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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 458, de 27/06/2003
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCION CORTES GENERALES


VII LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


27 de junio de 2003


Núm. 458



Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY/MOCIONES


Comisión Mixta para la Unión Europea


161/002180 (CD) 663/000115 (S) Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la construcción y el futuro de Europa.



La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia:


(161) Proposición no de Ley en Comisión


AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Proposición no de Ley sobre la construcción y el futuro de Europa.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión y entendiendo que es la Comisión Mixta para la Unión Europea la que insta al Gobierno a la adopción de las medidas oportunas, admitirla a trámite como Proposición no de Ley,
conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la citada Comisión. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, comunicando este acuerdo al
Senado.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación.



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2003.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Luisa Fernanda Rudi Úbeda.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente Proposición no de Ley, sobre la construcción y el futuro de
Europa, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


El éxito del proyecto europeo, que ya en sus inicios fue una respuesta a la creciente internacionalización, es ahora una condición necesaria para gestionar la complejidad de los retos políticos, económicos y sociales que la globalización
plantea.



Buscamos una Europa mejor. La inminente ampliación, exige una reforma profunda de la Unión Europea. Al esfuerzo de los países candidatos para transformarse en Estados democráticos de Derecho y para adaptar sus estructuras a los
requerimientos de la economía de mercado, la Unión intenta responder adecuándose a la realidad de una Europa de 25 o más miembros.



El éxito en la puesta en circulación del euro, los avances registrados en la construcción del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia, la iniciación de una política europea de Defensa o el impulso de la modernización económica y social han
marcado ya el objetivo


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de una Europa no sólo más extensa, sino también más integrada.



Los nuevos escenarios interiores y exteriores en que debe avanzar la construcción europea y, particularmente, la necesidad de volver a definir el papel de Europa y de los europeos en un mundo transformado, exigen un nuevo marco de
proporciones adecuadas, dotado del contenido, de la estructura y de los medios idóneos para garantizar su eficacia.



Los Jefes de Estado y de Gobierno propusieron en Niza en diciembre de 2000 ese objetivo y, a la vez, el de dotar de mayor representatividad a las Instituciones de la Unión ampliada. En Laeken, en diciembre de 2001, convencidos de que la
nueva etapa requería un nuevo método para la reforma de las bases jurídicas e institucionales, convocaron una Convención que, siguiendo el modelo utilizado para la elaboración de la Carta Europea de Derechos Fundamentales, pudiera preparar, con las
máximas garantías de participación y transparencia, la próxima Conferencia Intergubernamental (2004), a la que corresponde adoptar el acuerdo sobre la reforma.



El proceso se completará con la ratificación de los Parlamentos nacionales, pero la trascendencia de este paso decisivo para el futuro de Europa aconseja despejar cualquier duda respecto al respaldo de los ciudadanos.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a seguir contribuyendo al éxito de la próxima Conferencia Intergubernamental, para seguir generando confianza en el proyecto mediante el cual los europeos hemos decidido preservar nuestros
valores, solucionar nuestras discrepancias, articular un espacio de libertad y desarrollar una común realidad política, económica y social mediante el apoyo a los siguientes criterios y medidas en torno a cinco materias:


1. En materia de Criterios e Instrumentos políticos:


1.1 Proponer que el instrumento en que cristalice la reforma se someta a referéndum, que podría celebrarse al mismo tiempo que las próximas elecciones europeas.



1.2 Reafirmar la vigencia de los criterios fundacionales que han sustentado la construcción europea y que han permitido los decisivos avances de los últimos años hacia la unión política y el establecimiento de vías efectivas de cooperación
en los ámbitos de la política social, el empleo, el asilo, la migración, la policía y la justicia. De este modo se asegurará que las necesarias apuestas ante el futuro no menoscaben la consolidación del acervo laboriosamente acumulado ni modifiquen
esencialmente un método de integración progresiva, cuya eficacia está comprobada.



1.3 Preservar el sistema flexible, inherente a la concepción dinámica de la construcción europea, que, enfocada a la consecución de unos objetivos y unos fines comunes, ha hecho posible un progreso continuado.



1.4 Incorporar la Carta Europea de Derechos Fundamentales al futuro Tratado constitucional con pleno valor jurídico, habilitando, además, a la Unión para adherirse en el futuro al Convenio de Roma de protección de los derechos y libertades.



1.5 Primar, en el correspondiente procedimiento legislativo, la aplicación de la codecisión y del voto por mayoría cualificada, con una mayor implicación de los Parlamentos Nacionales, compartiendo en determinados casos el derecho de
iniciativa entre la Comisión y los Estados Miembros.



2. En materia de Instrumentos Económicos:


2.1 Confirmar el objetivo principal del Sistema Europeo de Bancos Centrales de mantener la estabilidad de precios y de apoyar las políticas económicas generales de la Comunidad. Los Estados miembros deben esforzarse en considerar las
políticas económicas como asunto de interés común para contribuir a los objetivos de la Unión, con el fin de hacer frente a eventuales crisis asimétricas y de evitar, en lo posible, políticas unilaterales.



2.2 Reafirmar, además, la exigencia absoluta de mantener la estabilidad presupuestaria, y el objetivo de que el déficit público no supere el límite del 3 por 100 del PIB fijado en Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea y recogido en el
Pacto de Estabilidad y Crecimiento, y alcanzar el equilibrio presupuestario en un corto plazo.



2.3 Mantener el carácter informal del Eurogrupo como foro exclusivo de diálogo entre los países Euro, la Comisión Europea y el BCE; y aumentar la visibilidad del Eurogrupo a través del nombramiento de un Presidente por un período de dos
años.



2.4 Ampliar el número de supuestos en los que el voto debe de estar restringido en el Consejo a los Estados Miembros que participan en la moneda única.



2.5 Orientar la política económica y la política social coordinadamente hacia la consecución de los objetivos recogidos en el art. 2 del TCE, entre los cuales se incluye promover un alto nivel de empleo. Los fines de la política social han
de integrarse en la política económica, cuyas grandes orientaciones constituyen el instrumento central de coordinación.



2.6 Reforzar la representación externa de la zona euro a través de la consecución de una voz única en los foros internacionales como Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional y el G-7. Cada país debería mantener un peso equivalente a su
peso relativo en la zona euro.



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3. En materia de Acción Exterior y Defensa:


3.1 Proponer nuevas estructuras y procedimientos que alienten y permitan el desarrollo efectivo de la voluntad política para realizar cambios institucionales y para ello:


3.1.1 Definir mejor en el futuro Tratado los objetivos, intereses y principios de la acción exterior de la Unión.



3.1.2 Llevar hasta las últimas consecuencias la lógica, de las decisiones adoptadas en el Consejo Europeo de Sevilla, separando en dos formaciones distintas el actual Consejo de Asuntos Generales y de Relaciones Exteriores.



3.1.3 Consolidar la mayoría cualificada como regla para la adopción de decisiones, atemperada por mecanismos, como el freno de emergencia o la abstención constructiva, para que ningún Estado miembro pueda quedar en minoría en aquellos
asuntos que afecten a sus intereses vitales ni se vea obligado a participar en operaciones contra su voluntad.



3.2 Lograr una mayor coordinación y coherencia en la acción exterior, para lo cual es preciso crear la figura de un Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión que podría ser nombrado, mediante mayoría cualificada por el Consejo Europeo, de
acuerdo con el Presidente de la Comisión.



3.3 Con la perspectiva de una Unión dotada de personalidad jurídica internacional, convertir las delegaciones de la Comisión en delegaciones de la Unión, incluyendo funcionarios de la Unión y personal en Comisión de los servicios exteriores
nacionales.



3.4 Crear y reforzar aquellos mecanismos que permitan una adecuada coordinación y cooperación entre el servicio exterior de la Unión y los servicios diplomáticos de los Estados miembros, para llegar así al establecimiento de una Escuela
Diplomática Común, que puede contribuir al desarrollo de una formación complementaria que enfatice los valores y principios comunes para lograr una mentalidad estratégica y administrativa europea.



3.5 Ampliar el rango de misiones de gestión de crisis de la Unión Europea (misiones Petersberg), incluyendo expresamente como objetivo de la política de seguridad y defensa común la lucha contra el terrorismo y contra las amenazas planteadas
por las armas de destrucción masiva.



3.6 Extender al ámbito de la Defensa el mecanismo de cooperación reforzada, con el fin de que los Estados miembros que deseen progresar más decididamente en materia de seguridad y defensa puedan cooperar para potenciar y armonizar sus
capacidades militares a fin de responder más eficazmente a las necesidades operativas de la Unión. A esto contribuiría igualmente la creación de una Agencia Europea de Armamentos.



3.7 Incluir en el nuevo Tratado de la Unión una cláusula de defensa colectiva ante agresiones armadas dentro del territorio de los Estados miembros, que estaría abierta a aquellos países que deseen optar a ella y permitiría la adhesión
progresiva de otros que posteriormente deseen suscribirse a la misma.



4. En materia de Justicia:


4.1 La construcción de un auténtico espacio europeo de justicia, evitando que la delincuencia y, en particular, el terrorismo y el crimen organizado, encuentre la forma de aprovecharse de las diferencias existentes entre los sistemas
judiciales de los Estados miembros para eludir la acción de la justicia y que la incompatibilidad o la complejidad de los sistemas jurídicos y administrativos de los Estados miembros impidan a los ciudadanos ejercer sus derechos, abriendo asimismo
cauces a la cooperación necesaria para el desarrollo de las libertades y de los derechos reconocidos en el marco del Tratado.



4.2 Sobre la base del principio de confianza mutua entre los sistemas jurídicos y jurisdiccionales de los Estados miembros, consagrar en el futuro Tratado, como un principio constitucional, el reconocimiento mutuo de las decisiones
judiciales, teniendo como objetivo alcanzar la libre circulación de decisiones judiciales y extrajudiciales.



4.3 Avanzar en la armonización de las legislaciones nacionales tanto de carácter procesal como material, para alcanzar una mayor convergencia de los sistemas jurídicos y jurisdiccionales de los Estados miembros.



4.4 En el ámbito operativo, hay que profundizar en el desarrollo de la cooperación judicial, a través del impulso a nuevos instrumentos de cooperación que incrementen su eficacia, y dotando de mayores competencias y responsabilidades a
Eurojust, cuya coordinación ha de reforzarse.



5. En materia de Instituciones y sus ámbitos:


5.1 Concentrar la actuación de la Unión en aquellos ámbitos en los que aporte un auténtico valor añadido respecto a la de los Estados miembros, donde éstos no puedan satisfacer eficazmente las demandas de sus ciudadanos.



5.2 Reforzar la participación del Comité de las Regiones, llamado a desempeñar para la vida diaria de la Unión un papel preponderante en la asociación de los poderes regionales y locales, en el procedimiento legislativo, y reconocer su
derecho a impugnar ante el Tribunal de Justicia los actos que vulneren sus prerrogativas o el principio de subsidiariedad.



5.3 Fundar el reparto de competencias entre la Unión y sus Estados miembros en criterios de eficacia, asegurando el cumplimiento de los objetivos de la Unión. La clasificación en categorías competenciales


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(exclusivas de la Unión, compartidas y complementarias de las de los Estados miembros) no debe establecerse en compartimentos estancos, en catálogos rígidos que puedan paralizar la acción de la Unión e impedir su desarrollo.



5.4 Simplificar los instrumentos e integrar los llamados tres 'pilares' de la Unión, sin perjuicio de que se puedan conservar algunas características, específicas en determinados ámbitos, como la política exterior y de seguridad. Es
preciso, además, utilizar denominaciones más comprensibles y fácilmente identificables, como leyes y reglamentos. Ello permitiría establecer igualmente un sistema de jerarquía entre las distintas normas, en beneficio de la seguridad jurídica y de
la comprensión del Derecho de la Unión por parte de los ciudadanos.



5.5 Respecto a los procedimientos legislativos, consideramos que el Tratado debe reconocer explícitamente que la codecisión será el procedimiento ordinario, con la excepción expresa para los temas de la Unión Económica y Monetaria (UEM), y
que las decisiones se adoptarán por mayoría cualificada y no por unanimidad, como regla general, compatible con determinadas excepciones, especialmente en ámbitos que requieren la ratificación por parte de los Estados Miembros. La extensión de la
mayoría cualificada llevará implícita la necesidad de garantizar el principio de representatividad.



5.6 Ampliarse los poderes del Parlamento aplicando el procedimiento de codecisión a nuevos ámbitos y la participación en la planificación y ejecución del programa estratégico del Consejo Europeo.



5.7 Apoyar una Comisión, como Institución fuerte e independiente, que vea reforzado su derecho de iniciativa en todas las materias que sean competencia de la Unión y que continúe siendo el motor de la integración, la defensora del acervo, la
guardiana de los Tratados y la garante del interés general. Reforzar así mismo, las competencias de la Comisión, atribuyéndole la facultad de aprobar la legislación delegada y extendiendo el método comunitario al conjunto de las cuestiones de
Justicia e Interior (salvo la cooperación en materia policial). La Comisión habrá de ser un órgano ágil y dinámico, por lo que apoyamos los esfuerzos de la Convención en tal sentido.



5.8 Elegir al Presidente de la Comisión, con el objeto de obtener mayor respaldo político en la escena europea, proponemos que sea elegido por el Parlamento Europeo, a propuesta del Consejo Europeo. Éste decidirá por mayoría cualificada,
teniendo en cuenta los resultados de las elecciones europeas.



5.9 Sustituir el sistema de Presidencias rotatorias semestrales por otro de Presidencias en equipo, en el que cinco Estados desempeñarían una Presidencia colectiva durante un período de dos años coincidiendo con la duración de los programas
plurianuales estratégicos cuyo establecimiento se acordó en el Consejo Europeo de Sevilla de junio de 2002.



5.10 Reforzar el Tribunal de Justicia, para garantizar que la futura Unión siga siendo 'una comunidad de derecho', en expresión feliz del Tribunal de Justicia de Luxemburgo.



5.11 Los Parlamentos nacionales, como representantes de la soberanía de cada una de nuestras naciones, constituyen la primera fuente de legitimidad y, por tanto, de control democrático. Las cámaras legislativas nacionales habrán de
participar activamente en los trabajos de la Unión Europea, sobre todo con un control eficaz de la actuación de los respectivos Gobiernos nacionales. Les correspondería, asimismo, un papel fundamental en la vigilancia del respeto al principio de
subsidiariedad, mediante un procedimiento de alerta temprana para garantizar dicho respeto por parte de la Comisión al formular ésta sus propuestas.



5.12 Diseñar el cometido de los Parlamentos nacionales, en el marco del procedimiento decisorio, por medio de un protocolo anejo al Tratado Constitucional que constituiría una auténtica Carta de las cámaras legislativas de cada nación.



La adopción de una 'Carta de los Parlamentos nacionales' podría reforzar y contribuir a la institucionalización del papel que éstos deban desempeñar en la Unión. Entre otras materias, podría regularse en ella la aprobación de las Cámaras de
los Estados miembros, como requisito para que la Unión pudiera asumir competencias sin que los Tratados las hubieran reconocido previamente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de junio de 2003.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.