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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 463, de 10/04/2002
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2002 VII Legislatura Núm. 463

MEDIO AMBIENTE

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MARÍA BERNARDA BARRIOS CURBELO

Sesión núm. 26

celebrada el miércoles, 10 de abril de 2002



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor secretario de Estado de Infraestructuras (Blanco Rodríguez) para informar sobre su actuación como secretario de Estado de Aguas y Costas respecto al embalse de Santa Liestra, en Huesca. A petición del Gobierno.
(Número de expediente 212/001020.) ... (Página 14904)


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre la proposición de ley por la que se declara el parque nacional de las Islas Atlánticas.
Presentada por la Comunidad Autónoma de Galicia-Parlamento. (Número de expediente
125/000013.) ... (Página 14926)


Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, de la proposición de ley por la que se declara el parque nacional de las Islas Atlánticas. Presentada por la Comunidad Autónoma de
Galicia-Parlamento. (Número de expediente 125/000013.) ...
(Página 14926)


Página 14904



Se abre la sesión a las nueve y treinta y cinco minutos de la mañana.



COMPARECENCIA DEL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (BLANCO RODRÍGUEZ) PARA INFORMAR SOBRE SU ACTUACIÓN COMO SECRETARIO DE ESTADO DE AGUAS Y COSTAS RESPECTO AL EMBALSE DE SANTA LIESTRA, EN HUESCA. A PETICIÓN DEL GOBIERNO.
(Número de expediente 212/001020)


La señora PRESIDENTA: Buenos días, señoras y señores diputados.



Damos comienzo a la sesión de la Comisión de Medio Ambiente. Comunico a SS.SS. que debido a que hay una petición de comparecencia del actual secretario de Estado de Infraestructuras, don Benigno Blanco, con el fin de explicar una actuación
que tuvo como secretario de Estado de Aguas y Costas sobre el embalse de Santa Liestra (Huesca), y dado que esta petición de comparecencia reúne los requisitos que fija nuestro Reglamento, esta presidencia, en base al artículo 68.2, propone que el
orden del día de esta Comisión pueda ser alterado por acuerdo de ésta, a propuesta de su presidente, tal y como recoge dicho artículo. Con anterioridad la presidenta se ha puesto en contacto con los diferentes portavoces de los grupos
parlamentarios y no ha habido ningún inconveniente. Por tanto, la sesión de hoy de la Comisión de Medio Ambiente que iba a debatir, en primer lugar, la proposición de ley de declaración de parque nacional de las Islas Atlánticas pasaría a ocupar el
segundo punto del orden del día, siendo el primer punto, por tanto, la comparecencia del señor secretario de Estado de Infraestructuras.



¿Están de acuerdo las señoras y señores comisionados en este cambio del orden del día? (Asentimiento.)


Damos por modificado el orden del día y suspendemos la sesión durante cinco minutos. (Pausa.)


Continuamos con la celebración de esta sesión de la Comisión de Medio Ambiente.



Se ha acordado hace unos minutos por las señoras y señores comisionados la modificación del orden del día. Damos la bienvenida al secretario de Estado de Infraestructuras, que comparece, a petición propia, para informar sobre su actuación
como secretario de Estado de Aguas y Costas en la anterior legislatura respecto al embalse de Santa Liestra, en Huesca.



Señoras y señores comisionados, he hablado con el secretario de Estado de Infraestructuras y me comenta que su intervención será de media hora o tres cuartos de hora. Después, tendrán lugar las intervenciones de los grupos, de menor a
mayor, como establece el Reglamento.



Tiene la palabra el señor secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (Blanco Rodríguez): Buenos días, señorías. Comparezco ante ustedes a petición propia para explicar mi actuación como secretario de Estado de Aguas y Costas del Ministerio de Medio Ambiente
entre mayo de 1996 y mayo del año 2000 respecto al embalse de Santa Liestra. El motivo de esta comparecencia no se les oculta a SS.SS. El pasado día 14, un diario de gran difusión dedicaba a esto una página entera, con fotografía incluida y con un
espectacular titular: El fiscal pide ocho años de cárcel para el secretario de Estado de Fomento. La acusación -titulaba también- cree que el alto cargo pudo favorecer a una hidroeléctrica al hacerse eco del escrito de acusación formulado por el
fiscal jefe de la sección de medio ambiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra quien les habla y otros altos cargos y funcionarios del Ministerio de Medio Ambiente que han intervenido en la tramitación del expediente de la presa del
río Ésera.



Este es el motivo de la presente comparecencia, pero no es su razón. La razón de ser de esta comparecencia es doble. Por una parte, mi profundo convencimiento de que, en democracia, los altos cargos de la Administración debemos dar cuenta
en el Parlamento de nuestras actuaciones, en cuanto tales altos cargos, cuando se pone en duda la legalidad o la corrección ética de nuestro actuar, pues a SS.SS. les corresponde el control del Gobierno, como lo confirman tanto la pregunta
presentada por el señor Labordeta al ministro de Fomento, que se sustancia hoy mismo en el Pleno, como las peticiones de dimisión de este secretario de Estado que han formulado destacados portavoces del PSOE, Izquierda Unida y otros grupos. Por
otra parte, la necesidad de dar a conocer a la opinión pública, tras las graves acusaciones que se contienen en un escrito procesal y tras su filtración interesada y publicación por un medio de gran difusión, la oportuna explicación y réplica, para
que el silencio no sea el que otorgue y quite razones.



Como última consideración inicial, y antes de entrar en el objeto específico de esta comparecencia, permítanme SS.SS. una aclaración metodológica. Esta mañana voy a tener que referirme detalladamente, una vez y otra, al escrito de
acusación del fiscal Valerio. Soy muy respetuoso con la Administración de justicia, dada mi condición de jurista de vocación y de formación y de abogado de profesión, aunque circunstancialmente haya abandonado la abogacía por el servicio público.

Por ello no voy a utilizar esta comparecencia para contestar al fiscal Valerio en los términos que se usarán en la vía judicial, sino que me limitaré a analizar el documento del señor Valerio en cuanto documento público y politizado tras su
publicación; documento que se ha convertido en un instrumento de una acusación pública, extraprocesal, que califica de ilegal y contraria a la ética la actuación de este secretario de Estado.



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Lamento profundamente que un escrito procesal de acusación lo conozcan los afectados por la prensa antes que por el pertinente traslado desde los juzgados, como me ha sucedido a mí en este caso. Este hecho, del que sólo es responsable el
autor de la filtración, es el que me obliga a trasladar a sede parlamentaria un análisis que debiera haber sido exclusivamente procesal, en los juzgados. En mi opinión, el patrimonio ético de los gobernantes en una democracia forma parte de la
estabilidad y credibilidad del propio sistema y no podemos consentir, más allá de los intereses personales y partidistas, que este patrimonio sea puesto en duda públicamente y sin fundamento por nadie, incluido el ministerio fiscal. Nos jugamos
demasiado en esto, como demuestran otras épocas de la historia democrática de España.



Como intentaré demostrarles a continuación, el fiscal Valerio, para imputar a este secretario de Estado y sus colaboradores conductas contrarias a la ética, falsifica datos, fechas y hechos fácilmente comprobables y se inventa, sin prueba ni
indicio alguno, hechos inexistentes. Si miente o no, sólo su conciencia podría liberarnos de la duda. A efectos de que SS.SS. puedan comprobar cada una de las afirmaciones que iré haciendo a lo largo de esta comparecencia, iré entregando a la
señora presidenta de la Comisión los documentos que acreditan la veracidad de mis afirmaciones y, en consecuencia, la correlativa falsedad de lo afirmado de contrario por el señor Valerio.



Hago entrega, en este momento, del escrito del señor Valerio al que me estoy refiriendo: su acusación contra este secretario de Estado. ¿Qué dice este escrito en lo que al objeto de esta comparecencia interesa? Lo que en esencia SS.SS.
ya conocen por los medios de comunicación y paso a sistematizar y resumir ahora.



Entre 1992 y 1995 se contrata y ejecuta la redacción de un proyecto de presa en el río Ésera. En el seno de estos trabajos, a juicio del fiscal Valerio se cometen irregularidades varias, como realizar trabajos correspondientes a un
modificado aún no aprobado, sacar el proyecto a información pública sin contar con informes preceptivos, como el del área de tecnología y control de estructuras o la declaración de impacto ambiental, y no realizar determinados sondeos aconsejados
por el área de tecnología y control de estructuras y la desaparición de un informe del expediente. Como consecuencia de estas presuntas irregularidades, a juicio del señor Valerio, los estudios dieron un resultado absolutamente concluyente -y esta
es una cita literal del escrito de acusación-: las características geológicas de la cerrada de la península donde se iba a hacer hacían absolutamente inviable, por inestable, una presa en aquel lugar. Página 3 del escrito del señor Valerio. Sigue
diciendo el señor Valerio: Dados los pésimos resultados obtenidos, se hacía necesaria una intensa campaña de sondeos en los otros emplazamientos aguas abajo, sondeos que, con seguridad -afirma Valerio-, diferirían en el tiempo la aprobación y,
también con seguridad, serían desfavorables, exigiendo en cualquier caso costosísimas medidas adicionales de refuerzo de la cimentación. Fin de la cita.



A pesar de este diagnóstico -según Valerio-, la Confederación Hidrográfica del Ebro procedió a aprobar técnicamente el proyecto técnico -es cita textual-, sin pedir el control exigido por la legislación vigente y los informes preceptivos.



El 22 de diciembre del año 1995, el área de tecnología y control de estructuras emite informe, que, según dice el señor Valerio -cito literalmente de nuevo-, resulta absolutamente terminante al advertir la ausencia de toda clase de sondeos.



Esta es la situación de la presa del Ésera cuando quien les habla en estos momentos es nombrado secretario de Estado de Aguas y Costas, el 10 de mayo de 1996, y poco después son designados por el Consejo de Ministros los nuevos director
general de Obras Hidráulicas y presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, altos cargos hoy también objeto de la acusación del fiscal Valerio. Citaré en toda la intervención a la Dirección General de Obras Hidráulicas por este nombre,
aunque el suyo sea más largo, para no alargar siempre la enumeración.



Vamos a hacer en este momento un alto en este resumen de las acusaciones vertidas porque esta es una comparecencia política de un responsable político de la administración hidráulica entre 1996 y el año 2000 -Gobierno del PP-, y por tanto no
voy a ponerme ahora a discutir si hubo responsabilidades políticas de quienes gobernaban entre 1992 y 1996 -Gobierno del Partido Socialista Obrero Español- período al que se refieren los hechos de la versión del señor Valerio que les he relatado.

Que sea el propio PSOE, que tan rápidamente ha pedido mi dimisión, quien haga ese autoanálisis de sus responsabilidades. Como comentario marginal, permítanme que manifieste mi sorpresa por el hecho de que el señor Valerio implique a altos cargos
del Partido Popular y no lo haga con los de aquella época que resulten en su caso responsables. En todo caso, y en honor a la verdad y al respeto que me merecen los funcionarios de la Confederación Hidrográfica del Ebro que intervinieron en el
expediente a lo largo de aquellos años y hoy acusados por el señor Valerio, debo decir respecto a esas acusaciones: en contra de lo dicho por el señor Valerio, la Confederación Hidrográfica del Ebro nunca aprobó el proyecto de la presa del Ésera
porque las confederaciones hidrográficas no tenían ni tienen competencia para aprobar técnicamente proyectos de obras de interés general del Estado de esta cuantía. Por lo tanto, son falsas las acusaciones de haber aprobado el proyecto sin los
informes preceptivos.



En contra de lo dicho por el señor Valerio, los funcionarios de la Confederación Hidrográfica del Ebro, a los que se acusa de decidir sacar a información pública


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el proyecto de la presa de Santa Liestra sin informes preceptivos, no tomaron esa decisión. Fue el entonces director general de Obras Hidráulicas, señor Baltanás, quien lo hizo mediante una resolución de fecha 20 de diciembre del año 1994,
que entrego a la presidenta para que SS.SS. puedan contrastar este dato. En contra de lo dicho por el señor Valerio, los funcionarios de la Confederación Hidrográfica del Ebro a los que acusa de pedir el informe del área de tecnología y control de
estructuras con posterioridad al inicio de la información pública, para así engañar a los interesados ocultándoles ese informe, no pidieron nunca ese informe porque no era su competencia. Fue la propia Dirección General de Obras Hidráulicas quien
lo solicitó con fecha 1 de diciembre de 1994, según acredita la copia de esa petición que entrego asimismo a la presidenta para SS.SS.



En contra de lo que dice Valerio, no ha desaparecido del expediente el informe técnico sobre las alegaciones de la información pública, pues yo lo he encontrado en la copia del expediente y lo entrego ahora a la presidenta para que SS.SS.
puedan comprobarlo. (Rumores.- Un señor diputado: ¡Qué barbaridad!) Además, debo indicarles que el contenido de ese informe se reproduce básicamente en la resolución de 26 de mayo de 1997 que el propio señor Valerio cita una vez y otra en su
escrito de acusación. En contra de lo que dice el señor Valerio, en todos los proyectos de obras hidráulicas la información pública, la declaración de impacto ambiental y, en su caso, otros informes preceptivos, se tramitan simultáneamente por la
Dirección General de Obras Hidráulicas.



El trámite en obras hidráulicas es el siguiente: Primero, las confederaciones hidrográficas autorizadas por la citada dirección general dirigen la redacción del proyecto a través de un contrato de asistencia técnica, y segundo, cuando lo
tienen (el proyecto), lo remiten a la dirección general, que si lo considera adecuado ordena iniciar los trámites de consulta que resulten preceptivos o aconsejables: al público en general a través de la información pública, a la Secretaría General
de Medio Ambiente para la declaración de impacto ambiental, al área de tecnología y control de estructuras si procede, al Servicio Jurídico del Estado, etcétera. Esto es lo que se hacía antes de Santa Liestra, lo que se hizo en Santa Liestra y lo
que se sigue haciendo después de Santa Liestra. Si seguir este procedimiento es ilegal o incluso delictivo, me parece que el señor Valerio va a tener que extender su acusación a todos los que hemos trabajado en la administración hidráulica del
Estado en algún año.



En contra de lo que dice el señor Valerio, sí se hicieron sondeos. Y muchos. Para no aburrir a SS.SS., entrego a la presidenta una relación detallada de los mismos y les invito, si les queda alguna duda, a consultar en la Dirección General
de Obras Hidráulicas los gruesos tomos V y VII de la memoria del proyecto que nos ocupa, que se denominan respectivamente anejo número V, estudios geológicos y geotécnicos, y anejo número VII, estudio sismotectónico, en los que se detallan todos los
estudios geológicos. En contra de lo que dice el señor Valerio, el informe del área de tecnología y control de estructuras no resulta absolutamente terminante al advertir la ausencia de toda clase de sondeos, sino que dice expresamente lo
siguiente: En el proyecto -y es cita textual- se indica la imposibilidad que ha existido para la realización de los trabajos de campo de reconocimiento geotécnico en el eje de la cerrada finalmente elegida, habiéndose determinado las
características de la cimentación por la extrapolación de los resultados obtenidos en el eje de la península de Santa Liestra; es por tanto importante confirmar todos los datos e hipótesis geológicas y geotécnicas del proyecto mediante las
correspondientes campañas de reconocimiento y ensayos de laboratorio con carácter previo a la adjudicación de los trabajos de construcción de la presa. Para que puedan comprobar SS.SS. la veracidad de lo expuesto, entrego a la presidenta una copia
del citado informe.



En contra de lo que dice el señor Valerio, no hubo una negativa de los funcionarios, a los que se acusa, a realizar sondeos complementarios, sino una negativa pertinaz del Ayuntamiento de Santa Liestra a autorizar la entrada a dicho término
municipal, afirmación que se basa en hechos notorios y que reflejan los recortes de prensa de la época, que entrego en este momento a la presidenta, cuyos titulares son, por ejemplo: Los ayuntamientos frenan los estudios técnicos en Biscarroes y
Santa Liestra.
Prohibida la entrada a la Confederación en la zona del embalse de Santa Liestra, etcétera.



Tras las anteriores afirmaciones, probadas y demostradas, queda sin refutar únicamente lo afirmado por el señor Valerio sobre la incorrecta tramitación del modificado y de las correspondientes certificaciones, tema en el que no voy a entrar
por ser irrelevante para esta comparecencia al referirse a hechos administrativos anteriores a mis responsabilidades políticas como secretario de Estado de Aguas y Costas.
En todo caso, si SS.SS. lo juzgasen conveniente, no tengo ningún problema
en explicar ante ustedes cuál era la praxis general que existía en la época de los gobiernos del PSOE en esta materia y la que introdujo el Partido Popular a partir de 1996. (Risas.- Rumores.- Varios señores diputados pronuncian palabras que no se
perciben.- Un señor diputado: ¡Qué barbaridad!) Llegamos así, en el relato del señor Valerio y en la reconstrucción histórica que vengo haciendo, a mayo de 1996, cuando yo asumo la Secretaría de Estado de Aguas y Costas. Veamos primero cómo ve las
cosas el señor Valerio. (Rumores.) Les pido, señorías, una especial atención si les interesa esta historia porque vamos a entrar en directo en la esencia de la gran conspiración delictiva descubierta por el señor Valerio y,


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sobre todo, al momento estelar en que descubre el móvil del delito, haciéndolo en definitiva en este caso.



Comienza el señor Valerio, como en las buenas novelas o relatos, con esta contundente frase: Decididos los acusados Benigno Blanco, Carlos Escartín y Tomás Sancho a la aprobación del proyecto a toda costa... Y sigue.
(Risas.) ¿Qué
hicimos, según Valerio, tan profundamente decididos? Lo siguiente: Mantener -y es cita textual de su escrito- diversas reuniones con Vizcaíno y los autores del informe, Rubín de Celis y Zaragoza, reuniones que tenían por objeto que éstos se
retractaran de su informe sin conseguirlo. Remitir a conciencia de su ilicitud -dice textualmente- el expediente al Servicio Jurídico del Estado. El inciso -y lo hago como comentario- es sorprendente. Dado que la construcción literaria del autor
no responde precisamente a los cánones cervantinos, no sabemos si la ilicitud se predica del expediente o de la consulta. Si es de la consulta, debería explicarnos nuestro autor cómo es ilícita la pregunta al responsable de garantizar lo legal.
(Un señor diputado: ¡Claro!) Y si es del expediente, no se entiende muy bien cómo los responsables de algo ilícito buscamos el contraste precisamente del Servicio Jurídico del Estado. (Risas.) Entre paréntesis, porque no voy a hacer este
comentario siempre aunque podría hacerlo a lo largo de esta intervención muchas veces, quiero decirles que este tipo de incisos, sin sentido ni fundamento, se deslizan permanentemente en el escrito del señor Valerio, supongo que para aumentar la
presión escénica del lector a base de frases breves indicativas de cosas ominosas, que ni se concretan ni se explicitan, para crear la apariencia de que existe algo horroroso y no confesable en el fondo.



Sigo con lo que hicimos, según el señor Valerio. Ocultar al Servicio Jurídico del Estado el informe del área de tecnología y control de estructuras; firmar el secretario de Estado de Aguas y Costas -yo-, con fecha 26 de mayo de 1997, una
resolución -cito textualmente cómo la identifica el señor Valerio- aprobatoria con carácter definitivo del proyecto, decisión de carácter ejecutivo que conllevaba la construcción de un embalse determinado en todos sus parámetros por el proyecto
aprobado técnicamente anteriormente por los acusados para intentar ocultar -y sigue siendo cita textual del señor Valerio- las gravísimas irregularidades antes descritas. La resolución menciona el informe del área de tecnología transcribiendo, como
se referirá con más detalle en f), que es un apartado de su escrito, de manera inveraz su contenido esencial, omitiendo el informe final negativo a aquella aprobación técnica. En esta resolución -continúa el señor Valerio- decididos los acusados a
que el proyecto se acometiera a toda costa y prosiguiera el trámite de adjudicación, no supeditaban de ningún modo la realización de la obra al resultado de los sondeos, de tal manera que a una irregularidad tan grave, como la ausencia de todo
estudio geológico, se añade ahora la voluntad de adjudicar y construir el proyecto con independencia de las consecuencias de aquel estudio geológico. Algo que es muy muy revelador de las intenciones del firmante (así concluye este párrafo el señor
Valerio y cito literalmente), que no son otras que conseguir, cueste lo que cueste, que el proyecto llegue a la fase de adjudicación y construcción, determinando así derechos contractuales frente al Estado de la constructora, que debe ejecutar un
proyecto aprobado sin dato físico alguno y también un derecho concesional de la empresa hidroeléctrica. También, según el señor Valerio, procedimos a violar la directiva básica de protección civil y a ejecutar el proyecto, adjudicándolo a una
empresa constructora y determinando la concesión hidroeléctrica, pese a quien pese, y a pesar de aquellas transgresiones tan obvias. Obviamente es cita literal del señor Valerio.



Igual que hice con las acusaciones de 1992 a 1996, paso ahora por segunda vez a contrastar la versión del señor Valerio con los hechos reales acreditados documentalmente en el expediente administrativo. En contra de lo que dice el señor
Valerio, el secretario de Estado de Aguas y Costas no mantuvo, antes de firmar la resolución aprobatoria del proyecto de Santa Liestra, ninguna reunión con los señores Rubín de Celis y Zaragoza y por lo tanto no intentó jamás que se retractaran de
su informe. La afirmación en contrario de Valerio es absolutamente gratuita y falsa. En contra de lo que dice el señor Valerio, al Servicio Jurídico del Estado se le entregó el expediente completo. Como prueba, entrego a la presidenta el informe
de ese Servicio Jurídico en el que no se pone de manifiesto ausencia o falta de documentación alguna. Comprenderán SS.SS.
que si faltase el informe del área de tecnología y control de estructuras en el expediente, dado que tal informe se citaba y
reproducía parcialmente en la propia resolución consultada al Servicio Jurídico del Estado, éste hubiese detectado tal fallo. ¿O es que el Servicio Jurídico del Estado estaba también en la conspiración delictiva supuestamente descubierta por el
señor Valerio? Ni éste se atreve a insinuar nada al respecto.



En contra de lo que dice el señor Valerio, la resolución del secretario de Estado de Aguas y Costas, de 26 de mayo de 1997, no viola ninguna norma jurídica. Es la resolución lógica y pertinente en aquella fase del procedimiento
administrativo y no tiene finalidad ni motivación ajenas al ordenamiento jurídico vigente. Entrego a la presidenta copia de tal resolución para que quede a disposición de SS.SS. Me detendré más adelante en el análisis de esta resolución, pues ella
constituye el delito de prevaricación esencial, según el señor Valerio, esencia de las acusaciones formuladas contra mí.



En contra de lo que dice Valerio, no existe violación alguna de la directriz básica de Protección Civil por cuanto, como escribe el director general de Obras Hidráulicas al director general de Protección Civil del Ministerio del Interior,
con fecha 14 de septiembre


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de 1998, cuya copia entrego en este momento a la presidenta, el proyecto, cuya referencia cronológica es de septiembre de 1994, no incluye la clasificación en función del riesgo potencial ni demás estudios contemplados en la directriz de
Protección Civil, que es posterior. La directriz de Protección Civil se aprobó con posterioridad a la aprobación de este proyecto. No obstante -dice el director general-, se están actualmente realizando, para incorporarlos al mismo, esos estudios.

Previsiblemente, la presa se clasificará como de categoría A, conforme a la citada directriz. Vuelvo a decirles que, en estos momentos, ya se han producido esos estudios y se ha realizado la clasificación como de categoría A, conforme a la citada
directriz por resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas, de fecha 14 de abril de 2000, que también entrego a la presidenta.



En contra de lo que dice Valerio, bajo mi mandato, el proyecto de Santa Liestra no fue adjudicado a ninguna empresa constructora, ni el aprovechamiento hidroeléctrico determinado a favor de nadie, pues la adjudicación de ese proyecto se
produjo el 15 de enero de 2001, según acredito con la fotocopia del anuncio de adjudicación del 'Boletín Oficial del Estado', que entrego a la presidenta. Como saben SS.SS., yo no era secretario de Estado de Aguas y Costas ocho meses antes, y
Valerio no se había enterado.



Pasemos a analizar ahora lo que dice el señor Valerio sobre la resolución del secretario de Estado de Aguas y Costas, de fecha 26 de mayo de 1997, por la que se aprueba el proyecto de Santa Liestra. Según él, el acusado Benigno Blanco
Rodríguez, al dictar aquella resolución, carecía de competencia objetiva para ello, competencia que correspondía al director general de Obras Hidráulicas. Con tal resolución -es también cita textual-, tan objetivamente dañina para los intereses
públicos -apostilla el señor Valerio- el acusado Blanco (nos vamos acercando al móvil del delito) reconocía la alegación número 40, en la que Hidroeléctrica de Cataluña legaba sus derechos concesionales al aprovechamiento hidroeléctrico del Ésera.
Relata el señor Valerio que yo trabajé en el sector eléctrico, y en concreto en Iberdrola -cito textualmente-, holding eléctrico en el que se integraba su filial Hidroeléctrica de Cataluña, en aquellas fechas una de las marcas o filiales de
Iberdrola, participada al cien por cien por esta compañía. Y comenta: resulta evidente ahora el interés que guiaba al acusado Benigno Blanco Rodríguez para aprobar el proyecto de embalse, llegando a violar su competencia objetiva y su obligación
de inhibición señalada. Como pueden apreciar SS.SS., el señor Valerio llega aquí al descubrimiento del móvil del crimen. Se trata de beneficiar con mi actuación delictiva a la empresa eléctrica para la que trabajé antes de ser secretario de Estado
de Aguas y Costas.



Paso de nuevo, continuando la terminología que vengo siguiendo, a contrastar las afirmaciones del señor Valerio con los hechos fácilmente comprobables. No quiero alargar excesivamente esta comparecencia y me estoy limitando a citar lo más
grave que dice Valerio y a contrastarlo con los hechos evidentes, los que están en el 'Boletín Oficial del Estado' o en la prensa sin mayores investigaciones.



Primero. El secretario de Estado de Aguas y Costas es el órgano competente, según la normativa vigente, para aprobar la mencionada resolución, por las razones que a continuación expongo. Se trata de una resolución compleja, cuya parte
dispositiva contiene las siguientes decisiones: aprobar el expediente de información pública y aprobación técnico definitiva del proyecto 9/1994 de la presa del Ésera, en Santa Liestra (Huesca). Desde el año 1992, por orden ministerial del señor
Borrell, los proyectos que llevan incorporada la aprobación de la información pública, cuando ha habido alegaciones en contra, están reservados al secretario de Estado y no puede aprobarlos el director general en ninguna de las ramas del antiguo
Ministerio de Obras Públicas.
También contiene esta resolución la obligación de disponer la aplicación del convenio suscrito entre la Diputación General de Aragón y el antiguo MOPMA en relación con la disponibilidad de los terrenos necesarios para
la realización del proyecto y de las medidas complementarias acordadas en la declaración de impacto ambiental y en la propia resolución, materia para la que no es competente el director general sino el secretario de Estado. Asimismo, se incorpora a
esa resolución ordenar la realización de los sondeos complementarios establecidos en la propia resolución, con fundamento en la alegación número 34.2 y en el informe del área de tecnología y control de estructuras, materia para la que tampoco es
competente el director general de Obras Hidráulicas.



Por último, ordena esa resolución enviar copias de la declaración de impacto ambiental y del informe del área de tecnología y control de estructuras a la Confederación Hidrográfica del Ebro para conocimiento y cumplimiento. Por tanto, no
sólo porque se aprueba un proyecto, que podría aprobarlo el director general de Obras Hidráulicas, sino porque se contienen otra serie de mandatos y resoluciones complementarias a la aprobación del proyecto, que están reservados expresamente al
secretario de Estado de Aguas y Costas, resulta competente el secretario de Estado de Aguas y Costas para aprobar esta resolución. Supongo que el señor Valerio quiere poner incidencia en negar la competencia del secretario de Estado de Aguas y
Costas porque, conforme al Código Penal, uno de los elementos constitutivos de delito de prevaricación es dictar una resolución cuando no hay competencia para ello.



La competencia del secretario de Estado de Aguas y Costas para dictar una resolución con el contenido expresado viene determinada -no les voy a aburrir con


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una cita exhaustiva- por los siguientes preceptos de nuestro ordenamiento jurídico: artículo 12 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; artículo 14 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la
Administración general del Estado; artículo 11 del Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, por el que se establece la estructura básica de varios ministerios, entre ellos el de Medio Ambiente; y el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, de
estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente. A la vista del contenido de las citadas normas, de atribución de competencias del secretario de Estado de Aguas y Costas, no podemos sino calificar de errónea y maliciosa, como mínimo, la
afirmación del fiscal, según la cual el acusado Benigno Blanco Rodríguez -cita textual- al dictar aquella resolución carecía de competencia objetiva para ello. En todo caso, puedo asegurarles que este secretario de Estado, al igual que sus
antecesores en el cargo, siempre ejerció esta competencia de aprobación de los proyectos de obras hidráulicas cuando en la información pública hubo alegaciones, y en consecuencia a la aprobación de Santa Liestra se le aplicó exactamente el mismo
criterio que a la aprobación del resto de los proyectos de obras hidráulicas en todos estos años.



Por otra parte, me permito resaltar ante SS.SS. (lo acredita la copia de la resolución que he entregado a la presidenta, la de 26 de mayo de 1997) que la firma por el secretario de Estado de la resolución de la aprobación del proyecto no
suplanta ni al director general ni a ningún otro de los órganos intervinientes porque, como se puede comprobar, esta resolución viene propuesta -ahí están las firmas- y avalada sucesivamente por el jefe de servicio, el jefe de área, el subdirector
general y el director general de Obras Hidráulicas. Se ve una vez más cómo esa maliciosa presunción de que sustituyo al director general de Obras Hidráulicas porque tengo un interés no es verdad. También el director general firma la resolución.



Segundo. En la resolución -creo que esto es importante para verificar el móvil del delito- no reconozco, en contra de lo que dice literalmente Valerio, la alegación número 40 de Hidroeléctrica de Cataluña, en la que esta empresa solicitaba
la adjudicación directa del pie de presa de Santa Liestra, sino que incorporo a la resolución lo establecido en el informe del Servicio Jurídico del Estado, escribiendo textualmente: en lo que afecta a la información pública que nos ocupa, debe
informarse que se respetarán la totalidad de los derechos previamente adquiridos, sin que ello deba significar necesariamente la adjudicación directa y exclusiva del salto en los términos propuestos, salvo que así deba derivarse de los citados
derechos. Así lo pueden comprobar SS.SS. en la página 31 de la resolución a la que me estoy refiriendo.



Tercero. Creo que este dato es relevante. Es rotundamente falso que Hidroeléctrica de Cataluña fuese en 1997 filial al cien por cien de Iberdrola. Falta a la verdad expresamente el señor Valerio a este respecto pues, como es fácilmente
comprobable en los registros públicos correspondientes (Mercantil y Comisión Nacional del Mercado de Valores) o leyendo la prensa sin más, Iberdrola segregó el 31 de marzo de 1994 Hidroeléctrica de Cataluña en dos sociedades, en una de las cuales
concentró los activos nucleares de Hidroeléctrica de Cataluña y luego la fusionó por absorción, y en la otra, en la que se concentraron el resto de los activos de Hidroeléctrica de Cataluña, entre ellos las concesiones hidroeléctricas que tenían en
el río Ésera, la vendió a Endesa, con fecha 18 de diciembre de 1995. Por tanto en el año 1997 Iberdrola, empresa para la que trabajé y me siento muy orgulloso de ello, no tenía ningún derecho ni interés en el río Ésera y no debería verse ni
afectada ni beneficiada de ninguna manera por lo que decidiésemos hacer en el río Ésera. Los documentos mercantiles y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que acreditan estas transmisiones antes de ser yo secretario de Estado de Aguas y
Costas los entrego a la presidenta para que queden a disposición de SS.SS.



En consecuencia, el aprovechamiento hidroeléctrico en cuestión, de haber sido otorgado, que no lo fue, como les he dicho, porque rechacé la petición hecha por Hidroeléctrica de Cataluña, aunque no fuese del grupo Iberdrola, a quien hubiera
supuestamente beneficiado es a Endesa, empresa pública en aquel momento al cien por cien, para la que nunca he trabajado profesionalmente. Queda en manos de la presidenta las copias de las escrituras notariales y las pólizas de agente, en las que
se acreditan todos estos extremos.



Cuarto. En mi resolución de 26 de mayo de 1997 no se otorga derecho o concesión hidroeléctrica alguna a nadie, como se puede comprobar con su mera lectura. En tal resolución lo que establezco al respecto es la necesidad de respetar los
derechos históricos existentes, sean los que sean. Esto es así por la obvia razón de que en los expedientes de nuevas presas públicas ni se pueden aprobar concesiones hidroeléctricas, que siguen otro trámite, ni se pueden expropiar las existentes,
que siguen otro trámite; que en el caso del río Ésera son concesiones que se remontan a 1908. Extremo que ni la fértil imaginación del señor Valerio puede atribuir a mi responsabilidad, pues es notorio que en 1908 ni era secretario de Estado de
Aguas y Costas ni siquiera andaba por este mundo.



Por otra parte, les recuerdo a SS.SS. que prever aprovechamientos hidroeléctricos en los pies de presas del Estado es obligatorio para cualquier autoridad administrativa. Al menos, desde el Decreto de 18 de junio de 1943, cuya copia
entrego a la presidenta, y hoy en día, conforme al artículo 132 y siguientes del vigente reglamento del dominio público hidráulico, cuya copia


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también entrego, en el que se establece que se sacará a concurso público su explotación.



Como pueden ver SS.SS., conforme a los datos y documentos que les he aportado, ni otorgué ningún aprovechamiento hidroeléctrico en Santa Liestra ni la presunta beneficiaria de esa inexistente concesión era -ni podía ser- filial de Iberdrola.
Todo lo que dice al respecto el señor Valerio es un invento gratuito y una inmensa falsedad, fácilmente acreditable y comprobable a través de registros públicos. Entiendo que así desaparece el móvil que había buscado el señor Valerio para montar su
novela. Les recuerdo que la falsa imputación de delitos a un ciudadano está tipificada como delito de calumnia en el artículo 205 del Código Penal.



No acaban aquí las acusaciones del señor Valerio en relación con mi resolución de 26 de mayo de 1997, por la que se aprueba el proyecto de Santa Liestra. En esa resolución, además, cometo -según él- un delito de falsedad en documento
público, porque transcribo -y cito literalmente- de manera inveraz el contenido del informe del área de tecnología, omitiendo el informe final negativo. A continuación les comentaré con detalle este tema para que SS.SS. puedan entender la
relevancia que el señor Valerio ha dado a lo largo de todo su relato al citado informe del área de tecnología y control de estructuras. Para ello, considero de interés recordarles cuál era la situación del proyecto de Santa Liestra cuando tomo la
decisión de aprobarlo. El proyecto adjudicado el día 31 de julio de 1992 se terminó de redactar en septiembre de 1994, según consta en la documentación que ya he entregado a la presidenta. Con fecha 22 de diciembre del año 1995, el área de
tecnología y control de estructuras emite su preceptivo informe y con fecha 29 de abril de 1996 se publica en el 'Boletín Oficial del Estado' la preceptiva declaración de impacto ambiental, de la que también entrego copia a la señora presidenta. El
área de tecnología y control de estructuras ratifica en su informe la viabilidad de la presa; aconseja realizar los sondeos complementarios que no se habían podido realizar por la oposición del Ayuntamiento de Santa Liestra; y añade un -denominado
literalmente- comentario final que dice textualmente: Para proceder a la aprobación técnica del presente proyecto debe realizarse previamente la campaña de investigaciones geotécnicas señaladas en el punto segundo del apartado de conclusiones.
Pues bien, para el señor Valerio el hecho de que no haya reproducido ese comentario final del informe del área de tecnología y control de infraestructuras en mi resolución de 26 de mayo del año 1997 y que no haya hecho caso de ese comentario en
dicha resolución constituyen delitos de falsedad en documento público y prevaricación. Al respecto tengo que decir a SS.SS.
lo siguiente: El informe del área es preceptivo pero no vinculante, conforme a la instrucción para proyectos de
construcción y explotación de grandes presas, aprobada por Orden de 31 de marzo del año 1967, cuya copia también entrego a la señora presidenta. Ningún informe es de carácter vinculante, salvo que lo exprese textualmente o lo imponga la norma que
lo exige, pero este no es el caso. Un secretario de Estado, como es evidente, no está obligado a reproducir en sus resoluciones el contenido, ni parcial ni íntegro, de ninguno de los documentos que constan en el expediente; podrá citarlos,
remitirse a ellos, aludirlos, reproducirlos o no decir nada sobre ninguno de ellos porque ya están en el expediente.



¿Qué hace la resolución de 26 de mayo del año 1997? Recoge expresamente la existencia del informe del área de tecnología y control de estructuras; reproduce literalmente -en la propia resolución- parte de su contenido; y hace suyas todas
las recomendaciones que se hacen en las conclusiones de tal informe. Evidentemente, no estaba obligado a ello, pero lo hice. A través de esta resolución hice mías todas las conclusiones del área de tecnología y control de estructuras. Por el
contrario, la resolución no hace suyo el comentario final del citado informe. ¿Por qué? Por una razón muy clara. Atendí todas las sugerencias del área de tecnología y control de estructuras en aquello en que ésta es competente, aunque su informe
no fuese vinculante. Es decir, hice caso al área sobre la necesidad de hacer nuevos sondeos y no atendí su sugerencia de que esos sondeos se hiciesen antes de aprobar el proyecto, porque este era un comentario sobre el procedimiento administrativo
para el que el área no era específicamente competente. Además, se oponía -y lo explicaré con detalle- a lo establecido en la declaración de impacto ambiental y en la legislación de contratos del Estado, como les comentaré detalladamente a
continuación.



Entre las muchas falsedades que formula el señor fiscal en su escrito de acusación destacan, por su grosería y el absoluto desconocimiento que manifiestan de la ley, las contenidas al respecto en los apartados b) y f) dentro del apartado 1,
relativo a los hechos. En su tergiversación de los hechos, el fiscal manifiesta que para intentar ocultar -y es cita textual- las gravísima irregularidades antes descritas, la resolución menciona el informe del área de tecnología, transcribiendo de
manera inveraz su contenido esencial, omitiendo el informe final negativo a aquella aprobación técnica, expresando por el contrario que aquélla simplemente interesa a la concreción de algunos datos técnicos, ordenando así la realización de los
sondeos, pero decididos los acusados a que el proyecto se acometiera a toda costa y prosiguiera el trámite de adjudicación, no supeditaba de ningún modo la realización de la obra al resultado de los sondeos. Es importante la frase que voy a leer en
estos momentos, reproducida literalmente del escrito del fiscal: La referencia de que los sondeos deben remitirse con el acta de replanteo previo significa que la obra está ya adjudicada, desplazando la obligación de efectuar los mismos de la
adjudicataria del proyecto técnico, que evidentemente no los ha realizado, a la empresa constructora del citado proyecto, porque


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el acta de replanteo sólo puede efectuarse por la adjudicataria de la obra.



La simple lectura de la resolución cuestionada y la Ley de contratos de las administraciones públicas desvelan las burdas argucias de este escrito del fiscal. Voy a empezar por la resolución. La resolución en sus páginas 6 a 9, al recoger
la alegación número 34 de los vecinos de Santa Liestra, la estima parcialmente, sobre todo, en lo que se refiere a la conveniencia de completar los sondeos contenidos en el proyecto que -recordemos- había sido realizado y cuya ejecución había sido
certificada con anterioridad a mi llegada al Ministerio de Medio Ambiente. Como consecuencia de tal estimación, dice expresamente la resolución que durante el replanteo de la obra se procederá al estudio geológico-geotécnico de la cerrada mediante
los trabajos que se especifican y que deberán realizarse bajo la orientación de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas. Más adelante, la resolución recoge expresamente el famoso informe del área de tecnología y control de
estructuras, que según el señor fiscal es ocultado, dedicándole aproximadamente una hoja completa con el siguiente texto: Con fecha 22 de diciembre de 1995, el área de tecnología y control de estructuras -esto está reproducido de mí resolución, la
que oculta este informe- emite informe sobre el proyecto en el que se pronuncia sobre la necesidad de realizar una serie de estudios geológicos y geotécnicos en la cerrada donde irá emplazada la presa. El conjunto de trabajos serán al menos los que
se relacionan en la respuesta a la alegación número 34.2 de Santa Liestra, que son los siguientes: realización de un mínimo de 15 sondeos con extracción de testigos y profundidad media de 40 metros; pruebas de permeabilidad; ensayos
presiométricos; obtención de los parámetros de facturación hidráulica; estudio sísmico; caracterización mineralógica; parámetros geotécnicos; alterabilidad, etcétera. Este párrafo de mi resolución acaba diciendo: Copia de este informe se
remitirá a la Confederación Hidrográfica del Ebro para su conocimiento y cumplimiento. Por si ello fuera poco, la resolución en su parte dispositiva se refiere nuevamente tanto al informe del área de tecnología y control de estructuras y a la
alegación número 34 como a la necesidad de realizar los estudios geológicos propuestos en dichos documentos en términos claramente imperativos, en contra de lo que dice el fiscal, estableciendo en su punto tercero lo siguiente -cito literalmente mi
resolución-: Junto con el acta de replanteo previo, la Confederación Hidrográfica del Ebro enviará los resultados de los trabajos propuestos en la contestación a la alegación 34.2 y en el informe del área de tecnología y control de estructuras, al
objeto de confirmar que los resultados de dichos estudios coinciden con los parámetros adoptados en el proyecto. Además, en la parte dispositiva del último punto -punto quinto de la resolución- se ordena, también expresamente, remitir a la
Confederación Hidrográfica del Ebro una copia del informe del área de tecnología y control de estructuras que según el señor fiscal queríamos ocultar y falsear.



Las razones que llevaron a los funcionarios que prepararon la resolución a proponer la realización de los referidos sondeos en el momento indicado (es decir, inmediatamente después de la aprobación del proyecto y la información pública, y al
mismo tiempo que el acta de replanteo previo) resultan evidentes para cualquiera que tenga conocimiento de la tramitación administrativa de un proyecto de construcción de obra. Muy brevemente las podemos resumir en las siguientes.



Primero. No se trataba de una modificación del proyecto técnico que ya estaba elaborado, certificado y recepcionado por los funcionarios competentes para ello, ni tampoco de que dicho proyecto estuviera mal hecho o contuviera errores, pues
ninguno de los informes emitidos ha puesto de relieve anomalías en el mismo. Lo que hacía la resolución era estimar una de las alegaciones expuestas por los vecinos durante la información pública e incorporar el informe del área de tecnología y
control de estructuras, en el sentido de estimar necesaria la realización de nuevos sondeos, con determinadas caractertísticas, añadidos a los ya realizados durante la fase de elaboración del proyecto con el fin de confirmar que sus resultados
coincidían con los parámetros adoptados en el proyecto.



Segundo. El momento de realizar dicha comprobación se corresponde exactamente con el que determina la Ley de contratos de las administraciones públicas. Cito la Ley 13/1995, de 18 de mayo, que es la que estaba vigente en aquel momento,
luego se ha sustituido por otra como saben SS.SS., para el replanteo previo, cuyo artículo 129 establece textualmente: Aprobado el proyecto, y previamente a la tramitación del expediente de contratación de la obra, se procederá a efectuar el
replanteo del mismo, el cuál consistirá en comprobar la realidad geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución, que será requisito indispensable para la convocatoria de licitación en procedimientos
abiertos y restringidos y para la adjudicación en procedimientos negociados. Asimismo, se deberán comprobar -en este trámite obviamente- cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar.



Una vez realizado el replanteo, acaba este artículo 129, se incorporará el proyecto al expediente de contratación. El momento, pues, de realizar las comprobaciones de los parámetros del proyecto sobre el terreno, mediante la realización de
nuevos detallados sondeos, no es ni el que dice el fiscal ni el que propone el área de tecnología y control de estructuras, sino el que establece con toda claridad la ley y recoge la resolución mía cuestionada. Queda patente, por su propia edición
literal, la trascendencia que el citado artículo 129 otorga al replanteo previo, al que califica, como hemos visto, de requisito indispensable para la convocatoria de licitación,


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exigiendo su realización con carácter previo a la tramitación del expediente de contratación. Como no podemos creer que el señor fiscal ignore tan básico precepto de la Ley de contratos de las administraciones públicas, sus afirmaciones
antes referidas sólo pueden ser fruto del afán de falsear la realidad.



Tercero. Pero es que, además, hay otra razón también de peso para que la resolución dispusiera la realización de los citados sondeos en el momento en que lo hace. No es otra que el cumplimiento del condicionado de la declaración de impacto
ambiental del proyecto, aprobada por resolución de 9 de febrero de 1996, por la Dirección General de Información y Evaluación Ambiental; tres meses, por cierto, antes de mi toma de posesión como secretario de Estado de Aguas y Costas. En su
condición 3.ª establece la citada declaración: Teniendo en cuenta que de acuerdo con la información complementaria remitida por la Dirección General de Obras Hidráulicas, incorporada al expediente de evaluación de impacto ambiental, van a ser
realizados estudios geotécnicos de detalle con anterioridad al inicio de los trabajos de construcción de la presa, se remitirán a la Dirección General de Información y Evaluación Ambiental, a los solos efectos ambientales, las conclusiones de los
referidos estudios. Es decir, ya cuando se realizó la declaración de impacto ambiental favorable al proyecto elaborado, se sabía tanto la intención de realizar sondeos complementarios de detalle como en el momento en el que se iban a realizar, como
dice literalmente la declaración de impacto ambiental, con anterioridad al inicio de los trabajos de construcción de la presa. En consecuencia, la declaración de impacto ambiental elevó dichos extremos a la categoría de condición de la propia
declaración.



Como pueden ver ustedes, uno de los motivos esenciales de la acusación del señor Valerio, de que ordenamos hacer los sondeos no cuando dijo el área de tecnología, sino en el momento en el que dice la ley y la declaración de impacto
ambiental, no es más que una manifestación en contra de lo que pueda derivarse precisamente de un cumplimiento de la ley. Señora presidenta, me estoy alargando un poquito, intentaré concluir rápidamente.



Analizada la esencia de las acusaciones del señor Valerio, voy a comentar algunos otros párrafos en los que hace imputaciones singulares en su escrito de acusación. Cito literalmente al señor Valerio: Los acusados Blanco y Escartín, a los
que la excelentísima señora ministra había encomendado su estudio (de unos trabajos que entregó, después de dictarse mi resolución, el alcalde de Santa Liestra a la ministra), no tramitaron los informes remitidos por la excelentísima señora ministra
ni ordenaron el estudio. Hasta aquí la cita de Valerio. Por el contrario, ordené valorar esos trabajos y así se hizo, como demuestra el informe sobre los mismos hecho por el CEDEX por encargo de la Dirección General de Obras Hidráulicas, cuya
copia entrego a la presidenta para demostrar esta nueva falsedad del señor Valerio. Vuelvo a citar literalmente al señor Valerio: El acusado Benigno Blanco pergeña, con el también acusado Tomás Sancho, en su calidad de presidente del consejo de
administración de Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A., una sociedad privada de capital público, diseñada por el acusado Blanco para la gestión privada de las obras públicas, en la que sitúa al frente de la misma al acusado Tomás Sancho, y un remedo de
convenio -sigo citando literalmente- para la gestión directa por parte de la sociedad anónima, y con cargo a los fondos globales que le asigna el Estado, de la construcción y explotación de algunas obras hidráulicas.
Página 11 del informe del señor
Valerio. En ese convenio -añade el señor Valerio-, un gasto de 5.000 millones de pesetas se engloba en el proyecto del embalse, obra hidráulica estatal, que por arte de magia incluye ahora la obligación de construir una central hidroeléctrica. Fin
de la cita.



Pues bien, esa sociedad no es privada de capital público, como dice de forma inconcebible el señor Valerio, sino que es una sociedad pública al cien por cien y no fue diseñada por mí ni yo puse al frente de la misma al acusado Tomás Sancho,
sino que fue creada mediante acuerdo del Consejo de Ministros de fecha noviembre de 1997, cuya copia entrego a la presidenta, y es el Consejo de Ministros el que designa a Tomás Sancho como presidente de la misma, según consta en el propio acuerdo.
En cuanto al remedo de convenio para la gestión de obras hidráulicas, debo recordar que no es un apaño entre Tomás Sancho y yo, como sugiere el señor Valerio, para eludir controles del gasto público, sino que se trata de un convenio aprobado por el
Consejo de Ministros con fecha 5 de junio de 1998. Entrego a la señora presidenta copia del acuerdo del Consejo de Ministros. Según el señor Valerio, ese convenio, el que acabo de entregar, el que he pergeñado, el que tiene carácter de remedo de
convenio, viola, y cito literalmente, todo el ordenamiento hidráulico y los principios de intervención y control del gasto público, y elude el control público de los fondos. Les recuerdo que es un convenio aprobado por el Consejo de Ministros.
Sinceramente, no entiendo cómo el señor Valerio no extiende su acusación al Consejo de Ministros, en pleno, y a la Intervención del Estado, que informó favorablemente el expediente de tal convenio con carácter previo a su aprobación por el Consejo
de Ministros.



En cuanto a la afirmación de que por arte de magia -dice literalmente- aparecen en el convenio 5.000 millones de pesetas para construir una central hidroeléctrica (de nuevo el móvil hidroeléctrico), debo decir que no es magia, sino la
normativa que antes he citado y he entregado a la señora presidenta, la que exige prever los aprovechamientos hidroeléctricos en los pies de presa del Estado. Y en el convenio que he entregado a la señora presidenta, en contra de lo que dice el
señor Valerio, se puede comprobar cómo no se atribuye a


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Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A. la financiación de ese aprovechamiento precisamente porque deberá ser objeto de un concurso. Al revés, en el párrafo siguiente al que reproduce literalmente el señor Valerio en su escrito, se dice
expresamente que Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A. no pagará esos 5.000 millones del aprovechamiento hidroeléctrico. Cita el párrafo anterior y no cita el siguiente, donde expresamente se dice y se prohibe, y lo tienen SS.SS. para comprobarlo,
que se paguen estos 5.000 millones que tanto juego han dado estos últimos días, basados en el escrito del señor Valerio, en la prensa de Aragón. Por el convenio aprobado por el Consejo de Ministros, ACESA tenía la prohibición expresa de financiar
el aprovechamiento hidroeléctrico de esa presa.



Por último, y en lo que a este secretario de Estado de Aguas y Costas afecta, el señor Valerio afirma que los sondeos complementarios que ordené realizar fueron encargados al CEDEX -cito literalmente-, un organismo del Ministerio de Fomento.
Y sigo con la cita literal: Las razones en cuanto a la elección del citado organismo parecen responder a que el mismo estaba bajo el control del acusado Benigno Blanco, que ocupaba en aquellas fechas el cargo público de secretario de Estado de
Infraestructuras. Pues bien, el 17 de marzo de 2000, fecha en la que como manifiesta el señor Valerio el CEDEX acaba sus estudios, yo todavía era secretario de Estado de Aguas y Costas, dado que fui cesado de tal cargo por real decreto publicado en
el 'Boletín Oficial del Estado' de fecha 5 de mayo de 2000, cuya copia entrego a la presidenta, y fui nombrado secretario de Estado de Infraestructuras del Ministerio de Fomento por real decreto de fecha 5 de mayo de 2000, que también entrego a la
presidenta. Se supone que el 'Boletín Oficial del Estado' es conocido pero, como el fiscal no lo conoce, dejo aquí fotocopia del mismo. Por lo tanto, cuando se encargaron esos estudios y cuando se concluyeron, yo era secretario de Estado de Aguas
y Costas del Ministerio de Medio Ambiente y la razón de seleccionar al CEDEX no podía ser que en mi futura condición de secretario de Estado de Infraestructuras del Ministerio de Fomento manipularía el informe que se acabó antes de llegar yo a
fomento, salvo que el señor Valerio me suponga tan diabólicamente perfecto como para ser a la vez secretario de Estado de Aguas y Costas y secretario de Estado de Infraestructuras sin que nadie se entere.



Culminando la conspiración delictiva, el acusado Tomás Sancho -cito literalmente al señor Valerio-, con fecha 12 de enero de 2001, adjudica la construcción a un pool de empresas constructoras. Pues bien, en esa fecha el acusado Tomás Sancho
había cesado en todo cargo público siete meses antes, por lo que difícilmente podía hacer esa adjudicación.
Entrego a la presidenta el real decreto de cese publicado en el Boletín Oficial del Estado con fecha 20 de mayo del año 2000. Los estudios
del CEDEX y otros del IGE -y cito literalmente de nuevo al señor Valerio- fueron, finalmente, con fecha 1 de junio de 2000, revisados por el acusado Carlos Escartín en su despacho oficial de la Dirección General de Obras Hidráulicas, al que
acudieron los técnicos de ambos institutos con objeto de suprimir cualquier circunstancia en aquellos informes que aludiera a los gravísimos problemas del embalse. Pues bien, Carlos Escartín en esa fecha ni era director general ni tenía despacho en
el ministerio. Entrego a la presidenta copia del decreto de cese publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' de fecha 20 de mayo de 2000.



Podría seguir comentando errores, falsedades e inventos que se contienen en el escrito del señor Valerio, pero no quiero agotar a SS.SS; ya me he referido a los principales hasta este momento. No entro a detallar ante SS.SS. nada respecto
a las acusaciones del señor Valerio sobre remisiones inexactas de expedientes administrativos a juzgados y tribunales, porque creo que es jurídicamente evidente que no corresponde al secretario de Estado ni la custodia de los expedientes
administrativos ni fotocopiarlos para su remisión a los tribunales ni hacer estas remisiones y, por tanto, tales acusaciones son, a los efectos políticos de esta comparecencia, irrelevantes.



Llegados a este punto, permítanme que me haga esta pregunta. A la luz de todo lo anterior, ¿no sería quizá más razonable que pedir mi dimisión, pedirle al señor Valerio que sea él quien someta el ejercicio de sus responsabilidades a algún
tipo de control de legalidad? (Un señor diputado: Eso, eso.- Rumores.) Yo no critico hoy las interpretaciones u opiniones del señor Valerio, eso lo harán mis abogados en la sede que proceda. Hoy afirmo que el señor Valerio, en el terreno de los
hechos demostrables con facilidad, falta reiterada y sistemáticamente a la verdad y falsifica los datos que aporta o los inventa, sin más. Afirmo, hoy, que si del escrito del señor Valerio se excluyen los datos inventados o comprobadamente falsos,
no queda nada, absolutamente nada que pueda poner en duda la actuación legal y éticamente correcta de este secretario de Estado de Aguas y Costas entre 1996 y 2000 respecto a la presa de Santa Liestra.



A tal efecto, les resumo lo más esencial. Yerra el señor Valerio cuando afirma que ha desaparecido del expediente el informe técnico sobre las alegaciones de la información pública. Yerra el señor Valerio cuando afirma que en el trámite de
la presa de Santa Liestra se siguió un procedimiento irregular, singular o específico y que el proyecto fue aprobado sin los trámites preceptivos. Yerra el señor Valerio cuando afirma que no se hicieron sondeos ni estudios geológicos. Yerra el
señor Valerio cuando afirma que hubo negativa de los funcionarios a realizar sondeos complementarios y que no existieron dificultades para realizar materialmente los mismos a causa de la oposición local al proyecto. Yerra el señor Valerio cuando
afirma que el secretario de Estado de Aguas y Costas mantuvo, antes de firmar la


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resolución aprobatoria del proyecto de Santa Liestra, reuniones con los autores del informe del área de tecnología y control de estructuras para que éstos se retractaran. Yerra el señor Valerio cuando afirma que no se entregó al Servicio
Jurídico del Estado el expediente completo para informe, ocultando a conciencia documentos decisivos. Yerra el señor Valerio cuando afirma que la resolución aprobatoria del secretario de Estado de Aguas y Costas reconoce la alegación número 40 a
Hidroeléctrica de Cataluña y que otorga algún derecho o concesión hidroeléctrica. Yerra el señor Valerio cuando afirma que Hidroeléctrica de Cataluña estaba en 1997 participada al cien por cien por Iberdrola. Yerra el señor Valerio cuando afirma
que la resolución aprobatoria del secretario de Estado de Aguas y Costas transcribe de manera inveraz el contenido del informe del área de tecnología y control de estructuras. Yerra el señor Valerio cuando afirma que durante el período de mandato
de este secretario de Estado se determinó la adjudicación del proyecto de la presa, así como el aprovechamiento hidroeléctrico del salto a favor de empresa constructora o hidroeléctrica alguna. Yerra el señor Valerio cuando afirma que este
secretario de Estado diseñó la sociedad Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A.
-una sociedad privada de capital público según él- y pergeñó un remedo de convenio para eludir los controles del gasto público, violando todo el ordenamiento hidráulico y los
principios de intervención y control. Yerra el señor Valerio cuando afirma que los sondeos complementarios que ordenó realizar este secretario de Estado fueron encargados al CEDEX, porque existía una dependencia jerárquica del propio secretario de
Estado.
Yerra, por último, el señor Valerio, cuando afirma que Tomás Sancho adjudicó la construcción de la presa a un pool de empresas constructoras.
Pero no sólo yerra el señor Valerio, oculta. En su escrito de acusación, el señor Valerio oculta
datos muy importantes y esenciales para formular un juicio acertado sobre todo este expediente; veamos cuáles.



El señor Valerio oculta que la presa de Santa Liestra está declarada de interés general por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, cuya copia entrego a la presidenta. Este es el móvil
real de mi actuación al respecto. Como secretario de Estado de Aguas y Costas mi obligación era impulsar las obras declaradas de interés general. Valerio oculta este dato y por eso se embarca en la singular aventura de buscar móviles para mi
conducta en las presuntas cloacas de la política inexistentes. El señor Valerio oculta que tras mi resolución de aprobación del proyecto se pudo obtener del Consejo de Ministros la declaración de urgente ocupación de los terrenos a expropiar, y por
ello se han realizado los sondeos que yo ordené hacer y estos han verificado, sin duda alguna, la bondad de la presa de Santa Liestra que yo aprobé en su fase inicial. El señor Valerio oculta que tras mi resolución, Aguas de la Cuenca del Ebro,
S.A., licitó el proyecto constructivo de la presa del Ésera y que éste aún no ha sido aprobado definitivamente por el Ministerio de Medio Ambiente. Lo que me decía que yo había hecho en el año 1997 está de hecho sin hacer todavía hoy, por lo que no
puede atribuirse a mi resolución el carácter de aprobatoria del proyecto constructivo. Entrego en este momento a la presidenta el pliego de licitación de este proyecto constructivo de la presa para que se pueda comprobar por SS.SS.



El señor Valerio oculta que la declaración de impacto ambiental contempla realizar los sondeos complementarios antes de empezar la construcción de la presa, como se ha hecho. El señor Valerio oculta que el área de tecnología y control de
estructuras ha emitido, tras la realización de los sondeos que yo ordené hacer, un nuevo informe -que yo entregó a la presidenta ahora- y en el que se dice literalmente lo siguiente: El proyecto de construcción de la presa del Ésera -Santa Liestra,
Huesca- es continuación natural del referencia 09/04, aprobado por la Secretaría de Estado de Aguas y Costas en mayo de 1997. En él se recogen los estudios geológicos realizados por el IGE, los geotécnicos elaborados por el CEDEX y los
sismotectónicos efectuados por el Instituto Geográfico Nacional.
Queremos resaltar -y sigue siendo cita textual- la calidad de los estudios realizados por la profundidad, rigor, detalles y minuciosidad del trabajo realizado. Son realmente pocos
los proyectos de presa realizados con una investigación geológica y geotécnica de la cerrada y del vaso tan detallada y completa como la existente en este proyecto, sintetizadas en unas cartografías ciertamente excepcionales. Conclusión -y sigue
siendo cita textual de ese informe-, el proyecto examinado está bien desarrollado y estudiado. La documentación es suficiente y cumple los requisitos mínimos establecidos por la directriz básica de Protección Civil frente al riesgo de inundaciones
y el reglamento técnico sobre seguridad de presas y embalses, por lo que puede aprobarse. Fin de la cita.



El señor Valerio oculta que la Comisión de la Unión Europea ha archivado las quejas presentadas contra la presa de Santa Liestra por motivos muy similares a los que él alega en su escrito de acusación, como acredita el documento que entrego
en estos momentos a la presidenta. Me gustaría saber cómo autocalifica el señor Valerio la ocultación de todos estos hechos en su escrito, si aplica la misma doctrina conforme a la cual, en su escrito de acusación, imputa un delito de falsedad a mi
resolución de 26 de mayo de 1997, porque no reproduzco en ella un comentario de uno de los informes que constaba en el expediente.



Para concluir ya esta larga exposición, señora presidenta, permítame que les cuente muy brevemente la historia real correspondiente a mi etapa de secretario de Estado de Aguas y Costas respecto a Santa Liestra. En 1996, como les he
acreditado, se declara de interés general la presa de Santa Liestra, y existe un primer


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proyecto redactado y con el visto bueno del área de tecnología y control de estructuras y de la Secretaría General de Medio Ambiente, sin que conste en el expediente administrativo ningún informe ni duda ni sobre la viabilidad ni sobre la
seguridad de esta presa. En esas circunstancias firmé la resolución aprobatoria y en un quizás exceso de prudencia, del que no me arrepiento en absoluto, ordené realizar sondeos complementarios que habían resultado imposibles hasta ese momento por
la oposición vecinal y municipal. Tras la resolución aprobatoria se realizaron los sondeos por mi ordenados, que confirman todos los datos geológicos que constaban en el expediente. Por encargo del Consejo de Ministros, Aguas de la Cuenca del
Ebro, S.A. licita el proyecto constructivo que, una vez redactado, ha sido informado favorablemente por el área de tecnología y control de estructuras y está pendiente en estos momentos de la aprobación definitiva como proyecto constructivo por
parte del Ministerio de Medio Ambiente.



Esta es la sencilla realidad de la presa de Santa Liestra, la que resulta del expediente y de los documentos existentes. El resto, la novela del señor Valerio, es un puro invento. En este expediente no hay intereses hidroeléctricos, sino
el interés general de dar cumplimiento a una ley aprobada en esta Cámara y recientemente ratificada por la Ley del Plan Hidrológico Nacional. Mis abogados me han desaconsejado hacer esta intervención que hoy hago ante ustedes, porque al contarles a
ustedes la verdad de lo sucedido ya no podrán coger -si me permiten utilizar este verbo- por sorpresa en el juicio al fiscal Valerio. Incluso éste, y en su caso la acusación particular, podrán, cuando lean el acta de esta intervención, modificar y
cambiar sus escritos de acusación. Asumo este riesgo porque creo que más importante que mi defensa personal en el juicio penal es transmitirles a ustedes, miembros del Parlamento, la verdad de lo sucedido para que puedan comprobar que este Gobierno
actúa conforme a la legislación vigente y con un alto nivel de exigencia ética.



Me he extendido en detalles, pero comprenderán SS.SS. que cuando se trata de defender la ética del propio actuar como cargo público frente a acusaciones manifiestamente falsas, ante quien hay que hacer esta defensa es ante SS.SS., que
representan al pueblo español y controlan al Gobierno. No tengo ninguna preocupación por las consecuencias penales de mi actuación, porque como jurista y demócrata confío plenamente en nuestra Administración de justicia. Sí me preocupa el daño
moral que se me ha hecho con estas falsedades del señor Valerio y su forma de exposición y difusión pública en un medio de comunicación que, por cierto, espero que al menos dedique una página entera a reflejar mi intervención, en justa reciprocidad
a la importancia que en su día dio a las falsas acusaciones. (Rumores.) Y también me preocupa que en esta Cámara quede claro que España tiene un Gobierno honrado, también en la pequeña parcela de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, entre
1996 y el año 2000, del que nadie tiene por qué avergonzarse por razones éticas, sea de la mayoría o de la oposición. Las discrepancias políticas por razones de oportunidad o conveniencia entre los partidos que gobiernan y los de la oposición, no
tienen por qué empañar -entiendo yo- el esfuerzo común por defender la ética de la actuación pública, que es un valor de nuestra democracia. Esta es la razón y el marco conceptual de la presente intervención.



Comprenderán SS.SS. que concluya ahora esta intervención anunciándoles que he decidido poner en manos de mis abogados el escrito del señor Valerio, para que exijan, por la vía que consideren oportuna, las responsabilidades que procedan al
autor del mismo, dado que en tal escrito se me imputan acusaciones manifiestamente falsas de delitos acreditadamente inexistentes y esta conducta está tipificada en el Código Penal.



Les agradezco su paciencia y atención. Muchas gracias.(Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Blanco Rodríguez. Esta presidencia dará sobre la marcha la orden para que hagan fotocopias y les llegue a los señores portavoces de los diferentes grupos toda la documentación aportada por el
señor secretario de Estado.



Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Labordeta Subías, don José Antonio.



El señor LABORDETA SUBÍAS: Hablo en nombre de Chunta Aragonesista y también de Iniciativa per Catalunya. La verdad es que me he quedado asombrado, porque lo que usted ha hecho ha sido una acusación tremenda contra el señor Valerio, que es
el fiscal, y espero que el día que tengan que ir a juicio siga usted defendiendo esta situación. Yo no puedo entrar en ello, desconozco el sumario; usted nos ha sacado aquí el sumario completo, y naturalmente eso necesita mucho tiempo para
estudiarse. Lo que sí quiero recordarle es que hay una sentencia de la Audiencia Nacional, del 23 de noviembre del 2001, que anuló la aprobación técnica definitiva del proyecto de regulación del Ésera en Santa Liestra, de la que usted no ha dicho
nada, calificó el actuar de la Administración de anómalo, insólito y arbitrario, que, traducido al lenguaje judicial, significa que los responsables se conjuraron de forma no ajustada a derecho. También parece ser que la Audiencia Nacional es
corrupta, novelera, hace novelas, etcétera. A esto le añadimos el auto de la Audiencia de Madrid del 16 de enero de 2002, por el que se anula el sobreseimiento provisional de la querella criminal presentada por el Ayuntamiento de Santa Liestra
contra él y otros siete cargos de Medio Ambiente, dictado por el juzgado número 38 de Madrid, donde los magistrados vienen a decir, sin querer entrar en el fondo de la cuestión,


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que hemos abierto el libro y con sólo echarle un vistazo hemos visto indicios delictivos tan evidentes que anulamos el sobreseimiento dictado por el juzgado número 38.



Naturalmente usted ha venido, en su defensa ha demostrado ser un abogado estupendo y creo que usted se defenderá muy bien, pero yo me siento ofendido como aragonés porque usted ha estado hablando todo el tiempo de un periódico nacional
cuando hay un periódico muy importante para los aragoneses con el que nos hemos criado y para mí lo que dice este periódico normalmente es un auto de fe. Es un periódico muy serio (Risas.) No se rían, porque aquí estamos acusando al ministerio
fiscal sin que esté el ministerio fiscal. Que venga el ministerio fiscal y que le conteste. Yo no sé a qué viene esta comparecencia tan rápida, tan urgente, sin saber si iba a venir usted o no iba a venir. (Rumores.) Estamos haciendo aquí una
cosa muy seria, hemos estado acusando al ministerio fiscal, al señor Valerio le ha puesto usted a parir. Resulta que las dos acusaciones que yo he citado aquí no las ha mencionado el señor Blanco. Habla usted del periódico 'El País'. Reclámele al
'Heraldo de Aragón' que le saquen una hoja entera, porque aquí hay unas informaciones muy interesantes y para nosotros esto vale tanto o más que lo que usted nos ha contado aquí.



No voy a contestar a todo lo que usted ha dicho; ahí están todos los informes, los leeremos. Aparte de lo que he leído de la Audiencia Nacional, queremos recordarle que el actual embalse de Santa Liestra tiene presentados,
independientemente de esta querella criminal, los siguientes recursos que están pendientes de resolución: un contencioso-administrativo en el Tribunal Supremo, Sala tercera, sección sexta, impuesto por el Ayuntamiento de Santa Liestra contra el
acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de octubre de 1998, que declaró de urgencia la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de construcción de la presa del Ésera en Santa Liestra. La instrucción está concluida y
pendiente de señalamiento para votación.
Tiene un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, interpuesto por la Abogacía del Estado contra la resolución de alcaldía por el que se decretaba la paralización de
los trabajos para comprobar la hipótesis del proyecto. Se encuentra concluido y pendiente de señalamiento por votación y fallo. Tiene asimismo recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Santa Liestra. Por cierto, quiero
decir que Santa Liestra es un pueblecito muy pequeño que hay al norte de Barbastro -porque a veces parece que es inexistente- que ha tenido un gran valor pues ha sido una especie de Fuenteovejuna; usted ha dicho que no se pudieron hacer los
estudios y que ellos quisieron entrar por la fuerza. Se afirmaron cosas tan curiosas como, por ejemplo, que una señora de 80 años había golpeado a un guardia civil de las fuerzas de orden público. Aquello fue a Barbastro y el señor juez, que
también debe ser muy novelero, se echó a reír y dijo: ¿cómo esta señora de 80 años ha podido pegar a ese jovencito de 22 años?


Hay una queja a la Comisión Europea de Medioambiente, presentada por el Ayuntamiento de Santa Liestra, contra el Estado español por incumplimiento del derecho comunitario en la declaración de impacto ambiental y sobre la improcedencia de
destinar fondos de cohesión para la financiación de la obra y sus planes de compensación territorial, que ha sido admitida a trámite. Por si fuera poco, usted y su equipo, ahora imputado por la Fiscalía, han impulsado obras como el recrecimiento
del embalse de Yesa, donde el propio Gobierno del señor Aznar ha tenido que reconocer, por medio del ministro señor Posada, en este Congreso de los Diputados, que el trabajo de Carlos Escartín como ex director general de Obras Hidráulicas pudo
incurrir en la Ley de Incompatibilidades y comprometerse a presentar un informe sobre el caso. En este momento también está procesado por eso y parece que van a estar procesados también una serie de funcionarios que firmaron unos papeles sin fecha
y sin sellos. Son cosas que van apareciendo y que no voy a ponerlas en el sumario, pero ahí están.



¿Qué más argumentos le podemos dar? ¿Qué considera usted como límite ético para dejar un cargo público? Si sólo piensa apelar a su conciencia intelectual y a decir que a lo mejor pudo cometer un fallo administrativo, es mejor esperar la
sentencia y ahorrarse esta visita.
Realmente usted ha venido aquí a atacar al señor Valerio. Yo no soy defensor del señor Valerio y espero que en el juzgado -estoy seguro de que lo va a hacer muy bien porque lo ha hecho aquí magníficamente- se
defenderá y podrá demostrar todo esto que usted nos ha traído aquí; supongo que el señor Valerio también podrá defenderse frente a las acusaciones que usted ha hecho.



La señora PRESIDENTA: El señor secretario de Estado, don Benigno Blanco, me ha solicitado ir contestando a cada diputado debido a la complejidad y a la extensión de las intervenciones.



Tiene la palabra el señor Blanco Rodríguez.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (Blanco Rodríguez): Antes de que me lo pida la señora presidenta, que supongo que lo haría, voy a intentar ser breve en estos turnos de réplica para no alargar demasiado esta comparecencia.



No he citado ninguna de las varias sentencias o autos procesales existentes en este momento sobre Santa Liestra. El elenco de actuaciones con decisiones administrativas y penales es bastante más largo que el que ha dicho S.S. No voy a
aburrirles, lo tengo aquí y podría dárselo. El hecho de que haya muchas actuaciones


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judiciales contra una obra de interés general no quita la obligación de quienes tenemos que aplicar la ley de intentar sacarla adelante como marca la legislación vigente; si no, cada vez que se presente una denuncia o una querella habría
que paralizar una obra.



Sí puedo decirle que en este momento la única sentencia judicial firme que existe en toda esta larguísima y compleja vía judicial contencioso-administrativa y penal es una que condena por un delito de faltas al alcalde de Santa Liestra por
oponerse a hacer los sondeos; la única firme. Usted ha citado -no lo he hecho yo porque no quiero hacer aquí un debate sobre las soluciones judiciales, me parece que no es el foro- la sentencia de la Audiencia Nacional que anula la resolución de
aprobación (¿) de Santa Liestra. Tampoco he citado la sentencia de la misma sala y con los mismos ponentes que confirma su legalidad, hechas con pequeños meses de diferencia. Dice S.S. que no he citado el auto de la Audiencia Provincial por el
que se ordena abrir el juicio oral, tampoco he citado el auto del juzgado por el que se ordena archivar las actuaciones. No quiero convertir esto en una discusión sobre sentencias judiciales, porque no me parece que sea el foro.



En contra de lo que ha leído S.S., (se ve que había preparado la intervención antes de oírme), no apelo a mi conciencia frente a las acusaciones del fiscal, apelo a esos documentos que he entregado y al resto que no he traído para no cargar
con kilos de papel. No es un problema de mi conciencia contra la de otro; es un problema de hechos, de pruebas, de falsificación de hechos, de omisión de información o de inventos sin más de hechos. No he realizado aquí una intervención contra el
señor Valerio, he puesto de manifiesto las falsedades, errores y omisiones de un escrito que, a través de su difusión, se ha convertido en una acusación pública contra mí cuando era secretario de Estado. Al señor Valerio le contestaré en los
juzgados, aquí no lo he hecho -lo he dicho-; aquí he desmentido los hechos que son probadamente falsos que se contienen en un documento que se ha hecho público.



Cita usted que hay otras presas en Aragón, el caso de recrecimiento de Yesa, que también están sometidas a actuaciones judiciales. Por supuesto, pero no ha mencionado una que le voy a citar yo: Montearagón, donde, habiéndose planteado
dudas cuando yo era secretario de Estado de Aguas y Costas sobre su seguridad el mismo equipo que ahora es acusado de querer hacer presas como sea tuvo paralizada esa obra durante años contra mucha presión política y pública hasta que se hicieron
todos los estudios técnicamente aseguradores de la viabilidad del sistema constructivo de la presa. Este hecho demuestra que cuando teníamos los estudios pertinentes que aseguraban la viabilidad y seguridad tirábamos adelante y cuando había dudas
técnicas parábamos las obras con un coste político importante. Eso es lo que hizo el equipo de medio ambiente en presas en la pasada legislatura.



Digan lo que digan los periódicos, digan lo que digan las conciencias, aquí corresponde analizar los hechos, y los documentos, para comprobar qué es cierto y qué es falso. Eso es lo que he querido hacer con mi intervención de esta mañana.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el señor Otxoa de Eribe Elorza.



El señor OTXOA DE ERIBE ELORZA: Voy a ser breve y quizá no merezca ni la contestación del señor Blanco.



Tengo que lamentar que, de nuevo, unas filtraciones, a menudo interesadas, a las que desde luego como grupo parlamentario y como partido estamos desgraciadamente muy acostumbrados, de documentos, de sumarios que debe estar sub iúdice, sean
los que motiven que en una sede que no es la que corresponde estemos en este momento hablando de este asunto. Me parece un despropósito que una cuestión que está en sede judicial se derive de esta forma a una sede parlamentaria. Nuestro
desconocimiento del caso, nuestro desconocimiento de todos los documentos que puede haber, aunque ahora se aportan aquí algunos que no hemos tenido tiempo de estudiar y que están extrapolados de todo un expediente, nos impide emitir una opinión al
respecto. Tenemos que lamentar que estos hechos ocurran de esta forma, que se traslade a sede parlamentaria algo que no debía de haber llegado de esta forma, y que se empañe la rigurosidad habitual a que nos tiene acostumbrados el señor Benigno
Blanco en otros muchos aspectos. En este momento, insisto, no podemos opinar sobre este tema y sólo lamentamos que los hechos se hayan producido de esta forma.



La señora PRESIDENTA: Muy brevemente, señor secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (Blanco Rodríguez): Coincido plenamente con sus observaciones y le agradezco la seriedad y el rigor intelectual y ético de no opinar sobre un tema sobre el que afirma no conocer.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra la señora Urán González.



La señora URÁN GONZÁLEZ: Señor Blanco, en la respuesta que le daba al señor Labordeta decía que esta comparecencia no era para contestar al fiscal. Yo tengo que decirle -porque las percepciones suelen ser individuales y normalmente no
objetivas- que me he sentido el fiscal porque me estaba dando una respuesta a algo sobre lo que yo todavía no le había acusado, entre otras cosas, por la intención de su comparecencia, que no quiero prever cuál es (sencillamente está usted


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aquí y yo como diputada y portavoz de mi grupo parlamentario he aceptado que sea hoy y así de rápido) y, además, porque la intención de esta diputada no era que se diera respuesta a la acusación del fiscal, sino que se controlara al Gobierno
y nos aclarara algunos puntos que no es que no estén claros ahora, es que no lo estaban en la legislatura pasada cuando mi grupo parlamentario en muchas ocasiones les ha preguntado por escrito sobre el pantano de Santa Liestra, siendo nuestra
oposición a la construcción del mismo clara y rotunda. No hacemos juicios de valor en cuanto a la actuación que tiene que determinar el tribunal o los juzgados sobre los delitos de los que está en este momento acusado, sino que valoramos la
actuación política que tiene desde su responsabilidad en el Ministerio de Medio Ambiente, que no nos parece la más adecuada.



Señor Blanco, no es el único escándalo político de su actuación como secretario de Estado de Aguas y Costas. Tengo que recordarle otros escándalos: el de la presa de Millares en Valencia, escándalo político que salió en los medios de
comunicación; el trasvase del Júcar-Vinalopó, otro escándalo que también ha sido ampliamente debatido en los medios de comunicación y, desde luego, todas las sospechas recaídas. No estoy haciendo ninguna valoración, simplemente estoy intentando
poner de manifiesto los hechos que han aparecido también en la prensa y a los que usted ha dado respuesta a través de esos medios. En cuanto al control de la actuación política que ustedes han hecho, volvemos a los informes de los que esta diputada
hasta hoy tiene conocimiento por el interés que ha demostrado por esta actuación.



En el informe que en el año 1995 emite el área de tecnología y control de estructuras, además de las conclusiones, hay un párrafo en la página 35 que, aunque me puedan decir que está sacado de contexto, dice exactamente: Finalmente, ante la
escasa capacidad de regulación del embalse proyectado, cabe preguntarse, desde un punto de vista estrictamente económico, si no podría resultar más rentable la construcción de un embalse de similar capacidad sobre el río Isabena y, por tanto, con la
misma utilidad para el incremento de las dotaciones de agua para riego que el de Santa Liestra, puesto que la aportación media anual del citado río así lo permitiría. También deben estudiarse los caudales del río en avenidas aguas abajo de la
confluencia con el Isabena por la repercusión que pueda tener en el régimen de explotación del embalse de Joaquín Costa. Y pasa a las conclusiones que la señora presidenta, puesto que no son muchas, me va a permitir que lea. El señor secretario de
Estado nos decía en su intervención que en ningún momento este informe hablaba de la no viabilidad de la presa. No dice textualmente que no sea viable la presa, pero esta diputada, tras la lectura de la primera conclusión, llega a una diferente a
la que llegó el ministerio: Razones de diversa índole hacen que el proyecto resulte hidráulicamente muy limitado, especialmente en su aspecto de regulación del río Ésera. Téngase en cuenta que, frente a una aportación media anual del río de 574
hectómetros cúbicos, la capacidad del embalse es de 82 hectómetros cúbicos. Permítanme que al menos pueda sacar una conclusión sobre la actuación política del ministerio. Había otro posible estudio del proyecto y otra solución que al menos no
pondría en duda la seguridad de las personas que viven aguas abajo del río, como en este caso se puso.
Yo no voy a poner en duda ahora los informes finales técnicos de qué podría suceder si se construía la presa en aquel momento y con este informe
en las manos.



El apartado 2.º, que se ha leído, dice: Deben ampliarse las investigaciones geotécnicas en el eje de la cerrada, los parámetros geotécnicos que presenta el proyecto, especialmente el módulo de deformación de la formación margosa puede ser
excesivamente optimista.
Los apartados 3.º y 4.º hablan de soluciones técnicas a determinada utilización de materiales en la construcción del proyecto y dicen que si el proyecto llega a la fase de concurso deberán aportarse soluciones de presa de
materiales sueltos, con núcleo asfáltico y estudiando la posibilidad de utilización de las margas azules como material de núcleo.
La anterior solución trae como consecuencia estudiar la implantación del aliviadero de superficie. Entre las
soluciones de fábrica debe darse entrada a aquellas a base de hormigón vibrado. La capacidad de producción con medios adecuados puede ser del mismo orden que para el hormigón compactado, el coste similar y los riesgos asumidos mucho menores. En el
caso de hormigón compactado deben abandonarse los paramentos con bordillo. Se recomienda ampliar la capacidad del sistema de desvío provisional del río hasta 520 metros cúbicos/segundo, añadiendo un cuarto conducto idéntico a los tres previstos en
proyecto. Se recomiendan diversas medidas técnicas en cuanto a los aliviaderos, la capacidad de los mismos y demás.



En el punto 9.º dice: Deben estudiarse los caudales del Ésera en caso de avenidas aguas abajo de la confluencia del Isábena. Sería muy interesante poder disponer de un estudio de cierre en el río Isábena de análogas características
hidráulicas que la presa de Santa Liestra con el fin de confirmar, desde un punto de vista económico la bondad de la solución adoptada en dicho proyecto. Me ahorro leer el comentario final puesto que textualmente lo ha hecho ya el señor secretario
de Estado.



Señor secretario de Estado, una pregunta: ¿se han hecho los estudios que señala el punto 9.º? ¿Han estudiado los caudales del Ésera en caso de avenidas aguas abajo de la confluencia del Isábena? ¿Se ha hecho el estudio de cierre del río
Isábena con iguales características a las de Santa Liestra? Entre otras cosas se lo pregunto, señor secretario de Estado, porque el propio informe del año 1995 daba una solución alternativa al pantano de Santa Liestra y esta diputada


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sigue sin entender por qué esa cerrazón para construir el citado pantano.
No quiero pensar que hay otros intereses, sencillamente quiero saber por qué ese ímpetu en quererlo construir y esa declaración de interés general del año 1996.
Tengo que recordar, señor secretario de Estado, que en los presupuestos del año 1995, incluso en los de 1996, la dotación presupuestaria para la construcción de Santa Liestra no aparecía como inversión, apareció después. Nos gustaría saber por qué
esa necesidad tan imperiosa de construir un pantano pequeño, que además no regula el río, cuando había otra alternativa posible para el abastecimiento de agua para riego al Canal de Aragón y Cataluña, que en principio se supone que era para lo que
se construía la presa, según la información que nosotros tenemos, para dotar de agua de riego a ese canal y favorecer que pudieran tener un recurso de agua y con más caudal.



Entro en las noticias que se han publicado que nos han suscitado dudas.
Esta diputada, no tiene el auto de la Fiscalía y, no puede contrarrestar las argumentaciones que usted ha dado; ni tiene el auto ni la documentación que nos ha
facilitado ahora, de la que no disponía anteriormente, pero hay algo que nos llama la atención. A lo mejor usted lo ha explicado en su intervención, pero yo no lo he terminado de captar.
Por lo que ha salido publicado y por lo que usted mismo nos
comentaba, parece ser que hay una serie de sondeos geológicos, cuyos costes se han abonado, que pueden alcanzar unos 200 millones de pesetas, sin que haya certificación, según dice la prensa sobre el auto -yo no quiero asegurar que así sea,
simplemente quiero que me lo aclare-, cantidades abonadas sin contar con la certificación por la que se hacía el pago ni los informes finales. Me gustaría que nos aclarara si esta situación es cierta o no.



Ha hablado S. S. de las modificaciones del pliego de bases, pero no me han quedado muy claras las causas por las que se produjeron esas modificaciones de los pliegos de base y por qué el aumento de las cuantías. Usted nos decía que no
contravenían las bases de adjudicación del pliego de condiciones, pero quiero, si es posible, que me lo aclare.



Para terminar señora presidenta, dicen que los informes que habían hecho -supongo que se referirán a ellos, que son los que se le entregan en mano a la ministra de Medio Ambiente por el alcalde de Santa Liestra-, la Universidad de Zaragoza,
la Universidad de Barcelona y una empresa consultora cuyo nombre no recuerdo han sido estudiados ¿Cuál fue el resultado del estudio de esos informes?


La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Blanco Rodríguez.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (Blanco Rodríguez): Voy a hablar muy breve y sintéticamente.



Me consta expresamente la oposición, clara y rotunda de su grupo al pantano de Santa Liestra. Eso es legítimo. Estar a favor o en contra de cualquier obra pública es un debate político legítimo, lo que no es legítimo es inventarse datos o
falsearlos para defender una postura que es legítima y sé que usted no lo ha hecho. Permítame que le corrija: no me siento sujeto pasivo de ningún escándalo político ni existe la presa de Millares. Es un salto y lo único que pasó con ese salto es
que antes de ser yo secretario de Estado de Aguas y Costas se construyó una presa tan relevante para paliar fenómenos catastróficos como la presa de Tous, después de los desastres que están en la memoria de todos, y no se había expropiado el salto
que estaba en el paso del embalse -para entender los que no sean hidráulicos-, lo que va a quedar inundado y, por tanto, si llegaba una gota fría, que se construyó para parar gotas frías, o se quitaba aquello o se inundaba con gente dentro. Como
era un salto de Iberdrola, me dirigí al Ministerio de Hacienda, por escrito, carta que luego ha salido en los periódicos. No voy a opinar sobre este tema porque me considero incompatible por haber trabajado para Iberdrola, pero había un problema
objetivo de orden público y de seguridad de las personas por lo que rogaba que se arreglara de la forma que fuera porque como yo no podía intervenir siendo secretario de Estado de Aguas y Costas, lo que podía pasar es que nadie interviniera. Había
un problema objetivo y dije: resuélvase, yo no puedo hacerlo porque soy incompatible, pero que no se pase esto por alto, que se arregle, porque era un problema grave.



En cuanto al trasvase Júcar-Vinalopó, sobre el que algunas mentes calenturientas han querido ver intereses hidroeléctricos míos, le puedo decir que cuando me fui del Ministerio de Medio Ambiente no estaba contratado -no sé si lo está en
estos momentos- y, por tanto, no intervine en ninguna resolución, ni se metió ningún aprovechamiento hidroeléctrico en el diseño en la época en que yo estaba y se empezaban a hacer los primeros estudios, aparte de que es una obra prevista en el Plan
Hidrológico del Júcar y había que sacarlo adelante porque para eso están los planes hidrológicos. Si no le importa, no generalice con escándalos políticos inexistentes.



Voy a entrar en el tema que me plantea, me parece interesante, y al que no he hecho alusión. El informe del área de tecnología y control de estructuras hace referencia, como usted ha citado literalmente, a que es un embalse muy pequeño con
escasa capacidad de regulación, son 82 hectómetros cúbicos ¿Qué está diciendo ahí el área de tecnología y control de estructuras? Que por qué no hacemos uno mucho mayor. No está diciendo que éste sea malo, sino que hay que hacer


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un embalse mucho mayor dadas las características del río. De hecho -por eso llegamos a la conclusión de hacer Santa Liestra-, en el mismo río se había estudiado el embalse de Lorenzo Pardo, con una capacidad de 650 hectómetros cúbicos; se
había estudiado el embalse de Comunet, con una capacidad de 165 hectómetros cúbicos y se había estudiado alguna otra alternativa como el embalse de Morillo -no tengo el dato- con una capacidad de setenta y tantos hectómetros cúbicos ¿Por qué no se
construyen en contra de lo sugiere razonablemente, desde un punto de vista puramente ingenieril, el área de tecnología y embalses mayores? Por razones sociales, porque todos estos embalses inundaban pueblos y, por eso, decidimos -es una decisión
política- ver si había una opción -que fue Santa Liestra- que con menor capacidad de regulación -renunciando a una capacidad importante de regulación- no provocaba la afección social propia de hacer desaparecer pueblos. Esto se acordó con todos los
ayuntamientos del valle, incluyendo el de Santa Liestra. Hay un acta, de diciembre del año 1991(la tengo aquí, pero no voy a leer la reproducción literal), que dice que todos los ayuntamientos del valle de Ésera reunidos, por estas razones sociales
y económicas con la Confederación Hidrográfica del Ebro y el entonces Ministerio de Obras Públicas, acuerdan que hay que hacer el embalse de Santa Liestra. Reitero, desde un punto de vista puramente ingenieril y de optimización de la inversión
pública, había que hacer lo que dice el área de tecnología: una presa mucho mayor inundando pueblos, pero decidimos no inundar pueblos y hacer una presa más pequeña y esa fue Santa Liestra. Tomada esta decisión, es Santa Liestra,la que se
incorpora a la declaración de interés general en el año 1996. Por tanto, no vincule, como lo ha hecho en algún momento de su intervención, esta reflexión del área de tecnología apostando por una presa mucho mayor, aunque inunde pueblos, a razones
de inseguridad. No está en juego la inseguridad. Desde el punto de vista técnico y geotécnico, tanto la presa de Lorenzo Pardo como la de Morillo, como la de Santa Liestra son seguras. La opción por una de ellas es por razones sociales, que son
las que nos llevaron a elegir una de las más pequeñas de todas las estudiadas y en eso tiene razón el área.



Me pregunta, en concreto, si se han hecho los estudios del punto 9.0 de la resolución. Se han hecho todos y tiene los resultados en el informe que clasifica la presa, según la Dirección de Protección Civil y, en el segundo informe del área
de tecnología y control de presas, cuya parte final, aconsejando la aprobación del proyecto, he leído literalmente en mi intervención. Ante la pregunta retórica con la que acabo esta parte relativa a cuál es el interés, debo responder que el
interés es ése.
Existe una declaración de interés general de que hay que buscar una presa en la que se combine el conseguir la capacidad de regulación para atender los riegos del canal sin provocar afecciones tan importantes como inundar pueblos y
la opción de entre todas las estudiadas, -y en ella estaban de acuerdo en su momento todos los ayuntamientos incluyendo Santa Liestra-, era la de la presa de Santa Liestra, que finalmente se aprobó y se puso en marcha.



Asimismo, me pregunta por los sondeos ilegales, las certificaciones falsas, y la modificación del pliego de bases. No he dicho lo que usted ha manifestado, porque sobre este tema que se corresponde a lo que acusa el ministerio fiscal, en el
período 1992-1996, sólo he hecho la referencia a que existen esas acusaciones y como esto es una comparecencia política y yo no era responsable político, sino que había otro Gobierno en esos años, prefería no entrar en el tema. Tengo mi opinión,
pero me permitirá, S. S. dado que es una comparecencia política, que no hable de lo que pueden ser responsabilidades políticas en una época en que yo no era secretario de Estado. Esas acusaciones -reitero- de certificaciones, y falsos sondeos
ilegales se refieren sólo en el escrito del señor Valerio a una época en que no gobernaba el Partido Popular y, en consecuencia, yo no era secretario de Estado de Aguas y Costas.



Para acabar con su última consideración, le puedo decir que todos los estudios a los que ha hecho referencia que pidió el área de tecnología y control de presas se han hecho a satisfacción y han servido para demostrar que aquel proyecto
previo que aprobé en 1997 ordenando hacer sondeos se basaba en estudios a los que le faltaban algunas confirmaciones, pero eran absolutamente correctos.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Sedó.



El señor SEDÓ I MARSAL: Voy a ser muy breve también porque el tema no merece más extensión.



Señor secretario de Estado, agradecemos su extensa, detallada y documentada información. Formas, filtraciones intencionadas para ir contra alguien, prescindiendo de presuntas inocencias -aquí se prescinde de todo-, formas que pretenden
socavar un patrimonio ético, es lo que se deduce de todo lo que nos ha explicado. Habría que entrar más a fondo, pero nosotros que sabemos donde estamos ni necesitamos ni deseamos hacerlo. Se pone en duda lo que para nosotros ha sido un camino de
actuaciones de gran rigor jurídico, tanto en la Secretaría de Estado de Aguas y Costas como en la Secretaría de Infraestructuras del Ministerio de Fomento. Seguimos estando donde estábamos. Nuestro grupo se mantiene en el reconocimiento de su
proceder que, como he dicho, siempre nos ha parecido de gran rigor. En ello estamos y queremos dejar constancia de que así seguiremos.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Blanco Rodríguez.



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El señor SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (Blanco Rodríguez): Le garantizo que nunca defraudaré esa confianza. Ni la he defraudado hasta ahora ni la defraudaré en el futuro.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Morlán Gracia.



El señor MORLÁN GRACIA: Señor Blanco, nos ha hecho S. S. una exposición muy detallada que en lugar de venir a clarificar, ha venido a acusar al fiscal Valerio. Usted ya ha puesto nombre y apellidos a quien tiene la responsabilidad de
llevar a cabo esta acusación. Yo entiendo que quien tiene la responsabilidad es la Fiscalía. Vamos a ver si me explico. Si usted hubiera sido el señor Piqué o el señor Matas le habría pasado lo mismo que a ellos, que la Fiscalía hubiera impedido
que esta acusación se formulara. Usted es un alto cargo del Gobierno de este país y sabe que la Fiscalía General del Estado, en función de su estructura general cuando se plantean este tipo de acusaciones (quiero pensar, casi habría que afirmar) no
las saca de la manga de un fiscal de Medio Ambiente y subrepticiamente las coloca en el juzgado correspondiente, sino que tienen que tener el visto bueno o la venia de sus jefes (El señor vicepresidente, Ruiz López, don Juan Carlos, ocupa la
presidencia.). Este no es un juez, sino un fiscal, señor Blanco.



Nosotros le pedimos la dimisión porque nos parecen graves las acusaciones que se le imputan. Espero, señor Blanco, que no piense que nosotros estamos detrás de ellas, porque cuando ha empezado a hablar en esa técnica que están utilizando
últimamente de echar porquería hacia los demás cuando las cosas no les van bien, parece que le ha querido involucrar al Partido Socialista de que éramos responsables de algo de lo que no lo somos. Yo me enteré como usted de esta acusación . Lo
cierto es que lo que se dice en la acusación es grave.



Usted ha venido aquí con un montón de datos y de expedientes que ha entregado a la presidencia que, como es lógico no conocemos. No conocemos el expediente completo de Santa Liestra. Yo no tengo por qué dar más valor a sus palabras que a
las del señor fiscal. Usted se verá con el señor fiscal en los tribunales. Me imagino que llegará un momento en el que esos ocho años que le piden de cárcel y otros diez u once de inhabilitación tendrán que ser sometidos a la consideración de un
tribunal, de un juez, y ese juez dirá quién tiene razón y quién no. Pero aquí yo no estoy hablando de ese tema, señor Blanco, yo estoy hablando de una actuación que se deriva de una acusación vertida por el ministerio público, por una parte de la
justicia, que quiero creer, porque creo en ello, que estará debidamente fundamentada. Todo lo que usted ha rebatido aquí lo podrá hacer patente en el juicio ante el tribunal que le juzgue, pero en estos momentos, y puesto que usted ha ido
entregando los papeles a la presidencia, nosotros desconocemos esa documentación. Yo puedo saber como responsable político de mi provincia, cómo está la presa de Santa Liestra, pero desconozco todos los datos que usted ha puesto encima de la mesa;
creo que ninguno de los diputados, salvo alguno del Partido Popular los conoce. Por tanto, no podemos valorar si los documentos que usted ha entregado a la presidencia justifican, su inocencia, inocencia que tendrá que ser declarada judicialmente
por los tribunales. Pero eso no impide el que nosotros veamos que aquí existe una responsabilidad política sobre la construcción de una presa que fue fomentada por el último Gobierno Socialista y no hay duda por tanto de que ha contado con nuestro
apoyo.



En alguna conversación que hemos tenido usted y yo le he puesto siempre encima de la mesa un tema, y es que las noticias e informaciones públicas que iban apareciendo sobre la seguridad de la presa podían motivar el que, frente a un informe
técnico que decía que esa presa era insegura, no había un informe de la Administración que dijera que eso no era cierto, con lo cual se generaba, un problema social muy serio aguas debajo de la propia presa, hecho que ha intranquilizado a los
ciudadanos afectados.
Eso tiene sus consecuencias porque se demora la construcción de la presa, y se producen unos problemas muy serios en el Canal de Aragón y Cataluña, Es cierto que esta acusación introduce un elemento que no conocía. Yo no
sabía que hubiera previsto hacer una central hidroeléctrica a pie de presa, y nunca lo había oído hasta que no ha aparecido en esta acusación.
Si eso es cierto, el proyecto de los 20.000 millones ha subido a 25.000, según la acusación.



Usted ha dicho que había una cláusula que no figura en la acusación que dice que se le prohíbe a ACESA el que ponga los 5.000 millones de pesetas. Yo no sé si será con cargo a ACESA, a los presupuestos, o a fondos públicos como se
construirá la central, pero es cierto que en el hipotético caso de que así fuera, de que hubiera unas aportaciones públicas para la construcción de esa central y para que Hidroeléctrica de Cataluña la explotara, nosotros no podemos estar de acuerdo
en esa tesis, porque sería entregar una central construida con fondos públicos para que la explote una compañía privada, por mucha concesión que tenga de todo el uso hidroeléctrico que proceda de las aguas del río Ésera.



Usted es una persona que procede de las eléctricas, y eso para usted es un problema en política de gestión de aguas, porque lo que está generando eso es que en la evaluación de cómo trabaja uno en el desarrollo de sus actividades públicas en
materia de aguas y en su relación con el sector eléctrico siempre se piensa que puede haber una relación directa entre las decisiones que se toman y el beneficio que se pueda dar a una empresa hidroeléctrica. Usted podrá poner sobre la mesa todos
los papeles que quiera, pero, como le decía antes, los


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tendrá que presentar en el juzgado. Si usted tiene algo contra el señor Valerio, preséntelos pero no le descalifique aquí como ha hecho porque a mí me merece, el mismo respeto tanto los fiscales más afines como los que no lo son. El
ministerio público es el que en estos momentos ha realizado una acusación en la que pone en entredicho cuál ha sido el desarrollo del proyecto de construcción de Santa Liestra, y esa acusación le imputa a usted en el ámbito penal una serie de
actuaciones delictivas, que van a generar una prisión, que yo sinceramente no le deseo (El señor secretario de Estado de Infraestructuras, Blanco Rodríguez: ¡Gracias!), o una inhabilitación. Si usted lo ha hecho mal, que se la impongan y tema
solucionado. Lo cierto es que no lo vamos a decidir aquí. Señor Blanco, usted nos ha hablado como si nos quisiera convencer de que es una buena persona, que ha actuado con honestidad y que el fiscal, Valerio es un perverso, un hombre que le
persigue a capa y espada.



Permítame que le diga que cuando uno ve la acusación tiene que pensar que un ministerio público fundamenta debidamente sus relatos (Un señor diputado: ¡Ha quedado claro!). Ha quedado tan claro como que lo que yo no sé qué le ha entregado
el señor Blanco a la señora presidenta, porque pasar carpetas de un lado para otro no quiere decir que ahí esté escrito todo. Desde mi punto de vista, señor Blanco, el hecho de que se produzca la acusación en estos términos, con la anuencia del
ministerio fiscal, -usted es un alto cargo de este Gobierno y al fiscal general lo nombra el Gobierno-, significa que había suficientes razones para dar su consentimiento. En otros casos, me refiero a los señores Piqué y Matas se ha producido una
actuación del ministerio público que ha impedido que se siguiera actuando contra ellos. ¿Por qué a usted sí y a ellos no? ¿Se lo ha preguntado? Tiene que empezárselo a preguntar. ¿Por qué razón a usted sí y a ellos no? Si todo lo que dice S. S.
es cierto, esto sobraba. Tiene usted que hacer una reflexión muy seria sobre qué es lo que ha motivado que esta acusación se produzca y la Fiscalía vaya contra usted, pida la apertura de un juicio oral y pretenda imponerle estas sanciones.



Señor Blanco, podemos entrar a evaluar si los pasos están bien o mal dados; si hay seguridad o no en la estructura de la presa; si los informes se han dado antes o después; si hay 5.000 millones de pesetas más o menos; si el convenio que
usted firmó con ACESA dice eso cuando el fiscal mantiene que dice otra cosa. Eso se verá en su momento, porque, si no, a lo mejor tendríamos que coger todos los papeles y pedirle a usted, que viniera dentro de quince días una vez cotejada la
documentación, para juzgarle aquí. No es nuestra labor juzgarle a efectos penales, pero a efectos políticos, sí.



A esos efectos políticos, entendemos que el desarrollo del proceso que ha habido con Santa Liestra está poniendo en cuestión la regulación. Me gustaría que las cosas no tuvieran ninguna trascendencia de futuro y que si acaba haciéndose la
presa, se haga con unas garantías de seguridad que no generen mayor frustración social. Yo no sé por qué razón, pero cada vez que en un proyecto de estas características hay denuncias administrativas o penales, se acaba demorando la ejecución y
acaba habiendo unos perdedores, que son los usuarios, los regantes del Canal de Aragón y Cataluña que no pueden ver satisfechas sus necesidades, a pesar de haber anticipado bastantes recursos con cargo a sus fondos propios para que se hiciera la
presa. Entendemos que existe una responsabilidad en cuanto a la tramitación de los expedientes. No entro en si lo que usted dice es cierto o no; lo único que digo, en resumen, es que aquí hay una acusación muy seria, que no es del señor Valerio
sino del ministerio fiscal,que en otros casos se ha evitado pero aquí no se ha hecho y que entre los datos que usted nos ha dado y los del fiscal existen semejantes contradicciones que políticamente usted las podría defender mejor fuera de donde
está.



El señor VICEPRESIDENTE (Ruiz López, don Juan Carlos): Señor Morlán, tengo que decirle que la documentación que ha aportado el señor secretario de Estado está siendo ya fotocopiada para que sea distribuida a los grupos y que ustedes la
puedan estudiar con la meticulosidad que estimen oportuna.



Para contestar al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor secretario de Estado, don Benigno Blanco.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (Blanco Rodríguez): Si me lo permite la presidencia y no se molesta el señor Morlán -se lo digo antes de contestarle-, me he dado cuenta de que se me había olvidado responder a una de las
inquietudes de la señora Urán Es sólo un minuto.



Me preguntó -y se me pasó en el turno de contestación- si se habían hecho informes sobre los diversos estudios hechos por Civiltec y otras entidades y qué resultados tenían. Se hicieron estudios cuyos resultados fueron que ninguno de los
tres -que son posteriores a mi resolución, dicho sea de paso- aportaba ningún dato nuevo, porque no se basan en ninguna prueba tomada sobre el terreno ni en ningún estudio concreto. Lo que hicieron fue analizar el proyecto y emitir una opinión
sobre él, pero no aportaron absolutamente nada nuevo. Todas las hipótesis que utilizaron esos tres estudios para criticar el proyecto hipotéticamente fueron tenidas en cuenta a posteriori por los estudios del Instituto Geográfico Nacional, el IGE y
el CEDEX y han sido despejadas -vamos a decirlo suavemente- las dudas que planteaban esos estudios finales que han sido los que se han tenido en cuenta por el área de tecnología y construcción para emitir el informe favorable que les he leído.



Dicho eso, y agradeciendo la benevolencia del señor Morlán, paso a contestar a los temas a los que se ha


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referido en su intervención. Ha comenzado diciendo que he venido a acusar al fiscal y no es cierto. Ni he venido a acusar al fiscal ni he venido a demostrar mi inocencia. He venido a decir que un documento que se ha hecho público a través
de los medios de comunicación, en el que se me imputan delitos basados en unos presuntos hechos, únicamente responde a un elenco de falsedades acreditables y demostrables y que ese escrito oculta datos muy relevantes para hacer un juicio correcto
sobre el tema del que está hablando. Yo no he venido a demostrar inocencias o acusaciones, sino a constatar -porque es lo que hay que hacer, no sé si usted comparte esta visión que tengo yo del juego Gobierno-Parlamento- que cuando a un alto cargo
en ejercicio se le acusa de conductas ilegales o antiéticas, donde debe venir a decir que no es verdad su caso y a demostrar que no es verdad aquello de lo que se le acusa es a este Parlamento, porque ustedes controlan al Gobierno. (La señora
presidenta ocupa la Presidencia.) Otra cosa son las acusaciones procesales y las defensas procesales, que las habrá, por supuesto, pero aquí no estamos discutiendo condenas o absoluciones, aquí estamos diciendo a quien me tienen que controlar, a
ustedes que tienen todo el derecho del mundo a saberlo, si hay pruebas que indiquen que soy un delincuente y que utilizo mi cargo para fines absolutamente perversos o si hay pruebas para pensar, en principio, lo contrario. Y como creo que,
fehacientemente, hay pruebas para demostrar que las acusaciones que se me han hecho en público, no en un juzgado, a través de los medios de comunicación son falsas, he venido a decírselo y a aportar esas pruebas, que, reitero, es lo razonable en
democracia.



Ha pretendido, tanto al comienzo de su intervención como al final, implicar en esta acusación al fiscal general del Estado. No tengo ni la más remota idea de si el fiscal antes de presentar una acusación la consulta y con quién. Ni me
importa a estos efectos. Lo que me importa, reitero, es que un señor firma un papel y aparece en los periódicos acusándome de cosas que no son ciertas; gravísimas, por supuesto. Y por eso hay una especial obligación por mi parte de venir aquí a
decirles que eso no es verdad y a traerles la documentación que acredita que eso no es así.



En ningún momento he echado las culpas al PSOE diciendo que está detrás de esta denuncia. ¡Dios me libre!. Lo que sí he dicho, porque es un dato que ustedes tenían derecho a conocer, es que parte de las acusaciones del fiscal a las que me
he venido refiriendo, que aparecen publicadas en los medios de comunicación, se refieren a hechos acaecidos en un expediente administrativo entre 1992 y 1996. He recordado también -lo he hecho finamente- que en esos años yo no gobernaba y, por
tanto, no entraba a dar ninguna opinión sobre las acusaciones que hacía el fiscal en ese caso; aunque también he dicho, por respeto a la verdad y a los funcionarios intervinientes, que en lo que es manifiestamente falso -ya no es un tema de
responsabilidades políticas-, he aportado la documentación que acredita que lo que dice ese escrito respecto a los años 1992-1996 no es cierto; que es lo que podía y debía hacer. Por tanto, no he mezclado al PSOE para nada en esto ni creo que se
le deba mezclar más allá de lo que lo mezcle el propio escrito.



Dice el señor Morlán que no conoce los documentos que he entregado ni la situación del expediente. Tiempo tendrá de estudiarlo, yo estoy dispuesto a venir a comparecer aquí siempre que ustedes quieran soportarme. Lo que me permitirá que le
diga es que me sorprende un poco que pida mi dimisión inmediatamente sin conocer ni los documentos ni la situación. Para formarse un juicio de opinión al respecto antes hay que escuchar a las dos partes. (Rumores.) Ha hecho referencia -he
escuchado amablemente todo lo que me han dicho, escuchénme ustedes a mí, por favor; por escuchar no pasa nada, uno puede seguir pensando lo mismo- a algo que es absolutamente cierto y es que los debates públicos que se generan sobre la inseguridad
de las presas pueden convertirse en un obstáculo para realizarlas. Estoy completamente de acuerdo. Hacer hoy día en este país grandes obras hidráulicas no es nada fácil. El señor Labordeta nos recordaba el elenco, -nos lo ha dicho a todos, como
he indicado en la contestación a su intervención-, de pleitos que hay sobre esta presa y prácticamente de todas. Recuerdo Itoiz, por ejemplo. Hay actuaciones penales, quejas a la Unión Europea, contencioso-administrativos y un elenco de
acusaciones que se repiten sistemáticamente, y me atrevo a hacer esta afirmación al haber sido testigo durante cinco años de la política hidráulica de este país. En primer lugar, se dice que la presa no es necesaria; luego que sirve a intereses
espurios, podrán ser hidroeléctricos o del tipo que sean; luego que es insegura, luego que tiene problemas geológicos. Siempre se repite lo mismo de todas las presas, sin fundamento la mayor parte de las veces. Alguna vez hemos parado alguna
presa, el PSOE cuando gobernaba paró alguna presa, pero de ahí a generar la duda permanente, sistemática, infundada y acientífica sobre los trabajos que hace la Administración, funcionarios competentes, conforme a los procedimientos establecidos, de
forma sistemática para poner en duda las presas, hay un abismo que es el que hay entre la honestidad intelectual y científica y el juicio apresurado y frívolo. Es distinto oponerse a las presas, que eso es legítimo, pero afirmar por sistema que son
inseguras o que responden a intereses perversos sin poder acreditarlo, me parece que no es serio. Eso, por supuesto, causa un daño.



¿Cuándo se generó, en el caso de Santa Liestra, el debate sobre su inseguridad? Es bueno a veces hacer la reconstrucción cronológica de las cosas: a posteriori. Le puedo asegurar que cuando yo dicto la resolución, que tan malvada parece
en estos momentos, de 26 de mayo del año 1997, no constaba en todo el expediente


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administrativo ni en la documentación existente ni un solo papel, ni un solo informe de nadie que pusiera en duda la seguridad de la presa. Ni uno. Es después de esa aprobación cuando se empieza a hablar de inseguridad, y cuando aparecen
informaciones alarmistas en los periódicos, juicios aventurados. Se compara con casos como el de Bayón, que geológicamente no tiene absolutamente nada que ver con el terreno de Santa Liestra. Se hacen informes como estos, a los que he hecho
referencia al contestarle, aunque sea un poco tarde, a la señora Urán.
Hasta ese momento no hay ninguna duda de inseguridad, pero el Ministerio de Medio Ambiente, que es un ministerio responsable cuando yo estaba y cuando yo no estoy, siempre que
se hacen acusaciones de este tipo las comprueba, las valora y las estudia porque es un tema muy serio con el que no podemos jugar. ¿Usted cree realmente que algún responsable público, sea del partido que sea, es capaz de ordenar hacer una presa si
tiene alguna duda sobre la seguridad de la misma? ¿Usted cree que alguien, sea del partido que sea, se iría a su casa con la conciencia tranquila sabiendo que ha creado una situación de riesgo potencial abrumadora para los ciudadanos? Yo,
sinceramente, no lo creo. Nadie.
Porque supongo que cualquier responsable público tiene dos dedos de frente, sea más o menos inteligente y esté más o menos formado. En todo caso, ¿que se dice que falta algún sondeo y que a las hipótesis de
reconstrucción en el terreno les puede faltar algún dato para confirmarlas? Hágase. ¿Que alguien dice que son inseguros los supuestos en que se basa el proyecto? Ratifíquese con nuevos estudios. Y así una vez y otra, hasta los estudios
conclusivos que llevaron al área de tecnología y construcción a afirmar que no quedaba ya ninguna duda, dentro de lo que es la ciencia humana, evidentemente. Estoy de acuerdo en que esos debates sobre inseguridad que se crean pueden ser peligrosos,
lo que sí puedo asegurarle también es que en lo que yo soy testigo de la administración hidráulica siempre se ha trabajado, en materia de seguridad de las grandes infraestructuras y especialmente de las presas, con una exhaustividad en el análisis,
en la confrontación de hipótesis, en el estudio de cualquier acusación, por poco fundamento que aparentemente tuviese.



Central hidroeléctrica. Vuelve a sacar usted, como si hubiese alguna duda al respecto, que una presa que costaba 20.000 millones puede costar 25.000 porque se le van a añadir 5.000 millones para aprovechamiento hidroeléctrico y que no
estaría usted de acuerdo si con fondos públicos -ha dicho- se hace el aprovechamiento hidroeléctrico y se le da la explotación a Hidroeléctrica de Cataluña. Ni yo ni nadie, evidentemente.
Por supuesto que no. Pero es que eso nunca estuvo previsto
sino que, reitero, en el convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y Aguas de la Cuenca del Ebro S.A., aprobado por el Consejo de Ministros, se prohibe y veta expresa y literalmente. Por tanto, quien genere de nuevo la duda o
mantenga que eso es posible está, sin más -vamos a decirlo suavemente-, separándose de la realidad documentada y contrastada. Es así de sencillo.



Y ha concluido con una reflexión que, señor Morlán, me permitirá que le diga que me parece profundamente desacertada. Ha dicho que como yo procedo de las eléctricas siempre se piensa -ha utilizado esta expresión- que en mis decisiones en
materia de aguas puedo estar atendiendo a intereses particulares. Yo, sinceramente, no creo que siempre se piense; lo pensará usted, en todo caso. Lo que sí le digo es que considero absolutamente legítimo tanto mi trabajo en el sector privado
como mi trabajo en el sector público. El que haya trabajado para una empresa eléctrica, como para otros muchos clientes cuando era abogado, no quiere decir que sea legítimo que nadie a priori establezca por ese mismo hecho ninguna sombra de
ilicitud en las decisiones que tomo. Me parece una inmoralidad presuponer eso. (Un señor diputado: ¡Sí, señor!) Además, está constatado y documentado, ante acusaciones que ha habido de ese estilo, que en un expediente en el que tuviese algo que
ver alguna empresa en la que yo he trabajado, por ejemplo Iberdrola, que ha pasado por mis manos cuando estaba en el Ministerio de Medio Ambiente, dicté una resolución absteniéndome de intervenir y se lo elevé a la ministra de Medio Ambiente. Y
usted debiera saberlo porque el ministro de Administraciones Públicas, Jesús Posada, en comparecencia ante esta Cámara el 22 de mayo de 2001, después de la exhaustiva investigación de los servicios que llevan el registro de incompatibilidades y de
actividades de altos cargos le comunicó lo mismo. Si quiere se lo leo: A la vista de la información, la dirección general de inspección se ha dirigido al Ministerio de Medio Ambiente para determinar si durante el tiempo en que el señor Blanco
desempeñó la citada Secretaría de Estado podría haber vulnerado el artículo 2.3 de la Ley 12/1995. (No se lo leo todo para no alargarme mucho.) Recibida la información del citado ministerio se constata que don Benigno Blanco Rodríguez, precisamente
alegando su anterior vinculación a la empresa Iberdrola, se abstuvo en los procedimientos habidos con esta empresa. Lo ha estudiado Administraciones Públicas porque se lo pedí yo en cuanto alguien dijo en un periódico lo mismo que usted acaba de
insinuar. Me he abstenido siempre porque, me creerá usted o no, tengo por norma de conducta la ley y la ética, luego podré equivocarme en los juicios prudenciales que haga, pero tengo por norma de conducta siempre la ley y la ética, y no me
arrepiento ni de mi pasado ni de mi presente.



Concluye usted diciendo que he venido a demostrar que soy buena persona.
No. Lo soy, evidentemente, pero no he venido a demostrar eso. Lo que he venido a demostrar es que se me ha acusado públicamente de una serie de delitos basándose en
unos hechos que son


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comprobada y fácilmente demostrables como falsos. Y reitero, he venido a hacerlo porque creo que es lo que corresponde hacer en una democracia.
Estoy, ante SS.SS., para decirles cómo actuamos, con documentación, los altos cargos del
Gobierno. Tampoco he venido a demostrar, en contra de lo que usted ha dicho, y no he hecho yo referencia a esa expresión, que Valerio me persigue. No tengo ninguna sensación de que Valerio me persiga. Lo que sé es que ha hecho un escrito que se
basa en datos falsos e inventados, fácilmente comprobables, conforme a la documentación que les he entregado, y podía seguir demostrando más datos falsos del escrito, pero tampoco quiero ser exhaustivo. Además, oculta datos importantes, como he
dicho al final de mi intervención, para hacer un juicio realista de la situación del expediente a que se refiere, que es el de la presa de Santa Liestra. Por tanto, no busque usted intenciones extrañas en mi comparecencia. Mi comparecencia tiene
como objetivo cumplir con lo que es obligatorio en democracia, que es dar cuenta ante esta Cámara, así como demostrar -no opinar y apelar a la conciencia- con documentos que todo lo que ha salido publicado respecto a hechos presuntamente delictivos
respecto a mi persona en el expediente de Santa Liestra es falso. No me he metido con las opiniones del señor Valerio, que me podría haber dado para bastante, me remito a los hechos falsos, comprobables documentalmente. Ése ha sido el objeto de mi
comparecencia.
Espero haberlo conseguido.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora De Lara.



La señora DE LARA CARBÓ: En primer lugar, en nombre del Grupo Popular, quiero agradecer la comparecencia, a petición propia, del secretario de Estado de Fomento, anterior secretario de Estado de Aguas y Costas, ante la Comisión de Medio
Ambiente para informar sobre los hechos que se le imputan; comparecencia especialmente relevante dado que, como él nos ha indicado, ha sido desaconsejada por sus abogados. Las razones que nos ha dado para comparecer ante esta Comisión (dar cuenta
de sus actuaciones en su labor de Gobierno al Parlamento, donde reside la soberanía nacional, dar a conocer los hechos reales no falseados a la opinión pública y en suma defender la ética y la honradez del Gobierno) el Grupo Popular las comparte y
las apoya plenamente. Creo que con esta comparecencia se reconoce, señorías, el papel del Congreso como órgano de control del Ejecutivo. Creemos que su comparecencia ha sido una respuesta extraprocesal política y por supuesto no judicial.



Nuestro grupo considera que la intervención de don Benigno Blanco ha sido una intervención en la que ha demostrado con una documentación aplastante una serie de hechos y nos ha dado una serie de fechas y de datos que contrastan con el
escrito del fiscal. Nuestro grupo parlamentario cree y apoya la eficacia, la buena labor, el buen hacer y la honradez de don Benigno Blanco. (Rumores.) El Grupo Popular condena las filtraciones interesadas que se han producido en un medio de
comunicación de ámbito nacional y espera que ese mismo medio de comunicación transcriba mañana las explicaciones dadas hoy por el secretario de Estado.
(Rumores.-Risas.) Por las risas de SS.SS. creo que nadie cree que mañana se reproduzcan las
explicaciones.



La señora PRESIDENTA: Señorías, (Pausa.) por favor. Señora De Lara, continúe.



La señora DE LARA CARBÓ: La manifestación de hechos expuesta por el fiscal ha quedado claramente contrastada y en este momento nosotros respetamos el procedimiento judicial que va a seguir. No queremos pensar que la pasión demostrada por
algunos sectores para no ejecutar obras de regulación, indudablemente necesarias en España y más indudablemente necesarias si cabe en la cuenca del Ebro, hayan arrastrado a alguna institución a cometer graves irresponsabilidades que en su caso los
tribunales deberán dilucidar.



Nos asombra, por otra parte, la afirmación de la portavoz de Izquierda Unida manifestándose en contra del embalse cuando los representantes de su partido lo votaron favorablemente en el pacto del agua de Aragón. Nos asombra asimismo que el
representante del Partido Socialista siga pidiendo la dimisión del secretario de Estado frente a las pruebas documentales aportadas ya que, como mínimo, resulta extraño que ni siquiera hayan sembrado la duda en su ánimo todas las explicaciones dadas
por el secretario de Estado. Tal vez cuando vean la documentación que les será entregada en breve retire la petición de dimisión del secretario de Estado.



Por otra parte, señor portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, si la Administración de justicia tuviera razón siempre, como usted dice, nunca existirían procesos en que los imputados implicados salieran absueltos.
Lo que sí es evidente
son cuatro aspectos. En primer lugar, la existencia de déficit en el canal de Aragón y Cataluña, que es indudable y especialmente significativo en la zona occidental, lo que inequívocamente exige un incremento de la disponibilidad de agua. En
segundo lugar, es indudable que la regulación del río Ésera es una fuente de conflictos que dura más de 25 años. En tercer lugar, el proceso histórico ha sido ir reduciendo, por parte de la administración hidráulica, las condiciones de idoneidad
técnica de las sucesivas alternativas en beneficio de un menor impacto social en el valle. En cuarto lugar, hay que indicar que el embalse de Santa Liestra es una alternativa de consenso social, fue propuesta por los alcaldes de los municipios de
la cuenca del Ésera; ya que era una opción que aquí no producía importantes afecciones sociales al valle y


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que inunda 109 hectáreas de superficie cultivable y 213 hectáreas de eriales y montes.



Por todo ello, y por todas las explicaciones que se han dado en esta comparecencia, nuestro grupo parlamentario comparte la afirmación de don Benigno Blanco de que las discrepancias políticas -sanas y necesarias- no pueden empañar el
esfuerzo común por defender la ética. Nosotros estamos en contra de todo lo que haga un partido por no defender la ética, por atacar la ética del Gobierno y, por supuesto, consideramos que no es admisible.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Blanco Rodríguez.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS (Blanco Rodríguez): Intervengo solamente para agradecer sus reflexiones, señora De Lara, que me parecen correctas y atinadas y que personalmente le agradezco en cuanto manifiestan el
convencimiento del Grupo Parlamentario Popular de que tras la aportación de información y documentación -que es cuando considero que se deben de hacer los juicios- que ha ofrecido este ex secretario de Estado de Aguas y Costas ha quedado clara la
legalidad y el carácter ético de todo lo actuado.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor secretario de Estado, don Benigno Blanco Rodríguez, y muchas gracias a las señoras y señores comisionados que han intervenido en esta comparecencia.



Tras una suspensión de la sesión por unos minutos, para despedir al señor secretario de Estado, continuaremos con el siguiente punto del orden del día que es la ratificación de la ponencia y el debate. La votación de este debate se
efectuará alrededor de la una del mediodía.



- RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE DECLARA EL PARQUE NACIONAL DE LAS ISLAS ATLÁNTICAS.
PRESENTADA POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA-PARLAMENTO. (Número de expediente 125/000013.)


La señora PRESIDENTA: Señoras y señores comisionados, continuamos la celebración de esta sesión de la Comisión de Medio Ambiente, que hoy ha tenido una modificación en su orden del día al incluir la comparecencia de don Benigno Blanco
Rodríguez, actual secretario de Estado de Infraestructuras, que versó sobre las actuaciones políticas que había llevado a cabo como secretario de Estado de Aguas y Costas.



Una vez concluido el debate de la comparecencia, pasamos al que era el punto 1 del orden del día y que ahora se ha convertido en 2, que es la ratificación de la ponencia designada para informar la proposición de ley por la que se declara el
parque nacional de las Islas Atlánticas, de la que es autora la Comunidad Autónoma de Galicia, junto con su Parlamento.



¿Ratificamos la ponencia designada? (Asentimiento.)


- APROBACIÓN, CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE DECLARA EL PARQUE NACIONAL DE LAS ISLAS ATLÁNTICAS. PRESENTADA POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
GALICIA-PARLAMENTO. (Número de expediente 125/000013.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 3.º, y último, del orden del día, que es la aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, de la proposición de ley por la que se declara el parque
nacional de las Islas Atlánticas.



Comenzará las intervenciones de los distintos grupos, que mantengan o no enmiendas vivas a dicho texto, el Grupo Parlamentario Mixto.



Tiene la palabra el señor Vázquez.



El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ: Señora presidenta, señoras y señores diputados, a pesar de que estamos ante una proposición de ley muy importante, intentaré resumir la defensa de nuestras enmiendas lo más posible.



Sinceramente, estamos ante una propuesta de creación de un parque nacional que tuvo un nacimiento no demasiado bueno. Creo que fue una propuesta tardía, poco ambiciosa, plagada de dudas, fundamentalmente por parte del Grupo Popular, que
tiene la mayoría absoluta en Galicia. La realidad es que este parque nació como nació; hay que reconocer que está apoyado por todos los grupos de la Cámara de Galicia y, por lo tanto, nosotros aquí tampoco vamos a salirnos del consenso alcanzado
en aquella Cámara. Visto lo visto, creo que todos los grupos antepusieron de alguna manera su apoyo a la creación de este parque, aun a sabiendas de lo escasamente ambicioso que era, para facilitar la tramitación de esta proposición y acabar
creándolo.



Como cuestión fundamental, tenemos que decir que en el ámbito del parque ni siquiera se incluyen todas las islas de Galicia que serían merecedoras de ello, y nosotros centramos buena parte de nuestras enmiendas en proponer la inclusión de
algunas de estas islas, como pueden ser Lobeiras, Sisargas, San Simón, etcétera, de alto valor ecológico. El Grupo Socialista propone incluir también la isla de Cortegada, propuesta que también compartimos. En fin, habría que considerar la
inclusión de otras islas, incluso islotes, existentes en


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las costas gallegas o en sus rías. (El señor vicepresidente, Ruiz López, don Juan Carlos, ocupa la presidencia.)


Dicho esto, con nuestra enmienda número 8 queremos dejar abierta la posibilidad de ampliar la extensión del parque a otras áreas costeras y limítrofes con las islas en él incluidas, para garantizar una gestión conjunta y más acorde con la
realidad. Como saben todas SS.SS. -eso no se le escapa a nadie-, esta es una demanda que sostiene la mayoría de los expertos en conservación del medio ambiente y deberíamos dejar abierta la puerta para que, a propuesta de la Xunta de Galicia y
después de realizar un estudio pormenorizado, se pudiese ampliar la superficie del parque.



Proponemos también una serie de enmiendas al articulado, que las voy a dar por defendidas puesto que su argumentación figura convenientemente explicada en los textos que están a disposición de todas SS.SS., no porque no tengan importancia,
sino para hacer más breve mi intervención.



Paso a fijar mi posición, muy brevemente, sobre las enmiendas de los otros grupos. Aunque en cada votación concreta especificaremos el sentido de nuestro voto, ya adelanto que vamos a apoyar, por hacer referencia al grupo mayoritario,
muchas de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular a este texto, pero también quiero decir que no vamos a apoyar las enmiendas números 52, 53 y 54, que proponen una serie de modificaciones legales, vía enmiendas, a esta
proposición de ley. Sin entrar en la discusión de si esas modificaciones son oportunas o no, a nosotros no nos parece la vía adecuada. Si los textos legales vigentes necesitan reformas para ajustarlos mejor a la realidad o para hacerlos más
operativos, entendemos que esa discusión debería plantearse en concreto como tal y no por esta vía. En todo caso, en nuestra opinión, algunas de estas enmiendas podrían suponer un menoscabo de las competencias de las comunidades autónomas en esta
materia y, como ustedes podrán comprender, no vamos a dar nuestro voto favorable a esta modificación.



Nada más señor presidente.



El señor VICEPRESIDENTE (Ruiz López, don Juan Carlos): Para la defensa de las enmiendas de Coalición Canaria, tiene la palabra la señora Julios Reyes.



La señora JULIOS REYES: Mi grupo quiere manifestar, como no podía ser menos, el apoyo al nacimiento de este parque. Por supuesto, esperamos que producto del debate de hoy al final esta proposición salga en las condiciones y con los
objetivos mejores posibles desde el punto de vista de lo que es la preservación de esta islas y de sus espacios naturales.



Mantenemos viva la enmienda número 19, en donde proponemos cambiar el título de la proposición, así como el del resto del texto en donde figure el nombre del parque nacional. Puede generar confusión el que este parque nacional sea nominado
como de las Islas Atlánticas sin hacer referencia a la zona geográfica concreta. Nosotros no somos los más indicados para decidir cuál debería ser el nombre, pero podría ser islas Gallegas o islas de Finisterre, o como lo tengan a bien sus
señorías. En todo caso, el más apropiado no puede ser el nombre genérico de Islas Atlánticas, puesto que el Atlántico es inmenso y dentro de él hay diversas islas. En concreto, en lo que se refiere a las islas que pertenecen actualmente al mapa
geográfico del Estado español, tenemos las islas Canarias, y se podría crear una confusión al denominar a este parque natural con el nombre genérico de Islas Atlánticas. Como ustedes saben, en la propia Comunidad Autónoma Canaria, prácticamente en
todas las islas existen también parques nacionales que llevan nombres que hacen referencia fundamentalmente al lugar de ubicación. Por ejemplo, el de Timanfaya en Lanzarote, el de la Caldera de Taburiente. En ese sentido, debe ser valorada esta
enmienda porque es la realidad del territorio español y para evitar confusiones.



Por último, quiero hacer un comentario en el sentido de que quizá no sea éste el marco más adecuado, el de discutir un texto concreto, que es la aprobación de un parque nacional. No entro en valorar el contenido de las enmiendas, pero
introducir modificaciones a la Ley de conservación de los espacios naturales merece un debate que involucre los objetivos específicos de lo que es valorar en sí dicha ley como tal, no un texto muy concreto, que es la creación de un parque natural, y
pudiera distraerse en este sentido la atención de lo que es valorar en sí la necesidad de modificar algunos aspectos de la Ley de conservación de espacios naturales.



El señor VICEPRESIDENTE (Ruiz López, don Juan Carlos): Señor Otxoa, sé que no hay enmiendas por parte de su grupo, pero si quiere fijar la posición puede hacer uso de la palabra.



El señor OTXOA DE ERIBE ELORZA: Efectivamente, nuestro grupo no tiene enmiendas a la presente proposición de creación del parque nacional de las Islas Atlánticas gallegas. Es evidente que nuestra posición como grupo y como partido ha sido
siempre a favor de la creación de espacios naturales protegidos, y la situación en este momento de nuestra comunidad es buen ejemplo de ese trabajo en pro de que eso sea así. Por tanto, nuestra felicitación por que se cree un parque en esta bella
zona del Estado. Evidentemente, también respetamos siempre la iniciativa legislativa de la Cámara autonómica y no puede ser de otra forma por nuestro respeto a las autonomías y a los órganos de decisión. En lo que estamos en profundo desacuerdo es
en la introducción, por medio de las enmiendas al articulado de esta proposición, de modificaciones o alteraciones


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de leyes que en este momento entendemos, por los informes que se nos han remitido desde los servicios jurídicos, que pueden ser legales pero que no nos parecen de recibo. No estamos discutiendo su legalidad pura, sino que nos parece que es
un procedimiento que está falseando lo que puede o debe ser la modificación, si se entiende necesaria, de unas leyes que regulan la declaración de parques nacionales. Pero sobre todo, la última enmienda, la 54, nos parece absolutamente
incongruente. El hecho de que antes de hacer una petición de declaración de parque nacional una comunidad autónoma tenga que pedir un informe a una comisión, que es a su vez asesora de un ministerio, nos parece demencial, absolutamente
improcedente, y además sobre todo cuando desde un propio Parlamento autonómico se puede hacer la petición y en ese caso no hace falta ni informe. Semejante enmienda nos parece que no tiene ni pies ni cabeza.
Por tanto, abundaríamos también en lo
que ha dicho el representante del Grupo Mixto, en el sentido de que no aceptamos las enmiendas números 52, 53 y 54 y no seríamos parte litigante en la aceptación de las otras enmiendas que se aprueben por mayoría de esta Comisión. Pero insistimos,
en esas tres nuestra postura va a ser absolutamente inflexible, sobre todo en la 54, que podría tener ramificaciones de injerencia en competencias de comunidades autónomas o incluso la posibilidad de que pueda tratarse de modificar leyes que tengan
carácter orgánico. En consecuencia, nos reservamos también las posibles acciones ulteriores a este respecto y de momento rechazamos esas tres enmiendas.



El señor VICEPRESIDENTE (Ruiz López, don Juan Carlos): Para fijar la posición respecto de las enmiendas por parte del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Companys.



El señor COMPANYS SANFELIÚ: Sólo voy a hacer ésta única intervención, como creo que todos los grupos. Nuestro grupo parlamentario no presentó enmiendas porque entendíamos que si venía de una proposición de ley del Gobierno del Parlamento
de Galicia y además salía por unanimidad,¡qué más soberanos que el Parlamento de Galicia para hacer una propuesta de ese tipo!. Por tanto, solamente por ese motivo entendimos, a pesar de que algunas cosas podían ser mejorables, que no era necesario
presentar enmiendas al respecto. De hecho, sí que nos ha sorprendido que las tres fuerzas parlamentarias más importantes en Galicia, el Partido Popular, el Partido Socialista y el Bloque, hayan presentado muchísimas. Lo normal hubiese sido que ya
que en el Parlamento de Galicia había salido por unanimidad, hubiésemos podido continuar en esta línea. Quiero que quede clara la posición de nuestro grupo. Nos alegramos muchísimo de que el Parlamento de Galicia haya presentado esa proposición de
ley y que se pueda lograr en un próximo futuro, lo antes posible, proteger una zona importante de Galicia. Por tanto, quiero mostrar nuestra satisfacción y nos felicitamos de la unanimidad en su momento en el Parlamento de Galicia. Lo que pasa es
que hay algunas cosas que nos cuestan entender y quizá haga una exposición un poco más detallada al respecto.



Entendemos que efectivamente las mayorías son las que deciden, y en eso estamos absolutamente de acuerdo, si una proposición no de ley, un proyecto de ley o una enmienda tiene que salir adelante, si se puede o no se puede aprobar. Lo que no
deben decidir las mayorías es si realmente la ley hay que aplicarla. Desgraciadamente, es un proyecto de ley que nació en el momento en que se admitió a trámite, con el soporte de todas las fuerzas políticas, pero el hecho cierto es que durante el
trámite en esa Cámara a mi entender no se ha aplicado exactamente y con rigor la normativa vigente, que es aquella que hemos votado y aplicado todos los diputados. Por tanto, hay un tema que dejé claro en mi exposición en la primera reunión de la
ponencia, y fue la necesidad de un informe preceptivo del consejo de la Red. Ese informe preceptivo no se ha hecho.
Se ha dicho que efectivamente en el consejo de la Red se había hablado del tema y efectivamente esa es una media verdad: se dio
conocimiento en el consejo de la Red de que el Parlamento de Galicia estaba estudiando la posibilidad de presentar un proyecto de ley al respecto. Esto quiere decir que el consejo de la Red tenía conocimiento de que en Galicia se estaba trabajando
al respecto y no ha cumplido con su obligación -no tiene nada que ver con el Congreso de los Diputados- de enviar preceptivamente un informe aquí.



Lo más sorprendente es que hay un informe de los servicios de la Cámara -a quienes quiero felicitar por su rapidez y por lo bien hecho que está- en el queda claramente expuesto, de acuerdo con los técnicos de nuestro grupo parlamentario, que
ese informe era necesario. Pero parece ser que el informe del ministerio dice que no es necesario. Ya tenemos encima de la mesa una primera contradicción.



He dicho antes que no habíamos presentado enmiendas, pero sí vamos a fijar nuestra posición sobre tres enmiendas que nos parecen muy importantes, que son las números 52,53 y 54. Esas tres enmiendas van en la línea de modificar, a través de
una ley de carácter sectorial, una ley de carácter general. No se si es exactamente así. En todo caso, mediante una ley muy particular, que es la creación de un parque nacional, modificamos una ley general. La enmienda número 52 lo que hace es
quitar competencias al patronato. Tendrán alguna explicación para hacerlo, pero creo que eso no debería ser así; esto tendría que haber conllevado una discusión más global.



La enmienda número 53 trata de algo más grave. Denota una falta de confianza en las comunidades autónomas porque dice que si en el plazo de un año no se


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aprueba el plan de usos y gestión del parque nacional lo hará el ministerio. Me gustaría recordar que durante muchos años en los que el ministerio ha tenido todas las competencias, no se han aprobado los planes de usos y gestión. Resulta
que no han sido capaces de aprobarlos cuando tenían todas las competencias y ahora ya ponen en duda que realmente las comunidades autónomas cumplan. El tercer punto, que para mí es el más grave, y que desde mi grupo parlamentario entendemos que
roza la inconstitucionalidad, es que en este momento se exija a un gobierno autonómico -que la única cosa que hace es un proyecto de ley para enviarlo al parlamento autonómico, ya que él no tiene capacidad de legislar, porque lo que envía aquí es un
proyecto de ley- que antes de presentar ese proyecto de ley pida al consejo de la Red, que es un organismo de consulta del ministerio, que le informe sobre si puede hacer aquello. Estamos entrando en una gran contradicción, y es que a través de una
ley sectorial que crea un parque nacional estamos regulando la capacidad de un gobierno autonómico de presentar proposiciones de ley.
Eso es inusitado. Yo no entiendo qué persona del ministerio es capaz de decir esas cosas, por no poner un
adjetivo más grave.



Como ustedes saben, la creación de un parque nacional se hace por ley de Cortes Generales que con la normativa vigente es quien tiene capacidad para hacerlo. Los mecanismos para la creación de un parque nacional están absolutamente
regulados. Puede ser iniciativa del Gobierno del Estado, del ministerio, puede ser una iniciativa de un grupo parlamentario, puede ser iniciativa popular o puede ser iniciativa de las comunidades autónomas. Si el proyecto de creación de un parque
nacional nace del Estado, del Gobierno de la nación, se llama proyecto de ley y si no son proposiciones no de ley normales y corrientes. Si partimos de la base de que son las Cortes Generales quienes tienen en ese momento la capacidad de legislar,
lo que se podrá hacer desde las comunidades autónomas es proponer, es decir, presentar una proposición de ley, Después la Cámara será la que la deberá admitir a trámite y después de estar sometida a enmiendas, a informes y a debates, se aprueba.



El artículo 22 ter de la vigente Ley 41/97 dice que una de las competencias del consejo de la Red es informar la propuesta de declaración de los nuevos parques nacionales. Por tanto, esa propuesta hay que enviarla a aquel órgano que
realmente puede aprobar el proyecto de ley y no a aquellos que la única posibilidad que tienen es hacer una propuesta. La propuesta de declaración, que es la que tiene que informar el consejo de la Red, es la que se presenta en el registro de la
Cámara y una vez admitida a trámite es el texto que se aprobará.



Señoras y señores diputados, el informe que ha redactado el letrado -quiero felicitarle por su claridad- dice: Hay que entender que ese informe debe ser emitido en todos los casos, cualquiera que sea el origen de la iniciativa. Creo que
eso está clarísimo. En cambio, en el informe que nos envía el Ministerio de Medio Ambiente se monta un lío mental que nadie entiende sobre cuándo lo tiene que presentar y cuándo no lo tiene que presentar. Ahora, para solucionar aquel problema
resulta que nos lo complica más pidiéndolo no a las comunidades autónomas, no a los parlamentos autonómicos, que esos sí que pueden legislar sin necesidad del informe previo, sino a los órganos de gobierno de las comunidades autónomas, es decir, a
los gobiernos de las comunidades autónomas, que esos no pueden legislar.



El consejo de la Red sabía el 21 de octubre de 1999 que en el 'Boletín Oficial de Galicia' se había publicado la propuesta del Parlamento gallego de creación del parque natural de estas islas. Ese informe del ministerio no lo firma nadie,
creo que tendrían que decir quién hace el informe. ¿Es lo que piensa el ministerio? ¿El ministro piensa eso? Si ahora resulta que eso no es constitucional, nos merecerá poca confianza el ministerio. Por tanto, creo que lo remite el Ministerio,
la secretaría del ministro, pero me parece que sería importante que nos dijesen quién ha hecho ese informe para poder conocer el nivel de formación de los técnicos del ministerio que emiten informes.



He hablado de las enmiendas 52 y 53 de una forma clara. Efectivamente este Parlamento tiene capacidad de modificarlo, no lo pongo en duda. No es el camino que nos gusta. Se puede hacer, no hay nada que decir al respecto, para eso existen
las mayorías, lo pueden cambiar; a nuestro grupo no le gusta el procedimiento; ¿lo pueden hacer? Sí lo pueden hacer. Pero con lo que no estoy de acuerdo es con la enmienda número 54, porque aquí con la Iglesia hemos topado, Sancho. Aquí ya no
se trata de la modificación de una ley general sino que se trata de conculcar competencias propias de las comunidades autónomas, de conculcar reglamentos de funcionamiento de los parlamentos autonómicos, que dicen claramente cuál es el mecanismo del
Gobierno para presentar proposiciones no de ley: en las Cortes Generales. Ahora resulta que el gobierno autonómico puede presentar proposiciones no de ley en todos los ámbitos salvo en el caso de creación de parques nacionales, que en ese caso
deberá ir acompañado de un informe no vinculante que emite el consejo asesor del ministro. A eso no le voy a poner un adjetivo, porque se me calentaría la boca y diría alguna cosa de la que después me podría arrepentir, pero cómo mínimo diré que no
es de recibo.



Pido al Grupo Popular formalmente que retire esa enmienda -efectivamente puede no hacerlo- que dice: Cuando el texto proceda del Gobierno de la comunidad autónoma deberá recabarse el informe del consejo de la Red con carácter previo a su
remisión a la Asamblea legislativa. En ese momento estamos regulando el funcionamiento de las comunidades autónomas desde el punto de vista interno. Si eso no se retira,


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representará una clara injerencia en las competencias de las comunidades autónomas ya que limita claramente su capacidad de impulsar propuestas.
Por tanto, en caso de aprobarse, esta enmienda a nuestro entender tendría carácter orgánico de
acuerdo con el artículo 81.1 de la Constitución. Por tanto, señor presidente, de acuerdo con lo que establecen los artículos 130.2 y 130.3 del Reglamento del Congreso de los Diputados, este grupo parlamentario propone a la Comisión que solicite a
la Mesa de la Cámara que estudie si el proyecto de ley reviste o no carácter orgánico. En consecuencia, esta enmienda no puede ser votada antes de que la Mesa se pronuncie al respecto. Por tanto, si se somete a votación, nosotros pedimos que no
sea así, que se retire, con lo cual, efectivamente, estaríamos de acuerdo, votaríamos y se aprobaría la ley, y si no se quiere retirar, en aplicación del Reglamento de la Cámara pedimos que sea la Mesa del Congreso de los Diputados la que nos diga
si realmente es orgánica o no esa enmienda.



El señor VICEPRESIDENTE (Ruiz López, don Juan Carlos): Estamos atendiendo a la petición que dice el artículo 130. Como usted conoce, dice que tiene que ser la Comisión la que lo proponga.



El señor COMPANYS SANFELIÚ: Sí, sí, lo he pedido a la Comisión.



El señor VICEPRESIDENTE (Ruiz López, don Juan Carlos): Previamente a las votaciones que se produzcan respecto a esta proposición de ley se propondrá a la Comisión si estima que tiene que ser elevada la petición sobre el carácter orgánico o
no de la enmienda a la Mesa.



Para la defensa de las enmiendas que permanecen vivas del Grupo Parlamentario Socialista y también para fijar la posición respecto a las demás enmiendas, tiene la palabra la señora Marón.



La señora MARÓN BELTRÁN: Señorías, han pasado ya varios meses desde aquel 11 de septiembre en que el pleno de esta Cámara tomaba en consideración la aprobación de la proposición de ley del Parlamento de Galicia de creación del parque
nacional de las Islas Atlánticas, apoyo unánime de todos los grupos políticos, como unánime había sido el apoyo en el Parlamento de Galicia. De ese consenso inicial hoy tengo que lamentar que nos queda muy poco, ni el título, ya que el parque
nacional de las Islas Atlánticas parece que cambia por otro nombre, aunque lo consideremos más acertado (es una cuestión que posteriormente valoraremos), y hasta otras cuestiones que iré analizando. Pero las modificaciones no sólo se han limitado
al título, sino a toda la ley, como trataré de explicar.



El Grupo Socialista en la toma en consideración de la ley nos hemos hecho eco de ese consenso político mostrado, satisfacción por la iniciativa, ya que la declaración de parque nacional de una zona de Galicia de tanta riqueza natural era,
es, sigue siendo desde luego una reivindicación prioritaria. Mostrábamos en la intervención en el Pleno la esperanza de que en el trámite parlamentario se tratara de enriquecer la ley, fundamentalmente con la ampliación de los límites por
considerar que quedaban fuera zonas de gran interés ecológico, tanto en zonas de insularidad como en zonas de litoral o costa. Hoy muestro mi satisfacción, lo digo sin ningún tipo de limitaciones, por la incorporación al parque de la isla de
Cortegada, pero siguen quedando fuera islas de gran interés como las Sisargas, Lobeiras, entre otras, y zonas de costa de gran interés como la Costa da Morte, cabo Udra, cabo Vilán, Costa da Vela, parque dunar de Corrubedo, etcétera, que de
incorporarse harían realidad los criterios que fija el Plan director de la Red de Parques Nacionales, que es como la representatividad, la continuidad territorial, sin elementos de fragmentación, cuestiones que no se respetan o que al menos podrían
respetarse mucho más profundamente, ya que además dejan fuera zonas de gran interés y pierde coherencia en su ámbito al ceñirlo precisamente a zonas muy compartimentadas.



En esa línea van las enmiendas del Grupo Socialista, fundamentalmente dirigidas a ampliar el ámbito territorial tanto insular como de zonas de litoral. Así, tanto nuestra enmienda número 21, que pide la ampliación de zonas insulares, como
la número 32, que pide la ampliación de zonas importantísimas de litoral, como acabo de señalar; las números 33, 34 y 35, destacando la número 24, que deja abierto el camino a incluir nuevas zonas. Precisamente dice: El Gobierno de la nación, a
propuesta de la Xunta de Galicia, podrá incluir nuevas islas que a juicio de una comisión de expertos posean valores para su inclusión. Se deja el camino abierto para ampliar el ámbito territorial del parque, que era uno de los objetivos
fundamentales que teníamos y que era el único debate fuera de consenso de carácter global. Sugerimos además aquellas actuaciones que permitan dar garantías a los afectados, con medidas compensatorias que den estabilidad y eviten conflictos en la
gestión. En definitiva, hemos presentado 16 enmiendas que van en la línea del consenso inicial, que permiten enriquecer la ley manteniendo el espíritu del Parlamento gallego al impulsarlo y que su objetivo prioritario era la ampliación del ámbito
territorial.



Lamentamos en primer lugar que en el trámite parlamentario, y en este caso concreto lo lamento personalmente como gallega, se hiciese dejación de facilitar amplia información a los grupos políticos de las características del ámbito
territorial del parque, para muchas señoras y señores diputados desconocido, fundamentalmente a la hora de argumentar sobre sus límites, su ámbito, valores y riqueza natural. Sería una de las primeras funciones precisamente facilitar el
conocimiento, la divulgación que debiera propiciar el Gobierno


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sobre esta importante zona. Es curioso que para quien no sea conocedor de la ubicación geográfica del parque no se sabe muy bien si las enmiendas presentadas por el Grupo Popular lo amplían o lo reducen.



Del análisis de las enmiendas presentadas por el Grupo Popular cabe pensar que menos mal que hoy debatimos un texto consensuado por los grupos políticos del Parlamento de Galicia y de esta Cámara en la toma en consideración de la proposición
de ley; menos mal que era consensuado.
Desde luego poco se han fiado del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia que ha llevado la ley al Parlamento porque desde el título, pasando por la exposición de motivos completa, a la última
disposición adicional, no han dejado un artículo sin modificar. Podríamos decir que habría que empezar de nuevo a analizar la ley ya que de la inicial prácticamente no queda nada y algunos artículos como ya han dicho otros portavoces, modifican no
sólo esta ley, sino otras. Pese a tal dislate y por la gran responsabilidad del Grupo Socialista, por el deseo de sacar adelante esta ley, en primer lugar por el interés de Galicia, pero también por el interés nacional ya que se trata de un parque
nacional, apoyaremos aquellas enmiendas que nos parezcan defendibles y que beneficien el fin de la ley. Nos abstendremos en aquellas que sin tener efectos negativos sustanciales dejan en el camino la posibilidad de mejoras importantes y
evidentemente votaremos en contra de aquellas que consideramos un grave error plantearlas, como voy a explicar muy brevemente. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


Lamento profundamente que hoy quede en el camino la ambición de crear un gran parque con criterios generosos, tanto en sus límites, como ya he dicho, como en sus criterios de sostenibilidad o de gestión, y hay enmiendas que limitan incluso
esa posibilidad. Curiosamente la palabra sostenibilidad es una de las que desaparece del texto original en virtud de enmiendas del Grupo Popular al artículo 1.2, letra d) y al artículo 3.3. No entiendo la razón de por qué se sustrae esta palabra
cuando estamos precisamente hablando de un parque nacional, de un parque que tiene mucho que ver con la estrategia de la biodiversidad, que tiene muchísimo que ver con la sostenibilidad. Se suprime asimismo el punto 4 del artículo 9 relativo a la
redacción de planes sectoriales. No parece lógico que se obvie sentar los principios básicos en la propia ley sin perjuicio de que la comisión mixta posteriormente elabore los que considere oportunos, y ahí tenemos el ejemplo de Sierra Nevada para
citar.



Pasamos ya a las reiteradas y citadas por otros grupos enmiendas 52, 53 y 54. Esa modificación está en relación con lo que consideramos muy grave, la enmienda 52, sobre las funciones del patronato. No entendemos cómo mediante la
introducción de disposiciones adicionales se modifica la Ley 4/1989, modificada a su vez por la Ley 41/1997, de Conservación de espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. Entenderíamos que si hay algo que modificar de dicha ley se
presente la correspondiente iniciativa, discutamos su contenido, pero propíciese un debate parlamentario específico y no, como en este caso, por la puerta de atrás.
Pedimos un debate específico sobre este tema ¿Qué pretenden con esta enmienda?
Vaciar de contenido las funciones del patronato, que es el órgano de participación de la sociedad, administraciones públicas, asociaciones, organizaciones, sindicatos, ecologistas, etcétera, relacionados con el parque, pasando sus competencias a la
comisión mixta de gestión, que ya tiene importantes funciones como elaborar los planes sectoriales que informará y aprobará luego el patronato y que ahora solamente informará. Es una merma más de la participación democrática al dejar vacío de
competencias al órgano de representación ciudadana.



En cuanto a la enmienda 53, por el mismo sistema, sin entrar en el fondo rechazamos la forma. Presenten, como he dicho antes, un proyecto de ley, debatamos en profundidad los contenidos del mismo en vez de modificar una ley básica mediante
este sistema de disposiciones adicionales. Es curioso que la disposición adicional quinta, a la que ya se han referido otros grupos, correspondiente a la enmienda 54, proponga que mediante enmienda se acuerde en un futuro recabar el informe del
consejo de la Red de Parques Nacionales, cuando la creación del parque nacional sea a iniciativa de las comunidades autónomas. Ya se ha aclarado perfectamente esta situación en los debates precedentes, pero me pregunto: ¿Por qué no ha pedido el
Gobierno gallego ese informe si lo considera oportuno? Voy más allá. ¿Por qué se omite en el trámite de las Cortes Generales? ¿No es esta una ley de ámbito estatal aunque su origen sea el Parlamento gallego? Si es una ley estatal sería
preceptivo recabar el informe de la red de parques. Tramítese como tal, sin escamotear este informe de la Red de Parques Nacionales, tal como entendemos que es preceptivo, ya que tenemos informes tanto del letrado de la Comisión como de los
servicios de esta Cámara que así lo evidencian y no distinguen si la ley procede de parlamentos autonómicos o de las Cortes Generales, que es otra de las vías por la que se pueden presentar iniciativas legislativas. ¿Qué se esconde tras esta
negativa? ¿Acaso la posibilidad de que este informe del consejo de la Red de Parques Nacionales pudiera pedir claramente la ampliación del parque a la zona litoral, como sería lo lógico y venimos reclamando los grupos políticos con las enmiendas
que presentamos a la ampliación de los límites? Posiblemente se esconda alguna de estas cuestiones. Señorías, con este proyecto de ley se va a crear el primer parque nacional desde la reforma de la Ley 4/1989, modificada por la Ley 41/1997, y se
va a aprobar sin el informe de la red de parques. Cuando se reformó esta ley, el Grupo Popular argumentó bien claramente que se creaba una nueva filosofía de los parques nacionales, con mayor protección


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y coherencia, y precisamente en el primer parque que se crea después de su entrada en vigor se omite el informe del consejo que ustedes mismos han creado. Presento hoy también mis dudas sobre si pronto veremos anuladas sus funciones. Por
esta razón la ponencia se ha retrasado y por tanto la Ley, y su omisión demuestra un talante, una forma de actuar del Gobierno muy poco democrática puesto que ignoran a los órganos legítimamente creados y reforman, como decíamos, una ley básica
mediante disposiciones adicionales sin entrar en la legalidad se hace sin permitir debate alguno por lo que, si es necesario, preséntese la correspondiente ley.



Finalmente, el Grupo Socialista lamenta esta situación en un debate tan importante como es la creación de un parque nacional en Galicia, que es motivo exclusivamente de satisfacción y de orgullo. Vamos a la creación de un parque nacional
aunque sea de mínimos. Perdemos la oportunidad de reconocer en un ámbito territorial mayor la riqueza natural y dotar a Galicia de un gran parque nacional representativo de sus valores naturales, culturales, de su flora y fauna, en definitiva, de
la inmensa biodiversidad de una zona en gran parte insular, que también debiera ser de costa. Zonas que no sólo enorgullecen a Galicia sino a toda España y cuya divulgación y apoyo debiera ser una prioridad tanto del Gobierno de Galicia como del
Gobierno de España. Por responsabilidad, como ya he dicho al principio de esta iniciativa, votaremos favorablemente a la mayoría de las enmiendas presentadas por el Grupo Popular recogidas en el texto de la ponencia, pero no a estas disposiciones
adicionales a las que nos hemos referido. Confío en que en el futuro tengamos nuevas oportunidades de mejorar lo que no se ha hecho en este caso, optar por un parque nacional de máximos que se ha quedado en un parque nacional de mínimos.



La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Mantilla.



El señor MANTILLA RODRÍGUEZ: Aunque estamos debatiendo aquí una proposición de ley para declarar parque nacional marítimo-terrestre determinados archipiélagos de Galicia, el debate se ha derivado hacia otros temas recogidos en las enmiendas
52, 53 y 54. Después regresaré a analizar y comentar cada una de las enmiendas presentadas por los distintos grupos parlamentarios.



La Ley 4/1989, de 27 de marzo, ha sido modificada por la Ley 41/1997, de 5 de noviembre. En la primera ley no se creó el consejo de la red y la 41/1997, establece en el artículo 22, cuáles son las funciones o las facultades del consejo
rector. Dice el apartado c) que corresponde al consejo informar la propuesta de declaración de parques nacionales. Las enmiendas 52, 53 y 54 son para mejorar o clarificar lo que la Ley 41/1997 no hizo. Tan es así que recordarán SS. SS. que el
famoso informe que tenía que emitir el consejo de la red ha sido el que nos ha dado más la tabarra en esta tramitación de la proposición de ley. El portavoz de algún grupo decía que tenía que ser preceptivo y que no se podía comenzar a debatir. Se
pidió informe al señor letrado quien, muy bien ponderado, decía que tenía que ser preceptivo a su declaración y, sin embargo, el Ministerio de Medio Ambiente decía que no era preceptivo. El propio consejo de la red duda de cómo tiene que emitirse
ese informe. Le pregunto al señor letrado, de acuerdo con la Ley 41/1997, quién, cuándo y cómo se tiene que ver ese informe, porque la ley no lo dice. Las enmiendas 52, 53 y 54 están de alguna manera intentando resolver determinados problemas que
la Ley 41/1997 no soluciona. Vuelvo a repetir a las Señorías que tienen ciertos recelos de que esto vaya en contra del consejo de la red o de las comunidades autónomas que no es así ni muchísimo menos, simplemente lo que se intenta es clarificar de
una vez por todas quién, cuándo y cómo debe ser ese informe. No solamente los representantes de los grupos con implantación nacionalista, como el PNV, Convergència i Unió, incluso el Bloque Nacionalista Galego, todos los grupos tenemos nuestras
reticencias sobre la redacción de la enmienda número 54; incluso la propia Xunta de Galicia se opone a que por esta enmienda haya que recabar preceptivamente, aunque no sea con carácter vinculante, este informe. Por tanto, volvemos a insistir en
que lo único que se pretende es cubrir una laguna que está en la Ley 41/1997; es lo único, no se pretende más.



El Grupo Parlamentario Popular no tiene inconveniente en buscar una redacción que cubra los dos aspectos: primero, que se clarifique de una vez por todas quién, cómo y dónde se tiene que solicitar el informe; y en segundo lugar, no invadir
competencias autonómicas, que en eso estamos el Grupo Parlamentario Popular como los demás grupos. Hemos pasado una propuesta al señor letrado, que supongo que tendrá muchas más posibilidades que yo para redactarlo de acuerdo con la ley, que
someteremos a los demás grupos para ver si puede ser asumida, independientemente de que los grupos que me han precedido en el uso de la palabra no estén de acuerdo en modificar una ley sectorial, con una ley general, que creo que fueron los
calificativos que le habían dado previamente. Por tanto, aunque supongo que mantendrán esa filosofía, este portavoz quisiera saber si por lo menos la faceta de la invasión de las competencias autonómicas puede ser o no solventada con la propuesta
que estamos haciendo en estos momentos. Las enmiendas 52, 53 y 54, que este portavoz ya ha solicitado que no se incorporaran a la ponencia a la espera del informe del señor letrado para ver si era legal o no incorporarlas en esta proposición,
repito una vez más que tienen el único objetivo de clarificar y matizar aspectos que no lo habían sido en la Ley 41/1997. La respuesta del señor letrado, como no podía ser menos, también muy ponderada incluso


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haciendo estudios comparativos con las legislaciones de otros países, es que es totalmente legal introducir estas enmiendas en esta ley. Por eso repito que vamos a proponer un texto por si lo pueden aceptar en esta segunda parte, no en la
primera, que sabemos que la van a votar en contra pese a lo que se ponga, independientemente de por la filosofía de que no acepten esta modificación de la ley sectorial contra una ley general.
Respecto al fondo, estamos ante una proposición del
Parlamento de Galicia que ha tenido el consenso general de todos los grupos políticos.



El Grupo Parlamentario Popular va a aceptar las enmiendas números 1 y 2, de Izquierda Unida, la número 15, del Grupo Mixto, y la número 33, del Partido Socialista Obrero Español, que es la inclusión de la isla de Cortegada, que está en la
ría de Arousa, que figura incorporada en el texto de la ponencia y, por tanto, creo que todos los partidos, no solamente el Partido Socialista,nos tenemos que alegrar,de que la isla de Cortegada, que es importante dentro del contexto de las islas
atlánticas, sea incorporada a este parque nacional.



A las enmiendas números 3, de Izquierda Unida; 19, de Coalición Canaria, y 32, del Grupo Socialista, proponemos una enmienda transaccional que ha sido facilitada a los distintos grupos, que obra en poder de la Mesa y que si fuera aceptada
se votaría con ese texto. La enmienda número 19, de Coalición Canaria, se refiere al título que habíamos modificado en la ponencia, Parque Nacional Marítimo Terrestre de las Islas Atlánticas, y que ahora se propone que se diga Parque Nacional
Marítimo Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia. Si la portavoz de Coalición Canaria acepta esta enmienda transaccional así se votaría, y supongo que también tendrá el apoyo de los demás grupos.



En cuanto a las demás enmiendas hay dos bloques perfectamente diferenciados. Uno es sobre el funcionamiento del consejo. En algunos casos hemos aceptado algunas enmiendas y en otros hemos propuesto alguna transaccional, pero tenemos que
rechazar gran parte de ellas porque, en definitiva, lo que proponen es la modificación de este consejo, que significa bien una diferencia de actuación con los demás consejos de los parques ya aprobados, o una modificación de la propia Ley 41/1997
que los portavoces de los distintos grupos han estado hoy muy proclives a conservar en su integridad.



Hay también una serie de enmiendas dirigidas a la ampliación del ámbito del parque nacional, como pueden ser las números 6, del Grupo Mixto, y 35, del PSOE, que quieren incluir las islas Lobeiras, o la 17, del Mixto y la 34, del PSOE para
incluir las islas Sisargas. Por una serie de motivos, como pueden ser la distancia o porque no tienen la riqueza suficiente en cuanto a flora y fauna, no se considera oportuno.



La enmienda número 8, del Bloque Nacionalista, tal y como está propuesta su redacción en este trámite parlamentario no se puede aceptar, pero posiblemente en otro trámite parlamentario, clarificando y matizando lo que estoy totalmente
convencido de que es la pretensión del Bloque Nacionalista Galego, podría ser aceptada por parte del Grupo Parlamentario Popular.



Agradeciendo las posturas de consenso de todos los grupos, señorías, señora presidenta, termino mi intervención.



La señora PRESIDENTA: Debido a una petición la señora Urán, en nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, que se encontraba en la Comisión de Agricultura cuando le correspondía su turno tiene ahora la palabra para que defienda la
postura de su grupo.



La señora URÁN GONZÁLEZ: Muchas gracias, señora presidenta, por su benevolencia y la de la propia Comisión aceptando el que pueda intervenir fuera del orden que está establecido.



Señorías, mi grupo parlamentario no ha presentado muchas enmiendas a esta proposición de ley, entre otras cosas porque venía altamente consensuada desde el Parlamento gallego y simplemente nos hemos ceñido a modificar algunos aspectos que
nos parecen importantes y que en realidad son sustanciales. Después del paso por la ponencia de esta proposición y de las enmiendas que ha presentado el Partido Popular y que se han incluido el texto ha variado sustancialmente y posiblemente
algunas de las enmiendas no tengan excesiva razón de ser en estos momentos, aunque mi grupo las va a mantener para su votación y las va a seguir defendiendo.
Me refiero a la enmienda número 1, que hacía una modificación a la exposición de motivos,
dando una expresión más amplia a los ecosistemas de las costas atlánticas que figuraban en aquel momento en la exposición de motivos haciendo figurar la que hay en el Real Decreto 1803/1999, de 26 de noviembre, por el que se aprobó el Plan director
de la red de parques nacionales. Sólo se pretende ampliar esta expresión a una selección de las mejores muestras del patrimonio natural español correspondiente a las costas atlánticas. Con esta iniciativa se pretendía dar una cobertura mayor de
protección a los ecosistemas que son precisamente los identificativos de las costas atlánticas y la posibilidad de parque nacional que en estos momentos debatiendo.



Las enmiendas números 2 y 3 hacen referencia a la representación en el patronato de diferentes colectivos. La primera se refiere a los colectivos de propietarios de los terrenos sitos en el interior del parque. Es imprescindible que haya
una mayor representación, que no es sustancial, que pasaría de los dos, que fija el proyecto de ley a tres, entre otras cosas porque creemos que las personas que viven en el parque nacional tienen que tener una mayor representación en el patronato
para que se puedan conjugar sus intereses con los intereses de protección del parque nacional. La enmienda número


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3 plantea una representación mayor de las organizaciones ecologistas de ámbito estatal. Estamos hablando de una declaración de parque nacional que tiene un ámbito estatal, aunque haya una gestión e intervención clara y decidida de la
comunidad autónoma, lo que se plantea en la enmienda es que debe haber también un representante de estas organizaciones. Sería importante porque habría una mayor participación en el patronato del parque nacional.



Nuestra enmienda número 4 modifica el anexo. Entramos aquí en uno de los debates que ya en ponencia, cuando se tomó en consideración la proposición de ley del Parlamento gallego, fue uno de los puntales para nuestra intervención. Aunque se
ha cambiado en el texto de la ponencia la descripción de los límites del parque marítimo-terrestre (en el proyecto inicial se hablaba de isóbatas; ahora se habla de un linde mucho más amplio que no solamente queda en la superficie sino que protege
también los fondos marinos que era una de las argumentaciones que nosotros esgrimíamos, lo que estamos planteando nosotros también, aunque fuera con el mismo deslinde que hace en isóbatas el proyecto inicial, es ampliar, dar una mayor cobertura a la
extensión del parque, entre otras cosas porque estamos convencidos -y así lo hacemos ver en nuestra enmienda número 5- de que no solamente podemos proteger las islas, que el ecosistema es muchísimo más amplio y hay que seguirlo protegiendo, y por
tanto hay que incluir también la Costa da Morte, la Costa da Vela, o Grobe y Corrubedo. Señorías, si no protegemos la propia costa, las rías y las desembocaduras de los ríos, estaríamos reduciendo mucho la protección del parque, no dando la
cobertura necesaria a todo lo que sea significativo del ecosistema de las islas atlánticas. El tratamiento que se le dé a la costa también repercute y es importante para preservar el ecosistema que estamos declarando parque nacional en estos
momentos. Por ello sería importante ampliar la protección, teniendo claro que estamos hablando de ecosistemas y que por mucho que nosotros pongamos límites nunca lo tienen exacto, porque la protección del medio ambiente siempre es transversal y lo
que podamos hacer haciendo en la costa, aunque esté a algunos kilómetros de distancia de la zona protegida, afecta y de manera directa, a aquello que pretendemos proteger, con independencia de que la costa que nosotros hemos planteado que se incluya
en la protección tiene también valores naturales y paisajísticos dignos de esa protección.



Gracias, señora presidenta, por haber permitido que interviniera alterando el orden.



La señora PRESIDENTA: Nosotros también nos felicitamos de que S.S. haya tenido la posibilidad de intervenir.



Como el portavoz del Grupo Popular ha propuesto en su intervención tres enmiendas transaccionales, ¿podrían las señoras Urán, Julios y Marón comentar en las intervenciones que van a realizar a continuación si aceptarían esas transaccionales?


Tiene la palabra la señora Julios.



La señora JULIOS REYES: Simplemente quiero manifestar que estamos de acuerdo con la enmienda transaccional presentada.



La señora PRESIDENTA: Señora Urán.



La señora URÁN GONZÁLEZ: Por parte de mi grupo parlamentario no habría ningún inconveniente en aceptar que hubiera dos representantes de las asociaciones ecologistas cuya finalidad primordial sea la defensa de la conservación de la
naturaleza, entre otras cosas porque esos son los fines de las asociaciones ecologistas. No hay problema a la hora de admitirlo.



La señora PRESIDENTA: Suspendemos unos minutos la celebración del debate con el fin de que la señora Marón pueda leer con tranquilidad la enmienda transaccional. (Pausa.)


La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Marón, en nombre del Grupo Socialista.



La señora MARÓN BELTRÁN: Señora presidenta, no podemos aceptar la enmienda transaccional a nuestra enmienda número 32 puesto que no habla de plazos, ni de las zonas de costa que incluiría. Es una enmienda transaccional sin contenido
alguno, por lo que repito que no podemos admitirla.



En cuanto a la enmienda transaccional relativa al cambio de título de la proposición de Ley, del nombre del parque nos parece más acertado hablar de Parque Nacional Marítimoterrestre de las Islas Atlánticas de Galicia.
Es un poco largo,
pero es acertado. Yo hago votos para que lo de marítimoterrestre, sobre todo en lo que a litoral se refiere, se pueda cumplir en el futuro, que es la gran asignatura pendiente.



Estamos de acuerdo con la enmienda número 3, relativa a los representantes de asociaciones ecologistas. Ampliar el número me parece aceptable.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra el señor Mantilla, en nombre del Grupo Parlamentario Popular.



El señor MANTILLA RODRÍGUEZ: Respecto a la enmienda número 54, que estábamos pendientes de buscar un texto que mejorase su redacción que no invadiese las competencias autonómicas, a propuesta del señor letrado, que dice que hay que matizar
quién, cómo y cuándo debe solicitarse este informe, el Grupo Parlamentario Popular, al igual que los demás grupos parlamentarios que me han precedido en el uso de la palabra en el debate, está totalmente convencido de que hay que determinar quién,
cómo y dónde tiene que solicitarse ese informe preceptivo del consejo de la red.



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Por tanto, la vamos a retirar y no la vamos a someter a votación, esperando que en el trámite parlamentario del Senado seamos capaces de buscar un texto que obvie las dificultades que tenemos en estos momentos.



La señora PRESIDENTA: La calidad de los servicios de la Cámara en, no sólo por la cantidad sino también por la calidad, son excelentes y nos alegra que los diferentes grupos reconozcan la labor que desarrollan.



¿A qué efectos pide la palabra, señor Companys?


El señor COMPANYS SANFELIÚ: Solamente para agradecer al Grupo Popular su predisposición a retirar esa enmienda que, desde nuestro punto de vista, sí que afectaba a las competencias de las comunidades autónomas. Su retirada hará que el
parque nacional se apruebe con mucha más rapidez, que es lo que todos deseamos.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Marón.



La señora MARÓN BELTRÁN: Señora presidenta, en este dislate de enmiendas me había olvidado de otra propuesta del señor Mantilla, que era la aceptación de nuestra enmienda número 33, enmienda que ya retiramos. En cuanto a la número 15, que
se proponía por parte del Grupo Mixto, con voz y sin voto me parece que era, nos parece muy acertada puesto que la íbamos a votar favorablemenente.



La señora PRESIDENTA: Si les parece bien a las señoras y señores comisionados, pasamos a la votación de este informe. Les recuerdo que esta Comisión tiene en estos momentos competencia legislativa plena. Como existe petición de votación
separada de las enmiendas, iremos votando, las relativas cada grupo, la solicitud de las mismas. (El señor Vázquez Vázquez pide la palabra.)


Señor Vázquez, tiene S.S. la palabra.



El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ: Quería solicitar votación separada de algunas enmiendas, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: ¿Nos las puede trasladar, señor Vázquez?


El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ: Sí, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Después de aclarar las diferentes peticiones de votación separada, vamos a votar las enmiendas de cada grupo con las separaciones solicitadas que se mantienen vivas; posteriormente votaremos las transacciones y, por
último, el texto del proyecto con las enmiendas aprobadas.



Pasamos a votar las enmiendas números 6, 9, 15, 16, 17 y 18 presentadas por el Bloque Nacionalista Galego.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 20.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Bloque Nacionalista Galego números 7, 10, 12 y 14.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 30; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmienda del Bloque Nacionalista Galego número 13.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, tres.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Pasamos a votar las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. En primer lugar enmiendas números 1 y 2.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; en contra, uno.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas números 4 y 5, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en contra, 20; abstenciones, cuatro.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Vamos a votar las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular que quedan vivas que son las números 52 y 53.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 16.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Vamos a votar la enmienda número 30, que es la única enmienda del Grupo Parlamentario Socialista para la que se ha solicitado votación separada.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en contra, 22; abstenciones, tres.



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La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos el resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 20; abstenciones, tres.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Pasamos a votar las enmiendas transaccionales.



El señor MORLÁN GRACIA: ¿Las enmiendas números 8 y 11 del Bloque Nacionalista Galego forman parte de la transacción o es que no se han votado?


El señor MANTILLA RODRÍGUEZ: La enmienda número 15 tampoco se ha votado.



La señora PRESIDENTA: La enmienda número 15, del Bloque Nacionalista Galego, se ha votado conjuntamente con las enmiendas números 6, 9, 16, 17 y 18.



El señor MANTILLA RODRÍGUEZ: En la intervención de la defensa de la enmienda número 15 habíamos quedado en que se iba a votar favorablemente.



La señora PRESIDENTA: Señor Mantilla, no ha pedido la votación separada de dicha enmienda.



Pasamos a votar las enmiendas números 8 y 11, del Bloque Nacionalista Galego.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 20; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Vamos a votar ahora las enmiendas transaccionales.



En primer lugar, la transaccional a la enmienda número 19, del Grupo de Coalición Canaria.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.



Enmienda transaccional al texto de la enmienda número 3.2 g), del Grupo de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; en contra, uno; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



A continuación, vamos a votar el texto del proyecto con las enmiendas aprobadas, que también va a conllevar votaciones separadas.



Votación del título del proyecto.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



Votación de la exposición de motivos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; en contra, uno; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; en contra, uno; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Votación de los artículos 1.2 b), 1.2 c), 1.2 e), 2.1, 3.1, 3.2, 4, 5, 6, 7 y 10, disposición derogatoria y anexo.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33; abstenciones, tres.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobados.



Votación de los artículos 1.2 d), 3.3 y 9, y nuevas disposiciones adicionales 1 y 2, relativas a las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular números 52 y 53.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 16.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobados.



Votación de los artículos 2.2, 2.3 y 8, y disposición adicional relativa a la enmienda número 50, del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20, abstenciones, 16.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobados.



Señoras y señores, damos por culminada la sesión de la Comisión. Nos quedamos para celebrar reunión de Mesa y portavoces seguidamente.



Era la una y treinta minutos de la tarde.