Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 363, de 22/11/2013
cve: BOCG-10-D-363 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


22 de noviembre de 2013


Núm. 363



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000040 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Industria, Energía y Turismo, sobre el proyecto Castor, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto ... (Página3)


158/000041 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, sobre la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ... (Página10)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000765 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre medidas de apoyo a la erradicación del Virus de Inmunodeficiencia Humana o VIH, a través de un Proyecto de Ley Integral
de acción contra el VIH/SIDA ... (Página13)


162/000766 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre elaboración de un Proyecto de Ley para garantizar el voto de los electores desplazados por la presión y la violencia de la banda
terrorista ETA ... (Página16)


162/000767 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al cumplimiento de la sentencia que considera ilegal la eliminación de los Fondos Mineros ... (Página17)


162/000768 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, relativa al rechazo al establecimiento de cualquier acuerdo pesquero entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos que incluya directa o
indirectamente en su ámbito de aplicación las aguas territoriales del Sáhara Occidental ... (Página18)


162/000769 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a modificar por parte del ADIF las condiciones de adjudicación de la gestión de aseos públicos en la estación ferroviaria de Puerta de Atocha
(Madrid) para evitar el cobro a los usuarios ... (Página19)



Página 2





162/000770 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre la incorporación de las recomendaciones de la Defensora del Pueblo al Estatuto de Víctima del Terrorismo ... href='#(Página20)'>(Página20)


162/000771 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre medidas para evitar el uso perverso de la LOREG por la formación política Bildu ... (Página23)


162/000772 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el reconocimiento de los derechos sanitarios, económicos y sociales de los trabajadores de la empresa auxiliar IMSA
intoxicados por mercurio en el accidente laboral sufrido en la empresa AZSA entre el 19 de noviembre y el 2 de diciembre de 2012 ... (Página24)


162/000773 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para la paralización urgente de la plataforma de inyección de gas conocida como 'Proyecto Castor' ... href='#(Página26)'>(Página26)


162/000774 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, relativa a la reforma de la Ley Orgánica 3/1984, Reguladora de las Iniciativas Legislativas Populares ... href='#(Página27)'>(Página27)


162/000775 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre la vigilancia de la Comisión Europea en relación a la necesidad de revisar las importaciones de tomate desde el Reino de Marruecos
en los últimos años ... (Página29)


162/000776 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, relativa a la reforma de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes ... (Página32)


162/000777 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la adopción de medidas para que los delitos ecológicos como el del 'Prestige' no queden impunes ... (Página33)


162/000778 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre combinación de distintas fórmulas de incentivación y ayudas para apoyar de forma eficiente a la cinematografía y el
audiovisual españoles ... (Página34)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/001713 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre financiación de las innovaciones farmacoterapéuticas. Retirada ... (Página36)


INTERPELACIONES


Ordinarias


170/000001 Interpelación al Ministro de Educación, Cultura y Deporte sobre la política general de su Departamento y las responsabilidades políticas que piensa asumir como consecuencia de las actuaciones que ha desarrollado durante el tiempo
de su mandato. Retirada ... (Página36)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000040


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Mixto.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Industria, Energía y Turismo, sobre el proyecto Castor.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Industria, Energía y Turismo, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de noviembre de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado Alfred Bosch i Pascual, de Esquerra Republicana-Catalunya-Sí, al amparo de la Resolución 18 de la Presidencia del Congreso de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y
reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presenta la siguiente propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Industria, Energía y Turismo, sobre el proyecto Castor.


Exposición de motivos


La construcción del almacén de gas natural submarino más grande del estado tiene su origen en el plan estratégico para la electricidad y el gas 2008-2016 con la máxima categoría A Urgente en la Planificación de los Sectores de Electricidad y
Gas 2002-2011-Revisión 2005-2011 aprobada en Consejo de Ministros el 31 de marzo de 2006. Se considera una decisión estratégica para el sistema gasista español y sus intereses energéticos; ya que se trata de poder disponer de reservas que
garanticen el suministro de gas durante un periodo de tres meses, período considerado crítico desde el punto de vista de los mercados de materias primeras y de los intereses estratégicos estatales, en caso de crisis de las fuentes habituales. Esta
infraestructura en concreto intentará cubrir con sus reservas entre un 30 % y un 40 % la demanda diaria de gas natural durante unos 50 días. Una vez construido será el cuarto almacén de gas natural que se intenta poner en funcionamiento en el
Estado aprovechando antiguos yacimientos o acuíferos profundos.


El proyecto Castor intentaba crear un almacén subterráneo de gas natural aprovechando la estructura geológica del antiguo yacimiento petrolífero de Amposta del que la Compañía Shell extrajo 56 millones de barriles de petróleo pesado, 40.000
barriles diarios, entre 1973 y 1989. Asentado sobre una falla activa de 51 kilómetros en el subsuelo del mar Mediterráneo, a 1700 metros de profundidad, dista 22 kilómetros de Alcanar y Vinarós. El complejo de instalaciones del Castor consta de
una plataforma de proceso (almacenamiento, inyección y extracción del gas natural) conectada con la planta de operaciones mediante un gasoducto de 30 km de longitud total.



Página 4





El proyecto ya des de antes de publicarse en el BOE (2 de agosto de 2007) provocó las quejas de vecinos y de diversas instituciones afectadas por el mismo, tanto de Catalunya como del País Valenciá. La empresa Escal UGS, S. L., solicitó,
con fecha 31 de enero de 2006, la concesión de explotación de almacenamiento subterráneo de gas natural denominado 'Castor'. El Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación emitió informe en fecha 15 de febrero de 2007, considerando que la
compañía ESCAL UGS acreditaba su capacidad legal, técnica y económica necesaria para la actividad. A propuesta del Ministro de Industria Turismo y Comercio, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de mayo de 2008, se
otorgó mediante Real Decreto 855/2008, (BOE de 5 de junio de 2008), y sin concurso previo, la concesión por 30 años prorrogables, la explotación de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos denominado 'Castor'.


Durante toda la tramitación administrativa del proyecto han sido numerosas las quejas, alegaciones, demandas y propuestas que se han presentado por partes de particulares, ayuntamientos, instituciones, partidos políticos, vecinos y entidades
sociales. Ninguna ha sido escuchada o atendida. Algunas de manera tan sospechosa, incomprensible, flagrante y determinante cómo la de no incorporar al proyecto estudios del riesgo sísmico.


La falta de transparencia en el proceso administrativo así como de acceso a la información y la participación ciudadana en el mismo ha sido uno de los aspectos más criticados. Nunca antes un proyecto que requería de un sistema tan complejo
de autorizaciones administrativas, 42 en total, había superado los plazos en tan poco tiempo. En tres años, tiempo récord, consiguió todos los permisos necesarios. Esta extraña y acusada celeridad levantó las dudas y quejas públicas de los
opositores al proyecto y los hechos acaecidos recientemente con los diversos seísmos obligan a revisar, investigar y estudiar de nuevo los pasos seguidos.


Un ejemplo evidente de 'celeridad' lo tenemos en la sentencia de la Audiencia Nacional de 27 de julio de 2013 que anulaba en parte el proceso de tramitación administrativa del proyecto. La sección primera de la Sala Contenciosa
Administrativa daba la razón a Río Cenia S. A., y anulaba una resolución del Secretario de Estado de Cambio Climático por la que se acordaba no someter a evaluación de impacto ambiental una parte del proyecto. En concreto del gasoducto que conecta
la planta de tratamiento terrestre del Castor con la red de distribución estatal de gas natural.


Alarma y terremotos.


Para sorpresa general el 9 de septiembre de 2013 se registraron los primeros seísmos delante de la costa del Delta del Ebro, Alcanar y Vinarós. Des de entonces hasta finales de octubre han sido más de 550 los seísmos registrados, de los que
la población ha percibido como mínimo 8, hecho que ha creado una gran alarma social y preocupación institucional. El primer gran seísmo se registró el 24 de septiembre y el de mayor magnitud llegó a valores de 4,2 en la escala de Richter. A la
preocupación por la seguridad de los habitantes de la zona afectada, de sus bienes materiales y las infraestructuras, hay que sumar el impacto negativo sobre sectores vitales de su economía como el turismo, o la incertidumbre generada por la
proximidad del área de actividad sísmica a las centrales nucleares de Vandellós 2 y Ascó, además del polígono petroquímico de Tarragona.


Cabe mencionar la discriminación respecto a Catalunya respecto a su consideración como parte afectada, y en consecuencia respecto a su capacidad de decidir sobre el asunto, pese a que municipios catalanes -como se ha visto en el último mes-
están claramente afectados por el proyecto. De hecho, el municipio más cercano a las instalaciones es Alcanar. La opacidad, falta de información y de atención hacia estas instituciones que mostraron su oposición desde el primer día se ha mantenido
lamentablemente durante los primeros días de los seísmos. La desconfianza e inseguridad generada entre la ciudadanía y las instituciones de Los pueblos afectados por la opacidad y desinformación llevada a cabo tanto por la empresa como por el
gobierno español durante todo el proceso administrativo del proyecto Castor y también durante los seísmos, resta credibilidad a cualquier intento de intentar volver a poner en marcha la actividad del almacén de gas subterráneo.


ESCAL UGS empezó a realizar la primeras inyecciones de gas colchón en junio y agosto del presenté año, y de manera más continuada des del 5 de septiembre hasta el 16 de septiembre, inyectando 100 millones de metros cúbicos de gas en un
almacén que tiene una capacidad total de 1.900 millones de metros cúbicos. El Ministerio de Industria había otorgado a la instalación Castor una autorización provisional pero al detectarse, tras una de las fases de inyección de gas colchón, más de
200 seísmos,



Página 5





uno de los cuales superior a los 3 grados en la escala de Richter, ordenó a Escal UGS que cesase todas sus actividades (26 de septiembre de 2013).


De hecho, el 2 de octubre del presente año una comisión de técnicos del Ministerio de Industria se personó en la plataforma marina y la planta terrestre que componen el proyecto Castor para verificar que la actividad estaba paralizada, y
rechazar las sospechas que ponían en duda este cese porque seguían reproduciéndose seísmos con una intensidad diversa. Aunque después de los primeros seísmos registrados se argumentó que faltaban evidencias científicas que relacionaran la inyección
de gas colchón en el almacén submarino con los terremotos registrados, el 4 de octubre el ministro Soria reconocía que había una probabilidad muy alta de que los seísmos fueran inducidos por la inyección de gas. El número e intensidad de los
seísmos fueron calificados por el Colegio de Geógrafos de España como de situación 'no controlada', y generaron gran sorpresa en el mismísimo Instituto Geográfico Nacional.


Las conclusiones definitivas que han de determinar los orígenes de los seísmos y la posible continuidad de la instalación dependen de los estudios que está elaborando una Comisión Científica formada por técnicos del Instituto Geológico
Minero (IGME) y del Instituto Geográfico Nacional (IGN).


Los seísmos situaron en primer plano mediático y público el proyecto Castor, y se hicieron evidentes muchas dudas ya expresadas durante la tramitación del proyecto y muchos aspectos y decisiones importantes de la tramitación administrativa,
técnica y política que necesitarían ser analizados y revisados, para poder contar con una explicación plausible de los inexplicables errores evidenciados a partir de fa ausencia de documentación tan determinante como el estudio de riesgos sísmicos.
Claridad y máxima transparencia para delimitar todo tipo de responsabilidades que se hayan podido producir y evitar que se vuelvan a repetir en un futuro.


Puntos cuestionables.


Preguntas como por qué no se tuvo en cuenta el apartado sismológico en la evaluación de impacto ambiental de 23 de octubre de 2009, aprobada por la Secretaría de Estado para el Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente; saber si se
aportaron documentos por parte de la empresa o desde la propia Administración del Estado en relación a los riesgos sismológicos, y qué tipos de documentos; conocer quiénes y por qué no tuvieron en cuenta las consideraciones expresadas y
manifestadas por instituciones como la Generalitat de Catalunya o el Observatorio del Ebro para garantizar con estudios geológicos que la inyección de gas no causaría fracturas en las rocas del subsuelo y una intensa actividad sísmica, como es
posible que haya pasado. Determinar por qué no se evaluaron los riesgos sísmicos asociados al proyecto de almacén submarino de gas natural, si debía ser obligatorio o no contar con un informe de riesgo sísmico en un proyecto como este, o si se hizo
informe de riesgo sísmico en el proyecto geológico... Estas y muchas otras preguntas ciernen grandes dudas sobre los trámites y autorizaciones del proyecto, y sobre las decisiones administrativas, técnicas y políticas tomadas al respecto nos
obligan, a exigir una revisión y análisis del procedimiento seguido y a exigir responsabilidades al respecto. Apuntemos a continuación algunos datos interesantes que de manera 'inexplicable' fueron omitidos.


En octubre de 2005 el Observatorio del Ebro de Roquetes (instituto de investigación en el que participa el CSIC y la Universitet Reman Llull) alertó en el informe realizado durante el proceso de evaluación de impacto ambiental del almacén de
gas natural que la actividad que contempla el proyecto se considera a nivel mundial como potencialmente inductora de terremotos. El Observatorio del Ebro, así apareció publicado en el BOE núm. 272, de 11 de noviembre de 2009, pidió la inclusión de
un informe de riesgos sísmicos, alertó que se tenía que estudiar la frecuencia y magnitud de la actividad sísmica incluyendo pruebas que asegurasen que las presiones a causa de la inyección de gas no provocarían fracturas en las rocas.


Tampoco se atendió la petición hecha por la Generalitat de Catalunya durante el periodo de alegaciones. El mes de octubre de 2008 presentó en la subdelegación del Gobierno en Castelló un informe sobre la evolución de impacto ambiental. La
Direcció General de Política Ambiental i Sostenibilitat de la Generalitat de Catalunya pedía que ESCAL UGS solicitara un informe sísmico al Instituto Geológico de Catalunya, sobre las consecuencias de su actividad. 'Dadas las características y
dimensiones del depósito Castor y de la obra proyectada, insistimos en la conveniencia de solicitar al Instituto Geológico de Cataluña informe en relación con los aspectos asociados a esta actuación'.


En 23 de enero de 2007 el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) validó los estudios técnicos que presentó al Ministerio de Industria la empresa ESCAL UGS para conseguir la concesión administrativa de explotación del Castor. El IGME
determinó que la posibilidad de que la falla de Amposta, sobre la que



Página 6





se asienta el almacén, se reabriera por la presión era 'muy pequeña'. El informe del IGME no mencionaba específicamente la sísmica inducida, es decir, la posibilidad de que la actividad pudiera desencadenar actividad sísmica, a pesar de que
la empresa realizó campañas de 'sísmica 3D'.


En uno de los informes del mes de mayo de 2008 de la consultora internacional URS, especializada en ingeniería y medio ambiente, si que incorporaba como petición del Ministerio de Medio Ambiente la necesidad de estudiar la actividad sísmica.
También recogía una consulta efectuada sobre el mismo tema por el Observatorio del Ebro que coincide con Medio Ambiente, en que se realice una serie de pruebas que aseguren que las presiones debidas a la inyección de gas no causarán fracturas en las
rocas y que se vigilen los seísmos rutinariamente. ¿Se estudió la actividad sísmica? Si no se estudió, ¿por qué? ¿Quién fue el responsable de determinar si se hacía o no? Si se hizo, ¿quien lo evaluó?


La Petrolera Shell, empresa que explotó el pozo donde se ha inyectado el gas del Castor, en sus informes de finales de los años 80 ya apuntaba que había alguna actividad sísmica en la zona y alertaba del riesgo de una futura explotación del
'almacén' submarino. Desde 1978 hasta 1998 se registraron 30 seísmos y parece que Shell advirtió de la peligrosidad sísmica en el aprovechamiento futuro de la cavidad submarina. Por lo visto tampoco se tuvo presente esta experiencia.


La misma empresa ESCAL UGS tal como ha reconocido ante los medios de comunicación contemplaba la posibilidad de que se produjeran 'microseísmos' durante la inyección de gas, entendiendo como normales los seísmos de magnitud 1 o 2 en la
escala de Richter. No debe extrañar que el documento que la misma empresa entregó a los potenciales inversores, y que formaba parte del proceso de comercialización de los bonos por valor de 1.400 millones emitidos para pagar la construcción del
almacén de gas, advirtiera de 'los riesgos e incertezas asociados a la inyección de gas subterráneo, su almacenamiento y operaciones de producción'. El documento también alertaba del peligro de que se produjeran fugas de gas en el antiguo
yacimiento petrolífero, pero en cambio, curiosamente, no alertaba de que se pudieran producir seísmos inducidos por la fuga de gas o por la presión ejercida sobre la estructura geológica durante la inyección del gas.


Después de la serie de seísmos ocurridos delante de la costa del Delta del Ebro, Alcanar y Vinarós, ESCAL UGS ha admitido que hay una coincidencia temporal y geográfica entre la zona donde se han producido los seísmos y el área donde se está
trabajando, y por lo tanto, parece que la inyección de gas ha desencadenado los terremotos. Sorprendentemente la empresa no se hace responsable de los seísmos que han superado los 3 grados en la escalera de Ritcher porque, según afirma, el origen
se tiene que buscar en la actividad sismológica de alguna de las grandes fallas que se sitúan en el subsuelo del Castor.


Recientemente también se ha conocido el estudio Riesgos potenciales derivados de la inyección de gas natural a la plataforma Castor del Instituto de Geociencias (IGEO-CSIC-UCM) de Miguel de las Doblas y Antonio Jesús Galindo, con el cual la
asociación Ecologistas en Acción denunció ante la Fiscalía de Tarragona el proyecto Castor por riesgo de fuga de gas metano debido a que la actividad sísmica inducida por la inyección de gas al almacén submarino podría provocar fisuras en el techo
de la cavidad y un escape masivo de gas.


A estos antecedentes que hemos expuestos cabe añadir que durante el proceso administrativo del proyecto y después de la sucesión de los seísmos se han multiplicado las quejas, también desde los medios de información, por la falta de
transparencia en no poder acceder a algunos documentos u opiniones del personal del IGME o del CSIC. De hecho ni la compañía ni el Ministerio de Industria ha accedido a facilitar documentos básicos en este proyecto en los que se haga referencia a
los estudios sísmicos. Además el Ministerio sigue sin aclarar qué informes encargó dentro de su competencia para autorizar un proyecto de las características del Castor.


Otro aspecto a destacar que ofrece dudas sobre el proceder de los diferentes gobiernos sobre el proyecto Castor es el cálculo coste-beneficio respecto la planificación energética. ¿Por qué mientras proyectos como la regasificadora de El
Museul (Asturias) y algunos gasoductos se congelaban hasta que se recuperara el consumo, el proyecto Castor seguía adelante acumulando costes de construcción? Cabe recordar que la Comisión Nacional de la Energía en su informe sobre el sector
energético español y las medidas para garantizar la sostenibilidad económico-financiera del sistema gasista, de 7 de marzo de 2012, reconocía que en el sector del gas hasta la fecha no había existido un problema de déficit relevante y que su
aparición se debía a otros factores. Uno de ellos era el significativo crecimiento de los costes regulados por la puesta en servicio de un número importante de las infraestructuras previstas en las sucesivas planificaciones y por la prevista puesta
en servicio en 2012-2013 de instalaciones con un elevado volumen de inversión, tales como los Almacenamientos Subterráneos (AA.SS.) de Castor. Así el



Página 7





déficit en el sistema de liquidaciones pasó de 114 millones de € en el año 2010 a un valor estimado de 3.002 millones de € para el año 2011, incremento del 100 %. En el mismo informe se señalaba que los enormes costes económicos de esta
Infraestructura se deberían cargar en el recibo del gas de los contribuyentes, triplicando la tarifa establecida. También se señalaba la falta de transparencia y de seguridad jurídica en el procedimiento de adjudicación del proyecto.


Las previsiones de crecimiento de la demanda de gas previstas en 2005 topaban ante una cruda realidad, debido a la caída de la actividad y de la demanda, y esto tuvo consecuencias a corto plazo. El mes de junio de 2012 el proyecto Castor ya
había finalizado las obras de construcción, y desde el mes de julio estaba en periodo de pruebas. Entonces, de manera inesperada, el gobierno español por Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo (BOE núm. 78, 31/03/202), suspendía la entrada en
funcionamiento del Castor para evitar el incremento en la factura del gas según manifestaba el propio ministro. Además se anunciaba que no entraría en funcionamiento hasta que no se produjera un equilibrio entre la oferta y la demanda en los
mercados gasistas, y apuntaba que se debería hacer un nuevo análisis coste-beneficio teniendo en cuenta la infrautilización de las infraestructuras del sector. ¿Por qué no se hizo efectivo con el proyecto Castor? ¿El motivo real de retardar un año
la entrada en funcionamiento del proyecto Castor fue realmente el no incrementar la factura del gas? Mientras la demanda de gas durante los últimos tiempos ha mantenido su tendencia a la baja, el proyecto Castor obtuvo la autorización provisional
para entrar en funcionamiento.


La misma Comisión Nacional de Energía (CNE) alertaba en su informe de abril de 2013 que 'los almacenamientos subterráneos verán incrementada su capacidad en un 39,4 % debido a la entrada en operación de las infraestructuras de Marismas, Yela
y Castor'. Además añadía que 'el crecimiento anual esperado de la retribución de infraestructuras es superior al crecimiento de la demanda a lo largo del periodo'. Por lo tanto 'se constata la necesidad de limitar las inversiones en
infraestructuras del sistema gasista bajo el escenario de demanda previsto en la actualidad'. Hay que tener en cuenta que la puesta en marcha del Castor repercutirá en el recibo de los consumidores durante los siguientes 20 años, una retribución
que el mismo Ministro Soria calificó de 'excesiva'.


El mismo ministro Soria en su comparecencia parlamentaria sobre la crisis sísmica también cuestionó el coste y la necesidad de la infraestructura gasista, de acuerdo con el contexto actual de sobrecapacidad de infraestructuras gasistas
cuando además retrocede la demanda y hay un exceso de gas en los mercados internacionales.


¿Por qué no se ajustaron las planificaciones de consumo de gas anteriormente? ¿Por qué mientras la demanda bajaba se seguí construyendo el proyecto Castor y acumulando costes? ¿Por qué si este proyecto y no otros que se paralizaron? ¿La
viabilidad económica del proyecto era posible? ¿Cómo?


Es la primera vez en la historia gasista española que una infraestructura creada para transportar, transformar o almacenar el gas no funciona. Una infraestructura que tenia un presupuesto de inversiones de desarrollo previsto inicialmente
de 895 millones de €, según la memoria técnico-económica presentada en mayo de 2007 por la empresa promotora ESCAL UGS y que en el ejercicio 2009 ya se necesitaba una inversión de 1.652 millones y tres tramos de deuda por un importe global de 1.318
millones.


En marzo de 2012 cuando el almacén subterráneo de gas ya necesitaba de 1.300 millones de € se produjo cierta alarma en el sector energético español, y el Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2011 modificó las condiciones económicas del
almacén Castor, mediante Real Decreto 1383/201, de 7 de octubre, por el que se modificaba el Real Decreto 855/2008, de 16 de mayo, por el que se otorga a ESCAL UGS, S. L., la concesión de explotación para el almacenamiento se fijó en 1.272,9
millones el máximo coste reconocido de inversión en esta infraestructura. Cantidad que seria superada una vez incluido el coste del gas colchón. El gobierno en el marco de la reforma del sector energético anunciaba que auditaría el proyecto Castor
por el incremento de sus costes y para calcular la retribución definitiva de los costes 'prudentes' necesarios. Una auditoría económica y técnica de la que todavía hoy no conocemos sus conclusiones.


Sin tener aun conocimiento del resultado de la citada auditoría el mes de junio de 2013, y con la autorización provisional otorgada por el Ministerio el año 2012, el proyecto Castor, con un año de retraso, empezaba a operar inyectando el gas
colchón en el almacén submarino. La financiación de este tipo de infraestructuras va a cargo del sistema gasista español una vez empieza a funcionar con la autorización definitiva, cosa que todavía no tiene el proyecto Castor.


La promotora del proyecto Castor, ESCAL UGS, está integrada por la empresa española ACS (66,67 %) y la canadiense CLP (33,33 %) (acuerdo de diciembre de 2007). También se contemplaba la entrada de



Página 8





Enagás en el accionariado de ESCAL UGS a partir de la fecha de puesta en marcha del complejo Castor mediante la adquisición de un 50 % de la participación actual de ACS. Entonces cada una de las tres sociedades (ACS, CLP y Enagás) tendrían
idéntica participación (33,33 %).


Enagás, gestor de las infraestructuras gasísticas, está condicionada por dos factores para poder adquirir la mitad del paquete de acciones de ACS en la sociedad que explota Castor (300-400 millones dependiendo de la rentabilidad que le
hubiera otorgado el Ministerio de Industria, clave para fijar el precio final de la operación). Primero, que los promotores del almacén Castor tengan el acta de puesta en funcionamiento (definitiva), y segundo, que se marque una rentabilidad
asegurada por estar integrado en el sistema gasista.


El junio de 2013 des del Ministerio de Industria autorizaba Enagás a que participara en la subasta del gas colchón necesario para iniciar la actividad, evitando un problema a ACS, que parecía no tener recursos para hacerlo. Un grupo de 19
bancos se comprometieron a aportar 1.200 millones el año 2010. CaixaBank, el Banco Santander además de otras entidades como Bankia coordinaron la emisión de una deuda (bonos) por valor de 1.400 millones que colocaron entre sus inversores
institucionales (fondos soberanos, de inversión y de pensiones de todo el mundo). La refinanciaron de la deuda que [a sociedad concesionaria mantenía con una veintena de bancos se saldó con una emisión de projects bonds o bonos proyecto de 1.400
millones. Los bonos se colocaron entre 29 inversores institucionales con el respaldo fundamental del Banco Europeo de Inversiones (BEI). El organismo aportó una línea de liquidez de 200 millones y asumió bonos por 300 millones en la que se
convirtió en la primera emisión del germen de los eurobonos, al contar con la garantía de la institución comunitaria. La emisión estableció un pago del cupón del 5,75 % con un plazo de vencimiento de 21,5 años. Esta operación realizada en junio de
2013 es el único proyecto español que ha entrado en el programa de bonos del BEI (Vicepresidenta era Magdalena Álvarez) y la Comisión Europea para financiar infraestructuras clave del sector del transporte y la energía.


Estos bonos, que en a principios tenían la mejor calificación dentro de la calidad aceptable vieron como la Agencia de calificación crediticia Fitch situaba en vigilancia con perspectiva negativa el rating del proyecto Castor, debido a los
seísmos producidos y considerar que comportaban una 'incertidumbre significativa' sobre el proyecto.


La situación ahora es compleja porque si el proyecto Castor fuera a la suspensión de pagos los bonistas podrían perderlo casi todo. Una parte estaría cubierta por el BEIS que fue quien facilitó la emisión de estos 1.400 millones de € dando
una garantía subordinada (cubriendo en parte las pérdidas a las que Castor no pudiera hacer frente, serian los europeos).


La gran pregunta y duda que se plantea en estos momentos es qué puede pasar si la planta no vuelve a entrar en funcionamiento. ¿Podrá Escal UGS acogerse a las cláusulas de concesión que harían posible permitir retirarse en cualquier momento
y dejar la instalación al Estado reclamando una compensación por recuperar el capital y devolver las deudas contraídas?


ESCAL UGS destinó 36 millones a la investigación del proyecto después de obtener el permiso de investigación de hidrocarburos por parte del Ministerio de Industria el año 1996. Según la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) 3995/2006 del
29 de diciembre publicada el 30 de diciembre de 2006 en el BOE, en su artículo 5 sobre Plazo de reconocimiento de inversiones en los almacenamientos subterráneos incluidos en la red básica, el apartado 3 especifica: 'En el caso de que el titular de
la concesión de explotación del almacén solicite la extinción de la misma en el plazo máximo de cinco años (en 2012 se modifico a 25 años) a partir de la fecha de su entrada en vigor, se reconocerá la inversión en instalaciones (...)'. Además
'(...) La Dirección General de Política Energética y Minas, mediante resolución y previo informe de la Comisión Nacional de Energía determinará el valor concreto de la inversión retribuible en este caso, así como su plazo de amortización. La fecha
de devengo de derechos económicos será la de solicitud de extinción de la concesión'.


El Ministerio de Industria aprobó en diciembre de 2012 una orden que modificaba otra de 2006, en la que se establece la retribución de los almacenamientos subterráneos de gas natural incluidos en la red básica. Así 'en caso que el titular
de la concesión de la explotación (...) solicite la extinción de la misma en el plazo máximo de 25 años a partir de la fecha de su entrada en vigor, se reconocerá la inversión en instalaciones'. También reconocía inversiones en investigación y
exploración y afirmaba que deberían justificarse 'con la correspondiente auditoría'. La fecha de devengo de derechos económicos sería la de solicitud de extinción de la concesión si la instalación no tuviese la puesta en marcha comercial.


Mediante el Real Decreto 855/2008, de 16 de mayo de 2008 (BOE núm. 136, 5 de junio de 2008), por el que se concedía a ESCAL UGS la concesión de explotación para el almacenamiento subterráneo de



Página 9





gas natural, se afirma que en caso de suspensión o finalización de la concesión, la instalación pasaría a manos del Estado. En concreto el Articulo 14 afirma que 'caso de caducidad o extinción de la concesión, las instalaciones revertirán
al Estado. En tal caso, y para asegurar la recuperación de la inversión realizada por los titulares, en coherencia con lo establecido en el artículo 92.1.a) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos se compensará a la empresa
concesionaria por el valor neto contable de las instalaciones afectas al almacenamiento subterráneo siempre que estas continúen operativas. Lo anterior no será de aplicación en caso de dolo o negligencia imputable a la empresa concesionaria, en
cuyo caso la compensación se limitará al valor residual de las instalaciones, sin perjuicio de otras responsabilidades de la empresa concesionaria'.


Por Orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo de 17 de abril de 2012, se inició el procedimiento de urgencia para la declaración de lesividad respecto del inciso final del último párrafo del artículo 14, citado anteriormente, que se
produjo mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de mayo de 2012. Es decir, antes de iniciarse los seísmos. El proyecto Castor podría ser el único de los tres de su clase en el estado, en el que el promotor tiene derecho a una compensación
en caso de cesamiento por dolo o negligencia de la empresa. ¿Quiénes decidieron redactar estas cláusulas y por qué? ¿Qué beneficio comporta para el interés general estas cláusulas?


La solicitud al Tribunal Supremo pedía declarar lesiva la cláusula que fijaba una indemnización a la empresa en caso que la actividad del Castor cesara por decisión del Gobierno durante los primeros años de explotación, considerándola 'una
cláusula abusiva para el interés general'. El recurso contemplaba una excepción que especificaba que no sería así en caso de negligencia grave atribuible al mismo operador. El Ministro de Industria, Energía y Turismo afirmó que Escal UGS tiene
reconocida una retribución por desarrollar su actividad de 1273 millones, a los que hay que añadir 186 por la inyección de gas colchón, y otros 234 millones por los costes financieros soportados. En total cerca de los 1.700 millones.


El 14 de octubre de 2013 el Tribunal Supremo desestimaba el recurso presentado por el gobierno. No estimaba que la cláusula sea contraria a la Ley del sector de hidrocarburos. El Tribunal advertía que Escal UGS se podría quedar sin
compensación económica siempre que el pago de indemnización dependiera de las 'causas' que hayan llevado a la caducidad o extinción de la concesión y de las 'circunstancias concurrentes' que provoquen el posible cierre del Castor.


A la espera de la decisión del gobierno de si otorga la autorización definitiva de actividad al proyecto Castor estamos ante un momento clave que exige de la máxima transparencia, información y claridad por las decisiones que hay que tomar,
de las que puede derivar la indemnización a pagar a la empresa si se cierra de manera definitiva Esto dependerá de las causas que lleven a la extinción de la concesión y por lo tanto el determinar las responsabilidades de las decisiones y las causas
directas que han inducido los terremotos en la zona de Alcanar y Vinarós serán de suma importancia. Se exige la máxima información y transparencia de un proceso que puede situar a las dos partes, empresa y gobierno, en un escenario de
enfrentamiento judicial con interpretaciones jurídicas dispares.


También hay que mencionar todas las consecuencias jurídicas derivadas del proyecto Castor, debido a las acciones impulsadas desde diferentes instituciones. La Generalitat de Catalunya presentó una denuncia ante la Fiscalía de Medio Ambiente
de Tarragona en relación al episodio sísmico. También la Fiscalía de Castelló, actuó de oficio abriendo una investigación penal sobre las causa de los terremotos y designó a la Sección de Delitos contra el Medio Ambiente para investigar la relación
entre el proyecto Castor y los movimientos sísmicos. Precisamente a instancias de esta Fiscalía, la Guardia Civil se llevó del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente una copia del expediente y de la declaración de impacto
ambiental del proyecto Castor. Otras entidades o asociaciones han presentado denuncia ante los hechos acaecidos y el presidente de la Diputación Provincial de Castelló anunció acciones legales contra los exministros responsable de la tramitación y
la adjudicación de la concesión de almacenamiento subterráneo del proyecto Castor en el caso de que haya indicios de negligencia en el proceso llevado a cabo por el Gobierno español entre 2008 y 2010.


Más allá del compromiso público del ministro Soria de que no se reanudará la actividad del proyecto Castor, hasta que haya garantías técnicas de seguridad al 100 % para las personas y bienes. O más allá de estas actuaciones judiciales, de
las conclusiones del grupo de trabajo sobre el origen de los seísmos constituido por el Instituto Geográfico Español (IGE) y el Instituto Geológico y Marino Español (IGME), o de fa auditoría económica y técnica encargada por el mismo ministerio,
tenemos la obligación ante nuestros ciudadanos de poner luz y taquígrafos en un proceso administrativo y político sobre un gran proyecto lleno de dudas, incógnitas, negligencias, omisiones y de muy graves consecuencias sociales y



Página 10





económicas. Un proceso administrativo y político que exige la información y la transparencia que no se produjo durante su tramitación, que consta de unas decisiones técnicas, económicas y políticas sobre las que se tendrían que asumir
responsabilidades. Una tramitación que es obligatorio analizar y revisar para subsanarlas deficiencias acaecidas en bien del interés público futuro.


Por ello y por todo lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente


Propuesta de creación de Subcomisión en el seno de la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Composición.


La Comisión de Industria, Energía y Turismo determinará, a instancias de la Mesa y portavoces, el número de diputados que cada Grupo Parlamentario designará para dicha Subcomisión.


Reglas de organización y funcionamiento.


1. Objeto de la Subcomisión:


- Revisar el procedimiento seguido para la autorización del proyecto Castor.


- Evaluar la eficiencia, eficacia y, en su caso, carencia de los informes requeridos y, en especial, respecto a la evaluación respecto al impacto ambiental.


- Determinar la actuación de la Administración y las empresas respecto a la previsión sismológica y otros posibles riesgos.


- Analizar la viabilidad económica y financiera en el proceso de autorización del proyecto Castor y ante la actual situación.


- Señalar las responsabilidades técnicas y políticas que se puedan derivar.


- Analizar las consecuencias para el interés público o general del procedimiento y autorización del proyecto Castor.


- Evaluar la necesidad gasística del Estado español y de los proyectos vinculados a esta necesidad.


- Estudiar el futuro del proyecto Castor.


- Proponer al Gobierno la adopción de las medidas que se estimen oportunas en relación a los puntos anteriores.


- Aprobar unas conclusiones respecto a la aprobación, la gestión y el futuro del proyecto Castor.


2. Sistema de decisión: En el proceso de decisión de acuerdos, los representantes de cada Grupo Parlamentario tendrán un voto ponderado proporcional a su representación en esta Cámara.


3. Designación de comparecientes: Cada Grupo Parlamentario tendrá derecho a designar hasta un máximo de cuatro ponentes para recabar la información oportuna para cumplir con el objeto de la Subcomisión.


4. Documentación: Cada Grupo Parlamentario podrá recabar, en cualquier momento de los trabajos de la Subcomisión, la información que considere oportuna para cumplir con el objeto de la Subcomisión.


Plazo de finalización de los trabajos de la Subcomisión.


En el plazo de seis meses desde su constitución, la Subcomisión elevará a la Comisión de Industria, Energía y Turismo un informe para su aprobación, con los votos particulares oportunos de los Grupos Parlamentarios discrepantes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de noviembre de 2013.-Alfred Bosch i Pascual, Diputado.- Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


158/000041


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.



Página 11





Autor: Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, sobre la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que no cabe predeterminar en
este momento el conocimiento por el Pleno del informe final que se elabore, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Asimismo comunicar este acuerdo al Grupo Parlamentario solicitante.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de noviembre de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), de acuerdo con lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el
procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presenta la propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del
Pacto de Toledo, sobre la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.


Exposición de motivos


Si bien es cierto que en los últimos años se han producido avances y mejoras en el régimen aplicable a los trabajadores por cuenta propia, quedan por mejorar y resolver todavía cuestiones de gran calado.


Como ejemplos de avances en esta cuestión se podrían destacar entre otros, la baja por maternidad, el cobro de las prestaciones por Incapacidad Temporal a partir del cuarto día, el derecho a la jubilación anticipada o la cobertura por el
cese de actividad. Mejoras amparadas o establecidas en reformas normativas como: la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el
Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos; la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo; la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de
protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos; la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social; o la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de
Seguridad Social.


Sin embargo, muchos de estos logros están teniendo algunos problemas en su aplicación. En el caso de la prestación por cese de actividad se podría incluso llegar a decir, que se ha quedado en una mera declaración legal. Y a ello hay que
añadir, que aún no se han abordado cuestiones fundamentales del Régimen Especial como la contributividad.


En un momento como el presente, en que la Seguridad Social requiere del esfuerzo de todos, es urgente e indispensable impulsar, entre otras acciones, una revisión de la normativa sobre cotización de los trabajadores autónomos.


La mayor parte de los trabajadores autónomos se limitan a abonar la cuota mínima porque siguen considerando sus cotizaciones más como un impuesto, que como una inversión o un beneficio, a pesar de que hoy se ofrecen mayores niveles de
cobertura en caso de jubilación, viudedad, accidente, enfermedad, cese de actividad o maternidad. Asimismo, en muchos casos, las cuotas que pagan los trabajadores autónomos no se corresponden con sus ingresos. Pero también es cierto y hay que
considerar que para otros muchos negocios, las cotizaciones aunque sean mínimas, suponen una grave carga que puede llegar a ser insoportable y poner en riesgo la pervivencia de la actividad profesional.



Página 12





Resulta en todo caso necesario, en opinión del Grupo Parlamentario Catalán y en el de las entidades representativas de los trabajadores autónomos, establecer un sistema progresivo que impulse a los trabajadores autónomos a cotizar en función
de sus ingresos reales y que a la vez, tenga en cuenta a aquellos trabajadores que obtienen rendimientos muy bajos o a los que ni siquiera han empezado a obtenerlos porque acaban de iniciar una actividad, y revisar las mejoras articuladas en los
últimos años.


Dicha opinión y la propuesta de creación de la Subcomisión se alinean también con la Recomendación número 4 del Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo aprobado por el Pleno el 25 de enero de 2011. La Comisión recomienda
concretamente entre otras cuestiones: continuar avanzando en la plena equiparación de los derechos de los trabajadores autónomos con los derechos de los trabajadores del Régimen General, la necesidad de promover, de manera gradual, las medidas
necesarias para aproximar las bases de cotización de los trabajadores autónomos a los ingresos percibidos por los mismos; y la necesidad de incrementar los niveles de transparencia e información a los trabajadores autónomos para permitir una
elección responsable y adecuada de sus bases de cotización, con el objetivo de mejorar la suficiencia de sus pensiones futuras.


Del mismo modo, es coherente con la disposición adicional decimoquinta relativa a la Adaptación del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, de la Ley 20/2007, de 11 de julio del Estatuto del trabajo autónomo. En ella se mandata al
Gobierno a presentar un estudio sobre la actualización de la normativa que regula el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, a las necesidades y exigencias actuales del colectivo de los trabajadores autónomos, previendo las medidas
necesarias para fijar la convergencia en las aportaciones y derechos de los trabajadores autónomos, en relación a los establecidos por los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió) propone la creación en el seno de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, de una Subcomisión sobre la reforma del Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos.


Reglas de organización y funcionamiento.


A) Composición:


La Comisión determinará el número de representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios en la Subcomisión.


B) Adopción de acuerdos:


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


C) Objeto de la Subcomisión:


La Subcomisión deberá analizar la normativa de la Seguridad Social en relación al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, a los efectos de elaborar una propuesta para actualizarla en base a las necesidades y especificidades de los
trabajadores autónomos, con el objetivo de aproximar sus contribuciones a los ingresos realmente percibidos por éstos y en relación a las prestaciones que reciben del sistema, y a los efectos de continuar avanzando en la plena equiparación de los
derechos de los trabajadores autónomos con los derechos de los trabajadores del Régimen General.


D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión:


La Subcomisión deberá realizar el estudio global objeto de la misma y presentar sus conclusiones en un plazo máximo de seis meses desde su constitución. El mencionado estudio, una vez aprobado por la Comisión, junto con las conclusiones
finales de los trabajos de la Subcomisión, se remitirá al Pleno de la Cámara para su debate y aprobación.


Los Grupos Parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Subcomisión desde el momento de su constitución, así como las comparecencias que se consideren oportunas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2013.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Página 13





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de noviembre de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


162/000765


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas de apoyo a la erradicación del Virus de Inmunodeficiencia
Humana o VIH, a través de un Proyecto de Ley Integral de acción contra el VIH/SIDA, para su debate en Pleno.


Según el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida, ONUSIDA, desde el año 1981, año de inicio de la epidemia del Virus de Inmunodeficiencia Humana o VIH, se han infectado en todo el mundo 65 millones de personas, y se estima
que cada año contraen el virus entre 2 y 3 millones de personas más.


En España se estima que cada año contraen el virus entre 3.500 y 4,000 personas, afectando ya a un total de 150.000 personas. De los nuevos diagnósticos, un 45 % son tardíos, lo que complica no sólo la puesta en marcha del protocolo
sanitario sino la recuperación de la propia persona. En la actualidad, se producen anualmente más de 1.000 muertes a lo largo de todo el Estado español por enfermedades asociadas al Sida. Además, unas 50.000 personas que han contraído el virus
desconoce que lo tiene, suponiendo un tercio del total, lo que aumenta las posibilidades de infección a terceras personas, siendo de hecho este desconocimiento el causante de más del 70 % de las nuevas transmisiones.


Es una demanda reconocida por toda la comunidad internacional el importante papel de los poderes políticos nacionales e internacionales a la hora de poner freno a este drama global. La incapacidad de administrar tratamiento antirretroviral
contra el VIH/Sida a las millones de personas que lo necesitan a lo largo mundo constituye desde hace ya demasiados años una emergencia sanitaria mundial que debe ser resuelta con la mayor brevedad.


La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que de estas 46 millones de personas infectadas actualmente por el VIH, 6 millones de ellas necesitan urgentemente ser tratadas con medicación antirretrovírica, habida cuenta del avanzado
estado de su enfermedad. Situación en la que en nuestro país se encuentran más de 10.000 personas a día de hoy.


Por su parte, la Oficina Regional de la Organización Mundial de la Salud para Europa ha manifestado que los recortes presupuestarios que se están llevando a cabo a nivel comunitario no deben afectar a los programas preventivos o de
tratamiento precoz de las enfermedades infecciosas ya que, de lo contrario, dichas políticas repercutirán en un aumento de casos de infecciones corno el VIH.


Por desgracia, en nuestro país, el Gobierno del Partido Popular sigue alejándose del compromiso adquirido con los objetivos de ONUSIDA, OMS, OIT y UNGASS para el periodo 2011-2015. Dicha estrategia no pretende más que seguir progresando a
nivel mundial en el camino hacia los objetivos de acceso universal a los servicios de prevención, atención y apoyo relacionados con el VIH, así como para detener y reducir la propagación del virus.



Página 14





Actualmente, parece que el Gobierno del Partido Popular no es todavía consciente de la magnitud del problema, y prefiere mirar hacia otro lado a la hora de tomar medidas verdaderamente contundentes siempre y cuando estas afecten
positivamente a la ciudadanía. ¿Cómo sino podría explicarse un recorte presupuestario del 80 % en el Plan Nacional sobre el Sida en sólo 2 años? ¿Cómo puede el Ejecutivo explicar que en 2013 las entidades encargadas de la prevención y seguimiento
de la población con VIH cuenten con un presupuesto total de 1 millón de euros, cuando 2 años antes, en 2011, el presupuesto era de 4,5 millones?


O dicho de otra manera: ¿Cómo se pueden cumplir con los compromisos adquiridos nacional e internacionalmente mermando la capacidad de respuesta de las organizaciones que trabajan en la prevención y el apoyo a las personas afectadas par el
VIH? No se nos ocurre más respuesta que el desinterés y la falta de voluntad política.


Recordamos la perversa y cínica situación que se vive en nuestro país desde que se dificultó el acceso universal al tratamiento por VIH, pero no así la prueba de diagnóstico de la infección. Desde la aprobación del Real Decreto-ley 16/2012
en materia sanitaria, y a partir de su puesta en vigor 31 de agosto de 2012, la población inmigrante en situación irregular queda fuera del Sistema Nacional de Salud (SNS). Con lo que desde hace más de un año, dichas personas pueden hacerse la
prueba de diagnóstico pero no seguir un tratamiento en caso de dar positivo en dicha prueba. Esta situación, además de la desatención sanitaria de miles de personas, supone de manera inevitable y obvia una pérdida de control sobre la evolución de
la infección y un incremento del número de transmisiones.


Unida a la anterior, el copago sanitario impuesto por el Gobierno es otra de las medidas que atentan contra la salud de las personas con VIH, puesto que supone dificultar el acceso a los fármacos de dispensación hospitalaria y productos
sanitarios básicos a las personas con menos recursos económicos, si no la privación completa del servicio.


Estas medidas suponen un retroceso de 20 años respecto a todos los avances legales y sociales alcanzados mediante la incesante movilización social, la presión y el esfuerzo de miles y miles de activistas, asociaciones, organismos,
Administraciones públicas y otros agentes sociales involucrados en la erradicación de esta pandemia. Es por ello que se hace más que necesario el establecimiento de nuevas políticas que aseguren una estrategia clara ante esta alarmante situación, o
nos enfrentaremos en los próximos años a consecuencias socio-sanitarias sin precedentes.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. El cumplimiento de los compromisos económicos y de cooperación adquiridos en los acuerdos internacionales en el ámbito de VIII y sida ante organismos como el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida (ONUSIDA), la
Sección Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas (UNGASS), la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Parlamento Europeo (PE) para alcanzar el llamado Objetivo Cero: cero nuevas infección por el VIII, cero discriminaciones y
cero muertes relacionadas con el Sida.


2. El cumplimiento de los objetivos y compromisos de acceso universal a la prevención, tratamiento, atención y apoyo para el VIII suscritos en la Reunión de Alto Nivel sobre el Sida de 2011.


3. Fortalecer y reafirmar la presencia en el Fondo Global para la lucha contra el Sida, así como en la Iniciativa Internacional para la Vacuna del Sida (IAVI).


4. Propiciar y participar en la construcción y apoyar un marco mundial de innovación médica que asegure el acceso y la disponibilidad de medicamentos y herramientas de salud del VIH/Sida para los ciudadanos de todos los países, proponiendo
un modelo que elimine las barreras actuales de acceso y promoviendo una I+D en salud que beneficie la salud de todas las personas.


5. Incrementar el apoyo a los trabajos de I+D sobre nuevos medicamentos y herramientas de salud del VIH/Sida que se llevan a cabo en centros de investigación y desarrollo en cualquier punto del Estado Español, sin discriminación geográfica
alguna.


6. Incrementar la partida presupuestaria y asegurar la transparencia en los criterios de concesión a las entidades responsables.


7. Garantizar el acceso igualitario a los servicios de atención y asistencia socio-sanitaria en todo el territorio y para todas las personas, por tanto, sin exclusión de las personas refugiadas e inmigrantes no



Página 15





regularizadas, no sólo por motivos solidarios y de justicia social, sino también de salud pública, especialmente evidente en el caso de la infección por VIH, ya que estos colectivos suponen una parte relevante de los nuevos diagnósticos. En
general, se deberá promover y facilitar el acceso a la prueba del VIH de forma anónima, confidencial y gratuita a toda la población que desee conocer su estado serológico. Igualmente, se promoverá el diagnostico precoz y hacer de la prueba del VIH
una acción para el trabajo efectivo en la prevención del VIH ofreciendo consejo asistido previo al resultado y tras el mismo.


8. Ofrecer un posicionamiento favorable en relación al Pacto Social por la No Discriminación asociada al VIH/Sida, así como favorecer todos los marcos de diálogo que dicho pacto necesite para su aplicación.


9. Adecuar la catalogación de la infección por VIH como enfermedad infecto-transmisible en lugar de enfermedad infecto-contagiosa, denominación esta última que carece de rigor científico y cuyas consecuencias se viene observando que derivan
en situaciones gravemente discriminatorias para las personas que viven con VIH, en especial en el acceso a bienes y servicios. Esta modificación ha de ser incorporada a la legislación y normativa vigente en materia de acceso a bienes y servicios
por medio de las modificaciones pertinentes al respecto.


10. Reforzar la Secretaría del Plan Nacional del Sida (SPNS), como organismo coordinador de la respuesta española al VIH, así como la participación y coordinación con las ONGs de lucha contra el VIH y atención a las personas que viven con
VIH/Sida. Dicha Secretaría deberá velar por la elaboración de un nuevo Plan Multisectorial frente a la infección por VIH/Sida en España 2013-2017. Además, apoyará la existencia y desarrollo de los Planes o Servicios Autonómicos de respuesta al
VIH. Finalmente, será necesaria su labor de garantizar la continuidad de los programas desarrollados por las ONGs con el fin de evitar la desatención de las miles de personas que están detrás de estos servicios.


11. Colaborar con las Conserjerías de Sanidad de los distintos gobiernos autonómicos para desarrollar un plan regional para el fomento y la accesibilidad de la prueba rápida de detección del VIH de manera anónima y gratuita, así como el
posterior seguimiento y tratamiento del virus.


12. La extensión a las Comunidades Autónomas no incluidas en el Sistema de Información de Nuevos Casos de infección por VIH confidencial y anónimo, de manera coordinada entre las Administraciones públicas, las ONGs, y las demás
organizaciones encargadas de la prevención y seguimiento de las personas con VIH/Sida. De esta manera se pretende disminuir el impacto personal y social de la infección por VIH; conocer la evolución epidemiológica de la infección por VIH en el
Estado español; orientar las acciones de prevención y control de la infección del virus, así como conocer las características clínicas de las personas recientemente infectadas.


13. Crear un Plan General para la Promoción de los Estilos de Vida Saludable, abordando los factores protectores de la salud, como la resiliencia, pero también la prevención de otros problemas de salud que afectan a las personas con VIH
como el uso problemático de sustancias perjudiciales para el organismo (tabaco, alcohol y otras drogas o sustancias), el incumplimiento terapéutico, el uso inadecuado de los servicios de salud, etc.


14. Desarrollar un Plan General de Educación Afectivo-Sexual y de Género orientada a la prevención de infecciones de transmisión sexual (ITS), como el VIH. Es imprescindible que se pongan en marcha programas, proyectos y campañas
especificas de información y prevención del VIH para la población en general. De igual manera, se atenderá a las necesidades de los diferentes grupos sociales, enmarcando estos programas y estrategias en las necesidades y características
específicas de cada sector de la población a la que se dirijan.


15. Incluir el tratamiento del Síndrome de Lipodistrofia dentro del ámbito de la sanidad pública. Al estar aceptado que el Síndrome de Lipodistrofia guarda relación directa con el tratamiento de la infección por VIH, han de ser considerado
como derivación del proceso asistencial, y ser beneficiario de todas las demás medidas relacionadas con el VIH.


16. Desarrollar un Plan General de Reinserción Laboral y Contra la Exclusión Social para todas las personas con VIH/Sida, en el que deberán constar, entre otras, las siguientes medidas: garantizar en el empleo público la igualdad de las
personas con VIH, contrarrestar de esta manera la situación de discriminación que sufren en el ámbito privado; implementar procesos de sensibilización con campañas de concienciación social en relación a la normal capacitación profesional de las
personas con VIH; establecer exenciones y beneficios fiscales para aquellas empresas que empleen personas con VIH; ofrecer formación específica al personal de Recursos Humanos, en su calidad de empleadores o responsables de grupos de personas;
ofrecer, asimismo, formación a los representantes de los trabajadores;



Página 16





establecer mecanismos de cooperación entre ONGs, asociaciones empresariales, gremiales, sindicales y mutuas; fomentar la creación de comisiones paritarias que impulsen y diseñen políticas de inserción, etc.


17. Creación de un plan específico de formación para profesionales y centros del ámbito sanitario. La elaboración y aplicación del plan debe perseguir, entre otros, los siguientes objetivos: proteger debidamente los historiales clínicos
de las personas con VIH/Sida, así como la privacidad de dichas personas; capacitar al personal sanitario para el trato y tratamiento específico de las personas con VIH/Sida; la no discriminación de personas con VIH/Sida respecto al resto de
pacientes; la generalización de las medidas universales de protección; la obligación de contar con el consentimiento del paciente, familiares o tutores legales para poder realizar la prueba de diagnóstico del virus, etc.


18. Elaborar en colaboración con las entidades representativas de la prevención, seguimiento y participación en el ámbito del VIH un proyecto de ley que abarque y regule las medidas antes citadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de noviembre de 2013.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000766


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para garantizar el voto de los electores desplazados por la presión y la violencia de la banda terrorista ETA, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Constitución de 1978 establece en su artículo 23 que 'los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal'.
Sin embargo, la anomalía política que ha supuesto el terrorismo de la banda terrorista ETA y las presiones de su entorno para con las personas contrarias a su ideario y métodos, tanto en el País Vasco como en Navarra, ha impedido el ejercicio
efectivo de este derecho consagrado en nuestra norma fundamental.


El derecho fundamental de libre elección de domicilio habría sido conculcado en el momento en el que el cambio de residencia se produce por motivos ajenos a la voluntad de los afectados, debiéndose a presiones sociales derivadas de la
situación de presión y hostigamiento social que muchas de las personas exiliadas han padecido.


El Informe extraordinario de la Institución del Ararteko relativo a la respuesta institucional que se ha dado a las víctimas del terrorismo señala un tipo de victimización calificada como 'violencia de persecución o amenazas, y coacciones
terroristas', que se da por el solo hecho de formar parte de determinados cuerpos profesionales, como policía o Guardia Civil, por pertenecer a un determinado partido político, o simplemente, por expresar el rechazo a la banda terrorista ETA. El
Informe final sobre el Proyecto de Retorno elaborado por el instituto Vasco de Criminología en el año 2011 pone de manifiesto la necesidad de que las Administraciones Públicas pongan en marcha una política global que articule y desarrolle medidas de
distinto alcance y significado para favorecer a las personas que abandonaron el País Vasco y Navarra, de manera que éstas puedan retornar, si así lo desean, o que faciliten la recuperación de lazos y relaciones perdidas como consecuencia de este
desplazamiento forzoso.


Otros informes como el Informe del Defensor del Pueblo de la Comunidad Autónoma Vasca, el Informe Final del Proyecto Retorno, así como las legítimas demandas de las asociaciones de víctimas del terrorismo y la necesidad objetiva de acabar
con la injusticia que resulta incompatible con principios y valores fundamentales de la Constitución y el Estado de Derecho exigen una respuesta por parte de las instituciones públicas.


Los procesos de victimización, como vulneraciones graves y reiteradas de los derechos humanos, merecen una respuesta pública en línea con los estándares internacionales y los principios de verdad, justicia, reparación y memoria. Es
necesario el reconocimiento del daño sufrido por las víctimas del terrorismo permitiendo a los ciudadanos que abandonaron el País Vasco y Navarra por la presión de ETA



Página 17





ejercer el derecho de sufragio en sus anteriores lugares de residencia. Es necesario llevar a cabo medidas que neutralicen la 'depuración' del censo electoral practicada por la banda terrorista ETA a base de asesinatos, extorsiones y
presiones. Toda inacción en este campo sería reconocer el éxito del terror al haber modificado en su beneficio los censos electorales y haber privado de derechos fundamentales a numerosos ciudadanos mediante la estrategia del miedo y la coacción.


El Gobierno, a través del Ministro del Interior, ya señaló su intención de llevar a cabo una reforma en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en este sentido hace más de un año, pero todavía no se han producido movimientos
significativos por su parte. El Centro de Estudios Políticos y Constitucionales publicó una propuesta de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el voto de los electores desplazados por
la presión de la violencia terrorista que todavía no se ha plasmado en una iniciativa real por parte del Gobierno.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a remitir en el plazo de tres meses un Proyecto de Ley para el reconocimiento del derecho al voto en el País Vasco y Navarra de aquellas personas, y sus descendientes, que se vieron obligadas a
abandonar la Comunidad Autónoma Vasca y Navarra por la amenaza directa de la banda terrorista ETA y las presiones de su entorno.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de noviembre de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


162/000767


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Enrique Álvarez Sostres, Diputado de Foro integrado en el Grupo Parlamentario Mixto del Congreso, de acuerdo con lo establecido en el vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al cumplimiento de la
sentencia que considera ilegal la eliminación de los Fondos Mineros, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El pasado día 28 de octubre de 2013 el Juzgado Central Contencioso-Administrativo n.º 4 dictó una sentencia que estima el recurso presentado por el Gobierno del Principado de Asturias presidido por Francisco Alvarez-Cascos, al considerar
ilegal la eliminación de los Fondos Mineros destinados a infraestructuras realizada por el Gobierno de España.


Dicha medida se adoptó el 30 de diciembre de 2011 en el primer Consejo de Ministros del Gobierno de Rajoy, mediante un acuerdo de no disponibilidad de créditos en los Presupuestos Generales del Estado, prorrogados para el ejercicio 2012, con
la pretensión de corregir el déficit público, necesidad de reducir el gasto y cumplir con los objetivos del Programa de Estabilidad.


La decisión implicó un recorte en el gasto por una cuantía global de 8.900 millones de euros en los Presupuestos Generales del Estado de 2011, prorrogados para el ejercicio 2012, distribuido por Ministerios, recorte presupuestario que
incluyó entre otras medidas la eliminación de las subvenciones para infraestructuras de los Convenios de los Planes de la Minería del Carbón, cuya gestión realiza el Ministerio de Industria a través de los correspondientes convenios suscritos con
las Administraciones competentes.


Desde el primer momento, FORO mantuvo siempre una postura rotunda de rechazo al mismo, no solo por suponer un golpe negativo para los intereses, perspectivas y desarrollo económico del Principado de Asturias en su conjunto, puesto que
suponía el traslado a nuestra Comunidad del coste de los contratos de obras suscritos y en ejecución en virtud de Convenios, sino también por ser contraria a la lealtad institucional y a la solidaridad y a la distribución equitativa de la renta
regional en España, al conllevar a un reparto injusto de los sacrificios económicos entre Comunidades Autónomas y resultar a todas luces ilegal desde la perspectiva de las leyes de presupuestos y de la ley general de subvenciones.



Página 18





La sentencia ahora dictada, además de considerar que los Convenios de Fondos Mineros son Convenios interadministrativos de colaboración y, al mismo tiempo, una forma de subvención al financiarse a través de los mismos actuaciones
específicas, por lo que también se les aplica la regulación de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, tienen carácter negocial, puntualizando también que los acuerdos de contención del gasto público y consolidación fiscal (aquellos con los que el
Gobierno pretendía eliminar y no transferir los Fondos Mineros), no suponen una imposibilidad económica sobrevenida para el pago de las subvenciones concedidas.


En este sentido, el anterior Gobierno del Principado presidido por Francisco Álvarez-Cascos inició las actuaciones jurídicas precisas para impedir la anulación ilegal de los convenios de los 'Fondos Mineros', cuyas argumentaciones
básicamente son compartidas por la sentencia que ahora se dicta.


Los argumentos esgrimidos por el Gobierno del Principado en el requerimiento previo en vía administrativa no contestado por el Estado, son aceptados en la sentencia dejando sin soporte jurídico el criterio utilizado por el Gobierno de la
nación para eliminar los fondos mineros, que tiene la oportunidad, ahora, de no alargar la situación que esta injusta decisión supondría para el conjunto de Asturias, no apelando la sentencia.


Son muchos los municipios asturianos afectados por los proyectos de Fondos Mineros que se hubieran perdido en la totalidad de las cuantías de los proyectos relativos a las ayudas para las infraestructuras de las comarcas mineras asturianas.


En virtud de lo anteriormente expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


Primero. Que se aquiete frente a la sentencia n.º 341/13, de 28 de octubre, dictada por el Juzgado Central Contencioso-Administrativo n.º 4 en el Procedimiento Ordinario 45/2012, no interponiendo recurso de apelación frente a la misma al
considerar tal pronunciamiento judicial ajustado a derecho, permitiendo, con ello, que adquiera firmeza la sentencia transcurrido el plazo de 15 días desde su notificación, tal y como se establece en el artículo 85.1 LJCA.


Segundo. Que, una vez adquirida firmeza la sentencia indicada en el apartado anterior, se proceda a su inmediata ejecución conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho undécimo y en el fallo de la sentencia, procediendo, en
consecuencia, el órgano competente de la Administración del Estado a tramitar el correspondiente procedimiento administrativo en cada uno de los convenios objeto de recurso en los que, previa audiencia de las Administraciones interesadas, se
determinen las cantidades adeudadas de acuerdo con los razonamientos de la sentencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de noviembre de 2013.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.-Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000768


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley relativa al rechazo al establecimiento de cualquier acuerdo pesquero entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos que incluya directa o indirectamente en su ámbito de aplicación las Aguas Territoriales del Sáhara Occidental,
para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En el periodo 2007-2011 la Unión Europea tuvo suscrito con el Reino de Marruecos un Acuerdo Pesquero que tenía la particularidad de no delimitar los límites de las Aguas Territoriales sobre las que debía desplegar sus efectos.


Esta circunstancia fue aprovechada por Marruecos para, de manera torticera, extender de facto el ámbito geográfico de aplicación de este Acuerdo Pesquero con la UE más allá del límite de sus aguas



Página 19





territoriales y, en concreto, al sur del paralelo 27º 40, donde se sitúa la frontera internacionalmente reconocida entre Marruecos y el Sáhara Occidental. Semejante hecho supuso una fragrante vulneración del Derecho Internacional y una
apropiación indebida por parte del Gobierno de Rabat de los recursos pesqueros del Pueblo Saharaui, a la vez dañaba de manera inconfundible los fundamentos de la UE, basados en el respecto al Derecho Internacional.


No obstante lo anterior, el 14 de diciembre de 2011, el Parlamento Europeo, en una decisión histórica, vetó la prórroga del Acuerdo Pesquero Unión Europea-Marruecos, entre otras razones, por ser un instrumento que daba carta de naturaleza a
la ocupación ilegal del Sáhara Occidental y al saqueo de sus recursos pesqueros por parte de Marruecos.


Sin embargo, en la actualidad la Comisión Europea, alegando defender a la flota pesquera europea, cuando en realidad está actuando bajo presión del Gobierno de Mohamed VI y sus aliados está impulsando la firma de un nuevo Acuerdo Pesquero
con Marruecos. Y este Tratado Pesquero que ahora se impulsa de nuevo no fija los límites de las Aguas Territoriales del Reino de Marruecos sobre las que debe desplegar sus efectos, de nuevo extiende de facto su ámbito geográfico de aplicación más
allá del límite de las aguas territoriales de Marruecos, al sur del paralelo 27º 40, y de nuevo conlleva una flagrante vulneración del Derecho Internacional, el robo de los recursos pesqueros del Pueblo Saharaui, y el convertir a la Unión Europea en
cómplice de las pretensiones coloniales y anexionistas manu militari de Marruecos sobre el Sáhara Occidental.


Ante estos hechos, para evitar que los intereses egoístas y cortoplacistas de unos pocos perjudiquen a los débiles, en concreto al Pueblo Saharaui, y sirvan de coartada a los fuertes, al Ocupante Marroquí, el Grupo Parlamentario de Unión
Progreso y Democracia presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Oponerse activamente y con todos los medios jurídicos, diplomáticos y políticos a su alcance a que la Unión Europea suscriba tratado alguno de pesca con el Reino de Marruecos en tanto el ámbito de aplicación geográfica del mismo no quede
expresamente circunscrito a las Aguas Territoriales internacionalmente reconocidas el Reino de Marruecos, y, en todo caso, excluya las aguas de la costa atlántica africana al sur del paralelo 27º 40.


2. Propugnar y defender activamente que, en tanto no se complete el proceso de autodeterminación del Pueblo Saharaui en los términos establecidos por el Derecho Internacional, mediante la celebración de un referéndum de autodeterminación
libre en el Sáhara Occidental, cualquier acuerdo pesquero que la Unión Europea pretenda suscribir para que despliegue sus efectos al sur del paralelo 27º 40 de la costa atlántica africana solo pueda ser suscrito por el Reino de España, en su
condición de Potencia Administradora de iure del Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental, y establezca expresamente que todos los beneficios económicos que el mismo genere reviertan íntegramente en la Población Saharaui, con la oportuna
supervisión del propio Reino de España y de la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


162/000769


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
en relación a modificar por parte del ADIF las condiciones de adjudicación de la gestión de aseos públicos en la estación ferroviaria de Puerta de Atocha (Madrid) para evitar el cobro a los usuarios, para su debate en Pleno.



Página 20





Exposición de motivos


El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) ha adjudicado la gestión de los aseos públicos de la estación ferroviaria Puerta de Atocha (Madrid) a una empresa privada, que desde el mes de noviembre de 2013 cobra 0,60 euros por
cada uso a los ciudadanos.


La cuantía de la concesión se eleva hasta los 280.000 euros más IVA, y tendrá una duración de siete años.


Las razones aducidas por el ADIF para adoptar esta decisión son inaceptables. Por una parte argumenta la necesidad de garantizar la seguridad y la higiene en los aseos, además de 'evitar el vandalismo y las malas prácticas'. La Ley del
Sector Ferroviario ya obliga al administrador a procurar estos aspectos básicos.


Por otra parte, el ADIF pretende 'que el cliente perciba la importancia que tiene el cuidado de un bien público, valorándolo y haciendo un uso responsable'. Tal afirmación hiere la dignidad de los usuarios de nuestros ferrocarriles, puesto
que descalifica con carácter general e injustificado su educación y su urbanidad.


Los argumentos que invitan a rectificar esta medida son diversos y contundentes.


Los usuarios del servicio ferroviario ya pagan como parte de su billete el canon 'por la utilización de estaciones' que se referencia en el artículo 75.4.a) de la Ley del Sector Ferroviario de 2003, por lo que el cobro por el uso de los
aseos supone un abuso ilegal.


La Instrucción 2/2011 de la Coordinadora General de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, relativa a los criterios aplicables para la exigencia de servicio higiénicos obliga a que 'todos los usos o actividades dispondrán de los servicios
higiénicos exigidos', sin que dicha norma prevea o autorice cobro alguno al usuario.


La utilización de los aseos constituye un servicio esencial para atender necesidades básicas de los ciudadanos, estrechamente relacionadas con su salud, y en el marco de un servicio público como el prestado por ADIF no cabe exigir cobro
alguno.


La obligatoriedad de pagar por el uso de los aseos no mejorará la higiene de las instalaciones ferroviarias, sino muy probablemente todo lo contrario, corriéndose el riesgo de que jardines, andenes u otros espacios sean utilizados de manera
indebida por quienes no puedan hacer frente al gasto.


Además, se ejerce una discriminación inaceptable en el ejercicio de una actividad absolutamente inevitable entre quienes tienen recursos suficientes y quienes no los tienen, perjudicando sobre todo a las personas afectadas por enfermedades
urinarias.


Para mayor gravedad, el ADIF ya ha comunicado su intención de extender esta experiencia a otras infraestructuras de la red de ferrocarriles españoles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, a través del ADIF, a negociar con la empresa adjudicataria de la gestión de aseos públicos en la estación ferroviaria Puerta de Atocha (Madrid) una modificación de sus condiciones, de tal
manera que se evite el cobro de precio alguno por su uso. Asimismo, se insta al ADIF a renunciar a sus planes para extender la experiencia del cobro por uso de los aseos públicos a otras estaciones de la red ferroviaria española.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2013.-Rafael Simancas Simancas, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000770


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la incorporación de las recomendaciones de la Defensora del Pueblo al Estatuto de Víctima del Terrorismo, para su debate en Pleno.



Página 21





Exposición de motivos


Las víctimas del terrorismo han sido, con su contribución personal, el exponente de una sociedad decidida a no consentir que nada ni nadie subvierta los valores de democráticos de convivencia, tolerancia y libertad. Por eso las víctimas
constituyen el más limpio paradigma de la voluntad colectiva de los ciudadanos en pro de un futuro en libertad.


Nuestra legislación actual sobre víctimas del terrorismo (Ley 32/1999 de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo, y la Ley 2/2003 del 12 de marzo, que modifica la anterior) limita este estatus legal a las personas que hayan sobrevivido a
un atentado, y a los familiares y personas más cercanas de aquellos quienes hayan resultado asesinados. La legalidad vigente define y limita el concepto de víctima del terrorismo con vistas a ordenar las indemnizaciones, ayudas y protección legal a
las que éstas tengan derecho. Pero cabe preguntarse si esta legislación recoge y regula adecuadamente todas las consecuencias psicosociales que conlleva haber sufrido la lacra del terrorismo de forma cercana o si bien deja desamparadas a las
víctimas en diferentes aspectos de su vida diaria.


El fenómeno de la victimización por terrorismo es complejo así como las situaciones sociales a fas que aboca en numerosos casos a posteriori. En los ámbitos territoriales y sociales donde más peso tienen las organizaciones terroristas, como
es el caso de ETA en el País Vasco y Navarra, las situaciones de victimización sufridas por quienes se han convertido en objetivo de la banda, sea por una u otra razón, excede con mucho la supervivencia a un atentado o la relación familiar directa
con una víctima mortal. ETA ha practicado durante muchos años, de modo sistemático y planificado, diversas modalidades de extorsión y persecución a colectivos y personas que, de un modo u otro, han afectado directa y gravemente a miles de
ciudadanos incluso años después de los sucesos de agresión y persecución por motivos ideológicos.


La persecución terrorista ha obligado a numerosas personas a renunciar a cargos públicos y políticos, a cambiar de trabajo, a cerrar negocios y a renunciar a la vida normal que espera disfrutar cualquier ciudadano en un Estado de Derecho.
Un número desconocido de personas, aunque en todo caso muy numeroso, se ha visto obligado a abandonar el País Vasco y a iniciar una nueva vida en zonas más seguras de España, constituyendo un auténtico destierro político completamente insólito en
una democracia. Y para continuar viviendo en el País Vasco y Navarra, otros miles de afectados han tenido que aceptar escoltas que protejan su seguridad personal, y han sufrido y sufren el aislamiento social que sigue a su condición de objetivos de
la banda.


En este caso se han visto o están no sólo cargos políticos de todos los niveles, sino también periodistas, jueces, fiscales, profesores, estudiantes, escritores, libreros y funcionarios del Estado. No sólo los miembros de las Fuerzas de
Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas y Ertzaintza se ven obligados a ocultar su identidad y empleo, sino que incluso empleados de la limpieza y jardineros tienen que ir escoltados a sus ocupaciones habituales para hacer más difícil su asesinato.
Muchas víctimas tuvieron que abandonar su residencia para poder tener una vida sin miedo, otros han visto como los causantes de su dolor y sufrimiento han salido impunes de sus actos por la prescripción de los delitos o incluso, otras víctimas, han
visto cómo se enaltecía a los asesinos de sus seres queridos sin que se hiciese los suficiente por parte de los poderes publicas para evitarlo.


La persecución terrorista ha sido reconocida y denunciada en los informes del Consejo de Europa, del Parlamento Europeo -mediante, por ejemplo, el Premio Shajarov 2001 concedido a Basta Ya, único colectivo europeo con semejante distinción, y
en actos de solidaridad con los cargos municipales perseguidos por ETA-, por varias prestigiosas organizaciones internacionales como Amnesty International, Human Rights Watch y el Instituto Internacional de la Prensa, además de ser constantemente
denunciada por prestigiosos colectivos cívicos vascos y españoles como Gesto por la Paz, Foro de Ermua o Iniciativa Ciudadana Basta Ya, además de las asociaciones de víctimas del terrorismo, particularmente AVT y COVITE. Y si bien es cierto que las
instituciones han tratado de ofrecer protección policial o privada a muchos afectados, poco más han hecho para poner fin a una anomalía radicalmente incompatible con la democracia.


El Estado de Derecho y la sociedad civil en su conjunto, han de dar respuesta a la incomprensión y al dolor que sufren las víctimas del terrorismo y sus familiares así como arbitrar fórmulas para evitar que se mantenga cualquier tipo de
actuaciones que generan mayor sufrimiento y dificultades a las víctimas al ver que los asesinos y los terroristas son ensalzados y homenajeados por las atrocidades cometidas.


El Gobierno se comprometió hace ya dos años a elaborar un Estatuto de la Víctima del Terrorismo que ofrezca a estos ciudadanos una respuesta lo más amplia posible, no solo jurídica, sino también social,



Página 22





reparadora del daño sufrido y, a la vez, minimizadora de otros efectos traumáticos mediante los poderes públicos. A finales del pasado mes de octubre el Gobierno presentó un informe sobre el Anteproyecto de la Ley Orgánica del Estatuto de
la Víctima del Delito, que incorporaría algunas medidas destinadas a la mejora de la atención y protección de las víctimas del terrorismo. Sin embargo, sería necesario complementar las medidas que contiene el anteproyecto con las recomendaciones
que la Defensora del Pueblo realizó en el año 2012 para tal efecto.


Desde Unión Progreso y Democracia creemos que es necesario apoyar desde el poder legislativo estas propuestas para que se incorporen al Estatuto de la Víctima, como una muestra clara de apoyo y compromiso de la soberanía nacional, a la que
representamos, a las personas que han sufrido la lacra terrorista o han perdido seres queridos por la defensa de los valores democráticos.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que se dote a las víctimas del terrorismo de un tratamiento específico en el Estatuto de la Víctima que tenga en cuenta la condición de las víctimas de estos delitos y desarrolle los principios de memoria, dignidad, justicia y verdad
establecidos en la Ley de Reconocimiento y Protección Integral.


2. Que se establezca un sistema permanente de comunicación, bien en la Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, bien en la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional, con todas las Víctimas
del Terrorismo para que estas conozcan las decisiones de ámbito general que se adoptan en materia antiterrorista y tengan voz ante las Administraciones con respecto a las cuestiones que les afectan.


3. Que el Gobierno ejercite todas las acciones civiles contra los autores de delitos de terrorismo con posterioridad a subrogarse en los derechos de las víctimas. De tal modo que los autores de los delitos asuman no solo las
responsabilidades penales, sino también las civiles, teniendo en cuenta que es el Estado, y en última instancia el conjunto de la sociedad, quién ha adelantado las indemnizaciones por razones de solidaridad.


4. Que el Gobierno refuerce las acciones que lleva a cabo actualmente para evitar la impunidad de los delitos de terrorismo e impida en la medida la prescripción del delito; asimismo, que adopte todas las medidas legislativas para que no
se produzca tal impunidad, teniendo en cuenta en particular el elevado número de asesinatos en los que no se han depurado responsabilidades.


5. Que se aborde progresivamente el igualar el trato en materia de indemnizaciones a todas las víctimas del terrorismo, teniendo en cuenta la evolución de la jurisprudencia sobre la cuantía de las mismas y las dificultades existentes para
que un elevado número de víctimas obtenga las reparaciones que se derivan de una sentencia condenatoria.


6. Que los exiliados por causa del terrorismo gocen de reconocimiento y plenitud de derechos, con particular atención a los derechos electorales que les fueron privados por la acción criminal del terrorismo.


7. Que se refuercen las acciones que se llevan a cabo en materia de becas de estudio no universitarias y universitarias y de apoyo educativo a las víctimas del terrorismo en todos los niveles de enseñanza.


8. Que las víctimas del terrorismo sean informadas con suficiente antelación de la celebración de las vista en los procesos penales en que estuviesen concernidas y reciban toda la ayuda necesaria para asistir a los procesos penales, si así
lo desean, durante su desarrollo. En particular, no deben compartir espacios en los edificios judiciales con personas del entorno de los autores de los delitos y tendrán preferencia absoluta para asistir a la vista con respecto a otras personas.


9. Que las víctimas del terrorismo tengan la condición de parte en el ámbito de la jurisdicción del Juez Central de Vigilancia Penitenciaria, cuando deba adaptarse una decisión con respecto al autor del delito.


10. Que las Asociaciones de Víctimas del terrorismo legalmente reconocidas puedan ejercitar la acusación popular sin ninguna restricción en los procesos penales, de modo que al imposición de fianzas no limite sus posibilidades de actuación
procesal.


11. Que las víctimas del terrorismo estén exentas del pago de costas procesales derivadas del ejercicio de acciones civiles y penales en defensa de sus derechos.


12. Que las víctimas del terrorismo sean informadas con precisión de la situación penitenciaria del autor del delito en cada momento mediante un procedimiento ágil y fácilmente accesible. En particular, en



Página 23





los supuestos de finalización de la condena, acceso al tercer grado o a la libertad condicional, que sean informadas, con suficiente antelación, de la fecha de salida de la prisión o de inicio del tercer grado de tratamiento penitenciario.


13. Que las víctimas del terrorismo sean oídas con carácter previo a la adopción por la Administración penitenciaria de cualquier medida relativa a la clasificación del autor del delito (progresiones y regresiones de grado).


14. Que el arrepentimiento del autor del delito de terrorismo, manifestado por escrito, sea presupuesto para cualquier medida que mejore su situación penitenciaria y que tal arrepentimiento se objetive también mediante la colaboración con
las autoridades en el esclarecimiento de los delitos que hubiera cometido o de los que tuviera conocimiento.


15. Que se adopten medidas específicas incluida la reserva de plazas en las pruebas de acceso a la función pública -en cuanto puedan ser aplicables-, de acuerdo con la línea establecida sobre derechos laborales de las víctimas del
terrorismo en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.


16. Que se garantice un trato efectivo e igualitario a todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad víctimas del terrorismo en materia de honores y condecoraciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


162/000771


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para evitar el uso perverso de la LOREG por la formación política Bildu, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La lacra del terrorismo y la presión social que éste ha ejercido de manera recurrente son elementos que ha distorsionado de manera significativa la convivencia y la actividad política en diferentes puntos de la geografía española, pero sobre
todo en las Comunidades Autónomas del País Vasco y Navarra.


Durante décadas no ha sido extraño que personas elegidas democráticamente para ostentar un cargo público y que no comulgaban con el credo nacionalista, sobre todo con el credo totalitario y violento de ETA, se vieran hostigados, perseguidos
y amenazados en su vida diaria para que abandonasen toda actividad política, cuando no, el País Vasco o Navarra.


Para evitar las continuas renuncias de cargos públicos, sobre todo concejales, así como para dotar a éstos de una mayor seguridad y garantías jurídicas a la hora de desempeñar su cargo frente a los terroristas totalitarios de ETA, en el año
2003 se aprobaría la Ley Orgánica 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales y que supuso una modificación en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General,
más concretamente en su artículo 182, facilitando que los partidos políticos perseguidos por ETA pudieran sustituir a los ediles que dejaban la actividad política porque no podían soportar las amenazas y los atentados de la banda terrorista.


Sin embargo hemos tenido constancia de que la coalición política Bildu ha pervertido el sentido y finalidad del citado precepto legal y desde las últimas elecciones municipales de mayo de 2011 ha conseguido nombrar como ediles en 19
Ayuntamientos del País Vasco y de Navarra a 24 concejales que no figuraban en sus listas en las elecciones municipales de mayo de 2011, sustituyendo de esta manera candidatos 'limpios' (que habían pasado el filtro legal) por otros de su plena
confianza, de los cuales al menos un tercio tuvieron una vinculación directa con la extinta Batasuna, bien porque en 2007 fueron en listas de ANV y agrupaciones independientes ilegalizadas por el Supremo o porque anteriormente fueron concejales de
Euskal Herritarrok o Herri Batasuna. En varios casos, los nuevos ediles han pasado a asumir tareas de gestión en las entidades locales. El proceso es simple: un concejal electo renuncia y



Página 24





nadie de los siguientes en las listas electorales lo sustituye por lo que acogiéndose al artículo 182.2 de la LOREG se eligen a otras personas que no concurrieron a las elecciones.


En resumen, la coalición Bildu está recurriendo a los cuadros y dirigentes de las organizaciones ilegalizadas por su vinculación a ETA para formar su administración municipal, dejando una vez más en evidencia el papel meramente instrumental
de los 'independientes' que encabezaban sus listas electorales y la intención subrepticia de, una vez entrado en las instituciones, colocar en puestos claves de las mismas a sujetos invalidados como candidatos por su historial de colaboración o
integración en ETA o en las formaciones previamente ilegalizadas. Esta maniobra constituye un claro fraude de Ley, y posibilitaría por si misma el inicio de un nuevo proceso de ilegalización.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reformar, en el plazo máximo de tres meses, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para evitar el fraude de ley que se está cometiendo aprovechando el artículo 182.2 de la LOREG.


2. Iniciar el procedimiento para ilegalizar a la coalición Bildu, a la vista de que los hechos sobrevenidos posteriores a la Sentencia del Tribunal Constitucional de 5 de mayo de 2011, aportan nuevas pruebas sobre la instrumentalización del
citado proyectos políticos por el entramado de ETA/Batasuna y su puesta al servicio de los partidos políticos previamente disueltos por su vinculación con la citada organización terrorista ETA.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


162/000772


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el reconocimiento de los derechos sanitarios, económicos y sociales
de los trabajadores de la empresa auxiliar IMSA intoxicados por mercurio en el accidente laboral sufrido en la empresa AZSA entre el 19 de noviembre y el 2 de diciembre de 2012, para su debate en el Pleno.


Se cumple un año desde el accidente laboral que produjo la intoxicación por mercurio de más de medio centenar de trabajadores de la empresa auxiliar IMSA cuando realizaban labores de mantenimiento, reparación y corta de tubos en un
intercambiador de calor de la empresa Asturiana de Zinc (AZSA) en San Juan de Nieva (Asturias) entre el 19 de noviembre y el 2 de diciembre de 2012. Había mucho mercurio en el intercambiador, pero sólo se midió su presencia con posterioridad a la
realización del trabajo. Las únicas medidas de prevención que les exigieron por parte de AZSA fue las de cualquier espacio abierto, esto es una mascarilla con filtros. Si AZSA les hubiera avisado de la presencia de altas dosis de mercurio en el
espacio confinado del intercambiador, las medidas de prevención hubiesen sido diferentes, tales como equipos de respiración autónoma.


Sólo se dispensó un tratamiento médico a partir de 5 meses del accidente, y sólo a 9 afectados se les administró medicamentos quelantes para la eliminación del metal pesado. Y a los demás se les dio de alta, pese a que sus niveles de
mercurio en sangre eran y siguen siendo muy superiores a los niveles máximos permitidos, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), son de 10µg/l (microgramos/litro). Los partes médicos del Hospital Universitario Central de Asturias (RUCA)
siguen hablando de probable intoxicación con mercurio, negando el tratamiento de desintoxicación y mandando a los afectados a trabajar con el mercurio todavía en el cuerpo. Sin embargo, los informes de la Unidad de Toxicología Clínica del Instituto
de Ciencias Médicas de la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid, con fechas de 9 de septiembre y 22 de octubre de 2013, han concluido textualmente, en varios de los casos



Página 25





examinados que 'En nuestra opinión, es indudable que el paciente ha sufrido una intoxicación aguda/subaguda grave por mercurio con secuelas que perduran'. Además de denunciar la tardanza en la quelación 'por parte de su Mutua o el Servicio
de Salud del Principado de Asturias, indicándosele únicamente tratamientos sintomáticos por los distintos especialistas o Mutua a los que se consulta', los Catedráticos de la Universidad de Valladolid establecen diagnósticos de eretismo mercurial
manifestado como insomnio, pérdida de memoria y astenia; mononeuritis secundaria; trastornos visuales, neuropatía periférica y cefalea.


Poco se ha hecho desde entonces para garantizar a los trabajadores intoxicados el reconocimiento de su enfermedad, dispensarles la atención médica necesaria para curar sus dolencias y secuelas, adjudicarles la correspondiente compensación
económica y tornar las medidas preventivas adecuadas de seguridad laboral para evitar que este tipo de accidentes vuelva a producirse.


Las sanciones propuestas por el Inspector de Trabajo encargado de la investigación de las causas del accidente del mercurio de diciembre pasado en las instalaciones de la empresa Asturiana de Zinc están paralizadas por orden judicial. La
diferente valoración del siniestro por parte de la Inspección y del Instituto Asturiano de Riesgos Laborales está en el fondo del asunto, pero la potestad sancionadora está en manos del funcionario estatal y no del servicio regional, que es un
órgano meramente asesor. Y la indemnización a que tengan derecho está igualmente paralizada a la espera de lo que decida el juzgado de instrucción de Avilés donde se investiga el caso. La intoxicación por mercurio de los trabajadores de Imsa se
debió, según el informe del Inspector de Trabajo, a una serie de irregularidades 'en cascada' en materia de seguridad laboral que tuvieron su origen, según el mismo documento, en la incapacidad de AZSA de evaluar el verdadero riesgo que suponía la
'indubitada' concentración del metal en los intercambiadores en los que trabajaban los afectados. Así, AZSA es, para el Inspector, 'responsable directa, principal y única' de lo acontecido.


Los trabajadores se quejan de no haber recibido la suficiente atención por parte del Gobierno del Principado, ni la dirección de AZSA. La empresa AZSA no está contribuyendo a la investigación, y después de ocho meses todavía no ha emitido
el informe preceptivo sobre el accidente. En vez de alertar, prevenir y remediar, se oculta la verdad. Por su parte, el gobierno sí ha hecho su informe ocho meses después del accidente. Pero niega la información a los grupos parlamentarios y no
estimula a la Fiscalía para que se persone en el juicio abierto.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover las medidas necesarias para que la administración pública reconozca la enfermedad de intoxicación por mercurio a los afectados y las prestaciones y compensaciones económicas a que tengan derecho.


2. Intensificar la acción de la Fiscalía para conseguir una pronta resolución del proceso penal


3. Abogar por la aplicación de las sanciones planteadas por la Inspección de Trabajo a la empresa AZSA por su actuación irregular en materia de prevención de riesgos laborales.


4. Verificar si las mutuas han obrado correctamente al dar el alta a la mayoría de los trabajadores afectados, pese a que todavía se mantienen los síntomas de intoxicación por mercurio, siendo muchas de estas dolencias causa de incapacidad.


5. Apremiar a la empresa AZSA para que entregue su informe definitivo sobre las circunstancias del accidente.


6. Promover medidas legislativas, administrativas y de control que refuercen la prevención en materia de seguridad laboral para impedir que este tipo de accidentes puedan repetirse.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2013.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



Página 26





162/000773


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de lU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de ley para la paralización urgente de la plataforma de inyección de gas
conocida como 'Proyecto Castor', para su debate en el Pleno de la Cámara.


El proyecto Castor, situado ante la costa de Castellón y Tarragona, y en aguas territoriales españolas del Mar Mediterráneo es un depósito submarino propiedad de la empresa Escal UGS. Está formado por tres grandes infraestructuras marinas:
una planta marina delante de la costa que aprovecha un yacimiento petrolífero agotado a 1.750 metros de profundidad, un gasoducto de 30 km (22 de los cuales están en subsuelo marino y 8 por terrestre) al lado del río Sénia y una planta de
operaciones terrestre situada en Vinarós y muy próximas a los municipios de Alvanar y Ulldecona.


Creado, según los estudios previos, para complementar la red española de almacenamiento y distribución de gas natural, Tiene capacidad para almacenar un máximo de 1900 millones de metros cúbicos de gas natural, suficiente por suministrar el
equivalente a 50 días de consumo en España. El proyecto empezó sus operaciones en mayo de 2012, dando inicio el 10 de abril a la primera inyección de gas.


Desde mediados de septiembre de 2013 se han producido cientos de terremotos, en la zona donde el proyecto Castor estaba inyectando gas. El 1 de octubre se produjo un seísmo de 4,2 grados, causando gran alarma a las poblaciones próximas al
depósito y percibido en poblaciones de más de 100 km tierra adentro (Alcanar, Benicarló, Las Casas de Alcanar, Cervera del Maestre, Càlig, Peníscola, San Carlos de la Ràpita y Vinaròs).


Según la empresa, los trabajos de inyección de gas fueron paralizados el 16 de septiembre después de los primeros temblores y la empresa Escal UGS reconoció que los terremotos podían estar vinculados con el proyecto Castor.


Este proyecto contó con la resistencia de ayuntamientos y sociedad civil de los territorios afectados y con informes que alertaban del riesgo sísmico dada la proximidad de la falla de Amposta, como los del Observatorio del Ebro o el
Instituto Geológico Minero así corno la exigencia de requerimientos de la Generalitat de Catalunya que no se atendieron.


Por otro lado, el Gobierno valenciano no hizo ninguna advertencia ni aconsejó sobre la necesidad de realizar estudios sísmicos cuando fue consultada por el Ministerio de Medio Ambiente en el proceso de autorización ambiental del almacén de
gas Castor frente a la costa de Vinaròs, a pesar de ubicarse sobre una falla de 51 kilómetros y que colectivos de la zona sí que habían trasladado su 'inseguridad' por el peligro de terremotos,


El 3 de octubre la Fiscalía de Castellón abrió una investigación de oficio para aclarar si el proyecto Castor está relacionado con [os seísmos registrados en la zona durante estas semanas.


El ministerio trasladó el proyecto a cuatro direcciones generales (Calidad Ambiental, Medio-Natural, Pesca y Patrimonio Cultural), pero sus informes se limitaron a señalar la existencia de espacios naturales, hábitats protegidos y afecciones
a la Red Naturaleza 2000, entre otras cuestiones. El presidente del Consejo, Alberto Fabra, afirmó recientemente, después de ser preguntado sobre el motivo de no recomendar un estudio sísmico en esta fase, que la Generalitat no participó en el
proceso y que fue 'potestad exclusiva' del Gobierno central.


En Ohio, Estados Unidos, se prohibió la inyección de gas en un almacén subterráneo después de que se provocara un seísmo de una intensidad más baja que la registrada en los terremotos del norte de Castellón, En este sentido, distintos
científicos norteamericanos han acreditado seísmos después de transcurridos 18 años de la inyección de hidrocarburos y según 'Geology' un seísmo de 5,7 de Richter en Oklahoma tenía su origen en un almacén subterráneo de gas.


Para nuestro Grupo Parlamentario, el proyecto Castor responde a una errática planificación en la política energética basada en un crecimiento ilimitado de la demanda que está favoreciendo el crecimiento de infraestructuras gasistas y compras
a futuros que no se corresponden con las necesidades reales como afirmó el propio Gobierno actual.


Se trata de un proyecto insostenible ecológica y económicamente que ha visto triplicar los costes presupuestados hasta 1.700 millones y que de entrar en funcionamiento aumentaría el déficit del sector gasista repercutiendo en la factura de
los consumidores.



Página 27





Por su lado, la Comisión Nacional de la Energía ha cuestionado la gestión del proyecto y la arbitrariedad en la adjudicación de partidas alertando que los crecientes costes comprometían el interés general. El Real Decreto 855/2008 que
otorgó la concesión a ESCAL UGS incluyó una cláusula que daba todas las garantías a la empresa y que recurrió en mayo de 2012 el Ministerio de Industria Energía y Turismo por considerarla abusiva.


Recurso que el Tribunal Supremo ha desestimado una interpretación general en ese sentido, especifica que se podría anular la indemnización en función 'en definitiva, de la concreta causa que ha llevado al final de la concesión; de en qué
haya consistido la conducta dolosa o negligente de la empresa; de la gravedad o trascendencia de dicha conducta para la explotación y para las propias instalaciones que revierten al Estado'.


Además hay que tener en cuenta que el proyecto Castor fue seleccionado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y cofinanciado con 'Project Bonds' a pesar de la insostenibilidad del proyecto y el rechazo de gran parte de la gente del
territorio. Hasta ahora se han recogido unas 30.000 firmas pidiendo el cierre de la planta del Castor.


Nuestro Grupo Parlamentario ya cuestionó en su momento la falta de garantías del proceso de estudio de impacto ambiental, la falta de información y hemos rehusado este tipo de prácticas de almacenamiento de gas así como otros similares de
extracción como la fractura hidráulica. Este rechazo así como la preocupación por los efectos de este tipo de proyectos la compartimos con las organizaciones ecologistas y con las comunidades de afectados.


Por todo lo expuesto presentarnos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar las medidas necesarias para que, sin coste alguno para las arcas públicas, se proceda al cese permanente de la actividad de las tres infraestructuras que integran el proyecto Castor.


2. Establecer un plan y calendarizar el desmantelamiento del proyecto cumpliendo con todas las garantías ambientales y de seguridad incluyendo la restauración.


3. Utilizar todos los mecanismos técnicos y jurídicos a su alcance para esclarecer las causas que han llevado al fin de la concesión depurando responsabilidades e impulsar las acciones necesarias para que el coste no recaiga en las arcas
públicas.


4. Instar al Banco Europeo de Inversiones (BEI) a investigar los procedimientos, costes y funcionamiento del proyecto y considerar la retirada de la inversión.


5. Instar a la Comisión Europea para que verifique el cumplimiento de la Directiva 2009/73/CE sobre normas comunes del mercado interior.


6. Considerar los municipios de Vinaròs, Alcanar, Ulldecona, Sant Carles de la Ràpita, La Sénia y otros municipios afectados por los terremotos como parte interesada en el procedimiento para acceder a la información disponible.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2013.-Laia Ortiz Castellví y Ricardo Sixto Iglesias, Diputados.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000774


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley relativa a la reforma de la Ley Orgánica 3/1984, Reguladora de las Iniciativas Legislativas Populares, para su debate en Pleno.



Página 28





Exposición de motivos


La participación ciudadana es un mecanismo de los sistemas democráticos, mediante el cual los ciudadanos tienen la posibilidad, entre otros aspectos, de promover la legislación sobre asuntos o materias que estiman que no han sido
consideradas, o no lo han sido adecuadamente por los políticos. A este respecto, el artículo 9.2 de la Constitución Española sostiene que 'Corresponde a los poderes públicos [...] y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida
política, económica, cultural y social'. El artículo 23.1 de la CE afirma que 'Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio
universal'; otorgando rango constitucional al derecho de participación en asuntos políticos de la sociedad civil.


El artículo 87.3 de la Constitución, regula la capacidad de la ciudadanía para presentar proposiciones de ley a través de Iniciativas Legislativas Populares. Este mismo artículo estipula que las iniciativas populares han de ser apoyadas por
un mínimo de 500.000 firmas acreditadas, como requisito previo para que sea introducida en la agenda política y debatida en las Cámaras Representativas. A su vez indica que el procedimiento completo será regulado en por una Ley Orgánica.


El proceso de las Iniciativas Legislativas Populares viene desarrollado en la Ley Orgánica 3/1984. El preámbulo de dicha Ley reconoce que siguiendo la tendencia de los estados democráticos más modernos, la CE se propone: 'Intensificar la
participación de la sociedad, y permite instrumentar la directa participación del titular de la soberanía en la tarea de la elaboración de las normas que rigen la vida de los ciudadanos'. También reconoce la posibilidad de que haya ciertas
preocupaciones susceptibles de ser reguladas que no encuentran eco en las formaciones políticas con representación parlamentaria.


A pesar de que la participación ciudadana venga recogida corno un derecho constitucional, la regulación que la ampara crea una serie de barreras que dificultan el cumplimiento de este derecho. Sin lugar a dudas la barrera más difícil de
superar es la recogida de las 500.000 firmas acreditadas, lo que representa alrededor del 1,25 % del censo electoral, uno de los porcentajes más altos de los países miembros de la Unión Europea. A pesar de que las Iniciativas Populares regulan
materias que no han sido tenidas en cuenta por los diputados, una vez superados los requisitos previos al llegar a las Cámaras tampoco logran captar la atención de los legisladores sobre la necesidad de las mismas.


El plazo de recogida de firmas establecidos por la Ley 3/1984 es de seis meses, con la posibilidad de prorrogarlo tres meses más. Teniendo en cuenta el reducido número de Iniciativas Legislativas Populares que han superado el corte de las
firmas, este periodo es escaso y debería de ampliarse con el objeto de favorecer la aplicación efectiva del artículo 9.2 de la Constitución.


La Unión Europea también contempla la posibilidad de realizar Iniciativas Ciudadanas Europeas que están reguladas por el Tratado de Lisboa ratificado por España el 15 de julio de 2008. Para ser tenidas en cuenta necesitan conseguir el apoyo
de 1.000.000 de firmas lo que representa alrededor del 0,20 % del censo electoral (porcentaje 6,3 veces menor que el Español), recogidas en al menos 7 estados miembros de la Unión, con un mínimo de firmas en cada país, correspondiendo con el número
de diputados al Parlamento Europeo elegido en ese estado multiplicado por 750. En el caso de España se necesitan 40.500 firmas, que representa alrededor del 0,12 % del censo electoral; una cifra 10,3 veces inferior a la que requiere la legislación
española para sus Iniciativas Legislativas Populares. La Comisión Europea encargada de recibir las Iniciativas Ciudadanas Europeas, establece un plazo de doce meses para ese proceso.


A pesar de que el mecanismo de Iniciativas Populares de la Unión Europea solo lleva activo desde el 1 de abril de 2012, ya han sido dos las Iniciativas Populares que han conseguido superar el millón de firmas, Siguiendo este patrón en 35
años pueden superar la barrera de firmas unas 70 iniciativas ciudadanas. Teniendo en cuenta la conveniencia de estimular la participación ciudadana expresada en los artículos constitucionales y la ley orgánica citadas previamente, es oportuno
simplificar las actuales normas de forma que el número de firmas requerida no represente una dificultad mayor y se amplíe el plazo de recolección de firmas a 12 meses, similar al de la UE. A fin de presentar y defender la Iniciativa, la Comisión
Promotora de la misma debe disponer de un espacio de tiempo en las Cámaras para defender su propuesta, tal y como se realiza en Austria, por ejemplo. Debe reducirse el plazo de discusión por las cámaras de nuestra normativa; en otros países
miembros de la Unión Europea se otorga prioridad a las Iniciativas Populares como señal de respeto de las cámaras a dichas iniciativas y la misma Unión Europea reduce ese plazo a la mitad del nuestro. Por último establecer un apartado en la página
web del Congreso



Página 29





de los Diputados que facilite la posibilidad de presentar iniciativas populares, permitiendo de esta forma estandarizar el proceso, permitir que la sociedad civil consulte las iniciativas populares abiertas, y les permita adherirse a ellas
mediante la firma electrónica.


La Ley 59/2003 fue aprobada en cumplimiento de la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica. Para consolidar definitivamente
la firma electrónica se aprobó la Ley 56/2007 como formato de validación para cualquier procedimiento administrativo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar en el plazo de tres meses un proyecto de Ley de modificación de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, Reguladora de las Iniciativas Legislativas Populares, con objeto de incorporar lo siguiente:


a) Modificación del artículo 7.3 para ampliar el plazo de recogida de firmas de seis meses a los estándares de la Unión Europea de doce meses.


b) Inclusión de un nuevo artículo para otorgar a la Comisión Promotora un espacio de tiempo mediante el cual pueda defender y argumentar la ILP propuesta ante el Pleno del Congreso de los Diputados.


c) Modificación del artículo 13 para que una vez acreditado el número de firmas exigido, la Proposición deba ser incluida en el orden del día del Pleno en el plazo máximo de tres meses para su toma en consideración.


2. Crear un sitio web oficial que canalice todas las ILP, estandarizando el proceso de registro de las iniciativas y permitiendo recabar el apoyo de los ciudadanos a través de procedimientos seguros de firma electrónica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia.


162/000775


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la vigilancia de la Comisión Europea en relación a la necesidad de revisar las importaciones de tomate desde el Reino de Marruecos en los últimos años, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El día 7 de abril de 2011 la Comisión Europea defendió ante el Pleno del Parlamento Europeo que no existe 'fraude ni fracaso sistemático' en el sistema de control que se aplica a la entrada de tomate marroquí al mercado comunitario, tesis
que choca con las críticas y denuncias que vienen haciendo muchos agricultores europeos, sobre todo los españoles.


En el mismo debate, impulsado por la Federación Española de Asociaciones de Productores y Exportadores de Frutas (FEPEX), los eurodiputados exigieron a la Comisión Europea que tomara las medidas pertinentes para frenar las 'irregularidades'
en el cálculo de los aranceles al tomate marroquí que consideraban sí se estaban produciendo.


FEPEX denunciaba por su parte unas prácticas abusivas más que perjudiciales para los productores europeos. La argumentación de la Federación Española se basaba en que en numerosas ocasiones, pese a que los cupos de importación eran
sobrepasados o el precio del tomate importado estaba por debajo de



Página 30





lo establecido por la normativa agrícola, no se aplicaban las medidas arancelarias recogidas en los acuerdos comerciales con el Reino de Marruecos. Una situación que la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) ya había señalado como
recurrente en diferentes ocasiones.


Ante esta situación el comisario de Relaciones Interinstitucionales, Maros Sefcovic, aseguró que lo tratado en el informe era un caso 'aislado' y que se habían tomado las medidas necesarias para enmendarlo. A pesar de ello, dichos sucesos
han vuelto a repetirse según las asociaciones de productores y exportadores de frutas.


En noviembre de 2011 FEPEX denunció de nuevo la caída de los precios en los mercados comunitarios como consecuencia de las exportaciones de tomate procedente del Reino de Marruecos, Según esta organización, Marruecos tenía la capacidad de
exportar 185.000 toneladas de tomate y otras 28.000 toneladas complementarias de tomate con aranceles reducidos entre los meses de octubre y mayo según lo recogido en el acuerdo comercial entonces vigente.


Para el mes de octubre de 2011, el techo de exportaciones de tomate por parte del Reino alauí estaba estipulado en 10.600 toneladas; alcanzándose, según datos recogidos por el sector, una cifra superior que alcanzaba las 14.000 toneladas en
el mercado de Perpignan. Aumentado dicha cifra para el total de la Unión Europea en 23.335 toneladas. Un exceso de exportaciones de tomate por parte del Reino de Marruecos que superaría en un 120 % a lo establecido en el Acuerdo de Asociación.


En noviembre de 2011 las exportaciones de tomate procedentes del Reino de Marruecos a la Unión Europea se han situado en 38.000 toneladas, según el servicio de vigilancia aduanera de la Comisión Europea, lo que supone que habían superado el
contingente previsto para este mes en un 37 %. Las asociaciones de productores y exportadores de frutas también denuncian que los precios a los que Marruecos vende el tomate han caído a 0,41 euros/kilo, frente a los 0,46 euros/kilo estipulados en
el Acuerdo de Asociación. Esta venta de frutas y verduras por debajo del precio estipulado en el Acuerdo de Asociación también se dio en otros productos como el calabacín, cuyo precio de venta estipulado era de 0,42 euros/kilo para el que se
detectaron en 2011 precios de venta de 0,34 euros/kilo.


Apenas un mes después de estas incidencias, diciembre de 2011, trascendió que Marruecos había conseguido introducir 120.000 toneladas de tomate a través de Francia pese a tener autorizado un contingente de 35.000 toneladas. Pese a ello la
Comisión Europea mantuvo la misma actitud pasiva.


En diciembre de 2012, el Congreso de los Diputados debatió una Proposición no de Ley sobre las medidas a tomar ante la entrada en vigor del nuevo protocolo agrícola del Acuerdo de Asociación UE-Marruecos (expediente 161/000480). En la
misma, además de alertar de que el nuevo protocolo deja en manos de los Estados miembros el control de precios de entrada y el control de contingentes señala que 'la Comisión se debe responsabilizar de su correcto funcionamiento, así como del cabal
cumplimiento de los términos del acuerdo, con especial interés en la percepción de los derechos de liquidación y gravamen cuando los precios de entrada reales se sitúen por debajo de los precios de entrada establecidos en el acuerdo'. Dicha
Proposición no de Ley se aprobó con modificaciones en los siguientes términos:


'1.° El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar la labor realizada ante la UE para asegurar:


a) El establecimiento de un sistema eficaz de seguimiento de los controles aduaneros que garantice que las cantidades previstas en el Protocolo Agrícola susceptibles de beneficios arancelarios preferentes, establecidos por el contingente no
son rebasados en ningún caso. Este sistema contemplará la puesta en marcha de un intercambio de información que dé transparencia al cumplimiento de dichos contingentes.


b) El cumplimiento, control e inspección de la trazabilidad de los productos, así como de los estándares fitosanitarios que garanticen la seguridad alimentaria que se exigen en las producciones europeas.


c) La elaboración en la próxima reforma de la Política Agraria Común (PAC), de una regulación de precios de entrada, que garantice su estricta aplicación.


d) La realización de un seguimiento permanente del impacto de las consecuencias del acuerdo sobre los Mercados Comunitarios y sobre las rentas del sector hortofrutícola europeo, procediendo, en el caso de que se constaten perjuicios como
consecuencia del acuerdo, a la puesta en marcha de medidas de apoyo a los productores españoles que se vean afectados negativamente por él mismo, que sirvan para compensar y mejorar su competitividad.



Página 31





2.° De la misma manera, también se insta al Gobierno a:


a) Ayudar al sector productor en España a nuevas inversiones que mejoren su competitividad mediante:


- La incentivación de la concentración de la oferta en origen, favoreciendo la fusión de cooperativas.


- La modernización y ampliación de las instalaciones.


- La promoción de actuaciones de l+D+i encaminadas a nuevos productos, nuevas técnicas productivas y ahorros energéticos y de inversiones en el ámbito de la reciente resolución de 6 de febrero de 2012 de la Secretaría de Estado de l+D+i.


b) Mantener un permanente contacto con el Gobierno Francés sobre los mecanismos y aplicación de control aduanero y su directa implicación en el buen cumplimiento del Protocolo.


c) Mantener contactos con el sector productor español en Marruecos para evaluar información sobre el cumplimiento del Protocolo y la evolución del tomate marroquí en los mercados comunitarios.


d) Colaborar con el gobierno marroquí a los efectos de control de los productos exportados a la UE, así como su implicación para el mejor desarrollo de los intercambios de los productos contemplados en el Protocolo.'


Según datos facilitados por el observatorio de precios de la Junta de Andalucía, del 1 al 27 de Noviembre de 2012 se produjo un descenso en el precio del tomate que lo situaba por debajo del precio mínimo establecido. En concreto, el 1 de
noviembre se registró un precio de 45,30 euros/100 kg, valor que descendió progresivamente hasta el 7 de noviembre, donde la cotización alcanzó el valor más bajo del período, 36 euros/100 kg. Este proceso a la baja se repitió en las semanas
ulteriores, siendo sólo a partir del martes 27 cuando el precio sube. El precio medio de entrada del tomate marroquí en la UE establecido en el Acuerdo de Asociación entre la UE y Marruecos es de 46,1 euros/100 kg.


Estos datos reflejan una situación de falta de vigilancia de las autoridades comunitarias en relación con los contingentes y precios de importación de tomate y otros productos desde terceros países, es sistemática y reiterada. Una práctica
que ha generado un perjuicio a las arcas comunitarias por aranceles no cobrados por un lado y un daño por lucro cesante a los agricultores españoles y comunitarios en general por otro.


Por todo lo anterior se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Trasladar a las autoridades comunitarias la necesidad de revisarlas importaciones de los últimos años a fin de evaluar si en ellas se ha producido una perdida a las arcas comunitarias.


2. En base a los datos anteriores evaluar las perdidas tanto a la economía española como a la de los propios agricultores.


3. Comunicar a esta Cámara en qué situación se encuentra el acuerdo aprobado en la PNL (expediente 161/000480) sobre ' la realización de un seguimiento permanente del impacto de las consecuencias del acuerdo sobre los mercados comunitarios
y sobre las rentas del sector hortofrutícola europeo'.


4. Solicitar a las autoridades comunitarias que el dinero obtenido por la evaluación y cobro de aranceles no pagados, revierta sobre la agricultura europea de forma que los agricultores sean resarcidos por los daños que la falta de
vigilancia comunitaria ha derivado en sus explotaciones.


5. Reclamar a las autoridades comunitarias un cambio de legislación que impida la importación de productos alimenticios un 30 % por debajo de los precios de producción comunitarios.


6. Reclamar de las autoridades comunitarias información cabal sobre el cumplimiento de los acuerdos con otras áreas comerciales para verificar si en todos los acuerdos se están produciendo incumplimientos de este tipo o es sólo y
particularmente en este caso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia.



Página 32





162/000776


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley relativa a la reforma de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En la exposición de motivos de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, se pone especial énfasis en la necesidad de coordinación de las diferentes Administraciones en la prevención y combate de los incendios. El artículo 44 otorga a
La Administración General del Estado junto con las Comunidades Autónomas organizar coordinadamente programas específicos de prevención de incendios forestales.


El artículo 30 de este mismo documento, se insta a la creación de un Plan Forestal Español como instrumento de planificación a largo plazo de la política forestal española, desarrollando la estrategia forestal española. Este documento que
fue aprobado en 3 de julio de 2002 por el Consejo de Ministros, da gran importancia a la prevención de los incendios mediante el fomento del asociacionismo para la intensificación de la selvicultura preventiva tanto en montes públicos como privados.
Uno de los objetivos de este plan es el impulso la gestión sostenible de los montes españoles mediante el fomento de la ordenación y la selvicultura, y sostiene en su diagnóstico que la selvicultura es un método tradicional que ha ido dirigido a la
mejora de producción maderera, aunque en los últimos años también se ha orientado a la prevención de incendios, o con fines fitosanitarios.


Además identifica como una de las causas del aumento de los incendios forestales en los últimos tiempos a la falta de programas de selvicultura preventiva con dotaciones económicas suficientes para la actuar sobre la acumulación de
combustibles. Estos combustibles influyen de forma directa en la extensión que puedan adquirir las superficies quemadas.


Según los expertos, los medios de extinción de incendios han llegado a un nivel de desarrollo muy elevado, y la productividad marginal de la inversión destinada a medios de extinción de los mismos es muy reducida. El aumento de presupuesto
y medios destinados a este fin no producen mejores cualitativas en la reducción de superficie quemada. Por ello se recomienda fomentar las acciones de prevención para reducir la incidencia de los incendios en las zonas forestales.


La prevención de los incendios debe de desarrollar estrategias desde un punto de vista de gestión forestal sostenible. A raíz de la crisis económica, los entornas forestales tanto públicos como privados se han visto abocados al abandono por
la no rentabilidad de las explotaciones forestales, acumulando grandes masas forestales que no han sido controladas y por ello son más susceptibles a los incendios. Es imprescindible aumentar los esfuerzos en las labores preventivas que contribuyan
a disminuir los riesgos y facilitar los medios de extinción. En distintos foros, tanto nacionales como internacionales resaltan la importancia de la integración de actividades planificadas de pastoreo en la prevención de incendios, que ya viene
aplicándose en algunas Comunidades Autónomas. El pastoreo controlado en áreas pasto-cortafuegos, constituye una herramienta agraria sostenible, en la cual el ganado contribuye a reducir los riesgos de incendios. Los cortafuegos son herramientas
lineales donde se erradica total o parcialmente la masa forestal, y tanto su realización como su mantenimiento tienen un elevado coste para la Administración. Son labores costosas y extensas que no se pueden realizar en todo el territorio.


En el pastoreo controlado el ganado realiza una labor continua a lo largo del año, que bajo la supervisión del pastor consigue la reducción de pasto y matorral en las infraestructuras contra incendios. El empleo de ganado con objeto de
prevenir incendios produce grandes beneficios cuando se utiliza de forma correcta. El pastoreo en el monte es un gran aliado dado que reduce la concentración de combustible vegetal del sotobosque, por ello es determinante evitar que se pierda este
tipo de actividades a través de la implementación de ayudas que permitan que sea rentable, buscar canales para el incremento de la comercialización de los productos y fomentar el asociacionismo con el objeto de fomentar el pastoreo controlado.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia presenta la siguiente



Página 33





Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar en el plazo de seis meses un proyecto de Ley de modificación de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, para que aplique con efectividad varios principios de su artículo
tercero, en concreto los apartados a), b), d), e), f) y h), incorporando una regulación que fomente la sostenibilidad económica del aprovechamiento forestal del pastizal y la hagan compatible con los requerimientos agroambientales y aspectos de
conservación del medio, prevención de incendios y mantenimiento de determinados hábitat.


2. En virtud del artículo 149.3 de la Constitución Española, corresponde al Estado la competencia de la legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer
normas adicionales de protección, por lo que se insta al Gobierno a que cree un Plan que recoja en coordinación con las Administraciones Autonómicas la selección de zonas aptas para el desarrollo de la selvicultura, la contratación de pastores y el
seguimiento y evaluación de las zonas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia.


162/000777


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de las Diputadas doña Olaia Fernández Davila (BNG) y doña Rosana Pérez Fernández (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente Proposición no de Ley, relativa a la adopción de medidas para que los delitos ecológicos como el del 'Prestige' no queden impunes, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La catástrofe del petrolero 'Prestige' que tiñó de chapapote negro las costas da Galicia el 13 de noviembre de 2002, demostró las flaquezas en materia de seguridad del tráfico marítimo y la precariedad de medios para la lucha contra la
contaminación marina en el corredor de Fisterra, uno de los que mayor tráfico registra.


A pesar de que han transcurrido once años, y a pesar de la gravedad de los hechos, podríamos afirmar que nada se ha avanzado. Un delito ecológico de esas dimensiones ni siquiera es objeto de una sentencia ejemplar por parte de la justicia.
No hay castigo para los autores de una de las mayores mareas negras ni tampoco existen las responsabilidades políticas por la errática e ineficaz gestión de un accidente marítimo que se agravó por las decisiones adoptadas desde el Gobierno central y
desde la Xunta de Galicia.


En los últimos 43 años se contabilizaron cuatro siniestros marítimos frente al litoral de Galicia, uno de los más afectados del mundo por la contaminación derivada de vertidos de hidrocarburos. Recordamos en este sentido al Polycommander,
Urquiola, Aegean Sea y el Prestige), sin olvidar el accidente del Casón y del Erkowitz que también provocaron una gran afectación por vertidos de productos altamente contaminantes.


Lejos de progresar por un camino en el que el delito ecológico grave, como es el caso del Prestige, se castigue con una sentencia ejemplar, resulta que transitamos por el camino a la inversa: la catástrofe del Prestige no tiene ningún
coste, sale prácticamente gratis, salvo a los gallegos y gallegas, y a toda la marea humana de voluntarios que se implicaron activamente en la limpieza de la costas y de los arenales.


Uno de los muchos fallos en la gestión del Prestige fue la enorme descoordinación entre administraciones implicadas. Y el hecho de adoptar decisiones desde lugares alejados de Galicia, desde Madrid. El BNG durante muchos años hasta la
creación de la Subcomisión sobre la catástrofe del Prestige en el Congreso, demandó la transferencia de la gestión en salvamento marítimo, del control e inspección de barcos que transitan por el dispositivo de separación de Fisterra y de los medios
para la lucha contra la contaminación marina.



Página 34





Esta reivindicación no fue fruto del capricho, fue producto de una mala experiencia, de la observancia de lo acontecido durante la crisis del Prestige: la total falta de coordinación para hacer frente a la mayor marea negra que se recuerde.
Galicia posee miles de kilómetros de costa, es la Xunta la que debería tener las competencias para poder controlar los buques que recalan a sus puertos o van de tránsito.


El paso de estos once años deberían haber servido para aprender y tomar nota. Poco se ha hecho en materia de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación marina. Después de una catástrofe de estas características, podría afirmarse
que si volviese a ocurrir no se contaría con muchos más medios. Galicia seguiría desprotegida, al albur de decisiones que se adoptan a miles de kilómetros de la costa gallega y sin apenas criterio.


La sentencia sobre el Prestige ha resultado ser una decepción. Es una sentencia que no sólo premia el delito ecológico si no que sus responsables quedan impunes. Incluso permite al Gobierno central vanagloriarse de una actuación
cuestionada desde todos los ámbitos.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Transferir a la Xunta de Galicia las competencias en materia de seguridad marítima, tanto normativas como de ejecución que incluyan el control y la inspección de barcos, a fin de aplicar una política preventiva propia en relación al
transporte marítimo de mercancías peligrosas.


- Traspasar a la Xunta de Galicia las competencias en materia de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación marina.


- Endurecer la legislación existente en materia de comisión de delito ecológico a fin de evitar que una catástrofe como la del Prestige pueda saldarse sin indemnización económica alguna.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2013.-Rosana Pérez Fernández y M.ª Olaia Fernández Davila, Diputadas.-Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000778


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre combinación de distintas fórmulas de incentivación y ayudas para apoyar de forma eficiente a la cinematografía y el audiovisual españoles.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, y entendiendo que en el punto 2 se insta al Gobierno a ejercer su iniciativa legislativa en la materia, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo
194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno y publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de noviembre de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 35





A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad de combinar distintas fórmulas de incentivación y ayudas
para apoyar de forma eficiente a la cinematografía y el audiovisual españoles, para su debate en Pleno.


A principios de octubre de 2013, la propia Susana de la Sierra, directora general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, no ocultó su preocupación
ante la decisión del Gobierno de reducir drásticamente la partida del cine en los presupuestos presentados por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. En ellos, los 55,7 millones de euros destinados en 2013 han pasado a ser 50,84 para 2014.


Dentro de esta partida, es la del Fondo Nacional de la Cinematografía, de la que salen todas las ayudas al cine español, la que sufre más. El fondo se reducirá un 14 %: de los 39,12 millones de euros de 2013 se baja a 33,70 millones para
2014. Como dato comparativo, en 2012 Reino Unido dedicó 120 millones a ayudas al cine; Alemania, 340, y Francia, 770.


La directora general de Cine no dudó en avisar: 'Con esta cifra no podemos hacer frente a las deudas por ayudas a la amortización que tenemos con películas estrenadas en años anteriores. Ni a la que debemos de pagar en este último
trimestre (unos 21 millones, que corresponden a los títulos estrenados en el último trimestre de 2011) ni a las del año próximo (unos 45 millones para películas estrenadas en 2012). Estamos ante un problema específico y grave porque los productores
tienen créditos contraídos por esa cifra. No podemos dejar de pagar'.


De la Sierra, al frente del ICAA desde enero de 2012, utilizó sin rodeos la palabra 'crítica' para la situación. Resaltó que, con la cifra del proyecto de presupuestos para 2014, no solo será imposible hacer frente a las deudas legales con
las productoras, sino que no habrá posibilidad real de ayudar a nuevos realizadores, proyectos de interés especial o a los cortometrajes. '¿Qué les vamos a decir a los estudiantes de las distintas escuelas de cine?', llegó a lamentarse.


Señaló también De la Sierra que existe un documento económico estudiado por todo el sector en el que se analiza el impacto del nuevo modelo de negocio, con el que el ministro Wert ha justificado la durísima rebaja -se da prioridad a las
ayudas a proyecto en lugar a la amortización- y en el que los incentivos fiscales juegan un papel primordial.


En paralelo a la preocupación manifestada entonces por la directora general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, se produjeron aquellas desafortunadas manifestaciones del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro,
achacando la crisis del cine a 'la calidad de las películas', no al IVA o los recortes. Y cuando fue preguntado por el recorte del 12,4 % del Fondo de Garantía Cinematográfica, del que salen las ayudas para la producción de cine, el ministro achacó
la crisis del sector a una pérdida de espectadores desde hace 'diez años'.


Este último aspecto es muy peligroso y denota un grave desconocimiento o, lo que es peor, una tremenda mala fe, pues las matemáticas se empeñan en refutar los argumentos de Montoro. Según los datos que facilita el Instituto de
Cinematografía y Artes Audiovisuales (ICAA), dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, es decir, del Gobierno, el cine español ha crecido en estos últimos diez años en taquilla. En 2002 generó 85,4 millones, pagados por 19
millones de espectadores, y en 2012, recaudó 119,9 millones, pagados por 18,2 millones asistentes a las salas. Es más, para que no queden dudas, el repaso a los últimos años: en 2008, el cine español ganó 81,6 millones de euros en taquilla; 104,3
millones en 2009; 80,2 millones en 2010 y 99,1 millones en 2011. Que traducido a espectadores significó 14,3 millones en 2008; 17,4 millones en 2009; 12,9 millones en 2010 y 15,5 millones en 2011.


El señor Montoro con sus declaraciones agudiza el pesimismo y la decepción en un sector en el que, día a día, los problemas se agudizan y no aparecen perspectivas claras. El sistema está inutilizado y tampoco se anuncia ningún cambio
radical sobre el modelo industrial, al contrario.


La realidad, más allá de las desafortunadas manifestaciones del ministro de Hacienda, es que la actual ley del cine de 2007 se ha mostrado claramente insuficiente para la supervivencia de un sector de extraordinaria importancia para nuestro
país, como es el sector del cine. El Gobierno actual afirmó su voluntad de redactar un nuevo Proyecto de Ley cuyo calendario es más que probable que sea incumplido, ya que esta nueva ley se anunció que entraría en vigor el 1 de enero de 2014, y no
parece que dicho plazo vaya a cumplirse.


Nuestras propuestas al respecto caminan en la línea de reforzar la implementación de incentivos fiscales, pero advertimos que esa medida debería ir acompañada de otras ayudas directas hasta que se



Página 36





establezca y se cumpla una nueva ley de financiación más acorde a la realidad de las cosas y, sobre todo, a la realidad de mercado.


Como bien es conocido, todas fas cinematografías del mundo (incluida, y sobre todo la de EE.UU.) reciben ayudas públicas de distintos tipos, al tiempo que la mayoría de casi todos los sectores industriales o productivos de todo el mundo
también reciben tales ayudas.


En el caso del cine español, además, el reforzamiento de ayudas directas e indirectas es una necesidad para poder competir con cierta igualdad de herramientas en un mercado hegemónico y cuasi monopolístico en la distribución del cine por
parte de la Industria de EE.UU.


Sin duda, una de las grandes lagunas del cine español en el panorama cinematográfico internacional -al margen de EE.UU.- sea el hecho de no disponer de medidas en la fase de distribución que es donde se encuentra el verdadero problema, ya
que casi todas las ayudas inciden en la fase de producción.


El mercado del cine ni es libre ni equilibrado, y se produce en función del control que las distribuidoras ejercen sobre la exhibición. En los contratos es habitual condicionar la exhibición de una película con una fuerte demanda a fa
compra de un paquete con otras películas de menor interés. El sistema es el de la sociedad de consumo en el que prima la oferta y el control de la red de distribución sobre el consumo o la demanda de productos. Y el cine, por su triple dimensión
económica, cultural e ideológica, no es ajeno a esa realidad.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Actualizar el sistema de ayudas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) para adaptarlo a las nuevas necesidades de la cinematografía, dotando al Fondo con una cuantía suficiente.


2. Aprobar una Ley que permita desarrollar una política eficaz y sostenible de ayudas directas a la cinematografía y el audiovisual conforme a las propuestas de todos los sectores, y que se contemple un aumento de los incentivos fiscales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2013.-Ascensión de las Heras Ladera, Diputada.-José Luis CentelIa Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/001713


Mediante escrito de fecha 12 de noviembre de 2013, se ha retirado por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) la Proposición no de Ley sobre financiación de las innovaciones farmacoterapéuticas, publicada en el 'BOCG. Congreso
de los Diputados', serie D, núm. 282, de 3 de junio de 2013.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados,14 de noviembre de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


INTERPELACIONES


Ordinarias


170/000001


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



Página 37





(170) Interpelación ordinaria.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Retirada de su interpelación al Ministro de Educación, Cultura y Deporte sobre la política general de su Departamento y las responsabilidades políticas que piensa asumir como consecuencia de las actuaciones que ha desarrollado durante el
tiempo de su mandato.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así corno comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de noviembre de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Nota.- La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 359, de 15 de noviembre de 2013.