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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 290-2, de 16/04/1999
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie C: 16 de abril de 1999 Núm. 290-2
TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
DICTAMEN DE LA COMISIÓN
110/000234 Acuerdo de Aplicación Provisional entre determinados
Estados Miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre
la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a
la utilización de la tecnología de la información a efectos
aduaneros, hecho «ad referendum» en Bruselas el 26 de julio de 1995.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES del Dictamen emitido por la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre el Acuerdo de Aplicación Provisional entre
determinados Estados Miembros de la Unión Europea del Convenio,
establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión
Europea, relativo a la utilización de la tecnología de la información
a efectos aduaneros, hecho «ad referendum» en Bruselas el 26 de julio
de 1995. («BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 290, de 22
de febrero de 1999) (núm. expte. 110/000234).
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.
Excmo. Sr.:
La Comisión de Asuntos Exteriores, tras el debate acerca de la
autorización prevista en el apartado 1 del artículo 94 de la
Constitución, celebrado con arreglo a lo dispuesto en los artículos
155 y 156 del Reglamento del Congreso de los Diputados, eleva a la
Mesa de la Cámara para su traslado al Pleno el siguiente
DICTAMEN
La Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados ha
acordado proponer al Pleno de la Cámara que conceda la autorización
solicitada por el Gobierno al amparo del artículo 94.1 de la
Constitución, para que el Estado pueda obligarse internacionalmente
por medio del Acuerdo de Aplicación Provisional entre determinados
Estados Miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre
la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a
la utilización de la tecnología de la información a efectos
aduaneros, hecho «ad referendum» en Bruselas el 26 de julio de 1995.
(«BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 290, de 22 de febrero
de 1999) (núm. expte. 110/000234).
Lo que comunico a V. E. a los efectos previstos en la Constitución y
en el Reglamento del Congreso de los Diputados.
Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 1999.-Javier
Rupérez Rubio, Presidente de la Comisión.- Inmaculada Fernández
Ramiro, Secretaria de la Comisión.
Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados.