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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 774, de 11/06/2003
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2003 VII Legislatura Núm. 774

ECONOMÍA Y HACIENDA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTIAGO LANZUELA MARINA

Sesión núm. 83

celebrada el miércoles, 11 de junio de 2003



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia cuatrimestral del señor secretario de Estado de Hacienda (Rodríguez Ponga y Salamanca), para informar sobre las materias relativas al sistema tributario, previa remisión del informe correspondiente.
(Número de expediente
212/001563.) ... (Página 24614)


Preguntas: - De la señora Gil López (Grupo Parlamentario Socialista), sobre reclamación a los afectados de la empresa promotora Comercializadora Peninsular de Viviendas (CPV) de la devolución de cantidades que durante estos últimos años han
realizado por deducción de compra de vivienda en construcción. (Número de expediente 181/003341.) ... (Página 24631)


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Se abre la sesión a las diez y cuarenta minutos de la mañana.



COMPARECENCIA CUATRIMESTRAL DEL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (RODRÍGUEZ-PONGA Y SALAMANCA), PARA INFORMAR SOBRE LAS MATERIAS RELATIVAS AL SISTEMA TRIBUTARIO, PREVIA REMISIÓN DEL INFORME CORRESPONDIENTE.
(Número de expediente
12/001563.)


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.



En el orden del día hay dos puntos. El primero de ellos trata de la celebración de la comparecencia cuatrimestral del secretario de Estado de Hacienda para informar sobre las materias relativas al sistema tributario. Señor Rodríguez-Ponga,
bienvenido de nuevo a la Comisión de Economía y Hacienda y tiene usted la palabra.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (Rodríguez-Ponga y Salamanca): Quiero saludar nuevamente a los miembros de la Comisión de Economía y Hacienda en una de las comparecencias que tiene como fin informarles con carácter cuatrimestral
de las materias que son de su competencia y que afectan al sistema tributario. Durante mi intervención, les informaré de la evolución de la recaudación líquida del Estado durante este año 2003, en concreto de los cuatro primeros meses del año,
comentándoles también de forma resumida los resultados alcanzados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en los ámbitos de gestión y control tributario y cómo se está desarrollando la campaña de renta en este año. Finalizaré mi
intervención refiriéndome brevemente al proyecto de ley general tributaria que recientemente ha entrado en la Cámara y al importante acuerdo sobre el paquete fiscal en materia de tributación del ahorro alcanzado en el Consejo Ecofin celebrado el
pasado 3 de junio en Luxemburgo.



Una vez centrado el objeto de la comparecencia, al igual que en ocasiones anteriores, comienzo efectuando una serie de consideraciones generales sobre la situación de la economía española con la intención de dar un mayor sentido al conjunto
de datos que posteriormente les expondré.
Refiriéndome a la evolución de la economía española en el momento actual, como SS.SS. saben, seguimos encontrándonos en un entorno incierto desde el punto de vista económico, debido fundamentalmente al
reciente conflicto bélico en Irak y sus consecuencias. En esta situación, el PIB real de la economía española ha experimentado una tasa de crecimiento durante el primer trimestre del año 2003 del 2,1 por ciento, el mismo crecimiento que el
registrado en el cuarto trimestre de 2002. Esta cifra contrasta nuevamente con el crecimiento que registra la zona euro, que ronda el 0,8 por ciento, y es consecuencia de la situación por la que están atravesando actualmente algunas de las
principales economías europeas como la alemana, que ha registrado en el primer trimestre de 2003 una tasa de crecimiento intertrimestral negativa, del -0,2 por ciento, lo que puede suponer que haya entrado en una fase de recesión económica. En este
contexto el resultado alcanzado por la economía española debe ser valorado como muy positivo, prolongando las pautas que caracterizan su evolución en el año pasado y que se fundamentan en gran medida en el sostenimiento del gasto de los hogares. La
renta disponible de las economías domésticas ha seguido creciendo apreciablemente, a lo que está contribuyendo el aumento del empleo y la rebaja en los tipos de la imposición sobre la renta, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley
46/2002, de 18 de diciembre, de reforma parcial del impuesto sobre la renta de las personas físicas.



El crecimiento de la economía española en el primer trimestre de 2003 se ha sustentado en el comportamiento de la demanda interna, cuya tasa de crecimiento se ha situado en el 3 por ciento, siendo la aportación negativa de la demanda
exterior superior a la del trimestre precedente en dos décimas, -0,9 puntos frente a -0,7 puntos. Analizando la demanda interna la formación bruta de capital fijo ha crecido un 2,9 por ciento, cinco décimas más que en el trimestre precedente,
debido al tono expansivo que ha mostrado la inversión en bienes de equipo al crecer un 0,9 por ciento. Este es un dato que debe ser destacado porque después de un largo periodo registrando tasas negativas, supone un factor muy importante para un
correcto y equilibrado crecimiento de la economía. En cuanto a la construcción ha seguido creciendo a altas tasas, un 4,1 por ciento, si bien a un ritmo menos intenso que en periodos precedentes. Por su parte, el gasto en consumo final de los
hogares ha registrado un crecimiento del 2,9 por ciento, cinco décimas superior al del último trimestre de 2002, como consecuencia del aumento de la renta disponible de los hogares.



En lo que se refiere al comportamiento de la demanda exterior neta las exportaciones, a pesar de la apreciación del euro, crecen un 5,6 por ciento en el primer trimestre del año, un 1,7 por ciento en el año 2002, y las importaciones lo hacen
al 9 por ciento, 0,6 por ciento en el año 2002, por el empuje de la demanda interna, los mejores precios relativos y la elevación del precio del crudo. Ambas variables han determinado un empeoramiento del saldo exterior y por tanto una aportación
más negativa al crecimiento del PIB. Debe precisarse que esta situación de la demanda exterior está causada fundamentalmente por el empeoramiento de la demanda procedente de los países comunitarios. La atonía económica de los principales países de
la Unión Europea está lastrando notablemente la aportación global al crecimiento de la demanda externa, pues debemos tener en cuenta que las ventas a la Unión Europea constituyen


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más del 70 por ciento de las exportaciones españolas. En definitiva, el crecimiento actual de la actividad se basa en el comportamiento de la demanda interna, siendo debido a factores como los reducidos tipos de interés, el crecimiento del
empleo, la nueva reducción acometida en el IRPF, la situación saneada de las empresas con beneficios crecientes o la consolidación de niveles elevados de crecimiento de las ventas interiores, con un nuevo empuje de las inversiones en bienes de
equipo.



Desde el punto de vista del empleo y de la Seguridad Social nuestro país sigue registrando elevados crecimientos en la ocupación y en la afiliación y, lo que es más importante, con un repunte en los principales indicadores y cifras durante
los primeros meses de 2003 respecto a las cifras alcanzadas en el año 2002. Así, alguna de las principales cifras registradas en los primeros meses de 2003 son que el paro registrado en los cinco primeros meses del año se ha reducido en 79.806
personas, cuando en el mismo periodo de 2002 aumentó en 14.143 personas, y la afiliación a la Seguridad Social continúa batiendo récords; en los cinco primeros meses del año se han registrado 519.059 nuevas afiliaciones hasta alcanzar un total de
16.707.000 afiliados. Estas cifras muestran claramente cómo el crecimiento económico que se registra en nuestro país sigue traduciéndose en una elevada creación de puestos de trabajo.



En lo que se refiere al proceso de consolidación presupuestaria el Gobierno sigue apostando por una política fiscal basada en la estabilidad presupuestaria. Tras dos años registrando equilibrio en las cuentas públicas en un contexto
económico muy adverso, en los cuatro primeros meses del año 2003 el Estado ha alcanzado un superávit de 11.033 millones de euros, lo que equivale en términos de contabilidad nacional al 1,5 por ciento del PIB y supone un 15,7 por ciento más respecto
al superávit registrado durante el mismo periodo del año anterior. Este superávit es consecuencia de unos recursos no financieros de 43.677 millones de euros y unos empleos de 32.644 millones de euros. No obstante, debemos señalar que la
comparación con el año 2002 resulta parcialmente distorsionada por el proceso de transferencia de competencias de ingresos y gastos a las comunidades autónomas que se desarrolló a lo largo del año 2002, y en particular en lo que se refiere al
Imsalud. En este ámbito quiero destacar dos iniciativas del Gobierno, como son las futuras leyes de subvenciones y la futura ley general presupuestaria, que van a reforzar los principios de estabilidad presupuestaria que han guiado la política
fiscal del Gobierno en estos últimos años.



En el ámbito tributario quiero destacar que el informe del Banco de España reconoce que en materia impositiva las últimas reformas tributarias llevadas a cabo por el Gobierno han supuesto pasos importantes en el objetivo de conseguir un
sistema de impuestos lo más eficiente posible.
En concreto, el último informe trimestral del Banco de España indica que la reforma del IRPF ha supuesto una importante reducción del impuesto en 2003, mejorando al mismo tiempo y de forma sensible los
incentivos a la oferta de trabajo por parte de los trabajadores de más edad y de las mujeres con hijos pequeños. El nuevo IRPF, como reconoce también el Banco de España, introduce importantes avances en todo lo que se refiere a incentivos a favor
de la movilidad geográfica, de los desempleados, la tributación del ahorro y el apoyo a la inversión. En este sentido también debemos mencionar el importante paquete de medidas tributarias incluidas en el Real Decreto-ley 2/2003, de 25 de abril, de
medidas de reforma económica.



Finalmente, como resumen de este apartado introductorio, creo que la principal conclusión que puede extraerse de la evolución de la economía española es que habiendo iniciado su actividad bajo los efectos de un entorno internacional
particularmente incierto, ha logrado mantener unas condiciones favorables para la reanimación de la actividad en la segunda parte del año. Ello dependerá en gran medida de cómo vayan desarrollándose los acontecimientos en el ámbito internacional.



Paso al segundo punto de mi intervención, que es el análisis de la recaudación tributaria líquida del Estado durante los cuatro primeros meses de este año 2003, es decir, de enero a abril. Lo primero que debemos señalar es que en este
análisis vamos a contemplar, como hemos hecho en ocasiones anteriores, la recaudación tributaria total, es decir, antes de descontar las participaciones de las comunidades autónomas en el IRPF, en IVA o en impuestos especiales, y sin los tributos
cedidos, como son el impuesto sobre el patrimonio, medios de transporte y tasas de juego. De esta forma se puede realizar un análisis más ajustado de la marcha de la recaudación tributaria en nuestro país. Una vez expuesta esta importante
aclaración, paso ahora a informarles sobre los resultados obtenidos. El total de ingresos tributarios líquidos gestionados por la Agencia Tributaria ha sido de 50.313 millones de euros, con un aumento del 7,5 por ciento, es decir, un 5,5 por ciento
más de lo inicialmente presupuestado. En términos brutos, la tasa de crecimiento de la recaudación se sitúa en el 10,9 por ciento, aunque esta tasa se encuentra parcialmente influida por los cambios de periodicidad en los ingresos de determinadas
administraciones públicas.



Si atendemos a los principales indicadores económicos ligados a la recaudación tributaria, los datos de los cuatro primeros meses de este año muestran señales inequívocas de un proceso de recuperación de la actividad económica, que tienen su
reflejo en el positivo comportamiento de los ingresos tributarios. Así, las ventas interiores no financieras de grandes empresas, deflactadas, que supone el indicador más representativo del ciclo económico, crecen un 4,9 por ciento en el primer
trimestre, 2,8 puntos porcentuales más de lo que


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lo hicieron en el mismo período del año 2002, siendo debido, como ya se ha señalado, a la recuperación de las ventas de bienes de equipo. La base imponible agregada en el IVA ha aumentado un 9,4 por ciento en el primer trimestre del año,
1,9 puntos más que en 2002. Por su parte, las rentas netas de los hogares crecen un 7,9 por ciento, frente al 6,1 por ciento registrado en el año anterior. Analizando la evolución de las diferentes figuras tributarias, podemos destacar lo
siguiente. En el impuesto sobre la renta de las personas físicas la recaudación líquida ha ascendido a 20.152 millones de euros, un 10,4 por ciento más que en el año anterior.
La evolución de la recaudación en este impuesto durante estos cuatro
primeros meses del año se justifica por los siguientes factores.
Crecimiento del 13,6 por ciento en las retenciones de trabajo y actividades profesionales, que se debe en parte a la distinta periodicidad de ingreso de las retenciones del trabajo
procedentes de las administraciones públicas, que produce un incremento en esta partida del 55 por ciento respecto al año anterior. Las retenciones del sector privado crecen por su parte a una tasa del 6,1 por ciento, influidas por factores de
signo contrario, por un lado, la evolución del mercado de trabajo -ya hemos visto que la Seguridad Social ha registrado 520.000 nuevas afiliaciones en los primeros cinco meses y el salario medio ha aumentado también un 5,7 por ciento como
consecuencia de las cláusulas de revisión salarial-; por otro lado, se ha producido un efecto negativo como es la rebaja de retenciones a partir del 1 de febrero, como consecuencia de la nueva reforma del IRPF. Por lo que se refiere a las
retenciones de los fondos de inversión y capital mobiliario, experimentan caídas del 32 por ciento y del 10,6, que reflejan la inestabilidad de los mercados bursátiles, la rebaja de los intereses bancarios y la rebaja del tipo de retención del 18 al
15 por ciento. En cuanto a los pagos fraccionados crecen un 5,3 por ciento principalmente por el aumento de los ingresos por estimación directa. En el primer trimestre crecen un 7,5 por ciento frente al 3,5 en el año anterior. En cuanto a la
estimación objetiva presenta una caída del 1,2 por ciento en el primer trimestre de 2003, como consecuencia de la congelación de los módulos aprobada por el Gobierno en este año y que ha supuesto para estos contribuyentes un ahorro de 160 millones
de euros. Finalmente, la cuota diferencial neta pasa en valores negativos de 162 a 328 millones de euros por el fuerte aumento registrado en el importe de las devoluciones, que ha crecido un 65 por ciento. En cuanto al impuesto sobre sociedades,
la recaudación asciende a 3.634 millones de euros, experimentando una contracción del 1,9 por ciento respecto a la registrada en los primeros cuatro meses del año 2002. El principal factor que justifica esta evolución es el elevado importe de las
devoluciones -un 131 por ciento más que en el año anterior- como consecuencia del bajo grado de la realización que se produjo a finales de 2002. De esta forma, en términos de recaudación bruta, la evolución es muy positiva al registrar un
crecimiento del 13,8 por ciento. Las comparaciones de este impuesto deben tener en cuenta los importantes cambios normativos aprobados por el Gobierno y particularmente la nueva deducción por inversión de beneficios extraordinarios, aprobada en el
año 2002, que ha aumentado del 17 al 20 por ciento. Estas normas que han tenido como objetivo incentivar la inversión productiva han tenido como consecuencia un espectacular crecimiento del pago fraccionado en el mes de abril de este año, que ha
aumentado un 27,8 por ciento, consecuencia tanto de la tasa registrada por las pymes, un 16,6 por ciento de crecimiento, doblando el registrado en el primer trimestre de 2002, como de la registrada en las grandes empresas, con un crecimiento del
29,3 por ciento, frente al 6,7 por ciento del año anterior. En conjunto, podemos decir que la totalidad de los impuestos directos ha tenido un crecimiento durante el período del 7,9 por ciento, hasta alcanzar los 24.126 millones de euros, un 3,5
por ciento más de lo presupuestado. En cuanto al IVA, la recaudación ha crecido un 9,7 por ciento más que en el mismo período del año anterior.
Es consecuencia de la mayor renta disponible en manos de las familias españolas como consecuencia de la
rebaja del IRPF y también por el impulso del IVA de importación como consecuencia de la subida del precio del petróleo y de la apreciación del euro. Por partidas, el IVA de importación ha crecido el 10,2 por ciento, mientras que el IVA de
operaciones interiores lo ha hecho un 9,6 por ciento.



Por lo que se refiere a los impuestos especiales, su recaudación disminuye un 0,5 por ciento en los cuatro primeros meses del año, debido significativamente a fenómenos de acaparamiento que se produjeron en los primeros meses del ejercicio
2002, tanto en el caso del alcohol como del tabaco, lo que hace que las cifras de los primeros meses del ejercicio 2002 sean superiores a lo que es habitual. Sin embargo, los datos del mes de abril de este año ya reflejan un crecimiento del 3,7 por
ciento, una vez superada la comparación de los episodios de acaparamiento del año anterior. En conjunto, la recaudación de los impuestos indirectos ha aumentado un 7,4 por ciento. Este hecho es consecuencia del aumento de la renta disponible de
los hogares, influida tanto por la rebaja del IRPF como por la activación de las cláusulas de revisión salarial. En cuanto a las tasas y otros ingresos, se produce una caída en las tasas del 9 por ciento, motivada por la tasa de reserva del dominio
público radioeléctrico, que en el ejercicio 2002 incluía ingresos de deuda pendiente del año 2001.



En cuanto a las devoluciones, que tienen una gran importancia en la evolución de la recaudación del Estado, han aumentado un 43,6 por ciento respecto a las realizadas en el año anterior. Por figuras tributarias, las devoluciones en el IRPF
han aumentado un 62 por ciento, debido fundamentalmente a que este año por primera vez se incluyen los pagos a las madres trabajadoras


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por importe de 120 millones de euros. Si descontáramos esta cantidad, el crecimiento de las devoluciones se reduciría a la mitad. En cuanto al impuesto sobre sociedades, las devoluciones totales realizadas entre enero y abril de 2003 han
aumentado un 70 por ciento. Ello es debido básicamente a las devoluciones correspondientes al ejercicio 2002, que se han acelerado en este primer cuatrimestre. Finalmente, en el IVA las devoluciones también han aumentado un 44,2 por ciento como
consecuencia de haber aumentado el ritmo de devolución. En resumen, los datos que acabo de exponer relativos a la marcha de la recaudación tributaria del Estado antes de descontar las participaciones de las comunidades autónomas reflejan una mayor
actividad económica sobre la recaudación.



Paso a la segunda parte de mi intervención dedicada a las actividades llevadas a cabo por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de gestión tributaria. En lo que se refiere a la mejora de las relaciones con el
contribuyente, la Agencia Tributaria continúa reforzando su labor de información y asistencia, con el fin de facilitar el cumplimiento voluntario por parte de aquel de las obligaciones fiscales. En materia de gestión de autoliquidaciones y
declaraciones han sido 20.581.163 las gestionadas en los cuatro primeros meses de 2003, con un incremento del 23 por ciento sobre el mismo período del año anterior.
En cuanto a las actuaciones de comunicación e información, han sido 19 millones las
publicaciones informativas y 446.000 los manuales que se han distribuido. En cuanto al programa Informa, las consultas han sido casi de un millón durante los cuatro primeros meses del año y el número de visitas a la página web de la agencia en los
tres primeros meses del año ha aumentado un 35 por ciento, hasta alcanzar los nueve millones y medio.
En cuanto a los datos de la campaña de renta actual, al lunes de esta semana, anteayer, son los siguientes: las citas previas concertadas han
sido 2.600.000, con un crecimiento del 10 por ciento; las solicitudes de petición de datos fiscales han alcanzado los 4.700.000, con un crecimiento del 88 por ciento; las declaraciones de renta presentadas ascienden a 4.200.000, con un crecimiento
del 14 por ciento sobre la misma fecha del año anterior. En cuanto a las declaraciones de renta presentadas por Internet, superan ya el millón, con un crecimiento del 60 por ciento sobre el año anterior. Las devoluciones emitidas también aumentan
un 30 por ciento sobre el año 2001 y alcanzan la cifra de 2.400.000. También el importe de las devoluciones emitidas es de un 31 por ciento superior al año anterior y asciende a 1.818 millones de euros.
En cuanto al resumen de estas cifras,
destacaría el crecimiento de la solicitud de datos fiscales, un 88 por ciento, y las declaraciones presentadas por Internet, con un crecimiento del 60 por ciento. Estos son los datos más significativos de lo que va de campaña de renta, además de la
agilidad en las devoluciones, con el aumento del 30 por ciento.



Por lo que se refiere a los proyectos normativos, la Secretaría de Estado de Hacienda ha venido trabajando intensamente en los últimos meses en la elaboración de una nueva ley general tributaria. Como SS.SS. conocen, el texto del proyecto
de ley ha sido remitido recientemente a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria, una vez presentado en el Consejo de Ministros el 30 de mayo. La aprobación de la nueva ley general tributaria sustituirá a la actualmente en vigor, que
data de 1963. Va a suponer una reforma de gran calado, pues constituye la ley básica del sistema tributario, al establecer los principios y conceptos generales del ordenamiento jurídico tributario, regular las relaciones entre las administraciones
tributarias y los ciudadanos y organizar los diferentes procedimientos tributarios, que son los procedimientos de gestión, inspección, recaudación, sancionador y revisión. Con la aprobación de esta ley el Ministerio de Hacienda habrá concluido el
ambicioso programa de reformas tributarias al que el Gobierno se comprometió al inicio de esta legislatura. Quiero recordar que en estos tres años y medio se ha venido reformando la fiscalidad en sus tres vertientes: en primer lugar, en el ámbito
estatal, mediante la modificación de los principales impuestos directos, impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre la renta de no residentes y el impuesto sobre sociedades, y con la aprobación de una nueva Ley de mecenazgo; en
el ámbito autonómico, aprobando un nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común, un nuevo concierto económico con el País Vasco y actualizando el Convenio económico con Navarra; y finalmente, en el ámbito local,
aprobando una importante reforma de la Ley de haciendas locales que moderniza el sistema de financiación y suprime prácticamente el impuesto sobre actividades económicas para la mayoría de los contribuyentes. Desde su aprobación, la Ley General
Tributaria ha sido objeto de diversas modificaciones que han intentando adaptar la norma a los cambios experimentados en la evolución del sistema tributario, pero a pesar de ello, puede afirmarse que la adaptación de la Ley General Tributaria al
actual sistema tributario y al conjunto del ordenamiento jurídico español resulta insuficiente. Además, a pesar de los esfuerzos revisores, el sistema tributario ha evolucionado en los últimos años de forma espectacular en el seno de los distintos
impuestos sin el correlativo desarrollo de la Ley General Tributaria. También hay que mencionar que se han promulgado otras normas en nuestro ordenamiento tributario, como la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común o la Ley de derechos y garantías de los contribuyentes, que han modernizado los procedimientos administrativos y las relaciones entre la Administración y los ciudadanos y sin que ello haya


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tenido el correspondiente reflejo en la Ley General Tributaria. Por este motivo, la nueva ley debe suponer una importante aproximación a las normas generales del derecho administrativo, con el consiguiente incremento de la seguridad
jurídica de los ciudadanos en la regulación de los procedimientos tributarios. Los objetivos que persigue la promulgación de la nueva ley general tributaria pueden resumirse en los siguientes: la necesidad de una adaptación íntegra a la
Constitución para incorporar plenamente los principios constitucionales en materia tributaria; la conveniencia de reunir en un solo texto normas diversas -en este sentido, la nueva ley general tributaria tiene vocación de código general tributario
y permitirá eliminar las contradicciones entre el texto inicial de 1963 y las reformas parciales realizadas en 1985 y 1995-; en tercer lugar, la mejora de los derechos y garantías de los contribuyentes reforzando su seguridad jurídica; en cuarto
lugar, la necesidad de recoger los cambios en la aplicación de los tributos, modernizando los procedimientos y regulando el marco general para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por medios telemáticos; en quinto lugar, la
actualización del procedimiento sancionador, consolidando en el ámbito tributario los principios de tipicidad, culpabilidad y proporcionalidad; en sexto lugar, el reforzamiento de la lucha contra el fraude, asegurando el cobro de las deudas
tributarias; por último, la necesidad de reducir la conflictividad existente en materia tributaria, lo que se traducirá en una reducción de costes para los contribuyentes, para la Administración y en un aumento de la seguridad jurídica. Quiero
aprovechar la ocasión para animar a los diferentes grupos parlamentarios a colaborar en la mejora del texto remitido por el Gobierno a las Cortes Generales, presentando evidentemente las enmiendas que consideren oportunas. Desde el Ministerio de
Hacienda estamos convencidos de que gracias a su aportación el texto que se remita al Congreso de los Diputados y al Senado recogerá modificaciones que se traducirán en un mejor texto que el que inicialmente envía el Gobierno a esta Cámara.



Finalmente, me voy a referir al importante acuerdo sobre la tributación del ahorro alcanzado en el seno de la Unión Europea el pasado 3 de junio, en el Ecofin celebrado en Luxemburgo. La aprobación del llamado paquete fiscal engloba tres
elementos distintos, esto es, la Directiva sobre fiscalidad del ahorro, segundo, la Directiva sobre intereses y cánones y, tercero, el código de conducta sobre fiscalidad de las empresas. Este paquete fiscal es un acuerdo muy importante dentro de
la Unión Europea, porque supone establecer el principio de intercambio automático de información entre los países de la Unión Europea respecto a los rendimientos del capital recibidos en forma de intereses por un residente de un país miembro de la
Unión Europea obtenidos en otro Estado de la Unión Europea. En segundo lugar, este acuerdo sobre el paquete fiscal compromete políticamente a los gobiernos de la Unión Europea a poner fin a los regímenes fiscales considerados perniciosos por el
grupo del código de conducta y avanzar en el intercambio de información. Por tanto se comprometen todos los países a no introducir medidas que puedan hacer la competencia fiscal a otros países. Finalmente, este acuerdo favorece la actuación de los
grupos empresariales en distintos Estados miembros porque suprime la imposición en el Estado fuente de los pagos, de las retenciones por pagos de intereses y de las retenciones por los pagos de cánones o regalías tanto entre sociedades, con una
participación mínima del 25 por ciento como con los establecimientos permanentes. Para que SS.SS. se hagan idea de la complejidad del acuerdo alcanzado quiero recordar que fue en el Consejo Ecofin de 1 de diciembre del año 1997 cuando se aprobó el
código de conducta sobre fiscalidad de las empresas y el concepto de paquete fiscal, al decidir la inclusión de dos futuras directivas. Por tanto, han sido necesarios más de cinco años para alcanzar el acuerdo entre los países de la Unión Europea,
que ha requerido un minucioso trabajo en concertación, no sólo entre los Estados miembros, sino también entre la Unión Europea y los países terceros.
España asumió la presidencia europea en el primer semestre de 2002, durante la que se impulsó el
paquete fiscal hasta su aprobación definitiva en el último Ecofin.



En relación con la directiva sobre fiscalidad del ahorro, el objetivo es permitir que cada Estado miembro grave los intereses obtenidos por sus residentes en otro Estado miembro. El mecanismo que se establece es el intercambio automático de
información. Esta medida se va a aplicar a las personas físicas por los intereses que perciban en sus inversiones en otros Estados miembros de la Unión. La entrada en vigor de esta medida está prevista inicialmente para el 1 de enero de 2005,
dependiendo del acuerdo al que llegue la Unión Europea con los países terceros para establecer medidas equivalentes. Este acuerdo ya se ha conseguido con Suiza y servirá de modelo para el resto de los países. No obstante, hay tres países que
todavía tienen secreto bancario, que son Bélgica, Luxemburgo y Austria. Para estos tres países se abre un periodo transitorio en el que, en lugar de intercambio de información, como consecuencia del secreto bancario, practicarán una retención del
15 por ciento durante tres años, los años 2005, 2006 y 2007, el 20 por ciento en los tres años siguientes y el 35 por ciento a partir del 1 de enero de 2011. A partir de esa fecha, en el momento en que se alcancen acuerdos de intercambio de
información con terceros países, también estos tres países entrarán en el intercambio automático de información, una vez que hayan adaptado su legislación interna para suprimir el secreto bancario. La recaudación que obtengan por la retención se
repartirá un 75 por ciento al país de residencia del inversor y un 25 por ciento al país retenedor en concepto de gastos de gestión. La distribución del 75 por ciento al país de residencia viene a ser una


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forma de compensar la pérdida de recaudación en el país de residencia, derivado de esos intereses que se obtienen en el otro país.



En cuanto al proceso de negociación más avanzado con terceros países es el que se refiere a Suiza, con el que ya existe un principio de acuerdo. En este principio de acuerdo Suiza se compromete a adoptar medidas equivalentes a las adoptadas
por la Unión Europea sobre fiscalidad del ahorro para evitar la deslocalización de capitales hacia Suiza.
Establecerá una retención similar a la que van a establecer Bélgica, Luxemburgo y Austria. No obstante, los residentes en la Unión Europea
podrán evitar la retención en Suiza si autorizan a las autoridades suizas a intercambiar información con su país de origen. Además, en este acuerdo es importante destacar que se prevé el compromiso para renegociar los convenios de doble imposición
que tiene en este momento suscritos Suiza con los países miembros para incluir una cláusula de intercambio de información, hasta ahora inexistente, de tal manera que Suiza intercambiará información con España sobre las cuestiones fiscales incluidas
en el convenio de doble imposición y que afectan al impuesto sobre la renta y al impuesto sobre sociedades y a todas las categorías de renta que figuran en el convenio: dividendos, intereses, cánones, plusvalías, rendimientos de alquileres, rentas
del trabajo, rentas de actividades profesionales, rentas de miembros de consejos de administración, etcétera.



En lo que se refiere a la directiva de intereses y cánones, el objetivo es eliminar las retenciones sobre intereses y cánones pagados a empresas asociadas de otro Estado miembro a partir de la entrada en vigor, en enero de 2004, aunque esta
directiva en España entrará en vigor en enero de 2005, aplicándose un periodo transitorio a partir de esa fecha de seis años en España, que no se aplicará a esta directiva, sino que se seguirán aplicando las disposiciones de los convenios.



Finalmente, el código de conducta de fiscalidad empresarial, el tercer elemento del paquete fiscal, tiene por objeto eliminar la competencia fiscal perjudicial entre países de la Unión Europea. Para ello, los Estados miembros nos hemos
comprometido a desmantelar los regímenes fiscales considerados perjudiciales y a no introducir nuevos regímenes fiscales que puedan considerarse como tales. De las 66 medidas inicialmente condenadas por la Unión Europea a España correspondían tres
y ya están desmateladas. La primera es el régimen fiscal de hidrocarburos, que se reformó en la Ley de acompañamiento para este ejercicio 2003. Las otras dos medidas, que corresponden a los centros de coordinación de Navarra y del País Vasco, ya
han sido derogadas. Por tanto, España ha concluido también el proceso de desmantelamiento y la totalidad de las medidas condenadas por el código de conducta se han desmantelado en marzo de 2003, si bien el Consejo ha autorizado a algunos regímenes
a extender sus beneficios más allá de esta fecha en casos excepcionales. En definitiva, podemos destacar que el acuerdo alcanzado en el Ecofin va a suponer un aumento en el acceso a la información bancaria y un mayor control por parte de la
Administración tributaria sobre la evasión y el fraude fiscal, lo que se traducirá en una mayor eficiencia y equidad de los diferentes sistemas tributarios de la Unión Europea.



Señorías, creo que a lo largo de esta exposición les he suministrado suficiente información acerca de la evolución de la recaudación tributaria en los primeros cuatro meses del año, así como de la labor desarrollada por la Agencia Tributaria
en materia de gestión del sistema tributario.



Finalizo mi intervención agradeciéndoles su atención y me pongo a su disposición para aclarar y responder las cuestiones que consideren oportunas.



El señor PRESIDENTE: En turno de portavoces tiene la palabra en primer lugar el Grupo Parlamentario Socialista. Señor Fernández Marugán.



El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: Muchas gracias, señor Ponga. La última vez que compareció usted, si no recuerdo mal, en esta Comisión para hacer un análisis del grado de ejecución del presupuesto de ingresos fue el día 5 de marzo, por lo que
apenas han transcurrido tres meses de aquella sesión. Creo que es fácil que nos pongamos de acuerdo todos los que estamos aquí sobre que en ese periodo de tres meses pocas son las cosas que han cambiado en la marcha del sistema impositivo español.
Por tanto, las tendencias que pusimos de relieve en aquel momento siguen estando encima de la mesa y lo siguen caracterizando en el día de hoy.



Ha hecho, como suele ser habitual en sus intervenciones, una primera consideración en torno a la marcha de la economía como determinante de la conexión entre lo que podemos denominar el ciclo económico y el ciclo tributario. Es verdad que
el ciclo económico tuvo un punto mínimo en el segundo semestre del año 2002, que ha sido poco explicitado y poco dado a conocer. Desde ese momento se inicia una lenta y moderada recuperación de la economía, que ya lleva un periodo de gestación
cercano a un año, y que ha venido reflejando un compás de espera, a la vista de las incertidumbres primero bélicas y luego posbélicas. De alguna manera, ese compás de espera se viene traduciendo en un hecho relativamente curioso, y es que llevamos
cinco trimestres consecutivos en los que los economistas discuten de la décima, décima en el sentido de si el punto más bajo está entre el 1,8 y el 2 por ciento y el punto más alto entre el 2 y el 2,1. Pero en realidad, a lo largo del año 2002 y
del primer trimestre del año 2003 la economía española está experimentando un proceso de estancamiento en un nivel más alto que el de la media europea, y tiene unos


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componentes que nosotros no quisiéramos dejar de expresar.



Ha dicho que el elemento más activo, como no puede ser de otra manera, es el consumo de los hogares, que ha venido creciendo a lo largo de los últimos trimestres debido a la marcha del empleo, a la marcha positiva de la renta disponible
ocasionada por múltiples factores, entre los que están la negociación colectiva, las revisiones de salarios y prestaciones y, por qué no decirlo, ese impuesto que siempre existe y que tanto perjudica al ciudadano, que se llama inflación. Al margen
de esto, parece que por fin hemos salido de la recesión en bienes de equipo y que después de más de dos años de tasas consecutivas negativas, en el último trimestre, según la información que ha proporcionado el Instituto Nacional de Estadística,
puede que haya crecido un 0,9 por ciento. Si esa tendencia se consolida, habremos dado un pequeño paso para ser capaces de enfocar el futuro económico de la sociedad española por renglones no tan conservadores como los que se vienen dando a lo
largo de los últimos meses. El modelo de crecimiento en España se apoya fundamentalmente en el consumo de los hogares y en el auge de la construcción, que viene manteniendo un nivel de crecimiento en torno al 4 por ciento y cuyo futuro más próximo
no va a ir muy por debajo de esta magnitud. Esto tiene dos elementos, uno vinculado al endeudamiento de las familias. Hemos pasado de tener tipos de interés españoles a tener tipos de interés alemanes y, como consecuencia de tener tipos de interés
alemanes, los españoles se han embarcado en un proceso de endeudamiento que crea algún tipo de incertidumbre en las personas que contraen esas pólizas y en las instituciones que las proporcionan. Pero no sólo quería poner de relieve ese factor sino
que la opción entre impulsar el crecimiento económico en España, desde el punto de vista del sector de construcción, frente a otro tipo de sectores productivos, tiene algunos elementos conservadores que no alargan el producto potencial de la manera
más aconsejable posible.
Ese tipo de elementos lo ponemos de relieve en el contexto de la intervención que usted ha tenido aquí. No es el eje de su intervención y tampoco tiene por qué ser el eje de la intervención del Grupo Parlamentario
Socialista. Lo cierto y verdad es que creciendo, como usted bien ha dicho, la demanda al 3 por ciento, el producto interior creció el 2,1 por ciento, como consecuencia de una detracción del sector exterior de 0,9 por ciento, que es bastante
superior a la que experimentaron los últimos trimestres del año 2002.



Situándonos en el sistema impositivo, al menos hay cuatro cuestiones que nos gustaría poner de relieve. Nosotros creemos menos que usted en la recaudación líquida, porque casi siempre nos manejamos con la recaudación bruta. He de agradecer
que el documento esta vez, aunque sea en líneas de muy reducida explicación, haya puesto algo más de información sobre la recaudación bruta que la que nos proporcionaron en el mes de marzo. Se lo agradezco, pero la potencialidad del sistema
tributario se mide en la recaudación bruta. La recaudación líquida tiene tantos filtros que está bien, se luce, se maneja, pero, créame, si tuviéramos más tiempo y más circunstancias, le diría que en el Ministerio de Hacienda se manejan hasta cinco
criterios distintos para medir la recaudación del sistema tributario. El primer criterio debería ser la recaudación bruta, el quinto seguramente es una indicador compuesto de distintos indicadores de impuestos que tiene nuestro sistema y en medio
de ellos está la recaudación líquida, que a usted le gusta mucho y a mí menos. Voy a tratar de moverme en términos de recaudación bruta y no líquida.



Hay cuatro cuestiones que se ponen de relieve en el primer trimestre del año 2003, como se pusieron en el último trimestre del año 2002. La potencia de las retenciones, el primero, la buena marcha ya en el año 2002 y 2003 del IVA, como
consecuencia de esa recuperación que por fin se atreven las autoridades económicas del Ministerio de Hacienda a publicitar, porque la conocían. El Ministerio de Hacienda tiene un sistema de información estupendo, lo digo siempre. Los papeles serán
mejores o peores, pero el sistema de información es estupendo, y no siempre enseña toda la información que tiene. En este caso, el Ministerio de Hacienda sabe desde hace bastantes meses que las ventas evolucionaban de una manera positiva, que
primero fueron ventas al exterior y que, como consecuencia de la incertidumbre y de las crisis en nuestros principales clientes, aflojó la demanda externa, tomó el relevo la demanda interna y, como consecuencia de ello, el IVA ha ido bien.



El tercer elemento es un elemento ya sempiterno, y es que lo del esquilme de las rentas del capital sinceramente es algo preocupante, un trimestre tras otro, un ejercicio tras otro. Este es el país donde con mayor velocidad y mayor
intensidad se ha producido la desfiscalización de este factor de la producción. De nuevo se vuelve a reflejar en el documento que nos ha proporcionado.



En cuarto lugar, quisiera hablar del manejo arbitrario de las devoluciones. Es un tema que hemos tratado de plantear aquí y casi nunca hemos tenido la suerte de que nos den una explicación satisfactoria, pero vayamos por figuras
tributarias. Cuando uno se acerca a la realidad impositiva española se encuentra con que empezábamos en el año 2003 una nueva reforma fiscal, y la reforma fiscal, tal como la venden los conservadores, es siempre lo mismo, ver cómo la gente paga
menos. Se hicieron múltiples estudios. El copyright yo no lo tengo, lo tienen ustedes, pero algunos estudios tengo yo. Como consecuencia de esos estudios se dijo: va a haber una reducción de las retenciones del 8 por ciento y el efecto en
reducción de los ingresos de una reducción de las retenciones del 8 por ciento iban a


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ser 3.525 millones de euros, que son 590.000 millones de las viejas pesetas. Otra gente dijo: la reducción va a ser del 11 por ciento. ¿Qué efecto tiene una reducción en retenciones del 11 por ciento a lo largo del mes de febrero del año
2003? El efecto ya no puede ser de 3.500, porque si la retención se reduce más, iban a ser 5.117 millones de euros, que son como 850.000 millones de las viejas pesetas. ¿Dónde estamos? La propaganda oficial es algo muy divertido, porque esto es
sorber y soplar, y no se puede sorber y soplar. Se buscó una explicación con el máximo porcentaje de reducción de las retenciones y con el mínimo coste de reducción del ingreso para el tesoro público. Aquí se ha llegado a decir que se iban a
reducir las retenciones al 11 por ciento y que el coste iba a ser de 3.500 millones de euros. ¿Y qué ha sido? Éste era el frontispicio en el que se situó al ciudadano español. En el mes de marzo tenemos pocos datos. Cuando vino el señor Martínez
Rico había unos pocos más, y ahora vuelve usted y hay otros pocos más. Aquí se produce un fenómeno muy curioso, y es que las retenciones no bajan sino que suben, además el 11,4 por ciento en términos brutos. Uno dice: ¿pero no habían hecho una
reforma fiscal para bajar los impuestos a la gente? ¿Qué está pasando aquí? Aquí pasan varias cosas. Pasa que ha habido una revisión de las prestaciones sociales de las pensiones, ha habido una revisión de los salarios importante. Con la
inflación como impuesto, las desviaciones son del cien por cien; iban a ser del 2 por ciento y han terminado en el 4 por ciento. Eso se traslada a retribuciones y prestaciones en el año 2003. Ha habido una negociación colectiva. Los trabajadores
tienen la costumbre de negociar su tabla de retribuciones con los empresarios, y les gusta ganar y tener incrementos importantes.



Ha habido cambios en la periodicidad y reconozco que los cambios de la periodicidad en el Ministerio de Hacienda son una auténtica maravilla, porque la inestabilidad del calendario del contribuyente es de tal intensidad, que no hay manera de
hacer una comparación homogénea ningún año. Algún día volveré al ministerio y se lo tendré que reconocer a los compañeros. Hay que ver qué bien hacen las cosas y qué difícil es controlar esto, porque un año tiene lugar en el mes de abril, otro en
el mes de marzo, en un ejercicio es una administración la que cambia de criterio, etcétera. Lo podían dejar un poco quieto. (Risas.) Los conservadores, que tanto predicaban la estabilidad normativa cuando gobernábamos nosotros, ahora resulta que
gobiernan ustedes y la estabilidad normativa no existe y el procedimiento del pago de los impuestos se altera de una manera vertiginosa. Y luego, por qué no, los cuatro elementos positivos de revisión de pensiones, revisión de salarios, negociación
colectiva, cambio de periodicidad y la buena marcha del empleo. Todo esto ha hecho que en este momento no veamos los efectos de la reforma tributaria. Además, esos factores positivos se han encontrado con un factor negativo de escasa importancia.
¿Cuál es este factor? La poca deflactación de la tarifa. Señor Ponga, de verdad me da una pena muy grande decir que yo ya lo decía en su momento, porque uno no debería tener que decir estas cosas, pero el Ministerio de Hacienda publica muchas
cosas que no da a conocer a los ciudadanos, sino que las mete en Internet, creyendo que los ciudadanos están conectados, cuando no lo están y tienen que hacerlo para ir a buscarlo. Yo me he preocupado en buscar algunos datos de los últimos años
como, por ejemplo, los de presión fiscal -que es un tema muy convencional, en el que hay un análisis bien hecho-, datos que ustedes mandan a la OCDE y no los que publicitan aquí. Yo tengo aquí el avance de la actuación presupuestaria del Estado
durante el año 2002, que es el que ustedes mandan a la OCDE, y vemos cómo evoluciona la presión fiscal en su conjunto y en algunas figuras tributarias. Cuando uno se pregunta cuál era el peso de la presión fiscal del IRPF en el año 2000, vemos que
es del 6,69, en el año 2001 era del 6,93, y en el año 2002 del 7 por ciento. Después de tanta propaganda, resulta que la presión fiscal del impuesto sube. ¿Esto cómo se nota? Algunas cosas se notan por algunos estudios que uno va viendo, en los
que se aprecia como el tipo efectivo del IRPF aumenta. En el año 2000 aumentó el 2,4 por ciento, en el año 2001 el 4,1 y en el año 2002 el 2,6. ¿Todo eso, por qué? Porque tenemos rigidez normativa, porque en el fondo, en el fondo, en el fondo, el
sistema que ustedes han montado tiene una llave y un candado. La llave es el sistema de retenciones y, a partir de no deflactar las tarifas durante un ejercicio y otro, nos encontramos con un exceso de retenciones en el trabajo que ya le anuncié
para el año 2002 y que vuelvo a hacer para el año 2003. Ese es el argumento fundamental por el cual las retenciones brutas crecen el 11 por ciento.
Aquí vuelve a suceder lo de siempre, que el peso del ciclo tiene más fuerza que la norma. La norma
tiene poca fuerza, porque se quieren utilizar las retenciones de trabajo como elemento financiador de todos y cada uno de los mecanismos de incentivo que tanto se han divulgado a lo largo de los últimos años en la legislación tributaria española.
Usted ha hecho alusión a algunos estudios del Banco de España -y no pensaba que usted vendría por ahí-, y como a mí me gusta leer estas cosas, pues me entretengo mucho, pude ver que en el mes de mayo el Banco de España publicaba un excelente trabajo
de un economista, en el que va analizando la reforma del IRPF, sus efectos redistributivos, sus efectos macroeconómicos y sus efectos en la asignación desde el punto de vista de la fiscalidad del ahorro. Este trabajo tiene una serie de curiosidades
y es honesto, porque es de los primeros trabajos que dice que todas las simulaciones que se están haciendo se hacen con trabajo dependiente, que todos los estudios sobre si la progresividad es más alta o más baja se hacen exclusivamente con trabajo
dependiente. Y si


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uno saca de los estudios la parte de la tributación de las rentas de capital y rentas del ahorro, tiene una configuración tributaria completamente diferente. En la parte del estudio que hace referencia al cambio normativo, en la nota 4, a
pie de página, dice que los mínimos personales se elevaron el 2,85 por ciento. El movimiento entre la Ley de 1999 y la Ley de 2003 tiene una ausencia de deflación, cuando se produce el ajuste parcial en la tarifa del elemento más importante y
universal, el que afecta a más ciudadanos, que es el mínimo personal, y experimenta una deflación absolutamente ridícula en términos de evolución de los precios. Es decir, que la devolución que hace la Hacienda pública al contribuyente, después de
haber estado tres años financiando las cuentas públicas con sus impuestos y con la inflación que se ha generado, es absolutamente escasa y esto se termina reflejando al cabo de unos meses en la tributación del trabajo. Este estudio dice más cosas,
a las cuales aludiré más adelante. Entre otras, dice una cosa muy curiosa y es que sólo se analizan las modificaciones relativas a los rendimientos del trabajo, y también que no se simulan las modificaciones relativas a la tributación del ahorro.
Esto no suele ser habitual entre las personas que se dedican a hacer este tipo de trabajo, pero él lo dice y yo lo creo.



Por último, como me gusta y me conviene, porque si no me conviniera no lo diría, termina diciendo una cosa a la que me voy a referir. (Risas.) Cuando habla del tratamiento fiscal del ahorro, termina diciendo que las diferencias en el
rendimiento fiscal tienden a ser mayores cuanto mayor es el nivel de renta en la mayor parte de los instrumentos analizados.
Eso es una parte de nuestra posición política. Aquí hay un conjunto de ciudadanos que pueden modular el sistema
tributario, a los cuales ustedes han favorecido enormemente y hay otro conjunto de ciudadanos, que son la inmensa mayoría, que solamente podemos soportar el sistema tributario.
Eso tiene que ver con una cosa que a mí me gusta mucho, y es que creo
que el sistema fiscal es una institución de las que antes se llamaba institución de clase, y que en torno al sistema tributario existen ideologías tributarias. Eso me lo va a permitir el señor presidente, porque ambos, cuando éramos más jóvenes,
nos hemos dedicado al estudio del mundo de las ideas económicas.



Respecto a las sociedades tenemos un viejo contencioso. Usted viene aquí y luce mucho el incremento de la recaudación, y yo siempre le digo lo mismo: que la cuenta de explotación de las empresas españolas no refleja los incrementos que se
están produciendo en el impuesto sobre sociedades.
Esto se debe a otra cosa; el ciclo va por un lado y la normativa va por otro. ¿Qué ha pasado aquí? Aquí ha pasado una cosa muy curiosa y es que ustedes han anticipado los ingresos en una
magnitud considerable, y no me importa decir que eso puede ser pan para hoy y hambre para mañana. Como consecuencia de eso, la última vez me dijo que la recaudación había subido el 24 por ciento. Esta vez ha sido más modesto y creo que solamente
ha sido el 14, pero, en cualquier caso, si usted y yo salimos diciendo que la cuenta de explotación de las empresas españolas ha tenido un excedente con un incremento de esa magnitud, cualquiera que sea el tamaño, y casi me atrevería a decir que
cualquiera que fuera la empresa, nadie se lo creería. Por lo tanto, otras cosas han ocurrido. ¿Qué ha ocurrido? Hombre, ha ocurrido una cosa a la cual sí quiero prestar alguna atención. Le he preguntado muchas veces sobre cómo iban las
devoluciones, y siempre me han contestado que las devoluciones iban normal. (Risas.) A mí no me parecía que fueran normal, pero, bueno.



Pues bien, este documento dice algunas cosas que otros no dicen. Y yo, lo mismo que cuando los documentos no me gustan digo que no me gustan, digo ahora que este documento pone de relieve un hecho que nosotros destacamos en esta Comisión la
última vez: que se estaba produciendo una anticipación de los ingresos de sociedades, que tendría su reflejo en años sucesivos, y que se estaba produciendo un retraso en las devoluciones del conjunto de los impuestos; que la anticipación era de
1.700 millones de euros, y que la devolución se estaba retrasando alrededor de 1.200 millones de euros; y que ese juego era el que permitía decir que se cumplían las previsiones presupuestarias. El documento este es un poco indiscreto, pero, desde
luego, avala los planteamientos que hicimos. Mire, en la página 16 nos dice que el aumento de devoluciones en el primer cuatrimestre de 2003 respecto del primer trimestre de 2002, en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, ha sido de
239 millones de euros. Esto puede parecer poco, pero es algo así como un incremento del 62 por ciento. ¡Hombre!, esta Administración puede ser muy galáctica, puede ser muy eficaz... pero, incrementos del 62 por ciento no son rutinarios; obedecen
a medidas discrecionales, seguro; aunque sólo sea por sentido común y por los años que uno estuvo en el ministerio. ¿El impuesto sobre sociedades? Pues, más o menos, lo mismo. La diferencia esta vez, cuatrimestre a cuatrimestre -comparando con
igual período del año anterior-, el incremento de las devoluciones fue de 726 millones de euros, es decir, un incremento del 70 por ciento. Más adelante, el IVA.
En el IVA anual el incremento ha sido de 242 millones respecto a igual período del
año anterior. Este es más modesto, aquí el incremento es del 20 por ciento. En el IVA mensual el incremento es de 1.021 millones de euros, con un incremento porcentual del 62 por ciento. Uno podría decir: ¡bueno! Pero lo peor es cuando uno entra
dentro y empieza a ver lo que hay, entonces, dice: oiga, mire usted, hay una nueva devolución en el IRPF como consecuencia de la reforma de 2002, la de las madres trabajadoras; perfecto. Hay devoluciones correspondientes al ejercicio anterior, es
decir, devoluciones que se hacen en 2003, correspondientes al ejercicio


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de 2002. ¡Pero, hombre, es que hay devoluciones que se hacen en 2003, correspondientes al ejercicio de 2001! Es decir, que aquello de licencias al cajón, que tanto se decía en la época de la autarquía...; incluso había bares en las
cercanías del Ministerio de Comercio donde se arreglaban este tipo de situaciones. En fin, lo mismo que uno se acuerda de Larra, se puede acordar de este tipo de cosas. ¿Cómo es posible que en el año 2003 se estén pagando todavía devoluciones del
año 2001? Simplemente porque se ha querido maquillar, simplemente por eso. Porque han creído mucho en la creatividad contable; ¡y no es poco, eh! Mire, en la página 16 vienen las devoluciones anteriores a lo anterior; es muy curioso, es un
castellano que está bien, pero, vamos, con los números de los años se hubiera visto más claro; bueno, está bien. En el IRPF la diferencia es de 86,9 millones de euros, es decir, un incremento respecto del año 2002 del 70 por ciento. En sociedades
el incremento es de 494 millones de euros, es decir, un incremento del 132 por ciento. En IVA anual 40 millones de euros, un incremento del 27 por ciento. ¡Hombre!, no es que uno tenga mucha fe en esto de la contabilidad, pero, a veces, se la
quitan; entonces, se la quitan de una manera muy clara y muy destacada.



Me parece que esto tiene una sola consecuencia y es que uno puede terminar poniendo de relieve un buen ejercicio, pero no deja de ser un problema para el ejercicio siguiente. Estas cosas, desde el punto de vista de la optimización normativa
que se produce con un descreste como el que se ha ocasionado en el impuesto sobre sociedades, tendrán consecuencias tributarias en el futuro. Hay, simplemente, una anticipación de ingresos que... bueno, otros pagarán en otros momentos políticos.
Desde el punto de vista de las devoluciones, el instrumento es demasiado pobre. En diciembre del año 2002, la Agencia tomó la decisión política de parar las devoluciones, lo sabe mucha gente; los funcionarios de la Agencia, también. Decidió
empezar a pagarlas bien entrado el año 2003 y, como consecuencia de eso, la alquimia contable funcionó en el cierre del presupuesto de 2002, y se va a complicar en el cierre del presupuesto de 2003, a no ser que esa recuperación que tanto alabamos y
tanto deseamos, pero que nunca llega, cambie parte de las circunstancias económicas españolas.



El señor PRESIDENTE: Al hilo de su intervención, señor Fernández Marugán, quería decir dos cosas; me va a perdonar. En primer lugar, he seguido con especial atención, una vez más, su singular y amena intervención. Pero tengo que decir,
en detrimento propio, que, por primera vez desde que soy presidente de esta Comisión, ha utilizado usted más tiempo que el compareciente. (Risas.) Va en detrimento mío, de modo que le rogaría que la próxima vez utilizase, al menos, un minuto menos.
(Risas.) En cualquier caso, como le digo, le he seguido con especial interés.



El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: ¿Me permite unas brevísimas palabras?


El señor PRESIDENTE: Sí, señor Marugán.



El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: Las primeras, de agradecimiento, doble.
Primero, porque que le alaben a uno una intervención... créame, los políticos somos bastante vanidosos (Risas), así que me gusta que me lo haya dicho. En segundo lugar,
se lo agradezco porque esta vez no le he dicho que le pedía perdón por haber hablado mucho. La otra vez me di cuenta, y se lo pedí. Le pido perdón.



El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Señoras y señores diputados, en primer lugar, quiero agradecer la comparecencia del secretario de Estado de Hacienda, don Estanislao Rodríguez-Ponga, para hacernos la exposición sobre las evoluciones de los
ingresos tributarios durante el primer cuatrimestre de 2003.



Por nuestra parte, vamos a valorar la evolución de los ingresos tributarios durante este primer cuatrimestre desde una perspectiva global, de una manera general, y no entraremos en la valoración de los diferentes impuestos ni en la de la
metodología adoptada por el ministerio en el informe que nos han remitido. Así, desde una perspectiva global, Convergència i Unió entiende que el incremento del 7,5 por ciento en la recaudación tributaria durante este primer cuatrimestre, respecto
al primer cuatrimestre de 2002, merece una valoración positiva. Este es un incremento positivo, que viene a demostrar que se confirman todas aquellas previsiones que se hacía sobre la evolución de la economía española. Estos datos demuestran que
la recuperación es real, que es efectiva, y que, de mantenerse estos ingresos y estos incrementos, cuando lleguemos a finales de 2003 probablemente podremos llegar a la conclusión de que la evolución y el crecimiento de la economía española han
salido definitivamente del estancamiento en que se vieron inmersos a finales del año 2002. La valoración de nuestro grupo es, pues, positiva, puesto que los números demuestran lo que ya hemos visto confirmado por diferentes datos macroeconómicos de
la economía española: existe una ligera recuperación, hemos salido del estancamiento, y esta recuperación viene fotografiada en el detalle de los ingresos fiscales.



Vamos a aprovechar la comparecencia del secretario de Estado de Hacienda para tratar de sensibilizarle en cuanto a una serie de cuestiones que preocupan muchísimo a la sociedad civil española. Al mismo tiempo, intentamos sensibilizar al
Gobierno en este aspecto para que se pueden tomar aquellas medidas oportunas


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para corregir algunos aspectos que nos preocupan y también preocupan a la sociedad civil española.



Me voy a referir a la preocupación actual de las 250.000 asociaciones que existen en España, a la preocupación del tejido asociativo español, que engloba a más de once millones de ciudadanos españoles que están inmersos en dichas
asociaciones. Desde nuestro punto de vista y el de estas entidades, se les está maltratando fiscalmente, se les está perjudicando fiscalmente. Incluso le diría más, señor Rodríguez-Ponga, algunas de ellas nos han hecho llegar su punto de vista,
que la Hacienda Pública las considera en estos momentos posibles defraudadores fiscales y algunos nos han llegado a decir que se ven tratadas como delincuentes fiscales. Esto es muy preocupante y, con la cantidad de iniciativas fiscales que se han
tomado desde que llegaron al poder, para las que siempre han contado con nuestra colaboración, con la cantidad de iniciativas que hemos presentado que han modernizado la legislación fiscal española, no entendemos cómo tropiezan ustedes en este caso,
se encallan y maltratan fiscalmente a todo este tejido asociativo español. Concretamente ayer, Convergència i Unió presentó una iniciativa en el Congreso de los Diputados en el sentido de no obligar a todas aquellas entidades o asociaciones sin
ánimo de lucro a la presentación del impuesto de sociedades por las rentas exentas. Hasta final del año 2002, todo este tejido asociativo español no estaba obligado a declarar el impuesto de sociedades por las rentas exentas. Sin embargo, en una
formulación de la Ley de acompañamiento para el año 2003, se incorporaba la obligación de que todas estas asociaciones tenían que declarar el impuesto de sociedades por las rentas exentas.
Dichas entidades o asociaciones sin ánimo de lucro van a
tener que soportar esta carga de profundidad tan importante. Como sabe perfectamente, señor secretario de Estado, esto no implica más carga fiscal, lo quiero dejar claro, sino que implica más trabajo burocrático, más trabajo administrativo, que
dichas asociaciones no pueden soportar por su falta de estructura administrativo-fiscal, por su falta de conocimiento; en muchos casos, tendrán que recurrir a los expertos fiscales, a los gestores administrativos, y no podrán pagar las
liquidaciones por la presentación de dicho impuesto. Estamos hablando de asociaciones sin ánimo de lucro, son muchas asociaciones españolas de padres de familia, muchas asociaciones españolas de gente mayor, muchas asociaciones españolas
deportivas, muchas asociaciones españolas culturales que no tienen la capacidad ni la estructura ni los conocimientos para presentar estas liquidaciones. En estos momentos ustedes les han creado un trauma importantísimo que intentamos resolver a
través de esta iniciativa parlamentaria, que ayer apoyaron todos los grupos parlamentarios de la Cámara.



Convergència i Unió hizo una pregunta al señor ministro que iba en la dirección de intentar resolver esta situación. El señor ministro nos dijo que esta situación no era tan grave como la que planteábamos y que la nueva Ley de fundaciones
privadas sin ánimo de lucro les reportaría beneficios fiscales importantes. Sin embargo, este no es el caso de esas asociaciones pequeñas que existen en la actualidad en España. Se trata de asociaciones en las que todas las rentas son exentas, que
no persiguen ningún objetivo con ánimo de lucro y lo que han pretendido dichos ciudadanos españoles es mantener una vocación asociativa muy importante para desarrollar actos culturales, actos deportivos, actos que llevan inmersas en muchas ocasiones
todas aquellas particularidades que afectan a la familia, a la gente mayor. Se trata básicamente de vocación asociativa y dichas asociaciones refuerzan el papel de la sociedad civil.



Señor secretario de Estado, no podíamos desaprovechar su comparecencia e intentamos sensibilizarle en el sentido de no obligar a dichas asociaciones a presentar el impuesto de sociedades antes del próximo 25 de julio. Si ustedes se hacen
eco de dicha problemática, vamos a hacer un favor muy importante al tejido asociativo español; además, en ningún momento, la Hacienda pública perdería recaudación. Si fuera en esta dirección, no le habría hecho esta manifestación en el sentido
intentar sensibilizar al Gobierno para resolver esta situación. Repito, una parte importante de dicho tejido asociativo se siente maltratado fiscalmente, se siente perjudicado, le diré más, incluso se sienten tratados como defraudadores o
delincuentes fiscales. Es una injusticia tremenda y, si se resuelve, no va a afectar a la recaudación de los ingresos fiscales.
En otras ocasiones ustedes han demostrado una sensibilidad muy importante para resolver ciertas situaciones y estamos a
tiempo de evitar un trauma fiscal a dichas asociaciones antes del próximo 24 de julio de este año.



Consideramos importante y acertado que el Gobierno haya presentado una iniciativa en el Congreso de los Diputados para que pueda ser debatida la futura ley general tributaria. Nuestro grupo parlamentario Convergència i Unió, como ya hizo
con motivo de la modificación del año 1995, va a presentar enmiendas que vayan en la dirección que entendemos tendría que ir dicha futura ley general tributaria, que sería potenciar todavía más la seguridad jurídica de todos los contribuyentes
españoles y mejorar también las relaciones a fin y efecto de evitar la litigiosidad entre el administrado y la Administración e intentar modernizar nuestra legislación para que finalmente se pueda producir un buen clima de relaciones y un incremento
de la recaudación fiscal. A simple vista y sin haber profundizado en el estudio definitivo de dicha ley, nos parece que es una ley muy reglamentista en el sentido de que se incorpora en la ley una parte importante del reglamento de la inspección y
recaudación. Lo tendríamos que tener en cuenta a la hora de la tramitación parlamentaria.
En algunos aspectos se aligera el régimen de sanciones,


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pero también es cierto que una lectura muy superficial deja ver que en otros aspectos se agravan. Esto nos preocupa.



Consideramos un aspecto muy positivo las actas de acuerdo, pero al mismo tiempo no está definido porque no queda muy claro qué tipo de acuerdo va a prevalecer en el futuro entre la Administración y el administrado y nos preocupa que, si hay
este acuerdo que parece muy indefinido, no va a haber posibilidad de hacer recursos. De todas formas, tiempo tendremos de tratarlo con el resto de los grupos parlamentarios que conforman la Cámara en el sentido de poder determinar finalmente una
legislación moderna que vaya en la dirección que he dicho al inicio de mi intervención, potenciar todavía más la seguridad jurídica del contribuyente en la dirección que se inició cuando debatimos en esta Cámara la Ley de derechos y garantías de
todos los contribuyentes españoles.



Para terminar mi intervención quiero manifestarle una cuestión que nuestro grupo parlamentario planteó en su anterior comparecencia, que se refiere a informaciones que nos llegan de la economía productiva, no solamente la catalana sino la
española, en el sentido de que sería conveniente a lo largo de esta legislatura, si es posible, acabar con la litigiosidad que existe entre el administrado y la Administración, pues en relación con la Inspección cada día se van produciendo más actas
de disconformidad y curiosamente, cuando llegan al económico-administrativo en muchas ocasiones siempre se da la razón al contribuyente y no a la Inspección.
Según la información que llega a nuestro grupo parlamentario, esto se produce porque
existe un mal sistema de retribución en cuanto a la Inspección. Una parte importante de la retribución de la Inspección va sobre objetivos y da la impresión que lo que quiere la Inspección es levantar actas, aunque después en lo
económico-administrativo se dé la razón al administrado. Esto no es objetivo y sería necesario potenciar más la seguridad jurídica del contribuyente. Tendrían que plantearse esta cuestión para estudiarla con profundidad e intentar otro sistema de
retribuciones a la Inspección, que no existieran incentivos importantes al levantamiento de actas. Si ustedes no quieren cambiar este sistema de retribución, una solución factible, manteniendo el sistema actual sería que esta retribución se
mantuviera sólo cuando lo económico-administrativo confirmara dichas actas. Así desaparecerían estas contradicciones que en muchos casos perjudican a la economía productiva del país, al contribuyente y también dañan la imagen de la Agencia
Tributaria, que tenía que ser una agencia que persiguiera, a través de sus actuaciones, la lucha contra el fraude, la recaudación, etcétera.



No podemos desaprovechar esta comparecencia, por lo que exponemos problemas que existen en la realidad, quejas que a nosotros nos plantean; pensamos que este es el momento procesal oportuno para plantear a la máxima autoridad de la Hacienda
española todos los aspectos que se refieren a la Agencia Tributaria.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el señor Azpiazu.



El señor AZPIAZU URIARTE: No voy a utilizar prácticamente tiempo, simplemente ya que estoy en esta Comisión, quisiera agradecer al señor secretario de Estado, don Estanislao Rodríguez-Ponga, sus explicaciones, al igual que agradecer al
señor Marugán su magnífico análisis en relación a la evolución y a los datos de la recaudación tributaria.



Tomo la palabra al secretario de Estado cuando ha dicho que estaba dispuesto a incorporar enmiendas y mejoras al texto de la ley general tributaria. Esto para nosotros es una sorpresa porque normalmente no suelen aceptarnos casi nada y, si
se produce este cambio de sensibilidad del Gobierno, bienvenido sea. Esperemos que el portavoz del Partido Popular se haga eco de esto y tenga en cuenta lo que el secretario de Estado nos ha comentado en este sentido.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra su portavoz, señor De Juan.



El señor DE JUAN I CASADEVALL: Con la necesaria, encomiable y deseable brevedad, señor secretario de Estado, quiero decir que el Grupo Popular, el grupo mayoritario en esta Cámara quiere hacer una valoración positiva de su intervención y de
los datos que nos ha proporcionado sobre gestión tributaria en este primer cuatrimestre del ejercicio, resultados buenos, sin duda, debidos a la buena política económica que practica el Gobierno centrista del Partido Popular y que es la que nos
permite mantener un buen ritmo de crecimiento de la recaudación y emprender importantes reformas fiscales que, a nuestro juicio -y según parece discrepamos de otros grupos- reducen considerablemente la carga tributaria del contribuyente,
precisamente de los contribuyentes con niveles de renta más bajos, y de las pequeñas y medianas empresas que tienen un protagonismo esencial en nuestro tejido productivo y en la creación de empleo.



Si hiciéramos una lectura política de su intervención, creo que el primer dato a retener es la política económica que hace el Gobierno, que pivota sobre la estabilidad presupuestaria. Algunos creemos que la estabilidad macroeconómica es
siempre una buena política y las reformas estructurales son las que nos permiten mantener un crecimiento diferencial de nuestra economía respecto de la eurozona y, por consiguiente, seguir avanzando en el proceso de convergencia real en términos de
renta y empleo con la Unión Europea. Esa buena política económica es la que nos permite hacer lo que siempre hemos defendido algunos, es decir, recaudar más bajando impuestos, estimular fiscalmente el ahorro familiar, el ahorro empresarial y
estimular fiscalmente


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la inversión productiva para relanzar nuestra economía. Durante el pasado, lo hicimos con la Ley 40/1998, lo hemos hecho en el pasado ejercicio con la aprobación de la reforma del IRPF, con las reformas en la imposición del impuesto de
sociedades o con la Ley de Mecenazgo y hoy, a la vista de los datos que daba el compareciente, el señor Secretario de Estado, observamos que estamos recogiendo los primeros frutos de eso que estábamos diciendo, que bajando impuestos somos capaces de
recaudar más.
Lo hacemos -insisto porque me parece importante- en un escenario de desaceleración económica sincronizada de las principales áreas económicas. Nuestra economía ha dejado de tener ese acusado componente procíclico para tener su propio
patrón de crecimiento, para seguir creciendo, y creciendo diferencialmente respecto a Europa con relación a nuestros principales competidores y, por tanto, con una fortaleza importante de la demanda interna. El buen comportamiento de algunas de las
figuras tributarias y su nivel de recaudación, por ejemplo, con el IVA, denotan el mantenimiento del consumo, probablemente espoleado por una serie de factores que, a mi juicio, son importantes, y el señor Marugán hablaba de algunos. La reducción
del IRPF ha supuesto un incremento de la renta disponible y, por tanto, favorece ese incremento del consumo; la actualización e incremento de las pensiones también ha ido en esa línea de aumento de la renta disponible; en definitiva, eso es lo que
se refleja en la recaudación y también, sin duda, la reducción de las retenciones que ha sido especialmente intensa en los niveles de renta más bajos. Obviamente, hay ideologías tributarias, como alguien decía, algunos eran partidarios de subir
constantemente los impuestos y nosotros consideramos que el sistema tributario debe responder a dos principios esenciales, uno es el de la eficiencia económica -lo estamos viendo en la contribución de las reformas fiscales a nuestro crecimiento
diferencial respecto de la Unión Europea- y otro es la justicia fiscal. Hay estudios que dicen que la reforma de 1998 supuso un incremento de 15 puntos en la progresividad del impuesto. Eso es capacidad redistributiva, eso es mejor equidad fiscal
en contra de lo que algunos subrayan.



Quiero subrayar que esa importante política de reformas fiscales que redunda en el aumento de la recaudación se produce gracias a la política de estabilidad presupuestaria, y lo vemos mirando a Europa. La socialdemocracia alemana ahora se
plantea importantes reformas del Estado del bienestar, de la sanidad pública, del seguro de paro, de pensiones, etcétera. Nosotros estamos en una situación comparativamente mejor. Hemos hablado de Alemania, pero podríamos hablar también de
Francia, donde están emprendiendo importantes reformas para intentar salvar su desequilibrio presupuestario, su déficit público. Nosotros no sólo mantenemos nuestro gasto social sino que además lo incrementamos y acometemos importantes reformas
fiscales para que los ciudadanos paguen menos impuestos y para que nuestras empresas tengan un entorno fiscal más favorable para la creación de empleo y para contribuir al crecimiento de nuestra economía.



Mi grupo quiere saludar positivamente esa situación política que tenemos en nuestro país en este momento y ese resultado que hoy presentaba el secretario de Estado, el señor compareciente, que denota un incremento tanto de la imposición
directa como de la imposición indirecta; y naturalmente también de los resultados en la lucha contra el fraude fiscal, que reflejan el compromiso de la Agencia Tributaria para acotar esas situaciones de incumplimiento de las obligaciones
tributarias. En los últimos años, nuestro país ha emprendido importantes reformas fiscales con resultados positivos y buenos, una serie de reformas fiscales que van a concluir con la nueva ley general tributaria que iniciará pronto su tramitación
parlamentaria y sobre la que me gustaría que el señor secretario de Estado hiciera alguna reflexión adicional.



Quiero subrayar también -y voy concluyendo ya, señor presidente- una nota que me ha llamado la atención del conjunto de la intervención del señor secretario de Estado cuando hablaba de una de las reformas -quizá una de las emblemáticas- que
en materia de tributación de familia se introdujo con la última reforma del IRPF, que fue la llamada deducción de los 100 euros mensuales para las madres trabajadoras, que iba en el paquete de mejora del entorno fiscal de las familias. Hemos visto
que, en lo que va de año, en torno a 40.000 madres trabajadoras se han acogido a ese sistema de abono anticipado. Quiero subrayar que esa ley -yo fui ponente de esa ley, participé en los trabajos parlamentarios- en su momento fue sumamente
criticada por el Partido Socialista y por otros grupos de la Cámara, pero fue una medida positiva y que, por lo que hoy ha dicho el secretario de Estado, ha tenido una muy buena acogida.



Concluyo ya, señor presidente, haciendo tan solo una reflexión. Mi grupo da mucha importancia a los resultados de incremento de la recaudación, que es el resultado en términos fiscales, insisto, de la buena política económica que está
haciendo el Gobierno, pero da también mucha importancia a la Administración tributaria como servicio público. Todos sabemos que las obligaciones fiscales son complejas, sin embargo en los últimos años se han venido haciendo notables esfuerzos en la
simplificación de alguna de las figuras tributarias más emblemáticas de nuestro sistema tributario, como es el IRPF; se hizo en el año 1998, se ha hecho también con la reciente reforma fiscal en términos de simplificación de ese impuesto, y se han
desarrollado también importantes actuaciones de asistencia y de apoyo al contribuyente, que usted ha ido glosando y que yo no voy a repetir. Son pasos importantes en materia de reducción de la presión fiscal indirecta.



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El portavoz del Grupo de Convergència i Unió hacía referencia a un tema, digamos, de rabiosa actualidad parlamentaria, porque fue debatido ayer en esta Cámara, en relación con la obligación de declarar de entidades no lucrativas. Sobre eso
quiero reiterar lo que dijo el portavoz del Grupo Popular, señor Blancas, en el curso de esa intervención y es que es un tema que se está estudiando. También quiero reiterar, en relación con este punto, lo que dijo el señor ministro de Hacienda en
esta Cámara, que es la disposición del Gobierno a cualquier modificación que pueda mejorar el régimen fiscal de las pequeñas asociaciones, pero siempre que ello no equivalga a suprimir controles tributarios necesarios para garantizar que estas
entidades sean las auténticas beneficiarias de los regímenes fiscales especiales.



También quiero subrayar, una vez más, la extraordinaria importancia que ha tenido la Ley del Mecenazgo en la dinamización de lo que se ha dado en llamar el tercer sector, el sector que con un entorno fiscal favorable puede contribuir, junto
al sector público -no en sustitución de, pero sí junto al sector público-, a desarrollar actividades de interés social, cultural y educativo.



Nada más. Sólo reiterar, señor secretario de Estado, el apoyo del Grupo Popular a su gestión y, por tanto, desear que los resultados de la gestión tributaria sigan siendo tan buenos y positivos en ese esquema, que algunos tacharon de
cuadratura del círculo, que consistía en aumentar la inversión productiva, aumentar el gasto social, reducir impuestos y, reduciendo impuestos, aumentar la recaudación. Hoy hemos visto que esos círculos se cuadran y que son una realidad.



Nada más y muchas gracias, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado para contestar a los distintos portavoces.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (Rodríguez-Ponga y Salamanca): Voy a empezar contestando al señor Marugán quien ha relacionado ciclo económico y recaudación fiscal. Creo que no solamente hay un efecto de ciclo económico en el
aumento de la recaudación fiscal, hay también un efecto de la política fiscal, de las medidas fiscales, que están impulsando ese crecimiento económico; es decir, el aumento de recaudación fiscal no solamente es consecuencia del crecimiento
económico sino que la política fiscal influye en el crecimiento económico y ese crecimiento económico también aumenta la recaudación fiscal. En este caso es un círculo no sé si cuadrado, pero sí es un círculo virtuoso. La recaudación aumenta por
el crecimiento económico, el aumento de los salarios, el aumento del empleo, las reformas fiscales, etcétera.



Ha hablado de la recaudación líquida y la bruta. Le diré que no es que me guste más una que otra, más que gustarme le digo que manejo las dos porque son significativas y las dos son importantes. La recaudación bruta es importante porque da
idea de lo que se ingresa, pero la recaudación líquida es la más importante, porque es el ingreso bruto menos las devoluciones y eso al final es lo que figura en el presupuesto. Por eso digo que no es que me guste una más que otra, lo que ocurre es
que la líquida es la definitiva; las dos son importantes, la bruta permite hacer comparaciones, pero la líquida también.



En cuanto a los rendimientos de trabajo y de capital, dice que se ve que aumentan los del impuesto sobre la renta derivados de las rentas de trabajo y sin embargo disminuyen los de las rentas de capital. La disminución de las rentas de
capital no se debe a una cuestión de modificaciones fiscales sino porque los tipos de interés han bajado sensiblemente en España, están bajando significativamente, y eso hace que las retenciones sobre intereses estén disminuyendo, de la misma manera
que está disminuyendo también el recibo de la hipoteca de un número elevadísimo de españoles. Es exactamente el mismo fenómeno. No puede decirse que eso es debido a motivos fiscales, la reducción de estas retenciones es debida a motivos
extrafiscales.



También nos ha dicho que hemos bajado el IRPF y ha aumentado la recaudación, lo que considera una contradicción. Eso no es una contradicción. Ha aumentado la recaudación, pero descontando todos los efectos que no son la estricta rebaja del
IRPF, le diré que el crecimiento de las retenciones de trabajo, ha sido menor que el crecimiento del año pasado como consecuencia de esta rebaja de retenciones. El crecimiento ha sido menor, pero ha habido crecimiento; es decir, la recaudación es
positiva aunque hay menos crecimiento que el año pasado. La explicación del porqué ha habido ese crecimiento total efectivamente está en la periodicidad. La verdad es que su intervención ha resultado muy amena y se lo tengo que reconocer. No es
que se cambie aleatoriamente la periodicidad de los impuestos; en este caso se ha cambiado la de las administraciones públicas para adecuarla a la del resto de los agentes económicos. Sabe que las empresas o sociedades que tienen una facturación
superior a seis millones de euros anuales tienen que hacer sus declaraciones mensualmente. Pues bien, en las administraciones públicas no regía esta norma o había dudas de si esta norma regía para las administraciones públicas. Lo que se ha hecho
ha sido aclarar que las administraciones públicas cuyo presupuesto sea superior a seis millones de euros tienen que hacer también las declaraciones mensuales y no trimestrales, respecto de lo que antes había dudas. Esto ha supuesto que ya este año
las declaraciones sean mensuales y, por tanto, en estos meses ha habido un adelanto de ingresos. En cuanto al tipo medio del IRPF, le voy a citar un estudio del Instituto de Estudios Fiscales.



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Las conclusiones de la reducción del tipo medio con el nuevo IRPF son que los pensionistas son los que tienen una mayor disminución en el tipo medio, una disminución del 17,7 por ciento; los perceptores de la prestación por desempleo tienen
una reducción del 16,8 por ciento de media; los beneficiarios de otras pensiones del 13,6 por ciento, y los asalariados del 12,6 por ciento. En definitiva, una de las conclusiones más relevantes de este informe es que la reforma favorece
fundamentalmente a las personas mayores y a las familias con hijos; este era uno de los objetivos de la reforma y en este estudio se demuestra que esto se ha conseguido. El tipo medio efectivo de la totalidad de los contribuyentes cae desde el
11,52 por ciento hasta el 10,01 por ciento, con lo cual vemos que el tipo medio para todos los contribuyentes se ha reducido y, a través del índice de Kakwani, se ha visto que el impuesto se ha hecho un 8,2 por ciento más progresivo.



Ha comentado la nota de pie de página del Banco de España sobre que los mínimos personales habían subido un 2 y pico por ciento. Le tengo que decir que no es bueno medir aisladamente la rebaja del IRPF por un solo factor, lo que hay que
medir es la cuota íntegra, el resultado total de la contribución de una persona. Esta cuota íntegra no solamente es el resultado de la deducción por el mínimo personal, sino también por el mínimo familiar y otra serie de reducciones. Por tanto, no
se puede hablar de la rebaja del IRPF por una sola de las reducciones.



Por lo que se refiere al ahorro -y citaba al Banco de España-, creo haberle entendido que la reducción es mayor cuanto mayor es el nivel de renta. Considero que las rentas del ahorro, sobre todo en las plusvalías, están a un tipo fijo del
15 por ciento que precisamente es el tipo mínimo de la escala; se ha puesto en el tipo mínimo de la escala estando beneficiado el ahorro porque normalmente las personas que perciben rentas del ahorro son personas con rentas más reducidas,
normalmente las personas que perciben una mayor proporción de rentas del ahorro suelen ser pensionistas. Esto determina que el tipo de las plusvalías sea el mínimo de la escala.



Sólo me queda comentar el impuesto sobre sociedades. Ha dicho que las cuentas de resultados de las empresas no reflejan esta subida de la recaudación. Efectivamente, no reflejan la subida de la recaudación; las cuentas de resultados de
las empresas lo que reflejan es una reducción del tipo efectivo. Por un lado, hay una reducción de tipo efectivo del impuesto sobre sociedades en las cuentas de resultados y, por otro lado, se produce un aumento en la recaudación. Evidentemente,
esta es una situación en la que todos ganan, es decir, una situación de óptimo de Pareto, pero le voy a explicar el motivo. El motivo es que, en la situación anterior, en el diferimiento por reinversión, se producía una contabilización del impuesto
diferido al 35 por ciento, por tanto, las cuentas de resultados de las empresas reflejaban un 35 por ciento, pero el ingreso en la Hacienda pública quedaba diferido por un período de 10 años, con lo cual ese ingreso se producía en Hacienda
fraccionadamente a lo largo de los años. ¿Qué se ha hecho con el nuevo sistema? Se ha transformado el diferimiento por una deducción, de tal manera que, en el momento en que se reinvierte se aplica la deducción del 20 por ciento, pero se tributa
por un 15 por ciento. Por tanto, el tipo efectivo de las empresas y de los contribuyentes se ha reducido, puesto que en vez del 35 es del 15 por ciento y en la Hacienda Pública, en vez de ingresarse fraccionadamente a lo largo de los años, se
ingresa un 15 por ciento en el momento de realizar la reinversión. Esto determina, por un lado, el aumento de recaudación y, por otro, la reducción del tipo efectivo.



Por lo que se refiere a las devoluciones, hay una explicación muy sencilla para el aumento del porcentaje en las devoluciones que seguro que a usted se le había ocurrido, es la mayor eficiencia en las devoluciones y el adelanto en las
devoluciones. Es decir, lo que no puede ser es que, cuando la Agencia Tributaria tiene una mayor eficiencia y devuelve antes, se diga que es que lo que ocurría el año anterior es que se retrasaba. Se ha producido una reducción del período de
devolución a los contribuyentes. Por ejemplo, en la campaña de renta de este año, ya he dicho que las devoluciones emitidas son un 30 por ciento superiores a las del año anterior y el importe es un 31 por ciento superior es decir, estamos
devolviendo con mayor rapidez que el año pasado.



En cuanto a las devoluciones del año 2001, evidentemente no se retrasan las devoluciones desde el año 2001 al año 2003; habrá habido alguna incidencia que haya retrasado esas devoluciones, pero ya sabe que las devoluciones no se pueden
demorar más de 6 meses porque hay que devolver con intereses de demora y, como comprenderá, la demora para la Hacienda Pública no resulta en absoluto rentable. Cuanto antes se hagan las devoluciones, siempre es mejor para el contribuyente y para
las cuentas públicas.



En cuanto a la intervención del señor Sánchez i Llibre, primero quiero agradecerle sus comentarios sobre lo positivo del incremento de recaudación y, luego, voy a contestarle expresamente sobre el asunto de las asociaciones. La obligación
de presentar declaración por el impuesto sobre sociedades no es de enero de 2003, está desde enero de 2002; en la Ley de acompañamiento para el año 2002 ya se incluyó esa obligación, es decir, hace 18 meses. Luego ha sido un plazo muy razonable
para que estas asociaciones fuesen conociendo esta obligación de presentar declaración por el impuesto sobre sociedades. Sí quiero transmitirle también que creo que no hay que exagerar porque la obligación es presentar una declaración por el
impuesto sobre sociedades. Sabe que las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar contabilidad y a


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aplicar la adaptación especial que tienen del Plan General de Contabilidad; además, estas asociaciones tienen la obligación de depositar las cuentas en un registro específico. Por tanto, ya tienen una infraestructura y unas posibilidades.
Presentar adicionalmente la declaración del impuesto sobre sociedades una vez que se han depositado las cuentas, como comprenderá, no supone un trastorno tan grave como el que ha querido transmitir. De todas las maneras, desde el Ministerio de
Hacienda, la Agencia Tributaria va a hacer un plan especial de información a las pequeñas asociaciones para ayudarles a presentar esta declaración del impuesto sobre sociedades, si les creara alguna dificultad. La filosofía de esta declaración es
muy sencilla, estas entidades están exentas, pero para tener derecho a la exención hay que comunicar que esas rentas están exentas. La Agencia Tributaria tiene que tener información para poder calificar esas rentas exentas; si no se dispone de
información, es muy difícil saber cuáles son las rentas exentas. Eso es fácilmente comprensible. Tienen un régimen fiscal privilegiado, que es el régimen fiscal especial de las entidades sin ánimo de lucro, muy beneficioso para esas entidades,
pero evidentemente este régimen lleva aparejado la transparencia de estas entidades, el cumplimiento de sus obligaciones contables y el cumplimiento de su obligación de facilitar información. Quiero tranquilizar al señor Sánchez i Llibre, porque
esta obligación no supone una carga demasiado importante. Quiero decirle que hay un modelo simplificado de impuesto sobre sociedades para las empresas con un volumen de facturación inferior a seis millones de euros, y es un impreso que no tiene
gran dificultad para rellenar. No obstante, la Agencia Tributaria ayudará a todas las entidades que no puedan cumplimentarlo. Sobre el sistema de retribución de los funcionarios de la Agencia Tributaria, he tomado nota de sus observaciones y con
mucho gusto se las trasladaré al director general de la Agencia Tributaria para su estudio y consideración.



En cuanto a la Ley General Tributaria, señor Azpiazu, le agradezco sus palabras. La Ley General Tributaria pretende ser duradera, no es una ley coyuntural o política, es una ley de organización de la Hacienda pública.
Por tanto, hay que
dotar a esa organización del esqueleto, de la estructura de estabilidad. Por ese motivo, cuantas más aportaciones haya y cuantas más opiniones se puedan incluir será mejor para el funcionamiento de la Hacienda pública. Téngase en cuenta que los
principios de la Ley General Tributaria son aplicables al resto de las administraciones tributarias españolas. El Ministerio de Hacienda también ha recibido observaciones, porque, antes de remitirlo a las Cortes, el borrador se remitió a todas las
comunidades autónomas, que han hecho sus observaciones. De lo que se trata es de que sea una ley que establezca unos procedimientos aceptados por todas las administraciones tributarias y por los ciudadanos, para la mayor seguridad jurídica y el
mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias.



Contesto al señor De Juan agradeciéndole su apoyo a la labor de esta secretaría de Estado, pero ya que me lo ha pedido, quisiera hacer alguna reflexión adicional sobre la Ley General Tributaria. Destacaría algunas cuestiones específicas,
por ejemplo, que la Ley General Tributaria va a reforzar los derechos y garantías de los contribuyentes. Dentro de este objetivo se incluyen en el proyecto medidas como la ampliación de los plazos para presentar recursos y reclamaciones a un mes,
en vez de los 15 días actuales; ampliar los supuestos en que se procede al reembolso del coste de las garantías; y establecer el carácter vinculante de todas las consultas tributarias, lo cual va a dar una mayor seguridad jurídica a los
contribuyentes. Un segundo objetivo es la modernización de los procedimientos tributarios, incorporando las nuevas tecnologías y regulando los nuevos procedimientos de gestión, ya que en la Ley General Tributaria del año 1963 están regulados
insuficientemente. Hay que tener en cuenta que en el año 1963 el sistema tributario estaba basado en la liquidación que giraba la Administración, mientras que ahora está basado en la autoliquidación. La filosofía de la Ley General Tributaria, en
cuanto a gestión, es totalmente diferente.



Un tercer objetivo es el reforzamiento de la lucha contra el fraude. Así, se moderniza el procedimiento de recaudación, revisando la aplicación de los recargos en período ejecutivo, y se dota de una mayor flexibilidad al embargo de bienes,
de tal manera que el contribuyente puede proponer a la Administración un orden de embargo diferente al previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que sin duda, repito, va a dar lugar a una mayor flexibilidad y a una mayor seguridad jurídica en
los embargos. A la vez, se establecen nuevos supuestos de responsabilidad tributaria, puesto que para los administradores de hecho se crea la responsabilidad subsidiaria, así como para los que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la
prestación de servicios. Este último supuesto se limita a la propia actividad del empresario y no a las accesorias. Además, exige la insolvencia del deudor principal y se puede evitar siempre que el contratista haya aportado un certificado de
estar al corriente de las obligaciones tributarias.



En cuarto lugar, se establece un nuevo régimen sancionador que contempla detalladamente 16 supuestos de infracción tributaria, con sus correspondientes sanciones. Se establece una nueva clasificación: leves, graves y muy graves, frente a
las graves que ahora son las más comunes.
De esta manera, las infracciones de la mayoría de los ciudadanos se van a considerar leves, pero en los casos más graves de defraudación se van a considerar muy graves y, en este supuesto, habrá un
incremento de las sanciones. Precisamente para favorecer la disminución de la litigiosidad, que es el quinto


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objetivo de la ley, se va a posibilitar una reducción del 25 por ciento de las sanciones por pago en período voluntario; se crea la nueva figura de las actas con acuerdo, con una reducción de las sanciones del 50 por ciento, precisamente,
repito, para reducir la litigiosidad; se van a crear órganos unipersonales en los tribunales económico-administrativos para agilizar los procedimientos y, de esta manera, reducir asimismo la litigiosidad. En definitiva, lo que pretende la nueva
Ley General Tributaria es hacer más fácil cumplir con las obligaciones tributarias y más difícil defraudar.



Para terminar, quisiera comentar algo sobre lo que ha dicho el señor De Juan. Los datos sobre la deducción por maternidad, los 100 euros mensuales para las madres que trabajan fuera del hogar, indican que, hasta el momento, son 412.000
madres las que están percibiendo este abono anticipado de 100 euros mensuales, que se corresponden con 437.000 hijos menores de tres años. Estas son las cifras que están en este momento satisfaciéndose mensualmente.



Nada más, señor presidente, con esto termino.



El señor PRESIDENTE: Señor Fernández Marugán, por favor, sea muy escueto.



El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: Tan escueto que no voy a entrar en nada relacionado con las intervenciones anteriores.



Me ha quedado una pregunta por hacerle, pero si el señor Rodríguez-Ponga estima que no tiene la información disponible en este momento, no tengo inconveniente alguno en que nos la proporcione por escrito. Tendríamos interés en saber cuáles
son las previsiones del Gobierno en relación con cambios legislativos en el IVA de franqueo de correos por entidades colaboradoras de Correos. Si no tiene la información me la manda y punto.
Quisiéramos saber si tiene alguna previsión de cambios
normativos.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muy brevemente, señor presidente.



Respecto a la problemática que hemos planteado en aquellas cuestiones que hacen referencia a la presentación del impuesto de sociedades por las asociaciones, es verdad que rige desde el 1 de enero de 2002, pero también es verdad que la
obligación de presentar dicho impuesto empieza en el año 2003. Por tanto, estas asociaciones no han tenido tiempo de prepararse porque esa obligación, como para todas las empresas, se produce al año siguiente de haber cerrado el ejercicio.
Continúo pensando que Hacienda no es consciente de la problemática que tiene una asociación, por ejemplo, de jugadores de petanca, compuesta por ocho o diez personas sin conocimientos ni estructura contables, que ahora tenga que presentar una
declaración del impuesto de sociedades, ya que no tienen ni la más remota idea de lo que es un activo, de lo que es un exigible, de lo es exento y de lo que no es exento. Y como ésta hay asociaciones de padres, de viudas, de gente mayor, que no
tienen ni la más remota idea del tema; ni siquiera saben a dónde han de ir a consultar. Pero si no presentan dicho impuesto de sociedades van a recibir una paralela y se van a sentir defraudadores, cuando el objetivo principal de dichas
asociaciones no es defraudar sino iniciarse en el tejido asociacionista español. Vale la pena que ustedes se lo vuelvan a pensar otra vez, a ver si es posible montar un dispositivo para que estas asociaciones tan pequeñas y tan útiles no tengan que
declarar, porque es imposible, no van a poder declarar, aunque quieran, porque no tienen conocimientos ni estructuras ni saben a dónde ir. Hasta el año 2002 subsistían pero no defraudaban. Por tanto, hacemos el ruego de que tomen en consideración
este asunto porque vale la pena.



El señor PRESIDENTE: Señor De Juan.



El señor DE JUAN I CASADEVALL: Señor presidente, intervengo sólo para agradecerle al señor secretario de Estado la puntualización. Según parece, había dicho 40.000, me había olvidado un cero, son 417.000, lo cual es prueba de la
extraordinaria buena acogida que ha tenido esta deducción que pretende de alguna forma ayudar a conciliar la vida laboral y la vida familiar.



Nada más.



El señor PRESIDENTE: Señor secretario de Estado, puede contestar.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (Rodríguez-Ponga y Salamanca): No le puedo dar la información al señor Marugán en este momento, ya se la remitiremos.



En cuanto a la pregunta del señor Sánchez i Llibre, lo sabían desde hace 18 meses. La obligación, efectivamente, es en este año, pero desde enero del año pasado está en vigor para este ejercicio. Respecto a que no tienen estructura
contable, la Ley de mecenazgo dice claramente que, para tener derecho al régimen fiscal especial y a la exención de impuestos, es requisito imprescindible el depósito de las cuentas, es decir, tienen que cumplir las obligaciones contables y el
depósito de las cuentas. El hecho de no depositar las cuentas seguramente estará contemplado ya en la legislación específica de las asociaciones y ahí no entro, pero para tener derechos a las exenciones fiscales o al régimen fiscal especial, es
necesario cumplir con las obligaciones contables. Ya sabe S.S. que la Agencia Tributaria está a disposición de las asociaciones para ayudarlas a cumplir con sus obligaciones fiscales de manera voluntaria.



Con esto termino.



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PREGUNTAS:


- DE LA SEÑORA GIL LÓPEZ (GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA), SOBRE RECLAMACIÓN A LOS AFECTADOS DE LA EMPRESA PROMOTORA COMERCIALIZADORA PENINSULAR DE VIVIENDAS (CPV) DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES QUE DURANTE ESTOS ÚLTIMOS AÑOS HAN
REALIZADO POR DEDUCCIÓN DE COMPRA DE VIVIENDA EN CONSTRUCCIÓN. (Número de expediente 181/003341.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al II punto del orden del día, pregunta que formula al secretario de Estado la diputada señora Gil López.



La señora GIL LÓPEZ: Gracias, señor Rodríguez-Ponga, por estos cinco minutos más de su tiempo después de toda la comparecencia de esta mañana.
Voy a ser breve.



El 23 de octubre del pasado año 2002, 1.200 familias vieron que sus sueños de tener una vivienda se esfumaban. La empresa Comercializadora Peninsular de Viviendas -más conocida por CPV-, después de cuatro años se había bebido los sueños de
estas familias y mucho más, no les han devuelto el dinero que habían adelantado y encima, la Administración no les ha escuchado.



Señor Rodríguez-Ponga, cuando yo formulé esta pregunta, en febrero de este año, solicité de la Administración saber si se iba a hacer algo respecto de las inversiones de estos afectados. La empresa promotora Comercializadora Peninsular de
Viviendas (CPV) se declaró en quiebra por auto del magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid en diciembre de 2002. Esta misma pregunta la formulé también por escrito al Gobierno y se me contestó con fecha 11 de abril, que
no le constaban a la Administración las circunstancias de entonces de la situación judicial de la CPV y que tampoco se habían planteado situaciones concretas ante el departamento de gestión tributaria de la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria (AEAT). Por otra parte, mencionan el artículo 55 de la Ley 40/1998 del IRPF y el Reglamento del IRPF. Yo también pongo en su conocimiento, pues creo que lo debe de saber, que la asociación de afectados de la CPV tuvo el 18 de enero una
pequeña entrevista con el director de la Agencia, con el señor Salvador Ruiz Gallud, en la cual quisieron exponer las circunstancias por las que estaban pasando y les contestó que se le mandara una carta por escrito reseñando las situaciones en las
que se encontraban los afectados y lo que pedían al director de la Agencia. El señor Ruiz Gallud no ha contestado a la asociación de los afectados de la CPV y la contestación que se me hacía por escrito dice así y consta en el Reglamento del IRPF
en su artículo 52.3: Si como consecuencia de quiebra o suspensión de pagos -que ya se ha visto que está declarada por el juez del Juzgado de Primera Instancia número 9- ambas judicialmente declaradas, el promotor no finalizase las obras de
construcción antes de transcurrir el plazo de cuatro años a que se refiere el segundo guión del apartado 1 de este artículo o no pudiera efectuar la entrega de las viviendas en ese mismo plazo, esto quedará ampliado en otros cuatro años. Yo le
querría hacer la siguiente pregunta: ¿Van a solicitar a estos ciudadanos que se han visto afectados, desilusionados y destrozados por no tener vivienda, que además no tienen el dinero que han invertido porque la empresa se ha declarado en quiebra,
les ha estafado el dinero y no les han devuelto ni un duro de sus inversiones, va a reclamar la Administración de nuevo a estos ciudadanos -y ha habido intención por parte de la Agencia pues algunas cartas se les han mandado- que les devuelvan las
desgravaciones que con ilusión han venido efectuándose durante estos últimos cuatro años?


El señor PRESIDENTE: Señor secretario de Estado, puede responder.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (Rodríguez-Ponga y Salamanca): Efectivamente, el reglamento del impuesto sobre la renta, artículo 52, contempla precisamente la posibilidad de la quiebra o suspensión de pagos del constructor o
persona que haya percibido los importes de los clientes. En este caso el plazo de cuatro años para construir la vivienda se prorroga automáticamente otros cuatro años, como consecuencia de esta declaración judicial de quiebra del pasado 5 de
diciembre de 2002 y los afectados no tienen que hacer actuación adicional alguna, se aplica automáticamente. Cuando se dio la contestación por escrito a su pregunta todavía no nos constaba en la Administración tributaria esa declaración de quiebra,
pero una vez que consta, no es necesaria ninguna declaración de los afectados ante la Agencia Tributaria, porque automáticamente queda prorrogado otros cuatro años y en el juicio en el que se sustancie la quiebra se verá cuál va ser la situación
siguiente. Puedo añadir que en caso de que haya una pérdida de las cantidades entregadas, constituye una pérdida patrimonial en el impuesto sobre la renta, que se podrá integrar como una minoración de la base imponible.



Esto es todo.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario de Estado.



Se levanta la sesión.



Eran las doce y cincuenta minutos del mediodía.