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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 165-1, de 19/04/1999
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

VI LEGISLATURA

Serie A: 19 de abril de 1999 Núm. 165-1 PROYECTOS DE LEY

PROYECTO DE LEY

121/000165 Concesión de varios créditos extraordinarios en el

presupuesto del Instituto Nacional de Empleo, para regularizar las

insuficiencias producidas en bonificaciones de cuotas de Seguridad

Social correspondientes a los ejercicios de 1996 y 1997 y en el

premio de recaudación de la cuota de formación profesional del

período 1995 a 1997, por importe total de 33.386.436.072 pesetas.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el

acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(121) Proyecto de Ley.


121/000165.


AUTOR: Gobierno.


Proyecto de Ley sobre concesión de varios créditos extraordinarios en

el presupuesto del Instituto Nacional de Empleo, para regularizar las

insuficiencias producidas en bonificaciones de cuotas de Seguridad

Social correspondientes a los ejercicios de 1996 y 1997 y en el

premio de recaudación de la cuota de formación profesional del

período 1995 a 1997, por importe total de 33.386.436.072 pesetas.


Acuerdo:


Encomendar dictamen, conforme al artículo 109 del Reglamento, a la

Comisión de Presupuestos. Asimismo, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE

LAS CORTES GENERALES, estableciendo plazo de enmiendas, por un

período de quince días hábiles, que finaliza el día 7 de mayo de

1999.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad

con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El

Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa

Martínez-Conde.


PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESIÓN DE VARIOS CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS EN

EL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, PARA REGULARIZAR LAS

INSUFICIENCIAS PRODUCIDAS EN BONIFICACIONES DE CUOTAS DE SEGURIDAD

SOCIAL CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS DE 1996 Y 1997 Y EL PREMIO

DE RECAUDACIÓN DE LA CUOTA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL PERÍODO 1995

A 1997, POR IMPORTE TOTAL DE 33.386.436.072 PESETAS

Exposición de motivos

La presente Ley tiene por objeto la concesión de varios créditos

extraordinarios en el presupuesto del Instituto Nacional de Empleo

para regularizar insuficiencias producidas en bonificaciones de

cuotas de Seguridad Social y el premio de recaudación de la cuota de

formación profesional.


El Instituto Nacional de Empleo (INEM) está encargado de la gestión

de determinadas medidas para el fomento del empleo, entre las que se

recogen las bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad

Social de contratos laborales, para cuya atención se consignó en 1996

y 1997 crédito en su Presupuesto de Gastos, habiendo resultado dicho

crédito insuficiente para cubrir la totalidad de las obligaciones que

se generaron durante esos ejercicios. La parte de dichas obligaciones

que quedó pendiente de aplicación a presupuestos fue de

11.091.497.646 pesetas en




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1996

mediante operaciones de tesorería.


Por otra parte el premio de recaudación de la cuota de Formación

Profesional no fue contabilizado por el Instituto Nacional de Empleo

en los ejercicios 1995, 1996 y 1997 al no disponer de dotación

presupuestaria al efecto, resultando una insuficiencia pendiente de

cobertura presupuestaria que asciende a 12.269.025.360 pesetas. Si

bien, la Tesorería General de la Seguridad Social ya ha deducido el

mencionado premio de recaudación de la cuota de Formación Profesional

abonada al Instituto Nacional de Empleo, no existiendo deuda alguna

por dicho concepto.


Con el fin de regularizar las situaciones descritas se tramita el

Proyecto de Ley de concesión de créditos

extraordinarios en el Presupuesto del INEM por un importe total de

33.386.436.072 pesetas.


Los créditos extraordinarios se tramitan de acuerdo con el Consejo de

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de

Presupuestos.


Artículo 1. Concesión de varios créditos extraordinarios

Se conceden varios créditos extraordinarios por un importe total de

33.386.436.072 pesetas, aplicados al presupuesto en vigor de la

Sección 19, «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales»; Organismo

101, «Instituto Nacional de Empleo», en las siguientes aplicaciones

presupuestarias:


Aplicaciones Presupuestarias Denominación Importe pesetas

19.101.322A.487.05 Para cubrir insuficiencias presupuestarias en

bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social, ejercicios de 1996 y

1997 ... 21.117.410.712

19.101. Transferencias entre Subsectores.423 A la Tesorería de la

Seguridad Social para atender al pago del premio de recaudación de la

cuota de Formación Profesional correspondiente al período 1995-1997

Artículo 2. Financiación de los créditos extraordinarios

Los créditos extraordinarios a que se refiere el artículo anterior se

financiarán con cargo al remanente de tesorería del Instituto

Nacional de Empleo.


DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor.


La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el «Boletín Oficial del Estado».