Ruta de navegació

Publicacions

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 607, de 21/10/2003
PDF




BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


VII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de octubre de 2003


Núm. 607



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


042/000003 Calendario de sesiones de la Comisión de Control Parlamentario de RTVE para la presentación y contestación de preguntas orales por el Consejo de Administración del Ente Público RTVE o por la Dirección General del mismo en el
período septiembre-diciembre de 2003.
Modificación ... (Página 3)


SECRETARÍA GENERAL


292/000020 Convocatoria de 14 de octubre de 2003 de becas para la formación práctica de archiveros, bibliotecarios y documentalistas ...
(Página 3)


Control sobre las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley


DECRETOS-LEYES


130/000040 Real Decreto-Ley 5/2003, de 19 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños producidos por las inundaciones y la tormenta de granizo acaecidas el día 16 de agosto de 2003 en la localidad de Alcañiz
(Teruel). Convalidación ... (Página 6)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000809 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción de proyectos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con Instituciones y Organizaciones no Gubernamentales para la
inclusión de programas que eviten el racismo y fomenten la solidaridad. Enmiendas ... (Página 11)


Aprobación con modificaciones ... (Página 12)


Página 2



162/000822 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la supresión del sistema de peajes en las carreteras radiales de acceso a Madrid (R-II, R-III, R-IV y R-V). Rechazo por el Pleno de la Cámara así
como enmiendas formuladas ... (Página 13)


Comisión de Medio Ambiente


161/002124 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el dragado de la ría de Punta Umbría, en la provincia de Huelva. Desestimación ... (Página 13)


161/002228 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), por la que se insta al Gobierno a impulsar un plan de lucha, control y erradicación de las especies invasoras exóticas que proliferan en
los ecosistemas del Estado. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página 14)


161/002252 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la licitación de la II Fase de la desaladora de agua del mar de Carboneras. Desestimación ... (Página 14)


161/002260 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la adopción de las medidas oportunas para acometer la urgente limpieza y depuración del Mar Menor (Murcia). Aprobación con modificaciones así como
enmienda formulada ... (Página 14)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000318 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el continuado, grave y reiterado incremento de la inseguridad ciudadana en España ... (Página 15)


172/000319 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre medidas de política general para mejorar los sistemas de acceso y tratamiento de la información policial por parte de las distintas Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad ... (Página 16)


172/000320 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre medidas a tomar para reducir y limitar la precariedad, la temporalidad y la subcontratación en el empleo ...
(Página
17)



MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000227 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre devolución de la dignidad a los familiares de los fusilados durante el franquismo y a las víctimas de la dictadura. Rechazo por el
Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas ... (Página 18)


173/000228 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre política en materia de vivienda.
Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas ...
href='#(Página20)'>(Página 20)


173/000229 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre criterios del Gobierno en política tributaria. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmiendas
formuladas ... (Página 20)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/055760 181/003948 Pregunta para respuesta escrita formulada por la Diputada doña Teresa Cunillera i Mestres (GS), sobre irregularidades detectadas en los expedientes tramitados en la Oficina de Extranjería de Lleida. Conversión en
pregunta para respuesta oral en la Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas ... (Página 21)


Página 3



COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


042/000003


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de la fecha, ha acordado, oídos los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, modificar el calendario de sesiones de la Comisión de Control Parlamentario de RTVE para el período de sesiones
septiembre-diciembre 2003, en el sentido de sustituir la semana del 28 al 30 de octubre, inicialmente prevista, por la semana del 4 al 6 de noviembre de 2003, por lo que las preguntas correspondientes se deberán presentar en el Registro de la Cámara
en la semana inmediatamente anterior a la del 4 de noviembre, es decir, del 28 al 30 de octubre.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



SECRETARÍA GENERAL


292/000020


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, en uso de las atribuciones conferidas por delegación de la Excma. Sra.
Presidenta del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en la Sección Congreso de
los Diputados del BOCG del acuerdo de 14 de octubre de 2003 de la Mesa del Congreso de los Diputados de convocatoria de becas para la formación práctica de Archiveros, Bibliotecarios y Documentalistas.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



ACUERDO DE 14 DE OCTUBRE DE 2003 DE LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS DE CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA FORMACIÓN PRÁCTICA DE ARCHIVEROS,


BIBLIOTECARIOS Y DOCUMENTALISTAS


En el ámbito de sus actividades destinadas a difundir el conocimiento de las instituciones parlamentarias, el Congreso de los Diputados, por acuerdo de la Mesa de la Cámara de 14 de octubre de 2003, convoca el presente concurso con el fin de
adjudicar 12 becas individuales para la realización de estudios y trabajos de carácter archivístico, bibliotecario y documental, relacionados con el Parlamento y las Asambleas deliberantes, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.



Primera. Objeto.



El Congreso de los Diputados convoca 12 becas individuales para realizar los trabajos o estudios de carácter archivístico, bibliotecario y documental relacionados con la actividad parlamentaria y con la documentación obrante en la Cámara,
que encomiende la Dirección de Estudios y Documentación. Los estudios y trabajos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.



De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se
refiere el apartado 4 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.



Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.



Segunda. Duración y cuantía.



1. Cada una de las 12 becas tendrá una duración de veinticuatro meses y su cuantía total será de diez mil ochocientos seis euros (10.806) brutos cada año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 900,5 euros.
El Congreso de los
Diputados contratará un seguro de accidentes y de enfermedad para cada uno de los becarios por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuvieran cubiertas estas contingencias, y dentro de los requisitos y condiciones propios de
este tipo de contratos.
Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2005 y serán indivisibles e improrrogables; además serán incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo período.



2. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Cámara.



Página 4



Tercera. Jurado.



1. Las becas se concederán por la Mesa del Congreso de los Diputados, a propuesta de un jurado integrado por el Presidente de la Cámara o Vicepresidente en quien delegue, que lo presidirá; un Secretario de la Mesa, el Director de Estudios
y Documentación, un Jefe de Departamento de la Dirección de Estudios y Documentación y un Archivero-Bibliotecario del mismo Departamento, que actuará como Secretario. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos.



2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el jurado se reunirá para examinarlas y elevar la propuesta a la Mesa para su aprobación. Se levantará acta de sus acuerdos, con la firma del Secretario y el visto bueno de su
Presidente.



3. El jurado propondrá asimismo treinta suplentes para el caso de renuncia o no justificación de requisitos y méritos de los adjudicatarios.



4. El concurso puede declararse total o parcialmente desierto cuando los solicitantes no reúnan las condiciones que el jurado estime idóneas para su adjudicación.



Cuarta. Condiciones de los solicitantes.



1. Pueden solicitar la concesión de beca los licenciados universitarios españoles que reúnan las siguientes condiciones:


a) Haber obtenido la licenciatura en los cinco años anteriores a la fecha de la publicación oficial de esta convocatoria.



b) Acreditar preparación teórica en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales.



c) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del Congreso de los Diputados de las mismas características.



2. Los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier ente territorial.



3. Los solicitantes pueden ser sometidos a pruebas para comprobar que su preparación en biblioteconomía, archivística o documentación les sitúa en condiciones de adquirir una formación práctica sólida. Asimismo, pueden ser sometidos a
pruebas de conocimiento de idiomas y de otros méritos alegados.



4. A los efectos previstos en el apartado anterior, el jurado podrá adoptar las medidas necesarias para adaptar la realización de las pruebas por parte de las personas discapacitadas que así lo hubieran hecho constar en su instancia,
siempre que no se altere el contenido y la finalidad de las mismas y se respete el principio de igualdad de oportunidades.



Quinta. Solicitudes.



1. Los solicitantes deben presentar una instancia dirigida a la Secretaria General del Congreso de los Diputados dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el
Registro de la Secretaría General (calle de Floridablanca s/n, 2.ª planta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10 a 14 horas y de 17 a 20 horas, de lunes a viernes, y los sábados de 10 a 14 horas.



2. La instancia deberá incluir relación de méritos que se alegan, a cuyo efecto será imprescindible adoptar el esquema del modelo que figura en el anejo. Asimismo, debe adjuntarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad.



3. Los aspirantes deberán presentar justificación fehaciente de los méritos alegados que les reclame el jurado.



4. Los aspirantes seleccionados deberán presentar en un plazo de diez días. siguientes a su nombramiento y, en todo caso, antes de la toma de posesión, fotocopia compulsada de su título universitario (anverso y reverso) y certificación
acreditativa de no padecer enfermedad contagiosa o defecto físico que impida la realización de los estudios y trabajos que implica la aceptación de la beca.



Sexta. Obligaciones del becario.



1. La aceptación de la beca implica el compromiso de cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten consecuencia de la misma y comenzar el disfrute de la beca el día que se señale.



2. El becario llevará a cabo las tareas que se le encomienden en alguna de las dependencias de los Departamentos de Documentación, Biblioteca y Archivo a la que esté adscrito. Las prácticas tendrán una duración de treinta y cinco horas
semanales y se desarrollarán con sujeción a las normas sobre horarios del Congreso de los Diputados.



3. El Congreso se reserva el derecho de suspender la beca en el supuesto de que el becario no realizara los trabajos para su formación práctica en condiciones satisfactorias.



4. El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar lugar a la privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Luisa Fernanda Rudi Úbeda.



Página 5



ANEJO


Modelo de instancia para la convocatoria de becas para la formación práctica de Archiveros, Bibliotecarios y Documentalistas del Congreso de los Diputados


[**********página con cuadro**********]


Página 6



CONTROL SOBRE LAS DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON FUERZA DE LEY


DECRETOS-LEYES


130/000040


Se publica a continuación el Real Decreto-Ley 5/2003, de 19 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños producidos por las inundaciones y la tormenta de granizo acaecidas el día 16 de agosto de 2003 en la
localidad de Alcañiz (Teruel).



En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, dicho Real Decreto-Ley fue sometido a debate y votación de totalidad por el Congreso de los Diputados en su sesión del día de hoy, en la que se acordó su convalidación.



Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



REAL DECRETO LEY 5/2003, DE 19 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES PARA REPARAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS INUNDACIONES Y LA TORMENTA DE GRANIZO ACAECIDAS EL DÍA 16 DE AGOSTO DE 2003 EN LA LOCALIDAD DE


ALCAÑIZ (TERUEL)


Tras confluir una serie de fenómenos atmosféricos, el pasado día 16 de agosto se produjo sobre la localidad de Alcañiz, en la provincia de Teruel, una tormenta de granizo de grandes dimensiones acompañada de lluvias intensas que, en el
espacio de tres horas, dejaron caer 118 litros/m2, causando daños de consideración en techados de viviendas, especialmente del casco antiguo de la ciudad, y en edificios públicos de diversa titularidad e inundaciones en zonas bajas de la ciudad,
zonas de huerta y polígono industrial. Asimismo, las fuertes lluvias y el granizo afectaron a infraestructuras municipales, caminos y redes secundarias de riego que precisan, en gran número de casos, de una restitución completa.



La magnitud de este hecho y sus graves consecuencias obligan, desde el principio constitucional de solidaridad y por aplicación de los de equidad e igualdad de trato en relación con situaciones precedentes, a la actuación inmediata de los
poderes públicos y a la adopción de un conjunto de medidas paliativas y reparadoras tendentes al restablecimiento gradual de la normalidad con la reparación de los daños producidos.



El objetivo, por tanto, de esta norma es aprobar un catálogo de medidas que afectan a varios departamentos ministeriales y abarcan aspectos muy diferentes, pues en tanto que unas se dirigen a la concesión de ayudas económicas a los
afectados, fundamentalmente para la reparación de viviendas a la que se ha dado prioridad debido a su magnitud, otras, como la disminución de cargas tributarias o la concesión de créditos privilegiados, intentan paliar el impacto del siniestro sobre
las empresas y particulares afectados.



También se establecen precisiones para lograr que la aplicación y financiación de determinadas medidas se lleve a cabo mediante la debida coordinación de actuaciones y cooperación entre los órganos de la Administración General del Estado, de
la Comunidad Autónoma y Local.



Por otra parte, las pérdidas de producción ocasionadas por las inundaciones en los cultivos configuran, por la magnitud de los daños ocasionados, una situación equiparable a la de desastre natural, en los términos establecidos por las
directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario.



Por ello se establecen en esta disposición indemnizaciones de daños en las producciones agrarias afectadas, exclusivamente cuando estén aseguradas con pólizas en vigor del seguro agrario combinado y estos riesgos no tengan cobertura en la
regulación vigente de dicho seguro.



En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta del Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de la Presidencia y de los
Ministros de Hacienda, del Interior, de Fomento, de Trabajo y Asuntos Sociales, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Administraciones Públicas y de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de
septiembre de 2003, dispongo:


Artículo 1. Ámbito de aplicación.



1. Las medidas establecidas en este real decreto ley se aplicarán a la reparación de los daños causados por las inundaciones y la tormenta de granizo producidas


Página 7



el día 16 de agosto de 2003 sobre la localidad de Alcañiz (Teruel).



2. A los solos efectos de actuaciones reparadoras, se entenderán también incluidos aquellos términos municipales o núcleos de población en los que, para la correcta ejecución de las obras necesarias, sean imprescindibles las actuaciones de
los departamentos ministeriales competentes.



Artículo 2. Daños en infraestructuras municipales y red viaria diputaciones provinciales.



A los proyectos que ejecute la corporación municipal de Alcañiz para las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios contemplados en el artículo 26.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y a las de reparación de la red viaria de la diputación provincial, se les aplicará el trámite de urgencia, y el Estado podrá concederles una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.



Artículo 3. Daños en las restantes infraestructuras públicas.



Se faculta a los titulares de los departamentos ministeriales competentes por razón de la materia para declarar zona de actuación especial las áreas afectadas, con objeto de que dichos departamentos, sus organismos autónomos y entidades
públicas dependientes de ellos puedan llevar a cabo las restauraciones que procedan.



A los efectos indicados, se declaran de emergencia las obras que ejecuten tales departamentos para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad estatal comprendidas en su ámbito de competencias, pudiendo el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación suscribir los convenios o acuerdos de colaboración necesarios al objeto de garantizar la financiación de las actuaciones oportunas para restablecer la normalidad en las infraestructuras agrarias y rurales de uso
colectivo.



Artículo 4. Indemnización de daños en producciones agrarias.



Serán objeto de indemnización los daños ocasionados por las inundaciones y la tormenta de granizo en las explotaciones agrarias que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el Plan de seguros agrarios para el ejercicio 2003, hayan sufrido
pérdidas por daños en sus producciones no cubiertos por las líneas de seguros agrarios combinados.



No obstante, para el caso de producciones que en las fechas del siniestro no hayan iniciado el periodo de contratación del seguro correspondiente, también podrán percibir las anteriores indemnizaciones, siempre y cuando el agricultor hubiese
contratado dicho seguro respecto a las mismas producciones en el ejercicio anterior.



También podrá percibirse indemnización por los daños causados en producciones no incluidas en el vigente plan anual de seguros agrarios, salvo que las producciones afectadas estuviesen garantizadas por un seguro no incluido en el sistema de
seguros agrarios combinados.



Dichas indemnizaciones irán destinadas a los titulares de aquellas explotaciones situadas en el término municipal de Alcañiz (Teruel) que hayan sufrido pérdidas superiores al 20 ó 30 por ciento de la producción asegurada, según se trate o no
de zona desfavorecida, con arreglo a los criterios establecidos por la Unión Europea a este respecto.



Artículo 5. Beneficios fiscales.



1. Se concede la exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondientes al ejercicio 2003 que afecten a viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias, locales de trabajo y similares,
situados en el municipio de Alcañiz (Teruel), en los que se hubieran producidos daños como consecuencia directa de las inundaciones y la tormenta de granizo, cuando se acredite que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido
que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes para la reparación de los daños sufridos, o los destrozos en cosechas constituyan siniestros no cubiertos por ninguna fórmula de aseguramiento público o privado.



2. Se concede una reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas para el ejercicio 2003 a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles y profesionales, obligados al pago de dicho impuesto, cuyos locales de
negocios o bienes afectos a esa actividad hayan sido dañados como consecuencia directa del siniestro mencionado, siempre que se acredite que hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal
de la actividad. La indicada reducción será proporcional al tiempo transcurrido desde el día en que se haya producido el cese de la actividad hasta su reinicio en condiciones de normalidad, ya sea en los mismos locales o en otros habilitados al
efecto, sin perjuicio de considerar, cuando la gravedad de los daños producidos dé origen a ello, el supuesto de cese en su ejercicio que surtirá sus efectos desde el día 31 de diciembre de 2002.



3. Las exenciones y reducciones de cuotas en los tributos señalados en los apartados anteriores comprenderán también la de los recargos legalmente autorizados sobre los mismos.



4. Los contribuyentes que, teniendo derecho a los beneficios establecidos en los apartados anteriores, hubieren satisfecho los recibos correspondientes a dicho ejercicio fiscal podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas.



Página 8



5. Estarán exentas de las tasas de la Jefatura Central de Tráfico la tramitación de las bajas de vehículos solicitadas como consecuencia de los daños producidos por las inundaciones y la tormenta de granizo y la expedición de duplicados de
permisos de circulación o de conducción destruidos o extraviados por dichas causas.



6. La disminución de ingresos en tributos locales que los apartados anteriores de este artículo produzcan en los ayuntamientos y diputaciones provinciales será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de conformidad con
lo establecido en el artículo 9 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.



Artículo 6. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.



Para las explotaciones y actividades agrarias localizadas en el término municipal de Alcañiz (Teruel), y conforme a las previsiones contenidas en el artículo 35, apartado 4.1, del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, aprobado por el Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, el Ministerio de Hacienda, a la vista del informe del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los índices de
rendimiento neto a los que se refiere la Orden HAC/225/2003, de 11 de febrero, que desarrolla para el año 2003 el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen simplificado del Impuesto sobre el
Valor Añadido.



Artículo 7. Medidas laborales y de Seguridad Social.



1. Los expedientes de regulación de empleo que tengan su causa en los daños producidos por las inundaciones y la tormenta de granizo a los que se hace mención en el artículo 1 tendrán la consideración de provenientes de una situación de
fuerza mayor, con las consecuencias que se derivan de los artículos 47 y 51 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. La Tesorería General de la Seguridad Social
podrá exonerar al empresario del abono de las cuotas a la Seguridad Social en el primer supuesto mientras dure el periodo de suspensión, manteniéndose la condición de dicho periodo como efectivamente cotizado por el trabajador.
En los casos en que
se produzca extinción del contrato, las indemnizaciones de los trabajadores correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial, con los límites legalmente establecidos.



En los expedientes en los que se resuelva favorablemente la suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo, basándose en circunstancias excepcionales, la autoridad laboral podrá autorizar que el tiempo en que se
perciban las prestaciones por desempleo, reguladas en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que traigan su causa inmediata en el hecho que motiva
esta norma, no se compute a efectos de consumir los periodos máximos de percepción establecidos. Igualmente, podrá autorizar que perciban prestaciones por desempleo aquellos trabajadores incluidos en dichos expedientes que carezcan de los periodos
de cotización necesarios para tener derecho a las mismas.



2. Las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social podrán solicitar y obtener, previa justificación de los daños sufridos, una moratoria de un año sin interés en el pago de las
cotizaciones a la Seguridad Social, correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2003.



3. Para llevar a cabo las obras de reparación de los daños causados, las Administraciones Públicas y entidades sin ánimo de lucro podrán solicitar del Instituto Nacional de Empleo la adscripción de trabajadores perceptores de las
prestaciones por desempleo para trabajos de colaboración social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 213.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.



Artículo 8. Régimen de contratación.



1. A los efectos prevenidos en el artículo 72 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, tendrán la consideración de obras, servicios,
adquisiciones o suministros de emergencia los de reparación o mantenimiento del servicio de infraestructuras y equipamientos, así como las obras de reposición de bienes perjudicados por la catástrofe cualquiera que sea su cuantía.



2. A esos mismos efectos, se incluyen, en todo caso, entre las infraestructuras las hidráulicas, las carreteras y, en general, cualquiera que hubiera resultado afectada por las inundaciones y la tormenta de granizo.



3. Se declara urgente la ocupación de los bienes afectados por las expropiaciones derivadas de la realización de las obras a que se refiere este artículo, a los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954.



4. En la tramitación de los expedientes de contratación no incluidos en el artículo 129.2 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se dispensará del requisito previo de disponibilidad de los terrenos, sin
perjuicio de que su ocupación efectiva no se haga hasta la formalización del acta de ocupación.



Artículo 9. Ayudas excepcionales para viviendas.



Las ayudas que se establecen en este artículo tendrán carácter extraordinario y se regirán por lo dispuesto en este real decreto ley, y no será de aplicación para su concesión lo establecido sobre la materia en la


Página 9



Orden de 18 de marzo de 1993, por la que se regula el procedimiento para la concesión de ayudas en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia, catástrofe o calamidades públicas, modificada por Orden de 30 de
julio de 1996.



En los supuestos en que como consecuencia de las inundaciones y la tormenta de granizo se hubieran producido daños en el continente de las viviendas, podrán concederse ayudas económicas para su reparación o reconstrucción, sin que en ningún
caso el importe de la ayuda pueda ser superior a 24.000 euros.



La valoración de estos daños se efectuará por el Consorcio de Compensación de Seguros y se referirá el valor real del daño efectivamente causado, con distinción entre la cuantía que, en su caso, correspondiese indemnizar al Consorcio con
arreglo a la normativa que regula su actividad y la cuantía que cupiese otorgar en concepto de ayuda con arreglo a este Real Decreto-Ley.



Artículo 10. Régimen especial de procedimiento y financiación de las ayudas por daños en vivienda.



1. Para la valoración, determinación y cuantía de las ayudas a conceder a particulares en virtud de lo dispuesto en el artículo 9, se creará una comisión técnica mixta copresidida por el Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de
Aragón y el Consejero de Obras Públicas de dicha comunidad autónoma, y compuesta por el Alcalde de Alcañiz, un representante de la entidad local, un representante de la Administración General del Estado y un representante de la Administración
autonómica.



Dicha comisión técnica, atendiendo a criterios de equidad, tras valorar los gastos acreditados y daños peritados, así como la situación económico-social de cada solicitante, elevará al órgano competente para resolver una propuesta
individualizada motivada en relación con la ayuda que se solicita, así como la cuantía a conceder en caso de propuesta favorable, que en ningún caso podrá superar los límites que se establecen para cada supuesto en el artículo 9 de la presente
norma.



2. La financiación específica de todas estas ayudas se efectuará en un 50 por ciento por la Administración General del Estado con cargo a los créditos 16.01.223A.482 'Para atenciones de todo orden motivadas por siniestros, catástrofes u
otros de reconocida urgencia' y 16.01.223A.782 'Para atenciones de todo orden motivadas por siniestros, catástrofes u otros de reconocida urgencia', dotados con el carácter de ampliables en el vigente presupuesto del Ministerio del Interior, y el
resto por las Administraciones territoriales, según los acuerdos que se alcancen entre ellas en los convenios que se suscriban al efecto.



Artículo 11. Líneas preferenciales de crédito.



Se instruye al Instituto de Crédito Oficial (ICO), en su condición de agencia financiera del Estado, para instrumentar una línea de préstamos por importe de 3.000.000 de euros que podrá ser ampliado por el Ministerio de Economía en función
de la evaluación de los daños y de la demanda consiguiente, utilizando la mediación de las entidades financieras con implantación en la Comunidad Autónoma de Aragón, suscribiendo con ellas los oportunos convenios de colaboración.



Estas líneas de préstamo, que tendrán como finalidad financiar la reparación o reposición de equipos e instalaciones industriales y mercantiles, agrícolas, ganaderas y de regadío, automóviles, motocicletas y ciclomotores de uso particular,
vehículos comerciales, maquinaria agrícola y locales de trabajo de profesionales que se hayan visto dañados como consecuencias del siniestro que motiva esta norma, se materializarán en operaciones de préstamo concedidas por dichas entidades
financieras, cuyas características serán:


a) Importe máximo: el del daño evaluado por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón o la Subdelegación del Gobierno en Teruel, o por el Consorcio de Compensación de Seguros, descontado, en su caso, el importe del
crédito que haya podido suscribir con cargo a líneas de crédito preferenciales a establecer por iniciativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.



b) Plazo: cinco años, incluido uno de carencia.



c) Interés: el tipo de cesión por el ICO a las entidades financieras será del tres por ciento TAE, con un margen máximo de intermediación para éstas de 0,75 por ciento. En consecuencia, el tipo final máximo para el prestatario será del
3,75 por ciento TAE.



d) Tramitación: las solicitudes serán presentadas en la entidad financiera mediadora, quien decidirá sobre la concesión del préstamo, siendo a su cargo el riesgo de la operación.



e) Vigencia de la línea: el plazo para la disposición de fondos terminará el 31 de diciembre de 2003.



La instrumentación de la línea de préstamos a que se refiere este artículo se llevará a cabo por el ICO en el ejercicio de las funciones a que se refiere la disposición adicional sexta.dos.2, párrafo a), del Real Decreto Ley 12/1995, de 28
de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera, y, en su virtud, el quebranto que para el ICO suponga el diferencial entre el coste de mercado de la obtención de los recursos y el tipo antes citado del tres por
ciento será cubierto con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.



Artículo 12. Cooperación con las Administraciones locales.



Se faculta al titular del Ministerio de Administraciones Públicas para proponer el pago de las subvenciones a que se refiere el artículo 2, en la parte que financia la


Página 10



Administración General del Estado, hasta un importe de 600.000 euros, con cargo al crédito que a estos efectos se habilite, con el carácter de incorporable, en los presupuestos de dicho departamento.



De igual modo, se faculta al titular del Ministerio de Administraciones Públicas para establecer el procedimiento para la concesión de las mencionadas subvenciones, su seguimiento y control, en el marco de la cooperación económica del Estado
a las inversiones de las entidades locales.



Artículo 13. Comisión interministerial.



1. Se crea una comisión interministerial para la aplicación de las medidas establecidas en este real decreto ley, coordinada por la Dirección General de Protección Civil e integrada por los representantes de los Ministerios de Hacienda, del
Interior, de Fomento, de Trabajo y Asuntos Sociales, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la Presidencia, de Administraciones Públicas, de Medio Ambiente y de Economía, así como por el Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón y
un representante del Consorcio de Compensación de Seguros.



2. El seguimiento de las medidas previstas en este real decreto ley se llevará a cabo por la comisión a que se refiere el apartado anterior, en coordinación con las autoridades de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través de la Delegación
del Gobierno.



Artículo 14. Consorcio de Compensación de Seguros.



1. El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón solicitará del Consorcio de Compensación de Seguros las correspondientes valoraciones previstas en este real decreto ley, siempre que no afecten a bienes de titularidad pública.



2. El Consorcio tendrá derecho al abono por parte de la Administración General del Estado de los trabajos de peritación conforme al baremo de honorarios profesionales que dicho Consorcio tuviese aprobado para sus peritos tasadores de
seguros.



3. Para facilitar la tramitación de las ayudas y la valoración de los daños, la Administración competente y el Consorcio de Compensación de Seguros podrán transmitirse los datos sobre beneficiarios de las ayudas e indemnizaciones que se
concedan, sus cuantías respectivas y los bienes afectados.



Artículo 15. Convenios con otras Administraciones públicas.



La Administración General del Estado podrá celebrar con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón y con otras Administraciones públicas los convenios de colaboración que exija la aplicación de este Real Decreto-Ley.



Disposición adicional primera. Competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón.



Lo establecido en este real decreto ley se entiende sin perjuicio de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón, al amparo de lo establecido en su Estatuto de Autonomía.



Disposición adicional segunda. Límite de las ayudas.



El valor de las ayudas que se concedan en aplicación de este real decreto ley, en lo que a daños materiales se refiere, no podrá superar en ningún caso la diferencia entre el valor del daño producido y el importe de otras ayudas o
indemnizaciones declaradas compatibles o complementarias que, por los mismos conceptos, pudieran concederse por otras Administraciones, organismos públicos, nacionales o internacionales, o correspondan en virtud de pólizas de aseguramiento.



Disposición adicional tercera. Créditos presupuestarios.



La reparación de los daños en bienes de titularidad estatal y en los de las comunidades de regantes se financiará con cargo a los presupuestos de los respectivos departamentos ministeriales, a cuyos efectos se realizarán las transferencias
de crédito que sean necesarias, sin que resulten de aplicación las limitaciones contenidas en el artículo 70 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre.



Disposición adicional cuarta. Daños en infraestructuras públicas titularidad de comunidades de regantes.



A los efectos previstos en el artículo 3, se declaran de emergencia las obras que ejecute el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para reparar los daños causados en infraestructuras públicas de titularidad de las comunidades de
regantes, comprendidas en su ámbito de competencia, con un límite máximo de 900.000 euros.



Disposición adicional quinta. Anticipos de ayudas vinculadas a determinados préstamos para la mejora y modernización de estructuras agrarias.



En relación con las explotaciones agrarias ubicadas en Alcañiz, podrá efectuarse el pago anticipado del importe total de las ayudas de minoración de anualidades de amortización del principal de los préstamos acogidos al Real Decreto
613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de explotaciones agrarias, de aquellos expedientes de los que se disponga de la correspondiente certificación final de cumplimiento de compromisos y realización
de inversiones.



Página 11



Disposición final primera. Facultades de desarrollo.



El Gobierno y los distintos titulares de los departamentos ministeriales, en el ámbito de sus competencias, dictarán las disposiciones necesarias y establecerán los plazos para la ejecución de lo establecido en este Real Decreto-Ley.



Disposición final segunda. Entrada en vigor.



El presente Real Decreto-Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dado en Madrid, a 19 de septiembre de 2003.



CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000809


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción de proyectos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con Instituciones y Organizaciones no Gubernamentales para la inclusión de programas que eviten el racismo y fomenten la
solidaridad (núm. expte.
162/000809, procedente del núm. expte. 161/002220), publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 575, de 29 de julio de 2003.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición
no de Ley, del Grupo Parlamentario Popular, relativa a la promoción de proyectos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con Instituciones y Organizaciones no Gubernamentales para la inclusión de programas que eviten el racismo y fomenten la
solidaridad para su debate en Pleno.



Enmienda


De sustitución.



El Congreso de los Diputados insta al Gobierno al cumplimiento inmediato de lo acordado por unanimidad de todos los Grupos Parlamentarios en el Pleno de fecha 6 de marzo de 2001 sobre juventud y racismo, que literalmente decía:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Estudiar la creación del Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, con los mismos objetivos que el europeo y con la dotación de recursos económicos y humanos necesaria, remitiendo el informe a esta Cámara antes del final del año.



2. Que el Pacto para la Integración Social de los Inmigrantes y el Programa de Prestaciones para los Refugiados incluya medidas de prevención contra la violencia urbana, el racismo y la xenofobia y también el resto de los Planes de
Igualdad, ampliando especialmente esta cuestión en el Plan para la Juventud.



3. Que fomente la investigación y la producción de material educativo, el intercambio de material pedagógico, la formación continua del profesorado y los intercambios de personal docente en el ámbito europeo. Que, asimismo, introduzca la
educación antirracista en los planes de estudio, promoviendo la información sobre las distintas razas, culturas y formas de vida. Que, en esta misma línea, incremente los recursos destinados a la organización de intercambios juveniles sobre racismo
y xenofobia. En concreto, el Ministerio de Educación y Cultura, de acuerdo con las Comunidades Autónomas, deberá potenciar la firma de Convenios con las editoriales que publican libros de texto para que:


- Revisen los textos con el fin de, que hagan visible la cultura, las costumbres y los valores de las sociedades de las que proceden los hijos emigrantes que se integran en nuestras escuelas.



- Preparen materiales educativos que enseñen a defender los derechos humanos y los valores de respeto a la diferencia y a la multiculturalidad.



4. Incrementar el apoyo político y económico a las ONG de refugiados e inmigrantes, así como a las asociaciones de ciudadanos activamente comprometidos


Página 12



a favor de las minorías y que luchan contra el racismo y la xenofobia.



5. De acuerdo con el Consejo de la Juventud de España, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Comunidades Autónomas, deberán poner en marcha una amplia campaña de sensibilización que anime a los jóvenes y a la sociedad en general
a defender activamente el valor de la tolerancia y promueva la dignidad e igualdad democrática, planteando la diferencia como una reciprocidad positiva entre realidades y culturas. Esta campaña deberá incluir información sobre la contribución
positiva que los inmigrantes aportan a la sociedad española.



6. Proponer, de acuerdo con las Comunidades Autónomas, el día 21 de marzo de cada año 'Fiesta de la diversidad cultural' en los establecimientos docentes, de conformidad con la propuesta del Consejo de Europa contenida en la Declaración de
16 de diciembre de 1997, del Consejo, y los representantes de los Gobiernos de los Estados Miembros, reunidos en el Consejo, sumándolos a las iniciativas que contra el racismo han sido emprendidas por las Naciones Unidas.



7. El Gobierno, de acuerdo con las Comunidades Autónomas, buscará firmar convenios con los diferentes medios de comunicación para desarrollar un código de conducta exigente y respetuoso con los derechos humanos y los valores multiculturales
que coexisten en la sociedad española.



8. Continuar impulsando programas especiales de formación para funcionarios públicos y en especial para los miembros de las Fiscalías y para los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, con el fin de promover la tolerancia y la
comprensión de las diferentes culturas y prevenir el comportamiento discriminatorio.



9. Instar, en defensa del interés general y como criterio de política criminal, a la Fiscalía General del Estado para que dedique atención especial a los fenómenos delictivos de carácter racista y xenófobo y que actúe con dureza y eficacia
en la aplicación del Código Penal. Deberá prestarse especial atención a la difusión de material de carácter racista y xenófobo en Internet. En el mismo sentido, se darán instrucciones a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.



10. El Gobierno llevará anualmente un informe con sus actuaciones y medidas evaluadas en estas materias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-María Teresa Fernández de la Vega Sanz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Xavier Trias i Vidal de Llobatera, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a
la Proposición no de Ley del Grupo Popular relativa a la promoción de proyectos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con Instituciones y Organizaciones no Gubernamentales para la inclusión de programas que eviten el racismo y fomenten la
solidaridad.



Redacción que se propone:


'Asimismo se insta al Gobierno a la tramitación, de forma urgente, de la Directiva Europea 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su
origen racial o étnico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2003.-Xavier Trias i Vidal de Llobatera, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)


162/000809


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción de proyectos del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales con Instituciones y Organizaciones no Gubernamentales para la inclusión de programas que eviten el racismo y fomenten la solidaridad (núm. expte. 162/000809, procedente del núm. expte. 161/002220), publicada en el 'BOCG. Congreso de
los Diputados', serie D, núm. 575, de 29 de julio de 2003, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a intensificar las acciones y los programas de lucha contra el racismo y la xenofobia dirigidas a los colectivos de jóvenes, a través de las Instituciones que se ocupan de jóvenes y de las
subvenciones del IRPF.



Asimismo, se insta al Gobierno a la tramitación, de forma urgente, de la Directiva Europea 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su
origen racial o étnico.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



Página 13



162/000822


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, rechazó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la supresión del sistema de peajes en las carreteras radiales de acceso a
Madrid (R-II, R-III, R-IV y R-V) (núm.
expte. 162/000822, procedente del núm. expte. 161/002310), publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 601, de 10 de octubre de 2003.



Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Asimismo, se publican las enmiendas presentadas a dicha Proposición no de Ley.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Xavier Trias i Vidal de Llobatera, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
adición al final de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso relativa a la supresión del sistema de peajes en las carreteras radiales de acceso a Madrid (R-II, R-III, R-IV y R-V).



Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Tomar las medidas necesarias al objeto de establecer la gratuidad de todas las autopistas, cuando éstas no tengan una vía alternativa de gran capacidad que esté libre de peaje. A tal efecto, el Gobierno impulsará la negociación con las
empresas y sociedades concesionarias de autopistas y vías de peaje afectadas, tanto de titularidad de la Administración General del Estado como de las Comunidades Autónomas, al objeto de establecer las compensaciones necesarias para aplicar dicha
supresión.



2. Crear un fondo de ámbito estatal que debe nutrirse con los impuestos generados por la actividad de las concesionarias, sea Impuesto sobre Sociedades, sea IVA, y que permita articular y financiar una política de rescate de concesiones,
subvención a los usuarios habituales y de homogeneización de peajes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Xavier Trias i Vidal de LLobatera, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a la supresión del sistema de peajes en las carreteras radiales de acceso a Madrid (R-II, R-III, R-IV y R-V).



Enmienda


De modificación.



El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover políticas de infraestructuras que, manteniendo el equilibrio presupuestario, no obliguen a elevar la presión fiscal, sean eficaces para el transporte y el equilibrio territorial y
garanticen a todos los ciudadanos la vertebración plena del territorio, a cuyo efecto continuará la ejecución de las autovías libres de peaje y las autopistas de peaje, incluidas en el Plan de Infraestructuras de Transporte con horizonte de
ejecución el año 2010.



Justificación


Mejora técnica.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Comisión de Medio Ambiente


161/002124


La Comisión de Medio Ambiente, en su sesión del día 15 de octubre de 2003, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre el dragado de la ría de Punta Umbría, en la provincia de Huelva, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 535, de 9 de mayo de 2003.



Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



Página 14



161/002228


La Comisión de Medio Ambiente, en su sesión del día 15 de octubre de 2003, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a impulsar un plan de lucha, control y erradicación de las especies
invasoras exóticas que proliferan en los ecosistemas del Estado, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 575, de 29 de julio de 2003, en los siguientes
términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar las actuaciones ya emprendidas para evitar la expansión y, en definitiva, erradicar las especies exóticas invasoras, y en especial, el mejillón cebra, protegiendo la biodiversidad
autóctona española. Estas actuaciones habrán de ser consensuadas con las Comunidades Autónomas.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló 1 enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.



Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa de la Comisión de Medio Ambiente


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Catalán (CiU), por la que se insta al Gobierno a impulsar un plan de lucha, control y erradicación de las especies invasoras exóticas que proliferan en los ecosistemas del Estado.



Enmienda


De modificación.



El texto que se propone quedará redactado de la siguiente forma:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar las actuaciones ya emprendidas para evitar la expansión y, en definitiva, erradicar las especies exóticas invasivas, y en especial, el mejillón cebra, protegiendo la biodiversidad
autóctona española. Estas actuaciones habrán de ser consensuadas con las Comunidades Autónomas.'


Justificación


Mejora técnica.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



161/002252


La Comisión de Medio Ambiente, en su sesión del día 15 de octubre de 2003, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a la licitación de la II Fase de la desaladora de agua del mar de Carboneras, presentada por el
Grupo Parlamentario Socialista, y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 580, de 8 de septiembre de 2003.



Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



161/002260


La Comisión de Medio Ambiente, en su sesión del día 15 de octubre de 2003, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la adopción de las medidas oportunas para acometer la urgente limpieza y depuración del Mar
Menor (Murcia) presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 580, de 8 de septiembre de 2003, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que se tomen las medidas oportunas para impulsar con los presupuestos de 2004 las depuradoras de Los Alcázares y San Javier, necesarias para completar el sistema de saneamiento y depuración
en el Mar Menor, vigilando y corrigiendo el tipo de vertidos que llegan a sus aguas y eliminando la plaga de medusas que infesta sus playas e iniciando a la mayor brevedad posible la regeneración de las mismas.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló 1 enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.



Página 15



Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa de la Comisión de Medio Ambiente


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, relativa a la adopción de medidas oportunas para acometer la urgente limpieza y depuración del Mar Menor (Murcia).



Enmienda


De modificación.



El texto que se propone quedará redactado de la siguiente forma:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que tome las medidas oportunas para impulsar, con los presupuestos del 2004, las depuradoras de Los Alcázares y San Javier, necesarias para completar el sistema de saneamiento y depuración en
el Mar Menor (Murcia).'


Justificación


Mejora técnica.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



INTERPELACIONES


Urgentes


172/000318


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre el continuado, grave y reiterado incremento de la inseguridad ciudadana en España, cuyo texto se
inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentar la siguiente
Interpelación Urgente al Gobierno sobre el continuado, grave y reiterado incremento de la inseguridad ciudadana en España.



Motivación


En materia de seguridad ciudadana, y por lo que a las responsabilidades gubernamentales se refiere, nos hemos movido desde hace algún tiempo desde la negación del problema, al anuncio de pomposos planes que de inmediato se acreditan
ineficaces (Programa Policía 2000, Plan de Lucha contra la Delincuencia...), cuando no de declaraciones al más alto nivel de que se va a proceder a 'barrer las calles de delincuentes'.



Otra de las manifestaciones más comunes de la política gubernamental, una vez que implícitamente se reconoce el problema que antes se había negado, es la de promover reformas legislativas apresuradas, dirigidas al endurecimiento de las leyes
penales. De esta manera parece estarse dispuesto a abandonar una de las labores primordiales en la labor policial, la prevención del delito. Se evidencia así, una vez más que la primordial pretensión de las medidas que se van adoptando, son de
carácter propagandístico preferiblemente ligado a tal o cual evento electoral.



Por si había alguna duda de cuál es la posición del Gobierno y del Partido que le da apoyo en esta materia recientemente, el 7 de mayo, el Ministro Acebes pretendió 'aclarar' no sólo la posición en esta materia del PP sino también la del
Partido Socialista:


El Partido Socialista tiene una concepción, que además se ha demostrado claramente en algunas de las preguntas de hoy, de que el delincuente nunca es el responsable del delito. El responsable del delito es exclusivamente la sociedad, y por
tanto siempre proponen y cuando han tenido oportunidad de gobernar siempre han adoptado medidas exclusivamente sociales en buena lógica con ese pensamiento que ustedes tienen sobre la delincuencia, porque si el responsable no es el delincuente sino
la sociedad, el delincuente no debe ser castigado y las medidas que deben tomarse son desde el punto de vista social. Ahí está la clave de las diferencias entre las concepciones de seguridad que tiene el Partido Socialista y que tiene el Partido
Popular.



Nosotros, a diferencia de ustedes, creemos en la libertad y en la responsabilidad individual, pues hay delincuentes que toman la decisión libre y responsable de dedicar su vida a la delincuencia, a vivir a costa de los demás, fuera e
infringiendo la ley, y con esas personas que toman libre y responsablemente esa decisión no sólo hay que tomar medidas sociales, que también,


Página 16



sino medidas represivas y en consecuencia castigos de los que establezca el Código Penal y de un juicio justo y contradictorio que produzca una condena.



Definitivamente el Ministro del Interior parece dispuesto a disputar al Sr. Aznar el liderazgo del pensamiento simple, de simplicidad en este caso. Tan sesudo análisis de la evolución de la delincuencia en España y de sus bases, debiera
llevarnos a abandonar toda esperanza si no fuera porque se trata de uno de los graves problemas que afecta hoy a los ciudadanos de nuestro país.



Aunque ya no hay duda, el Gobierno ha llegado al convencimiento de que el problema existe. Aunque no lo reconozca. Nada justificaría si no el reiterado anuncio de medidas y sobre todo su empeño en que no se pueda disponer de estadísticas
fiables sobre la evolución de la criminalidad.
Lo que se ha convertido en el paradigma de la actuación del Gobierno frente a todo problema cuya existencia o bien no puede negar o del que no puede culpar a los socialistas sin caer en un clamoroso
ridículo.



Así parece hoy incontestable que en nuestro país existe un problema de seguridad ciudadana. Hace unos meses hemos conocido un estudio de un sindicato policial al que suponemos reconocerá el Gobierno alguna autoridad en la materia, en el que
cifra el incremento en los delitos contra el patrimonio entre l989 y 2002 en el 37,4%, o los delitos contra las personas que se incrementan el 70,8%, siendo especialmente significativo el incremento de los homicidios que se cifra en el 63,3%.
Por
una vez sería bueno que el Gobierno abandonara los eslóganes y los culpables y se aplicara a las causas.



Algunas las hemos venido apuntando los socialistas. Hemos denunciado la disminución de las dotaciones personales, la falta de medios materiales, la descoordinación policial, el desmantelamiento de grupos de investigación, o la no creación
de grupos de análisis de nuevas formas de delincuencia o de lucha contra las mafias organizadas de reciente implantación en nuestro país, también la privatización de la seguridad en nuestro país y, por mucho que al Ministro le parezca injustificado,
la ausencia de políticas sociales que ayuden a luchar contra la delincuencia en uno de sus orígenes: la marginalidad. Quizás no sea ajeno a la evolución de la delincuencia el hecho de que España esté cayendo desde 1996 en sus políticas de cohesión
social.



Por lo que se refiere a Madrid, el año 2002 finalizó con una subida de las cifras de criminalidad cercana al 12%; que procedía del 8,80% en los delitos y del 14,60% en las faltas penales. Ese ascenso en los datos de la delincuencia
registrados se sumaba al 12,98 % que también habían subido las infracciones penales, delitos y faltas, durante el año 2001 (+8,13% los delitos y +17,15% las faltas). En Madrid han fracasado todos los planes de seguridad ciudadana que el Gobierno
del Partido Popular ha puesto en marcha, comenzando por el Plan 6x6 y pasando por el Plan 10x10, el propagandístico Plan Policía 2000 y, últimamente el llamado Plan Focus. La inseguridad ciudadana que afecta al municipio de Madrid constituye en
este momento el problema más grave de la ciudad y el que más temor y preocupación genera en sus ciudadanos/as.



Hoy mismo leemos en los periódicos que se han producido en el día de ayer dos nuevas muertes violentas en Madrid. Aunque como muestra de ese apagón estadístico un medio de comunicación dice que hacen la número 89, otro la 79 y otro la 86.
Aunque en cualquier caso resultan excesivas.



Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente Interpelación Urgente para que el Gobierno informe sobre las causas del incremento de la criminalidad y sobre las medidas de todo orden que tiene previsto adoptar
para combatirla y prevenirla.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2003.-Victorino Mayoral Cortés, Diputado.-María Teresa Fernández de la Vega Sanz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



172/000319


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre medidas de política general para mejorar los sistemas de acceso y tratamiento
de la información policial por parte de las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Xavier Trias i Vidal de Llobatera, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, una Interpelación
Urgente sobre medidas de política general que tiene previstas el Gobierno para mejorar los sistemas de acceso y tratamiento de la información policial por parte de las distintas fuerzas y cuerpos de seguridad.



Antecedentes


A raíz de las circunstancias que han rodeado la investigación de los asesinatos de las jóvenes Sonia


Página 17



Carabantes y Rocío Wanninkhof y la posterior detención del ciudadano británico Tony Alexander King, se han planteado una serie de interrogantes sobre la efectividad de las relaciones mutuas de cooperación entre las fuerzas y cuerpos de
seguridad del Reino Unido, en este caso, y de España.



En efecto, la comunicación de la policía británica, por medio de la Interpol, afirmaba: 'que Tony Alexander King está buscado en el Reino Unido por un delito de intento de violación, que las autoridades judiciales británicas indican que no
hay suficiente base para solicitar su extradición. (...) que en el Reino Unido sus antecedentes penales incluyen intento de estrangulamiento, agresión grave y posesión de arma ofensiva e intento de robo y posesión de imitación de arma de fuego.

(...) que se encuentra en libertad desde 1995 y que en todos los delitos las víctimas eran mujeres y existía algún tipo de motivación sexual.
(...) que en 1997 se había trasladado a Málaga, en compañía de su mujer y un bebé, creyéndose que ambos se
encontraban trabajando en España y facilitando un domicilio de los mismos. (...) que a raíz de su puesta en libertad en 1995 había cambiado legalmente de nombre de Tony Alexander Bromwich, por el de Tony Alexander King. (...) que la policía de
Surrey cree que esta persona puede suponer una amenaza potencial para las mujeres en España'.



Toda esta información, parece ser que no se retuvo en las bases de datos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, y por ello, cuando se investigó el asesinato de Rocío Wanninkhof en la provincia de Málaga, no se relacionó el mismo
con la residencia en esta provincia de una persona como Tony Alexander King, que por la información recibida podía ser uno de los posibles autores del citado crimen, todo ello a pesar de que, según datos del Ministerio del Interior, sí que se había
trasladado a la comisaría de Málaga la información que Interpol había emitido sobre Tony Alexander King.



Esta aparente descoordinación, unido al itinerario que han seguido los datos que sobre Tony Alexander King han ido llegando desde el Reino Unido desde el 15 de septiembre de 1998 (día en que la Interpol Londres emitió el primer comunicado)
hasta el mismo día de la detención del sospechoso, han abierto un debate sobre el tratamiento que debe darse a determinadas informaciones procedentes de policías de otros países, debate que cobra mayor trascendencia, si cabe, a partir de concepción
del espacio europeo como un espacio de libre circulación de personas, pero también como un espacio común de seguridad.



Es en este marco de mayor libertad de circulación de las personas que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) considera que, con las debidas salvaguardas de la legislación sobre protección de datos personales y su tratamiento
automatizado y con el debido respeto a los derechos fundamentales, es necesario abrir un debate que contemple qué reformas deben impulsarse para perfilar con mayor precisión cuál es el tratamiento que se da a determinados datos como los expuestos
anteriormente y encontrar un sistema mediante el cual cualquier cuerpo policial pueda tener acceso a las informaciones que llegan de policías extranjeras y que, como se ha visto en este caso, puede ser clave para la resolución de una investigación o
para evitar crímenes y contribuir a que hechos como los sucedidos en Málaga no vuelvan a ocurrir.



Por todo ello, y para tratar de evitar en lo sucesivo posibles disfunciones como las ocurridas en este caso, y así mismo con el objetivo de ayudar a que las fuerzas policiales, sean dependientes de la Administración General del Estado o de
las Comunidades Autónomas, puedan tener acceso a la información, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta al Gobierno la siguiente Interpelación Urgente sobre medidas de política general que tiene previstas el Gobierno para
mejorar los sistemas de acceso y tratamiento de la información policial por parte de las distintas fuerzas y cuerpos de seguridad.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2003.-Xavier Trias i Vidal del Llobatera, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



172/000320


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre medidas a tomar para reducir y limitar la precariedad, la temporalidad y la
subcontratación en el empleo, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente Interpelación urgente sobre medidas a tomar para reducir y limitar la precariedad, la temporalidad y la subcontratación en el empleo.



Esta misma semana la realidad de los accidentes laborales ha cobrado nuevamente protagonismo por el fallecimiento de trabajadores en pleno ejercicio de su actividad laboral, sobre todo en el sector de la construcción


Página 18



y la obra pública con un alto grado de subcontratación y temporalidad.



La semana pasada un informe publicado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) alertaba sobre la excesiva rotación y temporalidad del mercado laboral español. La OCDE considera que la alta temporalidad en el
empleo en España, la más elevada de los países europeos, plantea problemas al mercado de trabajo y requiere una solución que pase por un mayor equilibrio entre las garantías que ofrece el trabajo fijo y el temporal. En palabras textuales de Raymond
Torres, jefe de la división de análisis y política de empleo de este organismo, 'hay una inmensa rotación y precariedad en el empleo en España con un índice de temporalidad del 30%, sin parangón en la U. E.'


Toda esta degradación laboral y de la calidad en el empleo que ahora denuncia la OCDE y que nuestra formación política viene haciendo desde hace años, tiene consecuencias especialmente graves en nuestro país.



La temporalidad, la rotación en un mismo empleo y la precariedad laboral la padecen más de 4 millones de trabajadores de nuestro país, sin contar con los 2 millones de personas sin empleo. Un drama que está generando graves desigualdades
sociales con una distribución de la riqueza cada día más desigual e injusta. Tras las grandes cifras se esconden auténticos abusos e incumplimientos legales y ausencia de derechos laborales, con exceso injustificado de horas extras, destajos,
concatenación irregular de contratos de un mismo trabajador, como la propia Inspección de Trabajo viene denunciando, salarios no cotizados y discriminaciones salariales, especialmente para las mujeres y los jóvenes, economía sumergida y condiciones
de salud y seguridad en el trabajo peligrosas y contrarias a la normativa.



Un ejemplo cercano y desgraciado, lo es el gravísimo accidente, que el pasado 14 de agosto tuvo lugar en la factoría de Repsol YPF en Puertollano, con el trágico balance de 8 trabajadores fallecidos y dos gravemente heridos, todos ellos
trabajadores pertenecientes a empresas subcontratadas.



No abordar esta realidad de forma inmediata supone una gravísima irresponsabilidad y una demostración más de que el Gobierno del PP antepone los suculentos beneficios empresariales de una minoría, a la seguridad y estabilidad laboral a la
que tienen derecho los trabajadores de nuestro país.



Como se viene demostrando, la desregulación y flexibilización de las condiciones laborales, así como la externalización de los costes, con la brutal proliferación de las subcontratas, guardan una estrecha relación y resultan determinantes
para los elevadísimos niveles de siniestralidad que se producen en los centros de trabajo. De la temporalidad se pasa a la precariedad y a su vez a la inseguridad laboral, con el obsesivo objetivo de maximizar los beneficios empresariales.



Por todo ello, se presenta la siguiente Interpelación Urgente sobre medidas a tomar para reducir y limitar la precariedad, la temporalidad y la subcontratación en el empleo.



Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de octubre de 2003.-Antero Ruiz López, Diputado.-Felipe Alcaraz Masats, Portavoz del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000227


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre devolución de la dignidad a los familiares de los fusilados durante el franquismo
y a las víctimas de la dictadura, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 601, de 10 de octubre de 2003.



Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Asimismo se insertan las enmiendas formuladas a la misma.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a iniciativa de doña Begoña Lasagabaster Olazábal, diputada de Eusko Alkartasuna, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la moción presentada por este mismo
Grupo Parlamentario, a instancia de la misma diputada, sobre devolución de la dignidad a los familiares de los fusilados durante el franquismo y a las víctimas de la dictadura.



Enmienda al punto 9 (nuevo)


De adición.



Se propone añadir un nuevo punto a la moción con el siguiente texto:


'9. Suprima la concesión de subvenciones a la fundación División Azul, cuyos símbolos y fines políticos, además de estar vinculados a dictadores y genocidas,


Página 19



son contrarios a los principios fundamentales de la democracia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de octubre de 2003.-Begoña Lasagabaster Olazábal, Diputada.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Xavier Trias i Vidal de Llobatera, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a la
moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Lasagabaster), sobre la devolución de la dignidad a los familiares de los fusilados durante el franquismo y a las víctimas de la dictadura.



Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. (Igual).



2. (Igual).



3. (Igual).



4. (Igual).



5. (Igual).



6. (Igual).



7. (Igual).



8. Promover la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las indemnizaciones, de cualquier administración pública, que perciban los contribuyentes como consecuencia de haber sufrido privación de libertad en aquellos
supuestos previstos en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, y que habían quedado excluidos del ámbito de aplicación de los beneficios de la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1990.



9. Remitir en el plazo de tres meses un proyecto de ley por la que se regule el procedimiento de anulación, tanto de oficio como a instancia de parte, de todas las sentencias o resoluciones dictadas durante y después de la Guerra Civil en
juicios sumarios por Juzgados, Tribunales u otros órganos, fundadas en motivos políticos, sociales o ideológicos con vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas, con retorsión de normas y tipos aplicables o en aplicación de normas
dictadas al efecto e infracciones absolutas de procedimiento.



10. Proceder a la constitución de una comisión de la verdad con el fin de elaborar un informe riguroso sobre los hechos acaecidos durante y después de la Guerra Civil en relación con las víctimas y los desaparecidos en dicho período. Dicha
comisión deberá estar integrada por historiadores y juristas de reconocido prestigio.



11. (Contenido del apartado 8 del texto de la moción).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Xavier Trias i Vidal de Llobatera, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo
Parlamentario Mixto, sobre devolución de la dignidad a los familiares de los fusilados durante el franquismo y a las víctimas de la dictadura.



Enmienda


De modificación.



El texto que se propone quedará redactado de la siguiente forma:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Que dentro de los escenarios presupuestarios correspondientes y de acuerdo con el artículo 7, apartado 4, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y normativa
de desarrollo, adopte las medidas que permitan que nuestro sistema de protección público, se extienda a todos los españoles, sea cual sea el país en el que residan, garantizándoles las coberturas de sus necesidades mínimas.



A tal fin, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 728/1993, de 14 de mayo, por el que se establecen pensiones asistenciales por ancianidad a favor de los emigrantes españoles, continúe aplicando las medidas que
aseguren el nivel de suficiencia de las pensiones que reciben los nacionales españoles que residen en las repúblicas que componían la extinta URSS, especialmente 'nuestros niños de la guerra', asimismo, continúe impulsando las necesarias medidas de
apoyo para su asistencia sanitaria.



A continuar desarrollando medidas concretas que permitan y faciliten el acceso a archivos y documentación históricos para la identificación y localización de las personas desaparecidas o ejecutadas durante la guerra civil y en los años
posteriores.



A estudiar la posibilidad de llevar a cabo una mejora asistencial a los llamados niños de la guerra que residen


Página 20



en las repúblicas procedentes de la extinta Unión Soviética.'


Justificación


Mejora técnica.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



173/000228


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre política en materia de vivienda, publicada en el 'BOCG. Congreso de los
Diputados', serie D, núm. 601, de 10 de octubre de 2003.



Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Asimismo, se insertan las enmiendas formuladas a la misma.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Consumo


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Carlos Aymerich Cano, Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG), al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la moción consecuencia de
interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política en materia de vivienda.



Enmienda


De adición.



Se propone añadir cuatro nuevos apartados a la moción, con los números 7, 8, 9 y 10, con el siguiente texto:


7. Concertar planes con las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos que permitan incrementar considerablemente la oferta de viviendas de protección oficial de promoción pública, ajustando dicha oferta a las necesidades de vivienda de cada
territorio.



8. Introducir nuevas topologías de vivienda protegida en el Plan de Vivienda 2002-2005, de forma que la oferta de viviendas de protección oficial se adapte mejor a las necesidades de los jóvenes y a las nuevas formas de convivencia
distintas de la familia tradicional.



9. Potenciar las políticas de rehabilitación de viviendas desocupadas para su uso como primera residencia habitual, especialmente en los núcleos históricos.



10. Penalizar fiscalmente la tenencia de viviendas desocupadas.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Carlos Aymerich Cano, Diputado.-José Núñez Castaín, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida presenta la siguiente enmienda a la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre política
en materia de vivienda.



Enmienda


Se propone añadir un nuevo número 7 del siguiente tenor:


'7. Iniciar un aumento de la financiación de las Corporaciones Locales hasta llegar a un equilibrio entre las tres administraciones del Estado, para dotar a los Ayuntamientos de los recursos económicos que les permitan llevar a cabo sus
competencias y evitar que deban recurrir a la venta de suelo para cubrir sus necesidades financieras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Presentación Urán González, Diputada.-Felipe Alcaraz Masats, Portavoz del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



173/000229


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre criterios del Gobierno en política tributaria publicada en
el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 601, de 10 de octubre de 2003.



Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Página 21



Asimismo se insertan las enmiendas formuladas a la misma.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán, sobre criterios del Gobierno en política tributaria.



Enmienda


De supresión.



Supresión del punto 4.



Motivación


El Gobierno del Partido Popular se ha hecho eco de la propuesta, originaria de los neo-conservadores estadounidenses, de suprimir totalmente el impuesto de sucesiones. Para los socialistas el impuesto de sucesiones expresa la compatibilidad
entre el derecho individual a la herencia y la opción social para dar prioridad al mérito y al esfuerzo individual sobre el origen familiar. Los socialistas somos partidarios de reducir la desigualdad de oportunidades, antes de que reforzar la
desigualdad por origen y, en general, la concentración de poder económico.



Ante este esquema de hacer compatible el derecho a la herencia con la prioridad social de mérito y esfuerzo individual, y haciéndonos eco de los cambios sociales y económicos acaecidos en las últimas décadas, proponemos eliminar el impuesto
de sucesiones para patrimonios hasta 500.000 euros, y preservar el impuesto para las grandes fortunas.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-María Teresa Fernández de la Vega Sanz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la moción consecuencia de interpelación urgente sobre
criterios del Gobierno en política tributaria. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán.



Enmienda


De modificación.



El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar, dentro del marco de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y de los sistemas de financiación de las Haciendas Territoriales, el proceso de reformas fiscales que están contribuyendo al
crecimiento económico y a la creación de empleo en nuestro país. En particular, continuar:


- Las medidas en el IRPF que están mejorando el tratamiento fiscal de las familias, discapacitados y rentas del trabajo, de forma que se avance en la simplificación, eficiencia y progresividad del Impuesto.



- Las mejoras en el régimen especial de empresas de reducida dimensión del Impuesto sobre Sociedades, con el fin de seguir favoreciendo desde el punto de vista fiscal a las pequeñas y medianas empresas de nuestro país.



El Congreso reconoce la capacidad de las Comunidades Autónomas para regular los impuestos propios así como todos aquellos que tienen cedidos con capacidad normativa como consecuencia del nuevo sistema de financiación autonómica, y en
concreto, la capacidad para eliminar el pago por el Impuesto sobre Sucesiones dentro de su ámbito competencial.



Justificación


Mejora técnica.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2003.-Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/055760 181/003948


La Presidencia de la Cámara ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita


AUTOR: Cunillera i Mestres, Teresa (GS).



Solicitud de que su pregunta sobre irregularidades detectadas en los expedientes tramitados en la Oficina de Extranjería de Lleida se incluya en el orden del día


Página 22



de la primera sesión de la Comisión competente como pregunta oral.



Acuerdo:


1. Tener por convertida la iniciativa en pregunta con respuesta oral en Comisión y trasladarla, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas (nuevo núm.
expte. 181/003948).



2. Comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y a la Sra. Diputada preguntante, así como publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2003-P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.



Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 534, de 8 de mayo de 2003.