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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 408, de 01/03/2022
cve: BOCG-14-D-408 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


1 de marzo de 2022


Núm. 408



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/003787 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la defensa de la cultura del diálogo ... (Página7)


Comisión de Defensa


161/003771 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la Autonomía Estratégica en la Unión Europea ... (Página9)


161/003772 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a promover en el ámbito de la Unión Europea y la OTAN la identificación de estructuras semi-permanentes ... href='#(Página10)'>(Página10)


161/003774 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al envío de un buque de la Armada española para participar en las labores de rescate del pesquero Villa de Pitanxo ... (Página12)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/003730 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la descentralización del régimen jurídico y de la gestión de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional en Cataluña
... (Página13)


161/003775 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la promoción de la revisión de los importes de las indemnizaciones por razón del servicio de conformidad con la disposición final cuarta del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio ... (Página17)


Comisión de Interior


161/003755 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la modificación del Real Decreto 326/2021 que impide a los opositores con cuerpos extraños intraoculares o lentes fáquicas poder
acceder a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ... (Página19)


161/003784 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre regulación del uso de dispositivos de videovigilancia en los establecimientos penitenciarios ... (Página20)



Página 2





Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002828 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre la incorporación por AENA del sistema GNSS de ayuda a las operaciones de aproximación y aterrizaje de aviones en el aeropuerto de Donostia-San
Sebastián. Retirada ... (Página21)


161/003729 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la urgente necesidad de dotar a Cantabria de un sistema ferroviario de Cercanías moderno, seguro y de calidad ... href='#(Página21)'>(Página21)


161/003731 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa a mejorar la seguridad en las zonas de estacionamiento ... (Página24)


161/003738 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impulsar la adopción de las medidas necesarias que promuevan la reapertura y ampliación de la línea ferroviaria Ruta de la Plata... href='#(Página25)'>(Página25)


161/003742 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la construcción de un corredor interior de la autovía A-7 que conecte la Región de Murcia y la Comunitat Valenciana con Andalucía ... href='#(Página29)'>(Página29)


161/003743 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas para solucionar el deterioro progresivo de los servicios ferroviarios en el núcleo de Cercanías de Málaga ... href='#(Página30)'>(Página30)


161/003744 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la ampliación de horarios de paradas del AVE en Loja ... (Página31)


161/003745 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la Estación Cambrils ... (Página32)


161/003746 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la programación por parte de Renfe de una oferta de trenes adecuada a las demandas de movilidad de los usuarios del ferrocarril en Galicia
... (Página33)


161/003747 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la reconexión de las comunicaciones con la provincia de Granada por tierra, mar y aire ... (Página34)


161/003748 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la conexión ferroviaria del Puerto de Motril ... (Página35)


161/003749 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la renovación y modernización de la línea ferroviaria Madrid-Aranjuez-Cuenca-Utiel-Valencia como infraestructura de transporte de mercancías
que conviva con el de viajeros ... (Página37)


161/003760 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la recuperación de la línea de ferrocarril entre Utiel y Cuenca ... (Página46)


161/003763 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la conveniencia de regular la utilización de medios telemáticos en las juntas de propietarios ... (Página47)


161/003765 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre aplicación de bonificaciones en la autopista AP-53 de conexión entre Santiago y Ourense ... (Página48)


161/003769 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a combatir el fenómeno de la ocupación y de la denominada 'inquiocupación' ... (Página49)



Página 3





161/003776 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover medidas que impulsen la colaboración público-privada en la construcción de infraestructuras españolas ... (Página56)


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/003740 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la implantación de la tercera hora lectiva de Educación Física en el sistema educativo ... (Página60)


161/003741 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a introducir la materia de Educación Física en los ciclos formativos de grado básico ... (Página62)


161/003752 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al currículo de la asignatura de Historia de España y las recomendaciones de la Real Academia de la Historia ... (Página63)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/003757 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre el cumplimiento del Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se garantizan los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el
ámbito de las plataformas digitales ... (Página65)


161/003762 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la inclusión de las personas mayores en los servicios de banca digital ... (Página66)


161/003766 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a controlar el fraude laboral ocurrido en la contratación de becarios, limitándola a personas que estén cursando estudios
universitarios, formación profesional o másteres ... (Página67)


161/003767 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a adoptar las modificaciones normativas necesarias para la creación de un régimen especial de autónomos para jóvenes menores de 30
años con ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI) y dedicación de menos de 20 horas semanales que compatibilizan el trabajo con los estudios ... (Página68)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/003768 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre apoyo a la candidatura de Jaén a la ciudad creativa gastronómica para el año 2023 ... (Página69)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/003727 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a apremiar al sector bancario a contener el cierre de sucursales bancarias, especialmente en el medio rural, y a habilitar
secciones en éstas para atender presencialmente a las personas mayores, y sin trabas tecnológicas ... (Página70)


161/003736 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al apoyo y mejora de la población con problemas de salud mental y, en particular, de quienes padecen trastorno bipolar ... href='#(Página71)'>(Página71)


161/003750 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover ayudas para mujeres embarazadas destinadas al fomento de la natalidad y protección del no nacido ... (Página76)



Página 4





161/003754 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la puesta en marcha de la Estrategia de desinstitucionalización ... href='#(Página83)'>(Página83)


161/003756 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre eliminación de las desigualdades sociales que genera la despoblación de la España rural ... (Página85)


161/003758 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a incrementar las subvenciones a los Centros Especiales de Empleo (CET) hasta el 75 % de salario mínimo interprofesional (SMI),
para compensar el incremento del SMI y garantizar su viabilidad ... (Página93)


161/003764 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para paliar las dificultades de accesibilidad en los cajeros automáticos de las oficinas de las entidades bancarias ... href='#(Página95)'>(Página95)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/003735 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a adoptar todas las medidas que sean necesarias al objeto de establecer finalmente el trazado de líneas de base rectas en las zonas donde se encuentran
Ceuta y Melilla, con el fin de delimitar correctamente nuestras aguas de soberanía o jurisdicción, especialmente a efectos de pesca ... (Página96)


161/003753 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre los cupos CITES ... (Página102)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/003734 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre la salida de España del Tratado de la Carta de la Energía (TCE) ... href='#(Página103)'>(Página103)


161/003751 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la contribución del modelo de Estado autonómico al agravamiento de la despoblación rural ... (Página106)


161/003770 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a renunciar al debate de una Ley de protección animal que no cuente con el consenso del sector ... href='#(Página114)'>(Página114)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/003732 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a deflactar la tarifa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ... (Página115)


161/003733 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa a abordar medidas eficaces para evitar la exclusión financiera, entendida desde diferentes vertientes, la exclusión geográfica y
desbancarización, la exclusión por la brecha digital y la exclusión por atención personal limitada, entre otras ... (Página116)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/003728 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a llevar a cabo mejoras retributivas en el colectivo de los médicos internos residentes, así como a los demás colectivos que se
incluyen en la formación sanitaria especializada (FSE) ... (Página117)



Página 5





161/003737 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la verificación de autenticidad de la identidad y de la condición de profesional sanitario para la Notificación de Sospechas de Reacciones Adversas a
Medicamentos y vacunas ... (Página118)


161/003777 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a los Proyectos Estratégicos de Recuperación y Transformación Económica (PERTE) para la Salud de
Vanguardia ... (Página121)


161/003778 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa al reconocimiento del derecho al acceso al agua potable y saneamiento ... href='#(Página122)'>(Página122)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/003783 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la desconcentración de las nuevas sedes de entidades públicas estatales en los ámbitos de ciencia e innovación ... href='#(Página124)'>(Página124)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/003785 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al aumento de la ayuda humanitaria en el Líbano para paliar la profunda crisis económica ... (Página125)


161/003786 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al mantenimiento de la ayuda humanitaria al pueblo afgano para paliar la crisis humanitaria ... (Página127)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/003761 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a mantener la exención de tributación de las indemnizaciones recibidas por las víctimas de la siniestralidad vial o sus familiares ...
(Página129)


161/003773 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa a la señalización de curvas peligrosas ... (Página130)


Comisión de Política Territorial


161/003759 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a seguir reforzando la cooperación interterritorial entre todas las Administraciones Públicas fomentando el diálogo y el acuerdo ... href='#(Página131)'>(Página131)


161/003780 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la creación y dotación de fondos extraordinarios para paliar los efectos ocasionados por el COVID-19 a las Entidades Locales ... href='#(Página132)'>(Página132)


161/003781 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la liquidación de las Comunidades Autónomas en 2022 y 2023 respecto a las entregas a cuenta de 2020 y 2021 ... href='#(Página133)'>(Página133)


161/003782 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la liquidación de los Entes Locales en 2022 y 2023 respecto a las entregas a cuenta de 2020 y 2021 ... href='#(Página135)'>(Página135)



Página 6





PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/071263 Autor: Olona Choclán, Macarena. Ortega Smith-Molina, Francisco Javier. Alcaraz Martos, Francisco José. Gestoso de Miguel, Luis. Gil Lázaro, Ignacio. De Meer Méndez, Rocío.


Orden destinada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado existente sobre la investigación de delitos cometidos por inmigrantes ilegales en relación con el tratamiento de su situación en España.


Corrección de error ... (Página137)


184/072829 Autor: Cortés Gómez, Ismael. Asens Llodrà, Jaume


Actuaciones de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos).


Retirada ... (Página137)



Página 7





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de febrero de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/003787


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la defensa de la cultura del diálogo, para su debate en la Comisión
Constitucional.


Exposición de motivos


La Constitución de 1978 es la norma clave que hizo posible la restauración de la democracia en España. Su aprobación fue posible por la capacidad de diálogo y negociación de aquellos lideres, por las renuncias de los constituyentes
defensores de la democracia y por la voluntad de consenso y concordia mostrada por la gran mayoría de los partidos políticos ante una sociedad ilusionada.


Aquel espíritu constitucional permitió crear un clima de consenso político y social que pasó a convertirse en un modelo a seguir para afrontar los grandes retos y los conflictos de Estado.


En la actualidad, España se encuentra en otra encrucijada. Vivimos un tiempo de crisis de la política, de retos colectivos e incertidumbres que provocan inseguridad. La sociedad experimenta profundos cambios y una creciente desigualdad en
el marco de la globalización; necesitamos transformar nuestro modelo productivo promoviendo la transición energética y la digitalización; y somos conscientes de las dificultades que comporta una gobernanza compartida en un Estado plural que
precisa de mayor cohesión.


Acertar en las soluciones democráticas exige actuar con lealtad al interés general de la población y un esfuerzo colectivo en favor del diálogo, el entendimiento y la generosidad intelectual. De lo contrario, España quedará descolgada de
los países de vanguardia en Europa.


Es preciso consensuar las respuestas a los graves efectos provocados por la pandemia de la COVID- 19 en la vida de millones de personas y en las empresas; respuestas a la oportunidad histórica de gestionar con acierto, eficacia y
transparencia las ayudas solidarias y extraordinarias de los Fondos Europeos destinados a una recuperación económica justa, lo que demanda acuerdos con un elevado grado de unidad institucional; a la compleja tarea de gestionar procesos de
transición ecológica y energética para responder a la emergencia climática; a la gestión de la descarbonización en favor de un desarrollo sostenible sin que empobrezca o perjudique a los territorios que han dependido del uso del carbón; así como a
los procesos de transformación de la economía productiva provocados por la digitalización de la sociedad.


Pero, además de estos trascendentales retos, existen otras cuestiones pendientes, como la reforma de la Constitución y la reforma del Reglamento del Congreso. Sin olvidar el desbloqueo de la renovación del CGPJ. Asuntos diferentes pero que
requieren un amplio consenso transversal y a los que los actores políticos, todavía hoy, no encuentran una salida. Es más, casi nadie se atreve a dar un primer paso porque no se aprecian condiciones para avanzar ni se da el clima apropiado para el
diálogo.



Página 8





Se trata de un conjunto de situaciones que presentan enormes dificultades e intereses enfrentados y que exigen altura de miras por parte de las fuerzas políticas, sentido de la responsabilidad de Estado y formas de acción política que sean
coherentes con los valores de la democracia. Todo ello será necesario para extender el consenso social.


Las reformas profundas, que tenemos que debatir y aprobar en el Parlamento, han de concitar el apoyo de amplias mayorías sociales y parlamentarias para garantizar la permanencia de las reformas y de las leyes en las que se sustenten. Solo
si se construyen desde la lealtad, el diálogo y el consenso podremos dar estabilidad a las reformas.


Las respuestas políticas precisas y la mejor defensa de los intereses generales de España y de la ciudadanía precisan, en este escenario, una predisposición al diálogo, a la búsqueda del consenso y a los pactos por parte de la pluralidad de
fuerzas políticas democráticas, de gobierno y de oposición. Una apuesta explícita por el pacto, realizada con voluntad de pedagogía pública, ya que también han de contribuir las fuerzas económicas, sociales, los intelectuales y los medios de
comunicación.


No olvidemos que se trata de problemas que tendrán continuidad y de actuaciones políticas públicas que deberán prolongarse en el tiempo. Por tanto, las leyes que se acuerden han de nacer con el mayor consenso y la mayor legitimidad posible
como garantías de su permanencia más allá de las alternancias de gobierno.


Precisamente, la aproximación a parte de esos valores democráticos han permitido alcanzar, recientemente, acuerdos de gran significación que marcan el camino a seguir y ayudan a reforzar la confianza en la política. Es el caso del pacto
social y político alcanzado entre los agentes sociales sobre la Reforma Laboral, las medidas iniciales aprobadas por el Congreso en relación con la declaración del Estados de Alarma para luchar contra la pandemia y sus efectos en la vida de las
personas y en la economía del país o el acuerdo del Pacto de Toledo para garantizar la actualización y sostenibilidad de las Pensiones. Sin embargo, el consenso no fue posible.


La realidad es que esta crisis política, acompañada de actitudes de bloqueo permanente, sectarismo así como de discursos de odio, está afectando a la confianza ciudadana en las instituciones democráticas y dificulta las respuestas a los
problemas señalados. La confrontación institucional más radical, la desinformación, la crispación alimentada artificialmente desde los foros políticos se traslada a la sociedad y a las calles, generando una absoluta polarización social, mediática y
digital. Esa situación no favorece la defensa eficaz del interés general de España ni la recuperación del prestigio de las instituciones democráticas.


En definitiva, el dialogo es un valor ético de la política y el método para alcanzar consensos ante los conflictos; por tanto, es consustancial a la democracia. Por esa vía tenemos que avanzar en el logro de pactos de convivencia y
progreso para efectuar grandes reformas estructurales que favorezcan el desarrollo del Estado del Bienestar y el fortalecimiento del Estado social y democrático de Derecho, elementos básicos de nuestra arquitectura constitucional.


De ello debe deliberar esta Cámara: sobre la importancia decisiva de la cultura de diálogo para propiciar otro escenario político y evitar que la democracia se vea desbordada por la pérdida de cultura cívica y la práctica de la
antipolítica.


En consecuencia, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al conjunto de fuerzas políticas democráticas a perseverar en la defensa de la cultura del diálogo, negociación y pacto entre diferentes, así como del buen gobierno apoyado en la aplicación de valores democráticos como la
lealtad al interés general del país y su ciudadanía, la voluntad de entendimiento y consenso social, la búsqueda de la convivencia cívica, la honestidad y la transparencia. De modo que, en la encrucijada histórica que atraviesa España, la cultura
política de diálogo sea la mejor herramienta de los actores políticos para despejar incertidumbres, avanzar en una democracia integradora y afrontar, con sentido de la justicia social y permanencia, los nuevos desafíos, las grandes reformas y las
transiciones que plantea a España este siglo XXI.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de febrero de 2022.-Odón Elorza González, Diputado.-Rafaela Crespín Rubio, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 9





Comisión de Defensa


161/003771


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la Autonomía Estratégica en
la Unión Europea, para su debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Tras los eventos experimentados el verano de 2021 durante la ejecución de una operación de evacuación desde Afganistán, a través del aeropuerto de Kabul, de los nacionales y locales afganos allegados de los países de la OTAN y de la Unión
Europea, se puso de manifiesto, una vez más, la notable incapacidad de los países miembros de la Unión Europea para acometer actuaciones operativas de carácter militar en defensa de sus intereses nacionales y colectivos sin contar con la
colaboración de las Fuerzas Armadas estadounidenses.


La orientación preferente de los Estados Unidos de Norteamérica hacia el escenario del Indo-Pacífico, como consecuencia del papel crecientemente hegemónico de China en dicho escenario, abandonando para ello su implicación directa y
prioritaria en el escenario europeo, así como los recientes y crecientes focos de tensión en el este de Europa, en las fronteras de Letonia, Polonia y Ucrania, bajo presión de Rusia, ponen de manifiesto la imperiosa necesidad de que la Unión Europea
asuma de manera convencida y pragmática la necesidad de acometer de forma decidida una revisión de sus capacidades defensivas.


El concepto de autonomía estratégica, recientemente inevitable en todos los foros en los que se trata el asunto de la Defensa en el ámbito europeo, es interpretado por algunas naciones como la posibilidad de emanciparse del vínculo
trasatlántico y distanciarse del aliado estadounidense, identificando, en ocasiones, autonomía con independencia o soberanía. Este vínculo trasatlántico es mayoritariamente compartido por los países de la Unión Europea en el marco de la OTAN.


El Grupo Parlamentario Popular estima que la autonomía estratégica representa, por el contrario, un incremento de la responsabilidad de las naciones de la Unión Europea en la defensa compartida, que no se orienta a la desvinculación
trasatlántica, sino que, muy por el contrario, la refuerza.


España siempre se ha posicionado en el impulso del protagonismo de la Unión Europea en el ámbito internacional y de su búsqueda y creación de una identidad propia consistente y eficaz a nivel global. También se ha posicionado
significativamente en la defensa de la existencia de la OTAN como organización política de carácter defensivo en la que se defienden colectivamente los principios de democracia, estado de derecho y derechos humanos.


Durante el año que comienza, en el que Francia ejercerá la Presidencia rotativa del Consejo Europeo, se pone sobre la mesa el análisis y debate del alcance de esta Autonomía Estratégica, aún no divulgada en el momento de la redacción de esta
Proposición no de Ley.


No obstante, ya es conocido que, durante el primer semestre, la Presidenta de la Comisión Europea tiene previsto convocar una cumbre europea sobre seguridad y la OTAN tiene programada su cumbre anual para el mes de junio en Madrid. Esta
cumbre anual 2022, la Cumbre de Madrid, será el escenario para el debate y ratificación de un Nuevo Concepto Estratégico de la OTAN, al que no serán ajenos ninguno de los aspectos citados. Ni China, ni Rusia, ni la autonomía estratégica de la Unión
Europea.


También se encuentra programada para este año 2022, en el segundo semestre, una reunión plenaria de la Asamblea Parlamentaria de la OTAN, que tendrá lugar, igualmente, en Madrid. Ambas reuniones se celebrarán en nuestra capital como
consecuencia del 40 Aniversario de la incorporación de nuestra nación a la Alianza Atlántica.


Ante estas circunstancias y habida cuenta de las especiales perspectivas con la que nuestra nación percibe estas revisiones, se considera importante que por parte de nuestras delegaciones se afronten los trabajos con una aportación lo más
amplia posible de la representación parlamentaria de nuestras Cortes Generales.


Se considera importante poner de relieve en los trabajos sobre la deseada autonomía estratégica de la Unión Europea, la necesidad de que esta sea contemplada, no como un avance hacia la independencia



Página 10





o el aislamiento europeos del vínculo trasatlántico, sino, antes al contrario, como un reforzamiento del mismo y de su capacidad de actuación, mediante el incremento de la capacidad operativa de los medios de defensa de los países miembros
de la Unión Europea y de la Unión Europea en su conjunto.


Se considera, igualmente importante que, más allá de las meras delimitaciones geográficas contempladas en el Tratado original de la OTAN de 1949, el nuevo Concepto Estratégico enfatice los principios que como Alianza compartimos de defensa
de la democracia, el Estado de Derecho y los Derechos Humanos y amplíe el espectro de consideración del ámbito euroatlántico a todo el continente americano, incluyendo Iberoamérica.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover en el ámbito de la Unión Europea una concepción de la autonomía estratégica de la misma que no redunde en un alejamiento del vínculo trasatlántico o una potencial percepción aislacionista de la Unión con respecto a nuestros
aliados de la OTAN.


2. Promover en el ámbito de la OTAN, en el marco de su nuevo Concepto Estratégico, el énfasis de la definición de su área de compromisos hacia la irrenunciable defensa de los principios de la democracia, el Estado de Derecho y los Derechos
Humanos.


3. Incorporar dentro del nuevo concepto de defensa de la OTAN la colaboración activa de la Alianza con otras naciones democráticas, tanto de nuestro continente como de Iberoamérica y la cuenca del Pacífico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2022.-Fernando Adolfo Gutiérrez Díaz de Otazu, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003772


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para promover en el ámbito de la Unión
Europea y de la OTAN la identificación de estructuras semi-permanentes, para su debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Durante el pasado verano de 2021 tuvimos la ocasión de ser testigos de las dificultades experimentadas por los países europeos para armonizar sus actuaciones operativas de rescate de nacionales y de personas allegadas a sus naciones, desde
Afganistán, tras el desmoronamiento del sistema defensivo del Gobierno del país frente al Talibán.


Igualmente, se puso de manifiesto la falta de capacidad operativa de los países de la Unión Europea, actuando de manera individual, para disponer de la suficiente capacidad de ejecución en determinados sectores críticos, como el del control
del espacio aéreo o el aseguramiento de infraestructuras esenciales como lo era el propio aeropuerto de Kabul y sus accesos. Ello hizo necesario depender inequívocamente del apoyo estadounidense para poder llevar a cabo sus actuaciones.


Aunque no se ha publicado un documento formal del que se puedan extraer las Lecciones Aprendidas por la Unión Europea tras esta crisis, con la finalidad de adoptar las oportunas medidas correctoras, no es menos cierto que, prácticamente
desde el momento en el que la crisis estaba en su apogeo, se produjeron manifestaciones por parte de responsables de la Unión Europea, señaladamente por parte del responsable de Política Exterior y de Seguridad de la Comisión, el señor Borrell,
orientadas a diseñar o disponer de algo que, en aquellos momentos, se denominó como un Ejército europeo.



Página 11





Casi a renglón seguido, se desestimó esta posibilidad por parte de diferentes responsables nacionales, pues ni existen antecedentes de haberlo realizado ni se dan las condiciones para que ello pueda plasmarse, dado que se carece de
componentes básicos para hacerlo realidad.


En primer lugar, la Unión Europea carece de una percepción global o de unos intereses internacionales asumidos de manera unánime por todos los países miembros. En otras palabras, la Política Exterior y de Seguridad Común, es la menos común
de las políticas de la Unión Europea.


En segundo lugar, la configuración de una estructura permanente de Defensa, conllevaría una cesión de soberanía, no compatible con el espíritu de los países de la Unión Europea en el momento actual, ni con el propio espíritu de la Unión
Europea en sí misma, habida cuenta de que las Fuerzas Armadas de los diferentes países miembros son las garantes, en último extremo, de la defensa de los intereses más elevados de cada una de las naciones, a saber, su soberanía y su integridad
territorial; la de cada una de ellas, no solo la del conjunto.


El inicial concepto de Ejército europeo ha quedado reducido a una mera Fuerza de Reacción Rápida de unos 5000 militares, sin que se haya apuntado cuál sería la opción de seguimiento de esta eventual Fuerza de Reacción Rápida o de entrada
inicial.


El concepto de autonomía estratégica, recientemente inevitable en todos los foros en los que se trata el asunto de la Defensa en el ámbito europeo, es interpretado por algunas naciones como la posibilidad de emanciparse del vínculo
trasatlántico y distanciarse del aliado estadounidense. Este vínculo es mayoritariamente compartido por los países de la Unión Europea en el marco de la OTAN.


El Grupo Parlamentario Popular estima que la autonomía estratégica representa, por el contrario, un incremento de la responsabilidad de las naciones de la Unión Europea en la defensa compartida, que no se orienta a la desvinculación
trasatlántica, sino que, muy por el contrario, la refuerza.


España siempre se ha posicionado en el impulso del protagonismo de la Unión Europea en el ámbito internacional y de su búsqueda y creación de una identidad propia consistente y eficaz a nivel global. También se ha posicionado
significativamente en la defensa de la existencia de la OTAN como organización política de carácter defensivo en la que se defienden colectivamente los principios de democracia, estado de derecho y derechos humanos.


Tanto en uno como en otro ámbito, España se ha involucrado decididamente en la asunción de responsabilidades en cuantas operaciones militares se han promovido por cada una de ambas organizaciones internacionales, siempre al amparo de lo
contemplado por la Organización de las Naciones Unidas, como marco de referencia global.


Para que esta asunción de responsabilidades compartidas en estos ámbitos adquiera carácter efectivo, no es suficiente con poner a disposición capacidades operativas propias sin conocimiento mutuo previo. Este conocimiento mutuo ha venido
consolidándose en la realización periódica de actividades de adiestramiento y de formación comunes que se han visto favorecidas por la existencia de estructuras semi-permanentes existentes en ambas organizaciones.


Se considera de alto interés para la eficacia de las contribuciones nacionales a los esfuerzos multinacionales el disponer de un sistema de asignaciones de las diferentes Unidades operativas de las Fuerzas Armadas a estructuras
semi-permanentes de carácter internacional existentes tanto en la Unión Europea como en la OTAN, al objeto de garantizar el adiestramiento combinado de las Unidades llamadas potencialmente a operar bajo un mismo mando en el ámbito conjunto-combinado
a la manera que se ha venido haciendo en el pasado en el marco del Cuerpo de Ejército Europeo (CEE) o el Cuerpo de Ejército de Reacción Rápida del Mando Aliado en Europa (ARRC), en el ámbito terrestre, ú otras similares en los ámbitos marítimo y
aéreo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover en el ámbito de la Unión Europea y de la OTAN la identificación de estructuras militares de mando semi-permanentes que puedan ser designadas como responsables de la ejecución de actuaciones operativas en el marco de una u otra
organización de cara a la defensa de los intereses colectivos.


2. Promover en el ámbito de la UE y de la OTAN la pre-asignación de Unidades operativas de los países miembros que puedan actuar, potencialmente, a las órdenes de estas estructuras militares de



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mando semi-permanentes al objeto de facilitar su conocimiento mutuo y su adiestramiento combinado o conjunto-combinado.


3. Promover en ambas organizaciones (UE y OTAN) la realización de actividades de adiestramiento combinado o conjunto-combinado que permitan el conocimiento mutuo y la identificación de carencias materiales o deficiencias en los
procedimientos que puedan solventarse como consecuencia de estas actividades de adiestramiento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2022.-Fernando Adolfo Gutiérrez Díaz de Otazu, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003774


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Agustín Rosetty Fernández de Castro, don Manuel Mestre Barea, don Alberto Asarta Cuevas don Víctor González Coello de Portugal y don Luis Gestoso de Miguel en su condición de portavoz adjunta y diputados del
Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al envío de un buque de la Armada española para
participar en las labores de rescate del pesquero Villa de Pitanxo, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. El pasado día 16 de febrero el pesquero español 'Villa de Pitanxo' se encontraba faenando a 450 km. de la costa canadiense de Terranova, cuando un golpe de mar produjo su hundimiento y la muerte de varios miembros de su
tripulación. Desde que se enviara el mensaje de SOS comenzaron las labores de auxilio y rescate de la tripulación del pesquero español por parte de otros buques presentes en la zona, así como de las autoridades canadienses.


Durante la operación de rescate se logró localizar a tres miembros de la tripulación con vida y nueve cuerpos de los marinos fallecidos. Sin embargo, no se han hallado a doce de los tripulantes de la embarcación española que en este momento
continúan desaparecidos. A pesar de ello y tras una búsqueda de solo 37 horas, las autoridades canadienses han suspendido los operativos de rescate 1.


No parece razonable la suspensión de las operaciones de búsqueda en un intervalo de tiempo tan escaso cuando aún quedan sin encontrar tripulantes del buque naufragado. Ante esta situación, España debería responder y, en coordinación con las
autoridades canadienses, continuar la búsqueda con medios propios.


Segundo. La Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, dispone, en su artículo 15, las misiones de las Fuerzas Armadas, señalando lo siguiente:


'1. Las Fuerzas Armadas, de acuerdo con el artículo 8.1 de la Constitución, tienen atribuida la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.


2. Las Fuerzas Armadas contribuyen militarmente a la seguridad y defensa de España y de sus aliados, en el marco de las organizaciones internacionales de las que España forma parte, así como al mantenimiento de la paz, la estabilidad y la
ayuda humanitaria.


3. Las Fuerzas Armadas, junto con las Instituciones del Estado y las Administraciones públicas, deben preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas,
conforme a lo establecido en la legislación vigente.


4. Las Fuerzas Armadas pueden, asimismo, llevar a cabo misiones de evacuación de los residentes españoles en el extranjero, cuando circunstancias de inestabilidad en un país pongan en grave riesgo su vida o sus intereses.'


1 https://www.farodevigo.es/mar/2022/02/17/canada-suspende-operativo-villa-pitanxo-62818463.html.



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Así mismo, el artículo 16 de la citada Ley define los tipos de operaciones que pueden llevar a cabo nuestras Fuerzas Armadas. Concretamente y para el caso que nos ocupa destaca la letra c) de dicho artículo el cual señala expresamente lo
siguiente:


'c) El apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra el terrorismo y a las instituciones y organismos responsables de los servicios de rescate terrestre, marítimo y aéreo, en las tareas de búsqueda y salvamento.'


De la misma manera, el artículo 8 del Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo, 1989, hecho en Londres el 28 de abril de 1989, dispone lo siguiente:


'1. El salvador tendrá obligación para con el propietario del buque o de otros bienes en peligro:


a) de efectuar las operaciones de salvamento con la debida diligencia;


b) de actuar, en el cumplimiento de la obligación especificada en a), con la debida diligencia para evitar o reducir al mínimo los daños al medio ambiente; c) de recabar, cuando las circunstancias razonablemente lo exijan, el auxilio de
otros salvadores; y d) de aceptar la intervención de otros salvadores cuando razonablemente así lo pidan el propietario o el capitán del buque o el propietario de otros bienes en peligro; no obstante, la cuantía de su recompensa no resultará
afectada si se demuestra que tal petición no era razonable.'


Por todo ello, y al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a enviar el buque de salvamento y rescate Neptuno (A-20) de la Armada española a la costa canadiense de Terranova, con el fin de participar en las labores de búsqueda y rescate de los cuerpos
de los tripulantes fallecidos del pesquero español 'Villa de Pitanxo', desaparecido el pasado 16 de febrero.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de febrero de 2022.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea, Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/003730


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias del diputado de Junts, Josep Pagés i Massó, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta para su debate en la Comisión de Hacienda y Función
Pública, una Proposición no de Ley para la descentralización del Régimen Jurídico y de la gestión de los funcionarios de la Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional en Cataluña.


Exposición de motivos


La presente Proposición no de Ley se propone, en aras de conseguir una función pública local estable y profesionalizada en Catalunya, la descentralización del régimen jurídico y de la gestión de los funcionarios de la administración local
con carácter estatal en el territorio catalán.


La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en su disposición adicional segunda, sustituyó íntegramente la normativa reguladora vigente hasta entonces sobre funcionarios de administración local con
habilitación de carácter nacional. La Disposición derogatoria única derogaba el artículo 92 y el capítulo III del Título VII (artículos 98 y 99) de la Ley de Bases de Régimen Local 7/1985, de 2 de abril (LRBRL), y el capítulo III del Título VII
(artículos 158 a 166) del Texto



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Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por RDL 781/1986, de 18 de abril (TRRL), que precisamente hacían referencia a aquellos.


El texto final, en lo referente a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal, fue el resultado de las negociaciones entre las fuerzas políticas y las aportaciones del 'Consejo General de Colegios de
Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local' (COSITAL).


Con la entrada en vigor del EBEP se produjo, más que una renovación del régimen jurídico de los actuales funcionarios con habilitación de carácter estatal, una auténtica descentralización en las comunidades autónomas. Se mantuvieron para el
Estado las funciones consideradas necesarias y estructurales, así como la habilitación y la competencia básica estatal, y se facultó a las comunidades autónomas para desarrollar su régimen jurídico y gestión: creación, clasificación, supresión,
oferta pública de empleo, selección, provisión y situaciones administrativas.


Uno de los puntos polémicos fue el de la oferta pública de empleo, que finalmente se dejó en manos de las comunidades autónomas. Como argumentó una parte importante del colectivo de funcionarios habilitados -entre ellos muchos catalanes-,
con el sistema anterior, en el que la convocatoria pública correspondía al Estado, las plazas se repartían por el territorio en proporción a las solicitudes de los aspirantes, con la consecuencia de que las comunidades autónomas con escasa tradición
'opositora' (como el caso de Cataluña) resultaban perjudicadas en el reparto y quedaba una gran cantidad de plazas sin cubrir por funcionarios habilitados. Estas plazas se cubrían interinamente, con la consiguiente desprofesionalización.


Con el sistema establecido en 2007 y la consiguiente atribución de la oferta pública a las comunidades autónomas, estas pasaron a disponer de un mecanismo efectivo, siempre que actuaran responsablemente, para adecuar las ofertas públicas a
las necesidades reales del territorio.


Cabe decir que no todas las comunidades autónomas actuaron de la misma forma. En este sentido, Cataluña fue la comunidad que más plazas convocó en todo el Estado español en los años de vigencia de la Disposición adicional Segunda del EBEP,
actuando con responsabilidad y solvencia, y demostrando con su actuación capaz que la descentralización era un instrumento que efectivamente permitía resolver de forma satisfactoria las necesidades reales del territorio para la cobertura de puestos
de trabajo reservados a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal.


En los cuatro años de ejercicio de competencias se convocaron en Cataluña 423 plazas:


- 2009: 111 (50 plazas de secretaría-intervención, 17 de secretaría entrada, 44 de intervención-tesorería entrada).


- 2010: 100 (50 plazas de secretaría-intervención, 15 de secretaría entrada, 35 de intervención-tesorería entrada).


- 2012: 100 (40 plazas de secretaría-intervención, 15 de secretaría entrada, 5 de secretaría superior, 35 de intervención-tesorería entrada, 5 de intervención-tesorería superior).


- 2013: 112 (40 plazas de secretaría-intervención, 18 de secretaría entrada, 12 de secretaría superior, 30 de intervención-tesorería entrada, 12 de intervención-tesorería superior).


Total: 423 (180 plazas de secretaría-intervención, 65 de secretaría entrada, 17 de secretaría superior, 144 de intervención-tesorería entrada, 17 de intervención-tesorería superior).


Si se compara con la oferta pública convocada en España en los años posteriores, puede apreciarse que, proporcionalmente, la oferta pública fue claramente inferior a la efectuada en Cataluña. También puede constatarse que en Cataluña se dio
prioridad a la subescala de secretaría-intervención, mientras que en el conjunto del Estado la prioridad recayó en la de intervención-tesorería, categoría de entrada:


- 2014: 251 (90 plazas de secretaría-intervención, 30 de secretaría entrada, 0 de secretaría superior, 131 de intervención-tesorería entrada, 0 de intervención-tesorería superior).


- 2015: 340 (115 plazas de secretaría-intervención, 35 de secretaría entrada, 20 de secretaría superior, 125 de intervención-tesorería entrada, 45 de intervención-tesorería superior).


- 2016: 415 (145 plazas de secretaría-intervención, 75 de secretaría entrada, 0 de secretaría superior, 195 de intervención-tesorería entrada, 0 de intervención-tesorería superior).


- 2017: 450 (150 plazas de secretaría-intervención, 100 de secretaría entrada, 22 de secretaría superior, 148 de intervención-tesorería entrada, 30 de intervención-tesorería superior).



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- 2018: 478 (200 plazas de secretaría-intervención, 68 de secretaría entrada, 60 de secretaría superior, 90 de intervención-tesorería entrada, 60 de intervención-tesorería superior).


- 2019: 500 (200 plazas de secretaría-intervención, 30 de secretaría entrada, 50 de secretaría superior, 190 de intervención-tesorería entrada, 30 de intervención-tesorería superior).


Total: 2434 (900 plazas de secretaría-intervención, 338 de secretaría entrada, 152 de secretaría superior, 879 de intervención-tesorería entrada, 165 de intervención-tesorería superior).


En conclusión, el EBEP efectuó una importante descentralización del régimen jurídico y de la gestión de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, reservándose el régimen jurídico básico de la
habilitación estatal: las funciones mínimas necesarias encomendadas a estos funcionarios, los sistemas de provisión, las titulaciones y programas mínimos de acceso, los criterios básicos de la selección, permitiendo para el resto el desarrollo
autonómico.


2. El régimen de descentralización tuvo una corta duración. La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local (LRSAL), mediante la introducción de un artículo 92 bis, consumó la
recentralización de la regulación completa en materia funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal al Estado y el consiguiente desapoderamiento de las CCAA de cualquier competencia en relación a estos funcionarios,
excepto las competencias de carácter estrictamente ejecutivo, con lo que la aprobación de la oferta de empleo público, selección, formación y habilitación de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal pasó a
corresponder al Estado.


La nueva regulación supuso una centralización absoluta, incluso superior a las previsiones iniciales de la LRBRL del régimen de estos funcionarios. Cuestiones como la selección y la formación, que antes del EBEP se efectuaban de forma
descentralizada por las diferentes comunidades autónomas, se centralizaron de en el Estado, acabando con una experiencia que se había demostrado correcta y exitosa al menos en algunas partes del territorio del Estado. Y eso, sin ninguna motivación
específica. Como consecuencia de esta recentralización, a partir de la entrada en vigor de la LRSAL, todos los procesos selectivos, incluidos los cursos selectivos, pasaron a desarrollarse de forma centralizada en Madrid.


Se puede constatar cómo, proporcionalmente, Cataluña ha resultado gravemente perjudicada por esta recentralización, ya que mientras dispuso de la competencia actuó con solvencia y responsabilidad, con una política efectiva de selección,
proporcionada y adecuada para poder cubrir las plazas vacantes.


Fruto de esta situación, actualmente en Cataluña existe una gran demanda de Secretarios, Interventores y Tesoreros, y muchas plazas vacantes que han quedado sin cubrir, generándose una fuerte carencia de asistencia profesional en muchos
municipios.


Este problema es acuciante en los municipios de poca población ubicados en las zonas más despobladas de Cataluña, en los que se agudiza el fenómeno de desprofesionalización de las funciones. A su vez, esta desprofesionalización es
especialmente perjudicial en un contexto de regulación normativa cada vez más compleja y especializada.


Debe también tenerse en cuenta que el hecho de que Cataluña tenga una lengua propia de uso habitual en las administraciones locales, así como que disponga, en desarrollo de sus competencias, de un corpus legislativo propio en materias como
urbanismo, medio ambiente, vivienda, etc. sustancialmente diferente del de otras comunidades autónomas, son circunstancias que pueden haber coadyuvado a desincentivar a los funcionarios habilitados de otras partes del Estado ocupar plazas vacantes
en Cataluña.


3. Ante esta situación, aunque la vía preferible sería la derogación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local (LRSAL) y la vuelta a la descentralización generalizada para todas
las comunidades autónomas vigente antes de su entrada en vigor, siendo esta vía impracticable a corto o medio plazo, urge adoptar una solución singularizada para Cataluña.


En este sentido, la disposición final 1a. de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, ha modificado el apartado 7 de la disposición adicional segunda LRBRL, estableciendo un régimen singular
para la Comunidad Autónoma del País Vasco:


'7. En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la normativa reguladora de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional prevista en el artículo 92.bis y concordantes de esta Ley, se aplicará de
conformidad con la disposición adicional primera de la



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Constitución, con el artículo 149.1.182 de la misma y con la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, teniendo en cuenta que todas las facultadas previstas en el citado
artículo 92.bis respecto a dicho personal serán asumidas en los términos que establezca la normativa autonómica, incluyendo entre las mismas la facultad de selección, la aprobación de la oferta pública de empleo para cubrir las vacantes existentes
de las plazas correspondiente a las mismas en su ámbito territorial, convocar exclusivamente para su territorio los procesos de provisión para las plazas vacantes en el mismo, la facultad de nombramiento del personal funcionario en dichos procesos
de provisión, la asignación del primer destino y las situaciones administrativas.'


Esta enmienda supone un retorno sustancial, aunque incompleto (debido al marco limitador de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local) y restringido a la Comunidad Autónoma Vasca, a la
descentralización vigente hasta el año 2013.


Una descentralización, por otra parte, perfectamente extensible a otras comunidades autónomas. El carácter básico de la LRBRL, posibilita acomodar al régimen general un retorno a un régimen de descentralización sustancialmente similar al
vigente antes de la entrada en vigor de la LRSAL, y que esta posibilidad pueda extenderse a más de una comunidad autónoma.


Además, para el caso de Catalunya, el artículo 5 del Estatuto de Autonomía reconoce una posición singular de la Generalitat en relación, entre otras materias, con el sistema institucional en que esta se organiza, entre el que se encuentran
también los municipios y los otros entes locales.


Esta vuelta a la descentralización, además de posible, en Cataluña estaría plenamente justificada, puesto que como hemos visto, no solo gestionó con éxito las competencias durante los años 2009-2013, sino que además desarrolló normativamente
el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (Decreto 195/2008, de 7 de octubre, por el que se regulan determinados aspectos del régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de
carácter estatal de las entidades locales de Cataluña, no derogado formalmente) en un marco estatutario actualizado (artículos 160, que establece la competencia exclusiva en materia de régimen local, y 136, referente a la función pública, de la Ley
Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña).


En conclusión, teniendo en cuenta que el artículo 149.1.18 de la Constitución es plenamente aplicable en todo el Estado Español, que Catalunya gestionó con notable éxito la materia durante los años en que estuvo descentralizada, y que
presenta, como hecho diferencial propio, un régimen vigente completo y actualizado (consistente en el Decreto 195/2008, de 7 de octubre, y en una regulación estatutaria establecida en los artículos 160 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que
establece la competencia exclusiva en materia de régimen local, y artículo 136, referente a la función pública), procede la asunción por la Generalitat de Catalunya de las facultades en materia de régimen jurídico y gestión de los funcionarios de
administración local con habilitación de carácter nacional. De esta forma la Generalitat de Catalunya dispondrá de un régimen específico para regular y ejercer las funciones referentes a la oferta pública de empleo, selección, nombramiento,
provisión de puestos de trabajo, asignación de primer destino y situaciones administrativas de estos funcionarios habilitados para hacer frente al problema de falta de profesionalización de las administraciones locales catalanas y poner fin a la
actual dificultad para cubrir las plazas necesarias de secretaría-intervención, secretaría, intervención y tesorería de las corporaciones locales de Cataluña.


Por todo ello, los diputados y diputadas de Junts per Catalunya, presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con la introducción de una disposición adicional decimoséptima, con el siguiente contenido:


'Disposición adicional decimoséptima.


En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña, la normativa reguladora de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional prevista en el artículo 92.bis y concordantes de esta Ley, se aplicará de
conformidad con el artículo 149.1.182 de la Constitución y con la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, teniendo en cuenta que todas



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las facultadas previstas en el citado artículo 92.bis respecto a dicho personal serán asumidas en los términos que establezca la normativa autonómica, incluyendo entre las mismas la facultad de selección, la aprobación de la oferta pública
de empleo para cubrir las vacantes existentes de las plazas correspondiente a las mismas en su ámbito territorial, convocar exclusivamente para su territorio los procesos de selección para las plazas vacantes en el mismo, la facultad de nombramiento
del personal funcionario en dichos procesos de selección, convocar exclusivamente para su territorio y de forma coordinada con el Estado los procesos de provisión para las plazas vacantes en el mismo, la asignación del primer destino y las
situaciones administrativas.''


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2022.-Josep Pagès i Massó, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Eduardo Luis Ruiz Navarro, don Víctor González Coello de Portugal, don Emilio Jesús del Valle Rodríguez, don Rodrigo Jiménez Revuelta, don Juan Carlos Segura Just, don Rubén Silvano Manso Olivar, don Pablo
Juan Calvo Liste, doña Inés María Cañizares Pacheco, don Pablo Sáez Alonso-Muñumer y don José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto
en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la promoción de la revisión de los importes de las indemnizaciones por razón del servicio de conformidad con la disposición final
cuarta del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, para su discusión en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


Primero. El derecho de los empleados públicos a percibir indemnizaciones por razón del servicio.


El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, 'TREBEP'), es el texto regulador de las bases del régimen estatutario de los
funcionarios públicos.


Por ende, el TREBEP regula los derechos y deberes de los empleados públicos. De entre estos, concretamente, la letra d) del artículo 14 indica que los funcionarios tienen derecho '[A] percibir las retribuciones y las indemnizaciones por
razón del servicio'.


El legislador reconoció nuevamente este derecho más adelante, de forma que no da lugar a equívoco, en el artículo 28 del TREBEP, en los siguientes términos:


'Los funcionarios percibirán las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio.'


El Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio (en adelante, 'Real Decreto 462/2002') tiene por objeto definir las causas que generan el derecho a percibir indemnización por razón del servicio y sus
pormenores en el ámbito de la Administración General del Estado, según dispone el artículo 1 de la norma:


'1. Darán origen a indemnización o compensación los supuestos siguientes, en las circunstancias, condiciones y límites contenidos en el presente Real Decreto:


a) Comisiones de servicio con derecho a indemnización.


b) Desplazamientos dentro del término municipal por razón de servicio.


c) Traslados de residencia.


d) Asistencias por concurrencia a Consejos de Administración u Órganos Colegiados, por participación en tribunales de oposiciones y concursos y por la colaboración en centros de formación y perfeccionamiento del personal de las
Administraciones públicas.'



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El apartado segundo del mismo precepto señala que aquellas concesiones de indemnización por razón del servicio, que no se ajusten a lo dispuesto en la norma, en los requisitos para su concesión o en su cuantía, serán nulas. Así, señala que:


'Toda concesión de indemnizaciones que no se ajuste en su cuantía o en los requisitos para su concesión a los preceptos de este Real Decreto se considerará nula, no pudiendo surtir efectos en las cajas pagadoras, pagadurías, habilitaciones u
órganos funcionalmente análogos.'


No obstante lo anterior, el Real Decreto 462/2002 contempla una excepción a dicho apartado. Así, en el apartado primero del artículo 11, se reconoce la posibilidad de exceder las cuantías para determinadas épocas y poblaciones de la
geografía española, siempre y cuando se respete la excepcionalidad y se acredite la debida motivación que dé lugar a ese incremento. Así, el precepto dispone que:


'1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, los Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas, conjuntamente, podrán autorizar que, excepcionalmente, en determinadas épocas y ciudades del territorio nacional la cuantía de
las dietas por alojamiento y, en su caso, manutención, pueda elevarse, para casos concretos y singularizados debidamente motivados, hasta el importe que resulte necesario para el adecuado resarcimiento de los gastos realmente producidos.'


En estrecha relación con los artículos precedentes se encuentran los anexos del Real Decreto 462/2002. El Anexo I tiene por objeto la clasificación del personal funcionario en tres grupos. Esta clasificación viene determinada por la
condición de alto cargo (grupo 1) y la pertenencia a uno u otro Cuerpo o Escala de los grupos A y B (grupo 2) y C y D (grupo 3).


Por otra parte, los anexos II, III y IV delimitan el importe de las dietas en territorio nacional, en el extranjero y por la participación en tribunales de oposición o concurso u otros órganos encargados de personal, respectivamente.


Segundo. La necesidad de revisión del importe de las indemnizaciones por razón del servicio.


La necesidad de revisión de los importes de las indemnizaciones por razón del servicio queda contemplada, para los anexos II y IV, en la disposición final cuarta del Real Decreto 462/2002. Así, se establece que, por razones de
encarecimiento del coste de los bienes y servicios con el paso de los años, será necesario actualizar periódicamente dichas cuantías:


'El importe de las indemnizaciones establecidas en los anexos II y IV de este Real Decreto será revisado periódicamente mediante acuerdo del Consejo de Ministros que se publicará en el ''Boletín Oficial del Estado''.


La cuantía establecida para indemnizar el uso de vehículo particular regulado en el artículo 18.1 del presente Real Decreto será revisada anualmente por el Ministerio de Hacienda, o siempre que resultara necesario por la acentuada desviación
de los importes reales respecto de la vigente en cada momento'.


Respecto al primer apartado, si bien la disposición no establece un plazo exacto para proceder a la revisión, no parece razonable ni ejemplo de buenas prácticas el hecho de que la última (y única) revisión de los montantes de estas dietas
hayan tenido lugar hace más de 15 años 2 por medio del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2005, por el que, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición final cuarta del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se revisa el
importe de las dietas en territorio nacional establecidas en su anexo II, poco más de tres años después de la entrada en vigor del Real Decreto 462/2002.


Asimismo, el apartado segundo establece una revisión anual de la cuantía establecida para los casos de indemnización por uso del vehículo particular en los supuestos contemplados en la norma. Al igual que en el apartado primero, llama la
atención que la actualización de dichos importes se haya producido en sólo una ocasión, mediante la Orden EHA/3770/2005, de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.


2 A modo orientativo para ilustrar ese encarecimiento del nivel de vida: el Índice de Precios de Consumo, (IPC) desde el pasado 1 de junio de 2002 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto 462/2002) hasta diciembre de 2021, ha variado un
45,7 %, según el INE. Fuente: https://www. ine. es/varipc/verVariaciones.do;jsessionid=4DA676A21EC977B484FAFD45572A 622D.varipc03?idmesini=6&anyoini=2002&idmesfin=12&anyofin=2021&ntipo=1&enviar=Calcular.



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Tercero. Conclusión.


En virtud de cuanto antecede, el Gobierno, en cuanto Poder Ejecutivo del Estado y principal interesado en velar por el correcto funcionamiento de las Administraciones Públicas, así como por el debido cumplimiento de un precepto legal, debe
atender al contenido de la disposición final cuarta del Real Decreto 462/2002 en sus estrictos términos.


No parece adecuado que, a fin de incrementar las cuantías de las indemnizaciones por razón de servicio por insuficientes, con motivo del incremento de los bienes y servicios a lo largo de estos arios, las autoridades competentes empleen la
autorización excepcional del artículo 11 del Real Decreto 462/2002. Ello conllevaría la deformación de la excepción comprendida en la norma, pues se haría un uso frecuente que excedería la intención original de la redacción del precepto, al que
solo debe acudirse en 'casos concretos y singularizados debidamente motivados'.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que cumpla con lo preceptuado en la disposición final cuarta del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, procediendo a la revisión periódica del
importe de las indemnizaciones por razón del servicio establecidas en los anexos II y IV de dicha norma, así como a la revisión de la cuantía establecida para indemnizar el uso del vehículo particular.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de febrero de 2022.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Juan Carlos Segura Just, Víctor González Coello de Portugal, Pablo Juan Calvo Liste,
Rodrigo Jiménez Revuelta, Inés María Cañizares Pacheco, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Interior


161/003755


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la modificación del Real
Decreto 326/2021 que impide a los opositores con cuerpos extraños intraoculares o lentes fáquicas poder acceder a las FCSE, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


El artículo 25 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, establece que el ingreso en la Policía Nacional se llevará a cabo conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y
capacidad, mediante la superación sucesiva por las personas aspirantes de las distintas fases que integren el proceso de selección. Igualmente, el artículo 26.1d), prevé que, para poder participar en los procesos selectivos, las personas aspirantes
deberán reunir determinados requisitos, entre los cuales se encuentran no hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas
propias de la Policía Nacional.


El Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional tiene por objeto aprobar las patologías que restringen el acceso a la Escala Ejecutiva, categoría de
Inspector, y en la Escala Básica, categoría de Policía, así como al alumnado de los centros docentes de la Policía Nacional.



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En el anexo I 'Aparato de la visión' del Cuadro médico de exclusiones, se incluye la exclusión para todos los que padezcan problemas visuales, como por ejemplo la miopía, en un alto grado, o que tengan una córnea muy delgada, de forma que
contengan contraindicada la cirugía láser.


La operación necesaria para corregir dichos problemas visuales consiste en implantar lentes intraoculares, lentes fáquicas, que ahora son causa de exclusión médica para acceder al Cuerpo Nacional de Policía (CNP).


De igual forma, la Orden PCl/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y
Guardias de la Guardia Civil, contempla en el Anexo I el 'Cuadro médico de exclusiones para ingreso en los centros docentes de formación' y, más concretamente, en el apartado J) se incluyen las 'Enfermedades del Aparato de la Visión' que son
excluyentes.


Miles de opositores a Guardia Civil y Policía Nacional que se sometieron a una intervención quirúrgica para corregir sus defectos de visión y conseguir acceder al trabajo de sus sueños, vieron frustrada su vocación tras la actualización de
los cuadros médicos. La misma supuso su exclusión de los procesos selectivos.


El Auto de 28 de septiembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, suspendió cautelarmente los puntos 2 ('Cuerpos extraños intraoculares') y 10 ('No se admitirán lentes fáquicas') del Apartado I ('Aparato de la visión') del Anexo
del Real Decreto 326/2021.


Entendemos que se pueden estar vulnerando los derechos de los opositores afectados por estas exclusiones, en sus respectivos procesos selectivos, al tratarse de personas sanas, con capacidad e ilusión. En todo caso debe primar en el acceso
a empleo público los principios de igualdad, mérito y capacidad, impidiéndose la aplicación de una exclusión arbitraria y discriminatoria.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congrso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a eliminar de los cuadros médicos de exclusiones previstos en la legislación vigente para el ingreso en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, lo relativo a cuerpos extraños
intraoculares o lentes fáquicas, al objeto de no vulnerar los derechos y libertades de los opositores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Ana Belén Vázquez Blanco y Elena Castillo López, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003784


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre regulación el uso de dispositivos de videovigilancia en los establecimientos
penitenciarios, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La existencia de dispositivos de video vigilancia en los establecimientos penitenciarios pone de manifiesto la necesidad de regular su utilización para garantizar los derechos de las personas cuyos datos son captados. Regulación que, de
acuerdo a la normativa vigente en materia de protección de datos y política de seguridad de la información en los centros penitenciarios, debe abordar la Administración Penitenciaria estableciendo el procedimiento a seguir en el marco de las
garantías aplicables en esta materia.


Esta regulación tiene que tener como objetivos procurar:


1. La adaptación de los tratamientos de imágenes derivados del uso de las cámaras de video vigilancia de los centros penitenciarios al Reglamento General de Protección de datos (UE) 2016/679 (RGPD) y la Directiva (UE) 2016/680, ambas normas
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016; y la normativa nacional que resulta de ellas. En concreto, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de



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diciembre, de protección de datos y garantía de derechos digitales; y la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones
penales y de ejecución de sanciones penales.


2. La regulación de las actuaciones que tienen que implementar los responsables de los centros para el ejercicio de los derechos previstos en la norma (colocación de carteles informativos, sujetos que pueden ejercer esos derechos,
formularios, etc.), así como definir y regular las demás peculiaridades que puedan darse en los establecimientos penitenciarios.


3. La definición de la actuación de los profesionales penitenciarios en todo el proceso que tiene relación con la video vigilancia, así como las premisas que deben tenerse en cuenta sobre el uso de estos datos y las garantías que les son
aplicables. En especial, y tras la publicación de imágenes de incidentes penitenciarios en medios de comunicación, la regulación de la cadena de custodia de las imágenes, de manera que la seguridad de las personas vídeo vigiladas y confidencialidad
de los procedimientos estén siempre garantizadas.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la adecuación de los sistemas de video vigilancia con que cuentan los establecimientos penitenciarios a la normativa de protección de datos y garantía de derechos digitales y a los
derechos y deberes que la misma contempla.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2022.-David Serrada Pariente y Rafael José Vélez, Diputados.-Isaura Leal Fernández y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002828


Mediante escrito de fecha 10 de febrero de 2022 se ha retirado por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu la Proposición no de Ley sobre la incorporación por AENA del sistema GNSS de ayuda a las operaciones de aproximación y aterrizaje
de aviones en el aeropuerto de Donostia-San Sebastián, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 302, de 29 de junio de 2021.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/003729


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la urgente necesidad de
dotar a Cantabria de un sistema ferroviario de Cercanías moderno, seguro y de calidad, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Los ciudadanos de Cantabria necesitan un sistema ferroviario de Cercanías moderno, seguro y de calidad. Aquellos que utilizan el ferrocarril para sus desplazamientos cotidianos (acudir al trabajo, ir al



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médico, ir a estudiar, etc.) sufren todos los días la pésima situación de un servicio público que debiera ser modélico.


En Cantabria el ferrocarril no es una alternativa frente al coche o el autobús, no está adaptado para las personas de movilidad reducida y no cubre, en definitiva, sus necesidades diarias.


En las últimas legislaturas, los esfuerzos de nuestros gestores se han centrado en generar una malla de alta velocidad, que ha hecho de nuestro país en su conjunto el que dispone de la red ferroviaria de alta velocidad más extensa de Europa
y la segunda en todo el mundo, solo por detrás de China; alta velocidad de la que tampoco disfruta Cantabria.


Priorizando las inversiones en la alta velocidad, nos encontramos con redes de Cercanías y de medio recorrido que no han recibido las inversiones necesarias para su correcta actualización y mejora, para poder prestar un servicio óptimo a los
ciudadanos.


Con la intención de dar un vuelco a esa situación, que lastraba de forma importante el mantenimiento y explotación de la red de Cercanías en Cantabria, el ministro Íñigo de la Serna, meses antes de la moción de censura que llevó a La Moncloa
a Pedro Sánchez, diseñó y puso en marcha un ambicioso Plan Integral de Cercanías que abarcaba, además de Cantabria, a otras cuatro comunidades autónomas: Comunidad Valenciana, Principado de Asturias, Cataluña y Madrid.


Con respecto a Cantabria, el Plan incluía una inversión total de 529,6 millones de euros en el periodo 2017-2022: 370,2 millones de euros a ejecutar por ADIF y 159,4 millones de euros por RENFE.


De forma más detallada, el Plan preveía para la red de ancho ibérico 128,65 millones de euros en renovar y modernizar la infraestructura existente (actuaciones en la infraestructura, en la vía, en electrificación, en materia de seguridad y
telecomunicaciones, en estaciones y en mejoras medioambientales), otros 113,10 millones de euros para duplicar la vía Torrelavega-Santander, y 5,75 millones de euros para mejoras complementarias en esa misma línea con el fin de aumentar la seguridad
y su integración urbana.


En cuanto a la red de ancho métrico, para solucionar el gran problema de la obsolescencia de la infraestructura existente, se preveían 66,48 millones de euros para su renovación y modernización, 44,3 millones de euros para duplicar varios
tramos ampliando por tanto su capacidad (Torrelavega-Puente San Miguel, Nueva Montaña-Valle Real y Astillero-Orejo), otros 3,7 millones de euros para la ejecución del bypass de mercancías en Santander y 8,17 millones de euros para aumentar la
seguridad y la integración urbana de esas infraestructuras.


En cuanto a las inversiones en mejora de los propios trenes existentes y adquisición de nuevos vehículos, el Plan tenía previsto una inversión inmediata para mejoras de 19,2 millones de euros que, a lo largo del periodo de desarrollo del
mismo, es decir, hasta el 2022, se completaría con la incorporación a Cantabria de 28 nuevos trenes, que supondrían la modernización total de la flota, con una inversión de otros 133 millones de euros.


También estaba previsto invertir otros 7,15 millones de euros en mejorar la accesibilidad de las estaciones, renovar la imagen externa, la señalética, el mobiliario, los sistemas de información, los controles de accesos y los sistemas de
ventas.


Todo este ambicioso Plan que ya estaba implementándose sufrió un impresentable frenazo cuando Pedro Sánchez llegó a La Moncloa e Íñigo de la Serna abandonó el Ministerio de Fomento, siendo sustituido por el ministro José Luis Ábalos.


A pesar de las reiteradas promesas de hacer suyo el contenido del Plan, la realidad ha demostrado que las inversiones en Cantabria no se producen tal y como estaban previstas, y el resultado es lo que un día sí y otro también muestran los
medios de comunicación y, lo que es peor, sufren todos los usuarios.


La red ferroviaria de Cercanías y media distancia de Cantabria es un desastre y el Gobierno de Pedro Sánchez, a pesar de contar con un detallado plan de inversiones elaborado por el Gobierno de Mariano Rajoy, no las lleva a cabo.


Se paran los trenes, las averías y los cortes en los distintos trayectos son constantes, y el Gobierno de España parece que no se da por enterado. Los trenes más modernos son llevados a otros destinos mientras que Cantabria dispone de los
más antiguos.


Además de los infinitos retrasos y las continuas paradas de los trenes, en los últimos días hemos conocido la intención de RENFE de trasladar a Oviedo el Centro de Gestión de Viajeros que actualmente se encuentra en Santander y recolocar a
esos trabajadores que ahora prestan servicio desde la comunidad cántabra.



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Cantabria no se merece más engaños, escenificaciones, promesas incumplidas e intranquilidad, en definitiva, más papel mojado.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Ejecutar en su totalidad y en un plazo no superior a cuatro años, el Plan de Actuación de Cercanías para el Núcleo de Cantabria que diseñó el Ministro de Fomento Íñigo de la Serna en el Gobierno de Mariano Rajoy y que fue presentado en
Santander el 4 de diciembre de 2017.


Más concretamente, se insta a realizar en ese plazo las siguientes actuaciones:


Red de ancho ibérico:


1.1 Mejorar la infraestructura general de la red (tratamiento por inestabilidad del terraplén de Parbayón, mejora del túnel de Montabliz...).


1.2 Mejorar las vías de ancho ibérico (rehabilitación de vías en estaciones de Cercanías, mejora de instalaciones fijas y accesos en pasos a nivel, sustitución de carril en zonas de curvas de radio reducido...).


1.3 Renovar y/o ampliar las instalaciones de electrificación.


1.4 Concluir las actuaciones en materia de seguridad y telecomunicaciones previstas en el Plan Integral de Cercanías presentado y que todavía no se han ejecutado.


1.5 Ejecutar las actuaciones pendientes en estaciones y apeaderos, y en especial las medidas dirigidas a facilitar la accesibilidad para todos los usuarios.


1.6 Ejecutar las actuaciones pendientes en la duplicación de vía Santander-Torrelavega, implantando las necesarias pantallas acústicas que precisa dicho trayecto.


1.7 Garantizar el mantenimiento regular de trincheras, túneles, puentes y taludes.


1.8 Garantizar una red ferroviaria óptima para el transporte de mercancías por ferrocarril, ejecutando los apartaderos pendientes, al objeto de asegurar la competitividad del puerto de Santander.


Red de ancho métrico:


1.9 Mejorar la infraestructura general de la red prevista en el Plan de Cercanías presentado y que todavía no se ha ejecutado.


1.10 Completar la mejora de los tramos Cabezón de la Sal-Santander y Santander-Hoz de Anero (8,5 km).


1.11 Concluir las actuaciones de electrificación previstas en el tramo Torrelavega-Santander y que todavía no se han ejecutado.


1.12 Concluir las actuaciones en materia de seguridad previstas en el Plan Integral de Cercanías presentado y que todavía no se han ejecutado.


1.13 Ejecutar la duplicación de vía en los tramos Torrelavega Centro-Puente San Miguel y Nueva Montaña-Valle Real.


1.14 Ejecutar la construcción del baipás de mercancías entre las líneas de ancho métrico Santander-Oviedo y Santander-Bilbao en el ámbito de la estación de Santander.


1.15 Llevar a cabo las actuaciones para mejorar la seguridad y la integración urbana correspondientes a la red de ancho métrico, previstas y no ejecutadas.


Actuaciones en material rodante y en estaciones.


1.16 Garantizar la reposición de todo el material rodante de ancho métrico en el núcleo de Cantabria en base al contrato adjudicado por el Ministerio para tal fin.


1.17 Conseguir la incorporación definitiva de 28 nuevos trenes en Cantabria que supondrá la renovación total de la flota y su ampliación de acuerdo con lo previsto en el Plan Integral de Cercanías de Cantabria.


1.18 Mejorar la accesibilidad de las estaciones, renovar la imagen externa, la señalética, el mobiliario, los sistemas de información, los controles de accesos y los sistemas de ventas, previstas en el Plan de Cercanías de Cantabria y que a
la fecha siguen pendientes.



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1.19. Aumentar el personal de servicio al usuario, de mantenimiento, interventores y personal de estaciones.


2. Recuperar la totalidad de las frecuencias previas al inicio de la pandemia, así como completar esas frecuencias con aquellas que ya estaban previstas en el Plan Integral de Cercanías diseñado por el Gobierno de Mariano Rajoy, con el fin
de dotarnos de un transporte público competitivo que preste un servicio adecuado a los ciudadanos de Cantabria.


3. Desistir de la implantación del sistema ASFA 4.4 hasta que la infraestructura ferroviaria de Cantabria esté adaptada al mismo, evitando la gran cantidad de inconvenientes que por esa implantación sufren los usuarios.


4. Asegurar la información actualizada para los viajeros tanto por vía web como en los teleindicadores de los trenes y estaciones.


5. Garantizar la necesaria adaptación de los sistemas de emisión y compra de billetes, así como la coordinación y compatibilidad con las de otros sistemas públicos de viajeros.


6. Mantener y modernizar el CIC de Santander de Ancho Convencional y el CGO de Santander de Ancho Métrico en Cantabria dotándolos de los medios materiales y personales que se requieran, desistiendo del reciente anuncio de llevárselos a
Asturias.


7. Promover la conexión de las líneas con los centros intermodales de transportes de mercancías.


8. Agilizar la tramitación administrativa para poder iniciar las obras de los soterramientos previstos en Cantabria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2022.-Elena Castillo López, Diego Movellán Lombilla, Andrés Lorite Lorite y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular
en el Congreso.


161/003731


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la Diputada Inés Granollers Cunillera, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para mejorar la
seguridad en las zonas de estacionamiento, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El pleno del Parlamento Europeo aprobó el pasado 25 de noviembre de 2021, por 681 votos a favor y uno en contra, una resolución instando a la Comisión Europea y los Estados miembros a incrementar la seguridad de las zonas de estacionamiento
para camiones en el conjunto de la Unión.


La resolución aprobada en la Comisión de Peticiones se origina a través de una iniciativa popular firmada por 22.735 personas, que alerta sobre el riesgo creciente de inseguridad en las zonas de estacionamiento de camiones de la red de
carreteras de la UE y pide medidas para reducir el riesgo y garantizar la seguridad.


La preocupación creciente ante el auge de grupos de delincuencia organizada altamente tecnificados y formados en estrategias paramilitares representan una amenaza según Europol, por el uso creciente de la fuerza y la presencia de
delincuentes con una larga lista de antecedentes por delitos violentos y experiencia en actividades mafiosas. Los asaltos a transportistas que cargan productos de alto valor, como la electrónica, el tabaco y los productos farmacéuticos causaron
pérdidas económicas estimadas en más de 50 millones de euros entre 2017 y 2019.


La resolución aprobada insta a la Unión Europea y el conjunto de Estados miembros a combatir la delincuencia organizada en la red de carreteras de la UE y a garantizar la promoción de una circulación eficaz de mercancías de manera segura y
sin costes adicionales relacionados con la sobreexposición al riesgo de agresión.



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Puesto que los conductores de transporte por carretera internacional pasan mucho tiempo fuera de su hogar, requieren de una infraestructura de estacionamiento segura y muy equipada en toda la UE para garantizar su bienestar físico y mental.


Los periodos de trabajo y descanso de los transportistas internacionales están sujetos a normas estrictas destinadas a crear un sector del transporte por carretera seguro, eficiente y socialmente responsable en la Unión Europea y es
responsabilidad tanto de las instituciones de la UE como de los Estados miembros proporcionar una infraestructura de aparcamiento adecuada y accesible en toda la red de carreteras de la Unión y en especial en las principales arterias de transporte.


El alto riesgo de sufrir robos y agresiones ha convertido la profesión de transportista en una actividad de riesgo. Un estudio de la Comisión de 2019 señala que faltan 100.000 plazas de aparcamiento nocturno para camiones en el conjunto de
la UE.


Y de entre los distintos tipos de aparcamiento la principal carencia está en las SSTPA (Safe and Secure Truck Parking Areas) para garantizar condiciones socialmente justas para los conductores profesionales cuando hacen los descansos
obligatorios.


La resolución también señala que los delitos contra los camiones tienen cada vez más un carácter transfronterizo y se hace necesaria una cooperación reforzada, y solicita un mayor intercambio estructural de información y una coordinación
operativa entre las autoridades policiales de los Estados miembros con el apoyo de Europol, incluida una cooperación reforzada con partes privadas, como la Asociación para la Protección de Activos Transportados (TAPA) y la Organización Europea de
Aparcamiento Seguro (ESPORG).


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Elaborar y presentar, en un periodo inferior a 6 meses, un plan para la mejora y construcción de nuevas zonas de aparcamiento seguras certificadas para camioneros a lo largo de la red viaria estatal.


2. Incrementar los canales de interrelación con Europol a fin de garantizar respuestas coherentes y coordinadas, así como un apoyo operativo y analítico que favorezca el trabajo conjunto entre policías de diferentes Estados para diseñar
estrategias de persecución y desmantelamiento de mafias transnacionales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2022.-Inés Granollers Cunillera, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


161/003738


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Pablo Juan Calvo Liste, don Pedro Requejo Novoa, doña María Magdalena Nevado del Campo, don Víctor González Coello de Portugal, doña Patricia Rueda Perelló, doña Patricia de las Heras Fernández, doña Cristina
Alicia Esteban Calonje, don José María Figaredo Álvarez-Sala, don Rubén Darío Vega Arias y don Juan Carlos Segura Just, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido
en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley dirigida a impulsar la adopción de las medidas necesarias que promuevan la reapertura y ampliación de la línea
ferroviaria, Ruta de la Plata, para su discusión en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. Infraestructuras y despoblación


1. En España, según el estudio Proyecciones Población del Instituto Nacional de Estadística y Previsiones Demográficas de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal publicado por el



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Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico 3, para 2035, los mayores descensos de población se producirán en el Principado de Asturias, (-10,3 %), Castilla y León (-9,9 %) y Extremadura (-8,8 %).


2. Este documento no hace sino corroborar la tendencia a la despoblación que ya se vislumbraba en el Diagnóstico Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico. Eje despoblación que en 2018 publicó el entonces Ministerio de Política
Territorial y Función Pública 4: el 88,5 % de los municipios del Principado de Asturias, el 86,1 % en Castilla y León y el 82,5 % en Extremadura perdieron población.


3. En el informe Percepción ciudadana del Reto Demográfico, la despoblación y el envejecimiento, publicado por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico 5, se expone que un 91,8 % de españoles consideran esencial mejorar la
calidad en la prestación de servicios en los municipios con problemas de despoblación, y un 91,7 %, estima necesario promover ayudas a la actividad económica y la promoción del empleo en áreas de riesgo demográfico.


4. Constituyendo el transporte eje vertebrador del país y uno de los servicios fundamentales para la comunicación entre territorios y la movilidad de personas y mercancías, es imprescindible hacer una adecuada inversión en infraestructuras.
De esta forma, se consigue atraer empleo, retener el talento e impulsar la economía de los territorios y, con ello, luchar contra la despoblación.


5. Por los datos expuestos, se hace necesario desarrollar infraestructuras de transporte y mejorar las existentes en aquellos territorios que más sufren el fenómeno de la despoblación.


Segundo. Ferrocarril Ruta de la Plata.


6. Uno de los ejes de comunicación más importantes que históricamente ha tenido España es el que discurre de norte a sur en la parte occidental, junto a la frontera portuguesa. Este corredor, existente desde tiempos de la romanización, se
conoce como Vía de la Plata, une en la actualidad Andalucía, Extremadura, Castilla y León y el Principado de Asturias y conecta Gijón con Sevilla mediante la Autovía A-66, conocida como Autovía Ruta de la Plata.


7. Hace varias décadas existía otra Vía de la Plata que conectaba estos territorios mediante ferrocarril, conocida como Ruta de la Plata. Esta línea de tren se cerró definitivamente en 1985 en su tramo Plasencia-Astorga-León a iniciativa
del Gobierno socialista de aquel momento. En la actualidad solo se encuentran abiertos los tramos entre Sevilla y Plasencia y entre Gijón y León, sin que el primero de ellos de ancho ibérico esté electrificado 6.


8. Desde el cierre de esta línea, muchas voces han reclamado su reapertura por diversos motivos. En primer lugar, por el papel social y económico que cumplía, principalmente para las zonas rurales por las que transcurría 7. En segundo
lugar, porque sería la mejor ruta que permitiría conectar Portugal con Salamanca y el norte de España, tal y como se expuso por el Consejo Económico y Social de Extremadura en su informe El corredor atlántico: una visión integradora desde
Extremadura 8.


9. Sin embargo, de los sucesivos Gobiernos de España no se ha obtenido más que una promesa de estudio sobre su posible conexión. Así, en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI) 2012-2024, dentro de las nuevas inversiones
en alta velocidad, solo se contempla la actuación León-Plasencia (Ruta de la Plata) como Conexiones en estudio en el horizonte del Plan sin que haya conocimiento de avance alguno en este supuesto estudio 9.


Tercero. Posición de los partidos políticos integrantes del gobierno de coalición actual sobre el tren ruta de la plata con carácter previo a su entrada en el poder ejecutivo.


3 https://www.miteco.gob.es/es/reto-demografico/temas/documentos interes/proyeccionesdemograficas ine airef tcm30-517794.pdf [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].


4 https://www.miteco.gob.es/es/reto-demografico/temas/analisis cartografia/diagnostico eje despoblacion tcm30-517769.pdf [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].


5


6 https://www.adif.es/informacion-al-usuario/mapa [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].


7 https://movimientotrenrutadelaplata.wordpress.com/manifiesto/[fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].


8 http://www.juntaex.es/filescms/cesextremadura/uploaded_files/informes_iniciativa/INFORME CES EL CORREDOR ATLÁNTICO definitivo.pdf [fecha de consulta: 8 de febrero de 2022].


9 https://www.mitma.gob.es/recursos mfom/pdf/E35B8D33-F3B6-4695-9012-C22229966FAO/130944/PITVI20122024.pdf, Página 11-202 [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].



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10. El Gobierno de coalición de la Legislatura XIV lo componen el Partido Socialista Obrero Español ('PSOE') y el Partido de Unidas Podemos ('UP'). Y ambos partidos han presentado iniciativas 'en favor' del Tren Ruta de la Plata.


11. En primer lugar, el 12 de julio de 2017 UP registraba en el Congreso de los Diputados una Proposición no de Ley (n.° registro 42638) 10 para la reapertura del servicio de trenes en la línea Monfragüe-Astorga, recuperación del servicio
ferroviario desde Asturias hasta el sur de la Península Ibérica dando servicio a Castilla y León, Extremadura y Andalucía cuya parte dispositiva era la siguiente:


1. Incluir la línea ferroviaria entre Astorga y Plasencia, ahora cerrada al tráfico ferroviario, en la Red Básica Ferroviaria Transeuropea sobre la traza existente -que ya tiene el impacto ambiental asumido-, con las modificaciones técnicas
y de itinerario necesarias a los tiempos actuales y a las necesidades de transporte de mercancías, y evitando, en todo caso, más levantamientos de vías que buscan la desafectación del itinerario.


2. Tener en cuenta dicha línea -y su extensión hacia Sevilla y Huelva con conexión con el Puerto de Algeciras- en las normas del Cuarto Paquete Ferroviario de la U.E.


3. Añadir esta línea a las que constituyen el Corredor Atlántico, dentro de los nueve corredores fundamentales de la Red Transeuropea de Transporte Ferroviario.


4. Realizar los estudios ferroviarios y proyectos técnicos necesarios para que en un año puedan licitarse, entre los respectivos tramos comarcales correspondientes, las obras de adecuación de la plataforma ferroviaria, así como la
instalación y el material fijo de rodadura de ancho variable y sistemas necesarios de señalización, comunicaciones, y seguridad.


5. Rehabilitar las estaciones y zonas de atención a las personas en las edificaciones actuales disponibles o la ejecución de los obras nuevas necesarias.


6. Promocionar las futuras conexiones comerciales, turísticas y de viajeros que den viabilidad económica a este corredor occidental.


12. Asimismo, para defender esta propuesta se hacían afirmaciones tales como las siguientes:


Las infraestructuras ferroviarias de casi todo el oeste peninsular adolecen de falta de inversiones para su mejora y mantenimiento, con ausencia de vías dobles electrificadas (como es el caso específico de Extremadura), sin que las
administraciones públicas tomen iniciativas importantes excepto tímidas actuaciones en las áreas metropolitanas de Algeciras, Sevilla, Salamanca o León. Con la supresión de los servicios ferroviarios entre Astorga y Palazuelo (hoy Monfragüe), junto
a Plasencia, primero los de las personas, en 1984, y luego los de las mercancías, en 1996, los indicadores de despoblamiento del medio rural, emigración continuada de la juventud, pobreza, falta de iniciativas productivas, vinculación general al
transporte de mercancías en camión, etc., no han hecho más que persistir y ahondarse. De esta forma la fractura social y económica con otras comarcas y regiones del entorno no para de crecer en sentido contrario a otros ámbitos territoriales de
nuestro Estado.


13. En segundo lugar, el 21 de marzo de 2018, el PSOE presentó una Proposición no de Ley relativa a la puesta en servicio del ferrocarril Ruta de la Plata entre Gijón y Sevilla 11, cuya parte dispositiva tenía el siguiente contenido
literal:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Llevar a cabo durante el año 2018, el estudio sobre la puesta en servicio del ferrocarril Ruta de la Plata entre Gijón y Sevilla, analizando las infraestructuras nuevas a construir y las mejoras necesarias en las actualmente existentes.


2. Llevar a cabo las mejoras en las frecuencias y los servicios ferroviarios que actualmente circulan por los tramos en servicio en la Ruta de la Plata.


3. Incluir en la planificación las acciones necesarias para poner en servicio el tren Ruta de la Plata entre Gijón y Sevilla.'


10 https://intranet.congreso.es/portal/pase/portal/Congreso/Congreso/Iniciativas/BuscadorIn tranet? piref73 2378049 73 2366049 2366049.next page=/wc/servidorCGI&CMD=VERLST&B
ASE=INIC&CONF=BRSTRA.cnf&FMT=INI6WDSP.fmt&DOCORDER=FIFO&OPDEF=Y&QUE RY= % 28MONFRAG % C3 % BCE ASTORGA %29.ALL.+ % 26+ % 28 %22161 % 22 % 29.SINI.&DOCS=1-1 [fecha de consulta: 8 de febrero de 2022].


11 https://www.congreso.es/ busqueda-de iniciativas? e e id=iniciativas& lifec cle=0& state=normal& e e mode=view& iniciativas mode=mostrarDetalle& iniciativas legislatura=XII& iniciativas id=161 %2F003127 [fecha de consulta: 7 de febrero
de 2022].



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14. Asimismo, en la exposición de motivos de esta iniciativa, se alegaba lo siguiente:


La zona occidental de la Península ibérica tiene, por población, peso económico y situación geoestratégica, entidad suficiente para que sean necesarios tanto una carretera de alta capacidad como un ferrocarril que vertebre económicamente
esta zona.


Las industrias asturiana, castellana, leonesa, extremeña y andaluza contarían con una nueva vía para dar salida a sus productos y estas regiones se convertirían en objetivos más interesantes a la hora de introducir nuevas industrias. La
infraestructura también serviría de nexo de unión y comunicaciones entre el norte de España y el norte de África sin necesidad de pasar por Madrid, además de permitir la vertebración interregional entre regiones periféricas afectadas por la
despoblación, para conseguir que éstas estén bien conectadas en un mundo cada vez más global y competitivo.


En España existe un déficit muy importante en el transporte de mercancías por ferrocarril respecto al que existe en el resto de países de la Unión Europea, esto es un hándicap para la competitividad de las empresas españolas, por ello uno de
los objetivos principales en los próximos años es el aumento del porcentaje de mercancías en este medio de transporte.


Cuarto. Posición del Gobierno de coalición sobre el tren Ruta de la Plata tras su entrada en el ejecutivo.


15. Pese a lo expuesto en el Expositivo Tercero de esta iniciativa, la realidad es que las actuaciones del Gobierno actual solo denotan la intención de abandonar esta línea por completo.


16. El pasado 26 de mayo de 2021 12, desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se informaba que la Comisión Europea, dentro del Pacto Verde, había concluido el trámite de consultas para la revisión del Reglamento (UE)
1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la Red Transeuropea de Transporte 13. Este Reglamento regula la política de infraestructuras de transportes y sus
conexiones entre los países de la Unión Europea, Red Transeuropea de transporte ('TEN-T)'.


17. El resultado del procedimiento de consultas a la propuesta de modificación del citado Reglamento fue publicada el 14 de diciembre de 2021 14. Entre los principales cambios que afectan a España, se encuentra la supresión del TEN-T de la
línea ferroviaria entre Plasencia, Salamanca y León, citando expresamente que su eliminación se debe a petición de España (On request from Spain, the railway connection between Placencia, Salamanca and Leon is removed from the TEN-T) 15.


18. Las circunstancias y necesidades esgrimidas por los partidos que integran el Ejecutivo en sus iniciativas previas a la Legislatura XIII, no solo no han desaparecido, sino que, incluso, han empeorado (Expositivo Primero de esta
proposición). Por tanto, no se comprenden las recientes actuaciones contrarias al interés general adoptadas por el Gobierno.


19. Para evitar la despoblación de las zonas por las que transcurre la vía de la Plata e impulsar su desarrollo económico y social, se hace preciso adoptar medidas para la reactivación del ferrocarril de la Ruta de la Plata en todos sus
tramos e, incluso, para la ampliación de los mismos a zonas como Algeciras.


20. La mejora y ampliación de la red ferroviaria supondrá un impulso a la conexión entre las distintas regiones de España y facilitará el tránsito de mercancías y su exportación al resto de Europa. En caso contrario, las dificultades de
movilidad de los ciudadanos de estos territorios continuaran en el tiempo y el desarrollo económico y social se verá imposibilitado.


21. La falta de infraestructuras de transporte, sanidad, educación y servicios básicos, unida a las menguantes posibilidades de empleo y la ausencia de políticas que fomenten la natalidad están condenando a municipios de España a
convertirse en la España abandonada. En consecuencia, se deben reforzar las infraestructuras de transporte en esa España abandonada y garantizar la rápida conexión de los núcleos poblacionales con todas las regiones del país.


12 https://esmovilidad.mitma.es/noticias/la-comision-europea-revisa-las-directrices-de-la-red-transeuropea-de-transporte [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].


13 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex %3A32013R1315 [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].


14 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:52021PC0812 [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].


15 https://transport.ec.europa.eu/system/files/2021-12/TEN-T National Factsheets.pdf pág. 87 [fecha de consulta: 7 de febrero de 2022].



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Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas en favor de la línea ferroviaria Ruta de la Plata:


- Promover la elaboración de cuantos estudios sean necesarios para su reapertura y/o ampliación.


- Solicitar la inclusión de esta vía, en todos sus tramos, dentro de la Red Transeuropea de Transporte (TEN-T) y en el Corredor Atlántico.


- Impulsar la adaptación de la vía de ferrocarril desde el ancho ibérico sin electrificar a los estándares europeos, facilitando así el movimiento de mercancías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2022.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Rubén Darío Vega Arias, Cristina Alicia Esteban Calonje, Juan Carlos Segura Just, Pedro
Jesús Requejo Novoa, Pablo Juan Calvo Liste, María Magdalena Nevado del Campo y Víctor González Coello de Portugal, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003742


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la construcción de un corredor
interior de la Autovía A7 que conecte la Región de Murcia y la Comunidad Valenciana con Andalucía, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Actualmente los territorios denominados Altiplano de Granada y Noroeste de Murcia presentan graves problemas de despoblación causados fundamentalmente por una población envejecida, altas tasas de mortalidad y bajas de natalidad, así como una
carencia crónica de oportunidades laborales para los jóvenes debido sobre todo a una vertebración interior deficitaria, baja conectividad y ausencia de emprendimiento empresarial.


Para revertir esta situación se requiere de un aumento de la cohesión territorial entre estas áreas geográficas con la Región de Murcia y con Valencia que conlleve un crecimiento económico, un incentivo para la actividad empresarial y, a la
postre, creación de empleo.


Todo ello pasa por crear un corredor interior en la autovía A7 que abra una nueva autovía que conecte el Altiplano de Granada con el Noroeste de Murcia (desde la A92 a la altura de Cúllar) y estos a su vez con la autovía de Caravaca-Murcia
(C415/RM15), con la autovía Murcia-Madrid (A30, a la altura de la Venta del Olivo) y con la autovía de Valencia (A33, a la altura de Fuente de La Higuera).


Además, con esta intervención se recuperaría el itinerario histórico de conexión de Andalucía con la Región de Murcia por Puebla de Don Fadrique. En total serían 181 km de autovía con una estimación económica de 623 millones de euros de
inversión.


Este nuevo corredor debería incluirse como un nuevo tramo de la Red Transeuropea de Transporte (Red TEN-T), concretamente dentro del Corredor Mediterráneo, pudiendo así acceder a la financiación europea a través de los fondos CEF (Mecanismo
Conectar Europa).


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Iniciar los correspondientes trámites administrativos para la construcción de una autovía interior paralela a la A7 que comunique la A92 desde Cúllar hasta la A33 a la altura de Fuente de La Higuera, que permita vertebrar el norte de
Granada y el noroeste de la Región de Murcia con Murcia capital y con Valencia, bien con fondos propios del Gobierno de España o bien europeos.



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2. Solicitar al comisionado del Gobierno para el Corredor Mediterráneo que traslade esta petición a las instituciones europeas para que incluyan este tramo de 181 km en la Red Transeuropea de Transporte (Red TEN-T) con el fin de poder
acceder así a los fondos CEF (Mecanismo Conectar Europa) de la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Teodoro García Egea, Isabel María Borrego Cortés, Juan Luis Pedreño Molina, Carlos Rojas García, Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Mario Garcés Sanagustín y Andrés Lorite Lorite,
Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003743


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para solucionar el
deterioro progresivo de los servicios ferroviarios en el núcleo de Cercanías de Málaga, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El pasado día 12 de enero de 2022, la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana realizó una visita institucional al presidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig. Durante la misma, la Ministra señaló que desde el Ministerio se
ha constatado el descenso en la calidad del servicio de Cercanías en el núcleo de Valencia, lo que ha provocado quejas y el consiguiente descenso del número de usuarios. Sostiene la ministra que, tras la realización de un profundo diagnóstico de la
situación, se ha decidido impulsar un Plan de Acción inmediata en el Cercanías de Valencia, mediante el cual el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana va a poner en marcha las siguientes medidas de mejora del servicio:


- Rebaja de un 35 % en las tarifas recurrentes, como son el bonotrén, el abono mensual, el abono mensual ¡limitado y la Tarjeta Studios, que se aplicará a partir del día 13 de enero de 2022 y durante el primer trimestre de 2022.


- Se seguirá ofreciendo, en paralelo, el servicio de devolución Xpress, por la que ya se indemniza a los ciudadanos con un nuevo billete en caso de cancelación o en aquellas ocasiones que llegue a su destino con un retraso superior a 15
minutos.


- La implantación, en los dos primeros meses del año, de una serie de medidas de mejora del sistema de información, ofreciendo información fiable e inmediata de los servicios a través de radios locales, Twitter, campañas específicas de
información y también de forma presencial con el refuerzo de personal de información en estaciones y andenes con la contratación de 60 personas que desde el día 11 de enero han comenzado a prestar servicios en 30 estaciones, con el objetivo de
cubrir las necesidades de los viajeros tanto en día laborable como en fin de semana.


- La recuperación, de forma progresiva, de todos los servicios, hasta alcanzar, en el mes de junio, el 100 % de los servicios prepandemia.


- El incremento de la dotación de autobuses complementarios en servicio activo a la espera, para garantizar los desplazamientos en caso de ser necesario, sobre todo en horas punta.


- El impulso de manera urgente de un plan de mejora de los trenes, estaciones e instalaciones, incluyendo megafonía, escaleras mecánicas, mejora de la iluminación, etc.


- La implantación en el mes de enero de 2022 de la iniciativa 'Centinela Cercanías', liderada por el Ministerio y con la participación de la Generalitat, Rente y Adif, que realizará un seguimiento pormenorizado, semana a semana, de la
implementación de las anteriores medidas, del funcionamiento de los servicios y de la capacidad de respuesta.


No es comprensible que las referidas medidas sean de aplicación exclusivamente en el núcleo de Cercanías de Valencia, que, si bien es cierto que está afectado por un grave deterioro en la prestación de los servicios ferroviarios, no es el
único que está viviendo situaciones similares. Así, el servicio de Cercanías en el núcleo de Málaga está soportando un intenso recorte en las líneas que conectan la capital



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malagueña con la Costa del Sol, el Valle del Guadalhorce y el aeropuerto. En Málaga se han suprimido unos 34 trenes de Cercanías diarios, lo que equivale a un 30 % de las circulaciones habituales.


La política compensatoria del caos operativo vivido en los núcleos de Cercanías debería ser de aplicación a todos aquellos que, del mismo modo que en Valencia, están afectados por carencias de personal, supresión de frecuencias,
cancelaciones, etc. Por ello, es urgente la aplicación de todas las medidas anteriormente mencionadas al servicio de Cercanías de Málaga, para que de este modo se puedan ver beneficiados los usuarios y corregidas o, al menos, paliadas las
incidencias padecidas constantemente en sus distintas líneas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aplicar un Plan de Acción inmediata en el núcleo de Cercanías de Málaga, en los mismos términos y recogiendo las mismas medidas compensatorias que el implementado en el núcleo de Cercanías de
Valencia, a efectos de paliar el deterioro de los servicios ferroviarios que vienen padeciendo los usuarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Pablo Montesinos Aguayo, Carolina España Reina, Mario Cortés Carballo y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular
en el Congreso.


161/003744


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la ampliación de horarios de
paradas del AVE en Loja, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El Poniente Granadino es un territorio que se encuentra situado en el corazón de Andalucía, por lo que tiene una gran importancia al servir de nexo de unión entre el este y el oeste de Andalucía tanto a nivel de transporte por carretera como
por tráfico ferroviario. De este modo, tras años sin servicio ferroviario, se han provocado grandes afecciones al municipio de Loja y a la comarca del Poniente.


Asimismo, y para apostar por políticas que animen el asentamiento y avance de las ciudades medias de este ámbito, que actualmente están siendo severamente castigadas por la despoblación, se presenta con esta iniciativa una oportunidad, una
importante palanca para invertir los datos que abocan a estas ciudades y pueblos hacia la despoblación. La comarca del Poniente ha de contar con paradas permanentes y estables de AVE, así como de los trenes de media distancia: con este impulso se
daría un servicio a miles de ciudadanos, que haría justicia a una comarca que sufre seriamente la carencia de infraestructuras en muchos ámbitos.


En este tiempo de puesta en funcionamiento del tren AVE hemos visto cómo varios servicios se han ido adaptando tanto en horarios como en tarifas y también debido a la nueva situación provocada por la COVID-19, pero el servicio de AVE
Barcelona-Granada y otras conexiones con Madrid siguen sin tener parada en la estación de Loja. Téngase en cuenta que el tren pasa por la estación de Loja a una velocidad de 40 km/hora y que su parada para dejar/recoger pasajeros dura 4 minutos, lo
que favorece la solicitud de que los trenes paren en la estación lojeña, ya que no resulta un perjuicio para el servicio con la capital y, además, hace que Loja se convierta en referencia para todo el territorio de su entorno.


También debe tenerse en cuenta que la comarca del Poniente tiene vínculos con Cataluña, ya que fueron muchas las personas que, teniendo aquí sus raíces, emigraron a ese bello territorio del noreste español por motivos económicos y laborales,
lo que hace que hoy en día sean muchos los usuarios que demandan este servicio para trasladarse a Barcelona o para visitar el Poniente.



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En consecuencia, entendemos que este es un servicio prioritario para los pueblos del Poniente Granadino.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Requerir a RENFE que los trenes AVE previstos y en funcionamiento con enlace en Granada paren en Loja.


2. Que la estación de Loja esté atendida por personal y no sólo por dos máquinas expendedoras de billetes.


3. Restablecer de manera inmediata las conexiones AVE con Granada que estaban en marcha antes de la pandemia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Carlos Rojas García, Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Mario Garcés Sanagustín y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


161/003745


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley Estación Cambrils, para su debate en
la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La caótica gestión ferroviaria que ha sufrido la provincia de Tarragona en general y la Costa Dorada en particular por parte de las autoridades autonómicas y municipales durante los últimos años ve su reflejo en el lamentable aspecto del
entorno de la estación vieja de Cambrils.


La rápida degradación del edificio ya empieza a representar un riesgo para las personas, puesto que se pueden encontrar cableado eléctrico expuesto, hierros, vidrios rotos e incluso una antena de televisión descansando sobre el techo, en
riesgo de caída.


El retraso en la ejecución de las tareas de desmantelamiento previstas no se comprende, más aún cuando otros municipios colindantes ya han visto el correspondiente desmantelamiento.


La imagen que da dicho espacio en una zona tan importante de Cambrils es lamentable e incompatible con una ciudad turística de nivel, y supone cada día que pasa un riesgo más elevado para la gente que transita o los niños que van a jugar.
Los vecinos de la zona ya han denunciado actos vandálicos, falta de iluminación y la proliferación de plagas.


La antigua vía continúa dividiendo el municipio y dificultando la movilidad urbana, a lo que se añaden problemas de insalubridad, suciedad y degradación, agravados en pleno verano en una población de indudable atractivo turístico.


Toda la zona de la estación vieja y las vías inutilizadas debería ser acondicionada para abrir dicha zona con una avenida de conexión directa al mar, para mejorar la calidad de vida de los vecinos del área y la movilidad de todo el
municipio.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar el procedimiento administrativo más rápido para que Adif desmantele la vía vieja de Cambrils.



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2. Proceder a la gestión del derribo de la estación vieja de Cambrils.


3. Ceder, una vez acabados los trámites, los terrenos del entorno de la estación vieja al Ayuntamiento de Cambrils.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Llanos de Luna Tobarra, Ana María Zurita Expósito y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003746


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la programación por parte de
Renfe de una oferta de trenes adecuada a las demandas de movilidad de los usuarios del ferrocarril en Galicia, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


En diciembre de 2021 comenzaron los ansiados servicios de alta velocidad entre Madrid y Galicia con diez frecuencias diarias en cada sentido, dos de ellas con trenes AVE y el resto con trenes Alvia, y ello llevó a RENFE a disponer unos
nuevos horarios de ferrocarril de los trenes Avant y de media distancia que en determinados casos, al no ajustarse a la realidad laboral y social, han provocado el rechazo de los usuarios habituales, fundamentalmente trabajadores, profesionales,
estudiantes y funcionarios. Y ello por cuanto sus necesidades habituales de desplazamiento no son atendidas, y ni siquiera consideradas, por la empresa operadora. Son muchos miles las personas en Galicia que viven en una ciudad y trabajan en otra
y es necesario que los transportes ferroviarios permitan atender esa realidad.


Y es que el tráfico entre las grandes ciudades de Galicia -A Coruña, Santiago, Vilagarcía, Pontevedra, Vigo, Ourense, Lugo y Ferrol- proporciona volúmenes considerables de viajeros, que requieren una oferta de servicios rápidos a
determinadas horas, permitiendo los viajes en el día para atender múltiples actividades, tanto de mañana como de tarde.


Estos viajes son independientes en requerimientos, horarios y tarifas de los de los ciudadanos que desean desplazarse al centro de la nación. Y es por ello que el cuadro de servicios del tráfico interciudades debe establecerse conforme a
esa necesidad y los de acceso a Madrid con la suya y con trenes de diferentes características.


En definitiva, se debe aprovechar al máximo la oportunidad que supone una conexión de dos horas y quince minutos entre Ourense y Madrid, pero al mismo tiempo es imprescindible ofrecer un servicio ferroviario competitivo y con horarios
capaces de satisfacer la demanda de la red ferroviaria interior de Galicia.


Naturalmente, si se da la coincidencia de horarios entre algún servicio interno y otro externo, nada impide atenderlo por el tren de larga distancia, con tal de que el volumen de oferta no se reduzca sensiblemente y la tarifa aplicable sea
la de los servicios interiores de la Comunidad.


No es de recibo que Renfe programe los servicios para que los viajeros se adapten a los intereses de larga distancia de la operadora, en lugar de una oferta diseñada y establecida para atender las necesidades de los viajeros de la red
interior de Galicia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las medidas necesarias para que RENFE aborde con urgencia la programación de una oferta de trenes adecuada a las demandas de movilidad de los usuarios del ferrocarril que en Galicia
se desplazan cada día entre las distintas ciudades para acudir a



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sus trabajos y actividades, de modo compatible con las nuevas conexiones de alta velocidad entre Ourense y Madrid.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Celso Luis Delgado Arce, Ana Belén Vázquez Blanco, Jaime Eduardo de Olano Vela, Joaquín María García Díez, Marta González Vázquez, Tristana María Moraleja Gómez, María Valentina
Martínez Ferro, Diego Gago Bugarín, Javier Bas Corugeira, Juan Manuel Constenla Carbón y Ana María Pastor Julián, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003747


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la reconexión de las
comunicaciones con la provincia de Granada por tierra, mar y aire, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La provincia de Granada, como el resto de España, atraviesa una situación crítica en el ámbito económico y social. El impacto del Covid está siendo tremendamente negativo en esta provincia, donde se están alcanzando cifras de desempleo muy
preocupantes, especialmente en el ámbito del desempleo juvenil y femenino. Ante esta situación, la acción de las políticas públicas, como suelo que sostiene el Estado del Bienestar, se erige en un elemento clave de bóveda en la estrategia común
para superar la crisis originada por la pandemia.


Durante todo este tiempo que ha sucedido al confinamiento, la mayoría de los ayuntamientos granadinos, con gobiernos de todos los colores políticos, han mostrado lo mejor de sí mismos como administración y se han volcado en la política
cercana con sus ciudadanos. Ha habido alcaldes desinfectando las calles, proporcionando mascarillas o dando infinidad de recursos a sus ciudadanos de manera incluso extracompetencial, pero necesaria y loable, atendiendo siempre en primera línea a
los que más lo necesitan.


Del mismo modo, el ejecutivo autonómico de la Junta de Andalucía se ha volcado con Granada. Desde el Consejo de Gobierno de la administración andaluza han ido siempre más allá en la atención y coordinación con los ayuntamientos y, por
supuesto, en las competencias que le son propias. Además, la Junta ha presentado multitud de iniciativas para movilizar la economía en estos recios tiempos, como nuevos planes de infraestructuras o reformas normativas para desatascar los
planeamientos municipales, algunos con más de veinte años de trámites administrativos, trabados y con nula posibilidad de crear sinergias económicas productivas. Lo mismo puede decirse en el ámbito de las infraestructuras sanitarias, destacando el
plan de modernización y actualización de las mismas, que contempla 117 millones de euros para 672 obras en todas las provincias, en el cual una obra 'bandera' es la ampliación del Hospital General Básico de Motril, que había estado olvidada durante
los largos años de la gestión socialista en el gobierno autonómico.


Empero, la acción del Gobierno central en Granada es absolutamente opuesta a la que están llevando a cabo el gobierno autonómico y los municipales; tanto que va en el sentido contrario al auxilio y la ayuda necesarias en tiempos de crisis.
Podría hablarse de 'inacción', pues sus competencias en Granada, que son muchas e importantes, se han vuelto tan pusilánimes que a veces da la sensación de que han desaparecido por completo.


Una de estas importantes competencias reside en las grandes infraestructuras y otra en los transportes, ambas básicas para el desarrollo económico y para el combate contra la crisis económica y social que estamos viviendo. Pues bien, la
hoja de servicios del Gobierno de la Nación con Granada en estas materias se está empequeñeciendo por la negligencia de sus responsables políticos en los cometidos que le son propios.


En la segunda circunvalación se tuvo un retraso considerable, de más de dos años, en poner en marcha esta infraestructura y, además, la obra se puso en marcha adoleciendo de problemas no resueltos



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que perjudican claramente el desarrollo de la provincia. Por ejemplo, no se ha atendido la petición del municipio de Pinos Puente en relación con el tramo Atarfe-Granada, donde se ha denunciado la ausencia de un proyecto de aguas pluviales;
así como la situación de falta de conexiones en la que se tiene a este municipio. De igual manera, en otro municipio colindante con la segunda circunvalación, Alhendín, clave para el desarrollo de la provincia por ser nudo de infraestructuras, el
Gobierno central sigue sin atender sus justas y razonables demandas, como desplegar accesos directos de la segunda circunvalación con los polígonos de Marchalhendín y Escúzar. ¿Cómo pretende el Gobierno central que se desarrollen las actividades
económicas que allí radiquen en un futuro cercano (como puede ser el 'acelerador de partículas IFMIF DONES') si cuando se tiene la oportunidad para impulsar su futuro se desoyen sus justas demandas? ¿En dos años de retrasos no ha tenido tiempo
suficiente el Ministerio para escuchar estas demandas e incluirlas en los proyectos, si las mismas son justas y razonables y, además, impulsan la economía? ¿No son estas obligaciones inexcusables de cualquier Gobierno?


De otro lado, revertir la actual 'minimización' de las frecuencias de trenes AVE con Barcelona y Madrid, así como las de los ferrys que operan desde el puerto de Motril, al igual que los vuelos que operan desde el aeropuerto Federico García
Lorca, constituye una pieza vital para activar económicamente la provincia de Granada en todos los sentidos. Mientras las frecuencias se restablecen en otras provincias con más o menos intensidad, en Granada este restablecimiento aún no ha llegado,
lo cual es lamentable.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Complementar de forma urgente la segunda circunvalación de la provincia de Granada teniendo en cuenta la necesidad de las conexiones de los municipios de Pinos Puente y de Alhendín, tanto con los núcleos de población como con los
polígonos industriales que allí radican.


2. Impulsar de manera firme y contundente el restablecimiento en la provincia de Granada de las frecuencias de transportes de ferrocarril, AVE, avión y barco.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Carlos Rojas García, Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Andrés Lorite Lorite y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la conexión ferroviaria del
Puerto de Motril, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Hace más de un siglo nacía un puerto singular, el Puerto de Motril, enclavado en un espacio único, en el trópico de Europa, en la costa de la provincia de Granada. Hace tan sólo unos años, en el 2005, el Puerto de Motril conseguía ser
Autoridad Portuaria propia y desde entonces ha seguido creciendo debido, entre otros factores, a su privilegiado enclave y a la mejora de las comunicaciones. Sin embargo, y pese a las mejoras más que notables, aún hay una asignatura pendiente con
el Puerto de Motril: es el único puerto de interés general del Estado sin conexión ferroviaria.


El Puerto de Motril cuenta con unas instalaciones modernas y con inversiones en los últimos cinco años que superan los 20 millones de euros. Cuenta, asimismo, con una amplia Zona de Actividades Logísticas, que linda al norte con un proyecto
de polígono industrial (PUE 1) cuya gestión corresponde a la Junta de Andalucía. Ambos espacios alcanzan el millón de metros cuadrados y conforman una de las oportunidades de crecimiento y empleo con más potencial del sur de España. El Puerto goza
igualmente de una cobertura intermodal nada desdeñable y su enclave no tiene par, pues se halla dentro de un nudo



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de comunicaciones terrestres y marítimas, en la ruta que conecta el Mediterráneo con el Atlántico. Su posición es estratégica, siendo la unión natural de la ruta con Melilla, prácticamente en navegación en línea recta. De igual manera,
supone una buena alternativa a la ruta occidental de unión con África, más tradicional, y muchas grandes compañías se han dado cuenta de ello y han posado su vista en la dársena motrileña como clave de un espacio de su propio futuro.


Todo está aún por hacer y el Puerto de Motril ha de seguir en crecimiento sostenido, pero ha quedado demostrado -como con la puesta en marcha de la A7- que, cuando hay apoyo de la Administración central en forma de eficientes comunicaciones,
el Puerto de Motril se convierte en un motor de valor añadido que dobla sus revoluciones y es capaz de generar empleo como el que más. En efecto, la llegada de la Autovía del Mediterráneo a la Costa Granadina ha servido para demostrar que el
potencial de esta infraestructura portuaria no se puede aún medir, por lo que es indiscutido el hecho de que una conexión ferroviaria hacia la costa de Granada hará de esta zona andaluza el espacio con más futuro de crecimiento económico y de empleo
de todo el sur de Europa.


Los datos que está arrojando la dársena motrileña no hacen sino corroborar todos estos argumentos. En un comunicado transmitido a los medios de comunicación por la propia autoridad portuaria los datos son contundentes: 'El puerto de Motril
vuelve a liderar el crecimiento acumulado de mercancías a nivel nacional en los últimos dos años, según los últimos datos facilitados por el Organismo Público Puertos del Estado. Con una subida del 24,7 % Motril se sitúa 21,5 % puntos por encima de
todos los recintos portuarios españoles. La media nacional fue del 3,1 %. Hasta septiembre de 2018, mes al que se refiere el informe de Puertos del Estado, por Motril ya habían embarcado y desembarcado 2,1 millones de toneladas de mercancías, más
que durante todo el año pasado, con crecimientos en graneles sólidos y líquidos y mercancía general. La tendencia se confirma en 2019. Motril sigue también líder en exportaciones, con un crecimiento acumulado del 57 %, principalmente en los
graneles sólidos y mercancía general. El tráfico ro-ro, a través de las líneas marítimas regulares de las navieras FRS, a Melilla y Tánger, y de Armas, a Nador y Alhucemas, también ha aumentado un 27 % el volumen de mercancías y un 25 % el número
de unidades de carga transportadas'.


En los años 2020 y 2021, obviamente se han dejado notar los efectos de la pandemia, pero aun así el Puerto está demostrando una admirable resiliencia.


En este contexto, la Autoridad Portuaria de Motril ha encargado un informe que confirme la viabilidad de una conexión ferroviaria entre Motril y la capital granadina. En diversos foros, expertos en circulación ferroviaria han descartado
viejos mitos y leyendas acerca de la imposibilidad física de la obra, y ha quedado claro que es un asunto de voluntad política. Ni siquiera cuestiones como la alta pendiente entre Motril y Granada han de ser un impedimento para la moderna
ingeniería, máxime si se tiene en cuenta que la pendiente entre Motril y Granada (1,53 %), es menor que la que existe en la línea Málaga-Antequera (1,62 %).


Existe un amplio consenso en toda la sociedad granadina, incluidos todos los partidos políticos con representación parlamentaria, acerca de los impresionantes efectos positivos que puede tener esta conexión ferroviaria con Granada, así como
la inclusión del Puerto de Motril en el Corredor Mediterráneo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Apoyar e impulsar los estudios de viabilidad de la unión ferroviaria del Puerto de Motril con Granada capital y solicitar financiación de los fondos europeos Next Generation.


- Emplazar a la Unión Europea a considerar como prioritaria la conexión del Puerto de Motril a través del corredor ferroviario que una Almería con Málaga.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Carlos Rojas García, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/003749


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para la renovación y modernización de
la línea ferroviaria Madrid-Aranjuez-Cuenca-Utiel-Valencia como infraestructura de transporte de mercancías que conviva con el de viajeros, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


1. El eje geográfico Madrid-Cuenca-Valencia, y su relación con el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.


La ciudad de Cuenca se sitúa muy próxima, geográficamente hablando, a la línea recta que une las ciudades de Madrid y Valencia -en lo que nos concierne, sobre la línea recta que une la actividad propia de ambas ciudades (primera y tercera de
España en población y, seguramente, en actividad actual y potencial)-; dicha línea divide a la provincia de Cuenca en dos zonas bien diferenciadas en términos de población y desarrollo:


- La norte (en la que se engloba la capital), sin ninguna infraestructura de transporte relevante, y


- La sur, atravesada por la autovía A3 Madrid-Valencia e influenciada por alguna conexión rápida hacia las provincias de Albacete y Ciudad Real -sin que ninguna de ellas evolucione hacia el resto de la provincia salvo la A40, ya en el límite
con la provincia de Madrid y con final en la capital-.


Las características geográficas de este eje Madrid-Cuenca-Valencia, aun siendo intrínsecas, se han visto históricamente discutidas desde intereses de otros territorios de la propia Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que sí han sabido
hacerlos prosperar en el ámbito de la misma -intereses legítimos sí, pero también exclusivos de dichos territorios-; de esta forma, por una parte, el trazado de la A3 Madrid-Valencia se separó de la referida línea recta hacia el sur (unos 70 Km) y,
por otra, el abandono sufrido por parte de la línea ferroviaria de tren convencional Madrid-Cuenca-Valencia (al que nos referiremos posteriormente) ha acabado convirtiéndola en irrelevante para el tráfico de mercancías frente a la línea de tren
convencional Madrid-Albacete-Valencia/Alicante (dotada, esta sí, de vía doble, electrificada y con un sistema de gestión de tráfico moderno), y todo ello a pesar de que su trazado incrementa la distancia entre Madrid y Valencia en la no desdeñable
cifra de unos 55 Km respecto a la primera (lo cual seguramente equivale, en términos económicos, a un notable incremento de costes) -únicamente el trazado de la línea AVE Madrid-Valencia mantiene la proximidad a la línea recta, pasando por la ciudad
de Cuenca, gracias a una suficiente presión de las ciudades de destino, y no sin antes tener que haber superado la grave oposición de otras provincias de la Comunidad Autónoma y haber sido condicionado a su conexión con la ciudad de Albacete y,
desde ésta, con las de Valencia, Alicante y Murcia-.


Si analizamos la evolución del entorno próximo (administrativamente hablando) durante los últimos 40 años, se hace evidente que este ha sido extremadamente dispar, que se ha materializado con base en interacciones con el territorio muy
alejadas de la división administrativa que propone la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y, en lo que ahora más nos interesa, que su evolución ha estado severamente condicionada por las infraestructuras que cada uno de los territorios ha
logrado mantener o conquistar (entre dichas infraestructuras, fundamentalmente las de transporte).



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En lo que se refiere a la evolución de su población (dato que entendemos directamente asociado al de evolución de la actividad), y partiendo de su relación con las infraestructuras de transporte, es de destacar lo siguiente:


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- Guadalajara, -posicionada sobre la A2 Madrid-Barcelona y la línea AVE Madrid-Barcelona-, ha incrementado su población en 29.000 habitantes (en 119.000 habitantes, su provincia).


- Toledo, -relacionada de forma rápida con Madrid, la A4 Madrid-Sevilla, la A5 Madrid-Badajoz y, aun con carácter terminal, la línea AVE Madrid-Toledo-, ha incrementado su población en 27.000 habitantes (en 230.000 habitantes, su provincia).
(Ambas ciudades especialmente favorecidas por su cercanía geográfica con Madrid).



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- Ciudad Real, -posicionada sobre la línea AVE Madrid-Sevilla y relacionada de forma rápida y carácter terminal con la A4 Madrid-Sevilla-, ha incrementado su población en 25.000 habitantes (también en 25.000 habitantes, su provincia).


- Albacete, -posicionada sobre la línea AVE Madrid- (Valencia)/Alicante/Murcia, sobre la línea ferroviaria de tren convencional Madrid-Albacete-Valencia/Alicante (de gran impacto en el transporte de mercancías) y sobre la A31, a través de la
que se relaciona de forma rápida tanto con Madrid, Valencia, Alicante y Murcia, en lo que constituye un nudo de comunicaciones tan complejo como atractivo estratégicamente-, ha incrementado su población en 59.000 habitantes (en 54.000 habitantes, su
provincia).


- Cuenca, -posicionada sobre la línea AVE Madrid-Valencia y relacionada de forma rápida y carácter terminal con la A3 Madrid-Valencia-, ha incrementado su población en 12.000 habitantes (sufriendo su provincia, no obstante, un grave descenso
de 15.000 habitantes, la única provincia de las cinco en la que disminuye la población y presenta una curva ininterrumpidamente descendente desde 1950). Tiene especial relevancia el análisis de la distribución de población en la provincia, el cual
pone de manifiesto cómo la antes denominada zona norte de la provincia de Cuenca concentra la totalidad del retroceso de población.


El objetivo de la presente PNL es reivindicar la localización estratégica de Cuenca sobre el EJE Madrid-Valencia como único motor de desarrollo viable; y, con base en dicha localización, reivindicar la ya existente línea ferroviaria de tren
convencional Madrid-Cuenca-Valencia y la oportunidad de intervenir sobre ella con el objetivo de convertirla en relevante para el tráfico de mercancías que conviva con el de viajeros.


Es tan básico para el desarrollo el acceso a las infraestructuras de transporte que creemos que no quedan a Cuenca muchas más oportunidades; estamos seguros del potencial de la línea como tráfico de mercancías y en poder aprovechar este
para adecuar la oferta de tráfico de viajeros a las necesidades reales de la población de la ciudad y provincia.


2. Contexto de oportunidad -en torno a los objetivos estratégicos de la Agenda Europea 2030-:


- Objetivo 9 de la Agenda 2030.


Cuya descripción es la siguiente: 'Uno de los factores que mide el nivel de desarrollo de un país es el desarrollo de sus infraestructuras y su grado de industrialización. De hecho, el desarrollo de infraestructuras fiables, sostenibles y
de calidad debe ser un estímulo para la recuperación económica, la calidad de vida y la creación de empleo y constituye, además, una garantía de vertebración territorial, cohesión social e igualdad de oportunidades'.


- Libro Blanco del Transporte Europeo 2011 -anterior a la Agenda 2030 y asumido por ésta en 2017.


Donde se fijan los objetivos en materia de sostenibilidad y transporte para la Unión Europea para 2030 y 2050, y en el que se insta a los países miembros a trasvasar tanto viajeros como mercancías a otros medios distintos de la carretera.
Con base en dicha preocupación por la sostenibilidad y la reducción de emisiones, se mira al ferrocarril como el medio de transporte más eficaz -el cual presenta la posibilidad de consumir energía eléctrica, que se puede generar desde fuentes
renovables, para transportar grandes cantidades de viajeros y mercancías, convirtiéndose en el medio ideal para conseguir los citados objetivos de reducción de emisiones marcados por las instituciones nacionales e internacionales-.


De hecho, el referido Libro Blanco del Transporte Europeo plantea como objetivo para el año 2030 que el 30 % del transporte de mercancías terrestre se realice por ferrocarril, alcanzando el 50 % para el año 2050 -en España apenas se alcanza,
actualmente, el 4 % de cuota del transporte de mercancías por ferrocarril por lo que, en los próximos años, debe realizarse un gran esfuerzo para alcanzar los objetivos planteados desde la UE, esfuerzos que deben ir encaminados a la mejora de la
infraestructura ferroviaria de forma que sea capaz de absorber dicho incremento de tráfico-.


- Resolución Legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2020, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Ferrocarril (2021) COM (2020)0078-C9-0076/2020-2020/0035(COD)
-mediante la cual ha sido declarado el año 2021 como 'Año Europeo del Ferrocarril'-.



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En la declaración del Parlamento Europeo se fijan tanto el objetivo general como los objetivos específicos de dicha declaración:


'El objetivo general del Año Europeo será fomentar y apoyar la labor de la Unión, los Estados miembros, las autoridades regionales y locales y otras organizaciones para aumentar la cuota del ferrocarril en el transporte de pasajeros y
mercancías.


Los objetivos específicos del Año Europeo serán los siguientes:


a) Promover el ferrocarril como un modo de transporte sostenible, innovador, interconectado e intermodal, seguro y asequible, en particular resaltando su papel como:


i) elemento determinante que ayuda a lograr el objetivo de neutralidad climática de la Unión de aquí a 2050,


ii) pilar de una red logística eficaz, capaz de garantizar servicios esenciales, incluso en situaciones de crisis imprevistas, y


iii) modo de transporte que llegue al público en general, especialmente a los jóvenes, por ejemplo, presentando el ferrocarril como una oportunidad profesional atractiva.


- Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, presentado en octubre de 2020 por el Gobierno de España.


Estructurado en torno a diez políticas tractoras que van a incidir directamente en aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación de nuestro tejido económico y social, señala lo siguiente en el apartado dedicado a
infraestructuras (pág. 35) incluido en la política destinada a impulsar las infraestructuras y ecosistemas resilientes (a la que se destina el 12 % de los recursos habilitados) a través, entre otros, de Planes de Preservación de Infraestructuras de
Transporte:


'Las infraestructuras de transporte son elementos esenciales para el desarrollo de los territorios y la cohesión social y territorial, así como para el incremento de la productividad, la mejora de la competitividad y la capacidad de
exportación de la economía, por lo que resulta fundamental que sean fiables, sostenibles, resilientes y de calidad.'


Las fórmulas de financiación previstas por la UE para la obtención de los objetivos anteriores se están fijando -el 17 de diciembre de 2020 se llegó a la última etapa para su adopción- en el presupuesto a largo plazo de la UE en el Marco
Financiero Plurianual 2021-2027 que, junto con Next Generation EU, será el mayor paquete de estímulo jamás financiado a través del presupuesto de la UE: un total de 1,8 billones de euros -Next Generation EU es un instrumento temporal dotado con
750.000 millones de euros, concebido para contribuir a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia de coronavirus-.


En el contexto español:


- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


Indica que este Instrumento Europeo de Recuperación ('Next Generation EU') implicará para España unos 140.000 millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-26.


- Secretaria de Estado de Infraestructuras. Manifestó que 'en España tenemos las condiciones para revolucionar, en esta tercera década del siglo XXI, el sistema ferroviario español' y esbozó las 'razones para materializar dicho objetivo:


1. Porque nos lo creemos. El ferrocarril es un arma de primer orden para combatir la amenaza del cambio climático y por ello tiene que estar en primera línea de las políticas del transporte.


2. Porque vamos a poner dinero para ello. Hay un compromiso del Gobierno que se ve en los nuevos fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el que España va a hacer una apuesta importante por el ferrocarril destinando
entorno a los 6.000 millones de euros, casi un 10 % de los fondos, para este medio de transporte, porque hay que tener en cuenta que estos fondos son transformadores y



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están orientados a la sostenibilidad medioambiental, y en ese sentido, la inversión en ferrocarril es 100 % verde. Es decir, es una inversión con sello de garantía para recibir y gestionar con éxito estos fondos.


3. Por la liberalización del sector'.


- A.D.I.F.


Busca actualmente una consultora que 'monitorice' las inversiones para ADIF y ADIF-ALTA VELOCIDAD que lleguen desde el conocido como Mecanismo de Recuperación y Resiliencia -licitación publicada en la Plataforma de Contratación del Sector
Público, el 1 de marzo de 2021, por un importe (sin impuestos) de 420.210 euros y 9 meses como plazo de ejecución-.


En el contexto descrito, carecer actualmente de rentabilidad económica o discurrir por zonas poco pobladas y con escasa presencia industrial actualmente, no debieran ser las únicas ni mucho menos más importantes circunstancias que sirvan
para valorar la idoneidad de los diversos trazados de infraestructuras de transporte, en este caso, de las de transporte ferroviario. Al contrario, parece que el punto de partida del análisis sobre la idoneidad o no de intervenir sobre las
infraestructuras ferroviarias existentes debiera ser tanto sus características geográficas intrínsecas (y, por ello, no discutibles), como su capacidad real de vertebrar el territorio que afectan.


Entendemos, respecto a las características geográficas intrínsecas, que el valor de la distancia (asociado a una velocidad estrictamente necesaria) es inmutable en relación a la eficacia del transporte, en términos de tiempo y energía
consumidos. Entendemos, respecto a la vertebración del territorio, que, si realmente se pretendiera su resiliencia, esta sólo podrá resultar de la dinamización real del territorio y no de la aplicación constante de políticas de protección social.


En relación también al contexto descrito, conviene englobar al menos las siguientes operaciones que ya se realizan actualmente sobre líneas ferroviarias de tren convencional -sin mencionar, por extensas, las referidas al Corredor
Mediterráneo-:


- La renovación de la línea Sagunto-Teruel-Zaragoza, una línea de 315 Km, actualmente de vía única sin electrificar, que se está adaptando para el tráfico de trenes de mercancías de hasta 750 m de longitud, pese a contar con rampas del 24‰,
y cuya inversión está estimada en 386,6 millones de euros hasta el año 2023.


- La renovación de la línea Puertollano-Mérida, una línea de 236 km, para su electrificación e instalación C.T.C. y cuya inversión está estimada en 364 millones de euros.


Inversiones, cada una de ellas, que no son muy diferentes a la que podría necesitar el tramo Aranjuez-Cuenca-Utiel contemplado en la presente PNL.


3. Línea Ferroviaria Madrid-Aranjuez-Cuenca-Utiel-Valencia.


La línea ferroviaria Aranjuez-Cuenca-Valencia fue concebida en el siglo XIX con la intención de unir Madrid con Valencia y su puerto mediante un ferrocarril directo por el trazado más corto, pese a discurrir por una zona montañosa. La
política ferroviaria de la época, basada en la adjudicación de concesiones por parte del Estado a compañías privadas para la construcción y explotación de líneas de ferrocarril, hizo que se acometiera su construcción desde los extremos, Aranjuez y
Valencia, por compañías distintas hasta Cuenca y Utiel, respectivamente. Llegadas a este punto, esas compañías debieron enfrentarse a la construcción del tramo central para completar la línea. Dado que este tramo central atraviesa una zona con
geografía muy abrupta -cuya construcción exigiría efectuar un gran desembolso a la compañía que resultara adjudicataria, y, de alguna forma, beneficiaría a su competidora ya que tendrían que explotar la línea en su totalidad de forma conjunta-,
quedó sin construir y no fue hasta 1926 cuando el Estado tomó la iniciativa para completar la línea, hecho que se produjo en 1947.


La línea objeto de esta PNL se completa con el tramo Madrid-Aranjuez.


La línea discurre por las provincias de Madrid, Toledo, Cuenca y Valencia y atraviesa zonas eminentemente agrícolas, con una baja densidad de población y con una carencia casi total de industrias que puedan generar tráfico ferroviario -entre
Aranjuez y Utiel, solamente en el entorno de Ocaña y Tarancón podemos encontrar actualmente actividad industrial con acceso a la línea de ferrocarril-.



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3.1 Situación actual.


Son extremadamente dispares las condiciones de los distintos tramos en los que se divide la línea, tanto en relación a su uso, definición y estado de conservación actual, como en relación a la atención hacia su potencial desde los
respectivos Planes de Cercanías de Madrid y Valencia; de esta forma, los principales o únicos obstáculos a remover parecen centrarse en los tramos intermedios Aranjuez-Cuenca-Utiel (de sólo 265 Km de los 410 Km totales de la línea), los cuales, por
si eso fuera significativo de algo, atraviesan casi exclusivamente la provincia de Cuenca y pasan por su capital.


3.2 Madrid-Aranjuez.


De 57 km de longitud (desde la actual Estación Madrid-Chamartín-Clara Campoamor), fue inaugurada el 9 febrero de 1851 por la compañía M.Z.A.


Está dotada de vía doble electrificada B.A.D. (Bloque automático en vía doble).


Actualmente, este tramo está encuadrado en la Red de Cercanías de Madrid conformando la línea C3. Junto a un intenso tráfico de cercanías, absorbe todo el tráfico ferroviario de mercancías que, desde Madrid, tiene origen/destino Valencia,
Alicante, Murcia, Andalucía, Extremadura y Portugal (vía Extremadura) -es tan elevado el número de trenes que circulan por ella a diario que los trenes de mercancías tienen prácticamente restringida la circulación a horario nocturno-.


3.3 Aranjuez-Cuenca.


De 151 km de longitud, fue construido por la Compañía del Ferrocarril de Aranjuez a Cuenca, constituida el 5 de noviembre de 1867, y puesto en servicio por la misma compañía en 1884. Ese mismo año, mediante la Real Orden de 24 de octubre se
transfiere la concesión de la explotación de la línea a la Compañía de los Ferrocarriles de Madrid a Zaragoza y a Alicante (M.Z.A.) que será la encargada de su explotación hasta el rescate por el Estado, en 1941, al formarse la R.E.N.F.E.


Tiene un perfil duro. Se inicia a la salida de Aranjuez y hasta Ocaña con una rampa del 18‰. Continúa hasta Tarancón con un perfil más suave, alternando suaves rampas con tramos en rasante. Después de Tarancón inicia un descenso hasta el
río Riansares, que sigue durante varios kilómetros, hasta iniciar otro ascenso del 16‰ para cruzar a la cuenca del Tajo y llegar a Huete. Desde el P.K. 100 inicia, de nuevo, un largo ascenso, que en algunos casos llega al 1 5‰, hasta alcanzar la
altura máxima de 1004 m sobre el nivel del mar y cruzar la divisoria entre el río Tajo y el río Júcar mediante el túnel de Sotoca, de 500 m de longitud y único de este tramo. A continuación, inicia un suave descenso hasta la ciudad de Cuenca
cruzando el río Júcar mediante un puente metálico de 42 m de longitud. Tiene asignada una rampa característica de 18‰ en el sentido kilométrico ascendente y de 17‰ en el descendente.


Actualmente, está equipado con carril de 45 kg/m y traviesa de madera intercalada con traviesa de hormigón bibloque, carril que data en muchos casos del año 1926. En algunos tramos se ha renovado con vía de segundo uso procedente de otras
líneas que se han renovado. Las estaciones con vía de apartadero son: Ocaña, Tarancón y Huete, las cuales están equipadas con señalización mecánica y agujas talonables. Todas las estaciones disponen de señalización mecánica, excepto Cuenca que
dispone de señalización luminosa A.S.F.A. y enclavamiento eléctrico para el accionamiento de las agujas. La velocidad máxima de itinerario del tramo es de 120 km/h, aunque, a día de hoy, está limitada a 60 km/h en su totalidad debido al mal estado
de la vía.


3.4 Cuenca-Utiel.


De 113,5 km de longitud, se planifica por el Estado según el Real Decreto-ley, de 5 de marzo de 1926, por el que se aprueba el 'Plan Preferente de Ferrocarriles de Urgente Construcción', conocido también como 'Plan Guadalhorce'. Después de
numerosas dificultades e interrupciones, se completa su construcción y puesta en servicio por R.E.N.F.E. en 1947.


Atraviesa una intricada geografía que se salva con importantes obras de fábrica, especialmente viaductos, que se cuentan entre los más importantes de las líneas españolas. A poca distancia de Cuenca, pasada la estación de La Melgosa,
comienza la rampa más larga del trazado hasta Los Palancares, se trata de una rampa de 13 km al 15‰ hasta alcanzar la cota más alta de la línea, 1132 m de altitud sobre el nivel del mar, a la que se llega después de cruzar el túnel de Los Palancares
que, con sus 2302 m es el de mayor longitud de la línea. Pasado Carboneras de Guadazaón continúa con un trazado en dientes



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de sierra, pero en suave descenso hasta cruzar el río Cabriel. Luego cruza la encrespada región de Enguídanos a través de siete túneles y tres viaductos, entre los que destaca el de Narboneta o de Torres Quevedo que, con sus 630 m de
longitud, es el mayor viaducto ferroviario de España en la red convencional. Por último, pasado Camporrobles, inicia un largo descenso continuo de 12 km al 15‰ hasta Utiel. Este tramo está considerado como uno de los más espectaculares y con mayor
atractivo de la red española debido tanto al entorno natural que atraviesa, como por la espectacularidad de los viaductos construidos. Tiene asignada por A.D.LF. una rampa característica del 20‰ en sentido kilométrico ascendente y del 22‰ en el
descendente ya que está incluido en el tramo Valencia-Cuenca y una velocidad de itinerario de 120 km/h.


Actualmente, está equipado con carril de 45kg/m embridado, instalado en su mayor parte durante su construcción, y traviesa de madera intercalada con traviesa de hormigón bibloque. En algunos tramos se ha sustituido el carril original por
tramos de segundo uso de carril soldado con traviesa de hormigón bibloque procedentes de otras líneas. Las estaciones dotadas de vías de apartadero son Carboneras de Guadazaón y Camporrobles, en las que hay instalado un enclavamiento mecánico para
el accionamiento de agujas. Debido a la falta de mantenimiento, al mal estado de la vía y al peligro de desprendimientos, este tramo está limitado a 60 km/h. Es el tramo en el que la vía está en peor estado. De hecho, desde el 8 de enero de 2021
está suspendido el tráfico comercial por los daños que sufrió durante los temporales 'Filomena' y 'Hortensia', sin fecha prevista para su reapertura.


3.5 Utiel-Valencia.


De 88 km de longitud, fue puesto en servicio el 11 de septiembre de 1887 por la Compañía del Este, que fue absorbida por la Compañía del Norte el 15 de enero de 1892, y explotada por esta última compañía hasta su rescate por el Estado y la
formación de la R.E.N.F.E., en 1941.


Se caracteriza por un fuerte descenso continuo desde Siete Aguas hasta Valencia con tramos alternados del 20‰ y curvas de 300 m de radio, así como tres tramos metálicos, Baladrar, Cercalín y Roquillo, de 27,62 y 96 m de longitud,
respectivamente, y numerosos túneles de pequeña longitud. Tiene asignada por A.D.LF. una rampa característica del 20‰ en sentido kilométrico ascendente y del 22‰ en el descendente y una velocidad de itinerario de 120 km/h entre Utiel y Buñol y de
140 Km/h entre Buñol y Valencia, aunque solo en las proximidades de Valencia se alcanza esta velocidad.


Está equipado con carril soldado de 54 kg/m y traviesa bibloque y monobloque. Desde Utiel hasta Buñol, el control de tráfico se realiza mediante bloque telefónico, aunque ya tiene instalado un bloqueo automático que está pendiente de las
últimas pruebas para su entrada en servicio durante el mes de marzo de 2021. Desde Buñol a Valencia la gestión de tráfico se realiza mediante un sistema automático. A corto plazo, y dentro del Plan de Modernización de la Red de Cercanías de
Valencia, está prevista una renovación integral de vía desde Utiel a Buñol, así como la duplicación de vía y electrificación desde Buñol a Valencia. Hoy en día, la línea no tiene acceso directo a la estación de Valencia-Nord, ya que la línea quedó
interrumpida por las obras de la línea de alta velocidad, y el acceso se realiza a través de la estación de La Fuente de San Luis mediante una inversión de marcha. Está previsto, mediante un túnel parcialmente construido, el acceso directo a la
nueva Estación Central subterránea que se construirá en Valencia, aunque todavía no hay fecha para ello. La principal limitación de este tramo, y que condiciona a toda la línea, es el mal estado de los tres tramos metálicos que impiden la
circulación de trenes de mercancías.


Actualmente, este tramo está encuadrado en la Red de Cercanías de Valencia conformando la línea C3.


3.6 Servicios actuales.


Circulan dos trenes de media distancia por sentido y día, con los siguientes horarios -actualmente interrumpido el servicio entre Cuenca y Utiel por los daños que sufrió la línea durante los temporales 'Filomena' y 'Hortensia', sin que
exista fecha prevista para su reapertura-:


Madrid-Atocha (cercanías);Cuenca. LL/S;Valencia-Nord


06:08;09:16/09:18;12:55


16:21;19:18/19:21;23:03



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Valencia-Nord;Cuenca. LL/S;Madrid-Atocha (cercanías)


06:38;10:38/10:45;14:06


14:50;19:14/19:17;22:16


No se han recuperado, respecto a los servicios existentes antes de la pandemia provocada por la COVID-19 (y una vez superado el Estado de Alarma de la primavera de 2020), ni un servicio al mediodía ni los servicios 'Lince' que llegaban a
Cuenca desde Madrid y Valencia los viernes a última hora de la tarde y regresaban a sus destinos los domingos a media tarde; los servicios de la línea se incrementan notablemente tanto entre Madrid-Atocha (cercanías) y Aranjuez, como entre
Valencia-Nord y Utiel, dentro de las respectivas líneas C3 de las redes de cercanías de Madrid y Valencia.


Todos estos servicios, de media distancia y cercanías, se realizan con automotores diésel de las series 592.2 y, esporádicamente, de la serie 599, con velocidades máximas de 140 y 160 km/h que no alcanzan en ningún punto de la línea.


Como se puede observar, los horarios actuales no satisfacen en absoluto las necesidades de movilidad de las poblaciones que atraviesan ya que sus llegadas a Madrid y Valencia hacen inviable su uso para realizar gestiones o acudir a centros
médicos o educativos -la excesiva duración del viaje obedece tanto a la limitación de velocidad debida al estado actual de la línea, como a las necesidades operacionales de transbordo e inversión de marcha en las estaciones de Aranjuez y Fuente de
San Luis, respectivamente-.


Actualmente no circula ningún tren de mercancías por la línea ya que la limitación de peso impuesta por el mal estado de los tramos metálicos entre Utiel y Buñol hace imposible este tipo de circulaciones -esporádicamente, circula algún tren
de mercancías con materiales de vía, desde Aranjuez hasta las distintas bases de mantenimiento de la línea de alta velocidad que se encuentran en la línea-.


3.7 Concreción de la propuesta.


3.7.1 Tráfico de mercancías.


El duro perfil de la línea de ferrocarril convencional Madrid-Cuenca-Valencia, debido a la geografía montañosa por la que transcurre, hace de ella una dura prueba para los trenes de mercancías, los cuales tienen que superar rampas del 22‰ en
algunos tramos, similares, no obstante, a las de otras líneas transitadas a diario por numerosos trenes de mercancías, como la rampa de Pajares y Brañuelas. La diferencia con estas líneas estriba en el estado de la infraestructura, ya que los dos
ejemplos citados cuentan con líneas electrificadas, dotadas de modernos sistemas de gestión de tráfico y con presencia de abundantes apartaderos que facilitan el tránsito de trenes de mercancías.


Por otra parte, existe una línea alternativa entre Madrid y Valencia que discurre por Albacete, dotada de vía doble, electrificada, con un sistema de gestión de tráfico moderno y con un perfil más favorable, que ha hecho que en las últimas
décadas se abandonara la idea del tráfico de mercancías por la línea de Cuenca pese a representar una menor distancia entre las dos ciudades. Esto, unido a la ausencia de industria a lo largo de la línea, hace que hoy en día no circule ningún tren
de mercancías por ella.


En este contexto, la línea ferroviaria que une Madrid y Valencia por Cuenca ofrecerá, cuando la definición y el estado de la infraestructura lo permitan, una alternativa más corta a la que discurre por Albacete que servirá para
descongestionar esta última -más aún con la aparición de gestores privados-, al tiempo que ofrece la posibilidad de desarrollo económico e industrial de la provincia de Cuenca en consonancia con las políticas planteadas por la UE a desarrollar por
los Estados miembros respecto a la lucha contra la despoblación mediante la vertebración del territorio.


3.7.2 Tráfico de viajeros.


Hoy en día, desde la puesta en servicio de la línea de alta velocidad que une la ciudad de Cuenca con las de Madrid, Valencia y Albacete (y, a partir de ellas, con otras), carece de sentido contextualizar en este marco de larga distancia la
línea de ferrocarril convencional. En cambio, sí puede y debe ser contextualizada en el marco de un ferrocarril regional y local que vertebre el territorio por el que transcurre, ofreciendo a sus habitantes una opción de movilidad sostenible,
suficientemente rápida y eficaz para trasladarse tanto a la capital de provincia, donde se encuentran centros educativos y sanitarios, como a las grandes ciudades cabeceras de la línea, Madrid y Valencia -ofreciendo también a los habitantes de las
capitales la posibilidad



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de trasladarse a la provincia y otra opción para trasladarse entre ellas distinta de la alta velocidad, de elevado coste económico, ambas alternativas de la carretera, de elevado impacto ambiental-.


Enmarcaremos en este contexto de ferrocarril regional y local, la necesidad de permanencia de la estación de viajeros de Cuenca en su emplazamiento actual, su íntima relación con la Estación de Autobuses y la dotación de nuevos apeaderos en
el núcleo urbano.


3.7.3 Propuesta de actuaciones concretas.


-Entendidas como orientativas para conseguir modernizar y hacer funcional la línea como infraestructura de transporte para mercancías y viajeros, moderna, segura y sostenible, que se consolide como eje vertebrador del desarrollo económico,
industrial y social de la provincia-.


- Renovación integral de vía y aparatos de vía, con carril de 54 kg/m y traviesa monobloque PR-01 entre Aranjuez y Utiel.


- Electrificación de la línea completa.


- Instalación de sistema de gestión de tráfico BLAU 16 comandado por CTC 17 y de telecomunicaciones móviles GMS-R 18 en toda la línea.


- Rehabilitación de los tramos metálicos entre Requena y Buñol, de forma que permitan la circulación de trenes de mercancías.


- Habilitación de apartaderos, en determinadas estaciones, que puedan acoger trenes de mercancías de hasta 750 m de longitud. Se proponen las siguientes estaciones: Ocaña, Tarancón, Huete, Cuenca, Carboneras de Guadazaón, Yémeda-Cardenete
y Utiel; además de las anteriores, se proponen las siguientes estaciones para apartar y realizar cruces de trenes de viajeros: Villarrubia de Santiago y Huete.


- Adaptación de horarios a las demandas de movilidad de las poblaciones por las que transcurre la línea (se adjunta propuesta de horarios, realizada por Cristian Parra Gil, del grupo de Facebook 'El tren regional Madrid-Cuenca-Valencia'
https://drive.qoogle.com/fileZd/1M66EhlfdJ4cwN-h0sGrpLkl6W3Duq3AS/view?usp=sharinq).


- Oferta de servicio con trenes modernos y adaptados a la demanda de la línea.


- Llegada y salida de trenes desde la estación de Madrid-Chamartín.


Se estima una inversión necesaria -obtenida por comparación con otras actuaciones similares actualmente en ejecución- de 392 millones de euros.


4. Incidencia urbana sobre la ciudad de Cuenca.


La ciudad no convive actualmente con el trazado ferroviario porque nunca se ha planteado integrarlo como parte esencial de la trama urbana; al contrario, su definición casi siempre ha sido ajena a él, al que incluso ha ofrecido tanto
espacios libres residuales, geométrica y formalmente, como las traseras de una edificación que, en el mejor de los casos, no se ha definido como medianera. El resultado es una trama urbana interrumpida casi constantemente por un enclave ferroviario
con el que no se relaciona -lejos de aceptar su existencia, es como si el trazado de la ciudad estuviera constantemente esperando la desaparición de aquel-.


Aunque resolver lo anterior no es objeto de la presente PNL, sí lo es vincularla a la permanencia del trazado ferroviario, incluida la estación de viajeros, en su emplazamiento actual con base en su necesaria contextualización como línea de
ferrocarril regional y local. De hecho, planteamos que la integración urbana del trazado ferroviario comience con la resolución de nuevos apeaderos próximos a áreas de actividad relevante (hospital y centros educativos, polígonos industriales...).


De acuerdo con ello, puede que la ciudad no recupere formalmente todos los terrenos del enclave ferroviario que en algún momento hubiera podido anhelar, pero a cambio deberá recuperar y tratar el espacio -a menudo formado por pequeñas zonas
libres residuales- necesario tanto para convertir el contacto de la ciudad con el trazado ferroviario en su mejor calle o paseo (desde el polígono Campsa y barrio de Villa Luz hasta el barrio de Cañadillas y polígono de la Cruz Roja), como para
resolver, estratificados como en tantas otras ciudades que conviven perfectamente con el ferrocarril de proximidad,


16 BLAU: bloqueo automático en vía única. Sistema gestión de tráfico ferroviario basado en bloquear y desbloquear las señales de forma automática al paso de los trenes.


17 CTC: control de tráfico centralizado. El tráfico ferroviario se controla desde un puesto de mando remoto.


18 Del inglés, Group Special Mobile for Railways. Sistema de comunicaciones entre el tren y el puesto de mando.



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los distintos tráficos necesarios a la movilidad e interconexión entre las diversas zonas de la ciudad; 'dar al tren' en una ciudad próspera será sin duda una grata experiencia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Primero. Reivindicar la línea ferroviaria de tren convencional Madrid-Cuenca-Valencia como infraestructura de transporte (de mercancías y viajeros) insustituible para el desarrollo económico, industrial y social de la provincia de Cuenca,
en consonancia con las políticas planteadas por la UE a desarrollar por los Estados Miembros respecto a la lucha contra la despoblación mediante la vertebración del territorio.


Segundo. Solicitar, con cargo a los fondos europeos del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (o cualesquiera otros que fueran más oportunos), tanto la renovación y modernización de los tramos
Aranjuez-Cuenca-Utiel de la denominada línea ferroviaria Aranjuez-Cuenca-Valencia, como de las operaciones de rehabilitación de sus tramos metálicos entre Requena y Buñol, de forma que permitan la circulación de trenes de mercancías en convivencia
con el de viajeros -basada, a nivel orientativo, en la propuesta de actuaciones concretas contenida en la exposición de motivos-.


Tercero. Apoyar las estrategias actuales del Programa de la Red de Cercanías de Valencia en relación con la renovación y modernización del tramo Utiel-Valencia de la denominada línea ferroviaria Aranjuez-Cuenca-Valencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Beatriz Jiménez Linuesa y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003760


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la recuperación de la línea de
ferrocarril entre Utiel y Cuenca, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Los efectos de la borrasca Filomena causaron numerosos daños en las infraestructuras españolas. Entre ellos, la borrasca afectó a la línea ferroviaria convencional entre la localidad valenciana de Utiel y la ciudad de Cuenca, cortando la
circulación. Desde entonces, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha sustituido el tren por un servicio de autobús, sin que haya mostrado intención alguna de reparar y revertir los efectos de la borrasca Filomena en la línea
férrea.


El pasado 30 de noviembre la Ministra presentaba 'XCuenca', un nuevo proyecto cuyo contenido esencial es la confirmación de la supresión de la comunicación por tren entre Utiel y Cuenca y el mantenimiento de la línea de autobús. De hecho,
la intención mostrada por parte del Ministerio es transformar el trazado ferroviario en dos vías por carretera: una para el tramo Tarancón-Cuenca y otra para Cuenca-Utiel, estableciendo para el resto de la línea, es decir, hasta Aranjuez, un
sistema de transporte a demanda que no se ha concretado.


Estamos, por tanto, ante una apuesta por el desmantelamiento definitivo del tren entre Utiel y Cuenca, con las implicaciones sociales y económicas que ello conlleva en una zona con especial necesidad de inversión por parte de las
administraciones públicas y se dejan algunos lugares totalmente aislados, como es el caso del municipio de Camporrobles o Las Cuevas, en Utiel. En otros casos, hay municipios conquenses en los que los vecinos deben retroceder 50 kilómetros para
poder llegar hasta Valencia.


Esta decisión unilateral por parte del Ministerio de Transportes ha generado un gran rechazo entre los municipios afectados, que han calificado esta medida como un 'insulto, una desfachatez y una derrota'



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tras casi un año de promesas y de espera para que se arreglara una línea de tren que finalmente será cancelada.


El Gobierno no solo ha abandonado a su suerte a esta línea ferroviaria, sino también a los vecinos de los municipios afectados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Revertir la decisión de cerrar la línea de ferrocarril convencional entre Utiel y Cuenca.


2. Recuperar la línea de ferrocarril entre Utiel y Cuenca a través de las inversiones de modernización necesarias.


3. Estudiar posibles alternativas de uso de la línea de ferrocarril convencional entre Valencia y Madrid como tren turístico con la finalidad de impulsar y revitalizar la economía de los municipios por los que discurre el trazado, así como
recuperarlo como posible vía de comunicación para mercancías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Belén Hoyo Juliá y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003763


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley sobre la conveniencia de regular la utilización de medios telemáticos en las juntas
de propietarios, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La situación provocada por la COVID-19 conllevó una serie de cambios en muchos órdenes de la vida económica y social de nuestro país. Las limitaciones impuestas para combatir la pandemia dieron lugar a que las nuevas tecnologías se
convirtieran en un instrumento fundamental para poder seguir funcionando como sociedad.


Uno de estos ámbitos fue, sin duda, el de las juntas de comunidades de propietarios de vivienda. La regulación recogida en la Ley de Propiedad Horizontal no preveía la posibilidad de utilizar los medios telemáticos para celebrar juntas de
propietarios, lo que supuso un grave obstáculo para el normal funcionamiento de las mismas.


Reaccionando ante esta situación, el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado
por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, estableció un conjunto de medidas, de carácter extraordinario, aplicables a las juntas
de propietarios de las comunidades en régimen de propiedad horizontal.


Entre estas medidas, el artículo 3.2 de dicho Real Decreto-ley señalaba que, en el caso de tener que celebrarse obligatoriamente una junta de propietarios, antes del 31 de diciembre de 2021, esta se podía desarrollar 'por videoconferencia o
por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los propietarios dispongan de los medios necesarios, lo que será comprobado por el administrador con antelación a la junta; y el secretario reconozca la identidad de los propietarios asistentes
a la junta y así lo exprese en el acta'.


De esta manera, por primera vez en nuestra legislación, se permitía la celebración de juntas de propietarios de una forma no presencial. Aunque esta apertura se realizaba de manera excepcional y para un determinado período de tiempo, que ya
ha concluido. Superado el 31 de diciembre de 2021, la



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regulación jurídica ha vuelto a ser la anterior a la pandemia, exigiéndose que las juntas se celebren de forma presencial.


Las consecuencias de estos dos años que llevamos conviviendo con el virus, y de las medidas que hubo que tomar para atajarlo, se van a prolongar en el tiempo. Un suceso tan traumático para la sociedad española, y mundial, debe
obligatoriamente tener un impacto en muchos aspectos de la vida diaria de los ciudadanos. Quizás, entre los pocos impactos positivos que esta situación haya podido tener, se puede destacar el enorme avance que ha supuesto en el uso de las nuevas
tecnologías de comunicación.


Quizás, por eso, la mentalidad de muchos propietarios ha cambiado. Se ha normalizado poder participar de todo tipo de reuniones vía telemática. Y, sin embargo, en el campo de las juntas de propietarios de vivienda, la vuelta a la
normalidad ha significado la vuelta a la presencialidad total y a la prohibición de cualquier otra forma de participación directa. En caso de no poder acudir presencialmente, la única alternativa vuelve a ser la de participar a través de un
representante.


Merece la pena estudiar si esta vuelta a la regulación anterior es lo más adecuado. La regla general puede seguir siendo la asistencia presencial, pero al mismo tiempo parece lógico que se estudien fórmulas que permitan a los propietarios
que así lo deseen participar en las juntas de forma telemática. Quizás, superada la situación excepcional que hemos vivido, no tiene sentido realizar juntas enteramente por videoconferencia o conferencia telefónica, como permitía el Decreto-ley
8/2021, pero sí lo puede tener permitir que a las juntas de propietarios se pueda acudir presencialmente, como regla general, pero también de forma telemática, si así lo desea algún vecino y goza de los medios adecuados para hacerlo. Ello supondría
que aquellos que, por las circunstancias que fueran, no pueden acudir presencialmente a las mismas, tuvieran a su disposición una alternativa, de la que ahora carecen, para poder participar directamente de estas, sin que ello suponga discriminación
alguna respecto al resto de los vecinos, que podrían seguir acudiendo a las juntas de manera presencial.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a analizar la normativa vigente en materia de propiedad horizontal y la viabilidad de que las juntas de propietarios puedan celebrarse de forma mixta, lo que junto a la presencialidad
implicaría la posibilidad de que determinados propietarios pudieran asistir utilizando medios telemáticos o electrónicos, dejando en todo caso garantizada la participación y los derechos de todos los propietarios, la identificación de los
asistentes, la continuidad de la comunicación, la posibilidad de intervenir en las deliberaciones y la emisión del voto con las debidas garantías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Eva Bravo Barco, Diputada.-José Zaragoza Alonso y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la aplicación de bonificaciones
en la autopista AP-53 de conexión entre Santiago y Ourense, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El Parlamento de Galicia aprobó el 29 de septiembre de 2021 por unanimidad una proposición no de ley del Grupo Popular a través de la que se demanda al Gobierno central que aplique en la autopista AP-53 de conexión Santiago-Ourense las
mismas bonificaciones de la AP-9.


Esta autopista es clave para la vertebración interior de Galicia, ya que es el eje de comunicación principal entre Santiago y Ourense, esencial para la conexión de municipios como Boqueixón, Vedra, Silleda, Lalín, Dozón o Piñor de Cea, entre
otros. No obstante, en la actualidad esta vía no está cumpliendo la función de vertebración y de refuerzo de la competitividad para la que fue diseñada, dado que es una



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de las autopistas con los peajes más caros de España, puesto que el coste medio es de 7,77 céntimos/km (sin IVA), frente a los 6,12 céntimos/km de tarifa media de la AP-9 después de las bonificaciones aplicadas en julio, y los 5,67
céntimos/km de las autopistas autonómicas.


Así, la AP-53, al no contar con ningún tipo de bonificación, no logra captar tráfico ni sacar vehículos pesados de la carretera nacional. Frente a esta situación, es de destacar que en el tramo que es de autovía entre Dozón y Ourense de
titularidad autonómica, totalmente gratuito porque lo paga la Xunta, circulan 8.500 vehículos al día frente a los 1.500 que registra el tramo paralelo de la carretera nacional; un tráfico por la N-525 que se eleva hasta los 10.000 vehículos en el
tramo paralelo a la AP-53, de titularidad estatal y de pago.


La propuesta que aquí trasladamos conlleva la gratuidad del viaje de vuelta para los vehículos ligeros que hagan el regreso en 24 horas empleando telepeaje; la reducción de un 20 % adicional para los que hagan por lo menos 20
desplazamientos al mes; y del 20 % para vehículos pesados, con cualquier método de pago.


Aplicar estas bonificaciones para los vehículos ligeros -la gratuidad en la vuelta y la reducción del 20 % adicional por más de 20 viajes al mes- supondrá un coste a la Administración General del Estado estimado en casi 3 millones de euros.
Y la reducción de los peajes del 20 % para los vehículos pesados implicaría casi 275.000 euros más.


En efecto, la Xunta considera que el presupuesto total necesario para aplicar estas bonificaciones, que reforzarían la competitividad del territorio y la seguridad vial, es de aproximadamente 3,275 millones de euros, una cifra asumible, pues
es mucho menor que en el caso de la AP-9.


Hacemos hincapié en el ahorro que esta medida permitiría a los usuarios, ya que, por ejemplo, a una vecina de Lalín que se desplace a Santiago y que realice 25 viajes al mes, estas bonificaciones le supondrían un 60 % de ahorro, es decir,
2.178 euros al año. En el caso de un vecino de Silleda que se desplace a Santiago realizando 25 viajes al mes, el ahorro sería también del 60 % y de casi 1.300 euros anuales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que acuerde el establecimiento de bonificaciones a los usuarios de la autopista AP-53 de conexión Santiago-Ourense, en términos similares a las que ya se están aplicando en la autopista AP-9,
para así mejorar la competitividad y seguridad vial en el territorio ofreciendo igualdad de oportunidades de movilidad en toda Galicia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2022.-Celso Luis Delgado Arce, Ana Belén Vázquez Blanco, Jaime Eduardo de Olano Vela, Joaquín María García Díez, Marta González Vázquez, Tristana María Moraleja Gómez, María Valentina
Martínez Ferro, Diego Gago Bugarín, Javier Bas Corugeira, Juan Manuel Constenla Carbón, Ana María Pastor Julián, Mario Garcés Sanagustín y Andrés Lorite Lorite, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Dña. Macarena Olona Choclán, Dña. Patricia Rueda Perelló, Dña. Patricia de las Heras Fernández, Dña. Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias y D. Juan Carlos Segura Just, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de
Ley dirigida a combatir el fenómeno de la ocupación y de la denominada 'inquiocupación', para su discusión en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



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Exposición de motivos


Primero. Ocupación e 'inquiocupación' en España.


1. Como se viene señalando desde hace tiempo, en España, las subidas de precios, sobre todo en el ámbito del alquiler y especialmente en las grandes ciudades y en los centros turísticos, se han debido a un incremento de la demanda
acompañado de una oferta incapaz de absorberla 19. Entre los motivos que justifican esta falta de oferta de vivienda en alquiler estarían, entre otros, la falta de una adecuada liberalización del suelo o el gran intervencionismo público del mercado
inmobiliario, pero recientemente se ha destacado como factor añadido la desprotección legal del propietario ante los ocupas y los arrendatarios morosos.


2. El artículo 18.2 de la Constitución Española ('CE') establece que 'el domicilio es inviolable' y, por otro lado, el artículo 33 CE 'reconoce el derecho a la propiedad privada'. No obstante, ambos derechos constitucionales se han visto
constantemente vulnerados tanto por aquellas personas que han atentado directamente contra la propiedad vía ocupación de inmuebles como por el actual Gobierno de España que, ya sea por acción, con su actividad legislativa, o por omisión, se ha
convertido en cómplice de esta conducta delictiva.


3. El aumento progresivo de los casos de ocupación ilegal en España es evidente. Según los datos del Ministerio de Interior, se habrían producido aproximadamente una media de 40 casos por día en España durante el primer semestre de 2020
20:


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4. El crecimiento del número de estos delitos también se evidencia si se atiende a las denuncias realizadas. Así, en el año 2019, se produjeron 14.621 denuncias, casi un 30 % más respecto al año 2015 21:


19 Según el informe del Círculo de Empresarios 'El acceso a la vivienda: un problema de la oferta, de junio 2020, no hay un stock de vivienda terminada nueva, siendo el número de viviendas de obra nueva entregadas inferior a la demanda
estructural prevista. De hecho, la ratio de construcción por cada 1.000 habitantes estaría en mínimos históricos.


20 https:/www.abc.es/economía/abci-lacra-ocupacion-ilegal-espana-supera-40-casos-202008102303 noticia.html [fecha de consulta: 5 de octubre de 2021].


21 https://www.epdata.es/datos/denuncias-okupacion-graficos/560 [fecha de consulta: 5 de octubre de 2021],



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5. Asimismo, según los datos del Instituto Nacional de Estadística ('INE'), también para el año 2019, se produjeron 4.687 condenas por usurpación, lo que supone un incremento del 65 % respecto al año 2013, en el que se condenaron 1.669
casos.


6. Esta senda alcista es la misma que se ha seguido en el año 2020, año en el que, además, debido a la situación sanitaria actual y las restricciones de movilidad, ha crecido la actividad de los grupos criminales organizados que se dedican
a la ocupación de propiedades ajenas como forma de vida, ya sea directamente a través de lo que se conoce como 'patada en la puerta' o mediante contrato previo incumplido, lo que ha sido denominado como 'inquiocupación' 22.


7. El 'inquiocupa' es un término que ha comenzado a ser utilizado para referirse a aquellos inquilinos que, a pesar de tener contrato de arrendamiento, no pagan la renta y que, por tanto, en la práctica se constituyen como ocupantes de la
vivienda 23. La 'inquiocupación' ha surgido como un nuevo fenómeno contra la propiedad privada, consecuencia del conocimiento por parte de estos 'inquilinos' de las dificultades que va a encontrar el arrendador para expulsarlos de la vivienda
arrendada en caso de impago. Según el Consejo General del Poder Judicial las ejecuciones practicadas con motivo del impago del alquiler representan un 67,5 %, con un total de 36.467 casos en el año 2019 24.


8. Sobre estos casos, como señala D. Ricardo Bravo, portavoz de la plataforma Leyantiokupas de afectados por la ocupación, lo que ocurre es que ' [c]on contratos falsos o verdaderos entran los okupas en una casa y, a partir de ahí, dejan de
pagar voluntariamente. Como hay un contrato mercantil de por medio no se considera okupación. Pero la mayoría de okupaciones directas (las que afectan a un propietario que no es una gran empresa) hoy en día son de inquiokupas' 25.


Segundo. Medidas adoptadas por el gobierno en relación con la ocupación.


9. En España, lejos de procurarse políticas que impidan que se atente contra la vivienda privada se está fomentando una proliferación masiva de casos de ocupación de inmuebles.


10. Así, con carácter previo a la situación de pandemia por la COVID-19, mediante el Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de diciembre 26, y su posterior sustituto, el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo 27 (en lo sucesivo, el 'RD 7/2019'),
entre las medidas introducidas con estas normas, y en lo que a esta


22 https://www.libremercado.com/2021-09-29/la-pandemia-da-alas-a-los-okupas-v-genera-un-nuevo-fenomeno-la-inquiokupacion-6822609/[fecha de consulta: 5 de octubre de 2021].


23 https://elcierredigital.com/salud-v-bienestar/970001559/inquiocupacion-espana-supone-perdida-12000-euros-propietario.html [fecha de consulta: 5 de octubre de 2021],


24 https://www.rtve.es/noticias 720200309/desahucios-cayeron-95-2019/2007503.shtml y https://www.poderjudicial.es/stfls/ESTADISTICA/FICHEROS/Crisis/Datos %20sobre %20el %20efecto %20de %201a %20crisis %20en %201os %20organos
%20judiciales.xlsx [fecha de consulta: 5 de octubre de 2021].


25 https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/08/31/economía/1630425143 091812.html?[fecha de consulta: 5 de octubre de 2021].


26 Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.


27 Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.



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Proposición no de Ley interesa, se encuentra la ralentización de los procedimientos judiciales y de los lanzamientos por finalización del término o impago en cuyo proceso intervengan los Servicios Sociales a petición del ejecutado en
situación de vulnerabilidad 28.


11. Y, posteriormente, a través de las 'medidas excepcionales' adoptadas durante la situación de pandemia, no solo se delega completamente la responsabilidad de proporcionar una vivienda a los propietarios privados, sino que también se
ampara abiertamente la ocupación ilegal.


12. En primer lugar, se aprueba el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 ('RDL 11/2020') con el que se incluyen, entre
otras, las siguientes medidas:


- Suspensión de los desahucios durante seis meses.


- Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual por un período máximo de seis meses que deberá ser aceptada por el arrendador, salvo acuerdo entre las partes.


- Moratoria de la deuda arrendaticia, mientras dure el estado de alarma, o continúe la situación de vulnerabilidad, con un máximo de cuatro meses, para aquellos arrendatarios de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad por la
COVID-19 que será de aplicación automática para grandes tenedores (poseedores de más de diez viviendas) y empresas o entidades públicas de vivienda.


- En el caso de que el arrendador no sea un gran tenedor de vivienda, el arrendatario en situación de vulnerabilidad podrá solicitar un aplazamiento en el pago de su renta. Ante la falta de acuerdo, el arrendatario podrá acceder a un
programa de ayudas de financiación a coste cero con aval del Estado. El arrendatario podrá solicitar un crédito sin interés a través del Instituto de Crédito Oficial, por importe de hasta seis mensualidades de la renta de alquiler, con un período
de devolución máximo de diez años.


13. Más tarde, se publica el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes ('RDL 37/2020'),
por el que se prorroga la suspensión de desahucios y lanzamientos del RDL 11/2020 hasta la finalización del estado de alarma actual (9 de mayo de 2021). Ahora bien, extiende la protección frente a los desahucios a cualesquiera personas
arrendatarias que acrediten una situación de vulnerabilidad, en los términos del RDL 11/2020, aun cuando esta situación no traiga causa en la crisis generada por la COVID-19.


14. Asimismo, se establece un incidente de suspensión, por igual plazo y cumpliendo determinadas circunstancias, a otro tipo de procedimientos como son los de los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 Ley de Enjuiciamiento Civil
('LEC'), es decir, a los juicios de precario; los de tutela sumaria de la posesión, incluyendo en este caso la especialidad introducida para los ocupas por la Ley 5/2018 29 y para los que tienen por objeto la protección de los derechos reales
inscritos. Esta norma fue valorada por los expertos como una medida que causaría un 'efecto llamada' que, además, se vería acrecentada por la disposición adicional cuarta del RDL 37/2020 que garantiza los suministros de agua y energía a estos
ocupas 30.


15. Como última medida en materia de vivienda, se aprueba el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica ('RDL 1/2021'). La disposición
final primera de este Real Decreto-Ley está dirigida a ampliar los casos de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apartados 2.º,
4.º y 7.º del artículo 250.1 de la LEC. Por tanto, la ampliación realizada por esta disposición va dirigida a un colectivo concreto: personas que se hallen inmersas en un procedimiento penal y/o que habiten una vivienda como consecuencia de
delito.


16. A mayor abundamiento, recientemente todo apunta a que la nueva Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda prohíba con carácter permanente los desahucios cuando se carezca de alternativa habitacional, garantizándose incluso el suministro
de servicios básicos. Estas pretensiones, tal y como se señala por el


28 ídem.


29 Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas.


30 TORRES LÓPEZ, A.: RDL 37/2020, de 22 de diciembre: Bastante más que una simple prórroga en la suspensión de los juicios de desahucio. Editorial jurídica Sepín, 12 de enero de 2021.



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sector, no solo lleva a propietarios a soportar impagos de forma indefinida, sino que ya está ahuyentando a los inversores del sector inmobiliario 31.


Tercero. Medidas para la lucha contra la ocupación.


17. En la última década, en materia de ocupación ilegal en España solo se han adoptado dos medidas legislativas casi insustanciales y con pocos resultados en la práctica: (i) modificación del artículo 245.1 del Código Penal en el año 2010,
por la que se establecieron penas de prisión en los casos de ocupación con violencia o intimidación, cuando hasta ese momento tenían solo pena de multa 32 y (ii) modificación del artículo 250.1.4.ª de la LEC, en el 2018, por la que se pretendía
agilizar la recuperación de la posesión de la vivienda vía civil 33.


18. En consecuencia, son numerosas las medidas que podrían adoptarse en materia de ocupación ilegal con el objetivo de erradicar esta conducta delictiva en aumento en España desde hace ya muchos años.


19. En el ámbito penal conviene (i) agilizar los trámites frente a los ocupas ilegales mediante la correspondiente modificación del artículo 795 la Ley de Enjuiciamiento Criminal, (ii) dotar de mejores medios legales a las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado para su lucha contra esta conducta antijurídica, (iii) endurecer las penas establecidas para el delito de usurpación, (iv) crear un tipo específico para las bandas organizadas que llevan a cabo estos delitos, y (v) acelerar
el procedimiento de desalojo de ocupas.


20. En el ámbito civil y administrativo se pueden adoptar numerosas modificaciones legislativas en la lucha contra la ocupación. Por ejemplo, se hace imprescindible la modificación del artículo 250.1.4º de la LEC al objeto de que se
amplíen (i) los sujetos legitimados para solicitar la inmediata recuperación de la plena posesión de su inmueble y (ii) los inmuebles cuya posesión se puede reclamar, de forma que no quede limitado a la vivienda. Otra medida sería la supresión de
la posibilidad de que un ocupa se pueda empadronar en la vivienda poseída ilegítimamente 34.


Cuarto. Medida para agilizar la recuperación del inmueble ocupado por el inquilino moroso.


21. Como medida particular para los casos en los que se produce el impago de rentas por el arrendatario, se deberían agilizar y endurecer los procesos de desahucio para evitar someter a propietarios a dilaciones de años para recuperar la
posesión de su inmueble.


22. Desde que se produce el primer impago, con carácter previo al procedimiento judicial, en la práctica, el arrendador suele intentar una negociación amistosa con el inquilino para evitar los costes que acarrea acudir a los tribunales.
Posteriormente, en última instancia, el propietario se ve obligado a realizar un requerimiento fehaciente de pago y a esperar treinta días hasta la interposición la demanda, para así evitar una posible enervación del procedimiento de desahucio
después de todo el tiempo en el que ha estado en mora el deudor.


23. Se debe tener en cuenta que actualmente el plazo medio de resolución de un procedimiento verbal arrendaticio es de 5,5 meses, plazo que ha ido aumentando desde el año 2010 y que alcanza los 7,8 meses en comunidades autónomas como
Castilla y León 35. Este tiempo, sumado a la negociación previa y a los treinta días de espera desde el requerimiento de pago y la demanda, se traducen en incluso años.


31 https://www.eleconomista.es/opinion-blogs/noticias/11001138/01/21/Dano-irreparable-para-el-sector-inmobiliario.html [fecha de consulta: 17 de febrero de 2021],


32 Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.


33 Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas.


34 Aunque existe desde el año 199716, actualmente la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la
Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal establece que el padrón 'debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del
municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole
que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón'. Por tanto, con esta regulación se admite la
presentación de cualquier título, incluso una factura que el ocupante ilegal haya decidido domiciliar en la vivienda poseída ilegítimamente, para poder empadronarse en una vivienda.


35 https://www.poderiudicial.es/cgpi/es/Temas/Transparencia/ch.Estimacion-de-los-tiempos-medios-de-duracion-de-los-procedimientos-judiciales.formatol/?idOrg=20&anio=2Q19&territorio=Espa %C3 % Bla&proc=Verbales % 20arrendaticios [fecha de
consulta: 6 de octubre de 2021],



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24. Por tanto, conviene adoptar las medidas necesarias para reducir la espera del propietario para la recuperación del inmueble. En concreto, podría (i) establecerse un plazo en el que el juzgado deberá dar trámite a la demanda de
desahucio y (ii) reducirse el plazo de treinta días que debe transcurrir entre la reclamación fehaciente de cantidad y la interposición de la demanda establecido en el artículo 22 de LEC exigido para que no sea posible la enervación del desahucio.


a) Plazo en el que el juzgado deba dar trámite a la demanda de desahucio.


25. En muchas ocasiones el retraso en el procedimiento se inicia por la demora injustificada en dictar decreto que admite a trámite la demanda de desahucio y fija una fecha de lanzamiento para el caso de no oposición.


26. El concepto de las 'dilaciones indebidas' tiene reflejo constitucional en el artículo 24.2 de la Carta Magna y ha sido perfilado por el Tribunal Constitucional ('TC') a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos en relación con el artículo 6.1 del Convenio de Roma. En este sentido, el TC declaró, en su Sentencia n.º 58/1999, de 12 de abril, que 'el derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas (art. 24.2 C.E.) no puede identificarse con un
pretendido derecho al riguroso cumplimiento de los plazos procesales (SSTC 5/1985, 324/1994), configurándose a partir de la dimensión temporal de todo proceso y su razonabilidad' (FJ 6). Ahora bien, como se ha reiterado con posterioridad 36:


[...] por más que los retrasos experimentados en el procedimiento hubiesen sido consecuencia de deficiencias estructurales u organizativas de los órganos judiciales o del abrumador trabajo que sobre ellos pesa, esta hipotética situación
orgánica [...] de ningún modo altera el carácter injustificado del retraso. Y es que el elevado número de asuntos de que conozca el órgano jurisdiccional ante el que se tramitaba el pleito no legitima el retraso en resolver, ni todo ello limita el
derecho fundamental de los ciudadanos para reaccionar frente a tal retraso, puesto que no es posible restringir el alcance y contenido de ese derecho (dado el lugar que la recta y eficaz Administración de Justicia ocupa en una sociedad democrática)
en función de circunstancias ajenas a los afectados por las dilaciones. Por el contrario, es exigible que Jueces y Tribunales cumplan su función jurisdiccional, garantizando la libertad, la justicia y la seguridad, con la rapidez que permita la
duración normal de los procesos, lo que lleva implícita la necesidad de que el Estado provea la dotación a los órganos judiciales de los medios personales y materiales precisos para el correcto desarrollo de las funciones que el ordenamiento les
encomienda.


27. Pese a lo expuesto, como indicaba el Defensor del pueblo en el año 2018 en su informe anual (pág. 14):


Técnicamente, las dilaciones indebidas son uno de los supuestos de funcionamiento anormal. En el período 2000-2018 se han incoado 6.128 expedientes de responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la justicia, un
mínimo de 191 y un máximo de 436 por año.


[...]


Como puede apreciarse, la causa 'funcionamiento anormal' (comprensiva de dilaciones indebidas, depósitos judiciales, actos de comunicación, órdenes de detención y nulidad de actuaciones) fue alegada en 249 ocasiones: 121 por dilaciones
indebidas, 55 por problemas con depósitos judiciales, 33 en actos de comunicación, 14 en órdenes de detención y 26 en nulidad de actuaciones. Las dilaciones indebidas, pues, fueron el 48,59 % de las causas por anormal funcionamiento alegadas, esto
es, prácticamente la mitad.


28. Por tanto, una medida que ayudaría a solventar esta situación en los supuestos de procedimientos de desahucio sería la fijación de un plazo para que el Letrado de la Administración de Justicia dicte el decreto de admisión a trámite de
la demanda en las que se ejercite la pretensión de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas.


b) Reducción del plazo de treinta días establecido en el artículo 22.4 de la LEC.


36 Sentencia del Tribunal Constitucional n° 88/2015, de 11 de mayo, por la que se hace referencia a la doctrina reiterada del Tribunal Constitucional en esta materia.



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29. Este plazo de treinta días, en la redacción inicial de la LEC fue fijado en cuatro meses, no obstante, ha ido reduciéndose progresivamente:


(i) La disposición final tercera de la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo lo acorta a dos meses.


(ii) El artículo segundo de la Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios reduce este plazo en un mes con el propósito de mejorar y agilizar los
procesos de desahucio, salvaguardando en todo caso los derechos y garantías que protegen al inquilino de buena fe.


(iii) La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal lo fija en 30 días.


30. Pese a las reducciones practicadas, es evidente que el problema continúa, el arrendador se ve obligado a padecer el impago durante meses. Si como es reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo en ningún caso el arrendador viene
obligado a soportar que el arrendatario se retrase de ordinario en el abono de las rentas periódicas, y reiteradamente ha declarado que el retraso en el pago de la renta, aunque se trate de una sola mensualidad de la misma, puede dar lugar a la
resolución del contrato por falta de pago 37, carece de sentido que el arrendador deba verse privado de su inmueble un mes más al objeto de permitir al arrendatario moroso que pague de forma tardía.


31. Asimismo, el Alto Tribunal ha subrayado en numerosas sentencias que la enervación del desahucio no se configura tanto como un derecho cuanto como una oportunidad del arrendatario para evitar el desahucio por falta de pago, porque al
arrendador no le es indiferente el momento en que se le pague la renta contractual estipulada 38. En consecuencia, partiendo de que si que es importante el momento en el que se abona la renta, queda más injustificado aún que se contemple un plazo
de 30 días para conceder esta nueva 'oportunidad' para la satisfacción de deudas.


32. Tal y como está regulado actualmente, se permite que se den situaciones como la recogida en la Sentencia recientemente dictada por el Tribunal Supremo de 12 de abril de 2021 (Id Cendoj: 28079110012021100187). En este supuesto, tras
cinco años de pleito, el demandante arrendador se ha visto imposibilitado de desahuciar a su arrendataria morosa debido a que, pese a que había negociado el pago extrajudicial con la arrendataria durante meses, no habían transcurrido los 30 días
entre el requerimiento fehaciente de pago y la interposición de la demanda. Por tanto, se permitió la enervación del lanzamiento incluso habiéndose pagado una vez iniciado el procedimiento judicial.


33. Este precepto pierde aún más su razón de ser si se compara con lo establecido en supuestos similares en derecho en lo que a pago tardío se refiere. Así, para el retracto de créditos litigiosos, contemplado en el artículo 1535 del
Código Civil como un derecho del deudor a poder pagar su deuda vencida en caso de subrogación del acreedor, se prevé que la consignación para la satisfacción de la deuda se realice en un plazo de 9 días.


34. Igualmente se recoge un plazo inferior a treinta días en el caso de las reclamaciones de deuda en el procedimiento monitorio. En el artículo 815.1 de la LEC se contempla un plazo de veinte días para que el deudor satisfaga su deuda al
peticionario una vez que es requerido por el Letrado de la Administración de Justicia. En definitiva, nada justifica ni en hecho ni en derecho la existencia del plazo de treinta días establecido en el artículo 22.4 de la LEC.


35. Estas situaciones de privación de la propiedad privada, que atacan derechos constitucionales, se han permitido olvidando el esfuerzo que supone para muchos propietarios tanto la adquisición como el mantenimiento de estos inmuebles, y
faltando a la consideración que para muchos españoles tiene la vivienda como forma de ahorro. En consecuencia, son numerosas las actuaciones que se pueden y deben tomar en España para la lucha contra la ocupación ilegal ya medie contrato previo o
no.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


37 Entre otras, la más reciente, Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 19 de mayo de 2021 (Id Cendoj: 28079110012021202938)


38 Vid., entre otras, Sentencias de 12 de abril de 2021 (Id Cendoj: 28079110012021100187) y de TI de marzo de 2014 (Id Cendoj: 28079110012014100138).



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas, con el fin de luchar contra la ocupación ilegal en España:


1. Promover la modificación del artículo 22.4 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil a fin de reducir a nueve días el plazo a transcurrir entre el requerimiento fehaciente de pago y la interposición de demanda de desahucio
por impago de rentas que se requiere para impedir la enervación del desahucio.


2. Impulsar la modificación del artículo 438 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil al objeto de incluir un plazo de diez días en el que el Letrado de la Administración de la justicia, examinada la demanda en las que se
ejercite la pretensión de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas, deberá admitirla por decreto y fijar fecha de lanzamiento.


3. Promover la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal con la finalidad de endurecer las penas establecidas para el delito de usurpación establecido en el artículo 245, tipificando de forma específica
la comisión de este delito por bandas organizadas.


4. Impulsar la modificación del artículo 553 del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal al objeto de dotar de mayores medios a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para
desalojar inmuebles ilegalmente ocupados.


5. Promover la modificación de los artículos 13 y 544 del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal en orden a permitir que vía cautelar el inmueble ocupado ilegítimamente pueda ser
desalojado en 48 horas.


6. Impulsar la modificación del artículo 795.1.2.º del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal de forma que los delitos regulados en el artículo 245 del Código Penal sean tramitados
vía procedimiento de enjuiciamiento rápido.


7. Promover la modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la elaboración de una nueva resolución por la que se dicten las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón
municipal al objeto de impedir que un ocupa ilegal pueda empadronarse en la vivienda ilegítimamente poseída.


8. Impulsar la modificación del artículo 250.1.4.º 2 prr. de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil al fin de ampliar tanto los sujetos legitimados para reclamar la tenencia de un inmueble como el objeto cuya posesión se
pretende recuperar.


9. Promover la creación de un registro de datos históricos de zonas afectas por la ocupación, así como la realización de un seguimiento pormenorizado de todos los casos que se produzcan.


10. Fomentar la colaboración entre la administración pública y las entidades privadas a efectos de aumentar el parque de viviendas de protección oficial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2021.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Juan Carlos Segura Just, Cristina Alicia Esteban Calonje y Rubén Darío Vega Arias,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003776


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Reyes Romero Vilches, doña Patricia Rueda Perelló, doña Patricia de las Heras Fernández, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, don José María Figaredo Álvarez-Sala, don Rubén Darío Vega Arias, y don Juan
Carlos Segura Just, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente Proposición no de Ley dirigida a promover medidas que impulsen la colaboración público-privada en la construcción de infraestructuras españolas, para su discusión en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



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Exposición de motivos


Primero. Problemas en torno a la inversión en infraestructuras en España.


1. Como es sabido, la inversión en la construcción de infraestructuras de un país es una pieza fundamental para su desarrollo social y económico. Ya en el año 2016, el Consejo Económico y Social estimaba que cada euro invertido en la
construcción supondría 3,44 euros de inversión en el total de la economía y 2,56 de gasto en producción en el total de los sectores económicos 39.


2. Sin embargo, la inversión en infraestructuras en España no ha dejado de caer. Según datos de la Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de infraestructuras ('SEOPAN'), el nivel de inversión pública se encuentra en niveles
de mínimo histórico que no permite ni cubrir las inversiones de reposición del capital público 40, por lo que sería necesario una inversión de 157.000 millones de euros en inversiones prioritarias 41.


3. Según la asociación, esta circunstancia es resultado del deficiente modelo concesional que rige en el país. En palabras del presidente de SEOPAN, 'el modelo concesional está en desuso desde 2012 y debemos plantearnos poner en valor los
activos públicos que tenemos mediante la participación de los usuarios directos en su sostenibilidad económica, en particular nuestra red de carreteras, al igual que hacen el resto de los países de la Unión Europea' 42.


4. Asimismo, se expone que la licitación pública de obras a nivel estatal ha caído un 53 % y en el ámbito autonómico un 25 %, lo que se atribuye no únicamente a la situación de crisis sanitaria, sino a deficiencias que se vienen arrastrando
desde hace años, como son, entre otras 43:


- La incapacidad de los Ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Transición Ecológica para ejecutar íntegramente sus presupuestos.


- Los injustificados retrasos en los procesos de licitación y adjudicación de los contratos.


- La suspensión y resolución de los contratos como consecuencia de (i) su adjudicación con precios anómalamente bajos, que resulta en proyectos incompletos y/o baja calidad y (ii) presupuestos de ejecución no viables económicamente.


- Impedimentos regulatorios a la inversión, como es el caso expuesto en el siguiente expositivo.


5. Sobre la inversión en infraestructuras en España, también se pronunció la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en su informe 'Evaluación del Gasto Público 2019'. 'Estudio de Infraestructuras de Transporte' 44.


Concretamente, sobre la gobernanza de las infraestructuras en España concluía lo siguiente:


i. La compleja estructura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana exige un especial esfuerzo de coordinación entre todas las entidades, y la evaluación evidencia que la coordinación no está recibiendo la prioridad necesaria:
hay un retraso de seis años en la aprobación del contrato programa o convenio entre ADIF y el MITMA y no se han cumplido tampoco los plazos exigidos en la legislación para la redacción de los documentos de planificación sectorial de las
infraestructuras ferroviarias, viarias y portuaria.


ii. No existe un marco normativo que regule el método, plazos y contenido de los planes integrales de los equipamientos de transporte.


39 Consejo Económico y Social: Informe 02/2016 sobre el papel del sector de la construcción en el crecimiento económico: competitividad, cohesión y calidad de vida. 2016. Madrid.


40 En el mismo sentido, la AIReF en su informe Evaluación del Gasto Público 2019. Estudio de Infraestructuras de Transporte afirmaba que [e]s importante destacar que la fuerte caída de las inversiones ocurrida desde 2010 ha provocado que la
inversión bruta anual no cubra en los últimos años la depreciación de los activos. Por lo tanto, se están produciendo reducciones en su valor y de sus potenciales servicios de transporte, dando como resultado un envejecimiento del stock de
infraestructuras (pág. 6) [énfasis añadido].


41 https://seopan.es/se-trata-de-infraestructuras-medioambientales-v-sociales-desglosadas-en-23-600-me-para-construccion-de-hospitales-y-reducir-los-fallecidos-en-carreteras-ods-3-5-253-me-para-garantizar-la-dispo/[fecha de consulta: 15 de
febrero de 2022].


42 Idem.


43 SEOPAN: Construcción e Infraestructuras: Balance y Estrategia 2021-2023. (2021) https://seopan.es/wp-content/uploads/2021/05/Visual-NQ-PRINT-Seopan-Construccio %CC %81n-e-infraestructuras-20-21-V9.pdf [fecha de consulta: 15 de
febrero de 2022].


44 https://www.airef.es/wp-content/uploads/2020/09/INFRAESTRUCTURAS/200730.-INFRAESTRUCTURAS.-ESTUDIO.pdf [fecha de consulta: 15 de febrero de 2022],



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iii. Los planes integrales de infraestructuras incluyen un listado de obras inverosímil por su dimensión y por los inviables plazos previstos para finalizarlas. Los planes generan expectativas inalcanzables y las administraciones
territoriales construyen un discurso de agravio basado en el listado de obras no ejecutadas o retrasadas respecto a los plazos previstos.


iv. Ninguno de los últimos planes de infraestructuras incluye una priorización de inversiones, ni los criterios para realizarla, uno de los grandes problemas de la gobernanza de las infraestructuras de transporte en España.


v. Inexistencia del necesario vínculo de los planes con el proceso presupuestario y la coyuntura económica. Existe una completa desconexión entre la planificación estratégica, los recursos disponibles y las previsiones económicas. De la
misma forma, el proceso de selección de proyectos tampoco está vinculado con la disponibilidad anual de fondos.


vi. Los planificadores tienden a infravalorar los costes de las inversiones (como mínimo en un 30 %) y a sobrestimar la demanda de viajes de las infraestructuras proyectadas.


vii. La transparencia de los procesos de planificación resulta insuficiente y existe un amplio margen de mejora en el proceso de debate y participación pública en la toma de decisiones.


viii. La gestión de los proyectos de inversión, incluso los más importantes, no son sometidos a una verdadera evaluación ex ante que permita estimar sus efectos socioeconómicos.


Segundo. Rentabilidad de las infraestructuras en España.


6. El artículo 10 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española ('RDLD') define el periodo de recuperación de la inversión en contratos públicos,
es decir, el tiempo en el que previsiblemente podrán recuperarse las inversiones realizadas para la correcta ejecución de las obligaciones pactadas en el contrato. Y, para su cálculo contempla la siguiente fórmula:


[**********página con cuadro**********]


7. Según este precepto la tasa de descuento 'b' se calcula sumando 200 puntos al rendimiento medio en el mercado secundario de la deuda del estado a diez años en los últimos seis meses. En la práctica, actualmente, esto equivale en febrero
de 2022 a una rentabilidad aproximada del 2,436 % 45.


8. Esta cifra es considerada como extremadamente baja para los inversores privados, quienes entienden que el coste de capital para cualquier empresa está entre el 7 y 7,5 %. Según representantes del sector de la construcción, con la
rentabilidad media actual, poco más del 2 %, ningún fondo, constructora o banco va a participar en este tipo de inversiones. Y ello, máxime cuando habría países como Estados Unidos, Colombia o Reino Unido en los que el rendimiento de los proyectos
estarían próximos al 10 % 46.


9. Para dotar de una mayor flexibilidad a este sistema, en el último apartado del artículo 10.2 del RDLD se estableció la posibilidad de modificar tanto el diferencial como el instrumento de deuda y el diferencial que sirven de base al
cálculo de la tasa de descuento por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública, previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, para adaptarlo a los plazos y condiciones de riesgo y rentabilidad observadas en
los contratos del sector público. Sin embargo, a día de hoy, no se ha hecho ninguna adaptación en este sentido.


10. El único cambio realizado para el cálculo de la rentabilidad de proyectos públicos se ha producido con el artículo 56 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Mediante este precepto se establece como el instrumento de deuda de


45 Cálculo realizado a partir de las cifras extraídas de: https://www.tesoro.es/sites/default/files/estadisticas/Estadisticas ES.pdf [fecha de consulta: 10 de febrero de 2022]. Conforme a los datos facilitados por la Secretaría General
del Tesoro y Financiación Internacional, en febrero de 2022, el rendimiento medio en el mercado secundario de la deuda del estado a diez años en los últimos seis meses es de 0,436666.


46 https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/11128199/03/21/Fondos-y-constructoras-reniegan-del-pIan-de-carreteras-por-la-baia-rentabilidad.html [fecha de consulta: 14 de febrero de 2022].



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referencia la deuda del Estado a treinta años, y como diferencial 300 puntos, lo que equivale actualmente a aproximadamente un 4 % de rentabilidad.


11. De esta forma, a través del ofrecimiento de un periodo de tiempo más prolongado para la recuperación de las inversiones vinculadas a concesiones, se ha pretendido incentivar a las entidades privadas. Así, con unos mismos flujos de caja
conjeturales e idéntica inversión, se proporciona al inversor un horizonte temporal más amplio para que pueda, efectivamente, desarrollar su negocio 47.


Tercero. Metro de Sevilla.


12. La fórmula establecida para el cálculo de la recuperación de la inversión, y el bajo retorno derivado de la misma, ha sido considerada como un 'cerrojo normativo' que ha provocado que determinados concursos se queden desiertos y que
numerosas infraestructuras se encuentren paralizadas. Entre las obras afectadas se encuentra la ampliación del metro de Sevilla, proyecto reivindicado desde diferentes ámbitos y desde hace muchos años 48.


13. En noviembre de 1975, se publicó la Ley 37/1975, de 31 de octubre sobre construcción y explotación del Metro de Sevilla, en la que se hacía referencia a la inadecuada infraestructura viaria de la sociedad hispalense. Un año más tarde
se emitió la Orden de 29 de marzo de 1976 por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora del Plan del Metro de Sevilla. También en 1976 se iniciaban las obras de la ejecución del primer tramo de la línea 1. No
obstante, debido a numerosos incidentes y errores no fue hasta el año 2009 que se produjo la inauguración parcial de esta línea 49.


14. El pasado 12 de enero de 2022, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía anunció la ampliación de la Línea 3 del Metro de Sevilla 50. Se trata de una obra necesaria para dar
servicio a 120.000 habitantes de los barrios de Ronda Histórica, Macarena, Centro y Pino Montano, estando previstos unos 13,3 millones de viajes al año. Según se anunció, el presupuesto de estas obras ascendería a 1.045 millones.


15. La ciudad hispalense tiene una población de 684.234 habitantes y ocupa el primer puesto entre las capitales de provincia que más población han perdido en el último año 51. Asimismo, la provincia de Sevilla ocupaba el penúltimo lugar en
la inversión bruta por habitante en el periodo 1985-2018 52 en cuanto a infraestructuras de transporte, lo que se ha traducido en la parálisis de proyectos emblemáticos, como son la construcción de la circunvalación SE-40, la conexión entre el
aeropuerto y la estación de Santa Justa o el mismo proyecto de la línea 3. Por otro lado, el área metropolitana no deja de ganar población, lo que significa que se está produciendo un trasvase poblacional del municipio a zonas periféricas,
precisamente debido al hecho de que el ciudadano no encuentra facilidades de movilidad en el interior de la ciudad 53.


16. Por tanto, para acabar con la división entre españoles de primera y españoles de segunda y para, en general, paliar las desigualdades territoriales se les debe proveer a todos de las infraestructuras de transporte necesarias y
adecuadas. Para ello se debe fomentar la colaboración público-privada en los barrios, provincias y regiones abandonados por los poderes públicos.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar la inversión privada en infraestructuras españolas a través del incremento del plazo de recuperación de las inversiones de gran envergadura en el marco de los contratos de concesión,
aprobando una orden ministerial que modifique tanto el instrumento de deuda de referencia como el diferencial utilizados para el actual


47 http://www.obcp.es/opiniones/el-fomento-del-modelo-concesional-v-la-correcta-eiecucion-del-plan-de-recuperacion [fecha de consulta: 14 de febrero de 2022].


48 https://www.diariodesevilla.es/Sevilla/colaboracion-publico-privada-Metro-Linea-3-escollos-Sevilla-Gaesco 0 1413759144.html [fecha de consulta: 15 de febrero de 2022].


49 https://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-1976-primeras-obras-metro-200911160300-1131502164436 noticia.html y https://www.metro-sevilla.es/quienes somos [fecha de consulta: 15 de febrero de 2022].


50 https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasvordenaciondelterritorio/servicios/actualidad/noticias/detalle/275691.html [fecha de consulta: 15 de febrero de 2022].


51 https://www.ine.es/iaxiT3/Datos.htm?t=2911 [fecha de consulta: 15 de febrero de 2022].


52 https://www.airef.es/wp-content/uploads/2020/07/INFRAESTRUCTURAS/Anexo-l La-inversion-v-el-stock-de-infraestructuras-de-transporte-en-Espa % C3 % Bla.pdf, página 31. [fecha de consulta: 15 de febrero de 2022],


53 https://www.diariodesevilla.es/sevilla/Sevilla-perdida-habitantes 0 1641436457.html [fecha de consulta: 15 de febrero de 2022],



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cálculo de la tasa de descuento, conforme se establece en el artículo 10 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2022.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Juan Carlos Segura Just, Cristina Alicia Esteban Calonje, María de los Reyes Romero
Vilches y Rubén Darío Vega Arias, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/003740


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la implantación de la
tercera hora lectiva de Educación Física en el sistema educativo, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


La expresión 'Mens sana in corpore sano' es una expresión utilizada en el ámbito del bienestar humano y la salud. Existe abundante evidencia científica sobre la influencia positiva que la práctica de actividad física y deporte tiene sobre
la salud y el bienestar de la población.


Los niveles de sedentarismo e inactividad física entre la población vienen originando en los últimos años un alarmante incremento de los índices de sobrepeso y obesidad y, por ende, de las enfermedades crónicas asociadas a ambas.


El sedentarismo en la población infantil de nuestro país, según datos del Consejo Superior de Deportes, alcanza el 73 %. La lucha para reconducir la situación está hoy entre los mayores retos para la salud global del siglo XXI. A nivel
internacional, instituciones como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la UNESCO o la Unión Europea (UE), llevan años subrayando el necesario papel de la actividad física, e incorporándola como factor en todas las estrategias, recomendaciones
y planes destinados a la mejora de la salud y de la calidad de vida de las personas. En los Planes de Trabajo de la UE para el Deporte se remarcan como uno de los principales desafíos socioeconómicos de la UE la alarmante tendencia de los estilos
de vida poco saludables y la obesidad y, por tanto, la ineludible promoción de la práctica deportiva y de actividad física, en todos los ámbitos y especialmente en el educativo.


Tanto la OMS, como la UNESCO o la UE y sus estados miembros, coinciden en la necesidad de implementar programas de fomento de la actividad física, especialmente en el contexto escolar, que garanticen al alumnado la práctica diaria de
actividad física (1 hora al día).


El Informe Eurydice sobre Educación Física y deporte en la escuela en Europa (2013), señalaba que el 80 % de los escolares sólo practican actividad física en horario escolar. Si bien las diferentes CCAA cuentan con programas de fomento de
la actividad física en el contexto educativo (deporte en edad escolar, actividades extraescolares, recreos y descansos activos, etc..), la accesibilidad del alumnado a ellos es limitada, por disponibilidad horaria, por dificultades de las familias
para compatibilizar su día a día con actividades extraescolares, o simplemente por decisión del alumnado al preferir otros entretenimientos más sedentarios.


Tal y como recoge el Informe Eurydice, el número de horas prescrito para la materia de Educación Física varía muy significativamente de un país a otro, así como entre unas y otras etapas educativas. España, se deriva del informe, se
encuentra en la franja más baja de la Unión junto a Malta y Turquía, ocupando los primeros puestos Francia y Austria. En general, la proporción de horas lectivas recomendadas para Educación Física se encuentra por debajo de otras asignaturas.


La población escolar es determinante para la construcción de una sociedad físicamente activa en su día a día. El 100 % de la población de 6 a 16 años convive durante casi un tercio de su día a día de lunes



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a viernes, en el contexto escolar, con profesionales de la actividad física y el deporte. Esto significa que las autoridades educativas cuentan con los espacios, los recursos y los profesionales adecuados para desarrollar políticas
efectivas de fomento de la actividad física y el deporte.


La infancia es la etapa vital ideal para la educación en la concienciación y promoción de hábitos de vida activos, y así conseguir futuros adultos con vida más saludable. Además, estos hábitos no sólo facilitan y mejoran la salud de los
niños, sino que también inciden muy positivamente en sus procesos de integración y socialización, mejorando la educación en valores -trabajo en equipo, respeto o el valor del esfuerzo y de la constancia- y el desempeño y rendimiento académicos.


Otro aspecto destacado es que la práctica de actividad física en el contexto escolar favorece el fomento de la igualdad de oportunidades; el trabajo inclusivo, cooperativo y colaborativo [...] La Educación Física escolar es de los pocos
contextos en los que, en términos físico-deportivos, no hay una selección de la población por criterios técnico-deportivos, de habilidad, etc. Las clases de Educación Física se desarrollan por grupos -y aulas heterogéneas, favorece el aprendizaje y
la vivencia de la práctica físico-deportivo en contextos naturales, sin selecciones por nivel deportivo, por el tipo de actividad a realizar, etc... Es un contexto representativo de la sociedad en la que vivimos.


Según el último informe PISA, los países con mejores resultados académicos dedican más porcentaje de tiempo escolar a la Educación Física. En España, el porcentaje que se dedica a la Educación Física es inferior con respecto a otros países,
especialmente en ESO.


El aumento de horas en Educación Física se ha venido defendiendo desde varias vertientes, entre otras, la Educación Física como primer eslabón del sistema sanitario (prevención), la Educación Física como potenciador del desarrollo cognitivo,
la Educación Física como freno a la pandemia a la obesidad y al sobrepeso, la Educación Física como agente del desarrollo de valores positivos y democráticos,[...].


Sin embargo, este potencial de la Educación Física para la consecución de los objetivos de primaria y secundaria que se establece en la LOMLOE no se refleja en la carga horaria que tiene en los currículos escolares. No es posible acometer
estos objetivos si no se le da el tiempo para ello.


Las administraciones educativas están obligadas a garantizar que toda la población española en edad de escolarización obligatoria pueda acceder a una mayor y necesaria formación en Educación Física y práctica de actividad física.


La Disposición adicional cuadragésima sexta de la LOMLOE, 'Promoción de la actividad física y la alimentación saludable' establece que 'las Administraciones educativas adoptarán medidas para que la actividad física y la alimentación
saludable formen parte del comportamiento infantil y juvenil'. Esta disposición pone énfasis en que 'dichas Administraciones promoverán la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte del alumnado durante la jornada escolar [...] para
favorecer una vida sana y autónoma, para promover hábitos saludables de alimentación y la movilidad activa, reduciendo el sedentarismo'.


Añade, además, que 'los centros impulsarán el desarrollo de actividades docentes en espacios abiertos y entornos naturales. El diseño, coordinación y supervisión de las medidas que a estos efectos se adopten serán asumidos por el
profesorado con cualificación o especialización adecuada en estos ámbitos'.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, y siguiendo las recomendaciones y directrices de la OMS, de la UNESCO y de la Unión Europea, a:


1. Incrementar las sesiones y el horario del currículo de la Educación Física en la educación primaria y secundaria hasta alcanzar, como mínimo, las 3 horas lectivas.


2. Seguir impulsando la Estrategia de Fomento de la Actividad Física y lucha contra el sedentarismo con las necesarias campañas de promoción, formación y sensibilización exigibles.


3. Potenciar la actividad de los centros escolares como promotores y coordinadores de la actividad física y el deporte, y las posibilidades de utilizar de forma eficiente los espacios deportivos con los que cuentan tanto estos centros como
el municipio al que pertenecen, para beneficio de los escolares y de la población en general.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Beatriz Jiménez Linuesa, Óscar Clavell López y Sandra Moneo Díez, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/003741


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a introducir la materia de
Educación Física en los ciclos formativos de Grado Básico, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


Las recomendaciones de la OMS sobre actividad física, una vez analizadas las consecuencias del sedentarismo ocasionado por la pandemia del COVID-19, identifican la actividad física como motor esencial de una vida saludable.


El ejercicio físico en la edad escolar, y la adquisición de su hábito para el resto de la vida, supone una mejora en la salud física, mental, social, etc, de todas las personas.


Supone una mejora en el rendimiento académico, una mejor integración social y afecta a la mejora en el tratamiento de más de 20 enfermedades, además de ser uno de los pilares básicos para prevenir la otra gran pandemia, que es la obesidad.
Además, la actividad física regular puede ayudar a establecer rutinas y establecer hábitos.


Para mejorar la salud y el bienestar, la OMS recomienda los siguientes niveles de actividad física al menos hasta los 18 años de edad:


- Todos los niños y adolescentes deben practicar una actividad física de intensidad moderada o alta durante un mínimo de 60 minutos diarios.


- Al menos 3 días por semana, esto debe incluir actividades que fortalezcan los músculos y huesos.


- Hacer ejercicio durante más de 60 minutos diarios aporta beneficios adicionales para la salud.


Las diferentes leyes educativas han contemplado la necesidad de incluir dentro de los currículos el área de educación física desde edades tempranas. Desde la etapa de infantil a 1.o de bachillerato se ha hecho necesario y fundamental para
el desarrollo integral de nuestros alumnos la práctica deportiva mediante esta área, no así en los ciclos de formación profesional básica, en los que no se desarrollan módulos de esta disciplina, aunque los alumnos se encuentren en las mismas edades
que los que cursan ESO y bachillerato.


Se ha de tener en cuenta que, en el alumnado de Formación Profesional, la Educación Física repercutirá positivamente en la adquisición de habilidades, a través de situaciones de aprendizaje y control motor aplicadas, que les permitan
adaptarse a las modificaciones laborales que puedan producirse a lo largo de su vida en su persona, afectando a aspectos corporales, cognitivo y de hábitos de vida. Esta materia es fundamental para la prevención de riesgos laborales, ya que aporta
contenidos esenciales para el desempeño laboral relacionados con el manejo de cargas, la higiene postural y la formación en primeros auxilios.


Junto con la importancia de esta materia en la orientación profesional de gran parte del alumnado, ya que en muchos casos continuarán sus estudios en Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de la familia de las actividades físicas y
deportivas, en Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial, en el grado de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o en carreras universitarias de Ciencias de la Salud en las que el ejercicio físico es un contenido cada vez más común.


La necesidad que demanda la sociedad de una vida saludable como guía de una buena calidad de vida supone que prestemos atención a la realización de práctica deportiva, así como de unos hábitos saludables y el conocimiento y cuidado del
cuerpo desde el ámbito educativo. Es esencial que esos conocimientos y prácticas se extiendan a lo largo de toda la vida escolar y desde diferentes tipos de enseñanza a través de un área tan importante como la educación física.


Por todo ello se propone para su debate y votación la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a introducir la enseñanza de Educación Física en los ciclos formativos de Grado Básico, como materia de actividad física y salud en el ámbito de Ciencias



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Aplicadas, con la finalidad de ofrecer una formación que mejore la calidad de vida de nuestros jóvenes y promover su salud.


Asimismo, se incluirá entre los Indicadores del Sistema Educativo que elabora anualmente el Ministerio de Educación y Formación Profesional los correspondientes a la enseñanza y práctica de la Educación Física en el sistema educativo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Beatriz Jiménez Linuesa y María Sandra Moneo Díez, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003752


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Georgina Trías Gil, don Joaquín Robles López, doña María Reyes Romero Vilches, don José Ramírez del Río, doña María Teresa López Álvarez y doña Mireia Borrás Pabón, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al currículo de la asignatura de Historia España y
las recomendaciones de la Real Academia de la Historia, para su discusión en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


Único. Tras la publicación del borrador de proyecto de Real Decreto por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del bachillerato, la Real Academia de la Historia, cumpliendo su cometido estatutario y con el respeto y la
lealtad institucional debidas, ha hecho llegar a las autoridades sus reflexiones sobre la enseñanza de la materia 'Historia de España' (sic). Este informe se despliega en seis puntos fundamentales:


I. Importancia del valor formativo de la Historia.


II. Objeciones al presentismo y la excesiva contemporaneidad.


III. Objeciones a la reducción de contenidos históricos y sobrerrepresentación de contenidos sociológicos, politológicos y económicos.


IV. Otros aspectos sujetos a mejora y perfeccionamiento.


V. Propuesta de programa.


VI. Demanda de un mayor peso de la Historia en el horario.


En el punto I se incide en el respeto a la verdad que debe regir esta asignatura que el Gobierno pretende convertir, ignorando cualesquiera criterios científicos y filosóficos, en una construcción ideológica que no busca el conocimiento
preciso de nuestra historia sino una interpretación sesgada, cocinada al gusto ideológico del Ejecutivo.


En los puntos II, y III, en relación con lo ya expresado en el anterior, la Academia señala el método por el que se ideologiza esta asignatura que no es sino el presentismo, la interpretación de la historia desde las coordenadas ideológicas
de los grupos del Ejecutivo en el presente. En esta metodología abundan contenidos exógenos y, muchas veces, completamente arbitrarios que desnaturalizan la Historia de España y la convierten en un mero conglomerado de ideologismos tendentes más al
adoctrinamiento que a la búsqueda de la verdad. Con esta forma de obrar se suprime toda argumentación dialéctica, se impone una única ideología, una única visión de la historia, se elimina la posibilidad de una filosofía de la historia de España y
se obliga a editores, profesores y alumnos a considerar sólo aquellos aspectos que publicitan un sistema doctrinal cuyo único fin es denostar la unidad y la identidad de España, disolviéndola en un conglomerado artificial de mentiras y medias
verdades. El dogmatismo y la falsedad de esta maniobra del Gobierno se revela por la necesidad imperiosa de suprimir cualquier otra filosofía de la historia que no comulgue con este sistema doctrinal del PSOE y sus aliados de UP.



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De este modo, también se atenta contra la libertad de cátedra, de opinión y de pensamiento. El autoritarismo del Gobierno y su decidida voluntad de imponer por ley una única visión de la Historia de España, eliminando, por la vía del
decreto, todo disenso con esta nueva 'versión oficial', refleja, de modo claro y distinto, que este Gobierno de la Nación está más interesado en la mentira y la tergiversación, en la construcción de un relato ajustado a sus intereses ideológicos y
adoctrinadores, que en el conocimiento y la formación intelectual de los alumnos españoles.


Desde el grupo VOX recordamos que la libertad de cátedra es un derecho reconocido en la Constitución en su art. 20.1.c) referente a los derechos fundamentales y las libertades públicas.


El tribunal Constitucional, en Sentencia del 5/1981, y el Tribunal Supremo, en sentencia del 30 de diciembre de 2005 (sala III, Sección 7.ª), han reconocido un doble contenido a la libertad de cátedra:


1) Contenido positivo: La libertad de cátedra está relacionada con la existencia de una ciencia libre (y libremente transmisible) no sometida a criterio oficial, en el sentido positivo de libre exposición de la propia investigación y de la
orientación de los contenidos docentes. Además, la libertad de cátedra supone las ideas o convicciones que cada profesor asume como propias en relación con la materia objeto de su enseñanza.


2) Contenido negativo: consiste en la facultad de oponerse a la imposición de una orientación ideológica determinada; o, dicho de otra manera, la libertad de cátedra es una noción incompatible con la existencia de una ciencia o doctrina
oficiales.


Y, precisamente, lo que señala este informe de la Academia es que el borrador del Ministerio de Educación y Formación Profesional abre la puerta a una doctrina oficial de la Historia de España en la que este derecho, reconocido por los
tribunales y por la Constitución, decaería en favor del interés ideológico gubernamental en imponer su sistema doctrinal.


Pero no solamente existen rigurosos textos jurídicos que contradicen esta ofensiva del Gobierno. Desde el punto de vista del rigor gnoseológico, constituye un auténtico disparate obviar el carácter dialéctico de las disciplinas históricas y
la necesidad de mostrar el reverso y el anverso de las diferentes interpretaciones posibles.


Ante su descarada y tendenciosa manipulación ideológica de la historia, el Grupo Parlamentario VOX defiende un currículo lo más objetivo posible, que recoja las diferentes interpretaciones de los acontecimientos históricos más relevantes y
que incluya las tesis de los autores más sobresalientes, que entregaron su trabajo y su esfuerzo a esclarecer y presentar nuestra historia común desde la verdad y la objetividad. La asignatura de Historia de España no puede ser una excusa para que
el Gobierno imponga la propaganda sobre el rigor, la ideología sectaria y parcial sobre la necesaria discusión y la visión unilateral frente a la multiplicidad de matices.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que tome en consideración, en el proceso de elaboración del proyecto de Real Decreto por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del bachillerato, las alegaciones
presentadas por la Real Academia de Historia y, en concreto, a las siguientes:


1) Elaborar un currículo enfocado a dar un mayor valor formativo a la Historia como herramienta imprescindible para incrementar la dignidad y libertad intelectual de las personas.


2) Conceder más espacio y relevancia a los procesos históricos previos a la 'Contemporaneidad' como son la Prehistoria, Historia Antigua, Media y Moderna.


3) Elaborar un programa alternativo en el que el estudio de las 'Sociedades en el tiempo' constituya parte fundamental y medular de los 'saberes básicos.''


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Mireia Borrás Pabón, Georgina Trías Gil, Joaquín Robles López, María Teresa López Álvarez, María de los Reyes Romero Vilches y José Ramírez del Río, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/003757


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la Diputada Marta Rosique i Saltor y del Diputado Jordi Salvador i Duch al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre el cumplimiento del Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se garantizan los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales para su debate en instancia de
Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


El 12 de agosto de 2021 entró en vigor el Real Decreto-ley 9/2021, conocida como la Ley Rider, tras meses de negociaciones con la patronal y los sindicatos, incluyendo en la normativa laboral la obligatoriedad de que las plataformas de
reparto a domicilio contratasen formalmente a sus repartidores autónomos.


Tras cinco meses de su puesta en marcha, no se ha logrado que los casi 30.000 repartidores del sector tuviesen un contrato por cuenta ajena, tal y como marca la ley.


Pese al enorme esfuerzo realizado por algunas plataformas para adaptar el modelo operacional a los nuevos requerimientos legales, nos encontramos que otras compañías siguen operando con el modelo de trabajadores autónomos, violando
deliberadamente la nueva normativa aprobada en las Cortes Generales, y generando una distorsión en el mercado que perjudica al resto de compañías que sí cumplen con la ley.


Este posicionamiento, aparte de incumplir con la ley, afecta al proceso de transformación del modelo de negocio de las compañías que si se han adaptado al nuevo escenario legal, ya que, por un lado, dificulta y ralentiza la contratación de
repartidores, al preferir muchos de ellos seguir con un modelo de autónomos y, por otro lado, al seguir trabajando con un modelo de autónomos, su estructura de costes es menor, generando una desventaja competitiva para las compañías que se han
adaptado a la nueva normativa.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Adoptar todas las acciones legales a su alcance para que las compañías del delivery cumplan escrupulosamente con el Real Decreto-ley 9/2021, denominada como Ley Rider.


2. Dotar, en el plazo máximo de 6 meses desde la aprobación de la presente iniciativa, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de los recursos necesarios y realizar los traspasos competenciales requeridos por parte de Conselleria
d'Empresa i Treball de la Generalitat de Catalunya en relación con el cuerpo de ITSS de la Generalitat, con la correspondiente dotación presupuestaria, para garantizar el correcto cumplimiento, por parte de todos los operadores, del Real Decreto-ley
9/2021.


3. Que la Inspección de Trabajo incida e incremente su trabajo de supervisión con aquellas empresas que, de forma reiterada, están infringiendo la ley.


4. Convocar, en el plazo máximo de 6 meses desde la aprobación de la presente iniciativa, a los agentes económicos del sector a mantener un diálogo social, con el fin de garantizar una competencia equilibrada, justa y adecuada a la nueva
normativa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2022.-Marta Rosique i Saltor y Jordi Salvador i Duch, Diputados.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.



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161/003762


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la inclusión de las personas mayores en los servicios de banca digital, para
su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


A pesar de que la digitalización es un gran avance que nos permite mejorar nuestras gestiones cotidianas, ganando calidad de vida, hay ciertos sectores de la población, como las personas mayores, que se han visto afectadas negativamente por
la implantación masiva de servicios digitales que, si bien ya existían, han consolidado enormemente su presencia y uso a raíz de la pandemia.


Para estas personas, más de nueve millones según los últimos datos del INE, el cierre progresivo de oficinas bancadas unido al auge de la banca digital, está provocando situaciones que pueden llegar a ser motivo de exclusión social.


Según la Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España (UDP) en su informe de 2019 sobre banca digital, la mayoría de las personas mayores en nuestro país no son usuarias de banca online (76,9 %). Al 22,9 % que sí lo son, en su
mayoría para realizar gestiones como consultar la cuenta o hacer transferencias, les resulta sencillo y se manejan bien a pesar de que el 60,1 % afirman que no han recibido asesoramiento o formación por parte de su banco en ningún momento. Además,
la inmensa mayoría de personas entrevistadas en la muestra prefiere la atención personal para realizar las gestiones bancadas (83,2 %), frente a un 7,1 % que opta por internet y un 0,4 % que se decanta por la atención telefónica.


Las personas mayores adolecen casi siempre de los medios y conocimientos necesarios para usar los servicios de banca digital y, por otra parte, cada vez les resulta más difícil acceder a una oficina física donde puedan ser atendidos para
cobrar su jubilación o pensión, bien porque hayan restringido notablemente los horarios de atención directa bien porque directamente hayan desaparecido. Según un informe realizado por el Banco de España, actualmente ya se han cerrado más oficinas
que las que quedan abiertas, dejando a 1,3 millones de personas en lo que denominan 'vulnerabilidad en el acceso al efectivo'. En la misma línea se pronuncia la Comisión Europea, que en documentos recientes constata el aumento de la vulnerabilidad
financiera debido a la pandemia e indica que los derechos de los usuarios vulnerables deben ser especialmente protegidos en este imparable contexto de digitalización; así como el Ministerio de Consumo, que se ha interesado por conocer el despliegue
de redes de acceso al efectivo y otras gestiones básicas en itinerancia en aquellos lugares donde ya no hay oficinas.


La realidad es que hay personas mayores que, al no usar internet y no existir alternativa, se están quedando sin realizar algunas gestiones cotidianas importantes, como puedan ser solicitar una cita médica, obtener información, descargar
certificados o hacer compras. Además, no sólo existe dificultad en el mundo virtual, pues los trámites telefónicos siguiendo instrucciones de una máquina también suponen en muchas ocasiones un hándicap insalvable.


La propia inclusión de las personas mayores en el mundo bancario digital parte a menudo de premisas erróneas, pues ofrece un acceso a estos potenciales usuarios de sus servicios basado en la misma tecnología que no dominan; así, para
explicarle las condiciones de banca digital a una persona que no se maneja en internet debido a su edad le envían un enlace URL y un código QR, por lo que es imposible que esta inmersión se dé con alguna garantía de éxito, precisando de una ayuda
constante que les hace dependientes de otros, normalmente sus familiares directos.


Este panorama, sin embargo, no puede dar a entender que las personas mayores sean indiferentes o estén reticentes a incorporar nuevas habilidades y competencias que les permitan relacionarse y gestionarse de otra forma, pues su principal
dificultad reside en que no obtienen un acompañamiento adecuado en el proceso de aprendizaje, cuando éste -en el mejor de los casos- se da como en casi todos los ámbitos, además, las variables de mayor edad, menor nivel formativo y menor poder
adquisitivo correlacionan negativamente con el uso de los servicios digitales de todo tipo.


Aun así, muchos mayores son usuarios asiduos de aplicaciones de mensajería, prensa online o videollamadas. Todas estas herramientas son básicas para el desarrollo socioafectivo, intelectual y relacional, debiendo ampliarse el espectro de
posibilidades en el mundo virtual para garantizar el derecho a la información y la plena inclusión de estas personas en la sociedad actual.



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Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar, en todo el territorio y especialmente en las zonas rurales, que las entidades financieras garanticen en sus canales de relación con su clientela una atención personalizada, que
atienda a las características de la zona geográfica en la que reside la persona en términos de población y el nivel de competencias digitales de dicha persona, a fin de que las personas mayores puedan ver satisfecho su derecho básico a la inclusión
bancaria, en consonancia con el Plan de Competencias Digitales y para que sea viable su implantación e impacte en colectivos que precisan de acompañamiento y apoyo humano para desarrollar dichas competencias, considerados prioritarios por el propio
Plan.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Carmen Baños Ruiz, Diputada.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias del Diputado del PDeCAT Ferran Bel i Accensi, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la Comisión de Seguridad Social y
Trabajo, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a controlar el fraude laboral ocurrido en la contratación de becarios, limitándola a personas que estén cursando estudios universitarios, formación profesional o másters.


Exposición de motivos


Según la encuesta inserción laboral de los titulados universitarios 54 realizada por el INE (10/2019), que analiza datos de personas graduadas en el curso 2013-2014, después de cinco años de haberse graduado, existe un 4.8 % de personas que
siguen con contratos de becarios, formación o en prácticas. Esto, según el informe 'The experience of traineeships in the EU' 55 ('La experiencia de los becarios en la Unión Europea'), es más significativo en personas recién graduadas, pues el 67 %
realizan prácticas curriculares una vez finalizados sus estudios y el 28 % encadenan este tipo de contratos de forma consecutiva al menos dos veces. Por último, según datos de 2019 del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), solo el 30 % de
estos profesionales podrán optar a seguir formando parte de la plantilla de la empresa.


El ánimo de los convenios de becario nace en el entorno científico y de la investigación donde los estudiantes pueden compatibilizar los estudios con la investigación. Sin embargo, esta figura se utiliza de forma fraudulenta en diversos
supuestos.


En primer lugar, al poder aplicarse a profesionales que han terminado sus estudios universitarios o de formación profesional mediante la instrumentalización de centros docentes cuyo objetivo es únicamente proveer de convenios que regularicen
la relación entre empresa y trabajador durante un período de tiempo que va de los 3 a los 12 meses (ejemplo 56).


En segundo lugar, al existir la posibilidad de que el becario labore durante cuarenta horas semanales, equiparable a una jornada laboral completa, sin tener que ser remunerado por eso ni tener la posibilidad de tener vacaciones retribuidas,
entre otros derechos laborales.


Por último, cuando el becario ocupa un puesto en la estructura organizativa de la empresa y las tareas que se le asignan son equiparables a las de sus compañeros que tienen otra tipología de contratos y exista rotación periódica para ocupar
el mismo puesto. Así pues, debe evitarse que las posiciones de becarios formen parte del organigrama de los equipos de la empresa como persona de soporte a un


54 https://www.ine.es/prensa/eilu 2019.pdf


55 https://europa.eu/eurobarometer/screen/home


56 https://escueladeempresa.com/



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trabajador o como parte de una unidad para que, al finalizar estas becas, tengan posibilidades reales de poder optar a formar parte de la empresa si su desempeño así lo merece.


Por todo ello, los diputados del PDeCAT presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar las modificaciones normativas necesarias para un mayor control del fraude laboral en personas que, habiendo acabado sus estudios universitarios, formación profesional o másters son contratadas como becarias a través de convenios
con entidades privadas de formación que les proveen de cursos online y que, en su práctica totalidad, no evalúan al alumno ni los currículums lectivos son fiscalizados por el Ministerio de Universidades.


2. Confeccionar un estatuto de la persona en prácticas que recoja todos sus derechos y vele por estos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2022.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a Instancias del Diputado del PDeCAT Ferran Bel i Accensi, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la Comisión de Seguridad Social y
Trabajo, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a adoptar las modificaciones normativas necesarias para la creación de un régimen especial de autónomos para jóvenes menores de 30 años con ingresos inferiores al SMI y dedicación de
menos de 20 horas semanales que compatibilizan el trabajo con los estudios.


Exposición de motivos


Según un estudio 57 elaborado por la empresa Educa-system, el sector del profesorado que imparte clases particulares sin estar dados de alta en la seguridad social mueve anualmente 1.800 millones de euros sin aflorar al erario. Cerca de 1,7
millones de estudiantes acuden a uno de los más de 400.000 profesores que, titulado o no, realiza su trabajo ajeno al marco legal actual.


La mayor parte de estos profesores son jóvenes estudiantes de bachillerato o educación universitaria menores de 30 años que complementan con las clases particulares la ayuda que reciben de sus familiares, Estado u otros trabajos por cuenta
propia o ajena. En la actualidad, todos aquellos que quieren complementar sus ingresos con un trabajo a cuenta propia, para no salir del marco de la legalidad sólo tienen dos opciones: O pagar la cuota de autónomos actual de 50€ el primer año o
trabajar por cuenta ajena en una academia o empresa educativa con un contrato por cuenta ajena. Teniendo en cuenta que la gran mayoría tienen una dedicación parcial complementaria a los estudios a jornada completa, ambas opciones no son realistas,
incentivando a los jóvenes de ser retribuidos en negro.


Contrariamente a lo que sucede en España, donde el sector de los servicios a las personas, entre ellos las clases de refuerzo escolar, no está regulado, en Francia está en auge y en los últimos diez años ha duplicado su facturación al pasar
de 6.000 millones a 14.200 millones de euros (Ley Borloo del 26 de julio de 2005). Bélgica y Suecia han seguido el modelo de la regulación, mientras en Italia está en pruebas, según los datos de Educa-system 58.


La mencionada problemática se extiende a otros trabajos realizados en gran parte por estudiantes como el cuidado de niños o mascotas. El régimen especial de autónomos que proponemos se limitaría únicamente a jóvenes menores de 30 años, con
ingresos inferiores al Salario Mínimo Profesional (SMI) y que compatibilizan su trabajo con estudios superiores a dedicación completa. Regular esta problemática


57 https://www.eleconomista.es/noticias/noticias/4004389/05/12/Las-dases-particulares-mueven-cada-año-1800-millones-en-neero.html


58 https://www.eleconomista.es/noticias/noticias/4004389/05/12/Las-clases-particulares-mueven-cada-año-1800-millones-en-negro.html



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en España aportaría considerables beneficios económicos y sociales, tanto a los jóvenes, como a las arcas públicas. Por un lado, se dotaría de más seguridad laboral a los jóvenes, quienes estarían dados de alta en la Seguridad Social. Por
otro lado, ésta recaudaría las mencionadas cuotas y se afloraría economía sumergida, resultando en más recursos para invertirlos en servicios públicos de calidad.


Por todo ello, los diputados del PDeCAT presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las modificaciones normativas necesarias para la creación de un régimen especial de autónomos para jóvenes menores de 30 años con ingresos inferiores al SMI y dedicación de menos de
20 horas semanales que compatibilizan el trabajo con los estudios. Por ello se propone la instauración de una cuota equivalente al valor más bajo entre el 10 % de la facturación y 25€ sin límite temporal, siempre y cuando se cumplan los tres
requisitos mencionados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2022.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/003768


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley en apoyo a la candidatura de Jaén a la ciudad creativa gastronómica para el año
2023, para su debate en la Comisión de Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


En el año 2004, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) creó la Red de Ciudades Creativas. Su objetivo es posicionar la creatividad y sus industrias culturales en el centro de los planes de
desarrollo local de las ciudades, el intercambio de saberes y la cooperación a nivel internacional con otras sedes en los diferentes ámbitos que engloban la Red. Dicha iniciativa atiende a siete campos temáticos: artesanía y artes populares, arte
digital, cine diseño, literatura, música y gastronomía.


Las ciudades interesadas en acceder a dicha Red, según la propia UNESCO, han de presentar una candidatura que muestre su compromiso y capacidad para contribuir a los objetivos anteriormente descritos. Un elemento necesario es la capacidad
para promover la cooperación a nivel internacional entre ciudades que identifiquen uno de esos siete campos como estratégico para el desarrollo urbano sostenible de sus ciudades.


Adherirse a dicha Red tiene grandes beneficios, puesto que permite aumentar el potencial creativo en un ámbito, repercutiendo positivamente en el desarrollo económico y, también, en una mejora de la competitividad turística del destino.


En España ya existen diez ciudades que se encuentran en dicha Red: Barcelona y Granada en la categoría de literatura; Sevilla y Llíria en música; Bilbao en diseño; Burgos y Dénia en gastronomía; Terrassa y Valladolid en cine y, por
último, Manises en artesanía y arte popular.


Recientemente, la ciudad de Jaén ha manifestado su intención de presentar su candidatura a la Red para el año 2023 en la categoría de gastronomía. La ciudad, con un alto potencial gastronómico, quiere posicionarse como destino para aquellos
visitantes que buscan un gastroturismo de calidad y de vanguardia. La ciudad cuenta con dos restaurantes con estrella Michelín y una amplia red de restaurantes recomendados en las principales guías de gastronomía. Ello, sumado a la alta calidad de
productos de la tierra, como el aceite, avalan dicha candidatura.


Asimismo, la candidatura de la ciudad de Jaén permitiría avanzar en la implementación y logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible de las



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Naciones Unidas. Se hace necesario generar un destino turístico coherente y respetuoso con el medioambiente que permita al viajero conocer la identidad, origen y cultura de la gastronomía.


El apoyo de iniciativas de ámbito internacional por parte de las administraciones resulta imprescindible, puesto que su apoyo a través de políticas concretas permite una mejora de la competitividad y posicionamiento en el mercado turístico.
Muestra de ello es la Estrategia de Creación, Innovación y Fortalecimiento de la Oferta País y el Programa Experiencias Turismo España que ha puesto en marcha el Gobierno de España con el objetivo de fortalecer y mejorar las experiencias turísticas
para su posterior promoción internacional.


Del mismo modo, todo lo anteriormente expuesto favorecería directamente al sector hostelero y comercial de la ciudad, muy golpeado por la crisis sanitaria de la COVID-19, que resulta parte imprescindible para lograr que Jaén se convierta en
Ciudad Creativa gastronómica de la UNESCO en el año 2023.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apoyar la candidatura de Jaén como 'Ciudad Creativa' de la UNESCO en la categoría de gastronomía para el año 2023 y recabar el apoyo de todos los Grupos Parlamentarios del Congreso a la misma.


2. Colaborar con todas las administraciones implicadas con el objetivo de desarrollar una candidatura de gran potencial gastronómico y permitir, de este modo, mejorar la competitividad de la ciudad como destino turístico.


3. Mantener el compromiso de España con iniciativas de este ámbito y alcance internacional que permitan contribuir al turismo y al crecimiento económico en el marco del programa 'Experiencias Turismo España' del Plan de Modernización y
Competitividad del sector turístico financiado con los fondos Next Generation EU.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2022.-Juan Francisco Serrano Martínez, Felipe Jesús Sicilia Alférez, Laura Berja Vega y Adolfo Pérez Abellás, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del
Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/003727


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias de los Diputados del PDeCAT Ferran Bel Accensi y Genís Boadella I Esteve, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la
Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a apremiar al sector bancario a contener el cierre de sucursales bancarias, especialmente en el medio rural, y a
habilitar secciones en éstas para atender presencialmente a las personas mayores, y sin trabas tecnológicas.


Exposición de motivos


Con creciente frecuencia el colectivo de la tercera edad se ve absolutamente abrumado cuando tiene que hacer cualesquiera gestiones bancarias, al encontrarse en numerosas ocasiones con trabas burocráticas y dificultades técnicas para
realizar las más sencillas de las operaciones como actualizar la libreta de ahorros o sacar efectivo del cajero, al no ofrecer muchas entidades bancarias, u ofrecer en horario reducido, atención presencial a sus clientes, derivando numerosos
trámites a la operativa online. De entre estos, los seniors son quienes mayores barreras de acceso a los servicios bancarios encuentran, dados sus menores y más limitados conocimientos tecnológicos vinculados a la operativa bancaria. Hacer una
transferencia mediante una aplicación online puede convertirse en toda una odisea para una persona mayor.



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A esto hay que añadirle que la atención personalizada en sucursal lleva menguándose más de una década, fruto de la reducción de los horarios de atención al público de las sucursales y el drástico cierre de oficinas, que en apenas 10 años se
han reducido a menos de la mitad. Esta situación es especialmente preocupante en el medio rural, aquejado ya de por sí de una creciente despoblación y un importante reto demográfico, que acentúa más si cabe la exclusión financiera de sus
habitantes, al tener que desplazarse a pueblos o ciudades cercanas para disponer de dinero en efectivo. El caso es especialmente acuciante para los ciudadanos del medio rural de la tercera edad, al tener muchos de ellos problemas de movilidad,
requiriendo de la ayuda de familiares o amigos para llevar a cabo dichos desplazamientos.


Las personas mayores constituyen un colectivo de vital interés y al que se debe conceder especial protección, por su riego vulnerabilidad. Como sociedad tenemos el deber moral de proporcionar a nuestros mayores todos los cuidados y
facilidades que requieran, por haber construido la sociedad en la que vivimos, habida cuenta además de que cada vez habrá más gente sénior en nuestra sociedad.


En este sentido, la población en España se contrae y está sufriendo un proceso de envejecimiento, con un porcentaje de personas mayores de 65 años del 20 %, por un porcentaje de niños respecto a la población total de tan solo el 14 %.
España presenta una pirámide de población regresiva, típica de países desarrollados, con unas tasas de natalidad y mortalidad bajas y un crecimiento natural muy bajo. Se trata por tanto de una sociedad envejecida, y con tendencia a serlo más.


No es mucho pedir que lo mínimo que merece la tercera edad es disponer de sucursales bancarias más accesibles y cercanas, que les faciliten la vida más que entorpecérsela, en aras de que dispongan de la mayor tasa de autonomía posible y que
gocen de una óptima calidad de vida el máximo número de años posible.


Por todo ello, los diputados del PDeCAT presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a apremiar al sector bancario a contener el cierre de sucursales bancarias, especialmente en el medio rural, y a habilitar secciones en éstas para atender presencialmente a las personas
mayores, y sin trabas tecnológicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2022.-Genís Boadella Esteve y Ferran Bel Accensi, Diputados.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/003736


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Rocío de Meer Méndez, doña María de los Reyes Romero Vilches, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, doña Lourdes Méndez Monasterio y doña Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputadas del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al apoyo y mejora de la población con problemas de
salud mental y, en particular, de quienes padecen trastorno bipolar, para su discusión en la Comisión de Derechos sociales y Políticas integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. Trastornos de bipolaridad, tipología y causas.


El trastorno bipolar se define como 'una enfermedad psiquiátrica que consiste en la alteración cíclica y recurrente del estado del ánimo, entre episodios de depresión, de manía y mixtos' 59. Por su parte, el National Institute of Mental
Health estadounidense lo define como 'un trastorno mental que puede ser crónico o episódico (lo que significa que ocurre ocasionalmente y a intervalos irregulares). Puede ocasionar cambios inusuales, a menudo extremos y fluctuantes en el estado de
ánimo, el nivel de energía


59 LEMOS TORRES, K. E y OO. AA., 'Trastornos Bipolares', Revista de Posgrado de la Vía Cátedra de Medicina, 2008, n.º 177, p. 22. Acceso en línea: https://med.unne.edu.ar/revistas/revista!77/5 177.pdf



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y de actividad, y la concentración. Al trastorno bipolar a veces se le denomina trastorno maniacodepresivo o depresión maníaca, que son términos más antiguos' 60.


Atendiendo a la Guía de consulta de los criterios diagnósticos del DSM-5 61, existen tres variantes de trastornos de bipolaridad (tipo I 62, tipo II 63 y ciclotimia 64). Todos ellos suponen cambios notables en el estado de ánimo, energía y
niveles de actividad. Según el Instituto Nacional de Salud Mental, 'estos estados de ánimo van desde períodos con un comportamiento extremadamente optimista, eufórico y lleno de energía, o con un mayor nivel de actividad (episodios maníacos), hasta
períodos con un profundo decaimiento, tristeza y desesperanza, o con un bajo nivel de actividad (episodios depresivos). Las personas con trastorno bipolar también pueden tener un estado de ánimo normal (eutímico) que se alterna con depresión' 65.


En relación con las causas que provocan la aparición de trastornos de bipolaridad, 'predomina el componente biológico y un modelo muy aceptado explica la enfermedad como resultado de la combinación de una componente genética con determinadas
situaciones vitales adversas que actúan como desencadenantes. Los efectos probablemente pequeños, aditivos e interactivos de muchos genes confieren una mayor vulnerabilidad personal que posibilita que determinadas situaciones como el estrés, los
periodos de falta de horas de sueño o el consumo de drogas o sustancias estimulantes ocasionen un desequilibrio de sistemas neuroquímicos (serotonina, noradrenalina, dopamina, etc.) y probablemente hormonal que a su vez provocan los síntomas
psíquicos y físicos de la enfermedad' 66.


Los episodios que caracterizan los tres principales tipos de trastornos de bipolaridad -episodios hipomaníacos, maníacos y depresivos- tienen un impacto directo en la vida cotidiana de quienes los sufren y de sus familiares, bajo la forma de
repercusiones desde el punto de vista sanitario, económico y asistencial; entrañan, por lo tanto, un gran sufrimiento personal y familiar.


Los síntomas de los trastornos de bipolaridad pueden causar daño de las relaciones interpersonales, nivel bajo de funcionamiento en el estudio o en el trabajo, y puede[n] culminar con el suicidio' 67. Por ello, el diagnóstico precoz es
crucial, pudiendo gracias a él proporcionar un tratamiento adecuado a la situación concreta de cada paciente, teniendo en cuenta la tipología de los síntomas, así como a las posibles complicaciones que pueda acarrear la enfermedad.


Sin embargo, el diagnóstico de los trastornos de bipolaridad (y, por ende, la estimación de su incidencia) no es tarea fácil, ya que 'la enfermedad se hace evidente después de un largo periodo. Usualmente en el primer episodio no es
diagnosticada debido a que en la mayoría de los casos comienza con un episodio depresivo. Se calcula que alrededor del 10 % de las personas con depresión desarrollen alguna de las variantes de TB' 68. Es importante remarcar que 'después de un
episodio depresivo pueden transcurrir hasta 5 años antes de que ocurra el primer episodio de exaltación del humor, que en muchos pacientes transcurre con una elevación del estado de ánimo que se corresponde con una hipomanía, que presenta menor
deterioro funcional y muchos pacientes no lo consideran como un estado anormal. El grupo holandés de Regger reveló recientemente que solamente el 22 % de los pacientes lograba reconocer sus episodios de hipomanía, contra un 82 % que reconocía sus
episodios depresivos' 69.


60 National Institute of Mental health, Department of Health and Human Services, EEUU. Acceso en línea: https://www.nimh.nih.gov/health/publications/español/trastorno-bipolar


61 Asociación Americana de Psiquiatría, Guía de consulta de los criterios diagnósticos del DSM-5,5.a Edición, Editorial Médica Panamericana, 2013, pp. 123 y siguientes.


62 'Se define por episodios maníacos que duran al menos siete días (la mayor parte del día, casi todos los días) o cuando los síntomas maníacos son tan graves que se necesita atención hospitalaria. Por lo general, también se producen
episodios depresivos separados, que suelen durar al menos dos semanas. También es posible que ocurran episodios de alteraciones en el estado de ánimo con características mixtas (que tienen síntomas depresivos y maníacos al mismo tiempo)'. Ver
National Institute of Mental Health, Department of Health and Human Services, EEUU.


63 'Se define por un patrón de episodios depresivos y episodios hipomaníacos, pero no por los episodios maníacos extremos descritos anteriormente'. Ver National Institute of Mental Health, Department of Health and Human Services, EEUU.


64 'Se define por síntomas hipomaníacos y depresivos persistentes que no son tan intensos ni duran lo suficiente como para calificarlos como episodios hipomaníacos o depresivos. Por lo general, los síntomas ocurren durante al menos dos años
en los adultos y un año en los niños y los adolescentes'. Ver National Institute of Mental Health, Department of Health and Human Services, EEUU.


65 National Institute of Mental health, Department of Health and Human Services, EEUU. Acceso en línea: https://www.nimh.nih.gov/health/publications/español/trastorno-bipolar.


66 ORTUÑO SÁNCHEZ-PEDREÑO, F., 'Trastorno bipolar', Clínica Universidad de Navarra. Acceso en línea: https://www.cun.es/enfermedades-tratamientos/enfermedades/trastorno-bipolar


67 MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, O., y OO. AA., 'Trastorno Bipolar. Consideraciones clínicas y epidemiológicas', Revista médica electrónica, vol. 41, n° 2, 2019, p. 470. Acceso en línea: https://www.medigraphic.com/pdfs/revmedele/me-2019/mel
92n.pdf


68 Op. cit., p. 469.


69 Op. cit., p. 471.



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Algunas publicaciones refieren que 'hasta 69 % de las personas con TB reciben un diagnóstico inicial incorrecto, y la demora en el diagnóstico adecuado puede alcanzar hasta 9 años o más, con la consecuente dilación tanto en recibir un
tratamiento adecuado como, incluso, en haber evitado recibir medicación no apropiada y potencialmente perjudicial. Este último punto en cuanto al diagnóstico precoz es bastante crítico, ya que el suicidio en los pacientes es muy frecuente' 70.


Por último, cabe destacar que los trastornos de bipolaridad 'se manifiesta usualmente en la adolescencia media o tardía o la adultez temprana (15-25 años aproximadamente)' 71. El trastorno bipolar predomina en varones y el trastorno bipolar
II en mujeres 72. Lo cierto es que, según el doctor Saiz Ruiz, jefe del servicio de Psiquiatría del Hospital Universitario Ramón y Cajal de Madrid, 'el mayor pico de prevalencia se da entre los 20 y los 30 años, y los afectados tardan una media de
cinco años en ser diagnosticados' 73.


En España se estima que 'entre el 20 y el 25 % de los españoles padecerán a lo largo de su vida algún tipo de trastorno psiquiátrico. Esto supone que una de cada cuatro personas en nuestro país requerirá atención médica y psicológica a lo
largo de su vida' 74, si bien la bipolaridad se trata de un trastorno de menor incidencia que otros del ámbito de la salud mental. De hecho, si bien se desconocen las cifras exactas de prevalencia de este trastorno, se calcula que son más de un
millón los afectados en España 75. A esta cifra se suman los que, padeciendo sintomatología compatible con el trastorno bipolar, carecen de diagnóstico.


Segundo. Problemática de los trastornos de bipolaridad.


Los trastornos de bipolaridad, de prevalencia creciente, implican toda una serie de consecuencias sociales. Aquellas personas que sufren esta enfermedad 'muestran desventajas serias en parámetros sociales. Los pacientes bipolares reportan
dificultades en el ajuste social principalmente en áreas de trabajo y descanso y sentimientos de baja autoestima aún después de remisión de fases' 76.


Por otro lado, en el caso del empleo, el Instituto Nacional de Estadística (INE) recoge que la tasa de empleo de las personas que padecen problemas de salud mental es del 15,9 % 77, lo que supone que estas tengan el dato de participación
laboral más baja de todas las discapacidades. A su vez, aquellos que sufren problemas de salud mental cobran de media entre un 15 % y un 20 % menos que las personas sin discapacidad 78. Por su parte, según datos de la Confederación de Salud Mental
en España, aproximadamente la mitad de las personas con problemas de salud mental que quieren trabajar no pueden hacerlo, frente a un par del entorno del 20 % en la población general' 79.


En aquellas personas que padecen un trastorno de bipolaridad, la tasa de suicidio es 'de un promedio del 0,4 % anual en los varones y mujeres con un diagnóstico de TB, son al menos 20 veces mayores que las de la población general' 80. La
mayoría de los suicidios en pacientes que sufren un trastorno de bipolaridad 'suelen producirse, generalmente, en la etapa de depresión, caracterizada por un profundo sentimiento de tristeza, melancolía, insomnio, intranquilidad, baja autoestima y
cansancio o falta de interés


70 Ídem.


71 Op. Cit., p. 472.


72 ANDERSON, I., HADDAD, P. y SCOTT, J., 'Trastorno bipolar', revista digital IntraMed, enero 2016. Acceso en línea: https://www.intramed.net/contenidover.asp?contenidoID=78925


73 https://www.larazon.es/atusalud/mas-de-un-millon-de-personas-en-espana-sufren-trastorno-bipolar-CM24823032/#:~:text=Se %20estima %20que %20m %C3 %Als %20de,regulan %20el %20estado %20de %20 %C3 %Alnimo.


74 Instituto de Formación de Intervención Social. Acceso en línea: https://www.ifiseducacion.com/blog/las-enfermedades-mentales-mas-frecuentes-en-espana


75 https://www.larazon.es/atusalud/mas-de-un-millon-de-personas-en-espana-sufren-trastorno-bipolar-CM24823032/?GARCÍA-BLANCO, A., SIERRA, P. y LIVIANOS, L., en 'Nosología, epidemiología y etiopatogenia del trastorno bipolar: últimas
aproximaciones', Elsevier, mayo 2014, refieren una prevalencia media del trastorno bipolar (en todas sus manifestaciones o tipologías) del 6 %.


76 DAGMAR HOLMGREN, G., 'Alteración del funcionamiento familiar en el trastorno bipolar', Revista chilena de neuro-psiquiatría, vol. 43, n° 4, 2005, p. 275. Acceso en línea: https://scielo.conicyt.cl/pdf/rchnp/v43n4/art02.pdf


77 https://www.ivanesalud.com/desempleo-en-personas-con-problemas-de-salud-mental/


78 Ídem.


79 https://www.ivanesalud.com/desempleo-en-personas-con-problemas-de-salud-mental/


80 LÓPEZ-CASTROMAN, J., 'Trastorno bipolar: ¿qué efecto tiene el cumplimiento terapéutico en el riesgo de conductas suicidas?', Revista de psiquiatría y salud mental, 2008, p. 43. Acceso en línea:
https://www.elsevier.es/es-revista-revista-psiquiatria-salud-mental-286-pdf-S188898910970713X



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por las cosas' 81. Por otro lado, según la Clínica Universidad de Navarra, 'entre el 10 % y el 15 % de las personas que lo sufren y no reciben atención médica padecen un alto riesgo de suicidio' 82.


También en la bipolaridad tiene una gran incidencia el consumo de drogas y alcohol. 'El abuso o dependencia de sustancias psicoactivas es muy frecuente en pacientes bipolares [...] Los trastornos afectivos y el abuso de drogas tienen formas
muy variables de presentación que se hacen aún más complejas si ambas patologías se dan juntas' 83. Parece evidente la relación que existe entre el consumo de este tipo de sustancias y los trastornos de bipolaridad, sobre todo en aquellos
individuos que genéticamente sean propensos a desarrollarlos. En este contexto, 'las sustancias que más claramente se han relacionado con estos síntomas son los alucinógenos y las anfetaminas, aunque también la cocaína, el cannabis y otras drogas
de abuso pueden producirlos' 84.


Por último, debemos destacar los eventos adversos que los trastornos de bipolaridad provocan durante el embarazo, que afectan especialmente a aquellas mujeres embarazadas que no son tratadas. 'Dichos eventos incluyen prematuridad, cesárea,
parto instrumental e inducción del parto, microcefalia, hipoglucemia neonatal, etc' 85. Esta situación conlleva la necesidad de 'prevenir una descompensación psiquiátrica en el embarazo [lo que] radica en que esta puede afectar tanto a la madre
como al neonato y conducir a complicaciones tales como insomnio, abuso de sustancias, peor vínculo madre-hijo, incapacidad para cuidar del bebé, delirios, alucinaciones, suicidio e infanticidio' 86.


Tercero. Deficiencias en las ayudas dedicadas a la salud mental y, en particular, a los trastornos de bipolaridad.


1. Escasez de recursos.


Los recursos destinados a la atención de problemas de salud mental, entre los que se encuentran los trastornos de bipolaridad, son muy escasos en España, situándonos por debajo de la media europea: 'España destina un 5 % a salud mental,
ocupando la posición 13, justo por detrás de Hungría y Polonia. La media europea se sitúa en el 5,5 %, pero hay -países que doblan esta media. Alemania destina un 11,3 % de recursos económicos de su gasto en sanidad a la salud mental. Suecia
gasta un 10 % y Reino Unido el 9,5 %' 87. A su vez, como consecuencia del estigma social que sufren aquellos que padecen estos trastornos, la situación empeora.


La emergencia de salud pública provocada por la COVID-19 y las medidas restrictivas de libertades puestas en marcha por las autoridades sanitarias 'ha[n] supuesto un agravamiento de las patologías ya existentes en salud mental y la aparición
de nuevos casos principalmente de ansiedad y depresión, la atención sanitaria se ve colapsada' 88. A ello debemos añadirle, relacionado con los bajos recursos destinados a salud mental, que 'la baja prevalencia de profesionales de Psicología y
Psiquiatría en España, que sería un mínimo de 30 % menor que la media existente en Europa, tiene una incidencia directa en la atención sanitaria y los tiempos de espera para las consultas. En la sanidad pública los tiempos de espera para la primera
cita pueden ser de 2 o 3 meses en Psicología y hasta de un año en Psiquiatría. Después, el tiempo entre consultas puede ser de 1 a 4 meses, cuando lo recomendable es que los pacientes tengan una consulta cada quince días, incluso menos en fases
tempranas del tratamiento' 89.


81 ORGANIZACIÓN MÉDICA COLEGIAL DE ESPAÑA, 'Médicos y pacientes', noviembre 2018. Acceso en línea:
http://www.medicosypacientes.com/articulo/la-tasa-de-suicidio-en-los-pacientes-con-trastorno-bipolar-es-diez-veces-mayor-que-en-la#:~:text=La %20tasa %20de %20suicidio %20en,poblaci %C3 %B3n %20general %20 %7C %20M %C3 %A9dicos % 20v % 20Pacientes


82 Instituto de Formación de Intervención Social. Acceso en línea: https://www.ifiseducacion.com/blog/las-enfermedades-mentales-mas-frecuentes-en-espana


83 PÉREZ DE HEREDIA, J. L., 'Abuso y dependencia de sustancias en el trastorno bipolar', Servicio de Psiquiatría. Hospital 'Santiago Apóstol'. Vitoria, 2001, vol. 3, n.º 2, p. 19. Acceso en línea:
https://www.elsevier.es/es-revista-trastornos-adictivos-182-pdf-13013506


84 Op. cit., p. 21.


85 LEÓN RODADO, B., 'Trastorno bipolar en embarazo y lactancia: Análisis de las pautas de tratamiento según las Guías de Práctica Clínica', RIECS, 2018, p. 50.


86 Ídem.


87 https://isanidad.com/197370/espana-pais-menos-sanitarios-salud-mental-europa-solo-delante-hulearía/#:~:text=Espa %C3 %Bla %20destina %20un %205 %25 %20a,Urudo %20el %209 %2C5 %25.


88 https://www.consalud.es/pacientes/pacientes-salud-mental-piden-atencion-sanitaria-menor-desieualdad 103508 102.html


89 Ídem.



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Todo ello, cuando 'somos el segundo país en prevalencia de los trastornos mentales (depresión, ansiedad y TDAH, los más habituales) con 20.000 casos por 100.000 habitantes' 90. Este 5,16 % equivale, aproximadamente, a 4.000 millones de
euros 91.


Asimismo, la Estrategia de Salud Mental del Sistema Nacional de Salud 2022-2026, recientemente aprobada, no hace mención del trastorno bipolar (a excepción de referencias de ámbito internacional y a efectos meramente estadísticos). Llama la
atención dicha ausencia, toda vez que, si bien no mayoritaria, la prevalencia del trastorno bipolar no es desdeñable, como se ha detallado supra.


2. Diferencias entre Comunidades Autónomas.


Por otro lado, y atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, los trastornos de bipolaridad aparecen recogidos en
el mismo como 'discapacidad moderada (del 25-59 por 100)', en el caso de que concurran 'recaídas frecuentes que requieran tratamiento. Como posible orientación: más de dos al año; más de cinco en los últimos tres años; más de ocho en los últimos
cinco años...', y como 'discapacidad grave (60-74 por 100)' cuando sea 'resistente al tratamiento' 92.


El artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española ('CE') establece que el Estado tiene competencia exclusiva en cuanto a las 'bases y coordinación general de la sanidad'. Se refiere esta facultad, por el lado de las bases, 'a la exigencia
constitucional de que exista un sistema normativo de la Sanidad nacional' (STC 32/1983, de 28 de abril), esto es, que 'la Constitución no solo atribuye al Estado una facultad, sino que le exige que preserve la existencia de un sistema normativo
sanitario nacional con una regulación uniforme mínima y de vigencia en todo el territorio español' (STC 98/2004, de 25 de mayo). Por el lado de la coordinación general, 'persigue la integración de la diversidad de las partes o subsistemas en el
conjunto o sistema, evitando contradicciones y reduciendo disfunciones que, de subsistir, impedirían o dificultarían respectivamente la realidad misma del sistema. En este sentido hay que entender la competencia estatal de coordinación general'
(STC 82/1983).


Esto es, la Administración General del Estado está facultada para, y tiene el deber de, remover cualesquiera inequidades en el acceso al sistema sanitario y desigualdades entre ciudadanos de distintas regiones en este particular.


En este sentido, el reconocimiento y la declaración administrativa del grado de discapacidad vienen regulados en normas de ámbito estatal.


Sin embargo, a las comunidades autónomas les están atribuidas las competencias en materia de 'asistencia social' y de 'sanidad e higiene' (artículo 148.1.20.ª y 21.ª CE), en la actualidad asumidas por todas ellas.


Por ello, es facultad de cada región el procedimiento para la determinación y la concesión del certificado que acredite la referida discapacidad.


El diseño legal mencionado, que se traduce en la existencia de 17 sistemas sanitarios diferentes en España, se concreta también, como se observa, en 17 planes de actuación distintos en materia de trastornos de bipolaridad, y de salud mental
en general, con notables diferencias en cuanto a financiación, duración y propósito. Ello conduce a la existencia de continuas inequidades en el acceso a la prestación sanitaria, generando desigualdades entre los ciudadanos en función
exclusivamente de la región en la que residan.


Por lo tanto, es necesario promover una necesaria armonización entre todos ellos con el fin de garantizar la plena igualdad de todos los españoles en el acceso a la prestación sanitaria, independientemente de su territorio de origen o
residencia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX insta al Gobierno a cumplir con lo recogido en el artículo 9.2 CE, el cual señala que 'corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y
de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social'. No pueden existir
españoles de primera y de segunda categoría en función del territorio en el que residan, y deben ser los poderes públicos los encargados de velar por que no sea


90 https://www.uppers.es/salud-bienestar/noticias-salud/salud-mental-recursos-plan-nacional 18 3250550705.html#:~:text=Espa %C3 %B1a %20gasta %20apenas %20el %205.16,20.000 %20casos %20por %20100.000 %20habitantes.


91 Ídem.


92 https://www.kernelleyal.com/incapacidad-permanente-por-trastorno-bipolar-aboeados/#:~:text=La %20conclusi %C3 %B3n %20es %20que %20el,del %2060 %20al %2075 %25í.



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así, aun con mayor énfasis en materia de salud (artículo 43 CE) y de asistencia social a las personas con discapacidad (artículos 49 y 50).


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, la adopción de medidas de apoyo y mejora de la población con problemas de salud mental y, en particular, de
trastorno bipolar, y, entre otras, las siguientes:


1. Elaborar, en estrecha colaboración con el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, un informe actualizado sobre la incidencia y prevalencia de los trastornos de bipolaridad en
la población española y las necesidades que dicha enfermedad hace surgir en los diagnosticados y en sus familias.


De este informe se dará traslado, en un plazo máximo de tres meses, a la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso de los Diputados.


2. Promover la puesta en marcha de políticas públicas que perfeccionen los procesos de diagnóstico de los trastornos de bipolaridad y de cualesquiera otras enfermedades o alteraciones mentales, como parte inherente a un Plan Nacional de
Prevención del Suicidio.


3. Promover campañas de visibilización de las enfermedades mentales, entre las que destacan los trastornos de bipolaridad, para concienciar sobre su gravedad y remover su carácter de elemento de estigmatización social de quienes las sufren.


4. Analizar, en estrecha colaboración con el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, las diferencias en el acceso de los ciudadanos a la prestación sanitaria frente a
enfermedades de salud mental en las distintas regiones del territorio nacional, con el fin de detectar las inequidades y desigualdades en esta materia por causa del lugar de España en el que se resida y, con base en ese documento, promover la
remoción de tales deficiencias'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio y Georgina Trías Gil, Diputadas.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003750


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, doña Rocío de Meer Méndez, doña María de los Reyes Romero Vilches, doña Cristina Alicia Esteban Calonje, doña Lourdes Méndez Monasterio y doña Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputadas del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a promover ayudas para mujeres embarazadas
destinadas al fomento de la natalidad y protección del no nacido, para su discusión en la Comisión de Derechos sociales y Políticas integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. La crisis demográfica y la lacra del aborto.


España afronta uno de los periodos más dramáticos de su historia en cuanto a la natalidad se refiere, pues se ve sumergida en una crisis demográfica sin precedentes, erigiéndose en uno de los países occidentales con menor tasa de natalidad.
Para ser más precisos, en 2020 España tuvo una tasa de natalidad (cantidad proporcional de nacimientos que tiene lugar en una comunidad en un lapso determinado) de 7,19 %, y un índice de Fecundidad (número medio de hijos por mujer) de 1,19 93.
Estos datos, unidos al


93 https://datosmacro.expansion.com/demografía/natalidad/espana#:~:text=En %202020 %20nacieron %2021411 %20ni %C3 %Blos,mujer)°/o20de %201 %2C19.



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índice Sintético de Fecundidad (ISF), situado en 1,19 hijos, muy por debajo de los 2,1 hijos por mujer -tasa de reemplazo- implican una pirámide poblacional invertida y, por lo tanto, una pérdida poblacional.


Resulta muy llamativa la falta de concienciación social y la poca importancia que nuestras instituciones públicas dedican a un tema de tal envergadura. La situación por la que atraviesa España es límite, pudiendo generar consecuencias
nefastas -tanto a nivel económico y social, como de supervivencia biológica- de muy difícil reversión.


Algunas de las principales consecuencias que debemos destacar son las siguientes: una población 'sobre-envejecida', un considerable incremento de la tasa de dependencia 94, la insostenibilidad del sistema de pensiones 95, menores tasas de
empleo e innovación 96, etc.


Sin embargo, y lejos de proponer soluciones para frenar el 'invierno demográfico' al que nos vemos abocados, los diferentes Gobiernos del PP y del PSOE en los últimos años han optado, entre otras cosas, por promover, alentar y potenciar el
aborto en España.


La evolución legal del aborto en nuestro país discurre desde la aprobación de la primera ley que lo despenalizaba, en el año 1985, hasta la vigente Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción
voluntaria del embarazo. Las cifras del aborto en España son escalofriantes. En el año 2019 el número de abortos se situó en 99.149, 3.232 más que en el año 2018, siendo el tercer año consecutivo en el que aumentan estas cifras. Por cada 1.000
mujeres entre 15 y 44 años, la tasa de aborto se sitúa en 11,53 97. Si echamos la vista atrás y nos situamos en el año 1987, vemos cómo la tasa de aborto por cada 1.000 mujeres era, en cambio, de 1,99 98. Esta preocupante cifra no ha dejado de
crecer, experimentando una indudable tendencia alcista desde 1985 hasta la actualidad, como puede inferirse del presente gráfico:


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Solo entre los años 2011 y 2020 se realizaron en España 1.000.293 abortos, según la información que brinda el sitio web del Ministerio de Sanidad 99.


94 En el año 2019, había en nuestro país '1.385.037 de personas en situación de dependencia reconocida y cerca de 159.190 que se encuentran pendientes de valoración'. ?https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/02/19/abante
asesores/1613733677803856.html#:~:te xt=La %20reaIidad %20en7o20nuestro %20pa %C37oADs,31o/o20de %20díciembre %20de %202019 %2D


95 'Si se capitalizara todo lo aportado a la Seguridad Social para pensiones (por un trabajador y su empresa) y ese trabajador se jubilase a los 65 años, este capital serviría para pagar, aproximadamente, 16 años de su pensión. Pero la
esperanza media de vida de ese trabajador en el momento de jubilarse es, aproximadamente, de veinte años. A medida que aumente la esperanza de vida por encima de la edad de jubilación, mayor será el desequilibrio'. 'La situación demográfica en
España. Efectos y consecuencias', Separata del volumen II del Informe anual del Defensor del Pueblo, Madrid, 2019, pp. 77-78.


96 https://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/IntervencionesPublicas/DirectoresGen erales/economía/Are/Fie/arce270521.pdf


97 https://www.epdata.es/datos/cifras-aborto-estadisticas/247/espana/106


98 https://www.epdata.es/datos/cifras-aborto-estadisticas/247/espana/106


99 https://www.sanidad.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/embarazo/tablas_figuras.htm



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El aborto masivo y deliberado que se facilita en nuestro país -y muchos otros países del denominado 'primer mundo'- provoca la muerte de millones de seres humanos al año. Ello, dejando a un lado su principal implicación ética, resulta
además contraproducente para afrontar la crisis demográfica en la que nos encontramos. Justo es decir que, si los millones de fetos abortados desde 1985 hubieran nacido, el problema demográfico que se cierne sobre España sería probablemente menor.


Las incesantes campañas por parte del Gobierno y su ala feminista más radical en relación con el aborto, que pretenden incluso incluirlo en la carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea 100, van aparejadas del deseo de ocultar,
a la sociedad en general y a las mujeres que recurren al aborto en particular, las consecuencias físicas y psicológicas que esta decisión acarrea.


Concretamente, cada año el Ministerio de Sanidad publica un informe acerca de la 'interrupción voluntaria del embarazo', cuya utilidad radica sobre todo en la fotografía que realiza del fenómeno del aborto. Empero, se echa en falta en el
informe la difusión de un conocimiento acerca de los riesgos y consecuencias del aborto en el ámbito personal, tanto a nivel físico -esterilidad, efectos secundarios a largo plazo; daños, perforaciones e infecciones en útero o cuello, entre otros-,
como a nivel psicológico -trastornos, depresión, adicciones, etcétera-. Así mismo, existen estudios como el 'Abortion in young women and subsequent mental health', elaborado por el neerlandés David M. Fergusson, que han dejado constancia de lo que
se ha convenido en denominar síndrome post aborto. Así, su estudio concluía que el aborto puede estar relacionado con el aumento del riesgo de padecer problemas mentales tales como depresión, ansiedad, conductas suicidas o adicciones 101.


Los que se hacen llamar progresistas escudan la atrocidad que supone el aborto en un 'derecho a decidir', o lo integran en la ideologizada categoría, propia de la Agenda 2030, denominada 'salud sexual y reproductiva'. Cabe señalar que nadie
tiene derecho a optar por matar a un ser humano; antes, al contrario, el derecho que la ley sí reconoce y protege es el derecho a la vida (artículo 15 de la Constitución Española). Afirmar que el aborto se integra dentro de un presunto 'derecho a
la salud sexual y reproductiva' constituye el mayor de los eufemismos; más aún, en abierta oposición con la obligación de consentimiento informado que rige en el ámbito sanitario, ni la ley reguladora del aborto ni los centros donde este se
practica informan a la mujer sobre los detalles de este tipo de intervención o las consecuencias físicas y psicológicas que tiene, entre las que destaca el síndrome post-aborto 102. Este


100 https://okdiario.com/espana/montero-busca-equiparar-aborto-derecho-vida-carta-derechos-fundamentales-ue-8487526


101 David M. Fergusson, Abortion in young women and subsequent mental health, Journal of Child Psychology and PsychiatryVolume 47, Issue 1, p. 16-24.


102 http://www.mujeresenigualdad.com/Razonables-razones-contra-el-aborto es l 608.html



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trastorno implica 'una serie de síntomas posteriores al aborto o ala interrupción del embarazo. Se encuadra como un trastorno posterior a un acontecimiento vital importante que genera estrés' 103. Por otro lado, hay autores que sostienen
que, como consecuencia de un aborto, se producen 'intromisiones de pensamiento, e incluso, alocuciones, fantasías y sueños con el hijo ausente' 104.


Podemos afirmar sin miedo a equivocarnos que el aborto es una lacra social, que priva a miles de niños de nacer y vivir, y su constante incremento en España implica que la batalla contra el invernó demográfico sea aún más ardua.


Es de justicia señalar que, sin el derecho a la vida, al ser el primero de los derechos, no existirían los demás que aparecen recogidos en nuestro ordenamiento jurídico. El Tribunal Constitucional (TC) recoge en su conocida sentencia
53/1985, de 11 de abril, concretamente en su fundamento jurídico tercero, que el derecho a la vida 'constituye el derecho fundamental esencial y troncal en cuanto es el supuesto ontológico sin el que los restantes derechos no tendrían existencia
posible'. Añade que, 'indisolublemente relacionado con el derecho a la vida en su dimensión humana, se encuentra el valor jurídico fundamental de la dignidad de la persona, reconocido en el art. 10 como germen o núcleo de unos derechos 'que le son
inherentes' 105.


Debemos señalar que incluso, paradójicamente, el preámbulo de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (en adelante, 'LO 2/2010') invoca la doctrina constitucional
acerca de la limitación del derecho a la vida, la cual señala que 'los no nacidos no pueden considerarse en nuestro ordenamiento como titulares del derecho fundamental a la vida que garantiza el artículo 15 de la Constitución'. A continuación,
matiza lo referido señalando que 'esto no significa que resulten privados de toda protección constitucional (STC 116/1999)', pues 'la vida prenatal es un bien jurídico merecedor de protección que el legislador debe hacer eficaz'.


Por todo ello, podemos afirmar respecto de la vida del no nacido que 'se pone de manifiesto que es un bien que debe ser protegido y respetado por el Estado y la sociedad civil. Siendo esto así, ¿hay algún título jurídico que permita la
destrucción de una vida humana inocente?' 106.


Segundo. El deber de promover la natalidad y proteger la vida.


Hemos puesto de manifiesto en el expositivo anterior tanto el exponencial crecimiento que el aborto ha experimentado en nuestro país -promovido por nuestras instituciones públicas- como la esterilidad de las políticas públicas propuestas en
los últimos años para revertir el invierno demográfico e incrementar la natalidad.


El Estado y los poderes públicos deben velar por el bien y la prosperidad de la nación, y vivimos un momento en el cual deben potenciarse las políticas que fomenten el incremento de la natalidad. Para ello es crucial concienciar a la
sociedad, especialmente a las mujeres más jóvenes, sobre la importancia de tener hijos y los beneficios personales y sociales que conlleva, al igual que el matrimonio y el formar una familia. Este Grupo Parlamentario considera que nos encontramos
ante una cuestión de máximo calado, que debería ser colocada en el debate de la esfera pública. En cuanto a los datos de mujeres que abortan en España, podemos observar que 'el grupo de mujeres que más interrumpe el embarazo es el de 20 a 24 años
(18,71 por cada 1.000 mujeres de esa edad), seguido del de 25 a 29 años (17,49) y de 30 a 34 años (14,50). Después se encuentran las de 35 a 39 (10,08), las de 19 o menos (9,19) y las de 40 o más (4,18)' 107.


Son muchas las motivaciones que llevan a las mujeres jóvenes a optar por el aborto, entre las que podemos destacar los embarazos no deseados o aquellos que, aún buscados (o, cuando menos, deseados), se producen en un contexto económico y
social que no permite a la madre cuidar y mantener a su hijo. Sin embargo, como consecuencia de las nuevas corrientes ideológicas imperantes en nuestra sociedad, y atendiendo a un estudio publicado por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la
Interrupción del Embarazo (ACAI), 'el 62 % de ellas lo hace por razones que poco tienen que ver con sus condiciones económicas, personales o afectivas. De hecho, casi la mitad de las mujeres que interrumpe


103 https://www.ucc.edu.ar/noticiasucc/smdrome-post-aborto/


104 https://www.redmadre.es/te-apoyamos/pensando-en-abortar/el-sindrome-post-aborto/


105 https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/433


106 HERRERA, F. J., 'El derecho a la vida y el aborto', Centro editorial Universidad del Rosario', 1999, p. 20. Acceso en línea: https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=2pBk8sewnfAC&oi=fnd&pg=PA19&dq=derecho+a+l
a+vida&ots=2hPabRrBBQ&sig=nBXgVrGM9CemwcIfKNuhxkNf-jY #v=onepage&q =derecho % 20a % 201a % 20vida&f=false


107 https://elpais.com/sociedad/2020-12-22/el-numero-de-abortos-crece-ligeramente-en-espana-por-tercer-ano-consecutivo.html#:~:text=El %20grupo %20de %20mujeres %20que,m %C3 %Als %20(4 %2C18).



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la gestación, lo haría en cualquier circunstancia: aunque ganara más, tuviera un mejor trabajo o una pareja estable. Del estudio sí se desprenden algunos motivos: el 8,87 % aborta por su edad (demasiado jóvenes o demasiado mayores) y el
5,08 % lo hace por alguna patología propia o fetal' 108. Estos datos ponen de manifiesto el logro de ideologías como el feminismo radical, que propugna el aborto como consecuencia de su creencia en la autosuficiencia económica de la mujer y la
oposición entre hombres y mujeres, y en la consideración negativa de la conyugalidad y la maternidad. Ha impuesto, por tanto, la creencia de que ser madre no dignifica a la mujer, sino que lo único que consigue es someterla y atarla, impidiendo su
libre desarrollo y prosperidad personal y profesional.


La maternidad implica una serie de responsabilidades y obligaciones, pero pese a ello reporta una felicidad incalculable. Tener hijos es un verdadero ejercicio de amor: se aprende a amar incondicionalmente, dejando a un lado los apetitos
egoístas e individualistas. A su vez, la paternidad afianza el compromiso y el amor en el seno de la pareja y la familia, surgiendo la responsabilidad de pensar y velar por el bien del niño y su futuro.


A su vez, y debido a la relación que guarda con la maternidad y la natalidad, debemos remarcar que la familia es una institución social fundamental, basada en el afecto y la comunidad de vida, donde el ser humano crece, se desarrolla,
aprende virtudes, hábitos, costumbres, así como su primera y fundamental socialización.


En suma, tanto por los beneficios personales derivados de la maternidad y la familia, como por los sociales, entre los que destaca la solución de la crisis demográfica, es esencial elaborar verdaderas políticas públicas que favorezcan la
natalidad. Estamos a tiempo de revertir esta situación, promoviendo y desarrollando ayudas y soluciones que eviten que las mujeres jóvenes opten por abortar, haciéndoles comprender que hay otras vías que permitirán que una nueva vida sea concebida
sin menoscabo de la de ellas; una vida que goza del mismo derecho a ser vivida que la suya propia.


Atendiendo a las medidas que permitan incrementar la tasa de natalidad, podemos destacar la creación de incentivos para potenciarla. Deberá elaborarse un plan que conceda ayudas a las familias en función del número de hijos que tengan,
siempre de manera progresiva, así como facilidades bancarias, económicas y sociales para parejas jóvenes con hijos a cargo. Por otro lado, se deben promover beneficios fiscales por hijo a cargo y no castigar fiscalmente a quienes opten por
dedicarse a jornada completa al cuidado de los hijos.


Sin embargo, y como consecuencia del sistema autonómico y las desigualdades que este genera en función del territorio en el que se resida, observamos la disparidad en cuanto a las políticas para incentivar la natalidad y ayudas a mujeres y
familias con hijos. A modo de ejemplo, 'la Junta de Andalucía ofrece una ayuda económica a las familias numerosas, es decir, aquellas que al nacer su tercer hijo o hija tengan otro o más hijos menores de tres años. Esta prestación será de 600
euros al año por cada uno de los menores hasta que cumplan la edad indicada. Además, también cuentan con un cheque único y anual por partos múltiples' 109. Si atendemos al caso de Cantabria, apreciamos que 'en esta comunidad disponen de una serie
de ayudas directas para madres y padres, en concreto a partir del segundo hijo. Las familias pueden acceder a un pago único de entre 400 y 900 euros, según las rentas' 110.


Por último, el caso de Castilla-La Mancha o las Islas Baleares es muy significativo. Ninguna de las dos regiones goza de ayudas concretas y especiales a la maternidad, pudiendo, por ejemplo, en las Islas Baleares acceder solamente a recibir
apoyo en la contratación de personas al cuidado de los menores o prestaciones para la inscripción en actividades de tiempo libre 111.


En cuanto a las vías existentes para evitar el aborto por falta de medios económicos para hacerse cargo del bebé, constatamos la completa ausencia de ayudas públicas, y solo encontramos asociaciones de la sociedad civil que se dedican a
ayudar a mujeres que se encuentren en esta situación.


Tercero. Recursos públicos destinados al aborto.


Como hemos expuestos en anteriores ocasiones, el Gobierno socialcomunista, con el beneplácito del PP, no cesa en su incansable intento de adoctrinar a nuestra sociedad, principalmente a los jóvenes, promoviendo -entre otras cosas- el aborto
como si de un bien social y un derecho se tratara.


108 https://elpais.com/sociedad/2012/06/15/actualidad/1339791818_184271.html


109 https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/ayudas-maternidad-hijos-comunidades-autonomas-2021/2842114/


110 Ídem.


111 Ídem.



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Así, en España se destinan aproximadamente 34 millones de euros anuales para financiar el aborto, mientras que solo se invierten 3,6 millones en mujeres embarazadas 112. Esta cantidad equivale a afirmar que 'en España se dedican menos de 8
euros al año a ayudas por cada mujer embarazada' 113.


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Atendiendo al caso concreto de Madrid, y debido a su especial trascendencia en cuanto al tema que nos atañe, debemos remarcar que el alcalde de la ciudad, don José Luis Martínez-Almeida, 'ha retirado las ayudas a la Fundación Madrina -que
apoya a mujeres embarazadas sin recursos- después del acuerdo que el PP ha firmado con tres de los cuatro concejales 'tránsfugas' del grupo mixto para aprobar los Presupuestos de la capital' 114.


La situación es aún más dramática teniendo en cuenta que la Fundación Madrina lleva 21 años velando por el bienestar de la infancia, la mujer y la maternidad, proporcionando ayuda ante situaciones de violencia o problemas laborales y
familiares. Por otro lado, durante la época de mayor incidencia de la pandemia tuvo una especial importancia, ya que repartió menús a alrededor de 400.000 familias 115 en las famosas colas del hambre 116, ignoradas por los poderes públicos.


Parece evidente que nuestros gobernantes han optado por potenciar la cultura de la muerte frente a la cultura de la vida, del cuidado y de la familia. Así, España se caracteriza por ser un 'desierto' en lo que a ayudas directas a la
maternidad se refiere.


Además, si atendemos a los datos de las subvenciones que reciben las principales asociaciones provida en España, podemos observar cómo son, si no exiguas, insignificantes. A modo de ejemplo, la Fundación REDMADRE recibió entre 2014 y 2018
1,2 millones de euros desde la Administración central 117, siendo la que más fondos percibió por este concepto.


112 https://www.abc.es/familia/padres-hijos/abci-estado-destina-34-millones-euros-para-financiar-aborto-y-36-mujer-embarazada-20181


113 Ídem.


114 https://www.cope.es/actualidad/mas-madrid/noticias/almeida-retira-las-ayudas-fundacion-madrina-que-atiende-embarazadas-sin-recursos-20211228 1701106


115 Ídem.


116 https://www.telemadrid.es/programas/madrid-directo/colas-hambre-Fundacion-Madrina-2-2388081230-20211018090502.html


117 https://es.statista.com/estadisticas/551290/asociaciones-antiabortistas-subvencionadas-con-dinero-publico-en-espana/



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Con el fin de señalar lo exiguo de dicha cantidad, podemos compararla, por ejemplo, con los millones de euros que se han concedido en la presente legislatura para fines animalistas. Entre ellos cabe citar los 3 millones de euros
instrumentalizados a través de la Resolución de 22 de octubre de 2021 de la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030, por la que se convocan las subvenciones destinadas a entidades de protección animal en 2021.


Por su parte, en cuanto a la inversión en la mal llamada violencia de género y en las demás políticas sectarias que alimentan entidades con meros fines ideológicos, podemos observar que para el año 2022 el presupuesto del Ministerio de
Igualdad será de 525 millones de euros 118.


De utilizar esas cantidades de dinero público en ayudas y acompañamiento a las mujeres embarazadas, se avanzaría en el proceso de reversión de la crisis demográfica y se evitaría que el aborto fuese considerado como primera y única opción en
muchos casos.


Cuarto. Conclusión.


Desde el Grupo Parlamentario VOX no nos cansaremos de defender que la principal manera de solucionar la actual crisis demográfica en la que se ve inmersa España pasa por un apoyo por parte de los poderes públicos a la familia, al matrimonio
y a la natalidad. Esta obligatoriedad de apoyo viene recogida en el artículo 39.1 CE, que afirma que 'los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia'.


A tal fin, han de elaborar políticas públicas que fomenten la natalidad y muestren a las mujeres que su única opción no es acabar con la vida de su hijo, sino que hay otras salidas. Para ello, se ha de incrementar la inversión pública en
medidas de apoyo a mujeres embarazadas, detrayéndola de las que se dedican actualmente a entidades ideológicas y a actuaciones que promueven el aborto.


Es crucial también para lograr este objetivo, aparte de la elaboración de las políticas públicas pertinentes, situar la lacra del aborto en el centro de la esfera pública, concienciando a los españoles sobre el drama personal y social que
implica.


Tal y como consta en la Agenda España -el documento que contiene las directrices básicas que VOX propone para el bien común de España-, debe ser abolida la 'cultura de la muerte' por la que han optado los poderes públicos en España,
apostando en cambio por una promoción de la cultura de la vida, fundamentada en el respeto de la dignidad de toda vida humana, revestida de derechos inalienables.


118 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/igualdad/Pagmas/2021/141021-pge-igualdad.aspx



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Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover la derogación de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, fomentando en su lugar normas y políticas públicas que protejan a la mujer y al concebido no
nacido del drama del aborto, garantizando, además, información y apoyo a las madres con un embarazo inesperado o problemático. En tales normas y políticas se garantizará la igualdad ante la Ley en todo el territorio nacional.


2. Concienciar a la sociedad sobre los beneficios de la maternidad y la paternidad, así como promover medidas de apoyo a la familia y al matrimonio.


3. Incrementar la inversión en recursos a favor de la vida.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio y Georgina Trías Gil, Diputadas.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de
Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad, relativa a la puesta en marcha de la Estrategia de Desinstitucionalización.


Exposición de motivos


Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), actualmente en España el porcentaje de población necesitada de cuidados es de un 5,2 % del total y en 2040 se alcanzará el 6,1 %. En 2033 habrá más de doce millones de personas
mayores, frente a los nueve que hay hoy. Pero el crecimiento más llamativo se producirá entre los mayores de 80 años, grupo en el que se concentra la mayor parte de las situaciones de cronicidad y dependencia.


El cuidado residencial ha sido históricamente una de las principales respuestas del Estado del Bienestar al riesgo social de la dependencia y de los cuidados de larga duración. Según los datos del INE de 2019, hoy en España hay 322.1800
personas mayores y 269.000 personas con discapacidad que residen en centros asistenciales. En 2020 en torno a 17.000 niños, niñas y adolescentes vivían en recursos residenciales.


La tendencia poblacional de España presenta un claro desafío, ya que exigirá una mayor dotación presupuestaria para la atención a los cuidados de larga duración, así como el abordaje de cómo y en qué condiciones vamos a cuidar a nuestras
personas mayores, a las personas en dependencia, o personas con discapacidad en situación de dependencia, desde el marco de los derechos humanos.


Actualmente España se encuentra en un momento de profundo análisis y cambio de su modelo de cuidados. La crisis de la covid-19 ha puesto de relieve la necesidad de repensar nuestro sistema de cuidados, a cuenta del grave impacto que ha
tenido la pandemia sobre las residencias de personas mayores y personas con discapacidad, provocando que salgan a la luz las enormes carencias del modelo residencial y de cuidados de larga duración; no solo tienen que ver con la infrafinanciación,
la privatización o la falta de recursos humanos, sino con el modelo en sí, de un marcado carácter asistencial y segregador. El modelo actual de estos centros se encuentra muy lejos de parecerse a un hogar; son centros de atención no personalizada
que identifican a las personas residentes como un todo homogéneo, como meros sujetos de cobertura básica de necesidades y no como ciudadanas, con atenciones estandarizadas y no como personas identificadas con sus propias vidas.



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La mayor parte de las personas que requieren de cuidados de larga duración quieren permanecer en su entorno de siempre, disfrutando de su 'nicho ecológico'; esto es, el contexto natural y social que nos permite vivir y buscar nuestro
bienestar junto a otras personas. Las evidencias (y la propia recomendación de la OMS en varios de sus informes) apuntan a que la prestación y coordinación de servicios de apoyo de proximidad y basados en la comunidad contribuye a mantener a las
personas en sus domicilios, con la atención que precisen, conectadas con sus familiares, vecinos y entornos comunitarios habituales. Estas respuestas personalizadas constituyen una de las claves para propiciar vidas dignas y plenas, así como para
reducir y prevenir la institucionalización y la pérdida de autonomía.


Sin embargo, el modelo actual tiende a institucionalizar a las personas que requieren de cuidado, despojándolas así de la autogestión de sus vidas y su entorno.


Los principales efectos de la 'institucionalización' incluyen la segregación de los usuarios, la despersonalización (eliminación de personales, signos y símbolos de individualidad y humanidad), la rigidez de la rutina (horarios fijos
horarios para despertarse, comer y realizar actividades, sin tener en cuenta las preferencias o necesidades personales), el trato en homogéneo (tratamiento de las personas en grupos sin privacidad ni individualidad) y la distancia social (que
simboliza el diferente estatus del personal y de los residentes).


El proceso de abandono del entorno habitual para la integración progresiva en centros colectivos y segregados provoca sensación de desarraigo, tristeza y abandono en los individuos institucionalizados, así como la pérdida de autonomía y
control de sus vidas y la sensación de aislamiento progresivo del mundo exterior. La adaptación a la vida institucionalizada obliga a las personas a despojarse de sus hábitos y rutinas para adaptarse a una nueva forma de vida marcada por las normas
de la institución.


Diversos organismos internacionales como las Naciones Unidas (UN CPRD), la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Europea de Derechos Humanos y el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como el
Movimiento de Vida Independiente y de la Diversidad Funcional, han alertado sobre la necesidad urgente de la elaboración de una Estrategia para la Desinstitucionalización, así como de la necesidad de poner en marcha medidas que refuercen la
transición de los servicios institucionales a los servicios basados en la comunidad, impulsando la vida independiente.


La crisis provocada por la covid-19, así como el mandato internacional, han dejado patente la necesidad de impulsar la Estrategia Nacional para la Desinstitucionalización que promueva un proceso de transformación del modelo de cuidados de
larga duración, así como el desarrollo de servicios y apoyos comunitarios y centrados en cada persona que sustituyan al modelo asistencial e institucional.


Por tanto, el alcance de estos cambios que permitirán el paso de un modelo de cuidados 'institucionalizado' a otro próximo a la comunidad es profundo, porque no implican solo un cambio en el lugar donde viven las personas, sino una
transformación en la forma en que se piensan y desarrollan los apoyos y cuidados.


Por eso mismo, para que el proceso de desinstitucionalización y cambio en el modelo de cuidados se produzca de forma efectiva es necesario desarrollar una estrategia nacional que lo impulse, garantizando su coherencia.


Es preciso revertir la tendencia de la cultura asistencial a sustituir a las personas en la toma de decisiones sobre su vida y avanzar hacia sistemas de apoyo personalizados, que maximicen las posibilidades de control por parte de las
propias personas; sistemas que propicien que se guíen por sí mismas, por su voluntad y sus preferencias.


El modelo de apoyos y cuidados más seguro y respetuoso con los derechos humanos es el de los servicios de pequeña escala incluidos en la comunidad a la que pertenecemos.


El nuevo enfoque debe ser capaz de concertar acciones en lo cotidiano para favorecer espacios ricos en oportunidades que inviten al encuentro y a la ayuda mutua, acelerando una transformación radical que conserve los elementos esenciales que
nos hacen ser personas y que promuevan el encuentro en una diversidad reconocida y valorada; actuaciones para recomponer nuestro equilibrio amenazado y garantizar nuestra sostenibilidad presente y futura.


Un cambio de enfoque que exija un cambio radical en la orientación de los cuidados, guiándose por los principios de la ética y la salvaguarda de la dignidad, la autonomía y el ejercicio de los derechos de la infancia, de las personas en
situación de discapacidad y en situación de dependencia.



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Por todo ello, el Grupo Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Poner en marcha de manera urgente la Estrategia Nacional de Desinstitucionalización.


2. Continuar aumentando el presupuesto destinado a recursos que promocionen la autonomía de las personas y los servicios de apoyo comunitarios, en el contexto de un cambio de modelo de cuidados de larga duración, hasta alcanzar la media
europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Marisa Saavedra Muñoz, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/003756


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, Doña Rocío de Meer Méndez, Doña María de los Reyes Romero Vilches, Doña Cristina Alicia Esteban Calonje, Doña Lourdes Méndez Monasterio y Doña Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputadas del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la eliminación de las desigualdades sociales que
genera la despoblación de la España rural, para su discusión en la Comisión de Derechos sociales y Políticas integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. La Despoblación Rural.


La despoblación se define como 'un fenómeno demográfico y territorial que consiste en la disminución del número de habitantes de un territorio o núcleo con relación a un período previo' 119, que puede ser consecuencia 'de un crecimiento
vegetativo negativo (cuando las defunciones superan a los nacimientos), de un saldo migratorio negativo (la emigración supera a la inmigración) o de ambos simultáneamente. Por ello, las causas que la explican pueden ser complejas y exigen análisis
profundos para poder realizar un diagnóstico adecuado'.


En particular, la despoblación rural 120, esto es, la disminución del número de habitantes de las zonas no urbanas, puede verse como una consecuencia del 'éxodo rural provocado por el crecimiento económico moderno. Durante el período de
industrialización y el posterior crecimiento económico, las ciudades se expandieron enormemente, concentrando la localización de la industria primero y de los servicios después. Esta expansión requirió la contratación de una gran cantidad de mano
de obra, procedente principalmente de las zonas rurales, donde la creciente sustitución de fuerza de trabajo por maquinaria agrícola fomentó aún más la importante migración del campo a la ciudad' 121.


119 PINILLA, V., y SÁEZ, L. A., 'La despoblación rural en España: características, causas e implicaciones para las políticas públicas', Instituto de estudios fiscales, 2021, p. 78. Acceso en línea:
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8113909. Resulta imprescindible poner en contexto el origen de la despoblación del medio rural. Este fenómeno surge como consecuencia del 'éxodo rural provocado por el crecimiento económico
moderno. Durante el período de industrialización y el posterior crecimiento económico, las ciudades se expandieron enormemente, concentrando la localización de la industria primero y de los servicios después. Esta expansión requirió la
contratación de una gran cantidad de mano de obra, procedente principalmente de las zonas rurales, donde la creciente sustitución de fuerza de trabajo por maquinaria agrícola fomentó aún más la importante migración del campo a la ciudad'..


120 PINILLA, V., y SÁEZ, L. A., 'La despoblación rural en España: características, causas e implicaciones para las políticas públicas', Instituto de estudios fiscales, 2021. Acceso en línea:
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8113909


121 Según MARTÍN-RETORTILLO y PINILLA (2015), 'la agricultura europea perdió entre 1950 y 2000 cincuenta millones de activos, con un incremento de la producción realmente importante'. En PINILLA, V. y SÁEZ, L.A., op. cit.



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A pesar de su gravedad e importancia para la vertebración y cohesión territorial de la Nación, la despoblación rural, fenómeno al que en nuestro país puede denominársele 'España olvidada' o 'España abandonada', no ha sido objeto de atención
política o social hasta fechas muy recientes, ni tampoco ha sido estudiado en el ámbito académico. Por ello, debe hablarse de una España olvidada, silenciada y abandonada por los medios y por los políticos del PP y el PSOE, que han incumplido sus
obligaciones constitucionales durante más de 40 años.


Además, la atención que recibe actualmente no está exenta de sesgo y de intereses globalistas, por lo que el abordaje que se lleve a cabo de esta preocupante cuestión, especialmente desde el ámbito del Gobierno y sus terminales mediáticas y
asociativas, no solucionará el problema.


La despoblación rural no es un fenómeno exclusivo de España; al contrario, se trata de una situación común en la trayectoria histórica de los principales países europeos, industrializados antes que nuestro país, entre los que destacan Gran
Bretaña, Alemania o Francia 122. De hecho, entre 1950 y 2009, 'la población urbana en el mundo pasó de 732 millones a 3.400 millones y la tasa de urbanización aumentó del 30 por 100 al 50 por 100 (Desmet y Henderson, 2015). Hoy en día,
aproximadamente un 55 por 100 de la población mundial vive en ciudades (Ritchie y Roser, 2020) y las Naciones Unidas predicen que, en el año 2025, esta cifra aumentará hasta los cinco mil millones' 123.


[**********página con cuadro**********]


En la actualidad, 'el medio rural español está formado por un total de 6.678 municipios, en los que se encuentran censadas 7,6 millones de personas, el 16,1 % de la población. El medio rural se extiende sobre 424.552 km2 y su densidad
poblacional es de 17,8 habitantes por km2. El territorio rural abarca, por tanto, una gran parte de la superficie de España, representando el 84,1 % del total' 124. Pese a su enorme extensión, la realidad es que, como consecuencia del
empeoramiento drástico de los servicios públicos y sociales y de la ausencia de oportunidades laborales y personales en las zonas rurales, en particular por los jóvenes, por las causas que después se señalarán, los españoles han emigrado a los
grandes núcleos urbanos.


La despoblación rural se ve agravada por causa de la crisis demográfica existente: mientras la esperanza de vida de los ciudadanos españoles crece 125, disminuye al mismo tiempo la tasa de natalidad (actualmente es de 1,31, siendo 2,1 la
tasa de reemplazo generacional). Ello trae consigo que cada vez


122 PINILLA, V., y SÁEZ, L. A., op. cit.


123 CUBERES, D., 'Concentración de la población y crecimiento económico', Papeles de economía española, 2020, n° 164, p. 88. Acceso en línea: https://www.funcas.es/artículos/concentracion-de-la-poblacion- y-crecimiento-economico /


124 http://eldiariorural.es/ el-drama-de-la-despoblacion-al-descubierto-en-el-ultimo-informe-de-agricultura/


125 CAMARERO, L., 'Despoblamiento, baja densidad y brecha rural: un recorrido por una España desigual, 'Panorama Social, 2020, n° 1, p. 56. Acceso en
línea:?https://www.funcas.es/artículos/despoblamiento-baja-densidad-y-brecha-rural-un-recorrido-por-una-espana-desigual/ Según la Federación Española de Municipios y Provincias 'Ya son más de 4.000 los municipios españoles que se encuentran en
riesgo muy alto, alto o moderado de extinción: los 1.286 que subsisten con menos de 100 habitantes, los 2.652 que no llegan a 501 empadronados y una parte significativa de los mas de mil municipios con entre 501 y 1.000 habitantes' (FEMP, 2017, p.
11)'.



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hay más personas mayores y menos niños 126. Así, en muchas zonas rurales de España no solo hay cada vez menos población, sino que además es una población cada vez más anciana.


Segundo. Causas de la Despoblación Rural.


La despoblación es una tendencia histórica y global, pero no inevitable. Sin embargo, en el caso de España, el vaciamiento rural se ha acentuado a causa de unos responsables directos: los Gobiernos del PP y PSOE que han gobernado España y
muchas de sus regiones, que se han desentendido de procurar el avance económico y social de estas siempre que ellos permaneciesen en el poder.


El fenómeno de la despoblación de España en las zonas rurales en los últimos años tiene, a nuestro juicio, tres causas, además del referido crecimiento económico moderno y proceso de industrialización de nuestro país:


i. La ausencia de medidas efectivas de fomento de la natalidad y apoyo a la familia que reviertan la crisis demográfica.


ii. La ineficacia de las políticas públicas nacionales y supranacionales, en las que prima un interés por lo urbano en detrimento de lo rural.


iii. El sistema de comunidades autónomas.


El primero de los problemas que agrava la despoblación de las zonas rurales (y, en general, de toda España) es la ausencia de políticas públicas que frenen la emergencia demográfica en la que se encuentra nuestro país. En lugar de medidas
que favoreciesen a la familia y la natalidad, se ha prescindido no solo del interés y necesidades reales de España y de las zonas cuya repoblación se pretende (que son económicas, pero también familiares, sociales o culturales), sino también de las
de aquellas personas a las que, por medio de los engaños de las mafias, se ha inducido a venir ilegalmente a nuestro país.


Este fenómeno, por más que del mismo se haya podido derivar una mejora temporal de las cifras de despoblación rural, es claramente pernicioso. Así, si bien es cierto que la llegada masiva de inmigración a las zonas rurales entre 2000 y 2008
tuvo un primer efecto de paliar la despoblación en esos territorios 127, la tendencia de vaciamiento ha continuado con posterioridad, una vez la crisis económica hizo estragos en nuestro país 128. En cualquier caso, la inmigración (por descontado
si además es ilegal) no es la solución al problema de la crisis demográfica y su incidencia en las zonas rurales.


Al contrario, una gran parte de la solución se encuentra en potenciar la natalidad y en apoyar decididamente a la familia, fomentando la prestación de ayudas directas progresivas por número de hijos, facilidades en el acceso a una vivienda,
medidas de conciliación o bonificaciones a familias numerosas.


La segunda de las causas de la despoblación rural a las que hemos hecho alusión es la ineficacia de las políticas públicas sostenidas y promovidas por los gobiernos del PP y del PSOE en la Nación y en las regiones, que han abandonado el
campo español. La falta de visión estratégica nacional y la ausencia de medidas de cohesión interregionales han perjudicado directamente a los españoles e imposibilitado la formulación de una verdadera política unitaria de desarrollo local y
regional propia para el conjunto del país, descuidando así su obligación de promover la convergencia y el equilibrio regionales.


Asimismo, el enfoque que han seguido, que tiende a mirar con desdén las zonas rurales, sus tradiciones, sus modos de vida y de obtención de recursos y, en suma, su misma identidad, viene promovido y auspiciado por intereses supranacionales
que se encarnan, entre otros instrumentos, en la


126 https://www.ine.es/jaxi/Datos.htm7patiWt00/mujeres hombres/tablas 2/10/&file=dlgl.px#!tabs-tabla


127 COLLANTES, F, y OO. AA, 'El impacto demográfico de la inmigración en la España rural despoblada', Real Instituto Elcano, 2010, p. 2. Acceso en línea:
http://www.realinstitutoelcano.org/wps/wcm/connect/77072c804408eba09153f77015846f3f/DT30-2010 Collantes Pinilla S %C3 %Alez Silvestre impacto demográfico inmigración españa rural despoblada.pdf?MOD=ATPERES&CACHEID=77072c804408eba09153f77015846f3f.
Cabe destacar que 'entre al año 2000 y 2008 se ha producido la gran eclosión de la inmigración en España y la presencia de inmigrantes también ha crecido de una forma espectacular en la España rural. En este caso, del 1,8 % que suponían los
inmigrantes en el año 2000 en la población total de los municipios rurales, se ha pasado en el 2008 al 9,3 % Así, en España, durante los primeros años del siglo XXI, y hasta el inicio de la crisis del año 2008, 'la población rural creció a un ritmo
extraordinariamente rápido, una tasa de crecimiento medio anual del 1,3 % como consecuencia exclusiva de la fuerte entrada de inmigrantes procedentes de países extranjeros (Collantes et al., 2014)'.


128 La inmigración masiva genera problemas en numerosos órdenes. A título de ejemplo, cabe señalar que, en Francia y otros países europeos, que nos anteceden en el camino de las políticas migratorias señaladas, hay ya cientos de municipios
donde tiene mayor acogida y aplicación la sharia que la ley nacional10. En Francia se ha acuñado el término 'territorios perdidos de la República' para designar a las zonas en las que la vida cotidiana es regida, no por los valores occidentales,
sino por los islámicos (esto incluye, por cierto, un notable aumento de la violencia sexual contra las mujeres nativas, juzgadas 'indecentes' -y por tanto presas sexuales legítimas para los varones- por la mentalidad musulmana, según explica el
reciente libro de Ayaan Hirsi Ali, 'Presa').



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Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible. Son estos unos postulados evidentemente incompatibles con la defensa de España y con la realidad de sus necesidades, causando un particular perjuicio a las zonas rurales, provocando un
mayor vaciamiento de estos territorios.


En tercer y último lugar, y relacionado con lo anterior, se encuentra el fracaso del modelo del Estado de las autonomías en la solución de los problemas territoriales de España.


Las autonomías suponen un inmenso aumento del gasto público, una duplicidad (y triplicidad en ocasiones) presupuestaria y burocrática y un lastre para el ciudadano. Asimismo, el modelo territorial ha consistido en 'extremar identidades y
singularidades territoriales, [...] aumentar la titularidad de competencias sin reflexión sobre la idoneidad de su ámbito, o en la búsqueda de fórmulas de financiación con el apriorismo de que siempre 'más es mejor' [...]' 129. Ello es consecuencia
de la importancia supuestamente 'vital' que han tenido los separatistas para la 'gobernabilidad del Estado', argumento utilizado tanto por el PP como por el PSOE para justificar la cesión injustificada de recursos y competencias a regiones
gobernadas por 'unos nacionalismos centrífugos [...], siempre insatisfechos respecto del autogobierno alcanzado, sea cual sea su grado, y desdeñosos de su equiparación competencial y financiera con el resto de comunidades autónomas' 130, que se han
comportado siempre de forma insolidaria y desleal con el proyecto nacional.


El despropósito que constituye el llamado 'Estado de las autonomías' se evidencia en un ejemplo muy ilustrativo: en materia de lucha contra la despoblación, en España han de intervenir hasta seis administraciones, a saber, europea, estatal,
autonómica, provincial, supralocal (mancomunidades) y local 131. Ello, además, en el marco de gasto exorbitante e improductivo del modelo autonómico, que ha supuesto la existencia de duplicidades, redundancias y excesos que se traducen en enormes
sobrecostes para los ciudadanos, que se cifran en 26.000 millones (aproximadamente, un 3 % del Producto Interior Bruto 132), o entre 90.000 y 120.000 millones de euros 133; de estas cifras, las Administraciones autonómicas gastaron en sueldos
77.000 millones en el ejercicio 2018, con un creciente gasto estructural y galopantes gastos financieros para el pago de vencimientos de deuda pública. En todos los casos, sin ningún beneficio para los españoles, sino solo para los políticos.


Así, el sistema autonómico ha generado una sociedad con una evidente desigualdad en el ejercicio de derechos y en el disfrute de oportunidades. En el ámbito social, el hecho de que, en muchos casos, sean exclusivamente autonómicos tanto las
normas que regulan los diferentes ámbitos sociales como los medios competenciales y económicos para poner fin a una eventual situación de necesidad trae consigo la posibilidad (que se constata a diario) de que las respuestas de unas regiones y otras
a un mismo problema sean desiguales.


Un claro ejemplo de esta desigualdad de los servicios sociales en los diferentes territorios españoles es el funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), en el que se pone de manifiesto una grave inequidad
entre beneficiarios por el mero hecho de su lugar de residencia, causada principalmente por la existencia de diecisiete comunidades autónomas que han asumido competencias en materia social (ex artículo 148.1. 20.a de la Constitución Española,
'CE'). Esta diferencia, injusta por definición, provoca además tensión entre unas y otras regiones. El actual sistema refleja, por tanto, que 'las diferencias entre las CC.AA. en desarrollo económico y calidad de vida, infraestructuras y
servicios, pueden afectar a la cohesión económica y social como se ha evidenciado en toda Europa' 134.


129 PINILLA, V. y SÁEZ, L.A., op. cit.


130 Ibíd.


131 REMESAR, N., y BORJA, M. (2014), Promoting a place-based approach in the configuration of local development policies in Spain: The Catalan experience, Local Economy, Vol. 29(4-5): 469-485.


132 https://www.elnotario.es/index.php/hemeroteca/revista-33/1064-el-escandaloso-sobrecoste-de-las-comunidades-autonomas-O-49406880372582823#:~:text=Estableciendo % 20un % 20baremo % 20basado % 20en,6 %25 % 20del %20PIB %20de %20Espa %C3
%Bla.


133 https://www.elimparcial.es/noticia/102555/economía/entre-90.000-y-150.000-millones-de-euros-ahorrariamos-sin-el-sistema-de-autonomias.html


134 COLINO, C, y OO. A A, 'Desigualdades territoriales en España', Friedrich Ebert Stiftung, www.fes-madrid.org, p. 11. Acceso en línea: http://fes-madrid.org/media/2018 Desigualdades/informe desigualdades web.pdf



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Tercero. Consecuencias de la despoblación rural y la sobrepoblación urbana. Las desigualdades territoriales.


La prolongación en el tiempo de la pérdida de población en las zonas rurales a favor de los medios urbanos (unida a la disminución generalizada de la natalidad) genera un problema difícil de resolver y, de seguir así, lejos de solucionarse,
provocará una situación de mayor gravedad. Las consecuencias de una acelerada desertización demográfica en la España rural pueden derivar en 'graves problemas estructurales que pueden conducir a su desaparición en breve plazo, esto es, a truncar
proyectos personales y borrar unas comunidades con una larga historia detrás e, incluso, con una gran potencialidad futura' 135.


Según datos del Instituto de Análisis de Mercado Emergente de Credit Suisse, 'en algo menos de 30 años, hacia 2050, un 70 % de la población mundial vivirá en ciudades, una relación opuesta a la que se daba cien años antes, en 1950, cuando
apenas el 30 % de los habitantes del planeta vivían en zonas urbanas' 136. Los datos reflejan que España es, tras Estonia, Finlandia y Letonia, el cuarto país con más municipios en riesgo de despoblación, traduciéndose esta afirmación en 42,2 % de
los municipios 137.


La despoblación de la España rural trae consigo una serie de efectos negativos tanto para estas zonas como para las urbanas, que reciben ingentes cantidades de personas cada año 138.


Si examinamos las consecuencias de este fenómeno en las zonas rurales, constatamos que esta genera una serie de limitaciones, entre las que se cuentan 'pocas alternativas de empleo, falta de recursos, malas comunicaciones, poca inversión y
abandono por parte de las instituciones públicas' 139. A título de ejemplo, atendiendo a las posibilidades de acceso a los servicios locales que tienen los españoles que habitan en los municipios rurales, entre los que se encuentran los servicios
sociales, se observa una preocupante diferencia:


'En un municipio rural medio, los habitantes tienen que recorrer cerca de 23 km para acceder a servicios locales como una biblioteca, una escuela infantil o un supermercado.


En el caso de los municipios urbanos, esta diferencia se reduce a 2 km, lo que implica un diferencial de algo más de 20 km en el acceso a servicios locales entre municipios rurales y urbanos. Asimismo, cabe destacar que dicho diferencial
muestra una importante heterogeneidad a nivel regional. Así, comunidades como Baleares o Murcia muestran una menor diferencia entre municipios urbanos y rurales, con un diferencial cercano a 3 km. Sin embargo, esta diferencia es aproximadamente
diez veces mayor para comunidades como Castilla-La Mancha o Aragón' 140.


135 PINILLA, V, y SÁEZ, L.A., 'La despoblación rural en España: génesis de un problema y políticas innovadoras', Centro de Estudios sobre Despoblación y Desarrollo de Áreas Rurales (CEDDAR), SSPA, p. 3. Acceso en línea:
http://sspa-network.eu/wp-content/uploads/Informe-CEDDAR-def-logo.pdf


136 https://elpais.com/economía/2012/04/13 /actualidad /1334314634 522384.html


137 https:// www.epdata.es/datos/despoblacion-espana-datos-estadisticas/282


138 https://www.elconfidencial.com/economía/2019-09-27/exodo-urbano-espana-llegadas-madrid-ciudades 2240155/


139 MORALES ROMO, N., 'La idiosincrasia de los servicios sociales en el medio rural salmantino', Cuadernos de trabajo social, 2007, vol. 20, p. 44. Acceso en línea: https://revistas.ucm.es/indexphp/CUTS/article/view/CUTS0707110035A


140 ALLOZA, M, y OO. AA, 'El acceso a servicios en la España rural', Banco de España, 2021, n° 2122, p. 16-18. Acceso en línea: https://wwvv.bde.es/ f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/PublicacionesSer jadas/Documentos
Ocasionales/21/Fich/do2122.pdf?Otras fuentes señalan que, en comparación con otros países de la Unión Europea, 'el ciudadano medio español debe recorrer unos 3,5 kilómetros para acceder al servicio local más cercano, frente a los cuatro kilómetros
que debe desplazarse un ciudadano medio de la UE. Sin embargo, esto cambia al tratarse de provincias rurales, aquellas en las que más del 50 % de la población no reside en áreas urbanas y no presenta ningún área urbana con más de 200.000
habitantes. En estas regiones rurales el ciudadano medio español ha de trasladarse 12,4 kilómetros hasta el servicio local más cercano, frente a los 4,8 kilómetros de Alemania, los 7,6 de Francia y los 4,7 de Italia'. Acceso en línea:
https://elpais.com/economía/2021-09-08/las-zonas-rurales-en-espana-tienen-peor- acceso-a-servicios-que-las-del-resto-de-la-ue.html



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Fuente: Gutiérrez et al. (2020b) y elaboración propia


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Fuente: Gutiérrez et al. (2020b) y elaboración propia


El difícil acceso a ciertos servicios tiene su razón de ser, entre otras cosas, en una serie de características geográficas como 'la ubicación de un municipio (..la distancia a otros municipios de mayor tamaño o su cercanía a la costa. Así,
la provisión de ciertos servicios locales puede resultar más costosa en municipios ubicados, por ejemplo, en zonas montañosas y de difícil acceso, y que estén alejadas de núcleos urbanos' 141. Sin embargo, las razones son principalmente políticas,
ya que en regiones de España como Castilla y León, la ausencia de medidas frente a la despoblación ha empeorado dramáticamente los servicios sociales (escasos, concentrados en núcleos urbanos, alejados de buena parte de la población de las
respectivas provincias y cada vez más reducidos), ha impedido la necesaria modernización de infraestructuras (de transporte, red de comunicaciones o acceso a Internet) y ha obstaculizado las inversiones que habrían dado aliento a muchas
explotaciones ganaderas y agrícolas, a antiguas zonas mineras y a polos industriales.


141 ALLOZA, M, y OO. AA, 'El acceso a servicios en la España rural', Banco de España, 2021, n° 2122, p. 18. Acceso en línea:
https://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/PublicacionesSeriadas/DocumentosOcasionales/21/Fich/do2122.pdf



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En este sentido, los servicios sociales de las zonas rurales adolecen también de un desarrollo notablemente inferior que sus homónimos urbanos, siendo una de las explicaciones a esta situación 'la copia 'irresponsable' de las políticas
sociales dirigidas a la ciudad en un contexto, el rural, de características estructurales, económicas y sociales distintas y, por tanto, con necesidades diferentes' 142.


Los ciudadanos de la España rural, de seguir la actual tendencia, corren el riesgo de 'quedar fuera de los patrones sociales de calidad de vida' 143 y no poder salir de un círculo vicioso de despoblación y falta de servicios públicos, de
infraestructuras y de oportunidades laborales que amenazaría seriamente su futuro.


Al mismo tiempo, la emigración continua hacia zonas urbanas (en el caso referido de Castilla y León, casi 200.000 españoles han abandonado esta región desde que gobierna el PP, muchos de ellos jóvenes universitarios, a pesar de tener varias
de las universidades más antiguas del mundo; uno de cada cinco jóvenes castellanos y leoneses deja su comunidad autónoma) hace que en las grandes ciudades puedan darse problemas como 'la saturación de los servicios públicos, la presión sobre los
precios de la vivienda y una mayor tendencia al urbanismo descontrolado' 144.


Este 'colapso' del sistema puede generar, por ejemplo, 'bolsas de pobreza [...] en los barrios en los que se sitúa la oferta de viviendas más baratas del mercado' 145, así como 'un mayor declive de los barrios desfavorecidos, si se mantienen
o agravan muchas situaciones de precariedad laboral, y paro duradero, que afectan a grupos extensos bastante aislados del mercado laboral, y que tienden a concentrarse en estos barrios' 146. Asimismo, 'el aislamiento de las áreas de vivienda y las
de empleo, o las de servicios, es cada vez mayor, y la dependencia del transporte, y del coche, es cada vez más alta, con el consiguiente perjuicio para los más desfavorecidos' 147.


Tras lo expuesto hasta el momento, podemos afirmar que las transformaciones asociadas a la despoblación de las zonas rurales y a la sobrepoblación de las urbanas, no mitigadas ni mucho menos solucionadas por los partidos que han estado en el
poder en España y en las distintas regiones, han contribuido al incremento de la desigualdad de forma generalizada (en 'el ámbito educativo, el laboral, el de las relaciones sociales o el cultural' 148), en particular, entre regiones, y
especialmente entre el mundo rural y los entornos urbanos.


Cuarto. Marco Constitucional.


El artículo 138 CE señala que 'el Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las
diversas partes del territorio español Por su parte, el artículo 40.1 CE, en el marco de principios rectores de la política social y económica, establece que 'los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y
económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica'.


Lo anterior no sería sino concreción del reconocimiento de la igualdad como un valor superior del ordenamiento jurídico en su artículo primero. Asimismo, el artículo 14 CE establece que 'los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda
prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social'. Dentro del mismo título preliminar, el artículo 9.2 CE dispone que 'corresponde a los poderes
públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas' y 'remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud'.


142 MORALES ROMO, N., 'La idiosincrasia de los servicios sociales en el medio rural salmantino', Cuadernos de trabajo social, 2007, vol. 20, p. 37. Acceso en línea: https://revistas.ucm es/Índex.php/CUTS/article/view/CUTS0707110035A


143 PEREIRA JEREZ, D. y OO. A A, 'Las zonas rurales en España. Un diagnóstico desde la perspectiva de las desigualdades territoriales y los cambios sociales y económicos', Fundación FOESSA, Madrid, 2004, p. 33. Acceso en línea:
https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=:lBuSjtAt4mUC&oi=fnd&pg=PA21&:dq=desigualdade s+sociales+zonas+rurales+espa %C3 %Bla&ots=woe2MdOXK4&sig=C9obWDtztBkbyT 7NLyIHtXFjSo#v=onepage&q=desigualdades % 20sociales % 20zonas % 20rurales % 20espa %
C3 % Bla&f=false


144 https://blog.caíxabank.es/blogcaixabank/la-despoblacion-rural-nos-afecta-todos/#


145 http://habitat.aq.upm.es/ due/al.html


146 ídem.


147 ídem.


148 PEREIRA JEREZ, D. y OO. AA, 'Las zonas rurales en España. Un diagnóstico desde la perspectiva de las desigualdades territoriales y los cambios sociales y económicos', Fundación FOESSA, Madrid, 2004,p.34. Acceso en línea:
https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=lBuSjtAt4mUC&:oi=fhd&pg=PA21&dq=desigualdade s+sociales+zonas+rurales+espa %C3 %Bla&ots=woe2MdOXK4&sig=C9obWDtztBkbyT ZNLylHtXFjSo#v=onepage&q=desigualdades % 20sociales % 20zonas % 20rurales % 20espa % C3
% Bla&f=false



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Es por ello por lo que las políticas públicas han de estar ordenadas a que el principio de igualdad se encarne verdaderamente en el orden social como consecuencia de un verdadero equilibrio territorial. Garantizarlo es una exigencia del
bien común. Sin embargo, esta igualdad se está poniendo grave y continuamente en riesgo a causa del fenómeno de la despoblación rural, que es un enorme problema para España que afecta a las zonas rurales, a las áreas urbanas y a la relación y
cohesión entre ellas y con la Administración General del Estado.


Quinto. Conclusión.


En algunas regiones de España y, en particular, en Castilla y León, la despoblación ha empeorado dramáticamente los servicios sociales, que hoy son escasos, están concentrados en los núcleos urbanos, se alejan de buena parte de la población
de las respectivas provincias y son cada vez más reducidos. Las políticas del PP y el PSOE, en lugar de abordar este problema desde su raíz, poniendo en marcha esfuerzos y medidas para solucionar el desequilibrio territorial, han contribuido a
agravar el problema.


Frente a ellas, este Grupo Parlamentario sostiene que el desarrollo de la actividad económica, la potenciación de la natalidad y la creación de un entorno favorable a la generación de oportunidades vitales y profesionales en la España rural
es crucial para garantizar la prosperidad y la vertebración territorial, y que convertir a la familia en el centro de las políticas públicas y promover la cultura de la vida es imprescindible para revertir el invierno demográfico y combatir las
desigualdades sociales existentes en nuestro país.


En definitiva, la solución a la despoblación está en dar oportunidades a nuestros jóvenes, en potenciar la natalidad y en apoyar decididamente a la familia. Otras naciones europeas, como Polonia y Hungría, han creado sólidos sistemas de
apoyo a la familia que agrupan medidas institucionales tributarias, sociales, laborales, bioéticas y de concienciación social, que sin duda lograrán un muy significativo aumento de la natalidad.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la adopción de las medidas que sean necesarias para eliminar las desigualdades sociales que genera la despoblación de la España rural y, en particular, las siguientes:


1. Con carácter general, y en particular en materia de política social y de apoyo a la natalidad y la familia, abandonar la defensa de los postulados de la Agenda 2030 y de otras estrategias globalistas, y rechazarlos expresamente, por
cuanto son radicalmente incompatibles con la defensa de los verdaderos intereses de los españoles y de su soberanía.


2. De forma prioritaria y urgente, en materia demográfica y de fomento de la natalidad y apoyo a la familia, revisar, diseñar, impulsar y coordinar políticas sociales de apoyo directo e indirecto a la maternidad y a la conciliación laboral,
encaminadas a la reversión del invierno demográfico en el medio y largo plazo, dirigidas al conjunto de la sociedad española y, en particular, al medio rural, que impliquen a todos los departamentos ministeriales y a todas las administraciones y que
conciencien a la población sobre la gravedad e importancia de la emergencia demográfica.


3. Promover, entre los fines de las políticas públicas de carácter social, la protección y cuidado de los españoles que habitan en zonas rurales de España y, de forma consecuente, la igualdad efectiva de todos los españoles con
independencia de su lugar de residencia.


4. Impulsar inversiones públicas destinadas a servicios sociales en todos los territorios y regiones que, a causa de la ineficacia de las políticas públicas contra la despoblación, carecen de ellos o los tienen deteriorados, con especial
atención al medio rural.


5. Fomentar la repoblación de la España rural mediante la promoción de la natalidad, el apoyo a la maternidad, a la conciliación laboral y a la familia en las zonas despobladas, promoviendo a tal fin los beneficios e incentivos fiscales y
económicos que sean necesarios, especialmente en materia familiar, laboral y habitacional.



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6. Fortalecer el ejercicio de las competencias en materia social de la Administración General del Estado en la lucha contra la despoblación, fomento de la natalidad y apoyo a la familia, eliminando las duplicidades, excesos e ineficiencias
actuales'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2022.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio y Georgina Trías Gil, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003758


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias de los Diputados del PDeCAT Ferran Bel i Accensi i Genis Boadella i Esteve, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la
Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a incrementar las subvenciones a los Centros Especiales de Empleo (CET) hasta el 75 % de Salario Mínimo
Interprofesional (SMI), para compensar el incremento del SMI y garantizar su viabilidad.


Exposición de motivos


Según el informe 'El empleo de las personas con discapacidad' elaborado por el INE en el año 2020, había 1.933.400 personas con discapacidad en edad de trabajar (de 16 a 64 años). De esta cifra, 663.900 eran activos y 516.300 personas
ocupadas. Como señala dicho informe, 'Lo más destacable del colectivo de personas con discapacidad es su baja participación en el mercado laboral. En 2020 su tasa de actividad aumentó 0,3 puntos y se situó en el 34,3 %, 41,8 puntos inferior a la
de la población sin discapacidad'.


El informe también apunta que 'la tasa de empleo fue del 26,7 %, más de 37 puntos inferior a la de las personas sin discapacidad. Dicha tasa aumentó 0,8 puntos respecto a 2019. Por su parte, la tasa de paro superó en más de seis puntos a
la de la población sin discapacidad (22,2 % frente a 15,4 %)'.


Contribuir a elevar la participación de las personas con discapacidad en las actividades laborales resulta un objetivo obligado y plausible, pero para ello es preciso adoptar medidas específicas que ayuden a hacerlo posible. Algo más de una
cuarta parte de este empleo goza de reducciones y bonificaciones a la seguridad social y, en determinados casos, conlleva también subvenciones. Este es el caso de las decenas de miles de personas con discapacidad ocupadas en los Centros Especiales
de Empleo, las cuales se benefician de subvenciones por cada contrato de trabajo con personas con discapacidad, con el fin de poder mantener los empleos.


Hay que destacar que los Centros Especiales de Empleo se caracterizan por emplear en su plantilla, al menos, a un 70 % de personas con discapacidad, para contribuirá su inserción laboral.


La base del sueldo de estos trabajadores es el salario mínimo interprofesional y está estipulado mediante la negociación colectiva del sector. La Administración, mediante regulación, determinó costear el 55 % del mismo (anteriormente el 50
%), a instancias de la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a incrementar las subvenciones a los centros especiales de empleo para compensar el incremento del salario mínimo y garantizar su viabilidad. (161/000301) del PDeCAT,
aprobada tanto por el Pleno del Congreso como por la Comisión Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad. Estos centros emplean desde personas con un grado de discapacidad mínimo del 33 % hasta personas con más del 65 % de
discapacidad.


En este contexto, hay que considerar el aumento del salario mínimo interprofesional acaecido en 2019, que se incrementó desde los 735,9 €/mes hasta los 900 euros/mes, así como también los incrementos aprobados para 2020 desde los 900 €/mes
hasta los 950 €/mes, de 965 €/mes en 2021 y de 1.000 € en 2022, medidas adecuadas desde la perspectiva laboral y social, que sin embargo tienen una repercusión sobre los Centros Especiales de Empleo y sobre su capacidad de mantener el empleo de
personas con discapacidad, que debe ser corregida, ya que el aumento del SMI incide directamente sobre sus costes salariales, en empleos y actividades difícilmente reconvertibles. De hecho, con el alza del SMI, los costes laborales de los Centros
Especiales de Empleo se han incrementado en un 36 % por cada



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trabajador con discapacidad contratado con sueldo ligado al SMI desde 2019 a 2022, lo cual, sin duda debe ser enmendado.


La solución pasa por acompañar el alza del SMI con un alza en el porcentaje del SMI cubierto por las subvenciones por empleo de cada persona con discapacidad que tengan contratada los Centros Especiales de Empleo. Por ello se propone
incrementar, del 55 % del SMI actual al 75 % del SMI la subvención gubernamental.


Si aumenta el salario mínimo y en paralelo no aumenta la subvención a los Centros Especiales de Empleo, estos ven mermada su cuenta de explotación y muchos de ellos pueden convertirse en insolventes o verse obligados a minorar el empleo.
Cada vez que se aumenta el SMI sin medidas alternativas para los CET, se ponen en peligro miles de puestos de trabajo de personas con discapacidad intelectual y con trastornos de salud mental, un colectivo demasiado vulnerable como para verse en
estas tesituras de incertidumbre y zozobra. La situación financiera de estos centros es delicada y, por eso, reivindicamos la necesidad de acompañar al incremento del salario mínimo de un aumento de la subvención del SMI que reciben los CET y, así,
garantizar los puestos de trabajo de sus trabajadores y la creación de nuevos puestos de trabajo.


Así pues, a pesar de que desde el PDeCAT valoramos positivamente el nuevo incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anunciado por el Gobierno hasta los 1.000 euros mensuales, consideramos imprescindible acompañar dicho incremento
de las medidas y los soportes necesarios para garantizar el derecho al trabajo de las personas con especiales dificultades.


Los datos de la estadística anual sobre el empleo de las personas con discapacidad del INE son claras y muestran una bajada, tanto en la tasa de actividad, como en la tasa de empleo, de las personas con discapacidad intelectual a lo largo de
2020, de 2 y 2,8 puntos respectivamente.


Por este motivo hay que insistir en la necesidad de seguir trabajando para dignificar el trabajo y la calidad de vida de estas personas y en la importancia de garantizar la viabilidad de los Centros Especiales de Trabajo (CET) de iniciativa
social que, en definitiva, son aquéllos que ocupen el mayor número de personas con especiales dificultades.


Es necesario que la administración evalúe el impacto de estos incrementos del SMI en el mantenimiento y la creación de empleo para las personas con mayores dificultades de inserción en el mercado de trabajo, y actúe en consecuencia.


Con la misma voluntad y poniendo el mantenimiento de puestos de trabajo en el centro, desde el PDeCAT nos hacemos eco de las reivindicaciones del sector, que reclama a la administración un plan de choque que palie los efectos de la pandemia,
ponga fin a la infrafinanciación crónica del sector social, apueste de forma firme por las entidades de iniciativa social, y acabe con el déficit estructural que sufre el colectivo desde hace años.


Por todo ello, los Diputados del PDeCAT presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incrementar las subvenciones a los Centros Especiales de Empleo, desde el actual 55 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada trabajador con discapacidad contratado, al 75 % del
mismo, con el fin de compensar la mayor parte del incremento de costes laborales que les han supuesto los incrementos del SMI aprobados para los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022. La finalidad del incremento de la subvención es la de conservar los
empleos y viabilidad de los Centros Especiales de Empleo, entidades cuya razón de ser es proporcionar un trabajo productivo y remunerado a los trabajadores con discapacidad, adecuado a sus características personales y que facilite la integración
laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2022.-Genís Boadella Esteve y Ferran Bel Accensi, Diputados.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.



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161/003764


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para paliar las dificultades de accesibilidad en los cajeros
automáticos de las oficinas de las entidades bancarias, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


En ocasiones, la accesibilidad a los cajeros automáticos de las entidades bancadas no está garantizada para personas mayores, en silla de ruedas o con movilidad reducida.


La realización de una simple operación como la retirada de efectivo, supone una verdadera odisea para estas personas y un ataque a sus derechos. Los cajeros automáticos, en poca medida, están diseñados para que sean accesibles al colectivo
de personas con discapacidad, en silla de ruedas y mayores.


Encontrar un cajero que reúna las condiciones que posibilite el uso para estas personas, supone la búsqueda durante largos espacios, ya que 'el que no está alto, está a baja altura pero encajado en algún hueco de una fachada, al que para
aproximarse existe algún bordillo u otro obstáculo' (Proyecto Abedul).


Del mismo modo cuando se encuentra uno accesible, es posible que no sea de la entidad bancaria de la que es cliente esa persona, lo que ocasiona el pago de una comisión.


Las personas mayores y en silla de ruedas se encuentran también con otra dificultad, y es que es difícil encontrar cajeros accesibles en los interiores de los establecimientos de las entidades bancadas, más seguras para la extracción de
efectivo debido a que en ocasiones, el lector para la apertura de la puerta no está a la altura adecuada o existen escalones para el acceso.


Si esto lo trasladamos al medio rural, donde comienzan a desaparecer las sucursales bancadas y donde el cajero es la única opción para realizar las diferentes operaciones, supone una doble discriminación.


Debemos tener en cuenta que los cajeros automáticos han experimentado una mejora, aunque lastrada por las relevantes carencias en accesibilidad y seguridad, ya que éstos constituyen un medio para obtener efectivo, realizar operaciones
habituales de consulta, realizar ingresos, pagar recibos, hacer transferencias o cobrar cheques.


Los cajeros automáticos constituyen una forma ágil de desenvolverse en las entidades bancarias sin necesidad de hacer largas colas o perder tiempo personal.


Por lo tanto, su uso tiene que ser accesible, eliminando barreras, dificultades y desventajas para todas las personas, en especial para las personas con movilidad reducida y las personas mayores, que tal y como ocurre en la actualidad, se
ven en ocasiones discriminadas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar que las entidades bancadas cumplen las obligaciones contenidas en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad
y de su inclusión social, en materia de accesibilidad, de manera que se generalicen las medidas que garanticen la accesibilidad física de acceso y uso de los cajeros automáticos en el interior y en el exterior de la oficinas, para personas con
movilidad reducida, en silla de ruedas y personas mayores, de manera que se estudie la realización de diseños de cajeros plenamente accesibles, conforme con un diseño universal y con la adopción de medidas unificadas que favorezcan su uso.


2. Revisar la normativa relativa a la utilización de la tarjeta de crédito o débito en cualquier entidad bancaria para las personas con movilidad reducida, en silla de ruedas y personas mayores, sin que ello suponga el cobro de una comisión
económica, o en su caso, dicha comisión sea asumida por la entidad de origen.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Yolanda Seva Ruiz, Luis Carlos Sahuquillo García y Sonia Guerra López, Diputados.-Susana Ros Martínez y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Rubén Darío Vega Arias, doña Teresa López Alvarez y don Ricardo Chamorro Delmo, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en
el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a adoptar todas las medidas que sean necesarias al objeto de establecer finalmente el trazado de líneas de base
rectas en las zonas donde se encuentran Ceuta y Melilla, con el fin de delimitar correctamente nuestras aguas de soberanía o jurisdicción, especialmente a efectos de pesca, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Previo. Introducción.


En primer lugar, hay que subrayar que la delimitación de los espacios marítimos no ha sido tratada, a nivel internacional, tan profundamente como la demarcación de las fronteras terrestres. Esta delimitación comenzó a debatirse tras la
Segunda Guerra Mundial 149. Por este motivo, dos terceras partes de las fronteras oceánicas no han sido trazadas hoy en día, lo que ha dado lugar a grande litigios y negociaciones entre las naciones por la dominación de este espacio 150 y,
especialmente, por los derechos de explotación de sus recursos naturales.


Estas reivindicaciones históricas tuvieron su punto de encuentro en bahía de Montego (Jamaica), el 10 de diciembre de 1982, donde se firmó el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante, CONVEMAR). Esta resolución
internacional, en vigor para España desde el 14 de febrero de 1997, define y regula los espacios marítimos y determina, a su vez, la delimitación de las aguas territoriales a partir de la fijación de las denominadas líneas de base, adoptadas de
conformidad con los términos del propio Convenio.


El tratado recoge, además, los diferentes regímenes para las aguas vinculadas a los Estados ribereños: Aguas interiores; Mar territorial; Zona Contigua; Zona Económica Exclusiva y Plataforma Continental 151.


Primero. Mar territorial y la zona contigua.


El mar territorial es aquel espacio marítimo adyacente a la costa o litoral que se extiende hasta una distancia de 12 millas náuticas contadas a partir de las líneas de base desde la que se mide su anchura y sobre el que el Estado ribereño
ejerce su soberanía, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la CONVEMAR 152. Concretamente, el artículo 3 de la citada Convención señala lo siguiente:


'Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir de líneas de base'.


En el caso de España, la Ley 10/1977, de 4 de enero, sobre mar territorial (en adelante, Ley 10/1997) determina los límites exterior e interior del mar territorial español. De conformidad con el artículo primero, la soberanía del Estado
español se extiende fuera de su territorio y de sus aguas interiores, al Mar territorial adyacente a sus costas, ejerciendo dicha soberanía sobre la columna de agua, el lecho, el subsuelo y los recursos de ese mar 153. Según el artículo 2, 'el
límite interior del mar territorial viene


149 OVERJERO PUENTE, A. 'Notas en torno a la problemática del mar territorial en archipiélagos dependientes de Estados compuestos'.


150 Ibid.


151 Ibid.


152 El Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante'', en su artículo 8, define el mar territorial como 'aquél que se extiende hasta una
distancia de doce millas náuticas contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura'.


153 Artículo 4 de la Ley 10/1997.



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determinado por la línea de la bajamar escorada y, en su caso, por las líneas de base rectas que sean establecidas por el Gobierno', mientras que la línea exterior del Mar territorial, de conformidad con el artículo 3, 'estará determinado
por una línea trazada de modo que los puntos que la constituyen se encuentren a una distancia de doce millas náuticas de los puntos más próximos de las líneas de base a que se refiere el artículo anterior'.


Respeto a la Zona contigua, cabe señalar que esta se determina a partir del límite exterior del mar territorial. Este espacio marítimo no puede extenderse más allá de las veinticuatro millas marinas contadas desde las líneas de base a
partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial. El artículo 33.2 de la CONVEMAR señala que 'La zona contigua no podrá extenderse más allá de 24 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura
del mar territorial'.


Es decir, 'la anchura de este espacio es de doce millas, como la del mar territorial, a la cual se suma, de conformidad con el Convenio 154. El Estado ribereño tiene las facultades para prevenir y reprimir infracciones a las leyes
aduaneras, fiscales, de inmigración y sanitarias'.


Segundo. Las líneas de base: las líneas de base normal y las líneas de base rectas.


Dado que el mar territorial se determina por medio de las líneas de base 155, de conformidad con la CONVEMAR, lo importante es saber cómo se deben trazar, puesto que constituyen la referencia de partida a partir de la que se miden los
límites exteriores del mar territorial de un Estado y otras zonas marítimas de jurisdicción estatal (la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental), así como la delimitación con los estados vecinos 156.


Según la Convención, artículos 5 a 7, éstas se fijan a través de dos métodos:


1.° El de líneas de base normal: Señala el artículo 5 de la CONVEMAR lo siguiente: 'Salvo disposición en contrario de esta Convención, la línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a lo largo de
la costa, tal como aparece marcada mediante el signo apropiado en cartas a gran escala reconocidas oficialmente por el Estado ribereño'.


Por lo general el establecimiento de las líneas de base normal no es susceptible de generar muchos problemas entre los Estados, a excepción de situaciones geográficas que adquieren cierta complejidad como las islas, las rocas o las
elevaciones del terreno 157.


2.° El de líneas de base recta: Recogido en el artículo 7 de la misma Convención. Dicho artículo señala lo siguiente:


'1. En los lugares en que la costa tenga profundas aberturas y escotaduras o en los que haya una franja de islas a lo largo de la costa situada en su proximidad inmediata, puede adoptarle, como método para trazar la línea de base desde la
que ha de medirse el mar territorial, el de líneas de base rectas que unan los puntos apropiados.


2. En los casos en que, por la existencia de un delta y de otros accidentes naturales, la línea de la costa sea muy inestable, los puntos apropiados pueden elegirse a lo largo de la línea de bajamar más alejada mar afuera y, aunque la línea
de bajamar retroceda ulteriormente, las líneas de base rectas seguirán en vigor hasta que las modifique el Estado ribereño de conformidad con esta Convención.


3. El trazado de las líneas de base rectas no debe apartarse de una manera apreciable de la dirección general de la costa, y las zonas de mar situadas del lado de tierra de esas líneas han de estar suficientemente vinculadas al dominio
terrestre para estar sometidas al régimen de las aguas interiores.


4. Las líneas de base rectas no se trazarán hacia ni desde elevaciones que emerjan en bajamar, a menos que se hayan construido sobre ellas faros o instalaciones análogas que se encuentren constantemente sobre el nivel del agua, o que el
trazado de líneas de base hacia o desde elevaciones que emerjan en bajamar haya sido objeto de un reconocimiento internacional general.


5. Cuando el método de líneas de base rectas sea aplicable según el párrafo 1, al trazar determinadas líneas de base podrán tenerse en cuenta los intereses económicos propios de la región de que se trate cuya realidad e importancia estén
claramente demostradas por un uso prolongado.


154 Ibid 1.


155 https://dpej.rae.esilema/1 %C3 %ADnea-de-base


156 González Giménez, Jesús (2007). 'Las líneas de base en el mar Mediterráneo: ¿Discrecionalidad o arbitrariedad en la acción estatal?'; Revista Española de Derecho Internacional (REDI); Universidad de Almería.


157 González Giménez, Jesús (2007). 'Las líneas de base en el mar Mediterráneo: ¿Discrecionalidad o arbitrariedad en la acción estatal?'; Revista Española de Derecho Internacional (REDI); Universidad de Almería.



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6. El sistema de líneas de base rectas no puede ser aplicado por un Estado de forma que aísle el mar territorial de otro Estado de la alta mar o de una zona económica exclusiva'.


Este artículo es el que se suele aplicar a aquellos litorales que presentan configuraciones costeras complejas y su fundamento reside en la idea de evitar el trazado de una línea de bajamar que siga por toda la sinuosidad de la costa 158, ya
que las líneas de base rectas se trazan uniendo entre sí sus extremos.


Además, persigue también una función añadida: que el Estado encierre aquellas aguas que, debido a su estrecha vinculación con la costa, tienen el carácter de aguas interiores 159, puesto que las aguas que quedan encerradas entre dichas
líneas de base recta y tierra son también de plena soberanía del país ribereño (artículo 8 de la Convención).


En definitiva, 'cuando el método de las líneas de base recta sea aplicable. Al trazar determinadas líneas de base podrán tenerse en cuenta los intereses económicos propios de la región de que se trate, cuya realidad e importancia estén
claramente demostrados por un uso prolongado'.


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Por su parte, nuestra legislación nacional define las líneas de base en la Ley 20/1967, de 8 de abril, sobre extensión de las aguas jurisdiccionales españolas a doce millas, a efectos de pesca afirmando, en su artículo 2, que:


'La línea de base viene definida, en general, por la línea de bajamar escorada 160 a lo largo de todas las costas de soberanía española.


El Gobierno podrá acordar, para aquellos lugares en que lo estime oportuno, el trazado de líneas de base rectas que unan los puntos apropiados de la costa, de conformidad con las normas internacionales aplicables.


Si la distancia entre las líneas de bajamar de los puntos naturales de entrada o abra de una bahía no excede de veinticuatro millas, la línea recta que los une será considerada como línea base, siendo aguas interiores las comprendidas entre
dicha línea y la costa 161'.


Tercero. Delimitación de aguas entre España y Marruecos.


Debido a su situación geográfica, España ha tenido ciertos problemas a la hora de delimitar los espacios marítimos con sus países vecinos. Especialmente acuciante es el problema de delimitación de aguas entre España y Marruecos.


Con el reino alauita existen muchas zonas conflictivas: 'discrepancias en torno al régimen de las aguas de Ceuta y Melilla, así como los espacios marítimos que circundan las islas y peñones de soberanía


158 González Giménez, Jesús (2007). 'Las líneas de base en el mar Mediterráneo: ¿Discrecionalidad o arbitrariedad en la acción estatal?'; Revista Española de Derecho Internacional (REDI); Universidad de Almería.


159 González Giménez, Jesús (2007). 'Las líneas de base en el mar Mediterráneo: ¿Discrecionalidad o arbitrariedad en la acción estatal?'; Revista Española de Derecho Internacional (REDI); Universidad de Almería.


160 R.A.E.: 'La línea de bajamar más baja posible'. Enlace: https://dpej.rae.es/lema/1 % C3 % ADnea-de-bajamar-escorada


161 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=B0E-A-1967-5595



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española en el norte del continente africano, si bien se han tratado de evitar problemas adicionales en esta región al no declarar España zona de protección pesquera, ni zona económica exclusiva'. 162


El origen de estos problemas viene potenciado por la falta de un acuerdo o convenio con el Reino de Marruecos para la delimitación de los espacios marítimos de ambos países. Asimismo, nuestro país no ha establecido líneas de base rectas en
las zonas donde se encuentran Ceuta y Melilla, sino que utiliza la línea de base normal en la delimitación de nuestras aguas de soberanía o jurisdicción 163. Además, a diferencia de nuestro país, Marruecos si trazó las líneas de base recta, a
través del Decreto marroquí de Líneas de Base Recta 2-75-311 de 21 de julio de 1975, encerrando dentro de las aguas interiores marroquíes a Ceuta y Melilla, a las islas Chafarinas y a los peñones 164.


[**********página con cuadro**********]


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Este decreto provocó en su día una protesta formal por parte de España, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.6 de la CONVEMAR, que, como anteriormente hemos señalado, establece que 'El sistema de líneas de base rectas no puede ser
aplicado por un Estado de forma que aísle el mar territorial de otro Estado de la alta mar o de una zona económica exclusiva'.


162 División jurídica de los espacios marítimos. Manual de derecho del Mar. Ministerio de Defensa.


163 Ibid.


164 Ibid.



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Esta situación se agravó, además, en la zona de Melilla, con la construcción del puerto de Beni Enzar. Así, a pesar de que Marruecos respeta el derecho de paso a los buques que entran y salen de estas aguas sin generar conflicto, es
necesario que el reino alauita reconozca la soberanía española sobre nuestras plazas del norte de África y respete a su vez nuestros derechos de explotación sobre las mismas, de conformidad con lo reconocido expresamente en la CONVEMAR, que
Marruecos ratificó, finalmente, en el año 2007.


Cuarto. Depósito en la secretaria general de las naciones unidas para su debido registro y publicidad.


De acuerdo con los apartados del artículo 16 de la CONVEMAR, 'Las líneas de base para medir la anchura del mar territorial, determinadas de conformidad con los artículos 7, 9 y 10, o los límites que de ellas se desprendan, y las líneas de
delimitación trazadas de conformidad con los artículos 12 y 15 figurarán en cartas a escala o escalas adecuadas para precisar su ubicación. Esas cartas podrán ser sustituidas por listas de coordenadas geográficas de puntos en cada una de las cuales
se indique específicamente el datum geodésico. El Estado ribereño dará la debida publicidad a tales cartas o listas de coordenadas geográficas y depositará un ejemplar de cada una de ellas en poder del Secretario General de las Naciones Unidas'.


De esta manera, la CONVEMAR exige que los Estados ribereños depositen en poder del Secretario General de las Naciones Unidas cartas que muestren las líneas de base para medir la anchura del mar territorial, así como los límites exteriores
del mar territorial; esas cartas podrán ser sustituidas por listas de coordenadas geográficas de puntos en cada una de las cuales se indique específicamente el datum geodésico. También se exige que los Estados ribereños den la debida publicidad a
tales cartas o listas de coordenadas geográficas.


Quinto. La extensión de las aguas jurisdiccionales españolas a doce millas a efectos de pesca de Ceuta y Melilla.


Como anteriormente hemos señalado, el problema que emerge tanto en las aguas de Ceuta como en las de Melilla es que sus líneas de base recta todavía no han sido trazadas y, consecuentemente, España está renunciando tácitamente a los derechos
que le corresponden en igualdad de condiciones que al resto de las regiones del Estado.


Estos derechos vienen definidos, independientemente de los derechos de plena soberanía que reconoce la Convención, en la Ley 20/1967, de 8 de abril, sobre extensión de las aguas jurisdiccionales españolas a doce millas, a efectos de pesca
cuando determina en su artículo primero lo siguiente:


'Corresponde al Estado Español:


a) El derecho exclusivo de pesca y la jurisdicción exclusiva en materia de pesca en la zona de seis millas a partir de las líneas de base que se definen en el artículo segundo.


b) El ejercicio del derecho de pesca en la zona que se extiende hasta las doce millas, medidas desde dicha línea de base, con arreglo a las normas contenidas en el artículo cuarto de la presente Ley; y


c) La facultad de reglamentar la pesca y la conservación de los recursos del mar, así como la de hacer respetar y cumplir dicha reglamentación y las medidas de conservación que hubieren sido objeto de algún acuerdo internacional, en una zona
del mar adyacente a las costas españolas de doce millas de anchura, medidas a partir de las líneas de base que se definen en el artículo segundo.'


Asimismo, el artículo segundo de la misma ley, al referirse a las líneas de base, señala que 'La línea de base viene definida, en general, por la línea de bajamar escorada a lo largo de todas las costas de soberanía española. El Gobierno
podrá acordar, para aquellos lugares en que lo estime oportuno, el trazado de líneas de base rectas que unan los puntos apropiados de la costa, de conformidad con las normas internacionales aplicables. Si la distancia entre las líneas de bajamar de
los puntos naturales de entrada o abra de una bahía no excede de veinticuatro millas, la línea recta que los une será considerada como línea base, siendo aguas interiores las comprendidas entre dicha línea y la costa'.


Por tanto, en virtud de citado artículo el Gobierno de la nación podrá acordar el trazado de líneas de base rectas que unan los puntos apropiados en la costa, de conformidad con las normas internacionales aplicables, para aquellos lugares
que lo estime oportuno 165.


165 Exposición de motivos del Real Decreto 2510/1997.



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A pesar de esta potestad del Gobierno, en el Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto, sobre trazado de líneas de base rectas en desarrollo de la Ley 20/1967, sobre extensión de las aguas jurisdiccionales españolas a 12 millas, a efectos de
pesca 166 (Real Decreto 2510/1977), en virtud del cual se determinan las líneas de base rectas para la delimitación de las aguas jurisdiccionales españolas, no se encuentran delimitadas expresamente las respectivas a las aguas jurisdiccionales de
Ceuta y Melilla.


Por lo tanto, aunque el Real Decreto 2510/1977 abordó la cuestión del trazado general de las líneas de base recta a lo largo de las costas españolas, dejó pendiente el trazado del litoral de Ceuta y Melilla para no causar un conflicto
diplomático con Marruecos 167. No obstante, este país ha venido históricamente delimitando en su legislación interna esas aguas españolas como propias 168 y reclamándolas en el seno de los organismos internacionales ante la pasividad de España 169.


Sexto. Conclusiones.


De conformidad con el artículo 3 de la CONVEMAR, el Reino de España tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas, según corresponda, a partir de líneas de base o
líneas de base rectas. No obstante, el Reino de España no ha trazado todavía sus líneas de base rectas para Ceuta y Melilla.


En definitiva, este Grupo Parlamentario, a través de la presente iniciativa insta al Gobierno a adoptar todas las medidas que sean necesarias al objeto de establecer finalmente el trazado de líneas de base rectas en las zonas donde se
encuentran Ceuta y Melilla, con el fin de delimitar correctamente nuestras aguas de soberanía o jurisdicción, especialmente a efectos de pesca.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar todas las medidas que sean necesarias al objeto de establecer finalmente el trazado de líneas de base rectas en las zonas donde se encuentran Ceuta y Melilla, con el fin de delimitar
correctamente nuestras aguas de soberanía o jurisdicción, especialmente a efectos de pesca. A tal efecto, se deben llevar a cabo las siguientes medidas:


- Modificar el Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto, sobre trazado de líneas de base rectas en desarrollo de la Ley 20/1967, de 8 de abril, sobre extensión de las aguas jurisdiccionales españolas a 12 millas, a efectos de pesca, con el fin
de que recoja las nuevas líneas de base recta en las zonas de Ceuta y Melilla.


- Que se envíe a la Secretaría General de las Naciones Unidas para su debida publicidad una Carta marina o lista de coordenadas geográficas correspondientes a las aguas jurisdiccionales de Ceuta y Melilla partiendo de las nuevas líneas de
base recta, todo ello de conformidad con el artículo 16 de la CONVEMAR.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-María Teresa López Alvarez, Rubén Darío Vega Arias y Ricardo Chamorro Delmo, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


166 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=B0E-A-1977-23967


167 https://elfarodeceuta.es/aguas-espanolas-de-ceuta/


168 Gutiérrez Castillo, Víctor Luis (2011). 'Delimitación de las aguas marinas españolas en el estrecho de Gibraltar'; Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE); Documento de opinión 29/2011. Abril.


169 Del Valle Gálvez, Alejandro. (2013); 'Consolidar a la UE en el área del Estrecho (1): Ceuta, Melilla y Marruecos'; Real Instituto el Cano; 13 de julio.



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161/003753


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre los cupos CITES para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Por tercer año consecutivo, de forma inexplicable e incomprensible, el Gobierno español sigue impidiendo la pesca y comercialización del marrajo dientuso al sector del palangre de superficie gallego, único en el Estado que dirige su
actividad a esa especie, entre otras.


La decisión de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT), tomada en su reunión del pasado mes de noviembre y en vigor desde enero de este mismo año para las dos próximas campañas, viene de prohibir retener,
transbordar y desembarcar, total o parcialmente, marrajo dientuso del Atlántico Norte.


A pesar de que era una decisión esperada por el sector, vuelve a ser un golpe durísimo para una flota que hizo enormes esfuerzos dirigidos a la sostenibilidad de los recursos en los últimos años, en los que viene reduciendo sus capturas casi
un 40 % y dotándose voluntariamente de monitores electrónicos y de un mayor número que el requerido de observadores a bordo para aportar más datos científicos.


Ahora, mientras se inicia una fase de recuperación de la especie, deberán esperar a la próxima evaluación de la ICCAT que estaba prevista en 2027 y que finalmente se ha adelantado al 2024.


La prohibición, que venía ya precedida de otra evaluación del ICCAT en el 2017 en la que se que limitó enormemente la captura del marrajo y que supuso la inclusión de la especie en el Apéndice II de CITES (Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) en el 2019, que provocó que se pudiera capturar el marrajo pero, en la práctica, no comercializarlo, afecta únicamente al Atlántico Norte, mientras en el Pacífico, en el Índico y en el Atlántico Sur no hay
establecimiento de límites.


No obstante, la descoordinación y la deficiente gestión del Gobierno español sigue manteniendo la actividad del sector bloqueada, pues en pleno mes de febrero sigue sin publicar la cantidad de toneladas a las que se les expedirá el
certificado CITES, imprescindible para que el marrajo pueda comercializarse. Los cupos CITES para 2022, deberían estar anunciados desde el 1 de enero, pero aún no se conocen, así mismo, tampoco se ha establecido la operativa administrativa para
expedir los certificados, cuya gestión fue trasladada del Ministerio de Comercio al Ministerio de Transición Ecológica.


Esta situación totalmente anormal y extremadamente gravosa para el sector podía tener cierta justificación en el 2020, primer año de aplicación de los certificados CITES, pero el problema continuó en el 2021 y ahora afecta no solo a las
capturas de este año 2022 sino a las realizadas en el mes de diciembre de 2021 que quedan bloqueadas al llegar a puerto porque no se expiden los certificados CITES.


Solo en los primeros 15 días de enero, el sector estimó unas pérdidas de más de 2 millones de euros provocadas por este retraso y por la falta de soluciones inmediatas que están poniendo en riesgo a viabilidad de sus empresas.


El cambio de unas competencias que estaban en manos del Ministerio de Comercio -que expedía los certificados previa autorización del MITECO, que determinaba el cupo autorizado- al de Transición Ecológica no vino sino a agravar aún más la
situación, ya que ahora interviene otro organismo, el CSIC, que fija los límites previa expedición de las autorizaciones.


Una maraña burocrática en la que el Ministerio de Pesca solo mantiene su función de autorizar las capturas siguiendo las recomendaciones de la ORP correspondiente, pero desconociendo el cupo comercial o en qué momento se autorizará. De este
modo, en la reunión que la Secretaría General de Pesca mantuvo el pasado 23 de enero con representantes del sector solo pudo comprometerse a solventar lo reparto de los topes, compromiso que no solucionará la totalidad del problema pero que
permitiría a los barcos comenzar a pescar.


Con todo, a pesar de a la reiteración y a la desesperación de un sector que abarca 120 buques y más de 850 tripulantes, a día de hoy la situación aun no varió y desde el pasado 1 de enero los barcos tienen que descartar todas sus capturas de
marrajo dientuso hasta que se les informe de los cupos. Y es aún después de esa comunicación, cuando deberán cumplir una norma contenida en sus permisos de pesca



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que dice que 'la retención de la especie queda condicionada a la posibilidad de certificación y comercialización que depende de la autoridad administrativa del Convenio CITES', que puede posponerse varios meses desde que comienza la marea
pero que debe aplicarse a la totalidad de las capturas y retenciones desde el comienzo de la misma.


A este esperpéntico escenario, hay que añadir que otras flotas comunitarias (Portugal), y también de terceros países (Ecuador, Chile, etc.), están desembarcando y comercializando marrajo dentro del Estado español, mientras nuestra flota
tiene que dejar las capturas en el mar o en los congeladores a la espera de unos permisos que el Gobierno debería haber expedido hace más de un mes e ignorando cuándo se producirá la autorización.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Comunicar de inmediato los cupos CITES para 2022 al sector pesquero afectado.


2. Confirmar por escrito al sector que existe coordinación entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que debe ser reconocida expresamente por ambas partes,
en la gestión de los cupos y uso de los certificados.


3. Despejar definitivamente la incertidumbre actual sobre si las cantidades de marrajo capturado legalmente en el año 2021 en proceso de estar en depósito aduanero, así como las que ya lo están, y que continúan pendientes de certificación,
podrán hacerlo con cargo a los cupos de 2022.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2022.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la salida de España del
Tratado de la Carta de la Energía (TCE), para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


En 1994 el Gobierno de España ratificó su adhesión al Tratado de la Carta de la Energía (TCE), un tratado multilateral de protección de las inversiones en el sector energético del que forman parte otros 52 países, además de la Unión Europea
(UE) en su conjunto y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom).


Firmado en un contexto en el que las necesidades energéticas eran completamente diferentes a las actuales, tres décadas después el TCE está teniendo un efecto devastador en gran parte de los países signatarios del Tratado, ya que restringe
la capacidad legisladora de los Estados en temas clave como el impulso de la transición energética y el desarrollo de políticas sociales para reducir la pobreza energética. Además, está costando miles de millones de dinero público a las arcas de
los Estados.


A través del mecanismo de resolución de controversias inversor-Estado (ISDS, por sus siglas en inglés), los inversores extranjeros -con sede en un país signatario del TCE- pueden demandar a los Estados signatarios del Tratado si consideran
que han legislado en contra de sus intereses económicos, presentes o futuros. Las demandas no se resuelven ante tribunales ordinarios, sino ante tribunales de arbitraje formados por tres árbitros privados, normalmente especializados en derecho
comercial. Los laudos emitidos son inapelables. Los Estados, sin embargo, no pueden demandar a los inversores si estos consideran que han vulnerado parte del acuerdo.



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Según los principios actuales del derecho internacional de inversiones de la UE, hoy el TCE es un acuerdo considerado anticuado debido a los esta´ndares de proteccio´n de inversores que contiene, y por no estar alineado con los objetivos del
Acuerdo de Pari´s sobre el cambio clima´tico y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).


1. Limitación de la transición energética y de la coherencia de políticas.


Las recién aprobadas Ley de Clima de la UE y Ley de Cambio Climático y Transición Energética Española persiguen alcanzar la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en 2050, un objetivo indispensable para lograr los
compromisos adoptados bajo la firma del Acuerdo de París y el reciente Pacto de Glasgow. El último informe del Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC), publicado el pasado 9 de agosto, ha alertado, una vez más, sobre la necesidad de
reducir las emisiones de GEI, que derivan principalmente de la combustión de combustibles fósiles.


Sin embargo, el TCE choca directamente con estos objetivos. El Tratado protege las inversiones relacionadas con actividades económicas en el sector energético de prácticamente cualquier tipo, tal y como indica su Artículo 1 (5). Esto
incluye todas las fuentes de energía, así como cualquier aspecto relacionado con el suministro o la construcción de infraestructuras. Pero a efectos prácticos, son las inversiones en combustibles fósiles -petróleo, gas y carbón- las que están
altamente protegidas bajo el TCE. Una investigación reciente señala que, solo en Europa, la infraestructura fósil protegida por el Tratado tiene un valor de 344.600 millones de euros. En el caso de España la cifra asciende a 8.000 millones. Esto
significa que si los Estados miembro de la UE -incluida España- continúan en el TCE y deciden abandonar esas fuentes de energía, podrían ser objeto de nuevas demandas millonarias.


Bajo este tratado y gracias al mecanismo ISDS, los Estados están siendo demandados por abandonar fuentes de energía fósil que contribuyen al calentamiento global. Destaca el caso de Países Bajos, que entre febrero y abril de 2021 recibió
dos demandas bajo el TCE por una ley para eliminar la producción eléctrica a partir de carbón en 2030. En conjunto, las empresas alemanas RWE y Uniper reclaman al Estado alrededor de 2.400 millones de euros por las implicaciones que tendrá esta
medida en sus centrales de carbón, las cuales empezaron a operar en el país a partir de 2015 y deberán cerrar antes de 2030 si se aplica dicha ley. Estas demandas son las primeras en toda Europa que arremeten contra los planes de descarbonización
de un país para cumplir con sus compromisos climáticos adoptados con la firma del Acuerdo de París.


Otros casos relevantes son el de Italia, que en 2017 recibió una demanda de 350 millones de euros -siete veces la cantidad de su inversión inicial- por parte de la energética británica Rockhopper Exploration por la denegación de un permiso
para la construcción de una plataforma petrolífera en sus costas. Alemania también ha recibido dos demandas de la compañía energética Vattenfall por aumentar los estándares de calidad del agua para proteger la fauna y flora del Río Elba, y por
prohibir la energía nuclear tras el accidente de Fukushima.


Por otro lado, la simple amenaza de demanda multimillonaria bajo el TCE puede tener un efecto disuasorio en los gobiernos a la hora de llevar a cabo legislaciones importantes para la ciudadanía. En 2017, tras recibir una amenaza de demanda,
Francia rebajó significativamente la ambición de los objetivos de una Ley que pretendía prohibir la extracción de combustibles fósiles a partir de 2040 y limitar la renovación de permisos de explotación.


2. Limitación del desarrollo de políticas sociales en situaciones de emergencia.


Según el informe sobre la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2019-2024 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en 2017 entre 3,5 y 8 millones de personas en España se encontraban en situación de
pobreza energética. Esto significa que España es el quinto país dentro de la Unión Europea con la electricidad más cara.


Esta realidad se ha visto agravada en los últimos meses con el incremento del precio de la electricidad, con máximos históricos de más de 200 euros por KWh, que ha dejado a miles de familias españolas en situaciones de gran vulnerabilidad.
Las grandes eléctricas y varios inversores extranjeros han amenazado con iniciar nuevas reclamaciones a raíz de las últimas modificaciones en el mercado eléctrico introducidas por el RD 17/2021.


Debido a la incertidumbre que existe en torno a la interpretación de los estándares de protección a las inversiones, el TCE también puede ser utilizado para obstaculizar medidas sociales encaminadas a



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garantizar el acceso a la energía de toda la población. Destacan los casos de Bulgaria y Hungri´a -dos de los países con una mayor tasa de pobreza energética dentro de la UE-, que a partir de 2007 han sido demandados en varias ocasiones por
intentar reducir el precio de la electricidad y limitar el poder de las compañías eléctricas.


Asimismo, tal y como revela un informe de Corporate Europe Observatory, diversos bufetes de abogados alentaron a sus clientes a demandar a los Estados por las medidas sociales extraordinarias adoptadas durante la emergencia del coronavirus.
En el caso del Estado español, los inversores podrían utilizar el TCE para demandar al Gobierno por las medidas para alargar el bono social y prohibir el corte de los suministros básicos.


3. Endeudamiento de las arcas públicas.


A día de hoy hay 142 demandas conocidas contra los países signatarios del TCE y una cantidad reclamada de más de 52 mil millones de dólares.


España es el país más demandado bajo el TCE. Hasta la fecha acumula 50 demandas, todas debido a los cambios legislativos en los subsidios a las energías renovables entre 2008 y 2014. El argumento usado es que las modificaciones
retroactivas en el marco normativo del sector ele´ctrico, y concretamente en el re´gimen de ayudas a las energi´as renovables, violan los derechos de los inversores bajo el TCE.


Con 18 demandas resueltas a favor de los inversores, España ya ha sido condenada a pagar 971 millones de euros en concepto de indemnización. Pero la cifra podría ser mucho mayor si España continúa en el TCE y pierde los arbitrajes
pendientes. Los últimos datos ofrecidos por el Gobierno en 2017 cifraban esta cantidad en alrededor de 10.000 millones de euros. A esta cifra hay que añadir los costes de los laudos y la defensa, que se calculan en un promedio de 3,6 millones de
euros en gastos jurídicos por demanda y que en total asciende a casi 70 millones de euros. Estas cantidades se asumen con el dinero de los y las contribuyentes a través de los Presupuestos Generales del Estado.


A pesar de que las demandas contra el Estado español tienen su origen en los recortes a las renovables, un estudio reciente del Transnational Institute demuestra que un 89 % de las demandas las inician fondos de capital u otro inversor
financiero, mientras que un 50 % de los casos provienen de inversores vinculados al sector fósil. Además, 10 de 11 inversores supuestamente neerlandeses son empresas pantalla: empresas casi sin empleados pero utilizadas por las grandes
corporaciones para mover capital y evitar el pago de impuestos.


La modernización del TCE.


Desde hace dos años el TCE se encuentra inmerso en un proceso de modernización que continúa en la actualidad. Hasta la fecha se han celebrado nueve rondas de negociación que no han dado resultados para alinear el Tratado con los objetivos
del Acuerdo de París. La previsión es que el proceso de modernización continúe con cuatro rondas más durante el primer semestre de 2022.


La propuesta de la UE para abandonar la protección de los combustibles fósiles de forma gradual, que ha sido la más ambiciosa hasta la fecha, daría lugar a otros 10-20 años de protección a las inversiones en energías fósiles. Pero además,
no ha sido respaldada por ninguna otra parte y Kazajistán la ha rechazado por completo. Un hecho crucial, ya que sin el apoyo de las 53 partes signatarias del Tratado no se pueden modificar las partes más sustanciales. Por otro lado, el mecanismo
ISDS no es uno de los 25 temas a negociar en el proceso de modernización del TCE, a pesar de que la UE ha dejado de incluir el ISDS en los acuerdos comerciales que ha firmado recientemente.


En este sentido, en enero de 2021 el Gobierno de España reconoció que el Tratado 'no es actualmente compatible con el Acuerdo de París, ni con el reciente Pacto Verde Europeo, ni con el objetivo de neutralidad clima´tica antes de 2050'. Por
su parte, en febrero de 2021, las ministras Teresa Ribera y María Reyes Maroto junto a la exministra Arancha González, anunciaron públicamente que si el proceso de modernización fracasa a la hora de alinear el Tratado con el Acuerdo de París, la
única vía posible será la salida. De acuerdo con el Artículo 47 del Tratado, cualquier Estado signatario del TCE puede salirse del tratado de forma unilateral. Este es el caso de Italia, que abandonó el TCE en diciembre de 2014.


Ante la falta de resultados en el proceso de modernización y los impactos del TCE expuestos anteriormente sobre la transición energética, las políticas sociales y las arcas públicas, cientos de organizaciones de la sociedad civil, personas
académicas y de la comunidad científica, e instituciones piden al Gobierno de España la salida del TCE lo antes posible.



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Por ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


Primero. Declarar la salida del Tratado de la Carta de la Energía, tal y como admite el artículo 47 del Tratado.


Segundo. Promover la salida conjunta de los Estados miembro de la UE acordando previamente la abolición de la cláusula de supervivencia del TCE.


Tercero. Trabajar para frenar el proceso de expansión del TCE en otros países del Sur Global.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2022.-Juan Antonio López de Uralde Garmendia, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/003751


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Ricardo Chamorro Delmo, doña Mireia Borrás Pabón, don Ángel López Maraver, don Luis Gestoso de Miguel, doña María Magdalena Nevado del Campo, don Francisco José Contreras Peláez y don Pedro Jesús Requejo
Novoa, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (G. P. VOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a la contribución del modelo de Estado autonómico al agravamiento de la despoblación rural, para su discusión en la Comisión para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Primero. La despoblación rural.


La despoblación se define como 'un fenómeno demográfico y territorial que consiste en la disminución del número de habitantes de un territorio o núcleo con relación a un período previo', que puede ser consecuencia 'de un crecimiento
vegetativo negativo (cuando las defunciones superan a los nacimientos), de un saldo migratorio negativo (la emigración supera a la inmigración) o de ambos simultáneamente. Por ello, las causas que la explican pueden ser complejas y exigen análisis
profundos para poder realizar un diagnóstico adecuado' 170.


En particular, la despoblación rural 171, esto es, la disminución del número de habitantes de las zonas no urbanas, puede verse como una consecuencia del 'éxodo rural provocado por el crecimiento económico moderno. Durante el período de
industrialización y el posterior crecimiento económico, las ciudades se expandieron enormemente, concentrando la localización de la industria primero y de los servicios después. Esta expansión requirió la contratación de una gran cantidad de mano
de obra, procedente principalmente de las zonas rurales, donde la creciente sustitución de fuerza de trabajo por maquinaria agrícola fomentó aún más la importante migración del campo a la ciudad' e hizo que esta migración fuese simultánea a un
espectacular aumento de la producción, de la productividad y del ingreso agrarios 172.


170 Pinilla, V., y Sáez, L. A., 'La despoblación rural en España: génesis de un problema y políticas innovadoras', Centro de Estudios sobre Despoblación y Desarrollo de Áreas Rurales, 2021. Acceso en línea:
http://sspa-network.eu/wp-content/uploads/Informe-CEDDAR-def-Iogo.pdf.


171 Pinilla, V., y Sáez, L. A., 'La despoblación rural en España: características, causas e implicaciones para las políticas públicas', Instituto de estudios fiscales, 2021. Acceso en línea:
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8113909.


172 Según Martín-Retortillo y Pinilla (2015), 'la agricultura europea perdió entre 1950 y 2000 cincuenta millones de activos, con un incremento de la producción realmente importante'. En Pinilla, V. y Sáez, L.A., 'La despoblación rural en
España: características, causas e implicaciones para las políticas públicas', Instituto de estudios fiscales, 2021, p. 77. Acceso en línea: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8113909.



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En este marco, el desplazamiento de personas desde las zonas rurales a las urbanas es una tendencia común a los principales países europeos, los primeros que se industrializaron, y 'parece indicar un fuerte vínculo entre las transformaciones
que implica el crecimiento económico moderno y los intensos desequilibrios demográficos' 173. Desde una perspectiva económica, tiene lugar, fundamentalmente, por razones de eficiencia: los operadores económicos se concentran en las ciudades porque
es en ellas donde se producen las economías de escala necesarias para posibilitar y sostener este crecimiento.


De acuerdo con lo anterior, y teniendo en cuenta que el cambio de paradigma económico en estas naciones se produjo en momentos distintos, existe un fuerte decalaje temporal entre los procesos de despoblación acontecidos en cada una de ellas.
En este sentido, 'Inglaterra perdió significativamente población rural entre 1850 y 1910, pero luego ha tendido a recuperarla; Francia comenzó a perderla en 1850 y mantuvo tasas de crecimiento negativo hasta finales del siglo XX; Alemania la
perdió entre 1910 y 1950, y posteriormente se ha mantenido estable; Italia y España perdieron población rural entre 1950 y 2000; y, finalmente, Polonia y Rumania lo hicieron desde 1970' 174. De hecho, entre 1950 y 2009 'la población urbana en el
mundo pasó de 732 millones a 3.400 millones y la tasa de urbanización aumentó del 30 por 100 al 50 por 100 (Desmet y Henderson, 2015). Hoy en día, aproximadamente un 55 por 100 de la población mundial vive en ciudades (Ritchie y Roser, 2020) y las
Naciones Unidas predicen que, en el año 2025, esta cifra aumentará hasta los cinco mil millones' 175.


De lo anteriormente expuesto se concluye que la despoblación es una tendencia histórica y global, pero no inevitable 176. En el caso de nuestro país, en el agravamiento de este fenómeno han jugado un papel determinante los distintos
Gobiernos del PP y PSOE que se han alternado en los ejecutivos nacional y regionales y que se han desentendido de procurar el avance económico y social de estas siempre que ellos permaneciesen en el poder. Estos no han adoptado medidas para
fomentar el equilibrio, la convergencia y la cohesión territorial, ni tampoco han propuesto políticas de promoción de la natalidad y apoyo a la familia que coadyuvasen a revertir la emergencia demográfica que vive España. Adicionalmente, no puede
tampoco olvidarse que el medio rural es perjudicado de manera sistemática por la actual mayoría política, que no tiene entre sus prioridades adoptar medidas que favorezcan a sus habitantes, sus tradiciones, su estilo de vida y su economía, sino que
legisla de manera contraria a los intereses de los españoles que desarrollan su vida y actividad económica en las zonas rurales. Asimismo, las políticas públicas en materia de despoblación, sean puestas en marcha por el PSOE o por el PP, obvian
deliberadamente que para luchar contra esta es vital desarrollar una política muy ambiciosa de promoción de la natalidad y de fomento del nacimiento de hijos, como posteriormente se detallará.


Como se anticipó, de este enfoque erróneo en relación con la España rural participan de manera entusiasta no solo los partidos que forman parte del actual Gobierno de coalición (PSOE y Unidas Podemos), sus terminales mediáticas y tejido
asociativo, sino también el Partido Popular (PP). Todos ellos han perjudicado notablemente el campo español.


Segundo. La incidencia de la despoblación en España.


Casi el 90 % del territorio español está deshabitado 177. Ello, a pesar de que la población española actual (47 millones de habitantes) 178 ha aumentado un 300 % desde 1900 (18,6 millones), un 38 % desde 1975 (34,2 millones de habitantes)
179 y un 15 % desde 2001 (41 millones) 180.


173 Collantes, F. y Pinilla, V. Peaceful Surrender. The Depopulation of Rural Spain in the Twentieth Century. Cambridge Scholars Publishing. Newcastle upon Tyne. 2011.


174 Collantes, F. y Pinilla, V., op. cit.


175 Cuberes, D., 'Concentración de la población y crecimiento económico', Papeles de economía española, 2020, núm. 164, p. 88. Acceso en línea: https://www.funcas.es/articulos/concentracion-de-la-poblacion-y-crecimiento-economico/


176 Ello, a diferencia de la urbanización, esto es, 'el incremento de la importancia relativa de las poblaciones urbanas y declive de las poblaciones rurales', que sí se trata de un fenómeno ineludible en cualquier proceso de crecimiento
económico moderno.


177 https://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/PublicacionesSeriadas/DocumentosTrabajo/20/Files/dt2028e.pdf


178 https://www.eleconomista.es/economía/noticias/11051135/02/21/Las-tres-Espanas-despobladas-23-provincias-con-un-pasado-similar-pero-con-futuros-muy-diferentes.html


179 https://www.epdata.es/datos/despoblacion-espana-datos-estadisticas/282


180 https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/actividades/Documents/2020/280220-despoblacion-en-cifras.pdf



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Población total de España y tasa de crecimiento por cada 1.000 habitantes (1998-2020)


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[Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, 2021 181]


Asimismo, el Banco de España da cuenta de que nuestro país es el que tiene el mayor porcentaje de territorio deshabitado y más concentración de habitantes en zonas específicas 182. Así, 'desde 1975 la población española ha aumentado
aproximadamente un 34 %, desde 35,4 millones de habitantes hasta 47,4 millones en enero de 2021. Sin embargo, este aumento de la población se ha distribuido deforma muy desigual. (...) Por ejemplo, ha habido una disminución en la población de
provincias como Soria y Teruel de más del 19 %, mientras que otras provincias, como Madrid y Barcelona, han crecido en un 64 % y 37 %, respectivamente'. De acuerdo con datos de la Fundación BBVA, basándose en el Instituto Nacional de Estadística
(INE), 'mientras España gana un 15,4 % de habitantes desde el 2000, más del 60 %) de municipios y 13 provincias pierden población. En concreto, desde el último censo de población de 2011, el número de municipios de 1.000 o menos ha aumentado hasta
alcanzar los 5.005 en 2020, lo que representa el 61,5 %) del total de municipios españoles, el valor más alto desde el año 2000' 183.


En cualquier caso, España tiene un medio rural muy extenso, heterogéneo y dinámico, cuya 'singularidad radica, sobre todo, en el menor tamaño de sus municipios (menos de 30.000 habitantes) y en la existencia de un hábitat disperso y de menor
densidad poblacional (menos de 100 hab./km2)'. Los espacios rurales, que 'continúan marcados, además, por la presencia dominante en ellos del paisaje natural, y por la estrecha vinculación (directa o indirecta) de la población local con la
agricultura', ocupan 'más de las tres cuartas partes de la superficie del territorio peninsular (alrededor de 390.000 km2), si bien solo vive en él algo más del 17 por ciento de la población'.


181 https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/analisis-y-prospectiva/ayp demografiaenlapoblacionrural2020 tcm30-583987.pdf


182 Op. cit.


183 https://www.fbbva.es/noticias/espana-gana-un-154-de-habitantes-desde-el-2000-mientras-mas-del-60-de-municipios-y-13-provincias-pierden-poblacion/



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Municipios rurales y urbanos. España


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[Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, 2021 184]


Gran parte de estas zonas nunca registraron una elevada densidad de población y no contaron con núcleos urbanos de un tamaño relevante; así, zonas que en la actualidad tienen una densidad de población de menos de 5 hab./km2, en su momento
de máximo poblamiento no alcanzaban los 10 hab./km2. Sin embargo, 'sí que se trataba de comunidades que mantenían un cierto equilibrio demográfico y social, de manera que su economía tradicional era sostenible en aquel contexto, incluso con cierta
diversificación'.


En la actualidad, la despoblación ya no es protagonizada por los flujos migratorios del campo a la ciudad, sino por un problema que, en un contexto global de invierno demográfico que afecta a la generalidad de los países desarrollados, se
sufre especialmente en España: el crecimiento vegetativo negativo determinado por la bajísima tasa de natalidad. De hecho, 5.102 municipios pierden población desde 2001, y 6.232 lo hacen desde 2011 185. Asimismo, en España hay 3.926 municipios
con una densidad de población inferior a los 12,5 hab./km2, umbral que la Unión Europea considera como de riesgo demográfico y que abarca el 48 % de la superficie española 186.


A pesar de todo lo expuesto, el fenómeno de la despoblación rural en España no ha sido objeto de atención política o social hasta fechas muy recientes, ni tampoco ha sido estudiado en el ámbito académico. Podríamos hablar, así, de una
España olvidada, silenciada y abandonada por los medios y por los políticos del PP y el PSOE, que han incumplido sus obligaciones constitucionales durante más de 40 años.


En la misma línea, la lucha contra la despoblación no ha sido correctamente abordada en el ámbito de la Unión Europea por tres razones: en primer lugar, esta cuestión ha recibido una financiación muy escasa y, a todas luces, poco
proporcionada en relación con el reto mayúsculo que supone la conservación y promoción de las comunidades rurales; en segundo lugar, las políticas de desarrollo rural se han centrado casi exclusivamente en lo agrario, siendo las partidas de ayudas
a los agricultores las que han absorbido la mayor parte de las acciones y dejando al margen al desarrollo rural; en tercer lugar, las autoridades europeas se han caracterizado en numerosas ocasiones por su alejamiento de los intereses de España y
de los del mundo rural español, y el PP y el PSOE no han hecho nada por evitarlo.


184 https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/analisis-y-prospectiva/ayp_demogr afiaenlapoblacionrural2020 tcm30-583987.pdf


185 https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/actividades/Documente/2020/280220-despoblacion-en-cifras.pdf


186 Ibid.



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Tercero. Los factores de la despoblación rural en España: la baja natalidad.


Como se ha expuesto, la despoblación implica, para las zonas de emisión de personas, que se generen una serie de dinámicas que complican su futuro y el de sus ciudadanos, puesto que es 'síntoma de graves problemas estructurales que pueden
conducir a su desaparición en breve plazo' 187. Pero eso no significa, como se ha señalado anteriormente, que este problema no tenga solución.


Sin embargo, el PP y el PSOE, que se han alternado en el Gobierno de la Nación y en los distintos gobiernos regionales, en lugar de abordar el problema de la despoblación desde su raíz, han conseguido que el vaciamiento rural sea en España
más grave y destructivo que en los países de nuestro entorno. Y ello, por dos razones principales que derivan de la misma, que es el fracaso de las políticas de estos partidos durante más de 40 años.


En primer lugar, ha de hacerse una referencia sucinta a la cuestión de la natalidad, ya que la despoblación rural se ve agravada por causa de la crisis demográfica existente: mientras la esperanza de vida de los ciudadanos crece 188,
disminuye al mismo tiempo la tasa de natalidad, por lo que cada vez hay más personas mayores y menos niños 189.


Basta observar los datos para comprobar que, al término de la Guerra Civil, en 1939, cuando España contaba con 25,5 millones de habitantes, se registró el mínimo de nacimientos de la serie histórica hasta finales de la década de los 80,
produciéndose 419.800. En 2020, este número era de la mitad (244.000), con una población de 47 millones de habitantes. Pero es que en 1865, con un tercio de la población actual, el total de nacimientos ascendió a 614.900 190.


Es evidente que Occidente en general, y España en particular, viven una auténtica emergencia demográfica, cuyo impacto se sufre de forma muy aguda en las zonas rurales más despobladas -y en constante despoblación activa- de nuestro país.


De esta manera, la tasa de fecundidad, que era de 2,8 hijos/mujer en 1976, cayó abruptamente en 1980, cuando descendimos por primera vez de la tasa de reemplazo generacional (2,1 hijos por mujer), que jamás hemos recuperado. Como a partir
de los años 80 dejaron de nacer millones de niños, la pirámide demográfica española tiene ya una gran dentellada en su mitad inferior: solo entre 2008 y 2016, España perdió 2,8 millones de jóvenes de entre 20 y 39 años. Así, en décadas venideras
nuestra pirámide poblacional será ancha en los tramos de mayor edad y estrecha en todos los demás. El tramo quinquenal más numeroso en la población española actual es el de 40 a 44 años. Para 2056, de mantenerse la natalidad actual, será el tramo
de 75-79 años (y el segundo más numeroso, el de 80-84).


Esta emergencia demográfica puede acabar con la supervivencia de la Nación. Con una fecundidad de 1,18 hijos por mujer (2020) estamos casi un 40 % por debajo del índice de reposición 191. No en vano, nuestro deficiente desempeño
demográfico en los 80, 90, 2000 y 2010 nos garantiza ya un fuerte envejecimiento en las décadas que vienen. Si España no corrige el rumbo, el problema será irresoluble. Por ello, deben adoptarse medidas inmediatas.


Cuarto. El Estado autonómico como factor agravante de la despoblación rural en España.


El resultado de las políticas fracasadas del PP y del PSOE, tanto en el ámbito estatal como regional, es inequívoco también en otro ámbito: la contribución del modelo de descentralización autonómica al agravamiento de la despoblación rural;
esto es, su fracaso tanto en la consecución de un modelo exitoso


187 Pinilla, V. y Sáez, L. A., op. cit.


188 Camarero, L., 'Despoblamiento, baja densidad y brecha rural: un recorrido por una España desigual', Panorama Social, 2020, núm. 1, p. 56. Acceso en línea:
?https://www.funcas.es/artículos/despoblamiento-baja-densidad-y-brecha-rural-un-recorrido-por-una- espana-desigual/?Según la Federación Española de Municipios y Provincias, 'ya son más de 4.000 los municipios españoles que se encuentran en riesgo
muy alto, alto o moderado de extinción: los 1.286 que subsisten con menos de 100 habitantes, los 2.652 que no llegan a 501 empadronados y una parte significativa de los más de mil municipios con entre 501 y 1.000 habitantes' (FEMP, 2017, p. 11)'.


189 https://www.ine.es/jaxi/Datos.htm?path=/t00/mujeres hombres/tablas 2/I0/&file=d1g1.px#!tabs-tabla


190 A este respecto, el Observatorio Demográfico CEU alerta: 'El índice sintético de fecundidad se situó en 2020 por debajo de 1,20 hijos por mujer, más de un 40 % inferior al nivel de reemplazo. En 1858 (primer año en el que hay
estadísticas modernas de nacimientos en España) se estima que nacieron unos 546 mil niños, cuando la población de nuestro país era de solo unos 15,5 millones de habitantes; mientras que las cifras actuales indican que los nacimientos rozaron los
340 mil en 2020 para una población de 47,35 millones de personas. Todas las previsiones apuntan a una disminución del número medio de personas por hogar. De hecho, un 30 % de los menores de 25 años en España viven sin ningún hermano, y solo el 20
% de los menores de 25 años conviven con dos hermanos o más'.


191 El número de nacimientos que serían necesarios para, simplemente, garantizar el reemplazo generacional, sin crecimiento de la población, es de 2,1 hijos por mujer.



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para la solución de los problemas territoriales de España como en el cumplimiento de su función inicial de promover el reequilibrio territorial. No ha existido ni siquiera la mínima intención de cumplir los mandatos constitucionales de
solidaridad dentro de la unidad, de promoción de la convergencia regional y de obtención del equilibrio entre los distintos territorios de España. En este sentido, se afirma que 'las energías políticas han sido absorbidas (...) por discusiones de
contenido simbólico de extremar identidades y singularidades territoriales, de aumentar la titularidad de competencias sin reflexión sobre la idoneidad de su ámbito, o en la búsqueda de fórmulas de financiación con el apriorismo de que siempre 'más
es mejor' (...)' 192. Ello es consecuencia de la importancia supuestamente 'vital' que tienen los nacionalistas para la 'gobernabilidad del Estado', argumento utilizado tanto por el PP como por el PSOE para justificar la cesión injustificada de
recursos y competencias a regiones gobernadas por 'unos nacionalismos centrífugos (...), siempre insatisfechos respecto del autogobierno alcanzado, sea cual sea su grado, y desdeñosos de su equiparación competencial y financiera con el resto de
comunidades autónomas' 193, que se han comportado siempre de forma insolidaria y desleal con el proyecto nacional.


Así, en materia territorial, el Título VIII CE operó una sustitución del anterior modelo unitario o centralizado por otro muy descentralizado, concretado en el denominado 'Estado de las autonomías'. Este proceso no ha servido para
incrementar el equilibrio territorial y la solidaridad interregional o para promover la convergencia entre los distintos territorios de España, sino que se ha convertido en un enemigo de la rica diversidad de la Nación, atacando la pluralidad
provincial y comarcal y tratando de homogeneizar territorios artificialmente.


En lo que se refiere a la lucha contra la despoblación, deben destacarse tres cuestiones que provocan que el sistema de comunidades autónomas coadyuve a la profundización en España de este fenómeno.


En primer lugar, el establecimiento de las comunidades autónomas no ha supuesto sino la movilización de 'un volumen considerable de recursos y personal desde la Administración central del Estado a las Autonomías, gran parte de los cuales se
han localizado en las capitales autonómicas' 194. Así:


'El ejercicio efectivo de las competencias requiere, además de la existencia de las instituciones y organismos correspondientes, del uso de medios (edificios, vehículos y maquinaria) y personal, e incrementa indefectiblemente la actividad
económica.


La mayor parte de los medios y personal de las administraciones autonómicas se ubican en las capitales de autonomía, por lo que son estas las que registran, de modo más acusado, los efectos de la descentralización del Estado.


Habida cuenta de la gran magnitud de recursos movilizados en esta reforma del Estado y del considerable número de ciudades capitales de autonomía involucradas (diecisiete más dos ciudades autónomas), parece muy probable que los cambios hayan
afectado a la organización del sistema urbano (...).


Las modificaciones ocasionadas por la descentralización del Estado en la organización del sistema urbano siguen, a priori, dos direcciones opuestas según la escala a la que se consideren: en el sistema urbano nacional tienden al
policentrismo, en tanto que en los sistemas regionales propenden a la concentración' 195 196.


En este sentido, se pone de manifiesto que, al margen de las ciudades cuyo crecimiento poblacional está asociado a las actividades turísticas, las áreas urbanas que registran incremento de población por encima de la media desde 1981 son
aquellas en las que se ha establecido la capital autonómica (Vitoria, Palma de Mallorca, Logroño, Santiago, Toledo, Pamplona, Zaragoza, Oviedo, Murcia, Cáceres, Mérida, Sevilla, Valladolid y Santander) 197.


En segundo lugar, íntimamente relacionado con lo anterior se encuentra el marco de gasto exorbitante e improductivo del modelo autonómico, que ha supuesto la existencia de duplicidades, redundancias y excesos. Estos se traducen en enormes
sobrecostes para los ciudadanos, que se cifran en 26.000


192 Pinilla, V. y Sáez, L.A., op. cit.


193 Ibid.


194 Escolano, S. (2012), Efectos de la capitalidad autonómica en la dinámica del sistema urbano español. En Valenzuela, M. (2012), El impacto del modelo autonómico en las ciudades españolas. Universidad Autónoma de Madrid.


195 Ibid.


196 En relación con esta última idea, es evidente que se ha fomentado la replicación a pequeña escala de diecisiete estructuras políticas que imitan a la del Estado, con los perjuicios para el ciudadano que ello supone.


197 Escolano, S. (2012), op. cit.



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millones (aproximadamente, un 3 % del Producto Interior Bruto 198), o entre 90.000 y 120.000 millones de euros 199; de estas cifras, las Administraciones autonómicas gastaron en sueldos 77.000 millones en el ejercicio 2018, con un creciente
gasto estructural y galopantes gastos financieros para el pago de vencimientos de deuda pública. En todos los casos, sin ningún beneficio para los españoles, sino solo para los políticos.


En tercer lugar, la existencia de diecisiete poderes legislativos ha impulsado dinámicas y procesos que se han alimentado de la competencia legislativa de las comunidades autónomas y de la dejación del Estado en el ejercicio de sus funciones
de dirección y coordinación para fragmentar el mercado y el ordenamiento jurídico nacional. En este sentido, por un lado, debe destacarse la nefasta gestión de la competencia exclusiva de 'ordenación del territorio' que a las regiones atribuye el
artículo 148.1.3.ª CE, puesto que estas se 'han limitado fundamentalmente a las cuestiones más técnicas -urbanismo, vivienda, transporte- y a sus aspectos de la gestión cotidiana, sin integrarlos en planes estratégicos con otras medidas de mayor
calado' que condujesen a una mayor cohesión tanto dentro de su demarcación como fuera de ella.


Por otro, ha de señalarse que las referidas duplicidades, redundancias y excesos del Estado autonómico han generado indudables perjuicios para la actividad económica y la creación de riqueza. Así, el principal problema del que alertan las
empresas que operan en el mercado español deriva del modelo territorial autonómico 200: la falta de unidad de mercado en el ámbito nacional, la elevada complejidad burocrática, con diversos niveles de Administración, o la inexistencia de modelos
nacionales para cuestiones de envergadura (ciencia, innovación, educación) dificultan la recuperación económica y la creación de empleo 201, y frenan de forma considerable el crecimiento económico futuro y el desarrollo de un entorno favorable a la
actividad empresarial 202.


A modo anecdótico, el despropósito que constituye el llamado 'Estado de las autonomías' creado por el Título VIII CE se evidencia en un ejemplo muy ilustrativo: en materia de lucha contra la despoblación, en España han de intervenir hasta
seis administraciones, a saber, europea, estatal, autonómica, provincial, supralocal (mancomunidades) y local 203. Sin embargo, ninguna de ellas ha adoptado medidas desde hace años para gestionar una cuestión como la despoblación, que ya había
ocurrido en la práctica totalidad de los países de nuestro entorno.


Quinto. Conclusión.


El artículo 138 CE dispone que 'el Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las
diversas partes del territorio español Por su parte, el artículo 40.1 CE, en el marco de principios rectores de la política social y económica, establece que 'los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y
económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica'.


Lo anterior no sería sino concreción tanto del principio de igualdad contenido en el artículo 14 ibidem como, particularmente, del mandato a los poderes públicos de 'promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y
de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, y remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud' del artículo 9.2 CE.


Como señala la Agenda España, a pesar de estos mandatos constitucionales, el sistema autonómico ha generado una sociedad con una evidente desigualdad en el ejercicio de derechos o en el disfrute de oportunidades, que ha contribuido al
agravamiento del fenómeno de la despoblación de las zonas rurales. Cuarenta años de Estado autonómico han dejado una comunidad política dividida en diecisiete reinos de


198 https://www.elnotario.es/index.php/hemeroteca/revista-33/1064-el-escandaloso-sobrecoste-de-las-comunidades-autonomas-0-49406880372582823# :~:text=Estableciendo %20un %20baremo %20basado %20en,6 %25 %20del %20PIB %20de %20Espa %C37oBla.


199 https://www.elimparcial.es/noticia/102555/economia/entre-90.000-y-150.000-millones-de-euros-ahorrariamos-sin-el-sistema-de-autonomias.html


200 https://www.eleconomista.es/firmas/noticias/7935199/11/16/Sin-Comunidades-Autonomas-Espana-tendria-pleno-empleo.html


201 https://elproblemasonlasautonomias.wordpress.com/


202 https://www.eIeconomista.es/firmas/noticias/7935199/ll/16/Sin-Comunidades-Autonomas-Espana- tendria-pleno-empleo.html


203 REMESAR, N., y BORIA, M. (2014), Promoting a place-based approach in the configuration of local development policies in Spain: The Catalan experience, Local Economy, Vol. 29(4-5): 469-485.



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taifas, sin liderazgo ni coordinación, un enorme caos administrativo, lazos afectivos debilitados y un país sumamente desigual, en el que se penaliza a las regiones leales con el proyecto nacional y se premia a las más insolidarias,
situación a la que es necesario poner fin.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Con carácter previo, y en todas las políticas públicas, abandonar la defensa de los postulados de la Agenda 2030 y de otras estrategias globalistas, y rechazarlos expresamente, por cuanto son radicalmente incompatibles con la defensa de
los verdaderos intereses de los españoles y de su soberanía.


2. Promover un proceso de recuperación de competencias con el fin de desarrollar políticas eficaces contra la despoblación a nivel nacional, que impliquen a todos los departamentos ministeriales y a todas las administraciones.


3. Apoyar de manera decidida la natalidad y la familia, revisando, diseñando, impulsando y coordinando políticas de apoyo directo e indirecto a la maternidad y a la conciliación laboral, encaminadas a la reversión del invierno demográfico
en el medio y largo plazo, poniendo en marcha ayudas directas progresivas por número de hijos, facilidades en el acceso a una vivienda y a los suministros básicos y bonificaciones y deducciones fiscales a quienes tienen hijos. En general, crear un
sólido sistema de apoyo a la familia que agrupe medidas institucionales, tributarias, sociales, laborales, bioéticas y de concienciación social, que sitúe a esta en el centro de las políticas públicas e incorpore también la perspectiva de familia en
la elaboración de las leyes y disposiciones.


4. Promover la realización de campañas de comunicación institucional para concienciar sobre la gravedad e importancia de la emergencia demográfica y de las nuevas medidas que, en virtud de los apartados anteriores, se pongan en marcha.


5. Fomentar la generación de oportunidades académicas, profesionales y vitales en las zonas en riesgo de despoblación y combatir las desigualdades existentes entre los españoles que habitan en el medio rural y en zonas urbanas. Al mismo
tiempo, proteger a los españoles que viven en el mundo rural frente a los ataques a sus tradiciones, modelo productivo y forma de vida.


6. Impulsar la creación de riqueza en las zonas rurales, promoviendo la captación de inversiones, ideando incentivos fiscales que permitan fundar, desarrollar y mantener en el tiempo proyectos empresariales viables y rentables y promoviendo
procesos de simplificación administrativa y burocrática para facilitar el establecimiento de autónomos, empresas y ciudadanos en zonas rurales.


7. Fomentar la realización de inversiones públicas en los barrios, municipios, comarcas, provincias y regiones afectados por la despoblación públicos, emprendiendo una mejora de los servicios sociales (equipamientos, infraestructuras de
transporte y servicios de salud o cultura) y de su conexión y cercanía a la población que habita en tales zonas rurales.


8. Remitir a las Cortes Generales un nuevo proyecto de ley de aprobación de un Plan Hidrológico Nacional bajo los principios de solidaridad y de bien común que, desde el respeto a la sostenibilidad de los recursos hídricos y de los
ecosistemas, permita una gestión eficiente del agua y la interconexión de todas las cuencas.


9. Promover el fortalecimiento del papel que desempeñan los municipios y las provincias como entidades administrativas territoriales más próximas a los intereses y a las necesidades reales de los ciudadanos y habitantes de la España rural.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2022.-Ricardo Chamorro Delmo, Mireia Borrás Pabón, Ángel López Maraver, Luis Gestoso de Miguel, María Magdalena Nevado del Campo, Francisco José Contreras Peláez y Pedro Jesús Requejo
Novoa, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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161/003770


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a renunciar al debate de una
Ley de protección animal que no cuente con el consenso del sector, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El anuncio del Gobierno de presentar un Proyecto de Ley de Bienestar Animal ha suscitado una profunda preocupación y amplio rechazo por parte de los sectores relacionados con el cuidado de los animales, las actividades comerciales
relacionadas con ellos, los zoos, Organizaciones Profesionales Agrarias y Ganaderas, veterinarios, y en general, el medio rural y el ámbito profesional relacionado con los animales de compañía y de trabajo, en sentido amplio.


El gobierno puso en circulación un borrador de anteproyecto hace unos meses, y sin embargo, no inició formalmente la tramitación de la iniciativa, ni la consulta pública de un borrador a través de la cual, los sectores implicados pudieran
manifestar sus alegaciones. Se trataba de un borrador con una profunda carga ideológica, elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en la línea de otras iniciativas y manifestaciones llevadas a cabo por el Gobierno, que han
provocado malestar y movilizaciones de la sociedad civil.


El Plan Normativo para 2022 aprobado por el Gobierno hace quince días incluye como iniciativa una Ley de Protección y Derechos de los Animales, cuyo objetivo sería 'implementar mecanismos legales con el fin de prevenir el alto grado de
maltrato y abandono de animales en nuestro país, estableciendo un marco general de protección y bienestar animal para todo el territorio nacional, implantando con carácter general la política de Sacrificio Cero para todo tipo de animales incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley'.


Las afirmaciones anteriores, recogidas en el Plan Normativo, y presumiblemente, en el Anteproyecto de Ley que el Gobierno pretende aprobar, presuponen conductas y prácticas de maltrato de naturaleza generalizada, lo que resulta como poco,
ofensivo para todas aquellas actividades que tienen un firme compromiso con el bienestar animal, lo que garantiza el cumplimiento de las exigentes normativas española y europea, e incorpora además buenas prácticas que nos sitúan a la vanguardia de
Europa. El impacto de esta corriente política en el seno del Gobierno, lejos de generar consenso y aportar bienestar a sectores muy identificados con el medio animal, y de alta cualificación profesional, genera división, frustración, atenta contra
la imagen del sector, y en definitiva, perjudica seriamente los intereses económicos y sociales de amplias capas de población, y del medio rural en general.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aplazar el debate y la aprobación de un Proyecto de Ley de Protección Animal que no cuente con el consenso previo mayoritario de los sectores afectados y no esté orientado a potenciar nuestra
excelencia en materia de bienestar animal, a continuar luchando contra las prácticas ilegales y a defender un patrimonio que es de todos los españoles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2022.-Carmen Navarro Lacoba y Antonio González Terol, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/003732


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para deflactar la tarifa del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Tras años de estar situada en un segundo plano, la inflación ha vuelto a cobrar protagonismo debido a los datos extraordinariamente altos que se han ido conociendo durante estos últimos meses. Los problemas ocasionados en las cadenas de
producción globales, la escasez de ciertos suministros y la preocupante evolución del coste de la energía, han ido empujando el Índice de Precios de Consumo (IPC) al alza hasta sobrepasar el 6 % interanual, unas cifras que España no sufría desde
hace tres décadas.


La inflación es un fenómeno que castiga con mayor severidad a los ciudadanos con menos capacidad económica al suponerles, en términos relativos, una mayor pérdida de poder adquisitivo. Así, aquellos hogares cuyos ingresos nominales les
permiten vivir solo de manera muy ajustada, ante una inflación sostenida no acompañada de incrementos análogos en sus ingresos, se ven abocados a situaciones de pobreza relativa. Más delicada aún es la situación de los hogares que ya se encuentran
en situación de pobreza relativa, que una elevada inflación no haría sino agravar.


Para evitar estas pérdidas de poder adquisitivo, trabajadores y empresarios, de manera individual o mediante negociación colectiva, están empezando a revalorizar los salarios para acompasarlos a la evolución de la inflación. De igual forma,
desde el sector público también se revalorizan ciertas prestaciones, donde destacan las pensiones, para evitar una pérdida de poder adquisitivo de sus perceptores. Lo cierto es que hoy, a causa de la inflación, una misma cantidad nominal de dinero
implica menos capacidad económica que años atrás. Dado este contexto, sin embargo, los poderes públicos no están haciendo todo lo necesario para adaptarse al cambio del nivel de precios. Este es el caso de la normativa tributaria, entre la que
destaca, por su impacto directo sobre la renta disponible de los hogares, la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


Los umbrales vigentes de la escala general del IRPF no se han modificado desde el 1 de enero de 2015. En este mismo periodo de tiempo (enero de 2015 a diciembre de 2021, último dato disponible en la web del INE), el IPC ha aumentado un 12,8
%. En consecuencia, muchos contribuyentes que por efecto de la variación nominal de sus ingresos, sin haber aumentado realmente su capacidad económica, están pagando hoy por un tipo impositivo superior al que debieran.


Bases vigentes desde 2015;Bases deflactadas según IPC (12,8 %)


12.450 €;14.044 €


20.200 €;22.786 €


35.200 €;39.706 €


60.000 €;67.680 €


300.000 €;338.400 €


La falta de deflación de las tarifas del IRPF va en contra del mandato constitucional de que el sistema tributario debe atender al principio de capacidad económica, al aumentar el tipo impositivo efectivo del contribuyente sin que este
realmente haya aumentado sus ingresos en términos reales. Además, el mantenimiento de unos umbrales de renta que no se corresponden con la realidad económica actual está agravando aún más la pérdida de poder adquisitivo ya provocada por la
inflación, cuando los poderes públicos deberían estar haciendo todo lo que estuviera en su mano para reducir su impacto.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a deflactar la tarifa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el fin de ajustar los tramos de la escala de dicho impuesto a la evolución de la inflación y a la capacidad
económica real de los contribuyentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de febrero de 2022.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos


161/003733


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para abordar medidas eficaces para evitar la exclusión
financiera, entendida desde diferentes vertientes, exclusión geográfica y desbancarización, exclusión por la brecha digital, exclusión por atención personal limitada, entre otras, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación
Digital.


Desde los años 90 comienza en el Estado el desarrollo de la Banca por Internet, Banca Online y empieza de este modo a trasladarse mucha de la operativa bancaria que se hacía en las oficinas bancarias, inicialmente a las empresas y comercios,
y posteriormente a particulares. El desarrollo de la tecnología ha hecho imparable este proceso, y a esto debemos añadir que, como consecuencia de la crisis financiera del 2008, el sector bancario ha llevado a cabo una profunda reestructuración
reduciendo sucursales, cajeros automáticos y puestos de trabajo. Según datos del Banco de España, entre los años 2008 y 2020 se han cerrado entorno a 22.000 sucursales bancarias, un proceso que según distintas consultoras va a continuar, fruto de
la digitalización bancaria, que, si bien agiliza procesos y reduce costes, no puede abordarse dejando a determinados colectivos atrás.


Como consecuencia de la reestructuración bancaria y de la digitalización, cierre de oficinas y brecha digital, surge la llamada 'La exclusión financiera', una realidad que no es nueva pero que en los últimos meses ha cobrado relevancia por
la campaña 'soy mayor, no idiota'. Una exclusión que afecta tanto a las áreas urbanas donde la atención personal cada vez es más limitada y donde muchos clientes carecen de la formación digital adecuada para poder acceder a las operaciones
habituales de los servicios bancarios, como a las zonas rurales donde el cierre de oficinas impide acceder a los servicios bancarios físicos y que afecta mayormente a la población más envejecida. Todo esto conlleva a que estas personas se
conviertan además en dependientes de la ayuda de sus familiares, vecinas o vecinos para realizar operaciones ordinarias y diarias que antes podían realizar perfectamente.


La exclusión financiera, además, no solo afecta a las personas mayores, según un estudio elaborado por la plataforma Europea de Entidades Sociales (EAPN) sino también a aquellos colectivos como la inmigración, hogares monoparentales...
cuyas condiciones socioeconómicas vienen determinadas por la falta de ingresos, ingresos de rentas mínimas, inseguridad laboral... que no operan por internet con su entidad financiera y que además deben hacer frente a condiciones impuestas por las
entidades bancarias que cada vez son más difíciles de cumplir. Así la exclusión financiera es mayor entre determinados colectivos sociales: en las mujeres, supera el 35 %, entre los mayores de 64 años, el 53 %; en el ámbito rural rebasa el 37 %
frente al 30 % de las ciudades.


Es cierto que el sector bancario ha impulsado determinadlas iniciativas en las zonas rurales para minimizar el impacto de la supresión de entidades y de cajeros (autobuses, acuerdos con correos) pero no son suficientes y, por lo tanto, será
necesario abordar más y nuevas medidas.


La ciudadanía es, somos, dependientes de la utilización de las entidades bancarias, la actividad bancaria es necesaria y debería funcionar de manera regular tanto para operaciones básicas como para asesoramiento de productos bancarios.



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Por todo ello, el Grupo Vasco (EAJ-PNV) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Acelerar e impulsar, con la participación de las entidades bancarias, una campaña de acceso a competencias digitales para evitar que las personas que no pueden acceder a servicios básicos por no disponer de los conocimientos ni
instrumentos necesarios sufran esta exclusión.


2. Instar a las entidades bancarias a garantizar una frecuencia regular y estable para los autobuses u oficinas móviles que prestan los servicios bancarios habituales de ingresos y retirada de efectivo en zonas donde no existen oficinas
bancarias ni cajeros automáticos.


3. Instar a las entidades bancarias a estudiar y garantizar la existencia de cajeros automáticos atendiendo al número de habitantes que, en ausencia de oficinas, se instalen y atiendan por los bancos en edificios públicos y accesibles.


4. Instar a las entidades bancarias a revisar y ampliar el horario de caja para evitar restricciones horarias o de importe para la realización de ingresos o reintegros en las cuentas corrientes de las y los clientes, servicios incluidos
dentro del servicio de caja básico sin que esto suponga el cobro de comisiones atendiendo al criterio de buenas prácticas del Banco de España, según el cual las entidades deben poner a disposición de sus clientes al menos un medio gratuito,
accesible y seguro, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada colectivo para que puedan disponer de efectivo de su cuenta.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2021.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


Comisión de Sanidad y Consumo


161/003728


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias del diputado del PDeCAT Ferran Bel i Accensi, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo,
una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a llevar a cabo mejoras retributivas en el colectivo de los médicos internos residentes, así como a los demás colectivos que se incluyen en la Formación Sanitaria Especializada (FSE).


Exposición de motivos


Cuando un estudiante finaliza el grado de Medicina y realiza el examen de acceso a Médico Interno Residente (MIR), antes de poder ejercer una especialidad médica tiene que formarse durante cuatro o cinco años bajo un contrato mixto
laboral-formativo. El marco regulador de este tipo de contrato viene fijado por el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.


Este Real Decreto fue fruto de un acuerdo, en 2006, entre el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas en el Consejo Interterritorial de Salud para incrementar en un 18 % el sueldo de los residentes en todas las Comunidades
Autónomas. Quince años después de ese incremento salarial, ha llegado el momento de plantear otra mejora retributiva para este colectivo, porque durante este período de tiempo los MIR han perdido poder adquisitivo: en 2007 su sueldo era el doble
del salario mínimo interprofesional, y en la actualidad apenas está un 26 % por encima.


De hecho, la Comisión Europea reconocía en un informe 204 de mayo de 2020 que la sanidad española 'ha estado ofreciendo buenos resultados de salud, a pesar del nivel relativamente bajo de inversiones' ante el estallido de la pandemia de la
COVID-19. No obstante, alerta de que 'la pandemia ha revelado


204 Council Recommendation on the 2020 National Reform Programme ofSpain and delivering a Council opinión on the 2020 Stability Programme ofSpain. Bruselas, 20 de mayo de 2020.



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problemas estructurales existentes, algunos de los cuales se derivan de ciertas deficiencias en la inversión en infraestructuras físicas y deficiencias laborales y las condiciones laborales de los trabajadores de la salud' y recomienda al
Estado español 'fortalecer la capacidad de recuperación y la capacidad del sistema de salud, en lo que respecta a los trabajadores de la salud, los materiales sanitarios necesarios y su infraestructura'.


Por este motivo, consideramos inaceptable que nuestros futuros médicos se encuentren en una situación de precariedad laboral con sueldos de poco más de 1.000 euros brutos al mes, cuando el trabajo que en realidad desempeña un MIR en un
centro sanitario no es solo formativo sino también de ayudante del médico adjunto.


Además, la retribución de los MIR es de las más bajas entre los países de nuestro entorno: mientras que un R1 percibe (puede variar entre CCAA) entre 1.100 y 1.400 euros brutos al mes, un R1 en Alemania cobra entre 4.600 y 5.100 euros, en
Bélgica sobre los 2.600 euros de media y en Portugal alrededor de los 1.571 euros.


Por todo ello, los diputados del PDeCAT presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Materializar en el presente ejercicio un incremento significativo de la retribución, en aquellos conceptos que dependen del Ministerio de Sanidad, de los Médicos Internos Residentes (MIR) que presten servicios en las entidades titulares
docentes dependientes del Sistema Nacional de Salud, mediante la modificación del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.


2. Ampliar también estas mejoras retributivas, en aquellos conceptos que dependen del Ministerio de Sanidad, a los demás colectivos que se incluyen en la Formación Sanitaria Especializada (FSE).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2022.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/003737


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Macarena Olona Choclán, don Juan Luis Steegmann Olmedillas, don Antonio Salvá Verd, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida, doña Mercedes Jara Moreno y don Tomás Fernández Ríos, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (G.P.VOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la verificación de autenticidad
de la identidad y de la condición de profesional sanitario para la notificación de sospechas de reacciones adversas a medicamentos y vacunas, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. Los efectos adversos.


Una Reacción Adversa a un Medicamento ('RAM' o 'efecto adverso') 'es cualquier respuesta nociva y no intencionada a un medicamento' 205.


La anterior afirmación 'no solo incluye efectos nocivos e involuntarios derivados del uso autorizado de un medicamento en dosis normales, sino también relacionados con errores de medicación y usos al margen de los términos de la autorización
de comercialización, incluidos el uso equivocado, la sobredosis


205 Artículo 2.4 del Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano.



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y el abuso del medicamento. Términos como efecto secundario, efecto adverso, efecto indeseable, efecto colateral, etc., son sinónimos de RAM' 206.


En el caso de medicamentos destinados a uso humano, la notificación de una posible RAM puede realizarse bien por un profesional de la salud (profesionales médicos, enfermeros o farmacéuticos), o bien por la propia persona afectada.


De esta manera, los ciudadanos pueden notificar las sospechas de reacciones adversas a medicamentos bien a través de un profesional sanitario o bien directamente a través del formulario electrónico ubicado en el sitio web
https://www.notificaRAM.es, recomendándose la primera opción. Por su parte, los profesionales sanitarios tienen la obligación de notificar sospechas de reacciones adversas, en lo que es la vía mayoritaria de notificación.


Segundo. El sistema de farmacovigilancia en el ámbito español y europeo.


En todos los casos, la notificación expuesta se efectúa al Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos de Uso Humano ('SEFV-H').


De acuerdo con el Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano ('RD 557/2013'), el SEFV-H es la 'estructura descentralizada, coordinada por la Agencia Española de Medicamentos
y Productos Sanitarios ('AEMPS'), que integra las actividades que las administraciones sanitarias realizan de manera permanente y continuada para recoger, elaborar y, en su caso, procesar la información sobre sospechas de reacciones adversas a los
medicamentos con la finalidad de identificar riesgos previamente no conocidos o cambios de riesgos ya conocidos, así como para la realización de cuantos estudios se consideren necesarios para confirmar y/o cuantificar dichos riesgos'. Se compone de
'los órganos competentes en materia de farmacovigilancia de las comunidades autónomas y las unidades o centros autonómicos de farmacovigilancia a ellas adscritos, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, los profesionales
sanitarios y los ciudadanos'.


No en vano, en relación con la AEMPS, el artículo 7.15 del Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea la Agencia estatal 'Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios' y se aprueba su Estatuto, enumera entre
las competencias de esta 'Identificar, evaluar y gestionar los riesgos derivados de los medicamentos autorizados, así como coordinar el Sistema Español de Farmacovigilancia de medicamentos de uso humano y veterinario, y participar en las
correspondientes redes europeas. Actuar como centro nacional de referencia en materia de farmacovigilancia'. Las competencias de la AEMPS se desarrollan de manera detallada en el mencionado RD 577/2013.


Una vez notificada una posible RAM, esta es evaluada por los técnicos de los centros autonómicos de farmacovigilancia correspondientes, que la registran en la base de datos FEDRA (Farmacovigilancia Española, Datos de Reacciones Adversas),
que recoge todos los casos de RAM que se notifican en España, no solo por ciudadanos y profesionales, sino también por la Agencia Europea de Medicamentos ('EMA', por sus siglas en inglés -European Medicines Agency-).


De este modo, las notificaciones que no se han recibido a través de la EMA son comunicadas a los laboratorios titulares de los medicamentos implicados. A su vez, todas las notificaciones recibidas son transmitidas a la Organización Mundial
de la Salud ('OMS'), para alimentar su base de datos mundial de reacciones adversas 207.


Por su parte, la EMA coordina el sistema de farmacovigilancia en el ámbito europeo, lo que hace a través del Comité de Evaluación de Riesgos de Farmacovigilancia (PRAC, por sus siglas en inglés) 208, y es responsable del desarrollo y
mantenimiento de EudraVigilance, un sistema de gestión y análisis de información sobre sospechas de reacciones adversas a medicamentos autorizados en el Espacio Económico Europeo que utiliza la propia EMA, los Estados miembros y la industria
farmacéutica.


Tercero. Notificación de los efectos adversos de las vacunas frente a la COVID-19 en España.


Durante la emergencia de salud pública causada por la enfermedad COVID-19, las vacunas han sido una herramienta para reducir el número de hospitalizaciones, ingresos en UCI y fallecimientos. Por ello, el control de sus efectos adversos
resulta fundamental para proteger y asegurar la salud de los españoles.


206 https://www.aemps.gob.es/medicamentos-de-uso-humano/farmacovigilancia-de-medicamentos-de-uso-humano/notificacion-de-sospechas-de-reacciones-adversas-a-medicamentos-ram-de-uso-humano/no tificasospechas-ram-profsanitarios/


207 https://www.aemps.gob.es/informa/notaslnformativas/la AEMPS/2018/docs/NI-AEMPS_5-2018-premio-FEDRA.pdf?x34225


208 https://www.ema.europa.eu/en/committees/pharmacovigilance-risk-assessment-committee-prac



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En este marco, sobre la base de las notificaciones registradas, la AEMPS elabora los Informes de Farmacovigilancia sobre vacunas COVID-19 209, habiendo sido publicados un total de 12 hasta la fecha de presentación de esta iniciativa. El
último de ellos, con fecha 26 de enero de 2022, indica lo siguiente:


- 'Hasta el 9 de enero de 2022, se han administrado en España 80.109.445 dosis de vacunas frente a la COVID-19, habiéndose registrado 55.455 notificaciones de acontecimientos adversos. Los acontecimientos notificados con más frecuencia
siguen siendo los trastornos generales (fiebre y dolor en la zona de vacunación), del sistema nervioso (cefalea y mareos) y del sistema musculoesquelético (mialgia y artralgia)'.


- De ellas, '11.048 fueron consideradas graves, entendiéndose como tal cualquier acontecimiento adverso que requiera o prolongue la hospitalización, dé lugar a una discapacidad significativa o persistente, o a una malformación congénita,
ponga en peligro la vida o resulte mortal, así como cualquier otra condición que se considere clínicamente significativa'.


- De estas últimas, '375 presentaron un desenlace mortal'.


- En cuanto a los sujetos notificantes, 'el 70 % han sido comunicadas por profesionales sanitarios y el 30 % por ciudadanos'.


Sin embargo, siguiendo las instrucciones de notificación de efectos adversos recogidas en la web www.notificaRAM.es, este Grupo Parlamentario ha podido comprobar, tras registrar los efectos adversos sufridos tras la vacunación en el
formulario de notificación del ciudadano 210, que en ningún punto se verifica la autenticidad de los datos de la persona notificante, que no se facilita un código de verificación a través del email y que no existe ningún otro sistema de
verificación, siendo posible el registro de cualquier efecto adverso sin ningún tipo de control. Tras el registro se recibe un correo electrónico desde la cuenta 'no_responder@aemps.es' en el que se incluye una referencia para actualizar los datos
reportados en caso de ser necesario.


A su vez, este Grupo Parlamentario también ha podido comprobar que en la web www.notificaRAM.es, es posible la notificación de efectos adversos sufridos tras la vacunación de un paciente en el formulario de 'notificación de profesional
sanitario', 'profesional sanitario no registrado' 211, sin que se solicite en ningún momento de manera obligatoria datos acreditativos del profesional, como pueden ser el número de colegiado o el centro médico o sociosanitario en el que presta sus
servicios. Tampoco se verifica la autenticidad de los datos que pueda introducir el supuesto profesional notificante. En consecuencia, es posible el registro de cualquier efecto adverso de un 'paciente' sin ningún tipo de control, obteniéndose el
correspondiente archivo con número de notificación de registro de efecto adverso.


De acuerdo con los datos señalados supra, 16.637 notificaciones de acontecimientos adversos han sido reportadas por los ciudadanos, y 38.818 por profesionales. En ambos casos, no ha existido ningún control de verificación de autenticidad de
la identidad ni del ciudadano ni del presunto profesional sanitario.


Cuarto. Conclusión.


Conforme a lo expuesto, es claro que la AEMPS, a través del SEFV-H y para su constancia final en la base de datos FEDRA, recibe notificaciones de efectos adversos de las vacunas contra la COVID-19, así como de otros medicamentos, sin que
estas hayan superado ningún control de verificación de autenticidad de la identidad o de la condición profesional del sanitario, y sin ninguna garantía de autenticidad de los datos reportados.


A pesar de carecer de las mínimas garantías de fiabilidad, esta información es reportada a la EMA (con distinto plazo según se trate de reacciones adversas graves o no graves), para que esta pueda ejercitar su función de coordinación del
sistema de farmacovigilancia europeo.


Se considera que en materia de salud pública es imprescindible contar con datos veraces, y que los que actualmente recoge y envía la AEMPS no tienen este carácter. El aumento de su fiabilidad pasa ineludiblemente por que sean verificados
los datos relevantes de los sujetos que notifiquen una posible RAM.


209 https://www.aemps.gob.es/la-aemps/ultima-informacion-de-la-aemps-acerca-del-covid %e2 %80 %9119/vacunas-contr a-la-covid %e2 %


210 https://www.notificaram.es/Pages/notificacionCiudadano.aspx-no-back-button


211 https://www.notificaram.es/Pages/seleccionFormuIario.aspx-no-back-button



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Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar, a través de la AEMPS, las medidas pertinentes con el fin de establecer los suficientes mecanismos de verificación de autenticidad de la identidad y de la condición de profesional
sanitario para completar la Notificación de Sospechas de Reacciones Adversas a Medicamentos del Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos de Uso Humano respecto de los medicamentos en general y, en particular, de las distintas vacunas
autorizadas frente a la COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de febrero de 2022.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Antonio Salvá Verd, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Mercedes Jara Moreno y Tomás Fernández Ríos, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del
Grupo Parlamentario VOX.


161/003777


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley,
para su debate y aprobación en la Comisión de Sanidad y Consumo, relativa a los Proyectos Estratégicos de Recuperación y Transformación Económica (PERTE) para la Salud de Vanguardia.


Exposición de motivos


El pasado 25 de noviembre de 2021, la Comisión de Sanidad aprobó la PNL 161/003044, relativa al impulso de la Medicina Personalizada de Precisión y de la Estrategia Farmacéutica Europea desde el diálogo, la colaboración y la inversión de
fondos europeos. Esta iniciativa, inicialmente propuesta por el Partido Popular y enmendada por los grupos de Gobierno, manifestaba la necesidad de fomentar la transparencia de las cuentas de las colaboraciones público-privadas, particularmente
aquellas realizadas a través de los Proyectos Estratégicos de Recuperación y Transformación Económica (PERTE), con el objetivo de diferenciar la participación pública de la privada, así como los beneficios derivados de tales colaboraciones. Esta
iniciativa instaba al Gobierno a fomentar la transparencia de las cuentas públicas, haciendo especial hincapié en la implementación de los proyectos derivados de los fondos Next Generation EU como muestra de la fortaleza de nuestra calidad
democrática y de la eficiencia en la gestión de los fondos europeos.


El 30 de noviembre de 2021, el Consejo de Ministros aprobó las líneas generales de aplicación del PERTE para la salud de vanguardia, donde se apuntalan las inversiones a los sectores de la innovación diagnóstica, terapéutica y preventiva del
Sistema Nacional de Salud. Concretamente, los PERTE para la salud de vanguardia cuentan con cuatro objetivos entre los que se centrarán las inversiones: la innovación y desarrollo para la curación de enfermedades; la medicina personalizada de
precisión incorporando datos genómicos, radiológicos, hábitos de vida, y factores socioeconómicos; el desarrollo de una base de datos integrada del Sistema Nacional de Salud digital; y la potenciación de la atención primaria a través de la
transformación digital.


Se estima que para el período 2021-2023 la inversión público-privada que canalizarán los PERTE será de 1.469 millones de euros. El grueso de las colaboraciones público-privadas apuntan a inversiones con un foco tecnológico aplicado a la
salud; sin embargo, no se establecen garantías para que estos mecanismos de desarrollo de alta tecnología y de bases de datos integradas tengan un impacto directo aplicable a los servicios públicos.


Si bien los objetivos marcados por los Proyectos Estratégicos de Recuperación y Transformación Económica para la salud de vanguardia son de una latente necesidad, es necesario establecer medidas que alienten la transparencia del reparto de
estos fondos, que aseguren una transferencia tecnológica



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hacia el sistema público y que garanticen que la utilización final de los productos desarrollados con estos fondos responda al interés general, y por tanto sean de titularidad pública.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar la transparencia de las cuentas en las inversiones público-privadas.


2. Elaborar medidas que fomenten la transferencia tecnológica de los productos desarrollados a través de los PERTE para la Salud de Vanguardia hacia el sistema público de salud.


3. Asegurar el carácter público de las bases de datos digitales desarrolladas por los Proyectos Estratégicos de Recuperación y Transformación Económica para la Salud de Vanguardia, con el objetivo protegerlos frente a intereses comerciales.


4. Adoptar cuantas medidas sean necesarias para asegurar que las inversiones públicas queden reflejadas en el precio final de mercado de los productos que resulten de las colaboraciones público-privadas PERTE.


5. Garantizar, mediante los instrumentos legales necesarios, el carácter público de las patentes derivadas de los PERTE para la Salud de Vanguardia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de febrero de 2022.-Joan Mena Arca, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/003778


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley,
para su debate y aprobación en la Comisión de Sanidad y Consumo, relativa al reconocimiento del derecho al acceso al agua potable y saneamiento.


Exposición de motivos


En 2016 la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en su sesión del día 14 de diciembre, aprobó una Proposición no de Ley sobre la mercantilización de derechos concesionales del agua, donde se ratificaba el agua como un bien
público y donde se ratificaba que su uso debe responder a los criterios de interés general por encima de la tendencia a su patrimonialización privada y su mercantilización.


La instancia de fondo de esta manifestación de la voluntad de la Cámara no fue otra que señalar la importancia del agua como un bien de acceso universal para la población, dado que sin agua potable las condiciones de vida humana son
imposibles. Esa iniciativa no legislativa fue la respuesta de esta cámara a la ley de flexibilización del sistema concesional del agua (Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio), impulsada por José María Aznar, donde se introducía la
posibilidad de compraventa de derechos de uso del agua rompiendo con la exclusividad pública de estos recursos.


A nivel europeo, las Directivas 98/83/CE, 2001/83/CE y 2009/54/CE establecieron el marco legal para proteger la salud de las personas de los efectos adversos que pudieran derivarse de un consumo de agua contaminada, y por tanto las bases de
salubridad. Estas directivas garantizaron que las aguas destinadas al consumo humano no debían contener ningún tipo de microorganismo, parásito o sustancia que pueda suponer un peligro para la salud.


Por su parte, la iniciativa ciudadana europea 'Right2Water' fue la punta de lanza para analizar el impacto de estas normas. El análisis de Right2Water sobre la aplicación reglamentaria de las Directivas identificó una falta de valores
paramétricos basados en la calidad del agua, problemas de consideración de factores de riesgo, una carencia sobre información brindada a consumidores y una evidente disparidad sobre los sistemas de homologación de los materiales que entran en
contacto con las aguas destinadas al consumo humano. Otro de los grandes hallazgos de la iniciativa Wright2Water fue la notable disparidad



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en el acceso al agua de consumo humano por parte de los grupos sociales más marginados. Esta iniciativa ciudadana logró mantener el agua fuera de los intentos liberalizadores de este servicio, impulsando a la Unión Europea en 2014 a
comprometerse a luchar por el acceso global al agua potable y a los servicios de saneamiento, así como a expandir los derechos de los consumidores a la información sobre el agua potable.


En la actualidad la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, es la norma europea de aplicación en todo el territorio
comunitario. Para su trasposición, el Ministerio de Sanidad abrió un plazo de información pública que concluyó en 2021, por lo que el próximo paso del Gobierno será la publicación de un texto legislativo en esta materia.


Si bien la citada Directiva no establece el acceso al agua potable como un derecho humano, los compromisos adquiridos por el Gobierno de España a través de la Agenda 2030 sí caminan en esa dirección. En concreto, el Objetivo de Desarrollo
Sostenible (ODS) número 6 de la Agenda 2030 marca el compromiso de garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todas las personas. Este objetivo incluye el acceso universal y equitativo al agua potable, así
como el acceso a servicios de saneamiento e higiene adecuados para todas las personas antes de 2030.


Sin embargo, el número 6 de los ODS no es el único compromiso internacional en este sentido. Las Naciones Unidas, mediante resolución de su Asamblea General en 2010, han reconocido el derecho al acceso al agua potable y saneamiento como 'un
derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos'.


Tanto los compromisos internacionales adquiridos por el Estado español como la propia naturaleza de los servicios de agua potable y saneamiento marcan el inequívoco camino hacia la universalización del acceso a la misma. Dada su vinculación
a la esencia de la vida y a los derechos humanos, nuestras instituciones deben asegurar una gestión pública y directa de los servicios de agua y saneamiento, estableciendo un acceso mínimo universal, sobre todo para las poblaciones vulnerables del
territorio estatal.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar el acceso universal a los servicios de saneamiento y agua potable.


2. Garantizar el derecho de las personas consumidoras a la información sobre la calidad del agua destinada al consumo humano.


3. Declarar el agua potable y los servicios de saneamiento como bienes de titularidad exclusivamente pública.


4. Establecer una garantía de acceso mínimo a los servicios de agua potable y saneamiento para la población vulnerable y en riesgo de exclusión.


5. Instituir cuantas medidas sean necesarias para declarar el agua potable y los servicios de saneamiento como derechos de la ciudadanía.


6. Adoptar las medidas necesarias para garantizar la salubridad y limpieza de las aguas de consumo humano, siguiendo los objetivos marcados en la Directiva 20/2184, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas
al consumo humano.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de febrero de 2022.-Laura López Domínguez, Diputada.-Joan Mena Arca, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.



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Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/003783


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la desconcentración de las nuevas sedes de entidades públicas estatales en
los ámbitos de ciencia e innovación, para su debate en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


El Gobierno ha puesto en marcha recientemente el proceso de desconcentración de nuevas sedes de entidades públicas estatales.


Esta desconcentración se produce para cohesionar el país cumpliendo cinco objetivos:


- Reforzar el papel vertebrador del territorio.


- Fijar población en zonas afectadas por el reto demográfico.


- Fomentar la igualdad de oportunidades en todo el territorio.


- Acercar las instituciones a la ciudadanía e impulsar su participación en la toma de decisiones.


- Incrementar la eficacia y operatividad del sector público.


La Administración General del Estado ya cuenta con organismos que han sido objeto de desconcentración.


La ciencia y la innovación tienen un indudable carácter vertebrador y cohesionador del territorio. En la actualidad, muchos organismos del Ministerio de Ciencia e Innovación se encuentran distribuidos por todo el territorio nacional.


La apuesta por la desconcentración de sedes de entidades públicas estatales debe ser una prioridad en las políticas del Gobierno. En los ámbitos de la ciencia y la innovación esto se traduce en iniciativas como los Planes Complementarios de
l+D+l con las Comunidades Autónomas; la Red Innpulso o la creación de infraestructuras científicas y técnicas.


El fortalecimiento de las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) constituye uno de los elementos fundamentales de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 (EECTI). Uno de los aspectos de esta
estrategia es la actualización e implementación del Mapa de las ICTS como motor para el impulso de la excelencia en todo el territorio español.


El Ministerio de Ciencia e Innovación dispone de más de 150 centros de investigación repartidos por todo el territorio español. En el caso del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), dispone de 120 centros de los que 85
están fuera de la Comunidad de Madrid y en los que trabajan más de 6.000 personas.


Organismos Públicos de Investigación (OPIS); Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS); consorcios y funciones; y museos se extienden por varias comunidades autónomas. A modo de ejemplo se citan algunos de ellos:
Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC); IFMIF-DONES en Escúzar (Granada); Casa de la Ciencia en Sevilla; Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN); Sistema de Observación Costero de las liles Balears (SOCIB); Centro Nacional de Investigación
sobre la Evolución (CENIEH) en Burgos; Plataforma Solar de Almería (PSA) en Almería; Infraestructura Integrada de Experimentación Marítima (MARHIS) en Cantabria; Centro de Láseres Pulsados (DLPU) en Salamanca; Sincrotón ALBA en Cerdanyola del
Valles (Barcelona); Barcelona Supercomputing Center en Barcelona; Observatorio de Yebes; Gran Telescopio de Canarias (GTC); Observatorio Astrofísico de Javalambre (OAJ); Laboratorio Subterráneo de Canfran (LSC) en Huesca.


Asimismo, está previsto la puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético (CIIAE) con sede en Cáceres y el Centro de Experimentación de vehículos aéreos no tripulados en Moguer (Huelva).


Finalmente, el Anteproyecto de modificación de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación prevé la creación de una Agencia Espacial Española.



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Por otro lado, cabe remarcar la importancia de los municipios en la cohesión territorial de España. En este ámbito, 54 ayuntamientos de la Red de Ciudades de Ciencia e Innovación, la Red Innpulso ya han incorporado agendas de innovación
gracias al impulso y financiación del Ministerio de Ciencia e Innovación.


Esta política de capilaridad territorial permitirá que nuevos proyectos dependientes del Ministerio de Ciencia e Innovación se hagan en todos los territorios de España, reforzando la cohesión territorial y ahondando en la descentralización
de nuestra l+D+l.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apostar, junto con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, por la fijación de nuevas sedes de organismos, dependientes del Ministerio de Ciencia e Innovación a lo largo del territorio español.


2. Impulsar medidas que favorezcan la cohesión territorial a través de la ciencia y la innovación y permitan reintroducir a población joven y formada en aquellos territorios con mayor dificultad demográfica, garantizando un empleo de
calidad y apostando por una cohesión territorial sostenible.


3. Realizar, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación, un seguimiento y acompañamiento en el proceso de presentación de candidaturas por parte de las sedes aspirantes a albergar un organismo o entidad del sector público de ámbito
competencial del Ministerio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2022.-Javier Alfonso Cendón, Patricia Blanquer Alcaraz, Helena Caballero Gutiérrez, Roberto García Morís, Miguel Ángel González Caballero, Ariagona González Pérez, Sandra Guaita
Esteruelas, María Ángeles Marra Domínguez, María Luz Martínez Seijo, Guillermo Antonio Meijón Consuelo, Arnau Ramírez Carner, Antidio Fagúndez Campo, Germán Renau Martínez y Juan Francisco Serrano Martínez, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafaela
Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/003785


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al aumento de la ayuda humanitaria en el Líbano para paliar la profunda
crisis económica, para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


En el año 2005, el Presidente del Líbano, Rafik Hariri, sufrió un atentado mortal por parte del grupo terrorista Hezbolá sumiendo al país en una crisis política, social y económica que se traduce a la situación que se está viviendo a día de
hoy en sus calles. Este atentado sacudió los cimientos del estado libanés, situando al país al borde de la mayor crisis sufrida desde el final de la guerra civil -1975 a 1990- 212.


La República del Líbano ha sufrido la inestabilidad institucional desde el asesinato del Presidente Hariri hasta el pasado 2019. El 26 de julio de 2021, Nayib Mikati, fue elegido primer ministro para poder hacer frente a la profunda crisis
económica que sufre el país. El 1 de junio de 2021, el Banco Mundial 213 elaboró un informe indicando la situación económica del país que fue agravada por la crisis provocada por la COVID-19, situando al país al límite de la quiebra técnica e
instando a promover el acuerdo con el FMI y, así, paliar los efectos socioeconómicos enraizados.


212 Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en el Líbano [2021/2878(RSP)].


213 Lebanon Economic Monitor, spring 2021.World Bank.



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La situación sanitaria y la explosión del puerto de Beirut no han hecho más que prolongar la catástrofe humanitaria que se vive en el país. Todo ello ha puesto aún más de manifiesto la necesidad de abastecimiento de bienes de primera
necesidad, como alimentos o medicinas. La crisis sanitaria de la COVID-19 y la explosión del puerto de Beirut, junto con la galopante crisis económica, ha generado una escasez de recursos que afecta a la población más vulnerable. El frágil sistema
de salud libanés no es capaz de hacer frente a todas las situaciones médicas que afronta diariamente.


La inflación disparada del país -alcanzó un 84,9 % para el conjunto de 2020 214- y la devaluación de la moneda, hasta llegar a su mínimo histórico, ha supuesto un marco perfecto para el entorno de pobreza y precariedad que asola al Líbano.
En un artículo sobre la situación de pobreza en el Líbano, elaborado por Médicos Sin Fronteras del 11 de enero de 2021 215, se estima que el 89 % de la población vivía por debajo del umbral de la pobreza extrema. Esta situación equivale a vivir con
menos de 1 euro al día. Unicef cifra en 1,8 millones de niños 216 -el 80 % de la niñez del Líbano- que sufren la pobreza multidimensional que ocasiona situaciones de abusos por trabajo o matrimonios infantiles. Una situación dramática e
insostenible para cualquier sociedad.


La escasez de alimentos, medicamentos y electricidad afecta a la ciudadanía libanesa y tapona su capacidad para satisfacer sus necesidades básicas. El aumento de la inflación, junto con la devaluación de la moneda, está provocando una
disminución de los salarios que provoca la huida del país de aquellos ciudadanos que pueden aportar más y no hace más que profundizar la crisis económica y social del país.


En el año 2020, tras la explosión del puerto de Beirut, el Secretario General de Naciones Unidas, Antonio Guterres, y el Presidente francés, Emmanuel Macron, anunciaron la creación de un fondo de socorro internacional para hacer frente la
catástrofe humanitaria del Líbano 217. No obstante, condicionaron el desarrollo y ejecución del fondo a la estabilidad política del estado libanés.


La Unión Europea ha movilizado 55,5 millones de euros durante el año 2021, teniendo en cuenta que ya se han movilizado 24.000 millones desde el año 2011 218 por todos los estados miembros.


En la última visita del Secretario General de Naciones Unidas, Antonio Guterres, pidió a los líderes políticos del país: 'cumplir con la responsabilidad que tienen frente a su pueblo'. También mostró su apoyo al aumento del envío de ayuda
humanitaria al país. Dejó de manifiesto que la ONU y la comunidad internacional mantendrán su compromiso de ayudar a promover una recuperación sostenible y un futuro inclusivo y digno para el país 219.


El Gobierno de España, por su parte, envió ayuda de emergencia el pasado agosto y septiembre de 2020 en respuesta a la explosión del puerto de Beirut 220. El Ministerio de Asuntos Exteriores, en coordinación con su homólogo libanés,
coordinó el envío de ayuda de emergencia al país. Por otro lado, a principios del año 2021, se volvió a enviar ayuda humanitaria con carácter sanitario para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19. El material sanitario donado por el
Gobierno -concentradores de oxígeno y cánulas nasales de alto flujo para el oxígeno domiciliario 221- se enmarcó dentro de la respuesta europea para apoyar a países vulnerables en la lucha contra la COVID-19. El envío tuvo lugar como consecuencia
de la petición de auxilio del Gobierno libanés ante la difícil situación sanitaria.


De la misma forma, en el año 2020, el Consejo de Ministros aprobó un acuerdo por el que se destinó 1,9 millones de euros para la construcción de una escuela modular en la República del Líbano, en amparo de una declaración de emergencia de
ayuda humanitaria emitida por el Líbano. Una declaración que se enmarcó tras la explosión del puerto de Beirut.


Hay que recordar que el Líbano es el país con mayor número de refugiados en proporción a su población -500.000 refugiados palestinos y 1.000.000 de refugiados sirios-. Una situación que agrava, más si puede, la difícil crisis que asola al
estado.


El Gobierno español mantiene estrechos lazos con el Líbano, desde que en el año 2006, se iniciara la operación de cascos azules liderada por la ONU. La Fuerza Interina de Naciones Unidas en el Líbano (FINUL) fue creada para estabilizar la
situación de conflicto en el sur del país contra Israel. Las Fuerzas Armadas Españolas cuentan con un contingente de 650 militares desplegados que garantizan la


214 Informe Económico y Comercial de Líbano. Oficina Económica y Comercial de España en Beirut. Junio de 2021.


215 https://www.msf.es/actualidad/libano/la-crisis-la-covid-19-se-suma-la-pobreza-libano


216 https://news.un.org/es/story/2021/12/1501622


217 Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en el Líbano [2021/2878(RSP)].


218 Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en el Líbano [2021/2878(RSP)].


219 https://news.un.org/es/story/2021/12/1501832


220 https://www.aecid.es/ES/Paginas/Sala %20de %20Prensa/Noticias/2021/2021_02/ayudaL %C3 %ADbano.aspx


221 https://www.aecid.es/ES/Paginas/Sala %20de %20Prensa/Noticias/2021/2021_02/ayudaL %C3 %ADbano.aspx



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paz y seguridad en la zona 222. El 4 de febrero, el Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, nombró al General español Aroldo Lázaro Sanz, como jefe de Misión y Comandante de la fuerza en la Fuerza Provisional de Naciones Unidas para
FINUL.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Reiterar su apoyo a la población libanesa que vive una crisis económica y social sin precedentes; y acompañar al país en el objetivo de abordar las reformas necesarias para afrontar esta crisis y responder a las demandas de sus
ciudadanos.


2. Reforzar el apoyo de la cooperación española al país, con especial incidencia en los sectores más vulnerables y que se han visto especialmente afectados por la crisis económica y la COVID-19, como la infancia y la educación.


3. Reforzar la cooperación cultural con el Líbano, en la cual es fundamental el papel de las sedes del Instituto Cervantes en el país para dar respuesta a la creciente demanda de aprendizaje de la lengua española por parte de la sociedad
libanesa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de febrero de 2022.-María Guijarro Ceballos, Javier Cerqueiro González, Josefa Andrés Barea, Gemma Araujo Morales, Julio del Valle de Iscar, Luc André Diouf Dioh, Sonia Ferrer Tesoro, José Losada
Fernández, Esther Padilla Ruiz, Pere Joan Pons Sampietro, Susana Sumelzo Jordán y Noemí Villagrasa Quero, Diputados.-Ana Belén Fernández Casero y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003786


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al mantenimiento de la ayuda humanitaria al pueblo afgano para paliar la
crisis humanitaria, para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


El 31 de agosto de 2021 se asistió a la retirada de los países occidentales, encabezados por Estados Unidos, de Afganistán. Una retirada tras 20 años de conflicto donde las tropas internacionales tuvieron que abandonar apresuradamente
territorio afgano como consecuencia del acuerdo alcanzado por Donald Trump con los talibanes en el año 2020 223 y, más tarde, ejecutado por la administración que preside Joe Biden.


Así pues, se puso fin a la presencia militar de la coalición internacional después de haber trabajado en dos principales enfoques: un enfoque antiterrorista y de estabilización y, por otro lado, la construcción de instituciones
democráticas.


Este acuerdo firmado por Donald Trump con los talibanes, excluyó al Gobierno afgano constituido hasta el pasado mes de agosto. Esto supuso en la práctica la exclusión del Gobierno afgano de la solución para el país ante la posterior
retirada. Un acuerdo donde los estadounidenses se comprometieron a la retirada total de las tropas y, a cambio, los talibanes, se responsabilizarían a no albergar a ninguna organización o sede terrorista en su territorio.


Llegados al mes de agosto, se concatenaron una serie de hechos que supusieron la conquista en tiempo récord de las principales ciudades del país sin ninguna oportunidad de reacción para el Gobierno legítimo. Ya en mayo, los talibanes
iniciaron una ofensiva que les permitió iniciar la conquista de territorios rurales, síntoma sorpresivo de lo que ocurriría en el mes de agosto.


222 https://www.defensa.gob.es/misiones/en_exterior/actuales/listado/libano-finul.html



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