Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 507, de 30/09/2022
cve: BOCG-14-D-507 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


30 de septiembre de 2022


Núm. 507



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página2)


Declaración de intereses económicos ... (Página13)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/001092 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la protección urgente de la Cueva de las Estegamitas ... (Página16)


162/001093 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre restauración de ecosistemas prioritarios integrados en espacios naturales y espacios Red Natura 2000 afectados por el cambio climático, así como sobre
el aumento de su resiliencia ante el mismo ... (Página18)


162/001094 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, para la reprobación y destitución inmediata de la Ministra del Igualdad ... (Página20)


162/001095 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la mejora de la atención a los pacientes con atrofia muscular espinal (AME) ... (Página23)


162/001096 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre actualización de los costes tipo ... (Página24)



Página 2





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las siguientes declaraciones de bienes y rentas presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


MIRALLES MARTÍN, Onofre (GVOX) (núm. expte. 005/000396/0000) 0 ... (Página3)


REGO CANDAMIL, Néstor (GPlu) (núm. expte. 005/000035/0004) 1 ... (Página8)


0 Declaración inicial.


1 Modificación de la declaración.


2 Declaración final.



Página 3





[**********página con cuadro**********]



Página 4





[**********página con cuadro**********]



Página 5





[**********página con cuadro**********]



Página 6





[**********página con cuadro**********]



Página 7





[**********página con cuadro**********]



Página 8





[**********página con cuadro**********]



Página 9





[**********página con cuadro**********]



Página 10





[**********página con cuadro**********]



Página 11





[**********página con cuadro**********]



Página 12





[**********página con cuadro**********]



Página 13





De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 del Código de Conducta de las Cortes Generales, aprobado por Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 1 de octubre de 2020, se ordena la publicación en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales de la siguiente declaración de intereses económicos presentada, una vez calificada.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


MIRALLES MARTÍN, Onofre (GVOX) (núm. expte. 007/000368/0000) 1 ... (Página14)


1 Declaración inicial.


2 Modificación de la declaración de intereses económicos.



Página 14





[**********página con cuadro**********]



Página 15





[**********página con cuadro**********]



Página 16





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/001092


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Más País-Verdes Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en Pleno sobre la protección urgente de la Cueva
de las Estegamitas.


Exposición de motivos


La Araña es una pequeña barriada costera malagueña ubicada en el Distrito Este de la capital, que, por la composición caliza del sustrato de rocas de buena parte de su territorio, alberga desde hace décadas una explotación minera y una
fábrica de cemento gestionada actualmente por la empresa FYM-Heidelberg. En toda la zona abundan las formaciones kársticas, con numerosas cavidades que llevan siendo estudiadas desde hace más de un siglo por encontrarse en dichas formaciones restos
asociados a diversas culturas prehistóricas. Por ello, algunas de ellas están protegidas por el gran valor de estos hallazgos, si bien otras han sido total o parcialmente destruidas incluso antes de haber podido realizar los estudios pertinentes,
al ser excavadas para extraer caliza.


En abril de 2021 fue descubierta en la zona de la cantera una nueva cavidad, lo que, ante el riesgo de destrucción, provocó la actuación de la Junta de Andalucía, cuyos Agentes de Medio Ambiente realizaron una inspección preliminar para
paralizar la actividad minera. A partir de agosto la noticia de este descubrimiento fue de dominio público, gracias a una campaña impulsada por distintas asociaciones y personas interesadas en proteger el hallazgo e impedir que acabara convertido
en cemento. Durante meses se temió que la cementera hubiera dinamitado esta u otras cuevas también descubiertas en la cantera pero no notificadas.


Entre abril y julio de este año un equipo técnico del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) y de la Universidad de Málaga (UMA), junto con espeleólogos de la Sociedad Excursionista de Málaga (SEM), han llevado a cabo una serie de
labores de investigación en el interior de la cueva. Un informe elaborado por los miembros de dicho equipo, José Juan Durán, investigador del IGME y del CSIC, Iñaki Vadillo, profesor de Geodinámica de la UMA, y José Enrique Sánchez, técnico y
presidente de la Asociación Española de Espeleología y espeleólogo de la SEM, dado a conocer este mes de septiembre, ha aportado unos resultados inesperados y espectaculares.


Como reza el estudio, el trazado presenta un desarrollo horizontal de 1.303 metros y un desnivel de 32 metros respecto a la cota de la entrada. Desde el punto de vista geológico, afirman los científicos que 'presenta unas morfologías de
cueva hipogenética litoral extremadamente bien conservadas, la cantidad y variedad de los espeleotemas la hacen convertirse en un escenario absolutamente excepcional. Pero lo excepcional ha sido el descubrimiento de un conjunto de estegamitas, una
variedad enormemente inusual de espeleotemas de las que solo existían hasta el momento en el mundo pocas reseñas en tres cuevas



Página 17





del planeta, y en esta cueva malagueña se han referenciado más de cien ejemplares en perfecto estado de conservación, muchas de ellas activas, en formación y crecimiento actualmente, de variadas dimensiones y morfologías, de hasta un metro y
medio de altura algunas de ellas, que la convierten en un hito geológico de relevancia mundial.'


Según el estudio, además de estas características de primera magnitud, la cueva presenta también otros valores dignos de protección y necesitados de una investigación detallada:


'1. Posee una población de murciélagos, con presencia también de restos de guano en algunas zonas de la cavidad. Cabe recordar que todas las especies de murciélagos identificadas en España están protegidas por la legislación estatal: Real
Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.


2. Existen varios conjuntos de sedimentos detríticos con restos óseos de micromamíferos muy abundante y, al menos en un caso, con huesos fósiles de gran tamaño, que evidencian la presencia pasada de grandes animales en su interior en algún
momento de su evolución.'


3. La existencia de unas estructuras en las partes bajas de algunas paredes podrían ser interpretadas como zarpazos de oso pardo o como grabados antrópicos, cuyo análisis detallado es necesario y urgente realizar por especialistas.


De igual modo necesita, urgentemente, por parte de las administraciones públicas, de agentes de las autoridades y de la Fiscalía de Medio Ambiente, de acciones inmediatas conducentes a la adecuada protección frente a las graves amenazas de
vandalismo, rotura y destrucción total, tanto por individuos que puedan penetrar en ellas para extraer y comercializar sus espeleotemas por su falta de vigilancia y medidas de control de acceso, como por la actividad minera en esa zona de la cantera
para la obtención de materia prima para la fabricación de cemento.


Hasta tal punto ha llegado la alarma social ante la posible destrucción o deterioro de la cavidad que varias asociaciones, entidades y partidos políticos (Mas País e IU), encabezadas por la Asociación Española de Espeleología, han presentado
una documentada denuncia a la Fiscalía de Málaga en la última semana frente a las acciones y omisiones de la empresa explotadora de la concesión minera que según la misma serían constitutivos de varios delitos.


Por todo ello, la cueva reúne todos los requisitos para ser incluida en alguna de las figuras de protección de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, como se le lleva tiempo solicitando a la Junta
de Andalucía, competente para ello. Sin embargo, al margen de las competencias autonómicas, otras quedan asignadas por esta ley a la Administración del Estado, basadas siempre en principios consagrados por la misma, como el de la conservación y
preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales y de la diversidad geológica. En este punto, entiende la norma como patrimonio geológico (artículo 3.38) al conjunto de recursos naturales geológicos de valor
científico, cultural y/o educativo, ya sean formaciones y estructuras geológicas, formas del terreno, minerales, rocas, meteoritos, fósiles, suelos y otras manifestaciones geológicas que permiten conocer, estudiar e interpretar: a) el origen y
evolución de la Tierra, b) los procesos que la han modelado, c) los climas y paisajes del pasado y presente, y d) el origen y evolución de la vida.


En coherencia con lo anterior, el artículo 9.2.10.º especifica que el Ministerio con competencias en materia de medio ambiente, en colaboración con las comunidades autónomas, mantendrá actualizado un Inventario Español del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad que, entre otros datos, incluirá un Inventario de Lugares de Interés Geológico representativo de, al menos, las unidades y contextos geológicos recogidos en el anexo VIII, que incluye los sistemas kársticos en carbonatos de la
Península Ibérica y Baleares de relevancia mundial.


Posteriormente, en el artículo 28.1 se establece que 'tendrán la consideración de espacios naturales protegidos los espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales, y el medio marino, junto con la zona económica exclusiva
y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:


a) Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.


b) Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados'.



Página 18





La clave para la conservación de esta cavidad única en el mundo está, por tanto, en el cumplimiento por parte del Estado del citado artículo 9 de la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, que obliga a ello a las administraciones
competentes respecto a todo patrimonio geológico en sistemas kársticos en carbonatos considerado de relevancia mundial, como es el caso de la Cueva de las Estegamitas en Málaga. Según lo anterior, el Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico podría proteger este emplazamiento, incluyéndolo en el Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad como 'Contexto Geológico de Relevancia Mundial', más aún cuando hay un alto riesgo de destrucción de un patrimonio
de enorme e incalculable valor científico y educativo.


Por lo anterior, Más País-Verdes Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, formula al Congreso de los Diputados la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incluir por vía de urgencia la denominada Cueva de las Estegamitas, situada en el municipio de Málaga, en el Inventario Español del Patrimonio Natural, dado que cumple los requisitos establecidos en la ley para su categorización
científica y legal como ''patrimonio geológico de relevancia mundial''.


2. Impulsar de forma conjunta con la Junta de Andalucía la declaración de esta cavidad como Espacio Natural Protegido, conforme prevé la citada ley, así como la investigación científica sobre sus características y valores patrimoniales,
geológicos, ecológicos, educativos y/o culturales.


3. Realizar un estudio de alternativas de explotación de la cantera, que incluya la posibilidad de compatibilizar la conservación de la Cueva de las Estegamitas con la continuidad de la explotación minera.


4. Mantener la paralización ordenada en su momento por las autoridades de la Junta de Andalucía de la explotación minera en todo el perímetro de la zona de la cantera de Cementos de la Araña en Málaga en que se encuentra ubicada la cueva de
las Estegamitas.


5. Permitir la continuación de las investigaciones espeleológicas y geológicas que se han comenzado (como se recomienda en el resumen ejecutivo de exploración e investigación científica realizados de expertos en la Cueva de las Estegamitas
de La Araña-Málaga) mientras se adecúan las condiciones jurídicas de protección arriba descritas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de septiembre de 2022.-Inés Sabanés Nadal, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


162/001093


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre restauración de ecosistemas prioritarios integrados en espacios naturales y
espacios Red Natura 2000 afectados por el cambio climático, así como sobre el aumento de su resiliencia ante el mismo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


España es un país rico en ecosistemas y biodiversidad, los más relevantes de ellos están presentes en los espacios naturales protegidos, lugares por ello prioritarios para su restauración y adaptación al cambio climático. Según la Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de espacios naturales protegidos los espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales, y el medio marino, junto con la zona
económica exclusiva y la plataforma continental que, declarados como tales, cumplan al menos uno de los requisitos siguientes: contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés
ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo; o estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.



Página 19





Los Espacios Naturales Protegidos, ya sean terrestres o marinos, se clasifican en cinco categorías básicas de ámbito estatal, atendiendo a los bienes y valores a proteger y de los objetivos de gestión a cumplir, establecidas por la citada
Ley 42/2007.


La Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad regula también la Red Ecológica Europea Natura 2000, que consta de Zonas Especiales de Conservación (ZEC) establecidas de acuerdo con la Directiva Hábitat y de Zonas de Especial Protección
para las Aves (ZEPA) designadas en virtud de la Directiva Aves. Su gestión debe tener cuenta las exigencias ecológicas, económicas, sociales y culturales, así como las particularidades regionales y locales. Todo ello con el objetivo de asegurar la
supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. La gestión de ambos tipos de espacios protegidos recae fundamentalmente en las comunidades autónomas.


Por otra parte, dado que la mayoría de las comunidades autónomas han desarrollado legislación propia sobre espacios protegidos, existen en la actualidad en España más de 40 denominaciones distintas para designar a los espacios naturales
protegidos.


Los efectos del cambio climático en los entornos naturales, especialmente en los protegidos, preocupan a las administraciones y a la ciudadanía. Buena prueba de ello es que, entre las recomendaciones finales de la Asamblea Ciudadana para el
Clima, recientemente aprobadas, figura el objetivo de 'restaurar los principales ecosistemas del país afectados por el cambio climático para aumentar su resiliencia ante el cambio climático'.


En su informe, la Asamblea Ciudadana para el Clima señala que 'mantener ecosistemas naturales y saludables es fundamental para conservar la biodiversidad y proveer de incontables beneficios y servicios a la sociedad, pero, además, porque son
nuestros mejores aliados naturales para luchar contra el cambio climático dada su enorme capacidad para absorber las inmensas cantidades de dióxido de carbono acumuladas en la atmósfera desde el comienzo de la era industrial'. Y añade que 'su
alteración y destrucción provoca el efecto contrario al liberar el carbono acumulado, por lo que detener su degradación y promover su restauración es fundamental. Por esta razón, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente ha
declarado el periodo desde 2021 hasta 2030 como la Década para la Restauración de los Ecosistemas, para detener y revertir la degradación de los ecosistemas en todos los continentes y océanos y ayudar así a erradicar la pobreza, combatir el cambio
climático y prevenir una extinción masiva de especies'.


La Asamblea Ciudadana recuerda también que 'el cuidado y restauración de los ecosistemas para recuperar su equilibrio natural es una enorme oportunidad de empleo de calidad y debe ser una prioridad para todos los gobiernos y empresas que
deben invertir urgentemente todos los recursos a su alcance y en el menor tiempo posible en este objetivo, involucrando a la sociedad y priorizando aquellos que juegan un papel más estratégico en la protección de la biodiversidad y que tienen más
capacidad de absorción de CO2'.


El Gobierno de España ha demostrado su interés por esta cuestión y ello tiene su reflejo en diversos instrumentos normativos, de planificación y de gestión.


En el artículo 24 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, se prevé la elaboración en el plazo de tres años desde la aprobación de la ley, y su presentación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente,
de una evaluación de la representatividad a medio y largo plazo de las redes de espacios naturales protegidos y espacios de la Red Natura 2000, en los diferentes escenarios climáticos posibles, con el fin de que, por parte de las administraciones
competentes, se dispongan las medidas oportunas para que dichas redes sigan cumpliendo en los plazos mencionados los objetivos de conservación de hábitats y especies para las que fueron diseñadas.


El citado precepto establece también que la Administración General del Estado y la de las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en la actualización y revisión de los planes o instrumentos de gestión
de los espacios naturales protegidos y espacios de la red Natura 2000 un apartado sobre adaptación de los mismos al cambio climático con, al menos, un diagnóstico que incluya un listado de especies y hábitats especialmente vulnerables, objetivos,
acciones e indicadores de progreso y cumplimiento, así como un plan de conectividad con otros espacios protegidos.


La misma preocupación se refleja en el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático, que reconoce que el cambio climático constituye un reto de primer orden para las áreas protegidas, al provocar cambios ambientales que pueden modificar
de forma sustancial sus propias condiciones de partida (zonificación, restricciones establecidas en los planes de gestión, etc.). Sin embargo, todavía son pocas las áreas protegidas que incorporan de forma profunda el factor cambio climático a su
planificación y gestión. El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) incluye también la promoción de medidas



Página 20





adicionales para la conservación y fomento de la biodiversidad autóctona y de los ecosistemas, ligado al Plan Estratégico de Patrimonio Natural y la Biodiversidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las administraciones públicas implicadas, en el ámbito de sus competencias, a llevar a cabo las actuaciones necesarias para restaurar los principales ecosistemas del país
incluidos en espacios naturales y espacios Red Natura 2000, afectados por el cambio climático, así como para aumentar su resiliencia ante el mismo, desarrollando las previsiones que en este sentido contiene la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio
Climático y Transición Energética.


A tal fin, entre otras medidas, se llevarán a cabo las siguientes:


1. Poner en marcha la evaluación de la representatividad a medio y largo plazo de las redes de espacios naturales protegidos y espacios de la Red Natura 2000, en los diferentes escenarios climáticos posibles, que se presentará a la
Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.


2. Impulsar, en coordinación con las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, la incorporación en los planes o instrumentos de gestión de los espacios naturales protegidos y espacios de la Red Natura 2000 de un apartado
sobre la adaptación de dichos espacios al cambio climático, que debe incluir, al menos, un diagnóstico, un listado de especies y tipos de hábitats especialmente vulnerables, objetivos, acciones e indicadores de progreso y cumplimiento, así como un
plan de conectividad con otros espacios protegidos.


3. Promover el desarrollo de proyectos piloto de incorporación de criterios de adaptación al cambio climático en la planificación y/o la gestión de áreas protegidas.


4. Facilitar la formación del personal de las áreas protegidas en materia de impactos, riesgos y adaptación.


5. Promover el desarrollo de programas, proyectos y actuaciones de restauración de ecosistemas vulnerables y afectados por el cambio climático.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2022.-Helena Caballero Gutiérrez, Eva Patricia Bueno Campanario, Germán Renau Martínez, Antidio Fagúndez Campo, Sandra Guaita Esteruelas, María Montserrat García Chavarría, María
Inmaculada Oria López, Esther Padilla Ruiz, Daniel Sendero Oraá, Omar Anguita Pérez, Herminio Rufino Sancho Íñiguez, Daniel Vicente Viondi y Javier Antón Cacho, Diputados.-José Zaragoza Alonso e Isaura Leal Fernández, Portavoces del Grupo
Parlamentario Socialista.


162/001094


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José María Figaredo Álvarez-Sala, doña Lourdes Méndez Monasterio, doña Rocío de Meer Méndez, doña María de la Cabeza Ruiz Solás, doña Carla Toscano de Balbín y don Juan Luis Steegmann Olmedillas, en su condición de Portavoz sustituto y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula la siguiente Proposición no de Ley para la reprobación y destitución inmediata de la ministra de
Igualdad, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Preámbulo. Razón de ser de esta Proposición no de Ley.


La presente proposición no de ley tiene por objeto reprobar a la ministra de Igualdad, doña Irene María Montero Gil, e instar al Gobierno a que proceda a su cese inmediato.


El fundamento de la pretensión es doble: por un lado, el contenido de las manifestaciones vertidas por la Sra. Montero Gil en sede parlamentaria en el día de ayer, 21 de septiembre de 2022, en las cuales llevó



Página 21





a cabo una apología del delito de agresión sexual a menores de dieciséis años; por otro lado, la labor de ideologización que el departamento que dirige está llevando a cabo bajo su mandato, y que es necesario ponerle fin, mediante su
supresión.


Primero. La Apología del Delito de Agresión Sexual a menores de dieciséis años efectuada por la Sra. Montero Gil en la Comisión de Igualdad.


Durante la tarde del 21 de septiembre del año en curso, la Sra. Montero Gil compareció a petición propia ante la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados, con el fin de informar sobre las líneas generales de la política de su
Ministerio. Durante su intervención, la Sra. Montero Gil profirió la siguiente afirmación:


'Todos los niños, las niñas, les niñes de este país tienen derecho, tienen derecho a conocer su propio cuerpo, a saber que ningún adulto puede tocar su cuerpo si ellos no quieren, si ellos no quieren, y que eso es una forma de violencia.
Tienen derecho a conocer que pueden amar o tener relaciones sexuales con quien les dé la gana, basadas, eso sí, en el consentimiento. Y esos son derechos, que tienen reconocidos, y que a ustedes no les gusta' 1.


Tal afirmación topa no solo con la más mínima decencia, sino también con el ordenamiento jurídico: el artículo 181 del Código Penal establece que 'el que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado con
la pena de prisión de dos a seis años'.


El derecho, que necesita de elementos objetivos para ordenar la sociedad, establece que los menores de dieciséis años no poseen la suficiente madurez afectiva, intelectual ni sexual para poder prestar un consentimiento libre, pleno, a un
acto sexual.


La única excepción, impulsada por este Gobierno, es la del artículo 183 quater ibidem, que establece que 'el consentimiento libre del menor de dieciséis años, excepto en los casos del artículo 183.2 del Código Penal, excluirá la
responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica'. Esto es, que no basta con el consentimiento del menor, sino que
también se requiere que exista 'proximidad' o equilibrio entre los sujetos implicados en tal conducta. De una primera lectura del precepto se observa su falta de concreción en cuanto a criterios de aplicación, edades máximas o mínimas o diferencia
de desarrollo entre uno u otro.


Precisamente por esa razón se castiga el tipo delictivo del artículo 181 del Código Penal, que además constituye un delito grave, con penas privativas de libertad de dos a seis años, en el caso del tipo básico; de cinco a diez años, en el
tipo agravado (si concurre alguna de las modalidades de agresión sexual descritas en el artículo 178); y de hasta quince años en el tipo súper agravado (si concurre los elementos descritos en el apartado tercero del mismo artículo).


Por lo tanto, la manifestación proferida por la Sra. Montero puede calificarse como una apología del delito de agresión sexual de menores de dieciséis años. Fijémonos en que no solo normaliza este comportamiento, sino que anima a que los
adultos puedan realizar actos sexuales con menores pese a la legalidad vigente, cuya desvirtuación está siendo promovida por este Gobierno. No se recuerda, en la sede de la soberanía nacional, que se cometiera un hecho tan execrable como el
acontecido durante la sesión del pasado miércoles en la Comisión de Igualdad.


Segundo. El Ministerio de Igualdad, un prescindible e ideológico departamento de nueva creación.


El Ministerio de Igualdad fue creado en 2008, conteniéndose su configuración primigenia en el Real Decreto 1135/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad.


Los cambios de denominación y estructura orgánica de los Ministerios, que ocurren como consecuencia de los cambios de signo político de los gobiernos, suelen ir aparejados de una redistribución de las funciones correspondientes a otros
departamentos. El Ministerio de Igualdad, por el contrario, se dotó de competencias diseñadas 'ex nihilo' para revestir de la condición de necesariedad a un departamento que es claramente contingente para los españoles.


1 Minuto 21 de la primera de las réplicas de la ministra: https://app.congreso.es/AudiovisualCongreso/audiovisualEmisionSemiDirecto?codOrgano=32Q&c odSesion=23&idLegisIaturaElegida=14&fechaSesion=21709/2022



Página 22





Así, el departamento ministerial que dirige la Sra. Montero Gil, que cuesta a los españoles cientos de millones al año, no solo es absolutamente prescindible, sino manifiestamente ideológico y sectario.


Bajo la dirección de la actual ministra, y con la colaboración de otros cargos con idéntico fanatismo e incompetencia, este departamento se dedica a impulsar leyes que en nada benefician al bien común de España ni atienden a las necesidades
de los españoles. Al contrario, se limitan a imponer una agenda ideológica desprovista del más mínimo sentido común ni de justicia, causando un daño irreparable a los niños y a las familias españolas (la nueva ley del aborto, la ley trans, la ley
de igualdad de trato y no discriminación, etc.). Ejemplo de ello son los intentos del Gobierno de inculcar a los menores de edad, en las escuelas, los postulados de la ideología de género. En una fase de su vida en la que aún no tienen madurez
afectiva ni formación suficiente, y prescindiendo en muchos casos del criterio de sus padres, se les enseña que el género es autodeterminable a voluntad e independiente del sexo biológico.


Tercero. La necesaria reprobación y destitución de la Ministra de Igualdad y la supresión del Ministerio de Igualdad.


La apología del delito de agresión sexual a menores de dieciséis años a la que nos hemos referido en el primer expositivo no puede calificarse como un acto inocente, más aún viniendo de quien ha sido designada ministra del Gobierno de
España.


Tampoco puede calificarse como casualidad que el mismo Gobierno que ha promovido, de forma ciertamente chapucera, la despenalización de relaciones sexuales entre menores o entre un menor y un adulto siempre que haya 'consentimiento' del
menor y 'cercanía' de ambos diga hoy que 'los niños, las niñas, les niñes [...] tienen derecho a [...] amar o tener relaciones sexuales con quien les dé la gana'. Se trata de un Gobierno que prohíbe los anuncios de azúcar en 'horario infantil',
pero al que no le duelen prendas en promocionar, sufragado con los Presupuestos Generales del Estado, la presión sexual que se está introduciendo en la conciencia más pura e inocente que debe existir, que es la de los menores de edad. Este
propósito no es otro que la normalización de la pederastía como último paso de la ideología de género.


En definitiva, todos los motivos expuestos son merecedores de una reprobación pública por parte del Congreso de los Diputados, así como la destitución inmediata del Sra. Montero Gil como ministra de Igualdad. Igualmente es necesario la
supresión, con carácter urgente, del Ministerio de Igualdad, por ser innecesario en sus funciones, injusto e ideológico en los medios políticos que acomete al servicio de aquellas y oneroso en su estructura.


Seguir manteniendo a la Sra. Montero Gil como ministra del Gobierno de España y su departamento es una burla a todos los españoles y un escándalo internacional.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


- Acuerda la reprobación de la ministra de Igualdad, doña Irene María Montero Gil, por su flagrante apología del delito de agresión sexual a menores de dieciséis años.


- Insta al Sr. Presidente del Gobierno a que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, destituya de forma inmediata a doña Irene María Montero Gil como ministra de Igualdad.


- Insta, igualmente, al Presidente del Gobierno a que, de conformidad con el artículo 2.2 j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, suprima el Ministerio de Igualdad, departamento ministerial innecesario en sus funciones,
injusto, ideológico y oneroso en su estructura.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de septiembre de 2022.-Rocío de Meer Méndez, María de la Cabeza Ruiz Solás, Carla Toscano de Balbín, Lourdes Méndez Monasterio y Juan Luis Steegmann Olmedillas, Diputados.-José María Figaredo
Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 23





162/001095


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la mejora de la atención a los pacientes con atrofia muscular espinal (AME) para su debate en
el Pleno.


Exposición de motivos


La atrofia muscular espinal (AME) es un grupo de enfermedades genéticas que daña y acaba con las neuronas motoras, que son las células nerviosas de la médula espinal y la parte inferior del cerebro que controlan el movimiento de los brazos,
piernas, cara, pecho, garganta y lengua. A medida que estas neuronas se debilitan y mueren, los músculos comienzan a debilitarse y atrofiarse, lo que hace que el daño muscular vaya aumentando con el tiempo y pueda afecta al habla, a caminar, a la
deglución y a la respiración. Existen además varios tipos de AME, dependiendo de la gravedad de la enfermedad y de cuándo comiencen los síntomas, siendo el más grave y común de ellos el de la enfermedad de Werdnig-Hoffmann o AME de inicio infantil,
por presentar síntomas ya en la infancia antes de los seis meses de edad.


En cualquier caso, todos los tipos de AME afectan de forma grave a la autonomía y el bienestar de los pacientes, por la gravedad de sus síntomas y por, en muchos casos, suponer la muerte si no se trata de forma adecuada. Actualmente,
existen tres tratamientos para la AME aprobados por la Agencia Europea del Medicamento (EMA, por sus siglas en inglés) que son realmente terapias modificadoras de la enfermedad que permiten frenarla, pero que no representan en sí mismas una cura.
Por tanto, estos tratamientos son necesarios para garantizar un nivel de autonomía mayor a los pacientes, ralentizando el deterioro neuronal, por lo que es necesario permitir que los afectados accedan cuanto antes al tratamiento, ya que ninguna de
las terapias permite la recuperación de las motoneuronas perdidas.


Pese a ello, en España los protocolos de acceso a estas terapias son claramente insuficientes, primando en muchos casos el criterio económico sobre el terapéutico a la hora de permitir que los pacientes puedan recibir un tratamiento. De
hecho, incluso neuropediatras como el Dr. Marcos Madruga, del Hospital VIAMED Santa Ángela de la Cruz, afirman que 'debería de aumentarse el valor que se da actualmente a los criterios de los clínicos, que conocen la enfermedad y las necesidades
reales de los pacientes, para la toma de decisiones en el inicio y mantenimiento de los tratamientos referidos'. De hecho, se dan casos en los que, incluso habiendo accedido al tratamiento, se decide retirar su acceso por no presentar mejoría los
pacientes, provocando que, debido a su carácter modificador y no curativo, cuando se retira ese acceso el paciente vuelve a empeorar, perdiendo incluso capacidades que gracias a ese tratamiento había conseguido mantener.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos defendemos la necesidad de invertir el dinero público de forma eficiente, pero no es aceptable que la vida de los pacientes de AME y de sus familias empeore por una motivación únicamente económica. De
hecho, en otros Estados de la Unión Europea el acceso a estos tratamientos no está sujeto a las mismas restricciones que en nuestro país, lo que supone también un problema de equidad de los pacientes españoles respecto a nuestros compatriotas
franceses, italianos o alemanes. Esta situación, por desgracia, es similar a la que viven muchos otros pacientes de enfermedades raras, que también ven su acceso a tratamientos limitado por las restricciones administrativas impuestas por el
Gobierno.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a revisar los protocolos de acceso y mantenimiento de terapias para la atrofia muscular espinal (AME), de forma que se facilite el tratamiento de esta enfermedad y se mejore la calidad de vida
tanto de los pacientes como de sus familias, evitando que el criterio estrictamente económico se imponga al terapéutico y pueda acabar provocando retrasos, limitaciones y retrocesos en el abordaje de esta patología.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de septiembre de 2022.-Guillermo Díaz Gómez y Sara Giménez Giménez, Diputados.-Edmundo Bal Francés, Portavoz Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 24





162/001096


A la Mesa del Congreso de los Diputados


María Fernández Pérez, Diputada de Coalición Canaria integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Congreso de los Diputados presenta, para su debate en Pleno, la siguiente Proposición no de
Ley sobre actualización de los costes tipo.


Exposición de motivos


Los costes de transporte de mercancías entre las islas Canarias y la península y el resto de la Unión Europea se han incrementado de forma significativa durante el año 2021 y 2022. Por ello, y dado que las autoridades europeas permiten
paliar el 100 % de este importante sobrecoste de la ultraperiferia, es imprescindible proceder a actualizar los costes tipo de las compensaciones al transporte de mercancías con el objetivo de que se compense de forma efectiva los costes de
transportes adicionales reales que asumen las empresas canarias en la importación de sus 'inputs' y en los envíos entre islas y hacia la UE de los productos elaborados en Canarias.


Para ello, el Ministerio de Transportes debe iniciar cuanto antes un proceso de revisión de los costes tipo de las compensaciones al transporte tomando como información de referencia los costes reales que presentan en sus solicitudes las
empresas que perciben las compensaciones al transporte.


Asimismo, el Gobierno, en cumplimiento de lo que establece el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, debe permitir que en la revisión de los costes tipo se dé participación a los operadores económicos a través de las organizaciones
empresariales que los representan, de forma que la misma se realice con un procedimiento de participación transparente.


De no actualizarse los costes tipo a los costes reales que han abonado las empresas en sus transportes realizados en 2021, las empresas industriales y del sector primario canario verán gravemente mermada su viabilidad, al haber abonado unos
importes muy superiores que están limitando seriamente su capacidad de competir en el mercado regional y su capacidad para acceder a mercados exteriores.


Las ayudas al transporte permiten a las empresas canarias competir en condiciones análogas con las empresas situadas en el resto del territorio comunitario, las cuales tienen mayores facilidades de acceso al mercado único europeo, al estar
situadas en el continente. También, las empresas localizadas en el territorio continental disponen de más alternativas para realizar el transporte de mercancías, pues además de utilizar el transporte marítimo y aéreo, medios exclusivos a los que
pueden acceder las empresas canarias, también pueden transportar las mercancías vía ferrocarril y por carretera, utilizando los nodos de transporte que conectan las regiones europeas.


La ayuda al transporte de mercancías es un instrumento al servicio de los objetivos del desarrollo autónomo de los sectores económicos de Canarias y de la diversificación económica, al impedir unos precios excesivos de los 'inputs'
necesarios para permitir que los productos de las islas se sitúen en el mercado insular y en el continente en condiciones comparables a las de otros fabricantes no canarios que compiten en el mercado único de la Unión Europea.


El coste adicional del transporte es uno de los más importantes para las empresas. De hecho, el estudio 'El coste privado de la ultraperiferia y la doble insularidad en Canarias' concluye que el sobrecoste del transporte de mercancías en
Canarias era en 2016 de 2.860 millones de euros, un 4,4 % del total de la facturación de las empresas canarias, teniendo el mayor peso, un 54,7 %, del total de los sobrecostes, lo que da una idea de la realidad en la que operan las empresas en
Canarias. Por este motivo, las autoridades europeas han autorizado las ayudas que permiten paliar este importante sobrecoste de la ultraperiferia.


En concreto, las ayudas reguladas mediante el Real Decreto 147/2019 compensan el transporte marítimo y aéreo entre islas o cuyo destino sea la Península y el resto de Estados miembros de la Unión Europea de todos aquellos productos
originarios de Canarias o que haya sufrido transformación en las Islas. También se compensa el transporte marítimo y aéreo desde el resto de España y la Unión Europea a las Islas Canarias de productos originarios de la Unión Europea que se
consideren 'inputs' para la producción o transformación de los productos, y que no se fabriquen en Canarias. Igualmente, se compensa el transporte marítimo interinsular y con destino al resto de España de productos del petróleo y sus derivados,
originarios de las Islas Canarias o que hayan sufrido en estas transformaciones.


Por su lado, el Real Decreto 552/2020 regula las compensaciones del transporte de los productos agrícolas incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, siempre que sean



Página 25





originarios o transformados en las Islas Canarias. Asimismo, también regula las compensaciones del transporte desde el resto de España a las Islas Canarias de productos de alimentación para el ganado siempre que no haya producción en
Canarias o esta sea insuficiente.


La compensación consiste en una ayuda de hasta el 100 % de los costes compensables que abarca desde el flete y los gastos relativos a éste, incluido el retorno en vacío del elemento de transporte en el caso de los trayectos interinsulares,
los costes de utilización de elementos de transporte específicos o especiales en función del tipo de producto, los costes de manipulación de la mercancía en los puertos y aeropuertos de origen y destino, las tasas portuarias o aeroportuarias
aplicadas las mercancías transportadas, los costes de los controles de seguridad y protección de buques e instalaciones y los recargos por el incremento del coste del combustible.


No obstante, la misma norma indica que se tomará como referencia para resolver las compensaciones al transporte un coste tipo que cada año elaborará el Ministerio, de tal forma que el porcentaje de compensación anual se aplica sobre el menor
de los dos valores: el coste tipo y el coste real que abonan las empresas en sus trayectos.


Un mandato contemplado en la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias que tiene como objetivo, potenciar la cohesión social, económica y territorial de las Islas y la competitividad de sus
sectores estratégicos, y que recoge en su artículo 7, apartado 3, lo siguiente: La determinación de los costes tipo para cada trayecto se realizará anualmente por la Administración General del Estado de forma transparente y mediante un
procedimiento de audiencia pública, recabando la información necesaria de los operadores independientes que actúan en dichas rutas. (...)'.


Este precepto normativo no se he llevado a cabo ya que no se conoce cómo se realiza la elaboración de los costes tipos y no se ha tenido en cuenta la información de los operadores económicos que aportan anualmente con sus facturas, que
reflejan el verdadero coste de los transportes de mercancías que soportan las empresas canarias.


Es necesario considerar los costes reales que asumen los operadores canarios en el estudio que se deba realizar para obtener los costes tipo, dado que siempre mostrará de manera más fiel la realidad y la diversidad de costes que soportan los
mismos, como es el caso de las empresas con menor volumen de transporte y las que se localizan en las islas no capitalinas, que se encuentran con costes reales superiores a los costes tipo, por lo que son las que resultan más perjudicadas por el
procedimiento actual de cuantificación de los costes tipo.


La situación es cada vez más insostenible como consecuencia de los hechos que han ocurrido en los dos últimos años. La pandemia sanitaria causada por la COVID-19 en el año 2020 no solo afectó a la salud de la población mundial, sino que
también alteró el funcionamiento de las economías a escala global. Las restricciones a la movilidad impuestas para evitar la propagación del virus motivó el cierre de puertos y aeropuertos, y con ello afectó a la conectividad reduciendo rutas y
frecuencias, limitando el número y capacidad de los medios de transporte de mercancías-barcos, aviones, contenedores, causando todo ello, un incremento de los costes de transporte.


A ello se unió el continuo incremento del crudo debido a los desajustes entre oferta y demanda, coincidiendo con el inicio de la pandemia. El aumento continuado no ha dado respiro y se ha mantenido hasta el 2022, cuando se ha alcanzado la
cotización más alta en los últimos 10 años, motivado este alza por el conflicto bélico en Ucrania. Este incremento continuado del precio del petróleo desde el año 2020 se ha ido trasladando por parte de las navieras al coste del transporte
afectando al flete y a los recargos que pagan los operadores en su actividad logística y de abastecimiento de mercancías.


Considerando que el combustible es uno de los factores más determinantes a la hora de establecer los fletes, es evidente que estas subidas se han trasladado al coste del transporte de mercancías, agravando por tanto, los costes de la
ultraperiferia que asumen las empresas canarias, en sus importaciones de 'inputs' y recursos productivos, y en los transportes de productos elaborados desde Canarias y entre islas.


Y mientras las empresas aún sufrían las terribles secuelas de la COVID-19, con una inflación de costes sin precedentes por el incremento de los fletes expuesto anteriormente y de los costes energéticos y del combustible, estalló el conflicto
bélico entre Rusia y Ucrania, afectando nuevamente al coste del transporte, al producirse el cierre del Mar Negro, ocasionando el desvío de rutas y retrasos en la llegada de mercancías, lo que tuvo como efecto otro incremento de los fletes y demás
recargos.



Página 26





De hecho, el impacto del conflicto bélico afectó desde el primer día al tejido industrial canario con incrementos en los precios de las materias primas, dificultades para encontrar proveedores alternativos y especialmente con un mayor
encarecimiento de los precios del transporte.


Por ello, y en tanto los costes de transporte continúen en la senda inflacionista iniciada en el último trimestre de 2020, es preciso que las compensaciones al transporte de mercancías recojan este incremento del coste de la ultraperiferia
para que las empresas canarias no vean mermada su capacidad de competir en el mercado regional y para acceder a mercados exteriores.


Cabe recordar que, en el último debate sobre el estado de la nacionalidad celebrado en el Parlamento de Canarias en 2022, se aprobó la siguiente resolución:


El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias a que, a su vez, inste al Gobierno del Estado y este, a su vez, a la Unión Europea para que actúen sobre los efectos inflacionistas del actual conflicto bélico que están teniendo
especial incidencia en el sector comercial e industrial debido fundamentalmente a problemas de carácter logístico en el transporte de mercancías y el incremento del coste de materias primas de carácter esencial, entre otros, que agravan la
estructura de costes adicionales derivados de la condición de región ultraperiférica de Canarias, de forma que dentro del paquete de medidas a presentar al Estado por los efectos ocasionados por el conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, se analice
e incluya la actualización de las ayudas al consumo directo e industrial en el marco del Régimen Especial de Abastecimiento, así como actualizar los costes tipo de las compensaciones al transporte, entre otras medidas que se consideren oportunas
para favorecer la viabilidad de las empresas industriales de Canarias, así como a la continuación de las políticas de apoyo a la industria canaria y a la plena implementación de la Estrategia de Desarrollo Industrial de Canarias.


Por tanto, en base a dicha Resolución del Parlamento de Canarias se mandataba a Gobierno de España a proceder a actualizar los costes tipo de las compensaciones al transporte para dar respuesta al impacto del incremento de los costes de
abastecimiento y de transporte entre islas y con la península. Sin embargo, esta petición no fue contemplada en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.


Un informe realizado por la Asociación Industrial Canaria (ASINCA) revela que ha habido incrementos significativos de los costes de transportes en todos los trayectos, y especialmente en los trayectos Canarias-Cádiz realizados por vía
marítima. Así el intervalo de variación se establece entre el 8 % y el 400 %, apreciándose que el mayor incremento se va reduciendo a medida que aumenta la unidad de facturación, como es de esperar, pues las empresas de mayor volumen de carga
tienen mejores condiciones de coste de transporte. Por otro lado, el transporte aéreo, que es utilizado básicamente por productos perecederos, se incrementó entre un 100 % y un 500 %.


Los trayectos interinsulares también sufrieron aumentos importantes, particularmente, entre islas capitalinas y no capitalinas. El rango de variación entre las islas capitalinas se mueve entre el 5 % de incremento de coste medido en
términos de metro lineal de mercancía refrigerada industrial hasta el 500 % para el caso de subida del transporte facturado en kilos de mercancía también refrigerada industrial.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Cumpla el artículo 7 del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en el que se establece, en su apartado tercero, 'la determinación de los costes tipo para cada trayecto se realizará anualmente por la Administración General del Estado de
forma transparente y mediante un procedimiento de audiencia pública, recabando la información necesaria de los operadores independientes que actúan en dichas rutas.


2. El sistema que se establezca deberá garantizar su incidencia directa sobre el conjunto del coste de los transportes, incluidos los que pueden ser repercutidos como consecuencia de la utilización de las infraestructuras y servicios
portuarios y aeroportuarios.


3. La creación, en base a lo establecido en el propio REF, de una Comisión Mixta entre la Administración General del Estado y la Administración Autonómica, que se encargará de efectuar el seguimiento y evaluación de la aplicación del
sistema de compensación.



Página 27





4. Teniendo en cuenta que las autoridades europeas han autorizado las ayudas al transporte de mercancías de forma que se permite paliar el 100% de este importante sobrecoste de la ultraperiferia, es imprescindible actualizar los costes tipo
de las compensaciones al transporte de mercancías con objeto de que se compense de forma efectiva los costes de transportes adicionales reales que asumen las empresas canarias en la importación de sus inputs y en los envíos entre islas y a la UE de
los productos elaborados en Canarias.


5. Que la aprobación de los costes tipos se realice de manera habitual dentro del primer semestre del año siguiente al de aplicación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de septiembre de 2022.-María Fernández Pérez, Diputada.-Sergio Sayas López, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.