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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 627, de 21/11/2002
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2002 VII Legislatura Núm. 627

JUSTICIA E INTERIOR

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JOSÉ MANUEL ROMAY BECCARÍA

Sesión núm. 77

celebrada el jueves, 21 de noviembre de 2002



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar la proposición de ley de modificación de la ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo. Formulada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de
expediente 122/000115.) ... (Página 20538)


Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, de la proposición de ley de modificación de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo. Formulada por el
Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente 122/000115.) ... (Página 20538)


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RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LA PROPOSICIÓN DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 32/1999, DE 8 DE OCTUBRE, DE SOLIDARIDAD CON LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO. FORMULADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de
expediente 122/000115)


El señor PRESIDENTE: Buenas tardes, señoras y señores diputados. Damos comienzo a la reunión de la Comisión.



El punto primero del orden del día se refiere a la ratificación de la ponencia designada para informar la proposición de ley de modificación de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo. ¿Se ratifica la
ponencia? (Asentimiento.) Queda ratificada.



APROBACIÓN, CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 32/1999, DE 8 DE OCTUBRE, DE SOLIDARIDAD CON LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO. FORMULADA POR EL
GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 122/000115)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al segundo punto del orden del día que consiste en la aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, de la proposición de ley de modificación de la Ley 32/1999,
de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo. El autor de la proposición es el Grupo Parlamentario Socialista, pero me informan que los grupos parlamentarios están de acuerdo en que la primera intervención sea la de la señora
Uría, representante del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), para defender sus enmiendas. Tiene la palabra su señoría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias a los portavoces de todas las formaciones políticas por permitirme alterar el orden habitual de las intervenciones, debido a las urgencias del transporte.



Quiero comenzar manifestando la conformidad de mi formación política con el texto de la iniciativa que con rango de ley vamos a aprobar, si bien, como tendré ocasión de explicar, nos hubiera gustado ir un poco más lejos al contemplar otros
supuestos, además de lo que específicamente se recoge en la norma. Nos alegramos también de que previsiblemente esta modificación vaya a poder ser aprobada por unanimidad, de la misma forma que por unanimidad fue aprobada la iniciativa que
modificamos. Quiero con ello aprovechar para tirar, de manera simbólica, de las orejas al Gobierno porque, en la medida en que fue una ley aprobada con solemnidad y unanimidad, insisto, intentaron modificarla sin contar con el concurso de las demás
formaciones políticas a través de la Ley de acompañamiento.
El otro día en ponencia recondujimos esta situación y finalmente será un texto legal independiente y separado, que siempre da una mayor dignidad a la cuestión que se regula, si bien
también reconozco que las modificaciones que pretendía la Ley de acompañamiento eran de mera tramitación y no sustantivas. Sustantiva sí es, sin embargo, la exclusión que hoy se hace, rotunda en el propio articulado de la ley, de que en ningún caso
podrá ser concedida la condecoración a quienes no la hayan merecido por su trayectoria personal o profesional especialmente vinculada a la represión de valores representados por la Constitución, la presente ley de víctimas del terrorismo y a los
derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales.



Ha sostenido siempre mi formación política la convicción de que no era ya posible, con el texto de la norma, haber concedido la condecoración a la persona que todos tenemos en nuestra mente, y así lo está sosteniendo en este momento ante los
tribunales en recurso que lleva buen ritmo de tramitación y que va superando uno a uno todos los obstáculos que era previsible le fuesen puestos en el camino; para empezar, si un partido político como es el Partido Nacionalista Vasco está o no
legitimado para impugnar una concesión de este estilo. El Tribunal Supremo ha entendido que la defensa del patrimonio ideológico de una determinada formación política y la importancia que tenga para el modelo de sociedad que un partido defiende y
el modelo de convivencia social que plasma en su ideario son motivos bastantes para que pueda vincularlos con un beneficio de orden moral directo en la consecución de que se llegue a obtener el que no debió ser nunca condecorada la persona a la que
estamos aludiendo.
De igual manera, el automatismo que desde el Gobierno se ha sostenido para defender que bastaba con pedir la condecoración y con haber sido asesinado por ETA para tener derecho a la misma ha quedado ya también denegado en alguna
medida por el propio Tribunal Supremo cuando a la petición de la hoja de servicios de Melitón Manzanas que se hizo por el Partido Nacionalista Vasco se opuso rotundamente la Abogacía del Estado y, sin embargo, el Tribunal Supremo ha entendido que
tal hoja de servicios era indispensable para poder valorar si se daban los supuestos que tanto en la exposición de motivos como del articulado de la ley se desprende en cuanto a la trayectoria honorable y de defensa de derechos y libertades de a
quien se pretendía condecorar.



He aludido a que mi formación política le hubiese gustado que se fuese un poco más lejos, y así es el contenido de las enmiendas que mantenemos vivas todavía en este trámite y que sí someteremos a votación, lo que no impide que estemos de
acuerdo con el contenido de lo que ahora va a ser objeto de aprobación. Lo digo porque mencionar una y otra vez que debieran haberse


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incluido en de la ley de indemnización a víctimas del terrorismo aquellos casos de quienes padecieron violencia ejercida en determinados momentos, bien sea con amparo de grupos que tenían cierto cobijo en los aledaños del poder en los
últimos tiempos de la transición, debía tener también su reconocimiento, sobre todo si tenemos en cuenta que estos hechos dañosos se produjeron siempre en la defensa de los derechos y libertades que hoy la propia Constitución consagra. Digo que el
haber insistido una y otra vez, en cuantos trámites ha habido en la Cámara respecto de esta misma materia, en que debiera irse un poco más allá, según conocemos ya de las restantes formaciones políticas, parece que en un futuro dará buen fruto
cuando se plasme en una iniciativa a poder ser conjunta de todas las formaciones de la Cámara. Ojalá también el Grupo Popular se apunte y a ello le invito en este trámite, a que se pueda incluir en el articulado a aquellas personas que por defender
estos derechos y libertades que hoy están plenamente vigentes padecieron daños en un determinado momento de la transición. En la esperanza de que esto así sea y que todos cumplamos con la palabra que nos hemos dado, sostenemos hoy estas enmiendas,
pero manifiesto que vamos a votar también a favor del texto tal y como ha quedado, con una única duda que me gustaría sea objeto de explicación por alguna de las formaciones políticas, y es la de no entender el porqué de la fecha que se ha dado,
septiembre del año 2001, en relación con quienes hayan padecido estos daños fuera del territorio español. No pongo objeciones, simplemente me gustaría que se me explicara.



El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación a las enmiendas de la señora Lasagabaster Olazábal, del Grupo Parlamentario Mixto. Tiene su señoría la palabra.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Eusko Alkartasuna ha presentado ocho enmiendas a esta proposición de ley de modificación de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y tomada en consideración por el
Pleno de la Cámara, que se podrían dividir en dos grupos. El primero hace referencia al objeto concreto de la proposición original que se refería a una cuestión que nosotros entendíamos que la Ley 32/1999 podía perfectamente evitar; es decir, que
no fuera posible conceder condecoraciones a quienes, aunque hubieren sido asesinados por ETA, en su comportamiento hubieran tenido una actuación contraria a los derechos fundamentales y a los valores democráticos. Creíamos -y en varias ocasiones
fue objeto de amplio debate en este Congreso- que la propia ley permitía realizar una interpretación que hubiera evitado conceder esa condecoración a una persona como Melitón Manzanas, en la medida en que aunque es verdad que fue asesinado por ETA,
y ello es muy condenable, su comportamiento no fue el adecuado en cuanto a protección de los derechos fundamentales. De hecho, lo defendimos constantemente, pero también planteamos en los mismos debates que si la interpretación de la ley podía
plantear alguna duda respecto a si tras la solicitud era automática la concesión de la condecoración, valía la pena proceder a la modificación de la ley para que, en una cuestión tan sensible y tan fundamental en un Estado de derecho en un sistema
que se pretende democrático, no quedara resquicio para la duda ni tan siquiera la posibilidad de utilizar esa duda en la interpretación para concederla a quien correspondiere. En su día presentamos estas enmiendas que hoy vemos recogidas en el
informe de la ponencia que se aprobará por unanimidad. Es verdad que incluso hablábamos, para llegar a tener una mayor pluralidad a la hora de determinar la interpretación de estas cuestiones, de una comisión de evaluación de la ley en la que
intervinieran, además del Gobierno, el Poder Judicial e incluso representantes de asociaciones de ciudadanos, lo que permitiría -repito- una pluralidad a la hora de interpretar cuestiones tan sensibles y tan cercanas en lo que se refiere a la
protección de los derechos. Este es un matiz que nosotros mantenemos como enmienda pero, no obstante, el grueso del contenido de lo que pretendíamos se recoge en el informe que la ponencia presenta hoy a esta Comisión. En ningún caso, nunca más
puede darse la circunstancia, yo creo que nada favorable, de que nos encontremos ante esta situación: condecorar a personas que no tuvieron actuaciones acordes con los valores democráticos.



Un segundo grupo de enmiendas es el que hace referencia a ir más allá, también entendido como una diferencia que hemos planteado en relación con la interpretación de esta ley. Hemos repetido constantemente, pero tampoco es malo seguir
repitiendo, el consenso que hubo a la hora de aprobar la Ley 32/1999. Nosotros entendíamos que esta ley permitía amparar a todos aquellos que hubieran sido objeto de violencia y de actos contrarios a la aplicación de la ley, es decir, actuaciones
que alteraban la paz pública, la seguridad ciudadana, etcétera. Creíamos y seguimos creyendo que esta ley, sin ningún tipo de modificación, podía haber acogido perfectamente a beneficiarios como los trabajadores que fueron asesinados por las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el año 1976 u otra serie de víctimas de la violencia; lo hemos reiterado en múltiples ocasiones. La interpretación de la ley en este ámbito ha suscitado fuertes controversias y, cuando la aprobamos,
entendíamos que podían tener cabida casos muy concretos como el que he citado ahora y algún otro. En todo caso, si alguien tenía alguna duda de que no era posible la aplicación de la ley a esos casos, nosotros creíamos que había que realizar
rápidamente una modificación para que no hubiera ninguna duda. Hemos presentado una serie de enmiendas, tanto a la exposición de motivos como al artículo 2, para que tengan cabida en esta ley todos los que hubieran sido víctimas de actos
antijurídicos y de violencia en el momento de la


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transición o en algún caso temporal parecido, de una u otra índole. Por ello en el artículo 2.1 hemos añadido: Las víctimas de actos violentos realizados por personas que hubieren actuado amparados por el ejercicio del poder público,
siempre, evidentemente, contrario a los valores de un Estado de derecho. Esta es una cuestión que no ha terminado y que queda pendiente. Creo que el acuerdo al que llegamos ayer todos en la Cámara nos va a permitir abordar este tipo de cuestiones
de una manera mucho más nítida. Son flecos, si me permiten, pero flecos muy dolorosos que siguen pendientes. Tenemos que hacer ese reconocimiento social y moral, pero también económico, como consta en esta ley, a esas personas.



Mantenemos hoy vivas estas enmiendas, pero nos alegraría que en un momento posterior los grupos parlamentarios, y sería bueno que fueran todos los grupos parlamentarios, pudiéramos llegar a formular una iniciativa que amparara esas
cuestiones porque, como dijimos en su momento y reiteramos, el sufrimiento no tiene color y las víctimas de la violencia no se pueden clasificar ni distinguir entre unas y otras.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Alcaraz.



El señor ALCARAZ MASATS: El debate de hoy trae causa de la Ley que aprobamos en octubre de 1999 sobre víctimas del terrorismo. En la negociación que se hizo antes de la ponencia y en la ponencia hubo dos comentarios que están ahora en la
base de este debate. El primero creo que fue de doña Margarita Uría cuando, ante la redacción que todos consensuábamos -por nuestra parte Pablo Castellano-, dijo que esto no podía afectar a don Melitón Manzanas, por ejemplo. Y se dijo: No, no,
claro está, son valores contrarios a la Constitución y no hay que señalar más este tema en el texto. El otro fue un comentario sobre la serie de víctimas de las fuerzas del orden dependiente del franquismo o de gente desconocida que se veían
desamparadas en esta situación (obreros de Ferrol, de Vitoria, de Granada, tres albañiles que murieron en 1970; José Manuel García Caparrós, un joven que murió el 4 de diciembre de 1977 intentando poner una bandera andaluza en la Diputación de
Málaga), y se llegó al compromiso de que este tema lo llevaríamos a una proposición conjunta de todos miembros de aquella ponencia para intentar solucionarlo inmediatamente después. A don Melitón Manzanas se le dio la Gran Cruz y el dinero
correspondiente, con un escándalo nacional de primera magnitud, político, social, cultural, de todo tipo. Nadie podía entender lo que pasó. En un principio hubo insensibilidad en este tema. Nosotros preguntamos a don José María Aznar en el Pleno
y dijo que, se estuviera o no de acuerdo, el problema era que la ley así lo decía. Ante esa contestación nosotros pensamos: Supongamos que el Partido Popular no está de acuerdo; si no está de acuerdo y creen que es culpa de la ley, hay que
reformar la ley. Y tiramos por esa vereda tropical. Andando el tiempo, todos nos convencimos de que había que reformar la ley. Se aprobó la toma en consideración hace diez u once meses -ha habido ahí una pequeña siesta- y ahora estamos aquí para
reformar esa parte de la ley. Nosotros habíamos presentado una enmienda en la que planteábamos la creación de una comisión de evaluación para que ninguno de los actos administrativos y las concesiones entraran en contradicción con la Constitución y
los valores en ella contemplados o con los acuerdos internacionales que también parece que se subsumen en el texto constitucional. Hemos consensuado otra forma que también permite evitar esta situación. Las mencionadas condecoraciones -se dice en
la nueva redacción del artículo 4 de la Ley de 1999- en ningún caso podrán ser concedidas a quienes en su trayectoria personal o profesional hayan mostrado comportamientos contrarios a los valores representados en la Constitución y en la presente
ley y a los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales. Esto soluciona uno de los temas, con independencia de lo que en su momento dicte el Poder Judicial con respecto a la concesión a don Melitón Manzanas. Nosotros hemos sufrido
en las manos de don Melitón Manzanas, por lo que no podíamos comprender lo que pasó y esperamos que ahora se remedie hasta el límite de lo posible, a nivel parlamentario y después a nivel judicial.



Queda pendiente el otro tema. Creo que conseguiremos entre todos una proposición de ley para que las víctimas de actos de terrorismo o de hechos violentos, como dice una enmienda de la señora Lasagabaster, perpetrados por persona o personas
integradas en bandas o grupos armados o que actuaran con la finalidad de alterar gravemente la paz pública, o que actuaran vinculadas o amparadas por el ejercicio del poder público contrario a los valores de un Estado de derecho, también puedan
insertarse como beneficiarios a nivel de honor o a nivel de lo que corresponda pecuniariamente en la Ley de víctimas del terrorismo.



Consecuentemente, nosotros vamos a votar la revisión del artículo 4 y las enmiendas que van en la dirección de un compromiso que se asumió en las negociaciones de la ponencia y que aún no se ha cumplido, aunque hay buenas perspectivas de que
se pueda cumplir en el próximo período.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Silva.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Debo manifestar la satisfacción de mi grupo parlamentario por la recuperación del consenso en una materia de estas características. Ciertamente la Ley de solidaridad con las víctimas del terrorismo tiene su origen
en una proposición de ley con un amplio consenso. La ruptura de ese consenso


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no impidió ni fue obstáculo para que el Grupo Parlamentario Catalán votase a favor de la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Socialista, de la misma manera que hemos formulado enmiendas, pero no es óbice
para que debamos manifestar nuestra satisfacción porque en el día de hoy, sin perjuicio de algunas enmiendas que puedan y que podamos mantener vivas algunos grupos, se ha recuperado muy sustancialmente ese consenso.



En segundo lugar, toca reiterar aquello que pudimos decir tanto en el Pleno del 18 de septiembre del año 2001 como en la Comisión de Justicia anterior el 31 de mayo. No puede estar más lejos de la intención de mi grupo parlamentario
contribuir a la idea de que hay unas muertes que pueden estar más o menos justificadas que otras, por descontado que no, y la defensa de la vida que hace mi grupo parlamentario es igualmente radical que la condena que hace de la violencia de
cualquier forma de terrorismo. También decíamos y debemos reiterar hoy que no cabe honrar a aquellas personas que no han tenido comportamientos honorables y que la sociedad no debe verse en la tesitura de honrar la memoria de aquellas personas que
han tenido poco respeto por la dignidad de sus semejantes y que han llegado a incurrir en la indignidad de la tortura. Por eso en su día votamos a favor de la toma en consideración de esta proposición de ley y nos congratulamos también por la
modificación de la Ley de solidaridad con las víctimas del terrorismo. Decíamos y volvemos a reiterar hoy que aquella expresión italiana de que un bel morir tutto la vita onora no es cierta, y que lo que honra una vida es lo que se hace obviamente
a lo largo de la misma. De ahí que estemos absolutamente de acuerdo con la percepción de indemnizaciones por parte de todas las víctimas del terrorismo, pero el título de honor es algo que debe estar reservado a aquellas personas que no han tenido
comportamientos contrarios a la dignidad humana y a los derechos fundamentales que reconocen los tratados internacionales, las declaraciones internacionales, la Constitución y las leyes. Me viene bien esta última referencia para solicitar una
pequeña corrección porque en el informe de la ponencia, como habrá podido comprobar el señor Alcaraz cuando estaba leyendo el artículo 4 apartado 3, al incorporar una enmienda se ha incurrido en un cierto error y, por tanto, el tenor literal debe
ser que haya mostrado comportamientos contrarios a los valores representados en la presente ley y a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales. Yo creo que este era el tenor literal de la enmienda y por
tanto debiera incorporarse así.



Mi grupo parlamentario mantenía tres enmiendas. En dos de ellas pretendía la indemnización de daños que pudiéramos denominar indirectos. En reuniones con la Asociación de víctimas del terrorismo de Cataluña, de la que forman parte personas
afectadas en el atentado de Hipercor, se nos ponían de manifiesto supuestos en los que se había denegado la concesión de la indemnización, como era el caso por ejemplo de una persona que llevaba doce años en tratamiento psiquiátrico, que no había
sido víctima directa del atentado de Hipercor pero que sufre ese trauma a partir de verse obligado a reconocer a las víctimas directas del delito, de la misma manera que también se ha constatado la existencia de daños en personas que en el momento
en el cual se produjo el atentado tenían la condición de nasciturus, que todavía no habían nacido, pero que precisamente el sock sufrido por la madre en ese momento del embarazo fue lo que determinó después su nacimiento con algún defecto o con
alguna enfermedad. Por eso lo que pretendíamos era ese reconocimiento más amplio al de las víctimas del delito. No ha sido recogido en el texto transaccional y mi grupo mantendrá la enmienda a ver si somos capaces de ponernos de acuerdo de cara al
Pleno, en el que participaríamos del consenso. Vamos a dar una oportunidad mayor al consenso.



En otra enmienda pretendíamos la indemnización de los daños causados por los terroristas fuera del territorio español. Nos podemos sentir identificados en la transacción que al final se ha producido a través de la disposición adicional
segunda por lo que en estos momentos entendemos que esa transacción presupone la retirada de nuestra enmienda.



Para acabar mi intervención, debo hacer referencia a aquellos otros supuestos que también han sido citados por otros portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, aquellas personas que sufrieron daños o encontraron la muerte,
fueron asesinados, luchando por el ejercicio de sus derechos fundamentales de reunión o de manifestación o luchando precisamente por la obtención de esos derechos. Mi grupo siempre entendió que no era la ley de solidaridad con las víctimas del
terrorismo el receptáculo, el ámbito, el instrumento más idóneo para el reconocimiento del honor y la atribución de los derechos correspondientes, pero no nos limitamos a entender que no era el instrumento más adecuado sino que, como publica el
Boletín Oficial de las Cortes Generales del 19 de julio del año 2002, mi grupo parlamentario presentó una proposición de ley de solidaridad con las víctimas de la lucha por las libertades y la transición a la democracia que pretende precisamente el
honrar e indemnizar a las personas que padecieron esos daños y perjuicios, pagaron incluso muchas veces con la propia vida la lucha por las libertades o en el ejercicio de libertades inviolables de la persona. Ya se han citado algunos supuestos
como Ferrol, Granada, Vitoria, Montejurra y otros. Mi grupo no tiene ninguna pretensión de exclusividad. Desde el primer momento quiso poner de manifiesto su intención y, por tanto, estamos dispuestos a participar del consenso con el resto de los
grupos para honrar, satisfacer e indemnizar a estas víctimas de la lucha por las libertades y de la transición a la democracia.



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Acabo como inicié mi intervención, agradeciendo y felicitándome por la recuperación sustancial del consenso y esperando que nos podamos encontrar de nuevo en ese consenso en el honor y en el reconocimiento a las personas que padecieron y que
incluso murieron en la lucha por las libertades.



El señor PRESIDENTE: ¿Portavoces que deseen intervenir? Señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Seré breve, señor presidente, porque ya hemos expresado este espíritu de consenso en la ponencia y en anteriores trámites. Coalición Canaria se siente satisfecha de este grado de encuentro, de unanimidad práctica
literal y de espíritu y fondo en la forma y contenido de la modificación del artículo 4 de la Ley 32/1999, de solidaridad con las víctimas del terrorismo. Suscribimos plenamente todos los principios generales que dice nuestra Constitución en
defensa de los derechos humanos y de los tratados internacionales. Hacemos también nuestro, como hemos firmado, el texto definitivo, lo vamos apoyar favorablemente en el mejor sentido democrático, constitucional y político de nuestra Constitución y
nos congratulamos de este punto de encuentro para que quienes hayan sido víctimas del terrorismo, en cualquiera de sus formas, tengan esta satisfacción y no puedan participar de la misma quienes hayan conculcado derechos constitucionales, derechos
humanos y acuerdos que dignifican la condición humana en los tratados internacionales. De aquí que nuestro apoyo al documento que nos llega de la ponencia sea absoluto en todos sus términos.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Pérez Rubalcaba.



El señor PÉREZ RUBALCABA: Quisiera comenzar, como han hecho todos los grupos parlamentarios que me han precedido en el uso de la palabra, por mostrar la satisfacción del Grupo Parlamentario Socialista por el consenso que hemos conseguido
alcanzar en torno a esta proposición de ley que venía a modificar la que también con consenso de todos los grupos se aprobó en la anterior legislatura, de solidaridad con las víctimas del terrorismo. Ya tuve ocasión de manifestar desde la tribuna a
los grupos, cuando defendí en nombre del Grupo Parlamentario Socialista la iniciativa que hoy vamos a someter a votación de modificación de la ley de solidaridad con las víctimas del terrorismo, nuestra voluntad de alcanzar un consenso, puesto que
como en aquella ocasión dije lo que se había aprobado por consenso era razonable y exigible, autoexigible en este caso a los que dimos el consenso inicial, que se modificara por consenso. Hoy me atrevo a decir que exigible no es una palabra
adecuada, es imprescindible. Creemos, y por eso nuestra satisfacción, que era imprescindible alcanzar un consenso entre todos los grupos parlamentarios para modificar algún aspecto de la legislación aprobada también por consenso, que en la práctica
se había mostrado con una redacción incorrecta. Tuve ocasión también en aquel momento de exponer los objetivos que el Grupo Parlamentario Socialista tenía al proponer esta modificación de ley, y de decir que las condecoraciones que con
posterioridad a la aprobación de la ley se han venido otorgando a las víctimas del terrorismo son fruto de una propuesta que en el momento de la discusión de la ley hizo el partido Socialista, con la voluntad de proceder a una reparación moral, a un
reconocimiento social de las víctimas del terrorismo, más allá de las oportunas indemnizaciones materiales y con un carácter, repito, más moral, con una fórmula que nos parecía que era más idónea en una ley de esta naturaleza.



No se trataba sólo en aquel entonces de mejorar las indemnizaciones, que se hizo; se trataba de algo más, de reconocer, a través del voto de todos los grupos parlamentarios, a las víctimas del terrorismo una cualificación moral, un
reconocimiento social por el sacrificio que habían hecho en muchos casos para defender valores y amparar las libertades de los que en ese momento votábamos la iniciativa. Nada más lejos por tanto a nuestra voluntad que el que pudieran otorgarse, al
amparo de esa disposición que los socialistas introdujimos con apoyo de todos los grupos en la Ley de víctimas del terrorismo, condecoraciones a quienes, no sólo no alentaron los valores constitucionales, sino que persiguieron y reprimieron aquellos
que en su momento los defendían. Nada más contrario a nuestra voluntad política, y por lo que hemos podido contrastar en estos días de discusión nada más contrario ni más ajeno a la voluntad política de todos los grupos de la Cámara, que por
consenso aprobamos la proposición de solidaridad con las víctimas del terrorismo.



No sé si hay algún resquicio legal, dije ya en el Pleno, que es probable que un gobierno socialista hubiera actuado de otra forma distinta, pero creo que esa discusión hoy no es relevante. En todo caso, como se ha recordado aquí está en
este momento en sede judicial, corresponde a los jueces determinar si cabía una decisión distinta de la que el Gobierno tomó. Creo que no es ese el debate hoy. El debate es el de reconocer paladinamente que al identificar en la proposición de ley
indemnización con condecoración permitimos un resquicio a través del cual se escapó una indemnización que, ciertamente, repito, los socialistas nunca hubiéramos podido imaginar que se hubiera podido conceder. He oído varias veces en esta Cámara que
el nombre salió en las discusiones. Yo tengo que decirles, señorías, que no lo recuerdo, porque si ese nombre hubiera salido, les aseguro que el Grupo Parlamentario Socialista hubiera corregido su redacción, entre otras cosas, porque el nombre del
inspector condecorado a los socialistas nos produce recuerdos amargos. Algunos compañeros nuestros, si me permiten la expresión,


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pasaron por sus manos no precisamente para bien. Por tanto, no lo recuerdo. Pero sí estoy dispuesto a admitir, y creo que esto lo podríamos compartir todos, que hay una redacción equívoca, al menos, porque se identifica una indemnización,
que es un derecho objetivo, con una condecoración, que sin duda debe referirse a comportamientos personales, en este caso en relación con la defensa de los valores democráticos. Por tanto, estamos corrigiendo ese resquicio a través del cual se ha
escapado una condecoración con la que nosotros no estamos de acuerdo y que, es más, creo que ha podido ofender, desde luego, a muchos socialistas y, por supuesto, a muchos demócratas en España. Estamos, pues, haciendo un acto de reparación, también
hoy, en este caso de un error cometido, con independencia de que se pudieran haber hecho las cosas de otra manera, que no creo que esa sea la discusión aquí, y mucho menos después de haber alcanzado un consenso sobre la base de transaccionales que
el Grupo Parlamentario Socialista ha acordado con el Grupo Parlamentario Popular y con el resto de los grupos de esta Cámara.



Termino como acabé la defensa de la iniciativa en Pleno diciendo que lo que hacemos aquí es recuperar en su plenitud el espíritu que siempre estuvo detrás de esta ley, que no es otro que el de reconocer indemnizaciones a quienes han sufrido
personalmente, o en la persona de sus familiares directos, el horror del terrorismo, pero también reconocer social y moralmente a aquellos que, además de haber sufrido, lo han hecho por defender los valores democráticos, por utilizar los valores
democráticos o, simplemente, por ser ciudadanos en una sociedad plenamente democrática como es la española, después de nuestra Constitución.



No me queda sino decir que hay algunas enmiendas que han defendido otros grupos parlamentarios que tenían como objetivo ampliar los supuestos a los cuales da de derecho a la indemnización una ley como la que hoy estamos modificando. El
Grupo Parlamentario Socialista ya ha dicho en varias ocasiones, la última en el Pleno al que vengo haciendo referencia en esta intervención, que creemos que no es esta ley el ámbito jurídica y políticamente adecuado para reconocer esos derechos que
sin duda existen.
Estamos de acuerdo con el fondo de la propuesta. Es verdad que hay ciudadanos que perdieron la vida o sencillamente sufrieron tortura, persecución y, por tanto, daños físicos, morales y materiales en la época de la dictadura o en
la transición democrática por defender valores que hoy están plenamente constitucionalizados, de los cuales hoy disfrutamos el conjunto de los españoles. Esos ciudadanos merecen también un reconocimiento moral, social y, por qué no, económico.
Pero no creo que esta sea la ley en la que deberíamos incardinar ese tipo de supuestos.
Debe ser otra. Como ya dije con ocasión de la discusión en Pleno de esta iniciativa que hoy vamos a votar, los socialistas estamos bien dispuestos a llegar a
un acuerdo, que ojalá sea de todos los grupos políticos, para proceder a ese reconocimiento que sin duda merecen quienes perdieron la vida por luchar por la libertad, de la que hoy todos los españoles disfrutamos por suerte en nuestro país.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Gil Lázaro.



El señor GIL LÁZARO: Con toda brevedad, quiero señalar, en primer lugar, que la historia de la Ley 32/1999 es quizá una de las experiencias legislativas que ha vivido esta Cámara que más nos pueden y nos deben enorgullecer a todos los
grupos parlamentarios que tuvimos ocasión de participar, a todos, insisto, en la configuración y en la tramitación de esta norma. Lo hicimos con una gran visión de Estado, con una gran visión de solidaridad, con un enorme respeto mutuo entre todos,
y lo hicimos, además, con la voluntad de establecer en esos principios de reconocimiento a las víctimas del terrorismo, como no podía ser de otra forma, un reconocimiento también desde la igualdad, desde la no clasificación de víctimas en función de
este o de aquel origen.
Probablemente porque ese fue el espíritu que a todos nos guió y probablemente también porque, como recordarán sus señorías, la tramitación de la norma lo fue en un tiempo ciertamente excepcional, pudimos a la hora de plasmar
el texto -al menos desde nuestro punto de vista- incurrir en algún tipo de imprecisión que produjera al final algún efecto indeseado; sin lugar a duda, el efecto indeseado que hoy nos reúne a todos aquí. A partir de ahí se pudo hacer en algún
momento -no quiero ser explícitamente extenso en esta cuestión- un discurso interesado, atribuyéndole al Gobierno una intencionalidad en la concesión de la condecoración al señor Melitón Manzanas que, en modo alguno, estaba en los planteamientos de
fondo de este grupo parlamentario ni del Gobierno.



Ha recordado el señor Alcaraz -y se lo agradezco- la pregunta que tuvo ocasión su grupo parlamentario de formular en el Pleno de la Cámara al presidente del Gobierno, y nos parece que la expresión que en ese momento dejó sentada el
presidente del Gobierno fue suficientemente clara y explícita sobre cuál era la posición de fondo del Gobierno, enmarcada siempre, como no podía ser de otra forma para este Gobierno o para cualquier otro, en el estricto cumplimiento del imperativo
legal. Tuve ocasión de decir en el Pleno de la Cámara, en el momento de la toma en consideración de esta proposición de ley, que para mi grupo -e interpretábamos que también para el Gobierno- el texto que llegó del Congreso era un texto cerrado en
el que difícilmente, por su tenor literal, cabía margen alguno de interpretación o de discrecionalidad. Por eso nos pareció oportuno y suscribimos la toma en consideración de esta proposición de ley en su momento simplemente señalando un aspecto de
forma que podíamos también haber evitado. En la medida en que esta Ley


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32/1999 fue una ley de todos, surgida por el impulso de todos por igual y con el compromiso y participación de todos por igual, hubiéramos deseado también que la reforma de esta ley -en la medida en que se había producido un efecto indeseado
para todos los que suscribimos en su momento la configuración de la ley original- hubiera podido tener también el soporte de todos. Nosotros no fuimos consultados en su momento y esa fue la única razón por la que no participamos directamente en la
presentación de la iniciativa, pero sí, como es natural, salvada esa pequeña cuestión de forma, participamos en su toma en consideración porque nos pareció que esa toma en consideración suponía aportar un servicio de claridad al texto de una norma
importante que, sin lugar a dudas, precisaba de una remoción en los términos que vamos a culminar en la tarde de hoy.



El trabajo de la ponencia ha sido importante en orden a la precisión de ese aspecto que produjo un efecto indeseado y, por tanto, un incidente de aplicación desde la perspectiva de mi grupo, sin que pudiera operar jurídicamente el Gobierno
en contra porque habíamos configurado -en términos de redacción y en contra del espíritu y de la intención de todos los legisladores- un precepto ciertamente cerrado y de aplicación automática. Hoy eso se corrige felizmente en los términos en que
siempre quisimos todos que estuviera expresado porque respondía, evidentemente, al pensamiento y a la filosofía de todos. El acuerdo de la ponencia permite también introducir por unanimidad (como consecuencia de una enmienda transaccional in voce
presentada por el Grupo Parlamentario Popular con el soporte en su enmienda número 16 y el Grupo Parlamentario Socialista y suscrita in voce en el trámite de ponencia por todos los grupos) una nueva disposición adicional a esta ley que habilita un
mecanismo en virtud del cual se puedan atender determinadas situaciones creadas por atentados terroristas sufridos en el extranjero por españoles que no se encontraban cubiertos por las indemnizaciones previstas en la Ley de solidaridad. Creemos
que esta nueva disposición adicional va a permitir cubrir esa laguna, desgraciadamente necesaria a partir de los nuevos acontecimientos que desde la aprobación de esta ley se han suscitado en el orden internacional y, en todo caso, habilitará al
Gobierno para que determine reglamentariamente los supuestos y las cuantías de las ayudas, configurando éstas no como un régimen de indemnizaciones a las que el beneficiario tenga derecho, sino como ayudas excepcionales en las que pueda existir un
margen suficiente de apreciación de las circunstancias que concurran en cada caso.
Evidentemente, también a partir de la aplicación de esta nueva disposición adicional podrán atenderse situaciones tan dramáticas y que están en el pensamiento de
todos como la padecida por la ciudadana española, señora San Pío, con ocasión de los atentados en Nueva York del día 11 de septiembre de 2001.



Hoy hay una nueva acentuación -y nos satisface plenamente- del consenso que presidió la gestación y tramitación inicial de esta ley, pero quiero señalar que es eso, una nueva acentuación desde la posición de mi grupo, no una recuperación del
consenso, porque entendemos que ese consenso nunca se rompió; nunca se rompió porque, también desde la posición de mi grupo que era asimismo la posición del Gobierno, reconocíamos que lo producido en el caso del señor Manzanas era un efecto
indeseado sobre el que el Gobierno no tuvo margen posible de maniobrabilidad jurídica. Hay una serie de iniciativas planteadas en el orden jurisdiccional que determinarán en su momento cuál es el fondo de este asunto, pero nosotros entendíamos, en
términos políticos, que no había ese margen de maniobrabilidad y que, por tanto, el Gobierno y el Grupo Parlamentario Popular, en términos de apoyo al Gobierno, se encontraban maniatados ante un incidente de aplicación que producía para el Gobierno
y para el Grupo Parlamentario Popular un efecto indeseado por las razones que sus señorías han resaltado y con las que coincidimos plenamente. De ahí que esta nueva redacción sustancie, desde nuestro punto de vista, con plenas garantías de futuro,
la cuestión para que un incidente semejante no vuelva a producirse.



En relación con el resto de las enmiendas que siguen vivas, nosotros queremos señalar, por no extendernos, las mismas consideraciones que ya hicimos con ocasión de la toma en consideración de esta proposición de ley. Entendemos que esas
enmiendas exceden del ámbito de aplicación, del sentido y de la naturaleza de esta ley y que, a partir de ahí, la propia redacción de alguna de estas enmiendas podría no sólo desnaturalizar el sentido de esta ley, sino además generar una serie de
ambigüedades que probablemente volverían a producir unos efectos indeseados. En ese sentido creo que todos fuimos suficientemente claros -al menos lo fue este grupo parlamentario- en cuanto a esta cuestión con ocasión del debate en Pleno de la toma
en consideración de esta proposición. Quiero insistir, por tanto, en esa idea. No hay hoy, desde la perspectiva de mi grupo, una recuperación de un consenso que nunca estuvo roto; hay una acentuación del mismo y, sobre todo, hay una solución
jurídica de fondo que va a permitir que un incidente de esta naturaleza no se vuelva a producir.



Por cierto, la corrección propuesta por el señor Silva es técnica, en la que tiene razón; sencillamente, sobra una 'i' en la transcripción del texto del informe de la ponencia y entiendo que será corregido. La señora Uría decía: tirón de
orejas al Gobierno por intentar modificar, a través de la ley de acompañamiento, esta ley. Probablemente no. Como la propia señora Uría reconocía, no se trataba de una corrección sustancial de fondo, sino de aspectos puramente procedimentales y,
desde luego, desde la perspectiva de mi grupo, agradecemos la contribución de la señora Uría poniendo de manifiesto en el trámite de ponencia esta cuestión, lo que nos ha


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permitido precisamente incorporar esa propuesta en la ley de acompañamiento a la modificación de la Ley 32/1999 que ahora estamos tramitando, de modo que tendremos -nosotros en ese sentido ofrecemos que la enmienda pueda ser suscrita por
todos- que presentar la correspondiente enmienda de supresión del artículo 41 de la ley de acompañamiento en el trámite del Senado, por ser ya técnicamente innecesaria.



Concluyo, señor presidente, diciendo -porque se planteaba el interrogante sobre la fecha- que entendemos que la nueva fecha incorporada es simplemente significativa, de referencia, en función también precisamente del contenido de la nueva
disposición adicional y del sentido de la misma en los términos que antes señalaba.



En definitiva, desde la perspectiva del Grupo Parlamentario Popular, nada más contrario -por utilizar las palabras del señor Pérez Rubalcaba- a que se pudieran conceder condecoraciones a personas que actuaron en su momento en contra de los
valores que hoy enmarcan nuestra convivencia.
Así lo dijo el señor presidente del Gobierno ante el Pleno de la Cámara, con ocasión de aquella pregunta formulada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; así lo hemos ido diciendo en
los sucesivos trámites en los que ha habido ocasión de plantear esta cuestión, y así lo decimos hoy.



Desde esa acentuación del consenso, entendemos que esta cuestión está solventada para siempre y definitivamente.



El señor PRESIDENTE: Concluido el debate, vamos a proceder a la votación de las enmiendas que permanecen vivas. En primer lugar, las enmiendas de la señora Lasagabaster.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos, a continuación, las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos, a continuación, las enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 22; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Señor presidente, quiero anunciar que retiro las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió.)


El señor PRESIDENTE: Queda retiradas, pues, las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió.)


Puesto que no hay enmiendas transaccionales, votamos el texto del proyecto de ley conforme al informe de la ponencia.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.



Muchas gracias, señoras y señores diputados.



Concluido el orden del día, se levanta la sesión.



Eran las cinco y veinticinco minutos de la tarde.