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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XIV LEGISLATURA
Serie D: GENERAL
2 de diciembre de 2022
Núm. 540
ÍNDICE
Composición y organización de la Cámara
DIPUTADOS
Declaración de intereses económicos... (Página2)
Control de la acción del Gobierno
PROPOSICIONES NO DE LEY
Pleno
162/001119 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la reducción de riesgos climáticos en países en desarrollo... (Página5)
162/001120 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la ampliación del horario de los servicios de Cercanías... (Página6)
Competencias en relación con otros órganos e instituciones
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
233/000047 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 2568/2022, planteada por la Sección 8.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
relación con la disposición final vigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, por posible vulneración de los artículos 9.3, 66.2 y 134.2 de la Constitución española... href='#(Página7)'>(Página7)
Otros textos
INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR
120/000020 Proposición de Ley de recuperación del Sistema Nacional de Salud.
Caducidad de la iniciativa... (Página8)
120/000030 Proposición de Ley para la igualdad real y efectiva en el nivel de aportación económica que da acceso a la prestación farmacéutica ambulatoria, entre los colectivos de pensionistas y sus beneficiarios encuadrados en la Seguridad
Social y los pensionistas de las mutualidades de MUFACE, ISFAS, MUGEJU y sus beneficiarios.
Prórroga del plazo para la recogida de firmas... (Página9)
COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA
DIPUTADOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 del Código de Conducta de las Cortes Generales, aprobado por Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 1 de octubre de 2020, se ordena la publicación en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales de la siguiente declaración de intereses económicos presentada, una vez calificada.
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
ÍNDICE
ZAPATA SIMÓN, Aurelio (GS) (núm. expte. 007/000369/0000)1 ... (Página3)
1 Declaración inicial
2 Modificación de la declaración de intereses económicos
CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO
PROPOSICIONES NO DE LEY
Pleno
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
162/001119
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reducción de riesgos climáticos en países en desarrollo
para su debate en el Pleno.
Exposición de motivos
El cambio climático ha dejado ya de ser una cuestión del futuro, sino que sus efectos son palpables en el presente y afectan a las sociedades y economías de todo el mundo. Sin ir más lejos, el pasado verano de 2022 ha sido el más caluroso
en nuestro país desde que existen registros, con olas de calor en junio, julio y agosto, agravando una situación de sequía extrema y aumentando el riesgo de que se declaren incendios forestales. De acuerdo con el servicio europeo Copernicus, las
temperaturas medias fueron 'con mucho las más altas' registradas, casi 2 °C por encima del promedio del período 1991-2020.
Es más, el Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales (EFFIS) sitúa a España como el Estado miembro en el que más superficie se ha quemado en 2022, con 298.800 hectáreas arrasadas por el fuego. Esto es aún más alarmante si
tenemos en cuenta que España es también el país con más espacios protegidos por su valor ecosistémico en la Red Natura de la Unión Europea. Además, según un informe elaborado por la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG),
la organización profesional agraria más numerosa de ámbito estatal, el cambio climático ya está pasando factura al campo español, que cada año pierde el 6 % del valor de la producción por este motivo, más de 550 millones de euros anuales.
En definitiva, España no es ajena a los efectos más adversos del cambio climático. Sin embargo, estos efectos son aún más devastadores en países que tienen menos recursos disponibles para medidas de adaptación y, en particular, en aquellos
cuya economía depende de forma más directa del sector primario. La acción del cambio climático puede aumentar el riesgo de que estos países no puedan salir de su situación de pobreza, agravando así sus condiciones de desarrollo social y económico e
impidiendo la consolidación de instituciones democráticas fuertes. En definitiva, el cambio climático es un claro multiplicador de riesgos para los países en desarrollo, pero también para nuestras políticas de cooperación que aspiran a hacer de
estos países lugares mejor para vivir, desarrollarse de forma autónoma y contribuir a la paz y la seguridad internacionales.
En la pasada Conferencia de las Partes (COP, por sus siglas en inglés) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, celebrada en la ciudad egipcia de Sharm el-Sheij, se obtuvo un avance importante en materia de
reducción de este riesgo para el desarrollo sostenible. Durante décadas, los países en desarrollo y más afectados por el cambio climático han venido proponiendo la creación de un fondo que pudiera financiar las actuaciones de daños y pérdidas
causadas por el cambio climático, evitando
así que el impacto de este fenómeno acabe por hacer descarrilar los esfuerzos de desarrollo sostenible de estos países más desfavorecidos. La COP27, pese a que ha sido un fracaso en otros ámbitos como el de la fijación de un compromiso
claro de reducción de emisiones por parte de los grandes países emisores de gases de efecto invernadero, sí ha sido un éxito por la creación de este fondo.
Aunque aún quedan muchos detalles por fijarse, que será el trabajo de los delegados de los diferentes países a lo largo del próximo año y de cara a la próxima COP28, lo que sí parece claro es que serán los países desarrollados los que
aportarán recursos a ese fondo. Aún no está claro si países como China o los países del Golfo, que gozan de cifras de desarrollo económico envidiables por muchos otros países calificados como desarrollados, aportarán también recursos al fondo o no.
Sin embargo, es sin duda una gran noticia que permitirá cimentar la senda de desarrollo sostenible de muchos países vulnerables en desarrollo y permitirá que nuestra cooperación aporte un mayor valor añadido.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente
Proposición no de Ley
'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a detallar su aportación económica al fondo de financiación de daños y pérdidas para países en desarrollo acordado en la pasada Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático (COP27) y a llevar a cabo los esfuerzos diplomáticos necesarios para que el mayor número posible de países que son grandes emisores contribuyan con recursos a ese fondo.'
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de noviembre de 2022.-Juan Ignacio López-Bas Valero y María Carmen Martínez Granados, Diputados.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.
162/001120
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la ampliación del horario de los servicios de Cercanías para
su debate en Pleno.
Exposición de motivos
El progresivo incremento de la población urbana es un fenómeno global del que España no es ajena. Junto a este fenómeno secular se ha añadido en las últimas décadas el crecimiento, a su vez, de las ciudades en áreas metropolitanas de cada
vez mayor extensión y complejidad, evolucionando de un modelo inicial jerárquico de ciudad principal y ciudades dormitorio a un modelo más orgánico y policéntrico.
En este contexto, el tradicional transporte público urbano deviene insuficiente para prestar un adecuado servicio a la ciudadanía, que depende cada vez más del transporte metropolitano e interurbano, que pasa a ser en muchos casos la piedra
angular de todo el sistema público de transporte.
En el caso español, el principal servicio de transporte interurbano en las áreas metropolitanas peninsulares lo presta Renfe, empresa pública dependiente del Ministerio de Transportes, a través de sus servicios de Cercanías (o Rodalies, en
su caso), presente en once de las principales áreas metropolitanas del país. Se trata de un servicio ferroviario en el que en la actualidad el último tren del día sale, en el mejor de los casos, en torno a la medianoche. En la gran mayoría de
ciudades, de hecho, es más frecuente que este último tren salga más cerca de las 22:00.
Sea como fuere, se trata de horarios que difícilmente corresponden a un servicio que está llamado a ser la clave de bóveda de la red de transporte público metropolitano, especialmente en las grandes áreas metropolitanas como Madrid,
Barcelona, Valencia, Sevilla o Málaga. Muchos trabajadores, entre los que se puede destacar la práctica totalidad del sector hostelero, por sus horarios ordinarios, no tienen la posibilidad de usar los trenes de Cercanías para volver a casa al
finalizar su jornada,
viéndose obligados en la mayoría de los casos a depender del coche privado como mejor alternativa. De forma similar, especialmente en fines de semana, impide también a quienes se encuentran aprovechando su tiempo de ocio nocturno usar el
transporte público, forzándolos a depender del coche justo cuando este es menos indicado.
En definitiva, es imprescindible reforzar la red de Cercanías, tanto su infraestructura como, sobre todo, sus servicios, para adaptarlos a las necesidades de movilidad de unas áreas metropolitanas que son más dinámicas que nunca. Un reto
que solo puede abordarse con una estrategia multimodal donde los distintos medios de transporte se complementen, evitando competencias o solapamientos ineficientes, y se ponga a los usuarios y sus necesidades en el centro del modelo de movilidad
urbana.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente
Proposición no de Ley
'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ampliar los horarios de los trenes de Cercanías aumentando especialmente, a tal fin, el número de servicios de carácter nocturno.'
Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de noviembre de 2022.-Juan Ignacio López-Bas Valero, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.
COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
233/000047
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(233) Cuestión de inconstitucionalidad.
Autor: Tribunal Constitucional.
Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 2568/2022, planteada por la Sección 8ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con la
disposición final vigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, por posible vulneración de los artículos 9.3, 66.2 y 134.2 de la Constitución española.
Acuerdo:
Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez, don
Ricardo Enríquez Sancho y don Cándido Conde-Pumpido Tourón; la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón; los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don
Enrique Arnaldo Alcubilla, y las magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña Inmaculada Montalbán Huertas, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2568-2022, promovida por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, respecto de la disposición final vigésima de la Ley 22/2021, de
28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022, por su posible contradicción con lo previsto en el artículo 134.2, en relación con el artículo 66.2, ambos de la Constitución, y por la posible infracción del principio de seguridad
jurídica consagrado en el artículo 9.3 CE. Han comparecido y formulado alegaciones, en la representación que ostentan, el abogado del Estado y el letrado del Gobierno de la Comunidad de Madrid. Ha intervenido la fiscal general del Estado. Ha sido
ponente el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón.
[...]
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar la
inconstitucionalidad y nulidad de la disposición final vigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022.
Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.
Dada en Madrid, a 15 de noviembre de 2022.
OTROS TEXTOS
INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR
120/000020
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(120) Iniciativa legislativa popular.
Autor: Junta Electoral Central.
Comunicación de que la Proposición de Ley de recuperación del Sistema Nacional de Salud, debe entenderse caducada, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa
Legislativa Popular.
Acuerdo:
Declarar la caducidad de la referida iniciativa legislativa popular, por haber transcurrido el plazo para la recogida de firmas establecido en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa
Popular, comunicándolo a la Comisión Promotora y a la Junta Electoral Central y publicándolo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
120/000030
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(120) Iniciativa legislativa popular.
Autor: Doña Soledad Camacho Alcántara.
Solicitud de prórroga del plazo previsto para la recogida de firmas en relación con la Proposición de Ley para la igualdad real y efectiva en el nivel de aportación económica que da acceso a la prestación farmacéutica ambulatoria, entre los
colectivos de pensionistas y sus beneficiarios encuadrados en la Seguridad Social y los pensionistas de las mutualidades de MUFACE, ISFAS, MUGEJU y sus beneficiarios.
Acuerdo:
Prorrogar por tres meses y, por lo tanto, hasta el día 19 de mayo de 2023 el plazo para la finalización del procedimiento de recogida de firmas en relación con la referida Proposición de Ley de iniciativa popular. Asimismo, comunicar este
acuerdo a la Comisión Promotora y a la Junta Electoral Central y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.