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BOCG. Senado, apartado I, núm. 416-3630, de 25/11/2022
cve: BOCG_D_14_416_3630 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción,
las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.
Enmiendas
621/000066
(Congreso de los Diputados, Serie A, Num.106, Núm.exp. 121/000106)



El Senador Miguel Sánchez López (GPD), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 2 enmiendas al Proyecto de Ley
por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional
y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.

Palacio del Senado, 15 de noviembre de 2022.—Miguel Sánchez López.

ENMIENDA NÚM. 1

De don Miguel Sánchez López (GPD)

El Senador Miguel Sánchez
López (GPD), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 5.

ENMIENDA

De modificación.

Texto que se propone:

Artículo 5. Requisitos para la
candidatura del miembro nacional, del adjunto y del asistente.

1. Para participar en el proceso de selección para el cargo de miembro nacional y de adjunto será precisa la condición de magistrado o fiscal con, al menos, quince años de
servicio en la carrera, acreditada experiencia en la jurisdicción penal, conocimientos en materia de cooperación jurídica internacional, acreditación de realización de cursos especializados en la materia y dominio profesional del idioma inglés.


2. Para participar en el proceso de selección para el cargo de asistente será precisa la condición de magistrado o fiscal con, o miembro de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, o cualquier otro cuerpo funcionarial para cuyo
acceso haya sido preceptivo el grado en Derecho, con al menos diez años de servicio, acreditada experiencia en la jurisdicción penal, con conocimientos en cooperación jurídica internacional, acreditación de la realización de cursos especializados en
la materia y dominio del idioma inglés.

JUSTIFICACIÓN

Se introduce una mayor especificación en los requisitos a valorar de los candidatos. Asimismo, se abre la posibilidad de que el cargo de asistente lo puedan ocupar miembros de los
cuerpos y fuerzas de seguridad del estado que cumplan con las exigencias establecidas.

ENMIENDA NÚM. 2

De don Miguel Sánchez López (GPD)

El Senador Miguel Sánchez López (GPD), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 6.

ENMIENDA

De modificación.

Texto que se propone:

Artículo 6. Selección y nombramiento del miembro nacional, del adjunto y del asistente.


1. La selección para los puestos de miembro nacional, de adjunto y de asistente se llevará a cabo previa convocatoria aprobada por resolución de la persona titular del Ministerio de Justicia, que será publicada en el Boletín Oficial del
Estado y que incluirá la forma de acreditar los requisitos exigidos, los plazos y formas de presentación, así como los criterios y la forma de realizar entrevistas a los candidatos.

2. Se constituirá una Comisión de Selección, que
presidirá la persona titular de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos, compuesta por sendos representantes del Consejo General del Poder Judicial y de la Fiscalía General de Estado, y cuya Secretaría ejercerá
la persona titular de la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional. En los casos de selección de los puestos de adjunto y asistente del miembro nacional de España en Eurojust integrará también la Comisión quien ocupe el puesto de
miembro nacional.

3. Esta Comisión elevará a la persona titular del Ministerio de Justicia una propuesta que contendrá una terna, siempre que se hayan recibido cuatro o más candidaturas que cumplan los requisitos exigidos.


4.  Se deberá publicar a través de la Web del Ministerio de Justicia el currículo de todos los candidatos, así como una valoración de los requisitos cumplidos y la trascripción de la entrevista realizada.

JUSTIFICACIÓN

Se
introduce un nuevo punto cuarto para garantizar una mayor transparencia en el proceso de selección de los candidatos a miembro nacional, adjunto y asistente, todo ello mediante el deber publicación de los trámites seguidos tanto en la valoración de
los méritos como la entrevista.