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BOCG. Senado, serie II, núm. 139-b, de 02/06/1999
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: 2 de junio de 1999 Núm. 139 (b)
PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 149
Núm. exp. 121/000149)
PROYECTO DE LEY
621/000139 Por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de
Ingenieros Técnicos Forestales.
ENMIENDAS
621/000139
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley por la que se
crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos
Forestales.
Palacio del Senado, 31 de mayo de 1999.--La Presidenta del Senado,
Esperanza Aguirre Gil de Biedma.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 4
enmiendas al Proyecto de Ley por la que se crea el Consejo General de
Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Forestales.
Madrid, 18 de mayo de 1999.--José Fermín Román Clemente.
ENMIENDA NUM. 1
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición Transitoria Primera, 1.
ENMIENDA
De modificación.
Se propone sustituir el punto 1 de la disposición transitoria por el
siguiente texto:
«1.A la entrada en vigor de esta Ley se constituirá una Comisión Gestora
compuesta por un representante de cada Colegio de Ingenieros Técnicos
Forestales, elegido democráticamente entre los miembros pertenecientes a
dichos Colegios existentes en el territorio nacional.»
MOTIVACION
Asegurar que se elige al representante de cada colegio, de entre los
miembros que los componen, sin que necesariamente
tengan que pertenecer a la Junta Directiva de los mismos.
ENMIENDA NUM. 2
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición Transitoria Primera, 2.
ENMIENDA
De adición.
Se propone añadir, entre las expresiones «... se deberán incluir las
normas de...» y «... constitución y funcionamiento...» la palabra:
«elección».
MOTIVACION
Se debe regular cómo serán elegidos los miembros que compondrán el
Consejo General de Colegios de Ingenieros Técnicos Forestales, y no
únicamente cuántos lo constituyen y cómo funciona.
ENMIENDA NUM. 3
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición Transitoria Primera, 3.
ENMIENDA
De modificación.
Se propone sustituir el punto 3 de la Disposición Transitoria Primera por
el siguiente:
«3.Una vez redactados los Estatutos generales provisionales, serán
votados en todos los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos
Forestales, por todos los miembros de los mismos, y una vez aprobados, se
remitirán al Ministerio de Medio Ambiente, que verificará su adecuación a
la legalidad y ordenará, en su caso, su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».»
MOTIVACION
Dar una redacción más clara y fomentar el que dichos estatutos sean
votados por todos los Ingenieros Técnicos Forestales, sin que sean las
Juntas de dichos Colegios las que decidan sobre los mismos.
ENMIENDA NUM. 4
De don José Fermín Román Clemente (GPMX)
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición Transitoria Segunda, 1.
ENMIENDA
De modificación.
Se propone sustituir el texto del punto 1 de dicha disposición
transitoria por el siguiente:
«1.El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos
Forestales quedará formalmente constituido y adquirirá tanto personalidad
jurídica, como plena capacidad de obrar, una vez que sus Estatutos
Generales provisionales entren en vigor, tras su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».»
MOTIVACION
Creemos lógico esperar a que dichos estatutos, por los que se rige tanto
la elección, como la composición y el funcionamiento del Consejo General,
se publiquen en el BOE para que dicho órgano adquiera tanto la plena
personalidad jurídica, como capacidad de obrar, garantizando de este modo
que se ajustarán a la legalidad, pues según la disposición transitoria
primera, en su punto 3, será el Ministerio de Medio Ambiente el que
verifique que se ajustan a la misma.
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
Reglamento del Senado, formula 1 enmienda al Proyecto de Ley por la que
se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos
Forestales.
Palacio del Senado, 28 de mayo de 1999.--El Portavoz, Juan José Laborda
Martín.
ENMIENDA NUM. 5
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)
El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición Transitoria Primera,
apartado 3.
ENMIENDA
De adición.
Se propone la adición, al final del apartado 3, del siguiente párrafo:
«No obstante, si no fuera posible obtener la conformidad de todos los
colegios profesionales, los Estatutos provisionales serán adoptados
mediante un voto ponderado de cada representante en función de la
representación profesional que cada colegio ostenta.»
JUSTIFICACION
Garantizar la adopción de los Estatutos provisionales en el supuesto de
falta de unanimidad mediante un sistema de voto ponderado proporcional al
número de profesionales incorporados a cada colegio.