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Publicacions
BOCG. Senado, serie III A, núm. 11-f, de 11/03/1999
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie III A: 11 de marzo de 1999 Núm. 11 (f)
PROPOSICIONES DE LEY (Cong. Diputados, Serie B, núm. 159
DEL SENADO Núm. exp. 124/000004)
PROPOSICION DE LEY
622/000011 Orgánica de modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
ENMIENDAS
622/000011
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las enmiendas presentadas a la Proposición de Ley Orgánica
de modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial.
Palacio del Senado, 9 de marzo de 1999.--La Presidenta del Senado,
Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al
amparo de lo previsto en el Reglamento del Senado, formula 4 enmiendas a
la Proposición de Ley Orgánica de modificación del artículo 19 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Palacio del Senado, 2 de marzo de 1999.--El Portavoz Adjunto, Francisco
Xabier Albistur Marin.
ENMIENDA NUM. 1
Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).
El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al artículo primero.
ENMIENDA
De modificación.
Sustituir «Artículo primero» por: «Artículo Unico».
JUSTIFICACION
Consecuencia de la supresión del Artículo segundo propugnada en otra
enmienda.
ENMIENDA NUM. 2
Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).
El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al artículo segundo.
ENMIENDA
De supresión.
Se suprime íntegramente este artículo.
JUSTIFICACION
Reconducir la Proposición de Ley a sus términos estrictos iniciales de
reconocimiento como Tribunal consuetudinario y tradicional al Consejo de
Hombres Buenos de Murcia.
ENMIENDA NUM. 3
Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).
El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición Adicional.
ENMIENDA
De supresión.
Se suprime la Disposición Adicional.
JUSTIFICACION
Idéntica a la de la enmienda anterior.
ENMIENDA NUM. 4
Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).
El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición Transitoria.
ENMIENDA
De supresión.
Se suprime la Disposición Transitoria.
JUSTIFICACION
La misma de enmiendas anteriores.