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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 185, de 09/02/2005
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2005 VIII Legislatura Núm. 185

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª CARMEN MARÓN BELTRÁN

Sesión núm. 17

celebrada el miércoles, 9 de febrero de 2005



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar las siguientes iniciativas legislativas:


- Proposición de ley de derogación de la prohibición a las comunidades autónomas a complementar las pensiones. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 122/000003.) ... href='#(Página2)'>(Página 2)


- Proposición de ley para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no contributiva con el trabajo remunerado. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 122/000009.) ... href='#(Página2)'>(Página 2)


Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre:


- Proposición de ley de derogación de la prohibición a las comunidades autónomas a complementar las pensiones. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 122/000003.) ... href='#(Página2)'>(Página 2)


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- Proposición de ley para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no contributiva con el trabajo remunerado. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 122/000009.) ... href='#(Página7)'>(Página 7)


Se abre la sesión a las diez horas y cincuenta minutos de la mañana.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LAS SIGUIENTES INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROPOSICIÓN DE LEY DE DEROGACIÓN DE LA PROHIBICIÓN A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS A COMPLEMENTAR LAS PENSIONES. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 122/000003.)


- PROPOSICIÓN DE LEY PARA COMPATIBILIZAR LAS PENSIONES DE INVALIDEZ EN SU MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA CON EL TRABAJO REMUNERADO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 122/000009.)


La señora PRESIDENTA: Señorías, iniciamos la sesión con el orden del día que tenemos fijado. En primer lugar, la ratificación de las ponencias para informar de las dos iniciativas legislativas: proposición de ley de derogación de la
prohibición a las comunidades autónomas a completar las pensiones, y la número 2, proposición de ley para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no contributiva con el trabajo remunerado.



¿Ratificamos la ponencia por asentimiento? (Pausa.) Queda ratificada.



APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


- PROPOSICIÓN DE LEY DE DEROGACIÓN DE LA PROHIBICIÓN A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS A COMPLEMENTAR LAS PENSIONES. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 122/000003.)


La señora PRESIDENTA: Antes de iniciar el debate, a título indicativo quiero decirles que las votaciones no serán antes de las doce y media, para que puedan organizar sus trabajos.



Hemos ratificado las dos ponencias. Ahora entraremos en el debate de la proposición de ley de derogación de la prohibición a comunidades autónomas a completar las pensiones. Para la defensa de las enmiendas, si les parece bien a los
comisionados, daré la palabra a los portavoces de los grupos de menor a mayor. ¿Grupos que quieren intervenir? Señora Díaz, por el Grupo Socialista.



La señora DÍAZ PACHECHO: Señorías, quiero explicar la posición del Grupo Socialista y agradecer a los grupos el gran esfuerzo que han hecho para alcanzar una redacción final que nos va a permitir un consenso lo más amplio posible en esta
proposición que viene a recomponer una situación lamentablemente producida por una decisión tan injustifica como la tomada en esta Cámara con la aprobación de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, por el Gobierno del Partido Popular.



No puedo olvidar en estos momentos mi condición de diputada andaluza y la indignación que produjo en mi tierra dicha decisión, y más aún cuando el Tribunal Constitucional el 11 de diciembre del 2002 dictó sentencia favorable a la Junta de
Andalucía ante el recurso del Gobierno del PP. En esa sentencia consideraba compatible, dentro de lo que podríamos llamar concepto de mejora de la política social o de la asistencia social, la posibilidad de que una comunidad autónoma, en este caso
la mía, pudiera establecer complementos a esas pensiones mínimas. Y la respuesta a dicha sentencia no fue entenderla, y mucho menos respetarla, sino vulnerar ese principio constitucional y contradecir de manera explícita la interpretación del
Tribunal Constitucional, en un intento de vaciar las competencias que, en materia de prestaciones económicas de asistencia social tienen las comunidades autónomas, proyectando así un fuerte carácter antisocial con esa regulación. Todo ello se hizo
bajo un halo de defensa de la igualdad, la unidad y la solidaridad. Igualdad y unidad en la miseria de los que menos tienen, queriéndonos obligar por aquel entonces a eliminar estas prestaciones complementarias que ejercimos al amparo de una
competencia exclusiva de las comunidades autónomas, como he señalado antes, y buscando por tanto esa igualdad en lo menos, en lo peor. Ese es el concepto de la política social y la falta de sensibilidad social de algunos que afortunadamente hoy ya
no gozan de mayoría en esta Cámara. Eso nos va a permitir avanzar en una nueva línea, reconociendo la responsabilidad que tenemos las comunidades autónomas, responsabilidad de la que no se puede hacer dejación y


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renunciar a las competencias que se nos conceden en nuestros estatutos de autonomía y en la propia Constitución. Lo producido antes fue una auténtica involución autonómica, una brusca marcha atrás en el proceso de desarrollo de las
autonomías, un giro centralista más, que no buscaba la eliminación de las desigualdades ni buscaba solidaridad con los más desfavorecidos, más bien se trató de una agresión más a Andalucía y a los andaluces. Buscaba tan sólo poner obstáculos a la
Junta de Andalucía y a un Gobierno del Partido Socialista.



La enmienda transaccional del Grupo Socialista, de Izquierda Unida, Esquerra Republicana de Catalunya y CiU, tiene como objetivo fundamental no eliminar el ejercicio de las competencias de las comunidades autónomas para establecer ayudas de
carácter social en favor de otros colectivos de los pensionistas residentes en su territorio. La modificación que se establecería en la Ley General de la Seguridad Social mantiene la competencia exclusiva respecto a las prestaciones de la Seguridad
Social en su modalidad contributiva, sin que eso impida que las comunidades autónomas complementen las pensiones no contributivas en el marco de las competencias que le son propias. Respecto a otras situaciones de necesidad que presenten aquellas
personas, perceptoras o no de algún tipo de pensión, se podrán establecer las ayudas de cualquier otra naturaleza que, en ejercicio de las competencias y en materia de asistencia social, consideren necesarias las comunidades autónomas. Eso respecto
a la enmienda transaccional.



Vamos a mantener vivas las otras dos enmiendas, una de las cuales, concretamente al punto 38.2, es necesaria por dos motivos; primero, para que las prestaciones no contributivas no superen las contributivas, y en segundo lugar, porque si no
pusiéramos ese porcentaje del 25 por ciento en la ley, cualquier complemento que se dé en las no contributivas se detraería de lo que en ese momento es la cuantía. Insisto, todo ello no es óbice para que el Grupo Socialista y el Gobierno sigamos
defendiendo que vamos a cumplir el programa electoral con el que el Partido Socialista ganó las elecciones el 14 de marzo, estando abiertos a cuantos debates sean necesarios en el seno del Pacto de Toledo que contribuyan a una mayor solidaridad y
beneficio de las pensiones más bajas de este país, porque entendemos los socialistas que se produce de esa manera la igualdad, la solidaridad y la unión.



La señora PRESIDENTA: La señora García Suárez, de Izquierda Unida, tiene la palabra.



La señora GARCÍA SUÁREZ: Voy a ser muy breve, no precisamente porque este punto no sea importante; todo lo contrario, porque su discusión merece, desde nuestro punto de vista, pocas palabras pero claras y muy contundentes. Pensamos que
hoy es un día realmente importante, porque estamos decidiendo un aspecto que va a beneficiar, sin duda, a unas personas, a unos colectivos, que precisamente son los que necesitan de mayor soporte por parte de este Parlamento.



La situación, que se generó en la legislatura pasada, dio lugar a tener que llevar al Tribunal Constitucional la decisión que había tomado el anterior Gobierno del PP, que impedía a las comunidades autónomas ejercer su derecho de
competencias exclusivas, en una materia como es la atención social, la atención a las capas sociales con más problemas y con más dificultades. Por suerte, dio lugar a un resultado favorable, y a que el Tribunal Constitucional dictó a favor de que
las comunidades autónomas tenían ese derecho y podían ejercerlo. Hoy tenemos la suerte de poder decidir en esta Comisión dar definitivamente carpetazo a un mal acuerdo de la anterior legislatura, que ha perjudicado enormemente, y esto es lo grave,
que ha perjudicado enormemente a personas con nombres y apellidos y ha limitado la posibilidad de las comunidades autónomas de ejercer un derecho que les correspondía.



Hoy, por tanto, no estamos decidiendo sobre un aspecto puramente administrativo o puramente legal, sino que estamos decidiendo sobre las condiciones de vida de muchas personas. Y desde nuestro punto de vista éste es un matiz muy importante.
Queremos felicitarnos por el resultado de esta ponencia, por el resultado del trabajo colectivo de los grupos que han participado, que ha dado lugar a este acuerdo y que ha permitido que hoy definitivamente podamos hablar de una nueva situación y
podamos informar a la población de que a partir de este momento se ha resuelto un problema importante generado en la anterior legislatura. Nosotros tenemos una gran satisfacción por ello y así queremos ponerlo de manifiesto.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el señor Olabarría.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Quiero manifestar nuestra opinión favorable a la enmienda transaccional presentada por el Grupo Socialista. Yo le tengo que confesar honestamente que no he entendido muy bien el discurso que ha servido para su
fundamentación; parece que se planteaban algunas cuestiones un tanto colaterales al contenido de la enmienda, pero la enmienda está bien a la postre, que es de lo que se trata. Y al margen de estas reflexiones, que quizá tengan un fundamento más
dialéctico, más de problemáticas entre partidos políticos, quiero decir que me parece muy razonable, sobre todo porque se identifican dos problemas con los que tenemos que ser particularmente cuidadosos, señora presidenta, en materia de pensiones.
Primero, cuando las pensiones son de naturaleza contributiva, no se pueden crear pensiones híbridas, es decir, pensiones que dimanen a través de una fórmula de complementación, pensiones mestizas, en parte de naturaleza contributiva y en parte de
naturaleza asistencial. Eso sería muy complicado. No solo está prohibido por la Ley General de la Seguridad Social, sino que


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crearía problemas para la propia gestión del sistema de pensiones en cuanto a esos principios que proclama la Constitución, de igualdad en materia de solidaridad y otros, que figuran en el artículo 41, respecto a la definición del sistema de
pensiones. Segundo, tenemos que ser muy cuidadosos, particularmente desde países como Euskadi, cuyo sistema de financiación es especial, es peculiar, al estar vinculado a la Ley del Concierto Económico, que cuando se incrementan las pensiones
provoca un quebranto de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y al no haber sido transferida la competencia en materia de pensiones, tal como ordena la disposición transitoria 5 del Estatuto de Autonomía de Guernika, ese
quebranto presupuestario no se ve compensado por transferencias de créditos o detracción del cupo vasco, y al fin y al cabo es un quebranto presupuestario que asumen los vascos, pero cubriendo competencias que en exclusiva corresponden al Estado.



Desde esa perspectiva, no nos parece justo. Tenemos que realizar esa advertencia de naturaleza presupuestaria. Vamos a ser muy cuidadosos con estas materias; yo creo que se identifican bien, no sé si consciente o inconscientemente, estos
dos problemas en la enmienda transaccional, que complementa correctamente la proposición presentada por el Grupo de Convergència i Unió. Al margen de las reflexiones que ha hecho la portavoz en este momento del Grupo Socialista, que son muy
respetables, como todas las que se hacen en esta Cámara, se han identificado bien estos dos problemas y se han resuelto correctamente. Creo que tenemos una buena proposición, por la cual todos nos debemos felicitar. Mantengo vivas las dos
advertencias, señora presidenta, que yo quiero enfatizar y que consten en el 'Diario de Sesiones': no vamos a hacer pensiones híbridas, vamos a tener mucho cuidado. Y en materia de complementos, a ver si cuando se complementen vamos a estar
cubriendo aquello que constituyen obligaciones constitucionales del Estado y que el Estado o la Administración Central del Estado no afronta, y tiene que ser por la vía de los presupuestos forales o de los presupuestos autonómicos como se
complemente, desentendiéndose presupuestaria y financieramente el Estado de este problema. Vamos a tener mucho cuidado con estas cuestiones, porque no estamos hablando de cantidades pequeñas y podemos provocar incluso quiebras o quebrantos
económicos notables que no son objeto compensación, manteniendo al Estado en una situación de incumplimiento de requerimientos constitucionales, particularmente uno que figura en el artículo 41 de la Constitución, el de la suficiencia de todas las
pensiones previstas en nuestro sistema público.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo de Esquerra Republicana de Catalunya no hay. Grupo Catalán de Convergència i Unió, el señor Campuzano tiene la palabra.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Para Convergència i Unió, que es el grupo promotor de esta proposición de ley que hoy aprobamos con competencia legislativa plena en esta Comisión, es evidente que ésta es una mañana feliz y estamos convencidos
de que va a ser también una mañana feliz para el conjunto de pensionistas, contributivos y no contributivos, de todo el Estado.



Tal como nosotros anunciábamos el 27 de noviembre de 2003, estábamos convencidos de que si en esta Cámara se configuraba una nueva mayoría en el nuevo periodo legislativo que se abría, la ley que se impulsó a finales de aquella legislatura
por el anterior Gobierno sería derogada.
Hoy, con la aprobación de este texto y su remisión al Senado, y gracias al acuerdo al que hemos llegado diversos grupos parlamentarios, el Grupo Socialista, el Grupo de Iniciativa per Catalunya, Izquierda
Unida, el Grupo de Esquerra Republicana y Convergència i Unió, con el apoyo de otros grupos, de manera muy significativa con el apoyo del Grupo Nacionalista Vasco, damos carpetazo a una ley que en su propia concepción reflejaba un modelo de Estado
retrógrado en lo autonómico y en lo social.
Aquella ley que impulsó el Gobierno anterior, el Gobierno del señor Aznar, como respuesta a una sentencia del Tribunal Constitucional que establecía la plena competencia de Andalucía para complementar las
pensiones no contributivas y en un contexto en que diversos gobiernos, entre ellos también el Gobierno catalán, habían empezado políticas de complementos, tanto para pensiones no contributivas como también para otro tipo de pensiones, y muy
específicamente para la pensión de viudedad, era esa ley que hoy empezamos a derogar de manera definitiva, una fórmula brutal de vaciar de contenido el título competencial en materia de asistencia social que corresponde a las comunidades autónomas;
no permitíamos que bajo ese título los gobiernos autonómicos pudiesen establecer ayudas para aquellos pensionistas que ese Gobierno autonómico entendía que se necesitaban. Además, esa ley limitaba sustancialmente la autonomía financiera de los
parlamentos autonómicos, en la medida en que se les impedía decidir sobre sus recursos, destinar sus recursos a las prioridades que ellos determinasen. Esa ley también limitaba la posibilidad, el mandato constitucional a los gobiernos autonómicos
de hacer efectivo el principio de igualdad real, en la medida en que no en todos los territorios del Estado la situación de los pensionistas es la misma y un ejercicio efectivo del principio de igualdad necesitaba que los gobiernos autonómicos, que
los parlamentos autonómicos pudiesen ayudar a aquellos pensionistas que por diversas razones lo necesitaban. Y finalmente, esa ley chocaba frontalmente con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que había establecido inequívocamente esta
plena competencia a raíz, tal como decía al principio de mi intervención, de la controversia marcada con el Gobierno andaluz.



Hoy consolidamos un modelo de Estado avanzado, un modelo de Estado no basado en la desconfianza hacia las comunidades autónomas; consolidamos un modelo de Estado que entiende que autogobierno es también mejora sustancial de la calidad de
vida de las personas, porque entendemos que el autogobierno responde a nuestro


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derecho de ser nación. También entendemos que el autogobierno es aquello que permite desde la cercanía a la gente, desde la cercanía a los problemas de la gente, ser capaces de dar respuestas. Y además entendiendo que tanto la Constitución
como nuestros estatutos de autonomía cuando configuran esa competencia exclusiva en materia de asistencia social para las comunidades autónomas, precisamente mandatan a las comunidades autónomas que en el marco de los objetivos de la cohesión
social, en el marco de la igualdad efectiva, en el marco de la equidad, en el marco de la igualdad de oportunidades, es donde los gobiernos autonómicos tienen una especial responsabilidad.



Decíamos en la toma en consideración de esta iniciativa en junio del año pasado, y hoy la portavoz del Grupo Socialista también lo afirmaba, que con esa ley se pretendía igualar en la miseria a los pensionistas de España. Hoy derogamos una
concepción muy retrógrada, muy retórica, muy vacía de contenido de igualdad. En este sentido, hoy vamos a permitir a los gobiernos autonómicos llenar de contenido ese principio de igualdad, que es un mandato constitucional inequívoco. Por tanto,
mi grupo hoy se siente feliz, se siente satisfecho, porque no solo consolidamos esa jurisprudencia del Tribunal Constitucional por lo que hace referencia a las pensiones no contributivas, sino que además disipamos cualquier duda que pueda existir
sobre la competencia que tienen los parlamentos autonómicos, los gobiernos autonómicos para establecer otros tipos de ayudas, incluidas las ayudas en metálico, para aquellos pensionistas que reciben pensiones contributivas. Ahí no va a quedar
ninguna duda, las prácticas que han realizado los distintos gobiernos en Cataluña en los mandatos de Convergència i Unió, y que previsiblemente va a continuar desarrollando el actual Gobierno de la Generalitat, las iniciativas que han tenido en su
momento los gobiernos valenciano y riojano y creo que incluso el de las Islas Baleares, gobernadas, por cierto, por el Partido Popular, o en el ámbito foral del País Vasco, etcétera, todos esos gobiernos hoy saben que tienen la tranquilidad de que
va a existir una legislación del Estado que va a amparar la posibilidad de establecer ese tipo de ayudas también para sus pensionistas contributivos. Esa tranquilidad que le vamos a dar a esos gobiernos autonómicos, a esos parlamentos autonómicos
es también la tranquilidad que van a tener el conjunto de pensionistas. Saben que existe un sistema de Seguridad Social para el conjunto del Estado que garantiza a todos que bajo las mismas fórmulas, en función de unos mismos periodos de
cotización, podemos acceder a una misma pensión, principio sustancial de la existencia de un sistema de Seguridad Social para el conjunto del Estado. Pero saben también que, en función de las necesidades de su territorio y de las prioridades
políticas de sus responsables políticos, sus consejeros autonómicos, sus parlamentos autonómicos, podrán decidir mejorar la situación material de estas personas. Creo que esto es importante.
Consolidamos, entiendo e insisto, esta concepción
moderna y avanzada, tanto del Estado autonómico como del Estado social, haciendo compatibles esos dos conceptos.



Yo espero que hoy esta proposición, este texto legal salga con el apoyo de todo el mundo; me gustaría que también contase con el apoyo del Grupo Popular, precisamente en función de lo que vienen desarrollando sus gobiernos autonómicos que,
en aras de las necesidades de sus ciudadanos, en la Comunidad Valenciana o en La Rioja han optado también por esta estrategia. Todo ello no es óbice para una reflexión que nos planteaba el señor Olabarría en la toma en consideración en julio y que
hoy ha vuelto a apuntar, y es que el permitir estos complementos por parte de los gobiernos autonómicos nunca puede ser una excusa para no continuar mejorando el nivel de protección social que se establece en el sistema contributivo. En las
próximas semanas vamos a avanzar en algunas mejoras sustanciales en este ámbito, como es la solución a la compatibilidad entre el SOVI y la pensión de viudedad. Ahí se nos marca la línea de que en materia de pensión contributiva, las pensiones
mínimas de jubilación, las pensiones mínimas de viudedad, el conjunto de pensiones mínimas de nuestro sistema las debemos de ir mejorando. Esa es la responsabilidad del conjunto del Estado, y especialmente del sistema de la Seguridad Social y por
tanto del Gobierno de España. Que abramos esa vía de mejora de las pensiones a través del compromiso de los gobiernos autonómicos no debe ser excusa para que desde el Estado no hagamos lo que se debe hacer.
En todo caso, nos felicitamos de lo que
vamos a hacer hoy y nos invitamos a continuar trabajando en esa mejora de la calidad de vida del conjunto de los ciudadanos.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Burgos.



El señor BURGOS GALLEGO: El Grupo Popular ha mantenido sobre la cuestión que nos ocupa una posición indudablemente clara y coherente a lo largo de la tramitación de la misma. Si en su día regulamos esta materia en la Ley 52/2003, en aras
de garantizar los principios de universalidad, de unidad, de solidaridad y de equidad del sistema de Seguridad Social en España, la derogación que se pretende no puede contar con nuestro apoyo, por cuanto entendemos que quiebra precisamente esos
principios. Aunque la portavoz del Grupo Socialista ha hecho el típico y tópico discurso que sirve para una entrevista con Fidel Castro pero que tiene muy poca cabida en un debate serio sobre estas cuestiones, mi grupo no se engaña sobre el alcance
de este debate. Aquí no estamos ante una cuestión de cómo aumentar las pensiones o las prestaciones de los más desfavorecidos; puede presentarse interesadamente como tal, pero no lo es. Siempre hemos dicho y seguiremos diciendo que el camino
adecuado es reforzar nuestro sistema ante los retos que tenemos por delante y hacerlo para mejorar la intensidad de la cobertura y la seguridad de los ciudadanos ante la


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adversidad, pero para todos los ciudadanos, no para unos cuantos que vivan aquí o vivan allá.



Estamos, pues, ante una modificación puntual pero relevante de los principios que sustentan nuestra Seguridad Social. Yo diría que estamos, parafraseando a un político conocido de todos, ante un programa de centrifugado suave de las
competencias del Estado en esta cuestión para desdibujar los límites del régimen público de Seguridad Social, consiguiendo introducir en el mismo un elemento que trastoca los fundamentos sobre los que se asienta, un elemento que no es otro que el
difuminar el carácter del sistema de reparto y esencialmente redistribuidor, mediante el cual los ciudadanos que más tienen, que más aportan, que más ganan, contribuyen solidariamente a ayudar a los que menos tienen o a los que más necesitados
resultan, los ciudadanos entre sí, en el seno de una sociedad cohesionada. Algunos pretenden sustituir esta solidaridad entre ciudadanos en la que se basa nuestro sistema por un debate sobre la contribución diferenciada o la capacidad de trocear
territorialmente esa solidaridad. Estamos, pues, ante la introducción de un criterio de ciudadanía desigual basado en el territorio, aportación sin duda poco original pero muy perturbadora, según la cual la consecuencia práctica será que dos
personas con la misma renta y circunstancias personales, ante una misma situación de necesidad objetivable y evaluable, ya no tendrán los mismos derechos ni percibirán las mismas prestaciones, y ello por el hecho totalmente aleatorio de vivir en
comunidades autónomas distintas.



La equidad y la solidaridad, tal como la hemos venido entendiendo, no tiene nada que ver con esto. Nuestro sistema ha venido estando concebido para contribuir a disminuir, a compensar o a contrarrestar las consecuencias negativas que los
azares de la vida han deparado a algunas personas, colocándolas en situaciones en que necesitan la ayuda de todos, no para ahondar en las mismas con un sistema que además incorpora elementos de inequidad, de desigualdad, basados en algo tan
irrelevante como el lugar de residencia, que muchos de los beneficiarios ni siquiera habrán podido elegir. Por esto desandamos hoy un camino de solidaridad.
En España hay diferencias objetivas en el grado de desarrollo de nuestras comunidades
autónomas y ello implica consecuencias claras y directas en las condiciones en que se produce la generación de derechos propios de pensión para los ciudadanos. A esta situación de partida no podemos sumarle lo que podría significar la incapacidad
económica para unas u otras comunidades autónomas de atender la satisfacción de complementos de pensiones a sus propios pensionistas en las mismas condiciones que aquellas regiones, que aquellas comunidades que disponen de mayor riqueza o de mayor
renta. El sistema así planteado no va a contribuir a disminuir las diferencias entre los ciudadanos, sino a agrandarlas. Y que esto se pretenda revestir con un ropaje de progresismo nos parece manifiestamente insostenible. La pluralidad que
algunos abanderan en sus discursos puede convertirse en el ropaje ampuloso de la insolidaridad. Para nosotros, la España plural es aquella en la que se respeta a los demás como diferentes culturalmente pero solidarios económicamente e iguales
socialmente.
Partiendo de una caja común, no es plural superar al vecino con mejores prestaciones o con más pensiones, eso es sencillamente insolidario e injusto. Es, pues, señora presidenta, una cuestión de principios la que nos separa. No hemos
presentado enmiendas porque estamos radicalmente en contra de esta cuestión. Nosotros defendemos un sistema de Seguridad Social igual para todos los españoles y no establecemos diferencias entre las prestaciones contributivas y las no
contributivas, porque creemos que éste es un debate falso, una brecha por donde se cuela fácilmente el discurso disgregador y rupturista.



El Grupo Parlamentario Socialista nos presenta lo que supone al final una enmienda a la totalidad del texto inicial que se tomó en consideración en el Pleno de esta Cámara, desde el título hasta la reformulación de su contenido,
estableciendo precisiones en relación con las pensiones no contributivas e incluso introduciendo claras limitaciones cuantitativas: que los complementos no superen el 25 por ciento de la pensión no contributiva o serán objeto de minoración en la
misma por aplicación de la normativa estatal. Si lo que algunos pretenden es reconocer el derecho de las comunidades autónomas a complementar las pensiones no contributivas, ¿por qué introducimos una limitación a esa potestad y se arguye para ello
una normativa estatal? Esto es un contrasentido ¿no podemos prohibir, pero podemos limitar la cuantía económica de esas prestaciones? ¿Qué entienden el Gobierno y el Grupo Socialista por pensiones no contributivas? ¿Tienen las pensiones mínimas
de viudedad y de orfandad la misma consideración a efectos de su posible complementación? Porque si es la cuantía escasa o la situación de necesidad la que se impone como criterio, ¿puede complementarse cualquier pensión si aprobamos lo que hoy se
propone? ¿Significa que el Grupo Socialista considera que los complementos de pensiones de viudedad, que son pensiones de la órbita contributiva que están siendo ofertadas por comunidades autónomas, están a partir de hoy claramente en la
ilegalidad? A mi grupo le interesa saber esto porque, como en tantas otras cosas, preferimos un país donde haya seguridad jurídica y respeto a las leyes y no un país donde cada uno pueda hacer lo que le plazca con tal de buscarse pretendidas
razones de solidaridad.



¿Puede afirmarse, después de lo que se va a aprobar hoy aquí, que la Generalitat catalana ha venido invadiendo competencias que no le correspondían y par las que no tiene potestad alguna, y que eso se va a reconducir inmediatamente? Me temo
que con la enmienda transaccional cualquier duda al respecto queda completamente descartada. Las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, la enmienda transaccional con el resto de los grupos, abunda en la indefinición y en la ambigüedad, y
viene a clarificar que toda la Seguridad Social en su conjunto va a ser puesta en tela de juicio y


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a revisarse por la vía de la práctica algunos de sus presupuestos esenciales, y, curiosamente, sin que nada responda ni por asomo a las recomendaciones del Pacto de Toledo, recientemente renovado, que pese a ser la hoja de ruta de cualquier
Gobierno en esta materia, están siendo materialmente aparcadas en aras de satisfacer otros intereses, otras demandas, otros compromisos.



Por tanto, mi grupo no comparte la felicidad de la que han presumido otros grupos parlamentarios en esta sesión. Creo que hoy abrimos un camino que supone una mala noticia para la solidaridad en España. La ley que reguló las pensiones no
contributivas fue una ley elaborada por un Gobierno del Partido Socialista. En ella se otorgaba la cualidad de las pensiones no contributivas como integrantes del sistema de Seguridad Social, lo que implica que son competencia del Estado. La
regulación que impulsó el Partido Popular en el año 2003 reafirmaba esta línea, delimitando con nitidez el ámbito de la Seguridad Social, tal y como le pedía el Tribunal Constitucional en su tan reiteradamente citada como parcialmente interpretada
sentencia 239 del año 2002. Si ambas pensiones, contributivas y no contributivas, son por igual Seguridad Social por decisión de esta Cámara, ¿cómo pueden defenderse ahora complementos para las no contributivas sin que al menos algunos tengamos la
sensación de que haciéndolo estamos dando carta de naturaleza a quienes, sin esperar a que ello sea así, ya están no sólo pidiendo sino también ofertando complementos a las pensiones contributivas y con ello consagrando la radical modificación de un
sistema de Seguridad Social que el ciudadano ha identificado siempre con la igualdad, con la unidad y la solidaridad y que a partir de ahora tendrá que ir identificando con otras cosas?


Señorías, hoy el desafío ya no está en el debate de las pensiones no contributivas, está claramente planteado en relación con el conjunto del sistema y, francamente, conociendo el escenario demográfico que tenemos por delante, el Grupo
Parlamentario Popular sería mucho más partidario de ponernos manos a la obra conjuntamente en adoptar medidas tendentes a garantizar la solvencia, la cohesión y la fortaleza de nuestra protección social, que otorgue fiabilidad y seguridad a los
ciudadanos, y no plantear modificaciones que hacen el juego a los que buscan su fragmentación y su disgregación. Señorías -voy terminando-, no vamos a apoyar, pues, ni el texto de la proposición de ley ni las enmiendas que se han presentado en el
día de hoy a la misma. Este no es un debate, y no puede serlo, sobre un mal menor, sino que es un debate en el que queda negro sobre blanco quién esta contribuyendo por decisión consciente o por irresponsable seguidismo a distorsionar las bases en
que se sostiene uno de los elementos de cohesión social más importantes de nuestro país, la Seguridad Social.



- PROPOSICIÓN DE LEY PARA COMPATIBILIZAR LAS PENSIONES DE INVALIDEZ EN SU MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA CON EL TRABAJO REMUNERADO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 122/000009.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos al segundo punto del orden del día: proposición de ley para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no contributiva con el trabajo remunerado. Para la defensa de las enmiendas presentadas,
tiene la palabra, en primer lugar, el portavoz del Grupo Catalán (Convergència i Unió), señor Campuzano.



El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señora presidenta, no solo voy a defender la enmienda que habíamos presentado, sino que además, si a usted le parece bien, aprovecho para posicionarme sobre el conjunto del proyecto de ley, así como de las
enmiendas que se han presentado. (La señora vicepresidenta, Cortajarena Iturrioz, ocupa la Presidencia.)


Nuestra enmienda es simplemente una enmienda técnica. Nuestro objetivo es clarificar en la exposición de motivos lo que realmente pretendíamos y creo que no va a tener problemas para el resto de los grupos. Queríamos que para la persona
discapacitada, en el caso de que fueran concurrentes la pensión no contributiva y el empleo remunerado, se hubiesen garantizado unos ingresos mínimos. Con nuestra enmienda simplemente pretendíamos clarificar esa duda o algunas dudas que se habían
producido en la interpretación de la misma.



Entrando en la globalidad de la cuestión, hemos también de recordar que ésta es una iniciativa impulsada por nuestro grupo parlamentario, que fue tomada en consideración por el Pleno del 21 de septiembre del año 2004.
Es una iniciativa en
la que veníamos trabajando desde hace ya tiempo, que había nacido de propuestas que se habían efectuado desde el ámbito de los movimientos sociales que representan al mundo de las personas con discapacidad, que además encontraba eco en otros
sectores -por ejemplo, las federaciones y asociaciones que trabajan con enfermos de sida también nos habían hablado de la necesidad de articular una política en este sentido- y otros grupos de la Cámara habían compartido en otros momentos en la
pasada legislatura la necesidad también de avanzar en esta línea.
Con esta iniciativa pretendíamos fundamentalmente romper con un tabú en el que a veces continuamos instalados, como es el de entender que las políticas de protección social, las
políticas orientadas a la asistencia social a las personas, son incompatibles con las políticas de empleo.
Quizá sin que en su momento se tuviese esa orientación, lo que es cierto es que en la práctica, al menos intuitivamente por el mundo de la
discapacidad, se entendía que la regulación de la relación entre el empleo remunerado y la pensión no contributiva no


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constituía un buen incentivo para que las personas con discapacidad -enfermos mentales, enfermos de sida- tuviesen estímulos para incorporarse al mundo del trabajo remunerado. Esa era la tesis central que justificaba la necesidad de cambiar
el sistema de juego entre la pensión no contributiva y el empleo remunerado y que por tanto aconsejaba una orientación diferente que permitiese la efectiva compatibilidad entre esa pensión y ese empleo, con unos límites determinados, pero que se
viera orientado hacia que quien hoy no trabaja estuviese trabajando.



Además lo hacíamos en un contexto en el que, a pesar de que el crecimiento del empleo de las personas con discapacidad en los últimos años ha sido significativo e importante, la realidad también era suficientemente grave. La tasa de
actividad, la tasa de empleo de las personas con discapacidad era suficientemente baja en clave española, y era más evidente esa situación en clave del conjunto de la Unión Europea, ya que éramos de los últimos Estados de la Unión Europea en cuanto
al número de personas discapacitadas con empleo, lo que justificaba la necesidad de articular nuevas políticas en este ámbito. También por una idea, si me permiten, filosófica, que creo que todos los grupos compartimos, y es que hoy, en nuestra
sociedad, aún la dignidad de las personas y la capacidad de realizarse personalmente está relacionada con poder trabajar. Aquello que garantiza a una persona la dignidad de ser persona, la autonomía, la independencia, la realización de un proyecto
personal está precisamente en el trabajo. Y en términos de objetivos sociales y políticos que podemos compartir, la aspiración al pleno empleo, la aspiración a que todo el mundo pueda ejercer su derecho a trabajar, orienta nuestras políticas
publicas, y las orienta también para las personas que padecen cualquier tipo de imposibilidad. Todas estas razones justificaban la puesta en marcha de esta iniciativa que se tomó en consideración por unanimidad de todos los grupos y que ha sido
objeto también de una discusión, especialmente con el grupo que da sustento al Gobierno, que planteaba algunas dudas razonables, pero que al final hemos podido resolver con esta enmienda que hemos ofrecido al conjunto de los grupos y que además
tiene el aval de otros dos grupos parlamentarios, como son Iniciativa per Catalunya y Esquerra Republicana, en el sentido de que esta situación tenga vigencia los cuatro años siguientes al inicio de la actividad. Dentro de cuatro años, cuando
hagamos balance de la puesta en marcha de esta medida, podremos valorar si el supuesto previo de la actual regulación de la pensión no contributiva en relación con el empleo remunerado es o no es un impedimento para que personas que hoy reciben PNC
decidan incorporarse a un trabajo, y veremos en qué condiciones eso se habrá producido. Hoy no lo sabemos, pero la medida de cuatro años es prudente, ya que marca un recorrido lo suficientemente largo como para ver si se implementa. Yo espero que
sí, espero que dentro de cuatro años podamos decir que esta medida sirve para que personas que hace cuatro años no estaban trabajando, hoy se hayan incorporado al mundo del trabajo. Por tanto, creo que ahí hemos alcanzado un buen acuerdo.



El Grupo Popular, por otro lado, nos planteaba una enmienda que yo creo que casi todos podríamos compartir, pero que nos parece que en el transcurso de esa tramitación parlamentaria nos va a costar encontrar la manera de encajarla. En los
próximos meses deberíamos trabajar para mejorar el sistema de compatibilidades, el sistema de cuantías, el tratamiento legal a la protección familiar por hijos a cargo en estos supuestos de discapacidad. Por tanto, desde la simpatía hacia la
iniciativa del Grupo Popular, nosotros no podremos apoyar esta enmienda, pero, insisto, estoy seguro que vamos a conseguir que esto se pueda resolver.



Termino, señora presidenta. Decía al inicio de mi intervención en la anterior proposición de ley, que para nosotros ésta era una mañana feliz, lo es también por esta proposición de ley y estamos seguros de que va a ser un día feliz para
todas las personas y para todas las familias con enfermos mentales, con personas con discapacidad, con enfermos de sida, que en estas últimas semanas, y en relación a esta iniciativa, habían manifestado su apoyo, su complicidad y su demanda,
convencidos de que ésta podía ser una buena iniciativa para generar empleo, para consolidar el derecho al trabajo que tienen todas las personas. Por tanto, mi grupo, desde esta satisfacción, hoy también va a pedir al conjunto de los grupos el apoyo
a esta iniciativa.



Señora presidenta, el señor Olabarría me ha dicho que tenía que ausentarse y que le permitiésemos mantener su turno para cuando se incorporase al debate parlamentario sobre posicionamiento de las enmiendas del resto de los grupos.



La señora VICEPRESIDENTA (Cortajarena Iturrioz): No hay ningún problema para que el señor Olabarría pueda participar y tomar la palabra.



Seguidamente tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Popular, el señor Burgos.



El señor BURGOS GALLEGO: El Grupo Parlamentario Popular se ha enfrentado a la tramitación de esta proposición de ley con una mentalidad muy constructiva, sin duda por el objetivo de la misma, que hemos manifestado que compartíamos, la
relevancia que para nosotros tiene seguir avanzando en medidas que favorezcan el acceso de las personas discapacitadas al empleo. A diferencia de otros debates que abundan en las discriminaciones de raíz territorial y que son la antítesis del
modelo de protección que propugnamos, aquí se trata de mejorar, de avanzar en la integración laboral y con ello también en la integración social de cualquier ciudadano que pueda encontrarse ante una especial situación que merezca protección, y ello
en razón de su efectiva situación de necesidad, no en virtud de su empadronamiento. Éstas son las medidas que a nosotros nos parecen útiles, equitativas, justas y oportunas. Dijimos en Pleno, y queremos reiterarlo, que lo


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que debía ocuparnos y preocuparnos en este debate era el hecho de que la percepción de una pensión no pudiera convertirse en algunos casos, dadas las características de la misma y la especial situación de sus perceptores, en un serio
obstáculo, a veces insalvable, para el desarrollo de una actividad lucrativa por cuenta propia o ajena. Que los beneficios personales y sociales derivados de una actividad laboral remunerada son tan evidentes que justifican el que, sin cejar en la
idea de ayudar más a quien más lo necesita, asumamos que también hay que ayudar más a quien está dispuesto a poner más de su parte por su plena incorporación al trabajo, en mayor medida si además median limitaciones físicas, psíquicas o sociales
para ello. (La señora presidenta ocupa la Presidencia.)


El Grupo Parlamentario Popular ha presentado una enmienda con otra orientación distinta a la modificación del texto que contenía la proposición de ley. Una enmienda para ofrecer la misma respuesta a dos situaciones semejantes que afectan a
las personas con discapacidad y a sus familias. No perseguimos, pues, modificar el núcleo de la medida propuesta, y mucho menos entrar en una subasta de cuantías o periodos de percepción. Las personas con discapacidad y sus problemas nos merecen
más respeto que todo esto. A nosotros nos parece del todo procedente regular de idéntico modo, por un lado, la compatibilidad de las pensiones no contributivas con el trabajo remunerado y, por otro, la compatibilidad de las asignaciones familiares
por hijo a cargo con discapacidad de la Seguridad Social con actividad remunerada. Creo que a ninguna de SS.SS.
con sensibilidad se les escapa que ambas situaciones son análogas y que a situaciones de hecho similares solo caben respuestas
equiparables. Esta posición tiene antecedentes conocidos. En la pasada legislatura, en concreto en el último periodo de sesiones de la misma, se aprobó por iniciativa del Gobierno popular y de su grupo parlamentario una modificación de la Ley
General de la Seguridad Social que supuso un primer paso a favor de la compatibilidad de las asignaciones familiares por hijo a cargo con discapacidad con los ingresos derivados de la realización de una actividad remunerada. En ese momento se
aprobó la compatibilidad de esas prestaciones hasta el límite del 75 por ciento del salario mínimo interprofesional. Lo que cabe ahora es, en el caso de prosperar la proposición de ley, darles el mismo tratamiento que a las pensiones no
contributivas. No se entendería, señorías, que estas prestaciones tuvieran regímenes de compatibilidad distintos cuando afectan a situaciones de hecho sustancialmente idénticas. No me cabe duda de que nuestra responsabilidad como legisladores
radica no sólo en aprobar leyes que intenten resolver problemas, sino en evitar que se generen discriminaciones o diferencias injustificadas e injustificables, como podría ser el caso. No creo que pueda justificarse adecuadamente introducir esta
discriminación en futuras, futuribles reformas de la protección familiar que se harán, sin duda, para mejorarla, o al menos eso esperamos, pero que no conviene que se deje para mañana lo que podemos hacer perfectamente en el día de hoy.



Estamos, con la enmienda que propone el Grupo Popular, ante una medida de indudable repercusión, por cuanto sus potenciales beneficiarios son numerosos. Los últimos datos de que disponemos, referidos a las prestaciones familiares de pago
periódico por hijo menor acogido a cargo, hablan de casi 90.000 personas mayores de dieciocho años con una discapacidad superior al 65 por ciento, y más de 55.000 con una minusvalía superior al 75 por ciento. Estamos, pues, ante una enmienda que
abre o que quiere abrir un amplio abanico de posibilidades para que esa compatibilidad alcance a numerosos ciudadanos y a sus familias, y que por lo tanto confiere a la medida una propuesta de dimensión social añadida muy relevante. Por supuesto,
qué duda cabe, esta medida cuenta con el respaldo de las organizaciones representativas del sector, y en especial del Cermi, que así nos lo ha hecho llegar en varias ocasiones, y ello nos satisface enormemente, porque ese es nuestro objetivo, ayudar
a afrontar a estas personas y a sus familias las dificultades de toda índole con las que diariamente se encuentran, sean de donde sean y vivan donde vivan.



Nuestra posición era en principio contraria a las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista -la de Convergència i Unió tenía un carácter meramente aclaratorio-, nos parecían un tanto decepcionantes y no podía dejar de
preocuparnos la valoración que le merecían al Cermi estas enmiendas. El Cermi nos trasladaba su inquietud y su alarma ante las consecuencias que para la iniciativa, la proposición de ley que hoy debatimos, podían tener, que a su juicio, insisto,
leo textualmente: desvirtúan la finalidad de la medida, dejándola en la práctica sin efectos apreciables para favorecer el acercamiento de las personas con gran discapacidad, inactivas, al mundo del trabajo.



Comprenderán, señorías, que una valoración tan contundente sobre el efecto de esas enmiendas no podía por menos que reafirmarnos en nuestra oposición a las mismas y a SS.SS., y especialmente al grupo proponente, moverle a la reflexión. Yo
creo que eso es lo que se ha producido, afortunadamente, en estas últimas horas, sin duda por el esfuerzo de la portavoz del Grupo Socialista en esta materia. Y se nos plantea una enmienda transaccional que nos sigue planteando algunas dudas, pero
que indudablemente supone un avance. Para empezar, no entendemos muy bien la terminología utilizada cuando se habla de flexibilizar la penalización.
La penalización se puede eliminar o, como parece más razonable, minorar, en función del salario
percibido, pero no entendemos que flexibilizar sea el término más adecuado, no parece que su objetivo sea ése. Más bien su vocación puede ser la de recortar o limitar el alcance de la compatibilidad. Desde luego, la limitación temporal de dos años
propuesta inicialmente suponía claramente la pérdida de la pensión transcurrido ese tiempo y suponía para nosotros de facto la práctica inutilidad del contenido de la proposición de ley. Era


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una limitación tan grande, tan insalvable, que hacía en la práctica inservible lo que estábamos debatiendo. Y además suponía una cierta contradicción que creo que queda superada por lo dispuesto en la enmienda transaccional, porque mientras
el Grupo Socialista hacía esto en el eslabón más débil de la cadena laboral, por ejemplo, por otro lado se está afirmando que se va a ampliar el tiempo de bonificación de la contratación estable, que ahora es de dos años, a cuatro. Por tanto,
creemos que la enmienda transaccional viene a situar las cosas en su justo término al generar un incentivo mayor para la contratación de las personas con discapacidad, que garantiza además una mayor vigencia de los contratos y que elimina no en
toda, pero en gran medida, las dudas sobre la bondad de la proposición de ley, de las enmiendas introducidas a la proposición de ley.



La enmienda 4, del Grupo Socialista, que también es objeto de transaccional, tiene desde nuestro punto de vista efectos igualmente lesivos para el preceptor y está claro que el referir la compatibilidad al Iprem en lugar de al salario mínimo
interprofesional lo que persigue y logra es reducir las cuantías en que pensión y salario serán compatibles.
Una reducción, señorías, de más del 10 por ciento, que en estos niveles de renta es más que significativa. Yo creo que esto es una cierta
muestra de insensibilidad y de incomprensión que nos parece un tanto injustificada, porque no creemos que esta referencia al Iprem sea la más acertada, porque la iniciativa trata de hacer compatible la pensión no contributiva con un salario, por lo
que parece más oportuno tomar como referencia el salario mínimo interprofesional.



Esto es así, a modo de ejemplo, en el Real Decreto- Ley 3/2004, para la racionalización de la regulación del salario mínimo y para el incremento de su cuantía, que establece precisamente que se mantendrá la vinculación con el salario mínimo
interprofesional en los casos en que se trata de favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad.
Igualmente, al referirse a pensiones o protección familiar, el Real Decreto-Ley mantiene la vinculación con el salario mínimo, por
ejemplo, para determinar los requisitos de acceso y, en su caso, el mantenimiento de las pensiones de viudedad, de orfandad, prestaciones a favor de familiares, prestaciones familiares por nacimiento o adopción del tercer hijo, etcétera. Sin
embargo, sin atender a estos precedentes, se sacan de la maga, permítanme la expresión, esta referencia al Iprem, que saben perfectamente que supone una gratuita e incomprensible rebaja del alcance de la medida que contempla el texto de la
proposición de ley.



En todo caso, la transaccional, que cuenta con el apoyo de otros grupos, supone un cierto avance sobre lo existente actualmente, y por tanto vamos a apoyar la misma. Señorías, bien es verdad que cada vez sabemos más sobre los factores que
inciden en las situaciones de las personas con discapacidad, pero ese mayor conocimiento no siempre, no en todas las ocasiones guía nuestras estrategias y acompaña nuestras prácticas. Hoy tenemos una oportunidad real de que eso no sea así, de que
seamos capaces de enfatizar entre todos la importancia del empleo para estas personas y la acción tan positiva como sea posible en el acceso al mismo, de que seamos capaces de realzar la importancia decisiva que el acceso al empleo tiene en el
proceso en general de integración y que actuemos en consecuencia, y de que establezcamos con claridad que el empleo ordinario es el paradigma que tenemos que perseguir y que el empleo protegido es solo una alternativa. Por ello, esta compatibilidad
que hoy vamos a aprobar, no con el alcance que al Grupo Parlamentario Popular le gustaría, al menos orienta eficazmente los recursos y está justificada y bien empleada. Hoy no buscamos aquí beneficencia coyuntural, a la que tan aficionados parecen
algunos, sino apoyo firme y continuado. Es un avance y, como tal avance, lo juzgamos positivo y lo vamos a respaldar.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra la señora Sánchez.



La señora SÁNCHEZ RUBIO: En primer lugar, puesto que ya se han manifestado tanto el Partido Popular como Convergència i Unió, quiero agradecer ese planteamiento. Yo creo que en beneficio de la integración laboral de las personas con
discapacidad hoy vamos a adoptar aquí una medida satisfactoria y además con criterio de cierta unanimidad, aunque haya matices diferenciadores. Esta proposición de ley de Convergència i Unió, que, como bien saben, pretende compatibilizar la pensión
no contributiva de invalidez y el trabajo remunerado, de alguna forma genera alguna incertidumbre porque puede establecer algún precedente que distorsione el sistema de pensiones. Por ello, nuestras enmiendas han ido encaminadas, por un lado, a
conseguir el objetivo previsto, que era incentivar y facilitar la incorporación a la vida laboral activa de las personas con discapacidad que perciben esta pensión, y, por otro lado, a evitar o atenuar que se produzca esa distorsión del sistema de
pensiones de la Seguridad Social.



Las dificultades que las personas discapacitadas tienen para incorporarse laboralmente se van a ver atenuadas si los preceptores de estas pensiones pueden compatibilizar las mismas con los ingresos del trabajo -y de ahí una de nuestras
enmiendas transaccionales- hasta un determinado límite de renta que debe ser suficiente para estimular la incorporación laboral. La propuesta que hacemos, que es 1,5 por ciento del Iprem, la referimos al Iprem porque, tal como está regulado en la
Ley 3/2004, de 25 de junio, de racionalización y regulación del salario mínimo interprofesional, el tema de las pensiones queda referido al Imprem, lo que supone un incremento respecto a la propuesta inicial, referida al salario mínimo. El salario
mínimo actualmente está en 513 euros/mes. El 1,5 del Iprem son 704,7 euros/mes. Entendemos que, es una cuantía suficiente para estimular esa incorporación laboral.



Esta compatibilidad también la debemos realizar, como comentaba antes, cuidando que no se produzcan


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distorsiones en el sistema público de pensiones y por lo tanto hay que poner límite en el tiempo y en las condiciones. Un tiempo suficiente para estabilizar la actividad laboral iniciada, que entendemos nosotros que cuatro años podría ser
suficiente y que después se podrá valorar, como bien comentaba antes el representante de Convergència i Unió. Y ser pensionista de invalidez no contributiva con anterioridad al inicio de la actividad laboral, ya que no podemos entender la pensión
no contributiva de invalidez como un complemento de un salario; en este caso lo entenderíamos como un instrumento y una medida más para la integración en la vida laboral de las personas con incapacidad. Al igual que manifesté cuando debatíamos en
torno a la toma en consideración de esta proposición de ley, yo creo que hay que dejar claro que el Grupo Socialista entiende esta medida como una medida más dentro de las medidas globales de acción positiva que desde el Gobierno se están adoptando
para la inserción laboral de las personas con discapacidad en el mercado normalizado.



Respecto a la enmienda del Grupo Popular, nosotros vamos a rechazarla porque disentimos del representante del Grupo Popular, ya que entendemos que son totalmente diferentes, porque para tener derecho a la pensión no contributiva de invalidez
es necesario carecer de rentas superiores a unos límites establecidos previamente, en tanto que la protección familiar para percibirla no tiene límite de rentas. La pensión no contributiva de invalidez es compatible con la percepción de otras
rentas siempre que no sobrepase el límite de los ingresos de la pensión, en tanto que en la protección familiar se estableció el límite del 75 por ciento del salario mínimo. En la pensión no contributiva de invalidez el perceptor es el causante, la
persona discapacitada, en tanto que en la protección familiar el perceptor es la familia, en tanto que protege al hijo. Estamos hablando de una ley que incentiva la incorporación laboral y la autonomía de la persona discapacitada, y no que se
tengan que mantener en torno la familia.



Por otro lado, creemos que esa dificultad de acceso queda perfectamente resuelta desde el momento en que, aunque estamos ante situaciones diferentes, los tratamientos serían diferentes; la proposición de ley que hoy estamos planteando aquí
no impide que aquellas personas discapacitadas cuyos padres estén cobrando la protección familiar por estar a su cargo, opten a la pensión no contributiva de invalidez siempre que reúnan y cumplan los requisitos de renta. Por lo tanto se
beneficiarían de las medidas que se van a establecer en esta proposición de ley en igualdad de condiciones y no se establecerían situaciones de clara injusticia, puesto que hay que evitar en la medida de lo posible que se produzcan o incentiven
situaciones de manifiesta desigualdad social en el tratamiento de una pensión y una prestación que tienen origen y tratamiento diferente.



Otro tema diferente es el de la protección familiar en sí misma. El Gobierno tiene como prioridad abordar el tratamiento, tanto en porcentaje de incremento de la prestación, como, y lo ha puesto de manifiesto ahora para 2005, en el
incremento de las pensiones. El Grupo Parlamentario Socialista entiende la necesidad de abordar reformas en la protección familiar acordes a la nueva realidad familiar y de reordenar sucesivas reformas que han desfigurado esta prestación. Desde el
Grupo Popular se reformaba la prestación para favorecer la protección, y además con toda la buena voluntad, como bien ha comentado su portavoz, a la que vez que se hacía incompatible la protección familiar con la pensión de orfandad.
Una manifiesta
incoherencia que yo no dudo que estaría basada en la buena voluntad y que después se corrigió con un decreto, pero no es más que un decreto ante la modificación de una ley, lo que hace que nos planteemos como una necesidad abordar esta reforma
mencionada. Por otro lado, el Grupo Popular también rechazó la enmienda 42 al proyecto de ley de disposición específica en materia de Seguridad Social, hoy Ley 53/2003, que pretendía una medida similar, presentada por Convergència i Unió, a la que
hoy tenemos aquí, es decir, que esta medida ya fue en su día rechazada.



Por tanto, yo creo que es un avance. Son dos temas totalmente diferentes y nos debemos felicitar porque este avance supone de hecho un punto de partida de la pensión de invalidez, en este caso de la no contributiva, pero que también podía
ser de la contributiva, con un concepto que en este país no se ha utilizado habitualmente y que es de bastante uso en países de nuestro entorno, que es el concepto rehabilitador de la pensión de invalidez. Aquí se tiene la idea de que la pensión de
invalidez es una pensión, podríamos decir, vitalicia, cuando hay que tener una idea rehabilitadora, de nueva incorporación, tanto laboral como social, al mundo normalizado del trabajo del pensionista de invalidez, en este caso no contributivo.



Por ello, yo creo que estamos de enhorabuena, iniciamos un camino interesante que posiblemente se podría hacer extensivo a otro tipo de medidas.



La señora PRESIDENTA: ¿Grupos que desean intervenir para fijar posición? (Pausa.) El señor Olabarría, por el Grupo Parlamentario Vasco.



El señor OLABARRÍA MUÑOZ: No voy a abusar de su magnanimidad concediéndome el uso de la palabra sin haber estado presente en el debate interviniendo in extenso; o sea, que lo voy a hacer muy brevemente. Yo creo que lo más pertinente se ha
dicho ya. Esto es un avance para las personas que perciben la pensión de invalidez en su modalidad no contributiva.
Honestamente, tengo que decirle a la representante del Partido Socialista que nos gustaba más el texto original presentado por el
Grupo de Convergència i Unió, impregnado de la filosofía progresista que caracteriza casi todas sus propuestas. Nos preocupa que se establezca una limitación temporal de cuatro años. Siempre es un criterio la determinación de un ámbito temporal,
de una relación temporal o de una identificación temporal, a efectos de


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saber cuándo se ha consolidado o estabilizado una actividad, la actividad lucrativa que se desarrolla complementariamente a la percepción de la pensión. No vemos este límite. ¿Cuáles son los elementos? No ha podido haber ninguno objetivo.
¿Cuáles son los elementos que han servido para identificar este límite?


La referencia al Iprem me parece obvia. Es un requerimiento legal, como la portavoz del Grupo Socialista ha comentado, previsto en el Real Decreto Ley 3/2004. En todo caso, con esta pequeña reserva de la limitación temporal de la
compatibilización de la cuantía entre la pensión no contributiva de invalidez y una actividad de carácter lucrativo, que no la terminamos de comprender, puesto que el grupo proponente además ha decidido aceptar la enmienda, no vamos a ser nosotros
más papistas que el que el grupo proponente y vamos a sumarnos al consenso.



Es un buen día. Es un avance modesto, pero es un avance más desde la perspectiva de solidaridad y de atención a los requerimientos previstos en el artículo 41 de la Constitución. O sea, que todos nos podemos felicitar, señora presidenta.
Gracias de nuevo por la benevolencia en el uso de la palabra, que ha sido más extenso de lo que presumiblemente tenía que haber sido.



La señora PRESIDENTA: Hemos concluido el debate. Como la hora prevista para la votación estaba fijada a las doce y media, vamos a hacer un receso y nos reunimos aquí para votación a las doce y veinte, si les parece y bien. (Pausa.)


Vamos a dar comienzo a la votación en los términos acordados.



Primer punto del orden del día: proposición de ley de derogación de la prohibición a las comunidades autónomas de complementos de las pensiones.
En primer lugar, vamos a votar la enmienda número 3, del Grupo Socialista, en los términos
resultantes de la transaccional que creo tienen todos los grupos parlamentarios y que ha sido distribuida a sus señorías.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Resto de las enmiendas.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Informe de la ponencia con las modificaciones incorporadas, para pasar a ser dictamen de la Comisión.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Pasamos al segundo punto del orden día: proposición de ley para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no contributiva con el trabajo remunerado. En primer lugar, votamos las enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i
Unió).



La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Hay una transacional.



La señora PRESIDENTA: Bien, votamos la enmienda del Grupo Catalán (Convergència i Unió), en los términos de la transacional.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; 15 abstenciones.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



En segundo lugar, enmienda del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; votos en contra, 21.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



En tercer lugar, enmiendas del Grupo Socialista en los términos resultantes de la transacción propuesta, que también ha sido distribuida a los distintos grupos. Votamos la enmienda transaccional.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Votamos el informe de la ponencia con las modificaciones incorporadas para ya convertirse en dictamen de la Comisión.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



Señorías, recuerdo que la proposición de ley ha sido aprobado con competencia legislativa plena, por tanto pasa al Senado para completar el recorrido legislativo. Muchas gracias por su colaboración.



Se levanta la sesión.



Eran las doce y treinta y cinco minutos del mediodía.