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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 142, de 26/06/2024
cve: DSCD-15-CO-142
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 2024 XV LEGISLATURA Núm. 142
JUSTICIA
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FRANCISCO LUCAS AYALA
Sesión núm. 5
celebrada el miércoles,
26 de junio de 2024
ORDEN DEL DÍA:
Ratificación de la Ponencia designada para informar la siguiente iniciativa legislativa:
- Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa. A propuesta del Gobierno. (Número de expediente 121/000006) ... (Página2)
Emitir dictamen a la vista del informe elaborado por la Ponencia sobre:
- Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa. A propuesta del Gobierno. (Número de expediente 121/000006) ... (Página2)
Votaciones ... (Página9)
Se abre la sesión a las cinco y diez minutos de la tarde.
RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LA SIGUIENTE INICIATIVA LEGISLATIVA:
- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL DERECHO DE DEFENSA. A PROPUESTA DEL GOBIERNO. (Número de expediente 121/000006).
El señor PRESIDENTE: Buenas tardes, señorías.
Iniciamos la sesión. Dando cumplimiento al orden del día, procedemos a la ratificación de la Ponencia designada para informar del proyecto de ley orgánica del derecho de defensa. Lo que les propongo en este punto, señorías, como es
habitual, es la ratificación de la ponencia designada por asentimiento. ¿Están de acuerdo? (Asentimiento). Por tanto, queda ratificada la ponencia.
Gracias.
EMITIR DICTAMEN A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:
- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL DERECHO DE DEFENSA. A PROPUESTA DEL GOBIERNO. (Número de expediente 121/000006).
El señor PRESIDENTE: Pasamos al último punto del orden del día relativo al dictamen del proyecto de ley orgánica del derecho de defensa. Se abrirá un único turno de intervenciones de los diferentes grupos parlamentarios, ya sea para la
defensa de enmiendas como para la fijación de posiciones de siete minutos cada uno, en orden de menor a mayor.
Por tanto, por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la señora Velarde.
Gracias.
La señora VELARDE GÓMEZ: Gracias, presidente.
Esta ley supone, sin duda, un avance en el reconocimiento del derecho a la defensa de la tutela judicial efectiva que, obviamente, no es solo un derecho que afecta al ejercicio profesional de abogados y de abogadas, sino que afecta también a
los administrados y administradas de justicia y a toda la ciudadanía, porque de ello depende el ejercicio del resto de los derechos fundamentales ante nuestros tribunales de justicia. Por ello, y con independencia de que echamos en falta una mayor
ambición en el abordaje de determinados elementos que hay en el texto y consideramos que serían de mayor avance en la garantía y en la defensa de efectiva de los justiciables y también en los derechos de los profesionales de la abogacía, nos
gustaría que estas cosas en las que no hemos llegado a donde hubiésemos querido en próximas iniciativas fuesen objeto de modificación las leyes procesales -la ley de justicia gratuita, que el ministro de Justicia ha anunciado hace escasas fechas-,
aunque vamos a reconocer que el balance de este proyecto es positivo.
En línea con los motivos que justifican esta ley, propusimos tres enmiendas que están dirigidas a mejorar la situación de los profesionales de la abogacía y el derecho de defensa de la justicia. En primer lugar, propusimos una enmienda para
favorecer la conciliación personal y familiar de los y las profesionales de la abogacía en el sentido de permitir las suspensiones de actuaciones y los plazos procesales en los periodos coincidentes con enfermedad o accidente, maternidad, paternidad
y vacaciones anuales del profesional de la abogacía, que deberán ser oportunamente comunicados al juzgado o al tribunal. Esa era la modificación que propusimos en el artículo 13 y entendíamos que tenía que consagrarse mediante una ley orgánica del
derecho a la conciliación de la abogacía, como una necesidad para reaccionar ante las reiteradas negaciones de suspensiones de plazo que se llevan a cabo a diario en los juzgados y los tribunales. Pese a estar claramente establecidos en la ley que
los actos judiciales o las vistas se puedan suspender por causas justificadas, frecuentemente sabemos y conocemos que estas peticiones no son atendidas adecuadamente por los juzgados. Hemos visto casos como que a una letrada de oficio no se le
reconoce la suspensión de un señalamiento a pesar de su baja por embarazo de riesgo o que también se mantenía un juicio a pesar de sufrir una fractura de peroné, estos no son meramente sucesos episódicos, sino que demuestran que al final las
previsiones legales no siempre se aplican, aunque se justifiquen. Por tanto, necesitamos consagrar en esta ley ese derecho a la conciliación de los y las profesionales de la abogacía. Por eso hemos llegado a un acuerdo en una enmienda
transaccional respecto a este punto.
En segundo lugar, entendíamos también que el internamiento forzoso de personas por razones de salud mental, aunque no hayan cometido delito ni infracción alguna, tratándose como es de una privación de libertad, tendría que entenderse
inequívocamente incluido dentro de la protección garantizada por el artículo 17 de la Constitución, el derecho a la libertad personal. Por tanto, en dicho supuesto tendría que reconocerse la asistencia preceptiva y no facultativa de abogado o
abogada en defensa de esos derechos. Vamos a mantener viva esta enmienda de modificación que propusimos a la disposición final segunda, en la que la reordenábamos, y, en principio, como no ha habido una transaccional, vamos a mantenerla viva desde
nuestro grupo.
Por último, proponíamos también una enmienda con el fin de poder articular las soluciones concretas para remediar la precaria situación que vive gran parte del colectivo de profesionales de la abogacía quienes están atrapados en la ya
extinta mutualidad de la abogacía, ante la pasividad institucional corporativa de la abogacía que con esto ven gravemente mermadas sus condiciones de jubilación o de acceso a prestaciones por enfermedad o incapacidad. También propusimos una
enmienda de adición, porque recientemente hemos visto todas esas movilizaciones en todo el Estado que evidencian que resultan necesarias la promoción y reforma legislativa que promuevan una auténtica protección social de la abogacía. No podemos
olvidar que las estructuras actuales de la organización de la abogacía y la actuación de la abogacía institucional han sido determinantes para llegar a esta situación de desprotección respecto de la protección social de derechos y retribuciones
justas de la abogacía en el turno de oficio, por lo que entendemos que tiene que darse una solución urgente a esta cuestión, ante la grave situación generada por la mutualidad, en la que se concreten las reivindicaciones comunes de los movimientos y
plataformas ante esta situación. Además, también proponemos futuras reformas institucionales para evitar que esto pueda volver a ocurrir otra vez. También vamos a dejar esta enmienda viva en tanto que no hay transaccionales que se hayan dispuesto
aquí para la misma.
Nada más, presidente, muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
Es el turno del Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el señor Legarda.
Cuando quiera.
El señor LEGARDA URIARTE: Muchas gracias, presidente.
Intervengo muy breve simplemente para manifestar nuestra satisfacción por haber conseguido llegar a buen término, al menos en lo que se refiere a esta Comisión, en la tramitación de este. Es una ley, como ya se ha dicho en más de una
ocasión, mixta, orgánica y ordinaria que pretende regular, como decía el Consejo General del Poder Judicial en su informe, de manera formal, ex novo, el derecho de defensa, tanto para recopilar los mandatos del contenido constitucional sustantivo de
ese derecho, contenidos en los 17 y 24 de la Constitución en su dimensión orgánica, como algunos otros mandatos que, en buena parte, ya se encuentran contenidos en las normas de naturaleza procesal en los que algunos de esos principios, que se
encuentran ahora en esta norma, ya tenían acomodo en esas leyes procesales. Una tercera dimensión de esta norma es articular aquellos aspectos que disciplinan la profesión que garantiza el derecho del ciudadano a su defensa, que son las profesiones
colegiadas y, singularmente, la abogacía.
Respecto al trámite en esta Comisión en el que nos encontramos ahora, como les decía, quiero manifestar la satisfacción de haber llegado a un amplio consenso en la tramitación de este proyecto, que se constata en el número enmiendas
admitidas y transaccionadas con la generalidad de los grupos parlamentarios y cuya manifestación más palmaria es el escaso número de enmiendas vivas que quedan en este momento en comparación con todas las publicadas. Ya adelanto también que, como
nuestro grupo ha llegado prácticamente a una transacción o aceptación de todas nuestras enmiendas, retiraríamos todas las que quedan vivas. Solo quiero hacer un pequeño comentario respecto a la enmienda 81, que la retiramos, aunque no está
transada, porque consideramos que la transacción hecha con el Grupo Parlamentario Popular en su enmienda 103 nos satisface plenamente. Asimismo, en cuanto a la enmienda 90, aunque tampoco está transada, entendemos que la redacción dada por la
enmienda 96 del Grupo Socialista satisface en lo esencial lo que nosotros defendíamos con esta enmienda.
Sin nada más, muchas gracias, presidente.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
Es el turno del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, tiene la palabra del señor Iñarritu.
Cuando quiera.
El señor IÑARRITU GARCÍA: Muchas gracias, presidente.
Buenas tardes, señorías. Daremos apoyo a esta ley, aunque, si bien es cierto, sin grandes entusiasmos, porque cuando vimos la presentación del por parte del ministro de Justicia, de manera rimbombante, hablando de la profundización de los
derechos, creemos que ese entusiasmo no se refleja en lo presentado en el proyecto. Es cierto que, teniendo en cuenta que se han aceptado varias enmiendas que van en la vía del reconocimiento de los derechos de los menores, de las personas con
discapacidad y también de los derechos lingüísticos, la norma mejorará. Es verdad que no ha sido fácil que se acepten algunas de esas enmiendas, pero mejorará. De igual forma, anuncio que apoyaremos las transaccionales que han sido presentadas.
Por eso, finalizó diciendo que apoyaremos esta ley, pero sin grandes entusiasmos.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
Es el turno del Grupo Parlamentario Republicano, tiene la palabra la señora Vallugera.
La señora VALLUGERA BALAÑÀ: Gracias.
Una consideración previa, se me ha comunicado que no hay traducción, por lo que haré la intervención en castellano directamente, porque no llevo el guion escrito -para variar- y no he podido dejar la traducción.
Quisiera hacer varias constataciones, compartiendo el criterio ya expresado de que era una ley que tenía que ser mucho más ambiciosa y abarcar mucho más en la profundización de lo que es propiamente el derecho de defensa y, de hecho, tenía
que actuar como vértice de una cúpula que va a consistir también en la modificación de determinadas leyes procesales, entre ellas la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o, al menos, eso es lo que se nos trasladó, no parecía que fuera a contener cosas
que nos parecían fundamentales. Aunque esto sea así, avanzo que votaremos a favor del dictamen y de las transaccionales y que, por nuestra parte, retiramos las enmiendas que han podido quedar vivas, y ya lo digo de entrada, porque así nos vamos a
ahorrar votarlas.
El comentario es que esta ley nos daba la posibilidad de volver a hacer una reflexión sobre las tasas judiciales, es decir, sobre lo que por lo vivido es un obstáculo para la consecución de la justicia para todo el mundo y, además, teníamos
la posibilidad de dedicarlas íntegramente, por ejemplo, al sostenimiento de los servicios de la justicia universal o de la justicia gratuita, creo que es una pena no haberlo hecho en este momento. Del mismo modo, podríamos haber ahondado en lo que
son estrictamente los derechos laborales de abogados y procuradores. También debo decir que, por lo que se refiere al tema del paso de las mutualidades al sistema general, le comentaba a la compañera que nos hubiera gustado que retirasen la
enmienda, porque creemos que es uno de los elementos fundamentales que tenemos encima de la mesa para resolver y que, seguramente, esta no es la incardinación más adecuada para esa enmienda.
Respecto al tema de las tasas y de la justicia gratuita, supongo que todos ustedes son conscientes de que esta ley es una ley esperada por los colectivos de abogados y por los colectivos vinculados con el ejercicio del derecho de la defensa,
pero también que la retribución en su turno de oficio es absolutamente exigua y que muchas veces no cubre ni su trabajo. Por tanto, ya que esto sí que está claro que no es una competencia constitucionalmente atribuida a las comunidades autónomas,
creo que deberíamos hacer una reflexión en torno a qué hacemos con las tasas, a qué las dedicamos y cómo configuramos el turno de oficio de nuestros abogados, porque como colectivo no se sienten bien tratados y eso supone un menoscabo para los
derechos de defensa de todos los ciudadanos que, al final, como siempre, son los más vulnerables. Es verdad que, desde esa perspectiva, hemos mejorado, pero no lo hemos resuelto. De todos modos, el sentido general es un voto afirmativo, lamentando
no haber llegado a esos acuerdos. Se nos han transaccionado o aceptado una gran parte de enmiendas que tenían que ver, efectivamente, con la discapacidad o con las vulnerabilidades, y considero que hemos llegado a un buen acuerdo con respecto al
tema de la lengua. Quiero agradecer a Mercè Perea la flexibilidad que ha tenido en la negociación y también a don Josep María Cervera, porque me parece que ponemos la primera de las piedras para la garantía de algo tan tan tan extraordinario como
que alguien pueda hablar su lengua en los juzgados de su tierra. Parece normal, pues no lo es, esto en Cataluña no pasa. Por tanto, nuestro principal interés era garantizar la atención jurídica a lo largo de todo el proceso para que nuestros
ciudadanos tengan un derecho tan simple como relacionarse con el supuesto tercer poder, el que representa la pata jurisdiccional, en forma de ciudadano y no en forma de súbdito. Esperemos que sea la
primera piedra y que podamos articular un sistema que realmente garantice, como mínimo, el derecho de usar el idioma y de ser atendido en el idioma propio. A partir de aquí, nada más, muchas gracias. Nos reservamos el discurso para el
plenario.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
Es el turno del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, y tiene la palabra el señor Santiago.
El señor SANTIAGO ROMERO: Muchas gracias, presidente.
En primer lugar, quiero agradecer su trabajo a todos los grupos parlamentarios. No cabe duda de que el derecho a la defensa es un pilar fundamental de nuestro sistema constitucional, y, más allá, es un pilar fundamental de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos ya que todo avance en garantías es algo francamente positivo. Para nosotras y nosotros es muy importante que se vislumbre una plasmación legal, coherente y unificada de todos esos aspectos que derivan del mandato
constitucional contenido en el artículo 24 de la Constitución Española.
Esto es un paso adelante porque, sin duda alguna, es importante que exista una norma que recoja, por ejemplo, la protección del libre acceso a la justicia, el derecho a no sufrir dilaciones indebidas, a una resolución congruente o al derecho
a la doble instancia sin ningún tipo de matizaciones, como ha venido ocurriendo en nuestro país, con importantes limitaciones muy cuestionadas desde ámbitos judiciales y organizaciones internacionales.
También es importante que se recojan las garantías y deberes de asistencia jurídica en el derecho a la defensa prestada por los profesionales de la abogacía, y se ha hecho un importante trabajo por parte de casi todos los grupos
parlamentarios para conseguir que esto sea una realidad. Como ya han dicho los diputados y diputadas que me han precedido, la verdad es que este proyecto sale mejorado tras la incorporación de numerosas enmiendas y las transaccionales que sin duda
alguna también vamos a aprobar a continuación.
Los objetivos fundamentales de la ley son recoger las garantías que correspondan a los ciudadanos como titulares del derecho a la defensa, y sobre todo garantizar su salvaguarda. Nos parece un acierto que se extienda la garantía de este
derecho más allá de los ámbitos jurisdiccionales a los medios alternativos de solución de controversias como la mediación, el arbitraje y la conciliación. El núcleo de la norma desarrolla el derecho a la defensa en distintas dimensiones: el
derecho a recibir asistencia jurídica adecuada y de calidad, a la libertad de elegir, a renunciar y sustituir al profesional que presta la asistencia, así como el derecho de las personas a ser oídas o informadas con detalle de todo lo relativo al
procedimiento. Era necesario que por fin se establecieran legalmente unos principios que ya venía desarrollando la jurisprudencia, como el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, a usar medios de prueba o a no sufrir represalias por haber
iniciado acciones judiciales.
En definitiva, nos congratulamos de que la ley que vamos a aprobar reconozca el derecho de los ciudadanos a comunicarse con la Administración de Justicia con un lenguaje claro, sencillo, comprensible y accesible. Sabemos que esto va a
requerir tiempo y formación para todos los operadores jurídicos, pero es necesario y, además, ha sido ampliamente reclamado por la sociedad, no nos cabe la menor duda.
El texto también amplía la asistencia jurídica gratuita, algo muy importante en un Estado social y democrático de derecho. Si hasta ahora se concedía a personas con dificultades económicas, a partir de la aprobación de la norma se extiende
a todas las personas en situación de especial vulnerabilidad y se obliga a todas las sedes judiciales a ser completa y universalmente accesibles para las personas con discapacidad, lo que es también importante.
Debemos reconocer, como se hace en los capítulos segundo y tercero de la ley, el papel de la abogacía, que es esencial, estableciendo los derechos de los letrados, también sus deberes deontológicos y en relación con los clientes.
Por fin -y acabo-, queremos celebrar que, aprovechando la tramitación de esta ley, se vaya a reconocer a los agentes de la Guardia Civil que lucharon por la defensa de los derechos fundamentales, en particular, por el derecho de asociación,
motivo por el que fueron expulsados del cuerpo. El reconocimiento del derecho de asociación profesional como derecho fundamental se produjo en la Ley Orgánica 12/2007, Reguladora de los Derechos y Deberes de los Miembros de la Guardia Civil; era
una anomalía que, una vez reconocidos, no se subsanara esta, sin duda, injusticia que se cometió en su día. Dado que en la ley del año 2007 no se recogió la posibilidad de que esos guardias civiles que fueron los precursores del reconocimiento y
ejercicio del derecho fundamental de asociación pudieran tener un reconocimiento, ahora nos toca articular esos mecanismos legislativos necesarios para que sean rehabilitados. Hoy ha llegado el momento de ese reconocimiento, de la restauración de
sus derechos, y
estamos especialmente satisfechos por el trabajo que ha hecho este grupo parlamentario para restablecer esos derechos y honores a estos agentes que lo merecen. Pero también somos muy conscientes, y queremos agradecerlo, de que prácticamente
todos los grupos parlamentarios de una forma o de otra, dentro de sus posibilidades y sus márgenes, han empujado para que esto sea una realidad. Por tanto, nosotros y nosotras lo situamos como un objetivo conseguido de forma colectiva.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
Es el turno del Grupo Parlamentario VOX, y tiene la palabra el señor Fernández.
Cuando quiera.
El señor FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ: Gracias, presidente.
VOX discrepa de las manifestaciones que se han realizado por las señorías que me han precedido en el uso de la palabra. Consideramos que este proyecto de ley orgánica del derecho a la defensa es el mejor ejemplo de una ley innecesaria, y lo
es porque, a nuestro juicio, es un popurrí de regulaciones ya vigentes, tanto de normas que se encuentran en vigor como de la propia jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. Además, una vez más, muestra la deficiente
técnica legislativa empleada, como vienen denunciando constantemente los letrados de las Cortes. Se prima el lenguaje inclusivo y la carga ideológica; y por carga ideológica en este caso hablamos de las imposiciones de los grupos separatistas para
que se puedan usar las lenguas que llaman cooficiales.
Aun así, hemos presentado cinco enmiendas que mejoran, a nuestro juicio, la redacción de lo más evidente que se puede mejorar, y que mantenemos. La primera de ellas se refiere a la supresión de toda expresión del lenguaje inclusivo en la
iniciativa; la segunda, en cuanto a la asistencia jurídica gratuita, se limita a añadir un breve inciso para que las situaciones de vulnerabilidad se aprecien con cierta objetividad y la norma no sea tan indeterminada; la tercera enmienda es la
referida a un artículo que contiene los derechos que comprende el propio derecho de defensa, e incorpora modificaciones para garantizar el uso de la lengua española en actos orales y escritos; la enmienda cuarta postula eliminar unos apartados cuya
finalidad es evitar que en todo caso las comunicaciones entre abogados en ningún momento puedan utilizarse como prueba en juicio, una cuestión de origen anglosajón que tiene por objeto asegurar la máxima confidencialidad de los tratos entre
defensores de las partes, pero exponemos como motivación la falta de tradición de semejantes cláusulas en el derecho español, así como que su carácter extremo termina debilitando la virtualidad probatoria de los procedimientos, y, por último, la
quinta enmienda sustituye -en una disposición adicional dedicada a colectivos vulnerables- la referencia a mujeres víctimas de violencia de género por víctimas de violencia doméstica.
Nada más. Muchas gracias. (Aplausos).
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
Es el turno del Grupo Parlamentario Socialista, y tiene la palabra el señor Martínez.
Cuando quiera.
El señor MARTÍNEZ SALMERÓN: Buenas tardes, señorías.
Hoy viene a la Cámara una ley pionera en Europa, que es la ley orgánica de derecho a la defensa, y querría empezar poniendo en valor el trabajo que ha hecho la ponencia a lo largo de este proyecto, con grandes transacciones que recogen el
espíritu de las enmiendas presentadas, al igual que agradezco a todos los ponentes de los diferentes grupos su trabajo y sus aportaciones. También quiero manifestar mi agradecimiento a todos lo que me han precedido en el uso de la palabra por el
relato de los grandes avances que incorpora esta ley.
A alguien le podría parecer que podríamos haber llegado más lejos, y es cierto, porque seguramente todo proyecto de ley puede ir a más, pero si se prioriza el consenso, como hemos hecho, con independencia de que una mínima parte de las
enmiendas se hayan quedado fuera, no tengo duda de que este es sin duda el camino que hemos de seguir como legisladores, ya que tenemos un gran desafío y la necesidad de tomar medidas valientes en interés de trabajar en una justicia del siglo XXI.
Como ya manifestó el ministro de Justicia en su primera comparecencia en el Parlamento, las acciones que el Gobierno quiere llevar a cabo tienen un marcado impulso reformista que, sin duda, ha de partir de grandes consensos en la sociedad y
en el sector jurídico. Uno de los compromisos de mi partido en materia de justicia siempre ha sido la ampliación de derechos y libertades y la mejora continua de las instituciones, y esta ley es una muestra de ello.
Se han presentado ciento cuarenta y seis enmiendas, y hemos transado veintinueve, incluidas las ya transadas en la ponencia. Una gran mayoría de las enmiendas han sido aprobadas, prueba de ello es que apenas queda una decena de enmiendas
vivas, en concreto, diez, de las cuales cinco son del Grupo Parlamentario VOX. Yo respeto, pero no comparto el planteamiento que hace VOX, pero cuando se dice que una ley se queda corta lo que se hace es enmendarla, y solo se han presentado cinco
enmiendas; una de ellas se refiere al lenguaje inclusivo; otra, a la accesibilidad por una cuestión de estilo y otra, precisamente en contra de lo que vienen demandando profesionales de la justicia, como la abogacía, que es el secreto de las
comunicaciones entre profesionales. Esa es la enmienda estrella que presenta VOX, de ahí que nosotros, por supuesto, no podamos aceptarla.
Anuncio que nuestro grupo votará a favor de las once transaccionales que hemos presentado y firmado, así como al dictamen. En consecuencia, votaremos en contra del resto de las enmiendas que queden vivas en este debate.
Hemos hecho un esfuerzo significativo, y creo que hemos avanzado en temas importantes, por ejemplo, en el tema de las costas procesales, estableciendo una transaccional que regula la facultad para los colegios de abogacía para publicar
criterios orientativos, se ha introducido la referencia al abogado por cuenta ajena, se ha reforzado el secreto de las comunicaciones entre los profesionales, se ha recogido la posibilidad de iniciar el habeas corpus por los letrados, la
accesibilidad del justiciable, la protección de los colegios, el lenguaje accesible, la conciliación de los profesionales, la exclusividad de la defensa por parte de la abogacía y su libertad de expresión, también la importancia del asesoramiento
jurídico previo, el uso de las lenguas oficiales, etcétera.
Seguimos trabajando en lo que nos une. Creo que esta ley tiene que salir con el máximo de los consensos posibles. Es una ley fruto del compromiso del Gobierno para modernizar la justicia, y es una ley muy demandada por todos los sectores,
sobre todo por la abogacía. En su redacción intervino la comisión de expertos presidida por el ilustre abogado don Antonio Garrigues, y ha sido mejorada por la abogacía ya que recoge las principales conclusiones del Congreso de Tarragona, así como
también las aportaciones de las asociaciones del tercer sector y otros colectivos profesionales. Creo que esta ley cierra el círculo de garantías constitucionales sobre la base de los artículos 17 y 24 de la Constitución, y asimismo recoge en parte
la cobertura que da el artículo 119 a la asistencia jurídica gratuita. Por tanto, creo que merece el máximo de los apoyos de los grupos parlamentarios. Es cierto que quedan cuestiones importantes que no han tenido cabida en este texto legal, en
las que trabajaremos en los próximos meses.
Como saben, en julio de 2022, se modificó el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita para aumentar las exigencias de los abogados de oficio y evitar situaciones de indefensión de personas vulnerables. Durante este mandato, es intención
del Gobierno revisar esta norma para promover una mejora del servicio y, entre otras cuestiones, actualizar los importes. También vamos a aprobar una nueva ley de asistencia jurídica gratuita adaptada a las necesidades actuales. Por eso, hemos
querido dejar algunos aspectos que se recogían en algunas enmiendas para incorporarlas a esta ley.
Respecto del tema de la mutualidad de la abogacía y la procura, el Gobierno está trabajando desde el Ministerio de Inclusión para buscar una solución para el colectivo y, por ello, hemos considerado conveniente que quede fuera de esta ley.
La justicia tiene que ser un territorio de consenso, y la ciudadanía está deseando que avancemos en este camino. El acceso a la justicia debe ser un asunto de todos ya que es el instrumento idóneo para reducir las brechas sociales para
acercar a la ciudadanía en igualdad de condiciones, con independencia del lugar en el que se habite, y esta ley de derecho a la defensa es un avance más en los derechos de nuestros ciudadanos y nuestras ciudadanas. Por tanto, reitero y solicito el
apoyo de los grupos parlamentarios a esta ley.
Muchísimas gracias. (Aplausos).
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
Es el turno del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, y tiene la palabra la señora Carballedo.
La señora CARBALLEDO BERLANGA: Buenas tardes.
Llega a la Comisión de Justicia un proyecto de ley que regula un derecho sagrado para nuestro grupo: el derecho de defensa. Sin este derecho no hay justicia y sin justicia no hay democracia que valga. Ahora bien, si es el fiscal general
el que confiesa haber vulnerado este derecho de defensa, y aquí no pasa nada, lo de menos entonces es lo que diga esta ley, y en eso estaremos de acuerdo. Podemos consagrar aquí el derecho de defensa en una ley orgánica, pero si el fiscal general
reconoce haber dado instrucciones
para hacer públicos a los medios datos confidenciales de un ciudadano y su acuerdo con un fiscal, que tiene la obligación, como reconoce la ley, de mantener en secreto esas conversaciones, lo que hacemos aquí hoy es papel mojado y un
ejercicio estupendo de cinismo, y en esto también estaremos de acuerdo. (Aplausos).
Cuando vi el texto por primera vez, me extrañaron dos cosas; una, que este es un texto, un proyecto de ley, que en materia de justicia cuesta encontrar uno con menor dificultad técnica, estarán de acuerdo, y de ahí su brevedad. Yo esperaba
un texto pulido, con calidad normativa, y realmente ha venido acompañado de una lista de observaciones técnicas por parte de los letrados que sorprende, por lo que pediría rigor por parte del ministerio. Una segunda cosa que me extrañó fue la
ingente cantidad de enmiendas de colegios de abogados, del Consejo General de la Abogacía, de asociaciones y entidades en una materia que no es conflictiva, y yo pensé, bueno, no se han sentado con ellos o hacen oídos sordos. Efectivamente, en la
tramitación he podido comprobar la nula voluntad del Grupo Socialista y del Gobierno de solucionar problemas reales de personas reales, que no van en coche oficial: los abogados. Para eso está el Partido Popular, sí, no me miren con cara extraña.
(El señor Martínez Salmerón: ¿Y por qué me lo dice a mí?-Rumores). Este texto adolece de soluciones a problemas reales. Por ejemplo -no se pongan nerviosos-, la enmienda del Grupo Popular, vetada injustamente por el Gobierno, venía a solucionar
un muy grave problema que tienen hoy los abogados que realizan actuaciones por designación judicial en favor de personas jurídicas que no están incluidas en el artículo 2.c) de la Ley de Asistencia Jurídica, y que no cobran indemnización por el
trabajo realizado. Esta enmienda del Partido Popular, la número 117, venía a resolver este grave problema que están planteando los colegios de abogados, y ustedes, el Gobierno, ha vetado incluso su tramitación y su debate.
Pero no es lo único, bajen del coche oficial. (El señor Aranda Vargas: ¿Quién tiene coche oficial?) No se puede gobernar a espaldas de los abogados; les están planteando un muy serio problema de intrusismo profesional. ¿Qué hace esta
ley que pretende garantizar el ejercicio de los profesionales del derecho? ¡Na-da! ¿Saben por qué? Porque ustedes rechazan asumir las enmiendas -son dos- que propone el Grupo Popular y que, como les digo, están recogidas de los colegios de
abogados y del Consejo General de la Abogacía. ¿Por qué ustedes condenan a los abogados a una tortura de conciliación entre la vida personal y la vida familiar? Los abogados son víctimas de un marco normativo que les produce enorme inseguridad en
su vida personal. ¿Por qué no aceptan nuestras enmiendas? No se puede vivir así; aplazamiento sí, aplazamiento no.
Señorías, esta ley debería dar garantías y soluciones, y no las dan porque sencillamente ustedes no aceptan las enmiendas del Grupo Popular. Los esfuerzos que ha hecho nuestra portavoz, la señora Moro, para llegar a acuerdos con el Grupo
Socialista han sido permanentes; ha tenido una constante mano tendida para dialogar, para transaccionar con el señor Martínez, al que también le agradecemos su disposición, porque, desde luego, no ha sido por usted que no haya sido posible que hoy
podamos apoyar esta ley. Ahí están las muy numerosas enmiendas transaccionales firmadas por nuestra portavoz, la señora Moro, pero ha llegado un momento en el que el Grupo Socialista tiene que decidir: o llega a buen fin con el acuerdo que ha
cerrado con el Partido Popular o se vuelve a plegar al chantaje de los independentistas.
Muchas líneas rojas ha cruzado ya el señor Sánchez en materia de justicia, prácticamente todas, pero le queda una muy gruesa, que es hacer suya la vieja reivindicación de las lenguas, no en los órganos judiciales de las comunidades autónomas
de uno como dicen, no, en los procesos ante órganos con jurisdicción en todo el Estado. ¿Quién va a pagar el festín de intérpretes, de traductores, por el capricho de hablar euskera en Tenerife, en Matalascañas o en Murcia? ¿Quién, los murcianos,
los canarios, los andaluces? ¿Quién va a pagar este festín? No lo sabemos; los medios técnicos, el ministerio, pero ¿y los medios humanos? No lo sabemos.
Hay que tomar una decisión, y yo entiendo que los socios del Gobierno, después del acuerdo de ayer con el Partido Popular, estén ciertamente nerviosos y piensen a lo mejor salen del muro y se van con los de la independencia judicial y la
separación de poderes, los que han limitado esa voracidad y esa injerencia constante en el Poder Judicial. Hagan ustedes la gestión que quieran, pero, por Dios, no vuelvan a echarse en brazos los partidos independentistas. ¿Saben por qué? Porque
no lo necesitan, porque el Grupo Socialista y el Gobierno tienen los votos del Partido Popular, y para eso hemos estado trabajando intensamente hasta el día de hoy, para sacar adelante juntos este proyecto de ley.
Presidente, a continuación, diré las enmiendas que retiramos. Retiramos la número 98, que entendemos que está incorporada en el informe de la ponencia, aunque no figura relacionada con ellas,
pero es la misma aceptada del PNV número 75. Retiramos también las enmiendas 99, 100, 101, 102, 107, 108, 109, 113, 114 y 120.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias.
Señorías, ha concluido el turno de intervenciones de los diferentes grupos parlamentarios. Por tanto, vamos a realizar un breve receso para ordenar la votación.
Gracias. (Pausa).
VOTACIONES.
El señor PRESIDENTE: Señorías, reanudamos la sesión.
Comenzamos la votación con las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto presentadas por la señora Belarra. En primer lugar, votamos la enmienda número 144.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 30; abstenciones, 5.
El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda número 146.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 30; abstenciones, 5.
El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Procedemos a la votación de las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto presentadas por el señor Rego, enmienda número 132.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 34; abstenciones, 2.
El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Procedemos a votar el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto presentadas por el señor Rego.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 34; abstenciones, 2.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Vasco han sido retiradas. Las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Junts per Catalunya han sido retiradas. Las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Republicano
han sido retiradas. Las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario SUMAR han sido retiradas.
Por tanto, procedemos a la votación de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la enmienda número 23.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 20.
El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Procedemos a la votación de la enmienda número 25.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 20; abstenciones, 14.
El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Procedemos a la votación de las enmiendas 24, 26 y 27.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 34.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Procedemos a votar las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. Votamos las enmiendas números 105, 106, 110, 111, 116, 118 y 119.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 20.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Procedemos a la votación de las enmiendas transaccionales. Votamos la transaccional número 1 a las enmiendas 77 del Grupo Vasco y 100 del Grupo Popular al artículo 6 letras d) y e) nueva.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 2 a las enmiendas 83 del Grupo Vasco y 107 del Grupo Popular al artículo 15.2.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33; en contra, 3; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 3 a las enmiendas 99 del Grupo Popular y 136 del Grupo Mixto al artículo 4.4.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 4 a la enmienda número 108 del Grupo Popular al artículo 12.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 5 a las enmiendas números 47 y 50 del Grupo SUMAR al artículo 7.1.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; en contra, 3.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 6 a las enmiendas 63 de SUMAR y 120 del Grupo Popular a la disposición final nueva.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 7 a las enmiendas 80 del Grupo Vasco y 102 del Grupo Popular al artículo 10, letra nueva.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33; abstenciones, 4.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 8 a las enmiendas 17 del Grupo Republicano, 39 del Grupo Junts, 122 y 123 del Grupo Mixto al artículo 10, letra d) y a la disposición adicional nueva.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 17.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 9 a las enmiendas 40 de Junts y 132 del Grupo Parlamentario Mixto al artículo 10 bis nuevo.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 17.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 10 a las enmiendas 84 del Grupo Vasco y 109 de Grupo Popular al artículo 16.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda transaccional número 11 a las enmiendas 87 y 88 del Grupo Vasco al artículo 22.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; abstenciones, 3.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Por último, procedemos a la votación del texto del informe con las enmiendas transaccionales aprobadas en Comisión.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 17.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. (Aplausos).
Señorías, les recuerdo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 117 del Reglamento, el plazo para la presentación del escrito de mantenimiento de enmiendas y de votos particulares es de cuarenta y ocho horas desde este mismo
momento. Dichos escritos deben presentarse, como es habitual, señorías, en el registro de comisiones.
Se levanta la sesión.
Eran las seis y veinte minutos de la tarde.