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XV Legislatura

Informes en tramitación

1 / 000097 / 0000
Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/956 en lo que respecta a la simplificación y el afianzamiento del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono. 
COM (2025) 87 finalSWD (2025) 58 final

Autor :
Órgano - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 31/03/25         Fin del Plazo : 26/05/25
Inicio Alca :         01/04/25         Fin Alca : 29/04/25

Base jurídica : Artículo 192 TFUE

Resumen
La presente propuesta aportará simplificaciones y mejoras de eficiencia en el Reglamento 2023/956 por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (Reglamento MAFC) sin afectar a la consecución de los objetivos en este ámbito de actuación. Las medidas propuestas no socavarán el objetivo ambientalista del MAFC, sino que permitirán un MAFC más eficiente, al tiempo que se mantienen intactos los principios clave de su diseño.
La propuesta facilitará a los importadores de mercancías en la Unión el cumplimiento de las obligaciones de presentación de informes a efectos del MAFC al simplificar algunas de las obligaciones de información que se basan en cálculos complejos y procesos de recogida de datos que pueden obstaculizar la aplicación efectiva del MAFC.
Además, la propuesta reforzará el seguimiento y la supervisión del MAFC. Aumentará la capacidad de la Comisión para tratar datos e intercambiar información pertinente con las autoridades nacionales a fin de garantizar el máximo aprovechamiento de la información comunicada por las partes interesadas. También permitirá a la Comisión detectar mejor los riesgos y a las autoridades nacionales competentes tener mejores herramientas para adoptar las medidas adecuadas cuando sea necesario.
Por último, la simplificación del mecanismo también será un factor clave para la posible ampliación de su ámbito de aplicación en el futuro. En el segundo semestre de 2025, la Comisión presentará un informe de evaluación exhaustivo del MAFC, tal como se prevé en el artículo 30 del Reglamento MAFC, que allanará el camino para una posible ampliación del ámbito de aplicación del MAFC.

Ipex/Consilium/Oeil : 
Fichas IPEX y OEIL

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 29/04/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 14/04/25: Parlamento de La Rioja (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0002 - Fecha Entrada: 16/04/25: Parlamento de Galicia (Toma conocimiento)
Nº Doc. 0003 - Fecha Entrada: 05/05/25: Parlamento Vasco (Toma conocimiento) PC
Nº Doc. 0004 - Fecha Entrada: 07/05/25: Parlamento de Cataluña (Toma conocimiento) PC

Documentos asociados : 
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo : 
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 22 de abril de 2025, acordando realizar
informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente a designar
por el Grupo Parlamentario Popular.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (31/03/25 - 22/04/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 26/05/25)


1 / 000098 / 0000
Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se modifican las Directivas 2006/43/CE, 2013/34/UE, (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a determinados requisitos de presentación de información corporativa y de diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. 
COM (2025) 81SWD (2025) 80 final

Autor :
Órgano - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 01/04/25         Fin del Plazo : 27/05/25
Inicio Alca :         01/04/25         Fin Alca : 29/04/25

Base jurídica : Artículos 50 y 114 TFUE

Resumen :
La presente propuesta contiene disposiciones destinadas a simplificar y racionalizar el marco regulador con el fin de reducir la carga para las empresas que se deriva de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad y la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.
La propuesta introduce varias simplificaciones y mecanismos de flexibilidad importantes que podrían incentivar a las empresas a aplicar voluntariamente y a mayor escala las normas sobre presentación de información relacionada con la sostenibilidad y la taxonomía. Las empresas con un perfil sólido en el ámbito de la sostenibilidad podrían servirse de ello como aspecto diferenciador e, incluso, obtener cierta ventaja a la hora de atraer inversiones. Por su parte, la presentación voluntaria de información podría ser beneficiosa para las empresas en transición, ya que tendrían la posibilidad de decidir cómo comunicar sus estrategias de inversión sin la presión de estar sometidas a obligaciones de divulgación de información, al tiempo que atraen inversiones. Paralelamente a la presente propuesta, la Comisión presenta una propuesta legislativa específica cuyo objetivo es aplazar la fecha de inicio de la aplicación de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y de determinadas disposiciones de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad.
La propuesta específica presentada por la Comisión en paralelo a la presente propuesta aplazaría dos años el inicio de la aplicación de los requisitos de presentación de información para la segunda tanda (grandes empresas que no sean entidades de interés público y tengan más de 500 empleados, así como grandes empresas con hasta 500 empleados17) y para la tercera tanda (pymes cotizadas, entidades de crédito pequeñas y no complejas y empresas de seguros y de reaseguros cautivas).
El objetivo del aplazamiento sería evitar que determinadas empresas estuvieran obligadas a presentar la información correspondiente a los ejercicios de 2025 (segunda tanda) o de 2026 (tercera tanda) y, posteriormente, quedasen exentas de esa obligación. Tal situación llevaría a las empresas afectadas a soportar unos costes innecesarios y evitables.
Directiva 2006/43, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660 y 83/349 del Consejo y se deroga la Directiva 84/253 del Consejo
Directiva 2013/34, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43 y se derogan las Directivas 78/660 y 83/349
Directiva 2022/2464, de 14 de diciembre de 2022, por la que se modifican el Reglamento 537/2014, la Directiva 2004/109, la Directiva 2006/43 y la Directiva 2013/34, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas
Directiva 2024/1760, de 13 de junio de 2024, sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifican la Directiva 2019/1937 y el Reglamento 2023/2859

Ipex/Consilium/Oeil :
Fichas IPEX y OEIL

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 29/04/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 14/04/25: Parlamento de La Rioja (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0002 - Fecha Entrada: 16/04/25: Parlamento de Galicia (Toma conocimiento)
Nº Doc. 0003 - Fecha Entrada: 05/05/25: Parlamento Vasco (Toma conocimiento) PC
Nº Doc. 0004 - Fecha Entrada: 07/05/25: Parlamento de Cataluña (Toma conocimiento) PC

Documentos asociados :
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo :
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 22 de abril de 2025, acordando realizar informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente a desginar por el Grupo Parlamentario Popular.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (01/04/25 - 22/04/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 27/05/25)


1 / 000101 / 0000
Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/631 para incluir una mayor flexibilidad en lo que respecta al cálculo del cumplimiento por parte de los fabricantes de las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos en los años naturales de 2025 a 2027.
COM (2025) 136 final.

Autor :
Organo - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 04/04/25         Fin del Plazo : 30/05/25
Inicio Alca :         04/04/25         Fin Alca : 02/05/25

Base jurídica : Artículo 192 TFUE

Resumen :
El Reglamento 2019/6311 establece las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 para los turismos nuevos y los vehículos comerciales ligeros nuevos. Es una contribución clave para alcanzar los objetivos establecidos en la Legislación Europea sobre el Clima, en particular la neutralidad climática para 2050 y el objetivo para 2030 de reducir las emisiones de CO2 en el conjunto de la economía en un 55 % con respecto a los niveles de 1990.
El Reglamento exige que las emisiones medias anuales de CO2 a escala del parque de la UE de los turismos y las furgonetas nuevos se reduzcan cada cinco años. En 2025, el objetivo de una reducción del 15 % de CO2 en comparación con los valores de 2021 empieza a aplicarse cada año para el período 2025-2029.
En el contexto del diálogo estratégico sobre el futuro de la industria del automóvil, que tuvo lugar en el primer trimestre de 2025 y tal como se anunció en el Plan de Acción para el Sector del Automóvil de la Comisión, de 5 de marzo de 2025, la propuesta se refiere a un cambio específico del Reglamento 2019/631 para proporcionar a los fabricantes mayor flexibilidad en lo que respecta a sus obligaciones de cumplimiento, contemplando un período de cumplimiento de tres años para 2025, 2026 y 2027, en lugar de un período anual.
La modificación específica introduce esta mayor flexibilidad para los fabricantes, conservando al mismo tiempo el nivel de ambición del objetivo de reducción de emisiones.
Reglamento 2019/631, de 17 de abril de 2019, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos

Ipex/Consilium/Oeil : Fichas IPEX y OEIL

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 02/05/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 14/04/25. Parlamento de La Rioja. (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0002 - Fecha Entrada: 16/04/25. Parlamento de Galicia. (Toma conocimiento)
Nº Doc. 0003 - Fecha Entrada: 05/05/25. Parlamento Vasco. (Toma conocimiento) PC
Nº Doc. 0004 - Fecha Entrada: 07/05/25. Parlamento de Cataluña. (Toma conocimiento) PC

Documentos asociados :
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo :
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 22 de abril de 2025, acordando realizar informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente a designar por el Grupo Parlamentario Popular.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (04/04/25 - 22/04/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 30/05/25)


1 / 000102 / 0000
Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2021/2115 y (UE) n.º 251/2014 en lo que respecta a determinadas normas de comercialización y medidas de apoyo sectorial en el sector vitivinícola y a los productos vitivinícolas aromatizados.
COM (2025) 137 final.

Autor :
Organo - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 08/04/25         Fin del Plazo : 03/06/25
Inicio Alca :         08/04/25         Fin Alca : 06/05/25

Base jurídica : Artículos 42 y 43TFUE

Resumen :
Si bien la Unión sigue siendo líder mundial en la producción, el consumo y el valor de las exportaciones de vino, los cambios sociales y demográficos están afectando a la cantidad, la calidad y los tipos de vino consumidos. El consumo de vino en la Unión ha venido disminuyendo de forma constante y se encuentra en su nivel más bajo de las tres últimas décadas, mientras que los mercados tradicionales de exportación de vinos de la Unión se ven afectados por una caída del consumo combinada con factores geopolíticos.
El Grupo de Alto Nivel sobre Política Vitivinícola, creado para estudiar estos retos y descubrir posibles oportunidades para el sector vitivinícola de la Unión, aprobó un documento con recomendaciones estratégicas, que ahora se pretenden trasladar al ámbito legislativo. El Reglamento 1308/2013, establece disposiciones relativas al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, que la presente propuesta modificará en consonancia con las recomendaciones del Grupo sobre la gestión del potencial productivo, a fin de dar facilidades a los Estados miembros a la hora de paliar o prevenir el riesgo de exceso de capacidad de producción en determinadas zonas y segmentos de mercado. También se modifican las actuales normas de etiquetado para facilitar la producción de productos vitivinícolas con menor graduación alcohólica y hacer posibles nuevas formas de informar a los consumidores.
Se modifica el Reglamento 251/2014, sobre la definición, descripción, presentación y etiquetado de los productos vitivinícolas aromatizados, para tener en cuenta las modificaciones del Reglamento 1308/2013 relativas a los vinos con menor graduación alcohólica, de forma que se permita la producción de productos vitivinícolas aromatizados a partir de dichos vinos.
El Reglamento 2021/2115, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos, queda modificado por la presente propuesta para ofrecer a los Estados miembros la posibilidad de conjugar la reestructuración eficiente de los viñedos con la necesidad de evitar un aumento de la producción, tal como recomienda el Grupo.
Reglamento 1308/2013, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos 922/72, 234/79, 1037/2001 y 1234/2007
Reglamento 2021/2115, de 2 de diciembre de 202, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la PAC, financiada con cargo al FEAGA y al Feader, y por el que se derogan los Reglamentos 1305/2013 y 1307/2013
Reglamento 251/2014, de 26 de febrero de 2014 , sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, y por el que se deroga el Reglamento 1601/91 del Consejo
Policy recommendations for the future of the eu wine sector. High-Level Group on Wine Policy. 2024

Ipex/Consilium/Oeil : Fichas IPEX y OEIL

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 06/05/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 25/04/25. Parlamento de Galicia. (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0002 - Fecha Entrada: 06/05/25. Asamblea de Extremadura. (No ha lugar a pronunciamiento))
Nº Doc. 0003 - Fecha Entrada: 07/05/25. Parlamento Vasco. (Archivo del expediente) PC
Nº Doc. 0004 - Fecha Entrada: 14/05/25. Parlamento de Cataluña. (Archivo del expediente) PC

Documentos asociados :
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo :
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 22 de abril de 2025, acordando realizar informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente del GP Socialista, Víctor Javier Ruiz de Diego.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (08/04/25 - 22/04/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 03/06/25)

Datos Ponente :

Ruiz de Diego, Víctor Javier Congreso
Grupo Parlamentario Socialista


1 / 000103 / 0000
Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/691 en lo que respecta al apoyo a los trabajadores afectados por un despido inminente en empresas en proceso de reestructuración.
COM (2025) 140 final.

Autor :
Órgano - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 10/04/25         Fin del Plazo : 05/06/25
Inicio Alca :         11/04/25         Fin Alca : 09/05/25

Base jurídica : Artículo 175 TFUE

Resumen :
El objetivo de la propuesta es permitir que el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos («FEAG») apoye no solo a los trabajadores despedidos, sino también a aquellos afectados por un despido inminente.
Los empleados de empresas en proceso de reestructuración deben poder beneficiarse de paquetes de medidas personalizados en caso de que se vean afectados por un despido inminente. Para que sus empleados puedan beneficiarse de dicha ayuda, las empresas en proceso de reestructuración podrán solicitar al Estado miembro de que se trate que presente una solicitud de ayuda del FEAG si se cumplen los criterios de intervención y si la empresa desea ofrecer asistencia cofinanciada por dicho Fondo.
Esta propuesta pretende amortiguar los efectos adversos de las perturbaciones económicas en la mano de obra e impulsar la competitividad económica de la UE.
Reglamento 2021/691, de 28 de abril de 2021 relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos (FEAG) y por el que se deroga el Reglamento 1309/2013

Ipex/Consilium/Oeil :
Fichas IPEX y OEIL

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 09/05/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 30/04/25. Parlamento de La Rioja. (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0002 - Fecha Entrada: 07/05/25. Parlamento de Galicia. (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0003 - Fecha Entrada: 14/05/25. Parlamento de Cataluña. (Toma conocimiento) PC

Documentos asociados : 
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo :
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 22 de abril de 2025, acordando realizar informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente del GP Socialista, Gabriel Cruz Santana.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (10/04/25 - 22/04/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 05/06/25)

Datos Ponente :

Cruz Santana, Gabriel Congreso
Grupo Parlamentario Socialista


1 / 000104/ 0000
Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 228/2013 en lo que respecta a la ayuda suplementaria y una mayor flexibilidad en favor de las regiones ultraperiféricas afectadas por catástrofes naturales graves y en el contexto del ciclón Chido que ha devastado Mayotte.
COM (2025) 190 final

Autor :
Órgano - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 25/04/25         Fin del Plazo : 20/06/25
Inicio Alca :         25/04/25         Fin Alca : 23/05/25

Base jurídica : Artículos 42, 43 y 349 TFUE

Resumen :
Con el fin de proporcionar más flexibilidad a las regiones ultraperiféricas afectadas por catástrofes naturales y fenómenos meteorológicos graves y dar una respuesta adecuada al impacto que la catástrofe natural sin precedentes Chido ha supuesto para los agricultores, otros beneficiarios del Feader y las administraciones de Mayotte, se propone modificar el Reglamento 228/2013 como sigue
- Se permitiría a las autoridades nacionales competentes presentar una modificación excepcional de sus programas POSEI aplicando al mismo tiempo el principio de fuerza mayor o circunstancias excepcionales debido a las cuales, a raíz de un desastre natural grave e inesperado, la capacidad de producción agrícola ha quedado destruida en gran medida o totalmente y el restablecimiento de determinados sectores requiere un período más largo que el cubierto por la aplicación del principio de fuerza mayor o circunstancias excepcionales
- En el caso del programa de desarrollo rural de Mayotte, se suprimiría el límite del 10 % de las asignaciones presupuestarias de 2021 y 2022 para la ayuda temporal en respuesta al impacto de las catástrofes naturales que debe financiarse con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y se permitiría la selección de los beneficiarios más allá del plazo del 30 de junio de 2025.
Reglamento 228/2013

Ipex/Consilium/Oeil :
Fichas IPEX y OEIL

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 23/05/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 09/05/25. Parlamento de La Rioja. (Archivo del expediente)

Documentos asociados : 
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo :
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 06 de mayo de 2025, acordando realizar informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente a designar por el Grupo Parlamentario Socialista.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (25/04/25 - 06/05/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 20/06/25)


1 / 000105 / 0000
Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se establece un sistema común para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular en la Unión y se derogan la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, la Directiva 2001/40/CE del Consejo y la Decisión 2004/191/CE del Consejo.
COM (2025) 101 final

Autor :
Órgano - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 02/05/25         Fin del Plazo : 27/06/25
Inicio Alca :         05/05/25         Fin Alca : 02/06/25

Base jurídica : Artículo 79 TFUE

Resumen :
El establecimiento de un sistema común y eficaz de la UE en materia de retornos es un pilar central del Pacto sobre Migración y Asilo.
La presente propuesta tiene por objeto aumentar la eficiencia del proceso de retorno proporcionando a los Estados miembros normas claras, modernas, simplificadas y comunes para gestionar eficazmente los retornos. Su objetivo es garantizar la cooperación con las autoridades por parte de los nacionales de terceros países mediante una combinación de obligaciones, incentivos y consecuencias en caso de falta de cooperación. La propuesta también tiene por objeto evitar la elusión de las normas y detener los movimientos posteriores no autorizados dentro del espacio Schengen. Pretende, además, garantizar que, cuando se ordene a alguien que abandone la UE, abandone la UE, ya sea por la fuerza o de forma voluntaria si las condiciones lo permiten, respetándose al mismo tiempo los derechos fundamentales. Además, la propuesta tiene por objeto dotar a los Estados miembros de normas comunes para identificar a los nacionales de terceros países que supongan un riesgo para la seguridad y acelerar su retorno. También incorpora por primera vez la readmisión como parte del proceso de retorno. Además, la propuesta salvaguarda los derechos fundamentales de los retornados mediante garantías procesales claras, garantizando que las decisiones de retorno estén sujetas a control, incluido el derecho de recurso y la prohibición de devolución y prestando la debida atención a las personas vulnerables y al interés superior del menor.
Nuevo Pacto sobre Migración y Asilo

Ipex/Consilium/Oeil :
Fichas IPEX, Ficha OEIL 2018/0329/COD y Ficha OEIL 2025/0059/COD

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 02/06/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 19/05/25 Parlamento de La Rioja (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0002- Fecha de entrada 20/05/2025 Parlamento de Galicia (Archivo de expediente).

Documentos asociados : 
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo :
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 06 de mayo de 2025, acordando realizar informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente a desginar por el Grupo Parlamentario Popular.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (02/05/25 - 06/05/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 27/06/25)


1 / 000106 / 0000
Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/1058 y (UE) 2021/1056 en lo que respecta a medidas específicas para hacer frente a retos estratégicos en el contexto de la revisión intermedia.
COM (2025) 123 final

Autor :
Órgano - Comisión Europea

Inicio del Plazo : 02/05/25         Fin del Plazo : 27/06/25
Inicio Alca :         05/05/25         Fin Alca : 02/06/25

Base jurídica : Artículos 175, 177, 178 y 322 TFUE

Resumen :
La revisión intermedia de la política de cohesión brinda a los Estados miembros la oportunidad de reorientar los recursos para el período 2021-2027 hacia la inversión en capacidades de defensa y para la competitividad y la autonomía estratégica de la Unión Europea, así como en otras prioridades emergentes, en particular los objetivos del Pacto por una Industria Limpia, mediante la presentación de las correspondientes modificaciones de los programas a la Comisión. la Comisión propone modificaciones específicas de los Reglamentos 2021/1056 y 2021/1058.
Estos cambios tienen por objeto ajustar las prioridades de inversión a la evolución del contexto económico, social y geopolítico, así como a los objetivos climáticos y medioambientales, introduciendo al mismo tiempo una mayor flexibilidad e incentivos para facilitar y fomentar el rápido despliegue de unos recursos esenciales.
Al perfeccionar el marco de la política de cohesión para el período 2021-2027, la UE puede garantizar que sus mecanismos de inversión sigan siendo ágiles y adaptativos, lo que hace posible una respuesta más eficaz a los desafíos actuales y futuros.
A fin de que los Estados miembros puedan hacer un uso eficaz de las posibilidades que ofrece la presente propuesta, la Comisión propone que vuelvan a presentar su propuesta de revisión intermedia a más tardar dos meses después de la entrada en vigor de la presente propuesta de modificación del Reglamento 2021/1058.
Reglamento 2021/1056
Reglamento 2021/1058

Ipex/Consilium/Oeil :
Fichas IPEX y OEIL

Remisión Dictamen motivado Alca : Plazo hasta 02/06/25
Nº Doc. 0001 - Fecha Entrada: 19/05/25. Parlamento de La Rioja. (Archivo del expediente)
Nº Doc. 0002 - Fecha Entrada: 20/05/25 Asamblea de Madrid (No ha pronunciamiento).
Nº Doc. 0003 - Fecha Entrada: 20/05/2025 Parlamento de Galicia (Archivo de expediente).

Documentos asociados : 
Carta de la Comisión Europea

Acuerdo :
Visto por la Mesa de la Comisión Mixta en su reunión de 06 de mayo de 2025, acordando realizar informe sobre el control de subsidiariedad, solicitando informe al Gobierno. Ponente a designar por el Grupo Parlamentario Popular.

Fases (Ini - Fin):
Remitido a la Comisión Mixta (02/05/25 - 06/05/25)
Vista por la Mesa, siendo creada una Ponencia (06/05/25 - 27/06/25)