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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 341-2, de 01/10/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie C: 1 de octubre de 1999 Núm. 341-2
TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
DICTAMEN DE LA COMISIÓN
110/000279 Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3 del
Tratado de la Unión Europea, relativo a la interpretación, con
carácter prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas, del Convenio sobre la protección de los intereses
financieros de las Comunidades Europeas, y Declaración relativa a la
adopción simultánea del Convenio sobre la protección de los intereses
financieros de las Comunidades Europeas y del Protocolo relativo a la
interpretación con carácter prejudicial, por el Tribunal de Justicia
de las Comunidades Europeas, de dicho Convenio, hechos en Bruselas el
29 de noviembre de 1996, y Declaraciones que efectuará España a
aquél.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES del Dictamen emitido por la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre el Protocolo establecido sobre la base del artículo
K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la interpretación,
con carácter prejudicial por el Tribunal de Justicia de las
Comunidades Europeas, del Convenio sobre la protección de los
intereses financieros de las Comunidades Europeas, y Declaración
relativa a la adopción simultánea del Convenio sobre la protección de
los intereses financieros de las Comunidades Europeas y del Protocolo
relativo a la interpretación con carácter prejudicial, por el
Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de dicho Convenio,
hechos en Bruselas el 29 de noviembre de 1996, y Declaraciones que
efectuará España a aquél («BOCG. Sección Cortes Generales», serie A,
núm. 356, de 21 de junio de 1999) (núm. expte. 110/000279).
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Excmo. Sr.:
La Comisión de Asuntos Exteriores, tras el debate acerca de la
autorización prevista en el apartado 1 del artículo 94 de la
Constitución, celebrado con arreglo a lo dispuesto en los artículos
155 y 156 del Reglamento del Congreso de los Diputados, eleva a la
Mesa de la Cámara para su traslado al Pleno el siguiente
DICTAMEN
La Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados ha
acordado proponer al Pleno de la Cámara que conceda la autorización
solicitada por el Gobierno al amparo del artículo 94.1 de la
Constitución, para que el Estado pueda obligarse internacionalmente
por medio del Protocolo establecido sobre la base del artículo K.3
del Tratado de la Unión Europea, relativo a la interpretación, con
carácter prejudicial por el Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas, del Convenio sobre la protección de los intereses
financieros de las Comunidades Europeas, y Declaración relativa a la
adopción simultánea del Convenio sobre la protección de los intereses
financieros de las Comunidades Europeas y del Protocolo relativo a la
interpretación con carácter prejudicial, por el Tribunal de Justicia
de las Comunidades Europeas, de dicho Convenio, hechos en Bruselas el
29 de noviembre de 1996, y Declaraciones que efectuará España a aquél
(«BOCG. Sección Cortes Generales», serie A, núm. 356, de 21 de junio
de 1999) (núm. expte. 110/000279).
Lo que comunico a V. E. a los efectos previstos en la Constitución y
en el Reglamento del Congreso de los Diputados.
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 1999.-El
Presidente de la Comisión, Javier Rupérez Rubio.-La Secretaria de la
Comisión, Inmaculada Fernández Ramiro. Excmo. Sr. Presidente del
Congreso de los Diputados.