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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 439, de 10/12/2009
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2009 IX Legislatura Núm. 439

ECONOMÍA Y HACIENDA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ANTONIO GUTIÉRREZ VEGARA

Sesión núm. 31

celebrada el jueves, 10 de diciembre de 2009



ORDEN DEL DÍA:


- Ratificación de la ponencia designada para informar el proyecto de ley por la que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Ley del impuesto sobre la renta de no residentes para
adaptarla a la normativa comunitaria. (Número de expediente 121/000043.) ... (Página 2)


- Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre el proyecto de ley por la que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Ley del
impuesto sobre la renta de no residentes para adaptarla a la normativa comunitaria. (Número de expediente 121/000043.) ... (Página 2)


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Proposiciones no de ley:


- Relativa a revisión de la valoración catastral de bienes inmuebles en el municipio de Algeciras (Cádiz). Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/000946.) ... (Página
8)



- Relativa a la resolución del problema del pago del impuesto sobre el valor añadido exigido por la Administración por las indemnizaciones recibidas con la entrega de cerdos a consecuencia de la peste porcina clásica, después de haber sido
declarada su improcedencia por sucesivas sentencias del Tribunal Supremo. Presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (Número de expediente 161/001200.) ...
(Página 10)


Se abre la sesión a las once y cinco minutos de la mañana.



- RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE TRASPONEN DETERMINADAS DIRECTIVAS EN EL ÁMBITO DE LA IMPOSICIÓN INDIRECTA Y SE MODIFICA LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES PARA ADAPTARLA
A LA NORMATIVA COMUNITARIA. (Número de expediente 121/000043.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, damos comienzo a la sesión de hoy. Les informo de que existe el empeño y la voluntad consensuada de poner la hora de votación a las doce y media.



¿Ratifican SS.SS. el informe de la ponencia? (Asentimiento.) Queda ratificado.



- APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE TRASPONEN DETERMINADAS DIRECTIVAS EN EL ÁMBITO DE LA IMPOSICIÓN INDIRECTA Y SE MODIFICA LA LEY DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES PARA ADAPTARLA A LA NORMATIVA COMUNITARIA. (Número de expediente 121/000043.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos a discutir el proyecto de ley por la que se trasponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Ley del impuesto sobre la renta de no residentes para adaptarla a la
normativa comunitaria. Comenzamos con las intervenciones de los grupos. En primer lugar tiene la palabra la representante del Grupo Parlamentario Popular, doña Ana María Madrazo.



La señora MADRAZO DÍAZ: El proyecto de ley que debatimos hoy, por el que se trasponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Ley del impuesto sobre la renta de no residentes para adaptarla a la
normativa comunitaria, persigue esencialmente la incorporación a nuestro derecho interno de una serie de directivas comunitarias con el fin de mantener la necesaria armonización fiscal de nuestro sistema tributario con el resto de países de la Unión
Europea. Para ello, a través de este proyecto de ley se adapta la normativa del impuesto sobre el valor añadido y de los impuestos especiales a las nuevas directivas comunitarias, se adecua también el impuesto general indirecto canario a los
cambios que se introduce en el IVA y, por último, se adapta el impuesto sobre la renta de no residentes al derecho comunitario, favoreciendo la libertad de circulación de trabajadores, de prestación de servicios y de movimiento de capitales entre
los países miembros.



Las modificaciones más significativas que contiene este proyecto de ley hacen referencia al impuesto sobre el valor añadido y traen causa en la trasposición a nuestro ordenamiento de tres directivas comunitarias. En este impuesto se fija,
por un lado, un nuevo sistema de reglas de localización de los servicios, estableciendo como regla general la tributación en destino cuando la operación se realice entre empresarios o sujetos pasivos del impuesto, y manteniendo la tributación en
origen cuando el destinatario sea un particular.



Por otro lado, también en el impuesto sobre el valor añadido se establece un nuevo sistema de devolución para empresarios y profesionales basado en un modelo de ventanilla única, a través de solicitudes formuladas por vía electrónica, de
manera que se simplifican para nuestros empresarios los procedimientos para la devolución del IVA soportado en otros Estados miembros.



En el artículo segundo se modifica también la Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias para adaptarlo a los cambios que experimentan las reglas de localización de los servicios en el impuesto sobre el valor añadido,


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ya que no sería lógico que los dos impuestos, el impuesto general indirecto canario y el impuesto sobre el valor añadido, no estuviesen armonizados y dieran lugar a supuestos de doble imposición o de no tributación. En este punto, me
gustaría aportar una observación en esta Comisión que, a mi juicio, es importante. Hemos recibido el informe favorable a estos cambios emitido por el Parlamento canario, como es preceptivo en todo aquello que afecte al régimen especial fiscal de
Canarias. Ahora bien, el Gobierno, a través de sus enmiendas, aprovecha este proyecto de ley para modificar otros aspectos del régimen fiscal canario que, al no estar contemplados en el anteproyecto inicialmente remitido al Parlamento, no han sido
objeto de informe. En concreto, me refiero a las enmiendas números 61, 62, 63, 64 y 66, en las que mi grupo se va a abstener, precisamente por entender que no se ha seguido el procedimiento adecuado a la hora de incorporarlo a este proyecto de ley
a través de enmiendas. Creemos que la obligación del Gobierno es cumplir escrupulosamente el procedimiento legislativo adecuado y, en este caso, un proyecto de ley que tenía cuatro artículo acaba convertido en otro con ocho artículos que no han
sido objeto de dictamen ni del Parlamento canario, ni por parte del Consejo de Estado, ni de informe por parte del Consejo Económico y Social, como también indica el propio dictamen del Consejo de Estado. Por último, se reforma también en este
proyecto de ley el texto refundido del impuesto sobre la renta de no residentes, añadiendo dos modificaciones sustantivas: Una relativa a la exención de los dividendos obtenidos por fondos de pensiones residentes en otros Estados miembros de la
Unión Europea, equiparando su tratamiento fiscal con los fondos establecidos en España, y otra relativa a la deducibilidad de los gastos directamente relacionados con la actividad de los no residentes.



Hemos leído el dictamen emitido por el Consejo de Estado y con respecto a este proyecto de ley llama la atención que ponga reparos en el propio dictamen a la elaboración de la memoria económica por parte del Gobierno que, a su juicio,
hubiera debido tener una mayor concreción. En este proyecto de ley, sin duda, se contienen medidas que pueden tener consecuencias en la recaudación tributaria, en especial, en el impuesto sobre el valor añadido, y no están los tiempos, a nuestro
juicio, para hacer las cosas de cualquier forma o de cualquier manera, como el Gobierno nos tiene acostumbrados, sino midiendo al centímetro las repercusiones en los ingresos de la Hacienda pública.



Por otro lado, sobre la denuncia del Consejo de Estado sobre la creciente fragmentación del ordenamiento jurídico en materia tributaria, creemos que deberíamos reflexionar también acerca de este tema, porque en este sentido y en materia
fiscal tengo que decir que en cuestión de pocos meses, con un margen de dos meses, se han promulgado normas con contenido tributario que afectan a muy distintos impuestos y que el contribuyente padece y sufre esa fragmentación. Hemos visto la Ley
de Presupuestos Generales del Estado, la Ley de las sociedades del mercado inmobiliario, la famosa ley de la economía sostenible y, por último, este proyecto de ley donde se han introducido cuatro nuevos artículos por la puerta de atrás, a través de
cuatro enmiendas del propio partido que sustenta al Gobierno.



Por último, creo que es importante resaltar la observación hecha por el Consejo de Estado respecto al nuevo sistema de devoluciones a empresarios que soporten IVA en otros Estados miembros, ya que considera el Consejo de Estado que existen
abundantes remisiones al reglamento, y estima que los aspectos más esenciales de esas devoluciones debieran estar recogidos en la propia ley. Afectando esta cuestión a una gran cantidad de contribuyentes, el Gobierno no ha tenido cuidado en
subsanar ese aspecto.



Centrándome ya en las enmiendas de mi grupo que voy a defender hoy aquí, me interesa destacar en este debate las siguientes. La enmienda número 43 vuelve a plantear la supresión del aumento de los tipos de IVA que el Gobierno pretende
aprobar para el próximo año. Nos parece un aumento de impuestos injusto e insolidario, ya que los mileuristas, los pensionistas y los parados serán los que más sufran este golpe fiscal. Los hogares de menor renta destinan un mayor porcentaje de su
gasto a la adquisición de bienes que van a estar gravados con un tipo de IVA impositivo superior al que actualmente está vigente. El Gobierno socialista vetó el debate y la votación de esta propuesta en la tramitación de la Ley de Presupuestos
Generales para 2010 en una decisión totalmente arbitraria y, a nuestro juicio, antidemocrática, ya que, además, tres de cada cuatro españoles se oponen a la subida de impuestos propuesta por el Gobierno, según los datos del índice de opinión pública
publicado recientemente, por simple lógica. Por ello, nos parece una cuestión importantísima, que volvemos a plantear hoy en esta Comisión en forma de enmienda, ya que nosotros, al contrario de lo que piensa el Gobierno, creemos que un aumento de
los tipos de IVA contribuirá a una disminución del consumo y de la inversión, con lo que se conseguirá el efecto contrario al que perseguimos. La evidencia empírica, además, demuestra que las experiencias de este tipo que se han llevado a cabo en
los años 1992 y 1993 en España, aumentando el tipo del IVA del 12 al 15 por ciento, redujeron la recaudación por este impuesto un 11 por ciento. A pesar de que esta subida se llevó a cabo por un gobierno socialista, ustedes persisten en el error y
proponen un aumento de tipos que contribuirá, a nuestro juicio, a gravar aún más la crisis económica.



Las enmiendas números 44 y 45 se refieren nuevamente a dos propuestas cuyo debate también fue vetado por el Gobierno socialista en la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado para 2010. Una de ellas pretende equiparar la
compensación del régimen especial agrario que perciben los ganaderos al que percibirán los agricultores en el año 2010, es decir, establecer ese tipo de compensación en el 10 por ciento. La otra enmienda pretende aplicar el IVA reducido del 7 por
ciento a los


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suministros de gas y electricidad de las explotaciones agrarias. Esta enmienda nos parece especialmente oportuna en estos momentos en que el Gobierno ha propuesto una subida de la luz cercana al 7 por ciento.
Tratamos una vez más desde mi
grupo de establecer ayudas fiscales para un sector que atraviesa una grave crisis, pero el Gobierno parece querer hacer oídos sordos a esta cuestión puesto que recientemente hemos planteado una moción que contenía estas medidas y el Partido
Socialista ha votado en contra de las mismas.



Nos parece también clave la enmienda número 46 que vuelve a plantear la necesidad de retrasar el pago del IVA al momento del cobro de la factura por parte de las pequeñas y medianas empresas y de los autónomos. Esta cuestión es esencial
para la supervivencia de miles y miles de empresas que están cerrando sus negocios por falta de financiación y de liquidez para hacer frente a sus deudas. Las pequeñas empresas y los autónomos representan más del 95 por ciento de nuestro tejido
empresarial y más del 90 por ciento de nuestro empleo. La aprobación de esta enmienda supondría la supervivencia para muchas de ellas y el mantenimiento del empleo que generan. El Gobierno socialista no ha cumplido, además, el mandato del
Congreso, que aprobó una proposición no de ley a instancias del Grupo Parlamentario Popular el pasado 21 de abril en el sentido de ingresar el IVA en el momento de su cobro por parte del empresario. A pesar de que ha transcurrido mucho tiempo y que
lo hemos planteado una y otra vez, esta medida no ha sido aún aprobada. Desde el Partido Popular seguimos apostando por ella y nos parece además urgente porque está amparada, por otro lado, por la normativa comunitaria y esperamos la rectificación
hoy del Gobierno y el apoyo de todos los grupos políticos para aprobarla.



Las enmiendas números 47 y 48 se refieren a la aplicación del tipo reducido de IVA, el 7 por ciento, a las obras efectuadas en viviendas por fontaneros, pintores, electricistas y carpinteros, con el fin de desincentivar la tendencia
creciente de economía sumergida en estos sectores, consecuencia, además, de la grave crisis económica que atraviesa España y, por otro lado, incentivar también el consumo de actividades intensivas en mano de obra.



La enmienda número 48 propone la aplicación de un tipo superreducido de IVA a la prestación de servicios para discapacitados y personas mayores en centros residenciales. Constituye una propuesta que también hemos reiterado en diversas
ocasiones y que no ha obtenido hasta ahora, esperemos que hoy sí lo obtenga, el apoyo del Gobierno y del resto de los grupos. Estas dos enmiendas fueron también vetadas en la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado para 2010.



Por otro lado, la enmienda número 49 pretende modificar el impuesto sobre la renta de no residentes, incluyendo en la exención del impuesto las rentas derivadas de transmisiones o reembolsos de valores en fondos de inversión negociados en el
mercado alternativo bursátil. La enmienda número 50 pretende evitar que los rendimientos derivados de la deuda pública obtenidos por no residentes a través de paraísos fiscales puedan estar exentos de tributación en España. A nuestro juicio,
resulta una auténtica paradoja, una incoherencia y una injusticia que un gobierno que se dice progresista ampare a las grandes fortunas residenciadas en paraísos fiscales, mientras sube los impuestos a las clases medias y trabajadoras. En línea con
las recomendaciones del G-20 y, por llamarle de alguna manera, por decencia tributaria, el Partido Popular se va a oponer a que este tipo de rendimientos se encuentren exentos de impuestos.



En la enmienda número 51 volvemos a plantear la necesidad de reforzar la lucha contra el fraude con medidas de actuación de la Agencia Tributaria destinadas a la persecución de la economía sumergida y de los defraudadores, en lugar de exigir
el cumplimiento tributario siempre a los mismos contribuyentes, cuyas rentas están declaradas y controladas perfectamente por la Hacienda pública. Nos parece que es inadmisible que mientras el Gobierno sube los impuestos a las clases medias y
trabajadoras, no se estén arbitrando medidas para conseguir una agencia tributaria más ágil y más eficaz en la persecución del fraude. Cuando diversos colectivos de funcionarios están denunciando el aumento de la economía sumergida y el aumento del
fraude fiscal, la Agencia Tributaria parece hacer todo lo contrario, reduciendo incluso los medios materiales a disposición de la misma, como hemos visto hace poco que se ha denunciado por parte del Servicio de Vigilancia Aduanera, que se han
reducido sus salidas para perseguir el contrabando y el fraude fiscal. El Gobierno debería reflexionar sobre este tema y abrir un amplio debate político, clave, a nuestro juicio, para el sostenimiento de nuestro Estado de bienestar, especialmente
en estos momentos en que la caída de la recaudación está siendo brutal.



Por otro lado, las enmiendas números 52 y 53 plantean la supresión del aumento de los tipos para las rentas del ahorro que el Gobierno socialista llevará a cabo en 2010. Consideramos que se trata de una medida hipócrita que el Gobierno
socialista ha vendido con un tinte progresista (recordemos que hasta 6.000 euros propone un tipo del 19 por ciento y a partir de 6.000 euros, del 21 por ciento), cuando en realidad esta medida no tiene prácticamente repercusión en la recaudación
tributaria, y solo voy a poner dos ejemplos. Con esta medida se espera recaudar 800 millones de euros y, sin embargo, con la subida del IVA que, como he dicho, supone mayores impuestos, especialmente para las clases medias y trabajadoras, más de
7.000 millones de euros. La enmienda número 54 pretende, una vez más, mejorar la tributación de las empresas de reducida dimensión para favorecer el mantenimiento del empleo y la creación del mismo. Proponemos disminuir en 5 puntos el tipo del
impuesto sobre sociedades. Es una vieja reivindicación que hemos planteado en numerosas iniciativas y que el Grupo Socialista rechaza sistemáticamente con argumentos, a nuestro juicio, totalmente demagógicos de


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supuestos recortes de gasto social. Tenemos que reiterar nuevamente que la disminución de tipos no implica una menor recaudación. Si se amplían las bases imponibles y se genera más empleo, habrá mayor riqueza y habrá mayor recaudación.
Reiteramos, una vez más, que solo conseguiremos generar empleo ayudando a nuestras empresas a crearlo.



Por último, las enmiendas números 55 y 56 introducen modificaciones en la Ley del impuesto sobre el valor añadido dirigidas específicamente a mejorar la fiscalidad de las agencias de viajes. En este sentido, la enmienda número 55 pretende
la aplicación de un tipo reducido del 7 por ciento a las operaciones a las que resulte aplicable el régimen especial de las agencias de viajes, porque actualmente las agencias que organizan este tipo de viajes se encuentran sometidas al tipo general
del 16 por ciento, por lo que se encuentran discriminadas negativamente en dicho impuesto, ya que compiten con otros operadores como hoteles, transportistas, etcétera, que aplican un tipo reducido de IVA por prestar idénticos servicios. Estos
viajes que ofertan están integrados fundamentalmente por servicios de transporte y alojamiento de personas, encontrándonos con idénticos servicios prestados a tipos diferentes. Esta realidad choca, además, con la propia jurisprudencia del Tribunal
de Justicia de la Comunidad Europea que establece el principio de neutralidad que debe ser respetado en el impuesto sobre el valor añadido, de manera que las prestaciones de servicios idénticas o similares deben tributar por el mismo tipo de
gravamen.



Por otro lado, la enmienda número 56 se refiere al hecho de que las empresas que tienen su sede en países terceros, no pertenecientes a la Unión Europea, no tienen la posibilidad en la actualidad de recuperar el impuesto sobre el valor
añadido que soportan en España con ocasión de la celebración en nuestro país de congresos, conferencias, reuniones y otros eventos, a no ser que exista un tratado de reciprocidad con estos países.
Esto coloca a las empresas españolas que organizan
estos eventos en desventaja competitiva frente a las empresas residentes en otros países que sí devuelven el IVA soportado, perdiendo oportunidades de negocio. A nuestro juicio, España debería ser un referente mundial en la organización de este
tipo de eventos, al igual que es un referente en el sector turístico, ya que tiene indudables efectos beneficiosos para nuestra economía y para la recaudación de otro tipo de impuestos. Por ello, con esta enmienda se suprime el requisito de
reciprocidad de trato, ya que España tiene suscritos acuerdos de este tipo con un número muy limitado de países entre los que no se encuentran algunos de los más importantes del mundo como Estados Unidos, o economías en gran proceso de expansión
como Rusia, China, India o Brasil. Son dos medidas que, de aprobarse hoy, sin duda contribuirían a dinamizar un sector estratégico de nuestra economía como es el turístico y a favorecer la competitividad del sector de las agencias de viaje en un
momento de la caída de la demanda especialmente dramático.



Por último, y voy concluyendo, queremos dejar clara la intención del Grupo Parlamentario Popular de seguir planteando una, diez, mil veces y las que hagan falta un conjunto de propuestas fiscales que contribuyan a dinamizar nuestra economía
y a generar empleo. Frente a su falso discurso de que no planteamos alternativas, las enmiendas para las que hoy pedimos su apoyo les desmienten. Frente al espejismo de su ley de economía sostenible, que no es más que un conjunto de medidas
dispersas y deshilvanadas, incluso ya repetidas, nosotros proponemos soluciones concretas a cada uno de los temas debatidos. Y frente a la subida de impuestos que ustedes defienden como solución, nosotros consideramos que este es precisamente el
problema y no la solución, porque con seguridad la subida de impuestos agravará nuestra crisis económica. El duro informe que hemos conocido y que la agencia Standard & Poors ha hecho público sobre la situación de nuestra economía y las políticas
adoptadas por el Gobierno socialista confirman nuestro diagnóstico.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Sánchez Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió ha presentado del orden de veinte enmiendas al proyecto de ley por el que se trasponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la
Ley del impuesto sobre la renta de no residentes para adaptarla a la normativa comunitaria. Me referiré a las más relevantes de las que ha presentado nuestro grupo parlamentario, algunas de ellas no pudieron ser debatidas en el debate de
presupuestos porque el Gobierno las vetó, ya que, desde su punto de vista y desde un procedimiento reglamentario correcto, partían de la base de que dichas enmiendas pretendían una rebaja de los recursos generados por la imposición directa e
indirecta. Pero nosotros entendemos que algunas de las enmiendas más relevantes valdría la pena que pudieran ser debatidas en la Comisión de Economía y Hacienda. Por eso hemos planteado algunas enmiendas que van en la dirección de poder suprimir
la modificación del tipo general del IVA prevista en los Presupuestos Generales del Estado del año 2010 en cuanto al incremento de la imposición del 16 al 17 por ciento en determinados aspectos que hacen referencia al impuesto sobre el valor
añadido, así como de impedir el incremento del IVA reducido en determinadas operaciones que se plantean en los Presupuestos Generales del Estado. También vamos a plantear la supresión del incremento del tipo de gravamen de las rentas del ahorro del
impuesto de la renta de los no residentes previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.



Hemos aprovechado esta tramitación para plantear algunos de los aspectos que han sido aprobados en esta Comisión de Economía y Hacienda, básicamente en proposiciones no de ley o en mociones que se hayan


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podido aprobar en el Congreso de los Diputados, que van en la dirección también de diferir el pago del IVA de los autónomos y pequeñas y medianas empresas en el momento del cobro de sus facturas y en el momento del devengo. Volvemos a
plantear la ampliación a todas las viviendas de protección oficial o de promoción pública de la aplicación del IVA de tipo reducido, así como también la reducción del tipo general del IVA al superreducido que se aplica a los pañales de uso infantil
y adulto, que se aprobó en esta Comisión de Economía y Hacienda la pasada legislatura.
Planteamos la aplicación del IVA reducido del gasóleo agrícola, ganadero y forestal y también la aplicación del IVA reducido para las obras de renovación y
rehabilitación de las viviendas, que es un planteamiento que el Gobierno ha incorporado en la ley de economía sostenible y que nosotros entendemos que debe aplicarse para la rehabilitación de viviendas en el año 2011 y sería interesante que también
se pudiera aplicar en el año 2010. Planteamos, como la mayoría de países de la Unión Europea, que los tipos reducidos del IVA se puedan aplicar también a los suministros de gas natural y electricidad. También volvemos a plantear una vez más la
reducción del IVA del 16 al 7 por ciento en las operaciones en que resulte aplicable el régimen especial de las agencias de viajes y también la aplicación del tipo superreducido del IVA en todos aquellos productos que proceden de la carne. Desde la
perspectiva de todos aquellos aspectos que puedan ir en la dirección de incrementar la economía social, planteamos la reducción del tipo reducido del 7 al 4 por ciento para las prestaciones de servicios y la asistencia social que realizan los
centros asistenciales y también el mismo tipo superreducido de IVA para todas aquellas empresas de bienes y prestación de servicios a centros sanitarios.



Básicamente estas son las enmiendas más relevantes. Volvemos a plantear que se celebre un Pleno extraordinario en el mes de junio para que podamos debatir si efectivamente procede o no procede el incremento del IVA a partir del segundo
semestre del año 2010, en función de si la recesión económica ha desaparecido en nuestra economía como nosotros desearíamos. En este caso no pondríamos dificultades para que se procediera al incremento de la fiscalidad del 16 al 17 por ciento.

También quiero decirles que hemos entregado una enmienda transaccional a la propuesta número 69, del Grupo Socialista, que va en la dirección de poder evitar el devengo de los impuestos especiales en el momento de salida en todas aquellas
operaciones de mercancías que hayan sido entregadas y se puedan devolver en un plazo máximo de treinta días. No sabemos si nos van a poder contestar mientras se produzca este debate en la Comisión de Economía y Hacienda, pero sí hemos entendido, al
menos, que hay un compromiso por parte del Grupo Socialista de estudiar esta cuestión en el debate que se pueda producir en esta mañana.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Mixto tiene la palabra la señora Oramas.



La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: El proyecto de ley que debatimos es un proyecto de ley por el que se trasponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Ley del impuesto sobre la renta de no residentes
para adaptarla a la normativa comunitaria.
Sobre la base del proyecto de ley presentado se pidió el informe del Parlamento de Canarias, que informó positivamente. Posteriormente el Grupo Socialista ha planteado una serie de enmiendas que afectan a
modificaciones del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, que en un primer informe verbal parece ser que podría informarse positivamente por el Parlamento de Canarias. En cualquier caso, a partir de que queden incorporadas al proyecto de ley, ese
informe será preceptivo, con lo cual Coalición Canarias, a la vista de ese informe, podría cambiar su voto definitivo una vez venga del Senado el proyecto. También quiero decir que al plantearse por determinados grupos ciertas enmiendas que se han
acordado en este Congreso y que no tienen que ver con el fondo del asunto pero que se podrían estudiar, como ha manifestado en la subcomisión la portavoz del Grupo Socialista en el Senado, Coalición Canaria se reserva en ese momento su posición
sobre determinados aspectos que han planteado tanto el Grupo Popular como Convergència i Unió que nos pueden parecer interesantes, aunque no tengan que ver con el proyecto de ley que tramitamos en este momento y que hemos apoyado en determinados
acuerdos en el Congreso; veremos si efectivamente en el trámite del Senado se conocen los aspectos -como digo- de las enmiendas planteadas tanto por Convergència i Unió como por el Grupo Popular.



Nosotros hoy vamos a aprobar el proyecto de ley, vamos a apoyar determinadas enmiendas que presenta el Grupo Socialista, específicamente las que afectan a la modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, pero aclarando que estamos
a la espera de ese informe definitivo del Parlamento y reservándonos sobre algunos aspectos de determinadas enmiendas que se pudieran presentar en el trámite del Senado, entre ellos, la posibilidad, si se abre esa vía, de la doble imposición que
afecta a determinadas sociedades de la zona ZEC, que como saben se aprobó en una moción del Senado y que todavía el Gobierno no ha dado el paso para poderla formalizar, porque a la vista de cómo se están enfocando los asuntos se podría haber
planteado en este proyecto de ley.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Mármol por el Grupo Socialista.



El señor MÁRMOL PEÑALVER: Señorías, hoy nos trae a esta Comisión el debate del proyecto de ley por el que se trasponen directivas en el ámbito de la imposición indirecta y se modifica la Ley del impuesto sobre la renta de no residentes para
adaptarla a la normativa europea. Y leo de qué estamos hablando porque, a nuestro juicio, de las 71 enmiendas que se han realizado a este proyecto


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de ley, presentadas por supuesto legítimamente, el 90 por ciento creemos que no tiene nada que ver con este proyecto de ley y se han presentado más bien por aquello de, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, presentamos el pack
habitual. Me ha dado la sensación de ser el protagonista de la película El día de la marmota, que vivía el mismo día un día tras otro. Esto es lo que tenemos hoy en esta Comisión.



Quiero centrar mi intervención en primer lugar en intentar explicar la importancia que tiene para nuestra Hacienda pública, para nuestro ordenamiento jurídico, la trasposición de estas directivas y voy a terminar también brevemente
explicando cuál va a ser nuestra postura con respecto a las enmiendas de los distintos grupos. En primer lugar, el proyecto de ley incorpora a nuestro derecho la Directiva 2008/8 y la trasposición de esta directiva obliga a la modificación de los
artículos 5, 69, 70, 72, 74 y 84 de la Ley 37/1992, del impuesto sobre el valor añadido, destacando, por ejemplo, en este sentido, dado que la legislación española distingue entre empresarios o profesionales y sujetos pasivos mientras la directiva
habla de sujetos pasivos y deudores del impuesto, la incorporación de dicho precepto a nuestro ordenamiento modificando el artículo 5 de la ley. La Directiva 2008/8 establece también un nuevo modelo de tributación de las prestaciones de servicios
basado en dos reglas generales y en un conjunto de reglas especiales. La finalidad esencial de dicho modelo, como ha manifestado también algún portavoz antes que yo, es la de hacer coincidir en lo posible el lugar de sujeción al impuesto con el
lugar donde se realiza el consumo. Así, el nuevo artículo 69 establece las reglas generales de localización de la prestación de los servicios, distinguiéndose en el apartado uno las operaciones puramente empresariales, en las que tanto el prestador
como el destinatario tienen esa condición, de aquellas cuyo destinatario es un particular. En el primer grupo el gravamen se localiza en la jurisdicción de destino, mientras que en el segundo lo va a hacer en la de origen. El artículo 70.1 recoge
las reglas especiales que he mencionado antes, teniendo un contenido nuevo, donde se ha intentado mantener en lo posible las concordancias numéricas con los preceptos actuales. En todo caso, sabemos que las reglas generales pasan a tener un
carácter subsidiario para todos aquellos casos en los que no están expresamente regulados en las especiales, bien por la naturaleza del servicio bien porque la condición del destinatario sea otra que la que expresamente se regula en la regla
general. En segundo lugar, el proyecto de ley que hoy estamos debatiendo en esta Comisión incorpora al derecho interno el artículo 1.1 de la Directiva 2008/117, que modifica el artículo 64.2 de la Directiva 2006/112. Esta modificación de la Ley
37/1992 trata de establecer una regla de devengo en todo caso a 31 de diciembre para los supuestos en los que podía diferirse la declaración e ingreso de la deuda de IVA a periodos superiores a un año. En tercer lugar, este proyecto de ley también
pretende incorporar a nuestra legislación las previsiones de la Directiva 2008/9, por la que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la devolución de IVA a sujetos pasivos no establecidos en el Estado miembro de la devolución pero
establecidos en otro Estado miembro.
Así, por ejemplo, el nuevo sistema de devolución que afecta exclusivamente a empresarios o profesionales establecidos en la Unión Europea y que se aplicará a las solicitudes presentadas desde el día 1 de enero
de 2010 se basa en un sistema de ventanilla única, en el cual los solicitantes podrán dirigir las solicitudes de devolución del impuesto soportado en un Estado miembro distinto de aquel en el que están establecidos por vía electrónica, obteniendo
únicamente los modelos que figuren en la página web del Estado de establecimiento. Dicha solicitud se remitirá por el Estado de establecimiento al Estado de devolución, es decir, en el que se haya soportado el impuesto.



También este proyecto de ley supone modificaciones en el impuesto general indirecto canario, en los impuestos especiales y en el impuesto sobre la renta de no residentes. Con respecto al impuesto general indirecto canario, debemos mantener
una coherencia y concordancia entre las reglas esenciales del IGIC y del IVA a fin de no generar posibles situaciones de no imposición o de doble imposición en las transacciones entre los territorios de aplicación de ambos tributos o los que
realizan las islas Canarias con el resto de la comunidad. Por eso, la presente ley adapta la Ley 20/1991 a los cambios que la ley de IVA experimenta en relación con las reglas que establecen la localización de las prestaciones de servicios. En
cuanto a los impuestos especiales, también se produce la trasposición de la Directiva 2008/118 a nuestro ordenamiento jurídico, afectando sobre todo a las disposiciones relativas a la circulación de productos, sufriendo el artículo 4 de la Ley
38/1992 una profunda modificación, ya que incorpora una serie de definiciones que entendemos importantes como el ámbito territorial interno, el ámbito territorial comunitario no interno o el término de código administrativo de referencia, que va a
tener una importancia fundamental en el nuevo procedimiento de control informatizado de los movimientos, convirtiendo en residual el procedimiento actual de control en soporte de papel. Por último, este proyecto de ley trae consigo una serie de
modificaciones relativas al impuesto sobre la renta de no residentes, modificaciones en el texto refundido de la ley que afectan a los artículos 14, 24 y 31 y que no tienen otro objeto que favorecer la libertad de circulación de trabajadores, de
prestación de servicios y el movimiento de capitales, de acuerdo con el derecho comunitario. En definitiva, hay una serie de modificaciones, la del IVA, la del IGIC, la de los impuestos especiales o en el impuesto sobre la renta de no residentes
que explican la urgencia que ha tenido el Gobierno y la que tiene nuestro grupo para sacar adelante esta ley cuanto antes, dada su importancia, sobre todo para nuestras empresas.



Antes de acabar, señor presidente, como dije al inicio de mi intervención, me gustaría hacer una pequeña


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reflexión sobre por qué votaremos en contra de la mayoría de las enmiendas de los demás grupos -en otras nos hemos emplazado a su posterior debate en el Senado- y evidentemente votaremos a favor de las que ha presentado el Grupo Socialista.
En primer lugar, entendemos que en un 90 por ciento son enmiendas -como he dicho al inicio de mi intervención- que no tienen nada que ver con la trasposición de las directivas europeas de las que hoy estamos hablando y, en segundo lugar, la mayor
parte de estas enmiendas han sido ampliamente debatidas en esta Comisión y en el Pleno, la última vez con motivo del debate de los Presupuestos Generales del Estado para 2010. Las enmiendas de los demás grupos, en un sentido o en otro, entendemos
que modificarían la previsión de ingresos efectuada en los presupuestos para el año 2010 por parte del Gobierno. De todas formas, me gustaría emplazar a los grupos de la Cámara a llevar estas enmiendas al futuro debate de la ley de economía
sostenible, ya que entendemos que dentro del bloque fiscal de esta ley es donde deben hacerse los planteamientos en materia fiscal para el futuro de nuestro país y no aquí, en una mera trasposición de directivas europeas a nuestro ordenamiento
jurídico. (La señora Madrazo Díaz: El veto.) En cuanto a las presentadas por nuestro grupo, ya las hemos explicado en ponencia.
Entendemos que las enmiendas 59, 60, 67, 68, 69 y 70 son puramente técnicas; la 71 es sobre el impuesto sobre la
producción y los servicios en las ciudades de Ceuta y Melilla; las 61, 62, 63, 64 y 66 van destinadas a la armonización con los impuestos canarios, con el IGIC y el arbitrio sobre importaciones y entrega de mercancías en Canarias; las enmiendas 58
y 65 tienen como objeto adaptar la tributación de las Socimi a la nueva tributación de las rentas del ahorro y, por último, la enmienda 57 iría a dar mayor claridad y control de la deducción en el impuesto sobre sociedades de los gastos por
deterioro de los instrumentos de deuda.



Termino, señor presidente, emplazando a SS.SS., como ya he dicho, a los portavoces del resto de los grupos, a llevar estos planteamientos y otros donde entendemos que se tienen que debatir, que es en el futuro debate de la ley de economía
sostenible.



PROPOSICIONES NO DE LEY:


- RELATIVA A REVISIÓN DE LA VALORACIÓN CATASTRAL DE BIENES INMUEBLES EN EL MUNICIPIO DE ALGECIRAS (CÁDIZ). PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 161/000946.)


El señor PRESIDENTE: Avanzamos en el orden del día y pasamos a discutir la proposición no de ley relativa a la revisión de la valoración catastral de bienes inmuebles en el municipio de Algeciras.



El autor de esta proposición no de ley es el Grupo Popular. Para su exposición y defensa tiene la palabra el señor Landaluce.



El señor LANDALUCE CALLEJA: Con la venia, señor presidente.



Señorías, intervengo en nombre del Grupo Popular en defensa de esta proposición no de ley, en la que en su parte dispositiva instamos al Gobierno a anular la nueva ponencia de valores catastrales aprobados para el municipio de Algeciras y
con vigencia desde el día 1 de enero de este año 2009. Una anulación que también ha sido solicitada por la mayoría de la corporación municipal algecireña en el Pleno que tuvimos la semana pasada, el viernes 4 de diciembre, y que, por supuesto,
cuenta con el apoyo de todo el movimiento vecinal de Algeciras ya que cada vez es mayor la presencia de algecireños en las calles protestando contra esta decisión del equipo de gobierno.



No parece razonable que en un año como este, en plena crisis económica y cuando se está depreciando el precio de nuestras viviendas -los últimos artículos de FAES así lo evidencian junto con otros estudios interesantes, importantes y
contundentes-, los ciudadanos de Algeciras vean incrementado artificialmente en un 160 por ciento el valor de sus inmuebles y, por tanto, vayan a tener que pagar más por algo que, objetiva y desgraciadamente, vale menos y que no se nos diga que la
anulación es una ponencia solicitada no jurídicamente posible. No, no es verdad. Todos los actos administrativos son revocables cuando se consideran lesivos para los ciudadanos. La propia Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de
las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, regula en sus artículos 102 a 106 la revisión de oficio de las disposiciones y actos nulos, las declaraciones de lesividad de los actos anulables y la revocación de estos actos,
como todas SS.SS. conocen perfectamente. Se trata por tanto de una cuestión de voluntad política y no de un problema jurídico. El Gobierno puede, si así lo desea, anular esa ponencia de valores y dar satisfacción al acuerdo plenario que, como
decía, señor presidente, en el ayuntamiento de Algeciras, en defensa de las demandas de los vecinos de la ciudad, aprobamos por mayoría el viernes pasado.



La nueva ponencia de valores, elaborada por la gerencia provincial del catastro en Cádiz, contó solo con el visto bueno del alcalde de Algeciras, que sin ningún tipo de informe técnico mostró su conformidad a los nuevos valores en un escrito
de fecha 10 de junio de 2008, que no solo no fue ratificado por el pleno del ayuntamiento, sino que ni tan siquiera era conocido por los concejales de su propio equipo de gobierno, como estos han manifestado reiteradamente y las hemerotecas así
recogen estas declaraciones de prensa. Pero además la revisión catastral en Algeciras se ha llevado a cabo a los nueve años de la anterior, es decir, con un año de adelanto sobre la fecha legalmente prevista, incumpliendo


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así la propia Ley del Catastro y discriminando a los ciudadanos de Algeciras respecto a los de otras poblaciones de la provincia, que no han sufrido este tipo de revisiones. Son casos de la provincia de Cádiz, Barbate, Grazalema, Alcalá del
Valle o la propia ciudad de Jerez, donde llevan más de veinte años con los mismos valores catastrales. La nueva ponencia no se ha sustentado tampoco en ningún tipo de estudio de mercado y ello ha provocado con frecuencia que los nuevos valores que
les han sido asignados a los inmuebles de la ciudad superen con creces la base prevista del 50 por ciento del valor de mercado del mismo, incumpliendo así la resolución de 27 de junio de 2008 de la Dirección General del Catastro, y obligando por
tanto a más de 5.000 ciudadanos, señorías, 5.000 algecireños, a presentar los correspondientes recursos ante la Administración. En definitiva, sobran argumentos para defender que en estos momentos es injusto e inconveniente subir un 160 por ciento
los valores catastrales de Algeciras; que esta subida no la quiere nadie, ni el propio ayuntamiento de Algeciras, y que por tanto el Gobierno debe de anularla y está legitimado para ello.



Acabo, señor presidente, pidiendo el voto favorable a todos los grupos políticos de esta Cámara.



El señor PRESIDENTE: Pasamos directamente a la intervención del Grupo Parlamentario Socialista, en cuyo nombre interviene el señor De la Encina.



El señor DE LA ENCINA ORTEGA: El Grupo Parlamentario Popular trae a esta Comisión de Economía y Hacienda una proposición no de ley solicitando que se realice un nuevo procedimiento de valoración colectiva que determine el valor catastral de
los bienes inmuebles en el municipio de Algeciras basándose en que existe una pluralidad de bienes inmuebles en los que se aprecian, como ha manifestado el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, diferencias sustanciales entre los valores del
mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales finalmente asignados.



Esta petición no la podemos solucionar en esta Cámara y el Grupo Parlamentario Popular y el señor Landaluce lo saben. Saben que esta petición que hoy trasladan aquí es improcedente porque existe una imposibilidad legal de realizar un nuevo
procedimiento de valoración colectiva en ese municipio ya que el Real Decreto 1/2004, de 5 de marzo, que regula el catastro inmobiliario y que fue aprobado, señor Landaluce, por el Gobierno del Partido Popular -1 de marzo de 2004- dice en su
artículo 28.3 lo que le voy a leer, porque parece mentira que venga a esta Cámara, que es la sede legislativa, sin conocer la ley. Dice el artículo 28.3 que el procedimiento de valoración colectiva se podrá realizar con carácter general, como se
hizo en Algeciras, por cierto con el apoyo del Grupo Popular, en el año 2006. El Grupo Popular y todos los grupos de la corporación solicitan esa revisión catastral porque, como usted bien ha dicho, hacía nueve años que se había revisado. (El
señor Landaluce Calleja: ¡Eso es mentira!)


El señor PRESIDENTE: Señor Landaluce, por favor, le ruego que se comporte, que no interrumpa y menos con ese tipo de consideraciones que rayan el insulto.



El señor DE LA ENCINA ORTEGA: Yo no le he interrumpido. Vuelve usted a demostrar su intolerancia. A veces al Partido Popular le duele, le escuece recordar el pasado, pero la historia está ahí, está escrita. El 27 de julio de 2006 todos
los grupos de la corporación del municipio de Algeciras apoyan, porque además era razonable, la revisión del catastro.
Se hizo la última en el año 1999 porque se habían detectado por el catastro 10.000 unidades que no se habían regularizado,
etcétera, por tanto, se procede a esa revisión, que se aprueba en julio de 2008, como usted sabe. El artículo 28.3, dice -si me permite se lo leo ya que viene usted aquí sin leerse las cosas y yo no tengo la culpa y los ciudadanos menos- que el
procedimiento de valoración colectiva, con carácter general, se hará cuando se requiera la aprobación de una ponencia de valores total. Este procedimiento no se podrá reiniciar hasta al menos transcurridos cinco años desde la entrada en vigor de
los valores catastrales y con carácter general a partir de los diez años. Si se aprobó en el municipio de Algeciras después de multitud de reuniones con el catastro y ajustado a lo que se indica aquí en sus artículos 217 y 119, no puede usted un
año y medio después, porque lo imposibilita la ley, volver a pedir la revisión porque ha pasado un año y medio y no cinco. Usted sabe que está pidiendo aquí algo que no solo es inviable sino que es ilegal. Por eso yo le he dicho, antes de entrar
en este debate, que por favor retirara esta iniciativa, porque lo único que está trasladando es confusión a los ciudadanos, que usted sabe que se han manifestado porque entendían que esa revisión era muy alta. Y usted, aprovechando el río revuelto,
sin tener en cuenta que está aquí, en sede parlamentaria, en la casa de todos los españoles, donde se legisla, se salta a la torera eso que le acabo de leer que fue aprobado por su gobierno. Traiga usted una proposición de ley y en lugar de los
cinco años que dijeron, ponga un año o un año y medio de manera que se pueda ajustar a la ley esa revisión, pero no traiga usted una iniciativa que es inviable e ilegal. Usted, señor Landaluce, lo que intenta llevar a cabo aquí es una tropelía
jurídica que entiendo que ningún grupo parlamentario debe apoyar por muchos intereses ciudadanos que haya en juego, que los hay. Por eso el ayuntamiento de Algeciras, consciente de que legislativamente existía esa imposibilidad, lo ha abordado
políticamente que no jurídicamente, que es como usted está abordando aquí este tema, y ha llevado al pleno de Algeciras, donde usted ha estado y se ha abstenido el pasado viernes día 5, un acuerdo que además ha sido ampliamente debatido con los
colectivos vecinales que van a ratificar o no el día 19, pero en todo caso se ha aprobado con los votos del equipo de gobierno del


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ayuntamiento de Algeciras -con su abstención- una propuesta política para amortiguar ese incremento del IBI que consiste, se lo recuerdo, en: año 2009, subida del 7 por ciento del IBI respecto de 2008; año 2010 y 2011, bonificación del
cien por cien y por tanto el recibo del IBI se queda congelado durante esos dos años; 2012 a 2014, tres años, subida solo aplicable al IBI. Por tanto, entiendo que políticamente se corrige algo que no podemos, como usted pide aquí, llevar a cabo a
través de una revisión catastral porque no se ha cumplido el artículo 28.3 que mandata que solo se pueda revisar a partir de los cinco años. Por cierto, también se ha solicitado para el año 2015, señoría, transcurridos ya los cinco años, una
ponencia nueva al catastro.



Sabe usted que sobre la base de esta problemática creada no existe en este país, en España, una congelación del IBI como la que se ha podido llevar a cabo y se ha aprobado el viernes en el pleno del ayuntamiento de Algeciras, en los términos
que he dicho anteriormente. Y en segundo lugar, le recuerdo que de las ponencias revisadas en los años 2007 y 2008 por el catastro, Algeciras es la tercera más baja. No se dé tantos golpes de pecho en defensa de los ciudadanos y póngase de verdad,
con medidas políticas como esa abordada en el ayuntamiento, en la que usted se abstuvo -ni siquiera tuvo la valentía de votar en contra-, para solucionar este problema.



Señor Landaluce para ir concluyendo ¿qué está usted defendiendo aquí? ¿Sabe qué creo? Se lo digo sinceramente porque sabe que lo aprecio y mucho y sé que usted es una persona que se preocupa por todos los problemas. Creo que usted está
defendiendo aquí algo que es inviable con el único objetivo de seguir confundiendo a los ciudadanos. Usted y su grupo están planteando -aquí se ha defendido en el mes de febrero una proposición no de ley que usted ha calcado de su compañero de
Jerez y que se votó en contra, como espero que suceda hoy- la anulación de un acto de naturaleza que no es posible vía jurídica y sí vía administrativa, sí a través de recursos contencioso administrativos. Sabe usted que muchos ciudadanos de
Algeciras están presentando su recurso contencioso-administrativo con carácter individual, que tendrá solución o no cuando se resuelva también desde el punto de vista individual, pero no como usted plantea aquí, porque le recuerdo que, además del
artículo 28.3 que le he leído, el artículo 29 de la Ley del catastro, que ustedes, Gobierno del Partido Popular, aprobaron, dice que los procedimientos de valoración colectiva de carácter general y parcial se iniciarán con la aprobación de la
correspondiente ponencia de valores y que los actos objeto de notificación podrán ser recurridos en vía económico-administrativa sin que la interposición de la demanda o reclamación suspenda la ejecutoriedad. Eso es lo que se está haciendo.
Por
tanto, señorías, de todos los procedimientos transcritos y muchos más se deduce que los procedimientos generales de valoración catastral constituyen actos reglados, regulados en la ley -esto no es una decisión baladí de nadie-, algo que entiendo -y
creo que lo compartimos todos- que un diputado como usted, que se esfuerza en trabajar y en intentar resolver los problemas, debe respetar por encima de todo. Además, la propia ley recoge los supuestos en los que proceden las reclamaciones y los
recursos, tanto en relación con las ponencias de valores como respecto de los actos de notificación individual de la misma, y el Partido Popular, el Grupo Popular y usted lo saben porque hacen leyes, como todos en esta Cámara.



Estoy seguro, señor Landaluce, que ni usted ni su grupo parlamentario pretenden el incumplimiento de una obligación legal y, por tanto, entiendo que no debería continuar con la tramitación y el debate de esta proposición no de ley porque su
petición no solo es inviable, como he dicho, sino que es ilegal. Le pediría de nuevo que la retire y, en todo caso, si usted no lo lleva a cabo, entiendo que, con todos los argumentos que he puesto sobre la mesa, no podemos apoyar desde el punto de
vista legal una proposición no de ley como la que usted plantea. Es inaceptable jurídicamente pero, además, entiendo que tampoco lo es políticamente porque el acuerdo al que se ha llegado es bueno para los ciudadanos y confío en que el día 19 así
lo entiendan y lo ratifiquen.



Termino ya, señor presidente, reiterando que espero que el Grupo Parlamentario Popular retire antes de la votación esta iniciativa porque, si no es así, votaríamos en contra. También confío en que el resto de los grupos, si no votan en
contra, se abstengan al menos para no llevar a cabo en sede parlamentaria algo que sería inviable de aplicar por la Dirección General del Catastro del Ministerio de Economía y Hacienda porque no lo permite la ley.



El señor LANDALUCE CALLEJA: Señor presidente, para posicionarme en relación con la propuesta que ha hecho el Grupo Parlamentario Socialista.



El señor PRESIDENTE: Después, cuando llegue el momento de ordenar la votación podrá responder escuetamente si acepta o no la sugerencia que se le acaba de hacer.



- RESOLUCIÓN DEL PROBLEMA DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO EXIGIDO POR LA ADMINISTRACIÓN POR LAS INDEMNIZACIONES RECIBIDAS CON LA ENTREGA DE CERDOS A CONSECUENCIA DE LA PESTE PORCINA CLÁSICA, DESPUÉS DE HABER SIDO DECLARADA SU
IMPROCEDENCIA POR SUCESIVAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ). (Número de expediente 161/001200.)


El señor PRESIDENTE: Proposición no de ley que aparece en el 4.º punto del orden del día. El autor es el


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Grupo Parlamentario Catalán y para su exposición y defensa tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Señoras y señores diputados, la proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Catalán tiene como objeto fundamental intentar resolver una injusticia fiscal que padecen alrededor de 500 pequeñas y
medianas empresas, empresas familiares, empresas dedicadas a la explotación agropecuaria, empresas familiares ganaderas que en su día recibieron indemnizaciones como consecuencia de la entrega de cerdos afectados por la peste porcina y que al cabo
de unos años de haber recibido estas indemnizaciones reciben la visita desagradable -por decirlo de alguna manera- de la Agencia Tributaria, que les está incoando actas en las que se les reclama el IVA de dichas indemnizaciones con los intereses de
demora correspondientes. También hay que decir a continuación que dichas reclamaciones de IVA por parte de la Agencia Tributaria han sido declaradas improcedentes por sucesivas sentencias del Tribunal Supremo, al que han acudido básicamente las
grandes compañías que eran acreedoras ante Hacienda de cantidades importantes de IVA. Han tenido la posibilidad de acudir al contencioso administrativo y posteriormente al Supremo, que les han dado la razón, pero no lo han podido hacer, como
planteamos en esta proposición no de ley, alrededor de 500 pequeñas y medianas empresas, muchas de las cuales ya han pagado el IVA y otras están en proceso de litigio. Yo diría que no deja de ser una cantidad no demasiado importante para Hacienda,
porque no creemos que llegue a más de 10 millones de euros, pero hay que manifestar que sí lo son para estas alrededor de 500 pequeñas y medianas empresas; para ellas es importantísimo no tener que pagar este impuesto porque entienden que cuando
les fueron abonadas las indemnizaciones no se incluía el IVA y que en estos momentos están padeciendo estas inspecciones que están gravando de manera importante sus economías financieras maltrechas por la crisis económica que están padeciendo
básicamente la mayoría de las empresas españolas. Por este motivo, después de haber hecho las consultas pertinentes con los afectados y también con diferentes instancias de la Administración Tributaria, nuestro grupo parlamentario se ha decidido a
presentar, haciéndose eco de estas reclamaciones de los sectores agropecuarios, la mayoría de los cuales están ubicados en Cataluña y en Aragón, esta proposición no de ley que va en la dirección de plantear el problema al Congreso de los Diputados
para que pueda instar al Gobierno a corregir los efectos de la situación provocada en relación con la improcedente sujeción al impuesto sobre el valor añadido de las indemnizaciones por las entregas de cerdos efectuadas a las autoridades competentes
por los titulares de explotaciones situadas en zonas de protección o zonas de vigilancia como consecuencia de la peste porcina clásica, de acuerdo con las decisiones del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y del Tribunal Supremo y dar
las instrucciones oportunas a la Administración Tributaria para su subsanación. Entendemos que es una cuestión de justicia social y también, por qué no decirlo, de resolver una injusticia fiscal. Creemos que sería interesante que pudiera ser
aprobada esta proposición no de ley por todos los grupos parlamentarios que componen esta Comisión de Economía y Hacienda o por la mayoría de ellos.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Albendea.



El señor ALBENDEA PABÓN: La proposición no de ley del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió trata de proteger a las pequeñas explotaciones del sector porcino, quienes recibieron, al igual que las grandes explotaciones, indemnizaciones
por la entrega de cerdos a la Administración como consecuencia de la peste porcina. La Agencia Tributaria ha manifestado reiteradamente la sujeción al impuesto sobre el valor añadido de dichas indemnizaciones. Dicha sujeción ha sido reiterada por
los tribunales de justicia en diversas instancias, salvo por el Tribunal Supremo, quien, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, ha fijado el criterio de que una ayuda o una indemnización fijada en interés
general y sin atender a fines comerciales nunca podrá estar sujeta al impuesto sobre el valor añadido.
Por tanto, las empresas grandes que han podido recurrir ante el Tribunal Supremo por las cuantías reclamadas por la Administración Tributaria no
van a tener que hacer frente al impuesto más sus correspondientes recargos, mientras que las pequeñas explotaciones, al no poder recurrir al Tribunal Supremo por razones de cuantía, van a tener que pagar el impuesto más los intereses y recargos
correspondientes. Por razones de equidad parece lógico que el Congreso de los Diputados inste al Gobierno a que busque la fórmula adecuada para que no permanezca por más tiempo una situación evidentemente injusta. Por todas estas razones el Grupo
Parlamentario Popular va a apoyar esta proposición no de ley.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Mixto, Coalición Canaria, señora Oramas.



La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: Intervengo para decir que vamos a apoyar esta proposición del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), porque lo que no puede ser es que en este país, en función de la capacidad económica y del
tamaño de una empresa, se apliquen determinadas medidas fiscales y otras no. Nos parece muy adecuada la propuesta que ha presentado el Grupo Catalán y la vamos a apoyar.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Alonso.



El señor ALONSO NÚÑEZ: Vaya por delante la posición del Grupo Parlamentario Socialista, que va a


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ser la de apoyar y votar favorablemente la proposición no de ley que ha planteado y traído a esta Comisión el portavoz del Grupo Parlamentario Catalán. A continuación hay que decir que esta proposición no de ley recoge literalmente una
vieja reivindicación planteada y llevada a todos sus ámbitos por la Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino, Anprogapor, que viene planteando distintas iniciativas en los ámbitos judiciales respecto a decisiones que se tomaron en su
momento -todo esto viene del año 1997- y que finalmente han sido declaradas injustas o no ajustadas a derecho por el Tribunal Supremo. Se trata de un tema que tiene ya mucho recorrido, vuelvo a repetir que desde el año 1997, que es cuando se
producen estos sucesos de peste porcina clásica, que se dan en diversas zonas del territorio nacional pero que afectan fundamentalmente a las provincias de Lérida y Segovia, se adoptan decisiones, en primer lugar, de pago de indemnizaciones por
parte del Ministerio de Agricultura y, posteriormente, del Ministerio de Economía y Hacienda solicitando la devolución o abriendo expedientes exigiendo la devolución del IVA teóricamente devengado por aquellas indemnizaciones o esos pagos que había
realizado el Ministerio de Agricultura.



Conocen los proponentes y los redactores de esta proposición no de ley las dificultades que tiene la resolución de este conflicto, porque efectivamente, como se ha señalado por los intervinientes, aquí se dan distintas situaciones; por un
lado, aquellas explotaciones que por su cuantía han podido llevar sus procedimientos y sus reclamaciones hasta el Tribunal Supremo, que se ha pronunciado en sentencias en este mismo año en el que nos encontramos y entremedias, a lo largo del camino,
encontramos dos situaciones, la de aquellos productores medianos o pequeños que no reclamaron las actas que fueron planteadas por la Administración Tributaria, y aquellos otros que planteando distintos procedimientos judiciales ante los tribunales
superiores de justicia han obtenido sentencia negativa a su reivindicación. Por tanto, estamos ante un problema complicado, porque en definitiva hay muchos expedientes que ya están juzgados y que tienen una sentencia negativa a sus planteamiento, y
otros expedientes que en este momento están sin resolución administrativa o judicial y que sí tienen el camino un poco más claro tras esta sentencia del Tribunal Supremo.



El Grupo Parlamentario Socialista reconoce que estamos en una situación que debe plantearse, que debe estudiarse y en la que deben aprovecharse hasta el máximo los resquicios que tenga la legislación para resolver estas injustas decisiones
que tomó la Administración Tributaria en su momento. Señor Sánchez i Llibre, estamos hablando de expedientes de la Administración Tributaria de hace ya bastantes años; lo que se ha producido recientemente, en este año, son sentencias del Tribunal
Supremo, pero las decisiones del Tribunal Superior de Justicia, tanto de Cataluña como de Castilla-León se han producido en años anteriores. El origen de esta decisión se remonta a 1997 y al criterio asentado entonces por la Dirección General de
Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda -Gobierno del Partido Popular, recuerdo- que ha ido manteniéndose y aceptándose por los tribunales superiores. Para este momento y para el futuro el tema está claro; si un ganadero o una explotación
agrícola recibe una indemnización por entrega de productos agrícolas o ganaderos como consecuencia de legislación comunitaria por la intervención ante enfermedades, estas entregas no pueden estar sometidas a tributación por el IVA. Vuelvo a repetir
que resolver todos los expedientes es complejo; es un tema administrativa y judicialmente muy complejo. Hay muchos casos que tienen ya sentencia firme de tribunales superiores de justicia y ustedes saben mejor que yo la dificultad que tiene
resolver esa situación.



En cualquier caso, puesto que efectivamente se levantaron expedientes por la Agencia Tributaria que, de acuerdo con el criterio del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de la Unión Europea, no deberían haberse abierto, vamos a votar
favorablemente esta proposición no de ley y vamos a apoyar este trabajo serio y riguroso que ha venido desarrollando la Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino de España, que finalmente ha obtenido esta sentencia del Tribunal Supremo a
lo que, desde nuestro punto de vista, era una justa reivindicación.



El señor PRESIDENTE: Suspendemos la sesión hasta las doce y media y, si son tan amables, en estos diez minutos tenemos la reunión prevista de Mesa y Portavoces. (Pausa.)


Vamos a votar. Enmiendas al proyecto de ley. Votamos en primer lugar las enmiendas del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. Ha habido alguna pequeña modificación en el cuadernillo de
votación que tenían y las iré precisando. Primera modificación respecto al cuadernillo: ahora vamos a votar en primer lugar las enmiendas 1, 2 y 4; y después se ha pedido que votemos por separado de la 30 a la 42. Digo esto porque en su
cuadernillo tenían un primer grupo de votaciones que comprendía la 1, 2 y 4 y de la 30 a la 42; por tanto, esto se subdivide en dos votaciones.



La primera votación es la correspondiente a las enmiendas 1, 2 y 4.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos ahora las enmiendas 30 a 42 del mismo grupo.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 19; abstenciones, 16.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos ahora las enmiendas 3, 5, 6 y 9 del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 36.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda número 7.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Votamos la enmienda número 8.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 35; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Pasamos a las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Votamos en primer lugar las enmiendas 11, 12, 13, 15, 17, 19 y de la 21 a la 29, ambas inclusive.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos ahora las enmiendas 10, 14, 16, 18 y 20.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 18; abstenciones, 16.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Ahora enmiendas del Grupo Parlamentario Popular. En primer lugar, votamos la enmienda número 43.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda número 46.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda 55.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda 56.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmienda número 50.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Enmiendas 52, 53 y 54.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 19.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Pasamos ahora a las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Enmienda 57.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmienda 58.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 17.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmienda 59.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 16; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Enmiendas 67, 68, 69 y 70.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36.



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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Votamos el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 16.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



Tenemos que votar por último el texto del informe.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 16.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.



Pasamos a votar ahora la proposición no de ley relativa a revisión de la valoración catastral de bienes inmuebles en el municipio de Algeciras.



Señor Landaluce, ¿quiere decir si acepta la sugerencia? No hay ninguna enmienda transaccional; no reabramos el debate, por favor. Ni siquiera hay motivo para darle la palabra ahora, pero díganos si acepta o no esta sugerencia que se ha
hecho.



El señor LANDALUCE CALLEJA: Gracias por su magnanimidad, señor presidente.
Se ve que no es sectario.



El Grupo Parlamentario Popular ha pedido la anulación de la ponencia de valores y el Grupo Parlamentario Socialista pide que retiremos la revisión. Son dos cosas distintas.



El señor PRESIDENTE: Votamos entonces la proposición no de ley en los términos en que ha sido presentada y defendida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 18; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Proposición no de ley relativa a la resolución del problema del pago del impuesto sobre el valor añadido exigido por la Administración por las indemnizaciones recibidas con la entrega de cerdos a consecuencia de la peste porcina clásica,
después de haber sido declarada su improcedencia por sucesivas sentencias del Tribunal Supremo.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Se levanta la sesión.



Eran las doce y cuarenta y cinco minutos del mediodía.