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Acuerdo para la Actividad Internacional de las Cortes Generales en la XIV Legislatura (PDF)

Actividad internacional en el periodo de disolución de las Cámaras

A partir del día de la disolución, las delegaciones de la Cámara, así como las delegaciones ante Organizaciones Parlamentarias Internacionales y de Comisiones Mixtas del Congreso y del Senado podrán asistir a las reuniones internacionales autorizadas. No obstante, los integrantes de las delegaciones deberán ser parlamentarios que sigan reuniendo dicha condición por pertenecer a las Diputaciones Permanentes de las Cámaras.