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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 266, de 21/10/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE



Año 1999 VI Legislatura Núm. 266



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FEDERICO TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE



Sesión Plenaria núm. 256



celebrada el jueves, 21 de octubre de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Informe anual del Defensor del Pueblo correspondiente a la gestión
realizada durante el año 1998.




- Informe del Defensor del Pueblo correspondiente a la gestión
realizada durante el año 1998. (Número de expediente 260/000004.) . .

. (Página 14150)



Convalidación o derogación de Reales Decretos-leyes.




- Real Decreto-Ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma
electrónica. (Número de expediente 130/000076.) («BOE» núm. 224, de
18 de septiembre de 1999.) . . . (Página 14166)



- Real Decreto-Ley 15/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueban
medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la
competencia en el sector de hidrocarburos. (Número de expediente 130/
000077.) («BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 1999.) (Corrección de
errores: «BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 1999.) . . . (Página 14177)



Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios
Internacionales.




- Convenio celebrado con arreglo al artículo K.3 del Tratado de la
Unión Europea, sobre la competencia, el reconocimiento y la ejecución
de resoluciones judiciales en materia matrimonial, hecho en Bruselas
el 28 de mayo de 1998, y Declaraciones que efectuará España al mismo.

«BOCG. Sección Cortes Generales», serie A, número 349, de 21 de junio
de 1999. (Número de expediente 110/000272.) . . . (Página 14189)



Página 14142




- Protocolo celebrado con arreglo al artículo K.3 del Tratado de la
Unión Europea, relativo a la interpretación por el Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas del Convenio sobre la
competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones
judiciales en asuntos matrimoniales, hecho en Bruselas el 28 de mayo
de 1998, y Declaraciones que efectuará España al mismo. «BOCG.

Sección Cortes Generales», serie A, número 350, de 21 de junio de
1999. (Número de expediente 110/000273.) . . .(Página 14189)



- Segundo Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del
Tratado de la Unión Europea, del Convenio relativo a la protección de
los intereses financieros de las Comunidades Europeas, hecho en
Bruselas el 19 de junio de 1997, y Reserva que formulará España al
mismo. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A, número 351, de 21
de junio de 1999. (Número de expediente 110/000274.) . . . (Página 14189)



- Texto revisado de la Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria, hecho en Roma el 18 de noviembre de 1997. «BOCG.

Sección Cortes Generales», serie A, número 352, de 21 de junio de
1999. (Número de expediente 110/000275.) . . . (Página 14190)



- Protocolo de enmienda a la Carta Social Europea, hecho en Turín el
21 de octubre de 1991. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A,
número 353, de 21 de junio de 1999. (Número de expediente 110/
000276.) . . . (Página 14190)



- Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de
la Unión Europea, del Convenio relativo a la protección de los
intereses financieros de las Comunidades Europeas, hecho en Dublín el
27 de septiembre de 1996. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A,
número 354, de 21 de junio de 1999. (Número de expediente 110/
000277.) . . . (Página 14190)



- Acuerdo de cooperación económica y financiera entre el Reino de
España y los Estados Unidos Mexicanos, hecho en Ciudad de México el 3
de diciembre de 1998. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A,
número 355, de 21 de junio de 1999. (Número de expediente 110/
000278.) . . . (Página 14190)



- Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de
la Unión Europea, relativo a la interpretación, con carácter
prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas,
del Convenio sobre la protección de los intereses financieros de las
Comunidades Europeas, y Declaración relativa a la adopción simultánea
del Convenio sobre la protección de los intereses financieros de las
Comunidades Europeas y del Protocolo relativo a la interpretación con
carácter prejudicial, por el Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas, de dicho Convenio, hechos en Bruselas el 29 de noviembre de
1996, y Declaraciones que efectuará España a aquél. «BOCG. Sección
Cortes Generales», serie A, número 356, de 21 de junio de 1999.

(Número de expediente 110/000279.) . . . (Página 14190)



- Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones
entre el Reino de España y la República de Sudáfrica, hecho en
Pretoria el 30 de septiembre de 1998. «BOCG. Sección Cortes
Generales», serie A, número 358, de 28 de junio de 1999. (Número de
expediente 110/000280.) . . . (Página 14190)



- Convenio establecido sobre la base de la letra c) del apartado 2
del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la lucha
contra los actos de corrupción en los que estén implicados
funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados Miembros de
la Unión Europea, firmado en Bruselas el 26 de mayo de 1997, así como
Reserva y Declaración que España va a formular al mismo. «BOCG.

Sección Cortes Generales», serie A, número 362, de 19 de julio de
1999. (Número de expediente 110/000281.) . . . (Página 14190)



- Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre España y China sobre
modificación del Convenio sobre transporte aéreo civil entre el
Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular
China, hecho en Pekín el 19 de junio de 1978. «BOCG. Sección Cortes
Generales», serie A, número 363, de 19 de julio de 1999. (Número de
expediente 110/000282.) . . . (Página 14191)



- Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
República de Moldova sobre transporte internacional por carretera,
hecho en Varsovia el 20 de mayo de 1999. «BOCG. Sección Cortes
Generales», serie A, número 364, de 19 de julio de 1999. (Número de
expediente 110/000283.) ... (Página 14191)



- Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
Federación de Rusia sobre cooperación en materia de lucha contra la
delincuencia, hecho en Moscú el 17 de mayo de 1999. «BOCG. Sección
Cortes Generales», serie A, número 365, de 19 de julio de 1999.

(Número de expediente 110/000284.) . . . (Página 14191)



Página 14143




- Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
República Eslovaca sobre la cooperación en materia de la lucha contra
la delincuencia organizada, hecho en Bratislava el 3 de marzo de
1999. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A, número 368, de 28 de
julio de 1999. (Número de expediente 110/000285.) . . . (Página 14191)



- Protocolo Adicional a la Carta Social Europea, hecho en Estrasburgo
el 5 de mayo de 1998. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A,
número 369, de 9 de agosto de 1999. (Número de expediente 110/
000286.) . . . (Página 14191)



- Protocolo Adicional al Convenio para la protección de los derechos
humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones
de la biología y la medicina, por el que se prohíbe la clonación de
seres humanos, hecho en París el 12 de enero de 1998. «BOCG. Sección
Cortes Generales», serie A, número 370, de 9 de agosto de 1999.

(Número de expediente 110/000287.) . . . (Página 14191)



Enmiendas del Senado.




- Proyecto de Ley de ordenación de la edificación. «BOCG. Congreso de
los Diputados», serie A, número 163-1, de 15 de marzo de 1999.

(Número de expediente 121/000163.) . . . (Página 14191)



- Proyecto de Ley sobre sistemas de pagos y de liquidación de
valores. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, número 169-1, de
5 de mayo de 1999. (Número de expediente 121/000168.) ... (Página 14198)



- Proyecto de Ley para promover la conciliación de la vida familiar y
laboral de las personas trabajadoras. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, número 172-1, de 24 de mayo de 1999. (Número de
expediente 121/000172.) . . . (Página 14202)



- Proposición de Ley sobre nombre y apellidos y orden de los mismos.

«BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, número 293-1, de 23 de
marzo de 1999. (Número de expediente 122/000260.) . . . (Página 14204)



Debates de totalidad de iniciativas legislativas.




- Proyecto de Ley del Estatuto Básico de la Función Pública. «BOCG.

Congreso de los Diputados», serie A, número 177-1, de 5 de julio de
1999. (Número de expediente 121/000177.) . . . (Página 14208)



- Proyecto de Ley sobre el régimen jurídico de la tenencia de
animales potencialmente peligrosos. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, número 184-1, de 27 de septiembre de 1999.

(Número de expediente 121/000184.) . . . (Página 14223)



- Dictamen de la Comisión d e Asuntos Exteriores en relación con el
proyecto de ley sobre medidas de control de sustanciasquímicas
susceptibles de desvío para fabricación de armas químicas. (Número de
expediente 121/000173) . . . (Página 14231)



S U M A R I O



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la



mañana.




Informe del Defensor del Pueblo correspondiente
a la gestión realizada durante el año 1998 . . . (Página 14150)



Comparece ante la Cámara el Defensor del Pueblo (Álvarez de Miranda y
Torres) para presentar el informe de la gestión realizada durante el
año 1998. Agradece a los señores Diputados la atención que siempre le
han dispensado en sus comparecencias y en sus peticiones y aprovecha
la ocasión para rendir tributo a todos los componentes del personal
de la institución del Defensor del Pueblo, que vienen trabajando día
tras día con una dedicación y esfuerzo encomiables, dedicando un
especial recuerdo a don José Mario Fernández, asesor jefe



Página 14144




del área de Interior, fallecido recientemente, cuya dedicación y
generosidad está en la memoria de todos sus compañeros.

A continuación hace un breve examen de la experiencia acumulada durante
los cinco años de permanencia al frente de la institución, a la que
considera una caja de resonancia de los problemas que tiene la sociedad
española, opinando que la presencia de los defensores del pueblo en
todos los países donde existe esta institución es cada vez más necesaria,
puesto que los derechos humanos están siendo violados en muchísimas
partes del mundo y hay que redoblar los esfuerzos por defenderlos.

Pasa a explicar la labor llevada a cabo por la institución durante estos
años en relación con las visitas a los centros penitenciarios, a los
centros de refugiados o a otras dependencias de la Administración,
poniendo de relieve que muchos ciudadanos no conocen la figura del
Defensor del Pueblo tal como está enmarcada en estos momentos en nuestra
legislación o bien no conocen los cauces para dirigirse a ella.

Asimismo se refiere a las relaciones que mantienen el Defensor del
Pueblo y las administraciones públicas en el ámbito local, autonómico y,
fundamentalmente, con la Administración general, en las que aprecia una
notable mejoría, aunque persisten algunos defectos en su actitud, como
la lentitud, la práctica del silencio administrativo o la resistencia a
reconocer parte de las peticiones que los administrados le hacen llegar.

Acusa a la Administración de ser poco sensible a las llamadas que se
hacen desde el Defensor del Pueblo, cuando éste no es el gran inquisidor
sino que lo que hace, a fin de cuentas, es servir al ciudadano e
intentar que los controles democráticos funcionen. Estos hechos le
llevan a la conclusión de que cada día es más necesaria la función y la
existencia de instituciones como la del Defensor del Pueblo porque cada
día existen mayores violaciones de derechos humanos y una resistencia,
aunque no generalizada, por parte de aquellos a quienes les toca rendir
cuentas para cumplir con las obligaciones que la Declaración Universal
de derechos Humanos impone a todos.

A continuación pasa a explicar los diferentes capítulos del informe del
año 1998, que viene acompañado de ocho monografías que han considerado
destacables y del informe sobre la situación de menores en España.

Terminado el análisis del informe pasa a hacer unas breves reflexiones
sobre el futuro de la institución. Reconoce que las actuaciones del
Defensor del Pueblo tendrían que tener algo más de vida, más contenido,
de modo que estos informes que se rinden ante el Pleno de las Cámaras no
fueran simple trámite parlamentario, y muestra su conformidad con la
reforma de la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo, anunciando la
posibilidad de presentar en breves fechas un modelo de anteproyecto para
que los grupos parlamentarios puedan estudiarlo.

Por último se despide de la Cámara con cierta nostalgia, recordando la
época en que fue diputado y, luego, presidente del Congreso de los
Diputados, puesto que su mandato termina en las próximas semanas.

Manifiesta que la labor parlamentaria, la labor de control parlamentario
es una de las labores más dignas que puede hacer un político y se siente
totalmente identificado con sus señorías en esa labor de la defensa de
la libertad.

En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Peralta
Ortega, del Grupo Parlamentario Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Amorós i Sans, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); el señor Castellano
Cardalliaguet, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; y las
señoras Alberdi Alonso, del Grupo Socialista del Congreso, y Camilleri
Hernández, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Convalidación o derogación de reales decretos-leyes ... (Página 14166)



Real Decreto-ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica
. . . (Página 14166)



Presenta el Real Decreto-ley ante la Cámara, para el que pide su
convalidación, el señor ministro de Fomento (Arias-Salgado y Montalvo).

En primer lugar se refiere a la tramitación y contenido del Real
Decreto-ley y pasa a hacer unas reflexiones finales en las que
fundamenta la petición del voto favorable de la Cámara. Manifiesta que
el Real Decreto-ley pretende una regulación clara del uso de la firma
electrónica, atribuyéndole eficacia jurídica y previendo el régimen
aplicable a los prestadores de servicios de certificación, y expone
brevemente el contenido de los 28 artículos y disposiciones adicional,
transitoria y finales de que consta el Real Decreto-ley. Concluye su
intervención resaltando la importancia del comercio electrónico que en
los próximos 24 a 36 meses canalizará en España un volumen de
facturación de más de 250.000 millones de pesetas, por lo que considera
absolutamente necesario dar seguridad jurídica y garantías plenas de que
pueda desarrollarse con fiabilidad.

En turno en contra de la convalidación interviene la señora Fernández
de la Vega Sanz, del Grupo Socialista del Congreso.




Página 14145




En turno a favor de la convalidación interviene el señor Jiménez
Suárez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Peralta
Ortega, del Grupo Parlamentario Mixto;
Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria;
González de Txabarri Miranda, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-
PNV); Guardans i Cambó, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), y Santiso del Valle, del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida.




El señor ministro de Fomento (Arias-Salgado y Montalvo) hace uso de
la palabra para agradecer todas las intervenciones, incluso las más
críticas, y para anunciar que el Gobierno acepta, y espera que su
grupo parlamentario lo haga también, la tramitación como ley de este
Real Decreto-ley. Asimismo hace tres reflexiones finales de tipo
general.




En turno de réplica interviene la señora Fernández de la Vega Sanz.




Real Decreto-ley 15/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueban
medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la
competencia en el sector de hidrocarburos . . . (Página 14177)



El señor ministro de Industria y Energía y portavoz del Gobierno
(Piqué i Camps) presenta a la Cámara, para su convalidación, el Real
Decreto-ley de medidas de liberalización, reforma estructural e
incremento de la competencia en el sector de hidrocarburos. Antes de
comentar cada una de las medidas incluidas en el texto, hace una
serie de reflexiones sobre los motivos que han impulsado al Gobierno
a su adopción, así como los objetivos que pretenden alcanzar. El
Gobierno, a pesar de la evolución favorable de la economía española,
según los distintos indicadores económicos, considera que la
estabilidad de precios y la corrección de los posibles desajustes que
respecto a ella se puedan producir tiene una importancia primordial,
en atención a la influencia que esta estabilidad tiene sobre la
competitividad de la economía, y la industria en particular, sobre
todo si se tiene en cuenta el marco de internacionalización de las
economías y los mercados en el que España se encuentra. Por tanto,
añade, en atención a la importancia estratégica del sector energético
y de las medidas estructurales que sobre él se puedan adoptar, el
Gobierno ha estimado conveniente actuar sobre este sector, cuya
dinamización repercute en definitiva sobre el conjunto de la economía
nacional.

Explica que el objetivo de este Real Decreto-ley presenta una doble
vertiente: por una parte, persigue una incidencia directa e inmediata
sobre los precios, contribuyendo así a su estabilidad, y por otro,
las medidas de carácter estructural que se introducen pretenden
profundizar en el proceso de liberalización del sector de
hidrocarburos, reforzar la competencia y el funcionamiento más
eficiente de los mercados de estos productos, lo que sin duda
incidirá también sobre los precios a medio y a largo plazo. Tras
explicar cada una de las medidas adoptadas en el Real Decreto-ley,
manifiesta que su presentación responde a la convicción del Gobierno
de que el camino correcto a seguir para la adaptación a los cambios
de la economía internacional y al mantenimiento de un nivel de
competitividad acorde con el de los países de nuestro entorno
consiste en la flexibilización de los mercados y en el incremento de
la competencia, por lo que, mediante este Real Decretoley, no se
pretende sino continuar la senda ya iniciada por el Gobierno de
apertura y flexibilización de mercados en el conjunto de la economía
española, y en el sector de los hidrocarburos en particular, dando un
nuevo impulso a este proceso con el objetivo adicional de
proporcionar una mayor estabilidad en la evolución de los precios y
así favorecer al conjunto de la industria y de la economía española
en atención al carácter estratégico que sin ninguna duda tiene el
sector energético.




En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Mardones
Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; González de
Txabarri Miranda, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV);
Guardans i Cambó, del Grupo Parlamentario Catalán del Valle,
(Convergència i Unió); Santiso del grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida; la señora Mendizábal Gorostiaga, del Grupo
Socialista del Congreso, y el señor Peón Torre, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.




El señor presidente, de acuerdo con los portavoces de los grupos,
comunica a la Cámara el programa de trabajo a seguir para culminar el
orden del día.




A continuación se procede a las votaciones de los dos reales
decretos-leyes y de los dictámenes de la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre convenios internacionales.




Sometida a votación, en primer lugar, la convalidación o derogación
del Real Decreto-ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma
electrónica, se aprueba su convalidación por 166 votos a favor, 129
en contra y diez abstenciones.




Página 14146




Sometida a votación la tramitación como proyecto de ley del Real
Decreto-ley convalidado, se aprueba por 282 votos a favor, 22 en
contra y dos abstenciones.




Sometida a votación, en segundo lugar, la convalidación o derogación
del Real Decreto-ley 15/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueban
medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la
competencia en el sector de hidrocarburos, se aprueba la
convalidación por 290 votos a favor y 13 abstenciones.




Sometida a votación la tramitación como proyecto de ley del Real
Decreto-ley convalidado, se rechaza por 139 votos a favor, 166 en
contra y una abstención.




Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales . . . (Página 14189)



Convenio celebrado con arreglo al artículo K. 3 del Tratado de la
Unión Europea, sobre la competencia, el reconocimiento y la ejecución
de resoluciones judiciales en materia matrimonial, hecho en Bruselas
el 28 de mayo de 1998, y declaraciones que efectuará España al mismo
. . . (Página 14189)



Protocolo celebrado con arreglo al artículo K. 3 del Tratado de la
Unión Europea, relativo a la interpretación por el Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas del Convenio sobre la
competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones
judiciales en asuntos matrimoniales, hecho en Bruselas el 28 de mayo
de 1998, y declaraciones que efectuará España al mismo ... (Página 14189)



Segundo Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del
Tratado de la Unión Europea, del Convenio relativo a la protección de
los intereses financieros de las Comunidades Europeas, hecho en
Bruselas el 19 de junio de 1997, y reserva que formulará España al
mismo . . . (Página 14189)



Texto revisado de la Convención Internacional de protección
fitosanitaria, hecho en Roma el 18 de noviembre de 1997 . . . (Página 14190)



Protocolo de enmienda a la Carta Social Europea, hecho en Turín el 21
de octubre de 1991 . . . (Página 14190)



Protocolo establecido sobre la base del artículo K. 3 del Tratado de
la Unión Europea, del Convenio relativo a la protección de los
intereses financieros de las Comunidades Europeas, hecho en Dublín el
27 de septiembre de 1996 ... (Página 14190)



Acuerdo de cooperación económica y financiera entre el Reino de
España y los Estados Unidos Mexicanos, hecho en Ciudad de México el 3
de diciembre de 1998 . . . (Página 14190)



Protocolo establecido sobre la base del artículo K. 3 del Tratado de
la Unión Europea, relativo a la interpretación con carácter
prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas
del Convenio sobre la protección de los intereses financieros de las
Comunidades Europeas, y Declaración relativa a la adopción simultánea
del Convenio sobre la protección de los intereses financieros de las
Comunidades Europeas y del Protocolo relativo a la interpretación con
carácter prejudicial, por el Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas, de dicho Convenio, hechos en Bruselas el 29 de noviembre de
1996, y declaraciones que efectuará España a aquél . . . (Página 14190)



Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre
el Reino de España y la República de Sudáfrica, hecho en Pretoria el
30 de septiembre de 1998 . . . (Página 14190)



Página 14147




Convenio establecido sobre la base de la letra c) del apartado 2 de
artículo K. 3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la lucha
contra los actos de corrupción en los que estén implicados
funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados Miembros de
la Unión Europea, firmado en Bruselas el 26 de mayo de 1997, así como
Reserva y Declaración que España va a formular al mismo . . . (Página 14190)



Canje de notas constitutivo de Acuerdo entre España y China sobre
modificación del Convenio sobre transporte aéreo civil entre el
Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular
China, hecho en Pekín el 19 de junio de 1978 . . . (Página 14191)



Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
República de Moldova sobre transporte internacional por carretera,
hecho en Varsovia el 20 de mayo de 1999 . . . (Página 14191)



Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
Federación de Rusia sobre cooperación en materia de lucha contra la
delincuencia, hecho en Moscú el 17 de mayo de 1999 . . . (Página 14191)



Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
República Eslovaca sobre la cooperación en materia de la lucha contra
la delincuencia organizada, hecho en Bratislava el 3 de marzo de 1999
. . . (Página 14191)



Protocolo adicional a la Carta Social Europea, hecho en Estrasburgo
el 5 de mayo de 1998 . . . (Página 14191)



Protocolo adicional al Convenio para la protección de los derechos
humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones
de la biología y la medicina, por el que se prohibe la clonación de
seres humanos, hecho en París el 12 de enero de 1998 . . . (Página 14191)



Sometidos a votación los dictámenes de la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre convenios internacionales, se aprueban por
asentimiento.




Enmiendas del Senado . . . (Página 14191)



Proyecto de ley de ordenación de la edificación . . . (Página 14191)



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Vázquez
Vázquez (don Guillerme), del Grupo Parlamentario Mixto; la señora
Uría Echevarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); y los
señores Recoder i Miralles, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió); Fernández Sánchez, del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida;
Morlán Gracia, del Grupo Socialista del Congreso, y Ortiz González,
del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Se suspende la sesión a las dos y treinta y cinco minutos de la
tarde.




Se reanuda la sesión a las cuatro de la tarde.




Enmiendas del Senado. (Continuación) . . . (Página 14198)



Proyecto de ley sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores .

. . (Página 14198)



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Zabalía
Lezamiz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Guardans i Cambó,
del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Ríos Martínez,
del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Martínez Sanjuán,
del Grupo Socialista del Congreso, y Albendea Pabón, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.




Página 14148




Proyecto de ley para promover la conciliación de la vida familiar y
laboral de las personas trabajadoras . . . (Página 14202)



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Caballero
Basañez, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Solsona i
Piñol, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); el
señor Vaquero del Pozo, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida; y las señoras Cortajarena Iturrioz, del Grupo Socialista del
Congreso, y Sainz García, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.




Proposición de ley sobre nombre y apellidos y orden de los mismos . .

. (Página 14204)



En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Rivadulla
Gracia y el señor Vázquez Vázquez (don Guillerme), del Grupo
Parlamentario Mixto; el señor Mardones Sevilla, del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Uría Echevarría, del
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); los señores Jané i Guasch, del
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Castellano
Cardalliaguet, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida,
Pedret i Grenzner, del Grupo Socialista del Congreso, y la señora
Sainz García, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas . . . (Página 14208)



Proyecto de ley del estatuto básico de la Función pública . . . (Página 14208)



Presenta el proyecto de ley, en nombre del Gobierno, el señor
ministro de Administraciones Públicas (Acebes Paniagua). Considera
que abordar una nueva ordenación de la Función pública es un
acontecimiento de gran trascendencia que se ha producido en contadas
ocasiones en nuestra historia administrativa, procediendo a hacer un
breve repaso de la historia reciente desde el Estatuto de Bravo
Murillo de 1852 hasta el momento presente, pasando por los gobiernos
de UCD y socialistas. A continuación explica las razones que hacen
evidente la elaboración y aprobación de un estatuto de la Función
pública que ordene correctamente las administraciones públicas y sus
recursos humanos, para articular un sistema homogéneo general,
adaptado a los principios
constitucionales y al nuevo modelo de organización territorial
y competencial del Estado, que ofrezca, además, un marco regulador
claro y concreto de todos los aspectos que deben formar parte del
modelo de función pública que nuestras administraciones demandan para
el próximo milenio, superando las carencias y las dificultades hoy
existentes, ordenando y simplificando el disperso y confuso régimen
regulador vigente. Añade que el estatuto básico, cuya tramitación
inició su predecesor en el Ministerio, don Mariano Rajoy, se
concibió, se discutió y se elaboró en la fase previa a esta instancia
parlamentaria con vocación de consenso de todos los sectores
implicados, vocación que perdurará a lo largo de toda la tramitación
parlamentaria de este proyecto de ley en ambas Cámaras, agradeciendo
a todos los que han participado sus esfuerzo de diálogo. Asimismo
desea lograr de los grupos parlamentarios el mayor grado de consenso
que una norma de tanta trascendencia y vocación de permanencia como
ésta merece, para lo que anticipa que el Gobierno no va a ahorrar
esfuerzos, estando dispuestos a considerar y debatir todas aquellas
propuestas que contribuyan a mejorarlo. A continuación entra ya en el
contenido concreto del texto que presenta, destacando los siguientes
aspectos: la sustitución de los actuales planes de empleo por nuevos
planes de ordenación de recursos humanos, la ética en el desempeño
del servicio público, la función directiva profesional, la ordenación
de la actividad profesional, la regulación de la carrera profesional,
la movilidad y provisión de puestos de trabajo, el sistema
retributivo, las situaciones administrativas -comunes y adaptadas a
las necesidades y peculiaridades de las administraciones-, el régimen
disciplinario y de incompatibilidades, destacando finalmente el
sistema de representación, participación y negociación colectiva y la
coordinación de las administraciones públicas. Termina su
intervención diciendo que establecer un ámbito jurídico adecuado, que
instaure reglas que doten al sistema de las señas de identidad
necesarias para la articulación de un modelo homogéneo de función
pública, que respete los ámbitos competenciales de las distintas
administraciones públicas y les permita conformar sus sistemas
propios e institucionalizar órganos de información y coordinación que
permitan la formulación de políticas públicas, de recursos humanos,
adecuadas a las necesidades de cada momento y de cada organización,
sin perder de vista el conjunto, son razones más que suficientes para
justificar este proyecto de ley. En este contexto es en el que sitúa
la razón fundamental del proyecto de estatuto básico de la Función
pública, en el convencimiento de que su aprobación es una necesidad
que ha de permitir avanzar y profundizar en la consecución de
organizaciones administrativas que sirvan con objetividad a la
intereses generales, actuandode acuerdo a los principios de eficacia,
jerarquía,



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descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento
pleno a la ley y al derecho, tal y como consagra el texto
constitucional y tal y como demanda la sociedad.




En defensa de las enmiendas de totalidad de devolución presentadas al
proyecto de ley, intervienen el señor Vázquez Vázquez (don Guillerme)
y las señoras Rivadulla Gracia y Lasagabaster Olazábal, del Grupo
Parlamentario Mixto; y los señores Caballero Basañez, del Grupo
Parlamentario Vasco (EAJPNV), y Rodríguez Zapatero, del Grupo
Socialista del Congreso.




En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Gil i Miró,
del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); y los señores
Vaquero del Pozo, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida,
y López-Medel Bascones, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.




Proyecto de ley sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales
potencialmente peligrosos . . . (Página 14223)



Presenta el proyecto de ley, en nombre del Gobierno, el señor
ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación (Posada Moreno).

Manifiesta que el proyecto de ley que tiene el honor de presentar a
la Cámara tiene por objeto establecer la normativa de aplicación
sobre la tenencia y disfrute de los animales potencialmente
peligrosos, los que pertenecen a la fauna salvaje, que están siendo
utilizados como animales domésticos o de compañía, y especialmente la
tenencia y disfrute de los animales domésticos o de compañía por
excelencia, los perros. Explica que es preciso hacer compatible la
tenencia y disfrute de estos animales con la convivencia ciudadana y
la seguridad de personas, tratándose de una ley marco que será
desarrollada posteriormente en la oportuna vía reglamentaria,
mediante normas autonómicas y municipales. En el proyecto se recogen
todos los aspectos que han sido demandados insistentemente por la
sociedad en los últimos meses: el transporte, adiestramiento,
comercio, importacion, selección y tenencia de estos animales,
pretendiendo conjugar en un mismo marco legal la responsabilidad de
los propietarios, el bienestar de los animales y la seguridad
pública. Explica que el contenido de la norma ha sido analizado por
todas las partes implicadas, lográndose un consenso en sus aspectos
fundamentales, y solicita de la Cámara que rechace las enmiendas de
totalidad presentadas al proyecto de ley, mostrando su buena
disposición y la del Grupo Popular a considerar las enmiendas
parciales que se presenten.

En defensa de las enmiendas de totalidad de devolución presentadas al
proyecto de ley intervienen los señores López Garrido, del Grupo
Parlamentario Mixto; Madrid López, del Grupo Socialista del Congreso,
y Centella Gómez, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.




En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Mardones
Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Uría
Echevarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); y los señores
Companys Sanfeliu, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), y De Luis Rodríguez, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.




Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores en relación con el
proyecto de ley sobre medidas de control de sustancias químicas
susceptibles de desvío para fabricación de armas químicas . . .

(Página 14231)



No se han presentado enmiendas al proyecto de ley y ningún grupo
parlamentario desea intervenir.




El señor Pedret i Grenzner, del Grupo Socialista del Congreso,
comunica a la Presidencia que tras el debate sobre las enmiendas del
Senado a la proposición de ley sobre nombre y apellidos y orden de
los mismos, su grupo rectifica el voto en contra que había anunciado
a algunas de las enmiendas.




Enmiendas del Senado. (Votación) . . . (Página 14232)



Se procede a las votaciones de las enmiendas del Senado al proyecto
de ley de ordenación de la edificación.




A continuación, se procede a las votaciones de las enmiendas del
Senado al proyecto de ley sobre sistemas de pagos y de liquidación de
valores.




Asimismo, se procede a las votaciones de las enmiendas del Senado al
proyecto de ley para promover la conciliación de la vida familiar y
laboral de las personas trabajadoras.




Por último, se procede a las votaciones de las enmiendas del Senado a
la proposición de ley sobre nombres y apellidos y orden de los
mismos.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación) . . .

(Página 14233)



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Sometidas a votación conjunta las enmiendas de totalidad de
devolución al proyecto de ley del estatuto básico de la Función
pública, son rechazadas por 121 votos a favor, 168 en contra y seis
abstenciones.




Sometida a votación la avocación por el Pleno de la deliberación y
votación final, se aprueba por unanimidad.




Sometidas a votación conjunta las enmiendas de totalidad de
devolución al proyecto de ley sobre el régimen jurídico de la
tenencia de animales potencialmente peligrosos, se rechazan por 126
votos a favor y 167 en contra.




Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores en relación con el
proyecto de ley sobre medidas de control de sustancias químicas
susceptibles de desvío para fabricación de armas químicas. (Votación)
. . . (Página 14234)



No habiéndose presentado enmiendas, se somete a votación el dictamen
de la Comisión, que es aprobado por 291 votos a favor y una
abstención.




Se levanta la sesión a las ocho de la noche.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




- INFORME DEL DEFENSOR DEL PUEBLO CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN
REALIZADA DURANTE EL AÑO 1998. (Número de expediente 260/000004.)



El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión con el punto VI del orden
del día que trae al Pleno el informe anual del Defensor del Pueblo,
correspondiente a la gestión realizada durante el año 1998.

Para la presentación del informe, tiene la palabra el señor Defensor
del Pueblo, a quien damos la bienvenida, don Fernando Álvarez de
Miranda.




El señor DEFENSOR DEL PUEBLO (Álvarez de Miranda y Torres):
Excelentísimo señor presidente del Congreso de los Diputados,
excelentísimos señoras y señores diputados, en la mañana de hoy me
corresponde cumplir con la obligación parlamentaria de rendir cuenta
a esta Cámara del período correspondiente a 1998, el último período
del informe de este Defensor del Pueblo.

Corresponde también, señorías, antes de iniciar cualquier tipo de
consideración, dar sinceramente las gracias a SS.SS. por la atención
que siempre han dispensado a este Defensor del Pueblo en sus
comparecencias y en sus peticiones. Ciertamente, señor presidente, la
institución del Defensor del Pueblo tiene que reconocer que en tantas
en cuantas ocasiones hemos solicitado de esta Presidencia el apoyo
para realizar cualquier tipo de trabajo extraordinario o de mantener
relaciones con algunos de los países que tienen la misma figura del
Defensor del Pueblo, tanto por parte de la Presidencia como por parte
de la Comisión Mixta específica del Defensor del Pueblo y de SS.SS.,
hemos encontrado una facilidad, una comprensión, un apoyo que
difícilmente podemos olvidar. Muchas gracias, por tanto, por este
apoyo que el Defensor del Pueblo ha recibido de SS.SS.

Y lo mismo que me permití recordarlo en el Senado, quiero aprovechar
la ocasión para rendir tributo a todos los componentes del personal
de la institución del Defensor del Pueblo que vienen trabajando día
tras día con una dedicación y un esfuerzo encomiables, para poder
hacer posible que respondamos a las solicitudes, a los planteamientos
de los ciudadanos que llegan a la institución, y hacer posible, a fin
de cuentas, redactar este informe que traemos a la Cámara. Por eso
quiero, de forma expresa, recordar aquí tanto a los adjuntos como al
secretario general, al interventor que nos ha sido designado por las
dos Cámaras, a todo el personal de la institución que dedica sus
horas de una manera generosa, a veces heroica. Lo digo porque hace
unos meses tuvimos la desgracia de perder un colaborador, un
compañero inestimable, el asesor jefe del área de interior, José
Mario Fernández, un hombre entregado a la institución; estoy
convencido de que fue precisamente por su trabajo, por su dedicación
constante dentro de la institución a los problemas que le planteaba
la especificidad de los temas que le correspondían. Para él no
existían días de fiesta ni sábados ni domingos, atendía las llamadas
constantes de las organizaciones no gubernamentales, de los
inmigrantes que, desde Barajas o desde los centros de reclutamiento,
acudían a él a pedirle ayuda, a pedirle orientación. José Mario
Fernández, en la mañana de un viernes, después de tratar temas de
esta naturaleza, falleció de un infarto. Me parece obligado,
señorías, que conste en el «Diario de Sesiones», con permiso de
nuestro presidente, el recuerdo a este funcionario ejemplar que está
en la memoria de todos sus compañeros.




Antes de entrar en el examen concreto de la actividad correspondiente
al año 1998, dado que hace cinco años prácticamente, en diciembre de
1994, fui designado como alto comisionado de estas Cámaras como
Defensor del Pueblo, me permitiría hacer un breve examen de lo que ha
sido durante estos cinco años, durante este mandato, la experiencia
del Defensor del Pueblo en esa caja de resonancia, que de alguna
manera es



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nuestra institución, de los problemas que tiene la sociedad española.

Realmente, señorías, creo que la presencia de los defensores del
pueblo en todos los países donde existe esta institución cada vez se
va haciendo notar como algo más necesario, como algo que significa un
control redoblado en la defensa de los derechos humanos, porque los
derechos humanos están necesitados de defensa, y eso lo saben muy
bien SS. SS. Podremos tener declaraciones solemnes, textos
internacionales o nacionales, disposiciones recogidas en las propias
constituciones, pero lo cierto es que, año tras año, vemos que
desgraciadamente los derechos humanos están siendo violados en
muchísimas partes de nuestro mundo. Por tanto, las instituciones de
defensa, de garantía de estos derechos son cada día más necesarias.

En estos años de mandato, desde la perspectiva de la institución del
Defensor del Pueblo, hemos podido examinar alrededor de unas 100.000
reclamaciones individuales o colectivas presentadas ante la
institución y hemos recibido unas 20.000 visitas en la misma
institución. Es cierto que de esas 100.000 reclamaciones no todas han
podido ser tramitadas, y eso lo conocen bien SS.SS. porque ya son
varios los informes en los que nos referimos al defecto con que a
veces los ciudadanos se dirigen al Defensor con la petición de ayuda,
con la petición de protección y, consiguientemente, alrededor del 70
por ciento de las reclamaciones que nos llegan han de ser rechazadas
por falta de competencia de la institución para examinar estas
reclamaciones de los ciudadanos. Quizás ello nos permite, sin
embargo, dedicar nuestra atención a rendir visitas con mucha más
regularidad, a dedicarnos a temas concretos de estudio que
complementan la labor del examen de estas quejas, que en todo caso,
sean o no tramitables, se reciben y se examinan. Durante estos cinco
años, hemos visitado la totalidad de los centros penitenciarios
españoles, 82, algunos en varias ocasiones. De estas visitas, y de
otras que se hacen a centros de refugiados extranjeros o a otras
dependencias de la Administración, creo que hemos podido sacar la
consecuencia de conocer de forma más directa, y por tanto más
correcta, cuál es la situación de la Administración española en estos
cinco años a los que me vengo refiriendo. Y es que el Defensor del
Pueblo, para que pueda realizar una labor eficaz en la defensa de los
derechos fundamentales, tiene que tener un triple orden de
relaciones. Tiene que relacionarse de manera muy importante, primero,
con esta Cámara al rendir los informes, al hacer llegar a través de
la Comisión correspondiente todos los problemas que se presentan ante
el Defensor, pero también con los propios ciudadanos que acuden al
Defensor y, cómo no, con la Administración, que es quien, en
definitiva, muchas veces, plantea los problemas con los que aluden
los ciudadanos.

Así, durante todo este período, nos hemos encontrado con que aquel
ideal de justicia que proclamaba la Declaración Universal de Derechos
Humanos, cuyo 50 aniversario fue solemnemente celebrado el 10 de
diciembre del pasado año, no es cumplido con toda la exactitud y con
todo el rigor con que desearían los defensores del pueblo. Sin
embargo, esta Declaración ha supuesto para todos -insisto, para
todos- un punto de partida, un punto clave de referencia en todas las
materias que puedan referirse a los derechos humanos. Y lo fue para
nuestra Constitución de 1978 cuando se discutió la posibilidad de
incluirlo, y al final fue incluido, como SS.SS. saben, en el artículo
10.2 de nuestra Constitución. Si se examinan los diarios de sesiones
de aquel entonces, se comprobará que no fue fácil y que hubo
distintas posiciones en relación con la, diríamos, remisión de la
Constitución española a la Declaración Universal de Derechos Humanos;
sin embargo, se hizo, y se hizo de una manera que me parece
importante, porque ha quedado como una pieza clave de todo el arco
institucional, ya que a través de ella se examina cuál es el sistema
de orden social y de orden político que nos hemos adjudicado de
acuerdo con la propia ley fundamental. En esa misma ley fundamental,
en el artículo 54, se crea la figura del Defensor del Pueblo, figura
que es precisamente la del alto comisionado de las Cámaras para la
defensa de los derechos fundamentales contenidos en el capítulo I,
que para poder realizar esa labor necesita ejercer vigilancia sobre
las actuaciones de la Administración.

Antes me refería al triple orden de relaciones que se mantienen desde
el Defensor del Pueblo con los administrados, con la Administración y
con las propias Cortes. Me parece importante señalar que en el
Defensor del Pueblo se reciben las quejas de los ciudadanos que
llegan a la Defensoría, pero no todas las podemos examinar, porque
gran parte de ellas no están correctamente dirigidas. Calculo que
alrededor del 70 por ciento de las quejas que llegan al Defensor del
Pueblo deben ser rechazadas por falta de competencia u otras faltas
relativas a la posibilidad o a la legitimidad del Defensor del Pueblo
en cuanto a su examen. Esto es importante tenerlo en cuenta. Sin
embargo, hay que decir que no todos los ciudadanos que debieran,
pudieran o quisieran dirigirse al Defensor del Pueblo lo hacen.

Muchas veces nos preguntamos cuál es la razón que puede existir para
que estos ciudadanos no se dirijan al Defensor del Pueblo y muchas
veces también hemos llegado a la conclusión de que o bien desconocen
la figura, tal como está enmarcada en estos momentos en nuestra
legislación, o bien no les ha llegado o no les hemos sabido hacer
llegar los cauces para dirigirse al Defensor del Pueblo que, como
bien saben SS.SS., son sencillos y fáciles de utilizar. Esa es la
realidad. Ni todos los ciudadanos que pudieran o que tuvieran
necesidad de dirigirse al Defensor del Pueblo lo hacen, ni los que se
dirigen a él lo hacen con corrección.

En cuanto a las relaciones que mantienen el Defensor del Pueblo y las
administraciones públicas en general, en el ámbito local, autonómico
y más fundamentalmente con la Administración general, tendríamos



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que decir que la situación ha mejorado, ha mejorado porque ya no
existe aquella fricción, aquella desconfianza que de alguna manera
podríamos encontrar dentro de ese orden de relaciones entre la
Administración y la Defensoría del Pueblo. Sin embargo, persisten,
y seguimos reconociendo en nuestros informes, algunos de los que
nosotros consideramos defectos en la actitud de nuestra
Administración. En primer lugar, la lentitud en resolver los
expedientes que llegan a su conocimiento; luego, la práctica del
silencio administrativo en fase ordinaria o en fase de recurso; la
resistencia, a veces casi total, a reconocer parte de las peticiones
que los administrados le hacen llegar, en el sentido de que la
Administración difícilmente rectifica sus decisiones. Este también es
un dato que tenemos que señalar. Y no solamente no rectifica, sino
que en muchos casos suele utilizar un procedimiento atípico, que es,
a través de una especie de formulario de respuestas, tener preparada
la respuesta que hace a todas las peticiones que le llegan en
determinado ámbito, sin darse cuenta de que hay matices y diferencias
y que no todas las peticiones que pueden llegar a la Administración
por parte de los ciudadanos merecen que se les conteste con una
especie de cláusula tipo para todos estos supuestos. A mi juicio, uno
de los temas que tendríamos que meditar sería esta actitud de la
Administración, actitud que no es de esta Administración, al revés,
pienso que se ha mejorado; la gran burocracia que existía en tiempos
pasados ha dado lugar a una Administración mucho más dialogante, pero
sigue teniendo las resistencias que yo señalaba, y sobre todo lo que
viene a decir la Administración al ciudadano al final es que, si no
está conforme con la resolución que se acaba de dictar, acuda a los
tribunales de justicia y allí le darán la razón.

Siempre se ha dicho desde la institución del Defensor del Pueblo que
la jurisdicción contencioso-administrativa tiene una carga excesiva,
y la tramitación de todos sus procedimientos tiene una lentitud
extraordinaria, y yo me pregunto, y pregunto a SS.SS., si en parte no
se deberá a que la Administración se descarga de la responsabilidad
que le pudiera corresponder en tanto que autoridad para dar cuenta a
los ciudadanos de los problemas que se le plantean, diciendo: Si no
está conforme el ciudadano con la decisión que se adopta, acuda a los
tribunales. Ese acudir a los tribunales, en muchos casos, realmente
es cargar innecesariamente a la Administración de justicia de
problemas que quizás pudieran ser resueltos de otra manera, por otras
vías. Hemos hablado en algunas ocasiones de las mediaciones, de vías
intermedias que no sean simple y llanamente decir por parte de la
Administración al ciudadano que llega que acuda a los tribunales.

Este es un defecto que notamos, en la medida en que no solamente
puede entorpecer la labor de la justicia, sino privar al ciudadano de
la posibilidad de obtener su derecho en menos tiempo y con más
limpieza.

Por otro lado, las relaciones con la Administración tienen una fase,
un desarrollo y un final, y el ciudadano a veces se dirige
desesperado al Defensor del Pueblo, al que a veces moteja de defensor
del Estado, diciendo que realmente a quien estamos defendiendo es al
Estado y no al pueblo. Yo les suelo contestar que sí, al Estado de
Derecho, que estamos siendo defensores del Estado de Derecho, pero al
servicio del pueblo. Si me permiten, les puedo contar como caso
anecdótico que el otro día un ministro de los que tienen más relación
con el Defensor del Pueblo me decía que recibía más cartas y escritos
del Defensor del Pueblo que de su novia en su época de noviazgo. Yo
le decía: Señor ministro, eso es señal, en primer lugar, de que los
ciudadanos notan que existe algún problema en relación con su
departamento y, por otro lado -dentro de la relación cordial con que
siempre lo estaba diciendo-, nosotros tenemos que conseguir que esas
cartas cumplan su objetivo, y estamos seguros de que así lo entiende
-y así lo entendía perfectamente el ministro-.

En algún otro caso, autoridades relacionadas con otro tipo de
problemas se molestan al recibir los requerimientos. La
Administración es muy poco sensible a las llamadas que se le hacen
desde el Defensor del Pueblo, a los requerimientos para que nos
conteste. Creo que esto no debería suponer para ninguna autoridad
ningún tipo de desdoro. El Defensor del Pueblo, cuando recibe una
reclamación, lo que está haciendo al dirigirse a cualquier autoridad
de la que el ciudadano plantea un problema es comprobar si
efectivamente existe o no existe razón en la reclamación. Sin
embargo, hay algunas autoridades, no demasiadas, que se resisten.

Tengo que añadir que, precisamente para evitar que se pueda producir
algún tipo de interpretación poco correcta, tenemos especial cuidado
en, antes de dirigirnos por tercera vez reclamando la contestación
que se ha solicitado de alguna autoridad, hacer una llamada personal
desde el Defensor del Pueblo, para que esa autoridad responda y se dé
cuenta de que no es un trámite exclusivamente formal, sino que existe
una razón por la que el Defensor del Pueblo tiene interés en que se
lleve adelante ese procedimiento. Pero, como decía antes, en algunos
casos vemos que no nos ponen demasiada buena cara. Yo recuerdo que el
alcalde de una importante capital de provincia me decía que por qué
no me dirigía a otras autoridades sobre los problemas de tráfico o
sobre los problemas de mendicidad, porque le estábamos abrumando. Yo
le contesté que lo único que hace el Defensor del Pueblo es servir de
cauce a las reclamaciones de los ciudadanos. Por tanto, ese orden de
relación que se tiene a veces no es del agrado de la Administración.

La Administración ha modificado su actitud, pero siguen existiendo
esas reticencias respecto de las contestaciones al Defensor del
Pueblo.




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El Defensor del Pueblo no es el gran inquisidor, señorías, el
Defensor del Pueblo, a fin de cuentas, lo que hace es servir al
ciudadano e intentar que los controles democráticos funcionen. Esta
Cámara e instituciones como la del Defensor del Pueblo estamos al
servicio de los ciudadanos, para intentar que se cumplan todos los
derechos. Y, señorías, este hecho nos lleva a la conclusión de que
cada día es más necesaria la función y la existencia de instituciones
como la del Defensor del Pueblo, porque cada día vemos que existen
mayores violaciones de derechos humanos y una resistencia, no digo
que generalizada pero sí resistencia, por parte de aquellos a quienes
les toca rendir cuentas, para cumplir con las obligaciones de ese
mandato de justicia a que me refería y que la Declaración Universal
de Derechos Humanos nos impone a todos.

Terminado este pequeño exordio, la conclusión es que, durante estos
cuatro años, el Defensor del Pueblo ha recibido una cantidad
respetable de reclamaciones, unas 100.000, y ha hecho unas 500
recomendaciones y unas 800 sugerencias. El trabajo que se hace desde
aquella casa es, insisto, detenido, minucioso, que al final da sus
frutos y que hace que la Administración, como se recoge en los
informes en los que se ve la evolución, responda de forma eficaz.

El informe del año 1998, que es el que de una manera concreta debemos
examinar, está precedido, como en los últimos años, por la
preparación de ocho monografías sobre cuestiones que hemos
considerado destacables, desde la perspectiva del Defensor del
Pueblo. No voy a relatar a SS.SS., porque lo conocen mejor casi que
el Defensor, cuáles son esos temas, pero sí quiero decirles que han
sido aquéllos que, por su especial circunstancia, y a veces por su
incidencia en un momento determinado, nos han parecido que tenían que
ser destacados en el informe. Nos hemos permitido acompañar estas
ocho monografías, como todos los años, y el informe que hacemos
siempre sobre la situación de los menores en España.

El capítulo II saben SS.SS. que está formado de dos partes: la
primera hace una referencia a los derechos fundamentales. Tenemos que
decir que los derechos fundamentales, en general, no están afectados
de una manera apreciable en nuestro país, aunque hay casos puntuales
que se recogen en nuestro informe y que debemos seguir denunciando,
para evitar que se repitan. En la segunda parte, el Defensor examina
las otras reclamaciones que nos llegan respecto de las actuaciones de
la Administración, actuaciones que se van repitiendo y que vamos
encajando, recogiendo las quejas que nos llegan y que, una vez
examinadas y comprobada la razón o sinrazón de quien se dirige al
Defensor y la respuesta que la Administración nos puede proporcionar,
se recogen y se hacen llegar a la autoridad correspondiente. En este
capítulo siempre nos hemos referido al especial número de quejas que
recibimos sobre el retraso en el funcionamiento de nuestros tribunales.

Creo que el retraso en la actuación de los tribunales de
justicia y fundamentalmente de algunas de las salas, como la de lo
Contencioso-administrativo, probablemente no sería tan numeroso si la
Administración contestara de una manera más diligente a muchos de los
problemas que plantea el administrado.

Y tenemos que decir que estudiamos con especial sensibilidad los
temas que, por ejemplo, afectan a nuestros centros penitenciarios.

Hace unos días han salido unos informes, a veces escalofriantes, de
muchas denuncias que se realizan respecto de las actitudes, de las
muertes, de los suicidios, de los problemas de malos tratos que hay
en los centros penitenciarios. Desde el Defensor del Pueblo,
señorías, se han seguido y se siguen con especial interés los
problemas de los malos tratos y de las muertes en prisión. Nos
complace reconocer que la Dirección General de Prisiones ha aprobado
un protocolo específico sobre este problema, que entendemos que puede
y debe mejorar.

Al mismo tiempo, gracias a estas visitas que antes recordaba, en los
supuestos en los que existía una especie de hacinamiento en algunos
de los centros penitenciarios, hemos podido señalar este hecho a la
Administración y de alguna manera hemos contribuido a su mejora, pues
hoy en día, en general, creo que han tenido una mejora notable en
nuestro país. Ayer mismo, uno de los asesores de la institución venía
de una de las cárceles en las que había quejas y me decía que la
situación, en aquella cárcel, no es tan grave, que las condiciones
eran buenas, y tenemos que reconocer que sí se está haciendo un
esfuerzo por parte de la Administración penitenciaria. También, y eso
es muy importante, por lo que tiene de trascendencia para el recluso,
se está haciendo ese esfuerzo en el tratamiento penitenciario. Sobre
ese tema versa una de estas monografías de la institución y seguimos
muy de cerca la evolución que puedan tener los hechos dentro de los
distintos centros penitenciarios, cómo se va enfocando este nuevo
sistema de tratamiento penitenciario para hacer que el recluso salga
transformado y se pueda reincorporar a la sociedad de una manera
normal.

Si nos referimos a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, es cierto que
llegan quejas, en algunos casos muy concretos, de su comportamiento
abusivo. También el Defensor del Pueblo, en este aspecto, sigue con
extraordinario cuidado cada uno de los supuestos que se nos
denuncian, para conocer si realmente tienen fundamento o no y en el
supuesto de que comprobemos que el tratamiento que ha tenido el
ciudadano por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad es
realmente así, hacemos llegar, como es lógico, y así lo hemos hecho
una y otra vez, a las autoridades correspondientes el recordatorio de
los deberes legales o las recomendaciones que nos parezcan más
oportunas al caso. De hecho, éste es uno de los problemas que con
frecuencia trata el Defensor del Pueblo. Igual que losproblemas
relacionados con la inmigración. Sus señorías



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saben que la inmigración es un problema de actualidad, es un problema
que tenemos ahí y en el que no vamos a poder taparnos los ojos para
decir que no existe. Es un problema que afecta a distintas
autoridades, no solamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a lo
que pueda representar desde la perspectiva de la Administración del
Estado, también a las propias administraciones locales que se
encuentran en ocasiones con hacinamientos y con problemas que
perturban la tranquilidad de los ciudadanos. Pero eso no se puede
resolver cortando de manera definitiva y dejando que todos estos
inmigrantes que acuden a nuestro país por distintas razones estén
absolutamente desprotegidos. Yo tengo que felicitarme de que
precisamente este fin de semana, a través de una gestión realizada
desde el Defensor del Pueblo, unos ciudadanos kurdos que estaban en
Barajas, que iban a ser repatriados, con grave peligro, según decían,
para su vida, a pesar de que, desde el punto de vista legal, hubiera
podido haber algún tipo de dificultades, por razones humanitarias se
atendió a la petición del Defensor del Pueblo y han sido puestos en
libertad, evitando el problema que podía plantearse.

El problema de la inmigración no son sólo los extranjeros que nos
llegan de América o de otros países. Tenemos en el sur, y lo saben
bien los andaluces, los problemas de Ceuta, Melilla y del Este.

Existe una problemática seria en relación con la inmigración. Tengo
que reconocer que por parte de la Administración correspondiente se
ha cambiado un poco el tratamiento y la posición en los problemas que
afectan a algunas de estas minorías; en otros casos, sin embargo, no
es así, y tendría que tenerse muy en cuenta la posibilidad de
reformar el Código Penal, para que este problema de los inmigrantes
no se trate con especial dureza. Si no, en el siglo XXI, van a ser la
moderna esclavitud, por tratarles de forma desconsiderada. Insisto en
que el tratamiento ha sido perfectamente percibido por las
autoridades correspondientes, por las organizaciones no
gubernamentales, que son las principales denunciantes de los excesos
que se producen, y por el Defensor del Pueblo que, modestamente,
intenta resolver estos problemas.

Pasando a los temas de educación, es tradicional en nuestros informes
recordar que se ha mejorado el problema de los medios en los centros
escolares, pero hay que hacer un esfuerzo suplementario, tanto para
los centros como para el transporte escolar. A nivel universitario,
que se considere el problema de las becas con una especial
sensibilidad, para que vayan a quienes más lo necesitan.

En cuanto al medio ambiente, otro de los temas que insistentemente
viene tratando el Defensor del Pueblo en sus informes, merece la pena
que SS.SS. relean los puntos relativos a los vertederos ilegales y a
los tratamientos de residuos sólidos urbanos. Dentro de poco
presentaremos ante la Comisión el correspondiente estudio que se ha
finalizado hace muy pocas fechas.

Será de interés para todos el conocimiento de estos problemas, que
afectan a algunos de los estudios que se nos han planteado con
carácter sectorial, por iniciativa muchas veces de la propia Comisión
mixta del Defensor del Pueblo. Así ocurrió cuando el pasado mes de
abril se modificó la Ley del Menor o como cuando hemos tenido y
seguimos teniendo, desgraciadamente día a día, casos escandalosos de
maltratos a mujeres en todo el territorio nacional. Sus señorías
recordarán que a petición de la Comisión mixta del Defensor del
Pueblo se inició una monografía sobre la violencia doméstica,
monografía reformada el pasado mes de junio y que dio lugar a una
serie de recomendaciones sobre los aspectos sociales y jurídicos.

Mantenemos el seguimiento para que esto no ceda. No vayamos a bajar
la guardia, porque el tratamiento de estos casos merece que el
Defensor del Pueblo y la sociedad entera tengan conciencia de los
problemas de orden social y de orden jurídico que tienen las mujeres
que viven en situación de persecución por parte de su compañero y que
dan lugar desgraciadamente a sucesos lamentables.

Vamos del medio ambiente a otros temas -porque tampoco quisiera
cansar demasiado a SS.SS.- como el de las pensiones, que es un
problema muy sensible en estos momentos. El Defensor del Pueblo en su
informe recoge varias de las quejas que se nos dirigen, sobre todo
por parte de las pensionistas de pensiones de viudedad, que reclaman
que no se les rebaje el porcentaje, ya que es insuficiente para poder
hacer frente a sus necesidades. También solicitan que no se les
rebaje la pensión cuando contraigan un nuevo matrimonio o en el
supuesto de las parejas de hecho, tanto heterosexuales como
homosexuales. Son problemas que, de acuerdo con el nuevo
planteamiento que se viene haciendo en las pensiones, se deben tener
muy en cuenta, tanto en lo que se refiere a la pensión de viudedad
como a la pensión de jubilación. Lo mismo podemos decir de la
sanidad, de los problemas que se tienen en la adquisición de los
productos farmacéuticos, con los ingresos en los hospitales, o los
problemas que se tienen -aunque han mejorado- en la ocupación de
camas, etcétera. Señorías, estos problemas, en su conjunto están
suficientemente detallados en el informe. De hecho, puede servir
perfectamente a los grupos parlamentarios que lo deseen como punto de
referencia para conocer esa realidad social, esa radiografía social
que de alguna manera es el informe del Defensor del Pueblo.

El capítulo III saben SS.SS. que se refiere a los recursos de
inconstitucionalidad y de amparo. Este año se han presentado dos
recursos, uno, contra un supuesto de un artículo de la Ley de función
pública del País Vasco y, otro, respecto a un problema que afectaba
al horario de servicios de la Comunidad Valenciana. Se han rechazado
18 solicitudes de recursos de inconstitucionalidad, al entender,
después de un estudio detenido y profundo de los casos que se
planteaban, que no



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había razones suficientes para seguir adelante en esos recursos.

Respecto de los 22 recursos de amparo presentados, pasa lo mismo, que
el Defensor del Pueblo ha entendido que no había razón para ello.

Señorías, llegamos a la conclusión de que los defensores del pueblo
de los distintos Estados o, en el caso autonómico, de las respectivas
comunidades autónomas, están realizando, en sus respectivos centros
de actuación, un esfuerzo conjunto para poder coordinar las funciones
en beneficio de nuestros ciudadanos y de sus derechos. (El señor
vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.) Dentro de poco
tiempo iré a una reunión de comisionados autonómicos que se está
celebrando en estos momentos y crean ustedes que en estas reuniones
se produce un intercambio de opiniones muy fecundo para todos los
defensores y comisionados.

Lo mismo podemos decir en relación con los defensores de otros
países. La Defensoría del Pueblo de España ha sido especialmente
sensible con los comisionados y defensores de Iberoamérica. SS.SS.

saben que la Defensoría del Pueblo español ostentó la Presidencia de
esta federación hasta hace unos días, en que hizo el traspaso, en
Tegucigalpa, al Defensor del Pueblo de Honduras. Hicimos entre todos
una declaración, una declaración formal, solicitando de todos los
gobiernos y de todas las personas responsables el respeto de los
derechos humanos, no solamente en su nivel efectivo y real, sino
también creando la figura del ombudsman allí donde no existiera, para
que velara por esa garantía a la que nos referimos.

Terminado este capítulo del informe, quisiera hacer unas breves
reflexiones sobre el futuro de la institución. Han pasado cinco años,
decía al principio de mi intervención, desde que el Defensor del
Pueblo se hizo cargo de ella. En una primera fase, tuvo como
principal tarea crear su propia organización y a ello se dedicó con
éxito y dificultades. Más tarde, la institución se consolidó de una
manera razonable, a juicio de las encuestas que se pueden consultar.

Ahora tenemos el gran reto, reto que corresponde a esta Cámara, a SS.

SS. y al Defensor del Pueblo, de mirar el futuro de la institución.

Es cierto que las actuaciones del Defensor del Pueblo tendrían que
tener algo más de vida, algo más de contenido, de modo que estos
informes que se rinden ante el Pleno de las Cámaras no fueran simple
trámite parlamentario. Por eso entiendo que la colaboración con la
Comisión correspondiente es muy importante. La tenemos y creo que
vamos a seguir teniéndola en el examen de los problemas concretos y
de orden sectorial que tenemos en este momento. Antes me refería al
problema de los residuos sólidos; hay otro informe importante que
examinar sobre la violencia escolar. Hay, en definitiva, varias de
monografías en estudio.

El problema no queda ahí. Presentado el informe, ¿qué? Señorías, yo
ni siquiera me atrevería a comentar los misterios parlamentarios que
se producen a veces,
y el señor presidente sabe que esos misterios existen. En el año
1995, el 26 de septiembre, fue aprobada por unanimidad una moción
presentada por el Partido Popular respecto de la posibilidad de
exigir del Gobierno una respuesta a este informe. Y, anteayer, esta
misma Cámara rechazó una proposición en el mismo sentido. Entiendo
que hay razones de muchos órdenes para poder estar a favor de una u
otra posición. Pero me atrevo a decir que las razones expuestas por
la señora Camilleri en su intervención ante el Pleno sugiriendo que
los grupos parlamentarios se pusieran de acuerdo con el Defensor,
para estudiar la posible modificación de nuestra Ley orgánica, tiene
por parte del Defensor del Pueblo la más absoluta de las actitudes
positivas.

Tenemos en este momento, y si el señor presidente lo autoriza, la
posibilidad de presentar en breves fechas un anteproyecto, un modelo
de anteproyecto de estudio de reforma de la Ley Orgánica del Defensor
del Pueblo para que efectivamente los grupos parlamentarios puedan
estudiarlo (el Defensor del Pueblo estará muy satisfecho de poder
contribuir a este estudio), y se pueda examinar globalmente. Tenía
razón la señora Camilleri al decir que no se pueden ir tratando los
asuntos de manera parcial, sino que ya que se va a intentar reformar
una ley como la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo, que me parece
que tiene una cierta importancia, se haga de una forma global y
completa. De manera que queda ese ofrecimiento y, desde luego, por
parte del Defensor he de decir que nos parece que la iniciativa es
muy acertada.

Llega el final de esta intervención, señorías. Este Defensor es
posible que sea la última vez que suba a esta tribuna. El plazo del
mandato termina dentro de unas semanas. Por esta Cámara ha pasado
bastante parte de la vida del Defensor desde que en el año 1977
compareciera primero como diputado, como saben muchas de SS.SS., y
después como presidente, y no puede dejar de tener una cierta
nostalgia y también emoción al ver a SS.SS. en la labor que están
realizando. Creo que la labor parlamentaria, la labor de control al
Gobierno, de control parlamentario es una de las labores más dignas
que puede hacer un político y el alto comisionado de estas Cortes no
puede hacer otra cosa sino sentirse totalmente identificado con SS.

SS. en esa defensa de la libertad. Decía el poeta alicantino Miguel
Hernández que corrían por nuestras tierras españolas vientos de
libertad. Señorías, efectivamente, si a esos vientos de libertad les
unimos los de justicia y solidaridad, podremos decir que habremos
cumplido todos con el deber de defender este gran pueblo que es el
pueblo español.

Muchas gracias, señorías. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Defensor del Pueblo,
esta Presidencia quiere expresarle públicamente su agradecimiento por
la relevancia de la tarea realizada en los diferentes ejercicios de
la presente



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legislatura, y quiere, asimismo, que traslade el agradecimiento a los
adjuntos por la valiosa colaboración que le han prestado y al
personal de la casa, que tan dignamente ha dirigido, por su
dedicación y eficacia. Nada más.




El señor DEFENSOR DEL PUEBLO (Álvarez de Miranda y Torres): Muchas
gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): ¿Grupos parlamentarios que
desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor presidente, señorías, señor Defensor
del Pueblo, poco se puede añadir a las palabras que acaba de
pronunciar el presidente en relación con la actuación llevada a cabo
por quien hoy ostenta la dirección de esta institución. Simplemente
quiero añadir en nombre de Nueva Izquierda que creemos firmemente que
con su gestión se ha contribuido a reforzar el prestigio de esta
institución; prestigio que es reconocido por los propios ciudadanos
de nuestro país, tal como consta en las encuestas que se llevan a
cabo en la materia; prestigio que es reconocido también en el ámbito
internacional, y no es ajeno al mismo el reciente nombramiento de
quien en su día ostentó la representación de la institución, don
Alvaro Gil Robles, como encargado de esta materia en el ámbito
europeo.

En una intervención que necesariamente ha de ser breve es difícil
destacar puntos concretos del informe del Defensor del Pueblo.

Quisiéramos, en primer lugar, poner de manifiesto, porque nos parece
importante, cómo en ese informe se hace referencia a que una gran
parte de las actuaciones llevadas a cabo por usted, atendiendo
peticiones formuladas por los ciudadanos y trasladadas a los
distintos ámbitos de la Administración, han tenido un buen resultado.

Pero es verdad, y ése debe ser un acicate para esta Cámara, para los
diputados, puesto que el Defensor del Pueblo, en definitiva, es un
alto comisionado de las Cámara para garantizar el respeto de los
derechos de los ciudadanos por distintas administraciones, que se
constate en ese informe toda una serie de problemas que persisten y
que, insisto, deben ser un estímulo para los diputados, puesto que él
es nuestro comisionado para el cumplimiento y la garantía de su
misión.

Entrando en detalle, me gustaría destacar dos temas concretos, alguno
de ellos por su actualidad, de los que aparecen denunciados por el
Defensor del Pueblo todavía pendientes de solución. El primero de
ellos hace referencia a la gratuidad en la matrícula universitaria de
los minusválidos. Éste es un problema en el que se ha producido una
interpretación restrictiva, claramente restrictiva, por parte de las
administraciones, por parte de las universidades públicas, que da
lugar a que, tal como se dice en el informe, en la mayoría de ellas
no
se reconozca esto. Se han llevado a cabo actuaciones encaminadas a su
corrección, pero es un problema que sigue pendiente en un ámbito, el
de la educación, que cada día aparece más como la garantía de
inserción de las personas, aparte de la posibilidad del pleno
desenvolvimiento de las mismas. La educación es seguramente el
instrumento más eficaz, decisivo para garantizar la inserción laboral
y social de las personas, y estamos hablando precisamente de quienes
más la necesitan, de los minusválidos. Éste es un tema en el que las
administraciones, estas Cámaras y las universidades deberían ser
especialmente sensibles.

El segundo tema (permítanme que haga referencia a ello por ser de
desgraciada actualidad) es el de la respuesta de la Administración
ante un fenómeno conocido como el fenómeno okupa. Este pasado fin de
semana este fenómeno terminaba en la ciudad por la que soy diputado,
de la que procedo, con la muerte de un joven. En su informe, el
Defensor del Pueblo pone de manifiesto que la respuesta de la
Administración ante este fenómeno, recurriendo prioritaria y
exclusivamente a las fuerzas de orden público, no es adecuada. Ese
hecho nos recuerda que este análisis del Defensor del Pueblo es
particularmente acertado. Sigue siéndolo (y ahí está la desgraciada
actualidad de este fin de semana), y hemos de ser capaces de
abordarlo con una sensibilidad y con unos planteamientos distintos.

Pero, yendo a las conclusiones generales del informe del Defensor del
Pueblo, qué duda cabe de que no podemos por menos que compartir, y
sobre todo reflexionar, esas características que hoy aquí han sido
puestas de manifiesto por él: esa lentitud por parte de las
administraciones en la resolución de los escritos y de las
comunicaciones del Defensor del Pueblo, esa práctica reiterada, casi
costumbre, del silencio administrativo, esa resistencia a rectificar
los errores, esa delegación de responsabilidad por parte de la
Administración hacia los tribunales. Se opta por no resolver el
problema y que se recurra a los tribunales. Se ha dicho acertadamente
por parte del Defensor del Pueblo, que esa práctica conduce a ese
fenómeno de sobrecarga y de ineficacia parcial de la Administración
de justicia en nuestro país.

Nos permitiríamos sugerir en este sentido al propio Defensor del
Pueblo que reflexionara sobre alguna actuación de la Administración
que también incide en este terreno: la reiteración de recursos por
las administraciones públicas sobre el mismo asunto; piensen, por
ejemplo, en el ámbito de la jurisdicción laboral, en los cientos de
recursos por una determinada actuación de organismos como la
Seguridad Social, el Fondo de Garantía Salarial, etcétera, haciendo
que los tribunales tengan que dictar cientos de sentencias similares
sobre un tema que, desde la primera o segunda vez que se ha resuelto
por los tribunales, debería ser inmediatamente acatada por la
Administración, retirando todos los recursos pendientes y poniendo en
práctica esa



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resolución dictada por los tribunales, evitando que se tengan que
dictar cientos de sentencias reiterativas.

Estas características generales que han sido expuestas en el informe
y hoy reiteradas por el Defensor del Pueblo -insisto- debemos
tomarlas fundamentalmente como un acicate para contribuir a
garantizar la eficacia del alto comisionado de las Cortes Generales.

En este sentido, permítanme que diga que son de valorar las palabras
últimas de su intervención hoy aquí. Este informe general del
Defensor del Pueblo que nos es presentado, requeriría para su
correcto debate y seguimiento que hubiera una respuesta general por
parte de la Administración. Esta Cámara, y así lo ha recordado el
propio Defensor del Pueblo, en el año 1995 a instancias de quien era
el principal grupo de la oposición entonces, aprobó por unanimidad
que se llevara a cabo. Esta misma semana, desgraciadamente, esta
Cámara ha rechazado por la mayoría de la misma, una proposición de
ley en tal sentido. Eso es y sigue siendo necesario, y nos parece
oportuno esa propuesta, esa sugerencia que se nos ha hecho por parte
del Defensor del Pueblo de presentarnos un anteproyecto de posible
reforma de esta ley orgánica. La estudiaremos con todo interés y
contribuiremos en la medida de nuestras posibilidades, mediante esa
reforma legislativa o con las iniciativas que podamos llevar en los
distintos ámbitos de esta Cámara, a garantizar la eficacia de una
institución que sigue siendo muy relevante y que ha demostrado su
eficacia con el esfuerzo de quienes trabajan en la misma.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Peralta.

Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor presidente, con la venia.

El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria que represento, sube una
vez más a la tribuna a dar un testimonio de reconocimiento y
felicitación a la institución del Defensor del Pueblo en la persona
concreta de don Fernando Álvarez de Miranda, su titular, haciendo un
reconocimiento, por su eficacia, a todo el equipo, tanto a los
adjuntos como al secretario general de la institución como a todo el
personal de apoyo y colaboración por la magnífica labor cuantitativa
y cualitativa que nos trae hoy la memoria presentada por el Defensor
del Pueblo correspondiente al ejercicio del pasado año 1998. De esta
memoria quisiera resaltar los distintos aspectos, según el juicio
político de mi grupo, sin entrar en la casuística de departamento por
departamento, que nos parece creíble en la medida en que la
institución ha calado ya en el conocimiento de los ciudadanos, que
cuando lo precisan recurren a la misma.

Quisiera empezar destacando la oportunidad de todo tipo que la
institución y el Defensor tuvieron en la presentación
a su Majestad el Rey don Juan Carlos del informe sobre la
violencia doméstica. Violencia doméstica que hemos abordado hace
escasos días, yo diría horas, en esta Cámara en la Comisión de
Justicia y de Interior con la comparecencia del señor fiscal general
del Estado para presentar la memoria de la Fiscalía General del año
1998, donde hay un capítulo amplio de mucha enjundia referido a las
actuaciones del ministerio fiscal en la prevención de la violencia
doméstica. Esto lo quiero relacionar con uno de los puntos que trae
también el informe del Defensor del Pueblo de 1998, que es el
fenómeno preocupante que se está dando de la disparidad de criterios
entre el ministerio fiscal y los jueces de vigilancia penitenciaria.

Porque para reclusos condenados en sentencia firme por violencia
familiar y doméstica, sobre todo ejercida sobre las mujeres, a
cumplir su pena en centro penitenciario, cuando llega la solicitud de
aminorar los grados de la penalización y por tanto su puesta en la
calle, determinados jueces de vigilancia penitenciaria, frente a
criterios del ministerio fiscal, han contravenido esa recomendación,
y ese reo ha sido puesto en la calle y ha ejecutado, ha cumplido su
venganza sobre la persona, como hemos visto en los últimos casos de
las víctimas de mujeres con resultado mortal, por tanto,
irreversible.

La memoria que nos trae también don Fernando Álvarez de Miranda hoy,
en nombre de la institución del Defensor del Pueblo, recoge estos
aspectos en los que se debe sensibilizar a la Administración de
justicia sobre la vigilancia penitenciaria para que no haya temor de
ninguna de las víctimas, que incluso denunciándolo se han visto
agredidas de esta manera.

A continuación, está el capítulo de los temas monográficos. Mi grupo
quiere dedicarles una reflexión del máximo interés. Nueve han sido
los temas monográficos que la institución ha considerado, aparte de
lo que es la tramitación ordinaria de las demandas y recursos ante el
Defensor del Pueblo por los ciudadanos, de una serie de aspectos que
aparecen ante la opinión pública con plena crudeza. Los medios de
comunicación reiteradamente los están detectando y poniendo en
evidencia ante los poderes públicos para su resolución. Yo quiero
destacar de los nueve, los siguientes: el Tribunal Penal
Internacional con el asunto del caso del ex dictador chileno, general
Pinochet, acusado de genocidio. Recomendaría la lectura que hace la
memoria del Defensor del Pueblo en este aspecto del Tribunal Penal
Internacional, porque, junto a un respeto al ordenamiento jurídico
español sobre la territorialidad del delito entra en el
enjuiciamiento del derecho que un Tribunal Penal Internacional y las
propias leyes españolas, interpretadas de un lado positivo por la
institución del Defensor del Pueblo, tienen a este respecto para
poder hacer los enjuiciamientos en personajes de esta catadura,
acusados de delito de genocidio, de tortura, etcétera.

Otro de los aspectos que quiero destacar aquí de los nueve es la
fiscalidad de la familia, que afecta al bolsillode los ciudadanos
españoles, de los contribuyentes;



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la fiscalidad legal del Estado afecta no a un contribuyente sino a la
unidad fundamental que es la familia; se trata de la justicia fiscal
sobre la familia, cuya economía se ve hoy día de alguna manera
fuertemente agredida por la tributación. También hay que señalar el
aspecto dedicado al tema monográfico de la calidad de los servicios
públicos de contenido sanitario y social. Muchas veces lo
cuantitativo y la masificación hace olvidar a los poderes públicos
que tienen que sensibilizar a todos sus funcionarios para dar un
atención justa y correcta al administrado sobre todo en los
contenidos social y sanitario.

Se ha dedicado otro apartado a la seguridad, que se llama aquí
seguridad integral, donde viene la superación del viejo concepto de
orden público más de ámbito policial dictatorial, que tenía en
nuestro derecho y en la seguridad pública de España una tradición que
casi arranca desde las disposiciones y decretos del desapacible
reinado antidemocrático de Fernando VII, con creaciones de medidas
policiales que consagran el principio del orden público como una
especie de poder absoluto y superior del Estado, olvidándose de los
derechos de los ciudadanos, y que afortunadamente nuestra
Constitución actual deja abolido y plantea este nuevo asunto de la
seguridad ciudadana.

Ayer tuvimos ocasión de ver estos aspectos de la relación entre la
democracia, la justicia y las libertades en el debate sobre los
acuerdos de la cumbre de jefes de Estado y de Gobierno en Tampere
(Finlandia), donde se pretende definir un nuevo espacio de justicia
y de libertad, democráticamente hablando, para los ciudadanos de la
Unión Europea, es decir, el ejercicio de las libertades amparado por
la justicia.

Es conveniente recordar aquí lo que uno de los anteriores presidentes
del Tribunal Supremo de la democracia española y del Consejo General
del Poder Judicial, don Federico Carlos Sainz de Robles, decía en una
de sus memorias ante esta Cámara hace años. No solamente hay que
luchar por la libertad, que está reconocida en nuestro texto
constitucional, sino que los demócratas tenemos que seguir teniendo
permanentemente, diariamente, el gusto por la libertad, no por la
libertad consagrada y reconocida en la Constitución, sino el gusto
por que esa libertad se mantenga.

Dado que los temas monográficos implican una dedicación de personas y
de tiempo, mi grupo quiere dejar constancia aquí del apoyo que tendrá
siempre por esta Cámara la institución del Defensor del Pueblo, y más
en estos días en que nos abrimos al debate de los Presupuestos
Generales del Estado, por ser precisamente la institución un alto
comisionado de esta Cámara, no siendo ajeno a ella, sino parte de
nuestra propia institución que se proyecta hacia los administrados y
hacia la Administración, como bien ha señalado don Fernando Álvarez
de Miranda al principio de su intervención. La responsabilidad de la
institución, del alto comisionado, se fundamenta en un trípode de
actuaciones: primero, ante estas Cortes Generales; segundo, ante los
ciudadanos y administrados y, tercero, ante la propia Administración.

No es el Defensor de la Administración del Estado, pero sí es el
Defensor del Estado de derecho y éste ampara a los ciudadanos, a los
que están por ahí, aunque para nosotros signifiquen a veces un número
electoral determinado. Por tanto, deseamos que ese presupuesto, al
que las Cortes están obligadas legalmente, sea no digo ni generoso ni
no generoso, sino el apropiado, el adecuado y el justo para que la
institución del Defensor del Pueblo pueda cumplir todos sus
cometidos, aparte de los tratamientos monográficos de muchos temas,
que enriquecen a la casa.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Mardones, vaya
concluyendo.




El señor MARDONES SEVILLA: Voy concluyendo, señor presidente.

Las recomendaciones. Vemos que hay un número de 57 aceptadas, frente
a 47 que no lo han sido. Veremos qué ministerios no aceptan
recomendaciones que a juicio de mi grupo están impregnadas de sentido
de derecho, de libertades, de sentido común y que podían haberlas
aceptado.

Quiero referirme a los recursos de inconstitucionalidad porque son
19. Dado que los que presentan recurso de inconstitucionalidad ante
el Tribunal Supremo en la memoria vienen anónimamente referidos, sí
me preocupa (lo dije en Comisión) que haya personas que estén
tratando de utilizar la instancia del Defensor del Pueblo, que está
legitimada para acceder al Tribunal Constitucional, como un trámite
más para acceder a él. Hay que tener mucha cautela porque de memoria
a memoria anual ha habido un incremento de los recursos de
inconstitucionalidad y las solicitudes de interposición han sido 19
y, curiosamente, los dos recursos admitidos a trámite por el Defensor
del Pueblo se refieren a dos comunidades autónomas, al Parlamento
vasco y al Parlamento valenciano. Esta Cámara ha de prestar una
especial atención y mostrar una cierta sensibilidad porque son los
parlamentos los que legislan. Después una institución como la del
Defensor del Pueblo, como alto comisionado de estas Cortes
legislativas, actúa también sobre sus propias leyes.

Me complace que de las solicitudes de recurso de amparo hayan sido
desestimadas 22 de ellas, por no cumplir los requisitos de la acción
viable del amparo. Esto también significa la responsabilidad que la
institución del Defensor del Pueblo tiene ante unos ciudadanos, 22 en
este caso, que se han dirigido en solicitud del recurso de amparo.

Desearíamos que apareciera en la memoria, porque no hay razón para
ese secreto puesto que es nuestra propia institución quien lo recibe,
quiénes son los demandantes para saber qué postura se está adoptando
y qué origen tienen, si son bufetes de abogados o si son ciudadanos
los que se dirigen al Tribunal Constitucional y a la institución del
Defensor del Pueblo.




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Termino, señor presidente, refiriéndome a las últimas palabras que,
con un carácter sentido, que ha motivado nuestro aplauso, ha dirigido
don Fernando Álvarez de Miranda. Si él ha querido hacer un discurso
de despedida, dado que su mandato termina en diciembre, este
diputado, como reconocimiento de afecto y amistad, quiere dar un
entrañable abrazo a un político que a lo largo de muchísimos años ha
demostrado su catadura de demócrata convencido. Como diputado
canario, dado que en la historia de nuestro Archipiélago los Estados
totalitarios o los gobiernos dictatoriales se acordaron de Canarias
sólo como lugar de destierro de políticos españoles, de libre
pensadores, nos sentimos muy orgullosos de haber acogido en la
dictadura de Primo de Rivera a don Miguel de Unamuno y en la
dictadura del general Franco a políticos como don Fernando Álvarez de
Miranda. Éste es mi homenaje a esta persona, a este político,
demócrata donde los haya, en la democracia española.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Mardones.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra la señora Amorós.




La señora AMORÓS I SANS: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, ante todo queremos dar las gracias y la bienvenida al
Defensor del Pueblo en este trámite parlamentario de presentación del
informe que todos los años remite a esta Cámara, en el que da cuenta
de la actividad que se ha realizado en la institución, de las
resoluciones y recomendaciones que de ella se derivan y, sobre todo,
de las respuestas que ha recibido de las administraciones requeridas
para resolución de las quejas.

Esta comparecencia, señorías, es especial; en esta ocasión estamos
ante el último balance que don Fernando Álvarez de Miranda presenta a
esta Cámara, puesto que su mandato dará fin el próximo mes de
diciembre, pero también por ser el último informe que evaluaremos en
esta VI legislatura, porque está llegando a su fin. Por este motivo,
teniendo en cuenta que el debate del informe lo realizamos con
anterioridad a este Pleno, en la Comisión, aprovechando esta
circunstancia, querría hacer un balance global del trabajo realizado
por la institución en la VI legislatura.

Ante todo, quisiera destacar la constante sensibilidad que ha
caracterizado al Defensor en todos sus informes. Una exquisita
sensibilidad hacia los problemas y demandas de los más
desfavorecidos, muchas veces lo más ignorados, pues no sólo se ha
preocupado de atender sus quejas sino que ha salido en su busca, en
busca de estas personas, para conocer desde dentro su problemática
y sus necesidades. El Defensor del Pueblo y la institución a la que
representa han demostrado su voluntad de servicio y de protección a
todo el pueblo,
atendiendo las quejas y oyendo a los sin voz, traduciendo estas
quejas en acciones concretas para la resolución de sus problemas.

En esta legislatura, además del informe anual, el Defensor ha
presentado unos informes monográficos, dirigidos a profundizar en
unos temas específicos. De entre ellos (todos son muy importantes por
su utilidad parlamentaria, que nos han permitido conocer con más
rigor estos informes) quisiera destacar cuatro: la situación
penitenciaria y de depósitos municipales de detenidos; el informe
sobre la atención residencial de las personas con discapacidad y
otros aspectos conexos; la seguridad y la prevención de accidentes en
áreas de juegos infantiles, algo, señorías, que parece que puede ser
banal pero que es muy importante, porque nuestros menores están
jugando en espacios que muchas veces no están adecuados a su
seguridad, y, por último, el dedicado a un informe monográfico que
hizo sobre la violencia doméstica.

Queremos agradecer la acción específica que desde la institución del
Defensor del Pueblo se ha llevado a cabo en el tema de la violencia
contra las mujeres. El informe monográfico que demandó la Comisión y
que ha contribuido sin duda alguna a un conocimiento más profundo de
este drama familiar que desgraciadamente aún no estamos controlando
ha permitido dar pasos al frente, es cierto, pues las recomendaciones
que hizo en el informe a los ministerios de Justicia e Interior se
han recogido en reformas legales contundentes y en un trato más
adecuado a las víctimas de esta violencia que atenta contra los
derechos fundamentales de la persona.

Necesitamos acciones contundentes que proporcionen el cambio
estructural necesario para erradicar de una vez por todas cualquier
forma de violencia y discriminación por este motivo. Por esto creemos
acertada la decisión del Defensor del Pueblo de designar una
funcionaria de la institución como persona encargada de tramitar las
quejas referentes a la discriminación por razón de sexo, pues, tal y
como nos informa en su último trabajo, parece un poco grotesco que en
actividades deportivas que no tienen como objetivo el esfuerzo físico
sino el mental, como la práctica del ajedrez, se diferencien las
categorías de sus participantes en modalidades femeninas y
masculinas. Como no puede ser de otra manera, le agradecemos su
postura.

Un elemento a destacar en el balance que estamos llevando a cabo es
el cambio que se ha percibido en la ciudadanía. Si en el informe de
1995 el Defensor daba cuenta del poco conocimiento de la institución
por parte de la ciudadanía, en 1998 los datos de la encuesta de
diciembre del CIS la muestran como la segunda institución más
valorada por los ciudadanos y ciudadanas detrás de la Monarquía; un
avance por el cual estamos muy ilusionados, pues da fe del trabajo
realizado para dar a conocer a todas las personas que sienten
agredidos sus derechos fundamentales que la institución



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del Defensor del Pueblo es la encargada por las Cortes de velar por
ellos.

También es justo hacer mención al esfuerzo que ha realizado la
institución para propiciar la fluidez de la relación con otras
instituciones del Estado e internacionales, que, tal y como nos
muestra en su informe, tiene como objetivo agilizar el trato entre
ellas para poder solucionar los conflictos que se derivan de las
quejas con más celeridad.

Una de las actividades de la institución que más valoramos y a la que
ya nos hemos referido con anterioridad, es la voluntad de servicio
del Defensor del Pueblo, pues no sólo se limita a dar contestación y
procurar solución a las demandas de los ciudadanos que se dirigen a
él directamente como colectivo, sino que con sus actuaciones de
oficio está cumpliendo con el mandato constitucional de velar por el
respeto de los derechos fundamentales y su aplicación por la
Administración. Las quejas de oficio en 1998 han sido 156. De entre
estas cabe destacar las actuaciones realizadas sobre fallecimientos
de internos en centros penitenciarios, bien por suicidio o por otras
causas; sobre la utilización de la red informática para el
intercambio de pornografía infantil o tráfico de mujeres; sobre
instalaciones inadecuadas en centros de menores; sobre realojos de
población marginal; clausura de vertederos, contaminación de aguas
potables, vertidos contaminantes o la difusión de la droga en los
centros penitenciarios, por poner algunos ejemplos.

En referencia al apartado de las administraciones que no han dado
respuesta o la están demorando en exceso, tenemos que resaltar que en
el transcurso de 1998 han sido 62 las administraciones que han
recibido requerimientos que no han sido contestados al Defensor del
Pueblo; de estas no han contestado diez ayuntamientos y una dirección
provincial del Ministerio de Educación y Cultura, a pesar de los
varios requerimientos por parte de la institución. Evidentemente, hay
que trabajar para solucionar este déficit, pero también hay que
asumir que la institución está haciendo un buen trabajo.

Señorías, señor presidente, no quiero extenderme más, pero no puedo
acabar mi intervención sin incidir en un tema prioritario para la
coalición a la que represento. Me refiero al tema monográfico que el
Defensor ha incluido en este último informe sobre la cooficialidad
lingüística y las 3.000 quejas recibidas por este motivo. De las
quejas, ya ha quedado suficientemente aclarado que, a la par, estaban
promovidas por elementos extremistas de una y otra opción; y sobre el
monográfico, también nos aclaró en la Comisión -que es donde debe
hacerse, y se lo agradecemos- que no se trata de un estudio
específico de la ley del catalán y su aplicación, sino del estado de
la cooficialidad lingüística en todas aquellas autonomías del Estado
que tienen un idioma diferente al castellano, pues tal y como reza la
Constitución, el Estado español es un Estado plurinacional
y plurilingüístico. Le agradecemos sus aclaraciones
y el convencimiento expresado en la Comisión de que no ha creído
nunca que en Cataluña tengamos una fracción social por el tema
lingüístico, pues desde Cataluña siempre hemos defendido y creído
encarecidamente que nuestra lengua es una riqueza cultural que suma,
nunca que resta, y que no es un privilegio sino un derecho
constitucional, y su defensa, una obligación para todos.

Desde el Grupo Parlamentario Catalán le damos nuestra aprobación a su
gestión y le deseamos un venturoso comienzo de esta nueva etapa de su
vida, y en particular se lo desea esta diputada, que ha tenido el
honor de ser la portavoz en esta Comisión del Defensor del Pueblo
durante esta legislatura.

Muchas gracias, señor presidente. Muchas gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Amorós.

Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la
palabra el señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Muchas gracias, señor presidente.

Coincide, como ha puesto de manifiesto don Fernando Álvarez de
Miranda, su rendición de cuentas ante esta Cámara con la finalización
de su mandato y con el final de esta legislatura. Por ello es lógico
que el Defensor del Pueblo haya tenido que hacer unos serios
esfuerzos para contener la emoción cuando nos ha dado cuenta de su
informe. Es obligado, en consecuencia, que nuestro grupo
parlamentario, el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, comience su
intervención -que va a ser breve porque, por esa coincidencia, este
debe ser un acto más bien de carácter de reconocimiento y de atención
personal- haciendo patente a don Fernando Álvarez de Miranda y a todo
el equipo que con él ha trabajado el agradecimiento más sincero,
porque si es cierta aquella frase de que los hombres pasan y las
instituciones quedan, no puede quedar simplemente como una rutina el
hecho de la sucesiva función de determinados políticos en las
instituciones, sin hacer una mención expresa de lo que don Fernando
Álvarez de Miranda ha hecho por el prestigio de la institución y, en
consecuencia, por el prestigio de estas Cámaras, dado su carácter de
comisionado. Para algunos de nosotros es también muy difícil hacer
hoy uso de la palabra porque en don Fernando Álvarez de Miranda se
concentran muchísimos recuerdos, se concentran muchas cosas y -hay
que decirlo clarísimamente- se concentra una participación destacada
en lo que ha sido la lucha en este país por las libertades y por la
democracia, desde sus perspectivas, legítimas y siempre valoradas y
agradecidas por todos los que hemos tenido la satisfacción de
conocerle y de trabajar a su lado. No es, por tanto, un día para que
descendamos al detalle de la memoria; sí es un día para quehagamos,
como él ha hecho, la valoración de un lustro



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de trabajo en común, porque no cabe la menor duda de que esa pieza
fundamental que es el Defensor del Pueblo ha sido, dentro de ese
triángulo con la Administración y el Congreso de los Diputados, un
mecanismo extraordinario de participación de los ciudadanos en el
conocimiento de los problemas y en la solución de los mismos.

Hoy él no ha podido resistirse a poner encima de la mesa algún que
otro problema, y el que más nos ha llamado la atención es el que
suscita la desatención a los ciudadanos por parte de la
Administración. Aparte de las quejas más o menos justificadas que
puedan tener los ciudadanos, aparte de que conteste o no conteste la
Administración al Defensor del Pueblo, ha venido a hacer hincapié en
el conjunto de situaciones absolutamente inaceptables en las que el
ciudadano es objeto de desprecio y de desatención por parte de la
Administración, y que le conducen irremediablemente a tener que
recurrir a los tribunales, no solamente enfangando a estos en un
trabajo sinceramente innecesario sino, al mismo tiempo, produciendo
una enorme frustración y una pérdida de imagen de lo que es la
Administración y lo que es el Estado de derecho. Es verdad que eso es
así y para nuestro grupo ha sido una preocupación a lo largo de toda
esta legislatura. Hemos hecho intentos serios para que, de una vez
por todas, se introduzca un sentido de responsabilidad en nuestro
sistema administrativo. No lo hemos conseguido. Por ejemplo, nuestro
intento de que en la Ley de servicios jurídicos del Estado hubiera un
mandato específico a la Abogacía del Estado para la apertura de
expedientes en aquellos casos en que se ve que hay una
responsabilidad que va más allá de lo funcionarial no ha prosperado.

Nuestros intentos de que, en un desarrollo serio y riguroso de la Ley
de responsabilidad del Estado, se exijan responsabilidades por el mal
funcionamiento de la Administración a los funcionarios que conducen a
esta situación tampoco ha prosperado. Esperemos que en otras
legislaturas, en el perfeccionamiento del Estado de derecho, los que
se ocupen de esta función tengan más suerte.

En todo caso, es cierto que si la Administración ha respondido cada
día con más prontitud a los requerimientos del Defensor del Pueblo,
esta Cámara no creo que pueda sentirse muy satisfecha del trato que
ha dado a esta institución en cuanto a la receptividad de sus quejas
y en cuanto a la plasmación en auténticas reformas legislativas, por
mucho que aquí nos explayemos. Nuestro grupo parlamentario sabe que
acaba la legislatura y se teme muy mucho que en un tema como el de la
inmigración, que para el Defensor del Pueblo y para su equipo ha sido
muy importante y que incluso ha sido motivo de trabajo para ese
funcionario al que aquí con tanta justeza se ha rendido tributo,
finalice esta legislatura y no haya una ley de extranjería. Es una
grave responsabilidad del partido del Gobierno. Los trabajos están
acabados. No falta más que, pura y sencillamente, convocar a la
Comisión Constitucional y, si es necesario, decretar el trámite de
urgencia. Nos preocupa
enormemente acabar esta legislatura sin que hayamos reformado la
ley de extranjería y queremos emplazar al Grupo Parlamentario Popular
y al Gobierno a que esto no ocurra.

También nos gustaría emplazarle a solucionar otro tema del que estos
días se ha hablado muchísimo, el de los delitos cometidos por
ciudadanos que están en situación de tercer grado o gozando de un
determinado permiso, que son cada día más numerosos y que producen
gran escándalo. Que acabe esta legislatura y no haya sido puesta en
vigor la ley de procedimiento de vigilancia penitenciaria, cuando
están terminados los trabajos, es un flaco servicio al trabajo del
Defensor del Pueblo. El trabajo del Defensor del Pueblo, para que
deje de ser pura y simplemente un buzón de reclamaciones, se tiene
que plasmar en una respuesta adecuada por parte de la Administración
en cuanto a sus quejas, pero se tiene que plasmar también en una
respuesta adecuada por parte de esta Cámara. Al Defensor del Pueblo
también le ha preocupado todo el sistema de la ley que llamamos
tutelar cautelar penal, que es una ley pendiente que posiblemente no
salga tampoco en esta legislatura.

Sinceramente, no quiero seguir haciendo el repaso, porque no quiero
amargar al señor Álvarez de Miranda y a su equipo un día que debe ser
en alguna medida festivo, porque rendimos tributo a su trabajo.

Lógicamente, no le quiero amargar el día, pero sí le digo seriamente
que, en la parte que corresponde a este grupo parlamentario,
lamentamos que esta Cámara, ante sus sugerencias y en temas tan
importantes, haya dejado un vacío de leyes como las que he expuesto,
que no creo que sea la mejor contestación al esfuerzo que otros han
realizado.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Castellano.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora
Alberdi.




La señora ALBERDI ALONSO: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, comparezco en nombre del Grupo Parlamentario Socialista
para valorar el informe del Defensor del Pueblo del año 1998 y, ante
todo, como han hecho los representantes de los grupos que me han
precedido en el uso de la palabra, para agradecer al Defensor su
trayectoria y su trabajo como representante de la Defensoría del
Pueblo en esta legislatura. Lo primero que hay que decir es que no
somos sólo nosotros sino también la ciudadanía española quien valora
muy positivamente, según las encuestas del CIS, la labor del Defensor
del Pueblo. El Defensor del Pueblo es una institución integrada en la
sociedad, conocida y valorada, y sin duda es una institución que se
encuentraarraigada en la sociedad española.




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Naturalmente uno de los temas centrales de la labor del Defensor del
Pueblo es todo lo relativo a la vulneración de derechos
fundamentales, y aquí creo que ha hecho un avance importante desde el
momento en que ha ligado, a petición de algunos grupos
parlamentarios, como Convergència i Unió y el propio Grupo
Parlamentario Socialista en Comisión, como él ha dicho, las
agresiones y malos tratos a mujeres, lo que denominamos violencia de
género, a la vulneración de derechos fundamentales. Hizo un
extraordinario trabajo, monográfico, sobre la violencia doméstica, la
violencia de género, las agresiones que sufren las mujeres en el seno
familiar y en las relaciones de convivencia, y demostró el compromiso
y la sensibilidad del Defensor del Pueblo respecto a la dignidad de
las mujeres y el respeto a sus derechos fundamentales.

Desgraciadamente no se están tomando por el Gobierno las medidas
adecuadas, como recomendaba el Defensor, y estamos asistiendo a un
número creciente de agresiones y asesinatos de mujeres. El plan del
Gobierno, posterior a las recomendaciones del Defensor, fue muy
aireado, con gran aparato propagandístico, eso sí, pero, por lo que
vemos, muy poco eficaz. Hoy se ha comentado por la mayoría de los
grupos que ahí duermen el sueño de los justos la ley de procedimiento
de vigilancia penitenciaria y tantas leyes. Unos y otros se culpan:
el Gobierno culpa a los jueces, los jueces a las leyes, pero el hecho
cierto es que las mujeres siguen siendo asesinadas por razones de
relación de dominación de los hombres sobre las mujeres y por razones
de no asumir de una vez el compromiso de desarrollar leyes de todo
tipo, sociales pero también civiles y penales, de respuesta ante
estas agresiones.

Creo que tenemos que ser muy firmes en esta materia. Es un problema
de cambio de mentalidad, soy la primera en reconocerlo, es un cambio
de mentalidad lo que se requiere en una sociedad en la que durante
siglos se ha considerado este tema como un tema privado, pero no lo
es, es público, nos atañe a todos y como ciudadanos de una democracia
consolidada debemos tener sobre él una tolerancia cero, y una
tolerancia cero exige respuestas de todo tipo, preventivas,
educativas, de valores en igualdad, de valores de socialización, pero
exige asimismo una respuesta civil y punitiva, también en el ámbito
penal, como elemento disuasorio de conductas transgresoras.

Dicho esto, el Defensor no se detiene sólo en los temas más
llamativos, sino que ha analizado, como ha comentado la representante
de Convergència i Unió, otros apartados que son importantes desde el
punto de vista simbólico y desde el punto de vista de ese valor de la
igualdad. ¿Por qué se mantiene una discriminación en las pruebas de
ajedrez, considerando que puede haber una discriminación física en el
ámbito deportivo, pero no tiene por qué haberla en un ámbito que
atañe a las facultades y a las capacidades mentales? ¿Por qué la
respuesta del Gobierno en esta materia ha sido negativa? ¿Por qué se
sigue dando lugar a esas
pruebas discriminatorias en el ámbito deportivo en el terreno del
ajedrez?
Tras tocar este aspecto de la igualdad entre hombres y mujeres,
también hay una serie de trabajos monográficos que ha hecho el
Defensor, de los que muy someramente, sin detenerme mucho en ellos,
voy a destacar algunos de los más significativos. Ya ha comentado la
representante de Convergència i Unió el tema de la cooficialidad
lingüística, que fue muy debatido en un momento dado, pero yo aquí
sólo quiero dar una pincelada en cuanto a un hecho que creo que es el
central en este debate. La posición del Defensor, que entendemos que
es acertada, dice: para los ciudadanos, elegir una u otra opción
lingüística entre las que tienen carácter cooficial es un derecho;
para los poderes públicos, posibilitarlo es un deber. Ahí, a nuestro
juicio, está la clave de la solución de este tema resuelto por el
Defensor de una forma certera.

Otro aspecto que está hoy de actualidad por la relevancia del caso
Pinochet es la creación de un tribunal penal internacional. Todos
recordamos el gran debate que hubo en la Audiencia Nacional sobre
aquellos procedimientos de delito de genocidio y terrorismo cometidos
contra españoles en Chile y Argentina y el que se suscitó sobre si la
Audiencia Nacional era competente o no para entrar a conocer de ese
tema, y recordamos también, desgraciadamente, alguna destacada
posición del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, que aparentaba
justificar los hechos, y desde luego la sensación de impotencia ante
situaciones de estas características, que pueden dejar en la
impunidad delitos tan graves como los que se han mencionado.

Finalmente, el Consejo General del Poder Judicial decretó que sí
existía esa competencia de los tribunales españoles, pero de hecho
todos conocemos, y más los juristas, las maniobras procesales y
dilatorias que pueden darse -a la vista están en este caso también- y
de esa forma pueden quedar impunes tales crímenes contra la
humanidad. La clara referencia del Defensor a la necesidad de que
exista un tribunal penal internacional que asegure la acción de la
justicia en estos casos nos parece también una toma de posición
rotunda en esta materia, muy necesaria y muy acorde con la función
del Defensor del Pueblo y con su titular.

Otro tema es el tratamiento penitenciario para la reinserción social
de los penados. Este es un problema muy grave porque la situación en
las cárceles es explosiva. El Grupo Parlamentario Socialista, como
consecuencia del informe del ejercicio anterior, formuló una
interpelación al Gobierno para que explicara la situación de las
cárceles y las alternativas que se iban a dar a esos problemas tan
graves: hacinamiento en prisiones, fallecimientos, suicidios, malos
tratos, una situación verdaderamente preocupante en la que existe una
escasez de medios materiales y personales para atender de verdad el
objetivo constitucional de reinserción social de los reclusos. No se
cumple con ese objetivo



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constitucional y el Gobierno es responsable de ese incumplimiento.

El señor Mardones ya ha comentado la fiscalidad de la familia en el
nuevo IRPF. El Defensor no ha quedado satisfecho con el planteamiento
dado a la fiscalidad de la familia y así nos lo dice en su informe.

Otro tema que quiero señalar aunque sea de forma rápida es el de la
contaminación acústica por la ausencia de una ley básica estatal
sobre la materia. El Defensor alerta de por qué no existe esa ley
básica que es absolutamente necesaria. Desgraciadamente, este es un
tema de actualidad, entre otras cosas, por el caso de Barajas, por la
situación que están padeciendo los ciudadanos que viven en el área de
despegue del aeropuerto de Barajas, que genera efectos negativos
físicos y psíquicos, como está reconocido.

También se hace un análisis muy interesante de los servicios públicos
de contenido sanitario y social. Para el Defensor, la sanidad tiene
aún muchas insuficiencias y cree que debería de prestarse con mayor
eficacia y eficiencia. Los problemas siguen existiendo en muchos
ámbitos (en urgencias, en plantillas) y ello genera muchos problemas.

En las prestaciones sociales destaca el tema de las pensiones de
viudedad, las quejas sobre todo de las viudas por la cuantía de esas
pensiones, así como el tema relativo a las plazas residenciales para
mayores. Este es un problema que tenemos todos, los diputados y las
diputadas, todos tenemos un compromiso de cara a la situación que se
avecina de aumento de la población de la tercera edad, sobre todo de
80 y más años, con todos los problemas que está generando el
Alzheimer y otras enfermedades. Hemos de dar respuesta a una realidad
cada vez más acuciante.

También muy rápidamente voy a comentar un tema que ya constituye un
monográfico permanente del informe del Defensor y que ya en su
momento valoramos como muy positivo, que es el tratamiento en
relación con los menores -ya hay un área especifica que se ocupa de
los problemas de la infancia-. Aparte naturalmente de la reforma del
Código Penal y otros que extensamente trata el Defensor, vuelve a
reiterar el problema de la falta de medios materiales y personales en
los centros de atención a menores. No olvidemos que esto puede
generar muchos problemas cuando se eleve la edad penal.

También se hace eco el Defensor de los problemas de la adopción, que
ciertamente están produciendo muchos incidentes derivados de la
existencia de normativas dispares según los países de referencia.

Otro apartado destacado es el de la anorexia y la bulimia, verdadera
plaga de estos tiempos, a la que desde luego hay que dar una
respuesta sanitaria y por supuesto psicológica.




No quiero terminar este apartado de la infancia sin comentar el tema
de la violencia en los centros escolares. El Grupo Parlamentario
Socialista pidió al Defensor del Pueblo una comparecencia
monográfica, como
hemos hecho respecto a medio ambiente o a la violencia de género,
relativa a la violencia en los centros escolares. Es un tema sobre el
que todavía no estamos profundizando lo suficiente y es uno de los
más graves que se están viendo hoy en el nivel escolar. Cuando hay
violencia hay problemas para el conjunto de los alumnos y para el
profesorado y desde luego para la convivencia, que es fundamental
para poder impartir una educación de calidad, que hoy, en la
educación pública, está lejos de conseguirse.

Otro tema objeto de tratamiento monográfico que está de actualidad y
que merece un comentario siquiera muy somero es el de la seguridad
ciudadana. Habla el defensor de seguridad integral, un nuevo concepto
que avanza sobre la concepción clásica de seguridad ligada al orden
público. Nos parece positivo que se hable de ese nuevo concepto como
solución a enfrentamientos o intereses enfrentados de diversos
colectivos, pero desde luego hay demasiadas quejas sobre la seguridad
y sobre los niveles de inseguridad que sufren algunos barrios o
zonas, especialmente en las grandes concentraciones urbanas. En
Madrid, concretamente ayer, se ha producido el asalto por parte de
algunos grupos en el distrito de Centro a la sede de un partido
político; hace unos días teníamos conocimiento de los ataques que se
están produciendo en el barrio de Chueca, que es un barrio en el que
residen mayoritariamente personas homosexuales. Esto nos preocupa
porque a la inseguridad que hay en algunos barrios se añade la acción
de bandas armadas que actúan de una forma colectiva y que amedrentan
y acosan a los vecinos de esos barrios. Desde luego la educación, los
valores, el concepto avanzado de ciudadanía, como compromiso y
responsabilidad de todos, se debería abrir paso como un camino hacia
la solución de problemas, a veces graves, de intereses encontrados,
como muy bien dice el Defensor, de grupos o personas que resuelven,
por la vía violenta o transgresora de las normas de convivencia, sus
problemas personales o su situación personal.

Con respecto a la segunda parte del informe muy rápidamente voy a
pasar por algunos temas. Una vez más tenemos el problema de la
justicia y las dilaciones indebidas. Hemos resuelto en parte, ojalá
que para bien, con la Ley de lo Contencioso-administrativo uno de los
problemas candentes, que era la jurisdicción contencioso-
administrativa, pero en otros órdenes jurisdiccionales también hay
problemas. Hay retrasos en la jurisdicción civil de hasta tres años
en el Tribunal Supremo, y no digamos en las primeras instancias en
muchos casos. Estos problemas afectan de lleno a la tutela judicial
efectiva. Tenemos una asignatura pendiente con la justicia y, como
este Grupo Parlamentario viene manifestando, hay que dar una
respuesta a uno de los puntos negros; hay que dar una solución de
verdad a la justicia. El Libro Blanco que presentó aquí en el
Congreso de los Diputados el Consejo General del Poder Judicial
intenta en parte solucionar las



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disfunciones, y si se cumplen sus previsiones, qué duda cabe, muchos
de los problemas se solucionarán, pero no perdamos de vista ese
elemento de la tutela judicial efectiva y que, por tanto, es
necesario que la justicia funcione.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señora Alberdi, vaya
concluyendo.




La señora ALBERDI ALONSO: Voy concluyendo.

Voy a pasar de forma muy rápida al tema de los derechos y libertades
de los extranjeros. Ayer hablábamos aquí precisamente y se
profundizaba con el tema de la cumbre de Tampere sobre ese espacio
judicial común de la Unión Europea. Qué duda cabe que hay una
situación de presión inmigratoria sobre España muy fuerte y esas
tensiones se van a seguir produciendo y tenemos que estar atentos a
los problemas que generan. Nosotros, como grupo parlamentario, hemos
intentado que se resuelvan estos problemas de una forma integral. Hay
que orientarse hacia el origen de los movimientos inmigratorios; hay
que trabajar en la cooperación al desarrollo y luego hay que apoyar a
quienes vienen, con un control de entrada, qué duda cabe, pero quien
está aquí tiene que tener unos derechos y una posibilidad de
integrarse y de obtener los beneficios de la ciudadanía como
cualquier otra persona. Nosotros tenemos los puntos negros,
terribles, de Ceuta y Melilla, donde existe un pulso diario de la
presión inmigratoria, que intentamos que se solucionen con una
respuesta que sea equitativa, justa y que considere que esas
personas, que vienen buscando una vida mejor, huyen muchas veces de
la persecución, del hambre o de situaciones gravísimas. Por tanto,
hay que tener esa apertura con respecto a los movimientos
migratorios, movimientos migratorios que vamos a tener, tengamos o no
esa apertura; por tanto, hay que dar respuesta a ese tema acuciante
de cara al siglo XXI.

En cuanto a la administración educativa, una vez más detecta el
Defensor, y además hace un análisis de los tres últimos años, que la
educación pública o la escuela pública está en una situación de
deterioro por la falta de apoyo presupuestario, por la falta de
sensibilidad de este Gobierno y por la falta de impulso a esa
educación, que es la que el Gobierno tiene obligación de promocionar.

En el medio ambiente ya hemos comentado el problema acústico No voy a
insistir en él. Urbanismo y vivienda es otro de los temas con los
problemas de realojo. Recientemente hemos tenido en Madrid el asunto
de Malmea. Son situaciones nuevas que se van produciendo, ligadas
también a problemas inmigratorios.

Termino, señor presidente, con una consideración general. Hemos
tenido en el último mes dos proposiciones de ley relativas a una
mejor organización de la Ley orgánica que regula el Defensor del
Pueblo. Nuestro grupo parlamentario ha votado a favor de la toma
en consideración de las dos: una de ellas pedía un tercer adjunto
para temas migratorios precisamente, para ese tema tan importante y
crucial de cara al futuro inmediato; y otra, que se vio en esta misma
semana, pedía que hubiera una rendición de cuentas, después de cada
informe, de la posición del Gobierno, más allá de que cada grupo
parlamentario pueda tomar las iniciativas que estime oportunas para
así conocer la posición de una forma directa y rápida del Gobierno en
torno a las recomendaciones y sugerencias.

Estas son dos propuestas, puede haber más. De hecho, la institución
del Defensor está trabajando en una reforma de la ley orgánica para
mejorarla. Creo que todos los grupos, desde luego el nuestro, van a
colaborar en esa reforma para mejorar la eficacia de una institución
como el Defensor del Pueblo, que es crucial en la defensa de las
libertades y derechos fundamentales, y que es fundamental en una
democracia como la nuestra.

Termino esta intervención agradeciendo una vez más al Defensor su
comparecencia, su trabajo a lo largo de estos cuatro años, su
trayectoria, y el deseo de que esta nueva etapa que inicia sea, como
siempre, una buena etapa a lo largo de su desarrollo y su trayectoria
personal.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Alberdi.

La señora Camilleri tiene la palabra, por el Grupo Popular.




La señora CAMILLERI HERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.

Señorías, nos encontramos hoy ante un informe especial. Digo especial
porque, aunque es habitual que el Defensor del Pueblo presente su
informe anual, según le obliga el artículo 32 de su Ley reguladora,
tiene dos características que le otorgan esa categoría. En primer
lugar, porque es el ultimo de su mandato. Sabemos que el artículo 2
de la Ley orgánica dice que será elegido por cinco años, que lo hará
el 1 de diciembre, y el artículo 5 dice que cesa por expiración del
plazo de su nombramiento. En segundo lugar, es el último que se
presentará en la presente legislatura. Ya que estamos ante el cierre
de una etapa más de esta institución parlamentaria, me gustaría
centrar mi intervención señalando una serie de conclusiones extraídas
de los informes que nos ha ido presentando el Defensor del Pueblo.

En primer lugar, la institución del Defensor del Pueblo se ha
consolidado; el número de quejas es similar cada año: en 1997,
10.566, y en 1998, 11.660. En segundo lugar, se ha conseguido
tramitar un mayor número de quejas durante el año: en 1997, el 92,63
por ciento, y en 1998, el 95,42. En tercer lugar, el número de quejas
no admitidas a trámite sigue siendo muy alto: en 1997, de 10.566 se
rechazaron o no se admitieron 5.515;



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en 1998, de 11.660, 6.086. Esto podría querer decir que no se conocen
bien las competencias del Defensor del Pueblo y que están en
desacuerdo con la Administración, pero no existe irregularidad. Por
ejemplo, por esta causa se rechazaron este año casi la mitad.

En cuarto lugar, las quejas tramitadas ante la Administración general
del Estado son similares a las del año anterior: en 1997 fueron
2.136, y en 1998, 2.217, en contraposición con el año 1995, último
año de Gobierno socialista, que fueron 7.290 las admitidas ante la
Administración general del Estado. En quinto lugar, los resultados
obtenidos de las investigaciones concluidas también son similares a
los obtenidos en el año anterior, teniendo en cuenta que de las
quejas concluidas ante la Administración general del Estado, 960, se
cerraron con actuación correcta por parte de la Administración 578,
se subsanó el error en 329 casos, y no se subsanó sólo en doce
ocasiones.

Estos resultados me llevan a dos conclusiones más: por una parte, que
muy pocas quejas son en realidad fundadas: de 960, 578 terminaron con
actuación correcta. Y, por otra, que el tanto por ciento de quejas en
las que la Administración no subsanó su posible irregularidad este
año fue sólo el 0,53. Todo ello me lleva a resaltar el alto grado de
colaboración de la Administración general del Estado, es decir, del
Gobierno actual del Partido Popular con la institución del Defensor
del Pueblo, teniendo en cuenta también el alto grado de aceptación de
las resoluciones que el Defensor dirige al Gobierno. Fueron aceptadas
el 85,29 por ciento de las recomendaciones, y de las sugerencias casi
el 70 por ciento, frente a 1995, por ejemplo, que de las
recomendaciones sólo se aceptó el 60,2 por ciento y de las
sugerencias, el 61,2.

Ya que estamos haciendo un examen global refiriéndonos únicamente a
los cuatro últimos informes -no cinco, porque el último de su mandato
el Defensor del Pueblo tendrá que presentarlo el próximo año-,
destacaría que la presentación de este primer informe coincidió con
la actual legislatura y con esta composición de la Cámara. Nos
presentó ocho temas monográficos, de los que mencionaría el referente
a la insumisión y al consumo de alcohol por los menores. En segundo
lugar, en el informe de 1996, presentado en 1997, destacaría los
temas monográficos sobre las modificaciones introducidas en la
tributación por el impuesto sobre la renta de las personas físicas,
que afecta a familias con hijos discapacitados a su cargo, y el
estudio genérico sobre la situación de los menores en España, así
como las dos investigaciones de carácter sectorial: la situación
penitenciaria y de los centros municipales de depósito de detenidos
desde 1998. Se cita esa cifra porque hasta esa fecha realizó otro
informe similar el primer Defensor del Pueblo, señor Ruiz Jiménez.

Debo señalar también otro informe especial sobre la atención
residencial a las personas con discapacidad y otros aspectos conexos,
así como el anuncio este año del propósito del Defensor del Pueblo de
revisar la Ley
3/1981, de 6 de abril, reguladora de la institución, con el fin de
posibilitar la reforma de algunos aspectos de la misma que faciliten
y agilicen su función, propósito que continúa plenamente en vigor y
que hoy se ha vuelto a mencionar en esta Cámara. En todo caso - sigue
apuntando el Defensor del Pueblo-, cualquier propuesta en este
sentido nunca habrá de realizarla el Defensor sin un previo cambio de
impresiones y un acuerdo con todos los grupos parlamentarios, puesto
que entiende que las iniciativas en esta materia han de ser
plenamente consensuadas por ser el Defensor del Pueblo una
institución de todo el Parlamento. Añade el Defensor del Pueblo que
hay una realidad evidente que se desprende de la lectura del informe,
y es que los derechos y libertades fundamentales comprendidos en
nuestra Constitución son vividos de forma plena por la generalidad de
los ciudadanos y se ejercitan sin trabas de ningún tipo.

Por otra parte, en el informe de 1997 se incluye por primera vez una
evaluación de la situación de los derechos y libertades desde la
perspectiva del Defensor del Pueblo, quien señala que son pocos los
casos denunciados ante la institución que puedan ser considerados
estrictamente como auténticas violaciones de los derechos
fundamentales. Se estudiaron, asimismo, seis temas monográficos de
los que destacaría inmigración y racismo, necesidad de una estructura
administrativa para la coordinación y la protección de la juventud y
de la infancia, y los medios de comunicación social. Cabe destacar
también un informe extraordinario sobre la seguridad y prevención de
accidentes en las áreas de juegos infantiles, en colaboración con la
Unicef. En este mismo año, el Defensor del Pueblo, como nos ha dicho,
fue elegido presidente de la Federación Iberoamericana de Ombudsman.

Por último, del informe de 1998 que hoy nos presenta el Defensor del
Pueblo para su debate destacaría que, aunque según el último sondeo
de opinión realizado por el Centro de Investigaciones Sociológicas
sigue de nuevo en los primeros lugares entre las instituciones
constitucionales mejor valoradas de nuestro país, el Defensor del
Pueblo dice que hay un desconocimiento importante entre la población
de los trámites necesarios para formular las quejas y solicitar la
intervención del Defensor del Pueblo, aspecto que desconocen más de
las tres cuartas partes de los ciudadanos entrevistados. Les
recuerdo, señorías, que ésta es una de las conclusiones que señalé al
principio de mi intervención.

Este año vuelve a presentar ocho temas monográficos que nos
demuestran la gran sensibilidad de nuestro comisionado. Destacaría el
tratamiento penitenciario para la reinserción social de los penados,
la calidad de los servicios públicos de contenido sanitario y social
y la seguridad integral. Debo señalar también la comparecencia sobre
la violencia doméstica ante la Comisión mixta de relaciones con el
Defensor del Pueblo y la Comisión mixta de los derechos de la mujer,
para exponer



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los principales rasgos del informe sobre las mujeres maltratadas, que
se celebró el 3 de noviembre de 1998; informe que tanto ha
contribuido a la adopción de medidas tendentes a erradicar en lo
posible los continuos malos tratos que han soportado y soportan
muchas mujeres en nuestro país.

He querido citar todos estos temas para señalar, una vez más, la gran
sensibilidad demostrada por el Defensor del Pueblo en la defensa de
los derechos fundamentales, sobre todo, de los más desfavorecidos o
desprotegidos. Es un bagaje el que deja el señor Álvarez de Miranda
que mi grupo no puede dejar de apreciar y agradecer, extendiéndolo
lógicamente a sus adjuntos, asesores y todo el personal con el que
tantos años esta diputada que les habla tuvo el placer de colaborar.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Camilleri.




CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES.




- REAL DECRETO-LEY 14/1999, DE 17 DE SEPTIEMBRE, SOBRE FIRMA
ELECTRÓNICA. (Número de expediente 130/000076.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Finalizado el debate sobre el
informe anual del Defensor del Pueblo correspondiente al año 1998,
pasamos al punto VII del orden del día: Convalidación o derogación de
reales decretos-leyes. En primer lugar, del Real Decreto- ley 14/
1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica.




Para su presentación, el ministro de Fomento tiene la palabra.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas
gracias, señor presidente.

Señorías, tengo la enorme satisfacción de solicitar el voto favorable
de la Cámara para la convalidación del Real Decreto-ley 14/1999, de
17 de septiembre, sobre firma electrónica. Permítanme SS.SS. unas
breves palabras sobre la tramitación y contenido de este real
decreto-ley, antes de hacer unas reflexiones finales para fundamentar
la petición de voto favorable que hago a la Cámara.

Al incorporar a su ordenamiento jurídico la regulación de firma
electrónica España se pone en cabeza, junto con Alemania, en la
regulación de un tema que tiene una importancia extraordinaria y que
la va a tener todavía en mayor medida en breve plazo. La tramitación
ha seguido todos los pasos legalmente establecidos. En primer lugar,
se ha seguido el trámite de información a la Comunidad Europea, tal
como prevé la legislación comunitaria. En segundo lugar, se ha
solicitado el informe preceptivo del Consejo General del Poder
Judicial, e igualmente el de la Agencia de Protección de Datos. Ambas
instituciones han informado
favorablemente el proyecto y han hecho algunas observaciones,
fundamentalmente de tipo formal, que han sido incorporadas al texto
final.

El real decreto-ley pretende una regulación clara del uso de la firma
electrónica, atribuyéndole eficacia jurídica y previendo el régimen
aplicable a los prestadores de servicios de certificación. Consta de
28 artículos, divididos en cinco títulos, una disposición adicional,
otra transitoria y tres finales. El artículo 2 recoge una relación de
definiciones técnicas, en las que se determinan los significados y
los términos empleados por el real decreto-ley. Es una terminología
nueva que se incorpora a la vida jurídica española y que, a los
efectos de su mejor interpretación, conviene definir con precisión.

Por su parte, el artículo 3 establece los efectos jurídicos de la
firma electrónica, distinguiendo la firma electrónica avanzada de la
que no lo es. Respecto de la primera, de la firma electrónica
avanzada, si se dan determinados requisitos se produce una plena
equiparación con la firma manuscrita en cuanto a su valor jurídico.

Se le atribuyen plenos efectos no sólo en el ámbito del derecho
sustantivo, sino también en el del derecho procesal, sirviendo como
prueba en juicio. A la firma electrónica que no cumpla esos
requisitos reforzados no se le niega en principio eficacia probatoria
en juicio, pero habrá de acreditarse su autenticidad para que llegue
a alcanzar esa eficacia probatoria.

El título II de la ley regula la prestación de los servicios de
certificación por las denominadas entidades de certificación, que se
van a convertir en auténticos notariosde la red. Se parte del
principio del derecho comunitario de libre competencia. Por tanto,
será una actividad sujeta al libre mercado con objeto de que la
competencia pueda generar lo que podríamos llamar grandes empresas
prestadoras de servicios de certificación. Ya existen algunas en la
Unión Europea y una de las razones de urgencia era dar vida legal a
este tipo de empresas para que puedan nacer en el marco del
ordenamiento jurídico español.

Se establecen algunas particularidades en cuanto al uso de la firma
electrónica en el ámbito de las administraciones públicas y se prevé
un régimen de acreditación de los prestadores de los servicios de
certificación y de certificación de los productos de firma
electrónica. Se crea en el Ministerio de Justicia un registro público
de prestadores de servicios de certificación, cuya inscripción no
tiene para las entidades de certificación carácter constitutivo pero,
como todo registro público, es un requisito, un elemento de
publicidad que permitirá disponer y conocer todos los datos de este
tipo de empresas.

Se regulan, asimismo, diversas categorías de certificados, los
certificados reconocidos, la vigencia de los certificados, la
equivalencia de los certificados con los emitidos por los Estados
terceros no miembros de la Unión Europea y las condiciones exigibles
a los prestadores de servicios de certificación. Igualmente, se
determina la responsabilidad de estos prestadores de



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servicios y el régimen de supervisión y de control al que han de
someterse, que será ejercido por la Secretaría General de
Comunicaciones del Ministerio de Fomento. También se regula con
detalle el régimen de los dispositivos de firma electrónica y de la
evaluación de su conformidad con la normativa aplicable, así como los
dispositivos de verificación de firma. Junto con ello, cierra el
articulado la regulación que se hace de la tasa por el reconocimiento
de acreditaciones y certificaciones por los órganos públicos
competentes, y el régimen de infracciones y sanciones por
incumplimiento de las disposiciones del real decreto-ley. Este último
régimen pretende garantizar que los preceptos legales se cumplen en
todo caso.

Querría dedicar unas breves reflexiones a la regulación de la tasa
por el reconocimiento de acreditaciones y certificaciones. El
precepto está redactado con arreglo a la doctrina del Tribunal
Constitucional. La sentencia de 4 de febrero de 1983, por la que se
declaró la constitucionalidad del Real Decreto-ley de medidas
urgentes sobre la tributación local, establece el principio seguido
después por otras sentencias de que la Constitución no cierra el paso
-y cito literalmente- a cualquier regulación tributaria. Nuestra
Constitución se ha producido en la materia estudiada de una manera
flexible. El fundamento jurídico sexto de la sentencia dice que es
posible el empleo en materia tributaria del decreto-ley para adaptar
el régimen tributario preexistente a la nueva situación creada.

Esto es justamente lo que hace el real decreto-ley que se somete a
convalidación, cuyo artículo 23 regula la tasa por el reconocimiento
de acreditaciones y certificaciones en materia de firma electrónica.

Esta regulación no es sino una pura adaptación del régimen de tasas
en materia de telecomunicaciones previsto en el artículo 74 de la Ley
11/1998, de 24 de abril, Ley General de Telecomunicaciones. Prevé que
-cito- la gestión precisa para la emisión de certificaciones
registrales, de certificaciones de cumplimiento de las
especificaciones técnicas de equipos y aparatos de
telecomunicaciones, las actuaciones inspectoras o de comprobación
técnica darán derecho a la exacción de tasas compensatorias del coste
de los trámites y actuaciones necesarias con arreglo a lo que se
dispone en los apartados siguientes. Nótese que la tasa a la que se
refiere el artículo 23 del real decreto-ley se cobra por -cito- el
reconocimiento por los órganos administrativos de la acreditación de
los prestadores de servicios o de la certificación de los
dispositivos de creación o de verificación de firma.

Debe notarse además que el régimen de la tasa, hecho imponible,
sujeto pasivo, cuota y devengo coinciden absolutamente con los
previstos en el artículo 74 de la ya existente Ley General de
Telecomunicaciones; coinciden, por tanto, plenamente el real decreto-
ley y la Ley General de Telecomunicaciones. En definitiva y como
conclusión, sólo se adapta el régimen general de tasa en materia de
telecomunicaciones a la tasa en
materia de reconocimiento de acreditaciones y certificaciones sobre
firma electrónica.

Establecida esta consideración jurídica, que efectivamente podía
suscitar alguna duda -puedo asegurar a SS.SS. que el precepto ha sido
redactado con arreglo a la más estricta doctrina del Tribunal
Constitucional-, debo concluir señalando que el real decreto-ley que
se somete a convalidación comporta un compromiso claro para que las
nuevas tecnologías en las comunicaciones sean accesibles a todos de
forma cada vez más asequible, en particular, los usuarios de Internet
tienen nuevas opciones en calidades del servicio que les permiten
acceder a un flujo de información cada vez más variado y relacionarse
entre sí con plena seguridad jurídica.

Se facilita con ello la modernización tecnológica no sólo en ámbitos
empresariales, sino también y muy especialmente en los domicilios de
los ciudadanos que a partir de ahora, en sus relaciones entre ellos y
en sus relaciones con las administraciones públicas, tendrán una
conexión fiable con distintas fuentes de conocimiento y,
naturalmente, de relación.

Concluyo, señorías. Creo que a nadie se le oculta hoy la importancia
del comercio electrónico. Ayer mismo la Asociación Española de
Comercio Electrónico hacía público un comunicado felicitándose por la
convalidación del real decreto-ley en esta Cámara -en caso de que se
produzca- y daba un dato verdaderamente espectacular. En el plazo de
los próximos 24 a 36 meses el comercio electrónico canalizará en
España un volumen de facturación de más de 250.000 millones de
pesetas.

Ayer mismo aparecía en el diario británico Financial Times, en el
suplemento dedicado a las tecnologías de la información, un amplio
reportaje sobre los propósitos de las grandes empresas en materia de
comercio electrónico, e informaba sobre lo que British Telecom está
poniendo en marcha en estos momentos y es forzar a todos sus
suministradores, a todos los que suministran materiales o productos
necesarios para el funcionamiento de British Telecom, a la
utilización de Internet. Aproximadamente el presupuesto de compras de
British Telecom asciende a 8.000 millones de dólares al año. Entiende
que va a ahorrar unos 1.000 millones de dólares al establecer el
mecanismo de comercio electrónico, de compra de sus suministros vía
Internet. Al mismo tiempo -también información suministrada por
British Telecom-, ponía de relieve la disminución de los costes de
transacción si se realizan por Internet. Cada operación, que tiene un
coste medio de 80 dólares, va a verse disminuida en 8 dólares por
transacción.

Quiere decirse que el horizonte que se abre en materia de comercio
electrónico, la importancia creciente en todos los ámbitos,
particularmente en los países más desarrollados como es lógico, es de
tal magnitud que es absolutamente imprescindible regular todos los
aspectos que afectan al comercio electrónico. Dar seguridad jurídica,
dar garantías plenas de que el comercio electrónico puede
desarrollarse con fiabilidad y certidumbre



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es justamente la misión de los poderes públicos. Por eso, señorías,
creo que el real decreto-ley es verdaderamente urgente.

Muchas gracias, señorías. Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor ministro.

¿Algún grupo de la Cámara quiere utilizar un turno en contra de la
convalidación? (Pausa.)
Tiene la palabra la señora Fernández de la Vega.




La señora FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ: Muchas gracias, señor
presidente.

El Gobierno presenta para su convalidación otro real decreto-ley.

Desde que el Partido Popular accedió al Gobierno, todavía no hace
cuatro años, son ya 79 las normas jurídicas sustraídas por esta vía
de naturaleza obviamente excepcional al normal trámite y debate
parlamentario. Nos encontramos, pues, ante el Real Decreto- ley 14/
1999, sobre firma electrónica. ¿Cuál es el objeto de este real
decreto-ley? Como ha dicho el señor ministro, y señala la exposición
de motivos, en lo sustancial se trata de atribuir a la firma
electrónica eficacia jurídica, distinguiendo entre firma electrónica
avanzada, basada en certificado reconocido y producida por un
dispositivo seguro de creación, y firma electrónica que no reúna
estos requisitos.

En cuanto a la primera, el real decreto-ley dispone que tendrá,
respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo
valor jurídico que la firma manuscrita en relación con los
consignados en papel y será admisible como prueba en juicio,
valorándose según los criterios de apreciación establecidos en las
normas procesales. Respecto de la segunda, el real decreto-ley se
limita a decir -lo afirmaba en la tribuna el señor ministro- que no
se le negarán efectos jurídicos ni será excluida como prueba en
juicio. Recordando aquella entrañable sección de la desaparecida
revista La Codorniz, la firma electrónica no avanzada, es decir, la
no basada en una certificación expedida por las entidades de que
hablaremos después, viene a ser configurada como la nada con sifón.

Resulta también sumamente interesante -como veremos después al tratar
de identificar la verdadera cara de las entidades de certificación-
que el decretoley establezca la presunción de que la firma
electrónica avanzada reúne las condiciones necesarias para producir
los efectos indicados, cuando el certificado en que se basa haya sido
expedido por un prestador de servicios de certificación acreditado y
el dispositivo seguro de creación de firma con el que ésta se
produzca se encuentre certificado con arreglo a lo establecido en el
propio decreto-ley.

Pero vamos a ir por partes. Ante todo, mi grupo quiere dejar claro
que, en nuestra opinión, este decreto- ley sometido a convalidación
es manifiestamente inconstitucional. Lo es, en primer lugar, porque
ya no
es que no se acredite, es que ni siquiera se intenta justificar la
extraordinaria y urgente necesidad que postula el artículo 86 de la
Constitución española como presupuesto habilitante para el ejercicio
del Poder Legislativo provisional por el Gobierno. En la exposición
de motivos se dice -fíjense, señorías- que la urgencia deriva de un
deseo, del deseo de dar a los usuarios de los nuevos servicios
elementos de confianza en los sistemas, permitiendo su introducción y
su rápida difusión. Este deseo de los ministros debe ser
especialmente compulsivo, ya que su satisfacción, señor ministro, no
puede esperar una tramitación parlamentaria normal. De hecho, la
práctica totalidad de los países, menos Alemania, es verdad,
prescinden de este nuevo mercado, a pesar de que todos creamos que es
importante y le auguremos un futuro brillante. Ni en Francia ni en
Italia ni en Países Bajos los ministros están tan deseosos o su deseo
está más controlado.

En segundo lugar, se justifica la urgencia porqueexiste en España un
sector empresarial que podría prestar un servicio de certificación de
la firma electrónica con suficiente calidad. Me hubiera gustado que
nos explicara cuál es ese sector, que necesariamente va a ser
oligopólico habida cuenta de que cada entidad de certificación ha de
afianzar responsabilidades pecuniarias por un mínimo de 1.000
millones de pesetas. Asimismo, me gustaría nos explicasen por qué ese
sector tiene tanta urgencia de prestar el servicio o por qué es menor
la urgencia de otros países que tienen el mismo tipo de problema en
el resto de Europa. Repito, señor ministro, sabemos que en Alemania
existen disposiciones no digo que similares o iguales a las que aquí
se pretende introducir, pero con una diferencia: allí hay garantías
que no hay aquí, entre otras cosas porque su ordenamiento civil tiene
garantías que no existen en esta maltrecha ley de enjuiciamiento
civil que ustedes están impulsando.

Además de estos argumentos, existe en el proyecto otro tema: un
proyecto que está pendiente de la aprobación de una directiva europea
sobre firma electrónica. El presente real decreto-ley lo reproduce en
algunos párrafos literalmente y en otros no, o no exactamente, o
desde luego con peor dicción. La verdad es que siendo esta materia
una materia profundamente técnica, eso sí, con grandes implicaciones
jurídicas, se debería haber atemperado ese deseo de los señores
ministros enmarcándolo en niveles mayores de cautela, pues como usted
sabe, señor ministro, en el mundo técnico informático lo que rige son
los estándares, y si la directiva europea al final fuese por otro
camino, haría que esta ley de firma electrónica española fuese una
norma obsoleta e inaplicable ¿Dónde está, por tanto, la urgencia? Y,
sobre todo, ¿a quién se pretende servir con esta urgencia? ¿Están
interesadas -y me gustaría que hubiera estado el señor Piqué- en el
tema las compañías de leasing inmobiliario? Quisiera saberlo.




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Por si fuera poco no explicar ni una sola razón de la extraordinaria
y urgente necesidad, la norma remite en varios artículos a un
posterior desarrollo reglamentario para lo que no se fija ningún
plazo, y como ya sabe usted, porque ha estudiado la
constitucionalidad del decreto, señor ministro, también la sentencia
del Tribunal Constitucional del 31 de mayo de 1982 decía que la
urgencia es contradictoria con la existencia de plazos fijados para
las normas de desarrollo. Esos plazos, en cualquier caso, deberían
ser inferiores al necesario para tramitar una ley, al menos por el
procedimiento de urgencia, porque sin plazos fijos no puede haber
urgencia.

Y en este afán de mezclar lo que nada tiene que ver, en ese afán de
este Gobierno de sacar en estos momentos adelante cosas que puede no
dar tiempo a resolver, dada la situación en la que nos encontramos de
la legislatura, introducen ustedes una disposición adicional sobre la
posibilidad de que entidades públicas de radiodifusión de una
comunidad autónoma emitan en el territorio de otra con la que tenga
espacios radioeléctricos colindantes, lo que nada tiene que ver con
el contenido material de este decreto-ley.

Como SS.SS. saben -el señor ministro también-, la jurisprudencia del
Tribunal Constitucional, sentencia ya citada, dice que no es posible
incluir en un decreto-ley cualquier género de disposición y, desde
luego, nunca aquellas que por su contenido no guardan relación
alguna, ni directa ni indirecta, con la situación que se trata de
transformar a través del mismo, y que debe existir, en todo caso, una
conexión de sentido entre la situación definida y las medidas que un
decreto-ley intenta adaptar.

Por si lo anterior fuera poco, este decreto-ley introduce la creación
de una tasa. Quiero discrepar de lo que ha dicho el ministro. Ya he
visto que ha citado una jurisprudencia del Tribunal Constitucional,
pero discrepo de usted en cuanto a la interpretación que hace de esa
sentencia del Tribunal Constitucional. Lo que este decreto-ley hace
es introducir claramente una tasa nueva que no está permitida por
otra jurisprudencia clarísima del Tribunal Constitucional ya muy
asentada: hacerse a través de un decreto-ley.

En definitiva, señorías, hay argumentos más que suficientes para ver
que nos encontramos ante una norma que no se ajusta a los parámetros
que nuestra Constitución establece en cuanto a los decretos-leyes,
cosa a la que este Gobierno nos tiene acostumbrados porque, como les
decía al principio, son ya 79 las normas jurídicas aprobadas por este
sistema de hurtar el debate al Parlamento, y si las comparamos con
las 140 proposiciones de ley que ha traído, por cada dos leyes que se
han debatido aquí, una no se ha discutido.

Además de estos argumentos, quería decirles que este decreto-ley
comienza la casa por el tejado. Si se ha tenido la temeridad, en mi
opinión, de regular la firma electrónica, que sólo es un medio,
debería haberse tenido el mismo valor para regular el comercio
electrónico,
que es el contenido de las actuaciones, y también regular los
derechos de los consumidores. Regular pura y simplemente, como hace
este decreto, la firma electrónica, sus efectos, la prestación de
servicios de certificación y controlar este mercado, es no hacer
nada, porque la firma, señor Ministro, sólo es, en cuanto pueda
servir para confirmar la autoría de un determinado mensaje, un
pensamiento humano. Cuando no hay garantías de que el conjunto de
datos electrónicos que preceden a una firma son una declaración de
quien firma y que dicha firma se plasma para confirmar la autoría o
la asunción de esos datos, la firma da lo mismo que sea autógrafa que
electrónica; no deja de ser un conjunto de signos sin relevancia
jurídica. Regular el signo y no regular el contenido es como dictar
disposiciones sobre la higiene de los envases de leche y no tener
regulación alguna sobre la higiene de la propia leche que se envasa.

También en la Unión Europea hay un proyecto de directiva sobre
comercio electrónico, señor ministro, pendiente de aprobación, y lo
lógico hubiera sido esperar la aprobación de ambas directivas
europeas, la de comercio electrónico y la de firma electrónica, y
después operar en consecuencia.

Le voy a decir una cosa más, aunque yo creo que usted lo sabe muy
bien. En el mundo del comercio electrónico, donde la firma
electrónica es una vía más de ese comercio, hay dos posiciones
contrapuesta. Una de ellas es la de los grandes operadores económicos
americanos, que basándose en que hay una oferta firme de su parte y
una aceptación por parte de quienes acuden a las páginas de Internet,
mantienen que los tribunales que deben atender el asunto con los
americanos, eso es lo que mantienen, y, como se sabe, los americanos
tienen un derecho que no se basa en la protección al consumidor, y es
menos estricto con la protección de la intimidad de las personas,
entre otras cosas no se prohibe ni la comercialización de las bases
de datos. Esto unido, además, al intento en estos momentos de los
americanos, por primera vez, de que se apruebe el convenio de
ejecución de sentencias al que antes se oponían, supone claramente la
indefensión de los consumidores.

Frente a esta posición está la otra posición, la europea, basada en
el derecho del consumidor y en la exigencia de que sea en el país del
consumidor donde se protejan sus derechos. Pues bien, el proyecto del
Gobierno no resuelve el asunto y deja todo este tema en manos de los
operadores económicos y de las grandes firmas de abogados como
veremos en la aplicación de la ley.

Además, fíjese, señor ministro, la ley de enjuiciamiento civil a la
que antes me refería, que están ustedes tramitando, no regula la
firma electrónica, y esto es peligrosísimo, porque, unido a la
apariencia de legalidad que da la existencia de este decreto-ley,
está claro el futuro. Si se emite una actuación con firma electrónica
avanzada, no se regula el contenido y el receptor de



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la misma no se opone, oposición que exigiría ir a juicio -desde luego
con tus abogados-, el contrato es perfecto y produce los mismos
efectos que un documento público, pero la situación no es la misma,
porque ni se ha informado a las partes, ni se ha previsto la
prestación del consentimiento, ni hay control de legalidad, no hay
nada, garantía cero.

Por otra parte, este decreto omite toda referencia a la firma en la
firma electrónica avanzada, abriendo por lo menos una posibilidad por
los propios fedatarios públicos.

Al final, queremos pensar que lo que aquí subyace no es el control de
legalidad, sino los intereses de los grandes operadores económicos.

¿Y quién va a pagar las consecuencias de esta falta de garantías?
Siempre la parte más débil, señorías: el consumidor.

Tampoco se ha previsto ningún sistema que evite la litigiosidad.

Verán ustedes como esto, que está en vigor, empieza a funcionar.

Desde luego no creo que esta sea una de las medidas legislativas que
en Europa nos están instando para evitar la carga y la sobrecarga de
trabajo de los tribunales, como dice la resolución del Comité de
Ministros del Consejo de Europa del año 1986. La inseguridad que
supone una ausencia de regulación a la que se da una apariencia de
legalidad va a llenar los tribunales de asuntos. No se puede, sin
establecer garantías, decir que la firma electrónica avanzada
equivale a la firma manuscrita, porque la firma manuscrita va unida
al sujeto y desde luego la otra no necesariamente. Si uno no quiere
cumplir, no negará la firma electrónica, lo que negará es que él haya
solicitado esa firma electrónica y habrá que acudir a los tribunales
para probar si lo solicitó, y no hay ningún método de los que la ley
regula como preventivos que permita identificar al sujeto y afirmar
que por lo menos el día que solicitó la firma electrónica sabía lo
que estaba haciendo. Por tanto, señor ministro, creemos que en toda
esta regulación hay una deliberada omisión a todo lo público, al
control de legalidad por los funcionarios a quienes el Estado
encomienda esta tarea.

También es evidente que este decreto-ley no ha madurado puntos tan
cruciales como el engarce del sistema con el registro mercantil en el
supuesto, por ejemplo, de revocación de poderes del signatario, o el
control fiscal de esta vía de contratación -tema que me interesa
mucho-, o la semiclandestinidad en la que se desenvuelve, que la
convierte en un medio de obtención de una fecha fehaciente que
permite burlar mediante la prescripción de los impuestos de
transmisiones, sucesiones y otros tantos, por no hablar del problema
del cierre a la brava de una entidad de certificación.

Tampoco se observa en el decreto-ley preocupación alguna por la
transparencia fiscal, cosa que ya en este Gobierno no nos sorprende,
ni por ninguna otra clase de transparencia, por ejemplo, el blanqueo
de dinero, que contrasta con lo que presumía ayer aquí el señor
Aznar de haber impulsado en Tampere. Este y otros muchos aspectos del
real decreto-ley hubieran exigido un debate parlamentario artículo
por artículo, que es lo que han tratado ustedes de burlar,
convirtiendo de nuevo a nuestros ciudadanos en chivos expiatorios,
probablemente para algún operador extranjero, de un sistema que es
importante, que hay que hacer, pero que requiere más prudencia que
urgencia.

Concluyo, señor presidente. Ni siquiera en la exposición de motivos
de una norma jurídica como ésta el Gobierno renuncia a la exaltación
de las victorias del Ejecutivo en los campos políticos de Bruselas.

La verdad es que preferiríamos creer que esta norma, que en aras de
una supuesta eficiencia económica reduce a la nada los mecanismos de
la seguridad jurídica -y al decir esto no nos olvidamos, señor
ministro, de los resarcimientos indemnizatorios que van a venir a
posteriori, que al final pagará el consumidor-, sólo responde a su
prurito -usted de alguna manera lo ha dicho- de ser los primeros en
regular una materia que ni los propios órganos comunitarios todavía
han regulado.

No puedo evitar formularle la pregunta a usted, y me hubiera gustado
que estuviera aquí el ministro de Industria -la señora ministra de
Justicia ya doy por supuesto que no sabe de qué va la película-: ¿qué
intereses están ustedes premiando o potenciando al regular
precipitadamente una materia tan técnica como viscosa? Me gustaría
ver si ese compulsivo deseo se corresponde con otro de entidad
apreciablemente igual o análoga detectado por ustedes en los
consumidores españoles de convertirse al final -permítame la
expresión- casi en cobayas de un experimento, sin esperar a otros
sistemas más seguros y eficaces que se discuten y se discutirán en
los parlamentos de otros países de nuestro entorno.

Señor ministro, nosotros creemos que este tema es importante, pero
que, en aras de la eficiencia, en aras de una presunta modernidad, no
se pueden sacrificar, como siempre, los derechos de los más débiles,
que son los consumidores.

El Grupo Socialista no va a apoyar este dislate, por lo que
anunciamos desde este momento que vamos a votar en contra de la
convalidación de este decreto-ley.

Nada más y muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Fernández de
la Vega. ¿Algún grupo desea consumir un turno a favor? (Pausa.)
El señor Jiménez Suárez tiene la palabra.




El señor JIMÉNEZ SUÁREZ: Gracias, señor presidente.

Señoría, es sorprendente que en un tema tan técnico aparezca un turno
en contra argumentando la defensa de los consumidores. Si hacemos
memoria, en esta Cámara y en los últimos tres años el Partido
Socialista se ha significado opinando y votando en contra



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de casi toda la normativa de telecomunicaciones que el Gobierno ha
traído aquí, y casi con normalidad ha esgrimido la
anticonstitucionalidad, el ir en contra de los usuarios, el ir en
contra de los consumidores, etcétera. El argumento siempre ha sido el
mismo.

Sólo quiero hacer una reflexión. Cuando aquí se trajo la telefonía
móvil era un artículo de lujo, pero hoy el uso de la telefonía móvil
tiene una gran trascendencia social, y nadie negará que toda la
legislación que se ha puesto en práctica en los últimos años ha ido
en defensa del consumidor, porque hoy es aceptada y utilizada
socialmente.

Señoría, creo que usted y yo veremos la gran trascendencia social que
tiene el decreto-ley que hoy se trae a esta Cámara. Uno de cada tres
hogares está en disposición de utilizar la seguridad que da el
decretoley para una demanda que ya existe en la sociedad. En cuanto a
por qué es urgente, usted ha negado un tema que es obvio. En la
sociedad actual el comercio electrónico y el garantizar esas
transacciones y ese intercambio de datos es hoy una necesidad
evidente, es obvio que hay que hacerlo, y el decreto-ley responde a
un problema que, repito, está en la sociedad. Existe ese intercambio
de información, existe ese comercio sin la garantía suficiente.

En segundo lugar, señoría, el ministro lo ha explicado muy claro. En
otros países de la Unión Europea es un tema que ya tienen regulado y
conviene que estemos en vanguardia de una tecnología que hoy la
sociedad de la información impone en dicha Unión Europea. Creo que la
trascendencia y la importancia social, la transcendencia y la
importancia en la gestión de las empresas, justifican esa seguridad y
esa urgencia que hace que se tramite como decreto-ley.

Su señoría, y la he escuchado con toda atención, ha expuesto temas y
ha hecho un alarde de caminar por otras legislaciones y por otras
trascendencias o implicaciones que pueda tener la ley, pero se trata
de un tema muy técnico, el propio Partido Popular ya había presentado
una demanda para que se tramitara como proyecto de ley, y lo único
que se intenta es estar en vanguardia de una tecnología que está en
continúa evolución. De alguna forma, al ir la evolución científica
y tecnológica a unos ritmos vertiginosos, el no dar por lo menos una
cobertura jurídica puede ser -si me lo perdonan- una
irresponsabilidad. En ese sentido se hace un llamamiento al principal
partido de la oposición para que admita la existencia de un problema
o de una circunstancia que requiere esa cobertura legal y reconsidere
la decisión de votar en contra, porque entendemos que la norma que
hoy se trae a debate crea el marco jurídico común dentro de la Unión
Europea, armoniza definiciones y conceptos, crea los mecanismos de
certificación, verificación y acreditación, se persigue una veracidad
inequívoca de los términos de la firma electrónica y define el
régimen sancionador.

En ese sentido, y considerando que no sólo atendemos una necesidad en
el ámbito nacional sino que la
transferencia de información hoy se adentra en las comunicaciones
internacionales, se requiere estar en vanguardia de las nuevas
tecnologías de la seguridad, de la confidencialidad, de la validez y
de la responsabilidad en la atención de las certificaciones Señoría,
el decreto-ley tiene informe del Consejo General del Poder Judicial,
tiene informe de la Agencia de Protección de Datos y emana de unas
directivas de la Unión Europea. Es sorprendente que, en ese marco,
usted le haga tantos calificativos negativos. Yo sólo quiero dejar
constancia de que el Consejo General del Poder Judicial no aprecia
las circunstancias tan negativas que S. S. ha expresado en su
exposición. En ese sentido, el Partido Popular felicita al ministerio
por traer una norma tan necesaria para la sociedad y pide el apoyo al
decreto-ley.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Jiménez
Suárez. ¿Grupos parlamentarios que deseen fijar su posición en el
debate? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor presidente.




Nos presenta hoy el Gobierno, como ya se ha indicado, un nuevo real
decreto-ley, uno más de una larga lista, que pone de manifiesto una
decidida voluntad y una decidida vocación del Gobierno del Partido
Popular por recurrir el Ejecutivo a un procedimiento excepcional de
legislación, que sin lugar a dudas limita gravemente las
posibilidades y la capacidad de los distintos grupos parlamentarios
de intervenir en la elaboración y en el resultado final de la norma.

Esta actuación, en el caso concreto que hoy nos ocupa, tiene la
singularidad de llevarse a cabo cuando se está tramitando en el
ámbito europeo un proyecto de directiva específico sobre la firma
electrónica y un proyecto de directiva genérico sobre el comercio
electrónico. Como ya se ha indicado anteriormente, el Gobierno del
Partido Popular se adelanta a esas directivas comunitarias, que
tienen el objetivo de establecer un cuerpo común en el ámbito de la
Unión Europea, y además parcializa su contenido al limitarse sólo a
regular un apartado concreto: la firma electrónica.

Ciertamente, una actuación tan singular de un Gobierno miembro de la
Unión Europea requeriría una explicación detallada, una justificación
razonable y solvente, máxime cuando se está recurriendo a un
procedimiento excepcional de legislación que, de acuerdo con la
Constitución Española, exige que existan razones fundadas de urgencia
que justifiquen este procedimiento excepcional. Ninguno de estos
temas ha sido explicado adecuadamente por el ministro en la
presentación de este real decreto-ley.




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Los argumentos expuestos por la portavoz del Grupo Socialista, la
señora Fernández de la Vega, nos han parecido de una especial solidez
y creemos que merecerían explicación por parte del ministro, más allá
de la actuación del representante del Grupo Popular, que se ha
limitado a decir que es una norma de carácter técnico y que sorprende
la oposición a la misma, pero es de todos sabido que la técnica puede
tener una incidencia muy importante en el ámbito de los derechos
fundamentales y de la seguridad jurídica. Estos son valores que
justificarían una oposición, si tuviera razones suficientes, a una
norma de carácter técnico.

En nuestra opinión, se han expuesto razones solventes, y el señor
ministro de Fomento, que ha presentado el proyecto, está obligado a
dar respuesta concreta y detallada a esas razones que se han
manifestado por el principal grupo de la oposición. En tanto eso no
se produzca, compartiendo, de entrada, las razones expuestas por la
señora Fernández de la Vega, Nueva Izquierda va a votar en contra de
la convalidación de este real decreto-ley.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Peralta.

Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

Ante este Real Decreto-ley 14/1999, sobre firma electrónica, mi grupo
parlamentario hace la siguiente valoración. En primer lugar, lo
consideramos oportuno y adecuado a las exigencias de los tiempos
modernos porque los sistemas de comunicación cibernética -por
ejemplo, el sistema Internet- y el correo electrónico están a la
orden del día en el funcionamiento de las empresas, de la divulgación
de información, etcétera. Era necesario adaptar una serie de
garantías legales al uso de la firma como testimonio de conformidad
del ciudadano ante cualquier demanda, y la firma electrónica no podía
quedar, por tanto, al margen de una exigencia de modernización de
cualquier sistema.

Vivimos en una sociedad de servicios, y eso exige que los poderes
públicos adecuen la legislación y su comportamiento a los mismos.

Ahora bien, de aquí se deriva no solamente una cuestión técnica; de
aquí se derivan unos principios de seguridad jurídica del ciudadano,
y mi grupo en esto quiere ser muy sensible. Se trata, sencillamente,
de compatibilizar una exigencia de una sociedad moderna de servicios
en razón de las autopistas de la circulación electrónica, del sistema
Internet, con lo que son las garantías que todo ciudadano tiene que
encontrar en un Estado de derecho.

Nosotros, en un principio de confianza, vamos a dar un voto de apoyo
para la convalidación de este real decreto-ley, para que no haya
ninguna demora en su aplicación, siquiera a título experimental, con
las garantías
que vamos a exigir. Pero, dicho esto, vamos a pedir la
tramitación de este real decreto-ley como proyecto de ley, que es lo
que nos va a permitir introducir en él una serie de garantías, porque
coincidimos plenamente con lo que ha dicho la portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista respecto a la necesidad de buscar el apoyo
legal de unas garantías al usuario, que no es otra cosa que el
principio de seguridad jurídica que nos parece imprescindible.

Nos hubiera gustado que -como señala la exposición de motivos al
final- el ministro de Fomento, la ministra de Justicia y el ministro
de Industria y Energía, concretamente el Gobierno, no solamente
hubiera pedido el informe del Consejo General del Poder Judicial y de
la Agencia de Protección de Datos, sino también del Consejo de
Estado. El Consejo de Estado debería haberse pronunciado en esta
cuestión porque, en nuestro ordenamiento constitucional, el máximo
órgano de consulta de un Gobierno para cuestiones legislativas no es
la Agencia de Protección de Datos ni el Consejo General del Poder
Judicial; es el Consejo de Estado el que, dada su sensibilidad
manifiesta y obligación orgánica, por un principio de legalidad,
tiene que emitir su dictamen en todo proyecto de norma legislativa
del Estado.

Cuando llegamos al artículo 3 y vemos los efectos jurídicos de la
firma electrónica, tenemos que mostrar nuestra preocupación y pedir
que esto se discuta en la tramitación de esta norma como proyecto de
ley (ya he dicho que votaremos afirmativamente la convalidación, pero
pediremos que se tramite con rango de ley), para garantizar la
seguridad jurídica. Aquí se trata de equiparar el efecto jurídico de
la firma electrónica con el de la firma manuscrita, y esto, señorías,
requiere unas garantías legales muy claras, muy firmes y muy
exigentes, porque, si vamos a entrar con la firma electrónica en el
mundo del negocio bancario, de los pagos y de los cobros, la economía
normal está por debajo de las macrocifras de los Presupuestos
Generales del Estado o de las grandes empresas. Son las firmas del
que ordena y hace pagos por debajo de los cinco millones de pesetas.

¿Y por qué digo esto? Porque si esta ley se aprueba, se podría poner
su cliché encima o debajo de la ley de enjuiciamiento civil que
tenemos en tramitación, y quiero recordar que mi grupo ha mantenido
hasta el final la enmienda al título del monitorio, puesto que el
monitorio exime de la presencia de abogado y procurador en la
reclamación de cantidades por debajo de cinco millones de pesetas. Si
nosotros ya justificamos nuestra enmienda a la Ley de Enjuiciamiento
Civil sobre el monitorio, en razón del artículo 24 de la Constitución
española, que garantiza que todo justiciable o todo ciudadano tiene
derecho a la asistencia de letrado ante los tribunales de Justicia,
si esto no lo regulamos por ley, sería muy delicado y existiría un
principio de inseguridad jurídica; nos encontraríamos en el caso de
que la firma electrónica y la firma manuscrita fueranequiparables y
ocurriera alguna de las contingencias



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previstas en el artículo 9, vigencia de los certificados, en su
apartado d), que se refiere a la utilización indebida por un tercero,
si existe la posibilidad de la utilización indebida por un tercero,
que ya reconoce el propio decreto-ley, imaginémonos los problemas y
las inseguridades jurídicas a las que se verían abocados los
ciudadanos, por cuestiones de cifras de pagos o de cobros inferiores
a 5 millones de pesetas, con la Ley de Enjuiciamiento Civil que
estamos tramitando.

Por tanto, para que existan estas garantías que exige el artículo 6
en los sistemas de acreditación de prestaciones, nosotros
suscribimos, tal como ha defendido el señor ministro de Fomento, que
este real decreto, para establecer sistemas voluntarios de
acreditación de certificación a los prestadores se va a tener que
hacer por real decreto. Además, el artículo 7, en el registro de
prestadores, dice que se regulará por un real decreto -supongo que en
el ámbito del Ministerio de Justicia- , aunque no especifica si estos
reales decretos van a ser propuestos a iniciativa de los ministerios
de Justicia, de Industria, de Fomento o de cuál.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Mardones, vaya
terminando.




El señor MARDONES SEVILLA: Termino, señor presidente.




Como al final se dice que el Gobierno desarrollará reglamentariamente
estos aspectos, mi grupo, votándolo ahora en convalidación, va a
exigir su tramitación como ley, sobre todo de cara a los efectos en
comparación con la tramitación del proyecto de Ley de Enjuiciamiento
Civil respecto a la repercusión del juicio monitorio.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la palabra el señor
González de Txabarri.




El señor GONZÁLEZ DE TXABARRI MIRANDA: Muchas gracias, señor
presidente.

El Grupo Parlamentario Vasco comparte los objetivos previstos en este
real decreto-ley sobre firma electrónica y, en consecuencia, va a
convalidar el mismo, entendiendo que es razonable que estos
contenidos puedan pasar al ordenamiento legal español con premura.

Ciertamente, podemos encontrarnos con el típico problema de la
perfección, es decir, si estos contenidos pueden ser regulados mejor.

Lo que no comparte el Grupo Parlamentario Vasco es esa paradoja de
que, cuando el Gobierno presenta un proyecto de ley o un real
decreto-ley en relación a materias que no disponen todavía de
directivas europeas, parece que hubiera que estar esperando a Godot
para que esas directivas puedan ponerse en vigor, y cuando las
directivas están en vigor, se esté acusando inmediatamente al
Gobierno de tardanza en la aplicación o en la traslación de dichas
directivas al ordenamiento del Estado. Nosotros creemos que este es
un tema que está presente en la sociedad. Se dice que esta Cámara
debería tener una conexión real con los problemas de los ciudadanos,
y los ciudadanos están preocupados por cómo se realizan estas
transacciones y qué garantías tienen para su funcionamiento.

Indudablemente, cuando la Unión Europea tenga sus directivas
establecidas, habrá tiempo suficiente para adecuarlas, si así fuera
preciso. En todo caso, el propio debate pone en evidencia que esta
Cámara está tratando hoy un problema que muchos ciudadanos están
magnificando, en relación con sus actividades de comercio, que no
gozan de las garantías debidas para poder establecer el suficiente
nivel de seguridad que asegure la validez y la eficacia de estas
transacciones comerciales.

Indudablemente, los propios contenidos se pueden mejorar y
perfeccionar. Parece que se anuncia que este real decreto-ley va a
ser tramitado como proyecto de ley. Esa posibilidad permitirá que
exista mayor sosiego para que algunos de los aspectos aquí recogidos
gocen de mayor rigor para asegurar la garantía jurídica que hay que
ofrecer a los consumidores en un procedimiento tan novedoso como el
de la firma electrónica. No se podía esperar menos de esta Cámara que
el que se puedan conocer los ajustes debidos, tanto en lo que se
refiere a los propios procedimientos como al contexto de otras leyes,
como la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece procedimientos en
relación a estos consumidores.




Nuestro grupo parlamentario entiende que es razonable que estos
contextos se analicen y de alguna forma se haga la reflexión conjunta
en relación a los contenidos establecidos en este real decreto-ley y
a las previsiones de otros proyectos de ley vigentes o a las propias
directivas que se han mencionado. En todo caso, el Grupo
Parlamentario Vasco manifiesta su preocupación en relación a las
competencias que en estas materias tienen las comunidades autónomas;
entiende que también habría que realizar ciertos matices desde este
punto de vista, así como en relación a los distintos operadores de
telecomunicaciones que operan en este sector. Son posibilidades
abiertas a la matización, buscando mayores garantías jurídicas, en el
convencimiento, señor presidente, de que la perfección no existe;
dicen algunos que en el cielo.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor González de
Txabarri.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Guardans.




El señor GUARDANS I CAMBÓ: Gracias, señor presidente.




Señorías, señor ministro, compartimos al cien por cien las palabras
con las que terminaba la intervención el señor ministro al presentar
este real decreto-ley, no



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proyecto de ley, al hablar de la importancia del comercio
electrónico. Este es, sin duda, el contexto en el quetiene que
situarse el decreto-ley de firma electrónica cuya convalidación hoy
se pide ante esta Cámara. No es, como ha parecido decirse al
principio de la intervención del Grupo Parlamentario Popular, una
especie de norma técnica entendida como una de esas que
periódicamente publica el Boletín Oficial del Estado de homologación
de determinados requisitos o estándares. Estamos ante el primer
instrumento legislativo español que empieza a poner en marcha lo que
es la tecnología de la información y a dar una estructura, un cauce
jurídico, a lo que ha de ser el comercio electrónico, cuyo peso será
más importante, será absolutamente fundamental en el siglo que
empieza dentro de unos meses, entendiendo por comercio además no sólo
un simple intercambio de bienes sino, sobre todo, un intercambio de
servicios, o por lo menos tanto como un intercambio de bienes. Por
tanto, si mezclamos bienes con servicios, el comercio electrónico es
algo que no tiene ni fondo ni límite en este momento y cuyo alcance a
todos nosotros se nos escapa.

Por consiguiente, el decreto-ley que hoy estamos discutiendo aquí
tiene una trascendencia fenomenal, absolutamente espectacular, mucho
más allá de los tecnicismos y del carácter espeso, si se me permite
la expresión, del carácter tremendamente aburrido que puede tener en
su literalidad y que puede hacer parecer que esto sea algo propio
estrictamente, por ejemplo, del Ministerio de Fomento e incluso de
una dirección general. No es así, no en vano lleva la firma de tres
ministros, del ministro de Industria y Energía, de la ministra de
Justicia y del ministro de Fomento. De hecho está mucho más cerca del
ámbito de competencias del Ministerio de Justicia que del ámbito de
competencias del Ministerio de Fomento, aunque hoy haya sido
presentado aquí por el ministro de Fomento, quizá porque tiene más
conocimiento sobre estos temas y - esperemos que no sea así, aunque
algún indicio sí nos llega- porque ha sido más negociado, más tratado
en sede del Ministerio de Fomento que en la auténtica sede del
Ministerio de Justicia, pero quede claro que la tecnología aquí es un
simple instrumento, como en tantas otras cosas. Aquí estamos hablando
de tecnología al servicio del comercio, al servicio de la seguridad
jurídica, al servicio de la protección del consumidor, no de
tecnología por sí sola, no de tecnología como tal tecnología.




Este texto es una novedad, como decíamos, en el sistema jurídico
español y es una auténtica novedad en Europa. Es cierto que hay unos
precedentes en Estados Unidos, en Italia a nivel reglamentario y un
precedente en Alemania, pero no hay un auténtico precedente de un
texto de este calibre como el que hoy se nos presenta aquí, y tampoco
lo hay siquiera a nivel europeo como texto en vigor, y a nivel
europeo me refiero en términos de derecho comunitario, puesto que,
aunque ya hay una posición común sobre la directiva aprobada
el 22 de abril de 1999, que es lo que finalmente ha decidido al
Gobierno a traer a esta Cámara este decreto- ley, realmente no
tenemos un texto de directiva que ya esté vigente y, por tanto, lo
primero que habría que decir antes de introducir cualquier otra
consideración es que es cierta la crítica que se ha formulado de que
puede ocurrir que la directiva acabe separándose -ya hoy se separa,
como después diré- de lo que es este decreto-ley, pero incluso puede
separarse más de lo que es el decreto-ley tal cual está planteado.

Este texto transmite, por tanto, dos mensajes, de los cuales mi grupo
quiere participar también. En primer lugar, que el negocio
electrónico, el e.business, que dicen los anglosajones, el comercio
electrónico en su sentido más amplio, no es algo que quede fuera de
la legislación, no es algo que nos sea ajeno. Por tanto, nos parece
bien no estar siempre sólo a la espera de lo que hagan otros sino
poder ser nosotros quienes llevemos la iniciativa, siempre y cuando
eso se haga bien. En segundo lugar, que en el mundo de Internet no
cabe todo, que el mundo de Internet, aunque efectivamente no puede
ser por propia definición un mundo reglamentado, no es tampoco una
selva y también los consumidores en Internet han de tener sus
derechos protegidos; no pueden quedar a expensas de lo que sean las
grandes empresas, que puedan utilizar Internet como la vía de exaltar
los logros que en Europa hemos conseguido cuando desde mediados de
los cincuenta hemos ido aprendiendo a proteger a los consumidores y a
sus derechos individualmente considerados. En ese marco es en el que
creo que debe situarse este decreto-ley, y en ese marco es donde
también vemos los riesgos principales que este decreto-ley plantea.

Tenemos y asumimos un riesgo de precipitación. Efectivamente, existe
aquí, señor ministro, un riesgo de precipitación; yo no me atrevo a
decir un riesgo de experimentación con consumidores, como ha dicho la
portavoz socialista, pero si lo planteamos estrictamente en términos
de riesgo incluso eso puede que sea así.

No creo que eso deba corregirse sólo con mejoras en este decreto-ley,
creo que este texto debe introducirse en el marco del estudio mucho
más profundo de lo que ha de suponer el comercio electrónico en el
marco jurídico -luego volveré sobre el tema del proceso interno
español-, en el marco en general de cómo está afectando o cómo va a
afectar eso al ámbito de la contratación. Creer que con este decreto-
ley ya tenemos el gran instrumento para lo que es la potenciación
y la seguridad en el ámbito del comercio electrónico sería un error. De
ahí que la primera crítica concreta y específica que hay que hacer a
este decreto-ley, que evidentemente se puede arreglar por vía de
enmienda, es una exposición de motivos de muchísimo más calado. La
exposición de motivos es propia de una orden ministerial de pura
equivalencia de estándares técnicos y no de un decreto-ley de la
importancia del que aquí estamos discutiendo. Falta una exposición de
motivos pedagógica y seria que publique en el Boletín



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Oficial del Estado el contenido y la importancia que esta Cámara y en
su momento el Gobierno, al aprobar el decreto-ley, le da a este
texto; el sentido, el marco y el contexto económico y social en que
eso se mueve. Para eso están las exposiciones de motivos o preámbulos
de los textos legales y no simplemente para fijar cuatro precedentes
meramente legislativos.

Es cierto que el texto queda corto, le faltan cosas y es posible que
en breve tengamos que cambiar algunas de las cosas que se dicen aquí,
no me refiero sólo a la tramitación legislativa sino a medida que el
propio comercio electrónico y que la propia utilización práctica de
estos mecanismos empiecen a funcionar. Es más que probable que eso
exija algunos cambios.

Si entramos en lo que es el texto concreto del decreto- ley la
primera crítica que le haríamos desde mi grupo parlamentario es que
existen disfunciones importantes con la directiva, tal cual está
proyectada en este momento, aunque todavía no está en vigor. Es
cierto que se plantean o se justifican teóricamente dando una mayor
exigencia y teóricamente mayores garantías en el sistema español que
en el que la propia directiva va a implementar, pero eso puede crear
auténticas distorsiones respecto del reconocimiento de certificados
emitidos en otros Estados.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Guardans, vaya
concluyendo.




El señor GUARDANS I CAMBÓ: Voy terminando.

Los certificados reconocidos, tal cual aparecen, tienen más
requisitos en España que los que pueden establecerse en otros
Estados. Eso planteará distorsiones. Así lo planteará también el
registro previo. Todo eso deberá estudiarse con más detalle.

Plantea dudas, por citar otro ejemplo concreto, la posibilidad de que
queden copias de los datos de creación de una firma. Eso, que ya en
el periodo de enmiendas deberemos comentar, puede hacer desaparecer
las garantías del principio de no repudiación, tal cual está
establecido en la directiva.

Por otro lado, aunque ya ha sido comentado por el portavoz de
Coalición Canaria y también de paso por el del Partido Nacionalista
Vasco, yo quiero subrayar, porque nos parece de enorme importancia,
que tal como queda este decreto-ley introduce y aparentemente
sacraliza más un medio concreto de realización de instrumentos
comerciales por vía de firma electrónica, que difícilmente alcanzará
en el caso de los consumidores la cifra de cinco millones de pesetas.

Por tanto, cualquier litigio que se derive de esta ley en vía civil
deberá ser resuelto en un proceso monitorio, en ese por ahora no
nacido y quizá finalmente abortado proyecto de Ley de Enjuiciamiento
Civil que está en estos momentos en trámite, en un proceso monitorio,
repito, sin asistencia de letrado.

Por tanto, todo este tema que tenemos en este momento sobre la mesa,
todo esto que, sin duda, tiene
una enorme complejidad práctica, deberá ser ventilado por un
consumidor que deberá acudir absolutamente indefenso a ese proceso
monitorio, teniendo enfrente a los servicios jurídicos de todas las
grandes empresas, por ejemplo, British Telecom a través de sus
filiales; en España podríamos tener otras muchas, todos los grandes
almacenes el día que se lancen a partir de ahora, de verdad, a actuar
en el mundo del comercio electrónico. Por tanto, es importante
denunciar en esta Cámara en este momento la falta de concordancia
entre ese proceso civil que estamos debilitando y dejando vacío de
contenido y de garantías para el consumidor, con este instrumento que
hoy se nos presenta aquí.

Finalmente y termino, señor presidente, se nos plantean a mi grupo, y
así lo haremos notar en el período de enmiendas, algunos problemas
competenciales, que parcialmente quedan resueltos en el texto del
decretoley, pero que vemos que no quedan establecidos con suficiente
claridad como nosotros querríamos, en particular en lo que hace
referencia a las competencias que tienen las comunidades autónomas
acerca de las certificaciones industriales, de los llamados productos
de firma electrónica. Creemos que este es un tema concreto y práctico
que no queda bien resuelto.

Finalmente, last but not least, señor ministro, compartimos las
dudas, serias dudas, acerca de la interpretación que ha hecho el
ministro de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la
posibilidad de crear una tasa por decreto-ley. Vamos a dejar este
tema aparte por el hecho de que hoy se va a empezar su tramitación
como proyecto de ley y, por tanto, en la medida en que esa tasa no va
a poder ser cobrada antes de que ese proyecto de ley entre en vigor,
porque difícilmente este tema funcionará, no habrá supuestos de
inconstitucionalidad.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Guardans, termine, por
favor.




El señor GUARDANS I CAMBÓ: Termino, señor presidente.




Ese es uno de los argumentos, junto con todos los anteriores, que
impulsan a mi grupo a pedir la tramitación de este decreto-ley como
proyecto de ley, convalidándolo, eso sí, en este momento.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por el Grupo Federal de
Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Muchas gracias, señor presidente.

La verdad es que, bajo la apariencia de anticipación y modernidad, a
nosotros este real decreto nos suscita muchísimas dudas. Es verdad
que es importante actualizarse, ponerse al día y responder a los
retos que supone la utilización de Internet, en este caso para el
comercio electrónico o para otro tipo de hechos administrativos
electrónicos. Por tanto, está bien traer el



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debate. Nosotros creemos que tiene aspectos en los que puede ser muy
útil, por ejemplo, en las relaciones entre el administrado y la
Administración para agilizar los procesos con la Administración,
pedir certificados, enviar la declaración de la renta... Hay toda una
serie de aspectos en relación con la Administración, que el hecho de
tener una garantía puede evitar muchas colas. También es verdad que
para el que ha planteado este decreto tiene más peso la parte de
negocio, es decir, qué empresas van a tener posibilidades de acceder
a expedir estos certificados y con qué condiciones; pero, en mi
modesta opinión, como usuario de Internet, me parece que se desconoce
la red. En primer lugar, porque en Internet lo que hay, cada vez más,
es una utilización como mecanismo de compra pero fuera de nuestro
país, no sólo en nuestro país. Y para comprar algo a través de la red
en Estados Unidos, Japón, o donde sea, no sirve absolutamente para
nada nuestro modesto certificado de firma ya que lo que piden,
lógicamente, es el número de la tarjeta Visa o Master Card porque
está sin regular el comercio electrónico y hay, y puede haber, graves
problemas por las posibilidades reales de interceptar los números de
tarjetas y toda una serie de cuestiones que se quieren ir regulando,
encriptando lo que es la firma electrónica. Por tanto, quedan
demasiados flecos todavía, y coincido en que lo que hay que intentar
regular en el marco que podemos, que es en nuestro país, es el
comercio electrónico en su conjunto para tener garantías, no sólo de
que esa firma es auténtica, sino que ese contrato también es
auténtico y se sujeta a la ley y a las normas para que no existan
abusos en la contratación a través de Internet. Por tanto, creo que
todavía hay muchos aspectos en este proyecto en los que hay que
trabajar y modificar.

Nosotros sí queremos que se pronuncien claramente (parece ser que sí,
pero no lo he entendido muy bien) si lo van a admitir a trámite como
proyecto de ley, y en ese caso nos abstendremos en la votación.

También creemos que habría que tener en el ámbito de lo público algún
agente expedidor de estos certificados de firma, es decir, que no
solamente sea la empresa que reúna esos requisitos que ustedes fijan
inicialmente ahí de poner una fianza de mil millones o lo que sea,
sino que también la propia Administración tenga algún mecanismo para
que uno pueda tener esa certificación de firma ante la Administración
o ante otro tipo de usos sin tener que recurrir obligatoriamente a
una entidad, pague la tasa o no la pague, que ese es otro debate
porque dudamos que mediante un real decreto se pueda imponer una
tasa, pero existiendo esa tasa nosotros creemos que la Administración
pública tiene que tener también mecanismos para poder expedir ese
tipo de certificados, porque si no acabaremos yendo a buscar el carné
de identidad a una empresa privada que será quien lo expida.

En consecuencia, insisto, hay muchas cosas que mejorar, sobre todo
para garantizar de verdad el que
los usuarios no se encuentren indefensos y sobre todo porque la
utilidad es bastante más corta de lo que creemos. Hoy podemos operar
desde nuestra casa con las propias entidades bancarias que tienen sus
propios sistemas de criptación para poder uno entrar en su cuenta
y enviar transferencias, etcétera, o sea, que no descubramos tampoco el
Mediterráneo pensando que con esto está todo resuelto en el comercio
electrónico; quedan muchos temas por abordar.

Nada más y muchas gracias. (El señor ministro de Fomento, Arias-
Salgado y Montalvo, pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Santiso.

Señor ministro.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Sin ánimo de
polémica, señor presidente. En primer término para agradecer las
intervenciones de todos los grupos parlamentarios; todas ellas han
sido ilustrativas, incluso las más críticas, y quiero agradecerlas
porque abren la posibilidad a un debate.

Quiero anunciar que el Gobierno acepta, y espera que su grupo
parlamentario lo haga también, que este real decreto-ley se tramite
como ley.

Querría simplemente concluir con tres reflexiones de tipo general.

Primero, creemos, y no solamente yo sino creo que todo el mundo, que
el gran éxito de Internet, de la red de redes, reside en que no la
controla nadie y nadie la puede regular. Este es el primer elemento
de reflexión. El segundo elemento de reflexión, directamente derivado
del primero, es que ante esa situación la misión de los poderes
públicos es introducir garantías lo más precisas posibles. La firma
electrónica es simplemente una garantía que se introduce cuando la
actividad comercial empieza a alcanzar niveles verdaderamente
espectaculares a través de Internet. Este decreto-ley no pretende
regularlo todo, sino estrictamente la firma electrónica, que es un
objeto susceptible de regulación, y además con eficacia. Intentar
someter, señorías, los nuevos fenómenos que se están produciendo como
consecuencia de las innovaciones tecnológicas en el mundo de las
telecomunicaciones a categorías jurídicas procedentes del siglo XIX o
de principios del siglo XX, que es el esquema jurídico básico en que
se construye el Estado de Derecho, es un esfuerzo en gran medida
inútil. Las innovaciones tecnológicas están creando un mundo nuevo, y
frente a él necesitamos categorías jurídicas nuevas. De momento lo
que podemos hacer es introducir garantías precisas, que es el modesto
objetivo que tiene este decreto-ley.

Yo puedo compartir algunas de las críticas que se han hecho al
decreto-ley, y puedo compartir las reflexiones que se han hecho sobre
otras incertidumbres posibles, las puedo compartir, y de hecho las
comparto, pero fíjese, señoría, aquí sí es muy importante la actitud.

Yo diría que los que se van a oponer a este



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decreto-ley asumen la actitud conservadora; la actitud reformista,
que es la propia de este Gobierno, consiste en aplicar el método de
prueba y error, señorías, y es el método que pone en marcha este real
decreto-ley al afrontar una garantía en un mundo nuevo, como es el
mundo de Internet.

Muchas gracias, señor presidente. (La señora Fernández de la Vega
Sanz pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señora Fernández de la Vega,
tres minutos para una réplica.




La señora FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ: Muchas gracias, señor
presidente.

Señor ministro, no acabo de entender a este Gobierno. Nosotros no
vamos a dejar de denunciar el que ustedes traten de gobernar este
país por decreto-ley. Es verdad que el tema que aquí se aborda es muy
importante, y es verdad que hace falta regularlo, pero tenía que
debatirse en esta Cámara con toda tranquilidad, y no estar ya en
vigor en el Boletín Oficial del Estado como está. Es verdad que ahora
van a admitir que se tramite como proyecto de ley y que podemos
presentar enmiendas, pero ya está produciendo efectos jurídicos en
estos momentos en nuestro país. Es ya el 79 decreto- ley que ustedes
hacen. Primera cuestión.

Segunda cuestión. Me preocupa que usted diga que frente al mundo de
la nueva tecnología y de la comunicación tengamos que acudir a
categorías jurídicas decimonónicas para dar garantías a los
ciudadanos. ¡Es que este decreto no da ninguna garantía! El problema
de este decreto-ley es que deja a los consumidores en manos de las
grandes compañías, sin darles garantías de ningún tipo.

Efectivamente, habrá que acudir a categorías jurídicas que den
garantías a los ciudadanos, a la parte más débil de la que va a
producir la contratación a través de estos sistemas, y ustedes no se
la dan. Por lo tanto, no era urgente hacerlo, como lo han hecho. Si
tan urgente era, haber presentado un proyecto de ley que regulara la
firma electrónica que, como usted mismo dice muy bien, es un
instrumento, pero no el más importante. Tan importante o más que la
firma es el contenido, y el contenido ustedes ni lo traen ni lo
regulan. Firma electrónica, sí. Comercio electrónico, también, pero
con garantías, sin ser a través de un decreto-ley, sino con un debate
parlamentario en que todos podamos expresar nuestra opinión de una
forma sosegada y serena. No eficacia a costa de los consumidores.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Fernández de
la Vega.




- REAL DECRETO-LEY 15/1999, DE 1 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN
MEDIDAS DE LIBERALIZACIÓN, REFORMA ESTRUCTURAL E INCREMENTO DE LA
COMPETENCIA EN EL SECTOR DE HIDROCARBUROS. (Número de expediente 130/
000077.)
El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Pasamos al debate de la
convalidación o derogación del Real Decreto-ley 15/1999, de 1 de
octubre, por el que se aprueban medidas de liberalización, reforma
estructural e incremento de la competencia en el sector de
hidrocarburos. Para su presentación, por parte del Gobierno, tiene la
palabra el señor ministro de Industria.




El señor MINISTRO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO
(Piqué i Camps): Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, tengo el honor de comparecer ante esta Cámara con objeto de
presentarles el Real Decreto-ley de medidas de liberalización,
reforma estructural e incremento de la competencia en el sector de
hidrocarburos, que fue aprobado por el Consejo de Ministros del 1 del
corriente mes y someter el mismo al trámite de convalidación por esta
Cámara, previsto en la Constitución. Antes de comentar cada una de
las medidas que se han incluido en este texto normativo, permítanme
hacer una reflexión sobre los motivos que han impulsado al Gobierno a
su adopción, así como los objetivos que se pretenden alcanzar.

Como SS.SS. saben, la contención de la inflación hasido uno de los
mayores logros de la política económica española en los últimos años.

Los avances en la estabilización de los precios no sólo se han
materializado en una moderación de sus tasas de crecimiento, sino
que, además, han permitido la convergencia nominal de la economía
española con el conjunto de países de la Unión Europea. De esta
forma, se ha contribuido, tanto a la consecución de un escenario
macroeconómico estable, el más propicio para garantizar un
crecimiento sostenible a medio plazo, como a la mejora de la
competitividad de los productos españoles en los mercados
internacionales y, en especial, de los más expuestos a la competencia
internacional, es decir, los productos industriales, competitividad
que en otras etapas históricas se vio erosionada por el crecimiento
diferencial de los precios. Esta evolución ha favorecido la
convergencia con la Unión Europea, ya que el diferencial de
crecimiento del IPC pasó, de cerca de 2 puntos en 1995, a sólo 0,4,
cuatro décimas, en 1998. Esta favorable evolución se ve apoyada por
el comportamiento de los precios de las materias primas,
especialmente las energéticas, en los mercados internacionales. En
los primeros meses de 1999, sin embargo, la evolución de los precios
de este tipo de productos ha cambiado de signo, propiciando un
repunte de los precios de consumo e industriales en la generalidad de
los países desarrollados.




Este cambio de tendencia ha tenido lugar, además, en un período en el
que los precios españoles venían creciendo a un ritmo algo superior
al de los comunitarios, debido a las diferencias en las fases
cíclicas de la economía española y de la Unión Europea. Así, el mayor
dinamismo, tanto de la demanda interna como de la actividad económica
generada en España respecto



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al resto de los países de la Unión Europea, ha favorecido un ligero
aumento en el diferencial de crecimiento de los precios españoles.

Baste señalar que el PIB español lleva tres años creciendo por encima
del 3,5 por ciento, mientras que el de la Unión Europea lo ha hecho a
un ritmo claramente inferior, 2 puntos por debajo, por ejemplo, en el
primer semestre de 1999. En los primeros siete meses de 1999, la
producción industrial española ha crecido casi el 2 por ciento,
frente al estancamiento del conjunto de la Unión Europea. No obstante
este escenario global favorable que, según la evolución de los
distintos indicadores económicos, presenta hoy en día la economía
española, el Gobierno considera que la estabilidad de precios y la
corrección de los posibles desajustes que respecto a ella se puedan
producir tienen una importancia primordial en atención a la
influencia que esta estabilidad tiene sobre la competitividad de
nuestra economía y de nuestra industria en particular, sobre todo si
tenemos en cuenta el marco de internacionalización de las economías y
los mercados en el que España se encuentra.

Por otro lado, la incorporación de España a la tercera fase de la
unión económica y monetaria, además de suponer la necesidad de
mantener una evolución cohesionada de las economías de los distintos
Estados que la integran, determina la limitación en cuanto al empleo
de instrumentos y medidas correctoras, ya que no resulta posible,
como se sabe, recurrir al instrumento monetario, como se hacía en
otras épocas. Y por ello el Gobierno debe recurrir a otros medios
para procurar la contención de una tendencia alcista de la inflación,
como pueda ser la política fiscal y las reformas estructurales. De
acuerdo con ello, la reciente evolución del IPC en nuestro país
determinó que el Gobierno adoptase, con carácter urgente, una serie
de medidas que se recogen en el real decreto-ley que ahora se
presenta ante esta Cámara y cuyo ámbito de actuación se dirige al
sector de los hidrocarburos. Ello es así porque hay que tener en
cuenta la influencia del componente energético en el comportamiento
de los precios y su trascendencia, dada la evolución reciente de las
cotizaciones internacionales del crudo. Esa influencia del componente
energético es tanto directa, por su importancia para los sectores no
productivos de le economía, como indirecta, por la importancia de los
costes energéticos en los sectores productivos. En un contexto de
globalización de los mercados internacionales y de integración de la
economía europea, los costes de producción se convierten en una
variable fundamental para la competencia en el conjunto de los
sectores económicos.




En atención a la importancia estratégica del sector energético y de
las medidas estructurales que sobre él se puedan adoptar, el Gobierno
ha estimado conveniente actuar sobre este sector, cuya dinamización
repercute en definitiva sobre el conjunto de la economía nacional. El
objetivo de este real decreto-ley presenta,
por tanto, una doble vertiente, ya que, por una parte,
persigue una incidencia directa e inmediata sobre los precios,
contribuyendo así a su estabilidad, pero, por otro lado, las medidas
de carácter estructural que se introducen pretenden profundizar en el
proceso de liberalización del sector de hidrocarburos y reforzar la
competencia y el funcionamiento más eficiente de los mercados de
estos productos, lo que sin duda incidirá también sobre los precios a
medio y a largo plazo.

Empezando por las medidas relacionadas con los gases licuados del
petróleo, el real decreto-ley recoge una serie de medidas dirigidas a
conseguir, en un producto que reviste un marcado carácter social,
como sucede con los gases licuados del petróleo y en particular la
bombona de butano, un mayor grado de estabilidad en la evolución de
los precios y, por tanto, un mayor nivel de seguridad y tranquilidad
al usuario, a la vez que compatibilizar en lo posible los intereses
de los distintos operadores implicados.

El consumo de gases licuados del petróleo, los GLP, está ampliamente
extendido en nuestro país, como es sabido. Gran parte del mismo se
efectúa en forma de gases licuados del petróleo envasados a través de
bombonas, de manera que es fácilmente comprensible que el precio de
este producto tenga una gran influencia sobre la evolución del índice
de precios al consumo. En efecto, el consumo de GLP en nuestro país,
en 1998, fue de 2,58 millones de toneladas, correspondiendo al GLP
envasado más de 1,8 millones, esto es, el 70 por ciento del consumo
total. Teniendo en cuenta que el número de usuarios de GLP envasado
se sitúa en España en unos 13 millones, resulta una media de consumo
de 138 kilos anuales por usuario, lo que equivale a once botellas de
12 kilos y medio. En primer lugar, se ha acometido la tarea de lograr
para este sector de actividad la reducción y la estabilización de los
precios, considerando que a lo largo del presente año el precio
máximo, antes de impuestos, del GLP envasado ha oscilado entre 65,56
pesetas/kilo en febrero y 89,31 pesetas/kilo en agosto. La ley del
sector de hidrocarburos previó que, en tanto las condiciones de
competencia en este mercado no se considerasen suficientes, el
Gobierno fijaría un precio máximo para este producto, en el que se
incorpora el coste de la distribución a domicilio. Posteriormente, el
Real Decreto-ley 6/1999, de 16 de abril, de medidas urgentes de
liberalización e incremento de la competencia, encomendó al ministro
de Industria y Energía la actualización de las tarifas de venta del
GLP envasado, con objeto de revisar a la baja los parámetros no
vinculados a cotizaciones internacionales de crudo y productos
petrolíferos. De acuerdo con ello, la orden del Ministerio de
Industria y Energía de 10 de mayo de este año procedió a actualizar
el coste de comercialización del GLP envasado y en concreto de las
botellas de contenido igual o superior a 8 kilos, que pasó de 45,76
pesetas/kilo a 44,84 pesetas/ kilo, rebajándolo un dos por ciento y
situándolo enun nivel inferior a las 45 pesetas por kilo en el que se



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estableció en noviembre de 1993, cuando se instaló el sistema de
precios vigente. No obstante la adopción de estas medidas, los
esfuerzos de reducción del precio final del GLP envasado se han visto
superados en los últimos meses por la anormal subida de las
cotizaciones internacionales del propano y butano, que, junto con el
alza del tipo de cambio peseta/dólar, tiene lugar de forma
ininterrumpida desde febrero de 1999, aunque es cierto que
últimamente se ha invertido esta tendencia.




Como consecuencia de lo anterior, se ha incrementado el precio máximo
de venta al público de la botella de 12,5 kilos de 968 pesetas a
1.313 pesetas. En definitiva, se ha producido una subida de un 125
por ciento de la materia prima, que ha repercutido en una subida de
un 35 por ciento en el precio de venta al público de esta botella.

Por todo ello, el Gobierno ha buscado la fórmula para evitar las
oscilaciones que últimamente se venían produciendo, salvaguardando al
mismo tiempo los intereses de los consumidores y el equilibrio
económico de las empresas e incrementando de forma simultánea la
competencia entre las empresas del sector. Así, en el real decreto-
ley se fija, para los próximos doce meses, el precio máximo antes de
impuestos del GLP envasado en 83,4 pesetas/kilo, lo que supone una
reducción del 7 por ciento sobre el precio vigente anteriormente, que
era de 89,31 pesetas/ kilo. Este precio ha sido calculado teniendo en
cuenta la evolución prevista de las cotizaciones internacionales de
la materia prima y la distribución mensual de las ventas del sector.

Al mismo tiempo, el real decreto-ley encomienda al Ministerio de
Industria y Energía la fijación de un nuevo sistema de determinación
de precios de gases licuados del petróleo envasados que garantice una
estabilidad en los mismos manteniendo el régimen económico vigente
para las empresas del sector. En este nuevo sistema se atenderá a
razones de estacionalidad en los mercados, ya que el distinto nivel
del consumo de este producto en distintas épocas puede determinar
razonablemente una alteración en su precio. En cualquier caso, en el
correspondiente desarrollo reglamentario de este punto tendremos en
cuenta las especificidades que se derivan del régimen de las islas
Canarias.

Como complemento a este nuevo sistema de fijación de precios que
ahora se diseña, se ha reducido a cero la tarifa del impuesto
especial de hidrocarburos para el GLP envasado, que hasta este
momento estaba fijado en 1.227 pesetas/tonelada, y se ha incluido
este producto entre aquellos a los que se aplica el tipo reducido del
IVA, que pasa de esta forma del 16 por ciento al 7 por ciento. Como
consecuencia de las medidas que acabo de describir, el precio máximo
de venta al público de la botella de 12,5 kilos se reduce en un 15
por ciento, ya que pasa automáticamente de las 1.313 pesetas de
agosto a las actuales 1.115 pesetas. Además, el nuevo sistema de
fijación de precios se complementa con el impulso de un canal de
comercialización nuevo.

La Ley del sector de hidrocarburos establece que la comercialización
al por menor de GLP envasado será realizada libremente por cualquier
persona física o jurídica, poniendo como único requisito a las
instalaciones destinadas al almacenamiento y comercialización de este
producto el cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad
que le sean exigibles. Por tanto, la ley permite la comercialización
de este producto en establecimientos comerciales. No obstante, hasta
la fecha no ha sido posible la comercialización en estas
instalaciones en atención a la normativa aplicable por razones de
seguridad, que únicamente permitía almacenar en estos lugares envases
de GLP para automoción o los denominados envases populares, cuya
capacidad no supera los tres kilos.

En atención a ello, se pretende, salvaguardando las medidas de
seguridad, eliminar las barreras que impiden el desarrollo de este
canal de comercialización, estableciendo las condiciones precisas
para que ambos objetivos se puedan conseguir. Así, por un lado, se
autoriza el almacenamiento de envases con capacidad unitaria de hasta
15 kilos en establecimientos comerciales y estaciones de servicio. En
cualquier caso, la capacidad máxima de almacenamiento será de 500
kilos de GLP y las instalaciones deberán cumplir las condiciones
técnicas y de seguridad reglamentarias establecidas.Simultáneamente,
era necesario autorizar el transporte de los citados envases de GLP
desde el punto de venta hasta los puntos de consumo y, por ello, en
el real decreto-ley se autoriza el transporte de estos envases en
vehículos de uso particular, aunque con un doble límite, ya que no
pueden tener una capacidad unitaria superior a 15 kilos ni el número
de envases transportados puede ser superior a dos. Se prohíbe el
estacionamiento de vehículos que contengan envases de GLP, cualquiera
que sea su volumen y carga, en estacionamientos subterráneos.

Con las medidas aprobadas se abre una nueva vía de comercialización
de GLP envasado que incrementará la competencia en el sector de
hidrocarburos. Además, desde el Gobierno no se pretende únicamente
eliminar las barreras para su implantación, sino que se le quiere dar
un impulso efectivo, puesto que se trata de un canal de venta que
puede resultar atractivo para una parte de los consumidores de este
producto. (El señor vicepresidente, Fernández-Miranda y Lozana, ocupa
la Presidencia.) Por ello, se establece un descuento mínimo del 15
por ciento sobre los precios máximos de venta antes de impuestos para
los supuestos de adquisición de envases de GLP en establecimientos
comerciales y estaciones de servicio, permitiendo el Ministerio de
Industria la posibilidad de alterar al alza o a la baja el citado
descuento, en función de la evolución de estos nuevos canales de
distribución, con especial atención de nuevo al régimen especial de
Canarias.

En cuanto al gas natural, entre los objetivos que se pretenden
conseguir con este real decreto, se encuentra la consecución de un
avance en el proceso de liberalización



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del sector, que ya se inició con la aprobación de la Ley 34/1998. El
Gobierno estima que el camino correcto para conseguir una economía
eficaz y capaz de resolver los problemas de los ciudadanos se
fundamenta en la liberalización y el aumento de la competencia. Ese
es el camino emprendido para el conjunto de los sectores energéticos
desde 1996 y respecto del cual este real decreto-ley no supone sino
una continuación del proceso.

Así, mediante esta norma se avanza en el proceso de puesta en marcha
de la liberalización del sector del gas natural, en el que, por lo
demás, cabe destacarse el ritmo de liberalización diseñado en España,
que resulta muy superior al contemplado en la directiva comunitaria
sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural. Las
medidas que adopta el real decreto-ley en relación con el sector
gasista se dirigen a posibilitar la actividad de los denominados
comercializadores de gas natural. La Ley del sector de hidrocarburos
crea y configura los comercializadores de gas natural como aquellas
sociedades mercantiles que adquieren el gas natural para su venta a
los consumidores cualificados, accediendo a las instalaciones de
terceros. En la ley se establece que las personas jurídicas que
pretendan ejercer esta actividad habrán de contar con autorización
administrativa previa, que tendrá carácter reglado y será otorgada
por la Administración competente, atendiendo al cumplimiento de los
requisitos que se establezcan reglamentariamente.

No obstante, el Gobierno ha considerado que la implantación de estos
nuevos sujetos en el mercado gasista no debe supeditarse ni
suspenderse hasta el desarrollo reglamentario de la ley, por lo que
se permite ahora que por parte de la Administración General del
Estado se otorguen autorizaciones con carácter provisional a estas
entidades para que puedan proceder a ejercer su actividad de forma
inmediata, sin perjuicio de que cuando la norma reglamentaria se
apruebe los sujetos autorizados provisionalmente deban acreditar el
cumplimiento de los requisitos que se especifiquen. Como consecuencia
de la adopción de esta medida, el pasado 8 de octubre el Ministerio
de Industria y Energía otorgó autorizaciones provisionales a las
siguientes empresas comercializadoras de gas natural: Gas Natural
Comercializadora, Sociedad Anónima; Naturgas Comercializadora,
Sociedad Anónima; Eusko Comercializadora de Sociedad de Gas de
Euskadi; Iberdrola Gas, S.A.; Hidrocantábrica Energía, S. A y BP
Amoco Gas España, S.A.

Los citados comercializadores son entidades de probada experiencia,
solvencia y capacidad económica para el desarrollo de las actividades
relacionadas con el suministro y comercialización del gas natural por
canalización. Desde ahora, estas empresas podrán adquirir gas en el
exterior o a otros comercializadores y competir entre sí por
suministrar a los consumidores cualificados, condición que en estos
momentos ostentan aquellos cuyo nivel de consumo supere los 10
millones de metros cúbicos al año y que suponen más del 60 por
ciento del consumo total de gas natural en España. La medida, por
tanto, afecta a prácticamente 300 empresas en todo el país, que a
partir de ahora podrán negociar con nuevos suministradores. Para
hacer efectiva esta competencia, las empresas podrán utilizar las
redes gasistas mediante el pago de un canon que fija el Ministerio de
Industria y Energía. A partir del 1º de enero del próximo año, se
reducirá el umbral necesario para ser cliente cualificado de los 10
millones de metros cúbicos actuales a cinco millones y eso va a
significar dos tercios del mercado, con lo que ya serán casi 500 las
empresas que podrán elegir nuevo suministrador. En Europa, quiero
recordar a SS.SS., sin embargo, que el umbral se sitúa actualmente en
25 millones de metros cúbicos y la franja de apertura del 20 al 30
por ciento del mercado.

En las medidas relacionadas con la distribución de productos
petrolíferos, resulta necesario, además de configurar un marco
normativo adecuado, adoptar aquellas medidas que permitan la
desaparición de los obstáculos y barreras que puedan detectarse en el
recorrido de ese proceso de apertura así como llevar a cabo aquellas
otras actuaciones que dinamicen el mercado y por tanto fomenten la
competencia cuando este desarrollo se revela insuficiente. En el caso
concreto de la distribución al pormenor de productos petrolíferos,
durante los últimos años se ha producido una liberalización profunda
y progresiva, que ha hecho que, desde una situación de monopolio y un
régimen de concesión para la explotación de estaciones de servicio,
nos encontremos ante un mercado completamente liberalizado. Además,
en los últimos cuatro años se ha eliminado el régimen de distancias
mínimas entre estaciones de servicio, que constituía un serio
obstáculo a su desarrollo, así como la autorización específica de
actividad que se exigía a quienes pretendían desarrollar esta
actividad.




La Ley del sector de hidrocarburos reconoce que la actividad de
distribución al pormenor de carburantes y combustibles petrolíferos
podrá ser ejercida libremente por cualquier persona física o
jurídica. De hecho, en la actualidad los únicos requerimientos para
poder poner en funcionamiento una nueva estación de servicio están
relacionados con el cumplimiento de las prescripciones técnicas de
seguridad, así como las derivadas de la normativa urbanística que
exige la calificación adecuada de los terrenos en los que se
instalaría la estación de servicio o la normativa en materia de
carreteras, que exige el examen de la adecuación del proyecto también
desde este punto de vista.

No obstante, el nivel de competencia efectivamente alcanzado es aún
menor del que cabría esperar y del que resultaría deseable. Por ello
el Gobierno ha decidido poner en marcha medidas dirigidas a eliminar
aquellos obstáculos que todavía dificultan el pleno desarrollo de
este mercado. Asimismo, se ha estimado conveniente poner en marcha
acciones que estimulen la competencia efectiva entre los distintos
sujetos que ejercen esta



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actividad. Para la consecución de estos fines, en primer lugar, se ha
propuesto el empleo de un instrumento ya previsto por la Ley del
sector de hidrocarburos, que contempla la posibilidad de que el
Gobierno, con la participación de las comunidades autónomas, elabore
y presente al Congreso de los Diputados una planificación en materia
de hidrocarburos que incorpore criterios generales para el
establecimiento de instalaciones de suministro de productos
petrolíferos al pormenor, con carácter obligatorio y de mínimo
exigible. En atención a ese instrumento, en el real decreto-ley se
efectúa un mandato al Gobierno para que, en colaboración con las
comunidades autónomas y dando cuenta a esta Cámara, se elaboren
criterios para la determinación de un número mínimo de estaciones de
servicio, en función de la densidad, distribución y características
de la población, de la densidad de circulación de vehículos y de
aquellos otros parámetros que se estimen precisos. Esos criterios
deberán ser asumidos por todas las administraciones públicas,
incluidas las entidades locales, que deberán adaptar a las mismas sus
instrumentos de ordenación del territorio.

Lo que se pretende con esta medida, por tanto, es crear las
condiciones adecuadas para que la iniciativa privada se pueda
desarrollar, siempre teniendo en cuenta las características y
necesidades de las distintas zonas y las competencias de las
distintas administraciones implicadas. Con esta medida se ofrece un
escenario de desarrollo potencial del mercado adecuado y ajustado
a las distintas zonas del territorio, lo que sin duda dará impulso a la
competencia, especialmente en las zonas en las que exista un déficit
de puntos de venta. Por otro lado, y con objeto de fomentar la
competencia efectiva entre los distintos sujetos que operan en este
sector de actividad, se adopta un conjunto de medidas cuyo objetivo
primordial es dinamizar el mercado introduciendo un mayor grado de
competencia. Así, en primer lugar, se establece la obligación de que
en los accesos a las autopistas y en las carreteras estatales se
coloquen carteles informativos en los que se indique la distancia a
las estaciones de servicio más próximas o a las ubicadas en las áreas
de servicio, así como el tipo, precio y marca de los carburantes y
combustibles petrolíferos ofrecidos en aquéllas. De esta forma se
pretende dotar al mercado de mayor transparencia, al proporcionar al
usuario una mayor información y, por tanto, capacidad de elección. La
normativa española en materia de carreteras reconoce el carácter
esencial de la señalización informativa de la propia carretera y sus
elementos funcionales. No obstante, aún no se había producido una
regulación detallada en lo que se refiere a la señalización e
información de las estaciones de servicio, que se revela como de gran
utilidad, seguridad y comodidad para los usuarios. Por otro lado,
este tipo de señales es frecuente en los países de nuestro entorno,
en los que se aporta a los usuarios una información que les permite
acomodar a sus necesidades la decisión sobre el servicio que
requieren.

Por último, se adoptan también una serie de medidas relacionadas con
las estaciones de servicio incluidas en las áreas de servicio de las
carreteras estatales con las que se pretende estimular la
competencia, ofreciendo una mayor igualdad de oportunidades a los
agentes que intervienen en los mercados, al tiempo que proporcionar
una respuesta eficiente de la oferta a las necesidades de la demanda.

En primer lugar, se permite la existencia de varias instalaciones de
distribución al por menor de productos petrolíferos en una misma área
de servicio, con el fin de promover la competencia entre las mismas;
se contempla que el Ministerio de Fomento, de oficio o a solicitud de
cualquier interesado, convoque concursos para el otorgamiento de
concesiones independientes para estas instalaciones cuando las
condiciones y ubicación del área lo permitan. Asimismo, con objeto de
fomentar la presencia del mayor número de distribuidores en una misma
zona del territorio, se otorga preferencia para la adjudicación de
concesiones a aquellas instalaciones de distribución al por menor de
productos petrolíferos que no impliquen suministro en exclusiva con
el mismo operador que suministre en exclusiva a las estaciones de
servicio más próximas. Y se generaliza el concurso como sistema de
adjudicación en la concesión de áreas de servicio, a fin de que pueda
existir una concurrencia efectiva entre los interesados. El concurso
se resuelve por el Ministerio de Fomento, de acuerdo con la normativa
de contratos de las administraciones públicas, aunque deberá
recabarse el informe preceptivo del Ministerio de Industria y Energía
si en el área de servicio se incluye una instalación de distribución
al por menor de productos petrolíferos.

En definitiva, este real decreto que hoy presento a la Cámara
responde a la convicción del Gobierno de que el camino correcto a
seguir para la adaptación a los cambios de la economía internacional
y al mantenimiento de un nivel de competitividad acorde con el de los
países de nuestro entorno consiste en la flexibilización de los
mercados y en el incremento de la competencia. Por ello, mediante
este real decreto-ley, y en consonancia con ese principio, no se
pretende sino continuar la senda ya iniciada por el Gobierno de
apertura y flexibilización de mercados en el conjunto de la economía
española en general y en el sector de los hidrocarburos en
particular, dando un nuevo impulso a este proceso con el objetivo
adicional de proporcionar una mayor estabilidad en la evolución de
los precios y así favorecer al conjunto de la industria y de la
economía española en atención al carácter estratégico que sin ninguna
duda tiene el sector energético.

Muchísimas gracias, señorías. Muchísimas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor ministro. ¿Algún grupo parlamentario desea utilizar un turno en
contra? (Pausa.)



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¿Alguno desea utilizar un turno a favor de la convalidación? (Pausa.)
¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

Vaya por delante, y después de la intervención del señor Piqué,
ministro de Industria y Energía, que mi Grupo de Coalición Canaria,
así como el Gobierno de la Comunidad Autónoma canaria, participa
plenamente, como socio leal de apoyo al Gobierno y de gobernabilidad
del Estado español, de los principios que estaban ya en el Plan de
Convergencia para la Unión Europea y de todo lo que es la política
que en estos momentos hacen el Gobierno del Estado y el Gobierno de
la Comunidad Autónoma de Canarias, para luchar contra la inflación.

Este real decreto-ley contiene una serie de medidas en las que
coparticipamos plenamente, por solidaridad, para esa lucha contra la
inflación, vía precios,en este caso de materias derivadas del
petróleo. Este real decreto-ley trae otros componentes, no solamente
precios, sino también medidas de liberalización, reforma estructural
e incremento de la competencia en el sector de hidrocarburos, plena
conformidad. Por ahí va nuestra línea de coincidencia.

Dicho esto, Canarias tiene que verse reflejada también en estas
disposiciones legales, en concordancia con su régimen económico y
fiscal propio, reconocido, en sus peculiaridades, en la Constitución
española, en el Estatuto de Autonomía de Canarias, en las
disposiciones concordantes e incluso en la normativa de la Unión
Europea. Parecería que este real decreto-ley no estaría afectando a
Canarias en la medida en que en su exposición de motivos, en uno de
los párrafos, se dice, al final: Por la misma razón se incluye la
aplicación de un tipo reducido de IVA y la modificación de la tarifa
del impuesto especial. Canarias no es zona IVA y, por tanto, se
podría decir que este real decreto-ley afecta sólo a la parte del
Estado que es la España peninsular e Islas Baleares.

Por otro lado, entendemos que una disposición derogatoria que
contiene este real decreto-ley podía estar derogando órdenes
ministeriales que reconocían plenamente a Canarias, como la orden de
julio de 1998, la orden ministerial de mayo de 1999, una orden
ministerial del Ministerio de Industria y Energía, incluso una
resolución, de 10 de agosto de 1999, de este verano pasado, que viene
a reconocer la peculiaridad canaria en razón de su característica
topográfica, las zonas de distribución, y me refiero a los gases
licuados del petróleo, para que la autoridad competente del Gobierno
autónomo de Canarias pueda fijar por encima o por debajo las
repercusiones por el desplazamiento y el traslado de la bombona del
butano o de propano. Esta norma, el real decreto-ley, había sembrado
en el Gobierno autónomo de Canarias y en nuestro grupo
parlamentario una seria preocupación al sentirnos menoscabados o
discriminados por la pérdida de una competencia que estaba reconocida
en las bases legales que he dicho.

Me ha satisfecho la referencia que el señor ministro de Industria ha
hecho desde la tribuna y que constará en el «Diario de Sesiones»
sobre que las disposiciones de desarrollo contemplarán la
peculiaridad canaria. Bastaría con una simple orden ministerial para
dar el diferencial y el reconocimiento que tiene por soberanía
estatutaria propia el Gobierno autónomo de Canarias en la
concordancia con la fijación de precios, dado que coincidimos en la
política de lucha contra la inflación y de normalización del sistema
y dado que también los costes de distribución son distintos en
Canarias que en la Península, por peculiaridades topográficas, por la
delimitación de las distintas zonas que hay.

Sintiéndonos garantizados por la declaración del señor ministro,
porque si no nos hubiéramos visto obligados a hacer esta salvedad e
incluso a haber tenido que pedir una tramitación como ley de este
real decreto- ley y no queremos entorpecer ninguna medida que
favorezca la lucha contra la inflación y la competencia libre en un
sistema de economía abierta de mercado, nos sentimos satisfechos y
pedimos al señor ministro que se publique cuanto antes la orden
ministerial recogiendo esta peculiaridad. Por esta razón, vamos a dar
nuestro voto de apoyo para la convalidación de este real decreto-ley.

Nada más. Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Gracias, señor
Mardones.

En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJPNV), tiene la palabra el
señor González de Txabarri.




El señor GONZÁLEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor presidente.

El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) negoció, como bien sabe el
señor ministro, un paquete de medidas con un doble objetivo: el de
ampliar la liberalización del mercado interior de hidrocarburos y el
de reducir su influencia en el índice de precios al consumo y,
consecuentemente, en el desequilibrio inflacionario. Por ello, es
razonable pensar que vamos a convalidar sin ninguna reserva este real
decreto-ley que el señor ministro de Industria ha presentado.

En su día presentamos un documento en el que se recogían estas
medidas en el área del petróleo, en la de los gases licuados del
petróleo y en los de la electricidad, dado que, en estas tres áreas,
muy pocas empresas dominan y orientan el mercado, pareciendo que
existen, según informaciones que reiteradamente el propio ministro ha
manifestado en esta Cámara, sospechas en relación con acuerdos
interempresariales para establecer la aplicación y el mantenimiento
de precios al público que hasta el presente siempre han mantenido una
posición al alza, aun cuando en momentos



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como el actual se hayan producido descensos en el precio del crudo en
el mercado de origen. Este hecho ha sido ampliamente recogido en los
medios de comunicación precisamente por coincidir con la aprobación
de las medidas liberalizadoras y antiinflacionarias.

Desde el Grupo Parlamentario Vasco se han presentado medidas
reiteradas a distintos proyectos de ley que el Ministerio ha venido
presentando en esta Cámara y significadamente en los debates y
negociaciones de los proyectos de ley del sector eléctrico y el de
hidrocarburos. El tiempo nos ha confirmado que esta apertura del
mercado, la introducción de la competencia y la liberalización que en
las leyes se incluían no eran suficientes y que ha sido necesario
introducir nuevas medidas, porque sigue siendo elevada la influencia
del sector energético en los costes para familias y empresas, sobre
todo para las pequeñas empresas.

Las propuestas que este grupo parlamentario presentó al Ministerio y
fueron negociadas pretendían precisamente atender esta interacción
que se provoca en los colectivos más débiles de nuestra economía, el
consumidor familiar y la pequeña empresa, que son los más afectados
por las consecuencias de la inflación. Para ello, hemos querido
incidir directamente en la oferta, evitando toda limitación y
restricción en los contratos de compra, en la exclusividad de compra
y en la posibilidad de que cualquier comercializador o distribuidor
pueda entrar en el régimen de compraventa. Todo ello sin duda moverá
a la demanda y facilitará también el movimiento de precios a la baja.

Hemos querido también incidir, señor presidente, en los factores
fiscales que influyen en el precio final de los productos
energéticos. Y este hecho afecta en concreto a no incrementar los
impuestos especiales y a la fijación de un tipo de IVA reducido que
colabore en el descenso del precio en aquellos productos que, como
los GLP, inciden en las economías domésticas, sobre todo en las
épocas invernales, el butano y el propano. En esta línea, nos pareció
necesario proponer la liberalización de la distribución y
comercialización de dichos productos, facilitando el acceso del
consumidor a nuevas ubicaciones de almacenamiento y venta. Este grupo
parlamentario lamenta, señor ministro, que no se hayan recogido
nuestras propuestas de introducir una aceleración de la elegibilidad
en el mercado de la electricidad, permitiendo que los consumidores
domésticos y particularmente las pymes puedan acceder a la elección
de un suministrador que ofrezca la energía en mejores condiciones de
precio y servicio.

Reconocemos el esfuerzo realizado por el Gobierno, también con el
apoyo de este grupo parlamentario, en la reducción de la tarifa
eléctrica, con crecimientos inferiores al IPC, pero, en la
actualidad, seguir manteniendo el horizonte del año 2000 como
horizonte de una completa elegibilidad para todos los consumidores se
nos hace, señor ministro, muy largo, sobre todo en momentos de
repunte de la inflación y, en particular, cuando las compañías
eléctricas, también con apoyo de
nuestro grupo, recuperarán sus costes de transición a las
competencias, los famosos CTC, de forma inmediata. El Grupo
Parlamentario Vasco y el Partido Nacionalista Vasco siguen
defendiendo la necesidad de ir ganando tiempo en la consideración de
clientes cualificados y de adelantar la fecha límite de la
elegibilidad en al menos cuatro años, al 2003, frente al 2007. Es
quizás, señor ministro, una buena oportunidad para un nuevo real
decreto presentado en esta Cámara.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor González de Txabarri.

En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió),
tiene la palabra el señor Guardans.




El señor GUARDANS I CAMBÓ: Efectivamente, el decreto-ley que hoy
vamos a consolidar, tal como ya ha quedado dicho por los portavoces
que me han precedido en el uso de la palabra, es importante, aunque
quizá lo sea menos que lo que en su momento se anunció.

Todas las reflexiones hechas por el señor ministro en su presentación
acerca de la importancia del objetivo de la contención de la
inflación es evidente que no pueden ser más que compartidas, que han
sido expresamente apoyadas por mi grupo durante toda esta legislatura
y que, como tal objetivo, ha sido globalmente conseguido, aunque en
este momento tengamos una punta que nos distinga un poco del
incremento que está sufriendo en el resto de Europa.

Las medidas que se contienen en este decreto-ley son aparentemente
menores y son sobre todo de un alcance difícil de medir en términos
económicos y en la influencia que puedan tener estrictamente sobre
los precios. De todos modos, esa descripción que ha hecho el
ministro, que en el fondo se trata de retocar una serie de parámetros
que afectan a los costes, que son parámetros que están totalmente
fuera de lo que es el mercado mundial del petróleo, nos parece una
descripción oportuna de lo que es la realidad de este decretoley. Por
tanto, aunque sean medidas aparentemente menores o muy prácticas, en
algunos casos, de simple mejora de la información al consumidor y, en
otros casos, más estrictamente estructurales, tendentes a mejorar la
eficiencia del mercado y a potenciar la competencia entre los
distintos agentes que intervienen en él, todas ellas nos parecen
positivas, aunque su suficiencia o insuficiencia es algo que hoy no
podamos medir. En concreto, parece claro que la profundización en la
liberalización del comercio del GLP envasado es algo positivo y ha de
tener como medida estructural concreta un efecto claro y positivo en
la reducción de su precio.

Asimismo las distintas medidas que se establecen, algunas ya de
eficacia inmediata y otras que han de tener una eficacia más mediata
en el conjunto de la planificación urbanística en el área de la
distribución de hidrocarburos, en las áreas de servicio y en la
propia



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planificación de las áreas de servicio nos parecen medidas
absolutamente positivas a las que mi grupo da todo su apoyo.

Es posible, como bien decía en sus últimas palabras el portavoz del
Grupo Vasco, que este decreto-ley se hubiera podido utilizar para
introducir alguna cosa más, puesto que siguen quedando flecos. Por
tanto, nos unimos, si no a la literalidad de todo, sí al sentido de
las últimas palabras del Grupo Vasco acerca de la necesidad de
impulsar y avanzar, por vía de decreto-ley o por otro conducto, en la
elección de la fecha límite para los consumidores. Ése es un tema que
sigue pendiente y en el que los plazos fijados actualmente son, sin
duda, excesivos.

El hecho de que a este decreto-ley le falten algunas cosas o se
puedan proponer algunas más no impide que el decreto-ley merezca
nuestra aprobación, por lo que tendrá nuestro voto afirmativo.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Guardans.

En nombre del Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Muchas gracias, señor presidente.

Intentaré dar nuestra opinión con brevedad sobre este real-decreto,
que yo considero un poco sui generis, pero al que tampoco nos vamos a
oponer; en mi opinión mezcla cosas bastante diferentes. En cuanto al
gas butano, me parece que es una buena medida porque va a suponer
mantener su precio. Ahora bien, contiene otras cuestiones que sí nos
preocupan, como la seguridad. Por ejemplo, en el punto 2 del artículo
1, pensar que sólo porque lo escribamos en la ley nadie va a meter en
un párking público dos bombonas de butano o las va a llevar en
condiciones de seguridad, considero que es un elemento de
preocupación al menos en términos de seguridad ciudadana para el
manejo, como consecuencia también de esta posibilidad de que nadie va
a poder controlar muy bien esta situación. Por tanto, vamos a quedar
sujetos a que al menos haya una información exhaustiva, a que en las
bombonas ponga como se pueden trasladar, por ejemplo, y otra serie de
cuestiones que me parecen relevantes para evitar posibles desgracias.

Me preocupa también que por la vía indirecta se pueda establecer una
discriminación de precio importante entre el usuario que quiere que
sa bombona se la lleven a su domicilio y el que vaya a por ella al
hipermercado. Si bien en algunos casos, máxime si se pretende
utilizar envases más ligeros, podría facilitar a algunos usuarios la
gestión de la compra de la bombona, nos preocupa para aquellas zonas
territoriales donde esta alternativa no es tan fácil, porque el
hipermercado más cercano queda a 3, 25 o más kilómetros de distancia
en función de la propia orografía. Por tanto, puede haber cierta
discriminación para el usuario con más dificultades de acceso a
aquellos sitios donde se pueda comprar.

En cuanto a la estación de servicio, lo de los carteles informativos
me resulta gracioso (lo digo por distender este tema), primero,
porque el problema no está sólo en las autopistas de peaje o
concesionarias, sino en la red de autovías y en aquellos sitios donde
debe existir una información de cuál es el precio que uno se va a
encontrar. Por tanto, lo dispuesto en el artículo 7 me parece poco
relevante como mecanismo para intentar competir, porque, una de dos,
o se llega a la autopista y hay allí otra estación de servicio o no
le queda otro remedio. Le hablo, por ejemplo, en dirección Asturias,
de la autopista del Huerno, que tiene una sola estación de servicio,
así que por mucho cartel que le pongan lo veo difícil. Puede resultar
un poco chusco el tener a la entrada de una autopista tres carteles,
de tres concesionarios o empresas distintas que compitan todos los
días para ver si el del cartel de al lado cobra una peseta menos,
para ir corriendo a cambiar el suyo. Casi prefiero que me pongan el
precio del menú del día, porque a lo mejor opto en función de eso y
no de los 0,90 céntimos de precio de la súper. Quizá sería una
fórmula de competencia más útil para los que utilizamos muy a menudo
las autopistas. Lo que sí creo es que habría que anunciar después de
cada puesto de servicio, en cualquier carretera, a qué distancia está
el siguiente. Casi no se trata de un problema de Industria sino de
que el usuario conozca la necesidad de repostar a tiempo para
evitarse en muchos casos situaciones (que se dan) de no saber muy
bien a cuántos kilómetros hay una nueva estación de servicio. Se
puede añadir la marca de la siguiente estación, si no quieren poner
el precio, pero creo que es más útil, en términos de carteles
informativos, lo que de momento figura en este proyecto.

Nuestra opinión sigue siendo que el sistema de precios máximos
suponía una posibilidad más real de intentar controlar los precios.

Creemos que siguen disparándose los precios porque hay poca
competencia todavía en este sector; creemos que hay que actuar con
otra visión sobre el tema de impuestos en hidrocarburos; les hemos
hecho algunas propuestas en función, por ejemplo, del tema ecológico,
sobre si tiene que haber o no una tasa finalista de una peseta para
cuestiones de medio ambiente, o incluso sobre el tratamiento fiscal
que tienen los carburantes para los transportes públicos. Hay otra
propuesta más compleja que hemos presentado con relación al IVA y al
transporte público, que en otros países de Europa está bastante más
bajo,por cierto, que en nuestro país.




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Creo que hay aspectos que ojalá funcionen y sean capaces de contener
los precios, pero nos tememos que sólo con esto no es suficiente. Por
tanto, nos abstendremos en la votación.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Santiso.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la
señora Mendizábal.




La señora MENDIZÁBAL GOROSTIAGA: Muchas gracias, señor presidente.

Nuevamente asistimos hoy a la escenificación parlamentaria de un
nuevo plan de liberalización, ya el cuarto que presenta el Gobierno
en esta legislatura. Si el primero y el segundo se quedaron en pura
retórica y en una mera propaganda, quizá ahora convendría hacer un
pequeño balance, pequeño (no me voy a extender), de cuál ha sido el
resultado del plan aprobado en abril, el tercero. Podemos ver que hay
una serie de medidas que no se han cumplido, y me refiero al caso de
las rebajas en los peajes de las autopistas. Existen otras medidas,
como las referidas a los precios de los medicamentos o a los costes
de comercialización de los gases licuados del petróleo, que o bien no
han contenido el gasto farmacéutico o bien han contribuido, por el
contrario, a incrementar de manera continuada el precio de la bombona
de butano. Y no hablemos de la rebaja, francamente insuficiente, de
los precios de la energía eléctrica, que ni siquiera ha trasladado su
reducción a la disminución de los tipos de interés; muy al contrario,
lo que ha hecho ha sido incrementar en un 4,5 por ciento la factura
para los consumidores por hacer el regalo de los CTC al sector
eléctrico. Qué vamos a decir del sector de telecomunicaciones, que
hay que reajustar nuevamente porque estaba la cosa mal y resulta que
ahora sigue siendo insuficiente porque el propio Gobierno dice que
sólo va a tener media décima de repercusión.

En definitiva, podemos decir que ese tercer plan fue un fracaso y
estamos con el cuarto plan, disparándose el IPC de agosto.

Inmediatamente, el Gobierno se aplica en la elaboración de un nuevo
plan de medidas urgentes, que tarda casi un mes en presentarse;
además se trata de una serie de medidas inconsistentes y que resultan
totalmente insuficientes. Aprobar un real decreto-ley el 1 de octubre
para responder al IPC de agosto de manera urgente, con medidas de
carácter estructural, económico y fiscal, como reza la exposición de
motivos (por cierto, esta exposición de motivos del real decreto no
tiene desperdicio, vale absolutamente para todo, es un soporte para
un gran plan que desde luego no responde al contenido del real
decreto), para responder a ese incremento de precios, resulta una
broma, si no fuera porque a lo que respondió fue a los desencuentros
entre usted y otro miembro del Gobierno, más preocupados por defender
intereses puramente sectoriales que por defender el interés general,
que tanto preocupaba a otro miembro del Gobierno, ya de capa
caída, actuando firmemente contra la inflación.

La verdad es que este real decreto es una evidencia clara de que no
se toman en serio la lucha contra la inflación, porque en esto, como
en todo su comportamiento político, cuando hay algún problema, lo
importante no es encontrar la solución, sino encontrar uno o varios
culpables, es decir, evitar sus responsabilidades. Se ha dicho, y
usted lo ha repetido desde esta tribuna, que la inflación es el
precio de una economía dinámica, de una importante dinámica de la
demanda interna, es decir, es el precio del crecimiento; o bien, que
la inflación es una respuesta automática muy rápida de España al
precio del crudo; se actúa mucho más rápidamente cuando se incrementa
el precio del crudo que cuando baja. ¿Qué ha pasado el mes de
septiembre, cuando esta regla de oro se ha roto totalmente? ¿Cuáles
son las razones?
Al último que les queda por culpabilizar es al propio Banco Central
Europeo. Ya ha habido alguna insinuación en una entrevista a algún
miembro del Gobierno diciendo que, si la estabilidad de precios es un
objetivo que tiene en exclusiva una institución independiente como el
Banco Central, ¿qué responsabilidad tiene este Gobierno? La
responsabilidad es del Banco Central, por supuesto, que toma las
medidas única y exclusivamente pensando en aquellos países como
Francia y Alemania que crecen muy poco.

Creo que lo que hay que hacer es dejar de buscar culpables. Dejen de
buscar culpables, asuman las responsabilidades y analicemos los
problemas de fondo. Los problemas de fondo son la alta inflación en
servicios, la falta de competencia en algunos sectores, la
insuficiente liberalización, a pesar de todo, señor Piqué, de los
sectores regulados y, sobre todo, es el gran incremento de la
concentración económica que ustedes están fomentando. La verdad es
que las medidas que se plantean en este real decreto tienen un efecto
deflacionista francamente mínimo, por lo que resulta bastante difícil
tomarlo en serio en este aspecto; me estoy refiriendo al aspecto
inflacionista, a la lucha contra la inflación.

Hagamos un breve repaso de las medidas. Respecto a las relativas a
los GLP, las que afectan al precio, son la eliminación de los
impuestos especiales, la reducción del IVA y la fijación del precio
máximo. ¿Cuál ha sido el efecto total? El efecto total ha sido la
reducción de 198 pesetas por bombona. Se reduce, pero el precio es
superior en un 2 por ciento al que existía antes del 16 de agosto y
en un once y pico al que existía antes de que se liberalizara el
sector, antes de que se aprobara la Ley de Hidrocarburos. En
conclusión, ¿cuál es su liberalización? Es francamente beneficiosa
para los consumidores: les resulta bastante más cara la bombona de
butano.




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Respecto al establecimiento de la fórmula nueva, si ustedes van a
intervenir para disminuir los costes comerciales, que sea totalmente
bienvenida; pero la verdad es que el peso relativo de los costes de
comercialización ya es del 50 por ciento. Por tanto, ¿por qué el
Gobierno no ha aprobado una nueva fórmula y ha reducido estos costes
de comercialización para que la disminución sea mucho más estable que
la del componente fiscal? Resulta poco riguroso decir que, actuando
sobre la fiscalidad, la bajada de los precios va a ser estable.

Además, todos sabemos que el componente inflacionista en estos
elementos no es, en ningún caso, el impuesto, porque es el más bajo
de los vigentes en la Unión Europea.

El resto de las medidas que se plantean sobre los GLP van a tener
pocos efectos relevantes, excepto los problemas de seguridad que se
puedan plantear. Las medidas relativas al gas natural son realmente
atrevidas. Si desde que se aprobó la Ley de Hidrocarburos se podían
dar autorizaciones para la actividad de comercialización en el gas
natural, ¿por qué se tarda tanto? Las autorizaciones provisionales
que se han dado van a tener bastante poco efecto sobre los precios
finales, pero, en cualquier caso, bienvenidas sean estas medidas.

En cuanto al tercer grupo, que son las medidas relativas a las
gasolinas y al gasóleo, la verdad es que también las informativas se
podían haber dado antes; no sé por qué hemos tenido que esperar hasta
ahora. Y respecto a las medidas incentivadoras, también le digo que
bienvenidas sean, aunque su alcance va a resultar muy limitado
porque, al fin y al cabo, depende de la voluntad de los
ayuntamientos, tanto para calificar suelo como para promoverlo en los
ámbitos urbanos donde haya una manifiesta carencia de oferta. En
cualquier caso, bienvenidas sean.

En definitiva, señor Piqué (usted empezaba su disertación hablando de
la inflación), el resultado directo sobre los precios va a ser mínimo
y, de hecho, ustedes mismos han manifestado que esto puede alcanzar
una décima. Además, ¿qué ha ocurrido? Que en septiembre el IPC sigue
díscolo y sigue subiendo. Y como ahora han sido los alimentos los
principales causantes de este incremento, vamos a entrar en el sector
de telecomunicaciones y vamos a adelantar las tarifas de la
telefonía; a dónde vas, que manzanas traigo. Yo creo que hay que
tomarse las cosas un poco más en serio, sobre todo en esta materia de
lucha contra la inflación. No luchen contra el índice de precios,
sino contra la inflación, porque ayer se publicaron los índices
armonizados y en estos momentos estamos en el doble de la media
europea. El índice de precios armonizado en la media europea está en
un 1,2 y en España está en un 2,5. Realmente el problema es grave y
estas cosas hay que tomárselas en serio.

Yo le pediría al Gobierno que no nos volvieran a hacer pasar este
trance, un poco bochornoso, de venir
a votar una serie de medidas que son bastante tardías, poco
coherentes y, en cualquier caso, insuficientes.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señora
Mendizábal, le ruego concluya.




La señora MENDIZÁBAL GOROSTIAGA: Enseguida acabo, señor presidente.

Con el objeto de poder tener la posibilidad de modificar y mejorar
algo esto, pediremos su tramitación como proyecto de ley. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Mendizábal.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Peón.




El señor PEÓN TORRE: Gracias, señor presidente.

Señorías, nuestro grupo adelanta que votará favorablemente a la
convalidación del real decreto-ley que presenta hoy el Gobierno, y lo
hace porque, como ya ha expuesto el ministro en su intervención
inicial, abunda en la línea que ya viene desarrollando este Gobierno
en los últimos tres años. Para el crecimiento económico que ha
experimentado nuestro país en estos tres últimos años, por encima del
3,5 por ciento, y para el nivel de creación de empleo que ha ido
conociendo nuestro país en estos años, ha sido necesario profundizar
en unas políticas de reforma estructural que hicieran posible ese
escenario macroeconómico de estabilidad a que se refería el ministro,
que permitiera ir avanzando en esos parámetros de bienestar y de
crecimiento. Por tanto, no es una política nueva, no es una política
que rectifique lo hecho hasta este momento, sino que pretende
profundizar en esas reformas estructurales, en esas reformas
liberalizadoras, entre las cuales se encuentran aquellas que han
afectado a un sector como el energético, que el propio ministro
definía como estratégico para nuestra economía.

Se dice por parte de algún grupo que los planes anteriores no han
funcionado y que esto sería una suerte de rectificación. Nosotros
queremos resaltar que es estrictamente lo contrario. Es una
continuidad, una profundización en esas medidas. En cuanto a ese
balance que se hacía respecto a programas anteriores, lamento que
tengamos que reiterar una y otra vez el mismo debate. Hace muy pocas
semanas, la señora Mendizábal, que sabe que le profiero un sincero
aprecio personal, tenía ocasión de decir estas mismas cosas en la
Comisión de Industria. En ella yo le reiteraba una y otra vez que no
siguieran insistiendo en la demagogia de afirmar que hay un regalo de
un billón a las eléctricas. Sabe que no es cierto, sabe que no hay un
recargo del 4,5 por ciento en la tarifa; lo sabe porque lo hemos
debatido hasta la saciedad en la Comisión de Industria, pero
comprendo que las necesidades de propaganda que exigen al Partido
Socialista repetir esos discursos le lleven a decirlo hoy aquí. Por
tanto, no voy a insistir en ello, me remito a lo que le he contestado



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muchas veces en la propia Comisión y que consta en el «Diario de
Sesiones».

En cuanto a la evolución de la inflación, quizás los datos son
dispares, pero vemos que hay una desviación del IPC, que se
encontraba en torno al 2,4 por ciento en el dato de agosto, aunque la
inflación subyacente no presenta una evolución preocupante. La
inflación en el apartado que corresponde a los alimentos no
elaborados y a la propia energía estaba en el 2,5 de previsión en
agosto, se preveía por los analistas que estuviera en el 2,4 y
actualmente está en un 2,3; es decir, la evolución de la inflación
subyacente es especialmente positiva. De hecho, si comparamos la
evolución del IPC de nuestro país con la del IPC europeo, al margen
de la comparación en términos absolutos, que es cierto que se
encuentra en esas cifras que dice S.S., podemos comprobar que la
evolución es la misma en España que en el conjunto de la Unión
Europea. Desde luego, creo que a estas alturas nadie puede negar con
un mínimo rigor que la evolución del precio de los carburantes, que
ha condicionado decisivamente el precio del IPC energético, ha sido
fundamental. Su señoría sabe (lo decíamos también en el debate de la
Comisión de Industria la semana pasada) que el precio del barril de
crudo en febrero estaba en diez dólares y ahora está sobrepasando los
25 dólares/barril, lo que significa más de un 125 por ciento de
aumento en el precio de la materia prima. Luego, es perfectamente
explicable que esa duplicación del precio de la materia prima haya
incidido negativamente en ese IPC energético, que al mismo tiempo ha
influido negativamente en el IPC general; además, con una
particularidad, que el IPC energético sólo ha tenido una evolución
negativa precisamente en el IPC del sector de hidrocarburos, porque
el relativo al sector eléctrico, como S.S. sabe, ha experimentado
también una evolución negativa en cuanto a términos absolutos, es
decir, positiva para la evolución del índice.

Para nuestro grupo, señorías, lo que ha explicado el ministro hace
breves instantes es de una importancia capital. La última Ley de
Hidrocarburos fue aprobada en la Comisión de Industria, con
competencia legislativa plena, por cierto, con un intenso debate
parlamentario, con comparecencias de presidentes de los sectores
afectados, con más de 450 enmiendas, con la aprobación de casi el 50
por ciento de ellas y con un enorme consenso parlamentario de todos
los grupos. Aprovecho la ocasión de intervenir hoy sobre esta
cuestión en el Pleno para agradecer la labor de otros compañeros de
mi grupo, como Antonio Landeta, Juan Carlos Ruiz López y Tomás
Burgos, que hicieron la defensa de temas fundamentales, que fueron
incorporados en el proyecto de ley con el concurso de otros grupos,
como han expuesto los portavoces del PNV y de Convergència i Unió, y
que hicieron posible una ley que suponía la apertura de este sector,
cerrado hasta entonces a la competencia, a un proceso intenso de
liberalización. Como dijo el presidente
de la Comisión de la Energía en su comparecencia en la Comisión de
Industria hace muy pocas semanas, el 28 de septiembre, es cierto que
es un mercado en pruebas, que exige desarrollos reglamentarios en
profundidad y éstos han de realizarse a la mayor brevedad posible.

Pero también es cierto que el Gobierno ha tenido ahí la suficiente
sensibilidad y voluntad política para hacer lo que hay que hacer, que
es acelerar esas reformas. De hecho, la fórmula del real decreto que
hoy debatimos aquí para su convalidación es una buena prueba de que
se han atendido esos consejos. En la propia Comisión de Industria
hace muy pocas semanas el presidente de la Comisión de Energía
entendía que debían abordarse para conseguir superar determinados
obstáculos para la competencia en este sector, y el Gobierno en pocos
días pudo ultimar la aprobación del real decreto que hoy sometemos
a su convalidación.

Señorías, se ha afirmado también por parte de algún grupo que las
medidas son de índole menor en algún caso. Por ejemplo, se citaba la
cuestión de la información en las autovías y en las autopistas para
estaciones de servicio. Curiosamente es una propuesta que defendió
nuestro grupo parlamentario, mi compañero Tomás Burgos, y no es de
índole menor, porque está facilitando la transparencia, la
información en el mercado. No hay un mercado que pueda funcionar con
eficiencia si no hay transparencia en la formulación de esos precios,
y ojalá el señor Santiso acierte cuando vaticina que esta medida
puede dar lugar a que se produzca en los carteles una suerte de
carrera para ver qué compañía se da prisa en cambiar el cartel para
poner el precio una peseta más barato. Ojalá acierte, señor Santiso
(ésa es la finalidad de la ley y de esta medida) y exista esa
competencia que abarate los precios de la gasolina, que haga competir
a las empresas desde la transparencia de la información, porque una
peseta o media peseta en un litro de gasolina son muchos miles y
miles de millones para la economía nacional y muchos miles y miles de
millones de ahorro para emplearlo en los sectores productivos de
nuestro país.

No queremos entrar en debate ni en polémica con otros grupos
parlamentarios. Desde nuestro punto de vista, las medidas son de
profundidad en cuanto a lo que tienen de reforma estructural. Se ha
hablado de enfrentamientos en el Gobierno, se habló en su momento de
que había una discusión entre si debían abordarse medidas que
trataran de reformar estructuralmente la distribución en el sector
del petróleo, en el sector del butano, de los gases licuados de
petróleo envasados, y como contraposición a eso se afirmaba que había
otra postura que apostaba por abundar en las medidas de carácter
fiscal, en la exención de los impuestos especiales y en la rebaja del
IVA. Se ha hecho todo ello, se ha abundado en la reforma estructural
en los sistemas de comercialización, como en el caso de los gases
licuados de petróleo envasados; se



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ha abundado en la reforma de los obstáculos en la comercialización en
el caso del sector del petróleo, con las medidas que contemplan la
facilidad para instalación de nuevas estaciones de servicio, que
mejoran la competencia, ya que incluso dentro de una propia estación
de servicio puede haber varias marcas suministradoras de producto
(hemos referido antes de la información respecto a las estaciones de
servicio y a los precios en cada una de ellas en el acceso a las
autovías y autopistas); y se abunda también en medidas de carácter
fiscal, como son la exención de los impuestos especiales para el caso
de la llamada bombona de butano y la rebaja del IVA del 16 al 7 por
ciento.

En definitiva, se contemplan medidas de las dos naturalezas, de
reforma de los obstáculos a las necesidades estructurales del sector,
que mejoren la distribución y la comercialización, así como el hecho
de que se puedan facilitar ya las licencias administrativas para la
comercialización en el gas natural, sin necesidad de esperar el
desarrollo reglamentario, con licencias provisionales, medida que a
nosotros nos parece fundamental. Ayer mismo, un alto ejecutivo, el
presidente de Total-Fina España, ya anunciaba una inversión muy
importante de este grupo en nuestro país, tanto en el mercado del
gas, pretendiendo su participación en una central de regasificación
y, por tanto, en infraestructura de transporte.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Peón, le
ruego concluya.




El señor PEÓN TORRE: Termino, señor presidente.

Y también anunciaba su interés en realizar inversiones en nuevas
estaciones de servicio, para lo cual este ejecutivo consideraba que
hay un mercado potencial en nuestro país de más de dos mil nuevas
gasolineras. Por tanto, esas medidas ya empiezan a surtir efecto. Los
propios operadores ya empiezan a encontrar mejores oportunidades de
competir y comienzan a aprovecharlas.




Señorías, una última cuestión a lo que comentaba el portavoz de
Coalición Canaria. Tiene toda la razón en su exposición, pero no es
una cosa que ocurra con carácter novedoso; ya se produjo también con
la orden del 17 de enero de 1997 y después con la orden del 31 de
julio de 1997, que estableció precisamente esa misma situación. Una
normativa de rango de ley, un real decreto, alteró la competencia del
Gobierno de Canarias, pero inmediatamente, en dos semanas, por la vía
adecuada, desde nuestro punto de vista, por la vía reglamentaria,
mediante una nueva orden ministerial, esa nueva regulación legal fue
adaptada a esa competencia previa que tenía el Gobierno de Canarias,
y nos alegra escuchar al ministro que éste va a ser el sistema que se
desarrolle en esta ocasión. Contemplada la competencia del Gobierno
de Canarias y establecido un real
decreto como norma legal que establece un nuevo sistema de definición
de precios, lo adecuado es...




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Peón, S.

S. debe concluir.




El señor PEÓN TORRE: Termino ya, señor presidente.

Entendemos que lo adecuado es que se siga el mismo sistema de regular
luego las especificidades mediante órdenes ministeriales,
reglamentos, que adecuarán ese nuevo sistema a cada singularidad.

Para finalizar, señorías, nuestro grupo apoya convencido los efectos
que van a ser beneficiosos para continuar con el crecimiento
económico y del empleo en los próximos años. Esperamos que podamos
celebrar ese balance dentro de muy pocos meses con la convicción de
haber contribuido a continuar en ese proceso.

Nada más. Muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Peón.

Vamos a proceder a las votaciones. (El señor presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, ruego a un portavoz por cada grupo
parlamentario que se acerque a Presidencia, por favor. (Pausa.)
Señorías, el programa de trabajo que acabamos de acordar con los
portavoces de los grupos para culminar el desarrollo del orden del
día sería el siguiente. Vamos a proceder a votar la convalidación o
derogación de los reales decretos-leyes que se han presentado y
debatido y su eventual tramitación como proyectos de ley. Después de
ello someteré a la Cámara la votación por asentimiento, salvo que
algún grupo desee votación electrónica expresamente, los dictámenes
de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales.

Terminadas que sean las votaciones, continuará el Pleno con las
enmiendas del Senado al proyecto de ley de ordenación de la
edificación, debate tras el cual terminará la sesión de la mañana y
suspenderemos hasta las cuatro de la tarde, momento en el que
continuaremos con las enmiendas del Senado a los otros tres proyectos
de ley, que se votarán todos ellos, así como el de totalidad sobre el
del estatuto básico de la Función pública al menos, no antes de las
siete de la tarde. ¿Ha quedado claro? No abordaremos ningún punto más
del orden del día en el que no se haya entrado en debate a las siete
de la tarde, de forma que lo que se esté debatiendo, y, en cualquier
caso, con la condición de que haya entrado el estatuto de la Función
pública, será lo último que se discuta y, por tanto, al finalizar ese
debate, se producirán las votaciones de lo que hayamos visto desde
las últimas realizadas. (Rumores.)
Señorías, para que el conjunto del Pleno se forme una idea de sobre
qué previsiones se ha establecido esa programación del desarrollo del
orden del día, quiero advertir a los que sean responsables en los
distintos grupos de su llevanza -porque a lo mejor los



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portavoces no han tenido oportunidad de comentarlo con los
respectivos ponentes de las enmiendas del Senado a los proyectos de
ley, que es el capítulo que comenzará a continuación de las
votaciones- que dichas enmiendas del Senado no son un nuevo debate de
totalidad de los proyectos y que la Presidencia, de acuerdo con la
Junta de Portavoces, no va a poder consentir que se transforme el
debate de las enmiendas del Senado en una nueva lectura de totalidad
del correspondiente proyecto, porque eso alargaría en exceso este
Pleno, como ha ocurrido, por la experiencia que vamos acumulando, en
plenos anteriores. Por tanto, serán debates en los que quienes
intervengan se limitarán a su exposición sobre las enmiendas del
Senado.

Votación sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley
número 14, de 17 de septiembre de 1999, sobre firma electrónica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
305; a favor, 166; en contra, 129; abstenciones, diez.




El señor PRESIDENTE: Queda, en consecuencia, aprobada la
convalidación.

Habiéndose solicitado por algún grupo parlamentario la tramitación
como proyecto de ley del Real Decreto- ley convalidado, se somete a
votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
306; a favor, 282; en contra, 22; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la tramitación como proyecto de
ley.

Votación sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley
número 15, de 1 de octubre de 1999, por el que se aprueban medidas de
liberalización, reforma estructural e incremento de la competencia en
el sector de hidrocarburos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
303; a favor, 290; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda, en consecuencia, aprobada la
convalidación.

También en este caso se ha pedido la tramitación como proyecto de
ley, que se somete a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
306; a favor, 139; en contra, 166; abstenciones, una.

El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la tramitación solicitada como
proyecto de ley.




DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS
INTERNACIONALES.




- CONVENIO CELEBRADO CON ARREGLO AL ARTÍCULO K.3 DEL TRATADO DE LA
UNIÓN EUROPEA, SOBRE LA COMPETENCIA, EL RECONOCIMIENTO Y LA EJECUCIÓN
DE RESOLUCIONES JUDICIALES EN MATERIA MATRIMONIAL, HECHO EN BRUSELAS
EL 28 DE MAYO DE 1998, Y DECLARACIONES QUE EFECTUARÁ ESPAÑA AL MISMO.

(Número de expediente 110/000272)



El señor PRESIDENTE: Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores
sobre convenios internacionales, que se someten a aprobación de la
Cámara por asentimiento.




En primer lugar, el Convenio celebrado con arreglo al artículo K.3
del Tratado de la Unión Europea, sobre la competencia, el
reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia
matrimonial. ¿Se aprueba? (Asentimiento.)
Muchas gracias, señorías.




- PROTOCOLO CELEBRADO CON ARREGLO AL ARTÍCULO K. 3 DEL TRATADO DE LA
UNIÓNEUROPEA, RELATIVO A LA INTERPRETACIÓN POR EL TRIBUNAL DE
JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DEL CONVENIO SOBRE LA
COMPETENCIA, EL RECONOCIMIENTO Y LA EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES
JUDICIALES EN ASUNTOS MATRIMONIALES, HECHO EN BRUSELAS EL 28 DE MAYO
DE 1998, Y DECLARACIONES QUE EFECTUARÁ ESPAÑA AL MISMO. (Número de
expediente 110/000273.)



El señor PRESIDENTE: Protocolo de celebración, con arreglo también al
artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a
interpretación por el Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas del Convenio sobre la competencia, el reconocimiento y
ejecución de resoluciones judiciales en asuntos matrimoniales.

(Asentimiento.)
También se aprueba por asentimiento. Muchas gracias.




- SEGUNDO PROTOCOLO, ESTABLECIDO SOBRE LA BASE DEL ARTÍCULO K.3 DEL
TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, DEL CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE
LOS INTERESES FINANCIEROS DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, HECHO EN
BRUSELAS EL 19 DE JUNIO DE 1997, Y RESERVA QUE FORMULARÁ ESPAÑA AL
MISMO. (Número de expediente 110/000274.)



El señor PRESIDENTE: Segundo Protocolo, establecido sobre la base del
artículo K.3 del Tratado de la



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Unión Europea, del Convenio relativo a la protección de los intereses
financieros de las Comunidades Europeas.




¿Lo aprueba así el Pleno? (Asentimiento.)
Muchas gracias.




- TEXTO REVISADO DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN
FITOSANITARIA, HECHO EN ROMA EL 18 DE NOVIEMBRE DE 1997. (Número de
expediente 110/000275.)



El señor PRESIDENTE: Texto revisado de la Convención Internacional de
Protección Fitosanitaria, hecho en Roma el 18 de noviembre de 1997.

(Asentimiento.)
Se aprueba también por asentimiento del Pleno.




- PROTOCOLO DE ENMIENDA A LA CARTA SOCIAL EUROPEA, HECHO EN TURÍN EL
21 DE OCTUBRE DE 1991. (Número de expediente 110/000276.)



El señor PRESIDENTE: Protocolo de enmienda a la Carta Social Europea,
hecho en Turín el 21 de octubre de 1991. (Asentimiento.)
También veo asentimiento en el Pleno.




- PROTOCOLO ESTABLECIDO SOBRE LA BASE DEL ARTÍCULO K.3 DEL TRATADO DE
LA UNIÓN EUROPEA DEL CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LOS
INTERESES FINANCIEROS DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, HECHO EN DUBLÍN EL
27 DE SEPTIEMBRE DE 1996. (Número de expediente 110/000277.)



El señor PRESIDENTE: Protocolo establecido sobre la base del artículo
K.3 del Tratado de la Unión Europea del Convenio relativo a la
protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas,
hecho en Dublín el 27 de septiembre de 1996. (Asentimiento.)
También se aprueba por asentimiento.




- ACUERDO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA ENTRE EL REINO DE
ESPAÑA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, HECHO EN CIUDAD DE MÉXICO EL 3
DE DICIEMBRE DE 1998. (Número de expediente 110/000278.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo de cooperación económica y financiera
entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos, hecho en
Ciudad de México el 3 de diciembre de 1998. (Asentimiento.)
Queda aprobado. Muchas gracias, señorías.




- PROTOCOLO ESTABLECIDO SOBRE LA BASE DEL ARTÍCULO K.3 DEL TRATADO DE
LA UNIÓN EUROPEA, RELATIVO A LA INTERPRETACIÓN CON CARÁCTER
PREJUDICIAL POR EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
DEL CONVENIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES FINANCIEROS DE LAS
COMUNIDADES EUROPEAS, Y DECLARACIÓN RELATIVA A LA ADOPCIÓN SIMULTÁNEA
DEL CONVENIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES FINANCIEROS DE LAS
COMUNIDADES EUROPEAS Y DEL PROTOCOLO RELATIVO A LA INTERPRETACIÓN CON
CARÁCTER PREJUDICIAL POR EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES
EUROPEAS DE DICHO CONVENIO, HECHOS EN BRUSELAS EL 29 DE NOVIEMBRE DE
1996, Y DECLARACIONES QUE EFECTUARÁ ESPAÑA A AQUÉL. (Número de
expediente 110/000279.)



El señor PRESIDENTE: Protocolo establecido sobre la base del artículo
K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la interpretación con
carácter prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas del Convenio sobre la protección de los intereses
financieros de las Comunidades Europeas, y Declaración relativa a la
adopción simultánea del Convenio sobre la protección de los intereses
financieros de las Comunidades Europeas y del Protocolo relativo a la
interpretación con carácter prejudicial por el Tribunal de Justicia
de las Comunidades Europeas de dicho Convenio, hechos en Bruselas el
29 de noviembre de 1996, y declaraciones que efectuará España a
aquél. ¿Lo aprueba así el Pleno? (Asentimiento.)



- ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES
ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE SURÁFRICA, HECHO EN
PRETORIA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1998. (Número de expediente 110/
000280.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo para la promoción y protección recíproca
de inversiones entre el Reino de España y la República de Suráfrica,
hecho en Pretoria el 30 de septiembre de 1998.(Asentimiento.)
Queda aprobado.




- CONVENIO ESTABLECIDO SOBRE LA BASE DE LA LETRA C) DEL APARTADO 2
DEL ARTÍCULO K.3 DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, RELATIVO A LA LUCHA
CONTRA LOS ACTOS DE CORRUPCIÓN EN LOS QUE ESTÉN IMPLICADOS
FUNCIONARIOS DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS O DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE
LA UNIÓN EUROPEA, FIRMADO EN BRUSELAS EL 26 DE MAYO DE 1997, ASÍ COMO
RESERVA Y DECLARACIÓN QUE ESPAÑA VA A FORMULAR AL MISMO. (Número de
expediente 110/000281.)



El señor PRESIDENTE: Convenio establecido sobre la base de la letra
c) del apartado 2 del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea,
relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén
implicados funcionarios



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de las Comunidades Europeas o de los Estados Miembros de la Unión
Europea. (Asentimiento.)
Queda aprobado.




- CANJE DE NOTAS CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y CHINA SOBRE
MODIFICACIÓN DEL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE AÉREO CIVIL ENTRE EL
GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR
CHINA, HECHO EN PEKÍN EL 19 DE JUNIO DE 1978. (Número de expediente
110/000282.)



El señor PRESIDENTE: Canje de notas constitutivo de Acuerdo entre
España y China sobre modificación del Convenio sobre transporte aéreo
civil entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
República Popular China, hecho en Pekín el 19 de junio de 1978.

(Asentimiento.)
También se aprueba.




- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE MOLDOVA SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA,
HECHO EN VARSOVIA EL 20 DE MAYO DE 1999. (Número de expediente 110/
000283.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y
el Gobierno de la República de Moldova sobre transporte internacional
por carretera, hecho en Varsovia el 20 de mayo de 1999.

(Asentimiento.)



Queda aprobado



- CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA
FEDERACIÓN DE RUSIA, SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA
DELINCUENCIA, HECHO EN MOSCÚ EL 17 DE MAYO DE 1999. (Número de
expediente 110/000284.)



El señor PRESIDENTE: Convenio entre el Gobierno del Reino de España y
el Gobierno de la Federación de Rusia, sobre cooperación en materia
de lucha contra la delincuencia, con una subsanación que ha
introducido el Gobierno y que conocen sus señorías.

Se aprueba? (Asentimiento.)
Muchas gracias.




- CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA
ESLOVACA SOBRE LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE LA LUCHA CONTRA LA
DELINCUENCIA ORGANIZADA, HECHO EN BRATISLAVA EL 3 DE MARZO DE 1999.

(Número de expediente 110/000285.)



El señor PRESIDENTE: Convenio entre el Reino de España y el Gobierno
de la República Eslovaca sobre
cooperación en materia de la lucha contra la delincuencia organizada.

(Asentimiento.)
Queda aprobado.




- PROTOCOLO ADICIONAL A LA CARTA SOCIAL EUROPEA, HECHO EN ESTRASBURGO
EL 5 DE MAYO DE 1998. (Número de expediente 110/000286.)



El señor PRESIDENTE: Protocolo adicional a la Carta Social Europea,
hecho en Estrasburgo el 5 de mayo de 1998. (Asentimiento.)
Queda aprobado.




- PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS Y LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO CON RESPECTO A LAS APLICACIONES
DE LA BIOLOGÍA Y LA MEDICINA, POR EL QUE SE PROHÍBE LA CLONACIÓN DE
SERES HUMANOS, HECHO EN PARÍS EL 12 DE ENERO DE 1998. (Número de
expediente 110/000287.)



El señor PRESIDENTE: Protocolo adicional al Convenio para la
protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con
respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina, por el que
se prohíbe la clonación de seres humanos, hecho en París el 12 de
enero de 1998. (Asentimiento.)
Queda aprobado.




ENMIENDAS DEL SENADO.




- PROYECTO DE LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. (Número de
expediente 121/000163.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a las enmiendas del Senado. Proyecto de
ley de ordenación de la edificación.




¿Grupos que desean intervenir? (Pausa.)
Tiene la palabra el señor Vázquez, por el Grupo Parlamentario Mixto.

(El señor vicepresidente, Marcet i Morera, ocupa la Presidencia.)



El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Cuando quiera, señor
Vázquez.




El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ (don Guillerme): Muchas gracias, señor
presidente.

De las enmiendas del Senado al proyecto de ley de ordenación de la
edificación, desde el punto de vista del Bloque Nacionalista Galego,
resulta especialmente preocupante y sorprendente la introducción de
una disposición adicional que modifica los artículos 54 y 55 de la
Ley de expropiación forzosa; y decía que era preocupante por el fondo
y por la forma, en primer lugar, porque la materia que regulan estas
disposiciones, el derecho de reversión de terrenos previamente
expropiados por causa de utilidad pública, es totalmente ajena a la



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que regula el proyecto de ley, que no es otra que las condiciones de
edificación de las nuevas construcciones, así como el establecimiento
de garantías a los usuarios y compradores, con la consiguiente
regulación de una responsabilidad objetiva por parte de promotores
y constructores. En todo caso, el derecho de reversión podría ser
objeto de regulación específica a través de otras leyes, entre ellas
la Ley del suelo y valoraciones, pero no se hace así. Por tanto, al
margen de la necesidad o no de adaptar a la nueva realidad social la
normativa de expropiación forzosa, ya que la ley originaria data de
diciembre de 1954, entendemos desde luego que no es procedente
hacerlo parcialmente y menos aún a través de estas enmiendas de tanto
calado como las introducidas por el Senado en este proyecto de ley.

El fondo de las enmiendas nos preocupa mucho, porque nos parece que
afectan directamente al instituto expropiatorio, incluso yo diría que
a los derechos constitucionales. Por una parte, el artículo 15 de la
Ley de expropiación forzosa señala que declarada la utilidad pública
o el interés social, la Administración resolverá sobre la necesidad
concreta de ocupar los bienes o adquirir los derechos que sean
estrictamente indispensables para el fin de la expropiación. Por
tanto, se está vedando cualquier posibilidad de que la Administración
emplee este instituto expropiatorio para otros fines distintos a los
que inicialmente se preveían, es decir, la causa por la que se
expropia es el fin de utilidad pública y que en cada caso sea
declarado por los legisladores o, en su caso, por la Administración
competente.




La previsión contenida en la modificación del artículo 54 introducida
por el Senado desde nuestro punto de vista pervierte radicalmente
este principio, puesto que la reversión es el derecho que asiste al
expropiado cuando las causas que posibilitaron su despojo patrimonial
no se hicieron efectivas, por lo que facilitar a la Administración
para limitar ese derecho en el sentido propuesto, incluso
contemplando la posibilidad de que se generen nuevas justificaciones
de fines sociales, los acordados en principio, significa poner en
manos de la misma el poder decidir cuándo se ha extinguido la propia
causa por la que se expropió, eliminando los mecanismos de defensa de
los expropiados. En este sentido, por ejemplo, se ha manifestado el
propio Tribunal Constitucional en una sentencia de 1998, en la que
afirmaba que la reversión aparece y procede con toda su fuerza de
retrocesión si se incumple el destino causal de la expropiación, si
claudica, si se incumple o desaparece la causa. Es decir, es una
interpretación totalmente contraria a la que se pretende con las
enmiendas introducidas.

Por otra parte, desde nuestro punto de vista también parece
totalmente abusivo para los ciudadanos que sufran una expropiación
que una vez ejercitado el derecho de reversión, tengan que abonar un
precio superior al percibido, por causas ajenas a los mismos y en
las que no tuvieron intervención alguna, como se establece en la
redacción del artículo 55, siendo incluso un método de
enriquecimiento injusto por parte de la Administración, al poder
lucrarse con la expropiación de bienes que son posteriormente
revertidos.

En todo caso, para nosotros esta enmienda abre demasiados
interrogantes sobre el respeto a los legítimos derechos de los
ciudadanos expropiados y deja en manos de la Administración
demasiadas prebendas que, desde luego, pueden dar lugar a actuaciones
arbitrarias. Por tanto, vamos a votar en contra de las mismas.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señor
Vázquez.

Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra la
señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.




El Grupo Vasco manifestó ya, con ocasión de la llegada al Pleno del
Congreso del proyecto de ley de ordenación de la edificación su
satisfacción por el muy amplio consenso obtenido durante su paso por
esta Cámara; satisfacción que tenemos que manifestar también en
cuanto a su paso por el Senado, ya que las enmiendas introducidas nos
parecen adecuadas y acertadas, son correcciones técnicas que nos
parece ponderado introducir y dos de ellas, a las que ha hecho
referencia el portavoz del Grupo Parlamentario Mixto y representante
del BNG, son precisamente enmiendas idénticas introducidas por el
Grupo Parlamentario Popular y por el Grupo de Senadores Vascos, por
tanto, a instancia de la formación política a la que represento. ¿A
qué se refieren estas enmiendas? Se refieren a la posibilidad de
regular en el proyecto de ley una modificación puntual de la Ley de
expropiación forzosa de 1954 en lo que atañe al derecho de reversión,
porque es una materia que ha originado una profunda discusión, tanto
doctrinal como jurisprudencial, e innumerables pleitos.

Creemos, al contrario de lo que se ha sostenido, que el derecho de
reversión ha sido calificado por el Tribunal Constitucional como un
derecho de configuración legal, no incluido en el repertorio de
garantías constitucionales, por lo que las posibilidades de diseño
del mismo o, lo que es lo mismo, la modulación de los términos de su
ejercicio corresponden al legislador. No hay un mínimo de garantías
fijado al respecto, sino que es el legislador sectorial en materia de
expropiación forzosa el que deberá modular este derecho y el alcance
de las facultades que correspondan en cada caso.

Con la modificación puntual que se plantea de estos artículos, 54 y
55 de la Ley de expropiación forzosa, el principio general de
reversión puede producirse sin mayores limitaciones desde que se dé
esa desviación o frustración de las causas que motivaron la
expropiación. Por la redacción que se propone, no procedería



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el derecho de la reversión cuando la afectación al fin que justificó
la expropiación se sustituya por otra afectación pública -y esto es
lo importante- o cuando hayan transcurrido diez años desde que se
produjo la acción expropiatoria. Nos parece que esta no es ninguna
novedad en nuestro ordenamiento, porque idéntico principio existe ya
para las expropiaciones urbanísticas reconocido así en la Ley de 6/
1988 de 13 de abril, sobre régimen del suelo.

La Constitución contempla la función social de la propiedad que
permite delimitar el alcance de la misma en norma con rango de ley, y
esto es exactamente lo que se ha hecho en este caso. Sí hay una pega
que podría criticarse, la deficiente técnica legislativa de modificar
preceptos de una norma mediante disposición adicional a otra; pero,
ponderando los pros y los contras, nos pareció y nos sigue pareciendo
que pesa más la urgencia de abordar ahora una normativa como la que
ha quedado plasmada en esta disposición final quinta del texto
aprobado por el Senado en protección de intereses públicos
-repetimos-, aunque se sacrifique algo como la corrección técnica,
que no en modo alguno la seguridad jurídica.

El Grupo Vasco va a votar, por tanto, a favor de las enmiendas que
han sido aprobadas en la Cámara Alta.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señora
Uría.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, quiero destacar que desde nuestro punto de vista, y estoy
seguro de que coincidimos en ello los diputados que hemos actuado
como portavoces en este proyecto de ley, hoy estamos dando un paso
muy importante, porque estamos aprobando definitivamente una ley que
sin lugar a dudas va a tener gran trascendencia en la política de
vivienda de nuestro país.

Quiero recordar también que es una ley que llega tarde pero, en
cualquier caso, hoy es el día clave. Llega tarde porque, desde el año
1986, varios grupos de la Cámara habíamos adquirido el compromiso
político, concretado legislativamente en una ley de atribuciones, de
aprobar una ley como ésta, un compromiso que fue reiterado en otros
proyectos y en sucesivos debates que se han ido produciendo en el
Congreso de los Diputados y en el Senado. Posiblemente ningún
proyecto de ley había alumbrado tantos anteproyectos como éste. Los
anteproyectos se fueron sucediendo uno tras otro. La dificultad de
encontrar un equilibrio en todos los aspectos que una ley de este
tipo debía de regular ha sido, sin lugar a dudas, grande, pero
finalmente este equilibrio se ha conseguido, no sin dificultades.

Es una ley que viene a completar el marco legal en política de
vivienda, un marco legal en el cual durante
esta legislatura hemos dado pasos muy importantes concretados,
fundamentalmente, en la aprobación de la nueva Ley del Suelo, de la
Ley de Propiedad Horizontal y hoy en la ley de ordenación de la
edificación, a las cuales deberíamos añadir la difícil, pero
finalmente aprobada en la anterior legislatura, Ley de Arrendamientos
Urbanos. Quiero destacar también que el debate parlamentario ha
mejorado el proyecto que nos presentó el Gobierno, que era un
proyecto bueno desde el punto de vista de este grupo parlamentario,
pero también mejorable. El trabajo en Comisión, de discusión entre
los portavoces y de negociación política ha dado lugar a este
proyecto que hoy aprobaremos, que se transformará en ley y que, sin
lugar a dudas, mejora en algunos aspectos el proyecto que envió el
Gobierno en su momento.

El resultado es un proyecto equilibrado que, como decía al principio
de mi intervención, estoy seguro de que va a tener un impacto muy
positivo en el mercado de la vivienda y, especialmente, en la calidad
de la vivienda. Resuelve bien el difícil problema planteado, como es
el de la falta de garantías para los consumidores, para aquellos
centenares, miles, millones de familias que en algún momento se han
lanzado a la pequeña aventura de comprarse una vivienda. Resuelve
también de forma equilibrada un problema, cual es el de las
atribuciones profesionales, que en algún momento, al inicio del
debate, nos hizo temer a algunos que podía dar al traste con todo el
esfuerzo que se había realizado para conseguir traer a la Cámara este
proyecto de ley. Introduce una mayor profesionalización en el sector
de la construcción, que, sin lugar a dudas, también va a tener una
repercusión positiva.

El Senado ha introducido algunas enmiendas, no demasiadas. Como han
destacado anteriores portavoces -y en ese sentido quiero coincidir
con la visión positiva de la señora Uría-, se introduce una nueva
regulación del derecho a la reversión en materia expropiatoria que
viene a resolver problemas graves que están planteados hoy en día con
un uso, diríamos, no ilícito pero sí distorsionado de ese derecho.

Quisiera destacar también la enmienda incorporada en el Senado que
introduce un cierto equilibrio con ese gran pero complejo debate que
se produjo sobre si la responsabilidad del promotor era solidaria o
mancomunada, que resolvemos dando un paso en el sentido de mantener
el carácter solidario de la responsabilidad, pero estableciendo la
obligación de que, en el caso de una demanda por acciones de
responsabilidad, en la contestación el demandado puede plantear la
necesidad de que la misma se notifique a otros intervinientes en el
proceso de la construcción por si se entiende que en el futuro
deberán asumir alguna responsabilidad.

Termino, señor presidente, no sin antes realizar una despedida
personal, porque posiblemente hoy es el último día que este diputado
sube a esta tribuna -no sé qué nos deparará el futuro-; después de
trece años, desde 1986, de ocupar un escaño en la Cámara, ha llegado



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el momento de la despedida que se materializará en los próximos días.

Quiero decirles, señorías, que para mí han sido trece años
excelentes, que a nivel personal el enriquecimiento no puede
valorarse porque se escapa de los parámetros normales. He tenido el
privilegio de servir a los ciudadanos de mi país durante todo este
tiempo, lo cual es sin lugar a dudas un privilegio. Me voy con la
satisfacción de haber hecho mucho trabajo. Guardaré un excelente
recuerdo de todas SS.SS., pero, muy especialmente, de aquellas con
quienes he tenido la ocasión de trabajar más codo con codo. Como
estamos hoy en un debate de política de vivienda, debo tener un
recuerdo obligado para mis compañeros y amigos, el señor Ortiz, con
quien hemos tenido tantas discusiones y hemos llegado a tantos
acuerdos; el señor Morlán, también hoy aquí presente; el señor
Fernández, ahí arriba, en las filas de Izquierda Unida; la señora
Uría; el señor Rivero, del Grupo de Coalición Canarias. Quiero
decirles que guardaré siempre un excelente recuerdo del trabajo que
he hecho con SS.SS. y, desde luego, sepan que cuentan con mi amistad
para siempre. Obviamente también debo tener un recuerdo para todas
aquellas señorías con quienes he compartido otras labores
parlamentarias, sea en la Junta de Portavoces, sea en el desarrollo
de la política de telecomunicaciones, sea en la Comisión de
cooperación internacional al desarrollo, de Asuntos Exteriores, o de
Medio Ambiente.

Agradeciendo la paciencia y la comprensión que han tenido con este
diputado a lo largo de los años, sepan que me tienen a su disposición
en una preciosa ciudad del Vallés occidental, llamada San Cugat de
Vallés, de la cual soy alcalde, y en el Parlamento de Cataluña.

Muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señor
Recoder. Adhiriéndose a los aplausos que le han dirigido, la
Presidencia le desea toda suerte de venturas en sus nuevos cometidos,
los que ha empezado y los que va a empezar. Mucha suerte, señor
Recoder.

Por el Grupo de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Fernández.




El señor FERNÁNDEZ SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente.

Atendiendo al requerimiento de la Presidencia, me voy a ceñir
exclusivamente al contenido de las enmiendas al proyecto de ley de
ordenación de la edificación que nos han llegado del Senado sin
reabrir el debate del contenido del proyecto en sí.

En primer lugar, como ha dicho el señor Recoder, no son muchas las
enmiendas del Senado y la mayoría de ellas no vienen a modificar el
contenido de la ley, aunque sí hay algunas disposiciones adicionales
que la modifican sustancialmente. Estaríamos de acuerdo con la
modificación que se propone al artículo 14, letra b), que habla de la
competencia para acreditar los laboratorios
de ensayos y propone que pertenezca a las comunidades
autónomas en vez de a los organismos competentes. También está la
enmienda al artículo 20 apartado 1, que adelanta el momento de la
constitución de la garantía a que se refiere el artículo 19 de la ley
al momento de inscribir en el Registro de la Propiedad la declaración
de obra nueva, en vez de exigir esas garantías en el momento de la
primera transmisión intervivos. Hasta ahí estaríamos de acuerdo.

Como decía anteriormente, tendríamos algunas discrepancias en cuanto
a las disposiciones adicionales. Empezaré hablando de la disposición
adicional séptima, que entendemos que estaba mejor contemplada en el
proyecto que salió del Congreso, porque es la que habla de las
responsabilidades de la gente que interviene en el proceso de la
edificación, sin diluir responsabilidades en los distintos colectivos
que pueden participar en él. Diluir responsabilidades puede comportar
perjuicios no sólo para los propios consumidores sino también para
aquellas personas que intervienen en la edificación. No se especifica
muy bien cómo se reparten estas responsabilidades y, por tanto,
estamos en desacuerdo con esta disposición adicional séptima.

Lo que más nos sorprende es la introducción de la disposición
adicional quinta, que modifica la Ley de expropiación forzosa, del
año 1954. Entendemos que esta disposición que ha introducido el
Senado quizás no ha tenido en cuenta que el derecho de reversión está
regulado en la Ley del suelo, del año 1998. Para ir a una
modificación más profunda debería haber existido un debate más
profundo, el Gobierno debería haber traído un proyecto de ley a esta
Cámara, un real decreto, donde pudiésemos evaluar y manifestar
nuestra opinión al respecto.Nos parece que tal como está redactado el
artículo 40 de la Ley del suelo ofrece diferentes garantías, tanto a
las administraciones públicas en los procesos de reversión, como a
los propietarios, pues no hay que olvidar que éstos también necesitan
de una seguridad jurídica. Todo este asunto nos hace temer que haya
algunas cuestiones que no se hayan dicho, que haya operaciones de una
gran envergadura por en medio en este momento y que de lo que se
trata es de dar salida a esas operaciones. Nos parece llamativo que
se intente introducir estas medidas cuando está en marcha la
operación Chamartín y se está hablando de 400.000 millones. Esta
disposición adicional quinta del Senado no está justificada y, en
todo caso, lo que debería hacer el Gobierno es traer la Ley de
Expropiación Forzosa a esta Cámara para que haya un debate más
sereno, más serio y riguroso sobre ese asunto.

Seguimos manifestando nuestra oposición a la ley de ordenación de la
edificación porque la consideramos poco rigurosa y bastante vacía de
contenido, de mucho enunciado y, en ese sentido, el Senado no ha
introducido mejoras sustanciales a esta ley.

Nada más. Muchas gracias.




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El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Por el Grupo Parlamentario
Socialista, tiene la palabra el señor Morlán.




El señor MORLÁN GRACIA: Muchas gracias, señor presidente.

Señoras y señores diputados, enlazando con las últimas palabras del
señor Recoder, quisiera que en esta su despedida de la Cámara tuviera
el reconocimiento, la consideración y el respeto de mi grupo y, desde
luego, mi amistad. Espero que en su futuro político como alcalde de
su ciudad y como parlamentario autonómico tenga éxito y trabaje por
que su tierra se desarrolle y crezca. Lo deseo con todo corazón y
espero que así sea.

Señorías, acabamos hoy el debate parlamentario de un proyecto de ley
cuyo contenido es marcadamente insuficiente en muchos de los aspectos
que tienen que ver con la calidad de la edificación, medioambientales
que pueden tener efecto en los materiales y sus repercusiones en la
edificación, con los derechos de los usuarios que se recogen en el
libro de la edificación, pero tanto los derechos como los deberes no
están perfectamente especificados en el desarrollo de esta norma, que
no comprende todo el proceso de la edificación. No están contemplados
todos los que debieran, se recoge gran parte de los agentes, pero hay
otros que debieran estar recogidos en la regulación de esta norma.

Desde nuestro punto de vista, en el Senado se ha producido -en contra
de las manifestaciones de Convergència i Unió, del Grupo
Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y me imagino que las del Grupo Popular-
un sinsentido, una incorporación -a la que nos tienen acostumbrados
tantas veces- de normas que no tienen nada que ver con lo que se
regula, procedentes o relacionadas con otras leyes. Ustedes
incorporan la reforma de los artículo 54 y 55, que introducen una
variación muy sustancial en la Ley de Expropiación Forzosa. No es una
variación puntual, es una variación muy seria, de calado, que tiene
repercusiones de todo tipo. Aquí la imaginación puede dar de todo
porque ustedes nunca lo han querido explicar. Sucede que con estos
artículos se puede decir: está bien que si se expropia un bien a un
particular para un fin determinado la Administración quiere que ese
bien se utilice y, si no lo hace, que busque otra salida para otro
fin público determinado. La segunda parte, con esto se obvia. Si no,
¿por qué razón hablan en el artículo 54.5 de terceros posibles
adquirentes? ¿Quiénes son?
Estamos aquí hablando de una reforma de la Ley de Expropiación
Forzosa cuya forma de presentación nos parece inaceptable. Y no vale
decir que el Senado tiene perfecto derecho a presentarlo. Por
supuesto que sí, señor ministro. Las iniciativas que proceden del
Senado acaban discutiéndose aquí también, el problema es que aquí no
se discute nada, nos dan cinco minutos para
que digamos sí o no a lo que ustedes introducen en el Senado, por
trámite de urgencia, donde tampoco ha habido ninguna posibilidad de
estudiar a fondo este tema que tiene mucha repercusión. Desde el
punto de vista de la forma, inaceptable. Desde el punto de vista del
fondo, podríamos aceptar la primera parte; la segunda, no, señor
ministro, por una razón fundamental, porque no me fío de ustedes,
porque ustedes dicen a los que han expropiado que es para un fin
social o un interés general, lo cual supone que podemos destinar
estos inmuebles a este fin. Hasta ahora, la prueba está en esta
Cámara, señores del Grupo Popular: cuando han declarado de interés
general obras hidráulicas -hablo de lo que no conozco más a fondo en
los últimos tiempos-, han declarado obras que obedecen a intereses
particulares y parciales de sus alcaldes. Si esto es así, ustedes
declararán de interés social o general actuaciones urbanísticas que
afectan a los intereses de sus alcaldes. Cuando hablan en la propia
norma de terceros adquirentes, están hablando de terceros
propietarios que no son a los que les expropiaron y a los que habría
que revertir los bienes, sino que son terceras personas, que tampoco
son la Administración. Luego aquí alguien va a obtener un beneficio.

Digan ustedes lo que quieran. Yo puedo ser muy ponderado en las
formas, señor Ortiz, pero estoy hablando con absoluta convicción.

Ustedes están haciendo una auténtica chapuza legal, sea
constitucional o inconstitucional; veremos a ver cuáles son los
intereses o las posibilidades de ejercicio de esa acción por parte de
los afectados si se consideran perjudicados. No voy a ser yo quien lo
diga, pero por supuesto que abren la espita a esa posibilidad.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Vaya concluyendo, señor
Morlán, por favor.




El señor MORLÁN GRACIA: Sí, señor presidente.

Cuando se quiere hurtar el debate aquí, no sé a qué viene tanta
prisa.

Hay otro tema -lo voy a mencionar solamente- que tiene que ver con
otro de los puntos de las enmiendas. Se introduce la posibilidad de
que se diluyan las acciones de responsabilidad de manera inmediata
entre todos los que intervienen, y en el artículo 17 del proyecto de
ley ustedes dicen que el constructor responderá directamente. Cuando
un usuario compra una vivienda, y le dice la ley que el constructor
responderá directamente, al usuario no se le puede engañar con la
disposición adicional séptima, que establece que no responderá
directamente. Lo que pretende el usuario es que responda el
constructor y que si el constructor tiene problemas con sus
subcontratistas, con las personas o sociedades que están haciendo la
obra, que inicie las acciones legales pertinentes, pero que no le
corresponda al usuario. Ustedes están permitiendo que aquí se
confunda y se diluya la responsabilidad entre varios, y se produce
demora en el ejercicio de las acciones



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y mayor sufrimiento para los usuarios, que todavía no saben contra
quién van a tener que acudir en defensa de sus intereses.

Por último, hubo un compromiso en esta Cámara de que el código
técnico de la edificación se iba a modificar en el Senado, de forma y
manera que estuviera redactado en el plazo de un año. Ese compromiso
se incumple. Me gustaría saber, si ustedes aceptan que ese compromiso
se ha incumplido y tienen ganas de remediarlo, qué es lo que quieren
hacer para que ese compromiso se cumpla. Nos quedan dos meses y pico
de legislatura. Si ustedes quieren cumplir con su compromiso, hay
muchos trámites si hay voluntad política de hacerlo; podría ser un
proyecto de ley de lectura única que perfectamente saben que en
veinticuatro horas se soluciona, sobre todo cuando hay acuerdo y en
este caso lo hay para que el código técnico se redacte en el plazo de
un año.

En fin, señorías, me gustaría que esta ley hubiera llevado otra
tramitación, sobre todo en el aspecto fundamental de la reforma de la
reversión, en la Ley de Expropiación Forzosa. Como ustedes se
empecinan en mantenerla y no enmendarla, en la próxima legislatura se
la modificaremos desde el Gobierno.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señor
Morlán.

Finalmente, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Ortiz.




El señor ORTIZ GONZÁLEZ: Señor presidente, señorías, sean mis
primeras palabras -no por cortesía sino por afecto, afecto construido
a lo largo de unas cuantas legislaturas- para el señor Recoder. Señor
Recoder, le felicito por su presencia en esta Cámara en la medida que
yo le he conocido, en la que ha sabido aunar la eficacia al servicio
de las finalidades y objetivos de su grupo con su presencia en los
temas generales y su capacidad de consenso, de concordia y de pacto
como caracteriza a su tierra. En el orden personal, he de decir que
me honro con su amistad, espero que me siga honrando usted con la mía
y estoy seguro de que habrá ocasiones en las que sigamos
profundizando y consolidando esa amistad.

Entrando ya en el tema del debate, es obvio que en la aprobación de
las enmiendas del Senado se produce la culminación de un largo
proceso de discusión parlamentaria en el Congreso, en Pleno, en
Comisión, en el debate inicial de totalidad, en los que han seguido,
en el debate final, posteriormente en el Senado y también un proceso
anterior de elaboración de lo que finalmente es ley. En otra etapa
con responsabilidades en el entonces Ministerio de Obras Públicas y
Urbanismo dejé algún texto de aproximación a este ley. Gobiernos
posteriores también lo intentaron, pero hay que decir que ha sido el
Gobierno de José María Aznar y del Partido Popular y su ministro de
Fomento los que han
logrado que esta aspiración de muchos años se convierta hoy en
realidad.

Por otra parte -como recordaba muy bien el señor Recoder-, se
completa una actuación normativa en materias conexas con la política
de vivienda, cuyos protagonistas parlamentarios hemos sido
prácticamente los mismos, el Gobierno de José María Aznar y el
ministro de Fomento, cuyos hitos son la Ley del régimen del suelo y
valoraciones, de 13 de abril de 1998, que supone una filosofía
absolutamente nueva en este punto distante -porque el modelo del
Grupo Socialista y el nuestro son distintos en materia de política de
suelo, nuestra política se orienta a aumentar la oferta de suelo y no
a medidas intervencionistas-, y también la Ley de Propiedad
Horizontal. Esto más el Plan de vivienda en vigor expresan la
importancia que el Gobierno de José María Aznar da a la política de
vivienda.

Entrando en esta ley que tenemos delante, no vale la pena repetir los
debates. Recordar sus objetivos de calidad, responsabilidad y
garantías a través de la fórmula del seguro sería incurrir en una
obviedad. Por cierto, al hablar de la responsabilidad quiero
desmentir alguna de las últimas apreciaciones del señor Morlán en lo
que concierne a la disposición adicional séptima. Sigue viva en la
ley la responsabilidad fundamental, solidaria y prioritaria o
preferente del promotor. No es el usuario el que tiene que ocuparse
de que esa responsabilidad se diluya, porque esa responsabilidad no
se diluye. Relea S.S. el texto. Es el demandado y, por tanto, el
promotor al que se le permite, para preparar su acción de repetición
contra otros intervinientes en el proceso productivo, solicitar la
notificación -sólo la notificación- a los demás intervinientes en el
proceso productivo con ocasión de la demanda. Consiguientemente, no
hay modificación de responsabilidad, no hay dilución de
responsabilidad, lo único que hay es un trámite de notificación al
promotor para que se vaya sabiendo cuáles son otros posibles
responsables en ese proceso en cuestión.

En cuanto al derecho de reversión, no tengo que recordar que es un
derecho regulado en una Ley del año 1954 y en un Reglamento de 1957,
por consiguiente preconstitucional; es una ley obsoleta que está al
margen de los fenómenos que se han producido desde entonces, en
particular, una presencia en los procesos edificatorios y
constructivos muy importantes de las administraciones de carácter
público y, por tanto, con muchísimos supuestos de expropiación.

Consiguientemente no desaparece la necesidad de una revisión general
de esta ley, insisto, preconstitucional.

El derecho de reversió -no tengo que recordarlo, pero ante algunas de
las manifestaciones del señor Morlán parece que sí tengo que
hacerlo-, es un derecho que el Tribunal Constitucional considera de
configuración legal. ¿Qué quiere decir esto? Que no figura en el
repertorio de derechos y garantías fundamentales de nuestra
Constitución, sino que es un derecho a configurar por el legislador.

Repase la jurisprudencia del



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Tribunal Constitucional, señor Morlán. Esto permite a los gobiernos
-al legislador, en definitiva, porque lo que hace el Gobierno es
proponer a las cámaras legislativas- un margen importante de
actuación en la determinación del diseño o en la modulación de los
términos de su ejercicio, que es lo único que se hace en la nueva
regulación del derecho de reversión de los artículos 54 y 55. Se
trata de los términos del ejercicio del derecho de reversión. En
ningún momento se cuestiona el principio de la procedencia del
derecho de reversión cuando desaparece la causa expropiante, porque
mientras la causa expropiante permanezca abierta y viva permanece el
derecho de reversión.

Lo único que se propone, señor Morlán, y señores portavoces de la
oposición, es afrontar un problema de economía procesal o
procedimental. Si a un fin de interés o utilidad pública concreto
sustituye otro fin también de interés público o de utilidad pero
distinto, no tendría sentido que se ejerciera el derecho de reversión
para al día siguiente, si me permiten la expresión coloquial, abrir
un nuevo expediente de expropiación. Esto y no otra cosa es lo que
pretende sustancialmente la modificación del artículo 54, que es la
modificación fundamental que se produce en lo que concierne al
derecho de reversión, buscando la coincidencia o la sintonía con la
última regulación del derecho de reversión que se contiene en la Ley
del suelo, de 13 de abril de 1998, que tampoco es sustancialmente
distinta de la que existía en el texto refundido de 1992. Por tanto,
aquí no hay modificación ni innovación y, desde luego, no hay
agresión a los particulares que puedan estar afectados, porque,
insisto, el principio del derecho de reversión se mantiene y lo único
que se varía son los términos de su ejercicio y el diseño en la
configuración del derecho.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Señor Ortiz, debe concluir
su señoría.




El señor ORTIZ GONZÁLEZ: Acabo, señor presidente.

Quisiera hacer tres puntualizaciones. El proyecto de ley de
ordenación de la edificación no es insuficiente, pero no es un texto
reglamentista, como proponía el Grupo Parlamentario Socialista,
pretendiendo la retroacción del proyecto de ley que quedó
desafortunadamente nonato el año 1995. Ustedes tienen un modelo de
ley de ordenación de la edificación, una ley reglamentista donde se
contempla hasta el último supuesto de la casuística, cuando nosotros
creemos que es una ley de principios y de criterios fundamentales, a
la que seguirá, naturalmente, la normativa reglamentaria,
fundamentalmente el código técnico de la edificación. Y desde luego
no es insuficiente, señor Morlán, por no regular la demolición
-aunque no la ha citado, estoy seguro de que pensaba en ella- porque
no forma parte del proceso edificatorio o de construcción.

La ley de ordenación de la edificación sería incompleta -y ésta es la
razón por la que se ha incorporado a la ley de ordenación de la
edificación la nueva regulación
de la reversión- si no tuviera presentes aquellos procesos
edificatorios o constructivos que se inician desde un expediente de
expropiación. Ésa es la razón por la que se incorpora a esta ley de
ordenación de la edificación la nueva regulación del derecho de
reversión.

Ha hecho S.S. una referencia a los terceros posibles adquirentes.

Sería bueno que los portavoces reestudiaran las leyes. En la Ley de
Expropiación Forzosa se contempla un sujeto llamado beneficiario de
la expropiación. Ese beneficiario de la expropiación, que está en la
Ley de 1954 y en la naturaleza de las cosas, es normalmente público,
pero puede haber un supuesto donde ese fin público o utilidad pública
se contemple, se lleve a cabo o se desarrolle a través de una
actuación privada o de una titularidad privada. En ningún caso se
trata de utilizar un fin público para favorecer a privados, como S.

S. ha parecido insinuar.

En cuanto al último punto que ha planteado, antes de iniciar este
debate yo he ofrecido al señor Morlán, y lo he consultado con los
servicios de la Cámara, la disposición de mi grupo a incorporar ya a
este texto lo que se aprobó recientemente en la Comisión de
Infraestructuras, reducir el plazo de dos años al de un año como
plazo que se autoriza al Gobierno para la reelaboración del código
técnico. Mi grupo no tendría inconveniente, si lo permitiera la
normativa reglamentaria en el tratamiento de las enmiendas del
Senado, en incorporar este nuevo plazo de un año. Estudiaremos la
fórmula que permita dar satisfacción a este nuevo plazo en el que
insiste el Grupo Parlamentario Socialista. En todo caso, según mi
información del Gobierno, tenga la seguridad S. S. de que el código
técnico de la edificación estará en el plazo de un año o en torno a
un año.

En definitiva, y acabo ya, señor presidente, estamos en presencia de
una ley importante para la política de vivienda, importante para el
sector y en el que, con las salvedades que la realidad ha puesto de
manifiesto, se ha producido un consenso bastante completo de los
grupos de la Cámara, excepto en este punto del derecho de reversión
sobre el que, señorías, nuevamente se pone en evidencia que estamos
en presencia de dos modelos distintos y, cuando se está en presencia
de dos modelos distintos, las posibilidades de acuerdo están
cerradas, pero esta ley será de enorme utilidad para la política de
vivienda y dará satisfacción a los usuarios en los que se está
pensando; constituye la ratio legis defender a los usuarios ante los
problemas de calidad, de responsabilidad, y dar garantías sobre la
edificación que adquieren o que ocupan.

Muchas gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Marcet i Morera): Muchas gracias, señor
Ortiz.

Tal como se ha anunciado anteriormente, los debates sobre los demás
proyectos de ley que provienen del Senado se continuarán a partir de
las cuatro de la tarde.

Se suspende la sesión.




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Eran las dos y treinta y cinco minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las cuatro de la tarde.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señorías, se
reanuda la sesión.




ENMIENDAS DEL SENADO. (CONTINUACIÓN)



- PROYECTO DE LEY SOBRE SISTEMAS DE PAGOS Y DE LIQUIDACIÓN DE
VALORES. (Número de expediente 121/000168.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Punto 40 del
orden del día: Enmiendas del Senado al proyecto de ley sobre sistemas
de pagos y de liquidación de valores. ¿Grupos que desean fijar su
posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la palabra el
señor Zabalía.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Gracias, señor presidente.




El Grupo Parlamentario Vasco ha participado en los trámites
parlamentarios de este proyecto de ley intentando mejorar el texto
presentado por el Gobierno. Este proyecto de ley es eminentemente
técnico, y tiene por objeto entre otras cuestiones incorporar la
Directiva 98/26, de la Comunidad Europea, del Parlamento Europeo
y del Consejo, sobre la firmeza de la liquidación de los sistemas de
pago y de la liquidación de valores.

Mi grupo parlamentario presentó una serie de enmiendas desde la
perspectiva de contemplar las peculiaridades de nuestra comunidad
autónoma en cuanto al aspecto competencial y al hecho de que en la
misma existe una bolsa de valores, como es la Bolsa de Bilbao. Ha
habido negociaciones en el trámite parlamentario que han dado como
fruto que se hayan incorporado tres de nuestras propuestas de
enmiendas: una la del artículo 3, apartado c), en cuanto a acuerdos
en los que podrán reconocerse como sistemas a efectos de la ley las
normas generales de adhesión y de funcionamiento, y éstas puedan ser
aprobadas además por el órgano competente de la comunidad autónoma en
los casos especificados. Otra, la correspondiente al artículo 3,
apartado b), en el sentido de que puesto que la Comunidad Autónoma
del País Vasco tiene competencia en la supervisión de los órganos
rectores de las bolsas de valores ubicadas en ese territorio, de la
misma forma debe tenerse en cuenta también la posibilidad de poder
tener esa competencia de supervisión en cuanto a los centros de
contratación de mercancías. La tercera cuestión planteada por mi
grupo parlamentario, que igualmente ha sido objeto de transacción, es
el artículo 5 que trata del régimen de disciplina, también en cuanto
al respeto competencial para los centros de contratación.

Las restantes enmiendas no han sido admitidas pero tenían un
carácter eminentemente técnico o de mejora de la regulación en unos
casos, como por ejemplo la número 7 al artículo 8 que simplemente
propone una ubicación distinta de la regulación de los sistemas
españoles reconocidos por la ley, o la enmienda correspondiente al
artículo 6 párrafo 2, o la enmienda 8 al artículo 16.3, que pretenden
agilizar y mejorar el sistema de comunicación. Como digo, las
importantes han sido incorporadas; por tanto mi grupo parlamentario
entiende que se han visto reconocidas las propuestas en un grado
importante dentro de este proyecto de ley, y en consecuencia vamos a
dar nuestra aprobación tanto a las enmiendas del Senado como al
proyecto de ley, con el texto que ha quedado finalmente redactado.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Zabalía.

En nombre del Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Guardans.




El señor GUARDANS I CAMBÓ: Gracias, señor presidente.




Mi intervención va a ser muy coincidente con la del portavoz del
Grupo Parlamentario Vasco, puesto que las enmiendas que mi grupo
había planteado en esta Cámara y que posteriormente volvió a plantear
en el Senado, en buena medida dada la celeridad con la que esta ley
fue tramitada a su paso por el Congreso, coincidían en buena parte,
al menos las que eran más importantes, en su espíritu y en algún caso
incluso en su forma con las que planteaba el Grupo Parlamentario
Vasco. Por tanto, tenemos que felicitarnos porque estas enmiendas
hayan sido finalmente aceptadas en la formulación que el Grupo Vasco
les dio en el eje fundamental, y era el reconocimiento que como en
tantas otras cosas hay que estarlo reclamando paso a paso, porque
parece que hay gente que lo olvida constantemente de que en la
Constitución española hay un título VIII, que fruto de ese título
VIII son los estatutos de autonomía, que fruto de esos estatutos de
autonomía son los gobiernos autonómicos con competencias y que fruto
de esas competencia son una serie de potestades, de poderes en
concreto en las consejerías de economía de aquellas comunidades
autónomas que tienen en su sede mercados secundarios. Es lamentable
tener que estar recordando todo eso por vía de enmienda, como si
fuera una especie de reclamación de algo que hay que estar sacando
con sacacorchos cuando debería ser algo absolutamente normal y
asumido en un proyecto de ley. Así ha sido una vez más en este caso.

El Gobierno al realizar el proyecto de ley había olvidado que eso es
así, había traspuesto la directiva corrigiéndola en algunos puntos y
sin embargo en éste había tratado al mercado bursátil español como si
no existiera más Bolsa que la de Madrid y sacando de ahí unas
consecuenciasque no se corresponden con el reparto de



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poderes. Nos felicitamos porque eso ya no sea así en el texto que hoy
se aprobará en esta Cámara y que esas enmiendas hayan quedado
añadidas en la formulación, insisto, que les había dado el Grupo
Vasco.

Teníamos otra enmienda -que finalmente no fue admitida en el Senado y
en relación con la cual sólo quería hacer mención- de carácter
técnico pero decierta importancia que quizá se verá en la práctica en
el futuro, relativa a la ley aplicable, a la norma de derecho
internacional privado que contiene el artículo 15 de la ley, que no
nos parece esté correctamente redactado y que mantiene alguna
diferencia respecto al texto de la directiva. De todos modos es
ciertamente un tema menor y, en consecuencia, nosotros nos
felicitamos porque esta ley, eminentemente técnica pero muy
importante, vea su aprobación. En consecuencia, mi grupo la votará
favorablemente.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Guardans.

En nombre del Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Muchas gracias, señor presidente.

La verdad es que ahora que estamos en tiempo de presupuestos y viene
la discusión de la ley de acomodamiento presupuestario, al discutir
las enmiendas del Senado a este proyecto de ley va mucho de lo que
intento decirles. El trámite del Senado no puede ser la puerta por la
que se introduzcan modificaciones sustantivas que no obedecen a la
voluntad inicial de la propia ley. El objetivo de esta ley no era ni
más ni menos que una vez aprobada por el Consejo de la Unión Europea
una directiva, la Directiva 98/26 sobre la firmeza de liquidación en
los sistemas de pago y liquidación de valores, aprobada por el
Consejo el día 19 de mayo, incorporarla a nuestra regulación, primero
con el fin de reducir los riesgos jurídicos que podía llevar
aparejada la participación en nuestros sistemas de pago; segundo,
para garantizar que en el mercado interior se pudieran efectuar pagos
sin impedimento alguno; y, tercero, mediante la aceptación de
garantías constituidas poder contribuir a la política monetaria. Pero
lo cierto y verdad es que las enmiendas del Senado, salvo las que
hacen referencia a reconocer la realidad de algunas comunidades
autónomas que tienen mercados de valores, y eso afecta a la enmienda
al artículo 3 y a la enmienda al artículo 5, lo que se hace en las
disposiciones adicionales no es ni más ni menos que una improvisación
legislativa, o aprovechando que esto viene por aquí meter todo lo que
se me ha olvidado.

Es verdad que en la disposición adicional sexta figura que el 31 de
diciembre del año 1999 será inhábil a efectos de liquidación de
obligaciones de los sistemas de pago interbancario, y aunque no
estuviese recogido
en la previsión originaria no me parece mal, pero la disposición
adicional quinta habla de modificar la Ley 46/1984, sobre regulación
de instituciones de inversión colectiva; la disposición adicional
séptima habla de la modificación de la Ley 30/1995, sobre la
ordenación y supervisión de los seguros privados; la disposición
adicional octava modifica la ley de la jurisdicción Contencioso-
administrativa incorporando un trámite, y una vez que el Ministerio
de Hacienda rechace o resuelva un recurso de alzada, la única
instancia que puede actuarse es la de la Audiencia Nacional en lo
Contenciosoadministrativo. Yo no sé si es que el Gobierno estaba
durmiendo el sueño de los justos, si es que necesitaba producir esta
modificación, si es que en el trámite del Congreso -yo las he leído
todas- las enmiendas que se presentaron hacían referencia a esto o es
que al Gobierno le ha sobrevenido una especie de conocimiento y ha
tenido que incorporar, vía enmiendas del Senado, todas estas
modificaciones que no obedecen a los efectos que pudiera producir la
directiva, sino aprovechando que estamos regulando eso adecuar toda
una serie de vertientes que tienen más o menos relación; por ejemplo,
el artículo 10 de la ley relativa a las instituciones de inversión
colectiva, o el artículo 25 sobre las inversiones de patrimonio, los
fondos para esa inversión.

Nosotros consideramos que esta técnica es abusar del trámite
parlamentario, es tratar de evitar debates acá, es una excesiva
improvisación parlamentaria y eso no es bueno; las leyes que se
improvisan de esta manera no son bien recibidas por los ciudadanos
que las deben cumplir ni por la Administración de justicia que las
tiene que interpretar y vía disposiciones adicionales hemos hecho
modificaciones sustantivas que después tendrán que ir incorporándose
a lo que son los textos refundidos de cada ley.

Tengo que reconocer que la disposición adicional cuarta, que hace
referencia al régimen jurídico del control de cambios, tiene al menos
relación con el artículo 57.2 del Tratado de la Comunidad Europea, es
decir tiene relación con el objetivo que tenía originariamente esta
ley, pero las demás no. Mi grupo no está en condición de apoyar esas
modificaciones porque no han sido fruto de las propuestas del
Gobierno ni han sido fruto del debate que hemos tenido en esta
Cámara, y no tiene por qué aprovecharse esta regulación para
modificar esos cuerpos legales. En todo caso, hágase en disposiciones
específicas o en la discusión de cada una de ellas.

Por tanto, salvo recoger la precisión de la realidad de las
comunidades autónomas en los artículos 3 y 5 y en las disposiciones
que hacen referencia a lo que pudiéramos llamar efectos o condiciones
en las que se produce la directiva de la Unión Europea y la
declaración del día 31 de diciembre, vamos a votar en contra de las
demás enmiendas que propone el Senado, no solamente porque no hacen
referencia a este texto, sino



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porque aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid lo traen
hasta Madrid y lo modifican.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Ríos.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
señor Martínez Sanjuán.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Gracias, señor presidente.




Es la primera vez que en el Pleno del Congreso se habla de este
proyecto de ley, porque no tuvo enmiendas de totalidad y se tramitó
con competencia legislativa en Comisión. En este trámite de hoy voy a
hacer algunas precisiones en relación con la posición del Grupo
Parlamentario Socialista.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Martínez
Sanjuán, perdone que le interrumpa ...




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: No voy a entrar en debate. He oído al
señor presidente, señor Vicepresidente actuando de presidente: le he
oído y no voy a contravenir ni mucho menos su planteamiento, pero sí
quiero decir que el Grupo Parlamentario Socialista no presentó
enmienda de totalidad y aceptaba globalmente el proyecto; que en la
Comisión de Economía se trabajó bien, con diálogo, con posturas de
aproximación, y la prueba está en que al Grupo Parlamentario
Socialista se le aprobaron cuatro enmiendas en el trámite del
Congreso y tres enmiendas transaccionales; luego estábamos de acuerdo
en la filosofía del proyecto, estábamos de acuerdo con la tramitación
parlamentaria que se había hecho en la Comisión de Economía y
pensábamos que íbamos a estar de acuerdo con el proyecto que venía
del Senado.

Pero, señor presidente, empiezo a estar preocupado por el Grupo
Parlamentario Popular. No sé si han caído en una especie de
enmiendadicción, porque proyecto de ley que pasa por el Senado y
venga a lo que venga desde luego se aprovecha para hacer los cambios
oportunos y necesarios que interesan al Grupo Parlamentario Popular o
interesan al Gobierno. Esto es preocupante, señor presidente, porque
no se puede aprovechar cualquier trámite parlamentario ni cualquier
ley para ir colgando mediante disposiciones adicionales cambios en
leyes que no tienen nada que ver con el actual proyecto de ley.

Sabíamos que con la Ley de acompañamiento en el Senado pasó lo que
pasó el año anterior, pero no esperaba este grupo parlamentario,
señor presidente, que una ley tan técnica como la que estamos
discutiendo se aprovechara para hacer lo que se ha hecho en el
Senado. Empiezo a mirar con lupa las enmiendas que vienen del Senado,
porque ya no sé si en determinado momento nos vamos a encontrar una
enmienda del Grupo Parlamentario Popular con alguna modificación
constitucional. Tal es la locura
en la que está incurriendo el Grupo Parlamentario Popular, que ya es
preocupante.

Como decía el señor Ríos -y no voy a reproducir sus palabras porque
son obvias-, se ha aprovechado este proyecto de ley para cambiar
cinco leyes que no tienen nada que ver con el actual proyecto de ley.

Tengo la sensación, señor presidente, señoras y señores diputados, de
que cuando hay una ley que tiene que ver con valores o con
transacciones económicas, se cambian proyectos de ley que parece
tienen algo que ver con la economía; pero ésta no es la filosofía, y
a través de disposiciones adicionales nuevas se ha cambiado la ley de
inversión colectiva, que curiosamente y en el caso de que hubiese
habido enmiendas de totalidad, estaba previsto discutir hoy en el
Pleno del Congreso la modificación de la ley de 1984, y se ha
cambiado la ley de regulación y supervisión de seguros privados.

¿Alguien me puede explicar qué tiene que ver este proyecto de ley con
la composición de la Comisión liquidadora de las entidades de
crédito, con cómo se elige el presidente y si va a tener ocho
miembros? ¿Qué tiene que ver esto con el proyecto de ley o que tiene
que ver el proyecto de ley con la modificación de la jurisdicción
Contencioso administrativa?
Podríamos aceptar -y va a ser la única concesión que vamos a hacer a
las enmiendas del Senado en nuevas disposiciones adicionales- la
modificación de la Ley de control de cambios, que parece tiene una
relación colateral con las transacciones y firmeza en los movimientos
de capitales en la Unión Europea; pero tampoco tiene que ver. Por
tanto, señor presidente, nuestro grupo no puede aprobar estas
enmiendas. No porque esté de acuerdo, a favor o en contra del fondo,
sino por la forma, y las formas en una democracia parlamentaria hay
que cuidarlas, señor presidente; no se puede aprovechar cualquier
trámite parlamentario para cambiar lo que se quiera.

Jocosamente, con la introducción de la disposición adicional sexta se
produce la circunstancia de que el día 31 de diciembre de este año se
declare inhábil a efectos de los sistemas de pago y confirmación de
valores en el territorio español porque el Gobierno está reconociendo
implícitamente que no se fía de lo que puede pasar el día 31 de
diciembre con ocasión del cambio de milenio y los problemas
informáticos. Esto señor presidente no se justifica con las alharacas
del ministro de Economía y Hacienda mandando miles y miles de cartas
a las pequeñas y medianas empresas de este país diciendo que está
todo solucionado. Como no queremos incurrir en que si falla algo y el
día 31 de diciembre fuera hábil también echaran la culpa al Partido
Socialista, vamos a votar afirmativamente aun reconociendo que, como
el resto de las disposiciones adicionales, no tiene nada que ver con
este proyecto de ley.

Por eso, señor presidente -y termino-, nuestro grupo va a votar en
contra de las disposiciones adicionales quinta, séptima y octava, que
ha introducido el Senado en el trámite parlamentario.




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Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Albendea.




El señor ALBENDEA PABÓN: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, antes de entrar en la fijación de posición de mi grupo en
relación con las enmiendas del Senado, quiero advertir a efectos de
su constancia en el «Diario de Sesiones» y su adecuada inclusión en
el Boletín Oficial de las Cortes Generales, la existencia de dos
errores gramaticales. En el párrafo cuarto del apartado c) del
artículo 2 de este proyecto, donde dice «en el sistema de cuentas»
debe decir «en el sistema, cuentas», es decir sustituir la
preposición de por una coma. El segundo error gramatical está en el
apartado c) del artículo 3, en la enmienda introducida por el Senado.

Donde dice «en mercados de sistemas de negociación», debe decir «en
mercados o sistemas de negociación».

Entrando en las enmiendas, anticipo que el Grupo Parlamentario
Popular va a votar favorablemente todas las enmiendas aprobadas en el
Senado excepto la incluida en el proyecto como disposición adicional
séptima, porque como decían algunos portavoces que me han precedido
en el uso de la palabra hay algunas disposiciones que no tienen
ubicación lógica en este proyecto de ley y por tanto nosotros vamos a
votar en contra; pero sí vamos a votar a favor de las demás porque
creemos que sí tienen relación. Por tanto, me voy a referir muy
sucintamente al contenido de cuatro de las cinco enmiendas de adición
que se han introducido en el proyecto de ley.

La disposición adicional cuarta modifica algunos preceptos de la Ley
40/1979 sobre régimen jurídico de control de cambios. Con dichas
modificaciones se pretende de una parte acomodar la legislación
española al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea en materia
de movimiento de capitales y pagos y concretar el órgano y el
instrumento jurídico a través del cual España, en tanto que Estado
miembro de la Unión Europea, puede adoptar medidas unilaterales
contra un tercer país. De otra parte, se permite en dicha disposición
adicional cuarta flexibilizar la vía de aplicación de medidas
adoptadas por organismos internacionales distintos de la Unión
Europea y de los que España sea miembro, como es el caso de Naciones
Unidas. En la misma disposición adicional se propone un nuevo
apartado al artículo 10 de la citada Ley de control de cambios
referido a las infracciones administrativas. Debería estar claro que
la infracción más grave que puede existir en esta materia es el hecho
de quebrantar la prohibición de realizar determinados movimientos de
capitales. Sin embargo, en la actual ley ese ilícito administrativo
no está tipificado por lo que en principio caería dentro de la
cláusula general del artículo 10.2, relativa a las
infracciones leves, y lo que se hace es tipificar esa infracción.

También se concretan, en sentido contrario, las infracciones leves,
abandonando la técnica de la cláusula general precisamente en aras
del principio de seguridad jurídica.

Con la disposición adicional quinta se modifica la redacción de los
artículos 10 y 25 de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora
de las instituciones de inversión colectiva. Con la reforma que se
introduce en el artículo 10 de esa ley se pretende, acomodándola a lo
que decía la Ley del Mercado de Valores, facilitar a estas
instituciones la constitución de prendas sobre valores en garantía de
las obligaciones constituidas frente a un mercado secundario oficial
o sus sistemas de compensación y liquidación. Se pretende, por tanto,
que la constitución de garantías que caracteriza las operaciones en
mercados derivados organizados resulte menos onerosa para la entidad
y se pueda ofrecer una mayor rentabilidad a los inversores. Con la
otra modificación que se prevé de esta ley, la del artículo 25, se
permite que los fondos de inversión en activos del mercado monetario
inviertan hasta el 25 por ciento de su activo en valores de renta
fija. Con ello se permitirá a los FIAM ofrecer mejor rentabilidad a
sus partícipes en un momento que los tipos de interés están en
niveles sensiblemente bajos.

Con la disposición adicional sexta se declara inhábil el 31 de
diciembre de 1999 a efectos de liquidación de obligaciones en los
sistemas de pago interbancarios. Con esto, señor Martínez Sanjuán, no
es que el Gobierno no tenga confianza en que sus medidas vayan a
surtir efecto en cuanto a los problemas del efecto 2000; sigue una
recomendación del Consejo Ecofin del 17 de abril en lo concerniente a
las medidas estatales para hacer frente a dicho efecto 2000, y por
tanto su posible incidencia en los sistemas bancarios.

La disposición adicional séptima pretende modificar el artículo 32 de
la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados con objeto
de aclarar determinados aspectos sobre los órganos de gobierno y
administración de la Comisión liquidadora de entidades aseguradoras,
y entiende mi grupo parlamentario que su ubicación no es la adecuada
en este proyecto de ley.

La disposición adicional octava modifica la disposición adicional
cuarta de la Ley reguladora de la jurisdicción Contencioso-
administrativa con objeto de que las resoluciones del ministro de
Economía y Hacienda que resuelvan recursos de alzada contra actos o
disposiciones dictadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría
de Cuentas, si tienen relación con el tema de los sistemas de pago
sean recurribles directamente y en única instancia ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. ¿Qué se pretende
con ello? Pues se pretende equiparar el Instituto de Contabilidad
y Auditorías de Cuentas a otros órganos tales como el Banco de España,
la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Tribunal de Defensa
de la Competencia, y así hasta 11 organismos a los que se ha pro
cedido



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a realizar la excepción prevista en la disposición adicional cuarta
de la Ley de la jurisdicción Contencioso- administrativa.

Por tanto, en base a todo lo expuesto mi grupo apoyará todas las
enmiendas introducidas en el Senado a este proyecto de ley, excepto
la que figura como disposición adicional séptima.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.




- PROYECTO DE LEY PARA PROMOVER LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y
LABORAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS. (Número de expediente 121/
000172.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Pasamos al
punto 41 del orden del día: Enmiendas del Senado al proyecto de ley
para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las
personas trabajadoras. ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la palabra el
señor Caballero.




El señor CABALLERO BASÁÑEZ: Gracias, señor presidente.




Señorías, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-
PNV) para fijar la posición de nuestro grupo sobre las enmiendas
adoptadas por el Senado en relación al proyecto de ley para promover
la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas
trabajadoras.

Durante la tramitación de este proyecto de ley el Grupo Vasco ha
presentado diversas enmiendas, algunas de las cuales han sido
aceptadas, enmiendas fundamentalmente orientadas hacia una mejor
defensa y desarrollo de la adopción y el acogimiento familiar en la
dirección de que fuese tenido en cuenta el permiso de 16 semanas para
todos los casos de adopción, independientemente de la edad del menor
adoptado, y también la ampliación del permiso de dos semanas en el
caso de adopciones de grupos de hermanos para asimilarlo al permiso
por parto múltiple. Asimismo, presentamos enmiendas para la
equiparación de las diferentes figuras jurídicas de las legislaciones
de los Estados sobre los menores, tutela y adopción simple, a la
adopción plena o acogimiento preadoptivo de nuestra legislación en
relación con el permiso laboral y otros beneficios fiscales y
sociales. También en relación a que se contemplasen como permiso o
ausencias justificadas del trabajo las horas necesarias para la
realización de todas las gestiones derivadas del proceso de adopción,
así como las necesarias para la realización de los seguimientos
periódicos para comprobar la adaptación e integración del nuevo
núcleo y entorno familiar y social que la mayoría de los Estados
obligan a hacer una vez
que los menores se encuentran con su nueva familiaentre nosotros.

Aunque algunas de estas enmiendas, para una mejor defensa y
desarrollo de la adopción y el acogimiento familiar, no han sido
tenidas en cuenta en el transcurso de la tramitación de este proyecto
de ley, vamos a votar favorablemente el proyecto de ley y las
enmiendas tal como viene remitido desde el Senado.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Caballero.

En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió),
tiene la palabra la señora Solsona.




La señora SOLSONA I PIÑOL: Muchas gracias, señor presidente.

Voy a intervenir muy brevemente. Sólo para expresar la aceptación por
parte de nuestro grupo, Convergència i Unió, de las enmiendas
remitidas por el Senado al proyecto de ley para promover la
conciliación de la vida laboral y familiar de las personas
trabajadoras, ya que todas ellas, sin modificar en su esencia el
texto remitido por el Congreso, representan una mejora técnica del
mismo y una mayor coherencia en su redacción.

A la vez, quiero manifestar ante esta Cámara, señor presidente, la
satisfacción de mi grupo por este proyecto de ley, del que se siente
impulsor y coautor. La ley de conciliación es una importante medida
destinada a combatir la discriminación entre hombres y mujeres en el
mundo del trabajo. La evolución de la estructura demográfica, de la
composición de los hogares y de los tipos de familia requieren nuevas
respuestas que se correspondan con las nuevas condiciones de vida.

La política familiar debe contemplarse en el contexto de los cambios
demográficos, los efectos del envejecimiento de la población, el
acercamiento entre generaciones y la promoción de la participación de
las mujeres en la vida activa. Promover soluciones viables para
afrontar estos cambios y para la conciliación de la vida laboral con
las necesidades familiares, domésticas y personales es el desafío de
las distintas fuerzas políticas y del Estado en particular. Este
proyecto de ley responde en parte a estas necesidades.

Nada más, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Solsona.

En nombre del Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Gracias, señor presidente.




Una vez explicitada por parte de nuestro grupo la posición respecto a
este proyecto de ley de conciliación de la vida familiar y
profesional, entendemos que sólo nos queda posicionarnos respecto a
las enmiendas que vienen del Senado y, por tanto, en este sentido,



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con el rigor que se nos ha recomendado por parte de la Presidencia de
esta Cámara, vamos a hacerlo inmediatamente.

Ya hemos dicho que para nosotros las alforjas de esta ley vienen
medio vacías, como decía el portavoz de Izquierda Unida que me
precedía en el trámite anterior. En cualquier caso, de las enmiendas
que vienen del Senado, nosotros creemos que son susceptibles de
aprobación por parte de esta Cámara todas ellas, puesto que son
mejoras técnicas, excepto la última, aquella que hace referencia al
artículo vigésimo, que trata del permiso por maternidad y paternidad.

Entendemos que el explicitar, como hace la enmienda del Senado, que
en los casos de disfrute simultáneo del período de descanso la suma
de los mismos no podrá exceder de las 16 semanas previstas en los
apartados anteriores o de las que correspondan en caso de parto
múltiple, lo que hace es sencillamente explicitar la limitación que
ya estaba prevista en el texto anterior. En cualquier caso, nos da
ocasión para fijar nuestra posición en contra de esta situación.

Nosotros creemos que tanto el derecho al permiso por parte del padre
como de la madre son derechos de tipo individual. En este sentido, no
deben ser compartidos, sino que, al simultanearlos, se debe también
respetar el ejercicio de ese derecho individual del padre y de la
madre. Por tanto, en la medida en que se nos da oportunidad a una
enmienda que ya había pasado por el trámite del Congreso -diríamos-
de forma desafortunada, con el rechazo de la mayoría de la Cámara,
volvemos a mantener nuestra posición en esta ocasión y por tanto
vamos a votar en contra de esta enmienda que viene del Senado.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Por el Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Cortajarena.




La señora CORTAJARENA ITURRIOZ: Muchas gracias, señor presidente.

Vamos a proceder al debate y aprobación, en su caso, de las enmiendas
del Senado al proyecto de ley de conciliación de la vida laboral y
familiar. Repasando en las hemerotecas lo dicho por el Partido
Popular, este proyecto de ley lo han calificado como histórico y de
un gran interés social, afirmando que supone un paso decisivo en las
políticas para la igualdad. Pero sin ninguna razón aparente -diría
yo-, señorías, nos hemos encontrado con una tramitación un tanto
atípica. En primer lugar, porque con fecha 27 de julio se concedió
capacidad normativa plena a la Comisión de Política Social y Empleo
para revisar el texto y, en segundo lugar, porque la tramitación y la
defensa en el Pleno del Senado se hizo con nocturnidad y yo diría que
con muchas prisas y poco tiempo. No sabemos cuál es la razón de este
acelere que le ha entrado al Gobierno ...

El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Discúlpeme,
señora Cortajarena, le llamo a la cuestión porque ha quedado bien
claro que SS.SS. deben referirse en su fijación de posición a las
enmiendas que el Senado ha enviado a esta Cámara. Por tanto, le ruego
que lo haga en ese sentido y que su intervención no entre en asuntos
distintos a los estrictamente reglamentarios en este caso.




La señora CORTAJARENA ITURRIOZ: Gracias, señor presidente.

Lo que pasa es que mi grupo parlamentario estima que la tramitación
de un proyecto de ley que se considera histórico y que va a suponer
un hito en las relaciones y en la conciliación de la vida laboral y
familiar merece por lo menos un enunciado, dado que en el Pleno de
esta Cámara no se ha visto el texto.

Pero, corrigiéndome, voy a atender a la petición que ha hecho la
Presidencia y voy a poner de relieve tres aspectos a la hora de
aceptar o no las enmiendas. En primer lugar, deseo decir que nos ha
parecido muy cicatera la disposición del Grupo Parlamentario Popular
para negociar, dado que no ha hecho caso ni a las enmiendas que han
presentado los grupos que le apoyan ni a las que se han presentado
desde la oposición.

En segundo lugar -y me parece muchísimo más grave y por eso tenemos
dudas respecto al texto-, la trasposición de las directivas
comunitarias exige que los derechos sean de carácter individual, del
padre o de la madre, y con esta nueva ley les hemos dejado un trabajo
ímprobo a las mujeres, porque no solamente tienen que conciliarse
consigo mismas, sino que se tienen que conciliar con sus maridos o
con sus compañeros y les tienen que convencer, con dotes de
persuasión y yo diría que de inteligencia, de buen humor y de
perseverancia sobre todo, de que ellas están muy agotadas y de que
sean ellos quienes cojan el permiso. De verdad que me parece que es
un cambio muy pequeño en una vida.

En tercer lugar, no podemos pasar por alto que el dictamen del
Consejo Económico y Social también hacía hincapié en que es
necesario, además de la conciliación de la vida laboral y familiar,
prestar una serie de servicios sociales, de servicios de proximidad
que liberen a las mujeres de la atención de los menores, de cero a
tres años, y de la atención de los ancianos. Por tanto, aunque la ley
no nos parece un gran avance, el planteamiento del Grupo
Parlamentario Socialista va a ser apoyar el proyecto de ley.

Por otro lado, queremos decir que en cuanto a la edad de seis años
que se ha establecido para disfrutar de los permisos, estamos
absolutamente en contra y así lo vamos a votar.

Además hay un error, ya que hablan de los minusválidos, cuando desde
el Defensor del Pueblo se dijo de los discapacitados, que es un
término que se ha acuñado aquí, en este hemiciclo y en esta Cámara.

Creo que es un error que se podrá corregir.




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Por último, señor presidente, las mujeres estimamos que vamos a pasar
de la perplejidad a la irritación, y supongo que a la acción, porque
esta ley, que podía ser realmente un hito en la conciliación y en la
equiparación entre hombres y mujeres, va a quedar muy coja en las
expectativas que han creado.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Cortajarena.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Sainz.




La señora SAINZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, nuestro grupo va a votar a favor de las enmiendas del
Senado que son, como ya ha dicho alguna de las portavoces que ha
intervenido, enmiendas todas ellas de mejora técnica o de coherencia
con las enmiendas que habían sido ya aprobadas también y que, por
tanto, introdujeron algunas variaciones en el texto primero de la ley
o, en su caso, de adaptación de terminología que figura en otras
leyes y, por tanto, de coherencia con otros textos legales de nuestro
ordenamiento jurídico. Al aprobar estas enmiendas aprobaremos una ley
que, a juicio de nuestro grupo, se enmarca en la decidida política de
igualdad de oportunidades que este Gobierno está impulsando.

Creemos que va a suponer un avance importante en esa necesaria
conciliación entre la vida familiar y laboral, entre hombres y
mujeres, que todos los grupos políticos demandamos. Era preciso, sin
duda, un marcolegal, y esto se ha ido reconociendo a lo largo del
debate parlamentario, tanto en el Congreso como en el Senado, que
contribuyera a mejorar esas posibilidades de incorporación de las
mujeres al mundo del trabajo y a la conciliación a la que alude
precisamente el texto de la ley.

Haciendo caso de las recomendaciones de la Presidencia, voy a
terminar agradeciendo a todos, aunque haya habido importantes
discrepancias con algunos grupos políticos, el trabajo, que lo ha
habido de todos, pero de una manera especial el de Convergència i
Unió, que compartió con nuestro grupo también importantes y numerosas
enmiendas. Nuestro grupo considera que estamos ante una ley
importante. Sabemos también que, además de ese marco normativo, es
preciso el esfuerzo de todos: el esfuerzo de las mujeres, de los
hombres, de los empresarios, empresarias, trabajadores, para que
podamos vivir en una sociedad de bienestar, en una sociedad que de
verdad sea justa y democrática por la igualdad, que es uno de los
principios básicos de toda la sociedad; principio que creemos que
claramente se recoge en esta ley.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Sainz.

- PROPOSICIÓN DE LEY SOBRE NOMBRE Y APELLIDOS Y ORDEN DE LOS MISMOS.

(Número de expediente 122/000260.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Punto 42 del
orden del día: Proposición de ley sobre nombre y apellidos y orden de
los mismos. Enmiendas del Senado a esta proposición de ley. ¿Grupos
que sesean fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra, en primer
lugar, la señora Rivadulla.




La señora RIVADULLA GRACIA: Muchas gracias, señor presidente.

Iniciativa per Catalunya-Els Verds va a votar a favor de las
enmiendas del Senado porque entiende que en su mayor parte son de
mejora técnica, y la que hace referencia al silencio administrativo
la consideramos también oportuna a efectos de preservar la seguridad
jurídica que a todos nos interesa.

Quiero terminar diciendo que desde Iniciativa per Catalunya-Els Verds
mostramos nuestra más intensa satisfacción porque de esta iniciativa
que en su día trajimos a la Cámara, el 9 de diciembre de 1997 (han
pasado prácticamente dos años, son muchos años), y que después fue
seguida por otras proposiciones de otros grupos parlamentarios, al
final ha salido una ley que supone un avance en relación a la
legislación actual; al menos damos salida a aquellas parejas que
realmente quieren invertir el orden de los apellidos para
configurarlo con el nombre de la madre. Entendemos que todavía hay
mejoras que hacer y que Iniciativa per Catalunya- Els Verds no
renuncia a hacer en el futuro para garantizar que esta ley acabe con
la discriminación hombre-mujer en materia de apellidos.

Quiero señalar que para que esta ley sea conocida por la sociedad, el
Gobierno debe comprometerse en las comunidades autónomas a que haya
una campaña de información sobre esta ley para que el conjunto de la
población la conozca y se pueda acoger a sus preceptos.

Muchas gracias, señoría.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

Señor Vázquez, tiene la palabra.




El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ (don Guillerme): Gracias, señor presidente.

Quiero expresar también la posición del Bloque Nacionalista Galego
acerca de las enmiendas del Senado a la proposición de ley sobre
nombres y apellidos y el orden de los mismos. Las enmiendas no
alteran el contenido básico del texto que salió en su día del
Congreso y por tanto vamos a votarlas favorablemente. En todo caso,
quiero decir que nos encontramos en el trámite final de una
modificación del Código Civil, la Ley del Registro Civil, necesaria
para dar respuesta a una demanda y una realidad social y suprimir
trabas hasta ahora vigentes. En el momento, ya cercano, en que



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entren en vigor estas reformas, los individuos tendrán la posibilidad
de modificar su nombre propio, el equivalente a cualquiera de las
lenguas oficiales del Estado, algo a lo que hasta ahora sólo tenían
derecho los nacidos con anterioridad al año 1997. Estas reformas
legales también permitirán que quienes lo deseen regularicen
ortográficamente los apellidos cuando la forma con la que figuran
inscritos en el Registro no se adecuen a la gramática y fonética de
la correspondiente lengua oficial.

Asimismo, estas reformas permiten avanzar en la relegación al baúl de
la historia de normas de claro contenido sexista, y en concreto
machista, que hasta ahora obligaban a que en el orden de los
apellidos de los hijos tuviese que figurar en primer lugar el del
padre. El que a partir de ahora se abra la posibilidad de que sea el
de la madre el que figure en primer lugar no deja de suponer el
entrar en un estado de normalidad, permitiendo además que los hijos
al alcanzar la mayoría de edad puedan decidir sobre este asunto.

Por último, señor presidente, no puedo dejar de referirme a que para
nosotros es un motivo de satisfacción el que estas reformas que hoy
aprobamos tuviesen como origen una iniciativa del BNG, defendida en
su día por Francisco Rodríguez y tomada en consideración por esta
Cámara el 23 de septiembre de 1997, a la que siguieron otras sobre el
tema de los apellidos de Iniciativa per Catalunya-Els Verds,
Socialista, Popular e Izquierda Unida que, tras su toma en
consideración y debate posterior de todas ellas, da como resultado
esta reforma legal que nosotros valoramos positivamente por tener un
carácter democrático y progresista, por ajustarse más a los tiempos
actuales y avanzar en el respeto a la realidad plurilingüística del
Estado.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): En nombre del
Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Gracias, señor presidente.




Mi grupo va a votar favorablemente las enmiendas que nos llegan de la
Cámara del Senado, en razón a que entendemos que o son unas mejoras
técnicas, o introducen algunos conceptos de clarificación
complementaria en el texto que había sido sometido a debate en la
Alta Cámara procedente de este Congreso de los Diputados.

Queremos destacar que consideramos positiva la enmienda que hace
referencia en el artículo 4 a que en los expedientes relativos a la
nacionalidad, nombre y apellidos las solicitudes de los interesados
no podrán entenderse estimadas por silencio administrativo. Nos
parece oportuno que las normas que habíamos aprobado en esta Cámara
referente a la consideración del silencio administrativo positivo en
todos los procesos administrativos aquí no se den entrada y que, por
tanto,
no puedan entenderse estimadas por silencio administrativo, lo cual
obliga a las administraciones correspondientes, sobre todo a los
efectos del ordenamiento civil español, y concretamente en el
Registro Civil, a pronunciarse al respecto. Habría que incitar a la
Administración a que, ya que tiene que dar respuesta motivada, la dé
en los plazos en que por sentido común y por un principio de justicia
se merecen los ciudadanos para no estar sine die esperando que ese
silencio administrativo tenga coto temporal.

Nada más que esperar ver esta norma ya publicada en el Boletín
Oficial del Estado, y que no haya ninguna distorsión, sobre todo en
la vida matrimonial, por la exigencia permanente, que no era otra la
que podía reflejar la ley, que el común acuerdo en el orden de los
apellidos o en cualquier otra circunstancia que venía estando
regulada tradicional e históricamente por el Código Civil y el
Registro Civil; que el común acuerdo se alcance sin ningún deterioro
de la convivencia matrimonial y la vida familiar.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Mardones.

En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la palabra la
señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.




Señorías, el Grupo Vasco también va a votar a favor de las enmiendas
introducidas por el Senado, que mejoran sin alterar el contenido
básico de lo acordado en esta Cámara por todos los grupos.

No quisiera dejar de resaltar la importancia que tiene en lo social
la aprobación de esta ley en lo que hace referencia a la regulación
de la esfera privada de las personas, pero también con indudable
proyección pública: el derecho al nombre y al apellido en la propia
lengua, en aquella lengua que se desee por cada uno de ellos y la
opción respecto del apellido paterno o materno para sus hijos, con lo
que ello supone de posibilidad de no postergación obligatoria del
apellido materno, como ocurre en la actualidad.

Quisiéramos que con esta ley no puedan volver a producirse
situaciones como la que me contaba una amiga mía el viernes pasado,
en la que al intentar modificar la grafía de su apellido para
adecuarlo a la lengua vasca se le solicitó en el Registro la licencia
marital, el permiso de su marido. Ante su estupefacción le indiqué
que no existía tal cosa, pero por lo que he visto en el Registro
correspondiente todavía manejaban una circular de tiempos pasados.

Creo que esta anécdota ilustra dos cosas a las que pretende salir al
paso la iniciativa que ahora aprobaremos con las enmiendas del
Senado: la falta de respeto a las lenguas y las dificultades que han
existido hasta ahora, por uno u otro motivo, para poder adaptar la
grafía del nombre y de los apellidos a la lengua que



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uno desease; y la situación de segundo rango ciudadano en las
mujeres, que hasta para modificar la grafía del propio apellido han
tenido que solicitar en tiempos el permiso de su marido.

Creemos que la entrada en vigor de esta ley es importante, pero nos
gustaría hacer un llamamiento al Gobierno para que cuanto antes
cumpla el contenido de lo que queda como disposición final única, y
es que cuanto antes se haga el reglamento correspondiente, se
modifique el reglamento del Registro Civil y se hagan las circulares,
puesto que todos conocemos que los funcionarios en los registros se
rigen por la circular concreta en cada momento concreto, más que por
la ley vigente. Para que así sea, mi grupo hace votos de una pronta
publicación de estas disposiciones reglamentarias y, como he indicado
al comienzo de mi intervención, votaremos a favor de las enmiendas
que el Senado ha acordado.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Uría.

En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió),
tiene la palabra el señor Jané.




El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, señorías, tomo la palabra
con mucha brevedad, para manifestar el voto afirmativo del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) a las enmiendas del
Senado a esta proposición de ley sobre el nombre y apellidos y orden
de los mismos. Quiero manifestar que son enmiendas positivas, que
contribuyen a lo que ya se hizo en el Congreso, a generar un mayor
consenso en esta proposición de ley que tenía diversos orígenes
iniciales y, al final, sale un texto que no es del total agrado de
todos los grupos, pero sí es un texto de consenso, que supone un
avance social en este ámbito de los apellidos hacia la necesaria
paridad entre el hombre y la mujer. Es un texto que globalmente, y
con estas enmiendas del Senado, debemos valorar positivamente.

Desde esta tribuna pediría a las administraciones públicas que
deberán aplicar esta nueva ley que lo hagan significando el gran
calado social que tiene, que hagan una buena divulgación de esta ley
y también de lo que no impone, porque es una ley que parte de la
libertad, que no impone nada, que no necesariamente altera nada si la
pareja no quiere alterar ese orden y permite alterarlo en aquellas
ocasiones en que puede hacerlo.

Yo insto al Gobierno a que en las circulares (a las que se refería la
diputada doña Margarita Uría) tenga en cuenta el carácter plurilingüe
del Estado en esa tarea de divulgación, que hay diversas lenguas
oficiales y que esa divulgación de la nueva ley se haga también en
las distintas lenguas que tienen el carácter de oficial en
determinadas comunidades autónomas.

Nada más. Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Jané.

En nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la
palabra el señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Muchas gracias, señor presidente.

Ateniéndonos al ruego de la Presidencia en cuanto a no resucitar
ninguna clase de debates, damos por reproducido todo lo que hemos
dicho a lo largo de la tramitación. Si estuviéramos en contra, lo
explicaríamos, pero como vamos a votar favorablemente las enmiendas
del Senado, que son correcciones técnicas, pues muy bien, que cuanto
antes entre en vigor, y felicidades.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Castellano.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
señor Pedret.




El señor PEDRET I GRENZNER: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, sentimos intentar defender la unanimidad que se produjo en
el Congreso y romper esta curiosa unanimidad de las enmiendas.

Nosotros vamos a votar en contra de algunas de las enmiendas
aprobadas por el Senado porque entendemos que son contrarias al
espíritu del consenso que se consiguió en el Congreso a base de las
cinco proposiciones de ley formuladas por grupos políticos distintos.

Las enmiendas formuladas a los artículos primero y cuarto y, en su
consecuencia, al preámbulo que se modifica para adaptarlo a las
enmiendas, son contrarias al espíritu del consenso y, por ello,
sentimos discrepar; celebramos la aprobación y la pronta promulgación
de la ley, pero debemos decir que en el Senado no se puede retroceder
respecto a lo que se consiguió en el Congreso. El espíritu absoluto
del consenso era la libertad completa en la forma de integrar el
nombre legal de las personas como manifestación de este libre
desarrollo de la personalidad que establece el artículo 10 de la
Constitución como un derecho humano fundamental que tiene que pasar
por encima del principio de policía de la identificación de los
individuos. Esto se ponía de manifiesto creando un nuevo sistema, que
era la libertad de otorgamiento del orden de los apellidos.

En la enmienda del Senado al artículo primero se viene a traicionar,
seguramente subconscientemente, este nuevo sistema al hablar sólo de
una opción en vez de las opciones; es decir, se parte de la base de
que lo bueno, lo adecuado es el hecho de que el apellido paterno sea
el primero y el materno el segundo, y sólo hay una opción posible
para que, poniéndose de acuerdo, se altere este orden sagrado,
rituario y tradicional.

Pero no es así lo que aprobamos en el Congreso. Lo que aprobamos en
el Congreso es la libertad absoluta para establecer ex novo, a partir
de esta ley, cuál es el



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orden de los apellidos. Por tanto, debe mantenerse la expresión «las
opciones», porque ambas existen y son nuevas por esta ley. No se
trata de ir en contra de una tradición sino, a partir del texto
aprobado por los representantes de la soberanía popular, establecer
un nuevo sistema de ordenación de los apellidos y el nombre de las
personas basado en la libertad, la igualdad y la ausencia de
discriminación por razón del sexo.

Por estas mismas razones, señorías, tenemos que votar también en
contra de la enmienda aprobada por el Senado al artículo cuarto.

Aprovechando, como en otras ocasiones por parte de la mayoría del
Partido Popular en el Senado, la existencia de un proyecto, viene
aquí, bajo el disfraz de una disposición adicional segunda de la Ley
del Registro Civil, a modificarse el régimen general de la Ley de
Procedimiento administrativo común.

La Ley de Procedimiento administrativo común, aprobada recientemente
por esta Cámara y por las Cortes Generales, establece que en todos
aquellos casos en que se trata de ejercer derechos de los ciudadanos
el silencio administrativo será positivo. No entendemos por qué
especial recelo en contra del derecho a ordenar como quieran de común
acuerdo los progenitores (sean cónyuges o no, por cierto) el orden de
los apellidos, tiene que establecer aquí una excepción derogatoria
del principio general y decir que, como esto es algo tan peligroso,
sólo puede aprobarse expresamente y no por el silencio administrativo
positivo.

Sí estamos de acuerdo, y parecía que estábamos de acuerdo en el
Congreso, en que la ordenación del nombre legal de las personas es un
derecho fundamental de las personas; no puede derogarse el sistema
general del silencio administrativo positivo y someterlo al sistema
excepcional, puramente excepcional, de la aprobación sólo expresa.

Ello conlleva, señor presidente, nuestro voto contrario a la enmienda
al preámbulo que viene a incorporar las enmiendas a los artículos
primero y cuarto.

Dicho ello, sin embargo debe manifestar este portavoz que su grupo
está absolutamente satisfecho con la aprobación de la ley en su
conjunto; que el trabajo que se hizo en el Congreso fue
extraordinariamente bueno en cuanto a conseguir el consenso, y que no
excita el celo del Gobierno para que apruebe las normas
reglamentarias, porque la ley que vamos a aprobar definitivamente
ahora se lo impone, y por tanto es su obligación hacerlo, pero que sí
se suma a las peticiones de otros portavoces, en el sentido de que no
sólo modifique diligentemente en el plazo de tres meses que le vamos
a dar los artículos correspondientes del reglamento del Registro
Civil, sino que realice la campaña suficientemente extensa y
difundida a que le obliga el artículo 9.2 de la Constitución para
remover los obstáculos a la igualdad que esta ley viene a hacer.

Muchas gracias, señor presidente.

El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Pedret.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora
Sáinz.




La señora SAINZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.

Tomo también la palabra, en nombre del Grupo Popular, para anunciar
nuestro voto favorable a las enmiendas del Senado a este importante
proyecto de ley sobre nombre y apellidos y orden de los mismos que,
como SS.SS. conocen, creo que ha habido alguna mala interpretación
por parte de algunos de los portavoces en cuanto al contenido y al
significado de las mismas. Creemos sinceramente que lo único que
hacen es una mejora técnica del texto.

Decía esto porque, con relación a la enmienda que el portavoz del
Grupo Socialista consideraba que era el quebrando de un pacto que se
había producido en el Congreso de los Diputados y de un acuerdo y de
un consenso que, efectivamente, fue el objetivo que nos movió en toda
la tramitación, quiero decirle que la referencia a la única opción
viene justificada precisamente por coherencia del significado, porque
en la justificación de esa enmienda se dice que la redacción del
párrafo segundo del artículo 109 del Código Civil ha sido enmendada.

¿Por qué? Porque el padre y la madre, si la afiliación está
determinada por ambas líneas, sólo tienen a su alcance una única
opción cual es la de decidir de común acuerdo el orden de transmisión
de su respectivo primer apellido.

Por lo tanto, es una corrección que podríamos llamar claramente
técnica, de estilo, pero no de significado de alcance, ni mucho
menos. Y no deja de sorprenderme, porque tengo en mis manos también
las actas de la ponencia en Comisión y en el Pleno y fueron aprobadas
por unanimidad, por asentimiento concreto el texto y por votos a
favor, ningún voto de abstención ni en contra en el trámite del
Senado en Comisión. Esto era lo que yo creía. Por eso he ido a coger
en este momento las actas de entre los papeles de que disponía y veo
que, efectivamente, esto es así. Nuestro grupo se alegra de la
aprobación de esta ley, porque se trata de un texto que se enmarca en
esa línea de consolidación de políticas de igualdad. Para el Gobierno
y para el Grupo Popular hoy es un día importante, porque se aprueban
dos importantes leyes en esta Cámara que hacen referencia a ese
impulso de la política de igualdad. Supone un avance social eliminar
esta discriminación que existía en nuestro ordenamiento jurídico sin
poner además en peligro el principio de seguridad jurídica, por lo
que se establecen también una serie de garantías importantes.

No voy a entrar en consideraciones acerca del contenido de la ley,
señor presidente, pero no quiero dejar de mencionar, porque lo han
hecho todos los grupos parlamentarios, que consideramos muy
importante también que se incluya la modificación de la Ley del Regis
tro



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Civil en lo que se refiere a la normalización del uso de las
diferentes lenguas del Estado, como un reconocimiento de nuestra
riqueza lingüística.

Termino recordando una vez más el trabajo y el esfuerzo de todos los
grupos políticos. Fruto del consenso, al final, parece que también el
Grupo Socialista va a votar a favor. Es digno de destacarse y hace
que nuestro grupo multiplique la satisfacción que le produce que hoy
se apruebe una ley de gran importancia social.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Sainz.




DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS.




- PROYECTO DE LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (Número
de expediente 121/000177.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al apartado X del orden del día: Debates
de totalidad de iniciativas legislativas. Y, dentro de él, al punto
número 59: Debate de totalidad del proyecto de ley del estatuto de la
Función pública, al cual se han presentado cinco enmiendas a la
totalidad de devolución por parte del Grupo Parlamentario Mixto, y
dentro de él por el señor Vázquez y las señoras Rivadulla y
Lasagabaster, del Grupo Parlamentario Vasco y del Grupo Socialista.

En primer lugar, para la presentación del proyecto, en nombre del
Gobierno, tiene la palabra el señor ministro de Administración
Públicas.




El señor MINISTRO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Acebes Paniagua):
Gracias, señor presidente.

Señorías, abordar una nueva ordenación de la Función pública es un
acontecimiento de gran trascendencia y que se ha producido en
contadas ocasiones en nuestra historia administrativa. Un breve
repaso a esa historia reciente pone de manifiesto la existencia de
estos intentos. Así, encontramos el Estatuto de Bravo Murillo, de
1852, que tuvo una escasa incidencia; posteriormente, el Estatuto de
Maura, de 1918, que fue más ambicioso y de mayor ámbito; y, por
último, antes de la Constitución española de 1978, la Ley de bases de
funcionarios civiles del Estado, de 1964, que se mantuvo vigente
durante mucho tiempo después de aquélla y que todavía hoy sigue
siendo referencia en algunas cuestiones, si bien es cierto que
absolutamente residuales.

La Constitución española de 1978 es el texto de toda nuestra historia
constitucional que más referencias hace al funcionario y al sistema
de Función pública. Así, cabe destacar la regulación contenida en el
artículo 103, que, junto a la definición de Administración pública y
a los principios que la rigen, establece expresamente la previsión
legal del estatuto de los funcionarios públicos junto al sistema de
acceso, las incompatibilidades, el
derecho de sindicación y las garantías de imparcialidad en el
ejercicio de sus funciones. Previsión que se completa con la recogida
en el artículo 149.1, que reserva al Estado la competencia exclusiva
para dictar las bases del régimen estatutario de los funcionarios de
las administraciones públicas. Pues bien, a la vista de esta
regulación, surgió la necesidad desde el primer momento de adaptar la
legislación vigente hasta entonces al nuevo marco constitucional,
formulándose las primeras propuestas por los gobiernos de UCD, aunque
no se aprobó un estatuto de la Función pública. Los gobiernos
socialistas tampoco abordaron un completo estatuto funcionarial, pero
sí aprobaron la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la
reforma de la Función pública, que, como la propia exposición de
motivos reconoce, abordó parcialmente las bases de parte del régimen
de los funcionarios públicos y que se hubo de completar con
posteriores leyes puntuales en materias concretas, por ejemplo, la
Ley de Incompatibilidades.

En este contexto, resulta evidente que la elaboración y aprobación de
un estatuto de la Función pública sigue siendo hoy una necesidad para
la correcta ordenación de nuestras administraciones públicas y sus
recursos humanos, una necesidad para articular un sistema homogéneo
general, adaptado a los principios constitucionales y al nuevo modelo
de organización territorial y competencial del Estado, y que además
ofrezca un marco regulador claro y concreto de todos los aspectos que
deben formar parte del modelo de función pública que nuestras
administraciones demandan para el próximo milenio, superando las
carencias y las dificultades hoy existentes y ordenando y
simplificando el disperso y confuso régimen regulador vigente. Esto
es así por diversas razones. En primer lugar, para cumplir con el
mandato constitucional de establecer un régimen estatutario de
empleados públicos común a todas las administraciones, que recoja
aquello que debe ser esencial e incorpore los principios
constitucionales para las administraciones públicas que, en general,
se contienen en el artículo 103 de la Constitución.

En segundo lugar, y dentro del criterio anterior, para adecuar el
marco regulador de la Función pública al nuevo modelo de organización
territorial y competencial del Estado, que, junto al sistema básico
común, contempla expresamente la facultad de las comunidades
autónomas de ordenar y estructurar el personal a su servicio, con el
único límite del respeto a la norma básica. Pero esto es
imprescindible para que las distintas administraciones puedan
desarrollar su régimen de personal.

En tercer lugar, acabar con la ausencia actual de un modelo de
Función pública derivado de la proliferación de normas y reglas
establecidas en tiempos distantes, diferentes, unas de carácter
sectorial, otras de carácter específico, con ausencia de un
tratamiento globalizado de materias, hasta el punto de privarle de
unas mínimas señas de identidad que pudieran identificarlas



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con un auténtico modelo de Función pública y que han sido
sucesivamente modificadas y corregidas, incluso por imperativo del
Tribunal Constitucional. Así, junto a la sentencia del Tribunal
Constitucional de 11 de junio de 1987, que cambió sustancialmente la
Ley 30/1984, se han producido desde entonces nada menos que once
modificaciones, casi una por año, a las que debe añadirse la ya
citada Ley de Incompatibilidades, de 1984, y la Ley 9/1987, de
órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y
participación del personal al servicio de las administraciones
públicas, entre otras muchas disposiciones normativas de carácter
general.

En cuarto lugar, y consecuencia del anterior, el sistema vigente se
ha hecho muy complejo en su aplicación, desde un punto de vista
técnico, además de provocar insatisfacción y falta de motivación en
los empleados públicos, derivado esto de las disfunciones existentes
en la carrera administrativa actual; también derivado de la
proliferación de cuerpos y escalas, con funciones poco definidas o
solapadas, o de la desconexión entre el proceso selectivo y el puesto
de trabajo a desempeñar. En definitiva, de la imposibilidad de
implantar en nuestras administraciones públicas un sistema moderno de
gestión de recursos humanos, resultando por tanto el sistema vigente
agotado en la mayor parte de sus extremos.

En quinto y último lugar, porque en el actual contexto nacional e
internacional el papel del sector público, en concreto el de la
Función pública, se presenta como un elemento fundamental para la
convergencia europea.

Todos los países de nuestro entorno están hoy empeñados, como
nosotros, en un mismo reto y tienen una misma exigencia: configurar
la que ha de ser la administración pública del futuro, una
administración pública eficaz, equilibrada, austera, orientada a los
ciudadanos, que asegure la convivencia y el bienestar y que promueva
el progreso con servicios de calidad y con capacidad para adaptarse a
los cambios, que incorpore las nuevas tecnologías y se haga presente
en la nueva sociedad de la información y el conocimiento,
descentralizada, sencilla y simple, adaptada por tanto a nuestro
modelo de organización territorial.

Es conocido por todos que los recursos humanos de una organización
son un factor clave en el éxito de su funcionamiento, y lo es más
cuanto mayor es la complejidad y el tamaño de la organización. Las
administraciones públicas, señorías, lejos de ser ajenas a este
planteamiento, participan del mismo de manera esencial debido al
elevado volumen de personal con que cuentan, a la diversidad de
administraciones y organismos que existen, en su mayoría con
capacidad de autoorganización. De igual modo, las administraciones
públicas son organizaciones dirigidas a prestar servicios a los
ciudadanos, centro de referencia de su acción, lo que obliga
a adaptar su organización y su cultura interna y externa a este
objetivo. Para ello, debe dotarse de mayor agilidad y flexibilidad a
la gestión de personal, motivando a los empleados públicos a un
cumplimiento
más eficiente de sus tareas y a una mayor asunción de
responsabilidades, que ayuden a que la Administración sea reconocida
por los ciudadanos por la adecuada gestión de los recursos que ellos
le facilitan. Es a esto a lo que pretende responder el proyecto de
estatuto básico de la Función pública que presentamos.

El estatuto básico, cuya tramitación inició mi predecesor, el hoy
ministro de Educación don Mariano Rajoy, se concibió, se discutió y
se elaboró en la fase previa a esta instancia parlamentaria con
vocación de consenso, de consenso con todos los sectores implicados,
vocación que perdurará a lo largo de toda la tramitación
parlamentaria de este proyecto de ley en ambas Cámaras. Así,
empezando por el ámbito local, el pleno de la Comisión nacional de
Administración local, el 28 de octubre de 1997, valoró positivamente
el informe aprobado por la Comisión de Función pública y seguimiento
legislativo de la Federación Española de Municipios y Provincias y el
alto grado de consenso obtenido en el anteproyecto. Por su parte,
tras largas negociaciones con los representantes sindicales de los
empleados públicos, la Mesa general de la Función pública, con la
unanimidad de todos los sindicatos mayoritarios de ámbito nacional
-Comisiones Obreras, CSIF, UGT- que forman parte de la misma,
suscribió, el 10 de febrero de 1998, el texto del anteproyecto de
estatuto básico de la Función pública que hoy tengo el honor de
presentar y que vamos a debatir. Igualmente, las múltiples
conversaciones seguidas con los responsables de la Función pública de
las distintas comunidades autónomas, a través de las jornadas
celebradas por la Comisión de coordinación de la Función pública,
permitieron alcanzar un acuerdo muy consensuado sobre el texto en el
pleno celebrado el 10 de junio de 1997, que después fue ratificado
también por la mayoría de las comunidades autónomas en sesión de 14
de octubre de 1997. Por último, y en definitiva, el Consejo superior
de la Función pública se reunió en Madrid el 17 de junio de este año
1999 y otorgó su apoyo al texto que definitivamente fue aprobado por
el Gobierno y presentado a esta Cámara, tras el respaldo manifestado
en dicha sesión por los representantes de las corporaciones locales,
de la mayoría de las comunidades autónomas y de los sindicatos que
intervienen en ella. La búsqueda de consenso fue reconocida
expresamente por el Consejo de Estado al emitir su dictamen sobre el
anteproyecto de ley del estatuto, señalando que, en su elaboración,
ha habido un progresivo enriquecimiento y decantación desde las
aportaciones realizadas por las distintas administraciones públicas y
diversas y plurales instancias de representación. Producto de ello es
la notoria y particularmente destacable sensibilidad que trasluce el
anteproyecto respecto de la configuración del Estado como sistema
compuesto, de modo que el diseño común que establece para la Función
pública permite una adecuación flexible a las características propias
de las diversas administraciones. Quiero agradecer, señorías, en este
momento, el esfuerzo de diálogo, de consenso,



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de acuerdo de todos los que han participado en la elaboración de esta
estatuto básico: a los sindicatos Comisiones Obreras, CSIF y UGT, a
las comunidades autónomas, a las corporaciones locales a través de
sus representantes y a los grupos políticos, incluidos algunos de los
que hoy han presentado enmiendas. Resta, por tanto, lograr de los
grupos parlamentarios el mayor grado de consenso que una norma de
tanta trascendencia y vocación de permanencia como ésta merece, y
para ello les anticipo, señorías, que desde el Gobierno no vamos a
ahorrar esfuerzos, estando dispuestos a considerar y debatir todas
aquellas propuestas que contribuyan a mejorarlo.

Entrando ya en el contenido concreto del texto que presentamos, y
dentro de la regulación, destacamos los siguientes aspectos. En
primer lugar, en cuanto a la planificación y selección de recursos
humanos, se sustituyen los actuales planes de empleo, cuya regulación
resulta excesivamente compleja y no ha producido los resultados
adecuados y eficaces, por nuevos planes de ordenación de recursos
humanos. Se permite la aprobación de varias ofertas de empleo público
en el año, flexibilizando la cobertura de sus necesidades de
recursos, pero manteniendo la oferta como un instrumento clave de
programación del acceso. En materia de selección, se mantienen los de
oposición, concurso o concurso- oposición. Y para facilitar la
incorporación de personal en un plazo corto, cuando ello resulte
necesario y urgente, se prevé la posibilidad de que la selección del
personal pueda tener lugar en dos fases. La primera consistente en la
inclusión de los candidatos que superen una prueba selectiva en una
relación que tendrá una vigencia temporal no superior a tres años. La
segunda, de acuerdo, lógicamente, con la oferta de empleo público, y
será requisito para participar en ella estar incluido en la relación
anterior.

En segundo lugar, ética en el desempeño del servicio público. El
estatuto básico recoge en su artículo 7 los llamados valores éticos
del servicio público: integridad, neutralidad, imparcialidad,
transparencia en la gestión, receptividad, responsabilidad
profesional y servicio a los ciudadanos. Es una novedad en nuestro
sistema de Función pública y son sustancialmente iguales a los
reconocidos en otros países de nuestro entorno. Estos modelos de
conducta deberán ser desarrollados por cada administración, a la que
incumbirá, por sí misma y con los medios que estime más apropiados,
fomentar entre los funcionarios y demás personal a su servicio
aquellos modelos de conducta excelentes. (El señor vicepresidente,
Companys Sanfeliu, ocupa la Presidencia.)
En tercer lugar, la función directiva profesional. La regulación de
una función directiva profesional ha sido otro de los leitmotiv a los
que el estatuto da contestación. La función directiva, separada de la
política, se contempla de una forma suficientemente abierta como para
permitir que cada administración la organice de la
manera que mejor se adecue a sus estructuras organizativas y a sus
peculiaridades de Función pública.

En cuarto lugar, la ordenación de la actividad profesional. Se
mantiene la consideración básica del concepto puesto de trabajo y se
introduce la diferenciación entre puestos singularizados y genéricos,
flexibilizando los mecanismos de cobertura y provisión de éstos
últimos, al objeto de agilizar la necesaria gestión de los recursos
humanos.

En quinto lugar, se regula la carrera profesional. El establecimiento
de una auténtica carrera profesional de los funcionarios públicos es
quizá, señorías, la novedad más importante y positiva del estatuto
básico y una de las necesidades más sentidas por los servidores
públicos. Al contrario que el sistema actual, la carrera diseñada por
el estatuto se desliga de la ocupación de los puestos de trabajo y se
basa en la antigüedad, la trayectoria profesional, la calidad de los
trabajos desarrollados, los conocimientos y la actuación profesional,
aplicándose, a tal efecto, sistemas de evaluación que permitirán
retribuir a los funcionarios de acuerdo con su rendimiento, frenando
la presión sobre las estructuras organizativas y la incesante
creación de puestos de trabajo como medio único de obtener mejoras
retributivas, como ocurre en la actualidad, y dotando de más
estabilidad a las retribucionesde los funcionarios, que quedan
desligadas, en parte, del desempeño de puestos.

En sexto lugar, movilidad y provisión de puestos de trabajo. Con el
fin de conseguir una mayor motivación en el desempeño del puesto de
trabajo, los nombramientos obtenidos por concurso específico tendrán,
en principio, una duración de tres años, transcurridos los cuales los
titulares podrán cesar en función de la aplicación de los sistemas de
evaluación establecidos, con independencia de la posibilidad de
remoción antes de que transcurra el indicado plazo cuando concurran
causas legales que así lo establezcan, pero respetando, en todo caso,
los derechos y garantías de los trabajadores. Igualmente, y con el
fin de conseguir una mejor utilización de los recursos existentes,
los puestos de trabajo podrán trasladarse a otras unidades
administrativas por necesidad del servicio cuando ello no exija
cambio efectivo del lugar de residencia, o con cambio de acuerdo con
las previsiones que realicen al respecto los planes de ordenación de
recursos humanos, y también, en todo caso, con respeto absoluto a los
derechos de los funcionarios.

En séptimo lugar, se encuentra el sistema retributivo. Se mantiene la
identidad en la cuantía de las retribuciones básicas y, dentro de las
retribuciones complementarias, se crea el complemento de categoría,
que retribuirá la posición profesional que los funcionarios
consoliden, el complemento de puesto, que percibirán los que
desempeñen aquellos puestos de trabajo para los que así se
establezca, y el complemento de actividad, que retribuirá la
dedicación y penosidad. Se mantienen las gratificaciones por
servicios extraordinarios y el complemento de productividad, al que
se relaciona



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adecuadamente con procedimientos objetivos de evaluación del
rendimiento individual o del rendimiento agregado de cada unidad.

En cuanto a las situaciones administrativas, el estatuto prevé unas
situaciones administrativas comunes y permite a las administraciones
públicas establecer una regulación adaptada a sus propias necesidades
y peculiaridades. La principal novedad en la situación del servicio
activo es que se mantiene mientras se prestan servicios bajo la
condición de funcionario de carrera de un determinado cuerpo, con
independencia de la administración pública, organismo autónomo o
entidad de derecho público en que el funcionario se encuentre
destinado. La suspensión provisional se regula como lo que es, una
medida cautelar, de forma que los funcionarios suspendidos
provisionalmente de funciones se mantienen y se mantendrán en
servicio activo, si bien sus derechos quedan limitados en los
términos que establece el propio estatuto.

En noveno lugar, quiero destacar, entre las novedades del régimen
disciplinario, la determinación expresa de los principios a que ha de
ajustarse el ejercicio de la potestad disciplinaria: la actualización
del cuadro de faltas muy graves, otorgándose a las comunidades
autónomas la capacidad para tipificar en su ámbito las faltas graves
y leves; la reordenación de las sanciones, con el propósito de que
operen como factor natural desincentivador de conductas no deseadas;
la sustitución del procedimiento vigente, que es complejo y
casuístico, por otro, que deberá estructurarse por cada
Administración atendiendo a los principios de celeridad y economía
procesal; y, en último lugar, se regulan y adaptan los plazos de
prescripción de las faltas y sanciones.




En cuanto a las incompatibilidades, el régimen previsto se basa en
los principios de profesionalidad y dedicación de los empleados
públicos, destacándose el esfuerzo de simplificación de la regulación
anterior. También se recoge como principio que importa mucho destacar
el sistema de representación, participación y negociación colectiva.

En materia de representación, participación y negociación colectiva
se introducen algunas novedades dirigidas a hacer más fluidas y
eficaces las relaciones entre las administraciones públicas y los
representantes del personal, de cara a establecer las condiciones de
trabajo de los empleados públicos. En materia de unidades
electorales, los órganos de gobierno de las administraciones públicas
podrán modificar o establecer unidades electorales en razón al número
y peculiaridades de sus colectivos, adecuando la configuración de las
mismas a las estructuras administrativas y a los propios ámbitos de
negociación constituidos; se definen y articulan los órganos de
negociación, su composición y constitución bajo criterios de
representatividad y proporcionalidad; se fijan las normas básicas que
deben regir todos los procesos negociadores y los principios de la
propia negociación; se regula, por primera vez en la Función pública,
un sistema
de solución extrajudicial de conflictos, excluyendo, lógicamente,
las materias objeto de reserva de ley; se prevé la constitución de
órganos de negociación comunes; y se regula también como novedad -y,
por lo tanto, por primera vez-, la composición de una mesa general de
negociación de todas las administraciones públicas. Con ello se
culmina la estructura de negociación y se reserva para los temas
básicos y los de carácter general relacionados con los sectores
específicos.

Otro de los principios que me interesa destacar a SS.SS. que recoge
el estatuto es la coordinación de las administraciones públicas. Se
establecen también los principios que han de garantizar la coherencia
del sistema general de Función pública y el desarrollo y ejercicio
armónico de las competencias propias de las distintas
administraciones. Así, se regulan como órganos de cooperación,
coordinación, asistencia técnica e información la conferencia
sectorial de Función pública, órgano de coordinación de las distintas
políticas de recursos humanos de la Administración general del Estado
y de las administraciones de las comunidades y ciudades autónomas. En
segundo lugar, el Consejo de la Función pública estará compuesto por
Administración general del Estado, comunidades y ciudades autónomas
y las corporaciones locales. Será un órgano de consulta, colaboración y
coordinación de todas las administraciones públicas en materia de
Función pública. Y en tercer lugar, la Comisión de coordinación de la
Función pública, que será el órgano técnico encargado de hacer
efectiva la coordinación de la política de personal entre la
Administración del Estado y las comunidades autónomas. Estos son los
aspectos más destacados del proyecto que se presenta a esta Cámara.

Termino, señorías, diciendo que establecer un ámbito jurídico
adecuado, que instaure reglas que doten al sistema de las señas de
identidad necesarias para la articulación de un modelo homogéneo de
Función pública, que respete los ámbitos competenciales de las
distintas administraciones públicas y les permita conformar sus
sistemas propios e institucionalizar órganos de información y
coordinación que permitan la formulación de políticas públicas de
recursos humanos adecuadas a las necesidades de cada momento y de
cada organización, sin perder de vista el conjunto, son razones más
que suficientes para justificar este proyecto de ley. Pero hay mucho
más, los aparatos administrativos, a pesar de la visión negativa que
muchas veces se tiene de los mismos, no son sólo el instrumento
indispensable de cualquier política pública, sino también un elemento
de primera magnitud en la consecución y garantía de los derechos y
libertades democráticas. Las administraciones públicas contribuyen
hoy, de forma importantísima, al desarrollo económico y al bienestar
de los ciudadanos, por lo que tienen que ser cada vez más activos
partícipes en el proceso de modernización de nuestra sociedad y de
mejora de nuestro sistema económico. Conseguir administraciones
públicasmodernas y eficaces, íntimamente relacionadas con la



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sociedad, sensibles a sus necesidades y comprometidas con sus
ciudadanos es la meta permanente de todo gobierno democrático. En
esta búsqueda, la regulación del régimen profesional de sus
servidores es sin duda una parte fundamental. Es en este contexto,
señorías, donde quiero situar la razón fundamental del proyecto de
estatuto básico de la Función pública, en el convencimiento de que su
aprobación es una necesidad que ha de permitir, hoy al Gobierno del
que formo parte y en un futuro a los que la voluntad del pueblo
español designe, avanzar y profundizar en la consecución de
organizaciones administrativas que sirvan con objetividad a los
intereses generales, actuando de acuerdo a los principios de
eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y
coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al derecho, tal y
como consagra nuestro texto constitucional y tal y como nos demanda
la sociedad en que vivimos.

A todos, muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Muchas gracias, señor
ministro.

A este proyecto de ley se han presentado cinco enmiendas a la
totalidad de devolución. Para la defensa de las enmiendas del Grupo
Parlamentario Mixto tiene la palabra, en primer lugar, el señor
Vázquez.




El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ (don Guillerme): Muchas gracias, señor
presidente.

Voy a defender la enmienda a la totalidad que presenta el Bloque
Nacionalista Galego al proyecto de ley del estatuto de la Función
pública presentado por el Gobierno, un proyecto de ley que, según el
Gobierno -así acaba de decirlo el señor ministro-, pretende una nueva
ordenación de la Función pública, pero desde nuestro punto de vista
en un sentido claramente regresivo, centralista y uniformizador,
basándose en un modelo que no va a contribuir precisamente a la
modernización de la Administración y su puesta al servicio de los
ciudadanos.

Por centrar brevemente algunas cuestiones básicas en las que se
sustenta nuestro rechazo al proyecto de ley, diré en primer lugar
que, al contrario de lo que se afirma en la exposición de motivos de
que trata de respetar la actual configuración del Estado como un
Estado descentralizado y, por tanto, respetar una cierta capacidad de
decisión de las comunidades autónomas, lo que en realidad nos propone
es un modelo que limita en la práctica el principio de
autoorganización de que deben gozar estas comunidades autónomas y, en
consecuencia, impide cualquier posibilidad real de diseñar un modelo
de Función pública con unas mínimas señas de identidad. Quizá ese
mismo concepto de Estado descentralizado explique el contenido
uniformizador del proyecto.

El proyecto de ley no sólo pretende una regulación básica sino
homogénea, entrando en la regulación absoluta del sistema retributivo
e impidiendo también a
través de esta vía cualquier margen real en las políticas de personal
de las comunidades autónomas cuando, además, se reduce su margen de
actuación legislativa incluso en relación a la normativa vigente. La
instalación de un modelo centralizado de negociación colectiva
a través de la Mesa general de negociación de las administraciones
públicas incide de una manera clara en este aspecto que denunciamos y
que, sin duda, va a ayudar a vaciar de contenido las competencias y a
dejar poca materia que negociar a los gobiernos de las comunidades
autónomas. En la misma línea, el proyecto de ley mantiene la
previsión normativa de la existencia de un cuerpo de funcionarios con
habilitación nacional para la prestación de servicios en las
administraciones locales cuando, desde nuestro punto de vista, la
habilitación de este tipo de personal debería corresponder ya a las
comunidades autónomas. Tampoco podemos obviar que en este proyecto de
ley se pierde la oportunidad de regular -ya que tanto se pretende
regular- el deber de los funcionarios de conocer y usar las lenguas
oficiales propias de aquellas comunidades autónomas que las tienen
reconocidas, además del español, lo que de alguna manera pone en
evidencia la preocupación del Gobierno en materia de respeto al
carácter plurilingüístico del Estado. Porque, efectivamente, al
prever el proyecto que sean las administraciones las que en el ámbito
de sus competencias adopten las medidas necesarias para que se cubran
con personal debidamente capacitado los puestos de trabajo que
requieran el conocimiento de dos lenguas oficiales, la redacción del
mismo significa a nuestro entender que para los casos de los idiomas
galego, euskera o catalán hay puestos de trabajo en las
administraciones que requieren el conocimiento del idioma y otros no.

En todo caso, uno no se imagina una redacción semejante para el
idioma español, por ejemplo una redacción del tenor de: La
Administración, en el ámbito de sus competencias, adoptará las
medidas necesarias para que sean cubiertos con personal debidamente
capacitado los puestos de trabajo que requieran el conocimiento de la
lengua oficial. Realmente, sigue resultando sorprendente el espíritu
centralista que subyace en este y también en otros proyectos de ley,
el celo en mantener el carácter uniformizador del Estado, la falta de
consideración y respeto para cuestiones como las lingüísticas, la
falta de asunción real y natural de lo que es real, natural y
conveniente para todos.

Por otro lado, las innovaciones que en materia de personal introduce
este proyecto de ley van a suponer en general una restricción de los
derechos de los funcionarios públicos sin que, por el contrario, las
medidas propuestas vayan a significar una mejora en las prestaciones
que reciben los ciudadanos. El proyecto de ley mantiene la actual
división entre personal funcionario y estatutario y personal laboral,
perdiendo también una buena ocasión de poner en marcha una
reglamentación integradora, como sería lo lógico, lo que va a suponer
que siga proliferando la contratación



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de personal laboral, hoy ya muy importante en las administraciones
públicas, y creando desigualdades de trato en función del vínculo
jurídico que una a servidores públicos con la Administración y no en
relación con sus funciones. Se introduce también la movilidad forzosa
de los funcionarios por necesidades organizativas sin establecer
claramente los límites, es decir, sin delimitar los motivos que
darían lugar a esa movilidad, y permitiendo en todo caso a la
Administración que determine, en función de sus propios proyectos,
cuándo puede obligar a un funcionario a cambiar de lugar de
residencia, lo que sin duda dará lugar a actuaciones arbitrarias
y sin justificación real, vulnerando los derechos de los trabajadores.

Introduce asimismo el proyecto otros aspectos preocupantes como el
incremento de la diferencia entre diversos grupos; sigue
discriminando al personal interino y a los funcionarios en prácticas
y tampoco estimula, en línea, por supuesto, con la tendencia de los
últimos años, la creación de empleo en la Administración al permitir
mantener la condición activa de los funcionarios hasta los 70 años.

En esencia, en materia laboral este proyecto de ley incide en la
precarización de las condiciones de trabajo de los trabajadores
públicos e introduce criterios economicistas, sin que, como no
tardará en demostrarse, las medidas previstas, como decía antes,
mejoren la calidad de los servicios públicos. Probablemente es
necesaria, señor ministro, la reforma del Estatuto de la Función
Pública, pero esa reforma debería ir en un sentido contrario al que
propone el Gobierno: una reforma que suponga una apuesta por dotar de
capacidad de decisión en esta materia a las comunidades autónomas
y avance en el respeto de las condiciones laborales ysociales de los
funcionarios.

Por último, una reforma de calado como la que se plantea requeriría,
desde nuestro punto de vista, un mayor tiempo para la reflexión y el
debate en esta Cámara y también en la sociedad, algo de lo que a
estas alturas de la legislatura, a punto de disolverse las Cámaras,
no se va a disponer. Es por ello por lo que proponemos la devolución
al Gobierno de este proyecto de ley.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Muchas gracias, señor
Vázquez.

Para la defensa de la enmienda a la totalidad de devolución del Grupo
Parlamentario Mixto tiene la palabra la señora Rivadulla.




La señora RIVADULLA GRACIA: Gracias, señor presidente.




Señor ministro, señorías, en nombre de Iniciativa per Catalunya-Els
Verds me propongo defender la enmienda a la totalidad de devolución
del proyecto de ley del estatuto de la Función pública. El motivo de
nuestra enmienda es que un examen atento del referido proyecto de
estatuto de los funcionarios nos lleva a considerar
que el Gobierno ha presentado un proyecto de ley que, a nuestro
entender, excede de los términos estrictos del mandato
constitucional. Ciertamente, la Constitución, en su artículo 149.18,
reserva al Estado la competencia para legislar sobre las bases de
régimen jurídico de los funcionarios públicos. Ahora bien, el
proyecto de estatuto remitido por el Gobierno va más allá de estas
bases generales y constituye un extenso texto articulado que pretende
ser exhaustivo en la regulación de la Función pública de las diversas
administraciones y tiene, consecuentemente, un carácter
uniformizador. Estas características del proyecto implican desconocer
deliberadamente las profundas transformaciones que ha experimentado
la estructura del Estado y del conjunto de las administraciones
públicas en los últimos veinte años. Efectivamente, señorías, en
1981, apenas iniciado el proceso autonómico, el desarrollo del Título
VIII de la Constitución, el 86 por ciento de los empleados públicos
lo eran de la Administración del Estado. Hoy, por el contrario, los
empleados de esta Administración apenas suponen un tercio del total y
la tendencia es a reducir aún más su peso en el conjunto del empleo
público mientras que aumenta el de las administraciones autonómicas y
locales. El proyecto de estatuto, a nuestro entender, impide que en
el marco de las comunidades autónomas se puedan construir modelos de
función pública coherentes y armónicos que faciliten los procesos de
reorganización territorial, los traspasos de competencias y
servicios, la movilidad entre administraciones del mismo territorio y
un desarrollo de los recursos humanos adecuado a las respectivas
realidades, que desde luego no son uniformes. Desde esta perspectiva,
para Iniciativa per Catalunya- Els Verds debería limitarse a
establecer unas bases reguladoras que podrían comprender: condiciones
de acceso a la Función pública en base a los principios de igualdad,
publicidad, mérito y capacidad; garantías de neutralidad e
imparcialidad de los empleados públicos en el ejercicio de sus
funciones, y dentro de éstas las condiciones de separación del
servicio y el régimen de incompatibilidades, así como el
establecimiento de un nuevo modelo de relación de empleo público en
el seno de las administraciones. También podría ser coherente regular
un sistema de retribuciones básicas comunes a todos los funcionarios,
pero no así las retribuciones que tienen un carácter complementario,
que deberían reservarse al ámbito de cada administración. De la misma
forma podrían regularse espacios reales para la negociación
colectiva. Desde el punto de vista de la organización de los recursos
humanos, con este estatuto hemos entrado en un proceso gravemente
regresivo. Volvemos a una administración burocratizada, centralizada
y uniformista, diríamos napoleónica, y se suprime uno de los
instrumentos más importantes con los que empezó a funcionar la Ley
30/1984, de medidas para la reforma de la Función pública; me refiero
concretamente a las relaciones depuestos de trabajo, que han sido un
importante instrumento



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para la gestión racional de los recursos humanos y plantillas. Este
estatuto sencillamente hace desaparecer la relación de puestos de
trabajo.

Finalmente, el proyecto no avanza sustancialmente en la línea de
ensanchar los márgenes de la negociación colectiva para determinar
las condiciones materiales de trabajo de los empleados públicos. En
particular, señorías, señor ministro, merece destacar que en materia
de condiciones salariales la idea subyacente de todo el proyecto, que
es la de la supremacía de una de las partes de la relación en la
determinación de las condiciones de trabajo, se traduce en la
inexistencia en su articulado de una disposición que, a la manera de
lo que funciona para las rentas de los pensionistas, garantice a los
empleados públicos las pérdidas salariales derivadas de un desvío
entre las previsiones de inflación fijadas en los Presupuestos
Generales del Estado y las retribuciones de estos empleados fijadas
también en los presupuestos con aquella inflación como referencia.

Por todo ello, señorías, señor ministro, Iniciativa per Catalunya
propone al Congreso de los Diputados la devolución de este proyecto
de ley al Gobierno.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Muchas gracias, señora
Rivadulla.

Para la defensa de otra enmienda a la totalidad de devolución del
Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la señora Lasagabaster.




La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Gracias, señor presidente.

Señor ministro, seré breve dado lo avanzado de la tarde y creo que lo
avanzado de la legislatura. Digo ello porque nos sorprende la
intención o el objetivo de la presentación de este proyecto de ley en
la medida en que, aun teniendo todos los parabienes y velocidades
habidas y por haber, resultará difícil que se apruebe. Desde luego,
nosotros respetamos absolutamente la iniciativa legislativa del
Gobierno y la oportunidad de presentar cuando lo considere oportuno
proyectos de ley. En todo caso, viendo el lado positivo, lo que
trataremos de hacer en este trámite es que el Gobierno pueda conocer
-creo que es un denominador común en muchos grupos parlamentarios, no
sólo de los que han presentado enmiendas de totalidad sino también de
algún otro- el concepto o la naturaleza que en nuestro modesto
entender debería tener este proyecto de ley. Por eso, recogiendo
varias de las coincidencias de los portavoces que me han precedido,
yo resumiría en dos cuestiones -una de ellas clave- el porqué de
nuestra enmienda de totalidad.

Nosotros entendemos que el proyecto ha superado lo que es el mandato
constitucional establecido en el artículo 149.1.18, de conformidad
con el artículo 103 de la Constitución. Efectivamente, ha señalado el
ministro y se recoge en la exposición de motivos que el proyecto de
ley se ciñe exclusivamente a lo que debe ser
el mandato constitucional, es decir, lo que es esencial, lo que es
común a todas las administraciones públicas, y la regulación hace
referencia a ello. Sin embargo, visto el articulado de la ley y los
cambios que se introducen, no podemos estar de acuerdo ni con la
exposición de motivos ni con las declaraciones hechas por el señor
ministro en su intervención, en la medida en que realmente los
parlamentos autonómicos no tienen capacidad ni demasiada libertad
para autoorganizarse, como se dice en la exposición de motivos, y
tampoco creemos que se haga referencia a las bases o al contenido
esencial de lo que es la Función pública. Muy al contrario, en la
articulación de la ley se observa que se detallan y regulan muchos de
los elementos y extremos que afectan a todo el servicio o el sector
público. En algunas ocasiones es tan detallista y tan concreto que,
además de no dejar libertad a los gobiernos autonómicos para
presentar y a los parlamentos para aprobar determinadas cuestiones
propias para la autoorganización, parece más un reglamento que un
estatuto básico de la Función pública. Esto hace que, además de
incumplirse el mandato constitucional, ciertamente no resulte lo más
lógico en la medida de lo que se pretende, que es tratar de que las
administraciones públicas tengan una autoorganización que responda a
la problemática y a la propia esencia o idiosincrasia de sus
servicios o de su sector público. Por tanto, creemos que no es bueno
por esas dos razones, no solamente por la mera cuestión legal sino
también porque, en definitiva, se articula a las administraciones
públicas de manera homogénea, y yo no creo que éstas tengan ningún
carácter homogéneo.

Así pues, desde nuestro punto de vista, ya se ha señalado
anteriormente, es un proyecto uniformizador u homogéneo en cosas que
no lo son, en administraciones que no son iguales. Podríamos poner
muchos ejemplos, pero me voy a limitar a unos cuantos y a determinar
por qué consideramos que se ha entrado en cuestiones que desde
nuestro punto de vista no se entienden, como por ejemplo el tema de
las retribuciones a los empleados. El artículo 43.1 de la ley dice
que todas las retribuciones se establecerán en los Presupuestos
Generales del Estado con carácter básico, y a nosotros nos parece que
no debieran tener dicho carácter básico. Manifestando esto nos
adelantamos a lo que haremos en los Presupuestos Generales del Estado
para el año 2000, en la medida en que el articulado de la ley recoja
esta idea del estatuto básico de la Función pública, de este proyecto
de ley. Desde nuestro punto de vista, creemos que esto no es
necesario ni imprescindible y que resta mucha capacidad de
autoorganización a las administraciones públicas.Nos encontramos con
otros elementos centralizadores, por ejemplo en el artículo 92, en
relación con la composición de una mesa general de negociación de
todas las administraciones públicas. No nos parece correcto reservar
a esta mesa de negociación múltiples aspectos de la negociación de
todas las administraciones públicas porque lo



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que se hace es no tener en cuenta a determinados sindicatos que son
mayorías en los sectores o en los territorios en los que existen
determinadas administraciones públicas. Se ha hablado aquí también
del tema de la lengua. En el artículo 36.6 se hace referencia a que
en aquellos puestos de trabajo en que la Administración considere que
se deben conocer dos lenguas oficiales así se exigirá. Creemos que no
solamente debiera hacerse referencia a los puestos de trabajo o de
servicio que son de atención al ciudadano, sino que también tiene que
aparecer como un deber recogido en el artículo 30 de la ley en la
medida en que, cuando se habla de tratar con cortesía -no sé si es la
palabra concreta- a los ciudadanos, creemos que el deber de un
funcionario público ha de ser atender el derecho de los ciudadanos a
hablar en la lengua oficial correspondiente. En fin, pensamos que se
podrían haber hecho muchas más cosas más en ese sentido de las que
aquí realmente se han hecho.

Por tanto, creemos que el proyecto no responde a lo que es hoy el
Estado autonómico, a la existencia de diversas administraciones
públicas con distintas características y que más bien aparece como
regulación de lo que era -lo señalaba mi compañera la señora
Rivadulla- la Administración en el año 1978, en que casi todo era
Administración del Estado, y que sin embargo ahora no es así. Este es
nuestro principal elemento de diferencia con el proyecto del Gobierno
y por ello solicitamos la devolución. Por otra parte, también creemos
que no responde a lo que debe ser una administración del siglo XXI,
que no supera las rigideces de lo que son las administraciones
públicas en este momento, por lo que quizás en ese aspecto habría
cuestiones que debieran ser mejoradas. Por último y como elemento no
diría accesorio, porque es realmente importante, sino como cuestión
que nos ha sorprendido, está el porqué de la pretendida derogación de
una disposición adicional de la Ley de bases de administraciones
locales, en la cual de alguna manera parece que se da un plumazo a
determinada normativa que establece una vertebración institucional de
lo que son los territorios históricos de la comunidad autónoma del
País Vasco. Nos sorprende y no entendemos cuál es la intención o el
objetivo y, por tanto, nos parece que no debiera situarse en este
proyecto de ley. Con estas tres cuestiones básicas señalamos nuestra
oposición a este proyecto de ley en la conciencia de que, aunque no
sirva para la tramitación en esta legislatura, se tengan estas
percepciones por parte de quien fuere el encargado de esta materia y
se recoja en un proyecto de ley que sea realmente básico, de
contenido esencial, y no entre a detallar cuestiones que entendemos
no competen.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Muchas gracias, señora
Lasagabaster.

Para la defensa de la enmienda a la totalidad de devolución
presentada por el Partido Nacionalista Vasco, tiene la palabra el
señor Caballero.




El señor CABALLERO BASÁÑEZ: Gracias, señor presidente.




Señorías, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV
para defender la enmienda a la totalidad que hemos presentado al
proyecto de ley del estatuto básico de la Función pública. El rechazo
total de este proyecto de ley que formula el Gobierno encuentra
justificación para el Grupo Vasco desde una primera explicación de
síntesis en la comprobación estricta, tras un análisis pormenorizado
de su texto, de que no responde al doble propósito de, en primer
lugar, dar cumplimiento al mandato constitucional de establecer las
bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos (artículo
149.1.18 de la Constitución española) y, en segundo lugar, orientar,
simultáneamente a lo anterior, las grandes líneas de un nuevo sistema
de Función pública que supere las rigideces del hasta ahora vigente y
que formule, al uso de lo que representa en su ámbito el Estatuto de
los Trabajadores, una regulación nuclear de la materia en el plano
normativo. Pues bien, repasaré brevemente a continuación estas dos
grandes cuestiones y puede comprobarse a través de nuestro desarrollo
argumental, hecho en términos genéricos, sin entrar en artículos
concretos, todo un cúmulo de insuficiencias y desviaciones en el
tratamiento de esos dos grandes objetivos, hasta el punto o extremo
de que nos lleva a instar el rechazo de un texto que a nuestro modo
de ver no puede sino agravar los problemas acuciantes e importantes
que sugiere la actual inexistencia de un marco jurídico para la
Función pública en los términos que derivan tanto del mandato
constitucional como de la realidad práctica en la que se desenvuelven
actualmente las administraciones públicas.

Comenzaré por la segunda de las cuestiones u objetivos que he
apuntado, advirtiendo de entrada que el texto que se nos presenta no
puede responder al impactante enunciado titular de estatuto básico
por dos razones fundamentales: en primer lugar, porque en ningún caso
está simplificando o sintetizando la legislación aplicable a la
Función pública y, en segundo lugar, porque estando con la premisa
evidente de que los recursos humanos son una pieza fundamental para
planificar y desarrollar con éxito las políticas públicas en un
Estado complejo en el que el poder está distribuido territorialmente
de forma diversa y con una convivencia de realidades igualmente
diversas, no tiene demasiado sentido -más bien ninguno- diseñar el
ordenamiento de la Función pública atendiendo a las necesidades y
problemas solamente de la Administración central del Estado, según lo
vemos nosotros. Por eso, quizá sería más correcto decir que se trata
de una ley sólo para la Administración del Estado.




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Dicho sea a modo de resumen, es de criticar aquí la desvinculación
completa con el régimen jurídico de las administraciones públicas que
por alguna razón de contexto necesario aparece en el mismo precepto
constitucional del citado artículo 149.1.18. El resultado es una
regulación que discurre a espaldas de los fenómenos y procesos de
cambio en la organización que están planteados en gran parte de las
administraciones. Por otro lado, desde el Grupo Parlamentario Vasco
consideramos necesario abordar la perspectiva de lo que entendemos un
incumplimiento de los términos del mandato constitucional del
artículo 149.1.18 de la Constitución española, haciendo especial
hincapié en la vertiente competencial en relación con la comunidad
autónoma del País Vasco. Parece obligado manifestar una vez más que
el proyecto, que ya hemos definido como detallista, no puede de
ninguna manera considerarse adecuado al concepto material de bases,
ampliamente descrito en la jurisprudencia y doctrina constitucional,
por los caracteres de denominador común o contenido esencial que no
hay forma humana de encajar en este proyecto. Nuestro rechazo frontal
al tratamiento que este texto contiene respecto a la extensión de la
legislación básica no quiere hurtar ninguna virtualidad a los
argumentos de contrario que se sitúan en la descripción de lo que ya
es básico en la actualidad, expresa o tácitamente considerado por el
Tribunal Constitucional, ni a la réplica habitual de que
racionalmente no es imaginable un tratamiento diferente al que se
hace en el borrador. Estimamos que sólo desde posturas ciertamente
contrarias al espíritu que arrostra el mecanismo de determinación del
marco básico, incluso desde posturas que pretendan exclusivamente
hacer más cómoda la visión de los gestores, se puede admitir el tipo
de alcance de lo básico que presenta el proyecto. Nos parece, por
tanto, que es necesario un debate nuevo y actualizado, tras las
experiencias de implantación del llamado proceso autonómico, para
definir el marco jurídico básico de la Función pública, que
probablemente aconsejaría un proyecto de ley en el que estén
reflejadas separadamente las bases por un lado y las normas
reguladoras de la Función pública de la Administración del Estado por
otro lado.

Una cita especial nos merece, por otra parte, la insistente y no
menos tozuda incomprensión en la que se ve envuelta la realidad del
actual régimen jurídico foral vasco, que afecta a las
administraciones correspondientes a las instituciones forales de los
territorios históricos del País Vasco y, por extensión y ámbito
relacional, a toda la comunidad autónoma vasca. Baste citar ahora, a
modo de conclusión, que muy lejos de pretender la implantación de
sistemas de privilegio, lo que precisamos es un mínimo respeto a las
peculiaridades que históricamente ha contemplado el ordenamiento
jurídico. Pues bien, el proyecto de ley que ahora nos ocupa pretende
derogar la disposición adicional segunda de la Ley de bases de
régimen local, en la que se establece un conjunto de diez normas
sobre las peculiaridades
con las que se aplica el régimen jurídico local al ámbito de los
territorios históricos del País Vasco, de acuerdo con la Constitución
y su estatuto de autonomía. Como quiera que sólo alguna de estas
normas afecta a temas de Función pública, vamos a interpretar de
momento que la derogación pretendida se articula erróneamente, de lo
contrario, tan sólo nos quedaría interpretar que el promotor de este
proyecto de ley, para evitar pronunciarse sobre la dificultad y lo
forzado que resulta aplicar toda la regulación de Función pública en
las administraciones vascas, ha pretendido cargarse el régimen de
vertebración institucional interna que tiene establecido
estatutariamente el País Vasco, y esto sería muy grave para el
Partido Nacionalista Vasco.

Desde el Grupo Vasco entendemos que este proyecto de ley recorta una
vez más aspectos importantes del estatuto de autonomía, en un momento
en que al cumplirse el XX aniversario de la aprobación del Estatuto
de Gernika por la mayoría de la ciudadanía vasca, mientras la minoría
política y social vasca realiza determinadas conmemoraciones, desde
la mayoría política, sindical y social de Euskadi se denuncia que su
continuado incumplimiento es un hecho incuestionable y se ha
convertido ya en comportamiento histórico por parte del Estado, desde
las promesas insatisfechas de Espartero en defensa de los Fueros,
hasta la actitud de continua quiebra del pacto mantenido por los
diversos gobiernos españoles en el actual período histórico. Por ello
hemos presentado esta enmienda a la totalidad de este proyecto de ley
y, en todo caso, esperamos que en el siguiente proceso las enmiendas
parciales que también presentamos puedan subsanar las situaciones que
acabo de denunciar.

Finalmente, recojo en este momento la invitación del Ministro de
Administraciones Públicas, señor Acebes, para que podamos llegar a un
consensor en la ulterior tramitación, si tiene lugar, de este
estatuto básico de la Función pública, esperando que dicha invitación
se traduzca en posiciones abiertas a las propuestas planteadas.




Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Muchas gracias, señor
Caballero.

Para la defensa de la enmienda a la totalidad de devolución,
presentada por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor
Rodríguez Zapatero.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Gracias, señor presidente.

Voy a defender en nombre del Grupo Socialista la enmienda de
totalidad, con carácter de devolución , al proyecto de ley de
estatuto básico de la Función pública.

Es verdad que no son frecuentes las ocasiones, desde la aprobación de
la Constitución española, que esta Cámara, y en general la vida
pública de nuestro país, dedica algún tiempo a reflexionar sobre la
Administración en sí misma. Seguramente la gran innovación



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constitucional que supuso el Estado de las autonomías ha monopolizado
en buena medida todo lo que afecta a la estructura del Estado,
dejando en un segundo plano algo de tanta relevancia como es la
situación de la Administración, cómo funciona y cómo está articulada
nuestra Función pública, y éste puede ser un momento interesante
desde esa perspectiva.

Es verdad que estamos en un debate atípico en tanto en cuanto todos
somos conscientes, y ha sido reiterado por los diversos
intervinientes, que el calendario legislativo y el avanzado momento
en el que se encuentra la legislatura impiden objetivamente que se
pueda aprobar este estatuto. Este es un elemento que subraya que, a
la hora de remitir este proyecto, el Gobierno ha llevado a cabo más
bien un acto estratégico que un real esfuerzo por intentar que se
produjera la aprobación del estatuto en esta legislatura. Ha habido
un año, más o menos, de vacatio en el Gobierno durante el cual el
proyecto prácticamente ha estado a la espera, no sabemos muy bien si
de más amplios apoyos o si de una reflexión más profunda sobre el
texto. En cualquier caso, no es malo que se avance algún debate en lo
poco que queda de legislatura, y sobre todo en esta tarde, porque
todos somos conscientes de que un texto que va a quedar en la Cámara
obviamente tendrá su continuación en la próxima legislatura.

El Gobierno del Partido Popular ha demostrado en este área de la
Administración pública algunas de sus contradicciones más flagrantes
entre su programa electoral y sus compromisos en la anterior
legislatura y la realidad. Quizá esto motive el esfuerzo, que no le
voy a negar al Gobierno, de presentar un proyecto que sin duda alguna
tiene importancia, aunque sea a última hora. Pero ha habido
incumplimientos muy notorios que restan credibilidad al sentido y al
alcance último del proyecto y que confirman en muchas de sus partes
esas contradicciones graves de su programa electoral, con una
evolución con la que no se contribuye, en absoluto, a enriquecer, a
modernizar y a mejorar la Función pública.

No voy a recordar, porque indirectamente lo ha citado el ministro, lo
que ha pasado con las promesas de supresión de altos cargos y niveles
directivos de la Administración, y ha explicado la presión que se ha
producido; no voy a recordar ni a hacer mayor énfasis en que la
restricción de la libre designación, que fue una promesa de su
Gobierno en el programa electoral, no se ha producido, sino más bien
lo contrario, hay 7.300 puestos de libre designación; no voy a
recordar que ha habido una política retributiva donde ha avanzado la
arbitrariedad desde que su Gobierno tomó posesión: la productividad,
que es la parte más aleatoria, menos reglada, más discrecional del
Gobierno, que ha aumentado año a año hasta un 45 por ciento, y además
se sabe muy bien que esa parte fundamentalmente va a los niveles más
altos de la Administración; y tampoco se han cumplido aquellas
promesas sobre el poder adquisitivo de los empleados públicos, ni el
desarrollo, o al menos una nueva etapa de lo que fue el último gran
acuerdo Administración-sindicatos, que coincidió con la parte última
del Gobierno socialista. Por tanto, graves incumplimientos que han
dibujado una Administración que en estos momentos yo creo que se
viene a caracterizar por una desmotivación de los empleados públicos.

Seguramente esto justifique el esfuerzo de llegar a última hora con
un proyecto de ley; un proyecto de ley (yo lo agradezco, porque
además el Grupo Socialista lo toma en consideración de manera seria)
que debe tener el máximo consenso posible. Es absolutamente evidente
-y ahí tenemos una coincidencia clara- que una ley de esta
naturaleza, que tiene una importancia y una proyección de estabilidad
en el tiempo, debe gozar del máximo consenso, pero le quiero decir al
Gobierno que por el consenso hay que luchar mucho en esta Cámara,
como no puede ser de otra manera, hay que luchar más por ese
consenso. Desde luego, son muchos los contenidos que ahora mismo le
voy a explicitar al señor ministro, en los que el Grupo Socialista
discrepa de fondo, algunos son sustanciales y creo que al menos deben
ser objeto de reflexión política por parte del Gobierno, si no ahora
que va a tener una menor trascendencia real, sí para ese futuro.

Desde el punto de vista formal, también legislativo, tenemos algún
interrogante grave. Yo creo que este es un texto alejado del Grupo
Socialista -puede estarlo de alguna otra posición que se ha
manifestado aquí-, y es un texto excesivamente prolijo para ser un
texto básico, tanto como la exposición de motivos, que me parece de
una longitud absolutamente innecesari, porque poco más o menos se
podía haber remontado en ella al origen de la Administración, no ya
de la Administración española sino de cualquier Administración. Quizá
eso explique -hay mucho énfasis y en algunos puntos una excesiva
dedicación a algunos momentos de la historia de nuestra
Administración- que haya una cierta nostalgia de algunas figuras
administrativas que reaparecen en este estatuto, como es la figura de
la categoría, con la que nosotros estamos radicalmente en oposición.

Creemos que es un mal método para la ordenación de la Función
pública.

Señor ministro, además el estatuto debería haber sido consecuencia de
un debate social más amplio, no me refiero a los sindicatos, de los
que han obtenido su aprobación, y nos parece loable, sino a un debate
público y social más amplio, que debería haber partido de un
diagnóstico de nuestra Función pública. Creo que es el método que
desde luego el Grupo Socialista elegiría para abordar esta tarea. Y
me sorprende, porque además, cuando tomó posesión como ministro, en
su primera comparecencia ante la Comisión de Administraciones
Públicas la aportación que yo destacaría como más importante fue el
compromiso de elaboración de un Libro Blanco de los servicios
públicos, que sé que está avanzado.Yo he leído ya algunas cosas sobre
ese libro blanco que me parecen interesantes,



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pero precisamente se aborda en uno de los capítulos la situación de
los recursos humanos en la Administración, la situación en la Función
pública, y teniendo la oportunidad, que me parece buen camino, de
hacer ese diagnóstico global de los servicios públicos y, por tanto,
también de la Función pública, antes que poner el remedio o
teóricamente la solución, debería haberse hecho el diagnóstico. Lo
digo porque las grandes reformas, los grandes cambios de las
administraciones y de la Función pública, en la mayoría de los países
se producen después de un gran debate en la Cámara, fuera de la
Cámara, en los sectores que tienen mucho que decir, en los
representantes de los ciudadanos, no sólo en las organizaciones
sindicales que representan a los trabajadores y, también, lógicamente
en todas las administraciones.




Quiero recordarle, sin embargo, que el momento en que el Gobierno
remitió el proyecto a esta Cámara no fue el idóneo porque muchos
gobiernos de comunidades autónomas estaban eligiéndose en ese
momento. También hubo cambios, vamos a ver cómo queda, en el panorama
municipal. Ha habido muchos gobiernos autónomos nuevos, no sólo por
el color político, sino porque ha habido cambios y no se ha podido
opinar sobre este estatuto y yo creo que todo el mundo tiene que
opinar. ¿Cuáles son esas discrepancias básicas de fondo? No estamos
de acuerdo con el acceso a la Función pública que el contenido del
texto establece. Hay que innovar, hay que cambiar cosas. Hay un
sentimiento en la sociedad -y esta Cámara no puede estar alejada de
lo que piensan los ciudadanos y las ciudadanas- sobre que el acceso a
la Función pública, al puesto de empleado público no siempre se
produce bajo los principios de mérito, capacidad, igualdad y
objetividad. Seguro que esto lo comparten usted y todos los diputados
de esta Cámara. Existe esa sensación y digo que en muchas
Administraciones públicas, seguramente en la que menos en la
Administración general del Estado, pero no podemos ocultar un
problema de fondo que afecta seriamente a la credibilidad de las
administraciones y a los derechos de todos los ciudadanos en este
país. Hay que hacer un esfuerzo de cambio en el acceso a la Función
pública.

Respecto a la provisión de puestos de trabajo, el texto es de una
regresión absoluta. Lejos de caminar hacia una mayor
profesionalización de la Función pública se camina hacia una
discrecionalidad hasta límites que es sorprendente que este texto
pueda contener. Los concursos, el concurso específico, con esa
posibilidad de revocación a los tres años, nos parece insólito y un
paso atrás muy grave.




El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Señor diputado, debe ir
terminando.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Si, señor presidente.

No hay ninguna nueva restricción a la libre designación y, por tanto,
se consagra e incluso se avanza en la pérdida de imagen y de realidad
de la profesionalización de la Administración. Tenemos la oportunidad
de cambiarlo, señor ministro. El Grupo Socialista tiene propuestas
a ese respecto que son muy avanzadas. Hay que acabar con este modelo
que tenemos. Este es un modelo en el que no creen los funcionarios,
señor ministro. La mayoría de ellos creen que los concursos están
preparados, eso es lo que piensan los funcionarios y muchos
ciudadanos y alguna vez habrá que coger el toro por los cuernos,
porque en esto va la imagen de la Administración. Habrá que dar paso
a nuevas figuras, habrá que crear comisiones independientes que
participen tanto en el acceso como en la provisión y restringir mucho
más lo que es la discrecionalidad de la Administración en la
provisión de los puestos de trabajo.

Ya le he dicho que no estamos de acuerdo con la reintroducción de la
categoría ni con la división de puestos entre singulares y genéricos,
que no creemos que la carrera profesional, concepto que, por otro
lado, no nos agrada excesivamente, se pueda construir de forma
desligada de la ordenación de puestos de trabajo y le quiero decir
que sorprendentemente el texto del estatuto básico de la Función
pública olvida uno de los elementos esenciales de futuro para una
Administración moderna que esté al servicio del Estado social y
democrático de derecho.

Señor ministro, algún apunte ha dicho al final de su intervención,
muy de pasada. Lo más importante de las administraciones públicas en
nuestro país no es que sean muy grandes o que presten servicios, lo
más importante de las administraciones públicas es que son un
instrumento esencial para la garantía de la democracia, del Estado
social y de los derechos y deberes de los ciudadanos. Hay poca
orientación desde esa perspectiva, y una ausencia, como le decía,
evidente, que es la formación de los funcionarios.

Si algo hará moderna nuestra Administración, que es además un deseo
permanente, si algo hará moderna y avanzada nuestra Administración,
será un mayor esfuerzo en el terreno de la formación, que el texto
olvida de una manera absolutamente clamorosa.




El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Señor diputado, debe
terminar, por favor.




El señor RODRÍGUEZ ZAPATERO: Nos parece que hay un avance en la
negociación colectiva, es reconocible, pero, como le acabo de
exponer, las discrepancias de fondo sobre un texto que consideramos
regresivo en los términos de avanzar hacia una Administración más
moderna, más profesionalizada, que respete mucho más los valores
constitucionales, nos hacen enmendar a la totalidad este proyecto de
ley, reconociendo el esfuerzo que ha supuesto por parte del Gobierno
y reiterando nuestra disposición al consenso, pero a un consenso



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que tiene que basarse en cambios profundos del contenido global de
este proyecto de ley.

Nada más, y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Companys Sanfeliu): Muchas gracias, señor
Rodríguez Zapatero. ¿Algún grupo parlamentario desea utilizar turno
en contra? (Pausa.) ¿Grupos que no han intervenido y que deseen fijar
su posición? (Pausa.)
Para fijar su posición, en nombre del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), tiene la palabra la señora Gil i Miró.




La señora GIL I MIRÓ: Gracias, señor presidente.

El proyecto de ley del estatuto de la Función pública que presenta el
Gobierno es una respuesta tardía pero altamente esperada al mandato
constitucional que estableció en el artículo 109.3: que el Gobierno,
por ley, regularía el estatuto de los funcionarios públicos.

Los veinte años transcurridos han sido un excesivo período de
carencia de estatuto y de inseguridad al respecto. La situación
social, el concepto de servicio público ha sufrido un cambio radical.

La transformación radical de la Administración para adecuarse a la
nueva sociedad del 2000 es también de manera redundante un imposible
radical. Pero pudo ser posible a principios de los años 80. Se podía
haber esperado una ley que abriera cauces distintos de los ya
consolidados, que diera nueva forma y nuevo sentido al concepto de
servicio público y a la función del servidor público. Era quizá
posible cuando todo era nuevo y distinto, cuando el tiempo pasado
dejó de tener carácter sagrado y cuando no era in mostrarse contrario
al cambio.

A las puertas del 2000 esto ya no parece posible en todos sus
extremos porque en veinte años se ha consolidado una Administración
homogeneizada, con características continuistas, y porque los
gobiernos autonómicos se han visto obligados y constreñidos por la
Ley 30/1984 a construir una función pública clónica de la del Estado.

En estos veinte años se ha conformado una sólida estructura
jerarquizada y rígida, que tiene dificultades de flexibilidad para
adecuarse a las necesidades derivadas de un nuevo concepto del
servicio y específicamente del servicio público. (El señor
vicepresidente, Fernández-Miranda y Lozana ocupa la Presidencia.) La
pétrea fortaleza y cohesión de la estructura es lo que dificulta la
eclosión de una nueva cultura de la función pública y el
establecimiento de las condiciones para hacerla posible.

Por todo ello es necesaria la redacción de una ley a la que el tiempo
transcurrido no va a permitir la absoluta radicalidad ni rompimientos
completos y mi grupo la va a recibir no con alborozo pero sí con
crítica responsabilidad, porque en ella se aprecia la ambición de
fortalecer rasgos de modernidad.

Ante el vacío existente, hecho únicamente de retazos, celebramos la
llegada de un texto reglado, y recordamos
que una administración moderna no es sólo una administración
usuaria cualificada del ordenador, interconectada en una amplia red,
porque una administración moderna debe ser absolutamente plástica y
tomar la forma de la sociedad a la que sirve y debe adecuarse a ella
y traslucir en su actuación la mejor imagen.

Nuestro voto es favorable a la ley y pretende abrir el tiempo del
estudio y debate del proyecto, un tiempo que, sin duda, será largo,
pero que puede hacer cuajar en el momento oportuno un proyecto
maduro, largo tiempo esperado. Nuestro voto es favorable a la ley por
la voluntad positiva en pro del servicio público del proyecto, porque
encierra flexibilidad, racionalización, eficiencia y eficacia, una
tímida en exceso reclasificación de cuerpos y escalas, una nueva y
moderna articulación de la carrera administrativa, un nuevo concepto
de lugar de trabajo y la conceptualización del valor y contenido
ético del desempeño del servicio público.

Pero hay otros aspectos y conceptos sumamente importantes del
proyecto de ley que nosotros debemos enmendar y lo haremos con un
claro objetivo: el de limitar con rigor absoluto cualquier exceso de
la competencia que la Constitución otorga al Gobierno del Estado en
aquello que es sustancial y hacer ostensibles, por otra parte, las
competencias sobre regulación estatutaria de la Función pública que
el Estatuto de Cataluña otorga a mi Gobierno, la Generalitat de
Cataluña. Es decir, nos vamos a empeñar en la diferenciación clara
entre el establecimiento de las bases del estatuto, que es el mandato
constitucional, y sus diferencias con un estatuto básico, haciendo
hincapié en aquello sustancial y no accidental. Enmendaremos en lo
que podamos la modernización de aspectos sociales de la Función
pública y la definición y asunción ostensible del carácter
plurilingüe del Estado español. Tiempo habrá -suponemos- para debatir
todos sus artículos.

Hoy vamos a votar en contra de las enmiendas de totalidad, porque no
creemos que el proyecto en modo alguno sea rechazable en su
totalidad, ni que sea merecedor de devolución. Por ello -vuelvo a
repetir- debemos debatir con tiempo el proyecto y debemos buscar el
máximo consenso posible con todos los grupos para que salga a la luz
una ley hoy muy necesaria y harto tiempo esperada, que pueda mitigar
ya la resignada perplejidad de la Función pública en su conjunto
y prestar un mejor servicio público a la sociedad en general.

Gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Vaquero.




El señor VAQUERO DEL POZO: Gracias, señor presidente.




Señorías, este diputado que les habla, en septiembrede 1977, tuvo el
honor de suscribir como funcionario y



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sindicalista, todavía cuasi clandestino, el documento para registrar
la existencia del sindicato provincial de Comisiones Obreras de la
Administración pública de Granada, que nacía con la esperanza de que,
al igual que el conjunto de los trabajadores iba a tener su Estatuto
de los Trabajadores -después una realidad-, también los funcionarios
tuvieran un estatuto de la Función pública donde se recogieran los
derechos, los deberes, el marco jurídico de la existencia de los
funcionarios y el modelo de función pública. Un modelo lejano al
modelo franquista, paternalista, clientelar, politizado, un modelo,
por tanto, profesionalizado.

Sin duda alguna, veintidós años después, hay que saludar en cierto
sentido el coraje político de haber acometido, aunque tan tarde, pero
haberlo hecho ya, la tarea política de presentar ante esta Cámara un
proyecto de ley de estatuto básico de la Función pública y de haberlo
hecho además de forma negociada con los sindicatos más
representativos en el ámbito de la Función pública.

Sin embargo, no sólo es éste el elemento subjetivo desde el que
abordamos la necesidad del estatuto, sino también desde el elemento
objetivo de que efectivamente hay que acabar con la provisionalidad
de la normativa que existe hoy, la Ley 30/1984 y sus sucesivas
reformas, que son un marco jurídico provisional que hay que superar.

Por tanto, vaya por delante la necesidad que sentimos, tanto desde el
punto de vista objetivo como del subjetivo, de que exista un estatuto
básico de la Función pública. Junto a esto queremos también abordar
el contenido del proyecto que hoy se nos presenta, y en este aspecto
tenemos que decir que hay elementos enormemente negativos que nos
separan del proyecto de ley que hoy se nos plantea aquí. Al mismo
tiempo, hay elementos que en su contenido tenemos que saludar como
avances tremendamente positivos. No queremos ser prolijos, pero
tenemos que enunciar que nuestro modelo de función pública dista del
que hoy se nos plantea en el proyecto de ley, en la medida en que,
desde nuestro punto de vista, se reducen las materias reservadas a la
ley y, por tanto, se introducen elementos muy importantes de
discrecionalidad por parte del poder político que en cada momento
exista.

Se incrementa también el poder discrecional de los altos cargos
respecto a la provisión de puestos de trabajo, al cese, a la
promoción y a la movilidad, incluso a la movilidad forzosa,
geográfica y funcional. Se reducen los elementos de planificación de
los recursos humanos, esos instrumentos que para nosotros son tan
importantes, y se incrementa la opacidad no sólo en el modelo
retributivo sino también en los mecanismos de selección de personal.

De todos estos elementos tendríamos que hablar y desgranarlos uno a
uno, pero, en cualquier caso, nosotros entendemos que basta con esta
simple enumeración.

Al mismo tiempo, junto a estos elementos que consideramos negativos,
que nos alejan de dar un apoyo
decidido a este proyecto de estatuto básico de la Función pública,
creemos que existe un avance que para nosotros es sustancial, como es
que valientemente se introduce -en unos momentos cuyas referencias
externas de contexto europeo y de contexto mundial no son las más
propicias- el reconocimiento de la negociación colectiva y de la
representación de los funcionarios en este ámbito de las relaciones
jurídicas del personal de la Función pública, con respecto a la misma
función.

Entendemos, por tanto, que este elemento pueda servir de freno
respecto al incremento de la discrecionalidad que se propicia por
otro lado, porque sin duda no somos ajenos a ese juicio, que ya ha
sido expresado aquí por otros portavoces, que nos embarga de una
cierta incertidumbre, en el sentido de que pueda avanzar la
discrecionalidad con esa función directiva y con otros muchos
elementos que pueden, en cierto sentido, ir desnaturalizando el
modelo de función pública profesionalizado por el que hemos apostado
desde siempre. Sin embargo, podemos entender que se hará un esfuerzo
y existirá la posibilidad real por parte de los sindicatos de que
intenten evitar en la dinámica diaria -y la dinámica social siempre
ha sido un elemento que va por delante de la dinámica jurídica- las
consecuencias de esta introducción de elementos de discrecionalidad.




En cualquier caso, nuestro juicio de valor respecto al contenido del
proyecto de ley es el de un balance que no puede ser favorable. Por
tanto, vamos a intentar enmendar profundamente, en todos los aspectos
que ya he citado, este proyecto de ley de estatuto de la Función
pública.

Finalmente, tenemos que abordar un tercer elemento que ciertamente
nos sorprende. Hemos afirmado aquí que saludamos el coraje político
que ha existido para abordar esta tarea tan pendiente de nuestra
democracia. Sin embargo, se ha abordado en un momento político, en
una oportunidad política tan tardía, que nos produce un cierto
malestar y una cierta sorpresa que ya han mostrado otros grupos de
esta Cámara. Sin duda alguna, si de verdad existía esa voluntad
política cierta de un acuerdo con los sindicatos y no se pretendía
simplemente cubrir el expediente, se tendría que haber traído
bastante antes este proyecto de ley a esta Cámara para tener tiempo
de poder debatirlo hasta sus últimas consecuencias. No se puede dar
una de cal y otra de arena y decir: tenemos voluntad política, pero
no tenemos tiempo; no se lo va a creer nadie, no se lo puede creer
nadie. Los sindicatos que firmaron con este Gobierno este proyecto de
ley van a sentirse justamente frustrados, van a sentir -y perdonen el
vulgarismo- que se les ha tomado el pelo. Por tanto, nosotros también
queremos denunciar esta cuestión.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Vaquero,
le ruego vaya concluyendo.




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El señor VAQUERO DEL POZO: Acabo en seguida, señor presidente.

No van a contar con nosotros aquellos que quieran echar balones fuera
y las culpas a otros. Nosotros no hemos presentado enmienda a la
totalidad porque queremos participar en el avance de este proyecto de
estatuto de Función pública y queremos hacerlo consecuentemente. Creo
que por eso tenemos hoy más fuerza moral que otros para denunciar que
esto va a ser una frustración para el conjunto del país y para los
funcionarios en particular. En consecuencia, señorías, anunciamos
nuestra abstención a la hora de la votación.




Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Vaquero.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
López Medel.




El señor LÓPEZ-MEDEL BASCONES: Señor presidente, señorías, sin duda
alguna, a algún grupo parlamentario le habría gustado haber
presentado este proyecto de ley. Le habría gustado haberlo presentado
por lo que supone. Supone, en primer término, complementar el
desarrollo de la Constitución en materia de Administración pública.

Estaba pendiente la elaboración de una ley que regulase de una manera
completa la organización de la Administración del Estado y su
adaptación al sistema autonómico, aprobamos en el año 1997 la Lofage.

Estaba pendiente la ley del Gobierno, también por mandato de la
Constitución, lo hicimos el año siguiente. Estaba pendiente la
elaboración de una ley que, en desarrollo del artículo 103,
fortaleciese el control judicial de las administraciones, y así lo
hicimos con la nueva Ley de la jurisdicción contencioso-
administrativa. Estaba pendiente la elaboración, en aras del
principio de descentralización, de una serie de leyes que
favoreciesen a las entidades locales, y ahí están este año seis
leyes, cuatro de ellas orgánicas, aprobadas en ese sentido. Estaba
también pendiente la modificación de la legislación administrativa
que favoreciese a los ciudadanos en sus relaciones con la
Administración, ahí está también la reciente Ley 4/1999. Igualmente
estaba pendiente, por mandato del artículo 103 de la Constitución, la
elaboración del estatuto de la Función pública. Así pues, sin duda
alguna, son muchas e importantes las reformas que, en el ámbito
administrativo, está llevando a cabo el Partido Popular a lo largo de
esta legislatura.




En todo caso y en segundo término, también quiero destacar el hecho
de que a algunos grupos les habría gustado haber presentado un texto
que responde a una actitud que ha tenido el Gobierno de manera
constante en estos tres años y medio, la actitud de diálogo con los
agentes sociales, la actitud de consenso con los sindicatos, con los
representantes de los trabajadores.




En el ámbito de las administraciones públicas, también han sido
abundantes los acuerdos en materia de pensiones, ocho concretamente
entre la Administración estatal y los representantes de los
trabajadores. Desde la ordenación de la negociación colectiva del
personal laboral hasta el acuerdo más reciente, de mejora para los
empleados públicos para el año 2000, pasando por otros como el
convenio único del personal laboral, que reduce, señorías, nada más y
nada menos a un solo convenio los 55 existentes hasta la fecha, la
actitud de diálogo por parte de este Gobierno, como digo, ha sido
constante, Este texto es, igualmente, fruto del diálogo y del
consenso con los sindicatos, que hicieron posible, con su trabajo
intenso durante tres años, que llegara a debatirse en esta Cámara;
acuerdo firmado con la Unión General de Trabajadores, con Comisiones
Obreras y con la CSIF, que de una manera reivindicativa pero también
responsable, de una manera coherente, han hecho posible este texto.

Asimismo, responde a un acuerdo con las comunidades y las
corporaciones locales; proceso de negociación que duró unos meses, ha
sido intenso durante estos tres años. Por cierto, todas las
comunidades autónomas, salvo la del País Vasco (y en ese sentido creo
que el Partido Nacionalista Vasco y Eusko Alkartasuna son coherentes
al presentar la enmienda de totalidad), dieron su conformidad, no
pusieron objeción fundamental a la tramitación de este texto.

Quiero destacar que hay que aprender de los errores ajenos. En
materia de legislación de Función pública, además del hecho de estar
pendiente -como posteriormente señalaré-, quiero decir algo
importante: Hay que aprender de lo que el Tribunal Constitucional
dijo con motivo de la Ley 30. El Tribunal Constitucional declaró
contrarios a la Constitución nada más y nada menos que ocho preceptos
de esa ley, y además lo hizo con dos razonamientos importantes que se
han tenido en cuenta en la elaboración de este proyecto de ley. En
primer término, en la Ley de 1984 se contenían importantes
desapoderamientos al legislativo. Materias que debían tener el
principio de reserva formal de ley, y por tanto deberían estar
reguladas por los representantes de los ciudadanos. En cambio, en el
texto del año 1984 se habilitaba al Gobierno e incluso, en ocasiones,
directamente al propio ministro, constituyendo así, tal y como
censuró el Tribunal Constitucional, un claro caldo de cultivo para la
arbitrariedad. En segundo lugar, la sentencia del Tribunal
Constitucional sobre la Ley del año 1984 puso el dedo en la llaga
sobre un tema importante cual es la ausencia de modelo que tenía esa
ley, la confusión entre laboralización y funcionalización. Por
contra, este proyecto, remitido por este Gobierno, sí tiene un claro
modelo, que es sin duda alguna mejorable y mejorable entre todos,
pero nadie puede negar el esfuerzo por intentar buscar una identidad
propia para el futuro de la Función pública.




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Se ha dicho anteriormente por el señor portavoz de Izquierda Unida
que llega tarde; en efecto, es así. Este texto debería haber estado
en esta Cámara hace muchísimos años, al menos desde el año 1985. El
artículo 103 de la Constitución obliga a los poderes públicos a que
se elabore un estatuto de la Función pública. En el año 1984 se
elaboró una ley, a la que antes me he referido, que constituía un
conjunto de medidas, pero tenían sólo un carácter parcial, un
carácter provisional. Además, el propio preámbulo de la ley reconocía
esa provisionalidad cuando afirmaba -y leo literalmente-: «Tienen
estos preceptos, necesariamente, carácter provisional, hasta que se
desarrolle en su integridad el mandato constitucional.» Y añadía,
incluso, el preámbulo de la ley: «El Gobierno se propone sin tardanza
abordar su elaboración y envío a las Cámaras.» Esto era en el año (de
gracia del Señor y de desgracia de los funcionarios) 1984.

Hay que recordar (siempre con respeto, pero también hay que
recordarlo porque forma parte de la historia) que llegó un nuevo
ministro de Administraciones Públicas -actual candidato a la
Presidencia por el Partido Socialista- en el año 1986 y en la primera
comparecencia que tuvo en esta Cámara, en la Comisión de
Administraciones Públicas, afirmó -y leo también literalmente-: Se
procederá en el curso de esta legislatura a elaborar el texto
estatutario. Evidentemente, ni en esa legislatura ni en la siguiente,
incluso con el mismo ministro, ni en la siguiente.

Indudablemente, las cosas llevan tiempo y a nadie le cabe ninguna
duda que elaborar un texto como es un proyecto de estatuto de la
Función pública es algo muy complejo. Por eso también queremos ser
respetuosos con la tardanza que otros gobiernos han tenido, pero,
igualmente, queremos que se sea respetuoso con el trabajo intenso de
negociación que, desde el Gobierno del Partido Popular, se ha llevado
a cabo para remitir, por vez primera, un texto a las Cortes
Generales.

Para nosotros, la seguridad jurídica viene provocada por la actual
dispersión normativa, porque no sólo tenemos la Ley de 1984; después
de la sentencia del Tribunal Constitucional a la que he hecho
referencia, únicamente se abordaron modificaciones puntuales, en
ocasiones modificaciones mediante leyes de presupuestos o leyes de
acompañamiento. Pero, además, hablando de normas vigentes hay algo
peor, y es que junto a las medidas del año 1984 mantienen vigencia
normas de una ley de 1964. Creo que todos los grupos coincidirán con
este portavoz al afirmar que no sólo la actuación política es muy
distinta, sino que también la sociedad española, el Estado, las
administraciones públicas, han experimentado, y tienen que seguir
experimentando, un profundo proceso de transformación, y no podemos
estar todavía regidos por normas o por criterios de hace 35 años en
materia de Función pública y por materias también reguladas por una
ley del año 1984.

Este texto requiere, sin duda alguna, una importante apuesta para el
futuro, y es lo que se pretende con este
proyecto de ley, con todas las mejoras que los grupos estimen
oportunas y, en ese sentido, anuncio, al igual que lo hemos hecho
siempre en el área de administraciones públicas, que estamos abiertos
a las sugerencias de todos.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor López-
Medel, le ruego que vaya concluyendo.




El señor LÓPEZ-MEDEL BASCONES: Voy concluyendo, señor presidente.

No queremos mantener una normativa dispersa, una normativa que en
algunos casos políticamente es inadmisible y, en todo caso, creo que
inadecuada para abordar el futuro con eficacia. Aun con todos los
defectos -nosotros, como Grupo Popular, hay algunas cosas que vamos a
proponer que se mejoren-, no debemos olvidarnos que es el estatuto
acordado precisamente con las centrales sindicales, es el estatuto
acordado con las comunidades autónomas. Y desde ese espíritu de
consenso, vamos a trasladarlo a esta Cámara en lo que constituye el
primer intento serio de abordar la regulación de la materia de la
Función pública.

Por último, permítame, señor presidente, hacer unas referencias
explícitas también al tema autonómico. Se ha dicho que por parte del
Gobierno se pretende un desapoderamiento a las competencias de las
comunidades autónomas; por contra, entendemos que el texto que hoy se
presenta cumple escrupulosamente la doctrina del Tribunal
Constitucional sobre el alcance de la normativa básica. Sin perjuicio
de que haya cosas que se deban flexibilizar, no se agota todo el
contenido normativo básico, incluso podía haber ido más allá. Un
examen detenido del contenido de este proyecto de ley revela cómo en
algunas materias -provisión de puestos, registros en materia de
personal, promoción interna, situaciones, etcétera- se es menos
rígido que en la normativa actualmente vigente. Por ello, creemos que
debe dotarse de una mayor flexibilidad en algunos puntos, pero
siempre teniendo muy claro que todo esfuerzo tiene que estar
presidido por una idea que es esencial para el grupo que
represento...




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor López-
Medel, le ruego que concluya.




El señor LÓPEZ-MEDEL BASCONES: Concluyo, señor presidente.

Decía que todo esfuerzo tiene que estar presidido por una idea que es
esencial para el grupo que represento, que es respetar la
Constitución y posibilitar que exista un marco mínimamente homogéneo
para la Función pública. Por ello, anunciamos que votaremos en contra
de las enmiendas a la totalidad, reiterando el llamamiento al
consenso y al diálogo para continuar elaborando el mejor texto entre
todos. (Aplausos.)



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El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.




- PROYECTO DE LEY SOBRE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA TENENCIA DE
ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS. (Número de expediente 121/000184)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Pasamos al
punto 61 y último del orden del día: Debate de totalidad del proyecto
de ley sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales
potencialmente peligrosos.

Para su presentación, en nombre del Gobierno, tiene la palabra el
señor ministro de Agricultura. (Rumores.)
Señorías, les ruego que guarden silencio.




El señor MINISTRO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN (Posada
Moreno): Señor presidente, señorías, el proyecto de ley que tengo el
honor de presentar ante esta Cámara tiene por objeto establecer la
normativa de aplicación sobre la tenencia y disfrute de los animales
potencialmente peligrosos, los que pertenecen a la fauna salvaje, que
están siendo utilizados como animales domésticos o de compañía, y
especialmente la tenencia y disfrute de los animales domésticos o de
compañía por excelencia, los perros.

Es preciso hacer compatible la tenencia y disfrute de estos animales
con la convivencia ciudadana y la seguridad de personas, bienes,
sobre todo la posesión de especies y razas de perros que puedan
resultar potencialmente peligrosos por su capacidad de producir daños
o lesiones a las personas y a otros animales. Se trata de una ley
marco que será desarrollada posteriormente en la oportuna vía
reglamentaria, mediante normas autonómicas y municipales.

En este proyecto de ley se recogen todos los aspectos que han sido
demandados insistentemente por nuestra sociedad a lo largo de los
últimos meses, es decir, el transporte, adiestramiento, comercio,
importación, selección y tenencia de estos animales. La norma
pretende conjugar en un mismo marco legal la responsabilidad de los
propietarios, el bienestar de los animales y la seguridad pública.

Define a los animales, tanto de la fauna salvaje como a los de la
especie canina, que pueden considerarse como peligrosos. Establece la
necesidad de obtener una licencia administrativa para poseer un
animal de estas características. La obligación de los propietarios de
registrar e identificar a los mismos. Prohibe el adiestramiento para
prácticas agresivas y establece un régimen sancionador para quien
abandone, adiestre, organice o participe en concursos o espectáculos
de animales agresivos. También hace referencia, y es algo que quiero
resaltar, al bienestar de los animales en cuanto a la necesidad de
mantenerlos en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas y de no
infligir dolor o sufrimiento innecesario en caso de proceder a su
esterilización.




El contenido ha sido analizado por todas las partes implicadas, tanto
de la Administración como de los sectores afectados, y se ha logrado
alcanzar un consenso en sus aspectos fundamentales. Desde un primer
momento, el Gobierno se ha sensibilizado ante el clima de inquietud
social originado a raíz de las agresiones protagonizadas por ciertas
razas de perros, que han proliferado últimamente en nuestro país,
agresiones que han sufrido y pueden sufrir sobre todo los niños y
que, como todos conocemos, en unos casos han causado lesiones
importantes y en otros, desgraciadamente, han llegado a provocar la
muerte. Se ha optado por no incluir prohibiciones absolutas para la
tenencia de determinadas especies o razas caninas. No se ha
establecido un catálogo de razas potencialmente peligrosas, pero sí
la necesidad de establecer un registro municipal de perros y animales
que puedan considerarse peligrosos. Cualquier perro de cualquier raza
o sus mezclas puede resultar peligroso si es adiestrado para atacar,
pero sobre todo aquellas razas de perros que por sus características
morfológicas, gran envergadura, mandíbulas grandes y potentes pueden
causar graves lesiones físicas y psíquicas e incluso la muerte de un
individuo.

Se trata, por otra parte, de evitar las graves consecuencias que la
prohibición de ciertas razas acarrearían a corto plazo, es decir, el
aumento de abandonos indiscriminados, las agresiones e insultos a los
propietarios, así como las pérdidas económicas para los criadores. Al
inclinarnos por esta decisión, se han tenido en cuenta las opiniones
de propietarios, criadores, veterinarios, adiestradores, protectores
que han cuestionado la base científica de catalogar una lista de
perros peligrosos y su dudosa efectividad. A la hora de establecer
medidas, se ha tomado como referencia el comportamiento individual de
cada animal, su entrenamiento y los requisitos que deben tener tanto
los propietarios como los criadores o entrenadores de estos perros.

Se pretende que las condiciones para la tenencia de estos animales
sean lo suficientemente estrictas para que solamente los propietarios
responsables estén dispuestos a cumplir los trámites marcados por la
ley. Llegado el caso, se podría adoptar y modificar una disposición
de rango inferior en función de los estudios que se realicen, la
evolución de las medidas o las circunstancias del momento.

No voy a entrar en un análisis pormenorizado de la ley, pero el
Gobierno pide a la Cámara que se rechacen las enmiendas a la
totalidad que se han presentado a este proyecto de ley. Quiero
decirle al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, el señor
Madrid, y al resto de los portavoces de las enmiendas a la totalidad
que por parte del Gobierno, y yo creo que por parte del Grupo
Parlamentario Popular y de los grupos que apoyan esta ley, hay una
gran amplitud de miras, que estamos dispuestos a considerar las
enmiendas parciales que se hagan porque pienso que en la filosofía
global todos coincidimos. Por lo tanto, de lo que se trata



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es de perfeccionar el texto de la ley y para ello mostramos nuestra
colaboración. Señor presidente, por todo lo expuesto, solicito a esta
Cámara que sean rechazadas las enmiendas a la totalidad.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor ministro.

Han sido presentadas a este proyecto de ley tres enmiendas de
totalidad por parte de los grupos parlamentarios Mixto, Socialista y
Federal de Izquierda Unida. Para la presentación de la enmienda del
Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor López Garrido.




El señor LÓPEZ GARRIDO: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, los diputados de Nueva Izquierda presentamos a principios
de este año una proposición no de ley, que llamábamos del régimen
específico o la regulación de la tenencia de animales peligrosos y
errantes y especialmente de las razas caninas potencialmente
peligrosas; es decir, que desde un principio hemos estado muy
preocupados por esta problemática que saltó a los medios de
comunicación y produjo alarma social como consecuencia de los ataques
producidos a personas, fundamentalmente por perros, causando la
muerte en algunos casos y de una forma repetida. Como digo, esto hizo
que inmediatamente, a principios de este año, exactamente el 3 de
febrero, presentáramos en esta Cámara esta iniciativa. Esta
proposición trataba de la seguridad de las personas respecto de estos
animales, con la intención de que se regulasen las relaciones con los
propietarios en cuanto al propio bienestar, a los propios derechos,
si se me permite hablar así -seguramente no es una terminología muy
exacta jurídicamente-, de estos animales.

Por tanto, la cuestión viene de largo y ya en seguida el Gobierno -en
aquel momento la ministra de Agricultura, doña Loyola de Palacio-
dijo que iba a presentar una proposición, que, sin embargo, ha
tardado muchos meses en llegar. Esta tarde estamos discutiendo este
proyecto de ley que, como digo, ha tardado mucho en llegar; nuestra
proposición no de ley es de fecha 3 de febrero de 1999, ha pasado
mucho tiempo hasta este proyecto de ley que acaba de defender el
ministro de Agricultura, que, como digo, llega tarde y mal. Llega
tarde porque nos da la impresión de que, a estas alturas, va a ser
muy difícil que pueda aprobarse definitivamente. Este proyecto de ley
estaba dormitando en un cajón del Ministerio y quizá se ha presentado
ya en las postrimerías de este período de sesiones para cubrir el
expediente y a ello se debe el que adolezca de importantes rémoras,
de importantes defectos de fondo, lo que nos ha hecho presentar esta
enmienda de totalidad.




Yo le aseguro, señor ministro, que nuestro grupo, los diputados de
Nueva Izquierda que hemos planteado
esta enmienda de devolución, lo hemos pensado mucho, porque creemos
que hay que regular esta cuestión. De hecho, en nuestra proposición
de ley, a principios de este año, planteamos esa necesidad y las
enmiendas de devolución se suelen presentar cuando uno piensa que no
es necesario regular esa materia de que se trate. En este caso nos ha
parecido imposible intentar arreglar los múltiples descosidos que
tiene este proyecto de ley mediante enmiendas al articulado, que en
todo caso hemos planteado y defenderemos en el caso de que siga
adelante. Por eso hemos presentado esta enmienda de devolución,
porque merecía la pena que hubiera un debate de fondo en la Cámara
sobre las necesidades de esta regulación y las insuficiencias que
tiene, serias insuficiencias de fondo, de concepto, de enfoque.

Para empezar, es un proyecto de ley que en sus primeros artículos
habla de animales salvajes, de la fauna y de animales potencialmente
peligrosos; por tanto, de una gran amplitud de animales que -dice el
proyecto de ley- perteneciendo a la fauna salvaje o siendo utilizados
como animales domésticos pertenecen a especies o razas que tengan
capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros
animales y daños a las cosas. O sea, una enorme cantidad de animales,
de razas, nada menos que la fauna salvaje es la que está presente
teóricamente en este proyecto de ley. Digo teóricamente porque luego,
si lo examinamos detenidamente, nos damos cuenta de que quien redacta
este proyecto de ley o las plumas que han intervenido han pensado
fundamentalmente en los perros, no en la multiplicidad de la fauna
salvaje de la que habla el artículo 2 del proyecto de ley. Sobre todo
han pensado en aquellos animales que suscitaron la alarma en ese
momento, que son los perros. Por eso, este proyecto de ley adolece ya
desde el principio de una ambigüedad constante porque habla de una
gran cantidad de animales, pero luego piensa fundamentalmente en los
perros, y por eso es tan difícil enmendarlo, porque no se sabe bien
cuáles son los objetivos del proyecto de ley. Lo mismo puede servir
para evitar que sucedan cosas como la que ocurrió en Sevilla, donde,
como leíamos en un periódico, un tigre mordió a un niño en una venta
-el 9 de octubre saltó esa noticia al periódico- , o puede servir
para perros, en los que, como digo, se está pensando al elaborar el
proyecto de ley.

Por tanto, hay una vaguedad, una indefinición, una dificultad también
de regular competencias. El proyecto de ley oscila en cuanto a quién
es competente para qué. No hay una reflexión detenida a ese respecto,
y por esa indefinición al proyecto de ley le faltan muchas cosas. Y
esto no lo decimos sólo nosotros; hay asociaciones protectoras de
animales que han denunciado también porque encuentran graves defectos
en este proyecto de ley. Muy rápidamente voy a señalar algunos de
ellos.

Para empezar, nosotros creemos que debería inscribirse esta normativa
en una general sobre el bienestar



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de los animales, que significa obligaciones para los propietarios.

Por tanto, no puede verse solamente en un sentido represivo, aunque
también tenga que serlo, sino en un sentido preventivo sobre animales
potencialmente peligrosos. Y la verdad es que el artículo 8 ó el 9
-no recuerdo en este momento- habla muy ligeramente de la necesidad
de que haya un tratamiento higiénico sanitario adecuado de los
animales, pero es necesaria una regulación general del buen trato a
los animales, que desde luego no está en este proyecto de ley. Muchas
veces el peligro, señorías, señor ministro, proviene de que los
animales no han estado suficientemente cuidados y adiestrados, y esa
es una preocupación esencial de fondo, básica, que no creo que esté
suficientemente regulada en este proyecto de ley.

El proyecto de ley permite -y creo que esto no debiera ser así-
adiestramiento de animales potencialmente peligrosos -estoy seguro de
que está pensando en los perros- para guarda y defensa; prohibe
adiestramiento para el ataque, pero permite adiestramiento para
guarda y defensa. Nosotros creemos que es enormemente difícil
distinguir una cosa de otra y que hay que prohibir todo tipo de
adiestramiento para guarda, defensa y ataque, porque de ahí viene la
exacerbación del instinto de agresividad en estos animales
fundamentalmente. También nos parece que debería haberse aprovechado
la ocasión para pasar de falta a delito las peleas entre animales
potencialmente peligrosos, las peleas de perros. En el Código Penal
están consideradas como falta, pero a la vista de lo que está
sucediendo en la práctica, debería convertirse en un delito la falta
que está reflejada en el artículo 632 del Código Penal.

Tampoco regula este proyecto de ley a los criadores. Los criadores
-algunos de ellos, naturalmente- son los que realizan esos cruces
peligrosos y la exacerbación de la consanguinidad entre los perros
que denuncian muchas asociaciones protectoras de animales. Deberían
prohibirse estos cruces de consanguinidad, que son los que crean los
instintos agresivos. No hay ninguna regulación detenida de esta
cuestión respecto de los criadores.

También debería aprovecharse este proyecto de ley para identificar a
todos los animales domésticos o potencialmente peligrosos. No hay una
obligación de identificación.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor López
Garrido, le ruego concluya.




El señor LÓPEZ GARRIDO: Concluyendo, también creemos que debería
hablarse de la esterilización de determinadas razas, no solamente de
determinados animales en un momento concreto sino de determinadas
razas de acreditado instinto agresivo, que no se dice para nada
cuáles son y se deja para el reglamento, no se sabe si de comunidades
autónomas o de ayuntamientos, y podría darse el caso de que un perro
o una
raza considerada peligrosa, prohibida o a esterilizar en una
comunidad autónoma no lo sea en otra que está al lado, con lo cual
estos animales no podrían viajar o trasladarse porque lo que está
permitido en una comunidad no lo está en otra. Este proyecto de ley,
también en eso, se queda en la indefinición; falta ese anexo que
nosotros creemos debería existir.

Por todas estas razones, por el hecho de que falta una
contraprestación económica, que no está prevista y hay que tener en
cuenta que si no hay una subvención de la esterilización ésta no se
va a hacer y los animales se convertirán en abandonados, que sería
mucho peor...




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor López
Garrido, S.S. debe concluir.




El señor LÓPEZ GARRIDO: Por esa razón, señor presidente, nosotros
estamos en contra de este proyecto de ley. Creemos que es
insubsanable en cuanto al articulado. Probablemente nunca entrará en
vigor y algo habremos avanzado en ese sentido, pero quedará pendiente
la gran asignatura de regulación de los animales potencialmente
peligrosos.

Gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor López Garrido.

Para la presentación de la enmienda a la totalidad de devolución del
Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Madrid.




El señor MADRID LÓPEZ: La inexistencia de una legislación global y
actualizada sobre el perro como animal de compañía y su integración
social, tal y como ya figura en la legislación de los países
socialmente avanzados, hace necesaria la aprobación de una ley
adecuada que garantice tanto la seguridad de las personas y la
responsabilidad de los tenedores o dueños de los perros como el
derecho a disfrutar de la compañía de este animal.

Señor presidente, señoras diputadas y señores diputados, señor
ministro Posada, frente a la vieja teoría del perro como animal
peligroso per se, del perro intrínsecamente dañino, la corriente de
pensamiento más innovadora ve en el perro precisamente un elemento
instrumental que de acuerdo con el condicionamiento apropiado puede y
debe emplearse en gran variedad de actividades. Por sus
características propias, el perro pertenece a una especie social de
instinto predador. Algunas de estas actividades en manos de
individuos con tendencias antisociales puede ser el desarrollo de la
agresividad básica de los cánidos para crear disturbios.

Quiero plantear esta intervención en términos muy positivos de la
utilización y de la relación social del perro con los ciudadanos. La
finalidad por tanto de una ley sobre la tenencia de animales
potencialmente peligrosos no puede reducirse a penalizar la
existencia de perros que presenten determinadas características



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raciales o del conjunto de cuantos se inscriban dentro de una
concreta tipología racial, no penalizar meramente por su aspecto
físico, talla, peso, etcétera, sino buscar el control y la limitación
de aquellas exhibiciones de agresividad o violencia antisocial en las
que sean empleados por parte de sus propietarios, verdaderos
responsables de esa conducta agresiva. El perro que muestra
agresividad hacia el ser humano actúa siguiendo unas pautas de
conducta aprendidas, por lo que cabe considerar que el sujeto
violento es el dueño y el perro es un mero objeto a través del que se
manifiesta tal violencia. Por tanto, el perro será peligroso
dependiendo de cómo se le eduque y de quién lo emplee.

Por otro lado, hay que reconocer la existencia de animales tarados
psíquicamente como consecuencia de una crianza inadecuada en
condiciones ecológicas inapropiadas para la especie o con exceso de
consanguinidad, perros difícilmente recuperables y en los que la
esterilización está aconsejada. Dicha realidad contribuye a la
necesidad de incidir sobre el control de los libros genealógicos en
la crianza de perros de raza como una garantía de seguridad para los
ciudadanos.

Tampoco puede negarse la existencia de razas que genéticamente poseen
un temperamento más irascible, irritabilidad que puede exacerbarse
por diversos instintos, sexual, territorial, jerárquico, etcétera;
pero para que estos ejemplares de la especie canina se conviertan en
peligrosos no basta con el mensaje genético, precisan un medio
ambiente apropiado y una experiencia, factores ambos que sólo puede
proporcionarle el propietario.




La totalidad de las razas caninas que los medios de comunicación han
venido señalando como agresoras tienen cerca de un siglo de
existencia; por tanto no resultaría válido el planteamiento de que
dentro de la especie canina ha surgido en poco tiempo un irrefrenable
afán de morder a los ciudadanos. Tomado en consideración el hecho de
que numerosos antropólogos, sociólogos y educadores han detectado en
sectores de la sociedad moderna un creciente y en algunos casos
alarmante grado de irresponsabilidad, es quizá este factor el que
asimismo puede tener notable incidencia en el incremento de
agresiones efectuadas por los perros en los últimos tiempos. Por
tanto, el desencadenante de tales agresiones es multifactorial:
irresponsabilidad del propietario, educación inadecuada o
adiestramiento potenciando la agresividad, condiciones ecológicas
inapropiadas, y finalmente mensaje genético.

El proyecto de ley que nos presenta el Gobierno, señor ministro, no
afronta los problemas, más bien da la impresión de eludirlos o
intentar resolver precipitadamente vacíos legislativos y vicios
profundos de la Administración sin entrar en el fondo de los
problemas. El proyecto de ley no responde a objetivos generales en
los que se fundamenta el régimen competencial y que justifican la
intervención estatal de ordenación sobre la materia, y sin embargo
opta por un régimen administrativo de gestión que incide en el ámbito
propio
de las competencias autonómicas y locales. La iniciativa, al
extender su ámbito de aplicación a la tenencia de cualquier tipo de
fauna salvaje en cautividad y referirse a un concepto indeterminado
de animales potencialmente peligrosos y cuya concreción se relega al
ámbito reglamentario, provoca una confusión de conceptos en cuanto a
la especie canina. No responde el proyecto de ley a los problemas de
fondo, relativos al censo y control de genealogía y zootecnia de los
perros, ni establece garantías sobre la veracidad de los certificados
de origen y de pedigrí, que ahí está el fondo y el origen de
cualquier desarrollo legislativo y reglamentario, mediante el
oportuno control de la intervención e inspección que debe ejercer la
Administración sobre dichos libros genealógicos.

Este proyecto de ley, señor ministro, no aborda el cumplimiento de
las directivas europeas ni modifica el uso exclusivo y excluyente de
los libros genealógicos caninos en España, que como usted muy bien
sabe existe un monopolio privado, es decir la privatización de algo
que tiene que ser público. Este aspecto es fundamental y básico para
afrontar cualquier ordenación en el sector.

Finalmente, el proyecto de ley no contempla la prohibición específica
del adiestramiento de perros para peleas. Las peleas están
prohibidas, por tanto esta ley no tiene más que prohibirlas; pero no
hay en ningún sitio, ni tampoco en su proyecto de ley, nada que
especifique el adiestramiento de perros para peleas ni los requisitos
relativos al ejercicio de la profesión de adiestrador canino o de los
correspondientes al régimen de reconocimiento, determinación de
derechos y obligaciones, reconocimiento, participación y control de
las asociaciones reconocidas para la crianza de perros en nuestro
país.

Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista se ve en la
necesidad de presentar esta enmienda a la totalidad de devolución, al
considerar que el proyecto de ley no servirá en su estructura básica,
porque no alcanza los objetivos que se requieren en el ámbito de
legislación en un país socialmente avanzado como el nuestro.

Señor ministro, con el respeto personal que le tengo, le aconsejo
atención a la reciente herencia recibida, en la reorientación en
asuntos como el que hoy tratamos, pero también en el lino, la leche,
las pesquerías, la relación con las comunidades autónomas, con la
Unión Europea y otras. Organice el Ministerio con el menor lastre
posible, y se lo digo con la mayor lealtad; lealtad personal y
lealtad también de que acierte en las funciones que tiene
encomendadas.

Señoras diputadas y señores diputados, por todas estas razones y
otras muchas que es evidente no estamos en condiciones de explicar,
solicito su voto responsable a favor de la devolución de este
proyecto deley por ser desde su origen, y lo siento señor ministro



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aunque usted no tiene toda la responsabilidad, manifiestamente
mejorable.

Muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Madrid.

En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida y para
la presentación de su enmienda de totalidad y de devolución, tiene la
palabra el señor Centella.




El señor CENTELLA GÓMEZ: Señor presidente, señorías, se nos dice por
parte del Gobierno que presenta un proyecto de ley que responde a una
demanda de la sociedad y es evidente. Hay un debate social, hay una
demanda social que obliga a tomar medidas, pero también es una
demanda muy concreta que se produce por la repercusión que han tenido
determinados ataques de perros a personas y más concretamente a
jóvenes, a niños. La realidad -y queremos dejarlo claro en este
trámite- es que no estamos hablando de algo nuevo. La verdad es que
nos molesta que nos engañemos y que solamente cuando se ponen los
focos de los medios de comunicación sobre determinados problemas
parece que éstos surgen de la nada, y eso no es así, señorías.

Solamente cierta hipocresía social es lo que responde a esta
realidad, porque es evidente que las peleas de perros no son nada
nuevo ni tampoco es novedad la crianza de perros para fines
violentos. Por tanto, repito, tenemos que denunciar cierta hipocresía
social que solamente reacciona cuando los medios de comunicación se
ocupan de estos problemas. Tenemos que felicitarnos porque de no ser
porque los medios de comunicación ponen de manifiesto estos problemas
podríamos seguir sin tomar medidas. Repito que gracias a la situación
producida el Gobierno se ve obligado a tomar medidas sobre un tema
que, repito, no es nuevo ni siquiera es algo que sea ahora más
problemático que en otros momentos. En realidad lo que nos presenta
el Gobierno resuelve muy pocas cosas. Señorías, nos parece
sinceramente que lo que nos presenta el Gobierno está más dirigido a
ser un gesto, a reclamar la atención de ciertos colectivos y a quedar
bien ante una demanda social, que a resolver el problema que se
plantea. Creemos que el Gobierno, con la propuesta que nos presenta
no tiene voluntad de afrontar el problema, sino simplemente la
voluntad de realizar un gesto más de cara a la galería que a resolver
los problemas. Por eso hemos presentado una enmienda a la totalidad;
la presentamos porque no queremos ser cómplices de una ceremonia que
más que resolver problemas produce confusión. Como dijimos cuando
presentamos nuestra iniciativa parlamentaria hace ya meses, creemos
que se ha perdido una ocasión preciosa para afrontar con seriedad y
responsabilidad una situación que debe resolverse y afrontarse, y
debiera haberse hecho de una forma mucho más valiente y mucho más
eficaz. Como decía, presentamos una enmienda de totalidad
porque pensamos que la propuesta del Gobierno es confusa,
regula conjuntamente la tenencia de animales pertenecientes a la
fauna salvaje y la tenencia de animales domésticos y de compañía,
aunque estos últimos estén conceptuados como potencialmente
peligrosos. Sinceramente, nos resulta increíble que se pueda admitir
siquiera por parte del Gobierno la posesión de animales de fauna
salvaje, que entendemos debería estar absolutamente prohibida por las
particularidades y potencial amenaza que ello conlleva. Creemos que
no se pueden mezclar los elementos y que si el Gobierno quería
resolver el problema que produce la violencia derivada de las
agresiones de perros, tendría que haber afrontado ese tema y no
mezclarlo con otros. Entendemos que el proyecto es ambiguo y que si
bien el Gobierno parece querer aplicarlo a cualquier animal, porque
esa es la demanda social a la que quiere aparentar dar solución, lo
que desea es buscar su verdadero origen, que no es otro que los
perros peligrosos. En todo el texto se sufren diversas distorsiones
que hacen que no sea un texto concreto en lo que se refiere a la
violencia de los perros, ni general, porque tampoco podemos decir que
todos los animales pueden suponer un riesgo. Entendemos que navega y
naufraga entre dos aguas, sin que al final se regulen de forma clara
y precisa las medidas a adoptar para evitar lo que se debe evitar,
que son los ataques de perros a personas, tema concreto que, como
bien dice la exposición de motivos, ha provocado la alarma social
existente. Repito, creemos que en el texto está recogido de manera
demasiado vaga y demasiado escueta.

Es verdad que la exposición de motivos del proyecto de ley recoge que
la peligrosidad canina depende de factores ambientales y no de
factores genéticos, de tal manera que cualquier perro
convenientemente adiestrado puede representar un peligro,
independientemente de su raza. La verdad es que a uno que tiene un
pequeño perro caniche le cuesta trabajo admitir esta realidad, pero
parece que puede ser así y que cualquier perro adiestrado de forma
determinada puede ser agresivo, aunque a uno cuando mira a su perro
eso le parezca difícil. Generalmente el problema está en los dueños y
no en los perros, y ahí es donde creemos que el proyecto que se nos
presenta es demasiado recortado y demasiado poco preciso. Nos hubiese
gustado que se hubiesen definido los individuos potencialmente
peligrosos, porque pensamos que ahí es donde está el problema, y no
sólo en los perros potencialmente peligrosos. Consideramos que debía
haberse recogido que el entrenamiento debería estar única y
exclusivamente reservado a los Cuerpos de Seguridad del Estado y a
las empresas de seguridad con autorización oficial. (El señor
vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



Tampoco se recogen adecuadamente las actividades de cría, que
consideramos un tema fundamental, pues evidentemente muchas taras
psicológicas de algunosperros provienen de los pocos escrúpulos que
tienen



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sus dueños al criarlos. Repito una vez más que muchos problemas
vienen de los dueños y no de los perros, como el abuso que hacen a
veces de la consanguinidad cuando se produce una gran demanda de
perros de determinada raza. Veo los gestos de los miembros del
partido que apoya al Gobierno y veo que se sienten muy reflejados,
muy inmersos en el debate, ellos sabrán por qué.

Siguiendo con la línea argumental, nos parece que existe incoherencia
total en el texto del Gobierno cuando se dice de forma concreta que
no hay esa determinación de los animales que están conceptuados como
potencialmente peligrosos. Creemos que ahí se debía haber efectuado,
porque no se puede remitir a un reglamente. Hay elementos suficientes
para incluirlos en la ley, porque si no estamos haciendo una mera
declaración de intenciones y un texto de cara a la galería, no un
texto que resuelva los problemas. También creemos importante que se
exija la identificación de los animales domésticos con carácter
genético, que exista en todas las comunidades autónomas ese registro
general para que los identifique, evitando el abandono en comunidades
autónomas distintas a la propia. De no existir ese registro genético
se puede producir, como de hecho se produce, el abandono de perros en
comunidades distintas a las de origen.

Tampoco se hace referencia, y es hipocresía social, a la pelea de
perros, al entrenamiento, a la celebración, a la organización y a la
participación. Creemos que éste es uno de los elementos básicos y
claves que acaban generando problemas. No podemos mirar para otro
lado. Es una realidad que existen las peleas de perros y tenemos que
denunciar cierta pasividad a la hora de perseguirlas, porque es de
conocimiento público dónde se celebran y todo lo que gira en torno a
ellas. En esto hay mucha hipocresía social y también mucha dejación
por parte de los cuerpos de seguridad a la hora de perseguirlas. Si
además estas peleas de perros no se tratan convenientemente en esta
ley, al final habremos dado cierta carta de naturaleza a esta
actividad tan perniciosa, pues creemos que hay que considerar como
delito cualquier grado de participación en actividades relacionadas
con lo que son las peleas de perros.

En definitiva, creemos que este texto debería haber sido mucho más
preciso y mucho más concreto; que debería haber intentado resolver un
problema y no hacer un gesto de cara a la galería; que no debe
quedarse en declaración de intenciones sino que debería haber
solucionado ese problema que demanda la sociedad. Por eso creemos que
no es un texto válido y presentamos una enmienda a la totalidad con
carácter de devolución para que el Gobierno reelabore el texto y
busque ese consenso del que ha hablado el señor ministro, que
nosotros no hemos visto y nos gustaría que se produjese para poder
afrontar un problema y no crearlo.

Nada más, muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Centella.

¿Grupos parlamentarios que quieran fijar su posición en el debates?
(Pausa.)
Por parte de Coalición Canaria, señor Mardones tiene la palabra.




El señor MARDONES SEVILLA: Gracias, señor presidente.




Mi grupo, oída la razonable exposición de justificación de
presentación de este proyecto de ley por parte del Gobierno que ha
hecho el señor Ministro de Agricultura don Jesús Posada,
justificación razonable y sensata porque es necesario que dispongamos
de una base legislativa que aborde el problema en las facetas con que
se ha planteado hoy ante la sociedad y la realidad española.

En primer lugar es indiscutible que por una serie de hechos
lamentables, violentos y luctuosos algunos, se ha producido una
situación de alarma social. Concretamente en mi comunidad autónoma,
en la provincia de Las Palmas de Gran Canaria, en la isla de Gran
Canaria, este año el ataque de un perro agresivo causo la muerte
a una mujer. Esto ha sensibilizado a la opinión pública, junto a otros
casos y a través de los medios de comunicación social. En segundo
lugar, nos estábamos encontrando con una materia carente de
legislación. Una moda, los animales de compañía, animales domésticos
o no domésticos que conviven en el ambiente de la vivienda humana y
que era necesario regular por efectos hacia terceros. En tercer
lugar, porque Europa, tomando conciencia de este problema, también ha
comenzado a legislar de manera parcial y algunas veces incompleta.

Por eso creemos que aquí tenemos un instrumento que puede permitir
disponer a la Administración pública española de una legislación
sobre la que colgar modificaciones mejoras y distintas competencias.

La propia exposición de motivos viene a indicar dónde estuvo siempre
en el ordenamiento legal español, la unidad de responsabilidad que
eran las normas de policía municipal. Si muchos ayuntamientos
hubieran cumplido con lo que se disponía en las normas de policía
municipal en esta materia, no habríamos llegado a la situación actual
y tiene que ser el Gobierno central el que dé el primer paso en una
norma legal oportuna y necesaria en este momento.

La ponencia que dentro de la Comisión trate la materia en esta Cámara
va a recibir a personas conocedoras y expertos en la materia en todos
los órdenes (criadores, profesionales veterinarios, tenedores de
estos animales, vendedores en los circuitos comerciales) que
necesitan disponer de esta norma, y por la vía de enmiendas
mejorarla.

Mi propio grupo al analizar el texto del proyecto encuentra puntos en
que es necesario su complemento con nuevas disposiciones, incluso de
avances de la genética, donde también expertos hablan de que la
peligrosidad de ciertos animales no está solamente en



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condicionamientos de medio ambiente, de educación, formación o
entrenamiento, sino también en los peligrosos cruces, que en algunos
países como el Reino Unido han prohibido, porque una raza
teóricamente pacífica con otra raza pacífica da un producto híbrido
de alta agresividad. Esto lo saben muchos institutos que recurren a
esta vía genética.

Por otro lado, esas enmiendas van a enriquecer y perfeccionar el
texto. Tenemos experiencias europeas. No caigamos en errores, como ha
hecho Francia, que al cabo de tres meses de sacar una ley a este
respecto ha tenido que modificarla con otra; vamos a aprender
precisamente de esas experiencias. ¿Cómo no vamos a tener una percha
legislativa con el perfeccionamiento que en el trámite de ponencia y
Comisión vamos a enriquecer con las enmiendas? Mi grupo va a ofertar,
y ha ofertado ya, un amplio paquete de enmiendas en base de
cooperación y perfeccionamiento jurídico, técnico y administrativo a
estas actuaciones.

Nos encontramos ante un fenómeno en el que la especie canina, por
referirnos dentro del marco de la ley a la que más alarma ha
sembrado, se subdivide por efectos de medio ambiente, de la genética
ancestral o de los hábitos de los criadores, en una especie de museo
y de catálogo muy amplio de subespecies y razas, y algunas razas
caninas en su comportamiento más que un perro de compañía son fieras,
tienen el concepto de fiera en la agresividad, y por tanto la
legislación tiene que venir aquí. También se van a respetar las
competencias municipales que son los órganos de base para velar por
el cumplimiento de estas disposiciones.




Hay un apartado que quiero resaltar porque va a significar el
argumento de nuestro apoyo a este proyecto de ley del Gobierno, que
son las licencias. Señores, en este uso, y termino señor presidente,
hay personas responsables la mayoría afortunadamente; tenemos que
reconocerles una labor meritoria en España a los clubes de razas y a
las asociaciones de criadores que son personas responsables, pero
muchas veces el que obtiene el producto no lo es y hay que exigirle
una licencia.

Nosotros, señor presidente, en esta línea de cooperación
y perfeccionamiento por vía de enmiendas vamos a enriquecer
positivamente este proyecto que tiene en su sistemática un orden muy
lógico, muy práctico, muy consecuente, muy de sentido común, y sobre
todo muy necesario. (El señor Presidente ocupa la Presidencia.)
El Gobierno y el Parlamento en este momento no pueden quedarse
insensibles y en una política de don tancredo ante un problema de
alarma social, y que aunque no tuviera tanta habría que resolverla
con una legislación para que el problema el día de mañana no vaya a
mayores con los efectos cualitativos en cuanto a razas agresivas o
animales peligrosos y cuantitativos por el número de ciudadanos que
quieren tener este bien y que la legislación lo tiene que regular.

Por estas razones, nosotros nos opondremos con nuestro voto a que
prosperen esas enmiendas que piden la devolución, porque la ley es
necesaria, y por tanto apoyaremos el proyecto del Gobierno.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Tiene la palabra la señora Uría. Les ruego que vayan siendo muy
breves.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.




Señorías, señor ministro, las prisas, además de los perros son
también peligrosas y los proyectos que se remiten fruto de ellas
resultan finalmente chapuceros. Cierto es que el proyecto pretende
hacer frente a una demanda de la sociedad, alertada por las noticias
que en relación con ataques de animales a personas han venido
produciéndose últimamente, pero debería tenerse en cuenta que varias
comunidades autónomas con competencias en materia de ganadería, como
es el caso de la comunidad autónoma vasca, han aprobado normas en las
que se contienen las mismas previsiones que las que se contienen en
este proyecto que nos manda ahora el Gobierno. No deben olvidarse
tampoco las distintas ordenanzas municipales que regulan muchos
aspectos del comportamiento de los animales.

Sorprendentemente, el proyecto de ley utiliza como título
competencial el 149.1.29 de la Constitución, referido a las
competencias exclusivas del Estado en materia de seguridad pública, y
ello en razón de que la tenencia de animales potencialmente
peligrosos supone un potencial peligro para la seguridad de personas
y de bienes. De este modo, entendemos, viene a trastocarse el sistema
de distribución competencial mediante el abuso de un título que
impide el ejercicio de las legítimas competencias de otros titulares.

A la vista está que muchos de los hechos y circunstancias objeto de
regulación pueden ser encuadrados dentro del marco de la seguridad
pública; en efecto, pero habiendo dualidad de encuadramientos se
trata de analizar si está justificada la proyección de una
competencia exclusiva estatal al amparo de un título, que es el de
seguridad pública, en una materia que versa sobre animales,
producción y sanidad animal, es decir, sobre la que es perfectamente
lícito atraer las competencias económicas exclusivas en materia de
ganadería, tal y como permite el artículo 148.1.7 de la Constitución
española.

Se habla, además, de seguridad pública, que es un concepto más
restrictivo que el de orden público. En el concepto orden público por
lo menos entran las cuestiones referidas a la salubridad, que en
algunos aspectos tienen clara relación con la materia de animales.

Cierto es que en una situación generalizada de ataques caninos a la
población podría amenazarse la seguridad pública y justificar una
intervención de las autoridades a las que corresponda su custodia,
pero lo normal es que las medidas ordinarias o estructurales sean
adoptadas



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respetando el orden normal de competencias por quienes ostentan la
competencia de agricultura y ganadería y, por tanto, no se sustituya
a esas autoridades competentes por la intervención de aquellas.

En definitiva, señorías, no puede aceptarse que la competencia en
materia de servicios policiales atraiga hacia quien la ostenta la
titularidad de cualquier otra competencia en garantía de la seguridad
ciudadana. Se acepta, por tanto, la existencia de actividades
convergentes en el logro de situaciones de seguridad, pero desde
luego hay otros títulos competenciales.

Resulta, además, que el proyecto, aun proclamando la competencia en
materia exclusiva de seguridad ciudadana, regula la materia
atribuyendo competencias de ejecución a las comunidades autónomas, lo
que si el título es el 149. 1. 29 resultaría imposible. Además, se
hace referencia a órganos y autoridades encargadas de velar por la
seguridad pública, siendo incluso su promotor el Ministerio de
Agricultura, tal y como consta en la propia firma del proyecto y como
hemos visto en su presentación ante esta Cámara.

Todo esto, señorías, no encaja nada bien. Ya he indicado que, en lo
relativo a la comunidad autónoma vasca, la Ley del Parlamento Vasco
6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales, contempla
las circunstancias de hecho a las que se refiere este proyecto que
analizamos, ley vigente que, por cierto, jamás ha sido recurrida
desde instancia estatal alguna. Igualmente, se han hecho en relación
con ella diversos desarrollos reglamentarios que tampoco han sido
recurridos.

No obstante, señorías, y por la alarma social generada, aceptamos la
entrada en la Cámara de este texto y optamos por la constructiva vía
de las enmiendas parciales que, por cierto, hemos presentado ya en
número abundante y que, justo es decirlo (debe ya hacerse a la idea,
señor ministro), le desbaratan casi en su totalidad el proyecto pero
lo hace más acorde con el orden constitucional de competencias.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Uría.

Cuando hay capacidad de síntesis, hasta las prisas son convenientes.

Muchas gracias.

Corresponde ahora hablar al señor Companys, de Convergència i Unió.




El señor COMPANYS SANFELIU: Muy brevemente, y desde el escaño,
señorías, para posicionarme en lo que hace referencia a las enmiendas
a la totalidad de devolución que han defendido los Grupos
Parlamentarios Socialista, Mixto e Izquierda Unida. Efectivamente,
estamos de acuerdo con la necesidad de regular un tema tan importante
como es el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente
peligrosos.Cuando hablamos de animales potencialmente peligrosos,
nuestro grupo parlamentario entiende que también estamos hablando de
forma especial de animales venenosos, de grandes carnívoros,
etcétera, por la alarma social que estos pueden provocar.

Es tan importante el tema, señor presidente, que el Parlamento de
Cataluña el 4 de marzo de 1998, por tanto hace más de un año, ya
legisló al respecto, y además yo creo que hizo una ley bastante
ajustada a la realidad, otra cosa es que luego los ayuntamientos la
terminen cumpliendo. Por tanto, nuestro grupo parlamentario
presentará enmiendas al redactado que sin duda tendrán la voluntad de
mejorarlo sobre todo en temas de carácter competencial. No obstante,
no podemos votar a favor de la enmienda a la totalidad, porque
entendemos que es una buena base para poder trabajar.

Muchas gracias, señor presidente, muchas gracias, señoras y señores
diputados.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Companys.

Finalmente, don Teófilo de Luis, por el Grupo Popular.




El señor DE LUIS RODRÍGUEZ: Gracias, presidente.

Tomo la palabra en nombre de mi grupo parlamentario para fijar
posición en relación a las enmiendas de totalidad que se han
presentado y que hoy ocupan el orden del día de este Pleno, que ha
sido excesivamente largo, en opinión de algunos.

Como no puede ser de otra forma, mi grupo parlamentario no comparte
las críticas que aquí se han oído y, en cambio, sí estamos mucho más
en línea con la opinión que el ministro ha dejado en la presentación
del proyecto de ley. Nosotros sí consideramos que es absolutamente
conveniente la tramitación de este proyecto de ley en este momento, y
esta afirmación la sostenemos en los siguientes principios.

Consideramos que el proyecto de ley es oportuno política y
socialmente. Entendemos que es un proyecto de ley equilibrado,
neutral, por las razones que después explicaré, y entendemos que
también es un proyecto de ley coherente con la posición que mi grupo
ha mantenido en esta Cámara con ocasión de debates que se han
celebrado en ella en torno a este particular.

Cuando digo que el proyecto de ley, desde mi punto de vista y desde
el punto de vista de mi grupo, es oportuno política y socialmente, lo
hago en base a la revisión de antecedentes que la Cámara tiene
respecto a este asunto. Yo recuerdo que, estando en la oposición mi
grupo parlamentario, ya estábamos preocupados por el riesgo potencial
que para los ciudadanos significaba determinada proliferación, o un
cierto incremento de determinados tipos de perros. En aquel momento
estábamos preocupados fundamentalmente por el incremento de la
demanda de determinados tipos de perro.

Un diputado de mi grupo entonces hizo una pregunta escrita al
Gobierno para saber si el Gobierno tenía datos sobre el particular, y
para saber las medidas que el Gobierno tenía implementadas a efectos
de minorar el riesgo.La respuesta, que he consultado en el Boletín
Oficial de la Cámara, dice que datos no se tienen sobre determinadas
importaciones de perros y que desde luego la seguridad estaba más que
garantizada con el uso de la correa y el bozal.




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Naturalmente la respuesta nos pareció escasa, las medidas nos
parecieron insuficientes, y por esa razón hemos continuado siguiendo
la pista al problema y, a principios de año, conscientes de que los
incrementos de inscripciones en el libro de orígenes que custodia la
Real Sociedad Canina de determinado tipo de perros era muy superior a
la tendencia normal de razas (había razas, que por su morfología
podían ser potencialmente peligrosas, que tenían un incremento de
inscripciones del 50 por ciento), mi grupo en febrero de 1999
presentó una proposición no de ley sobre este asunto en la Comisión
de Agricultura, Ganadería y Pesca. Esa proposición no de ley
pretendía que el Gobierno estudiara la situación y, en función de sus
conclusiones, adoptara las medidas administrativas y legales
oportunas para solventar el problema.

Naturalmente la proposición no de ley fue aprobada, y yo entiendo que
hoy el proyecto de ley que la Cámara estudia y que fue remitido por
el Gobierno en el mes de septiembre responde al cumplimiento
riguroso, rápido y eficaz del Gobierno de un mandato de la Cámara.

Yo también considero que el proyecto de ley es oportuno política y
socialmente por muchas razones de las que aquí se han invocado. Hay
una demanda social que requiere, a efectos de tranquilizar a la
opinión pública y a la ciudadanía, una regulación en estos aspectos
y, por otra parte, es evidente que existe un vacío legal en nuestro
ordenamiento jurídico que hace más que recomendable la existencia de
un proyecto de ley de estas características.

La segunda razón que yo mencionaba al inicio de mi intervención era
el carácter equilibrado, neutro, del proyecto de ley. Cuando digo
esto lo que pretendo es, en primer lugar, destacar que el objetivo
primero del proyecto de ley es el incremento de la seguridad de los
ciudadanos. La segunda idea que conviene señalar es que durante todo
el desarrollo del proyecto de ley en ningún momento el proyecto de
ley vulnera los derechos de los ciudadanos que, ejerciendo la
libertad a la que tienen derecho, deciden que un determinado animal
de compañía les acompañe sea en su vivienda o en su entorno familiar.

Y, por otra parte, entiendo que el proyecto de ley también es
respetuoso con los animales a los que ni se les lesiona, se les
protege y -podríamos decir entre comillas- se protegen sus derechos.

Nosotros compartimos este planteamiento en torno a la necesidad de
protección de los animales y porque se protege a los ciudadanos,
porque se respeta a los propietarios y porque se respeta a los
animales, consideramos que el proyecto de ley es neutral o
equilibrado.

Por último, yo invocaba la razón de coherencia con la posición
mantenida por mi grupo parlamentario. Cuando en febrero de 1999 en la
Comisión de Agricultura tuve el honor de defender la proposición no
de ley de mi grupo, yo señalaba -y en aquel entonces hablábamos
exclusivamente de perros- que sobre el carácter de un animal adulto
podía influir, en primer lugar,
la política de cría. Naturalmente una política de cría no
conveniente, no responsable o no rigurosa podría conseguir que un
determinado animal tuviera ciertas características morfológicas
acentuadas o incluso determinadas características de su
comportamiento, como puede ser la agresividad. Entonces nosotros
estimábamos oportuna la existencia de determinados controles, y esos
controles están regulados en los artículos 3, 4 y 5 del proyecto de
ley que nos ocupa.

También en aquel momento entendíamos necesario, dada la
importantísima influencia que tiene el adiestramiento, que puede
conseguir que un determinado animal, ante determinados estímulos,
tenga un determinado comportamiento, que existiera un cierto orden en
toda la actividad de adiestramiento. El proyecto de ley, en su
artículo 7, contempla una ordenación de la actividad de
adiestramiento.

También en aquel momento considerábamos un elemento decisivo en el
comportamiento de un animal adulto la propia actitud de su
propietario. Y eso algún otro grupo, incluso de los que han
presentado enmienda de totalidad, así lo consideraba. El proyecto de
ley pretende, siempre y cuando el animal sea potencialmente
peligroso, y reglamentariamente establecido, señalarle al propietario
que ello implica determinadas responsabilidades que tiene que asumir
para que precisamente el ejercicio de su libertad individual, a la
que tiene derecho, no vaya a vulnerar o a atentar contra los derechos
de sus conciudadanos.

Recogiendo las palabras finales del ministro, yo espero que el
proyecto de ley culmine su tramitación parlamentaria en la Comisión
correspondiente en el menor tiempo posible para que, después de
cumplir el trámite obligado en el Senado, se convierta en pieza de
nuestro ordenamiento jurídico, dando así satisfacción al vacío y a la
demanda social.

Yo brindo la colaboración de mi grupo para mejorar en lo posible el
texto, si así fuera necesario. Todo ello, y creo que es la idea que
todos los grupos deben tener presente cuando se haga el trabajo en
Comisión, encaminado a conseguir el objetivo fundamental de este
proyecto de ley, que es incrementar la seguridad de los ciudadanos
sin vulnerar los derechos de ninguna de las partes implicadas en este
problema.

Muchas gracias, presidente. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor De Luis.




- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES EN RELACIÓN CON EL
PROYECTO DE LEY SOBRE MEDIDAS DE CONTROL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS
SUSCEPTIBLES DE DESVÍO PARA FABRICACIÓN DE ARMAS QUÍMICAS. (Número de
expediente 121/000173.)



El señor PRESIDENTE: Vamos a pasar al último punto adicional del
orden del día, tal y como aprobó el



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Pleno al modificar el martes por unanimidad el orden del día:
Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores al proyecto de ley
sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de
desvío para la fabricación de armas químicas. ¿Algún grupo
parlamentario desea intervenir? (Pausa.)
En ese caso, vamos a proceder a las votaciones. (El señor Pedret i
Grenzner pide la palabra.)
Señor Pedret.




El señor PEDRET I GRENZNER: Gracias, señor presidente.




Una de las indiscutibles virtudes del parlamentarismo es el hecho de
que las conversaciones pueden llevar no sólo a rectificar la opinión,
sino también el voto. En este sentido, las conversaciones mantenidas
con posterioridad al debate en plenario sobre las enmiendas del
Senado a la ley sobre nombre y apellidos y orden de los mismos han
llevado a nuestro grupo a rectificar no sólo la opinión, sino también
el sentido del voto respecto a aquellas enmiendas a las que ya se
había anunciado voto negativo. Esto es lo que pongo en conocimiento
del Pleno.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Pedret.




ENMIENDAS DEL SENADO (VOTACIONES)



- PROYECTO DE LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. (Número de
expediente 121/000163.)



El señor PRESIDENTE: Comenzamos las votaciones correspondientes a las
iniciativas debatidas desde antes del mediodía, del almuerzo, y, a su
vez, dentro de ellas, corresponden las primeras a las enmiendas del
Senado al proyecto de ley de ordenación de la edificación.

En primer lugar, votamos un bloque integrado por el artículo 3,
apartado b), 1; artículo 14, apartado 3.b), y la disposición
derogatoria primera.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
292; a favor, 292.




El señor PRESIDENTE: Quedan las enmiendas aprobadas por unanimidad.

Artículo 18, apartado 2; artículo 19, apartado 1.b) y disposición
adicional sexta.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
293; a favor, 172; en contra, uno; abstenciones, 120.

El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados los referidos artículos y la
disposición adicional sexta.

Votamos las disposiciones adicionales quinta y séptima, transitoria
primera y derogatoria segunda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
293; a favor, 165; en contra, 127; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las disposiciones.




Restantes enmiendas del Senado al proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
292; a favor, 171; en contra, 118; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las restantes enmiendas al
proyecto de ley de ordenación de la edificación.




- PROYECTO DE LEY SOBRE SISTEMAS DE PAGOS Y DE LIQUIDACIÓN DE
VALORES. (Número de expediente 121/000168.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a las enmiendas al proyecto de ley sobre
sistemas de pagos y de liquidación de valores, comenzando por las
enmiendas a los artículos 3 y 5, más las disposiciones adicionales
cuarta y sexta nuevas.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
294; a favor, 291; en contra, uno; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados los referidos artículos y
disposiciones.

Pasamos a votar la disposición adicional séptima nueva.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
294; en contra, 293; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la disposición adicional séptima
nueva.

Votamos el resto de enmiendas del Senado a este proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
294; a favor, 165; en contra, 127; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las restantes enmiendas del
Senado al proyecto de ley sobre sistemas de pagos y de liquidación de
valores.




- PROYECTO DE LEY PARA PROMOVER LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y
LABORAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS. (Número de expediente 121/
000172.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos así a la votación de las enmiendas que
la Alta Cámara ha formulado al proyecto de ley para promover la
conciliación de la vida familiar y laboral de las personas
trabajadoras, comenzando por la enmienda al artículo 20.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
294; a favor, 287; en contra, seis; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda al artículo 20.

Enmiendas al resto del articulado.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
294; a favor, 294.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad las enmiendas
del Senado al resto del articulado.

Enmiendas a la exposición de motivos, párrafo duodécimo.




Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
294; a favor, 173; en contra, 118; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda al párrafo duodécimo
de la exposición de motivos.

Pasamos a votar el párrafo decimotercero de la exposición de motivos,
que ha sido enmendado por la Alta Cámara.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
295; a favor, 293; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado también el párrafo decimotercero
de la exposición de motivos al proyecto de ley de conciliación de la
vida familiar y laboral.




- PROPOSICIÓN DE LEY SOBRE NOMBRES Y APELLIDOS Y ORDEN DE LOS MISMOS.

(Número de expediente 122/000260.)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado a la proposición de ley
sobre nombre y apellidos y orden de los mismos. Se votan todas
conjuntamente.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
293; a favor, 290; en contra, dos; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas del Senado al
referido proyecto de ley.




DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS (VOTACIONES.)



- PROYECTO DE LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (Número
de expediente 121/000177.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a las enmiendas de totalidad al proyecto
de ley del Estatuto Básico de la Función pública. Al ser de
devolución todas las enmiendas presentadas, se van a votar
conjuntamente.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
295; a favor, 121; en contra, 168; abstenciones, seis.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas de totalidad de
devolución al proyecto de ley del Estatuto básico de la Función
pública, para el que se ha solicitado la avocación por el Pleno de la
deliberación y votación final. Se somete a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
295; a favor, 295.




El señor PRESIDENTE: Todos los votos son favorables a la avocación,
que queda así aprobada por unanimidad.




- PROYECTO DE LEY SOBRE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA TENENCIA DE
ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS. (Número de expediente 121/000184)



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El señor PRESIDENTE: Enmiendas de totalidad al proyecto de ley sobre
el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente
peligrosos. Se producirá en una sola votación la de las tres
enmiendas de totalidad, de devolución.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
293; a favor, 126; en contra, 167.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas de totalidad, de
devolución, al proyecto de ley sobre el régimen jurídico de tenencia
de animales potencialmente peligrosos.




- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES EN RELACIÓN CON EL
PROYECTO DE LEY SOBRE MEDIDAS DE CONTROL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS
SUSCEPTIBLES DE DESVÍO PARA FABRICACIÓN DE ARMAS QUÍMICAS. (Número de
expediente 121/000173.)
El señor PRESIDENTE: Dictamen de la Comisión de



Asuntos Exteriores al proyecto de ley sobre medidas de
control de sustancias químicas susceptibles de desvío
para la fabricación de armas químicas. Como no ha
tenido enmiendas, se somete a votación el conjunto del dictamen.




Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos emitidos, 292; a favor, 291; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda, en consecuencia,
aprobado el dictamen.




Concluido el orden del día, por fin, se levanta la
sesión. Buenas noches.