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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 400, de 18/12/2001
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 2001 VII Legislatura Núm. 400



RÉGIMEN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. NARCÍS SERRA I SERRA



Sesión núm. 14



celebrada el martes, 18 de diciembre de 2001



ORDEN DEL DÍA:



Ratificación de la ponencia designada para informar del Proyecto de
Ley Reguladora de los Boletines Oficiales de las provincias. (Número
de expediente 121/000054.) . . . (Página 13032)



Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe
elaborado por la ponencia, sobre el Proyecto de Ley Reguladora de los
Boletines Oficiales de las provincias. (Número de expediente 121/
000054.) . . . (Página 13032)



Comparecencia urgente del señor ministro de Administraciones Públicas
(Posada Moreno), para explicar el reciente informe de la Dirección
General de Inspección del Ministerio de Administraciones Públicas
sobre el vicepresidente segundo del Gobierno para Asuntos Económicos
y ministro de Economía, señor Rato, en relación a su situación
respecto a la Ley de Incompatibilidades. A solicitud del Grupo
Parlamentario Socialista. (Número de expediente 213/000591.) . . .

(Página 13039)



Página 13032




Preguntas:



- De la señora López González (Grupo Parlamentario Socialista), sobre
medidas adoptadas por el Ministerio de Administraciones Públicas para
la implantación del euro en las nóminas. (Número de expediente 181/
001034.) . . . (Página 13056)



- De la misma señora diputada, sobre valoración del nivel de
cumplimiento en Intranet en la conexión de delegaciones, servicios
integrados y funcionales. (Número de expediente 181/001035.) . . .

(Página 13056)



- Del señor Martínez Sanjuán (Grupo Parlamentario Socialista), sobre
opinión acerca de si está actualizada la información que suministra
el Ministerio de Administraciones Públicas a través de su página Web.

(Número de expediente 181/001025.) . . . (Página 13059)



- Del mismo señor diputado, sobre valoración por el Ministerio de
Administraciones Públicas de la implantación del programa de
ventanilla única. (Número de expediente 181/001026.) . . .

(Página 13059)



- Del mismo señor diputado, sobre proyectos del Ministerio de
Administraciones Públicas incluidos dentro del plan de acción de la
iniciativa Info XXI. (Número de expediente 181/001028.) . . .

(Página 13059)



- De la señora López González (Grupo Parlamentario Socialista), sobre
valoración de la evolución de la productividad de los altos cargos en
los presupuestos 2000-2001. (Número de expediente 181/001033.) . . .

(Página 13065)



- De la misma señora diputada, sobre criterios seguidos en los
Ministerios de Administraciones Públicas, Hacienda, Fomento, Interior
y Trabajo y Asuntos Sociales para la distribución de la productividad
en el año 2000, y los previstos para el año 2001. (Número de
expediente 181/001036.) . . . (Página 13065)



- De la misma señora diputada, sobre cuantía repartida entre los
altos cargos en concepto de productividad en el año 2000, así como
prevista para el año 2001. (Número de expediente 181/001037.) . . .

(Página 13065)



Se abre la sesión a las diez y cinco minutos de la mañana.




RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE
LEY REGULADORA DE LOS BOLETINES OFICIALES DE LAS PROVINCIAS. (Número
de expediente 121/000054.)



APROBACIÓN, CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME
ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY REGULADORA DE LOS
BOLETINES OFICIALES DE LAS PROVINCIAS. (Número de expediente 121/
000054.)



El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señorías, vamos a dar
comienzo a la reunión de la Comisión de Régimen de las
Administraciones Públicas. El presidente, señor Serra, no ha podido
llegar y se incorporará a lo largo de la mañana.

Pasamos al primer punto del orden del día, ratificación de la
ponencia designada para informar de las siguientes iniciativas
legislativas. Proyecto de ley reguladora
de los boletines oficiales de las provincias. ¿Se ratifica?
(Asentimiento.)
Sin más, y dada la premura del tiempo, porque a las diez y media
están previstas las votaciones del proyecto de ley, pasamos al
segundo punto del orden del día: Aprobación, con competencia
legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia,
sobre el proyecto de ley reguladora de los boletines oficiales de las
provincias. Autor, el Gobierno.

Defensa de las enmiendas. No veo al señor Labordeta, del Grupo Mixto,
por lo que pasamos a las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco.

Tiene la palabra el señor Erkoreka.




El señor ERKOREKA GERVASIO: En el debate de la proposición no de ley
del Grupo Parlamentario Popular acerca de la normativa reguladora del
Boletín Oficial de la Provincia, que tuvo lugar en esta Comisión el
13 de diciembre del año pasado, hace hoy exactamente un año y cinco y
días, este portavoz defendió, en nombre del grupo al que representa,
que supuesto que con arreglo a la más reciente jurisprudencia del
Tribunal Supremo -que en este punto, por cierto, cambia consciente y
expresamente el rumbo marcado por otrospronunciamientos anteriores
del propio alto Tribunal-,



Página 13033




el Boletín Oficial de la Provincia constituye un servicio de
titularidad provincial, no es posible abordar una regulación por
parte de las instituciones centrales del Estado en esta materia sin
tomar en consideración tres puntos que yo mismo especifiqué en
aquella sesión. El primero era que el único título jurídico en el que
puede basarse legítimamente el Estado para dictar una norma de estas
características es el recogido en el apartado 18 del artículo 149.1
de la Constitución, que, como se sabe, es el que reserva al Estado la
competencia para dictar las bases del régimen jurídico de las
administraciones públicas. El segundo era que la norma que abordase
esta regulación había de revestir necesariamente rango de ley, porque
así lo exigía la salvaguarda de la autonomía local. Se trataba de
regular un servicio de titularidad provincial y, como se sabe, la
provincia es un ente público territorial que goza de la garantía
institucional de la autonomía local consagrada por la Carta Magna. Y,
en tercer lugar, decía yo que la norma que eventualmente se dictara
en esta materia había de respetar la gran heterogeneidad de
situaciones que se dan en la prestación de este servicio y subrayaba
la necesidad de otorgar un tratamiento específico y singular a los
territorios históricos que integran la Comunidad Autónoma del País
Vasco.

Estas tres condiciones que en aquella intervención puse sobre la mesa
para prestar nuestro apoyo a una eventual regulación de esta materia
por parte de las Cortes Generales básicamente se ven cumplidas con
este proyecto de ley remitido por el Gobierno a la Cámara. Porque el
proyecto que ha sido remitido a las Cortes por parte del Gobierno
tiene rango de ley o aspira a integrarse, una vez aprobado y
promulgado, en el ordenamiento jurídico con rango de ley, se ampara
exclusivamente en el título habilitante recogido en el artículo
149.1.18 de la Constitución, como claramente enfatiza su disposición
final, y prevé en su disposición adicional quinta un tratamiento
específico y singular, un régimen especial para los boletines
oficiales de los territorios históricos de la Comunidad Autónoma del
País Vasco. Puede decirse, por tanto, que estos planteamientos se
encuentran básicamente recogidos en el texto del proyecto de ley. Sin
embargo, en el Grupo Vasco consideramos que el tratamiento que recibe
en el proyecto este último aspecto al que he hecho referencia de la
especificidad de los territorios históricos es mejorable y a esa
finalidad responden las dos enmiendas que el Grupo Vasco presentó al
proyecto de ley y que a continuación paso brevemente a defender.

El proyecto tiene una arquitectura normativa singular. Contiene un
régimen general expresado en sus doce artículos y aplicable en
principio a los boletines oficiales de la provincia que vayan a ser
editados por las diputaciones provinciales de régimen común y una
serie de regímenes especiales que están recogidos en sus seis
disposiciones adicionales. Uno, para los boletines oficiales de la
provincia que acaben integrándose
en el boletín no oficial de la comunidad autónoma correspondiente.

Otro, para los boletines de las comunidades autónomas
uniprovinciales. Otro, específico para la Comunidad Foral de Navarra.

Otro, para la Comunidad Autónoma de Canarias. Otro, para los
territorios históricos vascos y un sexto para las ciudades autónomas
de Ceuta y Melilla. Muy resumidamente, en el contexto de esta
estructura, de esta arquitectura normativa singular, las enmiendas
del Grupo Vasco persiguen dos objetivos: uno principal, que es el
fundamental para nosotros, que pretende hacer más claramente efectivo
en el ámbito de los boletines oficiales de la provincia el proceso de
actualización de derechos históricos abierto por la disposición
adicional primera de la Constitución y desarrollado por la Lorafna en
el caso de la Comunidad Foral de Navarra y por el Estatuto de
Gernika, y la disposición adicional segunda de la Ley reguladora de
bases de régimen local para el caso de la Comunidad Autónoma del País
Vasco. Un segundo objetivo, menos relevante para nosotros, consiste
en refundir en uno solo los dos regímenes especiales previstos en el
proyecto para los territorios forales, estableciendo así una única
especialidad foral para los dos territorios que han actualizado en
términos muy similares tanto sus competencias sobre organización y
funcionamiento de las instituciones forales de autogobierno como las
atribuciones que tienen reconocidas en relación con la administración
municipal. El Tribunal Constitucional ha sostenido, tanto para el
caso de la Comunidad Foral de Navarra, en su sentencia 140/1990, de
29 de septiembre, como para el caso vasco, en la sentencia 14/1989,
de 21 de diciembre, que el proceso de actualización de estos derechos
históricos que entronca directamente con una norma de rango
constitucional con la propia disposición adicional primera, puede
desplazar a las normas dictadas por el Estado con carácter básico.

Eso es, muy sintéticamente, insisto, lo que pretenden incorporar al
texto las enmiendas del Grupo Vasco.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Tiene la palabra el
señor Ruiz, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, para
defender la enmienda número 3.




El señor RUIZ LÓPEZ (Don Antero): Simplemente quiero dar por
defendida la enmienda en los términos planteados.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Seguidamente tiene la
palabra el señor Jané, del Grupo Parlamentario Catalán de
Convergencia i Unió, para defender la enmienda número 4.




El señor JANÉ I GUASCH: Intervengo primero en nombre del señor
Labordeta para dar por mantenidas sus enmiendas, toda vez que él no
está en la sesión.




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Paso a defender la enmienda número 4 presentada por mi grupo
parlamentario y a hacer una valoración global del texto del proyecto
de ley que a continuación va a aprobar esta Comisión. Nuestra
enmienda número 4 intenta acotar el ámbito de exención de la tasa ya
que la redacción del proyecto de ley da, en su artículo 11.2, un
ámbito tan amplio de exención que, al hacer referencia a cualquier
disposición y resolución de inserción obligatoria o a cualquier tipo
de anuncio oficial, puede dar lugar a que parezca que no se esté
acotando bien cuál va a ser el objeto de esa tasa que la propia ley
regula. Esa era la intención de mi grupo al presentar esta enmienda,
que quedara claro que está exenta del pago de la tasa aquella
publicación de disposiciones de carácter general de inserción
obligatoria. Creemos que esa redacción es la adecuada y la que
debería reflejar el texto del proyecto de ley; de ahí que mi grupo
parlamentario presentara esta enmienda número 4 que mantenemos hoy
para su defensa y votación. En todo caso, si algún grupo
parlamentario quiere hacer algún esfuerzo de transacción, mi grupo la
estudiaría pero, en principio, el objeto de nuestra enmienda repito
que era acotar claramente cuál era el ámbito de esta tasa y cuál era
su exención.

Mi grupo parlamentario también valora positivamente -y votará a favor
de la misma- la enmienda número 2, presentada por el Grupo Mixto. Se
refiere al punto tercero de la disposición adicional primera. Este
proyecto de ley, señor presidente, señorías, recogiendo lo que aprobó
esta misma Comisión en una proposición no de ley, desde la
voluntariedad, permite que se puedan unificar boletines oficiales de
la provincia con el boletín oficial propio de una comunidad autónoma;
que pueda haber una publicación unitaria, si se decide así, de
acuerdo con la expresión de voluntad que se recoja en una ley del
respectivo parlamento autonómico. Pero ese apartado tercero de la
disposición adicional primera conlleva que demos una cierta
transitoriedad a esa posible unificación, una transitoriedad que
fijamos en diez años; cada diez años se iría renovando o no esa
voluntad de integración. Nuestro grupo parlamentario considera que
esto es un error, porque si una comunidad autónoma opta por esa
unificación en una sola publicación oficial de lo que son todas las
publicaciones oficiales de su ámbito territorial -publicación oficial
que es el diario oficial de la respectiva comunidad autónoma-; si se
opta por ello, no entendemos cómo diez años después puede darse
marcha atrás a lo que es un acuerdo de integración. Creemos que no
tiene lógica esa renovación por períodos de diez años. Por tanto,
votaremos a favor de esta enmienda que ha presentado el Grupo
Parlamentario Mixto, la número 2, porque entendemos que tiene su
lógica. Si se decide esta integración, no tiene sentido irla
renovando, porque, señor presidente, señorías, estamos ante un
proyecto de ley en el que se decide explicitar una competencia para
las diputaciones provinciales que legalmente no tenían
explicitada. Estamos, de hecho, otorgando una nueva competencia
cuando la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional acota
mucho cuándo debe darse una nueva competencia en este caso a las
diputaciones provinciales. La opción de este proyecto de ley no era
necesaria, pero, si se opta por dar a las diputaciones esa
competencia, de acuerdo con una propuesta que les haga el Gobierno de
cada comunidad autónoma y deciden esa unificación, no entendemos cómo
después puede darse esa marcha atrás. De ahí que nuestro grupo
prefiera que no estuviera este apartado tercero en la disposición
adicional primera.

Termino ya congratulándome del grado de consenso al que se ha llegado
en este proyecto de ley, al que creo que hemos contribuido todos los
grupos parlamentarios. Quiero dejar constancia de este grado de
consenso que espero que se plasme también en las votaciones finales y
reafirmar que este proyecto de ley regulará los boletines oficiales
de las provincias una vez reestructuradas territorialmente. El título
VIII de la Constitución ha dado un nuevo modelo de organización
territorial y por primera vez regulamos una institución, los
boletines oficiales de las provincias, con una opción que no era
necesariamente la que podía adoptarse desde un punto de vista
constitucional. Se ha optado por reafirmar esta competencia de las
provincias, necesariamente no tenía por qué ser así, pero también se
permite lo que puede ser una unificación de los boletines oficiales
de las provincias con el diario oficial de la respectiva comunidad
autónoma. Deseo incidir especialmente en la interpretación que
nuestro grupo da al artículo 4, en cuanto a la lengua que deben tener
esas publicaciones. Entendemos que debe ser absolutamente respetuosa
con el marco normativo de cada una de las comunidades autónomas que
hayan aprobado leyes de normalización lingüística, como es el caso de
Cataluña.

En ese ánimo de consenso y habiéndose superado también redacciones de
anteproyectos que se circunscribían a que, si se realizaba la
unificación, tenía que ser sólo como secciones -ahora ya no es así,
puede ser una publicación unitaria-; en ese espíritu de consenso,
nuestro grupo parlamentario dará hoy su aprobación a este proyecto de
ley.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): A continuación tiene la
palabra el señor Quirós, del Grupo Parlamentario Socialista, para
defender las enmiendas presentadas.




El señor QUIRÓS PULGAR: Quisiera decir, en primer lugar, que mi grupo
parlamentario apoya esta iniciativa legislativa salvo en el artículo
11, referido a la tasa de publicación. Digo artículo 11 porque quedó
reflejada ya en él la tasa de publicación, tras la nueva numeración
del articulado que se dio por la enmienda in voce que hicimos en la
que se incluía un artículo nuevo. Pedimos, por tanto, la votación
separada de este artículo.




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El resto del articulado regula adecuadamente sobre la base de la
nueva ordenación territorial emanada de la Constitución de 1978, cuyo
artículo 177 establece que el Estado se organiza territorialmente en
municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se
constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión
de sus respectivos intereses. En este sentido, y como recordarán, el
Grupo Parlamentario Socialista presentó una enmienda a una
proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular, relativa a la
normativa reguladora del servicio de publicación del boletín oficial
de la provincia, que debatimos el 13 de diciembre del año 2000 en
esta Comisión. La referida enmienda no fue aceptada por el Grupo
Popular por entender la ponente, la señora Ruiz Ruiz, que las
enmiendas presentadas por Convergència i Unió subsumirían al mismo
tiempo la que presentó mi grupo parlamentario. Muy lejos de la
realidad, no tenía que ver nada una enmienda con la otra. Nuestro
objetivo era calificar qué tipo de normativa se quería establecer
para la regulación del Boletín Oficial de la Provincia, por lo que
pedíamos al Congreso que se instara al Gobierno al reconocimiento de
la competencia exclusiva de las diputaciones con respecto al Boletín
Oficial de la Provincia y que, por tanto, la normativa reguladora
debía hacerse a través de un proyecto de ley, tal como establece el
artículo 7.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases
del régimen local.

No quisieron aprobarnos esa enmienda en su día y un año después nos
dan la razón con la presentación de este proyecto de ley, donde su
artículo 2 clarifica y define que el boletín oficial de la provincia
es un servicio público de carácter provincial, competencia propia de
las diputaciones provinciales, a las que les corresponde su edición y
gestión. Parece que les ha costado reconocer la competencia de las
diputaciones en esta materia. Me remito al hecho de que el esqueleto,
por no decir casi la integridad del texto, de este proyecto de ley es
de un anteproyecto que se elaboró en 1997 y que se consensuó en su
día con la Federación Española de Municipios y Provincias. Llevan más
de cuatro años dándo vueltas al tema. Incluso presentaron una
proposición no de ley, a la que he hecho referencia anteriormente, en
la que se dejaba la puerta abierta a la regulación por decreto, en
cuyo caso hubiésemos estado debatiendo hoy una competencia estatal.

El verbo dictar que utilizaba en la parte dispositiva entreveía esa
posibilidad. Han dado un paso estableciendo la competencia
provincial, pero parece que quieren influenciar el régimen económico,
tal como se estipula en el artículo 11, en su apartado 2. Si se
mantiene, significa una regresión con respecto a la situación
anterior, en la que quedaba reconocida la competencia de las
diputaciones provinciales para establecer tasas, como reconoce el
preámbulo de este proyecto de ley.

Señorías, la exención del pago de la tasa mediante norma legal o
reglamentaria puede menoscabar de
forma imprevisible la financiación de la edición de los boletines,
por lo que se incurriría en una flagrante contradicción, dado que lo
que se persigue con este proyecto es dotar de una regulación
específica el régimen jurídico de los boletines una vez que ya se
había solucionado el problema económico, que, con la aplicación de
este artículo, volverá a resurgir. Debe tenerse en cuenta además que
tanto el «Boletín Oficial del Estado» como los boletines oficiales de
las comunidades autónomas cuentan con una financiación específica.

Sin embargo, en el caso de las diputaciones nos encontramos con una
ley que establece la competencia, pero no sólo prevé la financiación
para llevarla a cabo sino que también suprime la posibilidad de
financiación por medio de una tasa que no podrá ser aplicable más que
en supuestos excepcionales. En el punto 2 del artículo 11 se infringe
lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley reguladora de las haciendas
locales, que establece la obligación de que, cuando por ley se
establezcan beneficios fiscales en materia de tributos locales, se
determinará la fórmula de compensación que proceda. Aunque con la
enmienda transaccional que nos han propuesto se mejora en parte este
texto, siendo por ejemplo más claras las excepciones de la exención
que propone el artículo 11, no quiere decir que no se esté
infringiendo el artículo 9 de la Ley reguladora de las haciendas
locales, en el sentido de que en el proyecto de ley no se establecen
las fórmulas de compensación a los beneficios fiscales que se están
proponiendo.

En definitiva, el Grupo Parlamentario Socialista pide la supresión
del apartado 2 del artículo 11 sobre la base de que las diputaciones
provinciales gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos
intereses, tal como lo recoge la Constitución española y la Ley 7/
1985, reguladora de las bases del régimen local, para cumplir el
principio de subsidiariedad, para no infringir el artículo 9 de la
Ley reguladora de las haciendas locales. Señorías, la comisión
ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias
también nos lo está pidiendo a todos los grupos parlamentarios de
esta Cámara. En definitiva, son los más interesados en contar con la
mejor regulación específica en esta materia. Parece que les cuesta
admitir la mayoría de edad de nuestros entes locales, que tienen su
autonomía plena. Dejemos, a través de sus ordenanzas reguladoras, que
establezcan sus tasas las diputaciones, porque seguro que conocen
mejor que nosotros la edición y la gestión de los boletines oficiales
en su provincia, llevan mucho tiempo haciéndolo y solucionando el
problema económico, aunque hoy nos toque a nosotros reconocérselo.

Señoras diputadas y señores diputados del Partido Popular, en la
situación anterior no existía un problema económico, pero sí
competencial; ahora, con este proyecto de ley, no habrá problema
competencial pero sí económico, porque quieren reconocer beneficios
fiscales e instaurar las fórmulas compensatorias que procedan para
restablecer el equilibrio económico, tal como



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establece el artículo 9 de la Ley reguladora de las hacienda locales.

Una vez vista su transaccional, tenemos, por un lado, la exención del
pago de la tasa y, por otro, tenemos excepciones a la exención de esa
tasa; al final, reconocen que las respectivas ordenanzas reguladoras
de la tasa podrán declarar la exención de todo o de algunos de los
supuestos efectuados. Parece que se quieren poner trabas a una
financiación ya resuelta. Por esto, les pregunto: ¿No sería más fácil
para todos suprimir el apartado 2 del artículo 11 en definitiva? La
FEMP así lo considera.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Finalmente, y por parte
del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Fernando
Fernández de Troconiz.




El señor FERNÁNDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Comentando la ausencia del
presidente de la Comisión, que al parecer sugirió que se celebrase,
en lugar de a las diez de la mañana, a las nueve y media, podemos
bien hablar del presidente araña, don Narcís Serra, a partir de este
momento. De igual forma espero el pronto restablecimiento del
magnífico retrato de nuestro querido compañero o ex compañero señor
Cánovas y que ésta deje de ser una Comisión digamos kitsch, en la
medida en que se ha sustituido el magnífico retrato por una simple
fotografía o fotocopia en color. Dicho esto, paso a comentar las
diferentes enmiendas presentadas por los distintos grupos
parlamentarios para a continuación hacer una breve reflexión sobre el
contenido general de la ley.

Me refiero a las enmiendas del Grupo Mixto firmadas por don José
Antonio Labordeta -supongo que rejuvenecido y sin bigote, porque dijo
el señor Jané que le representaba-. Y no sé si estará capacitado para
aceptar o no la transacción que le sugeriré a algunas de las
enmiendas formuladas. A la primera de ellas, que propone la adición
de un nuevo párrafo al artículo 9 de la ley, yo le propondría una
transaccional -si es que usted está capacitado para aceptarla-, en el
sentido de decir que asimismo se impulsará por las mencionadas
administraciones que se puede realizar a través de medios
electrónicos, informáticos y telemáticos. Se trata de introducir la
frase: asimismo se impulsará. Con relación a la enmienda número 2, no
creemos que sea acertada en la medida en que supondría la relajación
o la renuncia definitiva de una competencia propia de las
diputaciones provinciales, lo cual lógicamente iría en contra de la
autonomía local, que también proclama nuestra Constitución. Si bien
es cierto que, a la hora de la práctica, posiblemente una diputación
delega sus competencias en la respectiva comunidad autónoma, lo
normal es que persista a lo largo del tiempo, pero bueno es también
que las diputaciones tengan siempre la posibilidad de avocar para sí
o bien simplemente volver a
recobrar la competencia que en su día se podía delegar a favor de la
correspondiente comunidad autónoma.

No es posible aceptar la enmienda número 3, presentada por el Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida. No hay que publicar en el
Boletín Oficial de la Provincia todas las disposiciones y
resoluciones que no hubieran sido objeto de publicación o
notificación, por la simple razón de que, en las disposiciones de
carácter general, es requisito de eficacia que se publiquen en la
correspondiente publicación oficial que esté dispuesto, legal o
reglamentariamente, que se haga; por consiguiente, huelga decir que
se publique en el Boletín Oficial de la Provincia. De aquellas
resoluciones, aquellos actos administrativos que van destinados a una
pluralidad indeterminada de sujetos o cuya persona que debe ser
notificada no es conocida, ya está expresamente previsto en los
artículos 60 y 61 de la Ley de bases de régimen de las
administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
que se practique la notificación en el Boletín Oficial de la
Provincia, en el supuesto de que se trate de resoluciones emanadas de
un órgano de la Administración Local. No así si es de una comunidad
autónoma o del Estado, que está expresamente limitada su publicación
al «Boletín Oficial del Estado» o en el de la respectiva comunidad
autónoma.

A continuación paso a comentar las enmiendas números 4 y 6, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y del Grupo Parlamentario
Socialista, que no son sino reflejo de la enmienda mayor y la
enmienda menor que formulaba a su vez la Federación Española de
Municipios y Provincias a la exención que decía el antiguo artículo
10 del proyecto, hoy artículo 11 después del informe de la ponencia.

Y quería decir por qué no nos parece adecuada la exención total
o bien simplemente declarar exento lo que se refiere a las
disposiciones de carácter general. Y es que no estamos hablando de un
momento actual de los boletines oficiales de la provincia, sino que
estamos hablando del futuro de los mismos, y no podemos prever lo que
pueda pasar en su día. Bien es cierto, y en esta medida proponemos
una transacción a estos dos grupos parlamentarios, que las
diputaciones provinciales deben sufragar los costos económicos que
reporta la publicación del boletín oficial de la provincia.

Recientemente, un real decreto de 8 de noviembre de este año, que
regula el estatuto jurídico del organismo autónomo Boletín Oficial
del Estado, establece una regulación parecida también de exención y
contempla una serie de supuestos en que no se produce esta exención.

Lógicamente son aquellos casos en que la tasa sí es de aplicación; no
así nunca será de aplicación la tasa cuando el beneficiario sea
desconocido o sea en definitiva el beneficiario el interés general,
es decir, que no produzca un beneficio económico o no reporte un
beneficio particular a determinadas personas. En esta medida
proponemos una transacción, que posteriormente pasaré a la Mesa,
añadiendo un nuevo párrafo tres al artículo



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11, que diría que se exceptúan de la exención a la que se refiere el
apartado anterior las siguientes publicaciones: A) los anuncios
publicados a instancias de particulares. B) los anuncios de
licitación de todo tipo de contratos, de acuerdo con lo establecido
en su legislación específica. C) los anuncios oficiales de la
Administración de justicia ordenados a instancias de particulares
o que les beneficien especialmente. D) los anuncios cuyo coste se ha de
repercutir en los interesados según las disposiciones aplicables. E)
los anuncios derivados de procedimientos sujetos al pago de una tasa,
precio público u otro tipo de derechos económicos. En este caso nos
estamos refiriendo a los derechos de examen en todos los
procedimientos de selección de personal por parte de las
administraciones locales. F) los anuncios que puedan reportar,
directa o indirectamente, un beneficio económico al remitente
solicitante o tuvieran contenido económico. G) los anuncios que
puedan o deban publicarse además en un diario, según disposiciones no
reglamentarias. Para concluir con un nuevo párrafo que diría: La
respectiva ordenanza reguladora de la tasa podrá declarar la exención
de todos o alguno de los supuestos exceptuados precisamente en aras
de respetar la mayor autonomía posible a favor de las diputaciones
provinciales.

La enmienda número 5, del Grupo Parlamentario Socialista, ha decaído
en la medida en que tienen razón en la apreciación que hacen.

Efectivamente, existía un error en la transcripción del artículo al
que se refería el artículo 5 y decae en la medida en que, como hemos
añadido un nuevo artículo 3, al correr el número, pasa a ser correcta
la referencia que hacía el proyecto al artículo 11. Estamos de
acuerdo con la enmienda número 7, del Grupo Parlamentario Socialista;
existía un defecto técnico en el proyecto de ley y creo que ya ha
sido aceptada en la ponencia.

Por último me refiero a las enmiendas 8 y 9, del Grupo Parlamentario
Vasco. Pensamos que el señor Erkoreka tiene razón en la apreciación
que realiza sobre el respeto a la autonomía normativa de los
territorios históricos del País Vasco. Con relación a la enmienda
relativa al boletín oficial de la Comunidad Autónoma de Navarra he de
decirle que el texto concreto del proyecto de ley está expresamente
pactado con el Gobierno de Navarra, sin perjuicio de lo cual, en su
disposición adicional quinta le propondríamos la siguiente enmienda
transaccional: Los boletines oficiales de los territorios históricos
del País Vasco se regirán por su normativa específica. Los artículos
de la presente ley citados en el número 1 de la disposición adicional
primera les serán de aplicación en los términos establecidos en la
disposición adicional primera de la Constitución, en el Estatuto de
Autonomía del País Vasco y en la disposición adicional segunda de la
Ley 7/1975, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Me parece que puede satisfacer suficientemente el respeto a la
autonomía y a las competencias propias de los
territorios históricos y de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Señor presidente, he de manifestarle que constituye para mí una
enorme alegría que se apruebe hoy este proyecto de ley y que haya
sido remitido por el Gobierno, en la medida en que tiene su origen en
una pregunta que formulé en su día al Gobierno hace nada menos que 10
años, y de una proposición no de ley que redacté a principios de esta
legislatura sobre esta materia. Mi preocupación tiene su origen en
que, siendo alcalde de Salamanca en cierta ocasión, y quiero
recordarlo aquí, el gobernador civil de turno a la sazón utilizaba
aquello que se decía de insértese en el Boletín Oficial de la
Provincia, como control de legalidad de diferentes actos municipales.

Esta ley hoy consagra plenamente aquello que ya existía antes, pero
no de forma normativa, y que se utilizaba de forma espuria por
algunas autoridades para controlar ilegítimamente actos de
determinadas corporaciones locales. Los textos remitidos por los
diferentes órganos que deban ser publicados en el Boletín Oficial de
la provincia no pueden ser modificados y deben ser de inserción
obligatoria por parte del ente a quien hoy se encomienda
definitivamente y por ley la gestión y publicación de este importante
medio de publicación y de seguridad jurídica para los administrados.

También me congratula expresamente que la exposición de motivos del
proyecto de ley cite todas aquellas órdenes ministeriales, que tienen
sus añadas en el alcubilla, reguladoras antiguamente del Boletín
Oficial de la Provincia.

Por consiguiente, señor presidente, nuestro voto será evidentemente
favorable a la totalidad del texto del proyecto de ley tal como es
traído del informe elaborado por la ponencia con la incorporación, si
fueran aceptadas, de las enmiendas transaccionales que proponemos al
actual artículo 11 del proyecto.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señor Troconiz, en
primer lugar le pediría que retirase las palabras referidas al
presidente, señor Narcís Serra, porque su no asistencia esta mañana a
esta Comisión es ajena a su voluntad. En segundo lugar, le ruego que
nos facilite los textos de las enmiendas transaccionales. Y a los
grupos que digan si retiran sus enmiendas y aceptan las
transaccionales.

Señor Quirós.




El señor QUIRÓS PULGAR: El Grupo Parlamentario Socialista mantiene su
enmienda y no acepta la transaccional. Por eso, hemos pedido la
votación separada de este artículo.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señor Erkoreka.




El señor ERKOREKA GERVASIO: El Grupo Vasco acepta la enmienda
transaccional del Grupo Popular, porque satisface lo que yo mismo, en
mi intervención



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anterior, he identificado como el objetivo fundamental que perseguían
nuestras dos enmiendas. Por tanto, lo aceptamos.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señor Jané.




El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, con relación a las
transacciones ofrecidas, si el texto de la transacción que se ofrecía
a la enmienda que he mantenido en nombre del señor Labordeta es el
que ha leído el señor Fernando Fernández de Troconiz, el Grupo Mixto
estaría en condiciones de aceptarlo, dado que respeta la literalidad
de esa enmienda. Sería positivo para el proyecto de ley la sugerencia
que nos hace el Grupo Mixto de que se puedan introducir los medios
electrónicos, informáticos y telemáticos. Es un avance y por tanto
sería bueno que lo pudiésemos someter a votación.

Con la referencia que ha hecho el representante del Grupo
Parlamentario Popular a la enmienda número 2 del señor Labordeta,
quiero recordar una vez más en esta Comisión que la Ley de bases de
régimen local no contiene ninguna declaración expresa en el sentido
de que los boletines oficiales de la Provincia constituyen una
competencia propia o un servicio público de carácter provincial. Es
una opción de este proyecto de ley pero es una opción que podía
haberse vehiculado de forma distinta. Por lo tanto, la enmienda del
señor Labordeta tiene sentido y mi grupo votará a favor.

En cuanto a nuestra enmienda número 4, entendemos que no resuelve el
problema la transacción que ahora nos ofrece el Grupo Popular, pero,
atendiendo a la composición de esta Cámara y teniendo en cuenta que
si la aceptamos mejorará el texto del proyecto porque se acotará el
ámbito de la exención, aunque no de la forma que hubiese deseado mi
grupo parlamentario, pensamos que es positivo aceptar la transacción.

Quizá en el Senado pueda llegarse de alguna forma a una mejor
redacción de este artículo. En todo caso, en aras de esa mejora, mi
grupo aceptaría esta transacción.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señor Fernández de
Troconiz.




El señor FERNÁNDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Entiendo que han sido
retiradas la enmienda del señor Labordeta, la enmienda número 4, del
Grupo Catalán de Convergència i Unió y las enmiendas números 8 y 9,
del Grupo Parlamentario Vasco, PNV. Retiradas en la medida en que se
han presentado transaccionales. Votamos lógicamente las
transaccionales. Con relación a la enmienda número 7, del Grupo
Parlamentario Socialista, no sé si se incorporó o no al informe de la
ponencia. Disposición adicional cuarta. (Pausa.) La votamos, que es
más rápido. Se han retirado las enmiendas 1, 4, 8 y 9.

El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señor Jané.




El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, a los efectos del «Diario
de Sesiones», entiendo que no es que los grupos proponentes de las
enmiendas 1, 4, 8 y 9 las retiren, sino que siguen defendiendo lo que
plantean pero aceptan las transacciones, con lo cual se votan con la
propuesta transaccional que se nos propone. No se retiran las
enmiendas sino que se aceptan las transacciones que a las mismas se
formulan.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señor Quirós.




El señor QUIRÓS PULGAR: Pedimos votación separada de la enmienda
número 4, al artículo 11. Entendemos que el artículo 11 se votaría
con la enmienda transaccional del Grupo Popular a la enmienda número
4.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Señor Quirós, si
sustituimos la enmienda número 4 por la transaccional, no hace falta
ya votar la número 4.




El señor QUIRÓS PULGAR: Se vota la transaccional.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Comenzamos las
votaciones. Enmienda número 2, del señor Labordeta, del Grupo
Parlamentario Mixto.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
tres; en contra, 27.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda rechazada.

A continuación votamos la enmienda número 3, del Grupo Federal de
Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
uno; en contra, 29.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda rechazada.

Votamos ahora la enmienda número 6, del Grupo Parlamentario
Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
nueve; en contra, 20; abstenciones, tres.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda rechazada.




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Enmienda número 7, del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dijo.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda aprobada por
unanimidad.

Salvo que algún grupo quiera votación separada, pasamos a votar las
transaccionales al artículo 11 y a la disposición adicional quinta,
territorios históricos.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Hemos pedido votación separada de la
transaccional correspondiente a la enmienda número 4 al artículo 11.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Votamos en primer lugar
la transaccional a la enmienda número 4, al artículo 11.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22;
en contra, ocho; abstenciones, dos.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda aprobada.

Pasamos a votar a continuación la transaccional a la disposición
adicional quinta,enmiendas números 1, 8 y 9.




Efectuada la votación, dijo.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda aprobada por
unanimidad.

Salvo que algún grupo pida votación separada, votamos a continuación
el informe de la ponencia con las enmiendas transaccionales.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Pido votación separada del artículo 11.




El señor FERNÁNDEZ DE TROCONIZ MARCOS: A efectos de claridad, he de
decir que la disposición adicional tercera queda tal como está en el
proyecto, porque nuestra transacción comprendía las enmiendas números
8 y 9. La disposición adicional tercera queda tal como está en el
proyecto. Lo digo porque podría darse tal vez el equívoco de que se
subsuman la disposición adicional tercera y quinta, y no es así. La
disposición adicional tercera se mantiene en los términos que está en
el proyecto de ley y es la disposición adicional quinta la que sufre
la modificación.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Votamos entonces en
primer lugar el artículo 11.




El señor JANÉ I GUASCH: Pedimos votación separada del apartado 3 de
la disposición adicional primera.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Votamos el artículo 11
en primer lugar.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23;
en contra, ocho; abstenciones, una.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda aprobado.

Finalmente, votamos el apartado 3 de la disposición adicional
primera.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29;
en contra, dos.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda aprobado.

Votamos el resto del proyecto de ley.




Efectuada la votación, dijo.




El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Queda aprobado por
unanimidad.

Se suspende la sesión durante cinco minutos. (Pausa.)



COMPARECENCIA URGENTE DEL SEÑOR MINISTRO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
(POSADA MORENO), PARA EXPLICAR EL RECIENTE INFORME DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE INSPECCIÓN DEL MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
SOBRE EL VICEPRESIDENTE SEGUNDO DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS
Y MINISTRO DE ECONOMÍA, SEÑOR RATO, EN RELACIÓN A SU SITUACIÓN
RESPECTO A LA LEY DE INCOMPATIBILIDADES. A SOLICITUD DEL GRUPO
PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 213/000591.)



El señor VICEPRESIDENTE (Merino Santamaría): Pasamos al siguiente
punto del orden del día: Comparecencia urgente del ministro de
Administraciones Públicas, ante la Comisión de Régimen de las
Administraciones Públicas, para explicar el reciente informe de la
Dirección General de Inspección del Ministerio de Administraciones
Públicas sobre el vicepresidente segundo del Gobierno para Asuntos
Económicos y ministro de Economía, señor Rato, en relación a su
situación respecto a la Ley de incompatibilidades. El autor de la
propuesta es el Grupo Parlamentario Socialista.

Tiene la palabra el señor ministro.




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El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Posada Moreno):
Señorías, comparezco ante esta Comisión de Régimen de las
Administraciones Públicas para informar, a petición del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre la aplicación de la Ley 12/1995, de
11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la
nación y de los altos cargos de la Administración general del estado,
en el caso concreto del vicepresidente segundo del Gobierno y
ministro de Economía, don Rodrigo de Rato y Figaredo. Como ya señalé
en mi comparecencia del pasado día 22 de mayo, sobre la aplicación de
la ley en sus términos generales, tengo que recordar a SS.SS. que
esta norma, la Ley 12/1995, determina como principios generales que
el ejercicio de las funciones de un alto cargo ha de desempeñarse con
dedicación absoluta, sin que pueda simultanearse con ninguna otra
actividad pública o privada que pudiera interferir o menoscabar el
desarrollo de ésta. En tal sentido, esta norma establece un régimen
de obligaciones que han de cumplir los altos cargos y que se
concretan en la cumplimentación de declaraciones de actividades y de
bienes y derechos patrimoniales. Esta intervención inicial quiero que
sea breve y ceñida de manera fundamental a las actuaciones seguidas
por la Dirección General de Inspección, Simplificación y Calidad de
los Servicios en relación con la situación patrimonial y la
declaración del señor vicepresidente segundo del Gobierno y su
adecuación o no a la Ley 12/1995, porque ese es el objeto de esta
comparecencia solicitada por el Grupo Socialista. Sin embargo, ello
exige situar el marco de aplicación de la Ley de incompatibilidades
de los altos cargos, que es el que nos permite poder analizar lo
solicitado en esta comparecencia.

Comenzaré enlazando esta intervención con lo que constituían mis
últimas conclusiones de la citada comparecencia del pasado mes de
mayo y reiterando que la Inspección de Servicios, órgano
independiente aunque incardinado en la estructura jerárquica de este
departamento, es el órgano al que la propia Ley 12/1995, en su
artículo 9, atribuye la competencia exclusiva para la gestión del
régimen de incompatibilidades de altos cargos y que, por tanto, actúa
con absoluta independencia, libertad y profesionalidad en el
análisis, seguimiento y cumplimiento de dicha norma. Si recuerdan SS.

SS., mis palabras en aquella ocasión enfatizaban las instrucciones
dadas a la Inspección para actuar con total independencia,
objetividad y buscando llegar a la realidad de las cosas, ver lo que
realmente ha sucedido y, sobre todo, si ha habido quebrantamiento de
la ley para actuar en consecuencia. En las conclusiones de ese día
mis palabras fueron casi literalmente que la Ley de
incompatibilidades de altos cargos se cumple, se ha cumplido y espero
que se cumplirá y que estas aseveraciones mías no constituían en
ningún caso un brindis al sol, sino que habían sido contrastadas con
la contundencia de los datos estadísticos de los últimos seis años,
periodo este de funcionamiento de la vigente ley. Recordaba
también en esa ocasión a SS.SS. que, en mi opinión y en la del
Gobierno, la inmensa mayoría de los altos cargos que han ocupado
estos puestos, no solamente ahora sino durante los años de anteriores
gobiernos, han sido personas honradas que han cumplido con su deber y
que han actuado en sus funciones como altos cargos de la mejor forma
posible que su capacidad les ha permitido. Terminaba diciendo
entonces que era intención del Gobierno, de este ministro muy en
particular y de la Dirección General de Inspección, Simplificación y
Calidad de los Servicios de mi ministerio, órgano que se encarga de
la gestión del régimen de incompatibilidades, que la ley se cumpliese
rigurosamente. Una ley -como bien saben SS.SS.- muy estricta, que
exige unos cumplimientos materiales y formales por parte de los altos
cargos y que el Gobierno considera requisitos suficientes para
garantizar un razonable control del régimen de incompatibilidades,
que sirva para dignificar el trabajo y la labor de estos altos
cargos. Es más, vuelvo a insistir a SS.SS., como ya dije en aquella
comparencia, que cuando llegué a este ministerio ya estaba nombrado
el director general de Inspección, a quien yo no conocía y que había
sido nombrado no por mi antecesor, sino por el antecesor de mi
antecesor. Yo lo he mantenido porque creo que es importante que la
Inspección sea un órgano independiente y que actúe con objetividad, y
espero que siga de director general de Inspección cuando yo abandone
el cargo de ministro.

En cuanto al cumplimiento de la ley, me permito añadir a SS.SS. que
los recientes datos aportados por el último informe semestral,
remitido al Congreso de los Diputados el pasado mes de junio en
cumplimiento de lo que se especifica en el artículo 10 de la Ley 12/
1995, constituyen un aval suficiente de lo que acabo de decir. Los
datos que se incluyen en el informe de este segundo semestre y que se
remitirán en brevísimo plazo a esta Cámara no hacen sino corroborar
este juicio. En efecto, de los datos de dicho informe se infiere un
grado de cumplimiento de las obligaciones de la ley, tanto de los
altos cargos como de los ex altos cargos, prácticamente total. Otro
importante dato que avala este cumplimiento de la ley lo constituye
el escaso número de expedientes sancionadores que ha sido preciso
incoar en el periodo de vigencia de la misma; el número de
expedientes se ha limitado a doce, con el resultado de once
sanciones. Me complace constatar ahora ante SS.SS. que esa
presunción, a la que me he referido, de un pleno cumplimiento de la
ley y, por tanto, de la honradez en el desarrollo de las funciones de
los altos cargos se cumple totalmente en la persona del
vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía, don
Rodrigo de Rato y Figaredo, como espero quede de manifiesto tras el
debate en esta Comisión. (El señor presidente ocupa la presidencia.)
Este marco al que me he referido, la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de
incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y de los
altos cargos de la Administración



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general del Estado; el Real Decreto 1410/1995, de 4 de agosto, por el
que se regulan los registros de actividades y de bienes y derechos
patrimoniales de los altos cargos, que la desarrolla, y las
modificaciones a la ley en determinados aspectos formales que se han
establecido en la última ley de acompañamiento de los Presupuestos
Generales del Estado para este año 2001, es un marco suficientemente
debatido ya en esta Comisión y que determina los aspectos
fundamentales del régimen de incompatibilidades de los altos cargos;
es un marco que, además -recuerdo a SS.SS.-, es el fruto de una
resolución, de un debate, de una votación del Congreso de los
Diputados instada en su momento para promover la reforma legislativa
en el ámbito de las incompatibilidades como consecuencia,
básicamente, de una serie de acontecimientos que todos recordamos.

Precisamente para poder combatir en el futuro este tipo de
irregularidades, el Parlamento estableció una ley lo suficientemente
estricta y con los mecanismos de control necesarios para que en su
andadura, de ya más de seis años, pueda ser considerada una ley
adecuada a los objetivos pretendidos para su existencia y que, en
opinión del Gobierno y en particular del ministro que les habla, no
necesita urgentes modificaciones como a veces, con toda legitimidad,
se pide desde algunos grupos parlamentarios de la oposición.

Sintetizándolo para los altos cargos en activo, este marco determina
la dedicación absoluta a su función, con las únicas excepciones que
allí se contemplan, y fija de manera precisa las obligaciones a
cumplir por los mismos en cuanto a declaraciones de bienes y
actividades y a sus contenidos, comunicaciones a la Inspección
e inhibiciones y abstenciones que han de tener en el ejercicio de sus
funciones en el caso de que hubieran intervenido antes de su
nombramiento en actos concurrentes a los de su cargo, así como la
necesidad de comunicar a los registros cuantas variaciones se
produzcan, debiendo adecuar dicho patrimonio a la ley cuando se trate
de participaciones en sociedades que tengan contratos con las
administraciones públicas. Por otro lado, hay que señalar que la ley
establece una obligación adicional en relación con aquellos que
ostenten competencias reguladoras, de supervisión o control sobre
sociedades mercantiles que emitan valores y otros activos financieros
negociables en un mercado organizado, ya que estos altos cargos
habrán de encomendar a una entidad financiera registrada en la
Comisión Nacional del Mercado de Valores aquellos valores o activos
de los que sean titulares ellos, sus cónyuges e hijos menores de edad
no emancipados.

Entrando en el análisis concreto de los hechos a los que se refiere
la petición de comparecencia debo señalar que, ante las informaciones
aparecidas en prensa sobre la situación patrimonial de algunas
empresas relacionadas con el vicepresidente segundo y ministro de
Economía, éste se dirigió a mí por escrito para que por la Inspección
General de Servicios se verificase si
su declaración y situación patrimonial se adaptaba a las previsiones
contenidas en la Ley 12/1995 de la que estamos hablando. La Dirección
General de Inspección procedió a revisar las declaraciones
presentadas por el señor Rato, así como la documentación
complementaria aportada por el mismo a la vista de las previsiones
contenidas en los siguientes artículos: artículo 7, relativo a la
encomienda de gestión que deben llevar a cabo las personas incluidas
en el ámbito de aplicación de la ley que ostenten competencias
reguladoras, de supervisión o control sobre sociedades mercantiles
que emitan valores y activos financieros, como es el caso que
corresponde al ministro de Economía; artículo 2.2, que señala que los
titulares de altos cargos no podrán tener, por sí o junto con su
cónyuge e hijos dependientes y personas tuteladas, participaciones
superiores a un 10 por ciento en empresas que tengan conciertos o
contratos de cualquier naturaleza con el sector público estatal,
autonómico o local; artículo 2.3, que impone a los altos cargos la
obligación de inhibirse del conocimiento de los asuntos en cuyo
despacho hubieran intervenido o que interesen a empresas o sociedades
en cuya dirección, asesoramiento o administración hubieran tenido
parte su cónyuge o familiar dentro del segundo grado civil; y el
artículo 6, sobre la declaración de bienes y derechos que han de
efectuar los altos cargos, que especifica taxativamente que quienes
tengan la condición de alto cargo están obligados a formular en el
registro constituido en el órgano competente -que es esta dirección
general- una declaración patrimonial comprensiva de la totalidad de
sus bienes, derechos y obligaciones, a la que voluntariamente puede
añadirse la de su cónyuge, especificando que esa declaración
patrimonial ha de comprender al menos los siguientes extremos: a) los
bienes, derechos y obligaciones patrimoniales que posean; b) los
valores o activos financieros negociables; c) las participaciones
societarias; d) el objeto social de las sociedades de cualquier clase
en las que tengan intereses; e) las sociedades participadas por las
que sean objeto de declaración según el apartado c), con señalamiento
de sus respectivos objetos sociales.

Entrando ya en el análisis de las declaraciones presentadas por el
vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía en los
registros de actividades y de bienes y derechos patrimoniales, he de
declarar a SS.SS. que, según me informa la dirección general en ese
informe en el que yo me estoy basando siempre, en los citados
registros constan todas las declaraciones de don Rodrigo de Rato y
Figaredo presentadas en los plazos que marca la ley y que se
corresponden a su nombramiento en 1996, entonces como vicepresidente
segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda, y las
siguientes declaraciones anuales de los años 1997 a 2001, las
últimas, 2000 y 2001, como vicepresidente segundo del Gobierno y
ministro de Economía. A todas estas declaraciones se han acompañado
las preceptivas copias tributarias, tanto del IRPF como



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del impuesto extraordinario de patrimonio, de los años 1995 a 2000,
incluyendo igualmente la declaración de su nombramiento, en 1996,
copia del contrato y administración de la cartera de valores
mobiliarios y activos financieros que don Rodrigo Rato tiene
encomendada, desde julio de 1996, a una entidad financiera registrada
en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, según se establece en
el artículo 7 de la Ley 12/1995 a la que estamos haciendo referencia.

En cuanto a las actividades que figuran en estas declaraciones del
vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía, éstas son
únicamente, además de su condición de diputado y de su cargo como
vicesecretario general del Partido Popular, las correspondientes a su
actividad en el sector público, como son todos los cargos inherentes
a su condición de ministro, cargos tales como miembro del ECOFIN,
presidente del Consejo de Política Fiscal y Financiera o de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos o cargos de
representación del Gobierno en organismos financieros
internacionales, como el Banco Interamericano de Desarrollo,
etcétera. Asimismo debo añadir que en relación con lo que especifica
el artículo 2.3 de la ley, que literalmente dice que quienes
desempeñen un alto cargo vienen obligados a inhibirse del
conocimiento de los asuntos en cuyo despacho hubiesen intervenido o
que interesen a empresas o sociedades en cuya dirección,
asesoramiento o administración hubieren tenido alguna parte ellos, su
cónyuge o persona de su familia dentro del segundo grado civil,
añadiendo que la inhibición se producirá por escrito, el
vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía ha
cumplido esta obligación en mi opinión con un uso exquisito y
exhaustivo de la misma, siendo relevando el hecho de que en varias
ocasiones se ha inhibido expresamente, y siempre a través del
«Boletín Oficial del Estado», en relación con todos aquellos
expedientes que de alguna forma pudieran afectar, aunque fuera muy
remotamente, a sociedades en las que él o sus familiares pudieran
tener algún tipo de interés; en concreto ha sido en cinco ocasiones.

Por último, señorías, y en relación a la tenencia de acciones por sí
o junto con su cónyuge o hijos dependientes en más de un 10 por
ciento en empresas que contraten con el sector público, recogida en
el artículo 2.2 de la ley, y la inclusión en la declaración de bienes
de dichas participaciones, la Dirección General de Inspección del
ministerio entiende que el señor vicepresidente segundo no posee por
sí ni junto con su cónyuge y personas dependientes más del 10 por
ciento de participaciones en sociedades que contraten con el sector
público. De conformidad con el criterio que se ha venido aplicando
hasta la fecha sobre participaciones societarias, al considerar que
al establecer la ley dicha obligación se refiere tan sólo a
sociedades en las que exista una tenencia personal de acciones del
alto cargo o junto con su cónyuge o hijos dependientes en un
porcentaje superior al 10 por ciento, siendo esa teoría la establecida
siempre por la dirección general, es un hecho cierto que el señor
Rato no es accionista en porcentaje superior al 10 por ciento de
empresa alguna que contrate con el sector público. Además, la ley
añade la obligación de consignar estas sociedades en la declaración,
a tenor de lo dispuesto en el artículo 6, letra c) de la misma,
distinguiendo, a su vez este mismo artículo dicha situación de la
participación de esas empresas en las que se tienen participaciones
personales directas en otras distintas, respecto de las cuales la
única exigencia y referencia que hace la ley no es a la obligación de
incluir éstas en su declaración de patrimonio, con especificación
exclusiva de su objeto social, tal y como señala la letra e) de este
mismo artículo 6. Por tanto, me comunica la dirección general en este
informe que, tras hacer esta elaboración jurídica, no encuentra
objeción alguna que formular a la actual situación patrimonial del
vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía en cuanto
al cumplimiento de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de
incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y de los
altos cargos de la Administración general del Estado. Esta conclusión
es la que yo comunico al vicepresidente segundo en contestación a esa
carta que me había escrito que iniciaba el procedimiento.

Señorías, creo que he resumido las ideas, el razonamiento que está en
el informe que ha realizado el director general de la Inspección, las
importantes circunstancias que lo rodean y las motivaciones. En todo
caso, estoy a disposición de SS.SS. para aclarar cualquier punto que
consideren conveniente.




El señor PRESIDENTE: Ha pedido la comparecencia el Grupo
Parlamentario Socialista. En su nombre tiene la palabra don Ángel
Martínez Sanjuán.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Bienvenido a esta Comisión, señor
presidente, después de los problemas que ha tenido esta mañana. Nos
alegramos de tenerle en plena forma en la presidencia.

Señor ministro, efectivamente mi grupo parlamentario pidió la
comparecencia del Gobierno, la del ministro de Administraciones
Públicas, al día siguiente de conocer en un desdichado Pleno del
Congreso una desdichada intervención del vicepresidente del Gobierno,
señor Rato, que a preguntas de compañeras de mi grupo parlamentario y
perdiendo los nervios, quizá fruto de la tensión de esos días, dijo
textualmente: He recibido una contestación en la que se me indica que
la Dirección General de Inspección, Simplificación y Calidad de los
Servicios informa que no tiene ninguna observación que formular
referente a la situación patrimonial, de conformidad con lo previsto
en la Ley de incompatibilidades de altos cargos. Esto se tradujo al
día siguiente por los medios de comunicación en titulares como: Rato
defiende la legalidad de su patrimonio; Rato niegaahora ser socio de
Muinmo S. L. y dice que cumple la



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ley; Rato afirma ahora en el Congreso que no es accionista de la
sociedad Muinmo, que era uno de los temas que, como bien conoce el
ministro, estaban y siguen estando en el escenario político a pesar
de sus primeras palabras en esta Comisión. Estas palabras del
vicepresidente económico acerca de su situación patrimonial, de la
actividad de sus empresas, de sus participaciones y de su actividad
privada pública, que es algo que llama mucho la atención no solamente
a mi grupo parlamentario sino a mucha gente de este país, se
produjeron justo una semana después de su última comparecencia en
esta Comisión -recuerde, señor Posada- en la que mi grupo
parlamentario quería hablar con usted de las incompatibilidades y,
por mor de la mayoría del Grupo Parlamentario Popular, tuvimos que
retirar ese punto previo del orden del día relativo a las
incompatibilidades de los altos cargos. Mi grupo parlamentario no
quería hablar de temas metafísicos sino de problemas, de
circunstancias personales que se han puesto sobre la mesa a raíz de
la investigación de Gescartera y otras cuestiones colaterales, como
se suele decir ahora cuando se habla de los efectos de la guerra;
ahora no estamos hablando de la guerra sino de efectos colaterales y
de conocimiento de otras circunstancias. En aquella comparecencia en
la que intenté hablar un poco de este tema, aunque no estaba en el
orden del día S.S. me decía: Los temas de incompatibilidades han sido
siempre explicados por el secretario de Estado y así seguirá
haciéndose. Posteriormente me decía refiriéndose al director general
de Inspección, Simplificación y Calidad de Servicios: Me manda a mí
un informe que es el resultado de dos meses de trabajo intenso y me
lo comunica; lo más lógico sería que viniera él. Es decir, que hace
menos de un mes no había mucho interés por parte del Gobierno, de
usted o del Grupo Parlamentario Popular, en hablar del tema de las
incompatibilidades y ahora, curiosamente, señor ministro, cuando ya
estaba hecho el orden del día en el que no íbamos a hablar de este
tema porque no estaba incluido, de repente, deprisa y corriendo hay
que meterlo. A mí no me parece mal, estoy encantado de que se haya
metido en el orden del día, pero esto me demuestra, señor Posada, dos
cosas. Una, que el Partido Popular cambia de reglas de juego, de
escenario en función de la mayoría parlamentaria y de los intereses
que tiene, o que si usted no tenía mucho interés el día 21 en hablar
de estos temas, de repente, no sé si por iniciativa propia o por
alguna indicación, hay que venir a hablar del informe de las
incompatibilidades del señor Rato. Nos enteramos -y lo ha vuelto
usted a decir esta mañana- de que fue el señor Rato el que se lo
pidió a usted, no sé si antes o después de que salieran las
cuestiones que se han conocido respecto a créditos por parte del HSBC
a determinadas empresas en las que participan el señor Rato y su
entorno familiar -luego hablaremos sobre esta cuestión-, o cuando se
han conocido contratos públicos relacionados con empresas vinculadas
-no sé si ya propiedad, lo aclararemos
después- al señor Rato, como es Muinmo S.L. Es decir, parece
que han cambiado las circunstancias en poco tiempo.

Mi grupo parlamentario quiere hablar de las incompatibilidades con
usted porque es una cuestión política, no puramente reglamentaria; no
es solamente un informe sin aristas y sin interpretaciones de tipo
político o de cómo se está o no aplicando la ley. Estamos hablando de
cuestiones que afectan políticamente a algo tan importante como la
aplicación de la Ley de incompatibilidades de altos cargos del año
1995 y de la vulneración o no no sólo de los artículos sino del
espíritu de la ley. Quizá lleguemos a la conclusión de que lo que nos
separa a ustedes de nosotros es que el espíritu de la ley, la
interpretación exacta de lo que se pretende con la ley, posiblemente
ustedes lo ven de una forma totalmente distinta a la nuestra, lo cual
es verdaderamente preocupante.

El Ministerio de Administraciones Públicas tiene la competencia de
controlar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades, una
competencia de gran relevancia porque del buen cumplimiento de las
facultades que le otorga la legislación depende en parte la
credibilidad del Gobierno y la credibilidad de que su política tenga
como finalidad la consecución de los intereses generales; la
credibilidad de que las actuaciones de los ministros y de los altos
cargos de la Administración se ajusten a la legalidad y de que en
todo caso sus actuaciones públicas no sean interferidas por sus
intereses particulares, porque así se recoge en el espíritu de la
exposición de motivos de la ley, pero desde mi punto de vista no está
haciéndose así en la interpretación que se hace por el Ministerio de
Administraciones Públicas y por el Gobierno. Yo creo que el Gobierno
aplica la ley de manera bastante generosa en lo que respecta a los
intereses privados de altos cargos, forzando incluso la
interpretación en contra del espíritu que informa el sistema legal de
incompatibilidades; y lo hace entre otras razones porque tiene una
idea preconcebida de que este sistema legal de incompatibilidades es
demasiado rígido. Así lo han afirmado casi siempre desde que han
llegado al Gobierno, no solamente usted sino anteriores ministros de
Administraciones Públicas, leyendo sus diferentes intervenciones en
este Congreso. Dicen que es un sistema muy rígido, y como es un
sistema muy rígido hay que buscar, parece ser, un cierto resquicio
interpretativo porque todas las obras humanas no son perfectas. En
este sentido usted recordaba la comparecencia del 22 de mayo y cuando
se interpretaba que los altos cargos, junto con su cónyuge, no podían
tener más de un 10 por ciento del capital social en empresas
concesionarias o contratistas del sector público nos decía que esto
no se tiene que dar en la separación de bienes. Estamos hablando,
señor Posada, de que el sistema de reparto de las propiedades en el
entorno familiar es un elemento claramente discriminatoriopara una
interpretación u otra; es decir, ya no es sólo la



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filosofía sino la interpretación de la misma. Cuando estamos hablando
de la mezcla de intereses privados y públicos ¿no cree usted que lo
importante es el fondo de lo que se está interpretando, de lo que se
está analizando o juzgando, como para hacer esas interpretaciones tan
exculpatorias en los términos generales?
El informe que hemos conocido sorpresivamente a través de las
declaraciones del señor Rato en el Pleno, de cuya existencia no
sabíamos, era exculpatorio quizá porque no podía ser de otra forma
tal y como se está interpretando la filosofía general de la Ley de
incompatibilidades y su cumplimiento, quizás porque todos los pasos
que ustedes han dado son para quitar potencia fiscalizadora, entre
comillas, respecto al espíritu de la ley. Usted saca ahora de ese
informe la conclusión de que el ministro de Economía, señor Rato, no
es propietario de más de un 10 por ciento de una sociedad, en este
caso Muinmo, S.L., que contrata con las administraciones públicas, no
sé si directa o indirectamente; y ahora hablaremos del cumplimiento
de los artículos de la ley. El propio ministro de Economía en una
emisora dice textualmente: No, yo no soy accionista de Muinmo, yo soy
accionista de una sociedad que es propietaria de Muinmo, es una
empresa de la que soy propietario indirectamente, porque nosotros no
somos los propietarios directos, pero somos los propietarios de una
sociedad que a la vez tiene el cien por cien de las acciones y somos
los garantes. Es decir, el propio ministro de Economía está diciendo
que es propietario de forma indirecta de una sociedad que contrata
con la Administración pública. No lo digo yo, señor Posada, lo dice
el señor Rato en un programa de radio y tengo la transcripción
literal. El día 28 de noviembre, después de aquella tormentosa sesión
de control, dice en los pasillos del Congreso y lo recogen todos los
medios de comunicación: No soy propietario directamente sino a través
de alguna empresa, -dijo además- conocida. Luego el ministro está
diciendo que indirectamente es propietario de una sociedad que
contrata con la Administración, cuando el informe de Administraciones
Públicas dice que no tiene ninguna responsabilidad ni un 10 por
ciento superior en una sociedad que contrata con la Administración.

Señor Posada, usted ha hecho referencia a cuatro artículos de la Ley
de 1995. Yo también quiero trasladarle nuestra interpretación de tres
artículos de esa ley, concretamente los artículos 2.1, 2.2 y 6. El
artículo 2.1 dice que ningún alto cargo podrá compatibilizar su
actividad con el desempeño por sí, mediante sustitución o
apoderamiento de determinado tipo de actividades. ¿Están ustedes
seguros de que muchas de las posibles actividades vinculadas en una
serie de empresas -sobre las que luego le preguntaré- del entorno del
señor Rato, o propiedad directa o indirectamente del señor Rato, no
se están ejerciendo mediante otras personas de su plena y absoluta
confianza, defendiendo claramente los intereses particulares del
ministro de Economía
en su vertiente privada? ¿Cuál es la interpretación que dan al
artículo 2.1? De eso no nos ha hablado, señor Posada; nos ha hablado
de su interpretación de otra serie de artículos, no del 2.1. El
artículo 2.1 significa dejar colocadas en algunos sitios a personas
que le hacen el trabajo cuando aparentemente no se puede dedicar a
ello; pero eso, señor Posada, de acuerdo con la filosofía de la ley,
desde nuestro punto de vista tampoco es ni ético ni jurídicamente
posible o por lo menos válido, aunque para otros posiblemente sí.

Luego hablaremos de estas empresas. Respecto a la interpretación del
artículo 2.2 referido a tener o no junto con su cónyuge o sus
descendientes más de un 10 por ciento en empresas que tengan
conciertos o contratos, de forma directa o indirecta, el propio
ministro está diciendo que indirectamente es propietario de esa
sociedad. No lo digo yo, lo dice él, y ustedes hacen una
interpretación distinta de la nuestra. El artículo 6 es uno de los
fundamentales para el conocimiento de las declaraciones de bienes
patrimoniales que los altos cargos tienen que hacer. La
interpretación del artículo 6.1, letras c) y d), es que una persona
puede tener -y de hecho muchas veces lo tiene- una participación en
una sociedad que a su vez es propietaria de otras participaciones en
otras sociedades, a través de un efecto cascada, y que hay que
conocer y declarar las resultantes finales de a lo que se dedican las
matrices o las intermedias. En este mundo de los negocios y de las
actividades empresariales se puede empezar teniendo una participación
en una patrimonial, sea Rafi o sea otra, y al mismo tiempo tener por
derivación también en otras sociedades que a su vez son
participaciones y propiedades de otras. ¿En su informe han llegado
a conocer hasta el final las participaciones indirectas que se van
produciendo? Igual es esto lo que nos está diciendo el señor Rato en
las declaraciones en medios de comunicación cuando dice: Directamente
no soy propietario de Muinmo, S.L., sino indirectamente a través de
otras sociedades que a su vez son propietarias de ellas. Si vamos a
buscar quiénes son los accionistas de Muinmo u otras sociedades,
posiblemente no estén directamente las personas de las que estamos
hablando, pero a su vez hay otras sociedades y de ellas ¿quiénes son
los propietarios? ¿Ustedes han hecho esa investigación?



Le voy a hacer preguntas concretas respecto a la investigación o al
informe que han hecho. Para hacer una interpretación y una valoración
definitiva, quisiéramos conocer cuándo empezaron las actuaciones de
la Inspección sobre el cumplimiento o incumplimiento por el señor
Rato de la Ley de incompatibilidades. Nos ha dicho que fue por
iniciativa del propio ministro, pero ¿esto cuándo se produjo? Le dijo
a usted a través de una carta -nos lo ha comentado, no lo sabíamos-:
Investiguen si cumplo o no cumplo. ¿Anteriormente la Inspección había
realizado alguna actuación sobre el señor Rato? Es decir, antes de
este informe ¿la Inspecciónhabía realizado alguna actuación en
relación con



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el señor Rato? ¿Qué documentos presentó inicialmente el señor Rato a
la actuación inspectora del Ministerio de Administraciones Públicas?
¿Qué actuaciones ha realizado en concreto la Inspección? ¿De qué
registros o ficheros ha solicitado su ministerio información para
llegar a las conclusiones a que ha llegado? ¿Han solicitado
información también al Congreso de los Diputados para comprobar si
coincidían las declaraciones del señor Rato como ministro y como
diputado? La Comisión del Estatuto del Diputado está esperando,
todavía, me parece, por si el ministro quiere hacer alguna valoración
complementaria a la que ya tiene el Congreso de los Diputados. ¿Han
solicitado ustedes personalmente al ministro de Economía, señor Rato,
documentación adicional sobre la que tenían recogida o no en la
dirección general? Vuelvo a lo de antes, señor Posada. El ministro de
Economía reconoce ser propietario indirectamente de una sociedad que
contrata con las administraciones públicas, Muinmo, S.L. Quiero saber
si ustedes han llegado a conocer al final la participación del
entorno del señor Rato respecto a Muinmo, S.L. por si se ha incurrido
o no en las incompatibilidades, más concretamente en las del artículo
2.2. ¿Han cotejado, señor Posada, la declaración de actividades del
señor Rato con su declaración de bienes? El señor Rato puede ser
accionista de Rueda de Emisoras, S.L. y teóricamente debiera constar,
en función del artículo 6.1, que Muinmo es una sociedad participada
por Rueda de Emisoras, a no ser que la propiedad definitiva de
Muinmo, S.L. venga por vía de otras sociedades intermedias, y en este
sentido las personas del entorno más directo patrimonial y personal
del señor Rato, como su hermano o su cuñado, tienen cargos directivos
importantes en empresas donde anteriormente el señor Rato tuvo
participación y presencia física. A través de esta Inspección, de
este estudio ¿han llegado a conocer si efectivamente el señor Rato
tiene participación en Construcciones Riesgo, Aurosur, Viajes
Ibermar, Rueda de Emisoras, Edificaciones Padilla, Bética de
Información y otras que pueden ser las propietarias definitivas de
Muinmo, S.L. para podernos decir que efectivamente el señor Rato no
tiene ninguna participación directa ni indirecta superior al 10 por
ciento en Muinmo? Señor Posada, ¿cómo entienden ustedes en este
informe que si la interpretación única posible de la Ley 12/1995
prohíbe también la participación indirecta, siempre que se controle
más del 10 por ciento de la sociedad con contratos o conciertos con
la Administración, no afecta esta interpretación al señor Rato? ¿O es
que nos puede decir usted aquí -no sé si porque conoce sus
declaraciones- que el señor Rato no tiene directa ni indirectamente,
a través de participaciones directas o cruzadas, ninguna relación con
empresas -y en este caso la cito, Muinmo, S.L.- que contratan con las
administraciones públicas?
Señor Posada, aparte de conocer lo que nos ha dicho del informe, voy
a esperar sus respuestas, para emitir
un juicio definitivo en relación con este tema por parte de mi grupo
parlamentario, pero le adelanto que el juicio hacia el señor Rato -ya
lo hemos dicho en más de una ocasión- es negativo en lo que nosotros
entendemos que es el cumplimiento de la filosofía y de la Ley de
incompatibilidades de altos cargos, en la medida en que creemos que
se está vinculando la actividad política con la actividad del entorno
económico del señor Rato. Digo que vamos a esperar a sus
contestaciones porque si bien la interpretación que hacemos del señor
Rato es muy negativa, no quisiéramos que después de su segunda
intervención esta valoración negativa hacia el señor Rato tuviéramos
que trasladarla también a su comportamiento o al comportamiento del
Gobierno en el tema que nos ocupa sobre el Ministerio de
Administraciones Públicas, garante del cumplimiento no sólo de la ley
sino de su espíritu.

Señor ministro, quiero terminar, con sus últimas palabras, cuando ha
dicho que no cree que esta ley necesite retoques -lo dice también su
grupo- ahora que se está hablando de retoques de otras leyes y de
otros marcos importantes. Nosotros creemos que sí los necesita.

Estamos trabajando en una iniciativa política para que se pueda
materializar el cumplimiento exacto y estricto del espíritu de la ley
hacia una modificación, que quisiéramos consensuar políticamente con
los demás grupos parlamentarios, a través de una proposición no de
ley. Si esto no fuera así le adelanto, señor ministro, que mi grupo
parlamentario presentaría una proposición de ley para cambiar la Ley
del año 1995, con modificaciones permanentes por la mayoría
parlamentaria en esta legislatura tendentes -creemos- a eliminar
incluso los elementos que desde su punto de vista peor concitan el
equilibrio entre lo público y lo privado.




El señor PRESIDENTE: Abrimos ahora el turno de fijación de posiciones
de los grupos asistentes a la reunión de la Comisión. Tiene la
palabra, en primer lugar, don Josu Erkoreka, del Partido Nacionalista
Vasco.




El señor ERKOREKA GERVASIO: Señor ministro, es la tercera vez en la
presente legislatura, es más en el presente año, que comparece usted
ante esta Comisión para dar cuenta de algún aspecto relacionado con
el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de
los altos cargos de la Administración general del Estado. La primera
comparecencia tuvo lugar allá por el mes de febrero, en relación con
un informe emitido por la Inspección General de Servicios sobre la
situación del ministro Arias Cañete sobre el cumplimiento o no de la
norma de incompatibilidades, la Ley 12/1995. La segunda tuvo lugar
-se ha hecho referencia a ella en más de una ocasión a lo largo de
esta mañana- en el mes de mayo, en una comparecencia más amplia
celebrada a solicitud del Grupo Socialista y en la que entre otros
temas se le pedía que diera



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cuenta del estado en el que se encontraba la aplicación de la Ley 12/
1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades. Entre medias, en marzo de
2001, se intercaló otra comparecencia del secretario de Estado en la
que, al hilo del informe semestral que por obligación legal ha de
remitir el Gobierno a la Cámara sobre el nivel de cumplimiento de las
obligaciones derivadas de la citada ley, debatimos ampliamente sobre
la cuestión de las incompatibilidades de los miembros del Gobierno y
de los altos cargos de la Administración general del Estado. De lo
que se debatió en esas comparecencias y de las respuestas que el
Gobierno ha dado a una serie de preguntas que he formulado por
escrito durante los últimos meses en relación con esta materia,
nuestro grupo ha alcanzado varias conclusiones de las que quisiera
destacar fundamentalmente dos. La primera es que, como ya advirtiera
el diputado señor Del Burgo Tajadura durante la tramitación
parlamentaria de la ley -y no me negarán que el señor Del Burgo es un
auténtico experto en materia de incompatibilidades-, la ley acusa una
serie de deficiencias y lagunas tan graves que resulta imposible la
cabal consecución de los fines que dice perseguir. Señalaba el señor
Del Burgo en su intervención en el Pleno del Congreso de los
Diputados durante la tramitación de la Ley 12/1995 -y cito
literalmente-: Las posibilidades de corrupción son muchas y las de
ocultamiento también y por muchos controles, registros y
declaraciones que se establezcan, cuando hay una actividad irregular
hay una voluntad de encubrimiento y de ocultación, y a veces -y esto
es lo que quiero subrayar ahora- la ley no puede prever todo lo
necesario para que estas conductas puedan ser detectadas con
prontitud. A nuestro juicio, esto es exactamente lo que ocurre con
esta ley, que se queda corta y resulta insuficiente para dar
respuesta al problema de las incompatibilidades en un Gobierno como
el actual, integrado en buena parte por ministros que tienen
intereses económicos, personales y familiares directos, algunos de
ellos en las áreas de gestión que les han sido expresamente
encomendadas. Voy a poner un solo ejemplo, no de la existencia de
intereses económicos, personales o familiares de ministros sino de
deficiencias de la norma.

El artículo 2.2 de la Ley de incompatibilidades, al que he hecho
referencia en alguna de las comparecencias anteriores del ministro y
del secretario de Estado en relación con el tema de las
incompatibilidades, establece que quienes desempeñen un alto cargo
vienen obligados a inhibirse del conocimiento de los asuntos que
interesen a empresas o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o
administración hubieran tenido alguna parte ellos, su cónyuge o
persona de su familia dentro del segundo grado civil. La obligación
de inhibición está configurada en este precepto en términos bastante
amplios. Es decir, no solamente se produce la obligación del alto
cargo o del miembro del Gobierno de inhibirse cuando los asuntos de
los que se va a tratar
o en los que se va a intervenir afectan directamente a determinado
número de empresas, sino que basta con que interesen a esas empresas
para que se produzca la obligación de inhibirse. ¿A qué tipo de
empresas? No a empresas de su propiedad ni en las que tiene una
participación directa, sino a empresas en cuya dirección,
asesoramiento o administración hubieran tenido alguna parte -no una
intervención directa- su cónyuge o persona de su familia dentro del
segundo grado civil. Es decir, que la obligación de inhibirse está
configurada en este artículo de la ley en términos bastantes amplios;
difícilmente se puede ampliar más esta obligación de inhibirse. Hasta
ahí, por tanto, estamos hablando de una norma efectivamente rigurosa.

La ley dice, además, que la inhibición, cuando proceda, se producirá
por escrito para su adecuada expresión y constancia y se notificará
al superior inmediato del alto cargo u órgano que lo designó. A las
preguntas por escrito que he formulado al Gobierno en relación con el
modo en el que se aplica este precepto de la ley me han dicho que,
hoy por hoy, no existe un registro centralizado en el que se tome
cuenta de todos los supuestos de inhibición que se producen en el
seno del Gobierno, pero no me responden a lo nuclear porque, además
de si existe o no un registro, preguntaba lo siguiente: ¿Cuántos
casos de inhibición se han producido en los últimos cuatro años entre
los cargos del Gobierno y de la Administración general del Estado? Se
pide relación exhaustiva clasificada por ministerios. Esta es una
pregunta por escrito que formulé hace ya unos meses al Gobierno y que
continuaba de la siguiente forma: ¿Quiénes los han protagonizado y a
quiénes dirigieron la notificación escrita que exige la citada ley? A
esto me responden, sencillamente, que no hay un registro centralizado
y en relación con la pregunta concreta que planteo sobre el número de
casos de inhibición que se han producido no me dan absolutamente
ninguna respuesta. El hecho de que no haya un registro -que no está
expresamente previsto en la ley- no es óbice, impedimento ni
cortapisa inexpugnable para que la Administración general del Estado
conozca este dato, porque la ley dice que la inhibición se producirá
por escrito para su adecuada expresión y constancia y se notificará
al superior inmediato. Tiene que existir, por tanto, constancia tanto
del escrito a través del cual se produce la inhibición, porque ésta
necesariamente por prescripción legal tiene que producirse por
escrito, como de la notificación producida al superior jerárquico
porque, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley de régimen jurídico
de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo
común, las comunicaciones entre órganos administrativos deben
efectuarse por cualquier medio que asegure la constancia de su
recepción. Por tanto, tiene que existir doble constancia.

En la comparecencia que tuvo lugar con motivo del informe emitido por
la Inspección General de Servicios en relación con la situación del
ministro de Agricultura,



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allá por el mes de marzo, tuve ocasión de decirle -y reproduzco
literalmente palabras pronunciadas por mí en aquella Comisión y que
están recogidas en el «Diario de Sesiones» correspondiente- que la
intensa biografía empresarial del ministro Arias Cañete, que resulta
de la documentación que nos ha sido remitida por el ministerio, pone
de manifiesto que los supuestos de inhibición se pueden producir con
cierta frecuencia en relación con un ministerio que tiene mucho que
ver con empresas con las que él y su familia han tenido relación. Si
la política de nombramientos del Partido Popular -decía- va a seguir
en la línea de nombrar como ministros a gente que tiene, personal
o familiarmente, grandes implicaciones empresariales, creo que el
Partido Popular debería promover una modificación de este artículo
porque estas biografías empresariales tan intensas, al final, van a
inhabilitar a los ministros para decidir sobre la gran mayoría de las
cuestiones que tienen que ver con su área de responsabilidad. ¿Hace
falta que repita esto en relación con el vicepresidente segundo del
Gobierno? Creo que no y, además, me niego rotundamente a entrar en
los pormenores relativos a la biografía empresarial del señor Rato
porque, aunque es el motivo nuclear de la comparecencia, el problema
no está en la conducta que eventualmente pueda tener el señor Rato,
sino en el sistema legal establecido para garantizar las
incompatibilidades; es decir, el problema está en la raíz. Aunque
indagáramos en la situación personal del señor Rato, la situación
sigue siendo la misma y con el marco jurídico actual es imposible
saber si se ha inhibido o no en todos los casos en los que, con
arreglo a la ley, estaba obligado a hacerlo.

Además de la existencia en la ley de numerosos aspectos necesitados,
a nuestro juicio, de revisión, de reforma y de actualización, se ha
puesto también de manifiesto lo que también durante la tramitación
del proyecto de ley el diputado Manuel Núñez vaticinó en relación con
este tipo de situaciones. Escuchemos lo que decía el señor Núñez en
la Comisión correspondiente: Lo que este proyecto de ley no
garantiza, como ningún otro, señoras y señores diputados, es que una
vez aprobada la ley, promulgada y en vigor se cumpla. Aquí está la
madre del cordero -decía-; no basta la ley, hay que cumplirla y hay
que demostrar su eficacia. La experiencia de los últimos años está
poniendo de manifiesto que lo que decía el señor Núñez es verdad. La
madre del cordero, como efectiva y gráficamente anunciaba el señor
Núñez, está en asegurar que la ley se cumpla con eficacia y
desgraciadamente cada vez que nos aproximamos al grado de
cumplimiento de la ley descubrimos nuevas sorpresas. Descubrimos, por
ejemplo, que como las declaraciones efectuadas por los miembros del
Gobierno y por los altos cargos de la Administración general del
Estado no son objeto del más mínimo contraste por parte de la
Inspección General de Servicios, pese a que muchos de ellos declaran
que no desempeñan ninguna actividad privada, de hecho pueden
compartir sus funciones públicas con infinidad de responsabilidades
en sociedades privadas en calidad de consejero, de apoderado,
etcétera, mediante nombramientos efectivos -como tuvimos oportunidad
de comprobar en las anteriores comparecencias- hechos ante notario e
inscritos en el Registro Mercantil mediante asientos vigentes en el
momento de la consulta. En algunos casos -por ejemplo, en el del
ministro de Agricultura- el descubrimiento de este hecho permite
instar la cancelación de los asientos del Registro Mercantil que nos
dicen que eran falsos o incorrectos, con lo que descubrimos que la fe
pública registral del Registro Mercantil es una especie de falacia
y que el Registro Mercantil tiene menos credibilidad que la prensa
sensacionalista. En otros casos, como en el del señor Marhuenda, el
desconocimiento de este tipo de casos supone el cese de tapadillo del
alto cargo para que nadie pueda identificar informaciones publicadas
en algunos medios de comunicación como situaciones afectables a
alguien cuyo nombramiento como alto cargo está en vigor. Es más, en
el caso de Marhuenda encima le condecoran. Se produce un
incumplimiento flagrante de la normativa de incompatibilidades
y encima le ponen una condecoración civil al reconocimiento de no sé
qué valores. Parece ser que el incumplimiento de la normativa de
incompatibilidades debe ser motivo para el reconocimiento civil por
parte de los poderes públicos. Sin embargo, el problema al final
sigue siendo el mismo y seguimos sin saber cuántos altos cargos más
están en esta situación.

En la comparecencia del secretario de Estado, aquella del mes de
marzo, al hilo de cierta denuncia hecha en los medios de comunicación
por el fiscal anticorrupción, propuse en la Comisión la creación de
una subcomisión específica sobre esta materia con el fin de evaluar
la ley aprobada en el año 1995, que analizase sus preceptos, que
viera qué aspectos de los preceptos actualmente vigentes son
insuficientes para alcanzar los objetivos que se propone la ley, que
viéramos cómo se está aplicando, qué supuestos atiende
insuficientemente y qué supuestos no prevé y que, según la evaluación
que hiciéramos en el seno de esa subcomisión, abordáramos las
medidas, en su caso incluso normativas, que fueran necesarias para
corregir la situación. La propuesta cayó en saco roto, fue aceptada
en una comparecencia posterior por el Grupo Socialista que avaló la
idea, pero ni el Grupo Popular ni el Gobierno retomó la propuesta.

Insisto en reiterar la propuesta del señor ministro, antes de que el
sistema se pudra definitivamente y acaben con la credibilidad de la
clase política.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra don Antero Ruiz.




El señor RUIZ LÓPEZ (don Antero): Señor ministro, gracias, por su
comparecencia hoy aquí, comparecencia



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que no estaba prevista. Aprovecho para formular una protesta enérgica
desde mi grupo parlamentario por las diferentes formas de celebrar
las comparecencias e iniciativas, porque pensamos que para un buen
funcionamiento y operatividad deberían realizarse de otra forma. Nos
encontramos aquí hoy discutiendo un informe del director general de
la Inspección que esta Comisión no conocía, lo conoce en estos
momentos en que usted acaba de plantearlo y nos va a permitir usted
que no nos pronunciemos sobre dicho informe hasta que no lo tengamos,
lo estudiemos de forma detallada y pueda haber un pronunciamiento con
rigor. Mientras tanto creemos que no es la mejor forma -si de lo que
se trata aquí hoy es cubrir el expediente o salvar la cara
definitivamente del ministro de Economía, señor Rato, y posiblemente
se hayan elegido las fechas navideñas y entre villancico y
villancico, a ver si somos capacer de zanjar un tema como este que,
efectivamente, molesta y molesta mucho al Gobierno- y para nuestro
grupo, después de las explicaciones que usted nos ha dado aquí hoy,
este tema no va quedar zanjado. Los hechos son los que son, señor
ministro. Yo se los voy a formular aquí para que vea que van a seguir
pesando las dudas y sospechas que sobre el señor ministro recaen en
estos momentos por actividades empresariales que nosotros seguimos
pensando que son incompatibles con el cargo y la función que
desempeña. En ese sentido y en primer lugar hechos como el de que
familiares del diputado y ministro, señor Rato Figaredo, ocupen
puestos de responsabilidad en empresas públicas o públicas
privatizadas con posterioridad a la toma de posesión del citado
diputado y ministro, en cuya privatización ha podido intervenir
directa o indirectamente, siguen sin esclarecerse. En segundo lugar,
la banca privada ha concedido importantes y notables créditos a
empresas vinculadas a la familia del diputado señor Rato Figaredo, a
pesar de que éstas estaban presuntamente en una situación económica
que en condiciones normales habían impedido suscribir tales
operaciones de crédito en el mercado privado bancario. Y, en tercer
lugar, que determinado banco -en este caso Banesto- ha adquirido
empresas propiedad de la familia del diputado y ministro, señor Rato
Figaredo, a pesar de que éstas ofrecían un atractivo de mercado casi
nulo en virtud de su muy mala situación económica. Pues bien, señor
ministro, estas dudas -repito-, su comparecencia de hoy aquí y ese
informe que no hemos tenido posibilidad de estudiar detenidamente, no
despejan -en opinión de nuestro grupo-, como he dicho anteriormente,
la situación que, sobre el ministro de Economía, señor Rato, sigue
recayendo.

En cuanto a la Ley de incompatibilidades, yo tenía subrayados los
mismos artículos que usted ha mencionado y que han citado también los
portavoces de los grupos que me han precedido en el uso de la
palabra, y para nosotros sigue habiendo grandes lagunas en esta Ley
de incompatibilidades, que no se despejan en estos
casos. Le pregunto concretamente en relación con el artículo 2,
cuando dice que los altos cargos comprendidos en el ámbito de
aplicación de la ley ejercerán sus funciones con dedicación
exclusiva, absoluta, dice el artículo. ¿Usted cree realmente que el
ministro señor Rato tiene esa dedicación exclusiva con la actividad
que debe reportar que vigile y lleve bien determinadas actividades?
Nosotros creemos que no. No obstante, nos gustaría escucharle a
usted. Respecto al apartado 3, usted ha dicho que el señor ministro
se ha inhibido cinco veces pero, ¿cuántas veces ha dejado de
inhibirse? Ese tema también está ahí.

Finalmente -por no hacer esta intervención repetitiva sobre las dudas
que existen y sobre lo que ya se ha dicho, porque no es la primera
vez que se plantea, ni mucho menos, y tengo la impresión de que hoy
aquí no vamos a sacar absolutamente nada que no supiéramos ya-, me
voy a referir a la declaración de actividades. Señor ministro, la
declaración de bienes que tiene presentada el señor ministro de
Economía no tiene nada que ver con la realidad, no concuerda. Aquí ya
se ha formulado esta cuestión y se ha cotejado esa declaración de
bienes, pero si no concuerda, ¿por qué no se hace una nueva
declaración como bien dice la ley, puesto que durante el período de
mandato si surge alguna modificación en los bienes de cualquier
diputado, hay que hacer una nueva declaración para especificar esa
nueva situación? ¿Por qué no se hace eso, señor ministro? Termino
como empecé diciendo que no me parece la forma más adecuada de hacer
este tipo de comparecencias y creemos que es poco riguroso debatir
aquí un informe incompleto, cuando ya tenemos el precedente de algún
otro informe que se ha hecho, y me estoy refiriendo al informe sobre
el señor Ramallo, pero cuya intepretación me ahorro.




El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), tiene la palabra don Jordi Jané.




El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, señorías, en primer lugar,
en nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
quiero agradecer al señor ministro de Administraciones Públicas su
comparecencia de hoy, y mi grupo coincide en que adolece de algún
defecto formal porque se citó que existía un informe sobre la
situación concreta del vicepresidente segundo del Gobierno y ministro
de Economía, señor Rato, informe que no conocemos en detalle pero del
que usted ha expuesto hoy las líneas generales.

Señor ministro, de las intervenciones que me han precedido se pone en
evidencia un hecho que no es positivo porque de alguna forma se rompe
el consenso sobre cómo debemos interpretar una ley que surgió del
consenso. La ley 12/1995, de incompatibilidades, surgió tras un
proceso por la necesidad de regular nuevamente las
incompatibilidades, y lo hizo con un consenso



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que me atrevería a afirmar de alto. Esa ley es un instrumento que
debe permanecer, o debe modificarse si los grupos lo creen necesario,
pero deberíamos tener un texto sobre incompatibilidades que fuera
aceptado por todos y que se aplicara a todos por igual gobierne quien
gobierne. Es un texto que se aplica a los altos cargos, a los
miembros del Gobierno, hoy expone usted la aplicación precisa a un
compañero de su gabinete, al ministro de Economía y vicepresidente
segundo, y sería positivo que estuviéramos de acuerdo en la
interpretación que se le dé. Por eso se quiso que la Inspección de
Servicios fuera lo más independiente posible a pesar de la
adscripción que tiene a su ministerio. Sin embargo, la comparecencia
de hoy abre dudas sobre la forma en que cada uno puede interpretar la
Ley de incompatibilidades, y puede pasar lo mismo en el Reglamento de
esta Cámara del Congreso de los Diputados, que también nos exige a
todos, como decía el portavoz de Izquierda Unida con la misma frase,
la dedicación absoluta al desempeño de nuestra función parlamentaria.

Debemos ponernos de acuerdo sobre la forma en que se interpreta la
ley, que esa forma sea conocida, sea debatida como lo hacemos hoy en
esta comparecencia, sea aceptada por todos y sea una regla que a
todos afecte por igual. Por tanto, debemos recomponer el consenso que
dio lugar a la aprobación de la ley.

Destacaré a continuación tres aspectos o principios nucleares de esta
ley que deben ser pilares de la misma. Primero, la dedicación
absoluta de cualquier alto cargo al desempeño de ese alto cargo.

Segundo, la compatibilidad que la propia ley reconoce expresamente
con actividades privadas siempre que sea la mera administración del
patrimonio personal o familiar. Tercero, hay un punto, el artículo
2.2, que es tajante y resolutivo y debemos buscar una interpretación
consensuada acerca de su interpretación porque el mismo afirma que
los titulares de altos cargos no podrá tener por sí o junto con su
cónyuge e hijos dependientes y personas tuteladas participaciones
superiores a un 10 por ciento en empresas que tengan conciertos o
contratos de cualquier naturaleza con el sector público estatal,
autonómico o local. Este es un precepto que está en la ley y debemos
ponernos de acuerdo en qué forma se interpreta. No es positivo que de
alguna manera pueda abrirse a interpretaciones diversas según quién
sea la persona sometida al control de la inspección. Por tanto, señor
ministro, es positivo que hoy esté aquí como máximo cargo de su
ministerio para exponernos de qué forma se cumple esta Ley de
incompatibilidades. Mi grupo le reclama el máximo consenso en la
interpretación de sus preceptos; evidentemente, no le corresponde
interpretarlos al señor ministro, sino a la Inspección de Servicios
para que nos dé un criterio unívoco, un criterio que pueda ser
debatido y un criterio que pueda ser sobre todo consensuado para que
al final, cuando se aplique el peso
de la ley a todos los que a ella están sometidos, tenga esa
interpretación unívoca; interpretación unívoca que también entiendo,
señor presidente, y con esto termino, que deberíamos tener todos los
diputados en el ejercicio de nuestras funciones parlamentarias porque
cuando se nos aplican las incompatibilidades, cuando la Comisión del
Estatuto del Diputado analiza una a una nuestra declaración de
actividades y realiza las declaraciones de compatibilidad o
incompatibilidad, también debería haber ese criterio unívoco para
todos.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra don Rafael Merino, en nombre
del Grupo Parlamentario Popular.




El señor MERINO LÓPEZ: Señor presidente, sean las primeras palabras
del Grupo Popular para agradecer al señor ministro su presencia hoy
aquí y lo hacemos por una doble cuestión. En primer lugar, por el
hecho de estar aquí como respuesta a una petición del Grupo
Parlamentario Socialista, que critica la presencia del señor ministro
cuando éste decía que quien tenía delegadas las funciones para hablar
de incompatibilidades es el secretario de Estado (El señor Martínez
Sanjuán: No he dicho eso.), si bien ante la insistencia del Grupo
Parlamentario Socialista solicitando su presencia usted ha tenido a
bien estar hoy aquí en esta Comisión y, en segundo lugar, por lo
aclaratorio del contenido de su explicación. Del debate que estamos
teniendo en la Comisión vemos que se está desarrollando más que en
los propios términos del informe relativo a las actividades del
vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía, señor
Rato, sobre la Ley de incompatibilidades y su interpretación. Hay una
diferencia importante entre el Grupo Popular y el Grupo Parlamentario
Socialista y es que nosotros damos validez a la independencia y
autonomía de gestión que tiene la Dirección General de Inspección,
adscrita al Ministerio de Administraciones Públicas, y parece que el
Grupo Parlamentario Socialista no. No es la primera vez, hay que
recordar otra comparecencia anterior donde más o menos se dijo por el
portavoz socialista que por el propio ministro o por miembros del
Gobierno se teledirigía la actuación de la Inspección. Nosotros no
dudamos de la actuación independiente de ésta. Hay un error de base
por parte del Grupo Parlamentario Socialista que es reiterado y es
que no es el Gobierno el que interpreta sino la Dirección General de
la Inspección la que actúa y la que interpreta la norma que afecta a
la Ley de incompatibilidades 12/1995. Cuestión distinta es que al
Grupo Parlamentario Socialista le guste o no el resultado de esa
actuación de la Inspección, que nada tiene que ver con el trabajo que
en la misma se desarrolla, como ha dicho el señor ministro, con
absoluta independencia y con absoluta objetividad pues es la norma
básica que debe regir las actuaciones de la Inspección y de la
dirección general.




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El resultado del informe viene a decir que en el caso que nos ocupa
el vicepresidente señor Rato cumple la ley y está dentro de ella.

Creo que ese dato no debe ser discutido por ninguno de los que aquí
estamos puesto que si no lo que habría que cuestionar en esta
Comisión es si debe existir la dirección general y si debe llevar a
cabo o no esos informes y esos trabajos o qué órgano sería el
competente o el que diera satisfacción a todos los grupos políticos
para llevar a cabo este tipo de informes. El debate ha venido a
demostrar, en primer lugar, la transparencia del señor Rato, que fue
el que solicitó que se llevara a cabo el informe; que las actividades
del señor Rato han quedado perfectamente claras a raíz de lo que el
señor ministro nos ha dicho respecto del informe que se ha llevado a
cabo, y es más, nos ha dicho que en algunos casos el señor Rato se ha
inhibido. Por tanto, la actuación del señor Rato ha sido exquisita en
cuanto a su trato y exquisita en cuanto al cumplimiento de las normas
aplicables. Todo lo demás que se quiera sortear basándose en este
informe pretende desvirtuar la realidad de un trabajo serio,
independiente y profesional, como el que han llevado a cabo los
miembros de la Dirección General de la Inspección. Ni el ministro de
Administraciones Públicas ni el Gobierno fijan los criterios de
interpretación ni hay criterios de interpretación que seguir. La ley
es la que es y lo que hace la dirección general es comprobar si se
cumple la norma o no, como bien ha dicho el señor ministro y por los
informes semestrales que se realizan, existe una práctica totalidad
de cumplimiento de la normativa que se elabora.

Esta es una norma que nace antes de que el Partido Popular acceda al
Gobierno de la nación, una norma que desde nuestro punto de vista
está funcionando bien y, si los grupos parlamentarios piensan que
existen lagunas y vacíos legales, lo que deben hacer es plantear
iniciativas legislativas que conduzcan a mejorarla, ya que la mejora
de toda ley es presumible. Ahora bien, lo que desde luego viene a
significar es que los altos cargos del Gobierno del Partido Popular
están cumpliendo escrupulosamente con la ley, a pesar de que se
quiera demostrar lo contrario. No cabe decir que los informes valen o
no según sean sus resultados. Si el informe dice de forma tajante que
se está cumpliendo escrupulosamente con la ley, todos los grupos
parlamentarios debemos admitir la existencia de dicho cumplimiento,
porque no se están poniendo en tela de juicio las actividades de la
persona implicada en cada caso, sino a la Dirección General de
Inspección, que es la que lleva a cabo el trabajo, y resulta que cada
vez que dicha dirección general presenta un informe se cuestiona su
trabajo y el resultado del mismo, cosa que nosotros creemos que no es
buena. Como aquí se ha hablado de consenso, el mayor acuerdo al que
se podría llegar en esta Cámara es el de dar validez a los informes
que emite la Dirección General de Inspección, ya que, si partimos de
ese principio, los resultados finales podrán
ser otros muy distintos de los que se plantean en las diferentes
intervenciones. Así pues, desde el Grupo Popular proponemos que
exista el consenso en la independencia, en la rigurosidad y en el
trabajo serio y objetivo que los miembros de la Dirección General de
Inspección están llevando a cabo, puesto que eso nos permitirá
despejar muchas de las dudas que hoy se han planteado aquí. Si los
grupos políticos consideran necesario mejorar la ley, cabe todo tipo
de iniciativas legislativas para estudiarlas y ver si son
convenientes o no. Ahora, a raíz de la comparecencia del señor
ministro ha quedado absolutamente claro que el señor Rato, como
consecuencia de una iniciativa personal que ha provocado el informe,
cumple con la ley, no cupiendo otra interpretación que no sea esa, y
que el trabajo de la Dirección General de Inspección se ha
desarrollado con la objetividad, la imparcialidad y la independencia
propia de un órgano que tiene que realizar estos informes. Por tanto,
pedimos que se respeten los trabajos que desarrolla esta dirección
general y los resultados derivados de los mismos. Si el señor
ministro tuviera a bien explicarnos algo más del contenido del
informe que ha emitido la dirección general, mi grupo parlamentario
se lo agradecería enormemente, ya que podría aclarar definitivamente
la situación.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor ministro.




El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Posada Moreno): En
primer lugar, para que quede claro, quisiera establecer el proceso de
mi comparecencia de hoy y comentar qué es lo que yo vengo a explicar
aquí. Mi comparecencia, pedida como ministro de Administraciones
Públicas, es para explicar el informe -las motivaciones y lo que le
rodea- que a mí me eleva la Dirección General de Inspección sobre si
la situación del vicepresidente segundo del Gobierno es correcta o
no. Quiero insistir en ello, porque los que me conocen saben cómo me
he comportado siempre. Yo tengo unas responsabilidades como ministro
y las voy a llevar a cabo, así como el director general tiene unas
responsabilidades como tal y también las debe llevar a cabo. Cuando
el 15 de octubre -creía que había dicho la fecha, pero en cualquier
caso la digo ahora- el vicepresidente segundo me dirige esta carta,
él es consciente de que yo voy a responderle a la misma con lo que me
diga el director general y no por lo que opine yo, entre otras cosas
porque no conozco ni debo conocer la declaración de bienes del señor
Rato; el director, el subdirector y la subdirectora tienen ese
cometido. Así pues, yo contesté con esa conclusión y hubiera
contestado con la que me hubiera dado el director general fuera la
que fuese. Quiero que esto quede claro. Por tanto, cuando se me dice
que rehuyo hablar de incompatibilidades y que de pronto muestro
interés en hacerlo, tengo que rechazarlo. Mi última comparecencia
aquí



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fue con motivo de dos temas importantes: la Ley de cooperación y la
situación de las negociaciones en la mesa de la Función pública, y
prueba de ello es que aquella comparecencia duró cuatro horas. En
cuanto al informe que cada seis meses se elabora y que explica la
persona que el Gobierno considera conveniente, a mí me pareció
oportuno que lo hiciese el secretario de Estado y eso es lo que yo
mantuve. Sin embargo, siempre que se ha tratado de un caso de cierta
trascendencia social, como puede ser el actual o el del señor Arias
Cañete o cuando hubo que dar la razón a un grupo de la oposición, que
la tenía, cuando señaló cómo se había actuado en un determinado caso,
algo que todos recordarán, se ha actuado en consecuencia. Por tanto,
yo no he rehuido nunca hablar de temas de incompatibilidades,
simplemente creo que debo hacerlo en aquellos casos importantes que
conllevan la presencia de un ministro. Cuando se elabora un informe
cada seis meses, indudablemente su presentación le corresponde al
secretario de Estado. Si hubiera que tratar, y luego hablaré de ello,
de las posibilidades de modificación de una ley o de algo similar,
lógicamente yo comparecería para dar mi opinión acerca de ello. Así
pues, vuelvo a insistir en la importancia que tiene, porque creo que
la tiene, esa dirección general, así como las personas que llevan a
cabo esa labor.

En cuanto a mi relación con el director general, tengo que decir que
yo no tenía ninguna. Fue nombrado en 1996 y su currículum profesional
como funcionario es perfecto, pero es que los funcionarios, los
subdirectores, los inspectores, los que llevan a cabo la labor de
investigación, la labor pública dentro de la dirección general de
investigar cada uno de los puntos que aquí se han dicho son
exactamente los mismos que están desde que se puso en funcionamiento
la ley. Por tanto, los criterios que se aplican son los mismos que se
vienen aplicando desde el año 1995, cuando la ley se aprobó, unos
criterios profesionales nacidos de una visión que ellos tienen y que
les parece que se deriva de la ley y de su espíritu, así como también
de las discusiones que aquí hubo sobre la misma. Recordaba el señor
Erkoreka que decía don Manuel Núñez que la madre del cordero está en
que se cumpla la ley. Naturalmente, ese es el punto clave, pero
también debo decir aquí que Izquierda Unida hizo una propuesta para
que en esas declaraciones y en esos intereses se llegara hasta el
cuarto grado y fue el portavoz del Grupo Socialista el que dijo que
eso sería exagerado, que conduciría a perjudicar a la propia ley y
que exactamente debía ser el alto cargo, el cónyuge si
voluntariamente quiere declararlo y los hijos pequeños dependientes.

Todo esto ya se discutió entonces y es bueno que el Grupo Socialista
recupere lo que entonces se dijo. Probablemente también sea bueno que
nosotros veamos lo que dijimos entonces, porque estas cosas unas
veces van en una dirección y otras veces van en otra. Es importante
que todos tengamos una visión global, que es la que se está
aplicando en la dirección general. Por eso, al señor Martínez
Sanjuán, que me pregunta cómo fue aquello y qué es lo que se sabe, le
voy a decir lo que ellos han hecho, no lo que yo he hecho. Cuando se
produce esta petición del señor Rato, se investigan inmediatamente
los registros, cosa que se hace siempre que se inicia cualquier
investigación en esa dirección general. Ellos pidieron al señor Rato
información complementaria hasta que les pareció suficiente para
conocer todo lo que tenían que saber en su momento.

Debo decir que el señor Rato viene presentando desde el año 1982 una
declaración en la Comisión del Estatuto, sin tener nunca la más
mínima dificultad, y supongo que la que presenta en el Congreso de
los Diputados es muy similar -porque la mía desde luego lo es-, por
no decir idéntica, a la que presenta como alto cargo. Quizás la
propia Comisión del Estatuto tenga la posibilidad de ver cuál ha sido
el funcionamiento, como tal diputado, porque la Inspección no puede
utilizar los datos que ha presentado el señor Rato en el Congreso de
los Diputados. Son situaciones completamente distintas. Ahí se
establece la diferencia -y contesto un poco al señor Antero- entre
actividades y bienes. Quizás me escapo -porque esta es una opinión
política- del informe que me da la dirección, pero estoy convencido
de que el señor Rato, desde que fue nombrado vicepresidente segundo
en el año 1996, ha tenido una dedicación absoluta y total, además de
absorbente, a los temas de carácter general, a los temas políticos, a
los temas de su Ministerio, y no ha tenido actividad en sus empresas
privadas. Sin embargo, ha tenido -y está en sus declaraciones de
bienes- unos bienes en un caso, otros en otros, según ha podido
proceder a lo largo del tiempo en el cambio de esa cartera que él
siempre ha declarado. Pero él no sabía lo que ocurría mientras tanto
en esas empresas, ni ha intervenido en ello -señalar esto es
políticamente muy importante-, y probablemente por no intervenir, los
resultados económicos no han sido muy buenos. Pero ese no es su caso,
y no se puede decir que sus hermanos, sus cuñados y las personas que
antes trabajaban con él son apoderados que están trabajando en
función de lo que él les dice, porque eso no es así. Esa era la
pretensión que se tenía cuando se hablaba de la Ley de
incompatibilidades, y quedó claro que no era así. Él se ha
desentendido de la actividad, por eso queda muy claro que su
actividad cumple perfectamente la ley. El punto clave -lo reconozco-
es la relación entre la posesión directa de una sociedad y su
participación indirecta. Este es un tema jurídico de relevancia,
respecto al que puedo asegurar que lo que se está aplicando por la
dirección general es idéntico a lo que se ha aplicado siempre y a lo
que se aplica en la Ley de incompatibilidades de los funcionarios;
esa interpretación es idéntica.

Si el presidente me lo permite, dado el carácter de este tema, voy a
proceder a leer textualmente el informe



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que me ha mandado la dirección general, porque además es corto. Luego
lo haré llegar por el conducto adecuado, a través del presidente, a
los grupos, porque no me parece que deba repartirlo ahora. Ahí podrán
comprobar que hay una reproducción textual de lo que voy a leer: Con
fecha 15 de octubre, se ha recibido en este Ministerio, dirigido al
titular del mismo, carta del vicepresidente segundo del Gobierno y
ministro de Economía, señor don Rodrigo de Rato y Figaredo, por la
que se solicita aclaración acerca de si su titularidad de parte del
capital social de una empresa, que a su vez es titular de otras
participaciones societarias, precisa algún tipo de consideración
respecto a su compatibilidad con lo previsto en la Ley 12/1995, de 11
de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la
nación y los altos cargos de la Administración general del Estado.

Por ello, a la vista del escrito y de la documentación adicional que
a estos efectos acompañó, se informa lo siguiente: El artículo 2.2,
de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades, etcétera,
prohíbe a los titulares de estos puestos el tener por sí o junto con
su cónyuge e hijos dependientes y personas tuteladas participaciones
superiores al 10 por ciento en empresas que tengan conciertos o
contratos de cualquier naturaleza con el sector público estatal,
autonómico o local. A la vista de la situación patrimonial reflejada
en la documentación que obra en esta dirección general, se distinguen
dos situaciones distintas en el presente caso: una de ellas, en
sociedades entre las que se verifica en la documentación que se
acompaña que alguna ha contratado con alguna administración pública
-en este caso, el montante de la participación no supera el
porcentaje del 10 por ciento previsto en la Ley 12/1991, por lo que
no hay que formular ninguna objeción legal a la misma- y otra segunda
situación en la que hay una participación superior a este porcentaje
en sociedades que, no habiendo sido adjudicatarias de ninguna
contratación, participan a su vez en sociedades que sí han contratado
con el sector público. En relación con esta última, esto es, la
titularidad de un porcentaje superior al 10 por ciento en sociedades
que a su vez participan en otras sociedades contratistas del sector
público, es en la que se va a centrar el análisis de la petición.

Hay que señalar, en primer lugar, que lo que el artículo 2.2, de la
Ley 12/1995, prohíbe literalmente es que el alto cargo tenga una
participación directa en las empresas que contraten con el sector
público. Por consiguiente, una interpretación extra legem, que
extendiera dicha limitación a las empresas en las que el alto cargo
participa en segundo grado, sería cuestionable jurídicamente, dado
que la Ley de incompatibilidades, como norma limitativa de derechos,
sólo puede ser interpretada restrictivamente. En segundo lugar, hay
que señalar que del análisis de las normas que configuran el
ordenamiento jurídico se observa que, siempre que el legislador ha
querido referirse a las sociedades
participadas indirectamente, lo ha hecho de forma expresa, cerrando
por ello toda posibilidad de interpretaciones más amplias. Es más,
este es el criterio que esta dirección general viene aplicando al
exigir el cumplimiento del artículo 12.1, de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
administraciones públicas, cuya regulación es sustancialmente
idéntica. Por otra parte, desde la perspectiva de las organizaciones
societarias y de la legislación mercantil, no es posible vincular o
condicionar la actividad contractual de una sociedad que tiene su
propia personalidad jurídica, su propio patrimonio y su propio objeto
social, por la de las sociedades que forman parte de su capital
social, a salvo por supuesto de las garantías que se establezcan para
proteger a los acreedores y trabajadores de las mismas y sin que
exista una evidente posición de dominio o control. Con mayor motivo
por tanto tampoco puede vincularse o condicionarse por el mero hecho
de que un alto cargo participe en ella indirectamente y en las mismas
circunstancias. En tal sentido, dado que la mera participación de un
alto cargo en una sociedad que a su vez participa en otra no tiene
por qué influir en la capacidad de actuación de esta segunda por no
contar con el poder de dirección necesario, es por lo que el artículo
2.2, de la Ley 12/1995, así como el 12.1, de la Ley 53/1984, no
prohíbe de manera expresa la participación indirecta en sociedades
contratistas del sector público. Es más, precisamente por ese motivo
es por lo que, en la normativa reguladora del impuesto sobre la renta
de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio, en ningún
momento se prevé que el sujeto pasivo tenga que incluir en su
declaración las participaciones societarias de las que sean titulares
las sociedades en las que este participe. Ello supone en consecuencia
que la participación de las sociedades intermedias no pueden ser
imputadas al declarante.

Por otra parte, la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades,
etcétera, tan sólo contiene una referencia a las sociedades
participadas en el artículo 6, relativo a la declaración de bienes y
derechos que deben formular los altos cargos en el Registro, en cuyo
apartado 1, al señalar que deben incluirse en la declaración
patrimonial, señala en su letra c), las participaciones societarias,
y la letra e), las sociedades participadas por las que sean objeto de
declaración, según el apartado c), con señalamiento de sus respectos
objetos sociales. Dicho precepto establece claramente por tanto
distintas categorías, a las que además ubica, por razones de técnica
legislativa, en apartados distintos. Así, mientras que en el apartado
c) el factor diferenciador decisivo es el montante de sus
participaciones societarias directas, en el apartado e) lo es el
objeto social de las sociedades participadas por las anteriores. Es
decir, que lo relevante no es el porcentaje de las acciones que
posea, sino reflejar los posibles intereses que en su caso vinculen a
la sociedad con las actividades del alto



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cargo. Y así se desprende también de la previsión contenida en la
letra d) de ese mismo artículo, al establecer la inclusión de la
declaración patrimonial del objeto social de las sociedades de
cualquier clase que tengan intereses, todo lo cual resulta evidente
no sólo por las razones jurídicas expuestas, sino también desde el
punto de vista sistemático por cuanto que el artículo 6.1 de la ley,
al señalar los extremos que deben recogerse en la declaración, lo
hace en consonancia con las limitaciones y obligaciones impuestas a
los altos cargos en los apartados 2 y 3 del artículo 2 de la misma,
es decir, no tener participaciones superiores al 10 por ciento en
empresas que contraten con la Administración e inhibirse o abstenerse
en el conocimiento de asuntos en los que tenga algún tipo de interés.

En conclusión, el artículo 6 lo que pretende detectar con los
extremos exigidos en los apartados d) y e) no es tanto el porcentaje
que tengan sino los intereses que puedan tener en ellas y de lo que
pueda surgir una vulneración no del artículo 2.2 de la Ley sino del
apartado 3 del mismo que exige al alto cargo que se inhiba del
conocimiento de determinados asuntos en los que tenga algún tipo de
interés.

Por todo lo anterior -esto es lo que yo trasladé al vicepresidente
segundo- esta dirección general informa, en contestación a la carta
de 15 de octubre pasado, que no hay ninguna observación que formular
referente a la situación patrimonial de conformidad con lo previsto
en la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de miembros
del Gobierno de la nación y de los altos cargos de la Administración
general del Estado. Este es el informe. Vuelvo a insistir que sobre
la base de ese informe yo hago la comunicación al vicepresidente
segundo.

Ahora quiero contemplar algunas cosas de carácter más general, no ya
referidas al vicepresidente, que se han dicho por otros grupos. Yo
respeto las opiniones que se mantienen que esta ley no es suficiente
para establecer con claridad las incompatibilidades de los altos
cargos. Las respeto pero no las comparto. No las comparto, porque es
obvio que cuando esta ley se elabora en el año 1995 todos recordamos
lo que ocurría. Y es obvio también, se ve en el «Diario de Sesiones»,
cuál es la posición de los partidos de la oposición, incluido en este
caso el Partido Popular. La situación a lo que llevaba precisamente
es a hacer una ley en que se previeran todas las posibilidades como
reacción a unas situaciones que verdaderamente no debían haberse
producido. Yo creo que la ley en ese aspecto llega hasta el punto que
debe llegar. Yo no voy a decir, lo digo sinceramente, que sea
excesiva o no sé cómo decía que se había dicho en algún momento por
el propio ministro. Yo no he dicho eso, no me lo parece y desde luego
no opino eso. Sí estoy convencido, y lo digo claramente, de que
cuando una ley se hace es para cumplirla. Que yo diga -que creo que
no lo he dicho- que es demasiado
rígida sería una opinión irrelevante. Lo importante es que la
ley es la que es y hay que cumplirla.

A mí -lo digo con toda sinceridad- me parecen interesantes las
propuestas que hace el señor Jané, me parecen interesantes. Él dice
que ese consenso que teníamos sobre esta ley se ha roto. Eso podemos
estudiarlo. Yo sí quiero insistir en lo que he dicho antes, el
consenso puede que sea la idea digamos teórica que se tenía justo
cuando se aprobó la ley. En su aplicación no ha habido la más mínima
modificación. Se están aplicando los mismos criterios que se
aplicaron desde el primer día. Además, esa es la encomienda que
tiene, como ministro, la dirección general, que se siga aplicando
como se ha aplicado siempre, para que todo el mundo conozca cuál es
el sentido de la aplicación y que no pueda haber cambios que a nadie
le sorprendan o le parezcan que son dirigidos a castigar una
determinada conducta política. Ahora bien, se puede hablar sobre ello
y se puede hablar, por ejemplo, sobre el tema de la dedicación
absoluta. Yo sigo creyendo que la dedicación en este caso, me reitero
en ello, del vicepresidente ha sido absoluta, en la compatibilidad
con la administración, sólo con la administración, del patrimonio.

Incluso podemos ver más a fondo temas como qué ocurre con las
personas que tienen una serie de intereses, mayores o menores. Esto
que planteaba el señor Erkoreka. ¿Una persona con unos determinados
intereses queda invalidada para ser ministro, alto cargo o secretario
de Estado? Algo que normalmente puede tener relación con sus empresas
o con su vida porque, normalmente, en general, se es alto cargo de
algo que se conoce. ¿Qué interpretación debemos hacer? Yo vuelvo
a insistir en que la interpretación que se hace del artículo 2.2 quizás
sea elemento clave de esta comparecencia. Es lo que ha hecho la
dirección general, es lo que yo he trasladado y es la misma que
estamos haciendo desde el año 1995? ¿Habría que hacer otra
interpretación? Yo no lo creo, pero si se considera eso habría que
avisar para que todo el que es alto cargo y todos los funcionarios
sepan lo que esta interpretación supone. Porque esto tiene unas
repercusiones enormes en personas que indudablemente pueden tener una
intervención indirecta en algunas cosas, pero su actividad con
respecto a esa actuación, a ese contrato, es nula porque no pueden
tener ninguna influencia de ningún tipo, ni lo han hecho jamas. Puede
ocurrir que entonces interpretemos que eso hay que retirarlo. A mí me
parece que sería muy complejo, pero desde luego no será el Ministerio
el que se niegue a estudiar ese tema.

De todas formas, sigo diciendo que hay una Comisión del Estatuto de
los Diputados en la propia Cámara que puede dar unas ideas y unas
interpretaciones sobre los temas. Obviamente, nosotros tomaríamos
nota de esa interpretación de una ley de incompatibilidades para
diputados y senadores, que en sus principios, incluso en su
desarrollo, es muy similar a la incompatibilidad dealtos cargos,
aunque haya algunas diferencias.




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Yo agradezco a don Rafael Merino, como representante del Grupo
Popular, esa predisposición a estudiar cualquier propuesta que se
haga, pero quiero terminar diciendo que este informe, que SS.SS. van
a tener cuando lo haga llegar por el método normal, pero que ya, a
través del «Diario de Sesiones» de esta Comisión conocen
perfectamente porque he hecho una lectura literal, establece una
opinión sobre la actitud, sobre la situación del vicepresidente
segundo, que considera perfectamente compatible con esa ley. Y ésa es
la que yo trasladé al vicepresidente segundo.




El señor PRESIDENTE: Para esta segunda intervención, a los diputados
que piden la palabra tendría que decirles que hicieran un esfuerzo
máximo de brevedad.




El señor Martínez Sanjuán tiene la palabra.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Voy a ser muy breve, pero alguna cuestión
sí que me gustaría dejar clara.

Señor Posada, estamos en una Comisión. Me parece obvio que se lo
diga, no se lo debía decir, y menos a S.S., parlamentario durante
muchos años, como yo; lo hemos discutido muchas veces. Esta no es una
charla de la Autónoma hablando de una interpretación administrativa
de una ley. Es un órgano político de un Parlamento en el que estamos
fuerzas políticas mayoritarias, minoritarias y representantes del
Gobierno, que es el que tiene la obligación de cumplir la ley, una
ley que emana de este Congreso de los Diputados, de estas Cortes
Generales y que tiene una interpretación. Hemos estado hablando del
espíritu de la ley, y me alegro que esté presente en esta Comisión el
director general escuchando cuál es la interpretación de la ley que
hicimos unos grupos políticos, que hemos tenido responsabilidades de
Gobierno -con nuestra mayoría parlamentaria se aprobó dicha ley-, que
teníamos responsabilidades y que también tenemos ahora, porque las
circunstancias van cambiando y se van modificando. No sé si ahora,
señor ministro, como Gobierno del Partido Popular, las declaraciones
son más complicadas o menos que antes, si ustedes tienen más
dificultades que mis antiguos compañeros cuando tenían que hacerlas.

Se lo digo porque yo no he hecho nunca declaración de alto cargo
porque nunca lo he sido; he hecho la de diputado. No sé si es que
ahora son más complicadas.

Sí me preocupa, señor ministro, la interpretación que ustedes han
hecho de los artículos que yo le he citado, incluso he mencionado
algunos que usted no me había citado anteriormente. Me voy a referir
a dos fundamentalmente, los artículos 2 y 6. La interpretación que
ustedes hacen, y que quede claro, es que la participación en
sociedades de una forma indirecta a través de otras no se puede
entender, a efecto de la Ley de incompatibilidades, como la
participación societaria
en una sociedad que puede contratar o tener convenios con la
Administración porque no es una participación directa. Esa
interpretación es muy peligrosa, le afecte al señor Rato o le afecte
al sursum corda. ¿Por qué? Porque automáticamente se está lanzando un
mensaje político de que a cualquier alto cargo que pueda crear una
sociedad patrimonial propietaria de las acciones de sociedades
intermedias no le va a afectar de ninguna forma la interpretación que
hace el Gobierno del Partido Popular de la Ley de incompatibilidades
de altos cargos. Esto, señor Posada, es francamente preocupante. De
verdad, le afecte al señor Rato o le afecte a cualquiera. Cuando
estamos hablando, en función de lo que decía el señor Jané, de la
interpretación de la ley, quiero que sepa que nosotros no pensamos lo
mismo que ustedes y que con esa interpretación están dejando el campo
libre, desde el punto de vista de la supervisión y de la elusión de
posibles conflictos de intereses privados y públicos y de la
interpretación de la ley.

No quiero que se fije en estos momentos solamente en el caso del
señor Rato, del ministro de Economía, sino en general en todos los
altos cargos que puedan tener circunstancias por el estilo. Esto nos
lleva a poder ver declaraciones tan pintorescas en medios de
comunicación, hace muy pocos días, de directores generales que,
cuando les ponen la fotografía de sus actividades, obtenidas
lícitamente de los registros oportunos porque son públicas, y les
preguntan que por qué no han declarado ciertas cosas, pueda decir:
Pensaba que no había que declararlo; no pasa nada. Otro: Se me ha
olvidado; tampoco pasa nada. Esto nos lleva, señor Posada, a una
laxitud en la interpretación del Gobierno con la que mi grupo
parlamentario desde luego no puede coincidir. Quiero que sepa, señor
Posada, que cuando el ministro de Economía dice: soy propietario de
esta sociedad que a su vez es propietaria de la otra, está
diciéndonos a nosotros y a todos los españoles que es propietario y
se siente propietario, cosa que ustedes dicen que no lo es a efectos
de la interpretación de la ley.

Señor Posada, mi grupo parlamentario, si existe el resquicio de
interpretación tal y como ustedes la están entendiendo, cree que hay
que cambiarla inmediatamente, pero no para fastidiar al
vicepresidente económico. No. Porque aquí todo el mundo piensa que
cuando alguien dice algo, desde el punto de vista político, es por
conspiraciones judeo masónicas, o por envidias, no sé. Porque
realmente estamos lanzando una mala interpretación de lo que es la
Ley de incompatibilidades de altos cargos. En segundo lugar, quiero
que quede muy claro, señor ministro, que la interpretación que
ustedes hacen del artículo 2, en cuanto a la gestión de determinadas
empresas por delegación o por sustitución, es absolutamente increíble
en el caso de las empresas del vicepresidente del Gobierno, señor
Rato. Yo no soy de los que creen en muchas casualidades, nosoy una
persona que tenga una interpretación reglamentista



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ni fatalista, simplemente me imagino que ustedes en la inspección de
servicios lo habrán hecho, me imagino que usted lo sabrá. Habrán
mirado todas esas documentaciones que el señor Rato les ha debido
suministrar y las que están en los registros. ¿Cómo es posible, más
allá de la casualidad, que sociedades en las que hasta hace cuatro
días estaba incluso el señor Rato, don Rodrigo, sigan estando en
manos de las mismas personas del entorno familiar: su hermano, su
cuñado y el señor Moreno. ¿Usted de verdad me puede decir, señor
ministro, que el señor Rato directa o indirectamente no tiene más del
10 por ciento de Muinmo? ¿Ustedes han investigado cuáles son las
participaciones y hasta dónde se pueden remontar en dos empresas, que
parece que son las cabezas o la matriz del grupo financiero o
económico del entorno del señor Rato, como son Aurosur y Fiuvasa? En
todas las sociedades, incluso hasta en las patrimoniales, aparecen
siempre los mismos. Es un cruce de nombres y de repeticiones del
entorno personal familiar de sus propias actividades económicas. No
hace falta, señor Posada, que vaya dando instrucciones. Porque no me
hará creer que la familia Rato era como la familia Giménez-Reyna, que
nadie sabía lo que pasaba en la casa de al lado. Yo espero que la
familia Rato sea una familia más al uso de lo que son las familias
españolas.




Quiero que sepa que la interpretación que mi grupo hace tanto de lo
que son responsabilidades y gestiones como de lo que son
participaciones de empresas que contratan con la Administración
pública y a los que afecta esta ley, por mucho que nos haya leído su
informe, no nos convence, porque la interpretación que había del
espíritu de la ley y la que hacen la mayor parte de grupos
parlamentarios de esta Cámara no es coincidente con la que usted nos
ha dicho esta mañana.

Insisto, señor ministro. Como parece ser que la interpretación viene
de posibles resquicios de esta ley, le confirmo lo que decía
anteriormente, que llevaremos adelante una iniciativa, a poder ser
con consenso, y si no, tendremos que ver lo que piensa cada uno para
aplicar en este país, después de seis años de gestión de una ley que
nació desde el consenso, a pesar de que hubo algunas discrepancias,
para volver a restablecer un cierto orden en una actividad económico-
privada-pública que realmente pensamos que está derivando hacia
derroteros no muy favorables.




El señor PRESIDENTE: El señor Merino tiene la palabra.




El señor MERINO LÓPEZ: Con mucha brevedad, señor presidente.

Yo quiero volver a repetir, para que conste en el «Diario de
Sesiones», contradiciendo al Grupo Socialista, que la interpretación
no la hace el Gobierno, no la
hace el ministro de Administraciones Públicas, la hace un órgano
absolutamente independiente y objetivo como es la dirección general
de Inspección. Creo que eso debe quedar meridianamente claro, porque
el portavoz socialista lo ha repetido reiteradamente. El Gobierno y
el ministro de Administraciones Públicas no participan para nada en
la elaboración de ese informe que se ha visto hoy aquí. Agradecemos
al señor ministro la lectura del mismo y que nos lo haya hecho
llegar. Si en su primera intervención había quedado claro, después de
la lectura del informe no queda ninguna duda sobre la actuación del
señor Rato, ni en cuanto a su comportamiento, dentro de la más
estricta legalidad.

Lo ha dicho el señor ministro, y es bueno repetirlo: la
interpretación es la misma desde 1995, y quien la hace es la
Dirección General de Inspección, no el ministro actual ni los
anteriores o posteriores, es la dirección general. Eso es importante,
porque se mantiene el mismo criterio desde 1995, en que entró en
vigor la ley. No ha habido ninguna variación de criterio. Cuestión
distinta es que el Grupo Socialista quiera que la Dirección General
de Inspección maneje el criterio que ellos sostienen y proponen; pero
el criterio de la inspección es el mismo desde el día en que entró en
vigor la ley. Así, no se puede decir que haya actuaciones partidistas
o no, sino que hay un criterio que puede ser compartido o no. Por
otra parte, tampoco creo que el Partido Socialista aspire a que la
Dirección General de Inspección trabaje según sus criterios y
opiniones.

Para terminar, sobre esa nube que deja el Partido Socialista sobre el
entorno, quiero decir que el informe se ciñe a lo que marca la ley, y
la ley marca los entornos y los ámbitos; bien lo ha señalado el señor
ministro al decir que, en la tramitación de la ley, el Grupo
Socialista impidió que llegara hasta el cuarto grado. Por tanto, la
ley es la que hay, los entornos son los marcados por ella, y a eso se
debe ceñir -y así ha sido emitido- el informe de la dirección
general, a la que felicitamos de nuevo por el trabajo independiente y
profesional que lleva a cabo.




El señor PRESIDENTE: Para terminar con este punto del orden del día,
tiene la palabra el señor ministro de Administraciones Públicas.




El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Posada Moreno): Si
algo he tenido siempre presente sin olvidarlo en ningún momento es
que esta Comisión es un órgano político; naturalmente que es
político. Yo estoy aquí y he venido como ministro a explicar este
asunto: porque es un órganos político y venimos a hablar de política.

Cuando me he referido en otra intervención a que había ofrecido la
presencia del director general de Inspección porque me parecía más
oportuna, no estaba hablando de esta Comisión, sino de la de
investigación del caso Gescartera que, si bien no



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digo que no sea un órgano político, tiene unas características
totalmente diferentes de las de esta Comisión. Señalé entonces que,
si había mucho interés en conocer exactamente cómo era el informe
emitido por la dirección general sobre la incompatibilidad del señor
Ramallo, el director general se había ofrecido reiteradamente al
Grupo Popular para venir a explicarlo. Era una comisión de
investigación, donde sí parece interesante el conocimiento al detalle
de todos los aspectos jurídicos que llevan a una decisión.

Aquí estamos hablando de política. Lo que quiero recalcar, y quiero
que quede claro, es que no hay un ministro de Administraciones
Públicas dando indicaciones a una dirección general y a un inspector
para que digan lo que el ministro quiere que digan; no lo he hecho
nunca y no lo voy a hacer ahora. Se hace una interpretación; y
tampoco he querido entrar en cuáles son las interpretaciones sobre
este punto y sobre otros muchos, porque hay aspectos de tipo diverso
que afectan a cómo se interpretan las incompatibilidades. He querido
que se actúe de la misma forma en que se ha actuado siempre, como se
actuó desde la entrada en vigor de la ley, e incluso que lo hagan las
mismas personas. Esto es lo que hay políticamente y lo que quiero
decir.

Ahora bien, aquí dice: el señor Martínez Sanjuán que puede ocurrir
que esa interpretación sea peligrosa, que no le convence, que no es
la adecuada, pero yo he leído aquí un informe que me parece
francamente bien elaborado y bien hecho. El señor Martínez Sanjuán
dice que es discutible; naturalmente. ¿Me niego yo a discutir
políticamente? No; lo que quiero decir es que no he cambiado ni
cambiaré una interpretación por un caso concreto. Si, en un momento
dado, los grupos llegan a la conclusión de que la interpretación
global, para todos, tiene que ser distinta, lo haremos; cambiando la
ley o sin cambiarla, según se vea, pero para todos desde el momento
inicial y con conocimiento de todos. Lo que no se puede es cambiar un
criterio cuando se aplica a uno; ni para bien ni para mal. ¿Qué
criterios estamos aplicando? El que decía de aplicación indirecta.

Dice el señor Martínez Sanjuán que aquí hay un grupo de personas que
son las que aparecen siempre. ¡Claro! Es que, tal como se ha aplicado
hasta ahora, si hay una persona que tiene actividades empresariales
dentro de su familia, y que coincide por tanto como accionista con
sus hermanos y cuñados, cuando se dedica a la política como alto
cargo y excluye de su actividad la ocupación en esas empresas -y eso
lo defiendo-, ¿en manos de quién quedan dichas empresas? Lógicamente,
quedarán en manos de quienes las llevaban con esta persona cuando no
era alto cargo, sus hermanos, sus cuñados, sus amigos. Esos son los
que seguirán llevando las empresas cuando él se retire totalmente de
su actividad; no creo que eso pueda asombrar a nadie. La
interpretación que hemos dado es correcta.

¿Quiere decir que, a partir de ahora, cuando alguien sea nombrado, es
mejor que venda? o ¿es mejor que cambien todos los que están en esa
empresa para que no haya relación? Todo esto lo podemos ver. Vuelvo a
decir que la propuesta del señor Jané me parece interesante y, desde
luego -y con esto termino-, por parte del Gobierno -y supongo que
igualmente por parte del Partido Popular- estamos dispuestos a
estudiar a fondo cualquier cambio que se proponga en la ley. Adelanto
aquí que no me parece muy oportuno ahora, pero vamos a estudiarlo.

Desde luego, es más sencillo hacer cambios en la interpretación de la
ley que ya tenemos. Si llegamos a un acuerdo en ese aspecto, la
cambiaríamos; yo estoy dispuesto a hacerlo. Sí digo que lo
cambiaremos a partir de la fecha, con publicidad total y sabiendo
todo el mundo -los altos cargos y la opinión pública- que hay un
cambio de interpretación para el futuro. Mientras tanto, quiero dejar
muy claro aquí que se ha aplicado la ley como se ha aplicado siempre.




El señor PRESIDENTE: Terminado este punto del orden del día,
suspendemos tres minutos para despedir al ministro e intentar agrupar
algunas de las numerosas preguntas que quedan. (Pausa.)



PREGUNTAS:



- DE LA SEÑORA LÓPEZ GONZÁLEZ (GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA), SOBRE
MEDIDAS ADOPTADAS POR EL MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PARA
LA IMPLANTACIÓN DEL EURO EN LAS NÓMINAS. (Número de expediente 181/
001034.)



- DE LA MISMA SEÑORA DIPUTADA, SOBRE VALORACIÓN DEL NIVEL DE
CUMPLIMIENTO EN INTRANET EN LA CONEXIÓN DE DELEGACIONES, SERVICIOS
INTEGRADOS Y FUNCIONALES. (Número de expediente 181/001035.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, reemprendemos el orden del día de la
Comisión.

Pasamos al punto que se corresponde con las preguntas formuladas por
los grupos parlamentarios. Tenemos con nosotros a la subsecretaria
del Ministerio para contestar las preguntas formuladas, en primer
lugar, por doña María José López González. Si estoy en lo cierto, se
trata de la pregunta número 9, sobre medidas adoptadas por el
Ministerio de Administraciones Públicas para la implantación del euro
en las nóminas, y de la pregunta número 10, sobre valoración del
nivel de cumplimiento en Intranet en la conexión de delegaciones,
servicios integrados y funcionales.




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¿Desea formular las dos preguntas conjuntamente o una detrás de otra?



La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: No tengo inconveniente, señor presidente,
si la subsecretaria no tiene problema, en hacerlo conjuntamente.




El señor PRESIDENTE: Adelante, tiene la palabra.




La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: En primer lugar quiero agradecer a la
subsecretaria la amabilidad de comparecer ante esta Comisión y darle
la bienvenida. Dado lo avanzado de la hora y la cantidad de materia
que aún queda por debatir, no voy a formular la pregunta, porque la
subsecretaria conoce su texto con suficiente antelación, sino a hacer
una pequeña introducción de cada una de las preguntas.

Con respecto a la pregunta relativa a las medidas adoptadas por el
Ministerio de Administraciones Públicas para la implantación del euro
en las nóminas, hemos podido conocer, a través de la documentación
que la subsecretaria nos hizo llegar, que hay una aplicación de
informática -NEDAES- como consecuencia de la firma de un convenio con
la Universidad de Alcalá de Henares, que la ejecución del proyecto a
fecha 30 de junio, que es el último dato que nosotros tenemos, era
del 61,3 por ciento, que se suponía que la implantación debería estar
efectuada al cien por cien en el mes de septiembre y que entraría en
vigor en 40 centros en los que estaba prevista la aplicación
informática. Nos gustaría saber la situación en la que se encuentra
actualmente esa aplicación informática, si ha entrado en vigor, el
funcionamiento y cuándo se contemplará la aplicación total en todos
los centros que dependen del Ministerio de Administraciones Públicas.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora subsecretaria.




La señora SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Cospedal
García): Como la señora diputada tiene información del mes de junio o
julio, le diré que en estos momentos el proyecto NEDAES, resultado de
ese convenio con la Universidad de Alcalá de Henares, está en un 95
por ciento de cumplimiento por lo siguiente. Por lo que respecta a la
adaptación al euro, que es el programa fundamental que se llevó a
cabo con la firma de este convenio con la Universidad de Alcalá de
Henares, está perfectamente terminado. Este convenio se hizo porque
era la manera más rápida y más económica para el Ministerio de
Administraciones Públicas de actualizar esta aplicación, que ya era
nuestra, y adaptarla al euro. El 6 por ciento que queda por ejecutar
viene determinado por unas reformas que se han hecho recientemente en
el sistema RED de la Seguridad Social y en las últimas cotizaciones
para el mes de diciembre, que también tienen
que estar incluidas en las nóminas de los funcionarios. Esta
última revisión es lo que ha hecho que no se haya podido terminar el
proyecto completamente. En lo que se refiere a la adaptación al euro,
está completamente terminada y estará en vigor el 1 de enero del año
que viene en 41 centros. También quiero puntualizar que desde el mes
de septiembre los funcionarios ya vienen cobrando sus nóminas en
pesetas pero traducidas al euro por una instrucción que se hizo con
carácter general para todos los ministerios por el Ministerio de
Economía, que, como saben SS.SS., es el que coordina la comisión de
entrada al euro en España.




El señor PRESIDENTE: Señora López.




La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: Formulo la siguiente pregunta, relativa a
la valoración del nivel de cumplimiento de Intranet en la conexión de
las delegaciones, servicios integrados y funcionales.

Con respecto a esta pregunta, somos conocedores de que la
infraestructura de comunicación del Ministerio de Administraciones
Públicas se basa en la interconexión de redes locales e imaginamos
que estas redes locales cumplen dos funciones, una, la de conectar
todos los servicios centrales entre sí y, dos, la conexión con los
servicios territoriales. Me imagino igualmente que los servicios
territoriales deberán estar conectados todos entre sí y, a su vez,
estos con la Administración central. Supongo que esos servicios
proporcionan correo electrónico, todo tipo de sistema de información,
la gestión de servidores, distribución de software, líneas y equipos
de comunicaciones. Imagino que ése sería el contenido de la gestión
centralizada.

Este sistema se puso en marcha en 1997 y tenía que tener una cadencia
aproximada de hasta el 2001, cuando supuestamente tendríamos que
haber cubierto toda una serie de objetivos a lo largo de estos años.

La prioridad habrá sido, suponiendo que haya distintos niveles y
dependiendo de la cadencia anual a la que usted ha hecho referencia
en alguna ocasión, servicios centrales, servicios, territoriales,
etcétera. Debo decirle que ha habido una prioridad en ese objetivo
tanto en los presupuestos del año 2000 como en los presupuestos del
año 2001, ejercicio que ya estamos terminando, en el que ustedes
hicieron una referencia exhaustiva a la modernización de la
Administración y dentro de ésta, a adaptar informáticamente toda la
gestión y proceso administrativo. Usted lo ha puesto de manifiesto
tanto en el ejercicio 2001 como en el presupuesto para el año 2002.

Nosotras hemos tenido un debate en el que manifestamos nuestro
desacuerdo en varias ocasiones sobre la cantidad de dinero que
contratamos con los servicios de empresas informáticas, precisamente
porque el Ministerio mantiene -en este caso usted- que se conseguían
esos objetivos con mayor rapidez e incluso mayor modernidad
contratando a empresas que no fueran de lapropia Administración y que
no se utilizara al grupo de



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funcionarios especializados en temas de informática. Nosotros
seguimos preocupados porque no vemos que sea correcta la correlación
entre el dinero que se gasta en ello -ya se lo hemos dicho en alguna
ocasión- y la prioridad del objetivo que ustedes proponen en los
presupuestos del 2001, en concreto, que ya estamos finalizando, con
la verdadera prestación, y la mejor utilización de esos servicios y
la puesta en marcha de toda la modernización de la Administración.

Hay una parte que nos sigue preocupando, y es uno de los aspectos de
esta pregunta, que el acceso de los ciudadanos para la prestación de
la gestión del proceso administrativo todavía queda pendiente de
perfeccionamiento ya que no es fácil. Me refiero no exclusivamente al
acceso, sino al proceso de poder seguir determinadas peticiones ante
la Administración, a las que ya se había comprometido el Ministerio
para que durante el ejercicio del año 2001 dejaran totalmente cerrado
ese objetivo y se produjese de verdad esa modernización a la que se
hizo referencia en el ejercicio.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora subsecretaria.




La señora SUBSCRETARIA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Cospedal
García): Por como ha formulado la pregunta la señora López González,
tengo que hacer una distinción previa. La pregunta escrita se refería
a la Intranet administrativa y por lo que dice la señora diputada se
está refiriendo al portal de las administraciones públicas para el
acceso de los ciudadanos. Me explico. La Intranet administrativa es
un sistema de acceso para los que trabajan dentro de la
Administración, con lo cual el acceso del que no trabaja en la
Administración no es que sea difícil, es que es imposible; es una
Intranet para la conexión de los organismos de la Administración. En
ese sentido, es cierto que la Intranet del Ministerio de
Administraciones Públicas, la que existe en estos momentos, está
conectada con todas las delegaciones, subdelegaciones y áreas
funcionales de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, es
decir, los servicios sanitarios, de agricultura, de inspección de
educación, el Instituto Geográfico Nacional y un largo etcétera, de
todos los servicios que están en la administración periférica del
Estado. Eso en cuanto a lo que es la Intranet del MAP. ¿Qué ocurre
con esa Intranet? Es para utilizar por los usuarios del Ministerio de
Administraciones Públicas, bien sean servicios centrales, bien sean
servicios periféricos, con la virtualidad además de que no sólo se
relacionan las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno con los
servicios centrales del Ministerio de Administraciones Públicas, sino
también las áreas funcionales que están en esas delegaciones
o subdelegaciones, por ejemplo, las áreas de agricultura, se relacionan
también directamente con el propio ministerio funcional, en este caso
con el Ministerio de Agricultura.

Otro añadido es que el Ministerio del Interior, en esa Intramap que
tenemos nosotros, facilita mucha información, porque, como sabe S.S.,
en materia de orden público los delegados y subdelegados del Gobierno
dependen del Ministerio del Interior. Eso en cuanto a la Intranet del
Ministerio de Administraciones Públicas.

Otro proyecto general que tiene el Ministerio de Administraciones
Públicas, y éste sí tiene una dotación importante en nuestro
presupuesto, es lo que se denomina la Intranet administrativa: este
mismo esquema, pero para la Administración General del Estado. En eso
estamos trabajando. Por cierto, el primer proyecto se hace con medios
propios del ministerio y en este segundo externalizamos algunos
servicios porque, y en eso discrepamos, el ministerio considera que
el know how más avanzado está fuera y no dentro de los términos de la
Administración, y seguimos con un sistema de implantación que se
terminará con carácter general -hay que establecer una red troncal
para toda la Administración General del Estado a la que luego pueden
acceder las comunidades autónomas y, después, las entidades locales-
en el año 2004. ¿Qué ocurre? Que, con la modernización que se ha
hecho de la Administración periférica del Estado en cuanto a los
servicios informáticos -el material informático, el cableado, los
anchos de banda, etcétera-, a partir del año 2000 se ha establecido
la infraestructura necesaria para que, cuando esté en vigor esa
Intranet para toda la Administración General del Estado, las
delegaciones y subdelegaciones del Gobierno puedan acceder a ella.

Ésta es una parte de la pregunta. En la otra parte, se refería S.S. a
la posibilidad de acceso por parte de los ciudadanos, que es otra
cosa. Entonces estaríamos hablando del sistema que acaba de
establecer la Administración general del Estado del portal del
ciudadano, para que los ciudadanos puedan acceder a los servicios de
la Administración. El portal se inauguró hace unos meses y tiene los
servicios que se presentaron inicialmente y que se van ampliando
progresivamente. Son los distintos ministerios los que van nutriendo
de información al Ministerio de Administraciones Públicas sobre lo
que debe ser el portal, que, en sí mismo, todavía no tiene contenidos
propios. Mejor dicho, tiene unos contenidos propios en cuanto a
servicios generales, pero los servicios que tiene ese portal se
nutren de lo que van aportando los ministerios. Ya se puede acceder
directamente por el portal, sin necesidad de entrar en distintas
aplicaciones, a servicios que ya existían, por ejemplo, de Seguridad
Social, de Hacienda, de Tráfico, etcétera. Ahora los ciudadanos
pueden entrar ya a formularios y descargarlos, pero no pueden todavía
rellenar esos formularios y meterlos directamente en red, que es la
fase en la que estamos ahora. Eso en lo que respecta al acceso de los
ciudadanos a esos servicios.




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El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora López González.




La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: Efectivamente, la pregunta tenía esa doble
interpretación: una cosa es la Intranet administrativa, de la que
hace uso el funcionario de la Administración, y otra cosa es lo que
hace el ciudadano desde fuera, pero hay otra cuestión sobre la que
quería preguntarle. Por los datos que yo tengo, que no sé si son
correctos o no, el ministerio se comprometía a actualizar en el
primer semestre del año 2001 la infraestructura, dotándola de mayor
capacidad para incorporar nuevos servicios, como, por ejemplo, la
videoconferencia. Sabemos que esa parte del proyecto no se ha llevado
a cabo. Además, en cuanto a servicios territoriales, no hay una
conexión completa; no hay una conexión completa con todos los
servicios territoriales en todas las provincias. Igual esta
información no es del todo correcta, pero sí hay provincias -y no
tengo ningún inconveniente en mencionarlas- en las que no hay
conexión directa con la Administración, incluso hay algunas
subdelegaciones del Gobierno que tienen deficiencias en la conexión,
tanto con los mismos servicios territoriales como con los servicios
centrales. De ahí la pregunta y la breve introducción en la que le
decía que, a pesar de que el ministerio manifiesta que la
disponibilidad de la infraestructura es bastante alta -según creo,
admite que hay unas incidencias registradas de aproximadamente 10
averías mensuales-, el grado de satisfacción de los usuarios, y en
este caso me refiero a los propios funcionarios de la Administración,
no era excesivamente buena porque había algunas deficiencias en la
conexión y había todavía algunas administraciones territoriales que
no tenían completada la conexión. Quizá usted podría ampliar esa
información.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, para cerrar esta pregunta, la
señora subsecretaria.




La señora SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Cospedal
García): Por lo que respecta al servicio de videoconferencia, tengo
que decirle que mañana mismo hacemos la última prueba. Estará
instalado a final de año, pero entrará en funcionamiento el año que
viene. De todas maneras, la mandaré a la señora diputada información
más completa del servicio de videoconferencia.

Por lo que respecta al funcionamiento de los servicios territoriales,
puede ser que en algunos sitios no esté funcionando adecuadamente. Yo
tenía la creencia de que sí, pero puede que no sea así, porque lo
cierto es que los equipamientos se han estado actualizando hasta hace
poco tiempo y puede haber algunas provincias en las que no estén
funcionando. Aquí sí le pediría que me dé información, si tiene
conocimiento de dónde pueden existir fallos.




El señor PRESIDENTE: Gracias por su asistencia, señora subsecretaria.




- DEL SEÑOR MARTÍNEZ SANJUÁN (GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA), SOBRE
OPINIÓN ACERCA DE SI ESTÁ ACTUALIZADA LA INFORMACIÓN QUE SUMINISTRA
EL MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS A TRAVÉS DE SU PÁGINA WEB.

(Número de expediente 181/001025.)



- DEL MISMO SEÑOR DIPUTADO, SOBRE VALORACIÓN POR EL MINISTERIO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA IMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA DE
VENTANILLA ÚNICA. (Número de expediente 181/001026.)



- DEL MISMO SEÑOR DIPUTADO, SOBRE PROYECTOS DEL MINISTERIO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS INCLUIDOS DENTRO DEL PLAN DE ACCIÓN DE LA
INICIATIVA INFO XXI. (Número de expediente 181/001028.)



El señor PRESIDENTE: Aplazadas las preguntas formuladas por la
diputada doña Juana Serna, damos la bienvenida al señor secretario de
Estado para la Administración Pública, don Ignacio González, y le
agradezco que comparezca para contestar el resto de preguntas
formuladas sobre temas del ministerio.

Pido al señor Martínez Sanjuán que, si es posible, formule la
pregunta número 5, acerca de la información que suministra el
Ministerio de Administraciones Públicas a través de su pagina web, la
número 6, dedicada a la ventanilla única, y la número 7, dedicada a
Info XXI, agrupadamente.

Tiene la palabra el señor Martínez Sanjuán.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Efectivamente, señor presidente, puedo
formularlas acumuladamente y si tuviera alguna otra más, también. Con
el secretario de Estado, al que le gusta polemizar, como a mí, seguro
que me entendería.

Quiero darle la bienvenida, señor secretario de Estado, a estas
horas, casi de la tarde, después de una mañana ardua de debate sobre
otros temas, quizá más apasionantes que Info XXI, ventanillas únicas,
webs, etcétera. La verdad es que no pensaba que me iba a contestar
usted, señor secretario de Estado; pensaba que era una cuestión de la
señora subsecretaria. Estoy encantado de discutir lo poco que se
pueda discutir políticamente sobre un tema que tiene que ver con
comunicación, acercamiento de la Administración a los ciudadanos,
cumplimiento del programa Info XXI, etcétera, en el Ministerio de
Administraciones Públicas.




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Guardemos los otros temas para el año que viene, que posiblemente
tendremos mucho que polemizar.

Efectivamente, después de la cumbre europea de Lisboa, y
posteriormente las jornadas de Feira, en las que la Unión Europea
apuesta por la iniciativa eEurope, España, como todos los países de
la Unión Europea, acumula programas y da un cierto proyecto general
de lo que sería avanzar hacia la sociedad de la información, de la
comunicación en materia de administraciones públicas, uno de esos
grandes objetivos recogido en el programa Infor XXI, que tan
pomposamente presentó el presidente del Gobierno en plena precampaña
electoral del País Vasco, me parece que en Vitoria, con la ministra
señora Virulés, aunque muchos sectores no saben si efectivamente es
ella quien está gestionando o no el programa Info XXI. Da la
sensación de que el Gobierno fue buscando proyectos que ya había
puesto en marcha, programas de modernización administrativa (algunos
con varios años de vigencia) de lo que se consideró programa INFO
XXI, versión Ministerio de Administraciones Públicas. Eso dio lugar
a seis proyectos dentro del MAP en cuanto a la concreción del programa
INFO XXI: portal de las administraciones públicas, Intranet de las
administraciones, guía de procedimientos, prestaciones y servicios,
puntos de atención al ciudadano -proyecto que ya existía antes de
INFO XXI-, pista ventanilla única y ventanilla única empresarial
virtual. Luego hablaremos de las reales, de las físicas, por las que
el Partido Popular insta al Gobierno, a través de proposiciones no de
ley, en el Pleno hace pocos días, para que se sigan poniendo en
marcha, modernizando y ampliando. En esos seis proyectos parece ser
que se concreta lo que es la sociedad de la información, con un
objetivo básico, que es acercar la Administración al ciudadano,
hacerla más fácil, más participativa, incluso. Sobre esas cuestiones
me gustaría hablar, señor secretario de Estado.

Es verdad que desde que yo formulé la pregunta, desde que se puso en
marcha el programa INFO XXI y desde que se creó el portal de las
administraciones ha habido que correr en algunas cuestiones
referidas, por ejemplo, a lo que es la página web en sí misma de lo
que era el ministerio. Antes, todos los ministerios tenían su página
web, a la que se accedía bien directamente o bien a través de
diferentes servidores. Tengo que decir que cuando yo hice la pregunta
la página web del ministerio, cosa que no se produce ahora, lo tengo
que reconocer, estaba bastante dejada de la mano de Dios, de tal
forma que la información a la que se podía acceder no estaba
actualizada. Se ha mejorado, porque la implantación del portal de las
administraciones ha obligado a todos los ministerios a actualizarse,
a ponerse al día, y la verdad es que en los últimos meses se ha
avanzado bastante en lo que es la comunicación incluso de la página
web del ministerio. Sin embargo, da la sensación de que en estas
páginas de los ministerios pasa como en el espacio sideral, es decir,
que se
tiran muchas naves que pierden su eficacia y al final -dicen- tenemos
en el espacio mucha basura flotando. Lo mismo pasa con algunas
páginas, concretamente con la página web del ministerio. Lo digo para
que la actualicen, no para confrontaciones políticas ni para
desgastar al Gobierno porque con esto creo que no vamos a ir a ningún
lado. Solamente es para que mejore un poco la eficacia del Gobierno
ahora que miles o millones de ciudadanos europeos, con la presidencia
española, van a entrar en las páginas del ministerio. La página web
del MAP tiene una parte que es El Gobierno informa, que concretamente
en lo relativo a ventanilla única está actualizada a 10 de junio de
1998. Todo lo que allí aparece se refiere al ministro Rajoy.

Actualícenla. El Gobierno informa: relaciones con las comunidades
autónomas. He mirado la mía, La Rioja, y hay un agujero negro desde
el año 1998 hasta el año 2001. Digo yo que en estos tres años algo
habrá pasado. Lo que le digo, señor González, es que actualicen, y lo
que no esté en vigor lo hagan desaparecer porque, al final, tanta
información confunde más que aclara.

Refirámonos fundamentalmente a los dos grandes proyectos: ventanilla
única y cumplimiento de INFO XXI en su vertiente de portal de las
administraciones. A mi grupo parlamentario y a mí la iniciativa de la
ventanilla única, tanto la administrativa como la empresarial, nos
parece muy importante, al margen y además de que exista un portal
virtual y finalmente algún día los españoles podamos resolver
nuestros problemas con la Administración a través del ordenador y
mediante las páginas web del ministerio. En la actualidad, la mayor
parte de los ciudadanos de este país seguimos acudiendo a las
administraciones públicas a requerir información y documentación y a
rellenar papeles y, efectivamente, las ventanillas únicas son unos
buenos instrumentos al respecto, algo que mi grupo parlamentario
apoya y seguirá apoyando. Lo que me preocupa de verdad es la lentitud
con la que este proyecto se está poniendo en marcha. Es verdad que 10
comunidades autónomas lo han suscrito -no sé si alguna se habrá
incorporado recientemente, pero creo que son 10- y todavía faltan por
unirse otras importantes, como Andalucía, Asturias, Cantabria,
Euskadi, Aragón y Navarra, de todos los colores políticos. Luego me
da la sensación de que no se trata sólo de un problema político,
aunque una parte política sí que tiene, y esto es algo que me
preocupa y que le quiero transmitir. ¿Qué planes y qué proyectos se
van a poner en marcha para impulsar las ventanillas únicas entre el
conjunto de las administraciones?
Me decían en una respuesta por escrito que el 68 por ciento de la
población de las comunidades autónomas está ocupada o tiene
ventanilla única, pero es que un 32 por ciento no la tienen. De 8.000
municipios, aunque sé que todos no lo pueden tener porque no todos
cuentan con accesos informáticos, aproximadamente 1.200 tienen
suscrito este convenio, es decir, que casi 6.000



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municipios, esto es, más de 30 millones de ciudadanos de este país no
tienen acceso a través del municipio correspondiente. No ponga usted
esa cara, porque en la respuesta parlamentaria me dicen que se han
adherido al programa 1.162 municipios, con una población de 9.600.000
personas. Como según el censo, que me parece que se está elaborando
ahora, somos 41.000.000 de españoles; quedan 32.000.000 de personas
que viven en municipios españoles y no pueden acceder directamente a
través de sus municipios. Es verdad que existen muchas capitales de
provincia en las que igual no hace falta, ya que hay una delegación o
una subdelegación del Gobierno, pero muchos municipios no se han
puesto en marcha.

Me preocupa una cuestión y me gustaría que no hubiera un problema de
tipo político. Me he fijado en algunas comunidades autónomas, en la
del País Vasco, en la de Navarra e incluso en la mía, en La Rioja, y
no sé si es por una razón de pereza, de eficacia o de no se sabe qué,
pero la participación de los ayuntamientos en los convenios de
ventanilla única es muy exigua. Concretamente en Guipúzcoa me parece
que sólo hay un ayuntamiento, el de Irún, que ha suscrito ese
convenio, por lo que no estaría de más, dado ese alarde tan
importante que últimamente hace el Partido Popular en sus ponencias
políticas de reforzar la presencia del Estado en las comunidades
autónomas, avanzar en la línea de la colaboración.

Respecto a la ventanilla única empresarial, es muy lenta y por otra
parte en sus respuestas parlamentarias es usted muy triunfalista,
como si el motivo de que últimamente se creen empresas en esos sitios
fuese porque existe una ventanilla única empresarial. Usted y yo
sabemos que esas empresas se hubiesen creado con ventanilla única o
sin ella, aunque es verdad que posiblemente su existencia lo agilice.

Ahora bien, el proyecto va realmente despacio, ya que me parece que
solamente 12 ó 13 se han puesto en marcha en estos meses. No me
extraña que hasta su propio grupo parlamentario incite al Gobierno a
seguir impulsando este proyecto. Por cierto, me gustaría saber quién
corre con los gastos y cuáles son los proyectos que realmente se
están financiando en estos momentos y si tienen previsto para la
implantación de las ventanillas únicas empresariales algún otro tipo
de convenio distinto del de las cámaras de Comercio, como por ejemplo
a través de organismos que en las comunidades autónomas, en las
provincias o en las regiones desarrollen el impulso de las empresas.

Con relación a lo que sería la parte más importante, que sería el
cumplimiento del programa INFO XXI que es, como decía la
subsecretaria anteriormente, lo que sería el portal único de las
administraciones públicas, la verdad es que llevamos poco tiempo,
porque son tres meses; sin embargo, ya hay valoraciones de expertos y
de ciudadanos sobre que no es muy boyantes y eso me preocupa. No
quiero que a ustedes les vaya mal en este
tema, lo que quiero es que nos vaya bien a todos los ciudadanos y que
tengamos un portal que realmente sea práctico a todos los niveles. La
experiencia nos indica, en primer lugar, que hay mucha información
poco tratada, pero que hay demasiada acumulación y demasiados tipos
de información suministrada por diferentes ministerios y que hay poca
uniformidad. La gente al final termina despistándose más de lo que
pretenden ayudarle, como sucede concretamente con algunas web o con
algunos instrumentos. En segundo lugar, se han desarrollado muy pocos
programas operativos y muy pocos servicios. Por otra parte, hay
distintos formatos, diferentes tipos de textos, diferentes tipos de
letra, diferente estructura de contenido y se ha hecho más por
aluvión que con un planteamiento pensado para resolver todos los
problemas de los ciudadanos. ¿Responde a los principios de eficacia,
rapidez y comodidad? La verdad es que no mucho. Obliga -como decía la
propia subsecretaria- a tener que personarse en las propias
administraciones, porque hay muchos procesos que no se pueden cerrar
ni terminar. Al final, como decía un artículo que leí hace poco
tiempo con un planteamiento muy crítico del desarrollo del portal de
la Administración española en informática, se ha digitalizado el
Vuelva usted mañana. A mí no me gustaría que el desarrollo práctico
informático pudiera resumirse en esa frase.

Señor González, nos queda mucho por mejorar, sobre todo a ustedes que
tienen que gestionar todo el programa. Sean ambiciosos porque la
sociedad de la comunicación es una cuestión apasionante para todos
los ciudadanos y además le invito a que lo hagan bien y que así nos
dejen los problemas resueltos para cuando nosotros lleguemos a
gobernar.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
(González González): Feliz Navidad a los miembros de la Cámara.

Voy a empezar por el final. No se preocupe que cuando terminemos esto
les dejaremos el asunto perfectamente arreglado, pero pasará mucho
tiempo, porque vamos lentos y no sé si eso es un buen augurio para
ustedes. Por otro lado, también preferiría que esto se lo contestase
la subsecretaria, pero le voy a contestar yo, y encantado de hacerlo,
señor Martínez Sanjuán.

La sociedad de la información es un tema recurrente, pero reciente.

Como usted ha dicho muy bien, el primer planteamiento que se hace de
la importancia de la sociedad de la información y las nuevas
tecnologías tiene lugar en la cumbre de Cardiff. A partir de ahí, es
el impulso de los gobiernos que en ese momento están al frente de
responsabilidades en los países miembros de la Unión el que logra por
primera vez una concreción de objetivos concretos para la
introducción de la



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sociedad de la información en el conjunto de los países miembros de
la Unión, porque hasta entonces eso no existía. Es en el año 2000,
como usted ha dicho, en la cumbre de Lisboa y después en Feira,
cuando los gobiernos de los países que en ese momento tienen la
responsabilidad concretan por primera vez cuál es el marco en el que
se debe desarrollar la sociedad de la información en toda una serie
de iniciativas que es, como usted ha dicho muy bien, la iniciativa
eEurope. No es en esta legislatura, ni con la señora Birulés, ni en
la campaña electoral del País Vasco, sino a finales de la legislatura
pasada, a finales del año 2000, cuando se aprueba la iniciativa
eEurope. El Gobierno pone en marcha la sociedad de la información
aquí a través del proyecto INFO XXI en una comisión interministerial
y luego con participación de las comunidades autónomas
y corporaciones locales que en aquel momento impulsa y dirige el
ministro de Industria, señor Piqué. Desde entonces se empieza a
articular todo el programa para la aplicación de la sociedad de la
información en nuestro país. Con el inicio de la nueva legislatura se
concretan una serie de iniciativas que estaban en aquella sociedad de
la información que se constituye con la comisión INFO XXI y se
elabora el plan de acción INFO XXI, un plan a muchos años, pero que
se concreta en el Plan de acción para esta legislatura en donde hay
una serie de iniciativas. Ese plan se estructura básicamente en torno
a tres objetivos, que no son exclusivos de la Administración, que son
para el conjunto del país. Eso es lo que configura el Plan de acción
INFO XXI.

Dentro de esas tres líneas generales que impulsan el conjunto de
medidas de INFO XXI, hay, por una parte, lo que se denomina la
sociedad de la información para todos, con toda una serie de
proyectos, desde distintos ámbitos, no sólo de las administraciones
públicas sino de sectores privados, del tercer sector, etcétera, para
dar ese impulso. Hay una segunda pata que se refiere a las cuestiones
relativas al impulso de la tecnología, las redes, etcétera, mucho más
tecnológica, mucho más de infraestructuras, impulsadas desde el
Estado, las comunidades autónomas y las corporaciones locales, pero
también por el sector privado. Por último, hay un tercer elemento que
se refiere a la Administración electrónica, para conseguir que
nuestras administraciones públicas estén en la línea de los proyectos
generales de introducción de la sociedad de la información, que no se
concreta en esas seis actuaciones a las que usted se ha referido sino
en muchas más. Lo que ocurre es que esas seis actuaciones tienen, de
alguna manera, relación directa con el Ministerio de Administraciones
Públicas, que impulsa, dentro del ámbito del Gobierno y en
colaboración con el resto de los departamentos ministeriales, los
proyectos de Administración electrónica que están contenidos dentro
del Plan de acción INFO XXI.

Yendo de mayor a menor en las preguntas que usted formula, esos
proyectos son los que S.S. ha dicho, con
alguno más y muy importante de firma electrónica, como el proyecto
CERES y el documento nacional de identidad electrónico. Esos
proyectos, que están en marcha, evidentemente no surgen de la noche a
la mañana, como plantea el señor Martínez Sanjuán. Son proyectos que
se llevan elaborando algún tiempo y que se empiezan a concretar
dentro de esta estructura común que constituye el plan de acción INFO
XXI, como ahora señalaré. En ese sentido, este proyecto, que es
ambicioso, por lo que se refiere al ámbito del Ministerio de
Administraciones Públicas se estructura en tres proyectos básicos.

Uno, es el de de la Intranet administrativa, a la que sucintamente se
ha referido la señora subsecretaria en la contestación a las
preguntas que le ha formulado la diputada de su grupo; un segundo
proyecto es el proyecto portal de administraciones públicas, y un
tercer proyecto -que creo que es esencial para que esto pueda
desarrollarse en conjunto- es el de la firma electrónica o la
seguridad en la red, el proyecto CERES o el DNI electrónico; tiene
todas esas variantes.

Empezando por los proyectos generales de INFO XXI y por lo que se
refiere al ministerio, le señalaré muy brevemente que el portal de
las administraciones públicas, tal y como hemos venido explicando
desde hace mucho tiempo, es un proyecto que tiene por objeto crear,
básicamente, en esta primera fase un punto de acceso común al
conjunto de las administraciones, para facilitar que todos los
ciudadanos puedan, de una manera sencilla, encontrar todo lo que en
estos momentos está a su disposición, pero disperso, en el conjunto
de los servicios que configuran las administraciones públicas. Ese es
el objetivo básico con el que se empieza a trabajar en el portal,
porque el portal, señoría, no pretende, bajo ningún concepto,
eliminar lo que no puede eliminar, que es la competencia exclusiva de
cada servicio de ponerlos en red, introducirlos en la sociedad de la
información, mantenerlos, etcétera. Por tanto, ese portal tiene que
cubrir esa primera función de facilitar el acceso sobre todo a
aquellas personas que no están familiarizadas con entrar a un
servicio directo, sencillo y rápido, como es el que en estos momentos
le facilita el portal. Un segundo objetivo es que el proyecto de
Intranet administrativa, pretende darles una infraestructura
tecnológica y de red suficiente como para que las personas que entren
dentro de nuestro portal puedan circular, a través de una red propia,
de amplia velocidad y seguridad, en unas condiciones óptimas para el
acceso a los servicios públicos, a sus bases de datos, etcétera, y
con las debidas cautelas y protecciones que exige la seguridad de los
datos a los que en ese momento se puede tener acceso. Como tercer
objetivo lo que el proyecto CERES pretende es que, a través de lo
que, por otra parte, está contenido en el proyecto europeo de
certificados electrónicos, las transacciones que se hagan en red, por
Internet y en acceso a los servicios públicos, se hagan en
condiciones de seguridad y de garantía de que



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la persona que los realiza es la que lo puede hacer, que la
documentación que circula es la que debe circular, que llega a su
destino, que llega en tiempo y hora, etcétera. Es decir, todo el
proceso administrativo puesto en red. Como S.S. sabe, el portal de
las administraciones públicas se inauguró el 4 de septiembre. Del 4
de septiembre acá se han producido más de un millón y medio de
accesos, se han servido más de 11 millones de páginas web, se ha
establecido una media de acceso diario de más de 11.000 visitantes
con una media de tiempo de permanencia superior a los tres minutos.

Como dice S.S., yo no sé si eso es bueno o es malo, si da suficiente
satisfacción o no a los ciudadanos. Lo que sí le puedo decir es que,
en comparación con otros, son datos bastante interesantes de que el
funcionamiento en esta primera fase es satisfactorio. Por lo que se
refiere a los contenidos, señala S.S. que, a juicio de algunos
expertos, hay deficiencias en el portal. Estoy seguro que en el
portal puede haber muchas deficiencias -seguramente las habrá-, y
como usted sabe todos los proyectos tecnológicos que están en un
proceso de cambio constante son susceptibles de mejora. Lo que
nosotros hemos hecho aquí es, como no podía ser de otra manera,
ordenar lo que ya existe en red. Las 1.300 páginas web que existían
en el conjunto de las administraciones públicas dispersas las hemos
ordenado en beneficio de los usuarios para que a través de un único
acceso pueda facilitarse esa información.

No sé si la estructura -yo no soy un tecnólogo- a juicio de los
tecnólogos es suficiente o no, no sé si las garantías tecnológicas o
los requerimientos tecnológicos del portal, que son los que se
refieren a las cuestiones que usted plantea, son los mejores o no,
pero a mi modo de ver, lo importante en los servicios públicos a
través de la red no es tanto la arquitectura tecnológica, no es tanto
la infraestructura tecnológica como el contenido, es decir, como el
servicio que se le presta. En ese sentido, sí que le puedo asegurar
que el grado de información y de servicios que en estos momentos está
en la red es suficientemente satisfactorio como para que cualquier
persona que pueda acceder a través de este portal pueda encontrar
toda la información exhaustiva sobre todas las cuestiones que en
estos momentos están gestionando los distintos servicios públicos,
seguro de la Administración general del Estado, y en mayor medida
también algunos de los servicios de las comunidades autónomas y
corporaciones locales, y por lo tanto ese objetivo inicial está
convenientemente satisfecho.

En segundo lugar, por lo que se refiere a los servicios que prestan,
cuando el portal empezó hace tres meses me parece que eran 49
servicios y hoy estamos por encima de los 55 y los tendremos que ir
subiendo. A través de ese portal, hoy puede obtener servicios
directos finales. Es mucho mejor tenerlos todos, pero aunque a usted
le parezca lento, le puedo asegurar que no hay muchos portales,
muchas páginas web en el
conjunto de los países de nuestro entorno que sean capaces de hacer
una gestión integrada y completa de servicios públicos a través de la
red. Le puedo poner el ejemplo recurrente que ha sido objeto de
reconocimiento internacional, como es el de la Agencia Tributaria,
pero le puedo poner cualquier otro, porque no existe en ningún país
no sólo de nuestro entorno, sino del mundo. No se preocupe, señoría,
que seguiremos avanzando para mejorar los servicios porque nosotros
somos conscientes de que cuantos más tengamos en la red mejor
servicio daremos a los ciudadanos.

Quiero decirle una cosa, y es que el objetivo del portal de las
administraciones públicas y de la administración tecnológica no es
excluir la relación directa con los ciudadanos. Este es un servicio
más que lógicamente nuestras administraciones tienen que poner a
disposición del usuario. No es un servicio que pretenda excluir que
los ciudadanos puedan acudir a la Administración a realizar las
gestiones que consideren oportunas. Ese es un servicio que vamos a
mantener. Por lo tanto, en ningún caso nuestra pretensión a través
del portal es eliminar la gestión de los distintos servicios
administrativos desde su responsabilidad y competencia, ni tampoco la
atención directa al usuario, siempre que la demande, porque esa es
una obligación que corresponde a las administraciones y que debe
estar perfectamente satisfecha por nuestra parte.

Por lo que se refiere a las otras dos cuestiones concretas que
plantea, que son las ventanillas empresariales y la página web del
ministerio, le agradezco que reconozca que la página web ha mejorado
mucho y es fruto, como usted decía, del impulso de los proyectos del
portal. En la medida en que se ha hecho una revisión y reordenación
de todos los procedimientos, informaciones etcétera, lógicamente se
van integrando las distintas informaciones de las páginas web y los
distintos servicios que se están dando. En ese sentido le aseguro que
la página del Ministerio de Administraciones Públicas está
actualizada y con un servicio bastante completo. Posiblemente alguno
pueda no estar actualizado al día de hoy, pero le aseguro que todos
los que tienen que ver directamente con información de servicios
y procedimientos a los ciudadanos están actualizados al día de la
fecha.

En cuanto a las ventanillas empresariales y a las ventanillas únicas,
debo decirle que curiosamente estos proyectos nacen en el año 1997 y
que responden a un concepto global de la administración electrónica.

Nosotros tenemos que tener unas administraciones tecnológicas, una
redes por las que podamos dar servicios, pero sobre todo tenemos que
tener unos puntos de entrada que faciliten a los ciudadanos la
posibilidad de aprovechar las ventajas que le ofrecen las nuevas
tecnologías. En ese sentido hay que empezar por lo que parece más
obvio y además exigen las normas procedimentales, que son las
ventanillas únicas, los registros de acceso a la Administración.




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Este proyecto pretende básicamente que un ciudadano pueda, desde
cualquier punto, utilizando el registro indistinto de cualquier
Administración, dirigir cualquiera de sus peticiones en ese registro
a cualquiera de las administraciones sin tener que desplazarse al
registro concreto. Eso es a lo que responde el proyecto de ventanilla
única en su primer momento. Como S.S. dice, el proyecto puede ir más
deprisa, pero para ello, como se articula sobre la base de la
colaboración administrativa a través de un convenio, como toda
colaboración indica, se requiere que los dos que tienen que colaborar
quieran, y cuando la otra parte quiere le aseguro que nosotros no
tardamos nada en firmar un convenio. El problema es que las otras
partes también tienen que querer. De hecho nosotros tenemos ya 1.224
ayuntamientos con convenio bilateral, 10 comunidades autónomas, la
firma próximamente del convenio con Asturias y, como usted decía, 27
millones de ciudadanos cubiertos por estos convenios. Esto significa
que todas estas personas tienen la posibilidad de beneficiarse de
este nuevo sistema para poder relacionarse con la Administración y
hacerlo de una manera transparente, mucho más sencillo, etcétera, que
es el objetivo que pretendíamos.

Al mismo tiempo, debo señalarle, en relación con el programa de
ventanilla única, que es una primera etapa dentro del proyecto
global, que lo que pretende no es sólo que el registro sea
indistinto, sino que ese sea el punto de referencia para iniciar la
gestión administrativa a través de la red. Por eso hemos desarrollado
dos proyectos: lo que se llama el proyecto ventanilla única, PISTA I,
y el proyecto ventanilla única, PISTA II. El proyecto PISTA I lo que
pretendía hacer era una conexión telemática de los registros para que
los asientos registrables, que son los que se toman como referencia
para el inicio de la relación del ciudadano con la Administración, se
hagan telemáticamente. Eso se ha hecho gracias a la colaboración de
un convenio con INDRATelefónica, que empezó a finales de la
legislatura pasada y que ya está rodando y que es una infraestructura
tecnológica y un software que se ofrece a todos los ayuntamientos que
firman el convenio con nosotros y les permite hacer esas anotaciones
en tiempo real.

Las siguientes fases que vamos a desarrollar en PISTA II, que en
estos momentos ha sido adjudicado por el Ministerio de Ciencia y
Tecnología por valor de más de 200 millones de pesetas, es
precisamente para que se pueda hacer un envío telemático de esos
asientos y que en un futuro se pueda remitir a través de la propia
red el documento físico, sin necesidad de seguir utilizando el
desplazamiento del documento que en estos momentos se produce para
que se pueda hacer la tramitación. Esta segunda fase, junto con el
diseño de procedimientos telemáticos a través de la red y el
desarrollo de la firma electrónica, es lo que permitirá realizar
procesos administrativos completos a través de la red. Este es un
proceso lento, complejo y va a llevar su tiempo.




Por último, para que no me regañe el presidente, con relación a la
ventanilla empresarial, debo decirle que soy triunfalista y estoy
encantado de cómo se ha desarrollado este proceso. Por primera vez
hemos conseguido poner en marcha un procedimiento, que es esencial
para nuestro país, dentro de las políticas globales que estamos
impulsando, y va a permitir atender muchos de los objetivos
prioritarios que tenemos.

En primer lugar, el proyecto de ventanilla única empresarial pone de
manifiesto las posibilidades que, a través de la cooperación y de la
colaboración institucional en un Estado compuesto, se pueden
articular para conseguir dar servicios integrados a los ciudadanos,
sin que el conjunto de los niveles de administración se vea como un
problema, sino como una ventaja y una posibilidad del desarrollo
conjunto de esos servicios y facilitarle la vida al ciudadano, que es
de lo que se trata. En segundo lugar, está permitiendo la revisión de
todos los procedimientos de gestión de creación de empresas y la
consecución del objetivo de la simplificación, no sólo de trámites,
sino de documentos y exigencias a los ciudadanos que quieren montar
una empresa. En tercer lugar, está permitiendo implicar a la
iniciativa privada, a la sociedad civil, a través de corporaciones de
derecho público, en el impulso y desarrollo de creaciones de empresas
que son esenciales para conseguir un cuarto objetivo que es básico,
que es la creación de empleo y el crecimiento económico, uno de los
motores fundamentales para el desarrollo del país. Eso ha significado
que en dos años (que a usted le parece muy lento, pero le aseguro que
a mí, que lo gestiono día a día, me parece rapidísimo) hemos firmado
ya 14 ventanillas que están en funcionamiento. La semana que viene
firmaremos en Valencia la número 15. (El señor Martínez Sanjuán:
¿Cuál es la número 14?) La que firmé el sábado con sus compañeros de
la Junta de Andalucía en Sevilla, con el señor alcalde y la señora
consejera de Administraciones Públicas y el presidente de la cámara
sevillana. Esta semana firmaremos en Valencia. Por cierto, le
adelanto que el sábado asumimos el compromiso de extender este
proyecto al conjunto de las capitales andaluzas, en próximas fechas.

Lo que nos está permitiendo este proyecto es que en un período de dos
años hayamos creado 5.000 empresas y 8.000 empleos directos.

Podemos jugar a profetas y a lo mejor se hubieran creado sin
ventanilla, como dice S.S., pero estoy casi convencido que no. Porque
nos estamos dirigiendo a un sector de la población que es el pequeño,
pequeñísimo empresario que necesita la mera información y orientación
para poner un negocio del que no sabe absolutamente nada y que sin
este servicio integrado de referencia probablemente hubiera
abandonado desde el primer momento las posibilidades de desarrollar
una actividad empresarial. Ahora mismo, el 38 por ciento de las
peticiones que llegan a las ventanillas acaban convirtiéndose en una
empresa. Por cierto, el 40 por



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ciento de todas las que salen son mujeres. Ello significa también una
ayuda importante para el impulso y desarrollo, no sólo del trabajo de
la mujer, sino la incorporación de la mujer a la actividad
empresarial. En ese sentido estoy muy orgulloso y por eso estamos
impulsando con otros convenios este proyecto. Fundamentalmente,
tenemos convenios con la Dirección General de Registros y del
Notariado, en la medida en la que es esencial para la constitución de
sociedades todo lo que se refiere a los trámites de constitución de
empresas e inscripciones registrales, etcétera. Hace ya tiempo
firmamos un convenio con el consejo general para que se facilite, a
través de unas conexiones, todo lo que es la tramitación de cara a la
constitución de este tipo de sociedades. Vamos a poner en marcha la
ventanilla virtual, porque la extensión de este proyecto, no sólo
porque sea una demanda de la administración tecnológica, sino porque
es necesario desde el punto de vista de la extensión al conjunto del
territorio del país, necesitamos hacerla a través de la red. Para eso
hemos firmado un convenio con el Consejo Superior de Cámaras para
desarrollar un software de ventanilla virtual, que esperemos que esté
a finales de este año, para que podamos experimentarlo durante los
primeros meses del año que viene, y si rueda bien, lo pondremos
inmediatamente en las ventanillas que tenemos en marcha, con la idea
de extender, mucho más deprisa de lo que hasta ahora lo estamos
haciendo por imperativo físico, el proyecto que tenemos en marcha.




El señor PRESIDENTE: ¿Quiere volver a intervenir, señor Martínez
Sanjuán?



El señor MARTÍNEZ SANJUAN: Quiero agradecerle al secretario de
Estado, como no podía ser de otra forma, su brillante exposición y
excitarle a que sigan cumpliendo sus objetivos.

Quiero animarle a que todos esos convenios y toda esa maravilla de
PISTA única, PISTA II, la mejora en los accesos a los registros, a
los convenios con las notarías, a las sociedades, lo ponga a
disposición de la Dirección General de Calidad para el cumplimiento
de la Ley de incompatibilidades, lo cual mejorará mucho el
cumplimiento de la misma. Y por último, quiero felicitarle las
Navidades a usted y a todos los miembros de la Mesa y animarle a que
tome unas merecidas vacaciones navideñas, señor González, porque eso
de trabajar también los sábados no suele ser muy corriente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
(González González): Simplemente quiero agradecerle la felicitación
al señor Martínez Sanjuán, que yo sé que la hace de corazón y que no
tenga ninguna duda de que vamos a seguir impulsando esto. Esto de la
Ley de incompatibilidades,
aunque no es el momento, ya lo discutiremos en otra ocasión, pero no
le quepa ninguna duda de que también en incompatibilidades la
Dirección General de Calidad de los Servicios trabaja igual de bien
que en el resto de los proyectos que yo le he explicado.




- DE LA SEÑORA LÓPEZ GONZÁLEZ (GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA), SOBRE
VALORACIÓN DE LA EVOLUCIÓN DE LA PRODUCTIVIDAD DE LOS ALTOS GARGOS EN
LOS PRESUPUESTOS 2000-2001. (Número de expediente 181/001033.)



- DE LA MISMA DIPUTADA, SOBRE CRITERIOS SEGUIDOS EN LOS MINISTERIOS
DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, HACIENDA, FOMENTO, INTERIOR Y TRABAJO Y
ASUNTOS SOCIALES PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA PRODUCTIVIDAD EN EL 2000,
Y LOS PREVISTOS PARA EL 2001. (Número de expediente 181/001036.)



- DE LA MISMA SEÑORA DIPUTADA, SOBRE CUANTÍA REPARTIDA ENTRE LOS
ALTOS CARGOS EN CONCEPTO DE PRODUCTIVIDAD EN EL AÑO 2000, ASÍ COMO
PREVISTA PARA EL AÑO 2001 (Número de expediente 181/001037.)



El señor PRESIDENTE: Para ultimar el orden del día, quedan tres
preguntas, todas ellas de la señora López González y relacionadas con
el tema de la productividad en el campo de los funcionarios. Hemos
acordado que las podría formular conjuntamente.

Para ello tiene la palabra la señora López González.




La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: Señor secretario, voy a proponerle al
ministro que le suba la productividad en el año 2002, porque en vista
de la agilidad de que ha dado muestras, no sólo en la Comisión de
esta mañana, sino en las que hemos tenido a lo largo de este año,
incluidos los sábados, está claro que necesita usted que le aumenten
la productividad.

Fuera de bromas, debo reconocerle que durante todo este ejercicio
2001 he venido realizando preguntas al ministerio sobre este asunto,
que a este grupo parlamentario le parece lo suficientemente
importante como para saber qué estaba ocurriendo con esa partida del
presupuesto. Debo reconocer que durante ese mismo tiempo el
ministerio -no sé si usted, pero si es usted ya le felicito por
adelantado- ha estado dándome largas durante todo el año. Por eso le
digo que le doy la enhorabuena por adelantado, porque tengo que
reconocer que han sido ustedes de una eficacia fantástica. Durante
todo el año se las han valido ustedes para no contestarme a las
preguntas que he formulado, y cuando me han contestado me han
entregado toda una serie de documentación que, a excepción de muy
pocos



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párrafos y muy pocos folios, lo demás no servía para nada. Era tan
sencillo -quizás el secretario me saque de la duda-, desde mi punto
de vista, que sólo había que rellenar tres columnas, hacer una tabla
y hacer tres columnas. En la primera columna, el listado de altos
cargos; en la segunda, qué es lo que habían cobrado estos altos
cargos en enero del 2000 por productividad; tercera columna, qué es
lo que habían cobrado esos altos cargos por productividad en el año
2001. Era tan sencillo como eso. Pues siento decirle que no lo he
conseguido. Debe apuntárselo como una medalla porque no ha habido
forma de que consiga esa información. De esa información, señor
secretario, de toda la documentación que me ha hecho llegar el
ministerio (debo decirle que era bastante exhaustiva y rigurosa sobre
el Insalud, el Ministerio del Interior de la policía, todos los
institutos alrededor del Ministerio de Sanidad, el Ministerio de
Fomento, etcétera; no vaya a creer que no me la he leído, me he leído
toda, a pesar de que había una parte que me parecía que no tenía
ninguna relevancia para las preguntas que yo le formulaba), he sacado
en conclusión que durante el año 2001, no sólo con sus
comparecencias, sino con las comparecencias incluso del ministro de
Economía cuando debatimos los presupuestos, igual que con las órdenes
ministeriales que ustedes me han hecho llegar, la subida de la
productividad iba a corresponder a un 2 por ciento, que era lo que
así se arbitraba en los Presupuestos Generales del Estado.

Pero no ha sido así. La documentación que me ha hecho llegar el
ministerio dice -y deduzco que efectivamente es cierto- que se ha
subido la productividad un 6 por ciento en algunos tramos; también es
cierto que ese 6 por ciento no corresponde a todos los ministerios.




Ahora bien, de la documentación que usted no me ha hecho llegar -que
ha omitido-, y por la información que he podido obtener, la cosa no
se queda como acabo de relatársela; no se ha cumplido el 2 por ciento
a que hacía referencia la Ley de Presupuestos Generales del Estado y
tampoco las órdenes ministeriales. Las órdenes ministeriales me han
dado un dato importante: valoraban los baremos de la productividad.

De ahí he concluido que la productividad que han cobrado algunos
altos cargos no se corresponde ni al 2 por ciento ni al 6 por ciento
que he dicho de antemano que se producía en algunos ministerios, sino
que ha llegado hasta el 30 por ciento; me parece sorprendente, y la
misma cara que ha puesto usted puse yo. Algunos de ellos vienen del
Ministerio de Hacienda y del de Economía, de modo que me parecía
extraño, por no calificarlo de otra forma.

Quizá el secretario de Estado tenga una información diferente de la
que yo tengo, y así podamos regularizarla y saber qué ha ocurrido con
la productividad a lo largo de 2001 y qué va a ocurrir con esa
partida en el próximo ejercicio presupuestario. Me imagino que
seguirá teniendo usted la misma habilidad para no mandarme la
documentación completa para que yo tenga que deducir lo que necesito
para reflexionar y hacerle las preguntas en esta Comisión.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (González
González): Estoy en casi todo de acuerdo con usted, sobre todo en que
me suban la productividad. Además, eso significaría que también sería
razonable que se les subiera a todos los que tienen derecho a
cobrarla, si son productivos, sin hacer de esto una discusión
recurrente desde el punto de vista político, en perjuicio de todos
los que se la merecen -y a lo mejor no soy yo el más indicado-. Me
parece muy bien que la productividad deje de ser cuestión de lucha
política y se sitúe donde debe estar: como retribución que paga, como
la ley dice, la especial dedicación, etcétera.

Dicho esto, le tengo que pedir disculpas porque, quizá por querer
darle mucha información, se la hemos dado excesiva. Le aseguro dos
cosas: primero, nada más lejos de nuestra intención que darle largas
a S.S. y, segundo, no nos hemos quedado con ninguna información, toda
la que usted tiene es la misma que tengo yo. Le diré más, en cuanto a
la productividad, siempre es complicado para nosotros llegar al grado
de detalle que a usted le gustaría -y también a mí como secretario de
Estado- porque no es responsabilidad directa de la Secretaría de
Estado de Administraciones Públicas. La competencia directa en
materia de productividad le corresponde al Ministerio de Hacienda. Es
el Ministerio de Hacienda el que establece criterios generales de
productividad y, luego, cada uno de los departamentos ministeriales,
a través de sus jefes de personal fundamentalmente -de sus
subsecretarios- establece los criterios de reparto en su ámbito.

Nosotros simplemente indicamos, en colaboración con los ministerios
económicos, los criterios de evolución del conjunto de las
retribuciones de los empleados públicos, año a año, que son los que
negociamos con los representantes sindicales, y el resultado de esa
negociación es lo que se plasma en la ley de presupuestos. Pues bien,
desde ese punto de vista, la evolución de la productividad, al igual
que el resto de los conceptos retributivos de los empleados públicos,
ha evolucionado de conformidad con lo que ha establecido la ley de
presupuestos, lo cual no quiere decir -como permite también la ley de
presupuestos- que se puedan establecer programas específicos de
productividad en algunos ámbitos, que seguramente son a los que se
refiere S.S., cuando en esa documentación que le hemos enviado
aparecen algunos departamentos ministeriales que pueden ver en el
conjunto de su partida de productividad un incremento de esas
retribuciones -ya le digo que



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ninguno de ellos es para altos cargos-, sino para funcionarios de
esos departamentos ministeriales, aunque la productividad de altos
cargos está metida en la partida global de productividad de cada
ministerio, como no puede ser de otra manera y, en concreto, en su
artículo 15.

Esos incrementos a los que S.S. se refiere, como verá en la
documentación, no son en ningún caso incrementos superiores al 2 por
ciento para ninguno de los altos cargos de los departamentos
ministeriales, seguro que son programas específicos de productividad
para algunos empleados públicos asociados a la consecución de algún
objetivo concreto y probablemente, señoría, si se refería al
Ministerio del Interior, estará haciendo referencia a los programas
de Policía 2000 o a programas específicos de la Guardia Civil que son
los que, en su caso, reflejan un incremento específico de partidas de
productividad muy importantes en el Ministerio del Interior,
asociadas a esos programas específicos que, además, están aprobados
específicamente para ese fin. La productividad de los altos cargos ha
evolucionado, en todo caso, al 2 por ciento. Yo no conozco
incrementos de productividad del 30 por ciento; no sé a qué supuestos
se refiere, pero seguro que ningún alto cargo ha visto incrementada
su productividad en el año 2000 ó en el año 2001 un 30 por ciento.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora López.




La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: Muy brevemente, señor presidente.

Señor secretario, para que no le quede ningún género de duda, de la
información que me envió el ministerio se deduce que el 6 por ciento
se refería a altos cargos, no era a productividad de funcionarios;
aparece aquí como un 6 por ciento, deduzco, haciendo una corrección y
es que el número de altos cargos había aumentado de 31 a 32. Yo no le
hago esa consideración y no lo computo -lo hago posteriormente- para
sacar el porcentaje. Por eso le digo que no hacía referencia al
aspecto funcionarial, sino al listado de altos cargos. No tengo
inconveniente en comentarle los porcentajes a los que me refería con
anterioridad. Todos hacen referencia al Ministerio de Economía y al
Ministerio de Hacienda donde la productividad de altos cargos se ha
disparado, y no tendría inconveniente en facilitarle los datos de la
información que me ha llegado a través del propio ministerio.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
(González González): Le vuelvo a decir lo que al principio. No existe
en el presupuesto del Estado ninguna partida, ningún artículo, ningún
concepto ni ningún programa que se
llame productividad de altos cargos. No existe ninguno. Si su señoría
lo tiene, le agradecería que me lo hiciera llegar. Hay un artículo 15
del capítulo 1 que se llama productividad o incentivos -no lo
recuerdo exactamente- donde se computa el total de las prestaciones
que por productividad e incentivos percibe el conjunto de
trabajadores de un ministerio, incluidos: personal laboral, personal
funcionario, personal interino, personal funcionario en activo, altos
cargos, etcétera. Es decir, está el conjunto. Desconozco, de verdad,
el dato al que se refiere su señoría, pero le agradecería que si lo
tiene así en una partida presupuestaria me lo hiciera llegar porque
sería una auténtica sorpresa. No existe en el presupuesto del Estado
ninguna partida de productividad de altos cargos y, por tanto, es
imposible que tenga esa referencia de altos cargos.

En segundo lugar -quizá no me he expresado bien-, es verdad que la
productividad que se ha gastado en el conjunto de los altos cargos ha
crecido, porque ha aumentado el número de altos cargos, como se ha
explicado aquí ya en alguna ocasión, como consecuencia de que con el
nuevo Gobierno se ha ampliado el número de departamentos
ministeriales. Por tanto se ha ampliado la estructura de altos cargos
y esos altos cargos tienen derecho al cobro de los módulos de
productividad que están establecidos, pero eso no significa que la
productividad de los altos cargos se haya incrementado por encima del
2 por ciento, lo que significa es que hay más altos cargos, pero
todos cobran lo mismo y el incremento de sus productividades va, como
el resto de las retribuciones, al 2 por ciento.

En cuanto a los ministerios a los que se refiere, es posible que la
partida del Ministerio de Economía y del de Hacienda haya visto un
incremento en el conjunto de la dotación de productividad, pero no
por altos cargos, que puede suponer una pequeña parte, sino como
consecuencia del desdoblamiento, fruto de decisiones del nuevo
Gobierno, en un Ministerio de Economía y en un Ministerio de
Hacienda. Eso habrá dado lugar a que en el saldo neto del conjunto de
dos nuevos departamentos ministeriales la dotación global pueda haber
subido, pero el importe de las productividades que percibe cada uno
de los trabajadores de ese ministerio o, en su caso, los altos
cargos, ha evolucionado exactamente igual que el resto de las
retribuciones, al 2 por ciento. Le insisto, fuera de los programas
específicos de productividad, que hay muchos en la Administración del
Estado asociados a objetivos, las evoluciones de las retribuciones de
los altos cargos están perfectamente fijadas y además sólo
evolucionan al 2 por ciento. Existe un módulo para los señores
secretarios de Estados, un módulo para los señores subsecretarios, un
módulo para los directores generales, que se establece según el
conjunto de retribuciones de los subdirectores, etcétera, que está
establecido por los ministerios de Economía y Hacienda, y fuera de
esos márgenes no existe ninguna otra evolución, nada más que el
incremento



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retributivo previsto en la Ley de presupuestos de cada año. Todo lo
demás son programas específicos de productividad que van para el
resto de empleados.




El señor PRESIDENTE: Con esto terminamos el orden del día.

Deseemos felices fiestas a los que hemos quedado en esta sesión de la
Comisión y a todos los que están asistiendo a ella, incluido el señor
secretario de Estado,
los taquígrafos y taquígrafas, y tengamos, que es más difícil que
tener buenas fiestas, un buen año 2002, porque tiene una duración
mayor que las fiestas; que sea un 2002 pletórico de comparecencias
del secretario de Estado ante esta Comisión. Hasta el año que viene.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y treinta y cinco minutos de la tarde