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BOCG. Senado, apartado I, núm. 138-1464, de 24/07/2024
cve: BOCG_D_15_138_1464 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres.
Enmiendas del Senado mediante mensaje motivado (Corrección de errores)
621/000002
(Congreso de los
Diputados, Serie A, Num.1, Núm.exp. 121/000001)



Donde dice:

1. Preámbulo

A. En el párrafo segundo del apartado I se ha
realizado una corrección gramatical consistente en la introducción de una coma, tras el año 1979.

B. Se modifica la redacción del párrafo primero del apartado II para actualizar la mención relativa a la estructura de la Ley Orgánica a
los cambios introducidos en el texto de la norma como consecuencia de la aprobación de las enmiendas n.º 38 a 65 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.

C. Se modifica la redacción del apartado II del Preámbulo a raíz de la
aprobación de la enmienda n.º 38 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, eliminando la referencia al artículo 206 LOREG contenida en su párrafo segundo y suprimiendo los tres últimos párrafos del apartado.

D. En el párrafo
cuarto del apartado II se ha realizado una corrección gramatical consistente en la introducción de la conjunción «y» entre las palabras «real» y «efectiva».

E. En el párrafo primero del apartado III se ha realizado una corrección gramatical
consistente en la introducción de la palabra «como» entre «así» y «acciones positivas», necesaria para dotar de sentido a la frase.

F. En el penúltimo párrafo del apartado III se ha realizado una corrección gramatical consistente en la
introducción del artículo «el» entre «modifica» y «artículo».

G. En el párrafo tercero del apartado IV se ha realizado una corrección gramatical consistente en la supresión del artículo «las» entre «equilibrada de» y «mujeres y hombres».


H. En el párrafo primero del apartado V se ha realizado una corrección gramatical consistente en la eliminación de la coma entre las expresiones «exige cumplir» y «con el principio».

I. En el párrafo decimocuarto del apartado VI que
empieza con la expresión «En definitiva, », se ha realizado una corrección gramatical consistente en la eliminación de la palabra «en» situada entre las expresiones «que» y «el importe».

J. En el último párrafo del apartado VI se elimina la
referencia a la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como
consecuencia de la aprobación de las enmiendas n.º 48 y 49 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.

K. Se ha modificado la redacción del párrafo primero del apartado VII en los términos establecidos en la enmienda n.º 39
del Grupo Parlamentario Popular en el Senado para adaptar su contenido a la nueva redacción del texto de la norma emanada de la aprobación de las enmiendas n.º 40 a 65.

L. Asimismo, se ha adecuado la numeración de las
disposiciones adicionales contenida en los párrafos tercero a quinto del apartado VII para adecuarla a la emanada de la aprobación de las enmiendas n.º 40 a 65 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.

M. Se ha eliminado la
última frase del párrafo quinto del apartado VII, por hacer referencia a una disposición adicional que no existe.

N. Y en los cuatro últimos párrafos del apartado VII se han adaptado las referencias a disposiciones y artículos a la nueva
numeración de los mismos emanada de la aprobación de las enmiendas 40 a 65 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.

O. En el antepenúltimo párrafo del apartado VIII, se ha realizado una corrección gramatical consistente en la
introducción del artículo «el» antes de la expresión «principio de eficiencia».

Debe decir:

1. Preámbulo

A. En el párrafo segundo del apartado I se ha realizado una corrección gramatical consistente en la introducción de una
coma, tras el año 1979.

B. Se modifica el apartado II, en los siguientes términos:

a. En el párrafo primero, se actualiza la referencia a la estructura de la Ley Orgánica como consecuencia de los cambios introducidos por la
aprobación de las enmiendas n.º 38 a 65 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.

b. En el párrafo segundo, se suprime la referencia al art. 206 LOREG.

c. En el párrafo cuarto se ha realizado una corrección
gramatical consistente en la introducción de la conjunción «y» entre las palabras «real» y «efectiva».

d. Se da una nueva redacción a la última frase del párrafo octavo.

e. Se suprimen los tres últimos párrafos del apartado II del
texto remitido por el Congreso de los Diputados.

C. En el párrafo primero del apartado III se ha realizado una corrección gramatical consistente en la introducción de la palabra «como» entre «así» y «acciones positivas», necesaria para dotar
de sentido a la frase.

D. En el penúltimo párrafo del apartado III se ha realizado una corrección gramatical consistente en la introducción del artículo «el» entre «modifica» y «artículo».

E. En el párrafo tercero del apartado IV se ha
realizado una corrección gramatical consistente en la supresión del artículo «las» entre «equilibrada de» y «mujeres y hombres».

F. En el párrafo primero del apartado V se ha realizado una corrección gramatical consistente en la eliminación
de la coma entre las expresiones «exige cumplir» y «con el principio».

G. En el párrafo decimocuarto del apartado VI que empieza con la expresión «En definitiva, », se ha realizado una corrección gramatical consistente en la eliminación de la
palabra «en» situada entre las expresiones «que» y «el importe».

H. En el último párrafo del apartado VI se elimina la referencia a la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y al Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como consecuencia de la aprobación de las enmiendas n.º 48 y 49 del Grupo Parlamentario Popular en el
Senado.

I. Se ha modificado la redacción del párrafo primero del apartado VII en los términos establecidos en la enmienda n.º 39 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado para adaptar su contenido a la nueva redacción del
texto de la norma emanada de la aprobación de las enmiendas n.º 40 a 65.

J. Asimismo, se ha adecuado la numeración de las disposiciones adicionales contenida en los párrafos tercero a quinto del apartado VII para adecuarla a la
emanada de la aprobación de las enmiendas n.º 40 a 65 del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.

K. Se ha eliminado la última frase del párrafo quinto del apartado VII, por hacer referencia a una disposición adicional que no
existe.

L. Y en los cinco últimos párrafos del apartado VII se han adaptado las referencias a disposiciones y artículos a la nueva numeración de los mismos emanada de la aprobación de las enmiendas 40 a 65 del Grupo Parlamentario
Popular en el Senado.

M. En el antepenúltimo párrafo del apartado VIII, se ha realizado una corrección gramatical consistente en la introducción del artículo «el» antes de la expresión «principio de eficiencia».

Palacio del
Senado, 23 de julio de 2024.-P.D., Sara Sieira Mucientes, Letrada Mayor del Senado.