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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
IX LEGISLATURA
Serie A: PROYECTOS DE LEY
20 de octubre de 2010
Núm. 98-4
PROYECTO DE LEY
121/000098 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.
Corrección de errores.
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(121) Proyecto de Ley.
121/000098
Autor: Gobierno
Corrección de los errores advertidos en el texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.
Acuerdo:
Trasladar a la Comisión de Presupuestos para su incorporación al expediente de la iniciativa y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.
En relación con el Proyecto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, remitido a esa Cámara y publicado en el BOCG, serie A, número 98-1, de 2 de octubre de 2010, comunico a V. E. que se han advertido errores en el
texto del mismo, cuya relación se adjunta, para su conocimiento y efectos oportunos.
Las referencias de paginación se hacen a la publicación citada del BOCG.
Madrid, 18 de octubre de 2010.-El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios, José Luis de Francisco Herrero.
- Página 5:
Exposición de motivos, apdo. VII. En el 5.º párrafo (que comienza 'Con el fin...')
Donde dice: '24.170, 20 euros'.
Debe decir: '24.107,20 euros'.
- Página 44
Artículo 63. Escalas general y complementaria del Impuesto, en el título:
Donde dice: 'Escalas general y complementaria del Impuesto'.
Debe decir: 'Escalas general y autonómica del Impuesto'.
- Página 47:
Artículo 67. Porcentajes de reducción aplicables a determinados rendimientos del trabajo, párrafos primero y segundo.
Donde dice: 'Con efectos desde 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la...'
Debe decir: 'Con efectos desde 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, se modifica el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las
leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, que queda redactado en los siguientes términos:'
Queda suprimido el segundo párrafo, que dice: 'Se modifica el apartado 2 del artículo 18...'
- Páginas 171, 174, 176 y 188:
Anexo IX. Bonificaciones a aplicar en 2011 (art. 19.3)
Sustituir los cuadros, que se adjuntan a esta relación, referidos a bonificaciones de las tasas portuarias:
Autoridad portuaria de Alicante (página 171).
Autoridad portuaria de Bahía de Cádiz (cuadro superior de la página 174).
Autoridad portuaria de Barcelona (página 176).
Autoridad portuaria de Melilla (cuadro superior de la página 188).
Página 171 del Proyecto de Ley BOCG
Página 174 -cuadro superior- del Proyecto de Ley BOCG
Página 176 del Proyecto de Ley BOCG
Página 188 -cuadro superior- del Proyecto de Ley BOCG