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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 187, de 12/04/2011
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2011 IX Legislatura Núm. 187

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MARÍA ISABEL POZUELO MEÑO

Sesión núm. 29

celebrada el martes, 12 de abril de 2011

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Núñez Pérez), para informar sobre los siguientes extremos:


- Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año 2011.
(Número de expediente del Congreso 259/000009 y número de expediente del Senado 773/000014.) ... (Página 2)


- Informe de fiscalización del Organismo Autónomo 'Comisionado para el Mercado de Tabacos', ejercicio 2006. (Número de expediente del Congreso 251/000093 y número de expediente del Senado 771/000096.) ... (Página
5)



Página 2



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- Informe de fiscalización del Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior. (Número de expediente del Congreso 251/000100 y número de expediente del Senado 771/000099.) ... href='#(Página10)'>(Página 10)


Debate y votación de las propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización del proceso de reordenación de las empresas estatales del sector de la construcción naval producido durante el período 2000-2006. (Número de expediente del Congreso 251/000078 y número de expediente del Senado
771/000078.) ... (Página 16)


- Informe de fiscalización sobre la gestión y la contratación de la Fundación Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (CNIC). (Número de expediente del Congreso 251/000090 y número de expediente del Senado
771/000091.) ... (Página 17)


- Informe de fiscalización de la actividad general del Consorcio de Compensación de Seguros, ejercicio 2006. (Número de expediente del Congreso 251/000091 y número de expediente del Senado 771/000090.) ...
(Página
17)



Se abre la sesión a las diez y treinta minutos de la mañana.



COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (NÚÑEZ PÉREZ), PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


- PROGRAMA DE FISCALIZACIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS PARA EL AÑO 2011.
(Número de expediente del Congreso 259/000009 y número de expediente del Senado 773/000014.)


La señora PRESIDENTA: Señorías, vamos a dar comienzo a la reunión de la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas convocada para el día de hoy. En primer lugar, presentación por parte del presidente del tribunal del
programa de fiscalizaciones aprobado por el pleno del Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2011. Presidente, tiene usted la palabra.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Señorías, el pasado 24 de febrero el pleno del Tribunal de Cuentas aprobó por unanimidad el programa de fiscalizaciones del presente ejercicio, de conformidad con lo que dispone el
artículo 3 de la Ley de funcionamiento del tribunal. Una característica esencial de este programa -y de todos los programas que aprueba el Tribunal de Cuentas- es su carácter flexible y abierto. Por lo tanto, es perfectamente posible -como así ha
ocurrido- que por iniciativa de los grupos parlamentarios o por iniciativa de los propios consejeros cuando surja algún tema que merezca ser fiscalizado o analizado pueda incluirse en el programa de cada año. En cumplimiento de lo establecido en el
mencionado artículo 3 de la Ley de funcionamiento del tribunal, el programa aprobado fue remitido, como es natural, a la Comisión Mixta, por lo que creo que ha podido ser conocido por todos sus miembros. En todo caso, voy a hacer unas breves
consideraciones acerca del mismo.



El documento viene a expresar las prioridades marcadas en el ejercicio de la función fiscalizadora, bien por expreso mandato de la legislación vigente, bien por acuerdos adoptados en sede parlamentaria o bien como consecuencia de los
criterios seguidos por el pleno del tribunal en la selección de las diferentes opciones que puede seguirse en la fiscalización de la actividad económico-financiera pública. Creo oportuno indicar que la actividad fiscalizadora desarrollada por el
Tribunal de Cuentas no queda restringida a los procedimientos fiscalizadores específicos que de forma singular se relacionan en el programa, sino que también forman parte de dicha actividad -y esto me interesa resaltarlo- las numerosas actuaciones y
análisis ordinarios que se llevan a cabo sobre las cuentas rendidas y la documentación justificativa relacionada con los registros contables, con la actividad contractual o cualquier otra manifestación de la gestión pública sobre la que se ha de
informar regularmente al Tribunal de Cuentas o que se pudiera haber solicitado expresamente para su examen. También quiero decir que no se ven recogidos sino de una manera indirecta en alguno de los procedimientos fiscalizadores que integran el
programa ahora presentado estos aspectos


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que he señalado, que son muy importantes y que repito van más allá de la pura actividad fiscalizadora.



Empezando por cada uno de los grupos a los que antes he aludido, respecto de las fiscalizaciones legalmente previstas tengo que citar la primera, la cuenta general del Estado, que efectivamente se examina en función de los plazos legalmente
establecidos para su elaboración y rendición, que hacen que en el presente ejercicio se esté analizando y terminando ya el análisis de la cuenta del año 2009 -la de 2008 la vimos en un reciente reunión-. Asimismo, se incluyen en este capítulo las
fiscalizaciones sobre las comunidades autónomas, dentro de las cuales se llevará a cabo el análisis de los proyectos financiados a través de los fondos de compensación interterritorial en cuya normativa se contempla la elaboración de un informe
específico en el que se analicen los proyectos de las diferentes comunidades beneficiarias y que hubieran sido financiados con recursos provenientes de estos fondos. En este apartado se incluye también la fiscalización de la actividad ordinaria de
los partidos políticos, estando previsto que puedan elevarse en un corto periodo de tiempo a esta Comisión mixta los informes referidos a sucesivos ejercicios, así como la fiscalización de la actividad electoral correspondiente a los procesos
electorales que tendrán lugar el próximo 22 de mayo, fiscalizaciones que se llevarán a cabo de forma coordinada con los órganos de control externo de las comunidades autónomas en las que se celebren las elecciones y corresponde su primer análisis a
su órgano de control externo y a la correspondiente asamblea legislativa.
Todo ello tiene que venir, como saben ustedes, al Tribunal de Cuentas para hacer el informe global que luego presentamos aquí.



Por lo que se refiere al segundo grupo, a las fiscalizaciones solicitadas por la Comisión mixta, tengo que decir que en el ejercicio de esta iniciativa fiscalizadora esta Comisión ha venido adoptando resoluciones por las que se solicitan
determinadas actuaciones fiscalizadoras del Tribunal de Cuentas. Todas las resoluciones parlamentarias referidas a la actividad fiscalizadora del Tribunal de Cuentas han sido objeto del pertinente seguimiento y están recogidas -como podrán
comprobar ustedes- en el vigente programa de fiscalizaciones, salvo que en la propia resolución se contemplara -como en algún caso se contempla- alguna condición o situación que requiriera el transcurso de un determinado plazo de tiempo para la
implantación efectiva de las medidas en ellas contempladas.



En el tercer grupo se incluyen las fiscalizaciones programadas a iniciativa del propio Tribunal de Cuentas. El programa en este apartado incluye fiscalizaciones sobre los distintos ámbitos sectoriales y territoriales en los que suele
clasificarse el sector público, abarcando una amplia relación de entidades públicas así como de actividades de muy diferente naturaleza en consonancia con la multiplicidad de manifestaciones ofrecidas por la gestión pública. En esta relación se
mantienen las fiscalizaciones previstas en el anterior programa anual que por diferentes circunstancias no han podido concluirse al final del ejercicio precedente, actualizando en su caso el ámbito temporal sometido a examen junto con las nuevas
fiscalizaciones que el pleno del tribunal ha considerado oportuno incorporar. Los criterios aplicados en la selección de las fiscalizaciones de este grupo responden a muy diferentes parámetros según el ámbito sectorial o territorial que se pretende
alcanzar. Entre otros criterios, cabe señalar el seguimiento de las conclusiones y recomendaciones de anteriores fiscalizaciones -cuántas veces me piden ustedes aquí, en estas intervenciones, la ampliación de una fiscalización, etcétera- o bien a
través de resoluciones que ustedes aprueban y en las que incluyen alguna fiscalización que tiene que ver con este grupo de fiscalizaciones programadas por el Tribunal de Cuentas.
También es criterio el reiterado incumplimiento de la obligación de
rendir cuentas o las deficiencias observadas en el examen formal de las mismas, y por otra parte, como es natural, la importancia cuantitativa o cualitativa de la actividad desarrollada por una determinada entidad o un conjunto de ellas, así como el
conocimiento de circunstancias o situaciones especialmente sensibles y la detección de áreas específicas de riesgo. Estas son, repito, las referencias decisorias, los criterios, en la incorporación de estas fiscalizaciones. Por otro lado, los
compromisos adquiridos en el ámbito internacional sobre el objetivo de estabilidad presupuestaria y de transparencia en la programación presupuestaria, junto con la importancia cuantitativa y cualitativa de las medidas adoptadas para paliar los
efectos de la actual crisis económico financiera, han marcado decisiones y objetivos muy significativos que necesariamente deberían formar -y forman- parte del programa de fiscalizaciones.



Al igual que en ejercicios anteriores, el Tribunal de Cuentas ha estimado necesario efectuar un examen detenido de la contratación. Este es un tema muy importante, de mucho trabajo y elaboración, y muy dificultoso por los meandros por los
que discurre el río de la contratación, donde se examina el cumplimiento de publicidad, objetividad y concurrencia que ha de regir la contratación pública, así como la observancia de los requisitos formales a tal fin establecidos por la Ley de
contratos del sector público y el correcto uso de la figura de convenio, sobre cuya adecuada regulación el Tribunal de Cuentas elevó recientemente una moción a esta Comisión. Asimismo, el pleno del tribunal ha expresado el propósito de prestar
atención a la supervisión y control del desarrollo de las políticas de igualdad efectivas de mujeres y hombres y la aplicación de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007. A este fin, todas las directrices técnicas tienen que incluir una referencia
a la verifica


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ción de la observancia de esta normativa. Si subrayo y pongo énfasis en este cumplimiento es porque, analizando los programas de fiscalizaciones de otros tribunales de cuentas, no se encuentra una medida tan clara y contundente de respeto y
aplicación de esta ley en la tarea fiscalizadora. En el programa ahora presentado se contempla también continuar con la elaboración de varias mociones por entender que las recomendaciones y sugerencias en ellas recogidas, dirigidas a modificar
determinados aspectos de la normativa o de la relación implantada en el desarrollo de la actividad examinada, es una de las contribuciones más significativas del Tribunal de Cuentas en la potenciación de la normalización y de la eficacia así como
del impulso de los valores éticos en la gestión económico-financiera pública.



En cuanto a las fiscalizaciones de los distintos subsectores públicos, en este epígrafe quedan recogidas diferentes fiscalizaciones que son el resultado inmediato de la aplicación de alguno de los criterios que antes hemos mencionado. Por
ejemplo, las referidas al cumplimiento del principio de transparencia en relación con los presupuestos del sector público; el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, tan relevante en la calificación del estado de las cuentas
públicas; la contratación, a la que antes me he referido; la gestión económico-financiera en la aplicación de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, análisis que se ha considerado de
gran interés social porque sobre este punto hemos traído muchas fiscalizaciones que afectan a esta área y que han sido recogidas aquí con muchísimo interés. Agradezco además la puntualización y la orientación que desde las resoluciones aquí
aprobadas se nos han facilitado al tribunal.



En cuanto a la fiscalización del cumplimiento del principio de transparencia, tengo que reiterar otra vez -porque es una fiscalización que se mira siempre como si el tribunal quisiera introducirse en competencias que no le corresponden- que
esta fiscalización no va dirigida a cuestionar las políticas públicas, competencia de los distintos responsables públicos, ni a interferir en la tramitación parlamentaria del proyecto de presupuestos, faltaría más, sino a ofrecer colaboración
técnica que contribuya a que la elaboración y aprobación de los presupuestos responda a la importancia y relevancia de los mismos dentro de la organización y funcionamiento de los Estados democráticos.
Así como antes respecto al tema de la igualdad
el Tribunal de Cuentas ha sido un ejemplo en relación con otros tribunales, en este caso concreto estamos a la cola de la fiscalización y transparencia de los presupuestos, que sí se hace en otros tribunales con toda naturalidad.



En el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos, están programadas treinta y cinco fiscalizaciones, dos de ellas como mociones dirigidas a las operaciones comerciales de determinados organismos autónomos. Las
restantes fiscalizaciones en este ámbito van dirigidas al examen de diferentes programas presupuestarios de las subvenciones y ayudas otorgadas por distintas entidades públicas, así como determinados convenios de colaboración suscritos y a la
fiscalización específica de algunas entidades públicas y de actuaciones concretas dentro de las múltiples manifestaciones de la gestión pública.
Entre otras, cabe señalar la fiscalización del Fondo estatal de inversión local, la fiscalización de la
participación de las Fuerzas Armadas en misiones internacionales, la fiscalización de los gastos derivados de la Presidencia española de la Unión Europea, la fiscalización de diferentes organismos autónomos y otras entidades públicas, como el
Consejo de Seguridad Nuclear, el Consejo Económico y Social o el Consejo General del Poder Judicial, continuando en este caso con la fiscalización ya efectuada en ejercicios anteriores sobre determinadas áreas de los órganos constitucionales. No
tiene que ver esto con que haya aquí ningún motivo especial, sino con la normal fiscalización a la que todos los órganos, incluso por sorteo, deberían estar sometidos, sin que ello quiera decir que haya ningún presupuesto negativo que pueda haber
determinado esta elección.



Por lo que se refiere al ámbito de Seguridad Social, se ha previsto la realización de once fiscalizaciones para analizar, entre otras materias, las prestaciones por incapacidad gestionadas por Muface, Isfas y Mugeju, completando las
fiscalizaciones ya efectuadas sobre estas mismas entidades. Asimismo, se ha previsto fiscalizar la financiación de las prestaciones contributivas y no contributivas gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal, así como la gestión de las
prestaciones de asistencia sanitaria en el ámbito internacional y los programas presupuestarios de incapacidad temporal y otras prestaciones del sistema de Seguridad Social, junto al análisis de la situación de los inmuebles de la Seguridad Social,
cuestión a la que se ha venido aludiendo con frecuencia en otros informes del tribunal y que en esta Comisión ha sido objeto de varias preguntas.



En cuanto al ámbito del sector público empresarial, se han programado veinte fiscalizaciones dirigidas a entidades de este sector o a actividades desarrolladas en el mismo relacionadas con la energía, con la realización de infraestructuras
ferroviarias, portuarias y aeroportuarias, así como en el campo de las comunicaciones y telecomunicaciones, el comercio exterior y la actividad crediticia pública. En este sector se ha previsto fiscalizar, entre otras, la sociedad de Correos y
Telégrafos, AENA y la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado, sobre las que el Gobierno ha tomado determinadas decisiones significativas, como saben sus señorías, así como el ICEX, el ICO, la Compañía Española de Seguros de
Crédito a la Exportación, la Comisión Nacional de la Competencia, la Agencia EFE y sus


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sociedades y la Agencia Española de Protección de Datos, junto a otras expresamente referidas en este programa.



Finalmente, en el ámbito de las fundaciones públicas estatales, la selección efectuada por el pleno del tribunal se ha centrado en siete fundaciones identificadas, como han podido ver en el propio programa, algunas de las cuales van a ser
fiscalizadas por primera vez, y también nos llamaron la atención para hacer esta fiscalización, para programarla, las sugerencias, preguntas y cuestiones planteadas en esta Comisión.



El último subepígrafe del programa está destinado a los sectores públicos autonómico y local, en los que, con independencia de los informes globales anuales para cada uno de los mencionados ámbitos territoriales, se han programado otras
fiscalizaciones; unas de carácter individual dirigidas a cuatro ayuntamientos de capital de provincia y otras de carácter más horizontal sobre las fundaciones y consorcios locales y determinadas mancomunidades, así como sobre las condiciones de
prestación de servicios públicos municipales en las entidades con una población inferior a 1.000 habitantes.



Junto a estas fiscalizaciones también quiero subrayar la fiscalización de las medidas adoptadas a través de los sucesivos reales decretos-leyes para paliar los efectos de la crisis económico-financiera que afectan a las operaciones de
endeudamiento y las medidas para pagos a empresas y proveedores, así como las inversiones financiadas con el Fondo de inversión local y las actuaciones efectuadas con cargo al Fondo estatal para empleo y sostenibilidad.



Como resumen de todo lo expuesto, que como ven es mucho -no sé si queremos abarcar mucho y apretar poco, pero en todo caso vamos a tratar de abarcar y de apretar, y seguramente ustedes nos van a ayudar con sus continuos planteamientos y
exigencias en esta Comisión a cumplir con nuestro trabajo de la mejor manera y con el mayor porcentaje posible-, creo oportuno recordar para finalizar mi intervención que el programa es abierto y flexible, y lo que tenga de fallo o de especial
ausencia u olvido, con la ayuda de sus señorías trataremos de completarlo y en todo caso incluir aquellos trabajos de fiscalización que crean ustedes oportuno que el tribunal debe acometer.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor presidente, le agradecemos sinceramente la presentación del programa que han acordado en el pleno del tribunal porque eso nos permite a la Comisión y a la Cámara, al Congreso de los Diputados y al
Senado, conocer de primera mano y con el detalle máximo la previsión que tiene el tribunal de trabajo para este ejercicio económico.



Antes de pasar al segundo punto, si me permite, señor presidente, quiero comunicar las excusas que me ha hecho llegar el portavoz del Grupo Mixto, señor Tuñón, porque no puede asistir hoy a la Comisión. Además, se me ha solicitado que
fijáramos una hora aproximada de votación ya que hay muchas comisiones que se están celebrando tanto en el Congreso como en el Senado durante la mañana de hoy. Si les parece, podríamos fijar no antes de la una la hora de las votaciones, que es lo
que yo calculo que aproximadamente durarán los debates y la presentación de los informes en la Comisión (El señor Gómez Darmendrail: A las doce.) En una hora no nos da tiempo con seguridad a presentar los informes y debatirlos, por eso he propuesto
la una, si les parece a sus señorías.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO 'COMISIONADO PARA EL MERCADO DE TABACOS', EJERCICIO 2006. (Número de expediente del Congreso 251/000093 y Número de expediente del Senado 771/000096.)


La señora PRESIDENTA: Vamos a pasar al punto 2.º del orden del día, que es la presentación del informe de fiscalización del organismo autónomo Comisionado para el mercado de tabacos, correspondiente al ejercicio 2006. Tiene usted la
palabra.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Señorías, este informe lo aprobó el pleno del Tribunal de Cuentas el día 29 de septiembre de 2009. El Comisionado para el mercado de tabacos es un organismo autónomo adscrito al
Ministerio de Economía y Hacienda, que fue creado por la Ley 13, de 4 de mayo de 1998, en sustitución de la Delegación del Gobierno en el monopolio de tabacos. La entrada en vigor de esta norma también supuso la plena liberalización de las
actividades de fabricación, importación y distribución al por mayor de las labores de tabaco en tanto que se mantuvo el monopolio del comercio al por menor a favor del Estado en todo el territorio nacional, con la excepción de la Comunidad Autónoma
de Canarias.



La explotación del monopolio se realiza a través de la red de expendedurías de tabaco y timbre, cuya titularidad corresponde a personas físicas o jurídicas beneficiarias de las concesiones administrativas existentes a la entrada en vigor de
la citada Ley de 1998, así como por las otorgadas con posterioridad por el Ministerio de Economía y Hacienda a través del procedimiento de concurso. Corresponde a este organismo en el ejercicio de sus competencias de carácter regulador y de
vigilancia del mercado de tabaco mantener la actividad de la red de expendedurías a través de la pertinente autorización para su transmisión, cambio de ubicación o cualquier otra modificación. Respecto del segmento mayorista, el


comisionado resuelve las solicitudes de otorgamiento de


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licencias administrativas a los fabricantes importadores y distribuidores al por mayor, asimismo corresponde al organismo vigilar la calidad de los productos ofertados y la efectiva aplicación de los criterios sanitarios sobre publicidad,
consumo y calidad del tabaco, así como custodiar y destruir los productos decomisados y canalizar a los órganos competentes las denuncias que en esta actividad pudieran formularse. El organismo tiene reconocida también la potestad sancionadora en
el ámbito de sus competencias. Los recursos económicos del organismo provienen fundamentalmente de la tasa por la prestación de servicios mencionados.
También destacan por su importancia cuantitativa los ingresos resultantes de las multas
impuestas por las infracciones de la normativa, además de las transferencias que pudiera recibir de las administraciones o entidades públicas. La fiscalización que ha realizado el Tribunal de Cuentas y que hoy presentamos tiene como objetivo la
comprobación de la representatividad de las cuentas anuales, así como el cumplimiento de la normativa aplicable, junto con el análisis y evaluación de los procedimientos de gestión seguidos en el desarrollo de su actividad.



¿Cuáles son los resultados más significativos que hemos encontrado al hacer esta fiscalización? En primer lugar, las cuentas anuales del ejercicio reflejaban razonablemente en todos sus aspectos significativos la imagen fiel de la situación
financiera y patrimonial del comisionado, de los resultados de sus operaciones y de la liquidación del presupuesto.
Hasta aquí lo positivo. Lo negativo es que, no obstante, en el informe se describen diferentes deficiencias contables observadas en
el análisis de las distintas rúbricas contables. Por ejemplo, el inventario de bienes no recogía la totalidad de los elementos que integraban el inmovilizado material e inmaterial y carecía de determinada información esencial que permitiera la
conciliación de los bienes inventariados con los registros contables correspondientes. Asimismo, se observaron incumplimientos de la normativa contable que afectaron a la representatividad de los estados contables; entre otros, deficiencias en la
contabilización de su inmovilizado, la errónea consideración de la vida útil del edificio sede del organismo adquirido en el ejercicio anterior que originó un déficit en la dotación de su amortización acumulada de 60.566 euros con la correspondiente
repercusión en la cuenta de resultados. Por su parte, el registro contable de los derechos por multas y sanciones se efectuaba vulnerando el principio del devengo en el momento de cobro o de la validación por la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria en el caso de la recaudación por vía ejecutiva; además, el consorcio no reconocía derechos por las resoluciones contra las que se hubiera interpuesto recurso contencioso-administrativo. En consecuencia, se dejaron de reconocer derechos
por valor de 650.151 euros, existiendo expedientes sancionadores por 444.747 euros que tenían concedida la suspensión de la ejecución por los juzgados.



En relación con la presupuestación del organismo, el informe señala que el procedimiento de presupuestación consistió en estimar a la baja los ingresos y al alza los gastos, presentando así un presupuesto aparentemente equilibrado, lo que
propició que el organismo finalizase el ejercicio con un remanente de tesorería superior a 30 millones de euros, constituido en un 98 por ciento por fondos líquidos, importe que resulta superior en 5,3 veces al de la totalidad de las obligaciones
reconocidas en el ejercicio. El total de las obligaciones reconocidas solo alcanzó el 47 por ciento de los créditos definitivos; por el contrario, los derechos reconocidos representaron el 134 por ciento de las previsiones definitivas.



Por otra parte, se estima que el sistema de control interno implantado en la gestión de la tesorería presentaba ciertas debilidades al no efectuarse conciliaciones bancarias ni arqueos periódicos y no disponer de una adecuada segregación de
funciones. Como ha mantenido el tribunal en numerosos informes, en aras del adecuado equilibrio financiero de los organismos autónomos, se hace necesaria una rigurosa presupuestación y una adecuada utilización de los remanentes de tesorería.



Por lo que se refiere a la organización, el organismo disponía en el ejercicio analizado de crédito para una plantilla de 129 personas, de las que únicamente se encontraban cubiertas el 46 por ciento de las plazas, y esto es importante. En
consecuencia, la ejecución presupuestaria del capítulo de personal fue del 51,5 por ciento, pero es que la falta de medios personales se solventó acudiendo a la contratación externa para la realización de labores de carácter administrativo
ordinarias, cuyo gasto se aplicó presupuestariamente al capítulo II del presupuesto. El Tribunal de Cuentas ya advirtió, a través de una moción presentada en esta Comisión, del riesgo existente de que estas contrataciones pudieran originar, como de
hecho originan, un incremento real de las plantillas de la Administración en virtud de sentencia judicial. Por otra parte, se constató que el organismo no tenía establecido un procedimiento para el seguimiento de objetivos e indicadores,
presentando un alcance meramente formal su presupuestación por programas.



En cuanto al cumplimiento de la normativa aplicable, como dice el informe, el organismo trató indebidamente como contrato menor dos contratos de prestación de servicios relativos a la custodia y almacenaje de la documentación, en los que se
cedió tanto el plazo como la cuantía máxima prevista para esta modalidad de contratación. En algunos expedientes de contratación no estaban claramente identificados los pliegos de cláusulas administrativas particulares y pliegos de prescripciones
técnicas que debían regir el contrato.



Por lo que se refiere a los procedimientos de gestión, en la fiscalización pudo constatarse que la base de datos


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que soporta el sistema de gestión de la red de expendedurías de tabaco y timbre carecía de datos relevantes de numerosos estancos cuya concesión había sido anterior a la entrada en vigor de la Ley 13/1998, por lo que no resulta un
instrumento adecuado para su gestión.



Durante el ejercicio fiscalizado estuvieron acti-vas 14.374 expendedurías, de las que solo una tercera parte se encontraban sometidas, de acuerdo con la normativa, al pago del canon. En el informe se estima que el número de establecimientos
en los que se dispensaba tabaco con recargo sin la debida autorización era muy significativo, incurriendo sus titulares en una infracción de carácter leve sancionable por el organismo.



Por lo que atañe a la actividad sancionadora, el informe pone de manifiesto debilidades en el sistema informático implantado que restaban seguridad al mismo. Por otra parte, se advirtió que las facultades de inspección no estaban asignadas
de forma indubitable al comisionado, concurriendo estas con las atribuidas en materia de sanidad y consumo a los órganos de inspección y control de las comunidades y ciudades autónomas.



La contabilización de los ingresos por sanciones se realizaba periódicamente por el importe global traspasado de la cuenta restringida de ingresos por multas, procedimiento global que permitía que se produjeran ciertas duplicidades; por su
parte, el registro contable de los derechos por multas no recaudadas en periodo voluntario se efectuaba cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria validaba los registros para su recaudación en vía ejecutiva. Este procedimiento suponía
incumplir los principios contables públicos según los cuales el reconocimiento debía efectuarse cuando se dispusiera de un título ejecutivo para su recaudación y provocaba que no se recogieran en la contabilidad los derechos por sanciones no
aceptados por la agencia, lo que originaba, junto con los retrasos del organismo y su envío a la agencia, que determinadas deudas prescribieran.



El informe termina como siempre con unas recomendaciones, de las que, en resumen, puedo citar las siguientes. Primero, la que va dirigida a mejorar el inventario del inmovilizado, a perfeccionar su presupuestación con la adecuada
utilización del elevado remanente de tesorería como fuente de financiación presupuestaria y a mejorar, sobre todo, el sistema de control interno. También entre las recomendaciones se pide que se estudie la posibilidad de que los servicios
externalizados sean prestados por personal o medios propios y a establecer un adecuado procedimiento en las relaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en la tramitación y registro de las deudas en vía de apremio.



Eso es todo, señora presidenta. Señorías, muchas gracias por su atención.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Popular el señor Gómez Darmendrail tiene la palabra.



El señor GÓMEZ DARMENDRAIL: En primer lugar, quiero agradecer al presidente del tribunal su presencia una vez más en esta Comisión para ofrecernos información sobre los resultados alcanzados por el Tribunal de Cuentas en su ejercicio
fiscalizador sobre las distintas entidades públicas y hoy concretamente sobre el Comisionado para el mercado de tabaco.



La lectura del informe suscita dos cuestiones. En primer lugar, se trata de un ejercicio alejado de la realidad actual en una materia en la que la posterior legislación sobre la regulación de la actitud de los fumadores y la extensión de la
prohibición de fumar ha incorporado unas modificaciones muy significativas, al menos en cuanto al consumo y venta de tabaco. La segunda consideración es que estamos ante un organismo autónomo de reducida entidad, pues su activo apenas asciende a 17
millones y sus gastos anuales no alcanzan los 6 millones de euros. No obstante, esta reducida entidad no resta importancia a los resultados ofrecidos por el informe sobre los que hay que indicar que estos resultados son sorprendentemente negativos,
sobre todo por lo que vienen a traslucir sobre el deficiente funcionamiento del sector público, especialmente en lo que a presupuestación se refiere.



Es verdad que el Tribunal de Cuentas opina que las cuentas reflejan razonablemente la imagen fiel de la situación financiera y de los resultados del ejercicio, si bien la secuencia de deficiencias que a continuación se enfatizan viene a
limitar significativamente el alcance de dicha opinión favorable. Así, se insiste una vez más en las entidades públicas, en las deficiencias del inventario y su falta de conexión con la información y los registros contables, la insuficiente
amortización del inmovilizado, la incorrecta tramitación y registro de los anticipos de caja y la falta de registro de deudores por multas y sanciones, cuestiones todas ellas que vienen a señalar que, dentro de la relativa importancia de las cifras
que estas deficiencias representan, el sistema y organización contable es deficiente en muchas de sus manifestaciones.



No obstante, resulta mucho más significativo el procedimiento de presupuestación seguido, consistente, como el propio tribunal señala, en incrementar la previsión de gastos y rebajar la estimación de ingresos.
Ello conduce a que el
presupuesto de gastos se ejecute en un porcentaje muy reducido y que, por el contrario, sea muy elevada la ejecución del presupuesto de ingresos, originando un importante remanente de tesorería en su práctica totalidad, constituido por fondos
líquidos que resultan ser superiores en 5,3 veces a la totalidad de las obligaciones reconocidas en el ejercicio. Esta situación,


señorías, viene a explicitar que, con independencia de la


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rentabilidad que pueda obtenerse en esta tesorería disponible, que tampoco parece que fuera muy elevada a juzgar por los importes de la cuenta de resultados, la presupuestación a nivel individual es claramente deficiente. Y, lo que es más
sifgnificativo, que la presupuestación global a nivel de todo el Estado es una clara expresión de falta de rigor, no solo en la cuantificación de las grandes cifras macroeconómicas y en la determinación de los grandes escenarios presupuestarios, lo
que obliga a modificar y corregir permanentemente las estimaciones formuladas, sino también en la integración de todos los recursos disponibles a nivel estatal. ¿Qué justificación puede darse, señorías, a que este organismo, dentro de sus reducidas
dimensiones, mantenga una tesorería que quintuplica las necesidades presupuestarias de un ejercicio y que a nivel global se esté procediendo a un incremento descontrolado del endeudamiento? Es cierto que la aplicación de esta tesorería disponible
habría tenido un impacto insignificante dentro del intenso crecimiento en la deuda emitida, pero sin duda es una manifestación excesivamente evidente de la falta de rigor en la programación y gestión pública, desconociendo el papel que la
Intervención General o la Dirección General de Presupuestos han ejercido -si ha sido alguno- tanto en la llevanza de la contabilidad como en el control del presupuesto del organismo.



A esta lamentable situación hay que añadir la escasa cobertura de la plantilla -menos de la mitad de las previstas-, lo que origina la externalización de determinadas operaciones acudiendo a la contratación externa, como muy bien ha dicho el
presidente del Tribunal, situación sobre la que el propio tribunal ya ha advertido en anteriores informes, el peligro que puede originar en la generación de derechos laborales para los contratados sin atender a los principios de mérito y
capacitación que han de regir en la selección del personal de la Administración. Por otra parte, señorías, el organismo tramita indebidamente determinados contratos celebrados, carece de fiabilidad la base de datos disponible sobre expendedurías,
la supervisión sobre las mismas, y en otros centros de venta con recargo se ha comprobado que es muy deficiente, a lo que hay que agregar una falta de coordinación de la Agencia Tributaria en la gestión de cobro por vía ejecutiva, así como la
insuficiente delimitación de competencias entre el organismo y las diferentes comunidades autónomas.



Cabe esperar, señorías -con esto concluyo-, que a partir del informe del tribunal el Gobierno haya tomado medidas para reorganizar esta actividad, medidas que deberían conducir a evaluar la necesidad de que persistan organismos como el
analizado sin una clara delimitación de funciones, con una dotación de personal muy inferior a la prevista y con una acumulación de disfunciones en su actuar. A este respecto quiero concluir con una pregunta al presidente del tribunal. Me gustaría
saber si se tiene constancia de que el conocimiento por la entidad de los resultados del informe, así como por los responsables del Gobierno, ha conducido a que se hayan solventado las deficiencias observadas y a que se haya previsto alguna
modificación en la organización del organismo y en la delimitación y precisión de sus competencias.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Socialista el senador Hurtado tiene la palabra.



El señor HURTADO ZURERA: Me va a permitir discrepar bastante en relación con la intervención del señor Darmendrail en el siguiente sentido. No creo que esto sea para dramatizar de la forma en que se ha dramatizado.
Quiero partir de la
primera afirmación que ha hecho el presidente del Tribunal de Cuentas y ha sido que las cuentas anuales de este organismo autónomo reflejan razonablemente de forma fiel la situación real de este organismo, con salvadas excepciones, que,
evidentemente, pretendemos mejorar. Este informe tiene una componente muy constructiva, en cuanto define de qué forma mejorar esa imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales, pero desde luego no es para decir que es una situación desastrosa,
de descoordinación, de falta de rigor ni muchos de los calificativos que he escuchado. Me gustaría saber si estos informes, con ese objeto constructivo, tienen un precedente anterior, es decir, este es un organismo autónomo que se crea en el año
1998 y mi primera pregunta es si ha habido algún informe de fiscalización anterior al que hoy nos trae aquí del año 2006, principalmente para ver de qué forma está evolucionando este organismo autónomo en cuanto a esas posibles deficiencias que se
han detectado.



En relación con las deficiencias que pone de manifiesto el tribunal, quiero destacar una, pero también quiero hacer una reflexión al respecto.
En concreto, sobre la presupuestación. Se habla de un sistema de presupuestación con falta de
rigor. Yo creo que falta de rigor, posiblemente, por una razón fundamental y es que este organismo autónomo tiene definido un sistema de financiación determinado -lo ha dicho el presidente del tribunal-, principalmente tasas, y el canon
correspondiente de las expendedurías. Evidentemente, lo que nos vamos a hacer es forzar a este organismo autónomo a que se lo gaste todo si realmente no tiene por qué gastarse esos recursos. Lo que quiero trasladar es si posiblemente eso que se ha
definido como falta de rigor a la hora de presupuestar no es realmente por otra razón y es que el sistema de financiación que hay definido para este organismo autónomo realmente es un sistema de financiación no solamente suficiente, sino más que
suficiente para el desarrollo de los gastos del propio organismo, con lo cual lo que me interesa y preocupa -así se lo traslado al presidente del Tribunal de


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Cuentas- es algo que establece el propio informe y es que se debiera presupuestar el remanente de tesorería acumulado, que asciende a más de 30 millones de euros, en el capítulo 8, de ingresos, de activos financieros, y transferirse -si no
se va a hacer uso- al Ministerio de Economía y Hacienda, que es de quien depende el organismo autónomo. Me gustaría saber si el presidente está de acuerdo con esta afirmación que hago, un sistema de financiación más que suficiente para un organismo
autónomo que tiene unos gastos determinados. Lo que no vamos a hacer es decirle que se lo gasten en lo que no se lo deben gastar. Si hay un remanente tan alto es porque tiene un sistema de financiación más que suficiente -insisto-, con lo cual los
ajustes tienen que venir vía transferencia al Ministerio de Economía y Hacienda porque son recursos utilizables para otros menesteres.



Por otra parte, se habla de otra serie de deficiencias a nivel de personal. Me preocupa y espero que lleguemos a un acuerdo con el Partido Popular para que en las mejoras que se pueden y se deben plasmar en la resolución o en el acuerdo de
esta Comisión se especifique. Que de 120 personas presupuestadas en la plantilla de personal no se alcance ni el 50 por ciento de su cobertura, pone de manifiesto que se está haciendo una política personal como mínimo no adecuada. En ese sentido,
se pone de manifiesto también por parte del presidente y del propio informe que se echa mano de servicios externos hasta de carácter administrativo, porque tampoco es una situación normal en un nivel de cobertura tan bajo, y que en algunos casos se
accede al desempeño de la función pública, en este caso desde un régimen laboral, a través de sentencias judiciales. No cabe duda de que eso es mejorable. Desde luego, yo espero que una de las conclusiones sea esa, que se posibilite por parte de
la dirección de este organismo autónomo que se haga justa e importante la política de personal y que se le de más cobertura, porque hay recursos para ello -de hecho, están presupuestados con respecto a lo que es el personal de la plantilla aprobada
y establecida- y menos a lo que son las contrataciones externas de servicios externos, ya que no tiene sentido puesto que no hay un problema económico de poder soportar un personal fijo, sino que, muy al contrario, hay un remanente de tesorería
bastante significativo.



Otra manifestación que se hace en el informe es la necesidad de mejorar el inventario. Se hace mención a una contratación relativamente reciente a una empresa no solamente para la adquisición de una aplicación informática de gestión de este
inventario, sino también para hacer el inventario físico del propio patrimonio del organismo autónomo. En concreto se ha detectado que la aplicación informática no está funcionando de forma adecuada, pero es que tampoco el inventario físico se ha
hecho de la manera en que se debe llevar a cabo: desde el etiquetado hasta la conciliación con los datos contables y, en definitiva, el registro del propio patrimonio. Por tanto, se recomienda -y yo creo que esto vamos a compartirlo todos- que el
propio organismo autónomo requiera a esa empresa adjudicataria que en la oferta que hizo y en la adjudicación que consiguió desempeñe las funciones que se establecían, porque es de justicia que así se lleve a cabo ya que, por otra parte, mejoraría
sustancialmente esa anomalía, esos desperfectos o disfunciones que se han detectado en el propio inventario. Asimismo se habla de la necesidad de mejorar en controles internos y en los procedimientos administrativos establecidos; se hace mención a
los anticipos de cajas fijas, a la falta de consolidación de los libramientos con las cuentas que se presentan; también a los contratos calificados como contratos menores que ni por el plazo ni por la cuantía se pueden considerar así, e incluso se
hace mención a algunas adjudicaciones a precio, en concreto a la venta de impresos con escaso número de compra que se han vendido a precios más elevados que suministros anteriores. Por otra parte, se pone de manifiesto que hay determinados
procedimientos que desde luego no están funcionando de forma correcta o adecuada y que el sistema de control interno es claramente mejorable. Creo que es razonable que así lo pongamos de manifiesto aunque sean cuestiones de muy escasa cuantía. No
cabe duda de que esa es nuestra obligación en el sentido de tratar de mejorar el funcionamiento del organismo autónomo. Así es como yo creo que es conveniente que lo hagamos en la resolución o en el acuerdo al que lleguemos.



Por último, se hace mención al sistema de contabilización de las sanciones y multas de mucha cuantía, así como a las expendedurías. En concreto, la base de datos de expendedurías no es suficiente, puesto que no detecta o no hace un
seguimiento correcto de la expendeduría. Hacía mención a los 14.300 que hay en estos momentos, pero un tercio de ellas están pagando el canon y dos tercios no lo están pagando. El informe se refiere a que en el año 2006 eran 600 las que por
novación, por venta, tenían que pagar el canon y no lo venían pagando, así como que desde luego no hay un registro ni un seguimiento administrativo acertado ni eficaz teniendo en cuenta la importancia de la cuantía económica de la que estamos
hablando.
Por lo tanto, creo que es razonable que se mejore esa aplicación, así como los sistemas de control. El propio presidente ha hablado de que la inspección sobre la expendeduría no recae exclusivamente en este organismo autónomo, porque hay
otros comisionados u otros entes que también tienen esa función inspectora. Habría que recomendar que hubiese un único órgano inspector para evitar las disfunciones que actualmente se están produciendo.



Con relación a la Agencia Tributaria tengo que decir que no hay descoordinación. Yo creo que lo que justa


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mente dice el Tribunal de Cuentas es que no hay una buena contabilización por parte de este organismo autónomo. La Agencia Tributaria tiene atribuida la encomienda de la gestión en vía de apremio de las multas y sanciones o de las deudas en
general -en concreto hace mención a las multas y sanciones por su importante cuantía-, pero en estos momentos el principio de devengo no está funcionando en la contabilidad de este organismo autónomo y se están contabilizando una vez que se
ingresan.
Incluso se hace mención a que no se están contabilizando aquellas resoluciones de sanciones o multas que han sido recurridas por vía contencioso-administrativa. Esto es romper con el principio de devengo y con el principio de pago que
hay que exigir que se establezca y que se lleve a cabo. Evidentemente, si no funciona el principio de devengo o el principio de pago difícilmente se podrá conciliar con la encomienda a la Agencia Tributaria. Por ello se están dando en algunos
casos prácticamente situaciones de prescripción, porque realmente no llegan a tiempo las deudas a la Agencia Tributaria. Por tanto, no de trata de una descoordinación entre el organismo y la Agencia Tributaria, es una necesidad de mejorar la
contabilidad, el registro y la encomienda que tiene la Agencia Tributaria. En ese sentido nosotros vamos a ser partícipes de esa recomendación a los organismos autónomos a través de la resolución o el acuerdo al que lleguemos.



La señora PRESIDENTA: Para dar respuesta a los planteamientos de los portavoces tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Muchas gracias, señorías, y muchas gracias al señor Gómez Darmendrail y al señor Hurtado por sus intervenciones.



Quiero hacer dos consideraciones generales. En primer lugar, hacer efectivamente eco de que se trata de una fiscalización de un tiempo anterior a una situación que está provocada, subrayada y, si quieren ustedes, llena de comentarios y de
mil posiciones de todo tipo con respecto a las limitaciones que sobre el hecho de fumar se están provocando y que, en efecto, tienen que ver con esta situación. En todo caso, tengo que decir que tanto un portavoz como el otro han enfatizado en su
exposición, uno en lo positivo y otro en las deficiencias, pero eso va de suyo y hay que entenderlo así. Lo que de verdad importa es contestar a las preguntas que ustedes me han formulado y, sobre todo -y con esto termino mi planteamiento general-,
agradecer la positiva acogida de las recomendaciones, tanto por parte del señor Darmendrail como, sobre todo, por parte del señor Hurtado.



Dicho esto, y contestando a la primera pregunta del señor Gómez Darmendrail, tengo que decir que el único seguimiento que el Tribunal de Cuentas ha efectuado del organismo a través de sus cuentas rendidas -la última correspondiente al
ejercicio del año 2009, pues para la del año 2010 aún se está en plazo de rendición- viene a demostrar que no se ha mejorado la situación después de las comprobaciones llevadas a cabo en esta fiscalización. Según los datos de la cuenta de 2009, en
cuyo ejercicio el organismo ya tenía al menos conocimiento de los resultados provisionales de la fiscalización, la situación observada y descrita en el informe no solo se mantuvo en dicho ejercicio, sino que incluso el exceso de tesorería denunciado
en el informe se había incrementado sensiblemente, y no nos consta que se hayan adoptado otras modificaciones regulatorias sobre competencias y sobre otras cuestiones que han derivado en defectos o irregularidades como las que el informe contiene;
de ahí el tenor literal de las recomendaciones que en el informe se establecen.



Por lo que se refiere al señor Hurtado, tengo que decir que este es el primer informe. Efectivamente, si hubiéramos hecho informes hacia atrás y dirigidos al otro organismo, quizás hubiésemos encontrado situaciones más fácilmente
criticables que las actuales, pero este el primer informe.
Creo que es necesario hacer un segundo informe, sobre todo tendiendo en cuenta las circunstancias que aquí se han puesto de relieve.



Me pide usted una opinión. Generalmente no contesto a las opiniones, pero en este caso concreto sí me parece interesante decirle que estoy totalmente de acuerdo con el planteamiento presupuestario que se ha efectuado porque, efectivamente,
el sistema de financiación marca el modelo presupuestario con sus pros y sus contras; eso es así de claro.
Por lo tanto, lo que procedería es que la Dirección General de Presupuestos evitara la existencia de estos excedentes de tesorería, pero
atacando el origen que los provoca, por lo que estoy completamente de acuerdo.



Quiero terminar reiterando mi agradecimiento por las intervenciones y, sobre todo, pedir que esas recomendaciones que el informe hace sean tenidas en cuenta por los grupos parlamentarios a la hora de hacer las correspondientes resoluciones
que, repito, nos ayudan a todos.



Gracias, presidenta; gracias, señorías.



La señora PRESIDENTA: Gracias a usted señor presidente.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL FONDO PARA LA CONCESIÓN DE MICROCRÉDITOS PARA PROYECTOS DE DESARROLLO SOCIAL BÁSICO EN EL EXTERIOR. (Número de expediente del Congreso 251/000100 y número de expediente del Senado 771/000099.)


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 3.º del orden del día, que es el informe de fiscalización del


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Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior.



De nuevo le doy la palabra al presidente del Tribunal para que nos presente el informe que han aprobado.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Este informe lo aprobó el pleno del Tribunal de Cuentas el día 26 de noviembre del año 2009. Este Fondo para la concesión de microcréditos está previsto en la Ley de Cooperación
Internacional para el Desarrollo de 2008. Es un fondo sin personalidad jurídica, cuya financiación se efectúa mayoritariamente desde los presupuestos generales y cuya finalidad es contribuir a la lucha contra la pobreza mediante el fomento de
servicios microfinancieros. El fondo dispone de dos tipos de instrumentos de actuación: los financieros, a través de la concesión de préstamos y créditos en sus diferentes modalidades, y los no financieros, atendiendo a los gastos derivados de la
evaluación, seguimiento e inspección de los proyectos y de asistencia técnica a las entidades relacionadas con la actividad microfinanciera. Ha de recordarse que fue la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la que estableció el
pleno sometimiento a sus disposiciones de estos fondos, a los que se les dotó en el ejercicio de 2005, por primera vez, de una normativa contable específica por resolución de la Intervención General de la Administración del Estado.



Su administración corresponde a un comité ejecutivo adscrito a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y del que forman parte, además de representantes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de la Agencia
Española de Cooperación Internacional y de Desarrollo, representantes del Ministerio de Economía y Hacienda y del Instituto de Crédito Oficial, siendo la Agencia Española de Cooperación Internacional y de Desarrollo su órgano gestor y el ICO su
órgano financiero. Sus recursos provienen fundamentalmente de las dotaciones establecidas anualmente en los presupuestos y se destinan a pagar las operaciones convenidas, a compensar al ICO y a pagar los gastos por evaluación y seguimiento de los
proyectos del fondo. El Consejo de Ministros ha de autorizar todas estas aplicaciones. Su funcionamiento se articula a través de la concesión de préstamos a entidades financieras de países en desarrollo que se encargan de hacer llegar los fondos a
los microprestatarios, bien directamente o bien a través de entidades interpuestas. A finales del año 2006 se habían autorizado ochenta operaciones de préstamos en veintiséis países, por un total de 464 millones de euros. Las entidades
prestatarias habían recibido 289 millones y se habían concedido 889.650 microcréditos, con un importe medio de 782 dólares americanos. Ese era el nivel del crédito medio. La fiscalización tuvo como objetivos los siguientes: comprobar el
cumplimiento de la normativa aplicable; verificar la representatividad de los estados contables y evaluar los procedimientos y sistemas de gestión y de control interno aplicados y su adecuación a los principios de economía, eficiencia y eficacia.



Los principales resultados de la fiscalización -en resumen, porque los tienen ustedes, pero para resaltar lo que creemos susceptible de algún comentario- son los siguientes: En primer lugar, y desde su creación en 1998 hasta el ejercicio
2006, las dotaciones presupuestarias del fondo sumaron un importe de 597 millones de euros y las obligaciones reconocidas 436 millones, lo que representa un grado de ejecución del 73 por ciento, porcentaje que pone de manifiesto un exceso de
presupuestación, sobre todo en los primeros años de vigencia del fondo.



Por lo que se refiere al análisis financiero, en el informe se ofrece una descripción de los conceptos e importes recogidos en cada una de las rúbricas de los estados contables, sobre lo que se estima que representaban la imagen fiel de la
situación financiera y patrimonial del fondo al final del periodo fiscalizado. En este análisis se destaca que en todos los ejercicios del periodo, que va de 1999 al ejercicio 2006, los resultados fueron siempre negativos, alcanzando la suma
agregada de 150 millones de euros, debido a que sus ingresos en concepto de intereses y comisiones de asistencia técnica fueron insuficientes para cubrir las provisiones riesgo-país de los préstamos concedidos y las diferencias de tipos de cambio.



En cuanto al procedimiento de gestión de las operaciones de crédito, tenemos que señalar que en el ejercicio fiscalizado las propuestas de operaciones de préstamos, formuladas por la Agencia Española de Cooperación Internacional y de
Desarrollo al comité ejecutivo del fondo, partieron de la determinación de los potenciales países destinatarios y de un diagnóstico microfinanciero previo a los mismos y a la selección de las entidades prestatarias, junto con la negociación de las
condiciones de las operaciones. Por su parte, la selección de los clientes microempresarios la efectuaban las entidades prestatarias, de acuerdo con lo establecido en sus propios reglamentos o manuales de crédito. Aunque el objetivo estratégico de
este programa era la lucha contra la pobreza, objetivo coincidente con la finalidad del fondo, los objetivos concretos de cada acuerdo estaban definidos de forma genérica y no estaban asociados a indicadores cuantificados. En esta selección no
siempre se tuvo en cuenta el nivel de ingresos de los microempresarios ni se fijaron límites a los tipos de interés a pagar por los mismos.



La formalización de los contratos con las entidades prestatarias corresponde al ICO, quedando establecidas en los mismos las condiciones de cada operación. El tipo


de interés de las ochenta operaciones autorizadas osciló


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entre el cero y el 5,75 por ciento, resultando un tipo medio del 4,65 por ciento para los préstamos concedidos a partir del año 2020. Para la entrada en vigor de estos contratos, las entidades prestatarias debían remitir al ICO la
documentación establecida en el plazo previsto, normalmente de tres meses desde su firma, disponiendo dichas entidades de seis meses para solicitar el desembolso del préstamo. En las verificaciones efectuadas se constató que determinados contratos
no habían entrado en vigor y que, en algún caso, no se había solicitado el desembolso pese a haberse superado ampliamente el plazo previsto.
Asimismo, se indica en el informe que el seguimiento de la aplicación y funcionamiento de los citados
acuerdos específicos era deficiente, por cuanto que no se efectuaron, en un grado significativo, las reuniones programadas de los órganos paritarios encargados del seguimiento de cada acuerdo, y el sistema de seguimiento implantado por la Aecid
presentaba importantes limitaciones y deficiencias.



En lo que se refiere a la asistencia técnica, la normativa reguladora del fondo contempla la asistencia técnica a las entidades relacionadas con esta actividad microfinanciera, con objeto de apoyar su capacitación, fortalecimiento
institucional y capacidad de gestión. No obstante, no se regula un procedimiento de gestión ni la agencia tampoco lo ha desarrollado, resultando muy escasas las actuaciones de asistencia técnica mantenidas desde la creación del fondo hasta la
conclusión del periodo fiscalizado.



Otros aspectos de la gestión. El informe indica que la unidad de microfinanzas de la Aecid tenía una plantilla insuficiente para realizar las funciones de gestión del fondo que tenía encomendadas, y para suplir esta insuficiencia, en lugar
de recurrir a la ampliación de la relación de puestos de trabajo, se acudió a la contratación de asistencias técnicas con diferentes consultoras, hecho que, como vemos, se repite en muchos informes (les recuerdo a este respecto que la contratación
de asistencias técnicas para la realización de funciones propias de la Aecid también se puso de manifiesto en un informe anterior de fiscalización de las subvenciones de ayuda oficial al desarrollo gestionadas por la Decid), y se señala el peligro
de que esta externalización continuada no revierta en un aprendizaje en la organización propia de la agencia. Los gastos derivados de estas consultorías ascendieron en el ejercicio 2006 a 353.850 euros.



Por otra parte, también indica el informe que en las cuatro primeras operaciones de préstamo del fondo las entidades prestatarias se habían comprometido a contratar a su propio cargo y durante toda la vigencia de los préstamos a dos expertos
españoles propuestos por la Aecid. Sin embargo, las entidades prestatarias no tuvieron durante largos periodos de tiempo expertos españoles contratados al no haber sido propuestos por la agencia. En el ejercicio 2005 se modificó el esquema de
funcionamiento en el exterior, sustituyendo los expertos contratados por las entidades prestatarias por la contratación por la cooperación española de consejeros en los países en los que actuaba el fondo. Sin embargo, hasta el año 2008 no se
iniciaron los trámites para contratar, y el concurso público convocado fue declarado desierto.



Como conclusión cabe señalar que el Plan director de la cooperación española 2009-2012 contemplaba un conjunto de modificaciones para alcanzar una mayor eficiencia en el funcionamiento del fondo mediante la modificación de su normativa
reguladora y el incremento de la capacidad de gestión de la agencia. El informe termina con unas recomendaciones que en una brevísima síntesis les voy a recordar.



Las recomendaciones parten de las modificaciones previstas en el citado Plan director para el periodo 2009-2012 y pretenden que el incremento de la capacidad de gestión de la Aecid se lleve a cabo preferentemente mediante la ampliación de la
plantilla de la unidad de microfinanzas, así como que se regularicen periódicamente las operaciones de préstamos pendientes de desembolso y se potencie el sistema de seguimiento de las mismas.



Esto es todo, lo he hecho con la mayor brevedad posible para darles a ustedes tiempo en esta mañana de cumplir con el resto del orden del día.



Muchas gracias, quedo a su disposición, señora presidenta, señorías.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señor presidente.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra la señora Fúnez.



La señora FÚNEZ DE GREGORIO: Sean mis primeras palabras de agradecimiento al presidente del Tribunal de Cuentas por haber comparecido ante esta Comisión esta mañana y por haber resumido ese informe de fiscalización del Fondo para concesión
de microcréditos, que nos ha permitido -haciendo un análisis de ese informe- acercarnos a una realidad que tiene un halo de emotividad que quizás no es el mejor procedimiento para afrontar un análisis de estas características. En el Grupo
Parlamentario Popular hemos querido afrontar el análisis de este informe ciñéndonos exclusivamente a los objetivos que persigue el informe de fiscalización e intentando evitar y no caer en el error de cuál es el objetivo que buscan la puesta en
marcha y el desarrollo de los microcréditos. Creo que nos equivocaríamos si trajésemos a este debate algunos de los proyectos que se han podido desarrollar con esos microcréditos; creo que también sería un error traer a este debate algunas de las
experiencias personales de los muchos millones de personas que han podido superar su situación de pobreza extrema a lo largo de estos años gracias a los


fondos que se han destinado a poner en funcionamiento


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ese microcrédito, y por supuesto creo que tampoco debemos traer e esta Comisión si el presupuesto destinado en los Presupuestos Generales del Estado a financiar los microcréditos como herramienta de cooperación al desarrollo son suficientes.
El Grupo Parlamentario Popular no quiere caer en ese error y quiere ceñirse exclusivamente a lo que significa ese informe de fiscalización, porque creemos que, si nos remitimos solo al informe, estaremos haciendo un trabajo serio, riguroso y
responsable ya no solo para las personas que como Estado español hemos conseguido sacar de la pobreza durante estos años, sino para conseguir que en el futuro la ayuda llegue a más personas. Tenemos un objetivo que me parece esencial -y por
supuesto con una gestión adecuada y rigurosa de estos fondos destinados a microcréditos creo que podemos llegar a conseguirlo y que España podrá colaborar en su consecución- y es tener presente que hemos de conseguir un reto que hace tan solo unos
días Sam Daley-Harrys, el director de la campaña de la cumbre del microcrédito que tendrá lugar el próximo mes de noviembre en Valladolid, nos ha planteado a nivel internacional: pasar de los 128 millones de familias pobres que reciben
microcréditos ahora mismo en todo el mundo y que benefician a 630 millones de pobres, a que dentro de cuatro años, en 2015, sean 175 millones de familias las prestatarias de microcréditos, lo que beneficiaría y que sacaría de la pobreza a más de 800
millones de personas en el mundo. Por eso esta mañana queremos atender el informe con responsabilidad, con seriedad y huyendo de la emotividad, porque si no posiblemente estaríamos satisfechos tan solo con escuchar algunos de esos proyectos
transformadores que han conseguido rescatar y salvar de la pobreza a miles de personas.



En cuanto a la concesión de esos microcréditos para erradicar la pobreza como objetivo básico que tiene esta actividad, el propio tribunal -de acuerdo con lo que decía su presidente- señalaba que este objetivo no es objeto de una adecuada
concreción en el diseño y en la aprobación de las operaciones vinculadas al fondo diseñado para esta actividad. Por lo tanto, el Grupo Parlamentario Popular quiere plantear una primera cuestión que se suscita escuchando y leyendo el informe y es
que la razón de ser de esta actividad se canalice a través de un fondo sin personalidad jurídica, porque eso nos lleva a plantearnos cuáles son y cómo se tienen que asumir las responsabilidades que surgen de esta actividad y por otro lado qué
sistemas de control se implantan en su funcionamiento. Nosotros entendemos que la instrumentalización de fondos sin personalidad jurídica no es la mejor vía para garantizar una adecuada gestión de los fondos públicos y menos en esta materia. Por
eso quisiera, en este contexto, preguntarle al presidente si esta fórmula de utilización de fondos sin personalidad jurídica es muy frecuente y si el tribunal considera que es el medio más adecuado para poder gestionar estos fondos, sobre todo
cuando existe un órgano gestor, que es la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo, cuando existe un órgano financiero distinto, que es el Instituto de Crédito Oficial, y cuando ambos dependen de ese comité ejecutivo dependiente
también de la Secretaría de Estado de Cooperación al Desarrollo.



Dejando esta preocupación y esas preguntas al presidente del tribunal encima de la mesa, también creemos adecuado remitirnos a las referencias que el informe ofrece sobre el funcionamiento de este fondo para la concesión de microcréditos.
En primer lugar, ha de efectuarse una referencia a la situación financiera del fondo, que, como ha podido explicarnos el presidente del tribunal, durante todos los ejercicios los resultados han sido negativos, especialmente derivados de las
dificultades de cubrir las provisiones del riesgo-país de los préstamos concedidos, lo que viene a plantearnos si estamos ante unas operaciones de activos financieros, de concesión de préstamos o de otorgamiento de subvenciones bajo el manto de
operaciones crediticias. En segundo lugar, creemos importante señalar, como hace el informe, que la selección última de los prestatarios corresponde a las empresas intermedias solicitadas, lo que no parece ofrecer suficientes garantías de que esta
selección se efectúe de manera adecuada, máxime cuando las labores técnicas y de supervisión de la Agencia Española de Cooperación y Desarrollo no parece que hayan funcionado en el periodo analizado. Incluso en algún momento se llega a afirmar que
determinadas operaciones no llegan a buen fin, no llegan a materializarse porque las entidades intermedias no activan el proceso para seleccionar los beneficiarios últimos de esta actividad. Por eso dejo dos preguntas también en este ámbito del
funcionamiento encima de la mesa. La primera de ellas es qué sentido tiene que estas entidades intermedias sean las que seleccionen a los beneficiarios a los que los fondos públicos españoles tratan de atender. En segundo lugar, qué garantías
ofrece este sistema de buena utilización de estos recursos. En tercer lugar, el informe señala que no se ha regulado un procedimiento de gestión y que la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo tampoco lo ha regulado durante estos años. La
gestión de lo público, desde nuestro punto de vista, no puede asentarse en esta cuestión tan emotiva tampoco, ni en el voluntarismo ni en las buenas intenciones ni en el buenismo, sino que la gestión de lo público, y más en una cuestión que tiene
que estar destinada a los que más lo necesitan y menos tienen tiene que requerir rigor, control y asunción de responsabilidades, extremos todos ellos que no parece que el sistema de funcionamiento adoptado en la actualidad garantice. Por otro lado,
el informe también señala una carencia de medios, especialmente los que están destinados a recursos humanos


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y que, como decía también en su intervención el presidente del Tribunal de Cuentas, han tenido que acudir a consultoras, a empresas y a expertos externos. Nosotros creemos, desde nuestro punto de vista, que habría que poner más énfasis en
esos fondos destinados a recursos personales.



Por concluir, este informe ha mostrado una realidad basada y sustentada: en primer lugar, en una falta de objetivos claros; en segundo lugar, en una organización inadecuada y, en tercer lugar, en un funcionamiento incorrecto. Esperemos
que ese nuevo plan director de cooperación al desarrollo 2009-2012 supla esta insuficiencia que nosotros creemos que existe en la gestión del Fondo para concesión de microcréditos. El Grupo Parlamentario Popular planteará en el futuro la necesidad
de que el Tribunal de Cuentas informe a esta Comisión sobre la evolución de esta actividad que, como se ha señalado, requiere de mayor rigor en su gestión por parte de los responsables públicos y posiblemente también con una menor carga ideológica
para afrontar esta actividad con racionalidad y con las debidas garantías de que los fondos sean bien utilizados, de que los fines anunciados son los que realmente se atienden, que no son otros que intentar salvar y sacar de la pobreza al mayor
número posible de personas de países vecinos al nuestro.



La señora PRESIDENTA: En nombre del Grupo Socialista la señora Fernández Aguerri tiene la palabra.



La señora FERNÁNDEZ AGUERRI: En primer lugar, quiero dar la bienvenida al presidente del Tribunal de Cuentas, señor Núñez, y agradecerle su comparecencia en esta Comisión, así como el trabajo que han desarrollado los técnicos en los
informes que hoy debatimos en esta Comisión.



Como ya he expresado en otras ocasiones, valoramos muy positivamente el trabajo del Tribunal de Cuentas, cuyos informes nos sirven para mejorar los procedimientos de gestión de los entes y de las Administraciones públicas, que precisamente
por su condición de públicas hemos de empeñarnos en trabajar para lograr su mayor eficacia y su mayor transparencia. El Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior tiene como objetivo
prioritario la lucha contra la pobreza en países de desarrollo a través del fomento de los servicios microfinancieros. Otro objetivo no menor es la integración de la acción española de cooperación, por lo que mejorar su eficacia y su transparencia,
dados estos objetivos que para nosotros son muy importantes, fundamentalmente el primero, nos parece más que justificado. Hemos de considerar la complejidad que supone un procedimiento en el que intervienen tantas entidades en su desarrollo con el
añadido de las entidades prestatarias que, por lo que se deduce del informe, no han contribuido eficazmente en el cumplimiento de lo estipulado en los acuerdos, además del como se apunta también en el informe, cuello de botella de las microfinanzas
está en lo poco numerosas que son las instituciones fuertes y con sólidas perspectivas de crecimiento. No obstante, una coordinación eficaz de las entidades y agencias que colaboran en el procedimiento de gestión nos parece deseable. En el informe
se dice que los destinatarios finales del programa eran los microempresarios de menores ingresos, pero que los parámetros utilizados no siempre tenían en cuenta los ingresos. A continuación se dice que los criterios de selección eran en todos los
acuerdos los establecidos en los reglamentos o manuales de créditos de las entidades prestatarias que establecen normas internas para la evaluación, otorgamiento, recuperación y seguimiento de los créditos, por lo que hay algo que no cuadra. Me
pregunto si habría una franja de ingresos, si no había más solicitantes o si realmente las entidades prestatarias en algunos casos, y sin razón aparente, no cumplían con lo establecido. Me gustaría, señor presidente, que me aclarara este punto.



Preocupa también que las entidades prestatarias, que eran de los países receptores, no remitieran al ICO en el plazo fijado la documentación establecida para la entrada en vigor de los contratos, como fue en cinco de los casos suscritos
entre 2001 y 2005, como la no solicitud del contrato a 20. Aunque la fiscalización de este informe se circunscribe al ejercicio 2006, el propio informe dice que se han ampliado aquellos aspectos que ha considerado convenientes. Así, en el tipo de
interés aplicado en las operaciones de préstamo autorizadas hasta el 31 de diciembre de 2001 fueron entre el 0,5 (salvo uno que fue el cero por ciento) y el 1,5 por ciento, y a partir de 2002, entre el 2,45 y el 5,75, con una media del 4,65. En
este punto, el informe no desgrana las posibles causas de este incremento, que sin más datos, y a simple vista, parece excesivo para el cumplimiento del objetivo que se pretende, por lo que creemos que se deben seguir las recomendaciones del grupo
consultivo de ayuda a los pobres, que aconseja la comprobación de las tasas de interés para que no sean excesivamente altas por la ineficiencia de las entidades prestatarias. Respecto a la unidad de microfinanzas, se dice también en el informe que
la plantilla no es suficiente para realizar las funciones de gestión del fondo para la concesión de microcréditos.
Consideramos que se ha de hacer un dimensionamiento adecuado y racional de esta unidad, ya que aunque se apunta a que actualmente
está adscrita al departamento de cooperación sectorial y de género, dependiente, a su vez, de la cooperación sectorial multilateral, más adelante también se dice que se ha contratado a un funcionario y tres personas más, no sabemos si esto es
suficiente o no.



En cuanto a las alegaciones que se han presentado a este informe por el presidente del ICO y la directora de


Aecid, así como el escrito de su predecesor suscribiendo


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estas alegaciones, me gustaría que el señor presidente del Tribunal, si es posible, me las facilitara. Esperamos que las reformas que plantea el plan director de cooperación 2009-2012, para mejorar la eficiencia del fondo en los dos frentes
que se ha impuesto la modificación de la normativa reguladora que amplía sus instrumentos de actuación y el incremento de la capacidad de gestión de la Agencia Española de Cooperación y Desarrollo en materia de microfinanzas esté cumpliendo con el
objetivo que se pretende.



La señora PRESIDENTA: El presidente del Tribunal tiene de nuevo la palabra.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Muchísimas gracias a las intervinientes en representación del Grupo Parlamentario Popular, señora Fúnez, y del Grupo Parlamentario Socialista, señora Fernández Aguerri. Muchas
gracias por la valoración positiva que han hecho de nuestros informes y que trasladaré a los miembros del pleno y al personal que trabaja en estas cuestiones; algunas de ellas como las del último informe de una gran sensibilidad, porque quieren
erradicar la pobreza. Decía la señora Fúnez que los 128 millones que actualmente han solicitado este tipo de créditos, deberíamos hacer lo posible por convertirlos en 175 millones y que el nivel de cobertura se extendiera como un paraguas
benefactor a 630 millones de familias, que ya es decir.
Pues bien, para eso se necesitaría que estas figuras de los microcréditos y otras, que al uso y de la misma naturaleza jurídica pudieran establecerse, contasen con las mejores herramientas
técnico-jurídicas. Se me pregunta si efectivamente esta de los fondos sin personalidad jurídica es la más adecuada, y yo en este sentido y, repito, en el afán y en el propósito y en la preocupación que trasciende de las dos intervenciones y creo
que de todo el sentir de la Comisión mixta, tengo que decir que esta figura de los fondos sin personalidad jurídica deja bastante que desear.



Vamos a hacer una pequeña reflexión, ya que me dice la presidenta que tenemos un poco de tiempo, sobre este tema que creo que es clave, es fundamentalmente clave para avanzar y dar respuesta a las preocupaciones sentidas que tan claramente
han expuesto las dos intervinientes. Lo primero que ha de señalarse es que la aplicación de esta singular figura de los fondos sin personalidad jurídica se ha extendido con gran intensidad, y uno se pregunta desde su experiencia fiscalizadora por
qué.
Si bien la Ley General Presupuestaria contempló esta figura para aplicarla a un número muy reducido de actuaciones preexistentes, como la del Fondo de ayuda al desarrollo, FAD, o la misma del Fondo para la concesión de microcréditos, con
posterioridad se ha acudido con frecuencia a esta figura para canalizar a través de la misma múltiples actuaciones públicas, como la mayor parte de las operaciones vinculadas a las medidas para paliar los efectos de la crisis económico-financiera.



En relación con esta figura de los fondos sin personalidad, ha de indicarse que es una manifestación más de la importante desmembración de la disciplina administrativa a través de la creación de entidades o de otros mecanismos en los que se
hace más laxo el régimen jurídico y, desde luego, los mecanismos de control, ya que estos fondos no están sometidos al régimen de intervención, sino al régimen de control financiero permanente, que es el régimen menos intenso de control, y en los
que en muchos casos, como el presente, se diferencia el órgano de gestión del órgano financiero, y cuyo órgano de decisión está integrado por representantes de diferentes ministerios o unidades orgánicas, lo que propicia una dilución de
responsabilidades y, por lo tanto, a lo mejor una fuente de deficiencias. Ha de tenerse en cuenta en este ámbito el importante volumen de los recursos públicos que se canalizan por esta vía, como la relevancia de las medidas anticrisis viene a
confirmar. Por otra parte, ha de señalarse que no todos los fondos, en cuanto masa patrimonial asignada a una finalidad concreta, tienen el mismo tratamiento. Por ejemplo, el conocido Fondo de reserva de la Seguridad Social, aun reconociendo sus
propias singularidades, no tiene el tratamiento contable o funcional de los fondos sin personalidad jurídica, pese a la manifestación reiteradamente expuesta por el tribunal de que disponga de un tratamiento contable segregado. Con esta referencia
no se pretende extender la figura de los fondos sin personalidad jurídica, sino indicar cómo su utilización no responde a criterios uniformes. La utilización de esta figura singular, que cuenta con un régimen contable específico y que pese a
carecer de personalidad jurídica rinde cuentas al tribunal, es un recurso que, cuando menos, debería restringirse en su aplicación, de modo que la gestión desarrollada a través de los mismos fuera asumida directamente en todas sus manifestaciones.
Fuera asumida directamente en todas sus manifestaciones por la entidad o el servicio público que la tuviera asignada, y que en los estados contables de este quedara reflejada la verdadera realidad derivada de dicha gestión y no solo la aportación
efectuada al fondo, con independencia de la situación que pudiera haber derivado de dicha aportación.



Cabe recordar -perdón, si me estoy metiendo, aprovechando este tema que es muy importante, en el análisis de los fondos sin personalidad jurídica, porque creo que ahí está la madre del cordero para avanzar en una buena herramienta que sirva
al noble fin de este fondo, que es erradicar la pobreza y otras injusticias sociales-, a este respecto que la ya olvidada Ley, de 26 de diciembre de 1958, del régimen jurídico de las entidades estatales autónomas, ya contemplaba en su ámbito de
aplicación los servicios administrativos sin personalidad jurídica.



Tengo que hacerme eco de estas preocupaciones y obser


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vaciones que han hecho ustedes, que no sé si se recogen fielmente en las recomendaciones, ya que van más allá, de lo que me alegro. Me alegro de que esas reflexiones figuren en la resolución a que dé lugar este informe en una siguiente
reunión de esta Comisión. Hay defectos de asistencia técnica y de supervisión, efectivamente, y el informe los describe. De hecho, el nuevo plan director ha incorporado los cambios. Espero que este nuevo plan director corrija estas deficiencias.
De hecho tras la simple lectura del mismo podemos ver que en él late este propósito. En cuanto a la actuación de las entidades prestatarias interpuestas, a las que hacía referencia la señora Fúnez, quizás sea el procedimiento más ágil, pero lo
importante es ejercer las funciones de asesoría técnica y de seguimiento.
El informe lo ha recogido así, y la señora Fernández ha hecho el mismo planteamiento en su intervención. El informe deja constancia de que no actuaron las entidades
prestatarias con la debida diligencia y de que varias operaciones no se materializaron por falta de actuación de estas entidades. Respecto a las tasas de interés estoy completamente de acuerdo con ustedes. En el periodo fiscalizado la media
resultó del 4,75. La valoración de este dato merece una reflexión y debe hacerse en el sentido que su intervención indica. En cuanto a las alegaciones, están incorporadas en el informe, pero, en todo caso, no tengo ningún inconveniente en
enviárselas, como usted ha solicitado.



Añadiría más cosas, pero en realidad el propósito fundamental de este informe es tan noble, tan alto, que entiendo muy bien que no traigamos aquí ningún tipo de error, sino que nos limitemos a establecer cauces de perfeccionamiento, que las
herramientas jurídicas sean cada vez mejores y ayuden considerablemente a que estos microcréditos alcancen con más eficacia el fin para el que fueron creados.



Muchas gracias, señora presidenta, señorías.



La señora PRESIDENTA: Concluida la primera parte de la Comisión, suspendemos unos minutos para despedir al presidente del Tribunal de Cuentas, e inmediatamente continuamos con la Comisión. (Pausa.)


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL PROCESO DE REORDENACIÓN DE LAS EMPRESAS ESTATALES DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN NAVAL PRODUCIDO DURANTE EL PERÍODO 2000-2006. (Número de expediente del Congreso 251/000078 y número de expediente del Senado
771/000078.)


La señora PRESIDENTA: Continuamos la Comisión con el debate y votación de las propuestas de resolución. Punto 4.º del orden del día: propuestas de resolución acerca del informe de fiscalización del proceso de reordenación de las empresas
estatales del sector de la construcción naval producido durante el período 2000-2006.



Por parte del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Juncal.



El señor JUNCAL RODRÍGUEZ: Señora presidenta, comenzaré diciendo que vamos a pedir votación separada de las propuestas de resolución números 8, 10 y 11, por una parte; y 7 y 9 por otra. A nuestro entender tanto la 7 como la 9 solicitan
mantener el cumplimiento, cumplir los acuerdos.
Lógicamente es una norma que debe imperar, pero no podemos compartir la postura que mantiene el Grupo Socialista, que mantiene el Gobierno, en relación con el sector naval en los acuerdos con la Unión
Europea, en el sentido de que no nos podemos conformar con la situación actual. Si en su momento se tomó ese acuerdo, creo que llegó la hora ya de una vez por todas, pasado el tiempo, de dejar de ser conformistas con esa situación y modificar dicho
acuerdo porque, por decirlo claramente, se capa la capacidad de producción de nuestros astilleros. Todos coincidimos en la característica de un sector estratégico, que es el sector naval, por empleo y sobre todo, desde mi punto de vista, por lo que
supone de transferencia tecnológica a otras ramas de la actividad; es un sector fundamental y, por tanto, debe hacerse en las mismas condiciones que nuestros competidores europeos, que tienen las manos libres, mientras que nuestro sector público en
la construcción naval tiene esa limitación del 20 por ciento de la producción en el sector civil. Independientemente de que ahora no haya condiciones de mercado para llenar todo ese hueco, hay que tener las manos libres para en un momento
determinado hacer frente a esa vicisitud.



Por nuestra parte, vuelvo a insistir, vamos a pedir separada la votación de las propuestas de resolución 7, 9 y 11 y apoyaremos lógicamente la 8 y la 10 por cuanto que la actividad en este momento toca una cartera de pedidos que ha
adelgazado en los últimos años, que se está agotando y todos los esfuerzos son pocos para aumentar esa cartera de pedidos que permitan mantener la empresa Navantia en un nivel óptimo de carga de trabajo para cumplir sus objetivos a medio y largo
plazo.



La señora PRESIDENTA: Le ruego una aclaración porque no tengo claro el orden de la votación. Al principio habló usted de votar por una parte las propuestas número 7 y 9 y, por otro lado, las 8, 10 y 11, pero ahora ha dejado usted fuera la
11. No sé si quiere que hagamos tres cuerpos de votaciones, que votemos en tres partes o que votemos por un lado 7, 9 y 11 juntas y 8 y 10 por otro lado. Si le parece, lo consulta, en función de las


conversaciones que hayan tenido, y después de la intervención del señor Carro me lo dice.



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Señor Carro, en nombre del Grupo Socialista tiene usted la palabra.



El señor CARRO GARROTE: Efectivamente, hoy estamos debatiendo un punto para adoptar resoluciones sobre lo que ha sido el informe de fiscalización del proceso de reordenación de las empresas estatales de la construcción naval durante el
periodo 2000-2006. Desde nuestro punto de vista, el informe es excelente, clarificador y viene a dejar absolutamente claras -valga la redundancia- las dos fases bien distintas de la gestión de los astilleros públicos en España: la primera, al
principio del informe, del 2000 al 2004, coincidente con gobiernos del Partido Popular, y la segunda, del 2004 en adelante, correspondiente a la gestión del Gobierno socialista. El informe constata, tanto en su parte expositiva como en sus
conclusiones, que ninguno de los objetivos de la primera fase, de lo que fue el plan del 2000, correspondiente a la gestión de los gobiernos del Partido Popular, se vio cumplido, y que además fue precisamente el fracaso de esa gestión lo que condujo
al sector naval público español a un proceso, cuando llegamos en el 2004 al Gobierno, de quiebra técnica que amenazaba con la disolución de la compañía. En ese momento fue el acuerdo de 2004 alcanzado con los sindicatos y con la Unión Europea el
que, como dice la conclusión número 5 del informe, con la aprobación en el año 2004 del segundo plan, compatible con la legislación europea, garantizaba los derechos de los trabajadores y el cumplimiento de los compromisos empresariales asumidos.

Por tanto, esta segunda fase de gestión es la que resuelve la situación del sector naval y nos permite desde 2004 hasta hoy vivir unos años con carga de trabajo importante y con paz social en un sector tan relevante como el sector público naval
estatal.



Por esto entendemos en el Grupo Socialista que es necesario adoptar cinco resoluciones en línea con fortalecer los objetivos del Gobierno relativos al sector naval. En primer lugar, el objetivo de mantener el acuerdo de 2004 como una buena
herramienta que ha demostrado su efectividad en estos años. En segundo lugar, mantener los procesos de diálogo social internos que sean también vistos claramente como herramientas positivas en todo este proceso. En tercer lugar, reafirmar el
compromiso del Gobierno con los trabajadores afectados por los distintos procesos de reestructuración en las últimas décadas, ya no solo desde el 2000 sino incluso anteriores.
Finalmente, implementar los esfuerzos necesarios para conseguir aumentar
la carga de trabajo y hacer también una reafirmación de la necesidad de mantener un sector naval público en el mercado militar y civil, en los términos acordados con la Unión Europea dado el valor estratégico de este sector productivo.



Como se vio en la intervención de la Comisión anterior y en el texto de algunas de las propuestas de resolución del Grupo Popular, el mismo quiso esconder en el año 2000 los astilleros civiles detrás de los astilleros militares, y así
engañar a la Unión Europea para seguir dando ayudas ilegales que provocaron la situación de las sanciones que la Unión Europea nos impuso en su día. Además, durante años han negado su responsabilidad tanto en la llamada por el informe, primera fase
de gestión, como en las sanciones de la Unión Europea hasta tal punto de que incluso, cuando en 2004 se firma el acuerdo, tuvieron la desfachatez de llamarle la segunda reconversión, como si en 2000 no hubiera habido también 1.600 trabajadores
prejubilados en las mismas condiciones que en 2004 y como si en el año 2000 no se hubiera procedido a un proceso de reestructuración muy importante. Hoy, a la vista de las resoluciones y del transcurso del debate, el Partido Popular quiere además
esconder este informe, porque este informe coloca definitivamente las cosas en su sitio y dice exactamente qué es lo que ha hecho cada Gobierno en relación con el sector público naval estatal.



Por esto nosotros presentamos esta propuesta de resolución, y aun así vamos a dar por buenas algunas de las propuestas que el Grupo Popular nos propone. Concretamente votaríamos la 1, la 4, la 5 y la 6 afirmativamente. Por tanto, pedimos,
de esas o de las otras dos indistintamente, votación separada.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA GESTIÓN Y LA CONTRATACIÓN DE LA FUNDACIÓN CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CARDIOVASCULARES CARLOS III (CNIC). (Número de expediente del Congreso 251/000090 y número de expediente del Senado
771/000091.)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD GENERAL DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, EJERCICIO 2006. (Número de expediente del Congreso 251/000091 y número de expediente del Senado 771/000090.)


La señora PRESIDENTA: En relación con los dos siguientes puntos del orden del día, el 5.º y el 6.º, sus señorías han presentado transacciones, por lo que entiendo que será que no habrá intervenciones de los portavoces y que se votarán por
unanimidad. Por tanto, si les parece, vamos a pasar a la votación, si sus señorías están en condiciones -pregunto a los portavoces- de que iniciemos las votaciones. ¿Es así? (Asentimiento.-El señor Juncal Rodríguez pide la palabra.)


Señor Juncal, ¿qué desea?


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El señor JUNCAL RODRÍGUEZ: Quería aclarar lo de la votación separada. Se votaría en grupo la 7, la 8, la 9 y la 10, la 11 es con la que el Grupo Popular no está de acuerdo y, en cuanto a las otras, ha sido una confusión por una agrupación
interna mía.



La señora PRESIDENTA: Votaríamos entonces la 7, la 8, la 9 y la 10 en un bloque y la 11 aparte. ¿De acuerdo? (Asentimiento.) Muy bien, gracias.
(El señor Carro Garrote pide la palabra.)


Señor Carro, ¿qué desea?


El señor CARRO GARROTE: Mi pregunta es si la votación afecta solo a los puntos de proposición o al conjunto del documento.



La señora PRESIDENTA: A los puntos de proposición. Aquí no hay voto de conjunto.



Votamos en primer lugar las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Popular. Primero, la 1, la 4, la 5 y la 6.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



A continuación votamos las propuestas números 2 y 3, del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 19.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Pasamos a votar a continuación las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista. En primer lugar, votamos en conjunto la 7, la 8, la 9 y la 10.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos a continuación la propuesta número 11.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 15.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



En relación con el punto 5.º, propuestas de resolución sobre el informe de fiscalización acerca de la gestión y la contratación de la Fundación Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, hay una propuesta transaccional.
¿Se aprueba por unanimidad? (Asentimiento.) Que así conste.



Y sobre el punto 6.º, propuestas de resolución sobre el informe de fiscalización de la actividad general del Consorcio de Compensación de Seguros, correspondiente al ejercicio 2006, ¿se aprueba la propuesta de transacción por unanimidad?
(Asentimiento.) Que así conste.



Sin ningún asunto más que tratar, se levanta la sesión.



Eran las doce y treinta minutos del mediodía.