Ruta de navegació

Publicacions

DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 68, de 17/06/2009
PDF




DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2009 IX Legislatura Núm. 68

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MARÍA ISABEL POZUELO MEÑO

Sesión núm. 12

celebrada el miércoles, 17 de junio de 2009

en el Palacio del Senado



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del Presidente del Tribunal de Cuentas, D. Manuel Núñez Pérez, para informar sobre los siguientes extremos:


- Informe de fiscalización de INISAS, ejercicio 2003. (Número de expediente del Senado 771/000001 y número de expediente del Congreso 251/000002) ... (Página 3)


- Informe de fiscalización del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), ejercicio 20022003. (Número de expediente del Senado 771/000003 y número de expediente del Congreso 251/000004) ... (Página 3)


Página 2



Informe de fiscalización del Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2003. (Número de expediente del Senado 771/000008 y número de expediente del Congreso 251/000009)... (Página 3)


- Informe de fiscalización de los contratos de obra adjudicados por el Ministerio de Fomento bajo la modalidad de abono total del precio desde su instauración hasta el 31 de diciembre de 2002. (Número de expediente del Senado 771/000009 y
número de expediente del Congreso 251/000010) ...
(Página 3)


- Informe de fiscalización de la contratación celebrada durante el año 2004 por las entidades del Sector Público Estatal sometidas a los procedimientos de contratación establecidos en el texto refundido de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas. (Número de expediente del Senado 771/000013 y número de expediente del Congreso 251/000014) ...
(Página 3)


- Informe de fiscalización del proceso de privatización de la Empresa Nacional Santa Bárbara de Industrias Militares, S.A. (ENSB). (Número de expediente del Senado 771/000014 y número de expediente del Congreso 251/000015) ... href='#(Página3)'>(Página 3)


- Informe de fiscalización de la organización y de los procedimientos de supervisión sobre las entidades de crédito, seguros y servicios de inversión y de la coordinación entre los organismos supervisores y con la Agencia Estatal de
Administración Tributaria (AEAT). (Número de expediente del Senado 771/000015 y número de expediente del Congreso 251/000016) ... (Página 3)


- Informe de fiscalización del Ayuntamiento de CastroUrdiales (Cantabria), ejercicios 2004 y 2005. (Número de expediente del Senado 771/000079 y número de expediente del Congreso 251/000079) ... (Página 13)


- Informe de fiscalización de la contratación celebrada durante el año 2005 por las entidades del sector público estatal sometidas a los procedimientos de contratación establecidos en el texto refundido de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas. (Número de expediente del Senado 771/000084 y número de expediente del Congreso 251/000084) ...
(Página 3)


Debate y votación de las propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización de las unidades de gestión de grandes empresas en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ejercicios 2004 y 2005, (Número de expediente del Senado 771/000056 y número de expediente del Congreso
251/000057) ... (Página 19)


- Informe de fiscalización de la participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en los Fondos de Compensación Interterritorial en el ejercicio de 2003. (Número de expediente del Senado 771/000063 y número de
expediente del Congreso 251/000063) ... (Página 19)


Se abre la sesión a las dieciséis horas y treinta y cinco minutos.



La señora PRESIDENTA: Señorías, se abre la sesión.



Antes de entrar en el contenido del orden del día, voy a someter a la comisión el acuerdo tomado por la Mesa y Portavoces sobre la tramitación de los asuntos en él contenidos, así como los informes que va a presentar el presidente del
Tribunal de Cuentas en la sesión que celebramos hoy.



El acuerdo consiste en que se debatan conjuntamente los puntos números 1 a 7, ambos inclusive, así como el punto número 9, y en que el presidente del Tribunal de Cuentas haga una presentación conjunta de ellos. Debo decir a sus señorías que
la solicitud de debate del punto número 9, junto con los ya citados, obedece a que este está referido a la contratación en el ejercicio de 2005 por las entidades sometidas al texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,
que es continuación del que veremos luego en el punto número 5 y que es a su vez el mismo informe de fiscalización referido al ejercicio de 2004 también de las mismas entidades del sector público estatal.



El presidente del tribunal haría la presentación de todos esos puntos y los portavoces también los debatirían de forma conjunta. ¿Están sus señorías de acuerdo? (Asentimiento.)


Muchas gracias.



Página 3



COMPARECENCIA DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, D. MANUEL NÚÑEZ PÉREZ, PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE INISAS, EJERCICIO 2003. (Número de expediente del Senado 771/000001 y número de expediente del Congreso 251/000002)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (ISFAS), EJERCICIO 20022003. (Número de expediente del Senado 771/000003 y número de expediente del Congreso 251/000004)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL PLAN DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS PARA EL EJERCICIO 2003. (Número de expediente del Senado 771/000008 y número de expediente del Congreso 251/000009)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE OBRA ADJUDICADOS POR EL MINISTERIO DE FOMENTO BAJO LA MODALIDAD DE ABONO TOTAL DEL PRECIO DESDE SU INSTAURACIÓN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002. (Número de expediente del Senado 771/000009 y
número de expediente del Congreso 251/000010)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA DURANTE EL AÑO 2004 POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL SOMETIDAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ESTABLECIDOS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. (Número de expediente del Senado 771/000013 y número de expediente del Congreso 251/000014)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL PROCESO DE PRIVATIZACIÓN DE LA EMPRESA NACIONAL SANTA BÁRBARA DE INDUSTRIAS MILITARES, S.A. (ENSB). (Número de expediente del Senado 771/000014 y número de expediente del Congreso 251/000015)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN Y DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN SOBRE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO, SEGUROS Y SERVICIOS DE INVERSIÓN Y DE LA COORDINACIÓN ENTRE LOS ORGANISMOS SUPERVISORES Y CON LA AGENCIA ESTATAL DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT). (Número de expediente del Senado 771/000015 y número de expediente del Congreso 251/000016)


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA DURANTE EL AÑO 2005 POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL SOMETIDAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ESTABLECIDOS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. (Número de expediente del Senado 771/000084 y número de expediente del Congreso 251/000084)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a analizar los informes que nos presenta el señor presidente del Tribunal de Cuentas. Señor Núñez, tiene usted la palabra.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, empezando por el primer informe que figura en el orden del día, el de fiscalización de INISAS, debo decir que este se aprobó en el Pleno del tribunal celebrado el día 26 de mayo de 2005. INISAS, Compañía de Seguros y Reaseguros,
S.A., se constituyó en 1989, siendo su objeto social la práctica en el territorio nacional del seguro y reaseguro privados y las actividades complementarias y auxiliares necesarias, salvo la rama de seguros de vida. Para el cumplimiento de su
objeto social, INISAS ofrece a sus asociados prestaciones de asistencia sanitaria directa y reembolsos de gastos correspondientes al ramo de enfermedad.



En el informe se señala que las cuentas analizadas expresan, en los aspectos más significativos, la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial y de los resultados de la actividad desarrollada, con la salvedad de la insuficiente
dotación a las provisiones constituidas para cobertura de obligaciones contraídas y riesgos asumidos pendientes de pago, que originaría que el resultado positivo del ejercicio se transformase en pérdidas. Asimismo, se describen en el informe otras
deficiencias en la llevanza de la contabilidad.



En cuanto a la gestión analizada, se pone de manifiesto, entre otras deficiencias, la carencia de un inventario de bienes, la falta de documentación en determinados expedientes de compras, la carencia de un sistema de seguimiento de las
liquidaciones efectuadas a favor de algunas sociedades médicas o la prestación de determinadas ayudas no contempladas en las pólizas suscritas.



El informe concluye con un apartado de recomendaciones dirigidas especialmente a la subsanación de las deficiencias de gestión observadas.



Estoy haciendo un esfuerzo de síntesis de cada uno de estos informes debido al gran número de los que constan en el orden del día con objeto de que la presentación recuerde que los datos y los pormenores de cada informe los tienen sus
señorías. Por tanto, repito que hago gracia de una detallada exposición de cada uno de estos informes. En todo caso, sí quiero señalar -lo digo


Página 4



para todos los que vienen a continuación- que daré los datos más significativos de cada uno, con el fin de que si luego sus señorías quieren preguntar sobre estas cuestiones, tengan los datos importantes y necesarios para poder fijar las
preguntas en cada uno de los apartados.



El segundo informe se refiere a la fiscalización del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ejercicios 2002 y 2003, que fue aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en la sesión de 30 de junio de 2005.



Esta fiscalización, al igual que las efectuadas a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Muface, y a la Mutualidad General Judicial, Mugeju, cuyos informes ya se han presentado a esta comisión mixta, tuvo por objeto el
examen de los estados financieros y el análisis de los procedimientos aplicados en los procedimientos de afiliación, alta y baja de titulares y beneficiarios, así como de reconocimiento y pago de las prestaciones.



En el informe se señala que el Gobierno no hacía uso -lo que debería reconsiderar- de la autorización reconocida en la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas para poder aplicar en el ámbito del ISFAS, el Instituto Social de las
Fuerzas Armadas, el sistema de financiación de las prestaciones de naturaleza no contributiva -en particular en lo que se refiere a la asistencia sanitaria-, de forma que estas prestaciones fueran financiadas mediante aportaciones de la
Administración General del Estado.



Se describen en el informe las múltiples deficiencias detectadas en la base de datos del ISFAS en relación con la identificación de los titulares y beneficiarios, que en número importante aparecían duplicados en otros regímenes sanitarios,
así como por la permanencia en ella de personas que habían fallecido o la carencia del DNI en un elevado número de registros. Por ello, se señala que el ISFAS debe efectuar controles periódicos de información con otros regímenes sanitarios.



Asimismo, se señala en el informe que el instituto debería rediseñar las aplicaciones informáticas relacionadas con la gestión de expedientes y pago de prestaciones dadas las deficiencias que éstas presentan, integrando ambas aplicaciones e
interconectándolas con la base de datos de titulares y beneficiarios, además de perfeccionar la conexión con el Registro Social de Prestaciones Públicas, con el fin de obtener información sobre las prestaciones reconocidas a cualquier solicitante y
que figuran en el citado registro. Se indica también en el informe que el instituto carecía de un procedimiento de control de ingresos por cuotas que le permitiera verificar su correcta liquidación.



Finalmente y por otra parte, se estima que el ISFAS y el Ministerio de Defensa deberían analizar, a juicio del tribunal, la conveniencia de mantener la exigencia de que la prestación de asistencia sanitaria se efectúe necesariamente a través
de la Sanidad Militar en aquellos municipios en que esta tenga centros sanitarios.



Y con esta breve exposición concluyo mi intervención sobre la presentación de este informe y paso al punto tercero del orden del día, que se refiere al informe de la fiscalización efectuada al Plan de Seguros Agrarios Combinados para el
ejercicio 2003, que el Pleno del tribunal aprobó en su sesión del 28 de febrero de 2006.



A efectos de situar el alcance de esta fiscalización, debo recordar que el sistema actual de seguros agrarios combinados, regulado en la Ley de 28 de diciembre de 1978 y en la restante normativa que la desarrolla, se instrumenta en planes
anuales aprobados por el Gobierno, cuya finalidad es garantizar la renta de los titulares de las producciones asegurables.
Se trata, como conocen sus señorías, de un sistema mixto en el que participa el sector público con funciones de dirección y
control, además de subvencionando -y esto es muy importante- el coste de las primas y las empresas aseguradoras privadas. Así, en esta actividad participan la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, Enesa, la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, el Consorcio de Compensación de Seguros como asegurador y reasegurado, y las compañías aseguradoras integradas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A.



La fiscalización se realizó a iniciativa del tribunal con el objeto de comprobar el cumplimiento de la normativa interna y la de la Unión Europea, así como evaluar el sistema de control interno implantado y verificar si se habían atendido
las recomendaciones del tribunal formuladas en un anterior informe.



Aun cuando como valoración global se estima que el sistema cumple con las funciones asignadas, se indican en el informe determinadas deficiencias observadas y se formulan las correspondientes recomendaciones para su subsanación. Así, por
ejemplo, por lo que respecta a Enesa, se señala que el plan se aprobó una vez más fuera del plazo previsto, por lo que se recomienda que si la experiencia ha demostrado la imposibilidad de cumplir los plazos establecidos, estos deberían prolongarse
a través de la pertinente modificación reglamentaria.



Asimismo, y por lo que se refiere al Consorcio de Compensación de Seguros, se establece que su participación en el capital de Agroseguro no responde a la finalidad prevista de cubrir riesgos no atendidos por las compañías privadas, sino a la
política de mantener una representación significativa que garantice la estabilidad del sistema, por lo que se recomienda una modificación también de la normativa. Por otra parte, se estima que debería mejorarse la planificación y el control
realizado por el consorcio sobre las peritaciones de siniestros. El número de siniestros declarados hace ya algún tiempo, en el año 2003, fue de 567653, y a este respecto se indica que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones aún no
había elaborado unas normas de peritación de determinados siniestros.



Las obligaciones reconocidas para el pago de subvenciones fueron de 203 millones de euros, lo que supuso la totalidad del crédito presupuestado, destinándose 171 millones a subvencionar primas del plan anual de 2003 y el resto a liquidar
planes anteriores. Las ayudas del


Página 5



Estado estuvieron comprendidas entre los límites establecidos del 20 y del 50 % del coste de las primas, y al margen de las ayudas del Estado algunas comunidades autónomas también concedieron subvenciones con la misma finalidad. La
subvención conjunta por líneas de seguros alcanzó el 55 % del coste de las primas.



A partir del año 2000, la Comisión de la Unión Europea había venido aprobando diversas directrices admitiendo las ayudas a las primas de seguros en estos sectores, si bien requería su notificación previa a la Comisión, así como la
inexistencia de barreras que impidieran el acceso a ese mercado de las compañías establecidas en los países miembros de la Unión Europea.



En el informe, además de otras recomendaciones -que, repito, pueden verlas ustedes mismos y no tendrán ningún problema para entender su sentido-, se recomienda estudiar la posibilidad de incluir en el convenio con Agroseguro alguna cláusula
mediante la cual los asegurados acrediten ante la compañía aseguradora con la que contraten el cumplimiento de los requisitos exigidos.



Y en cuanto al cumplimiento de las recomendaciones del anterior informe de fiscalización, a las que he hecho referencia en la primera parte de mi intervención en este punto, tengo que decir que se constató el cumplimiento generalizado, y eso
es un dato positivo que veremos en informes posteriores a este, si bien subsistía todavía en ese tiempo, al que se refiere la fiscalización, la deficiencia ya reseñada del incumplimiento de los plazos para la aprobación del plan anual.



Con esto, señorías, termino la exposición del punto tercero y paso al punto cuarto. No sé si voy con demasiada rapidez o voy al ritmo que se me ha pedido por la Mesa y Portavoces.



Este se refiere al informe de fiscalización de los contratos de obras adjudicados por el Ministerio de Fomento bajo la modalidad del abono total del precio desde su instauración hasta el 31 de diciembre de 2002, y fue aprobado por el Pleno
del tribunal en la sesión del 20 de julio de 2006.



Esta modalidad de contrato, también denominada 'método alemán', en el que el precio convenido se satisface por la Administración mediante un pago único a la terminación de las obras obligándose el contratista financiar su construcción, fue
incorporada por el artículo 147 de la Ley 13/1996, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social -de la que fui ponente con algún diputado aquí presente-, limitándose su aplicación a los contratos de fabricación del Ministerio de Defensa y
a contratos de obras y construcción de infraestructuras superiores a determinadas cuantías.



La fiscalización se realizó a iniciativa del Tribunal de Cuentas y se ha extendido a los 33 contratos adjudicados por el Ministerio de Fomento bajo esta modalidad en el período mencionado, por importe de 1971 millones de euros.



Esta modalidad de contratación se justificó por el interés de adecuar el ritmo de las inversiones requerido en el futuro Plan Estratégico de Infraestructuras del Transporte con los objetivos financieros establecidos, al permitir inicialmente
desplazar contablemente los efectos sobre el déficit hasta el momento del pago, desplazamiento que posteriormente se anuló al exigirse la aplicación del criterio del SEC-95, por el que el gasto debe imputarse según el grado de avance.



La forma de adjudicación fue el concurso, habiéndose seguido en todos los casos el procedimiento abierto. Su tramitación era más compleja que la de los contratos de obras ordinarios. Por eso es de justicia reseñar esta adjudicación en
todos los casos.



La valoración de las ofertas de los licitadores se hacía atendiendo a la calidad técnica de las proposiciones y a la oferta para la construcción y la compensación financiera. Esta última la calcula la Mesa de Contratación a partir del tipo
de interés ofertado y de las inversiones semestrales previstas. La valoración de las ofertas económicas, durante los ejercicios 1997 y 1998, no se efectuaba en función del mejor precio, sino del porcentaje de baja respecto a la baja media, criterio
que originaba que no siempre se seleccionara la de mejor precio.



Se comprobó que esta forma de financiación de estos contratos supuso un mayor coste financiero que el que hubiera supuesto la apelación al mercado de Deuda, que con las consiguientes matizaciones queda cuantificado en el informe en un total
de 13 millones de euros, por todos los contratos suscritos.



En cuanto a su ejecución, se comprobó la ausencia de retrasos en muchos contratos y la reducción en los restantes, resultando un plazo medio de ejecución inferior al plazo contractual. Incluso, en algún caso se anticipó la entrega de la
obra a los plazos previstos, con el consiguiente menor coste financiero para el contratista, cuya compensación no se previó. Asimismo, se produjeron menos modificaciones y los presentados no supusieron, salvo en un caso, un coste adicional.
Mayor
incidencia tuvieron las alteraciones originadas en las mediciones finales, cuyo análisis no consta en el expediente.



En el informe se destaca la falta de control por el ministerio sobre las subcontrataciones, con el consiguiente riesgo en el empleo de materiales, mano de obra o maquinaria inadecuados.



En el informe se resalta, asimismo, la falta de información en la Cuenta de la Administración General del Estado sobre las consecuencias derivadas de esos contratos.



En cuanto a las recomendaciones, voy a señalar las referidas principalmente a la necesidad de profundizar sobre las características de esta modalidad contractual y sus repercusiones económicas, así como sobre la subcontratación por ella
originada, y la contabilización de las obligaciones derivadas de estos contratos.



Señora presidenta, señorías, esta es la presentación que he podido hacer de este punto cuarto.



Paso a exponer de forma conjunta los puntos quinto y noveno, tal como han acordado ustedes y la presidenta ha


Página 6



señalado en la presentación de esta sesión, que se refieren a la contratación celebrada, el primero de ellos durante el ejercicio 2004, y el segundo durante el ejercicio 2005, por las entidades del sector público estatal sometidas a los
procedimientos de contratación establecidos en el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Me voy a detener un poco más en estos dos informes por el interés que, sin duda, van a suscitar.



Los informes sobre la contratación celebrada durante los ejercicios 2004 y 2005, a los que he aludido, fueron aprobados por el Pleno del tribunal, respectivamente, el 21 de diciembre de 2006 y el 30 de abril de 2009.



La fiscalización de los contratos celebrados por la Administración del Estado y demás entidades del sector público viene siendo una de las áreas de permanente dedicación por parte del Tribunal de Cuentas, en consonancia con lo establecido en
el artículo 39 y siguientes de su ley de funcionamiento, dedicados a la fiscalización de la actividad contractual. Para facilitar esta fiscalización y la remisión de la documentación al tribunal, el Pleno aprobó una resolución, recientemente
actualizada, que ha sido publicada en el BOE y está depositada en la página web del tribunal.



La importancia dada en la actividad fiscalizadora a la contratación pública se plasma no solo en estos informes, sino en otros muchos que giran sobre actuaciones concretas, cuya materialización responde a la ejecución de determinados
contratos previamente suscritos o en otros informes específicos de determinados subsectores públicos como las entidades del sistema de la Seguridad Social del ejercicio 2005 y los sectores autonómico y local, qua ya vimos el otro día en la reunión
de la comisión, y exigen que se fiscalicen determinadas contrataciones que están fuera de las que hoy estamos viendo.



Por otra parte, esta importancia está en consonancia con la relevancia de los recursos económicos canalizados a través de los contratos suscritos.
Así, por ejemplo, en los ejercicios fiscalizados se recibieron en el tribunal 3712 y 3727
contratos, respectivamente, por importe de 9415 millones de euros para el primer ejercicio que estamos viendo y 8135 millones de euros para el de 2005. Los análisis efectuados se extendieron al 92 y al 58% respectivamente, del importe total
derivado de los contratos remitidos al tribunal.



Es un trabajo muy duro e intenso que, efectivamente, exige, como así lo hace el tribunal, dedicarle equipos muy experimentados y muy numerosos, y el resultado de sus trabajos es interesante para todos, y por lo tanto, digno de agradecer.



Los trabajos se dirigieron en ambos ejercicios, en primer lugar, a verificar el cumplimiento de la normativa establecida y, en la medida de lo posible, a valorar el grado de eficiencia y economía alcanzado con la contratación.



En este análisis se tuvieron en cuenta los distintos tipos y formas de adjudicación, distinguiendo los contratos administrativos típicos de los contratos administrativos especiales y de los contratos privados, analizando dentro de cada una
de estas categorías, según su importancia, no sólo los contratos de gastos sino también los generadores de ingresos, así como los de coste cero.



En ambos informes se deja constancia de incumplimientos y retrasos en cuanto a la remisión de las relaciones de contratos al tribunal, pese a haber sido requeridas en ocasiones, habiéndose observado, además, discrepancias entre la
información facilitada al tribunal y la suministrada por el Registro Público de Contratos.



En cuanto a los expedientes analizados, se observó que con frecuencia estaban incompletos, careciendo, en ocasiones, de la justificación de la necesidad de la contratación o de la elección del procedimiento y forma de adjudicación, así como
de otros documentos relativos a la existencia de crédito, acta de replanteo, pliegos de cláusulas administrativas particulares, acreditación de no estar incursos en prohibición de contratar y justificación de solvencia del adjudicatario.



Por lo que se refiere a la tramitación de los contratos, se constataron incidencias, como la falta de precisión en los criterios de acreditación de la solvencia de los licitadores y en los de selección, la declaración de improcedencia de
revisión de precios, la carencia, en su caso, de autorización preceptiva, el quebrantamiento del debido secreto en algunas adjudicaciones por concurso, la falta de justificación del trámite de urgencia, y la insuficiente justificación de ofertas
presuntamente incursas en temeridad, entre otras.



Asimismo, en la ejecución de los contratos se observaron retrasos en el inicio y en su conclusión, concesiones de prórrogas, expedientes de complementarios y modificados insuficientemente justificados, y no aplicación de las cláusulas de
penalización establecidas.



De la exposición anterior -he procurado ser muy breve y quizá haya sido una exposición demasiado sintetizada- se deduce que la contratación de las entidades públicas, capítulo esencial en su actividad, presenta importantes deficiencias. No
obstante, su alcance ha de ser puesto en concordancia con el elevado volumen de contratos analizados, como ya se ha comentado.



Los informes concluyen con el apartado de recomendaciones, en el que se pone de manifiesto la necesidad de potenciar el rigor en las fases de preparación, tramitación y ejecución de los contratos, evitando las deficiencias señaladas y
potenciando el sometimiento de la contratación a los principios de legalidad, publicidad y concurrencia, lo que redundará en una gestión más eficaz y económica para el sector público.



Esto es todo lo que puedo decir sobre la presentación de estos dos informes.



Señora presidenta, señorías, a continuación paso al punto sexto, que se refiere al informe de fiscalización del proceso de privatización de la Empresa Nacional Santa Bárbara de Industrias Militares, S.A. Este informe fue aprobado por el
Pleno del Tribunal de Cuentas en la sesión celebrada el día 25 de enero de 2007.



Página 7



Esta fiscalización tuvo por objeto el análisis de las operaciones relacionadas con esta enajenación. Entre 1990 y el año 2000 la empresa había acumulado pérdidas por más de 740 millones de euros y su plantilla de 4000 trabajadores se había
reducido prácticamente a la mitad. El acuerdo de privatización del Consejo de Ministros fue recurrido, como recordarán sus señorías, por el Comité Intercentros, recurso que el Tribunal Supremo desestimó.



Aunque la privatización de la Empresa Nacional Santa Bárbara Industrias Militares, S.A. se inició en diciembre de 1998, en el momento de la aprobación del presente informe de fiscalización aún se estaban ejecutando algunos de los
compromisos asumidos por las partes contratantes. El procedimiento de selección del comprador, a través de concurso al que se invitó a más de medio centenar de empresas, se estima correcto en el informe. No obstante, se señala que el conocimiento
previo por las empresas licitadoras de los compromisos realmente asumidos por SEPI, Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, con el vendedor a la firma del contrato y con posterioridad a la misma podría haber influido en la presentación de
ofertas más beneficiosas para SEPI. Se cuestiona, al igual que había hecho el Consejo Consultivo de Privatizaciones, la coincidencia en una misma entidad de las funciones de asesor y valorador de la empresa a privatizar.



El coste de la privatización ascendió, hasta la finalización de los trabajos de fiscalización, a 500 millones de euros, incluyendo las aportaciones económicas previas de SEPI, importe que podría haberse visto incrementado como consecuencia
de los compromisos asumidos por SEPI por posibles responsabilidades en materia laboral, fiscal y de Seguridad Social. Los ingresos obtenidos por la privatización se cifraron en cinco millones de euros.



En el informe se señala que las condiciones en las que finalmente se produjo la venta no se ajustaron a los términos del acuerdo del Consejo de Ministros por el que se autorizó la privatización, al incluirse en ella la participación
registrada en determinadas sociedades que estaba inicialmente excluida, al haberse efectuado aportaciones superiores a las previstas en relación con ciertas inversiones y al haber asumido compromisos de compra de munición no previstos, lo que ha
supuesto un incremento del coste de la privatización. Así, el importe definitivo comprometido por SEPI para atender el Plan de Municionamiento ascendió, al menos, a 182 millones de euros.



En cuanto al cumplimiento por parte del comprador de los compromisos asumidos, en el informe se señala la existencia de significativos retrasos en la realización de las inversiones asumidas y en la aportación de negocio por parte del
comprador.



El servicio jurídico del Estado no apreció responsabilidades en los resultados de esta fiscalización, sin embargo, el ministerio fiscal solicitó la remisión a la sección de enjuiciamiento de los antecedentes de determinadas actuaciones,
incluso de participadas, nuevas obligaciones asumidas por el vendedor y el seguimiento de las obligaciones asumidas por el comprador.



Con ello, señora presidenta, señorías, finalizo la presentación del punto sexto.



Paso al punto séptimo, que se refiere a la fiscalización de la organización y los procedimientos de supervisión sobre las entidades de crédito, seguros y servicios de inversión y de la coordinación entre los organismos supervisores y con la
Agencia Estatal de Administración Tributaria. Este informe lo aprobó el Pleno del Tribunal de Cuentas en la sesión celebrada el 27 de febrero del año 2007.



Esta fiscalización estuvo dirigida al análisis de la organización y procedimientos de supervisión aplicados en su respectivo ámbito de actuación por el Banco de España, por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y por la
Comisión Nacional del Mercado de Valores.



En consecuencia, los objetivos de esta fiscalización fueron los siguientes: la comprobación del cumplimiento de la normativa a la que está sometida la actividad supervisora de las entidades de crédito, seguros y servicios de inversión; la
evaluación de los procedimientos y sistemas de control interno y de gestión aplicados en esta actividad; y el análisis de la coordinación de las actuaciones de las entidades supervisores del sistema financiero español entre ellas y la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria.



En el curso de la fiscalización -a lo mejor voy a ser muy riguroso en la exposición de estos datos-, el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, amparándose en el
deber de secreto al que su legislación específica somete la supervisión de las entidades financieras, negaron el acceso del equipo fiscalizador del Tribunal de Cuentas a todos aquellos documentos y expedientes que estimaban contenían información
sometida al citado deber. Por otra parte, en las alegaciones formuladas por dichas entidades se llega a negar la competencia del Tribunal de Cuentas para fiscalizar la organización y los procedimientos de supervisión adoptados, al considerar que
ambos extremos no están encuadrados dentro de la actividad económico-financiera del sector público.



El Tribunal de Cuentas ofrece en el informe una fundamentada exposición de argumentos y razonamientos por los que no comparte esta consideración, estimando que el acceso a la documentación solicitada no pone en peligro la confidencialidad,
en cuanto que el deber de secreto está contemplado en el artículo 27.5 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas para todos los que participen en los procedimientos fiscalizadores.



Por otra parte, la configuración dada al Tribunal de Cuentas en la propia Constitución española y en su Ley orgánica como supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del sector público le


Página 8



habilita para que pueda fiscalizar no solo los estados contables, sino también el funcionamiento de las entidades públicas, comprobando, por lo que se refiere a esta fiscalización, la organización diseñada y los procedimientos implantados en
la actividad supervisora, así como el funcionamiento del control interno, sin que esta actividad pueda indebidamente interpretarse como la pretensión del tribunal de supervisar los mercados financieros.



Las dificultades surgidas durante los trabajos de fiscalización, para los que resultaron infructuosos los intentos del tribunal por encontrar fórmulas alternativas que permitiesen avanzar en los objetivos planteados, llegaron a constituir
importantes limitaciones al alcance de la fiscalización programada al no poder disponer de la documentación solicitada o por la excesiva demora en su entrega, así como por la imposibilidad de efectuar determinadas entrevistas durante los trabajos de
fiscalización.



No obstante, el Tribunal de Cuentas, valorando los elementos disponibles, optó por continuar desarrollando la fiscalización por acuerdo unánime de todo el Pleno, entendiendo que en cierta forma la documentación disponible permitía realizar
pruebas de auditorías suficientes para sustentar la opinión del tribunal en relación con la mayoría de los objetivos establecidos en la fiscalización, como el cumplimiento de la normativa aplicable y la coordinación de las entidades supervisoras con
la Agencia Tributaria.



En cuanto al análisis de la gestión, el grado de cumplimiento del objetivo fue menor por las limitaciones señaladas. No obstante, se dispuso de documentación suficiente para analizar los procedimientos de supervisión de las entidades
fiscalizadas y poder dar opinión sobre cada uno de ellos, si bien no fue posible verificar su aplicación práctica. He hecho este comentario porque creo que es importante señalar aspectos sustantivos que nacen de las fiscalizaciones y que afectan
-si me apuran sus señorías- a la propia naturaleza jurídica y a las propias competencias que al órgano constitucional Tribunal de Cuentas le asigna la Constitución y la legislación vigente.



Principales resultados. Respecto del Banco de España, el Banco de España no había desarrollado una norma interna estableciendo los procedimientos para la tramitación de las solicitudes de autorización para el acceso a la actividad
crediticia y precisando los criterios establecidos de forma general en la normativa para la valoración de los requisitos de manera que quedara limitada la subjetividad en este proceso.



Asimismo, el Banco de España no disponía de una norma escrita que describiera los diferentes procedimientos que se llevaban a cabo para supervisar las entidades de crédito, las fases de los mismos, las actuaciones a llevar a cabo en cada
caso, los documentos que se debían generar en cada momento y su contenido mínimo, y las personas autorizadas, así como las funciones de cada una de ellas y sus respectivas responsabilidades. En el informe se señala que esta importante carencia
puede provocar subjetividad y falta de transparencia en la actividad supervisora.



De la documentación entregada por el Banco de España se pudo deducir que el procedimiento teórico de supervisión descrito en el informe es adecuado a su finalidad. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas no tuvo acceso, entre otra
documentación, a los planes de supervisión y de actuaciones, ni a un listado de las inspecciones realizadas durante los ejercicios fiscalizados y a sus respectivos expedientes, ni a una relación de expedientes sancionadores incoados, lo que impidió
que el Tribunal de Cuentas pudiera emitir una opinión sobre la actividad supervisora del Banco de España y sobre el seguimiento del procedimiento del régimen sancionador establecido.



Respecto de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, tengo que decir que no había concretado determinados requisitos exigidos para el acceso a la actividad de las empresas de servicios de inversión, así como la apreciación de la
suficiencia de los medios humanos y materiales necesarios para desarrollar dicha actividad. Estos requisitos no se encontraban definidos de forma objetiva en la legislación y dejaban un cierto margen para la discrecionalidad de la comisión.



Los procedimientos teóricos utilizados en los ejercicios 2002 y 2003 para la supervisión continua de las empresas de servicios de inversión no se encontraban recogidos en un manual de procedimientos propiamente dicho que desarrollara el
proceso de tramitación interna. En el año 2004, la comisión, a raíz de la entrada en vigor del Reglamento de Régimen Interior, aprobó dos procedimientos internos de funcionamiento relativos a la supervisión e inspección de las entidades que
constituían un marco de referencia que debería ser desarrollado mediante manuales de actuación. La Comisión Nacional del Mercado de Valores disponía de una dirección de control interno cuya dotación de medios humanos se consideró insuficiente para
el adecuado desempeño de las funciones encomendadas.
Por su parte, la información ofrecida en la memoria de supervisión se consideró reducida en lo referente a los procedimientos empleados y el informe de control incluido en la memoria de
supervisión no abordaba el fondo de las decisiones adoptadas por los órganos competentes.



Respecto a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones -y voy terminando, señorías-, el manual de procedimiento de supervisión de la dirección general preveía la elaboración de dos informes al año sobre todas las entidades
aseguradoras registradas. Sin embargo, el número de informes emitidos fue de 155 y 109 en los años 2002 y 2003 respectivamente, frente a los aproximadamente 700 previstos para cada ejercicio como consecuencia de la insuficiencia de medios humanos
en el área del análisis de balances, de lo que, por otra parte, procedían más del 80% de las propuestas de inspección, lo que viene a significar su importancia dentro del procedimiento de supervisión.



Página 9



La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones no facilitó la documentación solicitada para poder realizar las comprobaciones de cumplimiento relativas a las autorizaciones de acceso a la actividad aseguradora y a los procedimientos
de supervisión que permitieran emitir una opinión sobre la objetividad y homogeneidad en la planificación de las inspecciones y en la elaboración y ejecución de los planes de inspección. Asimismo, las limitaciones mencionadas impidieron opinar
sobre la correcta y objetiva aplicación del procedimiento sancionador por parte de la dirección general, así como verificar la posible existencia de propuestas de inicio de expedientes sancionadores procedentes de otras áreas no incoadas.



Respecto a la coordinación entre las entidades supervisoras y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el informe destaca que la cooperación en materia supervisora entre estos organismos fiscalizados durante los ejercicios a los que
el informe se refiere no alcanzó el grado previsto en la vigente Ley de 22 de noviembre de 2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, careciéndose de procedimientos establecidos para dicha colaboración e intercambio de información. Con
posterioridad, en el año 2004, se firmaron tres convenios de colaboración en materia supervisora sobre los que se señala en el informe que no supusieron mejoras significativas y que adolecían de carencias importantes, pero que, en todo caso,
supusieron un primer avance. También se destaca que la colaboración en materia de supervisión entre los organismos fiscalizadores y la Agencia Estatal de Administración Tributaria fue prácticamente nula durante el periodo fiscalizado.



Como podía ser menos, este informe concluye recomendando a la comisión mixta -que es la encargada de las relaciones con el Tribunal de Cuentas y la que, por lo tanto, vela por las competencias de esta institución, como por todas las que la
legislación vigente mantiene en vigor- que analice la oportunidad de modificar la normativa de los organismos supervisores, incluyendo al tribunal entre las numerosas excepciones al deber de secreto, y evitar de este modo actuaciones que supongan
una limitación al ejercicio de la función fiscalizadora. Como otra recomendación importante, se sugiere en el informe a los organismos supervisores, que elaboren o, en su caso, actualicen los manuales de procedimientos y lleven a cabo otras
actuaciones concretas dirigidas a corregir las deficiencias o insuficiencias observadas, así como a completar los convenios de colaboración entre ellos y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.



No quiero relacionar, ni muchísimo menos, porque sería muy fácil, la importancia del funcionamiento de estos órganos supervisores en momentos de crisis como el presente, pero un mejor funcionamiento de estos órganos quizá habría sido un
alivio para esta situación.



Con esto termino la primera encomienda que me ha hecho la señora presidenta para exponer la presentación de estos informes que figuran en los primeros puntos del orden del día.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor presidente. Le agradecemos, además, el esfuerzo de aunar unos informes tan diversos, tan distintos, en una sola intervención.



Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Aguirre.



El señor AGUIRRE RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor presidente, señora presidenta.



En primer lugar, tengo que agradecer a la señora presidenta que haya pilotado y motorizado una sesión complicada como la de hoy, y que el esfuerzo de sus gestiones entre los grupos parlamentarios y el Tribunal de Cuentas haya fructificado y
podamos estar analizando un número extenso de puntos del orden del día y, por lo tanto, de informes de fiscalización que se encontraban en el inventario de asuntos pendientes de debatir por razones de funcionamiento de la comisión en legislaturas
anteriores. Creo que debe valorarse que la Presidencia de esta comisión esté haciendo ese esfuerzo para desbloquear lo que podríamos llamar un pequeño almacén con un excesivo número de informes de fiscalización sin examen. Por eso, en nombre de mi
grupo quiero reconocer a la presidenta de esta comisión el impulso que está dando para que sus trabajos sean cada día más intensos y más eficaces a la hora de desbloquear ese estancamiento que venía arrastrándose de manera inercial. De no haberlo
hecho así la presidenta, habría motivado la acumulación, porque el tribunal sigue trabajando, sigue remitiendo informes de fiscalización, por lo que habríamos llegado a una situación de muy difícil desbloqueo. Mi grupo quiere señalar especialmente
esta contribución tan eficaz de la presidenta al trabajo de la comisión.



También agradezco la exposición del presidente del tribunal, porque debo reconocer que ha logrado poner en situación muchos informes, y, de alguna manera, ha pretendido y creo que ha conseguido identificar cuáles de estos informes tienen más
trascendencia.



A este portavoz del Grupo Parlamentario Popular se le han quedado frases muy sustantivas del presidente del Tribunal de Cuentas relativas a dos de los grandes informes que hemos escuchado. Uno de ellos es el relativo a la contratación de
las entidades del sector público estatal, tanto en el ejercicio 2004 como en el ejercicio 2005, sobre el que mi grupo quisiera hacer unas valoraciones concretas, sobre todo en relación con el del 2005, porque, este informe de fiscalización del año
2005 viene a constatar que las deficiencias, señor presidente, se mantienen. Por mucho que trabaje la fiscalización del Tribunal de Cuentas, ejercicio tras ejercicio observamos que ustedes siguen diciendo lo mismo. Hoy hemos tenido la oportunidad
de oír afirmaciones sobre el informe del 2004, vinculado al del 2005, y más de lo mismo, es decir, hay una constante, y esta constante


Página 10



de las deficiencias, que es un aspecto criticable en sí mismo y que, por lo tanto, hay que resolver, adquiere más relevancia cuando nos detenemos ante la importancia cuantitativa, tanto por el volumen de expedientes de contratos que ha
examinado el Tribunal de Cuentas, como por el volumen de millones que afectan a estos contratos. He tomado nota de que estaríamos hablando de 3700 contratos estudiados y fiscalizados, que no es poco. Me parece muy representativo un volumen en
torno a los 9400 millones de euros por cada paquete de estos contratos.



Hay algo que a este portavoz le llama la atención. No sé qué pasa en la Administración pública, pero en cuanto a los contratos, a la forma de adjudicar, a los manuales de procedimiento y a los pliegos rectores que los dirigen, el Tribunal
de Cuentas nos hace siempre las mismas afirmaciones. Parece que es una cierta constante en la Administración.
Por eso, me atrevería a preguntarle dos cuestiones en relación con este informe de fiscalización sobre la contratación del 2005 que casi
podrían extenderse a todos los ejercicios fiscalizados. En la serie histórica, ¿aprecia el Tribunal de Cuentas alguna mejora en el comportamiento tras los sucesivos análisis del tribunal, o esa mejora no existe?


Curiosamente, nos ha dicho también en la exposición del informe sobre la contratación del año 2005 que se repite el hecho de no remitir al Tribunal de Cuentas la información requerida para hacer su trabajo. Mi pregunta es, señor presidente,
qué actuaciones lleva a cabo el tribunal para corregir el incumplimiento de la remisión obligada de información sobre este informe de 2005. Nos ha dicho incluso que había que vincular el alcance de todos estos incumplimientos al volumen de los
contratos examinados, y precisamente por esa afirmación apoyo estas dos consideraciones.



Señora presidenta, mi grupo parlamentario pretende utilizar este turno para todos los informes examinados en la exposición del presidente del Tribunal de Cuentas, remitiendo los argumentos al debate de las propuestas de resolución pero, no
vamos a dejar de referirnos a otro tema muy importante del orden del día. El presidente del Tribunal de Cuentas ha informado sobre los procedimientos y supervisión de entidades de crédito, seguros de inversión y demás, es decir, el Banco de España,
la CNMV y la Dirección General de Seguros. Ha dicho usted al final, señor presidente, que hay dos grandes recomendaciones: que se analice la modificación de la normativa aplicable y que se actualicen los manuales de procedimiento. ¡Qué
importancia tiene lo que acaba de decir el presidente del Tribunal de Cuentas si nos fijamos en que los organismos de los que estamos hablando tienen por encima de todo una función supervisora! Si hacemos caso de dicha función, llama la atención que
los manuales de procedimiento necesiten ser actualizados; llama la atención que surjan algunos obstáculos para acceder a toda la información necesaria; y llama la atención que el Tribunal de Cuentas recomiende que se modifiquen las normativas
aplicables. En ese sentido, señor presidente -y con ello termino y me remito al debate que mantengamos en las propuestas de resolución-, quisiera saber qué modificaciones legislativas estima prioritarias para evitar que se produzcan estas
situaciones en el futuro.



Muchas gracias, señor presidente.



Señora presidenta, antes de finalizar reitero la felicitación y el apoyo del Grupo Parlamentario Popular por su gestión al frente de la comisión.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Aguirre. Agradezco sus palabras.



Me gustaría añadir que ese buen hacer al que se refiere es de toda la comisión. Ha sido un esfuerzo coordinado, tanto del presidente del Tribunal de Cuentas como de los grupos parlamentarios de esta comisión y de todos los diputados y
senadores que la conforman. Analizar, conocer y posicionarse sobre un número tan elevado de informes como los que ha aprobado el tribunal y que han tenido entrada en estas Cortes Generales supone sin duda un esfuerzo añadido por parte de todos, un
esfuerzo que lógicamente va en beneficio del buen hacer de la comisión para que estos trabajos sean lo más eficientes y eficaces posible.



Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Mas.



El señor MAS I ESTELA: Muchas gracias, señora presidenta.



Mis primeras palabras son también de agradecimiento a la Presidencia. Me sumo a lo dicho por el portavoz del Grupo Parlamentario Popular sobre el trabajo desarrollado y cómo hemos encarrilado esta sesión de hoy, en la que hemos visto nueve
puntos. Ello quiere decir que vamos a desatascar muchos de los temas pendientes.



Creo que la propuesta que lanzó el presidente del Tribunal de Cuentas, y que recogimos los grupos parlamentarios y la señora presidenta en la reunión de Mesa y Portavoces para trabajar de esta forma, fue un acierto.



El señor presidente nos ha planteado concretamente ocho puntos, y estoy de acuerdo, señor Aguirre, en que con las propuestas de resolución saldremos de aquí con tarea para las vacaciones, pues lo veremos en septiembre, y entonces los grupos
parlamentarios mantendremos un debate sobre lo que proponemos al Gobierno para corregir todas estas cuestiones.



Así pues, repito mi agradecimiento a la señora presidenta por esta forma de trabajo, así como al presidente del Tribunal de Cuentas, que nos ha planteado, con un esfuerzo por su parte, todos estos temas.



Como quedamos en que veríamos el punto número nueve, que es la fiscalización de la contratación del 2005, que con buen criterio el señor presidente ha planteado junto con la del 2004, quisiera ceder la palabra, con el permiso de la
Presidencia, a mi compañero, Emilio Amuedo, que es quien llevará este punto concreto.



Muchas gracias, señora presidenta.



Página 11



La señora PRESIDENTA: En tal caso, tiene la palabra el señor Amuedo para formular sus preguntas y presentar su análisis en relación con el punto número cinco.



El señor AMUEDO MORAL: Muchas gracias, señora presidenta.



Por supuesto, quiero comenzar ratificando las palabras del portavoz de mi grupo parlamentario y del Grupo Parlamentario Popular en lo que se refiere a la enhorabuena dada a la señora presidenta de la comisión, así como las felicitaciones al
señor presidente del Tribunal de Cuentas por su exposición.



Entrando ya en materia y dentro del análisis sobre la contratación de la Administración General del Estado, es obvio que, mirando tanto el 2004 como el 2005, lo primero que se le ocurre a uno es establecer una comparación para ver si,
efectivamente, hemos mejorado o no en cuanto al cumplimiento de la Administración General del Estado sobre lo analizado por el tribunal.



Si en las conclusiones del 2005 se hace mención expresa a que las omisiones, defectos o irregularidades detectadas por el tribunal y destacadas en el informe responden a prácticas o deficiencias ya puestas de manifiesto por el Tribunal de
Cuentas en anteriores informes, si en el informe 2004 se repiten dichas frases en los mismos términos y dentro de las mismas conclusiones, y si ocurre más o menos lo mismo si vemos informes anteriores como, por ejemplo, el del 2003 y los del 2002 y
2001, es obvio que no se trata de una praxis derivada de un Gobierno concreto, dado que ha ocurrido en periodos de Gobiernos de distinto signo político.
Así pues, señor presidente, mi primera pregunta está servida: ¿qué más se puede hacer para
instar a corregir estas omisiones, defectos o irregularidades repetitivas en los informes del Tribunal de Cuentas?


Asimismo, dentro de las conclusiones en relación con la documentación contenida en los expedientes fiscalizados, puede inducirse a confusión, desde mi humilde punto de vista, en cuanto a la importancia o frecuencia de los documentos omitidos
en los expedientes analizados, dado que si no se especifica cuáles son los más frecuentes no se puede extraer la conclusión de si los más significativos coinciden, además, con los más frecuentes. Por eso mi pregunta va en ese sentido.



Por otro lado, si mis números no están mal, las muestras de los expedientes de contratación analizados han sido significativamente inferiores -y me refiero al 2005- a las del año anterior, pudiendo esto distorsionar algo las conclusiones
sobre el grado de cumplimiento de la normativa vigente.



Comparando el año 2004 con el 2005, hay que tener en cuenta que el número de contratos recibidos por el Tribunal de Cuentas en el periodo analizado es de 17 más que en el 2004, y que en dicho periodo la cuantía ha sido inferior en más de
1279 millones de euros, de los cuales han sido analizados el 38% frente al 52% del año 2004, y además, si nos vamos a las cuantías totales del periodo analizado, vemos que en el año 2005 significó el 58,1% frente al 90% de las cuantías totales que
supuso en el 2004.



Por otro lado, señor presidente, en las conclusiones en relación con la tramitación de los expedientes en la incidencia décima, no se atribuye a los convenios colectivos carácter oficial, por lo que cabe preguntarse si los convenios
colectivos no adquieren oficialidad al ser promulgados o sancionados por la autoridad laboral competente.



En la duodécima, dice el informe que en los contratos adjudicados por el procedimiento negociado no consta que las entidades contratantes hayan negociado con las empresas consultadas. Cabe preguntarse si el tribunal se está refiriendo a que
no consta en el expediente de contratación; dado que, si lo que se quiere decir es que no consta en el contrato, no encuentro la justificación real para tal extremo.



En la decimotercera se dice que las certificaciones de existencia de créditos sustituyen al documento contable de retención de crédito. ¿Es esto significativo, al menos, de que existen créditos?


En la decimocuarta se dice que, en los expedientes adjudicados mediante concursos, los pliegos de cláusulas administrativas particulares prevén la apertura previa por la mesa de contratación de la documentación técnica, lo que vulnera -sigue
diciendo el Tribunal de Cuentas en su informe- el carácter secreto de las proposiciones, según el artículo 79 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Mi pregunta, señor presidente, es cómo se puede vulnerar el
carácter secreto de las proposiciones por el mero hecho de que la mesa de contratación abra previamente la documentación técnica, si esta tiene que ir en sobre aparte de las proposiciones, según el artículo 79.2 b) del mismo texto refundido.



Con objeto de ver si se puede tratar o no de una anomalía, las diligencias que se mencionan en la conclusión decimoquinta, referente a que los informes de la asesoría se sustituyen por esta, me gustaría saber, señor presidente, si están
firmadas por los responsables de la asesoría jurídica o por otros responsables que nada tienen que ver con ella.



Respecto a la decimonovena y última, me gustaría saber el criterio del tribunal en cuanto a tener en cuenta o no, al analizar los principios de publicidad y concurrencia en los contratos privados de compraventa y de arrendamientos
analizados, el interés general por un bien concreto. Esta es una de las discusiones frecuentes en la Administración Pública. Le voy a poner un ejemplo que nada tiene que ver con este análisis, y por eso quiero sacarlo de la Administración General
del Estado que estamos analizando: si un ayuntamiento quiere contratar a un cantante determinado, ¿cómo se puede hacer un concurso para que sea ese cantante?


Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Gracias a usted, señor Amuedo.



Página 12



Señor presidente, tiene la palabra.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, está claro que me sumo al agradecimiento de los portavoces por esta fórmula de agilización de la presentación de los informes, que tienen un elevado grado de eficacia si son inmediatos, y estamos ganando en inmediatez en la
presentación de los informes. Esta sensibilidad de la presidenta y de los miembros de la comisión para que el rimero de expedientes que estaban esperando su turno para ser presentados sea cada vez más pequeño nos conforta y nos anima a todos. Por
eso me sumo, como es natural, a las palabras de los dos portavoces, el señor Mas y el señor Aguirre, y a las del señor Amuedo, en la línea de seguir trabajando de la forma que venimos haciéndolo. He repasado con alivio la lista de informes que
teníamos pendientes al principio de esta legislatura -hace un año, más o menos, que empezamos- y he visto que ha adelgazado considerablemente. Casi estamos en disposición de ver informes recién presentados, como los que el otro día envió el
Tribunal de Cuentas a las Cortes Generales.



Dicho esto, tengo que responder a algunas preguntas que me han formulado de carácter general, porque los informes señalados se han hecho con una síntesis que a lo mejor no permite hoy pormenorizar las cuestiones que cada uno de ellos genera,
o no se cree conveniente hacerlo. No obstante, en el debate interno de la comisión para establecer o aprobar resoluciones derivadas de estos informes, que sin duda alguna nos benefician a todos y que también benefician al funcionamiento y al
trabajo del Tribunal de Cuentas, nos sentiremos todos beneficiarios del trabajo de la comisión.



Si las deficiencias se mantienen durante todo este tiempo y son crónicas lo han preguntando tanto el señor Aguirre como el señor Amuedo.
Efectivamente, se repiten en los informes porque yo, que estoy en el Tribunal de Cuentas desde el año
2001, he aprobado textos con fórmulas parecidas de crítica para toda la contratación elaborada. Por tanto, el signo político del Gobierno no tiene nada que ver con las deficiencias señaladas en la contratación. Hay que pensar, señor Aguirre y
señor Amuedo, que se analiza un gran volumen de contratos; ya se ha señalado aquí, y no voy a dar más cifras ni a repetirlas, porque ya las hemos visto y están en el informe. Pero la reiteración de deficiencias que han de subsanarse no puede
identificarse como una falta de mejora, porque esas mejoras se ven, al analizar pormenorizadamente todos y cada uno de los contratos, en cómo se aplican las distintas fórmulas de contratación y con qué rigor se eligen los asuntos para ser
adjudicados de la forma más conveniente al interés público, es decir, qué deficiencias son compatibles con fórmulas de gobierno mejores. Hay que insistir en todo caso en la mejora, pero el seguimiento continuado y el carácter preventivo del control
permiten afirmar que los órganos de contratación están mejorando en su gestión, y se espera que en un posterior informe se pueda recoger esta afirmación ya con datos y cifras.



Por tanto, hay preguntas que hoy no voy a contestar con la precisión que el señor Amuedo me ha pedido, entre otras cosas porque algunas de las respuestas se deducen de la lectura del informe. Algunas sí se las voy a contestar. De todos
modos, quiero aclarar que esta distinción entre el mantenimiento de determinadas deficiencias crónicas y la mejora en la contratación es un dato que se deriva de la lectura detenida de los informes y, sobre todo, del repaso de los sistemas de
contratación, de la formulación de pliegos, etcétera, que han mejorado bastante.



¿Cuáles son las actuaciones de mejora?, me preguntan también los dos. Se ha aprobado una resolución para facilitar la remisión de información y se dispone de una aplicación informática que está a disposición de los órganos de control
externo para alcanzar una fórmula de fiscalización más homogénea. Creo que el carácter de fiscalización continuada y el carácter preventivo de la actividad fiscalizadora están facilitando una mejor actuación de los órganos de contratación, con
independencia -repito- de que estemos tratando de que se eliminen todas estas deficiencias. Ha de señalarse, y esto sí que lo tengo que decir, que estos análisis sobre el cumplimiento de la normativa se complementan con análisis específicos de
determinados contratos.



Conscientes de que a través de la contratación se canaliza una parte muy significativa del gasto público, hay contratos singulares -ahora no los voy a traer aquí, pero sí en informes que van a venir- en donde todos estos pormenores quedan
perfectamente determinados y, por lo tanto, las preguntas bien respondidas. No tengo por qué citar ninguno, pero por hablar de algo que hoy está en los medios de comunicación mencionaré un informe que está aquí. Con motivo de la Expo de Zaragoza,
hay una serie de contratos que se analizan pormenorizadamente y no dentro de la globalidad de un número muy importante, de cuyo análisis sacamos denominadores comunes, pero no precisamos todas las cuestiones que podrían mejorarse. ¿Quiere decirse
que estos informes no son útiles? Claro que lo son, lo que pasa es que a lo mejor no reflejan una luz tan potente como la que refleja la fiscalización de un contrato determinado que tiene una importancia mayúscula en cuanto al compromiso de gasto
público.



Los convenios colectivos no están fiscalizados por nosotros, no los podemos fiscalizar. De los convenios colectivos se pueden derivar determinadas contrataciones, pero insisto en que al Tribunal de Cuentas no le corresponde examinarlos.



En cuanto a los principios de publicidad y concurrencia, le digo lo mismo.
Son elementos que tienen una valoración y una aplicación distinta en función de lo que se contrata y para lo que se contrata, pero siempre tienen que tener el grado
de trasparencia necesario para que la igualdad y las posibilidades de concurrir estén a favor


Página 13



de los que van a concurrir, pero también a favor del interés general, que tiene que defender o el ayuntamiento o el organismo público que contrata.



Más cosas podría decir sobre la modificación de las leyes de los órganos supervisores. Hubo unos antecedentes de modificación legislativa en la Agencia Tributaria. El tribunal no tiene dudas de las competencias que en relación con la
fiscalización de estos órganos superiores le atribuye la legislación vigente, empezando por la Constitución, y lo que sería bueno es que en esas normas nuevas que pedimos se señalase al Tribunal de Cuentas como uno de los organismos que no tiene por
qué estar sujeto al rigor del secreto, que sirve, aplicado con carácter general, para eludir ese deber de información y ese deber de colaboración que a estos organismos supervisores les corresponde y que, efectivamente, son deficientes en la
respuesta que nuestro trabajo les exige.



En estos últimos tiempos -y además esto sirve también para contestar a la preocupación que late en la pregunta del señor Aguirre-, hemos mantenido conversaciones con los representantes, con los rectores máximos de estos organismos
supervisores, y están entendiendo que el mejor juego es establecer una legislación mucho más flexible y que permita que el control externo, que es un elemento que está estrechamente enlazado con el concepto de Constitución, no sufra mermas por
discutir en cada caso las competencias del Tribunal de Cuentas como órgano supremo fiscalizador de todo el sector público.



No corresponde a una reunión como la de esta tarde el análisis pormenorizado de todas y cada una de las cuestiones, pero agradezco el sentido y la preocupación que todas las preguntas que se han hecho contienen y que, en definitiva, van en
paralelo con la misma preocupación que late en todas las recomendaciones y conclusiones que figuran en estos informes. De todas, maneras, muchas gracias a los intervinientes.



Gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor presidente.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CASTROURDIALES (CANTABRIA), EJERCICIOS 2004 Y 2005. (Número de expediente del Senado 771/000079 y número de expediente del Congreso 251/000079)


La señora PRESIDENTA: Una vez concluido estos puntos del orden del día, vamos a pasar a analizar el punto octavo: Informe de fiscalización del Ayuntamiento de CastroUrdiales, ejercicios 2004 y 2005.



El señor presidente del Tribunal tiene de nuevo la palabra.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Señora presidenta, señorías, el Pleno del Tribunal de Cuentas, en la sesión del 26 de febrero de 2009, aprobó el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Castro-Urdiales,
ejercicios 2004 y 2005. Esta fiscalización se efectuó a iniciativa del Tribunal de Cuentas y se centró en el análisis de la organización y de los procedimientos y sistemas de control interno implantados en el examen de la representatividad de los
estados contables de los ejercicios 2004 y 2005 y en el cumplimiento de la normativa de aplicación, con especial atención a la gestión urbanística y a la actividad contractual. Con independencia de que el ámbito temporal de la fiscalización hayan
sido los ejercicios 2004 y 2005, las actuaciones fiscalizadoras se extendieron a ejercicios anteriores y a ejercicios posteriores cuando se estimó necesario, especialmente en el análisis de las cuentas anuales y en la gestión urbanística, dado el
retraso con que actuaba el ayuntamiento.



Como consecuencia de las importantes deficiencias de la organización administrativa y de las debilidades del control interno existentes en todas las áreas de gestión analizadas, surgieron especiales dificultades en el desarrollo de la
fiscalización y significativos retrasos y carencias en la obtención de la documentación como consecuencia de un deficiente sistema de formación y archivo de expedientes y de no disponer de una distribución normalizada de funciones, sin que las
aplicaciones informáticas implantadas facilitaran la coordinación y el control de la gestión administrativa.



La fiscalización puso de manifiesto que la organización y los procedimientos de la gestión municipal eran muy deficientes. El ayuntamiento no disponía de ningún reglamento orgánico ni de un organigrama aprobado por el Pleno de la
corporación que determinara la organización e interrelación de los diferentes departamentos y servicios del ayuntamiento. Esta carencia propició que no se dispusiera de la necesaria segregación de funciones que permitiera realizar un control de la
gestión municipal, siendo especialmente graves las carencias de la intervención municipal. Así, por ejemplo, en ninguna de las áreas de gestión de gastos o de ingresos se formaba el correspondiente expediente con la totalidad de la documentación
tramitada en cada caso. En relación con esta deficiencia organizativa, en el trámite de alegaciones la corporación manifestó que, con posterioridad a los trabajos de fiscalización, se está implantando un programa de gestión de expedientes.



En la gestión del gasto, se constató que con frecuencia se producía su aprobación sin tener constancia previa de la debida consignación de crédito y sin registrarse contablemente esta fase de ejecución presupuestaria, originándose la
acumulación de facturas pendientes de contabilización por carecer de crédito suficiente, situación que se fue regularizando en los ejercicios posteriores a través del reconocimiento extrajudicial de crédito, figura prevista para situaciones
excepcionales.
Además, los pagos a proveedores y las devoluciones de ingresos, así como la devolución de subvenciones, se retrasaron innecesariamente con el consiguiente incremento por intereses de demora.



Página 14



En cuanto a la elaboración y la rendición de cuentas, el Ayuntamiento de Castro-Urdiales ha incumplido de forma reiterada, desde el ejercicio del año 2000, la obligación de formar y rendir de forma completa y en plazo sus cuentas anuales al
Tribunal de Cuentas, a pesar de haber celebrado contratos de asistencia y consultoría para esta finalidad. Las cuentas anuales del ejercicio 2004 no expresaron la imagen fiel del patrimonio y de la situación economicofinanciera de la entidad de
acuerdo con los principios y normas contables de aplicación, mientras que las cuentas del ejercicio 2005 merecieron una opinión positiva, pero con salvedades.



En cuanto a la elaboración y tramitación de los presupuestos anuales, se incumplió sistemáticamente la obligación de su presentación para su aprobación por el Pleno antes del 31 de diciembre del correspondiente ejercicio, produciéndose de
forma automática la prórroga del último presupuesto aprobado, lo que contribuyó decisivamente a las mencionadas carencias de control interno de la corporación.



La gestión urbanística adoleció de las mismas carencias de control interno que la restante gestión municipal. El Ayuntamiento de Castro-Urdiales no estableció los instrumentos que permitieran conocer con exactitud su planeamiento
urbanístico. El Plan General de Ordenación Urbana, aprobado en 1996, fue objeto de sucesivas modificaciones, sin que la corporación dispusiera de una relación completa de ellas ni hubiera adaptado el plan de urbanismo a la Ley del Suelo de
Cantabria.



En la ejecución urbanística, se constataron numerosos incumplimientos de los procedimientos establecidos, con el consiguiente perjuicio económico para la corporación. Así, no siempre se exigió la cesión del aprovechamiento urbanístico,
incumpliéndose lo establecido en la citada Ley del Suelo; y, en ocasiones en que se había establecido la sustitución del aprovechamiento por su equivalente económico, no se efectuaron las gestiones necesarias para su cobro. Incluso se llegó a
convenir una compensación por la inclusión de caminos y viales de dominio público dentro de áreas para urbanizar, a pesar de su inalienabilidad.



En la mayor parte de los proyectos de compensación y de reparcelación no se identificaron las parcelas que debían ser cedidas al ayuntamiento, ni se estableció la sustitución de dicha cesión por su equivalente económico. En determinados
convenios se acordaron valoraciones de las parcelas con importantes diferencias respecto a su valoración inicial. La corporación no realizaba ninguna acción sistemática de inspección ni disponía de inspectores urbanísticos, de modo que las
actuaciones disciplinarias tramitadas tuvieron como origen denuncias de terceros, gestionándose los expedientes sancionadores de forma inadecuada.



En cuanto a la gestión de personal, se carecía de procedimientos que permitieran conocer la situación de los medios personales de que disponía el ayuntamiento, lo que originó que se adoptaran decisiones en la contratación de personal sin la
debida planificación y que se prolongaran situaciones de interinidad durante más de trece años. Las retribuciones y el régimen laboral estaban regulados por un convenio colectivo aprobado en 1998, de aplicación a todo el personal del ayuntamiento,
incluido el personal funcionario, lo que ocasionaba que este disfrutara de retribuciones y permisos no previstos en la ley de aplicación.



En cuanto a la gestión recaudatoria, se observaron numerosas deficiencias en el mantenimiento y gestión de los expedientes, y se incurría en importantes errores y retrasos en las notificaciones a los deudores. La ausencia de control y
supervisión de estas actuaciones y la inadecuada segregación de funciones influyó negativamente en la gestión de los derechos pendientes de cobro, propiciando demoras en los cobros y la prescripción de derechos. La falta de integración de la
aplicación informática para la gestión de la recaudación y de la contabilidad incrementaba las dificultades y, en ocasiones, imposibilitaba el seguimiento del procedimiento de la recaudación en periodo ejecutivo, así como la tramitación de los
embargos y la acreditación de fallidos.



Por lo que se refiere al análisis de la contratación he de decir, muy brevemente, que las graves deficiencias de control interno observadas impedían conocer el número de contratos adjudicados en el ejercicio o su estado de tramitación o
ejecución. Asimismo, en el informe se constata la omisión de documentos esenciales en la mayor parte de los expedientes de obras examinados. Las modificaciones de los contratos de gestión de servicios públicos no se encontraban debidamente
justificadas e implicaron ampliaciones de los objetos y precios de los contratos e, incluso, nuevas prestaciones sin el debido expediente contractual. En los convenios de colaboración también se observaron numerosas irregularidades, en muchas
ocasiones derivadas de la indebida utilización del procedimiento de pagos a justificar.



Son varias las recomendaciones que incluye este informe, a la vista de las irregularidades observadas. Simplemente voy a mencionar que se recomienda al Ayuntamiento de Castro-Urdiales que se dote lo más rápidamente posible de una adecuada
estructura organizativa, con la debida distribución de competencias y segregación de funciones, y con la implantación de procedimientos que garanticen un buen funcionamiento, dotándose de aplicaciones informáticas que permitan un tratamiento
adecuado de la información.



En cuanto a las posibles irregularidades contables, se detectaron numerosos supuestos, y el ministerio fiscal solicitó la remisión de los antecedentes a la sección de enjuiciamiento y, por tanto, de ahí no podemos pasar porque, como es
natural, este tema corresponde a la función jurisdiccional.



Eso es todo, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Núñez.



Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Madrazo.



Página 15



La señora MADRAZO DÍAZ: Gracias, señora presidenta.



En primer lugar, agradezco al señor presidente del Tribunal de Cuentas la exposición de este informe de fiscalización del Ayuntamiento de Castro-Urdiales, de los ejercicios 2004 y 2005, y le doy la bienvenida, una vez más, a esta comisión.



Me gustaría dejar constancia de que Castro-Urdiales es un municipio costero de Cantabria -dicho sea de paso, precioso y que merece la pena visitar-, que ha experimentado un desmedido desarrollo en los últimos años. Se trata de un municipio
limítrofe con el País Vasco, que pasó de 15.000 habitantes en 1990 a 48.000 en 2003 y a 60.000 en el año 2007.
Esto ha exigido al ayuntamiento una actividad para la que, lógicamente, no contaba con los recursos económicos ni de personal adecuados,
y creo que merece la pena destacarlo al hacer el análisis de este informe.



El Tribunal de Cuentas, como supremo órgano fiscalizador de las cuentas públicas y de la gestión económicofinanciera de todo el sector público, ha elaborado este informe a iniciativa propia, como ya ha quedado constancia. Una vez leído el
citado informe, y después de escuchar la exposición del señor presidente del Tribunal de Cuentas, es evidente que a lo largo del período analizado se han producido diversas cuestiones que es necesario mejorar.



Es evidente que todos los grupos representados en esta comisión somos conscientes, porque hemos podido comprobarlo a lo largo de muchas sesiones con el Tribunal de Cuentas, de que uno de los objetivos de los informes que este elabora y de
las recomendaciones que efectúa es precisamente el de continuar avanzando en la mejora de los procedimientos y de los controles necesarios para que el sector público en general y en particular los entes locales presten un mejor servicio a los
ciudadanos.
Desde nuestro punto de vista, ese debe ser nuestro objetivo, y para ello es imprescindible el trabajo del Tribunal de Cuentas, que posteriormente analizamos en esta comisión.



Hemos visto una situación similar en la gestión de muchos de los ayuntamientos y entes locales que hemos analizado en esta Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas. Hace poco lo pudimos constatar en el caso del
Ayuntamiento de Cuenca, en cuya gestión también existían numerosas irregularidades, y en otros informes que hemos analizado en esta comisión, en los que hemos podido apreciar las carencias a las que todavía, hoy en día, tienen que hacer frente la
mayoría de los ayuntamientos, sobre todo los pequeños. Por eso estamos aquí, para mejorar y para intentar encontrar soluciones.



Por otro lado, mi grupo parlamentario tendrá muy en cuenta las recomendaciones que figuran en el informe del Tribunal de Cuentas porque entendemos que lo fundamental en esta comisión es precisamente buscar el máximo acuerdo entre todos los
grupos políticos, de forma que alcancemos el mayor consenso posible a la hora de adoptar las propuestas de resolución porque, en definitiva, no se trata de buscar culpables -o, al menos, no debe ser ese nuestro objetivo- sino de construir el futuro
y aportar soluciones para los ciudadanos y, en especial, en el caso concreto que nos ocupa, para los vecinos de Castro-Urdiales; ese debe ser nuestro objetivo.



La situación descrita nos debería llevar a reflexionar sobre la organización del sector público local en el que, en algunas ocasiones por falta de medios y en otras por una inadecuada organización y gestión, nos encontramos con una gestión
pública defectuosa.



Si analizamos el informe detalladamente, podemos encontrar situaciones no del todo deseables en la gestión económicofinanciera del ayuntamiento, ocasionadas desde nuestro punto de vista, por múltiples factores que han coincidido, y que se
han producido en el Ayuntamiento de Castro-Urdiales a lo largo de los últimos años, de los cuales es necesario dejar constancia en esta comisión. Van desde problemas de tipo laboral con algún alto funcionario del ayuntamiento -en cuyo análisis no
debo entrar ni creo sea mi función en esta comisión- hasta la propia situación política de sus mayorías gobernantes en este ayuntamiento en el que si bien en el periodo 1991-2003 hubo un gobierno municipal socialista con mayoría suficiente, la
situación cambió a partir de las elecciones municipales del año 2003, cuando se conformó un equipo de gobierno compuesto por diferentes grupos políticos, algunos de cuyos concejales, en el año 2005, a mitad de la legislatura, dejaron de apoyar al
equipo de gobierno, lo que produjo un cierto desequilibrio político al no tener la mayoría suficiente para llevar adelante determinadas acciones que quería emprender este nuevo equipo de gobierno mediante su aprobación por el pleno de la
corporación.



A lo largo del informe también queda patente que el nuevo equipo de gobierno a partir del año 2003 realizó un esfuerzo importante para mejorar la gestión económicofinanciera del ayuntamiento, así como los procedimientos relativos a la
gestión de personal, contratación, gestión del urbanismo, etcétera.



El propio informe del Tribunal de Cuentas, en su página 11, pone de manifiesto que se ha considerado necesario retrotraer las actuaciones fiscalizadoras a ejercicios anteriores a 2004, fundamentalmente porque en ninguno de los tres
ejercicios anteriores -ni en 2001, 2002, 2003 ni, por supuesto, en el año 2000- se llegó a contabilizar la totalidad de las operaciones realizadas por el ayuntamiento. Además los estados financieros no resultaron coherentes con la presentación de
sus cifras, lo cual tuvo especial influencia en la formación de las cuentas anuales de 2004, que el nuevo equipo de gobierno conformado después de las elecciones locales del año 2003 intentó poner en orden, máxime cuando el propio informe pone de
manifiesto una situación de insolvencia del ayuntamiento a corto plazo que se mantuvo en la corporación local desde los años 2000 a 2003; gestión económicofinanciera que,


Página 16



vuelvo a repetir, es achacable a un gobierno municipal anterior presidido por el Partido Socialista.



Esta es la situación económicofinanciera y contable que se encontró el nuevo Gobierno municipal, una situación realmente complicada y en la que hubo que realizar mucho trabajo y esfuerzo para poner las cuentas y la contabilidad al día.



Baste decir que las cuentas anuales de los ejercicios 2000 a 20003 se remitieron al Tribunal de Cuentas en abril de 2004, es decir, pasadas las elecciones municipales de 2003 y una vez que el nuevo equipo de gobierno se puso a trabajar para
conocer la verdadera situación económico-financiera del ayuntamiento.



Otro tanto de lo mismo ocurrió con la aprobación de los presupuestos municipales, como ha comentado el presidente en la exposición de su informe. Según se pone de manifiesto, desde el año 1991 hasta el año 2000 inclusive no se elaboraron
presupuestos municipales. En 2001 se aprobó el presupuesto y posteriormente se prorrogó para los ejercicios 2002 y 2003.
En todo este periodo, desde el año 1991 hasta 2003, hubo un Gobierno municipal socialista que dejó el ayuntamiento en una
situación, como dice el propio informe, de insolvencia a corto plazo.



Evidentemente la fiscalización se refiere a los ejercicios 2004 y 2005, pero me gustaría preguntar al señor presidente si no cree, a la vista del análisis del informe, que existe un antes y un después, que merece la pena separarlos en la
gestión económicofinanciera del ayuntamiento de Castro-Urdiales.



¿Cree asimismo, a la vista del informe elaborado, que hubiera sido necesario analizar por separado -por las responsabilidades políticas de uno u otro tipo que pudieran existir- los años que corresponden al equipo de gobierno de un signo
político, es decir, hasta el año 2003, y los que corresponden a la gestión municipal del Gobierno de otro signo político? (La señora vicepresidenta, Sanjurjo González, ocupa la Presidencia.)


Particularmente, con el máximo respeto hacia el trabajo elaborado por el Tribunal de Cuentas, pienso que se analizan a lo largo de todo el informe situaciones y expedientes que corresponden a una gestión municipal anterior al año 2003 y que,
por tanto, no debieran ser achacables a la gestión municipal efectuada a partir de dicho año, a los ejercicios de 2004 y 2005, a los que corresponde este informe, ejercicios en los que los responsables políticos y las actuaciones, en mi opinión, han
sido bien distintas.



Me gustaría preguntar también al señor presidente si se han tenido en cuenta en todo el informe las alegaciones efectuadas por el actual alcalde, que lo era también en los ejercicios fiscalizados, en los años 2004 y 2005.



Quiero resaltar que en la gestión económico-financiera del ayuntamiento a partir de 2003 se ha hecho un esfuerzo importante por mejorar las cuentas públicas municipales, y de hecho, los números reflejados en el propio informe indican que se
ha pasado de un déficit presupuestario a un superávit presupuestario.



Cuando se llegó al Gobierno del municipio, hasta el año 2003 existían numerosas carencias e incluso numerosas facturas de gasto de diversos proveedores que no estaban contabilizadas; por tanto, vuelvo a repetir, se llevó a cabo un esfuerzo
y un trabajo enorme para elaborar y presentar las cuentas en tiempo y en forma, y es justo reconocer que el entonces concejal de Hacienda de este ayuntamiento -que lo sigue siendo en la actualidad- ha tenido mucho que ver en esa mejora.



Por ello, quiero preguntar al señor presidente si a lo largo del informe o en los trabajos de elaboración se ha podido constatar una mejora en alguno de los aspectos en los que se encuentran deficiencias a partir del ejercicio 2003.



Antes de terminar, quiero referirme a un aspecto al que ha hecho mención, y es que nos interesaría conocer el estado de tramitación en el que se encuentra la actuación emprendida por el ministerio fiscal, aunque, por supuesto, no voy a
entrar a juzgar lo que vaya a suceder en la sala de enjuiciamiento puesto que no me corresponde y respetamos su labor jurisdiccional.



Le quería preguntar si no sería oportuno adoptar alguna medida en todas las corporaciones locales, -no me refiero solo al ayuntamiento de Castro-Urdiales- que evitara llegar a situaciones de este tipo. Dado que los órganos de control de las
comunidades autónomas también tienen competencias en este sector, ¿se ha tomado alguna iniciativa que lleve a prestar una mayor atención al mismo, intensificando los controles sobre los ayuntamientos? ¿Se lleva a cabo una programación conjunta con
dichos órganos en esta área de fiscalización de la labor de la gestión económico-financiera de los entes locales?


Voy a terminar dando nuevamente las gracias al Tribunal de Cuentas, y a su presidente, reconociendo su trabajo, no solo en este informe sino en todos los que elabora, por el esfuerzo que realiza en reflejar unos hechos que ponen de
manifiesto las carencias que existen en el control de la gestión económicofinanciera del sector público en general y en las conclusiones y recomendaciones que efectúa en sus numerosos informes.



Sin duda pensamos que ello contribuye al que debe ser el objetivo común, que, como he dicho al comienzo de mi intervención, ha de ser mejorar el funcionamiento de las administraciones públicas para prestar un mejor servicio a los ciudadanos.



Este será nuestro objetivo, una vez más, con las propuestas de resolución que mi grupo parlamentario elabore para este informe de fiscalización del Ayuntamiento de Castro-Urdiales, haciendo un esfuerzo para ayudar en la medida en que podamos
a mejorar la gestión municipal, del Ayuntamiento de Castro-Urdiales, porque sin duda redundará en beneficio de todos los castreños, que es lo que mi grupo parlamentario desea.



Muchas gracias.



Página 17



La señora VICEPRESIDENTA (Sanjurjo González): Muchas gracias, señora Madrazo.



A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su portavoz, Gloria Gómez.



La señora GÓMEZ SANTAMARÍA: Gracias, presidenta.



Señor presidente del Tribunal de Cuentas, señorías, el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Castro-Urdiales, correspondiente a los años 2004 y 2005, es sinceramente demoledor; no voy a poner paños calientes ni paliativos. Quienes
hemos leído el informe, y después de escuchar sus explicaciones, no podemos tener otra opinión. Es un claro ejemplo de cómo no se debe gestionar una Administración local, en este caso, un ayuntamiento.



Quiero darle las gracias por su clarificadora intervención, en la que nos ha hecho un repaso conciso y concreto de todos los apartados de la fiscalización económicofinanciera del ayuntamiento, que comprende la gestión urbanística de
personal, la recaudatoria y la de contratos, a pesar, como usted muy bien ha dicho y también contiene el informe, de las carencias, debido a la falta de documentación como consecuencia de una nefasta, y yo diría negligente, organización
administrativa.



Es cierto que en el Ayuntamiento de Castro-Urdiales se ha dado una situación, yo diría que absolutamente excepcional, y es que, tanto los interventores como los secretarios municipales y otros técnicos del ayuntamiento, en la mayoría de los
casos han durado muy poco, y aquellos que han durado algo más de tiempo han salido de forma un tanto extraña, con denuncias contra el alcalde, contra el equipo de Gobierno, por acoso, por intentos de atropello, con bajas laborales larguísimas por
depresión, causadas supuestamente por motivos laborales. Sin duda, es una situación que no ha contribuido absolutamente en nada para llevar una gestión eficaz en el ayuntamiento. Cuando estos problemas se repiten continuamente, evidentemente, es
porque algo falla, algo ocurre dentro del Ayuntamiento de Castro-Urdiales.



El alcalde ahora pide ayuda. Dice que nadie quiere ir al Ayuntamiento de Castro-Urdiales, y en fechas recientes -y ha aparecido en la prensa-, ha pedido ayuda al Gobierno del Estado, al Defensor del Pueblo, para que le ayuden a convencer a
los funcionarios de Habilitación Nacional para que vayan a Castro-Urdiales. Y esto, señor presidente del Tribunal de Cuentas, a pesar de echar la culpa de todos sus males al Tribunal Constitucional, que está manipulado por el Gobierno; al juez
Cairo, del Juzgado de Instrucción número 2 de Castro-Urdiales; al Gobierno de Cantabria y, por supuesto, al Partido Socialista.



Pero esto no ocurre solamente en el apartado de personal, la situación política del Ayuntamiento de Castro-Urdiales -aunque sé que esto no compete al ámbito del Tribunal de Cuentas- es un poco anómala.
Actualmente, el Ayuntamiento de
Castro-Urdiales está gobernado por un alcalde tránsfuga -no lo digo yo, lo dice el informe de la Comisión de Seguimiento del Pacto Antitransfuguismo-, apoyado por el Partido Popular y por un partido que se llama Acuerdo por Castro, cuyo líder es el
ex alcalde socialista, a quien la portavoz del Partido Popular acaba de acusar de muy mala gestión, y sin embargo no debe ser tan mal gestor cuando en este momento es el segundo teniente de alcalde del ayuntamiento y además es el concejal de Obras y
servicios. A mí me parece un poco anómalo, pero quizás a otros no se lo parezca. Si realmente hubo quien tomó medidas en algún momento por mala gestión, fue el Partido Socialista, que le apartó de ser líder de esta formación y de ser militante de
este partido.



El informe de fiscalización nos da una idea muy clara de cuál es la situación del Ayuntamiento de Castro-Urdiales, y no sólo en los años 2004 y 2005, que son a los que se refiere el informe, porque quienes somos de Cantabria y conocemos la
realidad actual de este municipio podemos asegurar que los problemas perviven a día de hoy.



El Juzgado de Instrucción número 2 de Castro-Urdiales está investigando presuntos delitos de prevaricación, de malversación de fondos públicos, de tráfico de influencias, de cohecho, de falsedad documental y delitos contra la ordenación del
territorio. Están imputados el alcalde, miembros de anteriores corporaciones y de la actual, incluidos el primer teniente de alcalde del Partido Popular y el segundo teniente de alcalde, líder de Acuerdo por Castro. Están imputados también, al
menos, un ex secretario municipal, un ex arquitecto municipal y otros técnicos municipales.



Todo esto y el informe de fiscalización nos dan una idea muy clara de la situación económico-financiera del Ayuntamiento de Castro a lo largo de bastantes años, no solamente, como pretende hacer ver la portavoz del Partido Popular, de cuando
estaba un alcalde socialista.



Una buena parte de lo que aparece en este informe está ya en los tribunales, pero en él no se hace referencia a posibles responsabilidades. Es cierto que usted ya nos ha dicho que sí se han detectado esas responsabilidades y que ha dado
cuenta de ellas al ministerio fiscal y al Servicio Jurídico del Estado. Por tanto entiendo que también se habrán remitido los antecedentes a la Sección de Enjuiciamiento para depurar las posibles responsabilidades que puedan derivarse de los hechos
descritos en el informe y que son coincidentes en muchísimos casos con los que se encuentran en el Juzgado de Castro-Urdiales. Tengo simplemente aquí unos pocos de los que se encuentran en el Juzgado de Castro-Urdiales y le puedo asegurar que todos
ellos, excepto dos, se han producido a partir del año 2003: Túnel de Mioño y la construcción de un ascensor en el mercado; el caso Trapur; el arrendamiento de la Lonja; la urbanización de la calle Santander; el caso Dirsur; el asfaltado de las
Mieres; el caso Tecnua; y una treintena de expedientes que el juzgado investiga en el apartado de Urbanismo.



Página 18



En todos ellos están imputados el alcalde, el primer y el segundo teniente de alcalde, ese que era un mal alcalde. (La señora presidenta ocupa la Presidencia.)


Señor presidente, la posición de mi grupo parlamentario con respecto al informe ha quedado muy clara: creemos que es un buen informe. Queremos darle las gracias también por su intervención, y quiero hacer simplemente una mención a las
recomendaciones, que consideramos acertadas y que, por tanto, vamos a tener en cuenta a la hora de formular nuestras propuestas de resolución cuando este grupo parlamentario las presente, siempre tendentes a mejorar la gestión, en este caso, de un
ayuntamiento como el de Castro-Urdiales. Me sumo a la opinión de la portavoz del Grupo Parlamentario Popular de que Castro-Urdiales es un municipio muy bello y les invito a ustedes a visitarle cuando quieran.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Gómez, por su intervención.



Quizás debamos esperar un poco a que mejoren las cosas para visitar Castro-Urdiales, pueblo que yo conozco, por cierto, y que realmente es bello. (Risas.)


Bromas aparte, señor presidente, tiene usted de nuevo la palabra para dar respuesta a los requerimientos en este caso de las señoras diputadas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Núñez Pérez): Muchas gracias, señora presidenta.



Muchas gracias, señorías, y muchas gracias a la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Ana Madrazo, y a la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Gloria Gómez, que han demostrado algo muy evidente, y es que quieren mucho a su tierra
y resaltan, por supuesto, las bellezas y las particularidades de un municipio, que, al margen de los problemas políticos y municipales, merece la pena seguir siendo visitado. Por tanto, si esa invitación se extiende también al presidente del
Tribunal de Cuentas, algún día caeremos por allí. Muchas gracias.



Dicho esto, tengo que manifestar algo importante, y es que el Tribunal de Cuentas es un órgano constitucional absolutamente independiente y que jamás está manipulado por nadie. Me apresuro a decir esto porque es algo que se ha vertido en
las intervenciones, adjudicadas a otras personas, por supuesto, no en las propias palabras de las portavoces que han intervenido.



Por tanto, efectivamente, en el Ayuntamiento de Castro-Urdiales ha habido dos hechos muy singulares que han tintado de excesiva valoración o análisis político este informe. En primer lugar, han dicho que Castro-Urdiales es un ayuntamiento
que ha crecido de una manera muy importante: ha pasado de 15.000 a 60.000 habitantes, en 2007. Ese crecimiento ha producido problemas, como el de personas de determinadas edades, que no suelen ser fáciles de resolver.



Este es un dato objetivo. Pero hay también otro dato objetivo que el Tribunal de Cuentas tampoco puede tener en cuenta: el distinto color político de las distintas corporaciones municipales con las combinaciones que entre grupos políticos
se han producido con objeto de hacerles cargo de la gestión municipal en cada momento.



Repito, ¿existe un antes y un después entre el 2004 y el 2005 y las gestiones anteriores? El informe de fiscalización que se ha emitido no puede entrar en valoraciones políticas derivadas del tiempo sino simplemente de la gestión. Se
valora y se fiscaliza la gestión. Son ustedes, los destinatarios del informe, los lectores del informe, la opinión pública, quienes han de interpretar el informe y hacer las valoraciones políticas que estimen oportunas.



¿Si ha habido mejoras a partir de 2003? Es posible, pero, efectivamente, si el informe hace referencia a años anteriores en algún momento es para explicar que determinadas situaciones traen causa de decisiones y hechos producidos con
anterioridad a 2004 y a 2005. Y es inevitable que en este tipo de informes -léase informes de corporaciones municipales como los que aquí hemos visto y no es necesario citar puesto que son de hace muy poco tiempo y, por tanto, de fácil memoria-
siempre haya habido necesidad de traer como causa de una situación datos y cifras que proceden de ejercicios anteriores. Pero, en definitiva, lo que yo vengo a exponer aquí y expone el Tribunal de Cuentas es una gestión que se ha realizado en los
años 2004 y 2005, al margen, repito, de que gestiones más o menos felices o infelices intervengan, claro está, en la buena o mala gestión de los años 2004 o 2005. No se trata de dar en la respuesta una larga cambiada, no, ni muchísimo menos,
simplemente quiero decir que estamos presentando aquí la fiscalización de una gestión municipal y que los responsables políticos en cada momento son los que tienen que responder de esa gestión y ante ustedes, ante la opinión pública. Nosotros nos
limitamos a señalar las irregularidades, la Abogacía del Estado, el fiscal, a determinar si hay o no responsabilidades contables o penales.
En este caso han detectado posibles supuestos de responsabilidad contable, y en estos momentos, en lo que se
refiere a este expediente de fiscalización, que está ya en enjuiciamiento, se está pendiente de la decisión de si se nombra o no delegado instructor para instruir las instrucciones del artículo 47 de la Ley de 1998, o bien se archiva por
inexistencia de responsabilidad contable al amparo del artículo 46. No lo sabemos ni vamos a entrar en esa cuestión, ni yo vendré nunca aquí, como presidente del Tribunal de Cuentas, a decir cuáles son los pormenores, los resultandos y los
considerandos de la Sección de Enjuiciamiento. Me limito única y exclusivamente a dar hechos, los que figuran en el expediente y de él se derivan. Se han detectado responsabilidades contables, se envían a la Sección de Enjuiciamiento, y es esa
sección la que determinará si nombra o no delegado instructor y si se archivan o no.



Página 19



Muchas veces decimos esto, pero en la siguiente comparecencia, si ustedes me preguntan, les diré si se han archivado o no.



Termino con una consideración general para todos los miembros de esta Comisión Mixta Congreso-Senado para Relaciones con el Tribunal de Cuentas: señorías, lo que cuenta es la valoración de las gestiones y las irregularidades que se detectan
aquí. ¿Quién tiene la culpa de esas irregularidades? ¿De dónde proceden? Ese es un tema, efectivamente, en el que no puedo entrar, ni muchísimo menos, no es de mi incumbencia y sería meterme en camisas de once varas o meterme en política, cosa
que no debo hacer.



En todo caso, el Tribunal de Cuentas, tanto en los informes emitidos sobre el sector público local como en sus mociones, ha venido poniendo de manifiesto la frecuente situación de insuficiencias organizativas y de deficiencias en el
funcionamiento de muchas entidades, de muchas corporaciones locales, y casi siempre se producen en las que tienen un espectacular crecimiento. En el funcionamiento de este subsector concurren muchas circunstancias, como las singularidades que
presenta siempre la Administración local en un gran número de entidades o que casi nunca disponen de unos medios organizativos que se hayan ido adecuando a las necesidades de gestión que estas circunstancias objetivas necesitan, es decir, las
relaciones de puestos de trabajo quedan ancladas -la contratación de personal, como ha dicho doña Gloria Gómez y deberían tener una respuesta más o menos fácil o difícil. Es decir, hay una serie de circunstancias que no dependen, ni muchísimo
menos, de que se pueda aplicar de una manera rigurosa el ordenamiento jurídico vigente; a veces se sortea el ordenamiento jurídico con personal interino o contratado, etcétera, que trata de responder con la mejor buena fe a las necesidades que la
gestión municipal requiere, lo que produce a veces irregularidades que nosotros detectamos. ¿Que luego esas irregularidades están justificadas y no producen ninguna responsabilidad? Puede ser. ¿Que no están justificadas y producen
responsabilidad? También puede ser, pero todo eso no dejan de ser valoraciones -que ustedes como responsables y representantes políticos tienen que hacerse- derivadas de una buena interpretación de los medios de control que nuestros informes les
proporcionan.



Esa es nuestra labor y a eso he venido yo esta tarde. Si el informe es útil, nos congratulamos todos y en ese sentido lo presentamos.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias a usted, señor Núñez.



Concluida la presentación de los informes de fiscalización que ha hecho el presidente del tribunal, suspendemos la sesión por unos minutos para despedirle. (Pausa.)


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN DE GRANDES EMPRESAS EN LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT), EJERCICIOS 2004 Y 2005, (Número de expediente del Senado 771/000056 y número de expediente del Congreso
251/000057)


La señora PRESIDENTA: Continuamos la sesión con el siguiente punto del orden del día: Debate y votación de las propuestas de resolución.



El punto décimo es el informe de fiscalización de las unidades de gestión de grandes empresas en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005.



Se ha hecho llegar a la Mesa una propuesta de resolución acordada entre los distintos grupos parlamentarios, por lo que doy por hecho que no es necesaria la votación y pregunto a sus señorías si puede entenderse aprobada por asentimiento.
(Asentimiento.)


Gracias, señorías.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y CIUDADES CON ESTATUTO DE AUTONOMÍA EN LOS FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL EN EL EJERCICIO DE 2003. (Número de expediente del Senado 771/000063 y número de
expediente del Congreso 251/000063)


La señora PRESIDENTA: El siguiente punto, el número 11, es el informe de fiscalización de la participación de las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía en los Fondos de Compensación Interterritorial en el ejercicio de
2003.



Asimismo, hay una propuesta de resolución consensuada entre los dos grupos parlamentarios presentes en esta comisión, por lo que pregunto nuevamente si puede aprobarse por asentimiento. (Asentimiento.)


Muchísimas gracias.



Creo que esta será la última comisión que celebremos en este período de sesiones dada la fecha en la que estamos, y dado que una vez cerrado este período inicial no creo que nos corresponda a nosotros celebrar sesiones extraordinarias,
aprovecho para dar las gracias a sus señorías, a todos los senadores y senadoras, diputados y diputadas, y desearles unas felices vacaciones y una puesta a punto para el mes de septiembre.



Muchas gracias a todos.



Se levanta la sesión.



Eran las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos.