el 45 por ciento de su salario en concepto de
manutención y alojamiento; es un sector escasísimo dentro de nuestra legislación laboral, en el que no es necesario un contrato de trabajo escrito, lo que lleva a una inmensa panoplia de situaciones de irregularidad y sobre todo de inseguridad
jurídica básicamente para la parte más débil, que suelen ser los empleados o las empleadas. A esto hay que añadir que en los últimos años, desde el año 1990, 1991 ó 1992, se han unido a este sector muchas personas inmigrantes que, además de vivir
la injusticia de la regulación actual, desconocen en gran medida nuestra regulación laboral y los derechos que tienen, y eso las hace aún más vulnerables. Evidentemente, el régimen especial del servicio doméstico también se caracteriza por la
discriminación respecto a otros, pero estoy de acuerdo con el señor Burgos en que es evidente que la base de cotización y el tipo son muy reducidos y que, por lo tanto, si queremos mantener la sostenibilidad del sistema tendríamos que ir a una
reforma en función del principio de contributividad, como establecen los criterios del Pacto de Toledo.



Nos parece oportuna la iniciativa del Bloque Nacionalista Galego y hemos presentado una enmienda transaccional con texto alternativo respecto a la cual hemos llegado a un acuerdo, porque creemos que ya es hora de que se inicie un proceso de
reforma. También somos conscientes de que esa reforma no se puede hacer de un día para otro, no se puede llevar a cabo de buenas a primeras, y quizás de forma tan específica como establece la iniciativa del Bloque Nacionalista Galego; sin embargo,
sí queremos instar al Gobierno para que se inicie un proceso de estas características para el servicio doméstico, que hoy es absolutamente necesario para las familias españolas y para tantas mujeres que se están incorporando al mundo de trabajo
gracias a la existencia de estas personas que cuidan a mayores y a niños. El servicio doméstico es fundamental para el mantenimiento del sistema, por lo que no parece razonable que su regulación y sus prestaciones sociales sigan siendo tan
claramente discriminatorias. Por lo tanto, aplaudimos la iniciativa del Bloque Nacionalista Galego, y nuestra enmienda insta al Gobierno para que se inicie ese proceso sin prisa, pero evidentemente sin pausa.



La señora PRESIDENTA: Señora Fernández, a efectos de aceptación de las enmiendas presentadas, tiene la palabra.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Las dos enmiendas presentadas tienen el mismo fondo, pretenden aproximar las ideas que plantea la proposición no de ley. Consideramos adecuado especificarlas tan pormenorizadamente tal y como están, aunque
cuando se hace esto evidentemente puede quedarse corto porque está todo excesivamente especificado. En ese sentido, tratando de llegar a un acuerdo y entendiendo el fondo de las dos enmiendas, vamos a aceptar la enmienda del Grupo Socialista, pero
si se nos aceptan dos o tres puntualizaciones que desde nuestro punto de vista tienen importancia, aunque tampoco creo que sean tan importantes como para que no las acepten. En el punto 4, donde dice promover en el marco del Pacto de Toledo y en la
Mesa de Seguridad Social las medidas pertinentes que permitan


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impulsar la integración futura, queremos eliminar las palabras impulsar y futura, debido a que efectivamente en el marco del Pacto de Toledo hay que promover las medidas.



La señora PRESIDENTA: Disculpe que la interrumpa, pero si quieren concretarlo un poco más y pasarme una redacción del texto tienen tiempo hasta el momento de la votación.



La señora FERNÁNDEZ DAVILA: De acuerdo.



La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 5 del orden del día, proposición no de ley relativa a la revisión de la cuantía del baremo por lesiones, mutilación y deformaciones de carácter permanente no invalidante a que se refiere el artículo
150 de la Ley General de Seguridad Social.



¿Señor Membrado?


El señor MEMBRADO GINER: Señora presidenta, ¿podríamos cambiar este punto? Se lo he comentado anteriormente.



La señora PRESIDENTA: ¿Ha hablado con quien ha presentado la iniciativa?


El señor MEMBRADO GINER: ¿Lo podemos retrasar?


La señora PRESIDENTA: No tengo inconveniente en alterar el orden del día, siempre que haya acuerdo entre los portavoces y quienes han presentado la proposición no de ley.



-RELATIVA A LA SITUACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE LA COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES, A RAÍZ DEL TRASLADO DE SU SEDE DE MADRID A BARCELONA. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO.
(Número de expediente
161/000843)


La señora PRESIDENTA: Como hay acuerdo, posponemos el debate de la número 5 e iniciamos el debate de la proposición no de ley número 6, relativa a la situación de los trabajadores de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones a raíz
del traslado de su sede de Madrid a Barcelona.



Para su defensa tiene la palabra la portavoz del Grupo Popular, señora Quintanilla.



La señora QUINTANILLA BARBA: En primer lugar, quiero pedir disculpas por llegar tarde a la Comisión, pero estaba interviniendo en la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades.



Mi grupo parlamentario quiere felicitarse porque efectivamente esta iniciativa, antes de ser debatida en el seno de esta Comisión, ha dado sus frutos y la negociación que han llevado a cabo los trabajadores y los sindicatos, los agentes
sociales, con el Gobierno ha dado cumplido compromiso a la situación real de estos trabajadores que tienen que marcharse a Barcelona de una manera incongruente. Por tanto, en el seno de esta Comisión mi grupo retira esta proposición no de ley.



La señora PRESIDENTA: Queda retirada esta iniciativa.



-RELATIVA A LA SUSPENSIÓN DE LA APROBACIÓN DEL PLAN DE JUVENTUD 2005-2008.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000858)


-RELATIVA A LA PARALIZACIÓN INMEDIATA DEL NUEVO PLAN DE JUVENTUD.
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE ESQUERRA REPUBLICANA (ERC).
(Número de expediente 161/000821)


-POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A RESPETAR LAS COMPETENCIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN MATERIA DE JUVENTUD. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 161/000955)


La señora PRESIDENTA: ¿Estamos en condiciones de debatir los puntos 7, 8 y 9 del orden del día, que se acumulan? ¿Están las personas que van a intervenir en estos puntos, señor Membrado, señor Barrachina y demás grupos que quieran fijar
posición? (Asentimiento.)


Pasamos a debatir estos puntos. Siguiendo el orden de presentación de estas iniciativas, tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, que ha presentado su iniciativa en primer lugar en el registro. Tiene la
palabra el señor Ramón.



El señor RAMÓN TORRES: Presentamos hoy esta proposición, después de los diferentes debates que ha suscitado este tema en esta Cámara y que vienen ya desde la proposición no de ley que nos presentaba el Grupo Socialista, en el sentido de
trabajar en un Plan nacional de la juventud o un Plan interministerial para la juventud, que más tarde fue discutido en el debate de política general, donde el Partido Nacionalista Vasco presentó una resolución que instaba al Gobierno a no presentar
este plan. Al final, se acabó presentando en un Consejo de Ministros, lo que llevó también al tercer debate que se ha suscitado en esta Cámara sobre este tema, ocurrido


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este verano en una comparecencia del ministro Jesús Caldera, para hablar sobre esta cuestión.



Desde el primer momento, nosotros hemos indicado que no estábamos de acuerdo con este plan, en principio por el mismo plan, porque entendíamos que el Congreso ya había especificado que el plan no se podía llevar adelante de la manera que iba
y por otras cosas que ahora les explicaré.
El plan, como les comentaba, ya había estado paralizado por el Congreso, no ha estado consensuado por las comunidades autónomas y vulnera claramente competencias exclusivas sobre todo del Gobierno catalán.

Teniendo en cuenta que la juventud es una competencia exclusiva del Gobierno catalán, que viene recogida en el artículo 9.26 del Estatut de Catalunya, he de indicarles que el Gobierno catalán continúa trabajando exclusivamente en el Plan de juventud
de Cataluña, que cuenta con el apoyo de todas las fuerzas políticas del Parlament, del Consejo Nacional de la Juventud de Cataluña, de la Federación de Municipios y la Asociación Catalana de Municipios. Igualmente, desde el Gobierno catalán se hace
saber que no nos gustaría que estos hechos se volvieran a producir y para que esto no sea así, en el Parlament se está trabajando ya en la nueva ley de políticas de juventud, necesaria de una vez por todas para prevenir la invasión de competencias.
Aparte de la invasión de competencias de este plan, y la no atención a las demandas del Congreso, entendemos que tiene deficiencias importantes, que me gustaría, de una manera resumida, destacarlas esta mañana aquí.



La metodología del plan no nos parece adecuada, tampoco la coordinación interministerial, ya que el mecanismo de coordinación que se nos presenta es la Comisión Interministerial para la Juventud y la Infancia y en ningún caso contempla que
las comunidades autónomas puedan estar en esta coordinación; entendemos que eso no es aceptable. Asimismo, la transversalidad de las políticas que nos presenta el Gobierno estatal evidencia graves contradicciones, como es el hecho de que se
dedique un tanto por ciento más elevado al presupuesto de las políticas de defensa que a las políticas culturales. El plan que nos ha presentado el Gobierno incluye medidas muy alejadas de los ejes de actuación que había previsto la Secretaría
General de Juventud del Gobierno catalán, como pueden ser políticas de ocupación juvenil que apuestan por la incorporación de los jóvenes al ejército. En el plan que nos presenta sí que hay un elevado porcentaje a trabajo y asuntos sociales, que es
el 32 por ciento y un 23,9 por ciento en educación, pero nos preocupa este 3,2 por ciento que se dedica a política de defensa en contrapartida del 1 por ciento que se dedica a políticas culturales. Eso es grave, no tendría que ser así y es una de
las cosas negativas de este plan.



La coordinación interterritorial también ha sido bastante mala. El Gobierno del Estado no ha establecido ningún mecanismo de coordinación territorial con las comunidades autónomas y, como les comentaba, ha elaborado este plan sin ningún
acuerdo de aquellos que tienen competencias en estas materias; por tanto, esa coordinación interterritorial ha sido bastante negativa. Lo mismo ocurre con la transversalidad y la proximidad de políticas. Según el presupuesto establecido en el
plan, se destinan 1.876 euros, que es el 8 por ciento del presupuesto total, a las comunidades autónomas, que son las que tienen las competencias en juventud. En concreto, de los 2.340 millones de euros que el plan establece que serán repartidos a
las comunidades autónomas, según el criterio de porcentaje de población juvenil, la Secretaría General de Juventud recibiría, según las conversaciones mantenidas con el Injuve, 128.000 euros, que no representan ni el 0,1 por ciento del total, cuando
la población juvenil catalana representa el 15 por ciento del total de la población del Estado. Todo eso sin que el convenio de colaboración económica haya estado firmado y sin que la Secretaría General de Juventud haya reclamado el aumento que le
corresponde y no le hayan estimado esta demanda. La coordinación con la gente joven no es la que desde Cataluña entenderíamos necesaria. El mecanismo de coordinación que nos presenta es el Consejo rector, que se canaliza por la participación de la
gente joven a través del Consejo de la Juventud Española, una comisión tripartita para la ocupación juvenil, el foro del plan, pero se ha obviado la participación del Consejo Nacional de la Juventud de Cataluña, que es el representante de las
entidades juveniles catalanas con representación propia a nivel internacional. No hay ningún mecanismo que incorpore al Consell Nacional de la Joventut de Cataluña. Tampoco se coordina a la gente joven y las asociaciones en las que la juventud de
Cataluña tiene su representación no están inscritas en ningún organismo de coordinación. El proceso de consulta y participación de la gente joven en la elaboración del plan ha sido muy deficiente. La mayoría de las entidades catalanas no han
querido participar en la redacción del plan por la falta de transparencia y representatividad del proceso. (El señor vicepresidente, Burgos Gallego, ocupa la Presidencia.)


En definitiva, consideramos que el plan ha invadido las competencias transferidas a las comunidades autónomas en materia de juventud. No se ha hecho caso a las demandas del Congreso de los Diputados para que no se elaborara este plan.
Están más que fundados los motivos por los que mi grupo parlamentario presenta esta proposición no de ley. Los contenidos de este plan no son los que nosotros entendíamos necesarios. Hay actuaciones fuera del marco de las políticas de juventud.
En el plan se incluyen muchas políticas generales sin un impacto directo sobre la gente joven. Se habla del plan de reestructuración del sector lácteo de 2005, de la acción voluntaria para el conocimiento del estado en las riberas del río Aragón,
del programa AGUA, del plan de acción voluntaria ambiental en parques naturales, pero son políticas que, aunque trabajan con gente joven, no tienen un impacto directo en esta ni persiguen las políticas de juventud necesarias en un plan
interministerial. Se apuesta también por las políticas de infancia, pero no se hace una diferenciación explícita de las políticas de


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juventud. Se habla de infancia y participación, con unos 6.000 euros, o del Observatorio de la infancia, pero eso no se separa de las políticas directas de juventud. Como comentaba al inicio de mi intervención, consideramos que se exalta
en demasía el uso de las Fuerzas Armadas. Este plan no es de nuestro agrado y por eso presentamos esta proposición no de ley.



A la hora de hacer propuestas de futuro nuestro grupo va mucho más allá.
Consideramos que no tiene sentido que exista un plan y menos aún cuando no se ha consensuado con las comunidades autónomas, por lo que creemos que este plan no debería
seguir adelante. Tampoco tiene sentido que la existencia misma del Injuve -y esto lo digo con vistas al futuro- se justifique con principios de igualdad y de solidaridad entre todos los jóvenes españoles. El presupuesto que el Estado destina al
Injuve se tendría que traspasar directamente a las comunidades autónomas que sí tienen competencias en materia de juventud. Por ello nosotros presentamos esta proposición no de ley, que pretende cambiar los aspectos que he comentado e ir en la
línea de los compromisos de futuro que habíamos contraído como grupo parlamentario y también el Gobierno catalán desde la Secretaria de la General de Juventud. Estamos abiertos a negociar con el partido mayoritario que da apoyo al Gobierno y
llegar, si conviene, a una enmienda transaccional para consensuar nuestra proposición no de ley. A la espera de que podamos negociar alguna enmienda, mantenemos nuestra proposición no de ley que pretende tumbar -por decirlo de una manera popular-
este Plan Nacional de Juventud o este plan interministerial que nos ha presentado el Gobierno.



El señor VICEPRESIDENTE (Burgos Gallego): Para la defensa de la proposición no de ley relativa a la suspensión de la aprobación del Plan de Juventud 2005-2008 tiene la palabra, por el Grupo Popular, el señor Barrachina.



El señor BARRACHINA ROS: Efectivamente, el Grupo de Esquerra Republicana de Cataluña tiene razón en gran parte de sus afirmaciones. Aunque lo que critica esencialmente el Grupo Popular es el fondo, en la forma este plan no ha sido
debidamente consensuado ni con comunidades autónomas ni con asociaciones. (La señora presidenta ocupa la Presidencia.) De hecho, después de la magistral intervención del ministro Caldera en el mes de agosto -y lo de magistral, naturalmente,
llevaría comillas y la carga necesaria de ironía-, cuando dijo que se habían mantenido seis reuniones con las comunidades autónomas, yo he tenido que consultar a los directores generales de las siete comunidades autónomas que gobierna mi formación
política y, en lugar de seis, ha habido una reunión, una mesa de directores a principios de año en la que se propuso una votación que jamás tuvo lugar, y en la cual ninguno de los 17 directores generales dio apoyo al planteamiento ministerial,
terminando la reunión como había empezado: sin conclusión alguna. Con el mismo asombro, este texto se arrogaba la representación de más de 20.000 jóvenes, cuando lo que hubo fueron 20.000 cuestionarios enviados por internet, de los cuales 4.200
fueron parcialmente respondidos. Además, este plan también se atribuía que las medidas eran propias de las asociaciones juveniles y, aunque en su día nosotros dijimos que no era cierto, se nos respondió que sí, que había nacido de las propias
asociaciones. Ahora el Gobierno desmiente las afirmaciones del ministro Caldera en 160 ocasiones. Se han formulado 160 preguntas por la diputada Ana Belén Vázquez preguntando por cada una de las medidas del plan y sobre su origen juvenil, y en
cada una de las respuestas le contestan, naturalmente, que el origen es ministerial, unas en el Ministerio de Defensa, otras en el Ministerio de Fomento. Al menos así ha ocurrido en las 163 respuestas a otras tantas preguntas que había esta mañana
en el registro de entrada del propio Gobierno, que desmiente con rotundidad al todavía ministro señor Caldera.



Una vez criticada la forma de este proceso, nosotros sí creemos que debe haber un plan de juventud y respaldaremos al Gobierno en todo aquello que haga bien en beneficio de la juventud, que, de momento, es entre escaso y nulo, porque no
conozco una sola medida en materia laboral o tributaria que beneficie específicamente a ninguno de nuestros jóvenes. El señor ministro nos trató de explicar una conversión de una reducción en una bonificación, pero al final se lió y tampoco era
eso. Pero sí creemos que debe existir el Instituto de la Juventud, como creemos que existe una competencia, que se podrá calificar incluso de residual, para que se mantenga la igualdad de todos los jóvenes en el territorio español, considerando,
naturalmente, que existen competencias transferidas con carácter exclusivo en muchas de nuestras comunidades autónomas en beneficio de los jóvenes. La sustancia de nuestra crítica es el fondo, lo que nos aboca a pedir la suspensión de aprobación de
dicho plan, como con reiteración lo ha hecho este Parlamento desde la aprobación del plan, de manera sorprendente, en un decreto veraniego de 1 de julio, contraviniendo las mayorías parlamentarias de diciembre y de mayo en este Congreso de los
Diputados. Hablo de criticar el fondo porque es absolutamente inaudito. Honestamente nunca había leído -y me ha tocado leer algún plan de este estilo- nada que se le pudiera parecer. Que en la página web del ministerio uno pueda ver que entre las
acciones del Ministerio de Trabajo que forman parte del plan de juventud una de las más importantes, con 83 millones de euros de dotación, es la jubilación anticipada en la actividad agraria, y se lee la descripción te advierta de que solo lo podrán
cobrar aquellos que tengan cumplidos los 55 años acredita que el modelo de juventud del actual Gobierno -que es tener cumplidos los 55 años- no se corresponde exactamente con aquel al que nos dirigimos el resto de formaciones políticas. Ni siquiera
en el cese anticipado de la actividad agraria se exige que aquel que reciba la actividad sea un joven -puede tener perfectamente


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40 años o la edad que sea- y se sigue incluyendo la totalidad de aquellas personas que se jubilen anticipadamente en el sector agrario. Por tanto, nos parece una broma de tan mal gusto como incorporar íntegramente todo el plan de
reestructuración del sector lácteo 2005 del Ministerio de Agricultura, que denunciamos en el mes de julio, con un importe de 100 millones de euros y que esa siga siendo la política de juventud de este Gobierno, cuyos beneficiarios, naturalmente, no
tienen por qué situarse en la franja de edad de entre los 15 años -conozco a pocos ganaderos de 15 años- y los 29 años como se reclama. Por tanto, es un despropósito, es un compendio de barbaridades inigualable, es decir, si alguien encuentra algo
peor, les prometo que en la siguiente Comisión de Trabajo rectificaré, pero nunca he leído nada peor. Desgraciadamente todavía está colgado en la página web del Ministerio de Trabajo. No ya por el respeto interior que merece el ministerio, sino
incluso por el respeto internacional, habría que quitarlo de la página web del Ministerio de Trabajo.



Hay una enmienda del Grupo Parlamentario Socialista, que yo celebro, que viene a decir una buena parte de lo que nosotros venimos reclamando: revisar tanto el contenido, que es la parte sustancial que nuestra formación política demanda,
como el procedimiento, que es lo que el resto de formaciones políticas exigen. Esta enmienda de sustitución del Grupo Socialista tiene elementos razonables, a los cuales yo añadiría, para que no vuelvan a darse casos ni sucesos como los dos que
acabo de comentar pero que estaría toda la mañana recitando, de los cinco puntos populares, tan solo el último de la proposición nuestra, que ha sido a su vez sustituida ayer por una enmienda de modificación, que dice: destinar íntegramente los
recursos del Plan de Juventud a políticas específicamente dirigidas a los jóvenes, es decir que no sirva de cajón de sastre, que no sirva de lugar en el que uno ubica todo aquello que los ministerios le reenvían, respondiendo al correo electrónico
en este trabajo de corta y pega que se ha hecho, con 200 iniciativas, de las cuales no hay más allá de cuatro o cinco novedosas, entre las cuales las dos que desgraciadamente acabo de citar. Por tanto, nuestra formación política podría respaldar la
enmienda del Grupo Socialista siempre y cuando se integrase el quinto y último punto de la autoenmienda a la proposición de ley de nuestra formación política. Naturalmente cabe recordar que cuando presentamos la proposición no de ley que trataba de
paralizar el proceso de elaboración, posteriormente fue aprobado durante el verano y ahora ya no hay un proceso de elaboración sino unos hechos desgraciadamente consumados durante el periodo veraniego. Por tanto, después, si al resto de grupos les
parece razonable -con el PNV ya he tenido la oportunidad de hablarlo-, nos parecería bien llegar a un acuerdo final en el cual se revisasen íntegramente forma y contenidos y que de manera exclusiva el dinero del Plan de Juventud se dedique a algo
tan obvio como es la juventud.



La señora PRESIDENTA: Para la defensa de su proposición no de ley, por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Como creo que se ha ido evidenciando a lo largo de este debate y seguirá en las próximas intervenciones, es claro que estamos ante un tema más que discutido en esta Cámara en los últimos meses -proposición no
de ley del Grupo Socialista, propuesta de resolución del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), debate en la Diputación Permanente este verano, comparecencia en el mes de agosto del ministro de Trabajo ante la Comisión para informar de la aprobación
del Plan de Juventud contraviniendo el sentido de un mandato parlamentario explícito y también lo que suponía la derrota de aquella iniciativa socialista-, cuestión debatida que no evita que también debamos de afirmar que la posición del Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales en todo este recorrido ha sido fundamentalmente arrogante. Ante mandatos parlamentarios expresos de no desarrollar determinadas políticas, el Gobierno obvió esas posiciones y se mantuvo en sus trece, además, provocando
al menos rechazo en muchos territorios del Estado, tanto de las administraciones competentes en las políticas de juventud como en las propias organizaciones juveniles que conforman los diversos consejos de juventud -en el caso específico de nuestro
país, de Cataluña, tanto con la oposición de la Secretaría General de Juventud de la Generalitat como con la firma oposición del Consell Nacional de la Juventut de Catalunya-.
Mi grupo no va a entrar en el fondo del contenido del plan, sino que se
va a centrar, efectivamente, en la decisión que tomó el Gobierno en el mes de julio de aprobar un plan invadiendo brutalmente las competencias que en materia de juventud tienen las comunidades autónomas y reclama no tan solo que ese plan se pare, se
derogue o deje de existir, sino también que las previsiones presupuestarias que se contemplaban se distribuyan en función de los criterios de población entre las diversas comunidades autónomas. Este es el contexto de la posición que mi grupo viene
manteniendo desde hace tiempo, así como la necesidad de suprimir el Injuve. Nos parece que el Injuve hoy no aporta nada de sustancia a las políticas de juventud en la medida en que están traspasadas a las comunidades autónomas.



El Grupo Socialista ha formulado una enmienda y, por lo que se me ha comunicado hace unos instantes sobre el contenido de la misma, ha habido algunas aproximaciones que pueden permitir que también mi grupo apoye la propuesta de transacción
sobre esa enmienda en el sentido de mandatar al Gobierno o que dialogue con los gobiernos de las comunidades autónomas para volver a elaborar el contenido de este plan. Nos parece una salida elegante, una salida correcta, pero a mi grupo le obliga
a continuar condenando la arrogancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que ha llevado a que, finalmente,


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en esta Comisión, por tercera vez, la Cámara repruebe en la práctica una actuación política del Gobierno. Ahí debería haber algún tipo de consecuencia política en el Gobierno y alguien en este debería de responsabilizarse de haber tomado la
decisión en contra de la Cámara y verse obligado a volver a elaborar esa decisión por decisión de la Cámara; alguien -no sé si la secretaria de Estado de Asuntos Sociales o la persona que sea responsable del Injuve- debería de asumir
responsabilidades políticas. No creo que sean demasiado habituales hechos como los que hemos vivido a lo largo de estos últimos meses en relación con esta cuestión. Por tanto, mi grupo espera que, junto con el texto que hoy aprobemos por
unanimidad, el Gobierno tome las medidas y que alguien asuma sus responsabilidades.



La señora PRESIDENTA: Hay una enmienda presentada por el Grupo Socialista y una enmienda presentada por el Grupo Popular. Entiendo que la del Grupo Popular ya se ha defendido en la intervención del señor Barrachina. Por tanto, tiene la
palabra el señor Membrado para la defensa de la enmienda del Grupo Socialista.



El señor MEMBRADO GINER: Nosotros queríamos en principio que hoy en el debate sobre estas proposiciones no de ley que estamos realizando hablásemos fundamentalmente de cómo encontrar el grado de consenso para poder hablar de los temas de
juventud sin las dificultades que conlleva, con la interpretación de las competencias territoriales y las competencias de la Administración central. La verdad es que ese era nuestro objetivo, y sigue siéndolo, pero frente a la crítica, por el
procedimiento e incluso por el contenido, sosegada y normalizada de dos grupos parlamentarios, nos encontramos con la crítica desaforada del representante del Partido Popular, que confunde las churras con las merinas en determinadas cuestiones y
convierte esto en una especie de sainete donde, de manera reiterada y constante, vuelve a ejemplos manidos a los que recurre porque probablemente no tiene otros.



Me gustaría hacerle una aclaración, porque ha hecho una acusación que no tiene mucho sentido, en lo que hace referencia a las prejubilaciones del sector agrario, que parece que las vincula con el tema de la juventud. De sobra sabe el señor
Barrachina por su paso por el ministerio en épocas anteriores, que esto son programas de actuación para prejubilar a los agricultores con el fin de que los jóvenes agricultores puedan recuperar la explotación cuando tienen menos de 30 años y sabe
positivamente que esa es una actuación que de siempre se viene realizando porque es una forma de fomentar la estabilidad de la población y la renovación generacional en un sector tan complicado como es el sector agrario.
Convertir esto en una
chufla con un planteamiento de esas características no me parece serio.



Una vez hecha esa acotación, diré que el Grupo Socialista ha presentado una enmienda con el fin de buscar un acuerdo en torno al Plan Interministerial de Juventud 2005-2008. ¿Por qué? Porque tenemos voluntad de acuerdo político, voluntad
de que hoy salgamos de esta Comisión con el mayor grado de consenso posible para retomar el tema relacionado con el plan interministerial. Nosotros concebimos dicho plan como un plan que no era cerrado, sino que debía ser revisado, y así lo
planteamos, y que debe adaptarse año tras año a las necesidades y demandas de los jóvenes, siempre con el concierto de las comunidades autónomas, que son las que tienen en gran parte el desarrollo de las políticas de juventud a través de los planes
de juventud. Nosotros interpretamos que el plan interministerial era una base sobre la que se podía trabajar en actuaciones distintas, pero no solo eso, sino que estamos abiertos, como dice nuestra enmienda, a que se revisen los procedimientos para
su elaboración. Creemos conveniente e imprescindible que las comunidades autónomas sean copartícipes de la definición de los procesos para incrementar no solamente la participación de las propias comunidades autónomas sino también de aquellos
colectivos o plataformas que no hayan tenido ya la oportunidad de hacerlo. Por supuesto, para nosotros es necesario -lo pensábamos antes y lo seguimos pensando ahora- que el Congreso y el Senado conozcan cómo concluye el proceso y los procesos
participativos que irán a continuación para, como hemos afirmado antes, hacer de este Plan Interministerial de Juventud un plan flexible y que responda a las inquietudes y necesidades de los y las jóvenes. Para nosotros, ellos deben ser los
protagonistas de las políticas que desde las diferentes administraciones se promueven. Nosotros, los políticos, debemos respetar las competencias que cada uno tiene atribuidas y, al mismo tiempo, hacer posible que los jóvenes y las jóvenes
participen en la elaboración de los planes de juventud. En esa labor consideramos que son necesarios los consejos de la juventud y la existencia del Injuve. No siempre se ha planteado por el Gobierno de España un plan de acción en materia de
juventud con estas características. Hubo uno, el que se planteó por el Gobierno popular de 2000 a 2003, que no contó con la participación activa de los consejos de la juventud, que fueron consultados a través de encuestas exclusivamente, y tampoco
pudieron participar los ayuntamientos y las comunidades autónomas; es más, no conocemos todavía la valoración de ese plan ni cómo se llegó a realizar por el Partido Popular. Y cuando se debería estar realizando la revisión del cumplimiento, se
presentó en el Congreso una PNL, que fue debatida en septiembre de 2003, y en la que se volvía a olvidar a las comunidades autónomas, a los ayuntamientos y a los consejos de juventud. Hubo grupos que en aquel momento presentamos enmiendas para
marcar nuevas pautas, pero todas fueron rechazadas y el PP votó en solitario con su mayoría absoluta.



Recientemente no hemos alcanzado el consenso deseado. Estamos de acuerdo; pero ahora todos buscamos ese consenso y, sin duda, será bueno para el protagonismo de los jóvenes alcanzarlo. Por eso, nosotros presentamos una enmienda que dice:
El Congreso


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de los Diputados insta al Gobierno a iniciar de forma inmediata un proceso de negociación con las comunidades autónomas con competencias en materia de juventud, a fin de revisar tanto el contenido como el procedimiento del Plan
Interministerial de Juventud 2005-2008. Esta es una enmienda que estamos dispuestos a modificar para poder lograr el consenso deseado.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.) Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) tiene la palabra el señor Olabarría.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Contradiciendo mi fenotipo personal, muy propenso a la exuberancia verbal, voy a ser particularmente austero en esta ocasión, entre otras cosas porque, como en las novelas policiacas, conocido el final de la
historia, el suspense y el interés pierden contenido, se difuminan absolutamente. Y el final de la historia nos parece razonable, señora presidenta. Nos parece que el Partido Socialista ha tenido el coraje de presentar una enmienda que nos
satisface a todos y que ha puesto fin a los avatares casi barojianos, tumultuosos, que ha sufrido este llamado Plan de Juventud y que han sido explicados cronológicamente. Nosotros nos comprometemos a aportar la parte de consenso que nos
corresponde, el Gobierno vasco también se va a comprometer a trabajar y el Congreso de los Diputados controlará y velará por que las cosas se hagan cumpliendo los mandatos que este propio Congreso de los Diputados ha consignado, porque lo que se
hizo en el verano con la aprobación del Plan de la Juventud rayaba en el contrafuero parlamentario en tanto en cuanto contradecía dos mandatos expresos del propio Congreso, una de ellas nada menos que una resolución aprobada en el debate sobre el
estado de la nación. Como esto se ha regenerado de forma muy correcta, quiero felicitar el talante demostrado en esta materia por el Grupo Socialista, que ha sabido corregir y rectificar una disfunción. A este respecto, tácitamente el propio
ministro ya insinuó, cuando compareció en la Comisión de Trabajo y Acción Social en el mes de agosto, que algo de esto iba a ocurrir y se ha rectificado bien. Vamos a reelaborar entre todos algo que nuestros jóvenes necesitan, planes, pero
respetando los títulos competenciales autonómicos, respetando las competencias que pueda reservarse el Estado y ya debatiremos sobre cuestiones de más trascendencia, como la pertinencia o no de la continuidad del Injuve y algunas otras cuestiones,
en otros debates donde esto sea más oportuno, donde estas cuestiones sean las que configuren la naturaleza del debate y no es hoy cuando esta cuestión debe servir de núcleo del debate que estamos articulando. Por tanto, felicitamos al Partido
Socialista; seguramente entre todos vamos a reelaborar planes de juventud respetando los títulos competenciales de las comunidades autónomas. Es casi una catarsis lo que estamos haciendo entre todos porque vamos no solo a evaluar el procedimiento
utilizado sino los contenidos materiales. Desde esa perspectiva, deseo que lo que logremos entre todos, y cuando digo todos me refiero a todo el entramado institucional competente del Estado español, sea lo mejor para nuestros jóvenes, ya que
muchas son las dificultades y los problemas que tienen que afrontar en esta turbulenta vida. Dicho esto, señora presidenta, y habiendo cumplido solo relativamente la alusión que hice a la austeridad en el uso de la palabra, acepto la enmienda del
Grupo Socialista, solo con una indicación. Desde una perspectiva semántica -es una enmienda de puro estilo-, la expresión revisar es un tanto polisémica. Quizá la expresión reelaborar acredite mejor qué es lo que entre todos estamos consensuando
políticamente. El tronco, el núcleo de lo que estamos haciendo es precisamente eso, reelaborar entre todos. Por tanto, como enmienda in voce, yo propondría que se sustituya la palabra revisar por la palabra reelaborar.



La señora PRESIDENTA: Solo me queda decir a los grupos que han participado en este debate que si tienen algún punto que consensuar, lo hagan y, al final, me lo comuniquen, con el fin de poder explicar el sentido de la votación.



El señor BARRACHINA ROS: Señora presidenta, no quiero reabrir ningún turno, pero sí hacer una precisión: son 50 años y no 30 los que se necesitan para cobrar la jubilación.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias por su aclaración.



-RELATIVA A LA REVISIÓN DE LAS CUANTÍAS DEL BAREMO POR LESIONES, MUTILACIONES Y DEFORMACIONES DE CARÁCTER PERMANENTE NO INVALIDANTES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 150 DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
PRESENTADA POR EL GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000704.)


La señora PRESIDENTA: Retrocedemos para retomar el punto quinto del orden del día, que es una iniciativa relativa a la revisión de la cuantía del baremo por lesiones, mutilaciones y deformaciones de carácter permanente no invalidante a que
se refiere el artículo 150 de la Ley General de la Seguridad Social, presentada por el Grupo Popular. Para su defensa tiene la palabra la señora Martín Mendizábal.



La señora MARTÍN MENDIZÁBAL: Efectivamente, estamos hablando del baremo que indemniza las lesiones permanentes no invalidantes derivadas de accidente de trabajo siempre y cuando no alcance una invalidez permanente. Quiero señalar que este
baremo nace en 1969 y sufre tres revisiones: la primera en el año 1974;


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otra en el año 1988, para evitar discriminaciones que existían por razón de sexo; y la última, de actualización de cuantías en el año 1991. Por ello, nuestro grupo parlamentario en marzo de este año presentó esta proposición no de ley,
cuya propiedad intelectual, quiero resaltarlo, es de mi portavoz, el señor Azpiroz, que hoy no puede estar aquí por motivos familiares. A partir de ahí, en abril de 2005, es decir, al mes siguiente, el Ministerio de Trabajo revisa con el IPC todas
las cuantías que estaban señaladas por última vez en el año 1991.



Agradezco la diligencia del Gobierno del Partido Socialista, pues presentada la propuesta y sin debatirla, le parece oportuna y se pone manos a la obra. Esa diligencia, unida a la buena situación económica que en principio entendemos que
tiene la Seguridad Social hoy, permite la autoenmienda que nos hemos presentado, consistente en revisar o actualizar periódicamente y de forma automática las cuantías del citado baremo. Consideramos que esto no supone un gran coste para la
Seguridad Social y es un gran beneficio para los trabajadores afectados, que han sufrido un accidente de trabajo y tienen un menoscabo físico como consecuencia del mismo. Es lógico que al no haber podido prevenir, podamos resarcir justamente. Hay
que tener en cuenta que es una lesión profesional, un menoscabo profesional y, por tanto, ocasionado con motivo del trabajo que se realiza. La diferencia económica con la invalidez permanente parcial a veces puede ser importante y, sin embargo, su
delimitación jurídica en ocasiones es difícil. Por último, en términos reales, no puede tener un valor distinto de un año a otro una indemnización por un menoscabo físico. Podemos poner el ejemplo que queramos -pérdida de una oreja, imposibilidad
de mover la falange de un dedo-, pero no puede tener una indemnización en 1991 y otra distinta en 2005, ni siquiera una en 2005 y otra en 2008, en términos reales. Por este motivo, la indemnización que se regula en este baremo debe ser actualizada.
Esto no puede quedar en el olvido y, por esa razón, hemos presentado esta autoenmienda a nuestra proposición de ley, para que se produzca su revisión periódica y automática.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.) Tiene la palabra el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Solo quiero mostrar nuestro apoyo a esta iniciativa.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora López i Chamosa.



La señora LÓPEZ I CHAMOSA: En primer lugar, en cuanto al debate de esta proposición quiero decir que es verdad que este es un tema que necesita dicha actualización, pero la presentación de la iniciativa no es lo que da lugar a la
actualización, sino que tiene lugar en febrero, cuando se inicia la concertación social, en la que entre otros muchos temas de Seguridad Social se pone encima de la mesa esta cuestión. Además, se incluye dentro de la concertación la necesidad de un
redactado diferente.
Por ese motivo, voy a rechazar su proposición, porque, según me han informado, va a ser la propia mesa de la concertación social la que establezca de qué forma se va a proceder en el futuro a estas revisiones.
Cuando el
acuerdo con los agentes sociales referente a la reforma de la Seguridad Social venga a esta Cámara, que como usted sabe va a tener su tramitación de ley posterior, si no queda reflejado tal y como usted plantea, puede que ese sea el momento de
hacerlo. Nosotros queremos ahora dejar que los que están negociando se hagan cargo de ello y lo hagan con total autonomía y libertad. Cuando terminen y nos lo envíen aquí, será nuestro momento.



Me gustaría señalar también que los socialistas ya hicimos una gran reforma en el año 1988 que, para mí y seguro que para usted también, fue importante, ya que consistió en igualar la prestación de hombres y mujeres, pues hasta entonces la
falange de un dedo de una mujer valía menos que la de un hombre. Fue en el año 1988 cuando se igualó y, posteriormente, en el año 1991. Tampoco me resisto a decirle que esta Cámara, el día 29 de abril de 1998, aprobó por unanimidad una propuesta
de Izquierda Unida, con una enmienda del Grupo de Convergència i Unió, en la que ya mandataba la realización de esas actualizaciones haciendo un estudio previo, entre otras cosas. Ustedes que han gobernado durante ocho años ni siquiera han cumplido
esa recomendación y no han hecho la actualización. Nosotros estábamos decididos a hacerla y de ahí la rapidez con la que se ha hecho.



Le reitero que no vamos a apoyar la autoenmienda que presenta ahora, pero el motivo no es que estemos en contra de que esa actualización se haga, sino que dado que está entre las negociaciones, usted entenderá que todos aquellos temas que
suponen una mejora no los vamos a aprobar en el Parlamento, sino que debemos dejar para la negociación con los agentes sociales las que no signifiquen tanta mejora. Por ese motivo, es mejor dejar a los agentes sociales esta autonomía y, una vez que
terminen, será nuestro momento para que aquello que no hayan incluido lo podamos hacer aquí. (La señora Martín Mendizábal pide la palabra.)


La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra, señora Martín Mendizábal.



La señora MARTÍN MENDIZÁBAL: Antes no se lo he dicho a la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, pero en este momento, ya que compartimos el espíritu, le propongo una transaccional que recoja el objetivo, que es revisar el baremo y
que se remita a la mesa de diálogo social este tema.



La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Podemos intentar hacer una enmienda. Si conseguimos que diga eso,


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estamos de acuerdo, pero hemos de esperar para ver el redactado.



La señora PRESIDENTA: Por tanto, esperamos al momento de la votación para ver si ustedes llegan a un acuerdo.



-RELATIVA A LA PROMOCIÓN DEL ACCESO DE LAS MUJERES AL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO (Número de expediente: 161/000981.)


-DE MEJORA DE LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LA MUJER Y LA MADRE TRABAJADORA INCLUIDA EN RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Y AUTÓNOMOS, PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DE ESQUERRA REPUBLICANA (ERC) (Número de expediente:
161/001195.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a debatir los puntos 10 y 11 del orden del día, que se acumulan. El punto 10 es una iniciativa relativa a la promoción del acceso de las mujeres al régimen especial de autónomos, del Grupo Popular, y el punto
11, de la mejora de la protección social de la mujer y la madre trabajadora incluida en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia y autónomos, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya. Empezamos con la intervención
del Grupo Popular, señora Quintanilla.



La señora QUINTANILLA BARBA: Señoras y señores diputados, mi grupo parlamentario quiere hoy en el seno de esta comisión argumentar la necesidad de implantar medidas que favorezcan el acceso de las mujeres al régimen especial de trabajadores
autónomos. Es verdad que las mujeres avanzan día a día con paso firme en nuestra sociedad. El cambio de la estructura de la familia en nuestro país ya es un hecho y dicho cambio se ha producido a marchas forzadas como consecuencia de la masiva
incorporación de la mujer a la vida profesional. Hoy en día están más preparadas, tienen más inquietudes y reclaman a los órganos competentes regulaciones y normativas en materia de igualdad, de conciliación de la vida profesional y vida familiar
que les permita una incorporación no traumática a la vida laboral sin tener que renunciar a ser madres o al tiempo de ocio personal. Pero está claro que todavía hoy las mujeres sufren un desempleo mayor que los hombres. Hoy también las mujeres
siguen teniendo precariedad en sus puestos de trabajo, inestabilidad en el empleo y además tienen contratos a tiempo parcial, que indiscutiblemente no las deja que se desarrollen profesionalmente.



Para apoyar mi afirmación, les daré una pequeña muestra de cifras que argumentan cómo la discriminación laboral femenina en España es todavía un hecho. Las mujeres ganan un 34,7 por ciento menos que sus compañeros, los hombres, en el mismo
puesto de trabajo. En el año 2001 el sueldo medio de una mujer en el sector privado era de tan solo 992 euros brutos al mes, un 50 por ciento menos que el del hombre. La desigualdad es mayor a medida que aumentan los años de experiencia laboral:
a menos horas trabajadas, mayor desigualdad salarial en contra de las mujeres; a más horas trabajadas, también mayor desigualdad. Por tanto, las mujeres en España siguen partiendo de una clara desventaja en el acceso al mundo del empleo. Para
muchas de estas mujeres cansadas de buscar y no encontrar un trabajo por cuenta ajena, el empleo por cuenta propia se ha convertido en una salida profesional más que posible entre las mujeres de nuestro país.
El hecho de que las mujeres tomen esta
trayectoria profesional tiene ventajas en una doble vertiente: del lado económico y del desarrollo nacional, la creación de empresas fortalece el tejido empresarial de un país y genera riqueza y puestos de trabajo; del lado del avance de las
mujeres, las que se deciden en poner en marcha un proyecto empresarial acceden directamente a un puesto de trabajo digno. Indudablemente esta es la cara más positiva de la historia. El lado negativo es que todavía muchas mujeres no acceden al
autoempleo por falta de recursos a la hora de poner en marcha su propia iniciativa empresarial.



Me van a permitir que mencione -yo sé que algunas veces al Grupo Parlamentario Socialista no le gusta que recordemos los ocho años de Gobierno del Partido Popular- que se pusieron en marcha numerosas iniciativas encaminadas a facilitar la
creación de empresas por parte de las mujeres, sobre todo, desde la perspectiva de poner a su disposición los recursos económicos, formativos e informativos necesarios para crear empresas con cierta solvencia. Así, la concesión de créditos blandos,
de subvenciones a fondo perdido o la creación de servicios de asesoramiento integral a la puesta en marcha de proyectos formaron parte del programa que puso en marcha en el año 2002 el Gobierno del Partido Popular llamándolo proyecto Nueva Empresa.
Los resultados de este plan han sido excepcionales, impulsando la creación y consolidación de la pequeña y mediana empresa, que, liderada en buena parte por empresarios pequeños y medianos, crea el 78 por ciento de los empleos de nuestro país. Esta
última referencia la he citado, señora presidenta, señoras y señores diputados, solo a modo de ejemplo, para que veamos que con un poco de voluntad política se puede cambiar el rumbo y no solo el acceso de la mujer al mercado de trabajo, sino
también seguir impulsando el desarrollo económico de nuestro país.



Hoy constatamos en cifras económicas cómo efectivamente sube la afiliación de las mujeres a la Seguridad Social. Sin embargo, esa tasa interanual, que ha publicado hace unos días el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, sobre el
crecimiento del 7,09 por ciento, solamente


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la tenemos que cifrar en dos regímenes: el régimen general por cuenta ajena y el régimen especial de empleados del hogar. En consecuencia, tenemos un problema y es que cada vez menos mujeres acceden a ese régimen especial de trabajadores
autónomos, ya que en el año 2003 -y quiero decirlo- la afiliación de las mujeres fue superior a la de los hombres.



¿Qué pretende el Grupo Parlamentario Popular con esta proposición no de ley? Demandamos el establecimiento de dos tipos de bonificación a las cuotas de cotización en el régimen especial de trabajadores autónomos, de tal manera que para
mujeres entre 18 y 25 años o mayores de 45 se reduzca la cotización en un 45 por ciento, mientras que para el caso de las mujeres entre 26 y 44 años esa reducción sea del 30 por ciento. No pedimos algo irreal, porque ambas bonificaciones se
realizarían sobre las cuotas de los dos primeros años desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, dos años importantísimos a la hora de conocer ese margen temporal mínimo imprescindible para consolidar un nuevo negocio.
Esta
medida simple pero seguro que efectiva podría ser el acicate definitivo para el crecimiento en las cifras de afiliación del régimen especial de trabajadores autónomos y en la creación de nuevas empresas por parte de las mujeres. Lo que pedimos es
la puesta en marcha de una medida que beneficiaría a todos y a todas en una sociedad en la que hay que apostar claramente por el empleo de las mujeres.



Esta Comisión debe demostrar de nuevo una vez más que por encima de intereses estatales, meramente recaudatorios, están las personas y que el menor ingreso por pago de cuotas redundaría en la creación de más empresas, de más sólido tejido
empresarial y de más puestos de trabajo y un apoyo decidido a las mujeres. Estoy segura de que el sistema de la Seguridad Social saldrá finalmente beneficiado con esta medida, porque al final estamos trabajando por un reto que para nosotros, el
Grupo Parlamentario Popular, es tremendamente importante: el pleno empleo de las mujeres españolas.



Termino mi intervención pidiendo a los grupos parlamentarios que se conciencien de lo importante que es seguir impulsando el empleo de las mujeres.



La señora PRESIDENTA: Para la defensa de la proposición no de ley acumulada y presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, tiene la palabra el señor Ramón.



El señor RAMÓN TORRES: La verdad es que ha habido un avance en materia de conciliación de la vida laboral y familiar en el Estado español, tímido avance -diríamos nosotros- o muy pequeño avance, que ha mejorado la situación de la mujer y de
la madre trabajadora respecto a la existente antes del año 1999. Sin embargo, como ocurre con el colectivo de personas trabajadoras autónomas, los grandes olvidados del Estado del bienestar son las mujeres autónomas y las autónomas trabajadoras que
no han sufrido mejor suerte ni mejor fortuna que los trabajadores del género opuesto y han visto cómo el avance social era menor para ellas. Las medidas de protección del embarazo e instauración de fórmulas subvencionadas del puesto de trabajo
durante la ausencia del mismo, la posibilidad de recurrir a fórmulas de prestación parcial para compatibilizar vida laboral, familiar y personal o bien las bonificaciones que para los trabajadores y trabajadoras del régimen especial se reconocen son
algunos ejemplos de la diferencia de consideración que han merecido estas trabajadoras, puesto que no se han instaurado medidas de ese calado social en el catálogo de presentación del régimen de autónomos. Con ello se ha conseguido precarizar aún
más al colectivo en este caso de mujeres, que se encuentran en el ámbito de aplicación y cotización en el régimen especial de trabajadores autónomos. Por todo ello urge una reforma ordenada del sistema especial de trabajadores autónomos en lo que
se refiere a la mujer trabajadora, que no siendo incompatible con las reformas generales que se pueden llevar a cabo en este régimen o que ya siguen el curso parlamentario ordinario, tenga como objeto inmediato resolver una situación de trato
injusto en una sociedad que persigue precisamente lo contrario. Algunas modificaciones propuestas deben esperar a la reforma general del régimen, específicamente las referidas a la instalación de las agencias subvencionadas, pero en cuanto al resto
no hay que abundar sobre su urgencia. Un sistema de protección social no puede llegar a serlo en toda su plenitud sin generar normas de segmentado en exceso con un alcance de protección diferente y que generen protección precaria para determinados
colectivos. Si bien aquellos que son diferentes en origen pueden serlo en su final, como bien ha dicho el Tribunal Constitucional en relación con la diferente protección que reciben los regímenes especiales de la Seguridad Social por cuanto que por
una menor cuota o simplemente por una caracterización distinta no puede surgir un trato igualitario, no es menos cierto que las necesidades ordinarias de una madre trabajadora y su familia en su trabajo, sea por cuenta propia o por cuenta ajena, son
indiscutibles. Por todo esto, desde mi grupo parlamentario entendemos que es importante adoptar este tipo de bonificaciones que nosotros presentamos en nuestra proposición no de ley y pretendemos que hoy el Congreso de los Diputados inste al
Gobierno a incluir las bonificaciones del cien por cien de las cuotas para todas las contingencias de las trabajadoras autónomas sustituidas durante el período de percepción de la prestación de maternidad y que haya sido sustituida en ese mismo
período por una trabajadora en situación de desempleo mientras coincidan en el tiempo con la suspensión del trabajo por dicha causa y el contrato de interinidad. También entendemos que tendríamos que instar al Gobierno a incluir la bonificación del
cien por cien de las cuotas durante los 12 meses y por todas las contingencias de la madre trabajadora autónoma reincorporada a su actividad ordinaria después


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de la prestación por maternidad y también queremos instar a instaurar la cotización a tiempo parcial por reducción de tiempo del trabajador para atender al cuidado de hijos en el régimen especial de los trabajadores autónomos. Nosotros
entendemos que estas medidas van en pro de intentar buscar o mejorar esa conciliación de la vida laboral y familiar de todas las trabajadoras autónomas y que hoy el Congreso de los Diputados tendría que aprobar esta proposición no de ley para instar
al Gobierno a impulsar este tipo de medidas.



La señora PRESIDENTA: Se han presentado dos enmiendas, una por el Grupo Parlamentario Socialista y otra por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Tiene la palabra el señor Campuzano para la defensa de la enmienda
presentada.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: En todo caso, mi grupo parlamentario votará a favor de estas dos iniciativas de Esquerra Republicana y del Grupo Parlamentario Popular que están orientadas a mejorar tanto las condiciones de empleabilidad como
de conciliación de las trabajadoras autónomas. Son dos medidas positivas que tienden a reforzar seguramente uno de los sectores económicos y sociales de España que necesita avanzar hacia una efectiva equiparación en su protección social respecto a
los trabajadores del régimen general y que además, en el caso de las mujeres trabajadoras autónomas, necesita la puesta en marcha de medidas de discriminación positiva que permitan efectivamente superar la actual situación. Mi grupo parlamentario
va a votar favorablemente estas dos iniciativas en un contexto de profunda insatisfacción sobre la política del Gobierno en todo el ámbito relacionado con el trabajo autónomo. En la pasada legislatura se aprobó, con el consenso de toda la Cámara en
el seno de la Comisión de Economía, un amplio informe sobre la situación de los autónomos en España con un catálogo de recomendaciones concretas que el Gobierno tenía que desarrollar. Algunas de esas recomendaciones se desarrollaron en el segundo
período de la anterior legislatura. Hace pocos días el Gobierno ha impulsado una campaña de explicación sobre las mejoras introducidas en el régimen de autónomos en materia, por ejemplo, de enfermedad y de accidente, que además de que vayan
acompañadas de una mayor contribución del trabajador autónomo haya también una mayor protección social del propio trabajador. Pero más allá del desarrollo que se hizo a finales de la pasada legislatura, de ese informe aprobado por unanimidad por el
Pleno y por la Comisión correspondiente, la intensidad reformadora del Gobierno en el ámbito de la protección social del autónomo está siendo escasísima. A mi grupo le preocupa esa inactividad y le preocupa que continúe pendiente especialmente un
compromiso que el Grupo Parlamentario Socialista y el Gobierno habían asumido en reiteradas ocasiones como era la puesta en marcha de una protección al desempleo para los trabajadores autónomos. Desde esa perspectiva y desde esa insatisfacción
debemos apoyar las dos iniciativas que introducen dos mejoras muy claras en el ámbito del trabajo autónomo. Hemos querido formular una enmienda porque entendemos que estas enmiendas deberían formar parte además de un compromiso, también asumido por
el Gobierno y aún pendiente de desarrollar, como es el del establecimiento de un estatuto del trabajador autónomo. De ahí esa enmienda que pretende enlazar esas medidas con esa política global de protección a los trabajadores autónomos. Todos
coincidimos, porque forma parte ya de uno de los lugares comunes que tenemos los grupos de la Cámara, en la importancia del trabajo autónomo en términos de creación de empleo y en la importancia de aumentar las tasas de actividad de la población
femenina en el marco del cumplimiento de los objetivos de Lisboa, en el marco de una economía como la española en la que nuestras tasas de actividad en relación con el conjunto de las tasas de actividad de la Unión Europea son relativamente bajas,
desde el compromiso de movilizar todos los recursos públicos y privados para crear empleo y además desde el convencimiento de que la agenda para garantizar una protección equiparable de trabajadores autónomos y trabajadores del régimen general debe
desarrollarse y cumplirse. En esa agenda está pendiente todo lo relacionado con el ámbito de la conciliación de la vida familiar que forma parte seguramente de ese décalage entre la protección de unos y otros trabajadores. Desde este punto de
vista, insisto, mi grupo va a votar favorablemente estas dos iniciativas.



La señora PRESIDENTA: Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Arnaiz.



La señora ARNAIZ GARCÍA: Respecto a las proposiciones no de ley números 981 y 1195 quisiera comenzar con unos datos que reflejan la realidad del trabajo autónomo. En el pasado mes de julio la cifra media de afiliados al sistema de
Seguridad Social alcanzó 18.251.514 personas siendo el régimen especial de trabajadores autónomos el segundo más numeroso con 2.950.593, de los que más de 900.000 son mujeres. El colectivo autónomo que representa el 16 por ciento de la población
ocupada y el 18 por ciento del producto interior bruto constituye uno de los principales motores de creación de riqueza y empleo en España. El Gobierno, consciente de la importancia del sector y con objeto de fomentar el autoempleo, creó la
Dirección General de Economía Social del Trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. También conviene destacar la declaración para el proceso del diálogo social, firmada por el Gobierno con
Comisiones Obreras, UGT, CEOE y Cepyme el pasado 8 de julio de 2004, en la que se establecieron las siguientes líneas de trabajo: la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral y la promoción


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del autoempleo en el ámbito del trabajo autónomo, cooperativas y sociedades laborales.



En relación con la proposición no de ley que formula el Grupo Parlamentario Popular tengo que decirles que nos gusta más recordar que estuvieron 8 años gobernando que a ustedes aceptar que el Partido Socialista esté gobernando. La
disposición adicional 35 de la Ley General de la Seguridad Social, tras la modificación introducida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2005, fruto de los acuerdos con las asociaciones de autónomos, contempla una serie de incentivos
en la cotización al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) y otorga un tratamiento específico a las trabajadoras menores de 35 años. Se fomenta el autoempleo. Le daré un dato que resulta muy gráfico. Desde el 1 de enero hasta el mes de
mayo de 2005, 28.292 mujeres menores de 35 años se están beneficiando de esta medida que, como novedad respecto al año 2003, no verán reducidos sus derechos a las prestaciones económicas a las que pudieran tener derecho ya que no se produce una
minoración en la base de cotización elegida por las mismas, sino una minoración en la cuota a ingresar. Este es un aspecto muy importante. El Gobierno con la colaboración de los agentes sociales está revisando las políticas activas y el sistema de
incentivos al empleo en su conjunto, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, y en particular de aquellos con dificultades de inserción laboral como son las mujeres. Por tanto, es necesario esperar a que finalice este proceso de revisión.



Por otra parte, discrepo del primer punto de la proposición no de ley que formula el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana ya que la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las
personas trabajadoras, modificó el Real Decreto-ley 11/1998. Como es conocido, este decreto regula las bonificaciones de cuota a la Seguridad Social de los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas parar sustituir a
trabajadores durante los periodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento, incluyendo expresamente a las trabajadoras autónomas que se encuentren en la situación de baja por maternidad. Se hace preciso mencionar la propuesta de
resolución número 82 sobre empleo y autónomos del debate sobre el estado de la Nación del pasado mes de mayo, a la que se adhirieron distintos grupos de esta Cámara y que instaba al Gobierno, en primer lugar, a actualizar los programas de fomento
del empleo autónomo y, en segundo lugar, a presentar un proyecto de ley del estatuto del trabajador autónomo. En este sentido, un grupo de expertos está elaborando un documento que recogerá los elementos esenciales que contemplará el futuro
estatuto del trabajador autónomo. Entre los aspectos sobre los que deben emitir opinión destacan los siguientes: el concepto de trabajo autónomo; el régimen jurídico del trabajo autónomo a tiempo parcial y contratación de familiares; nivel de
protección social; determinación de posibles políticas públicas de apoyo; y, por último, el análisis del peso económico en el mercado del trabajo de los autónomos.
Como bien conocen SS.SS, este documento se presentará en breve y será objeto de
debate con los agentes sociales para que posteriormente el Gobierno presente un proyecto de ley del estatuto del trabajador autónomo que cree el marco adecuado para el desarrollo y estabilidad de este colectivo; así cumplirá otro compromiso
programático.



Por todo lo manifestado con anterioridad, queda demostrado que todas las cuestiones planteadas en las proposiciones no de ley son prioritarias en la agenda del Ejecutivo y es necesario no interferir y respetar escrupulosamente los trabajos
de la mesa del diálogo social y del grupo de expertos para el impulso del autoempleo femenino, así como facilitar lo máximo posible la maternidad en las trabajadoras autónomas dentro del proceso de concertación con los agentes sociales y con las
asociaciones más representativas del sector. Por tanto, animamos al resto de grupos a que acepten la enmienda propuesta por mi grupo, instando al Gobierno a impulsar las medidas necesarias para fomentar y apoyar el acceso de las mujeres al régimen
especial de trabajadores autónomos, así como la protección social de la mujer y la madre trabajadora, todo ello en el marco del diálogo con las organizaciones de trabajadores autónomos de la mesa del diálogo social y del Pacto de Toledo.



La señora PRESIDENTA: ¿Algún grupo desea fijar posición? (La señora Quintanilla Barba pide la palabra.) Señora Quintanilla, ¿a qué efectos pide la palabra?


La señora QUINTANILLA BARBA: Para fijar posición respecto a la enmienda de sustitución que ha presentado el Grupo Parlamentario Socialista tanto a la proposición no de ley de Esquerra Republicana como a la de mi grupo.
Quiero fijar
posiciones.



La señora PRESIDENTA: Entiendo que se han acumulado las dos; tanto la fijación de posiciones como la defensa de la enmienda se han realizado conjuntamente. Como consta al final de la convocatoria se trata de un único turno para las dos
iniciativas acumuladas, la 10 y la 11.



La señora QUINTANILLA BARBA: Señora presidenta, yo he defendido la proposición no de ley de mi grupo parlamentario pero no he fijado posición respecto a la enmienda de sustitución que ha presentado el Grupo Parlamentario Socialista. Me
gustaría poder llegar a un acuerdo y ver la posibilidad de que haya una transaccional.



La señora PRESIDENTA: Señora Quintanilla, me gustaría mucho que llegasen a una transaccional; pueden dialogar y consensuar en el tiempo que queda hasta la votación mientras se debate la última iniciativa. Como ha ocurrido durante todo el
debate para los temas acumulados,


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ha habido un solo turno de intervención por grupo para defensa de la iniciativa y al mismo tiempo de la enmienda. Así ha sido y creo que así lo hemos entendido todos.



La señora QUINTANILLA BARBA: Pues no ha sido así. Yo he defendido sencillamente nuestra propuesta de proposición no de ley pero en ningún caso he debatido con la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista la enmienda que han presentado.
Pensaba que habría un turno de fijación de posiciones.



La señora PRESIDENTA: Lo siento, pero este es el momento en el que pueden dialogar y llegar a una transaccional, y después yo les preguntaré si la aceptan o no. Por tanto, me parece que este es el momento oportuno.



-PARA EL RECONOCIMIENTO DEL PERIODO DE TIEMPO DEDICADO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO O A LA PRESTACIÓN SOCIAL SUSTITUTORIA PARA LA PERCEPCIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES PÚBLICAS. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO
CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ) (Número de expediente 161/001202)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a debatir el último punto del orden del día, la proposición no de ley número 12, para el reconocimiento del periodo de tiempo dedicado a la prestación del servicio militar obligatorio o a la prestación social
sustitutoria para la percepción de prestaciones sociales públicas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), a la que se han presentado dos enmiendas, una del Grupo Parlamentario Popular y otra del Grupo Parlamentario Socialista.



Tiene la palabra para su defensa el señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Mi grupo vuelve a traer a la Cámara y a esta Comisión su iniciativa, pertinente también en otros momentos junto a iniciativas de otros grupos, orientada a considerar como efectivamente cotizados a efectos de
pensión los periodos de servicio militar obligatorio y de la prestación social sustitutoria. Este es un tema que hemos discutido en diversas ocasiones en la Comisión, en el que además existía una amplia coincidencia a la hora de entender que esos
períodos de servicio militar obligatorio constituían verdaderos vacíos en las carreras de cotización de las personas trabajadoras, así como una injusticia material que era necesario resolver.



En todos los debates que hemos tenido hasta el momento hemos recordado la existencia de esos periodos de tiempo de meses o incluso de años en los que, a pesar de haberse prestado un servicio a la comunidad, un servicio al Estado como era el
de la mili o en su caso el de la PSS, a pesar de haber trabajado de manera obligatoria y gratuita para el Estado durante periodos más o menos largos de tiempo, esa actividad no influía en modo alguno de manera positiva en la percepción de la pensión
correspondiente.
Eso afectaba especialmente a dos universos de hombres trabajadores; fundamentalmente afectaba a personas que no llegaban a los quince años de vida cotizada, de modo que si los periodos de servicio militar obligatorio se
considerasen cotizados a efectos de pensión podrían llegar a esos quince años de vida cotizada, teniendo derecho por tanto a una pensión contributiva, y a que los períodos de 13 ó 14 años de cotización efectivamente sirviesen para el cobro de una
pensión. Asimismo, afectaban a los supuestos de personas que habiendo trabajado 33 ó 34 años no llegaban a los 35 años de cotización que la legislación exige para poder cobrar el cien por cien de su pensión. Pues bien, si esos periodos de servicio
militar se considerasen a efectos de pensión, estas personas podrían cobrar el cien por cien de la misma. Insisto en que existía la coincidencia por parte de todos los grupos expresada en diversas ocasiones en esta Comisión de que esa era la
injusticia material que había de resolverse, para lo cual era necesario que hubiese voluntad política de la Administración.



Hace unos cuantos meses se aprobó en la Comisión nuestra proposición no de ley con una redacción que instaba al Gobierno a efectuar un estudio sobre esta problemática antes de trasladar esta cuestión al Pacto de Toledo.
(La señora
vicepresidenta, Cortajarena Iturrioz, ocupa la Presidencia.) El Gobierno cumplió y ha realizado un estudio interesante, amplio y bien hecho desde la perspectiva del trabajo de la Seguridad Social que nos da una primera foto de la situación legal hoy
existente en este ámbito y nos da también una primera aproximación del posible coste económico de esta medida, informe que todas SS.SS. conocen y que no voy a entretenerme en explicar. Quiero remarcar que el informe de la Secretaría de Estado de
la Seguridad Social, que además ha tenido un importante eco en los medios de comunicación, apunta que esta medida hoy afectaría a cerca de un millón de trabajadores que o bien no llegan a los 35 años de cotización para disfrutar del cien por cien de
su pensión, o bien no llegan a esos 15 años mínimos para poder acceder a una pensión contributiva. Además ese informe cifra el coste de esa medida en 267 millones de euros y apunta algunas dificultades, las de la Administración para la gestión de
esta situación, y apunta también el posible aumento de ese gasto en función de la incorporación de nuevos trabajadores aún no jubilados a los que se les aplicaría la consideración de sus periodos de mili como cotizados a efectos de pensión.



El informe en mano, esa expresión que formulábamos en los debates anteriores de que el tema exigía voluntad política para resolverse, queda efectivamente planteado: si hay voluntad política se puede hacer frente hoy, en


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nuestro sistema de protección social, a un incremento de gasto de 267 millones. Este año nuestro legado al fondo de reservas se va a situar en los 3.000 millones de euros y el conjunto del fondo de reserva se va a elevar, si no recuerdo
mal, a cerca de 27.000 millones de euros. Además sabemos por la realidad sociológica y demográfica de España que este aumento del gasto no tiene una proyección en el largo plazo, sino que la propia supresión del servicio militar obligatorio y la
propia evolución del mercado de trabajo nos indican que es un proceso que en el largo plazo tiende a desaparecer de manera total. Estaríamos resolviendo una cuestión de injusticia material y al mismo tiempo no estaríamos comprometiendo la
sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones.



Entendíamos también en el fondo de la cuestión que tenía mucho sentido que el Estado, al menos a efectos de la pensión de los trabajadores, reconociese el esfuerzo que miles de hombres del Estado español habían realizado durante muchos años
para el conjunto de la comunidad de manera obligatoria, reconociendo además que el servicio militar obligatorio había afectado a sus carreras laborales, a su capacidad de continuar estudiando, etcétera. Además nos movíamos en una situación legal
contradictoria. Para las personas que eran funcionarias incorporarse al servicio militar obligatorio sí implicaba que ese periodo de mili se considerase cotizado a efectos de su pensión, y por otra parte por vía administrativa o por vía judicial se
estaba reconociendo que los periodos voluntarios del servicio militar obligatorio tuviesen también la consideración de cotizados a efectos de pensión no tan solo para los funcionarios, sino para trabajadores del régimen general. Hay una sentencia
muy interesante ganada por la UGT en un juzgado en la que el juez reconoce que el periodo de servicio militar voluntario, en analogía con aquello que se consideraba para clases pasivas, debe implicar una mejora de la pensión de aquel trabajador. A
raíz de esta iniciativa, mi grupo ha recibido numerosos correos electrónicos, llamadas telefónicas y cartas de trabajadores que nos cuentan sus diferentes problemas, diciéndonos: a mi compañero se lo han aceptado y a mí me lo han rechazado... Por
tanto, nos parece que, junto a la cuestión de reconocimiento de una injusticia material, es también necesario establecer un marco normativo transparente y claro que dé a todas las personas un mismo régimen ante la misma situación, acabando con esa
situación de privilegio que viven los funcionarios y acabando con esa confusión que el resto de los trabajadores tienen por ejemplo, con la cuestión de los períodos de servicio militar voluntario.



A esta proposición no de ley se le han formulado dos enmiendas, una del Grupo Popular y otra del Grupo Socialista. Mi grupo no va a poder aceptar la enmienda del Grupo Popular, aunque sí ve interesante la referencia que se hace al servicio
social femenino, para que la medida que se resuelva para la mili y la PSS afecte al servicio social femenino, pero sin entrar hoy en mayores concreciones sobre si debería aplicarse, por ejemplo, a partir de la entrada en vigor de la norma reguladora
(que yo entiendo que ahí quizá lo que pretende el Grupo Popular es que no afecte a las pensiones que hoy ya se están cobrando; si fuese el caso, mi grupo no estaría de acuerdo con ese planteamiento), y sin querer entrar en la discusión que se
formula en el segundo párrafo de su enmienda, para que la financiación sea del Estado a la Seguridad Social. Repito, mi grupo en principio no aceptaría esta enmienda del Grupo Popular.



Sí aceptaríamos la enmienda que nos plantea el Grupo Socialista, por entender que, en el sistema que funciona en materia de Seguridad Social en el Estado español, las reformas que afectan al sistema las canalizamos a través de la mesa del
diálogo social que sobre esta materia viene desarrollando en los últimos diez años el Pacto de Toledo y, por tanto, que hoy la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados inste al Gobierno a llevar esta medida al seno de la
mesa del diálogo social para que sea allí donde se resuelva el reconocimiento de los periodos de mili o de PSS como efectivamente cotizados en la historia laboral de todos los ciudadanos que lo hayan realizado para la percepción de las
correspondientes prestaciones de la Seguridad Social, la correspondiente pensión.



Yo leí hace pocos días en un medio de comunicación que los agentes sociales, al menos la Unión General de Trabajadores, están en esa línea de reconocimiento de dicha cuestión en el marco del Pacto de Toledo. Esta era una cuestión que
formaba parte del programa electoral del Partido Socialista, por tanto es de suponer también que el Gobierno, más allá de las reticencias que planteaba el informe del Ministerio de Trabajo, va a llevar esta cuestión al Pacto de Toledo, no para que
este nos diga que no, sino para que la mesa del diálogo social cumpla con el mandato parlamentario y se introduzca la correspondiente reforma legal. Desde esta filosofía mi grupo acepta esta adecuada enmienda del Grupo Socialista, sabiendo que con
la aprobación más que previsible de esta proposición no de ley lanzamos a ese millón de trabajadores y a esos cientos de miles de trabajadores, que quizás en el futuro se vean afectados por esta medida, el mensaje de que esta Cámara tiene la
voluntad política de resolver la injusticia material que durante tantos años hemos vivido con relación a esta cuestión. Mi grupo valora ese mensaje que lanzamos de manera extremadamente positiva. Hoy podemos aprobar una buena medida para un buen
número de trabajadores del conjunto del Estado español.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Por el Grupo Parlamentario Popular y para la defensa de su enmienda, tiene la palabra la señora Martín.



La señora MARTÍN MENDIZÁBAL: Efectivamente, estamos viendo un tema relativo a asimilar altas sin obligación de cotizar a una situación como ha sido el servicio militar. Quiero recalcar que esta situación ya


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no se produce desde 2001, en que el Gobierno del Partido Popular eliminó el servicio militar obligatorio. Es un tema antiguo en su debate. Es llamativo que la obligación de cotizar a efectos de las pensiones comienza justo cuando ha
concluido ya este servicio militar obligatorio, con posterioridad a 2001; después pasa por diversas vicisitudes que ha relatado el portavoz de Convergència i Unió y actualmente nos encontramos con una proposición no de ley y con un informe técnico
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.



Quisiera resaltar también algún aspecto que mi grupo ha puesto ya de manifiesto en anteriores ocasiones, como posibles discriminaciones que se pueden producir y han de ser tenidas en cuenta. Por ejemplo: si es solo para supuestos en los
que habiendo un contrato de trabajo este tiene que suspenderse y no hay cotización en ese tiempo, si incluye supuestos en los que se ha realizado esa incorporación al mercado de trabajo con posterioridad, si incluye supuestos en los que hay una
posterior incorporación al mercado de trabajo por no tener prórrogas en los estudios y tener que dilatarlos, etcétera. También es cierto, y lo reconocemos, que es justo que quien no tenga derecho a una prestación de la Seguridad Social por falta de
periodo previo cotizado, es decir por falta de carencia, cuando falta ese periodo de cotización habiendo estado al servicio del Estado, tenga una recompensa. Existen una serie de dificultades que se concretan en dónde establecemos los límites.
Nosotros no compartimos plenamente la revisión de situaciones casi limitadas (viudedad, orfandad, fallecidos sin derecho a prestación) que nos llevaría a lo que podemos llamar doble retroactividad: por una parte, por considerar periodos cotizados
situaciones ya pasadas y, por otra parte, por la revisión de pensiones denegadas o pensiones ya reconocidas anteriormente. A nosotros, en principio esto nos parece anómalo en Seguridad Social, no nos parece prudente y no es habitual. Por eso hemos
presentado una enmienda en la que tratamos de reconocer los supuestos de carencia de cotización para acceder a una prestación, tratando de ser prudentes y de incluir las cautelas y consideraciones que el propio informe del Ministerio de Trabajo
recoge. Quiero resaltar y reconocer lo bien hecho que está el informe y felicitar por ello a los servicios técnicos de la Seguridad Social.



Esta enmienda recoge el servicio social femenino para no nacer con una norma que crea una desigualdad, y en ese sentido me siento afectada, por cómputo también a defectos de carencia, facilitando ese derecho al acceso a las prestaciones;
para pensiones causadas a partir de la entrada en vigor y para evitar también diferenciaciones y evitar esa doble retroactividad. Además incluye otro aspecto que me parece muy importante y es que conforme al principio de proporcionalidad y
contribución el coste no ha de soportarse por las cotizaciones sociales en cuanto que trata de resarcir las consecuencias del cumplimiento de una obligación estatal. Este coste, por tanto, debe asumirse por la imposición estatal.
Esta idea la
recogía el Grupo de Convergència i Unió en el año 2003 cuando se debatía esto, y decía: No es justo que vaya a cargo del fondo de pensiones; la actual proposición no de ley no lo dice. El propio Grupo Socialista también lo recogía anteriormente
cuando se debatía este tema.
Me parece muy importante que no perdamos de vista (de todos los puntos este sería para mí uno de los esenciales) ese principio de proporcionalidad y de contribución que debe presidir nuestro sistema de Seguridad Social,
y así lo marca el Pacto de Toledo; no es nada nuevo.
Digo esto en cuanto a la defensa de nuestra enmienda, que ya se nos ha dicho que no va a ser aceptada.



Por acumular en la misma intervención la fijación de posiciones respecto a nuestro voto, si bien no nos parece incompatible nuestra enmienda con la que ha presentado el Grupo Socialista, que parece ser que es la que se va a aceptar, ya que
nuestra enmienda recoge aspectos, que como ya he dicho el Grupo de Convergència i Uniò y el Grupo Socialista incluía estos criterios, nuestro grupo la apoyará porque la propuesta que realice el Gobierno a la mesa de diálogo social, que es donde va a
tener lugar la discusión, entendemos que será prudente y contendrá todas las consideraciones y cautelas del informe presentado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): Para la defensa de la enmienda del Grupo parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Carro. (La señora presidenta ocupa la Presidencia.)


El señor CARRO GARROTE: Efectivamente, hemos presentado una enmienda que es coherente no solo con la posición que el Grupo Socialista viene manteniendo en este asunto, sino con la propia dinámica de este tema en esta Comisión, tras la
aprobación en su día de la proposición de CiU relativa a este tema, ya que entonces se aprobó una proposición no de ley que instaba al Gobierno para que, en el marco de las recomendaciones del Pacto de Toledo y a través del diálogo social, abordase
la problemática del posible reconocimiento del periodo dedicado al servicio militar obligatorio y a la prestación social sustitutoria para la incidencia de las percepciones de prestaciones de la seguridad social, especialmente los periodos
voluntarios de organización de dicho servicio. Al mismo tiempo el Congreso de los Diputados, esta Comisión, instaba al Gobierno a presentar en el plazo de ocho meses un estudio sobre el contenido de esta proposición, tal como se ha dicho. El
Gobierno ha cumplido y el 16 de mayo ha presentado este informe que puede servir de buena base de discusión para los trabajos de la comisión de Seguridad Social, donde se están discutiendo entre los agentes sociales las reformas necesarias para dar
cumplimiento a las consideraciones del Pacto de Toledo. Esta es una medida compleja porque se trata de una situación heterogénea en la que hay algunas dudas que subyacen y que deberíamos abordar previamente: en primer lugar, si el reconocimiento
como cotizados de estos periodos de servicios obligatorios se hará extensivo a todos los


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trabajadores que lo hayan realizado o solo a aquellos que hayan estado previamente trabajando; si la medida tendría o no efectos retroactivos y hasta dónde con relación a pensiones que ya han sido denegadas en su día por falta de carencia.
Supondría también aumentar el importe de pensiones a todos aquellos pensionistas que no han alcanzado el derecho a tener una pensión del cien por cien de la base reguladora, pero existen pensiones que pueden haber sido denegadas en esa fecha y
habría que revisarlas.
Aquí tendremos que ver hasta dónde llegaría la retroactividad.
Continuando con posibles efectos retroactivos existen pensiones de jubilación, incapacidad permanente o muerte que han podido también ser denegadas. En todo
caso sería necesario saber si se aplicaría también al reconocimiento de pensiones de SOVI y, por último, se procuraría conocer cuál sería la base de cotización que se asignaría. En el caso de trabajadores que estuvieran trabajando anteriormente
habría que ver si se mantendría la misma o no. Como se puede comprobar en esta medida hay muchas opciones de trabajo que no pueden estar evidentemente recogidas en el cesto de una PNL de este tipo. En definitiva, el informe del ministerio reconoce
que, partiendo de las pensiones en vigor en marzo de 2005, a cuyos perceptores varones se les aplicó el cálculo de la pensión y no alcanzaron el cien por cien de la base reguladora y tampoco perciben complemento de mínimos (estamos hablando de
1.003.069 personas), el coste de esta medida para este colectivo supondrían 247,28 millones de euros anuales. A esto habría que sumar otros 20, con 17 millones de euros, para tener en cuenta las pensiones que se reconocerá a personas que se
jubilarán en el futuro y que alegan que han realizado el servicio militar o prestación social sustitutoria y que se podrán encontrar en la situación de no alcanzar el cien por cien de la pensión, por lo que esta medida tendría una incidencia. Son
270 millones de euros anuales. No es una cantidad comparable con las aportaciones al fondo de reserva, que es una cantidad que se pone en un momento determinado pero no es mensual; es un gasto a futuro mientras los perceptores mantengan el derecho
de percepción de la prestación. En todo caso, el informe del ministerio reconoce un aspecto del que habla la enmienda del Grupo Popular en relación con el servicio social femenino. En el informe se recoge que, con el fin de no provocar una
diferenciación por razón de género, esta medida tendría que extenderse a los periodos del denominado servicio social femenino. Por ello tanto el contenido del informe como la proposición son suficientes para que en el ámbito de la mesa de reforma
de la Seguridad Social, que está trabajando para la aplicación de las recomendaciones del Pacto de Toledo, se incorpore a sus discusiones esta propuesta, que tendrá que ser concretada y perfilada, teniendo en cuenta además que no es solo una
cuestión procedimental, no se trata de que lo pasemos a la mesa del diálogo social para que no se debata aquí, o por una cuestión de forma, ni siquiera porque es lo lógico procedimentalmente, sino porque adoptar esta medida en esta Comisión pondría
en riesgo la posibilidad de financiación de otras medidas que la mesa de diálogo social se está planteando en este momento, ya que estamos hablando de una cuantía económica importante, por lo que es lógico que todos los compromisos de gasto en esta
materia tengan el mismo ámbito de discusión, para que los agentes económicos y sociales, la Seguridad Social y el Gobierno puedan valorar la necesidad de ir aplicando y en qué graduación las medidas que estimen oportunas. Por eso presentamos esta
enmienda que respeta el sentido de fondo del grupo proponente y lo que hace es colocar el debate y la puesta en marcha definitivamente de esta medida en el ámbito que corresponde, que es la mesa del diálogo social.



La señora PRESIDENTA: Para fijar posición tiene la palabra el señor Olabarría.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Quiero indicar nuestra conformidad con la propuesta y el pedimento del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y discrepar matizadamente de la intervención de la portavoz del Grupo Popular. La
jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia del cumplimiento de los periodos de carencia, a efectos de causar derecho a una pensión de jubilación o a una cuantía determinada (estamos hablando de los 15 años o de los 35 para el cien por
cien), es muy clara. Hay tres sentencias que yo conozca que establecen que, cuando por causas no obstativas y no imputables al propio trabajador no se le posibilita cubrir estos periodos de carencia estaremos ante un supuesto de expropiación de los
que prohíbe el artículo 33.3 de la Constitución: Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social. Permítame la presidenta la licencia de dudar de que el servicio militar sea una
causa de interés público o de interés social. No vamos a entrar en este tipo de debates en este momento porque todo el mundo puede comprender perifrásticamente a qué me estoy refiriendo, pero tampoco aquí concurre la correspondiente indemnización a
que se refiere el artículo 33.3 de la Constitución, ni tampoco concurre lo de según lo dispuesto por las leyes. A este millón de varones que se les impidió cubrir el periodo de carencia por tener que cumplir un servicio militar obligatorio se les
expropió presuntamente de forma ilegítima del derecho a una determinada cuantía de pensión. Y aquí viene mi discrepancia. No me parece en absoluto estrambótico vincular esta reparación a los presupuestos de la Seguridad Social y entre ellos, por
qué no, el fondo de reserva, que por cierto tiene superávit. Desde esta perspectiva, si el grupo propietario de la iniciativa -como dice la señora presidente con lucidez- está dispuesto a transar con el Grupo Parlamentario Socialista, estamos de
acuerdo con la transacción, pero en sus términos originales la proposición me parecía particularmente razonable.



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La señora PRESIDENTA: Finalizado el debate sobre las proposiciones, tenemos cinco minutos para una o dos iniciativa que nos faltan y pasamos inmediatamente a las votaciones. (Pausa.)


Vamos a proceder a las votaciones. Creo que el consenso tradicional de esta Comisión bien vale esta pequeña demora. La presidenta siempre hará todos los esfuerzos posibles para que los acuerdos, aunque sean de última hora, sean propicios y
den resultados positivos porque, en definitiva, es lo que importa a los ciudadanos.



En primer lugar, vamos a votar el punto 1 del orden del día, una iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista sobre modificación del actual programa de agentes de empleo y desarrollo local, que votamos en sus propios términos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Punto número 2 del orden del día, iniciativa relativa a los agentes de empleo y desarrollo local, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, que se somete a votación.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; abstenciones, 19.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



El punto 3 del orden del día era una iniciativa de Coalición Canaria que decayó.



Pasamos al punto número 4, iniciativa del Grupo Parlamentario Mixto relativa a la mejora de las condiciones laborales y sociales de las personas al servicio del hogar, con una enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Socialista y del
Grupo Parlamentario Popular, que se somete a votación.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Punto 5 del orden día, iniciativa relativa a la revisión de las cuantías del baremo por lesiones, mutilaciones y deformaciones de carácter permanente no invalidantes a que se refiere el artículo 150 de la Ley General de la Seguridad Social.
Existe también un texto transaccional aceptado por todos los grupos, que es el que vamos a votar.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



El punto número 6 del orden del día ha sido retirado.



Pasamos a los puntos 7, 8 y 9. Votamos un texto transaccional presentado por los grupos y que está en poder de la Mesa.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



Puntos 10 y 11 del orden del día, sobre la promoción del acceso de las mujeres al régimen especial de autónomos, del Grupo Parlamentario Popular y del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana. También hay una enmienda transaccional a
esta iniciativa que ha sido entregada hace unos momentos a esta Mesa.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Finalmente, votamos el punto número 12 del orden del día, iniciativa para el reconocimiento del periodo de tiempo dedicado a la prestación del servicio militar obligatorio o a la prestación social sustitutoria para la percepción de
prestaciones sociales. Hay una enmienda del Grupo Parlamentario Socialista aceptada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), por lo que votamos esta enmienda.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Se levanta la sesión.



Era la una y treinta minutos de la tarde.