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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 245, de 24/02/1998
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BOLETIN OFICIAL

DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie D:


GENERAL 24 de febrero de 1998 Núm. 245

INDICE

Control de la acción del Gobierno

PROPOSICIONES NO DE LEY

Pleno

162/000206 Proposición no de Ley presentada por el Grupo

Parlamentario Mixto, de desaprobación de la gestión de la Ministra de

Justicia (Página 2)

162/000207 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Socialista

del Congreso, relativa a la circular del Ministerio del Interior a las

Fuerzas de Seguridad del Estado sobre el trato cotidiano a la mujer

víctima de malos tratos (Página 2)

162/000208 Proposición no de Ley presentada por el Grupo

Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a medidas para garantizar

los derechos de los consumidores y usuarios en la adquisición de

productos o servicios cuyo costo o precio se mida por aparatos

automáticos (Página 3)

162/000209 Proposición no de Ley presentada por el Grupo

Parlamentario Federal de Izquierda Unida, por la que se insta al Gobierno

a que, en colaboración con la Generalidad Valenciana, adopte las medidas

oportunas para evitar la urbanización de la zona húmeda en el término de

Masamagrell (Valencia) (Página 4)

162/000210 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Socialista

del Congreso, sobre actualización de la Orden Ministerial de 22 de abril

de 1972, por la que se aprueban las Normas Reguladoras de los vendedores

profesionales de prensa (Página 4)

162/000211 Proposición no de Ley presentada por el Grupo

Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre comercialización y

consumo racionalizado de los medicamentos (Página 5)

162/000212 Proposición no de Ley presentada por el Grupo

Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la prevención de los

accidentes de circulación en los que se ven involucrados los niños

menores de nueve años (Página 6)




Página 2




CONTROL DE LA ACCION DEL GOBIERNO

PROPOSICIONES NO DE LEY

Pleno

162/000206

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.


Proposición no de Ley de desaprobación de la gestión de la Ministra de

Justicia.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194

del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando

traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 1998.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el artículo 193 del Reglamento del

Congreso de los Diputados, el Grupo Mixto presenta la siguiente

Proposición no de Ley para su debate y votación en el Pleno de la Cámara,

a instancia de la diputada Cristina Almeida Castro (Partido Democrático

de la Nueva Izquierda) y del diputado Joan Saura Laporta (Iniciativa-Els

Verds).


La reciente historia de nuestro país y de otros países hispanoamericanos

acredita la dificultad del establecimiento y consolidación del sistema

democrático, objetivo que no sólo no puede nunca considerarse cumplido,

sino que, además, por su reciente consecución, requiere de una cuidadosa

atención.


Por ello reviste una especial importancia no sólo la existencia de

mecanismos de vigilancia sino también la correcta designación de las

personas al frente de los mismos.


En nuestro país cabe destacar el papel que en tal sentido tiene asignado

la Fiscalía General del Estado así como el Fiscal Jefe de la Audiencia

Nacional.


Al frente de tales instituciones se encuentran en la actualidad en

nuestro país personas con muy escasa sintonía con los valores

democráticos, como se ha tenido desgraciadamente ocasión de comprobar en

la práctica, más allá de formales y forzadas, amén de tardías,

declaraciones verbales.


La decisión de mantener a estas personas al frente de tales instituciones

implica una opción política de grave transcendencia, que viene a

confirmar el grave error de la inicial designación.


Esa decisión es, sin lugar a dudas, de la exclusiva responsabilidad de la

actual Ministra de Justicia y la gravedad de la situación exige que esta

Cámara la exija formalmente.


Por todo lo anterior, se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados manifiesta expresamente su desaprobación de

la gestión de la Ministra de Justicia y acuerda dar traslado al Gobierno

de esta desaprobación.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de febrero de 1997.--Cristina

Almeida Castro, Diputada.--Joan Saura Laporta, Diputado.--Ricardo Peralta

Ortega, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000207

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.


Proposición no de Ley relativa a la circular del Ministerio del Interior

a las Fuerzas de Seguridad del Estado sobre el trato cotidiano a la mujer

víctima de malos tratos.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194

del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando

traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 1998.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.





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A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y

siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,

presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa a la circular del

Ministerio del Interior a las Fuerzas de Seguridad del Estado sobre el

trato cotidiano a la mujer víctima de malos tratos, para su debate el

Pleno.


Motivación

Estamos asistiendo a una alarma social producida fundamentalmente por las

muertes a manos de sus ex-maridos o compañeros de varias mujeres, y

alguna de ellas con una especial crueldad, lo que ha supuesto una

continuada manifestación de condenas a la violencia contra las mujeres y

la solicitud de medidas eficaces que, por un lado, eviten el maltrato y,

por otro, se atienda a las mujeres con agilidad y recursos suficientes,

cuando denuncian la violencia de que son objeto.


Cuando una mujer que sufre malos tratos ha decidido denunciarlo, lo hace

normalmente ante la Policía o la Guardia Civil, con el fin de asegurar

una recepción adecuada a su demanda.


En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la

siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que el Ministerio

del Interior envíe una circular a las Fuerzas de Seguridad del Estado

recogiendo todas las directrices a tener en cuenta en el trato cotidiano

con la mujer víctima de los malos tratos.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de febrero de 1998.--Belarmina

Martínez González, Diputada.--Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Portavoz del

Grupo Parlamentario Socialista.


162/000208

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición no de Ley relativa a medidas para garantizar los derechos de

los consumidores y usuarios en la adquisición de productos o servicios

cuyo costo o precio se mida por aparatos automáticos.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194

del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando

traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 1998.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto

en el artículo 193 y ss. del vigente Reglamento de la Cámara, tiene el

honor de presentar la siguiente Proposición no de Ley, relativa a medidas

para garantizar los derechos de los consumidores y usuarios en la

adquisición de productos o servicios cuyo costo o precio se mida por

aparatos automáticos, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos

Un estudio llevado a cabo por una organización de consumidores de ámbito

estatal en los últimos días ha puesto de manifiesto la existencia de

irregularidades en la prestación del servicio de suministro de

combustible a los usuarios, con el consiguiente perjuicio económico para

los mismos, de confirmarse la veracidad de las denuncias efectuadas en

relación con algunas estaciones de servicio.


Con independencia de los resultados de las investigaciones en curso, es

evidente que el ciudadano tiene derecho a la máxima seguridad y confianza

tanto en la calidad de los bienes y servicios que demanda como en que el

precio abonado se corresponda fielmente con la cantidad y calidad

solicitadas.


El debate generado en torno a la adecuación de la actual normativa a los

avances informáticos y electrónicos en el campo de los sistemas de

medición y control metrológico aconsejan una revisión en profundidad de

su eficacia y de las garantías frente a intentos de manipulación.


El marco de transferencias competenciales en materia de inspección de

consumo a las Comunidades Autónomas debe implicar en todo caso la

adopción de medidas que faciliten el máximo nivel de coordinación en la

elaboración y ejecución de planes de inspección y su configuración como

instrumentos de garantía para los consumidores.


Por todo ello, se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las medidas

posibles, dentro de sus competencias, para mejorar la garantía de los

derechos de los consumidores y usuarios en la adquisición de productos o




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servicios cuyo costo o precio se mida por aparatos automáticos, en

particular.


1. Solicite un informe al Centro Español de Metrología sobre la

adecuación de la normativa en vigor sobre controles metrológicos a los

nuevos avances en la materia y sus eventuales modificaciones,

remitiéndolo al Congreso de los Diputados en el plazo de tres meses.


2. Desarrolle cuantas iniciativas sean necesarias para reforzar la

actividad de inspección, así como las modificaciones necesarias en la

normativa vigente para una mayor coordinación en esa materia.


3. Incremente la colaboración con las asociaciones de consumidores para

la realización de nuevas iniciativas conjuntas de información a los

ciudadanos sobre sus derechos y sistema de garantías legales en vigor

para una más eficaz defensa de sus intereses.


4. Promocione la colaboración entre las compañías suministradoras,

asociaciones empresariales y usuarios para facilitar el control, las

reclamaciones, la elaboración y aplicación de códigos de conducta y el

establecimiento de responsabilidades contractuales en cada sector en

orden a alcanzar las máximas garantías para el ciudadano.»

Madrid, 11 de febrero de 1998.--El Portavoz, Luis de Grandes Pascual.


162/000209

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


AUTOR: Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.


Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a que, en

colaboración con la Generalidad Valenciana, adopte las medidas oportunas

para evitar la urbanización de la zona húmeda en el término de

Masamagrell (Valencia).


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194

del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando

traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 1998.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta la

siguiente Proposición no de Ley para su debate ante el Pleno.


La Ley de Aguas, en su artículo 103, así como el Reglamento de Dominio

Público Hidráulico en su artículo 279, establecen la necesidad de

actuación administrativa previa a la hora de emprenderse obras,

actividades o aprovechamientos que puedan realizarse en una zona húmeda.


En el término municipal de Masamagrell, en la provincia de Valencia, se

ha iniciado la desecación del marjal de este término municipal de

Valencia denominado Rafalell y Vistabella, para ejecutar un proyecto

urbanístico en la zona.


Este marjal, según informes técnicos, tiene una importancia fundamental

como terreno de drenaje de inundaciones y como freno a la salinización de

acuíferos producida por la intrusión marina. Constituye, además, una

importantísima reserva acuífera y fuente de acumulación de aguas

freáticas por su capacidad de retención de agua y de mantenimiento del

régimen hídrico.


Esta zona, por otro lado, integra el abanico final de desagüe de un

barranco que inicia actualmente su trazado en el casco urbano de

Masamagrell y drena las zonas de huerta que se extienden hacia el

interior. Sin embargo, los documentos urbanísticos sometidos a exposición

pública por el Ayuntamiento no contemplan ni el encauzamiento, ni el

desvío del citado barranco ni alternativa alguna para prevenir la

evacuación de aguas pluviales en caso de lluvias torrenciales, lo que

aumenta el riesgo de inundaciones y el peligro para vidas y propiedades.


La actual legislación tanto española como comunitaria, además de la

citada anteriormente, obliga a la protección de todas las zonas húmedas

teniendo en cuenta además que la Consellería de Medio Ambiente de la

Generalitat Valenciana ha hecho público recientemente el catálogo de

zonas húmedas.


Por todo ello se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en colaboración

con la Generalitat Valenciana, adopte las medidas oportunas para evitar

la urbanización de la zona húmeda en el término de Masamagrell en

cumplimiento de la legislación aplicable.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de febrero de

1998.--Presentación Urán González, Diputada del Grupo Parlamentario

Federal IU.--Rosa Aguilar Rivero, Portavoz del Grupo Parlamentario

Federal IU.


162/000210

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.





Página 5




AUTOR: Grupo Socialista del Congreso.


Proposición no de Ley sobre actualización de la Orden Ministerial de 22

de abril de 1972, por la que se aprueban las Normas Reguladoras de los

vendedores profesionales de prensa.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194

del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando

traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 1998.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme

a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y

siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la

siguiente Proposición no de Ley en Pleno, para actualizar y adaptar la

Orden Ministerial de 22 de abril por la que se aprueban las Normas

Reguladoras de los vendedores profesionales de prensa.


Exposición de motivos

Con la aparición en Europa de varias publicaciones escritas, fechando la

primera en 1906 en Praga, nace lo que hoy entendemos por prensa escrita

como medio de comunicación de masas.


Si inicialmente estas hojas o publicaciones eran distribuidas con

carácter personal por el propio editor o por correo a los primeros

suscriptores, el crecimiento y desarrollo de la prensa hace que las

empresas editoras buscasen soluciones para la venta y distribución de sus

publicaciones, con la finalidad de llegar al mayor número de lectores

posible, utilizándose para tal fin el servicio del vendedor de prensa,

que, si bien en un principio eran vendedores ambulantes, hoy día y debido

al crecimiento de las ciudades, a la mayor demanda de periódicos y

revistas y a la dignificación lógica del ejercicio del trabajo se han

transformado los canales de distribución de ambulantes a sedentarios y,

el vendedor, se ha convertido en profesional de la venta y distribución

de la prensa.


El Ministerio de Trabajo en un afán voluntarista de regular una actividad

que se diferenciaba por sus especiales características a cualquier otra

ya normada, dictó la Orden Ministerial de 22 de abril de 1972 denominada:


Normas Reguladoras de los vendedores profesionales de prensa.


Si bien además de que debe considerarse viciado y nulo de pleno derecho

la totalidad del Capítulo IV de la citada orden en cuanto contraviene el

libre derecho de sindicación recogido en el artículo 28 de nuestra Carta

Magna, hay que añadir que la Orden de 22 de abril de 1972 anterior a la

Constitución, no es más que una aspiración voluntarista y unilateral de

la Administración de plasmar con carácter normativo unos hábitos y usos

mercantiles ya existentes en un texto legal de ínfimo rango jerárquico.


Cabe destacar que el propio carácter laboral de las relaciones que regula

le viene denegado al no dar a la Orden el carácter de reglamentación

laboral u ordenanza como de forma habitual se promulgaron textos

ordenadores de las relaciones de trabajo a partir de 1963. Tampoco se

puede decir que se intentase regular por dicha Orden una relación laboral

de carácter especial, toda vez que ésta habría tenido que ser dictada con

rango de Ley.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta, para su debate

y aprobación en el Pleno, si procede, la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que, de la forma más

urgente posible, actualice la regulación contenida en la Orden

Ministerial de 22 de abril de 1972 por la que se aprueban las Normas

Reguladoras de los vendedores de prensa y la adapte al régimen

constitucional vigente.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 1998.--María

Jesús Arrate Varela Vázquez, Diputada.--Jesús Caldera Sánchez-Capitán,

Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000211

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


AUTOR: Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.


Proposición no de Ley sobre comercialización y consumo racionalizado de

los medicamentos.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194

del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando

traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 1998.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.





Página 6




A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los

Diputados, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, presenta la

siguiente Proposición no de Ley para su debate en el Pleno de la Cámara.


Nuestro país ocupa el primer lugar de la Unión Europea en uso irracional

de los medicamentos, tal y como demuestra el principal indicador médico

utilizado para medirlo: España está a la cabeza de los países de nuestro

entorno en resistencias a los antibióticos.


Este hecho tiene, tanto graves consecuencias para la salud pública, como

para la economía, en la medida en que se produce un gasto público y

privado que no está justificado por las necesidades de salud.


Para ir avanzando hacia el objetivo de lograr que el uso de los

medicamentos se adecue a criterios estrictos de necesidades sanitarias,

es preciso intervenir en los diversos eslabones de la cadena del

medicamento, con medidas estructurales cuya eficacia sólo puede medirse a

medio plazo.


En los últimos tiempos, la Administración Sanitaria ha pretendido

intervenir con el objetivo de reducir el gasto farmacéutico público,

excluyendo medicamentos de la financiación de la Sanidad Social, con

criterios exclusivamente economicistas, con listas negativas que afectan

a fármacos de reconocida eficacia y que, según la Ley del Medicamento,

por el hecho de ser excluidos, pueden ser objeto de publicidad en medios

de comunicación de masas y de precio libre.


La publicidad de medicamentos dirigida a la población general, condiciona

un consumo de los mismos en función de criterios exclusivamente de

marketing y sin control sanitario alguno, incrementa notablemente los

riesgos que implica su uso y es una de las principales causas de uso

irracional de los medicamentos.


Es evidente que tales medidas suponen, tanto restricciones económicas, en

el acceso a los medicamentos excluidos por parte de los enfermos con

menores ingresos, como un incentivo de consumo propagandístico, que nada

tiene que ver con su uso racional.


Nuestro país ocupa uno de los primeros lugares de la Unión Europea en

número de especialidades farmacéuticas registradas. Por ejemplo, en

España hay casi diez veces más que en Noruega, sin que --obviamente-- eso

suponga mayor disponibilidad de medicamentos necesarios.


Se da, asimismo, en nuestro país un hecho que es objeto de denuncia por

organizaciones de consumidores y que carece de cualquier tipo de

justificación: el número de unidades de cada envase de presentaciones

farmacéuticas, no se corresponde --por exceso o defecto-- con las

necesidades de los tratamientos para los cuales está indicado el

medicamento. Las consecuencias son evidentes: se produce un gasto

--público o privado-- injustificado y tiene lugar un acumulo de envases

en las «farmacias» privadas que constituye un riesgo para la salud.


Por todo ello, con objeto, tanto de que nuestro país se acerque al

objetivo general de uso racional del medicamento, como de disminuir el

gasto farmacéutico --público y privado-- sin reducir el derecho de la

población a la prestación farmacéutica pública, es posible y necesario

adoptar medidas urgentes.


Por todo ello se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a introducir las medidas

necesarias para:


1. Activar el Programa de Revisión Selectiva de Medicamentos para, en el

plazo de dos años, retirar del Registro de la Dirección General de

Farmacia y Productos Sanitarios todos aquellos productos inapropiados u

obsoletos.


2. Impartir la normativa que garantice que la autoridad competente en el

Registro, revise cada cinco años la autorización correspondiente, de

forma que se eliminen aquellos fármacos que se revelen como

injustificados por los avances científicos y se hayan demostrado

obsoletos para las indicaciones que justificaron su registro.


3. Adoptar las medidas necesarias para obligar a las empresas productoras

de productos farmacéuticos a emitir presentaciones cuyos envases

contengan el número de unidades estrictamente necesarias para los

tratamientos para cuyas indicaciones fueron registrados.


4. Modificar la normativa actual, con objeto de prohibir la publicidad de

los medicamentos registrados en medios de comunicación de masas.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 1998.--Angeles

Maestro Martín, Diputada del Grupo Parlamentario Federal IU.--Rosa

Aguilar Rivero, Portavoz del Grupo Parlamentario Federal IU.


162/000212

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición no de Ley relativa a la prevención de los accidentes de

circulación en los que se ven involucrados los niños menores de nueve

años.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta el contenido del escrito número de registro 44046 y

considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno,

admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194

del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando

traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES

GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.





Página 7




En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 1998.--El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por el presente escrito

solicita que, la Proposición no de Ley, relativa a la Prevención de los

accidentes de circulación en los que se ven involucrados los niños

menores de nueve años presentada el pasado día 11 de febrero con número

de registro 043420, sea debatida en Pleno en lugar de en Comisión.


Madrid, 16 de febrero de 1998.--El Portavoz, Luis de Grandes Pascual.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto

en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de

formular la presente Proposición no de Ley, relativa a la Prevención de

los accidentes de circulación en los que se ven involucrados los niños

menores de nueve años, para su debate en Comisión.


Madrid, 13 de enero de 1998.--El Portavoz, Luis de Grandes Pascual.


Exposición de motivos

Las lesiones infantiles que producen los accidentes de tráfico son un

problema que causa cada día mayor inquietud en las sociedades

occidentales. Los accidentes que sufren los más pequeños, entre ellos los

de tráfico, son la primera causa de mortalidad infantil en los países

desarrollados. No en vano, 7 de cada 10 facultativos considera que los

accidentes de tráfico son un factor de riesgo elevado para los niños.


Según las estadísticas oficiales, durante el año 1996, el número total de

niños (menores de 9 años), pasajeros de turismos, víctimas de accidente

de circulación ascendió a 2.210 de los cuales, 53 fueron víctimas

mortales.


Algunos países europeos de nuestro entorno han adoptado medidas para

intentar paliar --en la medida de lo posible-- esta alta tasa de

siniestralidad infantil, ante la cual la sociedad se muestra cada vez más

sensibilizada. Así, en Suecia --mediante la exigencia de utilizar

apropiados dispositivos de seguridad para los más pequeños y la puesta en

marcha de campañas informativas y divulgativas adecuadas-- se logró, en

diez años, que la presencia de estos elementos aumentara del 22 al 72 por

ciento y que las lesiones infantiles disminuyeran un 60 por ciento. En

España, por su parte, se estima que sólo un tercio de los niños viaja

correctamente protegido.


En la lucha contra esta lacra, y tras diversos estudios, ha podido

comprobarse que la recomendación del médico pediatra influye más,

incluso, que las campañas publicitarias.


Estudios llevados a cabo por la Dirección General de Tráfico en nuestro

país, ponen de manifiesto que más de la mitad de los padres españoles

sabe que nuestras leyes prohíben viajar a menores de doce años en el

asiento delantero del automóvil, salvo que se utilicen dispositivos

homologados de retención infantil. Del resto de padres, cuatro de cada

diez conoce la primera parte de la norma pero no la segunda y afirma que

el niño jamás puede viajar delante. Pero lo más llamativo es que un 63%

considera insuficiente su información al respecto, aunque su

sensibilización ha aumentado en los últimos 10 años.


Ante la manifiesta limitación en su eficacia de los medios tradicionales

para luchar contra la siniestralidad en el sector de los niños ocupantes

de vehículos, se hace imprescindible buscar nuevas alternativas que

garanticen no sólo el conocimiento real y profundo, por parte de los

padres, del problema real que supone la excesiva vulnerabilidad de los

niños ante los accidentes de tráfico, sino que asimismo potencien la

inquietud de los padres a fin de dirigirlos hacia la búsqueda, consciente

y responsable, de soluciones.


Por todo ello, y observada la gravedad del problema que suponen los

accidentes de tráfico en los niños y sus graves consecuencias, la

manifiesta falta de información que reconocen tanto los padres como los

colectivos considerados de más influencia (los facultativos y, sobre

todo, los pediatras) y teniendo en cuenta el interés de los padres por

las posibles soluciones, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de

los Diputados presenta la siguiente

Proposición no de Ley

El Congreso de los Diputados, consciente de que la reducción de la

mortalidad infantil en accidente de tráfico pasa necesariamente por la

concienciación de los padres, insta al Gobierno a que, una vez

garantizada la necesaria formación específica (extrafacultativa) de los

médicos pediatras, se adopten las medidas adecuadas a fin de que desde

ese colectivo se preste el apoyo necesario a los padres para garantizar,

mediante la formación y la información, la necesaria concienciación de

aquéllos para minimizar en lo posible las cifras actuales de

siniestralidad infantil por accidente de circulación; y entre otras

medidas,

1. Se dote a los médicos pediatras de los medios necesarios para su

formación extrafacultativa acerca de los riesgos que sufre la población

infantil en el automóvil y las medidas para combatirlos.


2. Se fomente el uso de sistemas de retención (mediante alquiler,

reventa, etcétera, de los mismos) infantil en los vehículos.


3. Se informe a los padres sobre la selección e identificación de

sistemas de retención infantil homologados así como sobre su colocación

en el vehículo.


4. Se conciencie a los padres acerca de la eficacia de los sistemas de

retención infantil, y demás medidas preventivas, en la lucha contra la

accidentalidad infantil y sus consecuencias, buscando la cooperación de

los médicos pediatras, tanto en la etapa prenatal como en la

inmediatamente posterior al nacimiento del bebé.


5. Se doten las consultas de esos facultativos de los necesarios medios

para conseguir tal finalidad informativa.