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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 586, de 14/06/2011
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


IX LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


14 de junio de 2011


Núm. 586



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


Proposiciones no de Ley


Comisión de Asuntos Exteriores


161/002260 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre reforzamiento de la cooperación euromediterránea ...
(Página 4)


161/002271 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre los ejes de la acción exterior de España en la región de África meridional ... (Página 5)


161/002279 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la situación vivida en Siria ...
(Página 6)


Comisión de Interior


161/002278 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre control de Registros y entradas de viajeros en alojamientos turísticos ... (Página 8)


Comisión de Fomento


161/002267 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, de modificación de la Ley de Puertos, 33/2010, de 5 de agosto, por el enorme incremento experimentado por la tasa portuaria T-1 en la modalidad de estancia
prolongada ... (Página 9)


161/002269 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre trabajos aéreos ... (Página 10)


161/002270 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la equiparación a su valor real de los derechos indemnizatorios resultantes del extravío, destrucción o deterioro de sillas de ruedas y otros aparatos
ortopédicos, producidos en el transporte en compañías aéreas de los pasajeros con discapacidad ...
(Página 10)


Comisión de Trabajo e Inmigración


161/001990 Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la racionalización de horarios. Pasa a tramitarse ante la Comisión de Igualdad.... (Página 11)


161/002274 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al retorno de menores extranjeros no acompañados ... (Página 12)


Página 2



Comisión de Industria, Turismo y Comercio


161/002262 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la necesidad de asegurar la carga de trabajo en los astilleros públicos de Navantia de la Ría de Ferrol ... (Página 13)


Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


161/002266 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el aumento de cuota de pesca de atún rojo en Canarias ...
(Página 13)


161/002268 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a medidas a adoptar en la UE para reducir los descartes en la pesca comunitaria ... (Página 14)


Comisión de Política Territorial


161/002265 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas legales urgentes para combatir la corrupción e implantar la transparencia en la gestión de las instituciones públicas ... href='#(Página15)'>(Página 15)


Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo


161/002276 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas para mejorar la atención de las personas afectadas por fibromialgia y síndrome de fatiga crónica ...
(Página
19)



161/002277 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas para mejorar la atención de los afectados por el síndrome de sensibilidad química múltiple ... (Página
20)



Comisión de Igualdad


161/002272 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre extensión de los mecanismos de protección en materia de violencia de género ... (Página 21)


161/002273 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre violencia de género en la mujer con discapacidad ...
(Página 22)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/002264 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria en el marco de la próxima Asamblea Especial de Naciones Unidas sobre VIH/SIDA el
8, 9 y 10 de junio de 2011 ... (Página 23)


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002275 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción de la accesibilidad en las webs 2.0 ... (Página 24)


161/002280 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas para que las personas con discapacidad sobrevenida, como consecuencia de trastornos adictivos, se beneficien del Fondo de Bienes
Decomisados por Tráfico de Drogas ...
(Página 25)


Comisión no permanente sobre Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Tráfico


161/002261 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre la utilización del color azul en las señales luminosas de los vehículos de urgencia ... (Página 26)


Preguntas para respuesta oral


Comisión de Asuntos Exteriores


181/003485 Pregunta formulada por el Diputado don Rafael Antonio Hernando Fraile (GP), sobre medidas ante los ataques que algunos medios de comunicación extranjeros vienen realizando contra la agricultura española y en especial la de Almería
... (Página 27)


Página 3



Comisión de Fomento


181/003486 Pregunta formulada por los Diputados don Francisco Xesús Jorquera Caselas y doña M.ª Olaia Fernández Davila (GMx), sobre disposición del Gobierno a modificar la Ley 33/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26
de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general, en lo relativo a la tasa T-1 en la modalidad de estancia prolongada y restituir la redacción vigente en las normativas anteriores de los años 2003 y
2007 ... (Página 27)


Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


181/003487 Pregunta formulada por la Diputada doña M.ª Olaia Fernández Davila (GMx), sobre propuestas del Gobierno respecto a la necesidad de reducir en la Unión Europea los descartes de pesca ... (Página 27)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


Tribunal Constitucional


232/000090 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 1818/2003, promovido por el Presidente del Gobierno contra la disposición adicional decimoctava de la Ley 25/2002, de 19 de diciembre, de
las Cortes de Castilla-La Mancha, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2003 ...
(Página 27)


233/000176 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 6191/2001, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La
Mancha respecto del artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26 de diciembre, de Ordenación del Servicio Farmacéutico en Castilla-La Mancha, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución española ... (Página 28)


233/000180 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 3515/2005, planteada por el Juzgado de lo Social número 1 de Lleida, en relación con el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores,
por posible vulneración de los artículos 14, 39 y 41 CE ... (Página 29)


233/000181 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 5823/2000, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en
relación con el artículo 20.3.s) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de
reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público ... (Página 29)


Página 4



CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Comisión de Asuntos Exteriores


161/002260


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
reforzamiento de la cooperación euromediterránea, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.



Exposición de motivos


En los últimos meses, con motivo de los debates parlamentarios que se han venido realizando en el Congreso de los Diputados en torno al análisis, posicionamiento y apoyo que merecen los cambios alentados por las revoluciones y revueltas
populares, ciudadanas, que se están produciendo en los distintos países árabes de la cuenca mediterránea, se ha puesto de manifiesto la necesidad de redefinir las relaciones con los países de la región, junto al objetivo de hacer posible un espacio
euromediterráneo común, poniendo en valor la dimensión política del proceso de Barcelona en sus tres ejes de diálogo, político, de cooperación económica y financiera, social, cultural y de desarrollo humano.



Un proceso que ha dado lugar a los acuerdos de vecindad de la UE con todos los países del Sur, a excepción de Siria y que, en la actualidad deben adaptarse como marcos de asociación adaptados a sus propios procesos, en términos de una mayor
apropiación democrática y con enfoque de derechos, así como de mayor responsabilidad recíproca hacia las demandas de participación política, ejercicio de las libertades democráticas, mayores oportunidades de empleo, dignidad y desarrollo sostenible
y equitativo para sus poblaciones.



En tanto que la configuración institucional de la Unión por el Mediterráneo avance en el correspondiente contexto regional y de comunitarización de esta política, la comunicación sobre 'Asociación para la democracia y la prosperidad
compartida con el Mediterráneo Sur', dirigida el pasado mes de marzo al Consejo Europeo por el Parlamento Europeo, el Consejo Económico y Social, junto al Comité de Regiones, contiene propuestas interesantes, desde una perspectiva del reforzamiento
de iniciativas que conecten con las aspiraciones de su sociedad civil y de la participación de la ciudadanía en los procesos de cambio en cada país, apoyo a los sistemas de educación, salud y desarrollo sostenible a favor de las regiones más pobres
en cada país y del tejido productivo autóctono a través de sus pequeñas y medianas empresas.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar, en el ámbito de la necesaria revisión y adaptación de la política euromediterránea de la UE y ante los desafíos que se plantean en la región, los siguientes ejes:


- El fortalecimiento del espacio de diálogo político y de cooperación que, en línea de continuidad con el proceso de Barcelona, sirva para reforzar los lazos comunes entre ambas orillas del Mediterráneo y así sustentar, desde valores
compartidos de buen gobierno, profundización de la democracia y enfoque de derechos, reforma institucional y apoyo a políticas públicas de bienestar social y de cada país, unida a mecanismos de reciprocidad, transparencia y rendición de cuentas
mutua que, tanto a nivel bilateral como multilateral, se requieren para adecuar la política de vecindad europea a los procesos de cambio político y social que se registran en los países ribereños de la región.



- Un mayor protagonismo de las relaciones interparlamentarias como un espacio especialmente idóneo para acompañar determinados mecanismos de diálogo


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político e institucional, intercambiar experiencias, analizar los cambios y compartir conocimiento en relación a los procesos de cada país, apoyar determinadas iniciativas conjuntas ante los gobiernos en cada país, incluidos los países
miembros de la UE y en el contexto de la región.



- El apoyo decidido a la sociedad civil y su papel como agentes de cambio en los distintos procesos de reformas emprendidos, sin perjuicio de reforzar además y específicamente la articulación que, desde partidos políticos y organizaciones
sindicales, debe acompañar a todo proceso de institucionalización de Estados plurales y democráticos en la región.



- El impulso al establecimiento de nuevas facilidades financieras, con una clara dimensión social, a favor del desarrollo rural, la creación de empleo decente, la cohesión territorial de las zonas más empobrecidas de los países de la región.



- La apertura de nuevos acuerdos de movilidad en el marco de los acuerdos de cooperación entre la UE y los países socios de la ribera del Mediterráneo, en el avance del espacio común de derechos y obligaciones de los ciudadanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de mayo de 2011.-Jordi Pedret i Grenzner, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



161/002271


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre los
ejes de la acción exterior de España en la región de África Meridional, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.



Exposición de motivos


Recientemente se ha celebrado en Estambul la Cuarta Conferencia de Naciones Unidas sobre países menos adelantados (PMA) que concluyó el pasado 13 de mayo y en la que se aprobó el Plan de Estambul referido a las acciones que deben adoptarse
para promover el desarrollo en dichos países.



En este sentido, conviene recordar que el último Informe del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) señala que de los 50 países con el índice de desarrollo más bajo, 40 son africanos, y que de los casi 1.000 milllones de
personas que viven en África, aproximadamente un tercio de su población vive en extrema pobreza, a pesar de las enormes riquezas y recursos del continente. Junto al compromiso -reiterado una vez más- de destinar al menos el 15-20 % de la AOD a
dichos países, el Programa de Acción aprobado en dicha Cumbre hace hincapié en la urgencia de mejorar la capacidad productiva e infraestructura de dichos países, así como la de los mecanismos que mejoren la capacidad de los PMA en términos de
investigación, innovación y tecnología. Al respecto, se resaltó asimismo en dicha Conferencia la importancia de las relaciones de cooperación Sur-Sur y el gran potencial que para el futuro de los países menos adelantados representa este tipo de
alianzas.



Por otra parte, el pasado 25 de mayo, se celebró el Día de África, que conmemora la instauración, en el año 1963 en Addis Abeba-Etiopía, de la Organización de la Unidad Africana (OUA), a la que sucedería después la Unión Africana (UA), que
ha servido para impulsar importantes instituciones regionales en el continente, como el Parlamento Panafricano, el Consejo de Paz y Seguridad, así como programas de desarrollo, como la Nueva Estrategia de Cooperación para el Desarrollo Africano
(NEPAD). Dichas instituciones y el proceso seguido al respecto reflejan la legítima aspiración de África de consolidar los valores de paz, respeto de los derechos humanos, buena administración de los asuntos públicos y desarrollo sostenible. En
este año, el lema del Día de África se ha centrado en los jóvenes (más del 70?% de su población es menor de 30 años), quienes tienen derecho a asumir una especial responsabilidad en el desarrollo sostenible del continente.



Desde la perspectiva de la acción exterior de España en África, cabe subrayar que, junto a los retos de la calidad y eficacia del impacto de la A0D en los países menos adelantados del África subsahariana -región en la que concentra la acción
de la cooperación española- resultan asimismo de indudable importancia las iniciativas relacionadas con el fortalecimiento de una asociación más eficaz para el desarrollo. Nos estamos refiriendo al apoyo que viene prestando el Gobierno de España al
fortalecimiento de los mecanismos de integración regional africana, así como el especial impulso de aquellas relaciones que, en el ámbito bilateral o multilateral, incidan positivamente en las estrategias de desarrollo conjuntas que, como es el caso
de determinados países en África Meridional, pueden jugar una influencia relevante en las estrategias de salida de la pobreza de los países de la región.



Es en este contexto en el que cabe poner en valor la especificidad de las relaciones que mantiene España con dos países de dicha región, Sudáfrica y Namibia, que presentan índices de desarrollo humano similares -aun cuando persisten
profundas desigualdades socioeconómicas y siendo la renta per cápita sensiblemente menor en el caso de Namibia- cuyo reforzamiento merece la pena introducir en los debates y posicionamientos que, a lo largo de esta legislatura, han tenido lugar en
la Comisión de Exteriores.



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En este sentido procede apuntar una serie de elementos a considerar en el debate propuesto, al objeto de reforzar la acción exterior de España en ambos países:


- El hecho de que Sudáfrica sea miembro del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en el período 2011-2012 y que dicho país forme parte del grupo de países emergentes llamados BRICS, cuya influencia es indudable en la nueva arquitectura
mundial del desarrollo, siendo Sudáfrica un actor influyente en los mecanismos de integración regional africana y en la cooperación Sur-Sur y triangular de la región, sin olvidar su relevante papel de mediador en conflictos regionales como Sudán,
República Democrática del Congo, Zimbabwe, Burundi, Costa de Marfil o Libia.



- La importancia de las inversiones de nuestras empresas españolas en la región, con especial atención al sector de energías renovables y otros sectores innovadores de la industria española, aprovechando la buena imagen de las empresas
españolas en la región.



- El alto valor añadido que incorporan las actividades de la pesca española en aguas de Namibia, con los efectos indirectos de generación de empleo y de capitalización de recursos humanos que ello genera. Un país cuya estabilidad política y
democrática es relevante en la región y en el que la cooperación española ha hecho indudables avances, como lo muestra la celebración del reciente IV Encuentro de Mujeres por un Mundo Mejor que ha tenido lugar en su capital Windhoek, cuya
declaración aprobada es reflejo de los avances que se deben promover en materia de derechos y participación de las mujeres africanas.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Seguir reforzando la acción exterior y de cooperación española en África Meridional, a través de los mecanismos de diplomacia pública, económica, de apoyo a las estrategias empresariales, sociales y de desarrollo que procedan, incluyendo en
especial:


- El impulso de las relaciones bilaterales de carácter económico y comercial con Sudáfrica y Namibia, así como el apoyo institucional que, desde la Administración Pública española, debe acompañar a las empresas españolas que invierten en los
países de la región.



- La promoción y apoyo a las iniciativas de cooperación triangular y de la cooperación Sur-Sur entre los países de la región.



- El fomento de iniciativas de cooperación para el desarrollo que apoyen la promoción del tejido productivo local y que faciliten el acceso de las mujeres al crédito y a las actividades emprendedoras, incluyendo programas de formación de
capital humano, apoyo a sectores y colectivos en los que se concentren los mayores desequilibrios socioeconómicos en el país, junto a la incorporación de jóvenes en los programas que se financien.



- El impulso de las relaciones institucionales y de colaboración con las sedes y organismos internacionales y regionales que operen en los países de la región, como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, ONU Mujeres, la Unión
Africana, NEPAD, el African World Heritage Fund o la SADEC (Comunidad para el Desarrollo de África Austral).



- El especial reconocimiento, visibilidad y apoyo de la labor que realizan nuestras embajadas, delegaciones y oficinas técnicas de cooperación en Sudáfrica y Namibia, en relación a la consecución de estos objetivos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2011.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



161/002279


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la situación vivida en
Siria, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.



Exposición de motivos


Siria se encuentra en una encrucijada que seguramente sea un histórico punto de inflexión. El inicio de las revueltas árabes, cuyo detonante aparente fue la inmolación del joven tunecino Mohamed Buazizi en diciembre de 2010 y muerto el 4 de
enero de 2011, supuso que en los meses siguientes las protestas se extendieron a buena parte de la región, con muy distintas consecuencias. Si bien la realidad de la región es profundamente heterogénea, existen causas comunes, tales como la
opresión, la pobreza, el paro y la falta de perspectivas, así como la desesperación que todo ello provoca. Nos encontramos así con la caída del régimen tunecino y, a renglón seguido, la del egipcio. La corrupción y opresión en Yemen, unida a la
obcecación del presidente Alí Abdalá Saleh por aferrarse al poder, circunstancia aprovechada por los yihadistas por controlar ciertas partes del país, ha colocado a la República Árabe al borde del abismo. La yamahiría libia del Coronel Gadafi,
iniciando en febrero una violenta represión con medios de guerra contra su propio pueblo, suscitaba la reacción de la comunidad internacional,


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dando lugar a la Resolución 1973 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y a las acciones unilaterales bajo ella amparadas.



Es en este contexto donde enmarcamos lo que sucede actualmente en Siria, un país geoestratégicamente clave en Oriente Medio, que desde el pasado marzo se ha visto sacudido por las protestas de decenas de miles de sirios que exigen libertad y
democracia. La represión del Gobierno sirio ha sido brutal e indiscriminada. Ante el apagón informativo del régimen baazista, sólo se tiene acceso a la información que proporcionan los médicos que atienden a los heridos y que cuentan a los
muertos, según testigos de ONG humanitarias internacionales. El número de fallecidos es incierto, pero se calcula que son varios centenares, pasando ampliamente de los mil.



Desde el punto de vista de la comunidad internacional, el régimen de Damasco, lejos de ser un factor de estabilidad en la región, lo ha sido de inestabilidad e incertidumbre por su estrecha alianza con Irán, su negativa influencia en Líbano
y sus estrechos lazos con Hezbola y Hamas.



El régimen sirio se ha caracterizado por ejercer un control opresivo y férreo de la familia Al Assad, que ha construido, en relación a su pueblo, uno de los Estados policiales más opresivos y eficaces que se conocen. El padre del actual
presidente, Hafez Al Assad, accedió al poder en 1971, mediante un golpe de estado, gobernando desde entonces con mano regia. El culmen de su crueldad lo supuso el sanguinario aplastamiento de las revueltas de 1982, incitadas por los Hermanos
Musulmanes y que tuvo su episodio más negro en la masacre de Hama, en la que se dio muerte a entre 20.000 y 30.000 víctimas. Tal hecho ha pasado a la historia como 'el acto más sangriento de un gobierno árabe contra su propio pueblo en la historia
moderna de Oriente Medio'.



Con su muerte en el año 2000, se iniciaba una república hereditaria en la persona de su hijo Bachar Al Assad, lo que ha sido a la postre uno de los detonantes de las revueltas. El régimen sirio constituye, junto con el Ministerio del
Interior y el aparato de seguridad e inteligencia, una red de confidentes y delatores, y se encuentra ahora ante el dilema de imposible solución de acometer unas reformas que supondrían sin duda el fin del régimen.



La primera gran protesta tuvo lugar el 18 de marzo (convocado el 'Día de la Ira') y posteriormente en sendas manifestaciones los días 30 de abril y 7 y 13 de mayo. Sus demandas exigiendo mayores libertades políticas y derechos civiles, como
el fin del partido único o la libertad de expresión, ha conllevado una respuesta del régimen terriblemente contundente, a imagen y semejanza de lo que aconteciera en 1982: el Ejército se ha enfrentado a la población y ha sacado los tanques a la
calle, Naciones Unidas cifraba en mayo en más de 850 el número de muertos, pero ya apuntamos que a día de hoy se estima que ya sobrepasan el millar.



Tanto EEUU como la UE han dado sendos pasos al frente reprimiendo dicha conducta. Washington decretaba el 29 de abril de 2011 las primeras sanciones económicas y el 18 de mayo ordenaba congelar los activos financieros, mientras que Bruselas
instaba igualmente a la congelación de activos en abril, mientras que en el Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 23 de mayo, reiteraba su petición anterior a la vez que prohibía la entrada en cualquiera de los 27 Estados tanto a
Bachar Al-Assad como a una decena de miembros de su Gobierno. Si bien dichas medidas son adecuadas, no parecen suficientes para sancionar y detener la brutal escalada de violencia ejercida contra su pueblo. Cierto es que el régimen ha tenido
algunos gestos, como derogar el pasado 21 de abril la Ley de Emergencia que regía en el país desde 1967, crear un comité para elaborar un borrador de una nueva ley electoral o decretar una amnistía general el 31 de mayo para aquellos reos, incluidos
presos políticos, que hubieran perpetrado crímenes hasta dicha fecha, condonándoles la mitad de la pena; el indulto afecta también a los Hermanos Musulmanes.



A la comunidad internacional no le queda más remedio que exigir de forma firme y tajante el cese de la brutal represión del régimen contra su pueblo y de acometer con carácter urgente e incondicional las reformas democratizadoras que le
demanda la aplastante mayoría de su pueblo.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Manifestar una firme condena de la violenta actuación que el régimen sirio sigue manteniendo contra su propio pueblo y exigirle que actúe en adelante con contención y mesura, y exigirle con carácter inmediato el cese de cualquier
represión.



2. Instar al régimen sirio a que ponga en marcha las imprescindibles reformas políticas e institucionales que garanticen una pacífica transición a la democracia, fundamentada en el respeto escrupuloso a los derechos y libertades
fundamentales, la división efectiva de poderes y la limitación de los mandatos.



3. Abrir cuantas investigaciones sean precisas para determinar las responsabilidades a que hubiera lugar por las sangrientas acciones del régimen sirio en cuantos ámbitos internacionales y jurisdiccionales fuera preciso, incluido el
Tribunal Penal Internacional.



4. Exigir la convocatoria de elecciones libres, democráticas, transparentes, internacionalmente verificables y que permitan concurrir en igualdad de oportunidades a todos aquellos partidos políticos y personas que deseen respetar los
principios democráticos en paz y libertad en el plazo más breve posible, permitiendo que la sociedad civil siria pueda organizarse y concurrir con ciertas garantías.



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5. Apoyar las medidas tomadas hasta la fecha e instar al Gobierno a que siga explorando con nuestros socios y aliados de la ONU y UE nuevas medidas y/o sanciones para poner fin a esta brutal represión.



6. Seguir defendiendo en todo el mundo la promoción de la democracia y los principios fundamentales en los que se sustentan, muy especialmente, los derechos y libertades fundamentales tal y como se proclamaron en la Declaración Universal de
Derechos de 1948.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2011.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.-María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Comisión de Interior


161/002278


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
control de Registros y entradas de viajeros en alojamientos turísticos, para su debate en la Comisión de Interior.



Exposición de motivos


En los últimos años, España ha experimentado una importante transformación económica y social, fruto de una plena incorporación a la economía globalizada y al espacio europeo, cuyos efectos se han revelado especialmente intensos en la
actividad turística.



En este contexto, debemos dar un paso más y modernizar en busca de una mayor eficiencia en la gestión, y más en concreto, en el control de Registros y entradas de viajeros en alojamientos turísticos, cuyas normas y reglamentos cuentan en
algunos casos con 60 años de antigüedad.



La obligatoriedad de tener un Libro de Registro 'inexcusablemente firmado por los clientes' data del Decreto 1513/1959, siendo Camilo Alonso Vega y Gabriel Arias-Salgado y de Cubas Ministros de Gobernación e Información y Turismo,
respectivamente.



Obligatoriedad que tanto en la Orden del Ministerio del Interior de 14 de febrero de 1992, como en la resolución de 14 de julio de 2003, de la Secretaría de Estado de Seguridad (por la que se determinaban las condiciones y forma de
utilización de la transmisión de ficheros informáticos, así como las características de los soportes a que se refiere la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en alojamientos turísticos y otros
análogos), mantenían la no derogación de los artículos 1 y 2 del Decreto 1513/1959.



Por otra parte, la Ley 56/2007, de Medidas de Impulso a la Sociedad de la información, que no se ocupa de manera específica de la situación en el turismo español, no contempla la existencia de un canal digital para comunicar 'on-line' las
entradas a las Fuerzas de Seguridad del Estado y persiste la obligatoriedad de imprimir las fichas generadas, que deben ser firmadas por los viajeros. Además, los datos deben ser almacenados durante el espacio de tres años por si algún día las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado quisieran consultarlos.



Dichas disposiciones son una carga para el empresario que tiene que imprimir datos que ya están en soporte informático, así como le impone obligaciones legales que en algunas ocasiones son de no cómodo cumplimiento, pues hay turistas que no
entienden firmar las fichas, con la excusa de que ya han facilitado telemáticamente sus datos a la Policía.



Esta situación requiere de alguna reforma legal que debería ir precedida de un diálogo con el sector del empresariado turístico.



Ello no conllevaría gasto alguno para la Administración, ya que la infraestructura de Gestión y Tráfico de Datos del Ministerio del Interior ya está creada.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar un sistema registral único, y para ello propone homologar en los alojamientos turísticos, como Registro Oficial, la infraestructura de Gestión y Tráfico de Datos del Ministerio del
Interior. Así, los establecimientos que quieran podrían sustituir las hasta ahora obligatorias fichas firmadas por los clientes, por los ficheros digitales existentes en la actualidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2011.-Miriam Muñoz Resta, Diputada.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Comisión de Fomento


161/002267


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión.



Página 9



Autor: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley de modificación de la Ley de Puertos, 33/2010, de 5 de agosto, por el enorme incremento experimentado por la tasa portuaria T-1 en la modalidad de estancia prolongada.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que se insta al Gobierno a ejercer su iniciativa legislativa en la materia, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del
Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Fomento. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la diputada M.ª Olaia Fernández Davila (BNG) y el diputado Francisco Xesús Jorquera Caselas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
la siguiente Proposicion no de Ley de modificación de la Ley de Puertos, 33/2010, de 5 de agosto, por el enorme incremento experimentado por la tasa portuaria T-1 en la modalidad de estancia prolongada, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


El sector pesquero congelador se ha dirigido al Gobierno para quejarse del incremento desmesurado que ha experimentado la tasa portuaria T-1 en la modalidad de estancia prolongada. Se habla de un aumento del 463 % respecto a lo que
acostumbraban a pagar hasta el año pasado por el mismo tiempo y paralización en puerto.



Responsabilizan de este aumento a la entrada en vigor de la nueva Ley de Puertos del Estado, Ley 33/2010, de 5 de agosto. Afirman los representantes del sector que esta normativa modificó los textos reguladores de esta tasa.



Sin embargo, en la nueva ley los buques afectados por la tasa T-1, que son todos los que no se dedican a la pesca fresca, quedan englobados en dos posibilidades:


a) Buques pesqueros cuando estén en paro biológico, en veda o carezcan de licencia: 0,45 (de la cuantía básica de 1,50 euros por día y por cada 100 GT=0,6750 euros por día y por 100 GT).



b) Buques inactivos, incluso pesqueros y artefactos flotantes: 4,67 de la cuantía básica de 1,50 euros por día y por cada 100 GT=7,0050 euros por día y por 100 GT).



Alegan que las posibilidades de pesca concedidas al Estado español no permiten en la mayoría de los casos permanecer durante todos los meses del año en actividad, lo que obliga a las empresas armadoras a solicitar los permisos temporales de
pesca para las épocas en las que se prevén mejores resultados económicos. El resto del tiempo los buques permanecen amarrados a puerto.



A esto hay que añadir las vacaciones y los descansos compensatorios de los días festivos trabajados en el mar, lo que también les obliga a permanecer en puerto.



En conclusión, consideran totalmente injusto que se les aplique el coeficiente más gravoso de 4,67 euros, que es el más alto de los previstos para la estancia prolongada en puerto.



Recuerdan que este problema estaba resuelto en el texto originario de la Ley (Ley 48/2003, de Régimen económico de los puertos y de prestación de servicios en los puertos de interés general) y también en la modificación realizada en el año
2007.



Demandan al Gobierno que se restituya la redacción anterior a la modificación desarrollada en la Ley 33/2010, de manera que el quinto supuesto del apartado 4.1.5.º del artículo 13 recupere la redacción antes vigente: 'buques pesqueros cuya
última operación de descarga se haya efectuado en el puerto o por paro biológico y por carencia de licencia y buques en depósito judicial'.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Tener en cuenta la situación y las especificidades del sector pesquero congelador y bacaladero que ha visto como la tasa portuaria T-1 de estancia prolongada se ha incrementado en un 463 % respecto a la que pagaban hasta la reforma de la
ley portuaria. En consecuencia:


Modificar la Ley de Puertos del Estado, Ley 33/2010, de 5 de agosto, en lo concerniente a la tasa portuaria T-1 en la modalidad de estancia prolongada, de modo que se recupere la redacción anterior vigente en la Ley 48/2003, de Régimen
económico de los puertos y de prestación de servicios en los puertos de interés general y también en la modificación realizada en el año 2007.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2011.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Diputado.-M.ª Olaia Fernández Davila, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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161/002269


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre Trabajos Aéreos para su debate en la Comisión de Fomento.



Exposición de motivos


El sector aeronáutico europeo es uno de los que están experimentando un auge más acelerado en Europa. Ello explica la decisión de la Unión Europea a favor de una iniciativa común orientada a mantener la seguridad y la sostenibilidad de la
actividad aérea, que alíe el crecimiento y la mejora de la seguridad. Esta iniciativa se materializó en la denominada Agencia Europea de Seguridad Aérea (en inglés, EASA -European Aviation Safety Agency-).



Esta Agencia que promueve los niveles comunes más elevados de seguridad y de protección del medio ambiente en la aviación civil en Europa y en el mundo, se estableció mediante el Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea, siendo modificado por el Reglamento (CE) n.º 690/2009 de la Comisión, de 30 de julio de 2009, L
199 6 31.7.2009 y el Reglamento (CE) n.º 1108/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009.



Su ámbito de aplicación contempla, entre otros:


'El diseño, producción, mantenimiento y operación de productos, componentes y equipos aeronáuticos, así como al personal y organizaciones que intervengan en el diseño, la producción y el mantenimiento de tales productos, componentes y
equipos aeronáuticos; y el personal y las organizaciones que participen en la explotación de aeronaves; quedando excluidos expresamente de esa aplicación los productos, componentes, equipos, personal y organismos mencionados antes, cuando se
efectúen actividades o servicios militares, de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, guardacostas o similares.'


Los Estados miembros deben, pues, velar porque tales actividades o servicios tengan debidamente en cuenta, en la medida de lo posible, los objetivos del Reglamento precitado.



Por tanto, EASA está trabajando en regular estas materias, excepto en los ámbitos excluidos, que deben ser regulados por las autoridades aeronáuticas de cada Estado miembro. Dentro de estas exclusiones, la extinción de incendios y
salvamento (búsqueda y rescate) tienen en España una especial relevancia.



Aunque estas actividades conllevan operaciones ciertamente complicadas con aeronaves, es imprescindible adoptar las óptimas condiciones de seguridad compatibles con su ejercicio y el interés público, y para ello, nuestra visión se centra en
no demorar más el refuerzo de la normativa nacional en ese ámbito.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover a través de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) una hoja de ruta que actualice la formación y la práctica de las actividades de trabajos aéreos tales como extinción de
incendios y salvamento (búsqueda y rescate), teniendo en cuenta el interés público, la complejidad de estas operaciones y las condiciones adversas en las que pueden llegar a desarrollarse.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2011.-Dolores Puig Gasol, Diputada.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



161/002270


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la equiparación con respecto a su valor real de los derechos indemnizatorios resultantes del extravío, destrucción o deterioro de sillas de ruedas y otros aparatos ortopédicos, producidos en el transporte en compañías aéreas de los
pasajeros con discapacidad, para su debate en la Comisión de Fomento.



Exposición de motivos


La Constitución, que recoge en su Título I los derechos y deberes fundamentales de los españoles, dedica el artículo 19 al derecho a la libre circulación, mientras que el artículo 49 obliga a los poderes públicos a amparar especialmente a
las personas con discapacidad 'para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos'.
El derecho a la movilidad, el derecho a desplazarse y a viajar libremente es, pues, un derecho fundamental de todos los españoles, que
en el caso de las personas con discapacidad debe ser especialmente protegido por la Administración. Sin embargo, para las personas con ciertos


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tipos de discapacidad, sus desplazamientos, el mero acceso a determinados medios de transporte, encuentran frecuentemente múltiples dificultades, cuando no impedimentos reales, ya sean físicos, a veces burocráticos y muchas veces de carácter
económico. En numerosas ocasiones, el viajar constituye para las personas con movilidad o autonomía reducida un riesgo añadido, muy superior al que padecería cualquier otra persona sin discapacidad significativa, que a veces se torna en
completamente inasumible, si ese riesgo no es debidamente compensado por los proveedores de los medios y servicios de transporte.



Entre esos riesgos hay uno que en la actualidad no se encuentra debidamente protegido. Se trata del riesgo del daño que se pueda producir, ya no en la persona con discapacidad que viaja, sino en los útiles o medios mecánicos de los que
tiene que valerse de modo imprescindible. Sin esos medios, por su pérdida, destrucción o deterioro, la movilidad se hace sencillamente imposible, por lo que precisa su inmediata restitución.



Cuando esos medios, que en el caso de los aviones no tienen otra posibilidad de ser trasladados si no es a través de su facturación, la normativa vigente los protege -en cuanto a derechos indemnizatorios por extravío, deterioro o retraso en
su entrega- como meros equipajes. Así, el Convenio de Montreal (en vigor en nuestro país desde el 28 de junio de 2004) establece que la responsabilidad del transportista se limita a un máximo de 1.000 'Derechos Especiales de Giro', lo que equivale
actualmente a poco más de 1.200 euros. Y ello, salvo que el pasajero haya hecho al transportista, al entregarle el equipaje facturado, una declaración especial del valor de la entrega de éste en el lugar de destino, y haya pagado una suma
suplementaria.



Pero, obviamente, un útil tan imprescindible para la movilidad de las personas con discapacidad no puede ser considerado un mero equipaje, ya que forma parte, es, de facto, una prolongación de la persona misma. Ni las cantidades con las que
se indemniza, siguiendo el estricto criterio del Convenio de Montreal, bastan en modo alguno para cubrir algo tan costoso como, por ejemplo, una silla de ruedas, fabricada muchas veces de forma específica y adaptada a la persona con discapacidad.
Su diseño especial, su motorización y otras particularidades en su ergonomía o materiales hacen que su valor multiplique varias veces el máximo indemnizatorio establecido. Y el trastorno que puede generar un simple retraso en la entrega, a la
persona propietaria o a sus acompañantes, no puede equipararse en modo alguno al retraso en la entrega de una maleta.



Pero tampoco resiste el más mínimo planteamiento sobre la igualdad de derechos y la accesibilidad universal a los servicios, el hecho de que las personas con discapacidad que deban viajar indispensablemente acompañadas de sus sillas de
ruedas u otro tipo de útiles de apoyo a su movilidad, obligatoriamente facturados, hayan de pagar tarifas suplementarias, y por tanto sus billetes resulten más caros que los de personas sin esta necesidad. Tal situación parece contradictoria,
además, con lo establecido en el Reglamento (CE) 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, que en sus artículos 8 y 10
advierte que las prestaciones de este tipo a las personas con discapacidad no deben tener cargo adicional alguno.



Ahora bien, vistas las dificultades que se vienen encontrando muchos viajeros con discapacidad y vistas las notables diferencias entre medidas que vienen aplicando las diversas compañías aéreas, parece urgente y necesario establecer por
norma criterios de compensación más justos y homogéneos, en el marco de la regulación europea existente.



Es por este motivo que el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover ante la Unión Europea la reforma del Reglamento comunitario 1107/2006, sobre derechos de las personas con movilidad reducida en el transporte aéreo, con el fin de que se adopten las
medidas necesarias para que los pasajeros con movilidad reducida reciban una indemnización equivalente al coste de la sustitución o reparación de la ayuda técnica cuando ésta haya sido perdida, dañada o quedado inutilizada en el transporte por la
compañía aérea, y sin que esta previsión comporte gasto adicional alguno sobre el precio del billete para el pasajero con discapacidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2011.-José Manuel Bar Cendón, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Comisión de Trabajo e Inmigración


161/001990


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(161) Proposición no de Ley en Comisión.



Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Solicitud de que su Proposición no de Ley sobre la racionalización de horarios, sea tramitada en la Comisión


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de Igualdad en lugar de en la Comisión de Trabajo e Inmigración.



Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y trasladar a la Comisión de Igualdad, comunicando este acuerdo a la Comisión de Trabajo e Inmigración, al Gobierno y al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 481, de 23 de noviembre de 2010.



161/002274


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al retorno de menores
extranjeros no acompañados, para su debate en la Comisión de Trabajo e Inmigración.



Exposición de motivos


El Plan de acción sobre los menores no acompañados 2010-2014 aprobado en la Unión Europea establece que el retorno de menores, cuando el interés superior del menor sea reunirse con su familia y crecer en su propio entorno social y cultural,
debe promoverse por parte de los Estados miembros.



La Directiva sobre retorno contiene diversas garantías jurídicas obligatorias relativas a los menores no acompañados que deberán incorporarse a la legislación nacional de los Estados miembros.



La asistencia a los menores debería ser un proceso continuo y estable que incluyera la fase de retorno y post-retorno. En todo caso, el retorno debe llevarse a cabo de manera segura, adecuada para el menor y respetando la igualdad entre
sexos según lo establecido en el Plan de menores no acompañados.



El mencionado Plan también establece que es fundamental realizar un trabajo sobre el terreno para convencer a las familias y comunidades a acoger favorablemente el retorno del menor. Esto podría lograrse ofreciendo la posibilidad de seguir
un curso o una formación y ayudando a los países de origen a ofrecer a los menores y a los jóvenes perspectivas de estudio y trabajo utilizando los instrumentos financieros existentes.
La reintegración también debería supervisarse para evitar que
surjan graves problemas.



El retorno de menores extranjeros no acompañados es subvencionable en el marco del Fondo Europeo para el Retorno. La Comisión Europea, según establece el Plan de menores no acompañados, dará preferencia a la financiación de las actividades
específicas relacionadas con los menores no acompañados por el Fondo para el Retorno.



La realidad es que nuestro país no ha retornado a menores extranjeros no acompañados en los últimos años, a pesar de que la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
lo contempla en su artículo 35.



El artículo 35.1 de la citada ley establece: 'El Gobierno promoverá el establecimiento de Acuerdos de colaboración con los países de origen que contemplen, integradamente, la prevención de la inmigración irregular, la protección y el
retorno de los menores no acompañados. Las Comunidades Autónomas serán informadas de tales Acuerdos'.



El Grupo Parlamentario Popular considera necesario que el Gobierno promueva el retorno de menores no acompañados de acuerdo con el principio del interés superior del menor de estar con su familia y su entorno.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


'Que solicite a la Unión Europea que parte del Fondo Europeo para el Retorno se destine al retorno de menores no acompañados que lleguen a nuestro país, haciendo efectivo lo establecido en el Plan de acción sobre los menores no acompañados
2010-2014 de la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2011.-Lourdes Méndez Monasterio y Rafael Antonio Hernando Fraile, Diputados.-María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Comisión de Industria, Turismo y Comercio


161/002262


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposicion no de Ley
relativa a la necesidad de asegurar la carga de trabajo en los astilleros públicos de Navantia de la Ría de Ferrol, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


La inquietud sobre el futuro de los astilleros que Navantia tiene en la Ría de Ferrol, Ferrol y Fene, va en aumento a medida que estos centros van terminando su carga de trabajo y no reciben nuevos pedidos. La falta de carga de trabajo a
medio plazo ha sembrado la preocupación en los astilleros, también en las empresas auxiliares cuya actividad depende de la actividad de estos astilleros, una preocupante situación que el mismo Presidente de Navantia ha reconocido públicamente.



Los astilleros de la Ría de Ferrol tan sólo cuentan con carga de trabajo hasta el año 2012. Actualmente, trabajan en la finalización de la Fragata 'Cristóbal Colón', en la última de las Fragatas contratadas con Noruega cuya botadura podría
adelantarse al año próximo, y en la construcción de las partes de los LHD para Australia.



De hecho, los astilleros de la Ría de Ferrol han pasado a ser los que menos carga de trabajo tienen dentro del Grupo Navantia. La factoría de Cádiz tiene asegurada su actividad hasta el año 2015, al igual que el centro de Cartagena.



La ausencia de actividad futura afecta asimismo a todas las empresas auxiliares, cuyos trabajadores llevan tiempo alertando sobre las negras perspectivas futuras. Está situación ha derivado en importantes movilizaciones de los trabajadores
de los astilleros y las empresas auxiliares en demanda de carga de trabajo que garantice la actividad futura. De lo contrario, nos enfrentamos a la pérdida masiva de empleos en un sector industrial estratégico como es el naval.



Urge, por tanto, la implicación de las administraciones para que no se cumplan los peores augurios y Ferrol no se vea obligado a revivir los durísimos efectos de otra reconversión naval que supondría un ataque frontal a su economía.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Exigir a la SEPI que elabore e impulse un Plan de Trabajo para asegurar la cartera de trabajo de los astilleros públicos de la Ría de Ferrol.
Dicho Plan tendrá entre sus objetivos garantizar el mantenimiento de los puestos de trabajo
directos e indirectos en dichos astilleros.



2. Contemplar como una prioridad estratégica en la agenda exterior del Gobierno para captar inversiones en la economía española, la consecución de contratos con los astilleros de la Ría de Ferrol.



3. Dar cumplimiento al compromiso adquirido por el Gobierno de contratar la construcción en los astilleros de Navantia de la Ría de Ferrol, de la Vl fragata F100 para la marina española.



4. Negociar en el ámbito de la Unión Europea la eliminación de las limitaciones que actualmente pesan sobre los astilleros de Navantia para poder operar plenamente en el campo de la construcción naval civil y en particular la limitación que
pesa sobre el astillero de Fene para que pueda construir buques.



5. Promover en el ámbito de la Unión Europea medidas de carácter temporal que tengan en cuenta la especificidad del sector naval que contribuyan a superar la crisis que actualmente padece el sector.



6. Exigir a la SEPI que impulse el centro de reparaciones de Navantia en la Ría de Ferrol, con objeto de incrementar la carga de trabajo en el campo de la reparación y transformación de buques.



7. Impulsar la construcción de un dique flotante que permita que el centro de reparaciones de Navantia en la Ría de Ferrol pueda ofertar también la reparación y transformación de grandes buques, encomendando la construcción del mismo a los
propios astilleros de Navantia en la Ría de Ferrol.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2011.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


161/002266


A la Mesa de la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


El Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta para su debate en la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, la siguiente Proposición
no de Ley sobre el aumento de cuota de pesca de atún rojo en Canarias.



El atún de Canarias, en especial el llamado atún rojo, es el más importante dentro de la actividad pesquera de las Islas y el que más valor tiene en los mercados internacionales, dentro de la variedad de los túnidos.



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Se trata de una práctica pesquera arraigada en nuestra sociedad desde la década de los 50.



Es de destacar que en Canarias las artes de pesca son tradicionales y sostenibles al realizarse con caña y línea con anzuelo. Es un tipo de pesca selectivo en el que se capturan piezas con un peso de 200 a 300 kilos que ya hayan criados
para no romper su ciclo vital. Es, por tanto, un arte de pesca totalmente artesanal que prácticamente no afecta a los recursos y al stock de atún del Océano Atlántico.



La cuota de atún rojo la establece el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. A España le corresponde una cantidad de acuerdo con los convenios internacionales, y de esa cuota, se asigna a Canarias sólo un 1,2 por ciento del
total nacional.



En Canarias, la captura de este pez se ha reducido, en los últimos 20 años, en más de un 90 por ciento. La cuota asignada a España asciende a aproximadamente 2.400 toneladas, de los que corresponde a los pescadores canarios 29 toneladas.
El sector pesquero y las autoridades canarias consideran que la proporción justa debe ser el triple de la cuota actual, y pasar del 1 al 3 por ciento.



Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aumentar hasta el 3 por ciento la cuota de atún rojo a pescar por la flota canaria dentro del cupo nacional correspondiente a España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2011.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.-M.ª Olaia Fernández Davila, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



161/002268


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la diputada M.ª Olaia Fernández Davila (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposicion no de Ley, relativa a
medidas a adoptar en la UE para reducir los descartes en la pesca comunitaria para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


El problema de los descartes en la actividad pesquera es un tema complejo pero que debe ser abordado por la UE en las negociaciones iniciadas para la Reforma de la Política Común de Pesca.



Es evidente que el descarte es una mala praxis y que debe reducirse su impacto puesto que supone el derroche de un recurso. Se necesita una mejor gestión para reducirlo a la mínima expresión.



La misma Comisión Europea reconoció en la reunión del 1 de marzo de 2011 que la actual legislación promueve los descartes porque la rígida distribución de las cuotas en base al principio de estabilidad relativa no ha sido capaz de seguir la
evolución de las flotas, de las técnicas y de los recursos a lo largo de los últimos 28 años.



En este sentido las dificultades son tanto políticas, como técnicas y socio-económicas.



En el plano político sería necesario un cambio en el equilibrio interno de la Política Común de Pesca en lo concerniente a las medidas técnicas, los TAC y las cuotas o la estabilidad relativa. Como bien sabe el Gobierno existe un gran
desequilibrio entre la titularidad de la cuotas y las flotas debido a que se mantiene sin cambios el reparto llevado a cabo hace casi treinta años.



En lo concerniente al plano económico, hay que tener en cuenta que reducir los descartes es una actuación costosa y pone en peligro el equilibrio económico de las empresas pesqueras de la UE y los puestos de trabajo.
Por eso se precisa de
consenso y que la situación se aborde flota por flota. Sostienen los profesionales del sector que el mercado y las instalaciones portuarias deberían estar preparados para absorber los volúmenes adicionales o cambios de composición que podría
conllevar el no descarte. Es decir, proporcionar una salida sin que con ello se hundan los precios.



Debe tenerse presente que en la UE existe una gran diversidad de pesquerías, y en algunas zonas coexisten hasta 100 especies de las cuales más de 50 son comerciales. Además, de distintas artes y flotas.



De ahí que se requiera de soluciones, pero adoptadas de forma gradual, tratando caso por caso, pesquería por pesquería y arte por arte. Para comenzar se requeriría de un cambio en la gestión pesquera de la UE, flexibilizando el sistema de
gestión. Una buena dirección sería la consistente en una gestión de la pesca basada en un sistema de derechos individuales transferibles en toda la UE, con mejores análisis científicos.



Un sistema que permitiría a las armadoras una planificación a largo plazo, programando sus actividades a lo largo del año, ajustando su oferta a las necesidades del mercado y del caladero. Favorece la seguridad de las tripulaciones y
también está demostrado que reduce los descartes. Un sistema ya implantado en países de fuera del entorno de la UE.



El actual sistema de TAC y cuotas de la UE consistente en un reparto rígido entre países, basado en el principio de 'estabilidad relativa' fomenta el descarte de todo aquello que se pesca de forma no intencionada y para lo que no se dispone
de cuota. Es un auténtico obstáculo para la realización de una legislación encaminada a reducir los descartes.



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Un sistema aprobado hace casi treinta años precisa de un cambio y de una seria actualización, porque durante ese largo periodo de tiempo ha habido una evolución que no se puede obviar. La UE debe enfrentarse a ese importante reto.



Otro pilar básico es el reforzamiento de la investigación y la colaboración científica e industrial. También es fundamental realizar una evaluación previa del impacto socio-económico antes de la adopción de medidas, asegurar que todos los
buques salgan de puerto con cuotas para las capturas o resolver el tema de las descargas y la comercialización del producto sin talla o cuota antes de obligar a descargarlo.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Promover en las negociaciones de reforma de la Política de Pesca Común (PPC) la modificación del principio de 'estabilidad relativa' basada en la rígida distribución de cuotas y proponer una gestión basada en un sistema de derechos
individuales transferibles en toda la UE.



- En dicho marco adoptar medidas para reducir los descartes en la pesca, problema que el actual sistema de TAC y cuotas fomenta.



- Reforzar los estudios científicos y la colaboración científica e industrial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2011.-M.ª Olaia Fernández Davila, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Comisión de Política Territorial


161/002265


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia


(161) Proposición no de Ley en Comisión.



Autor: Grupo Parlamentario Mixto.



Proposición no de Ley sobre medidas legales urgentes para combatir la corrupción e implantar la transparencia en la gestión de las instituciones públicas.



Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que se insta al Gobierno al ejercicio de su iniciativa legislativa en la materia, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del
Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Política Territorial. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González de Unión Progreso y Democracia (UPyD), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley, con el fin de promover la adopción de medidas legales urgentes para combatir la corrupción e implantar la transparencia en la gestión de las instituciones públicas, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


Según datos de la organización Transparencia Internacional, España se sitúa en el puesto 15 de los 27 países miembros de la UE en el índice de percepción de la corrupción 2010. En ese mismo año, sólo el Cuerpo Nacional de Policía
contabilizaba 750 investigaciones con más de 1.000 personas implicadas e incautó más de 3.000 millones de euros por casos de corrupción. Es por tanto evidente que la corrupción se ha convertido en un grave problema para la democracia española. El
prefacio de la Convención de la ONU contra la corrupción, ratificada por España el 9 de junio de 2006, la define como una plaga insidiosa de consecuencias corrosivas para la sociedad que no sólo socava la democracia, sino que distorsiona los
mercados y menoscaba la calidad de vida.



La corrupción, entendida como la práctica de actividades ilegales o contrarias a la moral pública con el fin de obtener un beneficio ilegítimo personal o para determinado colectivo, sea material o de otro tipo, es una consecuencia de las
capacidades humanas de elegir, engañar y abusar. Por tanto, no es posible erradicarla por completo, pero sí hacerla más difícil y combatirla con las leyes. La democracia tiene en la persecución de la corrupción de la gestión pública una de sus
bases fundamentales de legitimidad. En efecto, la corrupción es más fácil y habitual, cuando no endémica y estructural, en los Estados gobernados por dictaduras y regímenes autoritarios. Por el contrario, la


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corrupción es más difícil y está mucho más penalizada en los sistemas democráticos que velan por la igualdad ante la ley, la seguridad jurídica y la igualdad de oportunidades. No se trata de que la corrupción sea imposible en la democracia,
sino de que cuando se produce es perseguida y penalizada, y también de que la democracia está comprometida, en su búsqueda progresiva de un sistema político más libre, justo e igualitario, en el perfeccionamiento permanente de los instrumentos
disponibles contra la corrupción del gobierno de la cosa pública. Y es que admitir la corrupción como algo extendido, habitual y tolerado por inevitable acaba siendo uno de los fenómenos más devastadores para la democracia. Ataca directamente su
esencia al transgredir los principios del Estado de derecho, convierte en papel mojado la igualdad ante la ley, destruye la igualdad de oportunidades y, en definitiva, deslegitima al conjunto del sistema democrático mientras desprestigia
profundamente la política, que pasa a ser vista como una profesión de inmorales. Pues bien: en la opinión pública española se ha abierto paso la idea de que la corrupción de los cargos públicos y partidos políticos es algo usual, insuficientemente
penalizado e incluso beneficiado por zonas de impunidad, y en cualquier caso menos perseguido de lo que se debería.
Tanto por razones de justicia elemental como para recuperar el decaído prestigio de la política y de las instituciones democráticas,
resulta indispensable y urgente acometer un esfuerzo legislativo contra la corrupción, para lo que se propone al Congreso de los Diputados esta Ley de Principios y Medidas contra la Corrupción y por la Transparencia en la Gestión Pública.



1. Transparencia.



Por otra parte, las medidas legales de penalización de la corrupción en la gestión pública resultan insuficientes si no van acompañadas de la mejora del funcionamiento de las instituciones donde la corrupción encuentra su teatro de
operaciones. Los ciudadanos necesitan acceder a toda aquella información que les permita conocer y evaluar la actividad de las diferentes instituciones públicas. Y éstas han de generar de manera activa la información relevante y hacerla accesible
a los ciudadanos, facilitando de este modo la participación ciudadana, la evaluación pública de las administraciones y la permeabilidad de éstas a las propuestas de mejora y a las quejas por anomalías o mal funcionamiento institucional. Las
instituciones deben poner a los ciudadanos en el centro de su actividad para mejorar su calidad democrática. El derecho de acceso a la información es un derecho fundamental reconocido por la legislación internacional y la Constitución Española, que
fija sus únicos límites. El Convenio Europeo sobre Acceso a los Documentos Públicos, abierto a la firma de los Estados miembros el 18 de junio de 2009, establece que el ejercicio del derecho de acceso a los documentos públicos fomenta la
integridad, la eficacia, la eficiencia y la responsabilidad de las autoridades públicas, contribuyendo así a reforzar su legitimidad. Dicho instrumento parte del principio de que toda información registrada de cualquier forma, elaborada o recibida
y en posesión de las autoridades, es pública, pudiendo únicamente limitarse el acceso a los mismos para proteger otros derechos e intereses legítimos legalmente tasados que puedan claramente prevalecer sobre el derecho fundamental a la información.
Todas las personas tienen el derecho de solicitar toda la información a todas las administraciones e instituciones públicas sin tener que explicar para qué quieren la información o qué uso van a dar a la misma, y tienen el derecho de recibir una
respuesta en un plazo breve y en un formato claro y comprensible.



Las medidas para la mejora de la transparencia de la gestión pública son particularmente eficaces para este cometido, pues inducen un funcionamiento más eficaz de las instituciones políticas y de las administraciones públicas al introducir
principios de evaluación y seguimiento público del resultado de las decisiones administrativas, y obligando a informar en condiciones adecuadas de control y acceso público de todas las operaciones financieras y administrativas o de gobierno que no
estén protegidas por razones de seguridad o confidencialidad. Un efecto capital de las medidas de transparencia de la gestión es el de reducir las zonas de opacidad y las prácticas oscurantistas que favorecen la corrupción, desarrollando el viejo
principio de 'luz y taquígrafos' característico del Estado de derecho. Por otra parte, el desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación permite hoy poner en práctica sistemas de acceso público a la información impensables hace solo
unos años. El seguimiento público detallado, y en tiempo real, de la ejecución de un presupuesto público, un concurso o una subvención es perfectamente posible y por ello muy recomendable para la mejora del buen gobierno en términos democráticos.
Como norma general, cualquier entidad o persona que se beneficie de ayudas públicas debe dar cuenta igualmente pública del uso de esas ayudas y someter su actividad a auditoría externa y evaluación de resultados.



2. Justicia.



Entre las instituciones cuya función es perseguir y penalizar la corrupción la principal es, sin duda alguna, la administración de justicia. Una justicia eficaz y eficiente es imprescindible para prevenir y corregir prácticas corruptas, y
viceversa, la pérdida de eficacia y eficiencia de la administración de justicia ya es, por sí misma, un factor negativo que favorece la extensión e impunidad de la corrupción.
De ahí que sea necesario concebir como un todo la mejora de la
administración de justicia y la lucha contra la corrupción. En este sentido tiene capital importancia garantizar la autonomía de la justicia y de sus órganos de gobierno, pues es evidente que una justicia bajo la dependencia o el control


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de aquellos sujetos o instituciones habitualmente implicados en casos de corrupción, como son en primer lugar los cargos públicos y los órganos de los partidos políticos, resultará muy poco o nada eficaz a la hora de perseguirlos y
penalizarlos, incurriendo en el vicio de ser 'juez y parte'. Una justicia eficaz y autónoma de los demás poderes del Estado, según el clásico principio de separación de los tres poderes básicos, es absolutamente imprescindible para combatir la
corrupción con eficacia, credibilidad y legitimidad.



La pérdida de autonomía de la justicia tiene como correlatos otros fenómenos que también favorecen la extensión de la corrupción a consecuencia del debilitamiento de la democracia y sus instituciones. Uno de ellos es la merma de la calidad
jurídica de las leyes producidas por el legislativo, responsable de que aumente el recurso a la interpretación jurídica de una determinada ley por órganos judiciales que no cuentan con el requisito previo de independencia en la designación de sus
miembros y, por tanto, de una autonomía suficiente. La consecuencia es que el Constitucional, la Audiencia Nacional o el Supremo se ven compelidos en ocasiones a actuar como cámaras legislativas de tercera lectura para corregir la deficiencias
jurídicas de las leyes aprobadas por el Parlamento, pero resultando que esta misma 'tercera cámara', no prevista por la Constitución, está formada por miembros designados por los partidos políticos parlamentarios a través de asociaciones
profesionales que les son afines, cuya labor se ven obligados a autorizar e interpretar más veces de lo aconsejable. Esta manera de proceder favorece la proliferación de normas, reglamentos y leyes en ocasiones contradictorias e incluso
antagónicas, en muchas ocasiones vigentes a todos los efectos mientras estaban recurridas en algún órgano jurisdiccional de la administración de justicia. La maraña legal consecuencia de esta pérdida de calidad jurídica de las leyes aprobadas por
el Parlamento, por los mismos partidos que han intervenido la autonomía del poder judicial, favorece también la corrupción y dificulta la transparencia al dificultar objetivamente la acción de la justicia y suministrar excusas o apariencia de
legalidad a prácticas que no lo son. Las fronteras entre lo que es lícito y lo que no lo es en la gestión pública se vuelven así más borrosas y son más fáciles de transgredir sin control ni penalización suficiente. Finalmente aparece también ese
relativismo jurídico en virtud del cual el cumplimiento de una ley acaba siendo discrecional, o sometido a interpretaciones relativistas obedientes a intereses particulares antes que a los principios democráticos de igualdad e imperio de la ley, lo
que sin duda favorece la extensión de la corrupción como un fenómeno que resulta tolerable y relativo en su naturaleza en función de la luz y circunstancias bajo la que sea considerado. Así, no faltan casos de cargos públicos imputados por
corrupción que alegan para justificarse y eludir la responsabilidad su intención de favorecer a la institución donde ejercen sin perseguir el lucro 'personal'.



En definitiva, una justicia carente de la autonomía imprescindible en un Estado de derecho donde, además, es corriente recurrir a ella para rectificar las consecuencias de la mala calidad jurídica de muchas leyes y de la proliferación de
toda clase de normativas de distinto ámbito, acaba facilitando la extensión e impunidad de la corrupción en lugar de prevenirla, impedirla y penalizarla.



3. Partidos y clientelismo.



Por otra parte, la acción jurídica contra la corrupción no es ni mucho menos suficiente por sí misma para combatir aquélla. La proliferación de normas y leyes puede hacer muy poco, e incluso resultar contraproducente si no se procede a
reformar las instituciones públicas y privadas más implicadas en su desarrollo, es decir, aquellas instituciones que ofrecen la oportunidad y encubren las prácticas de corrupción. Entre estas últimas, los partidos políticos tienen un papel
protagonista, como lo demuestra la frecuencia rutinaria con la que cargos de partidos políticos, e incluso los partidos como tales, aparecen implicados en procesos de corrupción junto con personas y entidades beneficiarias asociadas a esos cargos y
partidos en asociaciones clientelares. En esta relación, determinadas personas y entidades se asocian con opacidad y ánimo de lucro ilegal a cargos o partidos capaces de satisfacerlo, aprovechando la capacidad de los cargos políticos para
beneficiar a sus asociados clientelares mediante contratos, decisiones administrativas o normativas y reglamentos que favorezcan su asociación en detrimento de quienes compitan cumpliendo las reglas legales. El clientelismo asociado al poder
discrecional de cargos y partidos políticos en las instituciones es, pues, un fenómeno esencial en la raíz de la corrupción política.



Las administraciones con mayor número de empleados públicos nombrados por un cargo o partido político son las más proclives a corromperse. Por esta razón es necesario reducir al máximo posible el número de cargos de libre designación o de
confianza, especialmente en aquellos puntos críticos donde se toman decisiones de alcance económico, tales como otorgar contratos públicos. La contratación pública se ha identificado como la actividad de gobierno más vulnerable a la corrupción, de
forma que la transparencia y la rendición de cuentas se consideran como condiciones clave para la promoción de la integridad y la prevención de la corrupción, eliminando las 'zonas oscuras' y la discrecionalidad.



Debe erradicarse el hábito de colocar a un número desproporcionado de 'personas de confianza' de un partido político o cargo electo en las administraciones públicas al resultar un incentivo objetivo de la corrupción. Dichos cargos de libre
designación y asesores a sueldo deben ser sustituidos por funcionarios de carrera o por empleados públicos de valía contrastada y


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cuyo futuro laboral no dependa de su lealtad al partido al que están vinculados, sino al de su capacidad y mérito profesional, sometido a evaluaciones objetivas periódicas, en la institución pública donde desempeñen su labor. En las
administraciones públicas, la cadena de toma de decisiones no debe estar reservada a los cargos electos y a sus personas de confianza, sino compartida con empleados públicos neutrales sin interés personal en beneficiar ilícitamente a un partido o
cargo determinado. La adopción de medidas de transparencia ayudará sin duda a dificultar mucho las prácticas corruptas habituales derivadas del sistema clientelar y de los nombramientos de confianza entre los leales al partido:


4. Financiación ilegal.



La financiación ilegal de algunas instituciones públicas y privadas es sin duda otro de los incentivos más tenaces y habituales de la corrupción, apareciendo ligadas en numerosas ocasiones en la administración municipal. Las dificultades
financieras de los ayuntamientos tienen varios orígenes, destacando la necesidad de responder al gasto por asunción de competencias carentes de la financiación adecuada, y los compromisos derivados del propio ejercicio del poder local que tampoco
cuentan con una financiación suficiente basada en los recursos fiscales municipales. El desfase entre gastos e ingresos municipales, unido a las competencias de los ayuntamientos en materia de recalificación de suelo y de los correspondientes
aprovechamientos urbanísticos e industriales, ha convertido en muchos casos la especulación de terrenos en un recurso financiero de primera magnitud para las entidades locales. Estas prácticas no solo rozan muchas veces la ilegalidad, sino que
otras muchas han incurrido de lleno en prácticas de corrupción a varias bandas donde los beneficiarios han sido tramas compuestas por cargos y partidos, instituciones y empresarios asociados para estas ilegalidades.



Respecto a la financiación ilegal de los partidos políticos, es también una consecuencia del desfase entre su gasto corriente e inversiones como la publicidad y las campañas electorales, y su capacidad real de financiación mediante las
aportaciones de sus afiliados y las aportaciones públicas que puedan corresponderles por ley. De nuevo es fundamental implantar políticas de transparencia que hagan públicas las cuentas de los partidos políticos, el origen de sus ingresos y el
destino de sus gastos, tanto más cuando la calidad democrática de los partidos políticos es parte fundamental de la del sistema. Es imposible esperar que partidos políticos habituados a tolerar la corrupción en su financiación lideren la lucha
contra la corrupción en las instituciones que gobiernan y que en no pocas ocasiones emplean precisamente para obtener formas fraudulentas y opacas de financiación. Como entidades que reciben ayudas públicas, los partidos políticos deben someterse a
la auditoría y evaluación pública y transparente del uso de estas ayudas, y deben disponer de una base de autonomía financiera en base a sus propios recursos, como cuotas y donativos de afiliados o simpatizantes. La autonomía financiera de los
partidos políticos es además un requisito para mejorar la integridad de las prácticas financieras en las administraciones que gobiernan, pues con partidos financieramente autónomos las instituciones estarían sometidas a muchas menos presiones para
favorecer intereses ilícitos. Lo mismo cabe reclamar, a su respectivo nivel y ámbito competencial, de sindicatos, patronales y asociaciones profesionales o de interés público que reciban ayuda pública.



5. Reparto competencial.



La eliminación de la financiación ilegal de los ayuntamientos y entidades locales reclama un reparto competencial más claro y delimitado, basado en el principio de que ninguna administración debe asumir el ejercicio de competencias que
correspondan a otra o que ésta ya esté ejerciendo, y que en todos los casos ninguna administración debe asumir -en circunstancias normales aunque no en situaciones de emergencia- el ejercicio de competencias que no estén debidamente financiadas por
la ley respectiva.
El objetivo de este reparto competencial y del requisito de responsabilidad fiscal para ejercerlas es evitar que las instituciones públicas incurran en desequilibrios financieros recurrentes que incentiven el recurso a la
financiación ilegal para hacer frente a endeudamientos excesivos e inasumibles con la financiación ordinaria.



En el caso de las instituciones y administraciones públicas, las medidas de transparencia deben prever e impedir las prácticas de confusión y maquillaje contable consistentes en ocultar, desviar o aplazar deuda a empresas o entidades
satélites de las instituciones de gobierno que han producido la deuda. La calidad democrática de la gestión exige que la información pública sobre el estado financiero de las administraciones e instituciones sea veraz, actual y contrastable, fines
que implican la máxima claridad en la composición, estado financiero y objetivos de la red de empresas y entidades públicas, semipúblicas o participadas que gravitan en torno a las instituciones. Las redes opacas y las prácticas de maquillaje
contable favorecen objetivamente la extensión y tolerancia de las prácticas corruptas vinculadas a la financiación ilegal, y por eso mismo deben ser combatidas en el marco de la lucha contra la corrupción y por una gestión transparente.



6. Imputados.



Finalmente, la lucha contra la corrupción política debe incluir penas proporcionadas para los condenados por corrupción tras un proceso judicial, pero también la exclusión de las instituciones de aquellas personas


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imputadas judicialmente en los procesos por corrupción, tanto por razones jurídicas como para moralizar la vida pública y prestigiar la política y las instituciones democráticas. La presunción de inocencia no puede convertirse de modo
abusivo, sin daño para la democracia, en una patente de corso que permite enrocarse en las instituciones públicas a los imputados por corromper su funcionamiento, utilizando para su defensa los medios materiales y jurídicos que la institución puede
poner a su servicio, con lo que esto implica de mal uso de tales recursos, privatizados de hecho para servir a intereses personales, y de suspensión de la igualdad ante la ley mediante las ventajas de todo tipo de que pueden disponer los cargos
públicos en contraste con los ciudadanos privados.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Mixto (Unión, Progreso y Democracia) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar en el más breve plazo posible las modificaciones legales necesarias para combatir la corrupción y promover la transparencia en la gestión de las instituciones públicas, incluyendo
al menos estos dos grupos de medidas:


1. Medidas para evitar la presentación de imputados por delitos contra las Administraciones Públicas en procesos electorales, contra la corrupción en la contratación administrativa y para el reforzamiento de las incompatibilidades, la
despolitización del nombramiento de los miembros del Tribunal de Cuentas, la profesionalización y despolitización del empleo público, y para el control público de la financiación de los partidos políticos.



2. Medidas para regular legalmente la publicidad de los Presupuestos, las campañas de publicidad institucional eliminando las superfluas, instaurar procedimientos legales de evaluación de las políticas públicas, crear un Registro Público de
Subvenciones accesible a todos los ciudadanos, y regular por ley la transparencia en la gestión económica de las subvenciones públicas, la financiación de sindicatos y organizaciones empresariales y las retribuciones de los cargos públicos, así como
el acceso a la información sobre contratación pública a través de un Registro Público de Contrataciones accesible a todos los ciudadanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2011.-Rosa María Díez González, Diputada.-M.ª Olaia Fernández Davila, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo


161/002276


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a mejorar la atención de
las personas afectadas por fibromialgia y síndrome de fatiga crónica, para su debate en la Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo.



Exposición de motivos


Cada año se diagnostican en España alrededor de 120.000 casos de fibromialgia y síndrome de fatiga crónica. Se calcula que, en la actualidad, estas enfermedades afectan a más de un millón de personas, entre el 2 y el 4 % de la población,
siendo mujeres en un 90 % de los casos. Estas personas conviven, día a día, con estas enfermedades músculo-esqueléticas que causan el 60 % de las bajas laborales y que muchas veces son incomprendidas, no solo por los profesionales sanitarios, sino
por su propio entorno familiar y laboral. Destaca asimismo, la elevada prevalencia de estas enfermedades en el ámbito rural, de un 4,1 %, frente a la registrada en el medio urbano, que es de un 1,7 %.



La fibromialgia presenta, entre otros síntomas: el dolor osteomuscular generalizado y crónico, la fatiga, problemas gastrointestinales, sensación de hormigueo o entumecimiento en distintas partes del cuerpo y trastornos del sueño.



El síndrome de fatiga crónica, por su parte, trata de una afección de cansancio o agotamiento fuerte y prolongado que no se alivia con el descanso. Además de la fatiga, presenta un amplio espectro sintomático que abarca artralgias,
mialgias, cefaleas, ansiedad, síntomas depresivos, alteraciones del sueño o intolerancia al ejercicio físico, entre los más frecuentes.



En octubre de 2009, la revista científica Science publicó un estudio llevado a cabo por científicos del Whittemore Peterson Institute (WPI) en Nevada, la Clínica de Cleveland y el Instituto Nacional del Cáncer de los EEUU, por el que
detectaron el ADN del retrovirus XMRV en las células sanguíneas del 98 % de los pacientes con síndrome de fatiga crónica analizados. El XMRV es el tercer retrovirus encontrado en la especie humana. Solo hay otros dos retrovirus conocidos en el ser
humano: la leucemia de células T y el VIH. Resulta, por tanto, de especial importancia profundizar en esta investigación.



La dificultad para objetivar y cuantificar los síntomas de estos pacientes, unida a la falta de una formación específica de los médicos tanto en atención primaria como especializada, presenta una importante


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dificultad para establecer su diagnóstico, lo que, en no pocas ocasiones, supone que los pacientes de esta enfermedad sean incomprendidos no solo por los profesionales sanitarios, sino por su propio entorno familiar y laboral.



El tratamiento de la fibromialgia y el síndrome de fatiga crónica implican, en muchos casos, a múltiples profesionales, dado que se trata de enfermedades que afectan al paciente tanto física como psicológicamente, provocando un gran número
de dificultades para la vida diaria. En la actualidad constituyen un importante problema de salud por su elevada prevalencia; por la frecuente existencia de co morbilidades; así como por el alto índice de frecuentación y consumo de recursos
sanitarios que originan.



En los últimos años, los afectados por fibromialgia y síndrome de fatiga crónica vienen reivindicando de forma continuada una mayor atención por parte de las Administraciones con el fin de paliar los numerosos problemas a los que se
enfrentan. A pesar de estar reconocidas como enfermedades por la Organización Mundial de la Salud (OMS) desde 1992, no reciben el mismo tratamiento y consideración dentro del Sistema Nacional de Salud. No todas las comunidades autónomas cuentan
con protocolos de actuación ni con planes específicos de formación sobre estas enfermedades para sus profesionales sanitarios, lo que se traduce en una gran inequidad en el diagnóstico y el tratamiento que se recibe, que varía en función del lugar
de residencia del paciente.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer, en colaboración con las Comunidades Autónomas, un protocolo común para el diagnóstico y tratamiento de la fibromialgia y el síndrome de fatiga crónica. Asimismo, crear unidades multidisciplinares con el mismo fin.



2. Impulsar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, programas de formación especializada en estas enfermedades, dirigidos a los profesionales sanitarios, sobre todo a los de atención primaria.



3. Promover, en colaboración con las Comunidades Autónomas y con las asociaciones de pacientes de fibromialgia y síndrome de fatiga crónica, campañas de información y sensibilización dirigidas a la población en general sobre estas
enfermedades para facilitar su conocimiento y comprensión.



4. Promover la investigación sobre la incidencia y presencia del retrovirus XVRM en las personas afectadas por síndrome de fatiga crónica.



5. Elaborar un informe sobre las causas por las que la incidencia del síndrome de fatiga crónica en el medio rural es casi dos puntos superior al de ámbito urbano.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2011.-María del Carmen Quintanilla Barba y Mario Mingo Zapatero, Diputados.- María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



161/002277


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a promover medidas
dirigidas a mejorar la atención de los afectados por el síndrome de sensibilidad química múltiple, para su debate en la Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo.



Exposición de motivos


Cada vez son más los ciudadanos que sufren el síndrome de sensibilidad química múltiple (SSQM), según los distintos grados en los que se desarrolla Se trata de una afección compleja que se manifiesta como una respuesta fisiológica frente a
multitud de agentes y compuestos químicos que se pueden encontrar en el medio ambiente, incluso en niveles muy pequeños, desde metales a alimentos, pasando por medicamentos, productos de perfumería, insecticidas, humos, etc. Para los afectados por
esta 'enfermedad ambiental', el entorno es un medio hostil, lo que puede limitar seriamente su calidad de vida.



Este trastorno provoca síntomas y reacciones muy diversas en función de cada persona y de su grado de afectación. Todavía no se ha incluido en la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud
(OMS), conocida como CIE-10, pero sí ha sido reconocida como enfermedad en países como Alemania, Austria y Japón.



El hecho de no estar reconocido como enfermedad supone no tener cobertura de la Seguridad Social y que los propios afectados por el síndrome de sensibilidad química múltiple tengan que hacer frente al pago, no solo de los escasos y costosos
tratamientos que existen en la actualidad, sino también de elementos tan básicos, como pueden ser unas simples mascarillas o guantes, tal y como denunciaba recientemente ante los medios de comunicación Elvira Roda. Esta joven de Alboraya (Valencia)
vive recluida en su casa, precintada herméticamente, para evitar la exposición a cualquier sustancia química que podría provocarle la muerte.



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En España, en abril de 2010, se creó un grupo de trabajo formado por representantes del Ministerio de Sanidad y Política Social, el Instituto de Salud Carlos III, sociedades científicas y expertos en la materia con el fin de elaborar un
documento para la mejora de la calidad y equidad en la atención de los afectados por el síndrome de sensibilidad química múltiple, dentro del Sistema Nacional de Salud, en línea con los planteamientos que establece el Plan de Calidad para dicho
sistema.



Un año después, aún no se ha presentado este documento tan esperado por los afectados por este síndrome, que siguen sintiéndose abandonados y discriminados.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que en el plazo máximo de dos meses, el grupo de trabajo constituido en 2010 presente el documento para la mejora de la calidad y equidad en la atención de los afectados por el síndrome de sensibilidad química múltiple.



2. Que, una vez concluido el documento de consenso, y en colaboración con las Comunidades Autónomas, establezca un protocolo común para el tratamiento del SSQM.



3. Que promueva, en colaboración con las Comunidades Autónomas y con las asociaciones de pacientes, campañas de información y sensibilización sobre el SSQM, dirigidas a la población, para facilitar su conocimiento y comprensión.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de junio de 2011.-María del Carmen Quintanilla Barba y Mario Mingo Zapatero, Diputados.- María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Comisión de Igualdad


161/002272


A la Mesa del Congreso los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
extensión de los mecanismos de protección en materia de violencia de género, para su debate en la Comisión de Igualdad.



Exposición de motivos


El servicio telefónico de atención a las víctimas de violencia de género se basa en la utilización de técnicas de comunicación de telefonía móvil y de telelocalización que permiten que las mujeres puedan entrar en contacto en cualquier
momento con un Centro donde el personal específicamente preparado puede dar una respuesta adecuada a sus necesidades. Además, ante situaciones de emergencia, el personal del Centro está preparado para dar una respuesta ajustada a la crisis
planteada, bien a través de sus propios medios, o movilizando otros recursos humanos y materiales.



Actualmente las nuevas tecnologías constituyen un elemento fundamental en la protección de las mujeres víctimas de violencia de género, ya que permite su localización en cualquier parte del mundo con bastante precisión, por lo que se
configuran como un instrumento de protección de la integridad física de las personas.



Por este motivo, es fundamental mejorar este servicio para que llegue a un mayor número de mujeres víctimas de violencia, con la finalidad de aumentar su seguridad y protección. Un segundo objetivo debería ser hacerlo accesible a otras
usuarias que se encuentren en una situación de riesgo.



En cuanto al maltratador, el artículo 64.3 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, prevé la posibilidad de que los órganos judiciales acuerden la utilización de
instrumentos de tecnología adecuada para controlar el cumplimiento de las medidas de alejamiento impuestas con carácter cautelar en los procedimientos que se sigan por violencia de género.
Indicar al maltratador tanto el lugar donde debe permanecer
como al que no puede acceder, y supervisar telemáticamente el cumplimiento de esa restricción es, sin lugar a dudas, una forma de garantizar la seguridad y la integridad física de las mujeres víctimas de violencia de género y, por tanto, una acción
prioritaria de los poderes públicos.



En la lucha contra la violencia de género se tiene que avanzar optimizando todas las medidas de prevención y protección que ya se han puesto en funcionamiento y tienen una experimentación, así el sistema de localización por medios
telemáticos para el cumplimiento de penas de alejamiento y la mejora del servicio telefónico, lo que debe suponer un paso adelante en la utilización de los recursos y progresar en la erradicación de la violencia ejercida contra las mujeres.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Continuar avanzando en la protección integral de las mujeres víctimas de violencia de género y responder a sus necesidades ante situaciones de riesgo, así como a optimizar los recursos puestos a su disposición con-este fin, en coordinación y
colaboración con las Administraciones territoriales. En especial:


- Extender el servicio telefónico de atención y protección de víctimas de violencia de género (ATENPRO) a las mujeres que no tienen medida de protección por no haber presentado denuncia o haber desistido de la misma, entre otros supuestos,
siempre que pueda acreditarse que están recibiendo atención por la situación de violencia padecida.



- Extender el sistema de seguimiento por medios telemáticos, actualmente aplicable a las medidas cautelares, al control del cumplimiento efectivo de las penas de alejamiento de maltratadores, mediante la revisión y adecuación de los
protocolos de actuación aplicables al respecto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2011.-Carmen Montón Giménez, Diputada.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



161/002273


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
violencia de género en la mujer con discapacidad, para su debate en la Comisión de Igualdad.



Exposición de motivos


Las mujeres son mayoría en el colectivo de personas con discapacidad. La doble discriminación que padecen se agrava, aún más, cuando estas mujeres son, a su vez, víctimas de violencia de género, debido a su mayor indefensión y/o dependencia
y al posible ambiente de sobreprotección en el que viven algunas de ellas. Dicha vulnerabilidad como grupo de riesgo, se puso de relieve con motivo de los trabajos e informe emitido en diciembre de 2009 por la Subcomisión el estudio y el
funcionamiento de la Ley Integral de Medidas contra la Violencia de Género en el Congreso de los Diputados.



Las actuaciones y medidas desarrolladas en el marco de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, dirigidas a prevenir, erradicar y sancionar la violencia de género, así como
a proteger a sus víctimas, abordan la situación específica de las mujeres con discapacidad. El diseño y la aplicación de estas actuaciones y medidas se lleva a cabo teniendo en cuenta las necesidades y demandas particulares de estas mujeres, lo que
exige, indudablemente, tener un amplio conocimiento de la magnitud del fenómeno violento en este colectivo de mujeres.



Pese a los avances realizados, la mejora de las medidas puestas en marcha y la implementación de otras nuevas pasa por la necesidad de disponer de más datos sobre la situación real de las mujeres con discapacidad víctimas de violencia de
género que contribuyan a facilitar el conocimiento de la incidencia de la violencia de género en este colectivo, la detección de los posibles casos, y las causas y efectos de la violencia sobre estas mujeres. De este modo, se contribuirá a
visibilizar la situación de discriminación y vulnerabilidad en que se encuentran las mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género; servirá también para avanzar en los protocolos de actuación existentes en casos de violencia de género y
adaptarlos a las situaciones de diversidad funcional existente, ampliando el conocimiento de estas circunstancias especiales al conjunto de operadores jurídicos y sociales en materia de violencia de género y con los servicios de atención a la
discapacidad; sensibilizando específicamente al conjunto de la ciudadanía al respecto y avanzando progresivamente en la adaptación de las medidas y servicios que se implementen a sus necesidades y demandas específicas.



Por todo ello, es preciso avanzar en la disponibilidad de indicadores y datos desagregados dirigidos a analizar la magnitud, evolución e incidencia de la violencia de género en las mujeres con discapacidad, lo que redundará en la
transversalidad y accesibilidad de las medidas impulsadas.



Con esta finalidad, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'La Comisión de Igualdad del Congreso insta al Gobierno a realizar las siguientes actuaciones:


- Contemplar en las macroencuestas así como en todas las encuestas e investigaciones sobre violencia de género promovidas por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, la obtención de datos desagregados referidos a la posible
diversidad funcional o dependencia de las personas entrevistadas, garantizando en todo caso el respeto de la protección de los datos de carácter personal recabados.



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- Garantizar el acceso de las mujeres con discapacidad a los recursos puestos en marcha para la atención y la protección integrales a las víctimas de violencia de género, conforme al principio de accesibilidad universal.



- Mejorar la información correspondiente, así como su divulgación y extensión en los materiales de prevención de violencia de género, entre las asociaciones y entidades especializadas en discapacidad, con el fin de avanzar en la detección de
casos y en la adaptación de servicios que atiendan a dichas circunstancias.



- Seguir impulsando el trabajo conjunto con operadores jurídicos, servicios profesionales y asistenciales vinculados a la política pública de erradicación de violencia de género, mediante el intercambio de conocimiento y experiencias con los
servicios y colectivos relacionados con las personas con diversidad funcional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de mayo de 2011.-Carmen Montón Giménez, Diputada.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/002264


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la lucha contra el SIDA,
la tuberculosis y la malaria en el marco de la próxima Asamblea Especial de Naciones Unidas sobre VIH/SIDA el 8, 9 y 10 de junio de 2011, para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.



Exposición de motivos


En el año 2011 se cumplen 30 años de la existencia del SIDA. En este periodo la enfermedad se ha cobrado la vida de 25 millones de personas dejando a más de 16 millones de niños huérfanos. Otros 33 millones de personas viven a día de hoy
con el virus del SIDA con tan solo un tercio de las personas con necesidad de tratamiento, accediendo a él y más de 9 millones a la espera de tratamiento. Gracias a los esfuerzos y los programas realizados, el número de nuevas infecciones está
descendiendo y el acceso a tratamiento aumentando.



Los esfuerzos tanto nacionales como internacionales han resultado en una sustancial reducción del número de nuevas infecciones en un gran número de países: en un 25 % en 33 países, la mayoría de ellos en el África subsahariana. También se
han reducido la trasmisión del VIH de madre a hijo en más de un 50 % y más de 6 millones tienen ya acceso a tratamiento, reduciendo con ello en más de un 20 % el número de muertes relacionadas con el SIDA. Sin embargo, y a pesar de los grandes
progresos desde que el VIH fue detectado, los logros, aunque prometedores, son insuficientes. 33 millones de personas viven con la enfermedad, más de dos millones de personas mueren al año y 7.000 personas se infectan diariamente con el virus,
incluidos 1.000 niños. La mayoría de todos los casos en países de medios y bajos ingresos.



El VIH afecta a zonas de todo el mundo, sin embargo, África Subsahariana continúa siendo la región más afectada. Por ello, el VIH continúa siendo un reto de envergadura global que amenaza los derechos humanos, la dignidad, la esperanza de
vida y el desarrollo social, económico y político de los pueblos. El VIH continúa siendo un riesgo social y económico en muchos países y por ello requiere de una respuesta excepcional global y sostenida en el futuro próximo.



Especial atención merece la expansión de la feminización de la epidemia ya que las mujeres representan el 50 % de las personas viviendo con la enfermedad en el mundo y más del 60 % de las personas viviendo con la enfermedad en África, y la
violación de los derechos humanos que continúa obstaculizando la lucha contra la pandemia, impidiendo abordar con franqueza el problema del VIH, siendo el estigma y la discriminación que sufren las personas viviendo con VIH/SIDA y los colectivos
especialmente vulnerables, uno de los mayores impedimentos para lograr progresos más acelerados en la repuesta.



La investigación juega un importante rol en la prevención y tratamiento del VIH/SIDA, y se han conseguido extraordinarios avances en el conocimiento científico sobre la enfermedad a lo largo de estos años. A pesar de ello, la mayoría de los
nuevos avances y tratamientos no están disponibles y/o adaptados a los países de bajos y medios ingresos.



España ha dado un importante apoyo financiero a la investigación de nuevas tecnologías de prevención como vacunas o microbicidas aunque es preocupante la drástica y desproporcionada reducción en el año 2011 de los fondos destinados para tal
fin.



El incremento en la financiación global disponible ha sido clave para los grandes resultados conseguidos en VIH pero también para aumentar de manera extraordinaria la financiación disponible para la salud. Sin embargo, los recursos
mundiales destinados a la lucha contra la epidemia se han congelado en este último año y, en concreto, fondos que España ha destinado a esta causa en el pasado año 2010 se han reducido.



El papel imprescindible que el Fondo Mundial de lucha contra el SIDA, la tuberculosis y la Malaria (FM) ha sido un actor clave para ampliar el acceso al tratamiento, prevención y cuidados en la población general pero, sobre todo, en los
colectivos más vulnerables y excluidos así como para la movilización de recursos.



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Este es el contexto en el que tendrá lugar los próximos 8, 9 y 10 de junio la Asamblea Especial de Naciones Unidas sobre VIH/SIDA (UNGASS), que celebra su décimo aniversario desde que en 2001 se adoptó la primera Declaración de Compromiso en
la lucha contra el SIDA. En la UNGASS, la comunidad internacional deberá reconocer que los esfuerzos no han sido suficientes para alcanzar el acceso universal a la prevención, tratamiento, atención y cuidados tal y como la comunidad internacional
se había comprometido a hacer en el año 2010. Esta Sesión Especial es una oportunidad única para examinar los progresos realizados y evaluar los obstáculos que aún quedan por resolver para asegurar la terapia antirretroviral (TAR) para 13 millones
de personas en el año tal y como ha pedido el Secretario General de NNUU, Ban Ki-Moon.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposicion no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en el marco de la próxima Asamblea Especial de Naciones Unidas sobre VIH/SIDA el 8, 9 y 10 de junio de 2011, a promover las siguientes medidas:


1. Avanzar en la lucha contra el VIH/SIDA, la tuberculosis, la malaria y otras enfermedades para lograr alcanzar el objetivo número 6 de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.



2. Reconocer la necesidad de seguir ampliando el acceso a tratamiento para salvar vidas así como capitalizar nuevos conocimientos sobre la reducción de la carga viral (la cantidad de virus en el organismo) para reducir el riesgo de
transmisión, convirtiendo por tanto al tratamiento mismo en una herramienta de prevención y un componente fundamental de una estrategia de prevención, sin que eso implique menoscabar el tratamiento.



3. Reducir la brecha financiera en la respuesta global del VIH a través de una mayor inversión nacional e internacional que permita a los países acceder a unos recursos financieros predecibles y sostenibles en el tiempo.



4. Asegurar que el Fondo Mundial cuenta con los recursos necesarios para poder mantener su modelo basado en la demanda y poder así aumentar el número de vidas salvadas.



5. Reafirmar la necesidad del derecho a la salud para todas las personas sin discriminación, especialmente de los grupos más vulnerables, además de la necesidad de un enfoque de derechos para hacer frente al VIH que asegure se respetan,
protegen y cumplen los derechos humanos de las personas que viven con, o son especialmente vulnerables, al VIH y al SIDA.



6. Crear un marco jurídico social y político propicio para maximizar el impacto de los programas de VIH incluyendo el fortalecimiento y la promulgación de leyes que protejan este derecho y eliminando todas las formas de estigma y
discriminación existentes relacionadas con la enfermedad, y transformando entornos sociales, culturales y legales que vulneran los derechos humanos.



7. Asegurar que la salud y las necesidades sanitarias de aquellas poblaciones afectadas por el VIH son atendidas dentro de los necesarios esfuerzos por fortalecer los sistemas de salud, incluido el apoyo para la promoción y organización de
la comunidad, los esfuerzos para fomentar un entorno propicio y políticas sociales y jurídicas que aseguren el acceso pleno y abierto a los servicios de salud.



8. Aumentar las inversiones y acelerar la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías para la prevención, incluidas las vacunas y los microbicidas, asegurando un acceso y un acceso equitativo.



9. Apoyar una rápida implementación de las nuevas guías de tratamiento de la Organización Mundial de la Salud.



10. Apoyar políticas que fomenten la competencia genérica para asegurar una reducción del precio de los medicamentos y controlar lo que podría ser una explosión de costes asociada a una atención crónica de por vida, animando a los estados
miembros a utilizar las flexibilidades del ADPIC.



11. Incentivar la incorporación de las compañías farmacéuticas al Pool de Patentes Farmacéuticas para negociar mejores licencias y una mayor disponibilidad de los medicamentos para tratar el VIH/sida.



12. Fomentar nueva normativa mundial sobre investigación y desarrollo en el campo de la salud, que incluya mecanismos basados en incentivos que contribuyan a desvincular el coste de la investigación y de desarrollo del precio final de los
productos.



13. Acordar una próxima reunión de alto nivel y una revisión, incluyendo una revisión intermedia para evaluar el progreso alcanzado hacia el acceso universal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2011.-Gonzalo Robles Orozco, Diputado.-María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002275


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la promoción de la accesibilidad
en las webs 2.0 (redes sociales,


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foros, wikis, etc.), para su debate en la Comisión de Políticas Integrales de Discapacidad.



Exposición de motivos


Estamos en una fase del desarrollo de Internet en la que predomina la llamada 'web 2.0', que se caracteriza por la posibilidad de participación e interacción de los usuarios y en la que se incluyen tanto las redes sociales, como los foros o
las plataformas colaborativas de gestión de conocimiento (wikis), etc.



Las denominadas redes sociales en línea han alcanzado en los últimos años una relevancia extraordinaria como medio de comunicación y relación personal, que hoy usan habitualmente millones de personas tanto en España como en el mundo.



No obstante, a pesar de su éxito, se han formulado muchas denuncias por la inaccesibilidad de las redes sociales más extendidas, lo que impide o dificulta enormemente la participación de las personas con discapacidad en estas plataformas de
comunicación y relación en Internet.



Son muchas las quejas de usuarios con discapacidad por la ausencia de accesibilidad de las principales redes sociales, que no están concebidas con arreglo a criterios de 'diseño para todos', provocando exclusiones y barreras en el acceso y
uso normalizado de estos canales.



El informe sobre accesibilidad de las redes sociales presentado por la Fundación ONCE resulta demoledor, ya que indica que ninguna de las mayores redes sociales reúne los criterios mínimos de accesibilidad.



Dado que muchas compañías que explotan estas redes no han incorporado a iniciativa propia criterios de accesibilidad, pese a la demanda de los usuarios con discapacidad y sus organizaciones representativas, se hace necesario promover el
establecimiento de unas condiciones básicas de acceso y uso que permita a cualquier persona disfrutar de las web 2.0, que constituyen ya uno de los más importantes canales de relación y comunicación.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la aplicación de las normas y obligaciones de accesibilidad, que ya rigen para las páginas de Internet de las administraciones públicas y las grandes empresas, a las 'webs 2.0'
(redes sociales, foros, wikis, etc.).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2011.-Francisco Vañó Ferre, Diputado.-María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


161/002280


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente Proposición no de Ley, con el objeto de que las personas con
discapacidad sobrevenida, como consecuencia de trastornos adictivos, se beneficien del Fondo de Bienes Decomisados por Tráfico de Drogas, para su debate en la Comisión de Políticas Integrales de Discapacidad.



Exposición de motivos


Una de las consecuencias de los trastornos adictivos es la aparición sobrevenida de discapacidades, fundamentalmente de orden mental o psicosocial. Esta realidad, desafortunadamente, no hace sino crecer en los últimos años.



La discapacidad sobrevenida está adquiriendo cada vez más importancia en relación a las discapacidades congénitas. Hoy representan mayoritariamente al conjunto de las discapacidades y es previsible que, con los avances de la medicina y el
envejecimiento de la población, la discapacidad congénita disminuya y, sin embargo, la adquirida a lo largo de la vida de las personas aumente.



La discapacidad sobrevenida constituye una ruptura radical en la vida, no sólo del propio individuo afectado, sino también de su entorno. Las discapacidades asociadas a las patologías derivadas de los procesos de drogadicción son muy
frecuentes, pero quizás adquieren especial transcendencia las que derivan en enfermedades mentales.



Es por ello por lo que desde el Grupo Parlamentario Popular consideramos conveniente que estas personas, necesitadas socialmente tanto por razón de su adicción como por su discapacidad, puedan beneficiarse de los programas y acciones de
apoyo a la inclusión financiados con recursos del Fondo de Bienes Decomisados por Tráfico de Drogas.



Este Fondo se destina a sufragar programas de prevención de toxicomanías, asistencia a drogodependientes e inserción social y laboral de los mismos.



También contempla proyectos en el ámbito del control de la oferta y, por último, programas y actuaciones de cooperación internacional en estas materias.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Adoptar las medidas necesarias para que las personas con discapacidad sobrevenida, como consecuencia


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de trastornos adictivos, se beneficien del Fondo de Bienes Decomisados por Tráfico de Drogas. Y en concreto, fomentar programas de inserción social y laboral dirigidos a estas personas.



- Consultar a las organizaciones representativas de las personas con discapacidad sobre la definición de estos programas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2011.-Francisco Vañó Ferre, Diputado.-María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Comisión no permanente sobre Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Tráfico


161/002261


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergènda i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante la
Comisión no permanente de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre la utilización del color azul en las señales luminosas de los vehículos de urgencia.



Antecedentes


En el Estado español el color de las luces de los vehículos de urgencias es amarillo-auto, color compartido con otros servicios, tales como camiones de basura, transportes especiales, grúas, tractores, cosechadoras, servicios de
mantenimiento de carreteras, etc., lo cual conlleva que los usuarios viales no sepan distinguir, al ver los destellos de este color, entre un vehículo de urgencias y los anteriormente citados, lo que acaba generando confusión e inseguridad.



En el Estado español el color de las luces de emergencia de los vehículos no está actualmente homologado con el resto de los países comunitarios, donde el color usado para este tipo de vehículos es el azul, y todo ello debido a que no existe
ninguna directiva que armonice a escala comunitaria la homologación de las luces especiales con que van equipados determinados vehículos.



Desde hace muchos años se ha venido solicitando por parte de distintas asociaciones, como pueden ser la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos, directores generales responsables de los servicios de ambulancias de urgencia y
emergencia, las consejerías de Sanidad de las comunidades autónomas, directores generales de Protección Civil de las comunidades autónomas o Federación de Municipios y Provincias, una reforma del reglamento de vehículos que permita distinguir los
vehículos prioritarios de los vehículos especiales, una homologación del color de los rotativos de los servicios de emergencias que permita unificar el color al resto de Europa, donde se ha extendido el color azul para los rotativos de estos
servicios.



A pesar que la Comisión de Seguridad Vial se ha pronunciado en dos ocasiones, la primera en el año 2006, explícitamente sobre la necesidad de permitir a estos vehículos de urgencias utilizar señales luminosas distintas al color de los
vehículos especiales, el Gobierno no ha realizado las modificaciones necesarias en el Reglamento de vehículos.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'La Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las modificaciones reglamentarias necesarias, en el plazo de dos meses, para permitir que el color de los rotativos de urgencias puedan ser de color
azul o bien la combinación de los colores azul-rojo, para así homologarlo a los demás países europeos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 2011.-Josep Antoni Duran i LLeida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



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Comisión de Asuntos Exteriores


181/003485


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Rafael Hernando Fraile


Texto:


¿Puede informar el Gobierno sobre las medidas que piensa adoptar ante los ataques que algunos medios de comunicación extranjeros vienen realizando contra la agricultura española y en especial la de Almería?


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2011.- Rafael Hernando Fraile, Diputado.



Comisión de Fomento


181/003486


Grupo Parlamentario Mixto-BNG


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputados don Francisco Xesús Jorquera Caselas y doña M.ª Olaia Fernández Davila.



Texto:


¿Cuál es la disposición del Gobierno a modificar la Ley de Puertos del Estado 33/2010, de 5 de agosto, en lo relativo a la Tasa T-1 en la modalidad de estancia prolongada y restituir la redacción vigente en las normativas anteriores de los
años 2003 y 2007?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 junio de 2011.-Francisco Xesús Jorquera Caselas y M.ª Olaia Fernández Davila, Diputados.



Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


181/003487


Grupo Parlamentario Mixto-BNG


Pregunta con respuesta oral en la Comision de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


Diputada doña M.ª Olaia Fernández Davila


Texto


¿Cuáles son las propuestas del Gobierno español respecto a la necesidad de reducir en la UE los descartes de pesca?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de junio de 2011.- M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada.



COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000090


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(232) Recurso de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por dicho Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 1818/2003, promovido por el Presidente del Gobierno contra la disposición adicional decimoctava de la Ley 25/2002, de 19 de diciembre, de las Cortes de
Castilla-La Mancha, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2003.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el 'Boletín Oficial de las Cortes Generales' el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



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En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, don Ramón Rodríguez Arribas, don Manuel Aragón Reyes, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José
Hernando Santiago, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1818-2003, promovido por el Presidente del Gobierno, representado por el Abogado del Estado, contra la disposición adicional decimoctava de la Ley 25/2002, de 19 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2003. Ha comparecido y formulado alegaciones eI Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, representado por el Letrado de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha. Ha sido Ponente el Presidente, don Pascual Sala Sánchez, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional decimoctava de la Ley 25/2002, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid a 19 de mayo de 2011.



233/000176


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 6191/2001, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha respecto
del artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26 de diciembre, de Ordenación del Servicio Farmacéutico en Castilla-La Mancha, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución española.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el 'Boletín Oficial de las Cortes Generales' el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Eugeni Gay Montalvo, Presidente, don Ramón Rodríguez Arribas, don Francisco Hernando Santiago, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos, Magistrados, ha
pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6191-2001, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha respecto del artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26
de diciembre, de Ordenación del Servicio Farmacéutico en Castilla-La Mancha, por posible vulneración del artículo 14 CE. Han intervenido el Ministerio Fiscal, la Junta de Comunidades y las Cortes de Castilla-La Mancha. Ha sido Ponente el
Magistrado don Luis Ignacio Ortega Álvarez, quien expresa el parecer del Tribunal.



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[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucional y nulo el inciso 'o que tengan más de sesenta y cinco años al inicio del procedimiento' del artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26 de
diciembre, de Ordenación del Servicio Farmacéutico en Castilla-La Mancha.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid a 16 de mayo de 2011.



233/000180


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 3515/2005, planteada por el Juzgado de lo Social número 1 de Lleida, en relación con el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, por posible
vulneración de los artículos 14, 39 y 41 C.E.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el 'Boletín Oficial de las Cortes Generales' el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, don Ramón Rodríguez Arribas, don Manuel Aragón Reyes, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José
Herrando Santiago, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3515-2005, planteada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Lleida en relación con el artículo 48.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en la redacción resultante del artículo 5 de la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, por presunta vulneración de los artículos
14, 39 y 41 CE.
Han comparecido el Abogado del Estado y el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Manuel Aragón Reyes, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3515-2005.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid a 19 de mayo de 2011.



233/000181


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 5823/2000, planteada por


Página 30



la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 20.3 s) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción
dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el 'Boletín Oficial de las Cortes Generales' el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de junio de 2011.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, don Ramón Rodríguez Arribas, don Manuel Aragón Reyes, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José
Hernando Santiago, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5823/2000, promovida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto del inciso 'o visibles desde carreteras, caminos
vecinales y demás vías públicas' del artículo 20.3.s) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales (en adelante LHL), en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las
tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, por posible vulneración de los artículos 31.1, 133.1 y 133.2 de la Constitución Española. Han comparecido el Abogado del Estado, en la representación
que ostenta, y el Fiscal General del Estado. Ha sido ponente el Magistrado don Luis Ignacio Ortega Álvarez, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5823-2000, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y, en su consecuencia, declarar inconstitucional y nulo
el inciso 'o visibles desde carreteras, caminos vecinales y demás vías públicas' del artículo 20.3.s) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de
modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid a 19 de mayo de 2011.