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I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica (624/000013) (Cong. Diputados, Serie B, núm. 283 Núm. exp. 122/000255) ENMIENDAS El Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés (GPECP), al Palacio del Senado, 5 de enero de 2011.—El Portavoz, Ramón ENMIENDA NÚM. 1 Del Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés (GPECP) El Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés (GPECP), al ENMIENDA De supresión. Se suprime el artículo único de la Ley. JUSTIFICACIÓN Dos son los tipos de motivos que llevan a formular esta Por un lado, existen motivos políticos o de oportunidad, en el Cambios como los que se están produciendo en lo que ha venido numerosas personalidades, entre las que se encuentra el presidente Nos encontramos de nuevo ante una iniciativa política que, desde el Desde otro punto de vista, el de la legalidad y la calidad Este grupo se muestra conforme con la afirmación de que no se La misma inseguridad se produce con la solución dada a la entrega En definitiva, esta reforma, en las modificaciones pretendidas de El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo Palacio del Senado, 4 de enero de 2011.—El Portavoz, Joseba ENMIENDA NÚM. 2 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con las enmiendas al articulado. ENMIENDA NÚM. 3 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN Por razones idénticas a las que sostienen enmiendas ENMIENDA NÚM. 4 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN Por entrar en contradicción con el texto constitucional y la Por la imposibilidad de cohonestación del articulado con el Por la asunción por parte de la Junta Electoral Central de ENMIENDA NÚM. 5 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN La suspensión de la entrega del censo provocaría unas condiciones Se atribuye además a la administración electoral decisiones que en ENMIENDA NÚM. 6 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN Los elementos utilizados como parámetros son demasiado ENMIENDA NÚM. 7 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En consonancia con el resto de las enmiendas. Inseguridad jurídica ENMIENDA NÚM. 8 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN Absoluta inseguridad jurídica habiéndose producido las Por otra parte, un recurso de una candidatura con efectos Riesgo de que se produzcan alteraciones de los resultados ENMIENDA NÚM. 9 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 10 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 11 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 12 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 13 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 14 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 15 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 16 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 17 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 18 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN En coherencia con el resto de las enmiendas presentadas. ENMIENDA NÚM. 19 Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN) El Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas (GPSN), al amparo ENMIENDA De supresión. JUSTIFICACIÓN Por estar absolutamente en contra de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto Palacio del Senado, 5 de enero de 2011.—La Portavoz, María ENMIENDA NÚM. 20 Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición Final con el siguiente texto: Disposición Final (Nueva). Modificación del Código Penal. Se corrigen los siguientes artículos y apartados de la Ley Orgánica 1. En el artículo 131.1, se suprime el siguiente párrafo: «Los 2. En el apartado 7 del artículo 197 se sustituye el inciso 3. En el artículo 288.1 se incluye la referencia al artículo 284 4. En el apartado 1 del artículo 570 quáter, se sustituye el inciso JUSTIFICACIÓN Subsanar errores de redacción detectados en la citada norma. ÍNDICE
5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula una enmienda a la Proposición de Ley Orgánica por la que se
modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral
General.
Aleu i Jornet.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al Artículo Único.
enmienda.
sentido de que no es inteligente ni útil cerrar los caminos por los que
puede producirse una definitiva normalización política y democrática en
Euskadi. Estamos en un momento en el que debe haber una mayor altura de
miras que el mero cálculo partidista, tacticista o electoralista.
siendo el entorno del terrorismo van en una dirección positiva que debe
ser incentivada y no estigmatizada. Así lo están reconociendo
del Partido Socialista en Euskadi, el señor Eguiguren, quien reclama
encauzar un acuerdo por la vía del diálogo político, restaurando todos
los derechos civiles y políticos.
discurso de la unidad procede de la falta de voluntad unitaria, con el
único acuerdo previo de los dos grupos mayoritarios.
democrática, el texto de las modificaciones propuestas con la Proposición
supone una nueva vuelta de tuerca a la Ley de Partidos que nada va a
favorecer el objetivo deseado de pacificar el País Vasco.
pueden permitir espacios de impunidad, pero considera que éstos ya no son
posibles con la actual legislación electoral, penal y de partidos. Sólo
se puede hablar de impunidad respecto de quien ha cometido un delito, y
la reforma que se pretende con la Proposición de Ley pretende hacer
desaparecer de las instituciones, tras haber sido democráticamente
elegidas, a personas que, sin ser sospechosos de haber incurrido en
ningún ilícito, no hacen un auto de fe contrario a las causas que hayan
llevado a los jueces a ilegalizar el partido o coalición por el que han
sido electas. O, lo que es más rechazable desde un punto de vista de
legalidad democrática, se pretende posibilitar la expulsión de las
instituciones democráticas de quien, tras haber hecho esa declaración o
auto de fe, «mostrara contradicción, a través de hechos, omisiones o
manifestaciones, respecto de su contenido». El rechazo a esta
«incompatibilidad sobrevenida», que puede ser declarada en primera
instancia por la Junta Electoral, procede no sólo por la siempre
rechazable inseguridad jurídica que genera esta redacción, sino también
por la duda de su constitucionalidad a la vista de numerosas Sentencias
del Tribunal Constitucional.
de los censos, al pretender permitir que las Juntas Electorales decidan
«suspender cautelarmente» dicha entrega a una candidatura cuando la misma
haya sido recurrida o «cuando se considere que podrían estar incursas en
alguna de las circunstancias» para ser consideradas ilegales. Se permite,
de esta manera, colocar en situación de inferioridad a candidaturas que
finalmente pueden ser declaradas legales, respecto de las que no se podrá
resarcir la discriminación de la que han sido objeto en una materia tan
sensible para la calidad democrática como es la electoral.
la LOREG como precipitada, no unitaria, opuesta al aprovechamiento de la
actual tendencia proclive a la terminación definitiva de las acciones
terroristas de ETA y de dudosa legalidad constitucional.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 18
enmiendas a la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Zubia Atxaerandio.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Preámbulo.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Uno.
posteriores.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Dos.
jurisprudencia, según la cual el cargo corresponde a la persona electa
que haya tomado la posesión del cargo, no al partido y organización
política que le incluyó en sus listas.
principio de presunción de inocencia, exigiéndose una declaración expresa
a personas que no han cometido ningún delito o no hayan mostrado
connivencia con la violencia.
funciones que debieran corresponder a los Tribunales.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Tres.
de discriminación a aquellas candidaturas que tras resolverse el recurso
fueran consideradas legales, siendo imposible restaurar la situación
anterior.
todo caso deberían corresponder a los tribunales.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Cuatro.
subjetivos.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Cinco.
para la candidatura recurrida y el resto de organizaciones en liza
electoral al preverse un recurso, y por tanto una situación de
provisionalidad hasta el mismo momento de la campaña electoral, más allá
de la proclamación de candidaturas.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Seis.
elecciones.
suspensivos podría provocar una alteración de las mayorías elegidas por
voluntad popular, pudiéndose producir actos administrativos y
procedimientos de elección en las instituciones (elección de alcalde,
etc.) que serían imposibles de retrotraer a un estado anterior aun
habiéndose obtenido una resolución desestimatoria.
electorales a través de recursos presentados con intención de obtener
réditos electorales partidistas.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Siete.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Ocho.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Nueve.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Diez.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Once.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Doce.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Trece.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Catorce.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Quince.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo Único. Dieciséis.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición final primera.
de junio, de Partidos Políticos.
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula una enmienda a la
Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica
5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
del Carmen Silva Rego.
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Disposición final nueva.
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en la redacción dada por
la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.
delitos de calumnia e injuria prescriben al año».
«mencionados en el apartado 5» por «mencionados en el apartado
anterior».
entre las referencias a los arts. 282 bis y 286 bis.
«este Capítulo» por «este Capítulo y el siguiente» y el inciso «del
artículo 31 bis» por «de los artículos 33.7 y 129».
Artículo Enmendante Nº de enmienda
Preámbulo GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)2 Artículo Único GP Entesa Catalana de Progrés
(GPECP)1 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)3 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)4 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)5 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)6 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)7 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)8 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)9 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)10 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)11 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)12 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)13 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)14 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)15 GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)17 Disposición final primera GP de Senadores Nacionalistas
(GPSN)19 Disposición final nueva GP Socialista (GPS) 20