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BOCG. Senado, serie III A, núm. 11-f, de 11/03/1999
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BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

SENADO

VI LEGISLATURA

Serie III A: 11 de marzo de 1999 Núm. 11 (f)

PROPOSICIONES DE LEY (Cong. Diputados, Serie B, núm. 159

DEL SENADO Núm. exp. 124/000004)

PROPOSICION DE LEY

622/000011 Orgánica de modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


ENMIENDAS

622/000011

PRESIDENCIA DEL SENADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del

Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES de las enmiendas presentadas a la Proposición de Ley Orgánica

de modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial.


Palacio del Senado, 9 de marzo de 1999.--La Presidenta del Senado,

Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María

Cruz Rodríguez Saldaña.


El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al

amparo de lo previsto en el Reglamento del Senado, formula 4 enmiendas a

la Proposición de Ley Orgánica de modificación del artículo 19 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


Palacio del Senado, 2 de marzo de 1999.--El Portavoz Adjunto, Francisco

Xabier Albistur Marin.


ENMIENDA NUM. 1

Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).


El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al

amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,

formula la siguiente enmienda al artículo primero.


ENMIENDA

De modificación.


Sustituir «Artículo primero» por: «Artículo Unico».


JUSTIFICACION

Consecuencia de la supresión del Artículo segundo propugnada en otra

enmienda.





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ENMIENDA NUM. 2

Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).


El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al

amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,

formula la siguiente enmienda al artículo segundo.


ENMIENDA

De supresión.


Se suprime íntegramente este artículo.


JUSTIFICACION

Reconducir la Proposición de Ley a sus términos estrictos iniciales de

reconocimiento como Tribunal consuetudinario y tradicional al Consejo de

Hombres Buenos de Murcia.


ENMIENDA NUM. 3

Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).


El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al

amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,

formula la siguiente enmienda a la Disposición Adicional.


ENMIENDA

De supresión.


Se suprime la Disposición Adicional.


JUSTIFICACION

Idéntica a la de la enmienda anterior.


ENMIENDA NUM. 4

Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV).


El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos (GPSNV), al

amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,

formula la siguiente enmienda a la Disposición Transitoria.


ENMIENDA

De supresión.


Se suprime la Disposición Transitoria.


JUSTIFICACION

La misma de enmiendas anteriores.