const1845

Constituciones Españolas 1812 - 1978

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Ejemplar de la Constitución de 1845 de la Imprenta Nacional, encuadernada en terciopelo y estampada en oro. Federico Reparaz.Ejemplar de la Constitución de 1845 de la Imprenta Nacional, encuadernada en terciopelo y estampada en oro. Federico Reparaz.

Constitución de 1845

La andadura del régimen constitucional de 1845 se inició tras una de las épocas más difíciles de la historia de España: desde la Guerra de la Independencia, la impronta que dejó el régimen gaditano había provocado reacciones de todo tipo, tanto absolutistas como liberales, que contribuyeron a crear un clima de anormalidad y desasosiego, que se arrastraría hasta 1840.

La Guerra Carlista, el formidable cambio que se produjo en el régimen de la propiedad con la desamortización de Mendizábal, la inestabilidad de la regencia de María Cristina, dominaron el período transcurrido entre 1837 y 1840, año en que se inicia la no menos turbulenta gestión de Espartero, violentamente interrumpida en 1843. Es aquí, en los años centrales del siglo, cuando comienza la llamada "Década moderada", que abre la subida al poder de Narváez en mayo de 1844 y cierra la sublevación de julio de 1854.

Detalle de la tipografía del ejemplar de la de la Constitución de 1845 de la Imprenta Nacional. Federico Reparaz.Detalle de la tipografía del ejemplar de la de la Constitución de 1845 de la Imprenta Nacional. Federico Reparaz.

En una sociedad en la que las nuevas realidades económicas se abrían paso con serias dificultades por existir todavía residuos bastante profundos del Antiguo Régimen, el mérito de los moderados consistió en saber escoger una vía intermedia entre las diversas opciones políticas existentes: la moderada de Narváez, Pidal y Sartorius, la conservadora autoritaria de Viluma, Egaña y Bravo Murillo, y la puritana de Pacheco y Ríos Rosas. Se trataba de la misma generación exaltada y revolucionaria de 1820 ó de 1834, pero que ahora, por un cambio de circunstancias, se había vuelto conservadora del nuevo orden recién conquistado. La reforma tributaria de Mon, la reforma educativa de Moyano, el programa de obras públicas de Bravo de Murillo, la labor administrativa de Alejandro Oliván y Pedro José Pidal, la creación de la Guardia Civil por el duque de Ahumada, fueron sus principales logros. Gracias al afán constructivo de sus protagonistas, se dejó firmado el finiquito del Antiguo Régimen y consumada la revolución burguesa y el triunfo definitivo del Estado liberal, lo cual constituye el legado irreversible del período isabelino.

Constitución de 1845. original manuscrito. 31 cm. Carpeta de piel. Federico ReparazConstitución de 1845. original manuscrito. 31 cm. Carpeta de piel. Federico Reparaz.
 
 

El resultado de este esfuerzo de los moderados por conciliar tradición y revolución fue la Constitución de 1845. Y así, una vez más se vino a confirmar en nuestro constitucionalismo decimonónico, la regla de que el cambio del grupo en el poder determina el cambio de Constitución.

En el texto de 1845 ya no aparece, como en las Constituciones de 1812 y 1837, la formula revolucionaria de la soberanía de la nación, sino que se revierte a la fórmula tradicional histórica de la soberanía compartida por las Cortes y el Rey. Sobre esta base, se articulaba el dominio de la Corona sobre las demás instituciones a través de la prerrogativa fundamental de poder nombrar al Jefe de Gobierno, entregándole al mismo tiempo el poder de disolución de las Cortes. Se pretendía que fuera un instrumento regio moderador, pero en realidad, y como los propios hechos se encargarían de demostrar, vino a favorecer situaciones políticas partidistas, siendo ésta una de las principales causas de las sucesivas crisis de gobierno y, al final, de la degeneración misma del sistema.

El Senado fue otro de los temas más debatidos y objeto de sucesivas reformas. No pudiéndose ya adoptar el principio hereditario por la abolición de los mayorazgos, su correlato lógico, se optó por la fórmula francesa de un Senado de nombramiento real, vitalicio y reservado a diversas personalidades dotadas de una determinada renta. Ello provocó la oposición de una nobleza que no quería dejar pasar la oportunidad de reconquistar viejos privilegios a través de una Cámara Alta hereditaria, en la línea del modelo inglés.

La reforma constitucional afectó asimismo a tres instituciones políticas de tradición progresista muy cuestionadas por los moderados: el juicio por jurado, que era la principal garantía para los delitos de imprenta; las posibilidades de participación en los ayuntamientos, y la Milicia Nacional. Las tres quedaron suprimidas.

La Constitución de 1845 resultaría ser la de más larga vida del periodo (veinticuatro años, salvo el paréntesis del Bienio Progresista), aunque su trayectoria padeció continuos intentos de adecuación a las circunstancias, desde las propias filas moderadas: en 1848 con Narváez, en 1852 con el proyecto de constitución de Bravo Murillo, en 1856 con el Acta Adicional de O'Donnell, en 1857 con la Ley Constitucional de Reforma de Narváez y en 1864 con la derogación de Mon.

Si bien la Constitución de 1845 quería ser, como decía su Preámbulo, una reforma de la de 1837 para perfeccionarla y profundizarla en sentido liberal, lo cierto es que le una Constitución radicalmente nueva, dirigida a realzar la posición de la Corona y a consolidar a una burguesía moderada que buscaba el justo medio entre el radicalismo revolucionario y el conservadurismo del Antiguo Régimen.


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