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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 356, de 04/11/2021
cve: BOCG-14-D-356 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


4 de noviembre de 2021


Núm. 356



ÍNDICE


Reglamento del Congreso y normas complementarias


414/000001 Reglamento del fondo de prestaciones sociales del personal eventual del Congreso de los Diputados... (Página5)


414/000002 Reglamento del fondo de prestaciones sociales del personal laboral del Congreso de los Diputados... (Página10)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/002659 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas urgentes en defensa de España frente a la agresión sufrida por parte de Marruecos en Ceuta.


Desestimación así como enmienda formulada ... (Página18)


161/002803 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al refuerzo de las relaciones transatlánticas con los Estados Unidos de América.


Aprobación así como enmiendas formuladas ... (Página19)


161/003036 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la situación de las mujeres y las niñas en Afganistán.


Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página23)


161/003108 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la crisis humanitaria en Afganistán.


Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página26)


161/003145 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre condena a la represión ejercida por el régimen de Daniel Ortega y contra la detención del Premio Cervantes Sergio Ramírez.


Desestimación así como enmienda formulada ... (Página18)


161/003245 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la celebración del 12 de octubre en las embajadas de España en Iberoamérica.


Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página27)


161/003269 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a impulsar el



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proceso de diálogo y negociación sobre Venezuela, protegiendo el bienestar del pueblo venezolano y su soberanía.


Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página28)


161/003271 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Republicano y Plural, en apoyo y solidaridad con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la protección y defensa del medioambiente y de las instituciones
democráticas.


Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página29)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/002297 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa a que la cantidad equivalente al IVA de la donación de alimentos se invierta en más alimentos.


Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página30)


161/002973 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover la puesta a disposición de la red de fibra óptica por parte de Red Eléctrica de España a las zonas despobladas del país.


Desestimación ... (Página30)


161/003059 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a aumentar el presupuesto y la plantilla del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno para que pueda realizar
eficazmente sus funciones como órgano democrático de control.


Desestimación así como enmienda formulada ... (Página30)


161/003170 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la aprobación de una deducción fiscal estatal, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para aquellos empleadores que tengan
contratada a una persona por la que se efectúen cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.


Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página30)


161/003244 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre los compromisos asumidos en el Plan de Recuperación.


Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página30)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/001331 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre la inclusión social de los y las menores no acompañados a través del deporte.


Aprobación así como enmiendas formuladas ... (Página37)


161/001728 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a acometer de forma urgente las principales actuaciones en materia de transporte y vivienda incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.


Aprobación ... (Página39)


161/002501 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el impulso de la rehabilitación edificatoria.


Aprobación así como enmienda formulada ... (Página39)


161/002786 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre el traspaso de las competencias y recursos en materia ferroviaria a la Comunitat Valenciana.


Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página40)


161/002792 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a construir la circunvalación conocida como 'Ronda Norte'



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en Oviedo, para prolongar y completar la insuficiente Ronda Sur existente actualmente.


Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página41)


161/002900 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la reducción de las tarifas aeroportuarias en línea con la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).


Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página42)


161/002923 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impedir una subida de las tarifas aeroportuarias pagadas por las aerolíneas de la gestora aeroportuaria AENA.


Desestimación así como enmienda formulada ... (Página42)


161/003003 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a solicitar que se aceleren los trabajos de la ejecución de las obras de La Ronda Sur de Logroño, 'Autovía A-68. Tramo:
Arrubal-Navarrete'.


Aprobación así como enmiendas formuladas ... (Página47)


161/003026 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a que los jóvenes puedan tener una vivienda digna.


Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página42)


161/003164 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a negociar de forma inmediata con el Govern de la Generalitat la ampliación del aeropuerto del Prat.


Aprobación así como enmiendas formuladas ... (Página48)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/001898 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a suprimir el coeficiente de parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios y, en consecuencia, que
solo se atienda al tiempo trabajado y a la cantidad cotizada, así como a los hijos a cargo, tal y como se está haciendo para el cálculo de las pensiones desde 2019, al objeto de evitar una doble discriminación sobre los trabajadores a tiempo
parcial.


Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página50)


161/002323 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la modificación del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u
otra enfermedad grave, ampliándola a hijos a cargo más allá de la mayoría de edad.


Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página52)


161/002401 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre el desarrollo de un plan específico para pymes y microempresas en relación con la implementación efectiva del trabajo a distancia.


Desestimación así como enmienda formulada ... (Página54)


161/002685 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a recuperar la ultraactividad de los convenios colectivos.


Aprobación así como enmienda formulada ... (Página55)


161/002796 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la inclusión social de los y las menores no acompañados a través del deporte.


Aprobación ... (Página56)



Página 4





161/003138 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la implementación en el SEPE de un programa informático para agilizar la tramitación de las prestaciones por desempleo.


Desestimación así como enmienda formulada ... (Página54)


Secretaría General


292/000021 Convocatoria de 5 de octubre de 2021 de becas de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con el Parlamento.


Convocatoria... (Página57)


Designación de los miembros del Jurado... (Página65)


292/000022 Convocatoria de 19 de octubre de 2021 de becas para la formación práctica en documentación, biblioteconomía y archivística.


Convocatoria... (Página65)


Designación de los miembros del Jurado... (Página76)



Página 5





REGLAMENTO DEL CONGRESO Y NORMAS COMPLEMENTARIAS


414/000001


En uso de las atribuciones conferidas por delegación de la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG, del Acuerdo de 26 de octubre de 2021, adoptado por
la Mesa del Congreso de los Diputados, por el que se aprueba el Reglamento del fondo de prestaciones sociales del personal eventual del Congreso de los Diputados.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


REGLAMENTO DEL FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DEL PERSONAL EVENTUAL DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


ÍNDICE


CAPÍTULO I. NORMAS GENERALES... (Página5)


CAPÍTULO II. PRESTACIONES DE SALUD Y SEGUROS DE VIDA E INCAPACIDAD.... (Página6)


CAPÍTULO III. PRESTACIONES CULTURALES-PROFESIONALES... (Página7)


CAPÍTULO IV. PRESTACIONES SOCIALES... (Página7)


CAPÍTULO V. PRESTACIONES PERSONALES... (Página7)


CAPÍTULO VI. RÉGIMEN DE GESTIÓN... (Página9)


DISPOSICIÓN DEROGATORIA... (Página10)


DISPOSICIÓN FINAL... (Página10)


CAPÍTULO I


Normas generales


Artículo 1. Objeto.


El presente Reglamento se dicta en desarrollo de lo establecido en el artículo 2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales.


Artículo 2. Beneficiarios.


1. Son beneficiarios del Fondo los integrantes del personal eventual del Congreso de los Diputados.


2. Podrán ser beneficiarios de las prestaciones de salud, además de los titulares, sus cónyuges, parejas de hecho, ascendientes y descendientes (incluido el acogimiento familiar mientras éste subsista), cuando convivan con el titular y a
sus expensas. Las circunstancias de convivencia y dependencia económica del titular se presumirán para los hijos e hijas menores de 18 años, si bien deberán figurar en su documento de asistencia sanitaria de la Seguridad Social o entidad
equivalente. En los demás supuestos, se deberá demostrar documentalmente con la declaración de la Renta.


Artículo 3. Prestaciones comprendidas.


1. El Fondo de Prestaciones Sociales comprenderá las siguientes prestaciones:


a) Salud y seguros de vida e incapacidad.



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b) Culturales-profesionales.


c) Sociales.


d) Personales.


CAPÍTULO II


Prestaciones de salud y seguros de vida e incapacidad


Artículo 4. Prestaciones de salud.


1. Las prestaciones de salud comprenderán:


a) Gastos de oftalmología, odontología, otorrinolaringología, ortopedia general y oncológica, planificación familiar y podología.


b) Gastos por fisioterapia, logopedia y tratamiento psicológico.


c) Otros gastos no cubiertos por el sistema sanitario del personal eventual del Congreso de los Diputados o de extrema necesidad.


2. Las prestaciones previstas en la letra a) del apartado 1, consistirán en una ayuda económica por los gastos efectuados, de conformidad con el baremo y con los límites y requisitos que se establezcan en el mismo.


3. Las prestaciones previstas en la letra b) del apartado 1, consistirán en una ayuda económica por los gastos efectuados, en la cuantía y límites establecidos en el baremo y, en todo caso, con una duración máxima de 18 meses. La petición
deberá efectuarse mediante la presentación del correspondiente formulario de solicitud debidamente cumplimentado, con los informes médicos que justifiquen la solicitud de prestación.


4. Las prestaciones relativas a otros gastos de enfermedad no cubiertos por la Seguridad Social o entidad de asistencia sanitaria que corresponda, o de extrema necesidad, contemplados en la letra c) del apartado 1, consistirán en una ayuda
económica cuyo importe podrá cubrir hasta un 80 por ciento de los gastos realizados.


En este caso, la petición deberá efectuarse mediante la presentación del correspondiente formulario de solicitud debidamente cumplimentado, con las facturas e informes médicos que justifiquen la solicitud de la prestación. Además, deberá
acreditarse el hecho de haber reclamado previamente y con resultado negativo el abono de dicha cantidad a la Seguridad Social o a la entidad de asistencia sanitaria que corresponda.


Para la apreciación de la concurrencia de los requisitos de esta prestación y la determinación del porcentaje señalado en el primer párrafo, se aplicarán los criterios adoptados para el personal funcionario de las Cortes Generales. En el
caso de prestaciones que se prolonguen en el tiempo, existirá un límite temporal máximo de 18 meses para su concesión, siempre que no supere la cantidad máxima aprobada.


Artículo 5. Seguros de vida e incapacidad.


1. Para la prestación en materia de seguros de vida e incapacidad, se suscribirá un seguro colectivo a favor de los beneficiarios comprendidos en el apartado 1 del artículo 2, que incluirá las siguientes contingencias:


a) Vida.


b) Incapacidad profesional.


2. La cuantía del seguro podrá ser revisada periódicamente en idénticos términos que lo previsto para el personal funcionario de las Cortes Generales.



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CAPÍTULO III


Prestaciones culturales-profesionales


Artículo 6. Prestaciones culturales-profesionales.


1. Las prestaciones culturales-profesionales tendrán como objeto la ayuda por gastos de estudios que puedan favorecer la formación y promoción profesional en el Congreso de los Diputados.


2. Los estudios que podrán ser objeto de ayuda son los siguientes:


a) Bachillerato, Formación Profesional de Grado medio y de Grado superior, acceso a la Universidad y estudios universitarios de Grado y de Postgrado, en el que se incluyen los cursos de Master y de Doctorado.


b) Preparación de oposiciones a Cuerpos de las Cortes Generales.


c) Idiomas.


3. La prestación consistirá en una ayuda económica de los gastos de matrícula y clases, que no podrá rebasar el módulo que se establezca en el baremo ni el límite global que se establezca en el mismo para este tipo de prestaciones y se hará
efectiva a curso vencido, excluyéndose en todo caso, los gastos relativos a material, así como libros o complementos audiovisuales.


4. Los estudios comprendidos en el apartado 2 a) consistirán en una ayuda económica cuya cuantía se establecerá en el baremo, graduada con los diferentes niveles de estudios.


5. La ayuda económica para la preparación de oposiciones a Cuerpos de las Cortes Generales no podrá rebasar el módulo que se establezca en el baremo.


6. La ayuda económica para estudios de idiomas será la establecida en el baremo.


CAPÍTULO IV


Prestaciones sociales


Artículo 7. Prestaciones sociales.


Las prestaciones sociales serán las siguientes:


a) Ayuda de comedor.


b) Ayuda de transporte.


Artículo 8. Ayuda de comedor.


Con cargo al Fondo de Prestaciones Sociales se otorgará una ayuda de comedor al personal eventual del Congreso de los Diputados con el fin de obtener un precio reducido del menú en el restaurante del Congreso de los Diputados.


Artículo 9. Ayuda de transporte.


La prestación de ayuda de transporte consistirá en una ayuda económica equivalente a una parte del importe del abono mensual o anual del Consorcio Regional de Transportes de Madrid. El porcentaje correspondiente se fijará en el baremo de
prestaciones. Para la concesión de la ayuda se requiere la presentación de la factura del abono mensual o anual previamente adquirido por el beneficiario.


CAPÍTULO V


Prestaciones personales


Artículo 10. Prestaciones personales.


1. Las prestaciones personales consistirán en:


a) Ayuda de natalidad, adopción o acogimiento.


b) Ayuda al estudio de hijas e hijos huérfanos.



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c) Ayuda por discapacidad de hijos o hijas.


d) Ayuda por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho, hijos o hijas.


e) Ayuda por incapacidad transitoria.


f) Ayuda al estudio de hijos e hijas.


Artículo 11. Ayuda de natalidad, adopción o acogimiento.


1. La prestación de natalidad, adopción o acogimiento consistirá en una ayuda económica por nacimiento o adopción de cada hijo o hija, o acogimiento.


2. Si ambos progenitores fueran beneficiarios, sólo podrá otorgarse la prestación a uno de los dos.


3. En el caso de acogimiento preadoptivo, no procederá la concesión de nueva ayuda si se formaliza posteriormente la adopción.


Artículo 12. Ayuda al estudio de hijas e hijos huérfanos.


La prestación de ayuda al estudio de hijas e hijos huérfanos del personal eventual del Congreso de los Diputados consistirá en una ayuda económica anual para cubrir los gastos de matrícula y clases de los estudios de los que sean menores de
25 años realizados en centros públicos o concertados.


Idéntica ayuda se aplicará en el supuesto de acogimiento familiar mientras subsista el mismo.


Artículo 13. Ayuda por discapacidad de hijos o hijas.


1. La prestación por discapacidad de hijos o hijas, consistirá en una ayuda económica hasta el 80 por ciento de los gastos de tratamiento, recuperación o educación, en función del grado de discapacidad que se establezca en el baremo, y que
deberá ser en todo caso igual o superior al 33 por ciento.


Idéntica ayuda se aplicará en el supuesto de acogimiento familiar mientras subsista el mismo.


Para la obtención de esta prestación será preciso aportar la resolución de la Comunidad de Madrid, u órgano competente, por la que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como una declaración responsable
de la persona solicitante que acredite que no percibe, ni tiene derecho a percibir, ningún tipo de ayuda por este concepto para el mismo beneficiario.


2. Si ambos progenitores fueran beneficiarios de este Fondo, sólo podrá otorgarse la prestación a uno de los dos.


Artículo 14. Ayuda por fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho, hijos o hijas.


La ayuda por fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho, hijos o hijas menores de edad del beneficiario de este Fondo, consistirá en una cantidad cuya cuantía se establecerá en el baremo.


Artículo 15. Ayuda por incapacidad transitoria.


1. La prestación por incapacidad transitoria consistirá en una ayuda económica mensual que completará hasta el 100 por ciento de las retribuciones básicas del personal eventual que habiendo estado en situación de incapacidad laboral
transitoria durante un año, obtenga prórroga por seis meses al amparo de lo establecido en la legislación vigente de Seguridad Social.


2. Será beneficiario de esta prestación el personal eventual comprendido en el apartado 1 del artículo 2.


3. Esta ayuda podrá percibirse por un período máximo de seis meses.


Artículo 16. Ayuda al estudio de hijos e hijas.


1. La prestación de ayuda al estudio de hijos e hijas menores de 25 años consistirá en una ayuda económica, cuya cuantía se establecerá en el baremo, graduada de conformidad con las distintas etapas educativas.


Idéntica ayuda se aplicará en el supuesto de acogimiento familiar mientras subsista el mismo.


2. Si ambos progenitores fueran beneficiarios del Fondo, sólo podrá otorgarse la prestación a uno de los dos y en caso de separación o divorcio se podrá solicitar el abono del 50 por ciento por cada uno de ellos, siempre que sea de común
acuerdo.



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CAPÍTULO VI


Régimen de gestión


Artículo 17. Régimen de gestión.


Se aplicarán los criterios adoptados para el personal funcionario de las Cortes Generales.


Artículo 18. Gestión de las prestaciones sociales.


Corresponden a la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados las siguientes atribuciones en relación con el Fondo de Prestaciones Sociales:


a) La comprobación documental y la concesión de las solicitudes relativas a todas las prestaciones.


b) La iniciación de los expedientes económicos relativos al Fondo de Prestaciones Sociales, que tendrán en cuenta, en todo caso, el régimen tributario de las distintas prestaciones.


c) La gestión administrativa de las prestaciones.


Artículo 19. Presentación de solicitudes de prestaciones.


1. Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través del correspondiente portal en la intranet, acompañadas de los documentos acreditativos de los gastos efectuados o de las circunstancias que deban justificarse, según lo requerido en
cada caso.


2. Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento del ejercicio presupuestario, con las siguientes excepciones:


a) Las referidas a prestaciones culturales-profesionales que se presentarán en el mes de octubre del mismo año en que finalice el curso para el que se requiere la ayuda.


b) Las referidas a ayuda al estudio de hijos menores de 25 años, que se presentarán en el mes de octubre del mismo año en que finalice el curso para el que se requiere la ayuda.


En uno y otro caso únicamente podrán solicitar esta prestación los beneficiarios contemplados en el apartado 1 del artículo 2 de este Reglamento, siempre que en el momento del inicio del curso y en el momento de la presentación de la
solicitud reúnan la condición de beneficiario del Fondo.


3. Las solicitudes que correspondan a gastos efectuados hasta el 30 de noviembre, inclusive, deberán presentarse antes del día 15 de diciembre del mismo año.


Las solicitudes correspondientes a gastos producidos durante el mes de diciembre, se imputarán al ejercicio presupuestario siguiente.


4. Cuando la documentación aportada por el interesado sea incompleta o insuficiente o suscite alguna duda, se podrán solicitar al peticionario las aclaraciones o los documentos complementarios que se consideren necesarios. La tramitación
de la prestación quedará suspendida hasta que se aporte la documentación requerida y en todo caso hasta que tenga lugar el cierre del ejercicio presupuestario al que corresponde, momento a partir del cual será decaída la solicitud.


5. Cuando el importe de la ayuda económica en que consista una prestación, según las facturas o documentos justificativos de los gastos presentados, sea inferior a la cuantía fijada en el baremo, se abonará la cantidad efectivamente
satisfecha por el interesado, descontadas las cantidades que procedan por aplicación de las normas tributarias vigentes.


Artículo 20. Fiscalización de las prestaciones.


Los expedientes económicos derivados del Fondo de Prestaciones Sociales estarán sujetos a fiscalización de la Intervención.



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Artículo 21. Liquidación de las prestaciones.


La iniciación de los expedientes para liquidación de las prestaciones concedidas se efectuará en los siguientes plazos:


a) Anualmente, en el mes de noviembre, para las prestaciones culturales-profesionales y la ayuda al estudio de hijos e hijas menores de 25 años.


b) Semestralmente, en los meses de junio y diciembre, para la ayuda de transporte.


c) Mensualmente, para las restantes prestaciones.


Artículo 22. Extornos y participación en beneficios de las pólizas de seguros.


Los extornos legales producidos por la suscripción de pólizas de seguros tendrán la consideración de ingresos presupuestarios del Congreso de los Diputados.


Con arreglo a lo dispuesto en sus especificaciones, la participación en beneficios, cuando la haya, se ingresará en el Plan de Pensiones del Personal de las Cortes Generales (Subplan IV: Personal Eventual del Congreso de los Diputados).


Artículo 23. Reclamaciones.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, contra los acuerdos de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, se podrá
presentar, en el plazo máximo de un mes, reclamación ante el Secretario General del Congreso de los Diputados y, en su caso, contra la Resolución de éste, ante la Mesa del Congreso de los Diputados, también en el plazo de un mes.


Artículo 24. Protección de datos personales.


Los datos obrantes en cualquier fichero, archivo o expediente del Fondo de Prestaciones Sociales del Personal Eventual del Congreso de los Diputados, sólo podrán ser tratados y cedidos de acuerdo con lo que establece la normativa aplicable
en materia de protección de datos de carácter personal.


DISPOSICIÓN DEROGATORIA


Quedan derogados el Reglamento del Fondo de Prestaciones Sociales del Personal Eventual del Congreso de los Diputados, aprobado por la Mesa del Congreso de los Diputados el 18 de julio de 1991 y sus Acuerdos de modificación y desarrollo.


DISPOSICIÓN FINAL


El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


414/000002


En uso de las atribuciones conferidas por delegación de la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG, del Acuerdo de 26 de octubre de 2021, adoptado por
la Mesa del Congreso de los Diputados, por el que se aprueba el Reglamento del fondo de prestaciones sociales del personal laboral del Congreso de los Diputados.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 11





REGLAMENTO DEL FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DEL PERSONAL LABORAL DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


ÍNDICE


CAPÍTULO I. NORMAS GENERALES... (Página11)


CAPÍTULO II. PRESTACIONES DE SALUD Y SEGUROS DE VIDA E INCAPACIDAD.... (Página12)


CAPÍTULO III. PRESTACIONES CULTURALES-PROFESIONALES... (Página12)


CAPÍTULO IV. PRESTACIONES SOCIALES... (Página13)


CAPÍTULO V. PRESTACIONES PERSONALES... (Página13)


CAPÍTULO VI. RÉGIMEN DE GESTIÓN... (Página16)


DISPOSICIONES TRANSITORIAS... (Página17)


DISPOSICIÓN DEROGATORIA... (Página18)


DISPOSICIÓN FINAL... (Página18)


CAPÍTULO I


Normas generales


Artículo 1. Objeto.


El presente Reglamento se dicta en desarrollo de lo establecido en el artículo 37 y normas concordantes del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Congreso de los Diputados.


Artículo 2. Beneficiarios.


1. Es beneficiario del Fondo de Prestaciones Sociales el personal laboral del Congreso de los Diputados:


a) Que, con relación jurídica laboral en cualquiera de sus modalidades, preste servicios al Congreso de los Diputados.


b) Que se halle en situación de excedencia voluntaria en virtud de lo establecido en el artículo 21.3 del Convenio Colectivo, durante el primer año de duración de cada período de excedencia.


2. Podrán ser beneficiarios de las prestaciones de salud, además de los titulares, sus cónyuges, parejas de hecho, ascendientes y descendientes (incluido el acogimiento familiar mientras éste subsista), cuando convivan con el titular y a
sus expensas. Las circunstancias de convivencia y dependencia económica del titular se presumirán para los hijos e hijas menores de 18 años, si bien deberán figurar en su documento de asistencia sanitaria de la Seguridad Social o entidad
equivalente. En los demás supuestos, se deberá demostrar documentalmente con la declaración de la Renta.


Artículo 3. Prestaciones comprendidas.


1. El Fondo de Prestaciones Sociales comprenderá las siguientes prestaciones:


a) Salud y seguros de vida e incapacidad.


b) Culturales-profesionales.


c) Sociales.


d) Personales.



Página 12





CAPÍTULO II


Prestaciones de salud y seguros de vida e incapacidad


Artículo 4. Prestaciones de salud.


1. Las prestaciones de salud comprenderán:


a) Gastos de oftalmología, odontología, otorrinolaringología, ortopedia general y oncológica, planificación familiar y podología.


b) Gastos por fisioterapia, logopedia y tratamiento psicológico.


c) Otros gastos no cubiertos por el sistema sanitario del personal laboral del Congreso de los Diputados o de extrema necesidad.


2. Las prestaciones previstas en la letra a) del apartado 1, consistirán en una ayuda económica por los gastos efectuados, de conformidad con el baremo y con los límites y requisitos que se establezcan en el mismo.


3. Las prestaciones previstas en la letra b) del apartado 1, consistirán en una ayuda económica por los gastos efectuados, en la cuantía y límites establecidos en el baremo y, en todo caso, con una duración máxima de 18 meses. La petición
deberá efectuarse mediante la presentación del correspondiente formulario de solicitud debidamente cumplimentado, con los informes médicos que justifiquen la solicitud de prestación.


4. Las prestaciones relativas a otros gastos de enfermedad no cubiertos por la Seguridad Social o entidad de asistencia sanitaria que corresponda, o de extrema necesidad, contemplados en la letra c) del apartado 1, consistirán en una ayuda
económica cuyo importe podrá cubrir hasta un 80 por ciento de los gastos realizados.


En este caso, la petición deberá efectuarse mediante la presentación del correspondiente formulario de solicitud debidamente cumplimentado, con las facturas e informes médicos que justifiquen la solicitud de la prestación. Además, deberá
acreditarse el hecho de haber reclamado previamente y con resultado negativo el abono de dicha cantidad a la Seguridad Social o a la entidad de asistencia sanitaria que corresponda.


La apreciación de la concurrencia de los requisitos de esta prestación y la determinación del porcentaje señalado en el primer párrafo, corresponderán a la Comisión Paritaria. En el caso de prestaciones que se prolonguen en el tiempo,
existirá un límite temporal máximo de 18 meses para su concesión, siempre que no supere la cantidad máxima aprobada por dicha Comisión.


Artículo 5. Seguros de vida e incapacidad.


1. Para la prestación en materia de seguros de vida e incapacidad, se suscribirá un seguro colectivo a favor de los beneficiarios comprendidos en el apartado 1 del artículo 2, que incluirá las siguientes contingencias:


a) Vida.


b) Incapacidad profesional.


2. La cuantía del seguro podrá ser revisada periódicamente a propuesta de la Comisión Paritaria.


CAPÍTULO III


Prestaciones culturales-profesionales


Artículo 6. Prestaciones culturales-profesionales.


1. Las prestaciones culturales-profesionales tendrán como objeto la ayuda por gastos de estudios que puedan favorecer la formación y promoción profesional en el Congreso de los Diputados.



Página 13





2. Los estudios que podrán ser objeto de ayuda son los siguientes:


a) Bachillerato, Formación Profesional de Grado medio y de Grado superior, acceso a la Universidad y estudios universitarios de Grado y de Postgrado, en el que se incluyen los cursos de Master y de Doctorado.


b) Preparación de oposiciones a Cuerpos de las Cortes Generales o realización de estudios relativos a las pruebas para la provisión de vacantes en otros grupos profesionales del personal laboral del Congreso de los Diputados.


c) Idiomas.


3. La prestación consistirá en una ayuda económica de los gastos de matrícula y clases, que no podrá rebasar el módulo que se establezca en el baremo ni el límite global que se establezca en el mismo para este tipo de prestaciones y se hará
efectiva a curso vencido, excluyéndose en todo caso, los gastos relativos a material, así como libros o complementos audiovisuales.


4. Los estudios comprendidos en el apartado 2 a) consistirán en una ayuda económica cuya cuantía se establecerá en el baremo, graduada con los diferentes niveles de estudios.


5. La ayuda económica para la preparación de oposiciones a Cuerpos de las Cortes Generales o realización de estudios relativos a las pruebas para la provisión de vacantes en otros grupos profesionales del personal laboral del Congreso de
los Diputados, no podrá rebasar el módulo que se establezca en el baremo.


6. La ayuda económica para estudios de idiomas será la establecida en el baremo.


CAPÍTULO IV


Prestaciones sociales


Artículo 7. Prestaciones sociales.


Las prestaciones sociales serán las siguientes:


a) Ayuda de comedor.


b) Ayuda de transporte.


Artículo 8. Ayuda de comedor.


Con cargo al Fondo de Prestaciones Sociales se otorgará una ayuda de comedor al personal laboral del Congreso de los Diputados con el fin de obtener un precio reducido del menú en el restaurante del Congreso de los Diputados.


Artículo 9. Ayuda de transporte.


La prestación de ayuda de transporte consistirá en una ayuda económica equivalente a una parte del importe del abono mensual o anual del Consorcio Regional de Transportes de Madrid. El porcentaje correspondiente se fijará en el baremo de
prestaciones. Para la concesión de la ayuda se requiere la presentación de la factura del abono mensual o anual previamente adquirido por el beneficiario.


CAPÍTULO V


Prestaciones personales


Artículo 10. Prestaciones personales.


1. Las prestaciones personales consistirán en:


a) Ayuda de natalidad, adopción o acogimiento.


b) Ayuda al estudio de hijas e hijos huérfanos.


c) Ayuda por discapacidad de hijos o hijas.


d) Ayuda a la jubilación.



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e) Ayuda por fallecimiento del trabajador o trabajadora.


f) Ayuda por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho, hijos o hijas.


g) Ayuda por incapacidad transitoria.


h) Ayuda al estudio de hijos e hijas.


Artículo 11. Ayuda de natalidad, adopción o acogimiento.


1. La prestación de natalidad, adopción o acogimiento consistirá en una ayuda económica por nacimiento o adopción de cada hijo o hija, o acogimiento.


2. Si ambos progenitores fueran beneficiarios, sólo podrá otorgarse la prestación a uno de los dos.


3. En el caso de acogimiento preadoptivo, no procederá la concesión de nueva ayuda si se formaliza posteriormente la adopción.


Artículo 12. Ayuda al estudio de hijas e hijos huérfanos.


La prestación de ayuda al estudio de hijas e hijos huérfanos del personal laboral del Congreso de los Diputados consistirá en una ayuda económica anual para cubrir los gastos de matrícula y clases de los estudios de los que sean menores de
25 años realizados en centros públicos o concertados.


Idéntica ayuda se aplicará en el supuesto de acogimiento familiar mientras subsista el mismo.


Artículo 13. Ayuda por discapacidad de hijos o hijas.


1. La prestación por discapacidad de hijos o hijas, consistirá en una ayuda económica hasta el 80 por ciento de los gastos de tratamiento, recuperación o educación, en función del grado de discapacidad que se establezca en el baremo, y que
deberá ser en todo caso igual o superior al 33 por ciento.


Idéntica ayuda se aplicará en el supuesto de acogimiento familiar mientras subsista el mismo.


Para la obtención de esta prestación será preciso aportar la resolución de la Comunidad de Madrid u órgano competente, por la que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como una declaración responsable
de la persona solicitante que acredite que no percibe, ni tiene derecho a percibir, ningún tipo de ayuda por este concepto para el mismo beneficiario.


2. Si ambos progenitores fueran beneficiarios de este Fondo, sólo podrá otorgarse la prestación a uno de los dos.


Artículo 14. Ayuda a la jubilación.


La ayuda a la jubilación consistirá:


a) En una ayuda económica única que se abonará con motivo de la jubilación de conformidad con el baremo.


b) Asimismo, con motivo de la jubilación, se abonará el doble de una cantidad igual a las dos terceras partes del sueldo, así como el doble del importe de las anualidades y de la antigüedad percibidos mensualmente.


c) También podrá concederse al personal laboral jubilado una complementación de ingresos, en los términos señalados en el artículo 15, en la cuantía resultante de restar del 50 por ciento del límite máximo en cómputo anual, que para las
pensiones públicas establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año, los ingresos íntegros anuales de la persona beneficiaria obtenidos por pensiones públicas o privadas o provenientes de otras rentas acumuladas por cualquier
concepto. La cuantía anual será abonada al beneficiario en doce mensualidades.


Artículo 15. Complementación de ingresos.


1. Tendrá derecho a la complementación de ingresos prevista en el artículo 14 c) el personal laboral del Congreso de los Diputados jubilado que reúna todos los requisitos siguientes:


a) Tener 65 años cumplidos y haber prestado al menos 20 años de servicio en el Congreso de los Diputados.



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b) No percibir en concepto de pensiones públicas o privadas, u otras rentas acumuladas por cualquier concepto, unos ingresos íntegros superiores al 50 por 100 del límite máximo que para las pensiones públicas establezca la Ley de
Presupuestos Generales del Estado de cada año.


2. La solicitud de la prestación de complementación de ingresos, que en todo caso será a instancia de la persona interesada, deberá acompañarse de la documentación siguiente:


a) Documento Nacional de Identidad.


b) Declaración de la Renta del último período impositivo.


c) Documento de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con los datos fiscales de que disponga correspondientes a dicho ejercicio.


d) Certificado de las cantidades que se perciban por pensiones públicas o privadas o por cualquier otro concepto.


3. Anualmente, tras la presentación de la documentación requerida, se procederá a la actualización automática del importe de la complementación, de acuerdo con lo establecido en este artículo.


4. La falta de presentación de la documentación requerida, determinará la suspensión automática de la complementación de ingresos hasta su presentación.


5. Las solicitudes aprobadas surtirán efecto desde la fecha de su presentación.


Artículo 16. Ayuda por fallecimiento del trabajador o trabajadora.


Con motivo del fallecimiento del trabajador o trabajadora se abonará, al cónyuge o pareja de hecho no separado legalmente o, en su defecto, a los hijos o hijas menores de edad de la trabajadora o trabajador fallecido, el doble de una
cantidad igual a las dos terceras partes del sueldo, así como el doble del importe de las anualidades y de la antigüedad percibidos mensualmente.


Artículo 17. Ayuda por fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho, hijos o hijas.


La ayuda por fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho, hijos o hijas menores de edad del trabajador o trabajadora, consistirá en una cantidad cuya cuantía se establecerá en el baremo.


Artículo 18. Ayuda por incapacidad transitoria.


1. La prestación por incapacidad transitoria consistirá en una ayuda económica mensual que completará hasta el 100 por ciento de las retribuciones básicas del trabajador o trabajadora que, habiendo estado en situación de incapacidad laboral
transitoria durante un año, obtenga prórroga por seis meses al amparo de lo establecido en la legislación vigente de Seguridad Social.


2. Serán beneficiarios de esta prestación los trabajadores y trabajadoras comprendidos en la letra a) del apartado 1 del artículo 2.


3. Esta ayuda podrá percibirse por un período máximo de seis meses.


Artículo 19. Ayuda al estudio de hijos e hijas.


1. La prestación de ayuda al estudio de hijos e hijas menores de 25 años consistirá en una ayuda económica, cuya cuantía se establecerá en el baremo, graduada de conformidad con las distintas etapas educativas.


Idéntica ayuda se aplicará en el supuesto de acogimiento familiar mientras subsista el mismo.


2. Si ambos progenitores fueran beneficiarios del Fondo, sólo podrá otorgarse la prestación a uno de los dos y en caso de separación o divorcio se podrá solicitar el abono del 50 por ciento por cada uno de ellos, siempre que sea de común
acuerdo.



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CAPÍTULO VI


Régimen de gestión


Artículo 20. Competencias de la Comisión Paritaria del Congreso de los Diputados.


1. Corresponden a la Comisión Paritaria de Congreso de los Diputados las siguientes atribuciones:


a) La negociación anual de las cuantías correspondientes a las distintas prestaciones y de los baremos y límites que, en cada caso, hayan de establecerse.


b) La negociación sobre la suscripción de pólizas de cobertura de las prestaciones que lo requieran.


c) Efectuar el seguimiento de la gestión del Fondo de Prestaciones Sociales realizada por la Administración Parlamentaria, para lo cual tendrá acceso a toda la documentación relativa al mismo.


d) Acordar la concesión, cuando proceda, de las prestaciones reguladas en el apartado 4 del artículo 4, así como de aquéllas que le someta la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior.


e) Informar con carácter preceptivo pero no vinculante las reclamaciones que se produzcan por razón de la concesión de las prestaciones establecidas en el apartado 4 del artículo 4.


f) Aprobar los modelos de solicitud para las prestaciones.


2. Las propuestas de la Comisión Paritaria sobre cuantías, baremos y límites se elevarán a la Mesa del Congreso de los Diputados para su aprobación.


Artículo 21. Gestión de las prestaciones sociales.


Corresponden a la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados las siguientes atribuciones en relación con el Fondo de Prestaciones Sociales:


a) La comprobación documental y la concesión de las solicitudes relativas a todas las prestaciones, salvo las establecidas en el artículo 4.1 c).


b) La comprobación documental y el traslado a la Comisión Paritaria del Congreso de los Diputados de las solicitudes referentes a prestaciones que ésta deba resolver.


c) La iniciación de los expedientes económicos relativos al Fondo de Prestaciones Sociales, que tendrán en cuenta, en todo caso, el régimen tributario de las distintas prestaciones.


d) La gestión administrativa de las prestaciones.


Artículo 22. Presentación de solicitudes de prestaciones.


1. Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través del correspondiente portal en la intranet, acompañadas de los documentos acreditativos de los gastos efectuados o de las circunstancias que deban justificarse, según lo requerido en
cada caso.


2. Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento del ejercicio presupuestario, con las siguientes excepciones:


a) Las referidas a prestaciones culturales-profesionales se presentarán en el mes de octubre del mismo año en que finalice el curso para el que se requiere la ayuda.


b) Las referidas a ayuda al estudio de hijos menores de 25 años, que se presentarán en el mes de octubre del mismo año en que finalice el curso para el que se requiere la ayuda.


En uno y otro caso únicamente podrán solicitar esta prestación los beneficiarios contemplados en el apartado 1 del artículo 2 de este Reglamento, siempre que en el momento del inicio del curso y en el momento de la presentación de la
solicitud reúnan la condición de beneficiario del Fondo.


3. Las solicitudes que correspondan a gastos efectuados hasta el 30 de noviembre, inclusive, deberán presentarse antes del día 15 de diciembre del mismo año.


Las solicitudes correspondientes a gastos producidos durante el mes de diciembre, se imputarán al ejercicio presupuestario siguiente.


4. Cuando la documentación aportada por el interesado sea incompleta o insuficiente o suscite alguna duda, se podrán solicitar al peticionario las aclaraciones o los documentos complementarios que se consideren necesarios. La tramitación
de la prestación quedará suspendida hasta que se aporte la



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documentación requerida y en todo caso hasta que tenga lugar el cierre del ejercicio presupuestario al que corresponde, momento a partir del cual será decaída la solicitud.


5. Cuando el importe de la ayuda económica en que consista una prestación, según las facturas o documentos justificativos de los gastos presentados, sea inferior a la cuantía fijada en el baremo, se abonará la cantidad efectivamente
satisfecha por el interesado, descontadas las cantidades que procedan por aplicación de las normas tributarias vigentes.


Artículo 23. Fiscalización de las prestaciones.


Los expedientes económicos derivados del Fondo de Prestaciones Sociales estarán sujetos a fiscalización de la Intervención.


Artículo 24. Liquidación de las prestaciones.


1. La iniciación de los expedientes para liquidación de las prestaciones concedidas se efectuará en los siguientes plazos:


a) Anualmente, en el mes de noviembre, para las prestaciones culturales-profesionales y la ayuda al estudio de hijos e hijas menores de 25 años.


b) Semestralmente, en los meses de junio y diciembre, para la ayuda de transporte.


c) Mensualmente, para las restantes prestaciones.


2. La Comisión Paritaria tendrá a su disposición en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados el estado de liquidación de la dotación presupuestaria correspondiente al Fondo
de Prestaciones Sociales.


Artículo 25. Extornos y participación en beneficios de las pólizas de seguros.


Los extornos legales producidos por la suscripción de pólizas de seguros tendrán la consideración de ingresos presupuestarios del Congreso de los Diputados.


Con arreglo a lo dispuesto en sus especificaciones, la participación en beneficios, cuando la haya, se ingresará en el Plan de Pensiones del Personal de las Cortes Generales (Subplan II: Personal Laboral del Congreso de los Diputados).


Artículo 26. Reclamaciones.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, contra los acuerdos de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, se podrá
presentar, en el plazo máximo de un mes, reclamación ante el Secretario General del Congreso de los Diputados y, en su caso, contra la Resolución de éste, ante la Mesa del Congreso de los Diputados, también en el plazo de un mes.


Igualmente, contra los acuerdos de la Comisión Paritaria, prevista en el artículo 20, se podrá presentar, en el plazo máximo de un mes, reclamación ante la Mesa del Congreso de los Diputados.


Artículo 27. Protección de datos personales.


Los datos obrantes en cualquier fichero, archivo o expediente del Fondo de Prestaciones Sociales del Personal Laboral del Congreso de los Diputados, sólo podrán ser tratados y cedidos de acuerdo con lo que establece la normativa aplicable en
materia de protección de datos de carácter personal.


DISPOSICIÓN TRANSITORIA


Las solicitudes de prestaciones culturales-profesionales y ayuda al estudio de hijos menores de 25 años en el supuesto de jubilación del personal laboral del Congreso de los Diputados, con independencia de lo establecido en el artículo 22.2
a) y b) podrán presentarse en el momento en que se produzca la jubilación, si bien su liquidación se efectuará con arreglo a lo dispuesto en el artículo 24.1 a).



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DISPOSICIÓN DEROGATORIA


Quedan derogados el Reglamento del Fondo de Prestaciones Sociales del Personal Laboral del Congreso de los Diputados, aprobado por la Mesa del Congreso de los Diputados el 18 de julio de 1991 y sus Acuerdos de modificación y desarrollo.


DISPOSICIÓN FINAL


El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/002659 y 161/003145


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 13 de octubre de 2021, adoptó el acuerdo de desestimar las siguientes iniciativas.


- Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas urgentes en defensa de España frente a la agresión sufrida por parte de Marruecos en Ceuta (núm. expte. 161/002659), presentada por el Grupo Parlamentario VOX, y publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 284, de 2 de junio de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


- Proposición no de Ley sobre condena a la represión ejercida por el régimen de Daniel Ortega y contra la detención del Premio Cervantes Sergio Ramírez (núm. expte. 161/003145), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 332, de 28 de septiembre de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de supresión a la Proposición no de Ley relativa a la adopción de
medidas urgentes en defensa de España frente a la agresión sufrida por parte de Marruecos en Ceuta (Núm. expte. 161/002659), presentada por el Grupo Parlamentario VOX, cuyo debate y votación está incluido en el punto 12º del orden del día de la
sesión 20 de la Comisión de Asuntos Exteriores, que se celebrará el próximo miércoles, 13 de octubre de 2021.


Enmienda


De supresión.



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Texto que se propone:


Se suprime el texto de los apartados séptimo y octavo de la parte dispositiva.


Justificación.


Las medidas propuestas en los citados puntos han perdido su razón de ser teniendo en cuenta la evolución de la situación diplomática existente entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, pudiendo en el momento actual no ser procedentes
del mismo modo que sí lo eran en el momento del registro de la iniciativa.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre condena a la represión ejercida por el régimen de Daniel Ortega y contra la detención del Premio Cervantes Sergio Ramírez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/003145).


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. 'Condenar al gobierno represivo de Daniel Ortega por la violación de las libertades [...] en el país'.


2. 'Condenar la persecución contra líderes y actores de la oposición y la orden [...] su persona'.


3. 'Exigir la liberación de todos los presos políticos y la anulación de todos los cargos y procesos judiciales contra ellos, así como el respeto de los derechos de todos los ciudadanos en Nicaragua.


4. Supresión del apartado.


5. Liderar la acción de la Unión Europea e impulsar todas las iniciativas necesarias, incluyendo la posibilidad de imponer nuevas sanciones a miembros del régimen.'


[...] resto igual [...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002803


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 13 de octubre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley relativa al refuerzo de las relaciones transatlánticas con los Estados Unidos de América, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 297, de 22 de junio de 2021, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Reforzar las relaciones transatlánticas tanto a nivel bilateral, diversificando y ampliando las relaciones institucionales en distintos niveles; como en el ámbito de una Unión Europea unida y fuerte mediante, entre otros aspectos, una
estrecha concertación en organismos multilaterales como las Naciones Unidas.


2. Colaborar con Estados Unidos en la reforma de la Organización Mundial de Comercio, la búsqueda de una solución negociada a las disputas comerciales, mejorar la cooperación en áreas de interés mutuo y coordinar las respuestas para evitar
distorsiones comerciales que harían más costosa la lucha contra la pandemia y, al mismo tiempo, sentar las bases de un comercio resistente, justo y abierto al futuro.



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3. Impulsar la gobernanza internacional y la colaboración para la refundación del sistema multilateral, teniendo en cuenta a las Naciones Unidas y el G20, manteniendo siempre la Agenda 2030 y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) como hoja de ruta.


4. Mantener la cooperación en materia de seguridad y defensa, incluyendo el desarrollo del Convenio Bilateral de Defensa, de 1988.


5. Fortalecer los vínculos culturales y educativos con los Estados Unidos, incluyendo la apertura de más centros del Instituto Cervantes.


6. Colaborar en ámbitos como la lucha contra el cambio climático o la defensa de la democracia.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon siete enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas de modificación y supresión a la Proposición no de Ley relativa al
refuerzo de las relaciones transatlánticas con los Estados Unidos de América (Núm. expte.161/002803), presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, cuyo debate y votación está incluido en el punto 13.° del orden del día de la sesión 20 de la
Comisión de Asuntos Exteriores, que se celebrará el próximo miércoles, 13 de octubre de 2021.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el texto del apartado primero de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'Reforzar las relaciones transatlánticas a nivel bilateral, diversificando y ampliando las relaciones institucionales en distintos niveles, especialmente en el ámbito de la Unión Europea.'


Justificación.


La actuación española en los distintos organismos internacionales de carácter multilateral a los que pertenece debería encontrarse guiada siempre por el interés nacional español. Por eso mismo, se debe actuar en estrecha concertación con
Estados Unidos o cualesquiera otros aliados del Reino de España, en la Organización de las Naciones Unidas o cualesquiera otras organizaciones, siempre y cuando dicha concertación responda al interés nacional español y no bajo cualquier
circunstancia.


Enmienda


De supresión.


Texto que se propone:


Se suprime el texto del apartado tercero de la parte dispositiva.


Justificación.


'Impulsar la Gobernanza internacional' y 'mantener siempre la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenibles como hoja de ruta' no responden a los intereses nacionales del Reino de España. De hecho, estas agendas globalista pretenden
la destrucción de las clases medias, la liquidación de la soberanía de las naciones, la desindustrialización de países como España por su nueva religión climática



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y el ataque a la familia, la vida y las raíces comunes de Occidente. En contraposición, España debería tener como objetivos guía robustecer los vínculos que nos unen (tanto entre peninsulares como con los pueblos hermanos de ultramar),
preservar nuestra identidad nacional, fomentar la natalidad y las familias, recuperar nuestra soberanía energética e industrial y cuidar las libertades amenazadas por los nuevos totalitarismos y la inmigración ilegal masiva, protegiendo a los
españoles y atendiendo a sus necesidades, de tal manera que nuestros hijos y nietos gocen de un futuro de libertad, igualdad, prosperidad, justicia y respeto por sus valores y tradiciones.


En este mismo sentido se expresa la Ley 2/ 2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado la cual, en su artículo 1.2, define la Política Exterior de España en los siguientes términos:


'a) Política Exterior: el conjunto de decisiones y acciones del Gobierno en sus relaciones con otros actores de la escena internacional, con objeto de definir, promover, desarrollar y defender los valores e intereses de España en el
exterior.'


Por tanto, no deben supeditarse nuestras relaciones con un país tan importante como los Estados Unidos de América a los estrechos márgenes de estas agendas globalistas, en las que los intereses nacionales del Reino de España no se encuentran
contemplados y que, más bien al contrario, resultan muy perjudiciales para los mismos.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el texto del apartado sexto de la parte dispositiva, quedando su redacción como sigue:


'Colaborar en ámbitos como la defensa de la democracia, la libertad, el respeto a los derechos fundamentales y el Estado de derecho.'


Justificación.


La agenda ecologista ha provocado un aumento artificial del precio de la energía que cuesta caro a los consumidores españoles. Así, el único plan para proteger el medio ambiente es la subida de impuestos y la desindustrialización de países
como España. Esto va en contra de los intereses de nuestra Nación y, por tanto, no debe ser susceptible de verse incluido como un elemento director de nuestras relaciones con los Estados Unidos.


En cambio, la defensa de valores como la libertad, la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de derecho se encuentra recogida en el artículo 2.2 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado,
el cual establece lo siguiente:


'c) La promoción y consolidación de sistemas políticos basados en el Estado de Derecho y en el respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas.'


Por tanto, España debe colaborar en estrecha relación con los Estados Unidos para la promoción de estos fines a nivel global, especialmente en su área de influencia (e.g. Iberoamérica), fines mucho más importantes y necesarios para la
consecución de la paz y prosperidad mundial y una situación internacional estable y sólida.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



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presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Socialista, en refuerzo de las Relaciones Transatlánticas con los Estados Unidos de América.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'1. Promover una agenda más amplia en las relaciones bilaterales con Estados Unidos y una mayor cooperación en ámbitos de interés mutuo y global, como son la economía y el comercio justo, la cultura y la educación, la tecnología, la lucha
contra el cambio climático, la desinformación y la promoción de la paz, la democracia, la soberanía de pueblos, los derechos humanos y la equidad de género.


2. Colaborar con Estados Unidos en la reforma de la Organización Mundial de Comercio que profundice su democratización; en la búsqueda de una solución negociada a las disputas comerciales; coordinar las respuestas para evitar distorsiones
comerciales que harían más costosa la lucha contra la pandemia y, al mismo tiempo, sentar las bases de un comercio justo, sostenible y abierto del futuro.


3. Impulsar la gobernanza internacional y la colaboración para la refundación democrática del sistema multilateral, teniendo en cuenta a las Naciones Unidas y el G20, manteniendo siempre la Agenda 2030 y el cumplimiento de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) como hoja de ruta.


4. Mantener la cooperación en materia de seguridad y defensa.


5. Fortalecer los vínculos culturales y educativos con los Estados Unidos, incluyendo la posibilidad de apertura de más centros del Instituto Cervantes cuando así proceda, teniendo en cuenta las necesidades del sector cultural de nuestro
país en cuanto a cooperación internacional en materia cultural.'


Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


De supresión.


'6. Colaborar en ámbitos como la lucha contra el cambio climático o la defensa de la democracia.'


Justificación.


Contenido incluido en la propuesta de modificación del punto 1.


Enmienda


De adición.


'6. Reforzar la colaboración con el actual Gobierno de EEUU en materia de justicia fiscal internacional, dando impulso a los acuerdos para establecer un impuesto mínimo de sociedades universal como el que ha propuesto el propio gobierno
estadounidense, entre otras medidas para perseguir y acabar con la evasión fiscal y el dumping fiscal a nivel internacional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Socialista, relativa al refuerzo de las relaciones transatlánticas con los Estados Unidos de América.



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Enmienda


De adición.


Se propone añadir el siguiente punto:


'Reforzar la cooperación con el Gobierno de Estados Unidos en la protección de los derechos humanos y la promoción de la libertad y la democracia, especialmente ante las dictaduras de Cuba, Venezuela y Nicaragua.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003036


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 13 de octubre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la situación de las mujeres y las niñas en Afganistán, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 320, de 8 de septiembre de 2021, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Condenar todas las acciones que pongan en peligro la seguridad, los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres, las adolescentes y las niñas en Afganistán.


2. Manifestar nuestra preocupación por la situación de las mujeres y las niñas en Afganistán y comprometernos a trabajar para evitar que se vulneren sus derechos fundamentales, incluido su derecho a decidir sobre su propia vida, a la
educación, al trabajo, a la libertad religiosa, a la participación política, económica, social o cultural, así como el derecho a vivir libres de violencia de género, incluida la violencia sexual, el matrimonio forzado y el matrimonio infantil.


3. Hacer un llamamiento a la comunidad internacional, tanto a Naciones Unidas como a la UE, para que inicie actuaciones dirigidas a preservar la vida de las mujeres y niñas afganas, de forma que todos los procesos de diálogo y de
cooperación actual y futura incluyan la condicionalidad de la garantía de los derechos de las mujeres y las niñas, así como su reconocimiento como ciudadanas en igualdad.


4. Hacer un llamamiento para que, ante la previsible llegada de refugiados afganos y especialmente mujeres y niñas, la UE adopte las medidas necesarias para que todos los países de la UE contribuyan de manera solidaria a la acogida de esta
nueva ola de refugiados desde el principio de la responsabilidad compartida.


5. Apoyar al Gobierno de España e impulsar su propuesta de recepción de las personas que han trabajado para las instituciones europeas durante estos años, e instarle a que trabaje, junto a estas mismas instituciones, a adoptar las medidas
de protección dirigidas a aquellas mujeres que se encuentren en situación de riesgo por motivos vinculados a su género o a su religión, así como a aquellas otras que han luchado y luchan a favor de los derechos de las mujeres y las niñas, a las
defensoras de los derechos humanos, a los familiares de la ciudadanía afgana que reside en el Estado español y a aquellas profesionales que durante estos años han trabajado por la construcción de la libertad y la democracia en Afganistán.


6. Continuar urgentemente con los trámites necesarios para la resolución de las extensiones familiares de asilo, flexibilizando los requisitos y la burocracia administrativa, en el marco de la protección internacional y de la legislación
española al respecto, para velar por el cumplimiento del derecho a la vida en familia de las personas refugiadas y beneficiarias de protección subsidiaria, garantizando el mantenimiento de la unidad familiar.


7. Habilitar la posibilidad de que la población afgana pueda solicitar protección internacional en las embajadas y consulados españoles, cumpliendo así con el artículo 38 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre,



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reguladora del derecho de asilo, y con lo determinado por el Tribunal Supremo en su sentencia del 15 de octubre de 2020.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon seis enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la Diputada Marta Rosique i Saltor, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista sobre la situación de las mujeres y las niñas en Afganistán.


Enmienda


De modificación.


Se propone el siguiente texto:


'3. Apoyar al Gobierno de España en su propuesta de recepción de las personas que han trabajado para las instituciones europeas durante estos años, e instarle a que trabaje, junto a estas mismas instituciones, a adoptar las medidas de
protección dirigidas a aquellas mujeres que se encuentren en situación de riesgo por motivos vinculados a su género, así como a aquellas otras que han luchado y luchan a favor de los derechos de las mujeres y las niñas, a las defensoras de los
derechos humanos, a los familiares de la ciudadanía afgana que reside en el estado español y a aquellas profesionales que durante estos años han trabajado por la construcción de la libertad y la democracia en Afganistán.'


Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Se propone el siguiente texto:


'4. Continuar urgentemente con los trámites necesarios para la resolución de las extensiones familiares del asilo, flexibilizando los requisitos y la burocracia administrativa, en el marco de la protección internacional y de la legislación
española al respecto, para velar por el cumplimiento del derecho a la vida en familia de las personas refugiadas y beneficiarlas de protección subsidiaria, garantizando el mantenimiento de la unidad familiar.'


Justificación.


Cumplimiento de normas jurídicas.


Enmienda


De adición.


Se propone el siguiente texto:


'5. Trabajar en la implementación de visados electrónicos de emergencia para las personas refugiadas, para que la ciudadanía afgana pueda solicitar por Internet un visado especial.'


Justificación


Cumplimiento de normas jurídicas.



Página 25





Enmienda


De adición.


Se propone el siguiente texto:


'6. Habilitar la posibilidad de que la población afgana pueda solicitar protección internacional en las embajadas y consulados españoles, cumpliendo así con el artículo 38 de la Ley de Asilo 12/2009 y con lo determinado por el Tribunal
Supremo en su sentencia del 15/10/2020.'


Justificación.


Cumplimiento de normas jurídicas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2021.-Marta Rosique i Saltor, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre la situación de las mujeres y las niñas en Afganistán.


Enmienda


De modificación.


Se propone modificar el texto en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Manifestar su preocupación por la situación de las mujeres y las niñas en Afganistán y comprometerse a trabajar para evitar que se vulneren sus derechos fundamentales, incluido su derecho a decidir sobre su propia vida, a la educación,
al trabajo, a la libertad religiosa, a la participación política, económica, social o cultural, así como el derecho a vivir libres de violencia de género, incluida la violencia sexual, el matrimonio forzado y el matrimonio infantil.


2. Hacer un llamamiento a la comunidad internacional, tanto a Naciones Unidas como a la UE, para que inicie actuaciones dirigidas a preservar la vida de las mujeres y niñas afganas, de forma que todos los procesos de diálogo y de
cooperación actual y futura incluyan la condicionalidad de la garantía de los derechos de las mujeres y las niñas, así como su reconocimiento como ciudadanas en igualdad.


Y declara:


3. Apoyar al Gobierno de España en su propuesta de recepción de las personas que han trabajado para las instituciones europeas desde su llegada al terreno, e instarle a que trabaje, junto a estas mismas instituciones, a adoptar las medidas
de protección dirigidas a aquellas mujeres que se encuentren en situación de riesgo por motivos vinculados a su género o a su religión, así como a aquellas otras que han luchado y luchan a favor de los derechos de las mujeres y las niñas, a las
defensoras de los derechos humanos, y a aquellas profesionales que durante estos años han trabajado por la construcción de la libertad y la democracia en Afganistán.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 26





A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista sobre la situación de las
mujeres y las niñas en Afganistán.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


'4. Condecorar, con la Cruz al Mérito Militar con Distintivo Rojo, con la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Rojo y con la Cruz al Mérito Civil con Distintivo Rojo, respectivamente, a los integrantes de las Fuerzas Armadas, de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y del cuerpo diplomático y de la Administración que participaron en los diferentes dispositivos de repatriación de nacionales españoles de Afganistán y de evacuación de colaboradores, mujeres y niñas afganas
ante el avance talibán en el país.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-María Carmen Martínez Granados, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/003108


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 13 de octubre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la crisis humanitaria en Afganistán, presentada por el Grupo Parlamentario Plural y
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 328, de 21 de septiembre de 2021, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aplicar el Real Decreto 1325 de 24 de octubre de 2003, que aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, que transpone la Directiva 2001/55/CE.


2. Facilitar y promover una respuesta rápida y positiva, a la altura de la gravedad de las circunstancias, a las resoluciones de protección internacional de solicitantes procedentes de Afganistán, resolviendo posibles situaciones de demora
en la resolución administrativa de solicitudes de autorización de protección internacional, residencia y/o trabajo por parte de personas afganas, teniendo en cuenta que Afganistán no es un país seguro.


3. Contribuir mediante ayudas humanitarias directas, y a través de aquellos mecanismos multilaterales que se habiliten a tal efecto, a aliviar y mitigar la desprotección de la población civil afgana que permanezca en el país, sin que ello
conlleve cualquier tipo de reconocimiento al nuevo régimen Talibán de Afganistán.


4. Presionar por todos los medios a los insurgentes para evitar que se produzca una nueva oleada de delitos contra el patrimonio artístico y cultural universal en Afganistán, facilitando y promoviendo la persecución judicial internacional
de infractores tanto en estos casos como también en casos de delitos relacionados con el tráfico internacional de arte, atendiendo a la petición del comunicado emitido por el Consejo Internacional de Museos (ICOM). En todos los casos, favorecer la
protección del patrimonio contenido en la lista roja de objetos culturales protegidos en riesgo en Afganistán emitida por esta entidad.


5. Dar su apoyo a la oposición democrática afgana que desde el interior o desde el exilio se organice en defensa de los derechos humanos de toda la población afgana y de un Estado afgano laico y que no discrimine contra sus ciudadanos en
función de su sexo, género, identidad, orientación sexual, religión o credo, ni por ningún otro rasgo personal o característica fruto de la libertad de pensamiento.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.



Página 27





Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la crisis humanitaria en Afganistán, del Grupo Parlamentario Plural.


Enmienda


Al punto 1.


De adición.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. En base al artículo 25 del Reglamento 810/2009 del Parlamento y del Consejo de la Unión por el que se establece un código comunitario de visados impulsar la creación de un corredor humanitario que contribuya a la evacuación de la
población afgana en situación de riesgo propiciando una entrada regular a la Unión Europea. En dicho proceso se atenderán con prioridad aquellas situaciones de vulnerabilidad cierta e inmediata a fin de que las actividades de evacuación,
reubicación o reasentamiento no puedan interpretarse como una invitación genérica a abandonar el país. Al mismo tiempo y a la par, se realizarán sólidas campañas de ayuda humanitaria en favor de los desplazados internos en Afganistán.'


[...] resto igual [...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003245


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 13 de octubre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la celebración del 12 de octubre en las embajadas de España en Iberoamérica, presentada por
el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 343, de 14 de octubre de 2021, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a invitar el 12 de octubre a la recepción que organizan las embajadas de España en todo el mundo a todos los representantes de la sociedad civil y de la política que defienden las causas de la
libertad y la democracia.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 28





A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la celebración del 12 de octubre en las embajadas de España en Iberoamérica, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a invitar el 12 de octubre a la recepción que organizan las embajadas de España en todo el mundo a todos los representantes de la sociedad civil y de la política que defienden las causas de la
libertad y la democracia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003269


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 13 de octubre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a impulsar el proceso de diálogo y negociación sobre Venezuela, protegiendo el bienestar
del pueblo venezolano y su soberanía, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 343, de 14 de octubre de 2021, en los
siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Apoyar e impulsar los acuerdos alcanzados entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y la Plataforma Unitaria de Venezuela, que enfatizan la necesidad de poner el bienestar del pueblo venezolano en el centro de atención,
dando prioridad al abordaje de las medidas de protección social al pueblo venezolano.


2. Poner en valor en el marco del multilateralismo, la Mesa del Proceso de Diálogo y Negociación sobre Venezuela y animar al Gobierno y a la Plataforma Unitaria a continuar el proceso emprendido, como vía de entendimiento para defender la
soberanía del pueblo venezolano desde la diversidad sociopolítica del país.


3. Respaldar los esfuerzos realizados por los Gobiernos de México, Noruega, Países Bajos y Rusia, con el objetivo de facilitar este proceso negociador, reiterando su compromiso con una solución política, dirigida por los propios
venezolanos.


4. Respaldar el marco de diálogo establecido entre los diferentes sectores del país para una salida negociada pactada y pacífica que permita a la ciudadanía venezolana decidir sobre su futuro político en unas elecciones democráticas y se
proceda al levantamiento de las sanciones existentes.


5. Promover en el marco del diálogo entre los distintos países iberoamericanos la búsqueda de una solución para hacer frente a la crisis humanitaria que implican un altísimo número de desplazados, migrantes y refugiados venezolanos, más de
5 millones según ACNUR, fenómeno que afecta en mayor o menor medida a todos los países iberoamericanos y no sólo a los países con los que Venezuela comparte fronteras.


6. Seguir reforzando con medios humanos y materiales la Oficina de Asilo y Refugio para poder resolver con mayor celeridad las solicitudes de protección internacional que realizan a España ciudadanos venezolanos, así como de otros países
del mundo.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 29





A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a impulsar el proceso de diálogo y negociación sobre Venezuela, protegiendo el bienestar del pueblo venezolano y su soberanía, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Enmienda


De adición.


'4. Intensificar, en el marco del diálogo entre los distintos países iberoamericanos y los diferentes sectores del país una salida negociada, pactada y pacífica que tenga como fin la celebración de elecciones libres y con garantías
democráticas en donde la ciudadanía venezolana decida libremente su futuro político.


5. Promover en el marco del diálogo entre los distintos países iberoamericanos la búsqueda de una solución para hacer frente a la crisis humanitaria que implican un altísimo número de desplazados, migrantes y refugiados venezolanos, más de
5 millones según ACNUR, fenómeno que afecta en mayor o menor medida a todos los países iberoamericanos y no sólo los países con los que Venezuela comparte fronteras.


6. Seguir reforzando de medios humanos y materiales la Oficina de Asilo y Refugio para poder resolver con mayor celeridad las solicitudes de protección internacional que realizan a España ciudadanos venezolanos, así como de otros países del
mundo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003271


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 13 de octubre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley en apoyo y solidaridad con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la protección y defensa
del medioambiente y de las instituciones democráticas, presentada por los Grupos Parlamentarios Republicano y Plural y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 343, de 14 de octubre de 2021, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados apoya y se solidariza con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la protección y defensa del medioambiente y las instituciones democráticas y:


1. Traslada la preocupación creciente por la situación de los derechos del pueblo brasileño y, en especial, por la falta de una política decidida en contra de la COVID-19.


2. Muestra su consternación y su preocupación por el uso de la fuerza contra la ciudadanía y traslada su solidaridad especialmente con los pueblos indígenas, quilombolas, población afrodescendiente, colectivo LGTBI+, Pueblo Gitano, mujeres,
infancia y juventud.


3. Pide que se respeten y se garanticen los derechos humanos de la ciudadanía brasileña.


4. Reconoce los trabajos realizados por el Senado brasileño en su lucha contra la pandemia y la COVID-19 y pide mayores esfuerzos para controlarla, y proteger a la población.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 30





A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley en apoyo y solidaridad con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la protección y defensa del medioambiente y de las instituciones democráticas, de los Grupos Parlamentarios Republicano y Plural.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados apoya y se solidariza con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la protección y defensa del medioambiente y las instituciones democráticas y:


1. Traslada la preocupación creciente por la situación de los derechos del pueblo brasileño y, en especial, por la falta de una política decidida en contra de la COVID-19.


2. Muestra su consternación y su preocupación por el uso de la fuerza contra la ciudadanía y traslada su solidaridad especialmente con los pueblos indígenas, quilombolas, población afrodescendiente, colectivo LGTBI+, Pueblo Gitano, mujeres,
infancia y juventud.


3. Pide que se respeten y se garanticen los derechos humanos de la ciudadanía brasileña.


4. Reconoce los trabajos realizados por el Senado brasileño en su lucha contra la pandemia y la COVID-19 y pide mayores esfuerzos para controlarla, y proteger a la población.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/002297, 161/002973, 161/003059, 161/003170 y 161/003244


La Comisión de Hacienda y Función Pública, en su sesión del día 21 de octubre de 2021, adoptó el acuerdo de desestimar las siguientes iniciativas:


- Proposición no de Ley relativa a que la cantidad equivalente al IVA de la donación de alimentos se invierta en más alimentos (núm. expte. 161/002297), presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, y publicada en el 'BOCG. Congreso
de los Diputados', serie D, núm. 249, de 30 de marzo de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


- Proposición no de Ley relativa a promover la puesta a disposición de la red de fibra óptica por parte de Red Eléctrica de España a las zonas despobladas del país (núm. expte. 161/002973), presentada por el Grupo Parlamentario VOX, y
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 315, de 6 de agosto de 2021.


A dicha Proposición no de Ley no se formularon enmiendas.


- Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a aumentar el presupuesto y la plantilla del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno para que pueda realizar eficazmente sus funciones como órgano democrático de control (núm. expte.
161/003059), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 322, de 10 de septiembre de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


- Proposición no de Ley sobre la aprobación de una deducción fiscal estatal, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para aquellos empleadores que tengan contratada a



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una persona por la que se efectúen cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social (núm. expte. 161/003170), presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, y publicada en el 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, núm. 337, de 5 de octubre de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


- Proposición no de Ley sobre los compromisos asumidos en el Plan de Recuperación (núm. expte. 161/003244), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm.
343, de 14 de octubre de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias de Ferran Bel Accensi, Diputado del PDeCAT, y al amparo de lo previsto en el artículo 194.2 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición
No de Ley, del Grupo Parlamentario Republicano, relativa a que la cantidad equivalente al IVA de la donación de alimentos se invierta en más alimentos (núm expte. 161/002297).


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a iniciar las iniciativas legislativas pertinentes, en el periodo máximo de 6 meses, para que la cantidad equivalente al IVA estatal de las donaciones de alimentos recaudado en cada
Comunidad Autónoma sea destinada a esta para la compra de más alimentos y productos de primera necesidad.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2021.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-El Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación al articulado de la Proposición no de Ley Relativa a
que la cantidad equivalente al IVA de la donación de alimentos se invierta en más alimentos (Grupo Parlamentario Republicano. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 249, de 30 de marzo de 2021. Número de Expediente 161/002297), cuyo
debate y votación está incluido en el Punto 3.º del orden del día de la sesión 20 de la Comisión de Hacienda y Función Pública que se celebrará el próximo jueves 21 de octubre.


Enmienda


De modificación.



Página 32





Texto que se propone:


Se propone modificar la parte dispositiva de la Proposición no de Ley que quedaría redactada de la siguiente manera:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a lo siguiente:


Promover las iniciativas legislativas pertinentes para que tanto la participación estatal como la cedida a las Comunidades Autónomas, relativa al IVA recaudado por la compra de alimentos destinados a la donación, sea destinada a la compra de
más alimentos y productos de primera necesidad por parte de cada una de las administraciones competentes.'


Justificación.


El artículo 35 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias establece
que 'Se cede a la Comunidad Autónoma el 50 por ciento del rendimiento del Impuesto sobre el Valor Añadido producido en su territorio'.


Por lo tanto, no da lugar a ceder la parte estatal del impuesto sobre el valor añadido a las Comunidades Autónomas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 184.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguiente enmienda de adición a la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno
a aumentar el presupuesto y la plantilla del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno para que pueda realizar eficazmente sus funciones como órgano democrático de control presentada por el Grupo Parlamentario Popular ('BOCG. Congreso de los
Diputados', serie D, núm. 322 de 10 de septiembre de 2021, Pág. 23), que se debatirá como Punto 5.º del orden del día de la sesión de la Comisión de Hacienda y Función Pública y que se celebrará el próximo 21 de octubre de 2021 (núm expte.
161/003059).


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se propone la adición de un apartado tercero a la parte dispositiva cuyo texto queda redactado como sigue:


'Tercero. Promover la modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno a fin de incorporar un régimen sancionador, de aplicación por parte del Consejo de Transparencia y
Buen Gobierno o su organismo análogo en la respectiva Comunidad Autónoma, basado en la figura legal de las multas coercitivas y las sanciones disciplinarias, para así mejorar el acatamiento de las resoluciones y recomendaciones del organismo.'


Justificación.


El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno realiza un seguimiento de sus resoluciones/ tanto de la Administración General del Estado como de las Administraciones Territoriales que hayan suscrito un convenio con la Administración General del
Estado para la asunción de las competencias de resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.



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Este seguimiento permite analizar el estado y cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Los datos de seguimiento de las resoluciones estimatorias del Consejo/ dictadas en las reclamaciones formuladas en
materia de derecho de acceso a información pública frente a Administraciones/ órganos, organismos y entidades responsables de la información solicitada por la ciudadanía, permiten observar un claro declive en el porcentaje de cumplimiento de las
mismas.


Así, en el año 2015, las resoluciones fueron cumplidas en un 92,6% por parte de la Administración General del Estado. Sin embargo, en el año 2020, el porcentaje se redujo a un 81,1%.


En el mismo sentido, el cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno por las Administraciones Territoriales también ha mermado considerablemente. Así, en el año 2016, fueron cumplidas un 92,2% de las
resoluciones. Por su parte, en el año 2020, el porcentaje bajó a un escaso 67%.


De los datos se desprende que, en los últimos cinco años, la Administración General del Estado y las Administraciones Territoriales han empeorado notablemente en lo que al cumplimiento de las resoluciones impugnadas se refiere. En el mismo
sentido, se han incrementado aquellas resoluciones sobre las que no consta cumplimiento y sobre las que han sido recurridas en vía contencioso-administrativa. Ello es doblemente grave si se tiene en consideración que el número de resoluciones
dictadas también se ha incrementado exponencialmente.


En relación con la atención de las Administraciones e instituciones públicas a los requerimientos y recomendaciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y de los Comisionados, lo cierto es que pese al compromiso adquirido por los
gobiernos, tanto estatal como autonómicos, pasada la efervescencia de la entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, su implicación ha ido perdiendo peso en estos últimos
años. En el mismo sentido, los Consejos y Comisionados de Transparencia se han resentido, al haberse multiplicado la demanda de los ciudadanos de su amparo por la vulneración de su derecho a saber, sin que reciban de las Administraciones Públicas
la oportuna dotación de medios para satisfacerla.


De lo anterior, se podría concluir de manera objetiva, que la transparencia de las administraciones públicas es cada día más opaca o, si se quiere, menos trasparente.


En tal sentido, son vox populi las reclamaciones exigiendo una regulación legal de los incumplimientos de las resoluciones de los Consejos y Comisionados.


Así, el 28 de septiembre de 2018, con motivo del Día Internacional del Derecho a Saber, los representantes de los órganos de garantía de la transparencia en el Estado español, agrupados en la Red de Consejos y Comisionados de Transparencia,
formularon en la ciudad de Cádiz, con ocasión del 111 Congreso Internacional de Transparencia, una Declaración, cuyo contenido ha sido reiterado en las sucesivas Declaraciones, en la que demandaban, entre otras:


'[...] una reforma que ahonde, profundice y mejore las garantías que el derecho de acceso y la transparencia activa han supuesto hasta la fecha en nuestro país, tanto a escala estatal, autonómica como local. Entre estas reformas
consideramos necesarias: consagrar el derecho de acceso como un derecho fundamental, la dotación de medios humanos y económicos suficientes para los órganos de garantía, el desarrollo efectivo de la potestad sancionadora, [...]'


Deviene, pues, imperativo incorporar un régimen sancionador, de aplicación por parte del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, basado en la figura legal de las multas coercitivas y las sanciones disciplinarias, para así mejorar el
acatamiento de las resoluciones y recomendaciones del organismo


Esa regulación de las infracciones y sanciones en materia de transparencia y participación debe completarse haciendo distinción entre los responsables de las infracciones, aun a título de simple inobservancia, de las sanciones aplicables a
los altos cargos o asimilados y al personal sometido a régimen disciplinario.


En lo relativo al procedimiento, de un lado, la incoación e instrucción del procedimiento debería encomendarse al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Por otro, la resolución del expediente sancionador y, en su caso, la imposición de
la correspondiente sanción, según la normativa que fuere aplicable, habría de ser competencia del organismo responsable.


Finalmente, sería conveniente que las sanciones que sean impuestas se hicieren públicas en el Portal de Transparencia, incluyéndose, igualmente, en las memorias anuales del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.



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Esta regulación ha probado ser muy efectiva en aquellas Comunidades Autónomas cuya normativa aplicable al efecto contempla un régimen sancionador. Ello ha conllevado un mayor grado de cumplimiento en las resoluciones de sus respectivos
Consejos de Transparencia, favoreciendo así el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Ciudadanos, sobre la aprobación de una deducción fiscal estatal, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para aquellos empleadores que tengan contratada a una persona por la que se efectúen cotizaciones al
Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social (núm expte. 161/003170).


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar las medidas pertinentes para que los empleadores persona física que contraten a un trabajador o trabajadora doméstica dándole de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, puedan desgravarse en el IRPF las cotizaciones
sociales que le corresponda asumir por esta contratación, reduciéndose un porcentaje de dichas aportaciones de la base imponible general del impuesto, y siempre que los contribuyentes a la fecha del devengo del impuesto tengan hijos a cargo y tengan
necesidades de conciliación.


La cuantía máxima con derecho a desgravación en cada ejercicio será el equivalente al importe de las cotizaciones sociales anuales a cargo del empleador por la contratación de un empleado doméstico cuya retribución sea el salario mínimo
interprofesional (actualmente 13.510 euros/año). Siendo la cuantía máxima con derecho a desgravación para el año 2021, 3.305 euros.


Estas cantidades se actualizarán de conformidad con la subida del salario mínimo interprofesional establecido para cada periodo.


2. Continuar potenciando y dotando de medios para su mayor eficacia, el Plan de Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el sector del hogar, puesto en marcha el pasado mes de enero de 2021.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación al articulado de la Proposición no de Ley Sobre la
aprobación de una deducción fiscal estatal, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para aquellos empleadores que tengan contratada a una persona



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por la que se efectúen cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social (Grupo Parlamentario Ciudadanos. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 337 de 5 de octubre de 2021.
Número de Expediente 161/003170), cuyo debate y votación está incluido en el Punto 6.o del orden del día de la sesión 20 de la Comisión de Hacienda y Función Pública que se celebrará el próximo jueves 21 de octubre.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se propone modificar la parte dispositiva de la Proposición no de Ley que quedaría redactada de la siguiente manera:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a lo siguiente:


1. Promover Aprobar, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la aprobación de una deducción para los contribuyentes que tengan contratada a una persona por la que se efectúen las correspondientes cotizaciones por
el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, de amplio alcance, con el fin de incentivar la contratación reglada de los y las empleados empleadas pertenecientes a este colectivo, poner freno a los elevados
niveles de contratación irregular y economía sumergida que sufre este gremio, y dignificar su profesión asegurándoles sus derechos.


2. Continuar potenciando y dotando de medios para su mayor eficacia, al Plan de Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el Sector del Hogar, puesto en marcha el pasado mes de enero de 2021.


3. Potenciar la potestad sancionadora de la Inspección de Trabajo para evitar la contratación de extranjeros en situación irregular en España.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Popular, sobre los compromisos asumidos en el Plan de Recuperación (núm expte. 161/003244).


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aclarar por escrito y de forma inmediata si ha mentido a Bruselas o a todos los españoles en relación con los siguientes puntos recogidos en el anexo asociado al Plan de Recuperación y Resiliencia:


- C1.R2: 'La creación de un mecanismo de pago por el uso de las carreteras del Estado, que comenzará a funcionar a partir de 2024'.



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- C28.R2: 'la supresión de la reducción por tributación conjunta' que actualmente beneficia a 3,6 millones de familias de renta media baja; familias integradas en su mayoría por pensionistas, familias cercanas a la edad de jubilación,
familias en las que sólo uno de los cónyuges tiene la opción de trabajar, y padres o madres separados que viven con los hijos que tienen a su cargo. Familias a las que se les quiere bajar sus ingresos una media de 1.100 euros al año.


- C28.R3: 'concreción de la armonización de la tributación patrimonial'; subida de patrimonio y sucesiones y donaciones.


- C28.R4: 'revisión de las bonificaciones de los hidrocarburos utilizados como carburante', esto es, subida de los impuestos al diésel.


- C30.R3: 'Reforma del sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos', esto es, subida de las cotizaciones a los autónomos.


- C30.R6: 'incremento gradual de la base de cotización máxima del sistema', esto es, subida de la cotización máxima que pagan tanto empresas como trabajadores.


2. Publicar el 'Operational Arrangement' en relación con los fondos europeos Next Generation EU, tan pronto sea firmado entre el Gobierno de España y la Comisión Europea.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Función Pública


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de Ley sobre los compromisos asumidos
en el Plan de Recuperación ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 343, de 14 de octubre de 2021, Núm. expte. 161/003244), cuyo debate está incluido en el Punto 7.º del orden del día de la sesión número 20 de la Comisión de Hacienda y
Función Pública que se celebrará el próximo jueves, 21 de octubre de 2021.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el texto de la parte dispositiva, cuya redacción quedaría de la manera siguiente (se resalta en negrita el texto que se modifica):


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aclarar por escrito y deforma inmediata si ha mentido a Bruselas o a todos los españoles en relación con los siguientes puntos recogidos en el anexo asociado al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia:


C1.R2: 'La creación de un mecanismo de pago por el uso de las carreteras del Estado, que comenzará a funcionar a partir de 2024.'


C13.R1: 'Mejora de la regulación y del clima de negocios' Las PYMES desconocen qué va a suceder con las reformas fiscales y laborales, con las cotizaciones sociales, con los precios de la energía, entre otros, provocando desconfianza e
incertidumbre jurídica en el sector productivo del país.


C28.R2: 'la supresión de la reducción por tributación conjunta' que actualmente beneficia a 3,6 millones de familias de renta media baja; familias integradas en su mayoría por pensionistas, familias cercanas a la edad de jubilación,
familias en las que sólo uno de los cónyuges tiene la opción de trabajar, y padres o madres separados que viven con los hijos que tienen a su cargo. Familias a las que se le quiere bajar sus ingresos una media de 1.100 euros al año.



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C28.R3: 'concreción de la armonización de la tributación patrimonial', subida de patrimonio y sucesiones y donaciones.


C28.R4: 'revisión de las bonificaciones de los hidrocarburos utilizados como carburante', esto es, subida de los impuestos del diesel.


C30.R3: 'Reforma del sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos', subida de las cotizaciones a los autónomos.


C30.R6: 'incremento gradual de la base de cotización máxima del sistema', subida de la cotización máxima que pagan tanto empresas como trabajadores.'


Justificación.


Con esta enmienda se intenta mejorar el apartado 1, teniendo en cuenta no sólo los autónomos/ familias y clases medias, sino también las PYMES que son el motor productivo del país.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/001331


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley relativa a la recuperación íntegra de los servicios ferroviarios a la Comunidad Autónoma de Galicia,
presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 144, de 22 de septiembre de 2020, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, una vez superadas las restricciones a la movilidad derivadas de la crisis sanitaria y a la máxima brevedad posible, proceder a la restauración de los servicios ferroviarios que operan en
Galicia de manera habitual, así como de los que conectan a Galicia con otras comunidades, garantizando durante el proceso las opciones de movilidad de la ciudadanía y procurando un aprovechamiento eficiente de los recursos.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Confederal Unidas-Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la recuperación íntegra de los servicios ferroviarios en la Comunidad Autónoma de Galicia.


Enmienda


De adición.



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Se propone añadir los siguientes apartados:


'- Realizar por parte de RENFE y a la mayor brevedad una nueva planificación de los servicios de los trenes regionales y de media distancia convencional que operan en Galicia, de modo que ofrezca servicios con más frecuencias y horarios que
respondan a las necesidades de los ciudadanos, y así permitir la intermodalidad con otros medios de transporte.


- Incrementar el número y mejorar la calidad de los trenes que operan en las líneas convencionales, ofreciendo a los usuarios la calidad de servicios que merecen.'


Justificación.


Además de reponer servicios ferroviarios en Galicia, debe actuarse en una planificación de servicios racional y pensando en los ciudadanos, al tiempo que aumentar el número mejorar la calidad del material móvil que en muchos casos está
obsoleto, siendo causa de abundantes averías.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de Ley sobre la recuperación integra
de los servicios ferroviarios a la Comunidad Autónoma de Galicia ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 144, de 22 de septiembre de 2021, cuyo debate está incluido en el Punto 1.º del orden del día de la sesión de la Comisión
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que se celebrará el 27 de septiembre de 2021.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se propone la modificación de la parte dispositiva, que quedará redactada con el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, una vez superadas las restricciones a la movilidad derivadas de la crisis sanitaria y a la máxima brevedad posible, proceder a la restauración de los servicios ferroviarios que operan en
Galicia de manera habitual, así como de los que conectan a Galicia con otras comunidades, en todo el territorio nacional de manera habitual, garantizando durante el proceso las opciones de movilidad de la ciudadanía y procurando un aprovechamiento
eficiente de los recursos.'


Justificación.


Se considera oportuna la referida enmienda de modificación debido a que estos servicios suspendidos por la pandemia debieron ser restaurados en todo el territorio nacional, sin diferencias entre Comunidades Autónomas.


Han sido muchos los medios de comunicación que se han hecho eco de las reclamaciones de apertura de los servicios ferroviarios suspendidos en varias provincias españolas con motivo de la pandemia, como por ejemplo en algunas ciudades de
Castilla y León 1. No obstante, se desconoce del número exacto de líneas suspendidas. Este Grupo Parlamentario solicitó el 14 de julio de 2021 mediante iniciativa con número de registro 142285 un detalle de las líneas de tren suspendidas con
ocasión de la irrupción Covid19 y su estado actual, con desglose por provincias. Sin embargo, a fecha de presentación del presente escrito no consta respuesta alguna a nuestra solicitud.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


1 https://www.diariodeburgos.es/Noticia/ZC4BA88F2-C064-D37E-2E44818CD7B5FBCE/202109/CyL-exige-a-Renfe-recuperar-todos-los-servicios-suspendidos.



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161/001728


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley relativa a acometer de forma urgente las principales actuaciones en materia de transporte y vivienda
incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 192, de 11 de diciembre de 2020, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acometer, de forma urgente, las principales actuaciones en materia de transporte, infraestructuras y vivienda incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
concretamente: el Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos; el Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana; el Plan de modernización, digitalización, seguridad y sostenibilidad
de infraestructuras clave de transporte e intermodales; y el desarrollo de los principales corredores europeos, avanzando en la consecución de los principios recogidos en la Estrategia de movilidad segura, sostenible y conectada recientemente
presentada, como es la movilidad como un derecho para la ciudadanía, afrontando la emergencia climática y el impulso de la movilidad saludable e incorporando de forma intensa la digitalización y las nuevas tecnologías al ecosistema de la movilidad.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/002501


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley sobre el impulso de la rehabilitación edificatoria, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 270, de 12 de mayo de 2021, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en colaboración con las Comunidades Autónomas y las entidades locales, desarrolle con cargo a los fondos europeos programas de rehabilitación edificatoria, que apoyen actuaciones en
distintos niveles territoriales, desde la escala de barrio hasta el nivel de vivienda, impulsando una renovación del parque de vivienda y edificios que apueste por enfoques integrales, de modo que la mejora de la eficiencia energética y la
integración de fuentes de energía renovable, se acompañe de una mejora de la habitabilidad, la accesibilidad, la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la digitalización de los edificios.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre el impulso de la rehabilitación edificatoria.



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Enmienda


De adición.


Se añade el siguiente texto para complementar el acuerdo propuesto:


'Y para ello se desarrollarán las siguientes acciones:


- Culminar las reformas legislativas precisas descritas en la Componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, entre ellas la denominada 'C02.R03 Ley de Vivienda'.


- Aprobar el Real Decreto por el que se regulan los programas de ayudas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


- Informar a los Ayuntamientos y Entidades Locales, de manera pormenorizada, de los trámites y gestiones precisos para ser beneficiarios del programa definido como C02.I05 (PIREP), estableciendo los términos de la convocatoria, plazos,
compromisos y acciones indispensables previas, así como el detalle de los edificios que pueden optar a la subvención, a efectos de una mayor celeridad en cuanto se convoque la misma.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002786


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre el traspaso de las competencias y recursos en materia ferroviaria a
la Comunitat Valenciana, presentada por el Grupo Parlamentario Republicano y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 297, de 22 de junio de 2021, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


1. Convocar, con el acuerdo de la Comunidad Valenciana, la Comisión de Seguimiento del Plan de Cercanías, con el objeto de analizar la situación de los servicios ferroviarios de la Comunidad Autónoma y explorar posibles mejoras en la
gestión y la transferencia de las competencias si así lo solicita la Generalitat Valenciana en el marco de la Comisión Mixta de Transferencias.


2. Continuar con la implantación de las medidas indicadas en el Plan de Acción y en el Plan de Cercanías para la Comunidad Valencia, dotando adecuadamente los Presupuestos Generales del Estado para 2022 en relación con las partidas
correspondientes a inversiones en cercanías.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la



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siguiente enmienda a la Proposición no de Ley sobre el traspaso de las competencias y recursos en materia ferroviaria a la Comunitat Valenciana, del Grupo Parlamentario Republicano.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno a:


1. Convocar, con el acuerdo de la Comunidad Valenciana, la Comisión de Seguimiento del Plan de Cercanías, con objeto de analizar la situación de los servicios ferroviarios en la Comunidad Autónoma y explorar, en su caso, posibles mejoras en
la gestión u otras fórmulas que se propongan, respetando en todo caso las competencias de ambas administraciones.


2. Continuar con la implantación de las medidas indicadas en el Plan de Acción y en el Plan de Cercanías para la Comunidad Valenciana, dotando adecuadamente los Presupuestos Generales del Estado para 2022 en relación con las partidas
correspondientes a inversiones en Cercanías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002792


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a construir la circunvalación conocida como
'Ronda Norte' en Oviedo, para prolongar y completar la insuficiente Ronda Sur existente actualmente, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 297, de 22 de junio de 2021, en los
siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Construir la circunvalación conocida como 'Ronda Norte' en Oviedo, para prolongar y completar la insuficiente Ronda Sur existente actualmente.


2. Aprovechar los trámites realizados desde la inclusión del Ronda Norte en los Presupuestos Generales del Estado del año 2000 que permitieron la incorporación de la Ronda Norte en el catálogo de carreteras del Estado.


3. Valorar la solución que menos impacte medioambientalmente y más proteja el Monte Naranco que, con toda probabilidad según los estudios técnicos, es un túnel que evita impacto visual, acústico y del aire.


4. Elegir la solución del Estudio Informativo de la Ronda Norte que el Ayuntamiento de Oviedo considera más favorable, como principal conocedor de las demandas y necesidades de los ovetenses y del tráfico del Concejo, y solicitar la
correspondiente declaración de impacto ambiental.


5. Redactar el Proyecto de construcción según la partida presupuestaria consignada en los Presupuestos Generales del Estado del año 2021.


6. Incorporar la partida correspondiente para la ejecución del proyecto en los próximos Presupuestos Generales del Estado para 2022.


7. Agilizar los plazos de licitación para que sean los mínimos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y demás legislación aplicable.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a construir la circunvalación conocida como 'Ronda Norte' en Oviedo, para prolongar y contemplar la insuficiente Ronda Sur existente actualmente.


Enmienda


De modificación.


Se modifica el punto 2 que quedará redactado como sigue:


'2. Aprovechar los trámites realizados desde la inclusión del Ronda Norte en los Presupuestos Generales del Estado del año 2000 que permitieron la inclusión de la Ronda Norte en el catálogo de carreteras del Estado.'


Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Se añaden los siguientes apartados:


'3. Valorar la solución que menos impacte medioambientalmente y más proteja el Monte Naranco, que con toda probabilidad según los estudios técnicos es un túnel, que evita impacto visual, acústico y del aire.


4. Elegir la solución del Estudio Informativo de la Ronda Norte que el Ayuntamiento de Oviedo considera más favorable, como principal conocedor de las demandas y necesidades de los ovetenses y del tráfico del Concejo, y solicitar la
correspondiente declaración de impacto ambiental.


5. Redactar el Proyecto de construcción según la partida presupuestaria prevista en los Presupuestos Generales del Estado del año 2021.


6. Incorporar la partida correspondiente para la ejecución del proyecto en los próximos Presupuestos Generales del Estado para 2022.


7. Agilizar los plazos de licitación para que sean los mínimos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y demás legislación aplicable.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002900, 161/002923 y 161/003026


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, adoptó el acuerdo de desestimar las siguientes iniciativas:


- Proposición no de Ley sobre la reducción de las tarifas aeroportuarias en línea con la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) (núm. expte. 161/002900), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso, y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 315, de 6 de agosto de 2021.



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A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


- Proposición no de Ley relativa a impedir una subida de las tarifas aeroportuarias pagadas por las aerolíneas de la gestora aeroportuaria AENA (núm. expte. 161/002923), presentada por el Grupo Parlamentario VOX, y publicada en el 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, núm. 315, de 6 de agosto de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


- Proposición no de Ley relativa a que los jóvenes puedan tener una vivienda digna (núm. expte. 161/003026), presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 320, de 8
de septiembre de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de Ley sobre e la reducción de las
tarifas aeroportuarias en línea con la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 315, de 6 de agosto de 2021, Núm. Exp. 161/002900), cuyo debate está incluido en
el Punto 6.º del orden del día de la sesión de la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que se celebrará el 27 de septiembre de 2021.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se propone la modificación del primer apartado de la parte dispositiva, con el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar el Documento de Regulación Aeroportuaria II con anterioridad al 30 de septiembre de 2021, de conformidad con el artículo 26.3 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, contemplando una reducción de al menos un 0,44% de las tasas aeroportuarias para el período 2022-2026.'


Justificación.


Se considera oportuna la referida enmienda puesto que no debe limitarse la reducción a lo establecido por la CNMC, sino que debe dejarse abierta la posibilidad a que finalmente se estime una reducción mayor. Así, en el primer DORA para el
periodo regulatorio 2017-2021 (DORA I), que fue aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de enero de 2017, extendiéndose su eficacia hasta el 31 de diciembre de 2021, se fijó la necesidad de una reducción de la tasa aeroportuaria del 2,22% después
de una propuesta de AENA de subida del 1,8% e informe de la CNMC recomendando una bajada del 2,02%.


Asimismo, ha surgido la hipótesis de prorrogar el DORA I al amparo del artículo 26.3 de la Ley 18/2014 de cara a continuar las negociaciones oportunas con el Gobierno catalán y conseguir llegar a un acuerdo sobre la ampliación del aeropuerto
de Barcelona 2. No obstante, esta posibilidad ha sido recibida con crítica y preocupación por los representantes del sector aéreo, puesto que una situación de


2 https://www.lavanguardia.com/politica/20210913/7716279/el-prat-aeropuerto-negociacion-ano-gobierno-govern-generalitat.html [fecha de consulta: 20 de septiembre de 2021].



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crisis como la actual lo que requiere es la mayor certidumbre y seguridad posibles que permitan que el sector se recupere.


En palabras del presidente de la Asociación de Líneas Aéreas, D. Javier Gándara, 'las compañías aéreas se muestran en contra de prorrogar el actual DORA, cuya vigencia finaliza este año, pues iría en contra del espíritu de la propia
regulación aeroportuaria, que es el de construir un marco de estabilidad y predictibilidad en los próximos cinco años' 3. En conclusión, si se prorroga el DORA I las aerolíneas deben permanecer un año más con medidas desactualizadas y con las
mismas tasas.


En el momento actual, precisamente, conviene más que nunca apoyar a las aerolíneas que tan afectadas se han visto como consecuencia de la COVID-19, y no dificultar más su pésima situación. En consecuencia, se deben promover medidas
dirigidas a apoyar al sector y no lastrar más su actividad, como es la aprobación sin demora del DORA II recogiendo la correspondiente reducción de las tarifas aeroportuarias.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la reducción de las tarifas aeroportuarias en línea con la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso (Número de expediente 161/002900).


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a fijar, dentro del segundo Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA II), de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 18/2014 y a la vista de los informes preceptivos necesarios,
entre los que se encuentra el de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la senda tarifaria para el periodo 2022-2026, de manera que se permita a Aena seguir ofreciendo a los usuarios unos servicios e infraestructuras de
calidad a precios competitivos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de adición a la Proposición no de Ley relativa a impedir una subida de
las tarifas aeroportuarias pagadas por las aerolíneas de la gestora aeroportuaria AENA ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 315, de 6 de agosto de 2021, Núm. Exp. 161/002923), cuyo debate está incluido en el Punto 7.º del orden del
día de la sesión de la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que se celebrará el 27 de septiembre de 2021.


Enmienda


De adición.


3 https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/09/14/companias/1631615901_178151.html [fecha de consulta: 17 de septiembre de 2021].



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Texto que se propone:


Se propone la introducción de un nuevo apartado a la parte dispositiva, cuyo texto es el siguiente:


'Asimismo, se insta al Gobierno a aprobar el Documento de Regulación Aeroportuaria II con anterioridad al 30 de septiembre de 2021, de conformidad con el artículo 26.3 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes
para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Y, en consecuencia, no prorrogar el vigente Documento de Regulación Aeroportuaria por un año adicional conforme se contempla en el referido artículo.'


Justificación.


Ha surgido la hipótesis de prorrogar el DORA I al amparo del artículo 26.3 de la Ley 18/2014 de cara a continuar las negociaciones oportunas con el Gobierno catalán y conseguir llegar a un acuerdo sobre la ampliación del aeropuerto de
Barcelona 4. No obstante, esta posibilidad ha sido recibida con crítica y preocupación por los representantes del sector aéreo, puesto que una situación de crisis como la actual lo que requiere es la mayor certidumbre y seguridad posibles que
permitan que el sector se recupere.


En palabras del presidente de la Asociación de Líneas Aéreas, D. Javier Gándara, 'las compañías aéreas se muestran en contra de prorrogar el actual DORA, cuya vigencia finaliza este año, pues iría en contra del espíritu de la propia
regulación aeroportuaria, que es el de construir un marco de estabilidad y predictibilidad en los próximos cinco años' 5. En conclusión, si se prorroga el DORA I las aerolíneas deben permanecer un año más con medidas desactualizadas y con las
mismas tasas.


En el momento actual, precisamente, conviene más que nunca apoyar a las aerolíneas que tan afectadas se han visto como consecuencia de la COVID-19, y no dificultar más su pésima situación. En consecuencia, se deben promover medidas
dirigidas a apoyar al sector y no lastrar más su actividad, como es la aprobación sin demora del DORA II recogiendo la correspondiente reducción de las tarifas aeroportuarias.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Ciudadanos, relativa a que los jóvenes puedan tener una vivienda digna (161/003026)


Enmienda


De modificación.


Se modifican los apartados 2 y 3 de acuerdo al siguiente texto:


'2. Crear en colaboración con las Comunidades Autónomas, en el seno de la Conferencia Sectorial de Vivienda, un mapa interactivo de viviendas de Protección Oficial destinadas a venta y/o alquiler social en España, a efectos de programar que
un porcentaje de los inmuebles gestionados por las Administraciones Públicas y empresas privadas en régimen de precios tasados se reserve para personas menores de 35 años,en función de la demanda de población de este tramo de edad en cada una de las
CC.AA.


3. Crear un programa de créditos vinculados al Plan Estatal de Vivienda para la rehabilitación de viviendas del mercado libre, donde se establezca por Convenio con las Administraciones públicas la puesta a disposición con carácter temporal,
de las viviendas rehabilitadas para alquiler a jóvenes entre 18 y 35 años.'


4 https://www.lavanguardia.com/politica/20210913/7716279/el-prat-aeropuerto-negociacion-ano-gobierno-govern-generalitat.html [fecha de consulta: 20 de septiembre de 2021].


5 https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/09/14/companias/1631615901_178151.html [fecha de consulta: 17 de septiembre de 2021].



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Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Se añade un apartado 7 con el siguiente texto:


'7. Con cargo a los fondos del Plan Nacional de Transformación, Recuperación y Resiliencia, establecer un sistema de avales con garantía del Estado, que cubran hasta el 100% de la cuantía de compra, en créditos hipotecarios a la primera
vivienda para jóvenes entre 18 y 35 años.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmienda de adición a la Proposición no de Ley relativa a que los jóvenes puedan
tener una vivienda digna ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D Núm. 320 de 8 de septiembre de 2021; Expte.: 161/003026), cuyo debate está incluido en el Punto 9.º del orden del día de la sesión de la Comisión Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana que se celebrará el 27 de septiembre de 2021.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


'7. Promover la tenencia de vivienda en régimen de alquiler mediante la adopción de medidas como las recogidas mediante la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda
y alquiler, que se regularán a través de la norma apropiada para ello.


8. Promover la creación de un programa similar al Low Income Housing Tax Credit de Estados Unidos, por el que se permita la asignación de créditos fiscales a los promotores inmobiliarios que construyan o rehabiliten vivienda de alquiler
residencial para hogares con bajos niveles de renta.


9. Fomentar que los propietarios pongan sus viviendas vacías en alquiler a través del incremento de los beneficios fiscales a las rentas de alquiler para los arrendadores. Y ello a través de la modificación del artículo 23 de la Ley
35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.


10. Fomentar la colaboración entre la administración pública y las entidades privadas a efectos de aumentar el parque de viviendas de protección oficial.


11. Promover las medidas necesarias para garantizar la autonomía de la voluntad de las partes en la determinación de las rentas en los contratos de arrendamientos urbanos en los términos establecidos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre,
de Arrendamientos Urbanos.


12. Promover a través de la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo la no adopción, o supresión en su caso, de medidas que impliquen el control de los precios de los contratos de arrendamiento, la expropiación o cesión temporal
del usufructo de las viviendas de titularidad privada o la penalización de la tenencia en propiedad de viviendas desocupadas.'



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Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003003


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley relativa a solicitar que se aceleren los trabajos de la ejecución de las obras de La Ronda Sur de Logroño,
'Autovía A-68. Tramo: Arrubal-Navarrete', presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 320, de 8 de septiembre de 2021, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Redefinir el programa de Obras de la Ronda Sur de Logroño 'Autovía-A-68. Tramo: Arrubal-Navarrete' con el objetivo de acelerar los trabajos constructivos y poder finalizar en el tiempo establecido en el contrato de adjudicación de las
obras.


2. Incrementar las partidas presupuestarias correspondientes a la Ronda Sur de Logroño 'Autovía-A-68. Tramo: Arrubal-Navarrete' para acelerar las obras durante el año 2021.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de supresión a la Proposición no de Ley para solicitar que se aceleren
los trabajos de la ejecución de las obras de La Ronda Sur de Logroño, 'Autovía A-68. Tramo: Arrubal-Navarrete' ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 320 de 8 de septiembre de 2021, Expte.: 161/003003), cuyo debate está incluido en
el Punto 8.º del orden del día de la sesión de la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que se celebrará el 27 de septiembre de 2021.


Enmienda


De supresión.


Texto que se propone:


Se propone la supresión del punto segundo de la parte dispositiva de la proposición no de ley referido a 'Incrementar las partidas presupuestarias correspondientes [...]'.


Justificación.


VOX no considera procedente el incremento de partidas presupuestarias que puedan suponer un incremento del déficit presupuestario actual provocado por la pésima gestión de este Gobierno.


Al contrario, entendemos que es posible agilizar los trámites de finalización de este proyecto mediante una gestión eficiente de los procedimientos de contratación necesarios para llevar a cabo esta construcción.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 48





A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a solicitar que se aceleren los trabajos de la ejecución de las obras de La Ronda Sur de Logroño, 'Autovía A-68. Tramo: Arrubal-Navarrete', del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de expediente 161/003003).


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proseguir la ejecución de las obras de la Ronda Sur de Logroño, de acuerdo con el programa de trabajos vigente, asignando las partidas adecuadas para ello en los Presupuestos Generales del
Estado de cada año.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003164


La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su sesión del día 27 de septiembre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a negociar de forma inmediata con el Govern de la Generalitat la ampliación
del aeropuerto del Prat (núm. expte. 161/3164), presentada por el Grupo Parlamentario Plural y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 332, de 28 de septiembre de 2021, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a negociar de forma inmediata con el Govern de la Generalitat la ampliación del Aeroport del Prat respetando los requerimientos ambientales y con las compensaciones medioambientales necesarias
para cumplir con la normativa europea. Y por tanto, hacer posible durante los próximos años, tal y como estaba previsto, la inversión de AENA de 1.700 M€.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Plural, por la que se insta a negociar de forma inmediata con el Govern de la Generalitat la ampliación del Aeropuerto de El Prat.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar los máximos esfuerzos tendentes a incluir en el nuevo Documento de Ordenación y Regulación Aeroportuaria (DORA II), cuyo periodo regulatorio se extenderá entre 2022 y 2026, la
inversión prevista para la ampliación del Aeropuerto 'Josep Tarradellas



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Barcelona-EI Prat' en el Plan Director del Aeropuerto-Fase 2017-2026, respetando los requerimientos medioambientales y estableciendo las compensaciones necesarias para cumplir con la normativa europea.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley por la que se insta al Gobierno a negociar de forma inmediata con el Govern de la Generalitat la ampliación del aeropuerto del Prat, del Grupo Parlamentario Plural.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acometer el proyecto de ampliación del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-EI Prat cuando se abra una nueva oportunidad regulatoria, garantizándose en todo momento el cumplimiento de los
requisitos medioambientales establecidos en la normativa nacional y europea, así como el consenso unánime entre todas las Administraciones e Instituciones para su tramitación y ejecución.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2021.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Plural por la que se insta al
Gobierno a negociar de forma inmediata con el Govern de la Generalitat la ampliación del aeropuerto del Prat.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno incluir en el Documento de Regulación Aeroportuaria para 2022-2026 (DORA II) la ampliación del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-EI Prat, así como hacer todo lo posible para acelerar su
desarrollo, siempre que se respeten los requisitos y compensaciones medioambientales necesarios para cumplir con la normativa europea y garantizar la sostenibilidad medioambiental y económica de la inversión, haciendo posible durante los próximos
dos años, tal y como estaba previsto, la inversión de AENA de 1.700€ M€.'


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a negociar de forma inmediata con el Govern de la Generalitat la ampliación del Aeroport del Prat respetando los requerimientos ambientales y con las compensaciones medioambientales necesarias
para cumplir con la normativa europea. Y por tanto, hacer posible durante los próximos dos años, tal y como estaba previsto, la inversión de AENA de 1.700€ M€.'



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Justificación.


Si la inversión en el Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-EI Prat es positiva para los ciudadanos de Barcelona, Cataluña y España en su conjunto, lo es independientemente de lo que resulte de unas negociaciones políticas entre los
partidos que forman parte del Gobierno de España y los partidos que forma parte del Govern de la Generalitat, cuyas dinámicas nada responden a actuar por el interés mayor de los ciudadanos. No resulta en absoluto aceptable condicionar una inversión
de estas características e hipotecar el futuro del aeropuerto a cuestiones partidistas.


Sí resulta imprescindible, no obstante, que la ampliación del Aeropuerto se realice única y exclusivamente si se cuenta con todas las garantías medioambientales, incluido el visto bueno de la Comisión Europea.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2021.-Juan Ignacio López-Bas Valero, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/001898


La Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en su sesión del día 20 de octubre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a suprimir el coeficiente de
parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios y, en consecuencia, que solo se atienda al tiempo trabajado y a la cantidad cotizada, así como a los hijos a cargo, tal y como se está haciendo para el cálculo de las
pensiones desde 2019, al objeto de evitar una doble discriminación sobre los trabajadores a tiempo parcial, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 212, de 2 de febrero de
2021, en los siguientes términos:


'La Comisión de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mejorar el sistema de protección por desempleo mediante una reordenación y simplificación de sus prestaciones al objeto de reforzar su
protección, especialmente el de las personas en paro que más lo necesitan, teniendo en cuenta, entre otros elementos, la forma en que realizaron su actividad laboral. A tal efecto, se realizará un estudio para determinar la equidad en la aplicación
del coeficiente de parcialidad en el cálculo de las prestaciones y subsidios por desempleo.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a ia Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a suprimir el coeficiente de parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios y, en consecuencia, que solo se atienda al tiempo trabajado y a la cantidad cotizada,
así como a los hijos a cargo, tal y como se está haciendo para el cálculo de las pensiones desde 2019, al objeto de evitar una doble discriminación sobre los trabajadores a tiempo parcial.



Página 51





Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'La Comisión de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el plazo de tres meses, presente un estudio sobre la posible existencia de discriminación derivada del coeficiente de
parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios de los trabajadores a tiempo parcial.'


Justificación.


La regulación aplicable a la prestación de desempleo y subsidios fija que, para el cálculo de su cuantía, respecto de los trabajadores a tiempo parcial, se aplique el denominado coeficiente de parcialidad. Este mecanismo garantiza el
principio de proporcionalidad de las prestaciones a percibir respecto de la aportación al sistema de los trabajadores a tiempo parcial por razón de su actividad, configurándose como una herramienta útil en favor de la sostenibilidad del sistema.


El mismo, no obstante, ha sido objeto de amplio debate doctrinal y jurisprudencial, toda vez que prevé criterios específicos que han motivado que, en algún supuesto, haya sido declarada este coeficiente opuesto al principio de igualdad y al
de no discriminación, proclamados tanto en el derecho nacional como en el marco comunitario.


Este debate, vinculado principalmente a cuestiones como la aplicación del coeficiente en la cuantía de las prestaciones, así como a aspectos como la diferenciación entre jornada vertical u horizontal, sigue planteado alguna divergencia
respecto de su aplicación en aquellos extremos que hoy se mantienen vigentes, como revela la Proposición de Ley planteada.


En el caso concreto de la prestación por desempleo, su regulación se desprende fundamentalmente de los artículos 262 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). En esta normativa se dispone un tratamiento diferenciado a la
hora de calcular el importe (artículo 270), en tanto para el desempleo parcial unos límites proporcionales a la reducción de la jornada de trabajo.


Existen diversos pronunciamientos jurisprudenciales -nacionales y comunitarios- que han reconocido recientemente la legalidad de este coeficiente de parcialidad en el sentido que se recoge para la prestación de desempleo de forma horizontal,
señalando expresamente que no son contrarios al principio de igualdad 'el establecimiento de tales topes legales para el percibo de las prestaciones y la consecuencia de que tengan un techo o un suelo diferentes, acordes precisamente con la
actividad y en proporción a la misma' (destacamos, entre otras, la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Cuarta) de 9 de octubre de 2019, o la Sentencia de 22 de marzo de 2018).


Sin embargo, pueden derivarse, en casos particulares, efectos adversos consecuencia de la aplicación del coeficiente, por lo que, para abordar cualquier examen de la normativa rectora, debe disponerse de información completa y detallada
sobre este extremo, para que sea posible, en su caso, analizar fórmulas que eviten o minoren posibles tales consecuencias perjudiciales derivadas de la jornada parcial de los trabajadores, más aún cuando, consecuencia de las políticas aplicadas por
el Gobierno, la salida de la crisis social, económica y laboral derivada de la pandemia del COVID-19, se observa últimamente un aumento exponencial de los contratos parciales frente a los contratos a jornada completa, como reveló la Encuesta de
Población Activa del segundo trimestre de este año.


De acuerdo con esta, en los últimos doce meses, los empleos a jornada completa aumentaron un 4,4%, tres veces menos que el incremento que experimentó la parcialidad, que fue del 14%.


El estudio deberá tener en cuenta, en cualquier caso, la especial naturaleza de la prestación de servicios en la modalidad de jornada parcial, con fundamento en los principios inspiradores de nuestro sistema social y en la necesidad de
aplicar mecanismos que salvaguarden la suficiencia de las prestaciones, así como la sostenibilidad del sistema.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 52





A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


El Grupo Parlamentario Socialista, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la iniciativa: Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a suprimir
el coeficiente de parcialidad en el cálculo de las prestaciones por desempleo y en los subsidios y, en consecuencia, que solo se atienda al tiempo trabajado y a la cantidad cotizada, así como a los hijos a cargo, tal y como se está haciendo para el
cálculo de las pensiones desde 2019, al objeto de evitar una doble discriminación sobre los trabajadores a tiempo parcial.


Enmienda


De modificación.


Se propone la siguiente redacción:


'La Comisión de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mejorar el sistema de protección por desempleo mediante una reordenación y simplificación de sus prestaciones al objeto de reforzar su
protección, especialmente el de las personas en paro que más lo necesitan, teniendo en cuenta, entre otros elementos, la forma en que realizaron su actividad laboral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Rafaela Crespín Rubio, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002323


La Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en su sesión del día 20 de octubre de 2021, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la modificación del Real Decreto 1148/2011, de 29 de
julio, para la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, ampliándola a hijos a cargo más allá de la mayoría de edad, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 256, de 13 de abril de 2021, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar las modificaciones que se estimen oportunas en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el Sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por
cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) u otra enfermedad grave, que requiera ingreso hospitalario de larga duración, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad, o en la situación de dependencia severa o
gran dependencia a que se refiere el artículo 26.1 b) y c) de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia, ampliándola más allá de la mayoría de edad, siempre y cuando se acredite la
necesidad de cuidar de los hijos a cargo, de manera directa, continua y permanente.


2. Regular el permiso para que, la unidad familiar, guardadores con fines de adopción, acogentes, o tutores legales que necesiten reducir su jornada laboral para cuidar de hijos e hijas mayores de edad que se encuentren en alguna de las
situaciones a que se refiere el párrafo anterior, así como para aquellos con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, que requiera el cuidado directo, continuo y permanente de los mismos, puedan efectuarlo con todas las garantías.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 53





A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de ley de relativa a
la modificación del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio para la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, ampliándola a hijos a cargo más allá de la mayoría de edad, para su debate en la Comisión de
Empleo y Seguridad Social.


Enmienda


De modificación.


Se propone el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Realizar las modificaciones que se estimen oportunas en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores[...] 'afectados por
cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad, o en la situación de
dependencia severa o gran dependencia a que se refiere el artículo 26.1, b) y c) de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia', siempre y cuando se acredite la necesidad de cuidado de
los hijos a cargo, de manera directa, continua y permanente.


- Regular el permiso para que, la unidad familiar, guardadores con fines de adopción, acogente o tutores legales que necesiten reducir su jornada laboral para cuidar de hijos e hijas 'que se encuentren en alguna de las situaciones a que se
refiere el párrafo anterior', puedan efectuarlo con todas las garantías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


El Grupo Parlamentario Socialista, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la iniciativa: Proposición no de Ley relativa a la modificación del Real Decreto
1148/2011, de 29 de julio, para la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, ampliándola a hijos a cargo más allá de la mayoría de edad. (núm. expte. 161/002323)


Enmienda


De modificación.


Se propone la siguiente redacción:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar un estudio sobre el impacto que tendría sobre el Sistema de Seguridad Social la extensión de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad
grave más allá de los 18 años de edad, con determinación del incremento del gasto que ello supondría atendiendo a los supuestos en que procedería dicha extensión y el tiempo de su duración, teniendo en cuenta que nos encontramos ante una prestación
de naturaleza temporal con consecuencias, a su vez, para las personas empleadoras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Rafaela Crespín Rubio, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/002401 y 161/003138


La Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en su sesión del día 20 de octubre de 2021, adoptó el acuerdo de desestimar las siguientes iniciativas:


- Proposición no de Ley sobre el desarrollo de un plan específico para pymes y microempresas en relación con la implementación efectiva del trabajo a distancia (núm. expte. 161/002401), presentada por el Grupo Parlamentario VOX, y
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 264, de 27 de abril de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


- Proposición no de Ley relativa a la implementación en el SEPE de un programa informático para agilizar la tramitación de las prestaciones por desempleo (núm. expte. 161/3138), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 332, de 28 de septiembre de 2021.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario VOX, sobre el desarrollo de un plan específico para pymes y microempresas en relación con la implementación efectiva del trabajo a distancia (núm. expte. 161/002401).


Enmienda


De adición.


Se añade un nuevo apartado cuyo texto queda redactado como sigue:


'2. Con objeto de asegurar una correcta implantación del trabajo a distancia, aprobar en el plazo de seis meses, en el seno del diálogo social, un Fondo de Apoyo Financiero para ayudar a las empresas en su transición y adaptación hacia una
implementación efectiva del trabajo a distancia.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de Ley relativa a la implementación
en el SEPE de un programa informático para agilizar la tramitación de las prestaciones por desempleo (BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 332, de 28 de septiembre de 2021, Núm. Expte. 161/003138), cuyo debate está incluido en el Punto
7.o del



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orden del día de la sesión número 19 de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que se celebrará el próximo miércoles, 20 de octubre de 2021.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el texto de la parte dispositiva, cuya redacción quedaría de la manera siguiente (se resalta en negrita el texto que se modifica):


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar e implantar un sistema informático (análogo al existente en la AEAT para el 'programa Padre') en el SEPE para el reconocimiento de la prestación de desempleo, al contar las bases de
datos de la Administración Pública de toda la información necesaria para el realizar el cálculo tanto de la cuantía, como del periodo de percepción de la citada prestación. No obstante, en atención a las circunstancias excepcionales existentes, la
efectiva implantación de dicho sistema informático no deberá conllevar el despido de personal del SEPE, ni el cierre de sus oficinas, para garantizaran buen servicio público.'


Justificación.


Aunque la propuesta de digitalización de los servidos del SEPE es pertinente y necesaria/ ésta no debe estar vinculada necesariamente al despido de personal del SEPE ni al cierre de oficinas. Según la información con la que cuenta este
Grupo Parlamentario/ a pesar de la carga de trabajo y de la acumulación de expedientes durante la pandemia/ se ha despedido ya a muchos empleados interinos del SEPE a lo largo de este año 2021. Por el contrario/ el SEPE contaría con un problema de
escasez de recursos tecnológicos y humanos estructural. Por otra parte, el cierre de oficinas podría perjudicar el servicio y la atención al ciudadano.


Debe tenerse en cuenta, además, que el trabajo del SEPE no se limita a la tramitación de las prestaciones por desempleo a las que se refiere esta PNL, sino que abarca muchas otras gestiones de tramitación presencial.


Por último, la carga de trabajo del SEPE no parece que vaya a disminuir a corto plazo. Al contrario, a la carga de expedientes acumulados durante la pandemia, se une la tramitación de las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno que corren
a cargo del SEPE. En particular, debe tenerse en cuenta la renovación y tramitación de los nuevos ERTE ligados a la formación, que no será automática. Además, la tramitación de la financiación de las acciones formativas a las que están ligados
estos nuevos ERTE correrá también a cargo de una aportación extraordinaria del SEPE. Y, finalmente, el SEPE deberá encargarse también de verificar que la formación se ha realizado por las empresas, comunicando las eventuales infracciones a la
Inspección de Trabajo.


Por todo lo cual, la digitalización no debe conllevar, bajo ningún concepto, el despido de personal del SEPE.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002685


La Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en su sesión del día 20 de octubre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley relativa a recuperar la ultraactividad de los convenios colectivos, presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 284, de 2 de junio de 2021, en sus propios términos:


'El Congreso insta al Gobierno a adoptar, previo diálogo social, las medidas que permitan garantizar la fuerza vinculante de los convenios colectivos, modificando a estos efectos la regulación de la ultraactividad fruto de la Ley 3/2012, de
6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.'



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A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Socialista, relativa a recuperar la ultraactividad de los convenios colectivos.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Profundizar los avances en flexibilidad del mercado de trabajo alcanzados con la reforma laboral de 2012, que permitió crear 2.345.000 empleos; en especial, en lo referido a la negociación colectiva, favoreciendo convenios colectivos
adaptados a las necesidades reales del tejido productivo y plenamente actualizados a las necesidades de empresas y trabajadores.


- Establecer nuevos y efectivos mecanismos que penalicen la contratación temporal injustificada, sin perjudicar la productividad, limitando el encadenamiento de contratos y endureciendo la penalización a las empresas que realicen contratos
temporales sin causa.


- Adoptar medidas inmediatas para agilizar el colapso del SEPE.


- Adaptar nuestro mercado de trabajo a la Cuarta Revolución Industrial, impulsando el equilibrio entre flexibilidad y seguridad de los trabajadores, asegurando su derecho a trabajar para varios empleadores, potenciando el derecho a la
formación, previniéndoles de prácticas abusivas e incrementando su protección ante períodos de inactividad.


- En el seno del diálogo social, en consenso con los grupos parlamentarios y entidades pertinentes, estudiar la reforma laboral a fin de introducir mejoras impulsando el modelo de flexiseguridad, orientadas a dar estabilidad al mercado
laboral, abordar retos de futuro, rebatir la incertidumbre actual e impulsar la empleabilidad de los trabajadores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002796


La Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en su sesión del día 20 de octubre de 2021, aprobó la Proposición no de Ley sobre la inclusión social de los y las menores no acompañados a través del deporte, presentada por
el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 297, de 22 de junio de 2021, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que, en el marco de una Gobernanza multinivel de la que participen las Comunidades y Ciudades Autónomas acorde al marco competencial vigente, adopte las medidas y acciones
necesarias para que:


1. El derecho del menor sea prioritario en relación con la práctica del deporte y que no existan diferencias entre menores españoles y menores extranjeros, promoviendo así la inclusión social.



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2. Que las competencias deportivas se ajusten a nuestro ordenamiento jurídico, teniendo en cuenta el derecho a la práctica deportiva de los menores extranjeros, de acuerdo con los derechos de igualdad y de no discriminación.


3. Que en el caso de que la Administración haya asumido la tutela del menor se haga una mención especial en cuanto al establecimiento de acreditar determinados requisitos.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


SECRETARÍA GENERAL


292/000021


ACUERDO DE 5 DE OCTUBRE DE 2021, DE LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, DE CONVOCATORIA DE SEIS BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA SOBRE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL RELACIONADA CON EL PARLAMENTO


En el ámbito de sus actividades, destinadas a difundir el mejor conocimiento de la Institución Parlamentaria y las informaciones que en ella se generan, el Congreso de los Diputados, por acuerdo de la Mesa de la Cámara de 5 de octubre de
2021, convoca el presente concurso con el fin de adjudicar seis becas individuales de formación práctica sobre comunicación institucional, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:


Primera. Objeto y condiciones.


1. El Congreso de los Diputados convoca seis becas individuales de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con la actividad parlamentaria. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Comunicación
de la Cámara. Los estudios y trabajos prácticos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.


2. De dichas becas se reservará una para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se
refiere el apartado 2 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta acrecerá al turno libre.


Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.


Segunda. Duración y cuantía.


1. Cada una de las seis becas tendrá una duración de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2022.


2. La cuantía total de la beca será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €) y que estarán sujetos a las retenciones que
proceda.


3. Asimismo, los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.


4. Las becas serán indivisibles, improrrogables e incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo periodo o con cualquier otro trabajo remunerado.



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5. La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Cámara. No es aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en formación.


Tercera. Jurado.


1. Las becas se concederán por la Mesa del Congreso de los Diputados, a propuesta de un Jurado integrado por la Presidenta del Congreso de los Diputados o Vicepresidente en quien delegue, que lo presidirá; otros dos miembros de la Mesa de
la Cámara, el Secretario General del Congreso de los Diputados o, por delegación, un Secretario General Adjunto y la Directora de Comunicación, que actuará como Secretaria.


2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Jurado se reunirá para examinarlas y elevar la propuesta a la Mesa antes del día 20 de diciembre de 2021.


3. La concesión de las becas se propondrá por el Jurado por mayoría de votos y se otorgarán por la Mesa, igualmente, por mayoría de votos; también podrán declararse desiertas. El Jurado propondrá asimismo 10 suplentes para el caso de
renuncia o no justificación de requisitos y méritos de los adjudicatarios.


4. De las deliberaciones se levantará acta con los acuerdos del Jurado, firmada por la Secretaria con el visto bueno del Presidente.


Cuarta. Requisitos de los solicitantes.


1. Podrán solicitar la concesión de esta beca las personas de nacionalidad española que reúnan las siguientes condiciones:


a) Estar en posesión del título universitario de licenciado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual o Graduado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual.


b) Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1993.


c) En la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca de las mismas características en las Cortes Generales (Congreso de los Diputados o Senado).


2. Sin perjuicio de lo previsto en la base primera, las personas solicitantes deberán reunir las condiciones psicofísicas requeridas para la realización efectiva de las prácticas, y no deberán haber sido separadas, mediante expediente
disciplinario, de servicios del Estado o de cualquier Ente Territorial.


Quinta. Presentación de las solicitudes.


1. La solicitud se ajustará, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria y se presentará en la Secretaría de la Dirección de Comunicación (calle de Floridablanca s/n., Edificio Ampliación
II, planta baja, Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10 a 14 horas y de 16 a 19 horas, de lunes a viernes; por correo electrónico (becas.comunicacion@congreso.es) o bien en la forma prevista en el artículo 16.4.b de la Ley
39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de Correos en la primera hoja del modelo de instancia (anexo I), con el fin de garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.


2. El plazo para la presentación de instancias será de diez días hábiles, siguientes a la fecha de publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Sexta. Requisitos de las solicitudes.


1. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:


a) Copia de la Certificación Académica Personal, con validez oficial (o copia del título académico que acredite estar en posesión de la titulación requerida en la presente convocatoria), en la que expresamente conste el año académico en el
que se han finalizado los estudios, las materias que constituyen el programa



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completo de la titulación correspondiente y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.


b) Copia del documento nacional de identidad en vigor.


c) Relación de méritos académicos y profesionales, así como puntuación de los mismos según el baremo (anexo III), a cuyo efecto será imprescindible adoptar el modelo que figura en el anexo II, debidamente cumplimentado en español y en buena
y debida forma. Es obligatorio indicar de forma expresa y clara la puntuación total de los méritos alegados.


d) Acreditación documental fehaciente de los méritos académicos y profesionales alegados en el punto anterior (anexo II). Dicha documentación deberá presentarse formalmente organizada y numerada, siguiendo la disposición de los epígrafes
del modelo citado en el apartado anterior (anexo II). Para ello, se indicará en los documentos que se adjunten el número del mérito a que se refiera en el formulario (p. e.: A.1, A.2, B.1, B.2,...).


No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.


e) Copia de la resolución de reconocimiento de grado de discapacidad, en su caso.


f) Informe de vida laboral de la Seguridad Social.


Se podrán presentar fotocopias de toda esta documentación. No obstante, el Jurado podrá requerir a los candidatos, en cualquier momento del procedimiento, la aportación de los documentos originales para su cotejo.


2. Los solicitantes que no hayan sido seleccionados ni como titulares ni como suplentes de la beca, podrán recuperar la documentación presentada en los dos meses siguientes contados a partir de la resolución de concesión de la beca. Una
vez finalizado dicho plazo, dicha documentación será destruida.


Séptima. Concesión de las becas.


El Jurado hará la selección entre los candidatos admitidos en dos fases: una primera, consistente en la valoración de los méritos alegados, y una segunda, en la que el Jurado entrevistará a los solicitantes que hayan obtenido las
puntuaciones más altas.


1. Primera fase: Valoración de méritos alegados.


La valoración de las solicitudes se realizará tomando en consideración los méritos alegados, que se evaluarán de la siguiente manera, aplicando el baremo que se adjunta como anexo III:


A) Formación académica, hasta un máximo de 50 puntos:


a.1) Títulos, diplomas y estudios sobre Periodismo y/o comunicación institucional, hasta un máximo de 40 puntos.


a.2) Otros méritos, hasta un máximo de 10 puntos.


Se tendrán en cuenta las titulaciones oficiales universitarias o expedidas por centros adscritos a una universidad.


B) Formación práctica y experiencia profesional, hasta un máximo de 40 puntos.


b.1) Formación práctica y/o experiencia en departamentos de comunicación, hasta un máximo de 20 puntos.


b.2) Formación práctica y/o experiencia en medios de comunicación, hasta un máximo de 20 puntos.


La formación académica se computará según el número de créditos ECTS o, en su defecto, según el número de horas lectivas.


Para la valoración de la formación oficial en Comunicación se tendrán en cuenta los Máster y Programas Oficiales de Doctorado adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre; así como los Títulos Universitarios
Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005 de 21 de enero. También se valorarán los títulos propios universitarios en Comunicación y Periodismo de más de 10 créditos.



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La experiencia práctica se evaluará por meses completos. Por cada práctica o trabajo se deberá aportar un certificado en el que se especifique su duración, el tipo de contrato, el puesto ocupado y las tareas desempeñadas. No se tendrán en
cuenta las prácticas de carrera ni las de máster, cursos o títulos de posgrado. Solo se evaluarán, en su caso, las que debidamente justifiquen su carácter extracurricular


No se tendrán en cuenta las prácticas que no supongan un mínimo de cuatro jornadas por semana.


C) Idiomas alemán, francés o inglés, hasta un máximo de 5 puntos. Solo se valorarán los certificados de centros oficiales que acrediten el nivel alcanzado dentro del Marco Común de Referencia para Lenguas, a partir del B1 o equivalente.


2. Segunda fase: Entrevista personal.


Los solicitantes que hayan obtenido las puntuaciones más altas en la fase anterior serán convocados a una entrevista personal que se hará de forma presencial en el Congreso de los Diputados. El lugar, fecha y hora serán comunicados a cada
uno de ellos oportunamente. La entrevista versará sobre los méritos alegados, preparación en materias de actualidad, parlamentarias y de comunicación, relacionadas con el objeto de la beca, así como sobre proyección profesional e idoneidad,
pudiendo ser sometidos a pruebas con el fin de comprobar su conocimiento sobre los méritos alegados.


Octava. Presentación de la documentación por los adjudicatarios de las becas.


Los adjudicatarios de las becas deberán presentar en el plazo en el que se le indique certificación original de la titulación universitaria requerida y certificación acreditativa de no padecer enfermedad contagiosa o defecto físico que
impida la realización de los estudios y trabajos que implica la aceptación de la beca.


Novena. Obligaciones del becario.


1. El becario, por el solo hecho de solicitar esta beca, se compromete a aceptar las bases de la presente convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma, así como a cumplir con las siguientes
obligaciones:


a) Aceptar la beca concedida en el modo y plazo que en la notificación de resolución se le indique. De no ser así, se entenderá que el becario renuncia a la misma y se concederá al candidato que figure en primer lugar en la relación de
suplentes del Acuerdo de concesión.


b) Cumplir las normas de asistencia y realizar la actividad formativa en horario de jornada completa en el departamento que se le asigne y con sujeción a las indicaciones de sus responsables.


c) Observar la mayor discreción y confidencialidad en todo lo que se refiere a los asuntos, hechos o informaciones de los que hubiera tenido conocimiento durante el periodo de la beca. No deberá difundir, bajo ninguna forma, documentos o
informaciones que no hubieran sido hechos públicos a personas que no estuvieran cualificadas para tener conocimiento de los mismos, a reserva del acuerdo previo de la institución. Seguirán sometidos a esta obligación después de finalizar su periodo
de prácticas.


d) No haber adquirido ni adquirir durante el periodo de la beca ningún compromiso u obligación que impida el cumplimiento íntegro y continuado de aquella, salvo renuncia expresa de la misma.


2. El Congreso se reserva el derecho de suspender la beca en el supuesto de que el becario no realizara los trabajos para su formación práctica en condiciones satisfactorias.


3. El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar lugar a la privación de la beca por el tiempo que quedara pendiente, sin perjuicio de las responsabilidades que resultaran exigibles.


Décima. Renuncia a la beca concedida.


En el caso de renuncia a la beca concedida, el adjudicatario deberá presentar el correspondiente escrito de renuncia, dirigido al Secretario General del Congreso de los Diputados, quien adjudicará la beca por el periodo de disfrute restante
al candidato suplente, según el orden obtenido en el proceso de selección.


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2021.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet Lamaña.



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ANEXO I


Solicitud de becas de formación práctica sobre comunicación institucional


Datos personales del solicitante


1.er Apellido;;2.º Apellido;


Nombre;;DNI/NIF;


Domicilio (C. Av. P. Pl.);Núm.;;Piso


Localidad;Provincia;;C.P.


Teléfono;Tel. móvil;;


Correo electrónico;;;


Fecha de nacimiento;;;


Documentos que se adjuntan


? DNI


? Formulario de méritos (Anexo II);? CAP


? Justificación de méritos alegados


? Informe de vida laboral


Turno de reserva para personas discapacitadas


? El aspirante NO SE ACOGE al turno de reserva para personas discapacitadas.


? El aspirante SE ACOGE al turno de reserva para personas discapacitadas, comprometiéndose a acreditar el grado de discapacidad establecido para este turno y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.


? El aspirante DECLARA que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no ha disfrutado durante más de seis meses de otra beca de las mismas características en las Cortes Generales (Congreso de los Diputados o
Senado).


Expone que desea obtener una de las becas de formación práctica sobre comunicación institución, a cuyo efecto hace constar que acepta las bases de la convocatoria y que cumple con los requisitos de la misma.


En , a de de 2021.


(Firma del solicitante)


EXCMO. SR. SECRETARIO GENERAL DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



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ANEXO II


Relación de méritos del solicitante


Apellidos: ........................................................................ Nombre: ....................................


1. Titulación:


.......................................................................................................................................


Universidad de ............................................................................................................


Curso académico de finalización de los estudios _____ / _____


A. Formación académica (máximo 40 puntos).


A.1 Títulos, diplomas y estudios, hasta un máximo de 40 puntos:


(Licenciaturas, grados y diplomaturas distintos de los exigidos para optar a la beca).


N.º de orden;Título;Centro que lo expide;Núm. créditos;Puntos


A.;;;;


A.;;;;


A.;;;;


A.;;;;


A.;;;;


A.;;;;


;; SUMA TOTAL;;


A.2 Otros méritos, hasta un máximo de 5 puntos


N.º de orden;Título;Centro que lo expide;Núm. créditos;Puntos


B.;;;;


B.;;;;


B.;;;;


B.;;;;


;; SUMA TOTAL;;


B. Formación práctica y experiencia profesional (máximo 40 puntos).


B.1 Formación práctica en departamentos de comunicación (máximo 20 puntos).


N.º de orden;Puesto ocupado;Institución, organismo o empresa;Fechas;N.º de meses;Puntos


C.;;;;;


C.;;;;;


C.;;;;;


C.;;;;;


;; SUMA TOTAL;;;



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B.2 Formación práctica en medios de comunicación (máximo 20 puntos).


N.º de orden;Puesto ocupado;Medio de comunicación;Fechas;N.º de meses;Puntos


D.;;;;;


D.;;;;;


D.;;;;;


D.;;;;;


;; SUMA TOTAL;;;


C. Idiomas (máximo 5 puntos)


N.º de orden;Idioma;Nivel;Puntos


E.;Inglés;;


E.;Francés;;


E.;Alemán;;


;; SUMA TOTAL;


SUMA TOTAL DE PUNTOS (*);


El abajo firmante declara que los datos reseñados son correctos y ciertos y pueden justificarse documentalmente.


En , a de de 2021.


Firma,


(*) Es obligatorio indicar de forma expresa y clara la puntuación total de los méritos alegados.



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ANEXO III


Baremo de aplicación para la valoración de méritos de las becas de formación práctica sobre comunicación institucional del Congreso de los Diputados


A) FORMACIÓN ACADÉMICA (máximo 40 puntos).


A.1) Títulos, diplomas y estudios, hasta un máximo de 35 puntos:


- Máster sobre comunicación institucional, con un mínimo de 60 créditos ECTS*: 10 puntos.


- Máster en periodismo, con un mínimo de 60 créditos ECTS: 8 puntos.


- Posgrado en comunicación institucional de entre 35 y 59 créditos ECTS: 6 puntos.


- Posgrado en periodismo de entre 34 y 49 créditos ECTS: 5 puntos.


- Posgrado en comunicación institucional entre 20 y 34 créditos ECTS: 4 puntos.


- Posgrado en periodismo entre 20 y 34 créditos ECTS: 3 puntos.


- Otros cursos sobre periodismo o comunicación institucional de un mínimo de 30 horas lectivas: 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.


* Un crédito equivale a 25 horas.


A.2) Otros méritos, hasta un máximo de 5 puntos:


- Doctorado en periodismo o comunicación: 2 puntos.


- Doctorado en otras materias: 1 punto.


- Licenciatura o equivalente distinta a Periodismo: 2 puntos.


- Diploma de Estudios Avanzados (DEA): 1 punto.


- Diplomaturas universitarias o equivalentes: 1 punto.


- Programas de intercambio universitario en España o en el extranjero (p.e. Erasmus, Séneca): 1 punto.


B) FORMACIÓN PRÁCTICA Y EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 40 puntos).


B.1) Formación práctica y/o experiencia en departamentos de comunicación, 0,5 puntos por mes hasta un máximo de 20 puntos.


B.2) Formación práctica y/o experiencia en medios de comunicación, 0,5 puntos por mes, hasta un máximo de 20 puntos.


C) Idiomas, hasta un máximo de 5 puntos.


- Nivel B1: 1 punto por idioma.


- Nivel B2: 2 puntos por idioma.


- Nivel C1: 3 puntos por idioma.


- Nivel C2: 4 puntos por idioma.



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292/000021


La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día 5 de octubre de 2021, acordó, en relación con la convocatoria de seis becas de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con el Parlamento y, de conformidad
con la base tercera de dicha convocatoria, que el Jurado esté integrado por las siguientes personas:


- Excma. Sra. Dª Meritxell Batet Lamaña, Presidenta, que lo presidirá.


- Excma. Sra. Dª Ana María Pastor Julián, Vicepresidenta Segunda.


- Excma. Sra. Dª María Gloria Elizo Serrano, Vicepresidenta Tercera.


- Ilmo. Sr. D. José Antonio Moreno Ara, Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios.


- Ilma. Sra. Dª Mª Rosario Rodríguez García, Directora de Comunicación, que actuará como Secretaria del Jurado.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


292/000022


ACUERDO DE 19 DE OCTUBRE DE 2021, DE LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, POR EL QUE SE CONVOCAN BECAS PARA LA FORMACIÓN PRÁCTICA EN DOCUMENTACIÓN, BIBLIOTECONOMÍA Y ARCHIVÍSTICA


En el ámbito de sus actividades, destinadas a difundir el mejor conocimiento de las instituciones parlamentarias, el Congreso de los Diputados, por Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 19 de octubre de 2021, convoca el presente concurso con el
fin de adjudicar doce becas individuales para la realización de estudios y trabajos de carácter documental, bibliográfico y archivístico relacionados con el Parlamento de acuerdo con las bases que figuran a continuación:


Primera. Objeto y condiciones.


1. El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para la formación práctica en actividades documentales, bibliográficas y archivísticas de la Cámara. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de
Documentación, Biblioteca y Archivo, por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y por el Departamento de Edición Oficial y Tratamiento documental. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Congreso de los Diputados.


2. De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que
se refiere el apartado 2 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el supuesto de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.


Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.


3. Las becas serán indivisibles e incompatibles con cualquier otra beca concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral. También serán incompatibles con la percepción de prestaciones por desempleo.


4. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Congreso de los Diputados. No es aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en formación.



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Segunda. Duración y cuantía.


1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de doce meses, que podrá prorrogarse por un período máximo de seis meses, cuando la conclusión de los estudios y trabajos que se estén realizando así lo aconsejen.


La prórroga será acordada por el Presidente del Congreso de los Diputados, a propuesta del Secretario General de la Cámara, previo informe favorable del Jefe de Departamento correspondiente.


El inicio de las becas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión.


2. La cuantía total de la beca será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €) y que estarán sujetos a las retenciones
que proceda.


3. Asimismo, los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.


Tercera. Jurado.


1. Las becas se concederán por la Mesa del Congreso de los Diputados, a propuesta de un Jurado integrado por el Presidente de la Cámara o Vicepresidente en quien delegue, que lo presidirá; un Secretario de la Mesa, el Secretario General o,
por delegación, el Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios, el Director de Documentación, Biblioteca y Archivo y un funcionario del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios, que actuará como Secretario a estos efectos y para el llamamiento
de suplentes durante el período de duración de estas becas.


2. De las deliberaciones y acuerdos del Jurado se levantará acta, firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos.


Cuarta. Requisitos de los solicitantes.


1. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:


a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.


b) Los solicitantes que no tengan la nacionalidad española deberán poseer un perfecto dominio, hablado y escrito, de la lengua oficial española.


c) Estar en posesión de un título universitario de Nivel 3 (Máster) o superior, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, de conformidad con los niveles establecidos en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de
julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) (artículo 7 y Anexo modificados por Real Decreto 96/2014, de 14 de febrero y artículo 4 modificado por Real Decreto 22/2015, de 23 de enero):


- Título de Máster universitario al que se ha accedido a través de un Grado o de una Licenciatura.


- Título de Graduado de al menos 300 créditos ETCS que comprenda al menos 60 créditos ETCS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades.


- Licenciatura con equivalencia al Nivel de Máster.


- Título de Doctor.


Dichas titulaciones tienen que haber sido obtenidas en el curso académico 2015-2016 o posterior, en universidades españolas o extranjeras, en este último caso, siempre y cuando las titulaciones hayan sido homologadas por el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte y por resolución definitiva.


d) Poseer titulación específica, bien académica (apartados 1 y 2 del Anexo III), bien universitaria permanente (apartado 3 del Anexo III), o bien como formación continua (apartado 4 del Anexo III) directamente relacionada con la
Documentación, la Biblioteconomía y la Archivística.


e) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del Congreso de los Diputados, del Senado o de la Junta Electoral Central.



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f) No haber renunciado a una beca para la formación práctica en Documentación, Biblioteconomía y Archivística del Congreso de los Diputados siendo titular de la misma y en cualquier momento de su disfrute.


Al respecto será necesario presentar Declaración jurada (Anexo IV de la convocatoria)


2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, las personas solicitantes deberán reunir las condiciones psicofísicas requeridas para la realización efectiva de las prácticas, y no haber sido separadas, mediante expediente
disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad territorial.


Quinta. Presentación de las solicitudes.


1. La solicitud se ajustará, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como Anexo I de la presente convocatoria y se presentará en el Departamento de Documentación de la Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo de la
Secretaría General del Congreso de los Diputados (calle de Floridablanca s/n, Edificio Ampliación I, 2ª planta, 28071 Madrid), en horario de 10 a 14 horas, de lunes a viernes, por correo electrónico (becas.dba@congreso.es) o en la forma prevista en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


2. El plazo para la presentación de instancias será de quince días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado'.


3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se elaborará una relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que se hará pública en la página web del Congreso de los Diputados
(http://www.congreso.es).


Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, el interesado dispondrá de cinco días naturales para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido en su petición.


Sexta. Requisitos de las solicitudes


1. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:


a) Copia de la Certificación Académica Personal de las titulaciones de acceso a la beca (Grado y Máster o/y Licenciatura), con validez oficial, expedidas por la Secretaría del centro universitario donde hayan sido cursadas.


En dicha Certificación Académica Personal deberá constar, expresamente:


- El año académico en el que se han finalizado los estudios que dan acceso a la beca


- Las materias que constituyen el programa completo de la titulación correspondiente y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.


- Las calificaciones de los créditos o asignaturas superadas, sus fechas de obtención.


- La calificación de la media final, de forma numérica.


- Los hitos o logros académicos conseguidos.


En el caso de estudios realizados parcial o totalmente en el extranjero, además de los requisitos anteriores, la certificación informará de las calificaciones máxima y mínima necesaria para aprobar dentro del sistema de evaluación
correspondiente. Cuando la certificación esté extendida en idioma distinto al español, al francés o al inglés, deberá acompañarse de la correspondiente traducción jurada (en español o en inglés).


b) Copia del Título o Títulos universitarios oficiales de acceso a la beca o certificación de haber pagado los derechos de los mismos.


c) Copia del Documento Nacional de identidad en vigor. Los solicitantes no españoles presentarán copia del documento acreditativo de su identidad expedido por la autoridad competente de su país que acredite su nacionalidad.


d) Relación de méritos, a cuyo efecto será imprescindible adoptar el modelo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria, debidamente cumplimentado en español, con letra clara y legible y en debida forma.


e) Acreditación documental fehaciente de los méritos alegados en el punto anterior (Anexo II). En el caso de poseer formación académica adicional, ésta deberá acreditarse con la Certificación Académica Personal correspondiente, expedida por
la Secretaría del centro universitario donde hayan sido cursadas las titulaciones que se relacionen.



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Dicha documentación deberá presentarse formalmente organizada y numerada, siguiendo la disposición de los epígrafes del modelo citado en el apartado anterior (Anexo II). No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.


Se podrán presentar fotocopias de toda esta documentación. No obstante, el Jurado podrá requerir a los candidatos, en cualquier momento del procedimiento, la aportación de los documentos originales para su cotejo.


2. Los solicitantes que no hayan sido seleccionados ni como titulares ni como suplentes de la beca, podrán recuperar la documentación presentada, en los tres meses siguientes contados a partir de la resolución de concesión de la beca. Una
vez finalizado dicho plazo, dicha documentación será destruida.


Séptima. Selección y concesión de las becas.


1. El Jurado hará la selección entre los candidatos admitidos conforme a los criterios especificados en el Anexo III de la presente convocatoria. En todo caso, para superar la fase de selección, será necesario obtener, al menos, ocho
puntos, una vez que hayan sido aplicados los criterios antes señalados.


2. El Jurado podrá acordar que los aspirantes realicen la prueba presencial que considere pertinente para comprobar que sus conocimientos en archivística, biblioteconomía y documentación y en otros méritos alegados les sitúa en condiciones
de adquirir una formación práctica sólida. En este caso, el lugar, fecha y hora de dicha prueba sería comunicado a cada uno de los candidatos oportunamente.


3. A los efectos previstos en el apartado anterior, el Jurado podrá adoptar las medidas necesarias para adaptar la realización de las pruebas por parte de las personas discapacitadas que así lo hubieran hecho constar en su instancia,
siempre que no se altere el contenido y la finalidad de las mismas y se respete el principio de igualdad de oportunidades.


4. La concesión de las becas se propondrá por el Jurado por mayoría de votos y se otorgarán por la Mesa de la Cámara. El Jurado propondrá, asimismo, dieciocho suplentes, que siguiendo el orden de puntuación obtenida, sustituirán a los
titulares en el caso de que alguno de éstos renunciara a la beca que le hubiera sido adjudicada.


El Jurado puede proponer que el concurso se declare total o parcialmente desierto cuando los solicitantes no reúnan las condiciones que aquel estime idóneas para su adjudicación.


5. La Mesa del Congreso de los Diputados adjudicará las becas a sus titulares y aprobará, asimismo, la relación de los dieciocho candidatos suplentes, notificándose a los beneficiarios de las mismas.


Octava. Presentación de la documentación por los adjudicatarios de las becas.


Los adjudicatarios de las becas deberán presentar en el plazo que en la notificación de resolución se indique certificación original del expediente académico personal.


Novena. Obligaciones del becario.


1. El becario, por el solo hecho de solicitar esta beca, se compromete a aceptar las bases de esta convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma, así como a cumplir con las siguientes obligaciones:


a) Aceptar la beca concedida en el modo y plazo que en la notificación de resolución se le indique. De no ser así, se entenderá que el becario renuncia a la misma y se concederá al candidato que figure en primer lugar en la relación de
suplentes del Acuerdo de concesión.


b) Cumplir las normas de asistencia y realizar la actividad formativa en el horario y departamento que se le asignen y con sujeción a las indicaciones de sus responsables. Las prácticas tendrán una duración de treinta horas semanales, en
horario de mañana o tarde.


c) Observar la mayor discreción y confidencialidad en todo lo que se refiere a los asuntos, hechos o informaciones de los que hubieran tenido conocimiento durante el período de la beca. No deberán comunicar, bajo ninguna forma, documentos o
informaciones que no hubieran sido hechos públicos a personas que no estuvieran cualificadas para tener conocimientos de los mismos, a reserva del acuerdo previo de la Institución. Seguirán sometidos a esta obligación después de finalizar su
período de prácticas.


d) No haber adquirido ni adquirir durante el período de la beca ningún compromiso u obligación que impida el cumplimiento íntegro y continuado de aquella, salvo renuncia expresa a la misma.



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2. El Congreso de los Diputados se reserva el derecho de suspender la beca en el supuesto de que el becario no realizara los trabajos para su formación práctica en condiciones satisfactorias.


3. El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar lugar a la privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.


Décima. Renuncia a la beca concedida.


En el caso de renuncia a la beca concedida, el adjudicatario deberá presentar el correspondiente escrito de renuncia, dirigido al Secretario General del Congreso de los Diputados, quien adjudicará la beca por el período de disfrute restante
al candidato suplente, según el orden de puntuación obtenido en el proceso de selección.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet Lamaña.



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ANEXO I


Solicitud de becas para la formación práctica en documentación, biblioteconomía y archivística del Congreso de los Diputados


Datos personales del solicitante


1.er Apellido;;2.º Apellido;


Nombre;;DNI/NIF;


Domicilio (C. Av. P. Pl.);Núm.;;Piso


Localidad;Provincia;;C.P.


Teléfono;Móvil;;


Correo electrónico;;;


Documentos que se adjuntan


? DNI


? Título universitario de acceso


? Justificación de méritos alegados;? Certificación Académica Personal


? Relación de méritos (Anexo II)


? Declaración Jurada (Anexo IV)


Turno de reserva para personas discapacitadas


? El aspirante NO SE ACOGE al turno de reserva para personas discapacitadas.


? El aspirante SE ACOGE al turno de reserva para personas discapacitadas, comprometiéndose a acreditar, en el plazo previsto en el apartado 2 de la base quinta de la convocatoria, el grado de discapacidad establecido para este turno y la
compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.


Actividad preferente (rellenar una sola casilla)


? Documentación;? Biblioteconomía;? Archivística


Expone que desea obtener una de la becas para la formación práctica en documentación, biblioteconomía y archivística del Congreso de los Diputados, a cuyo efecto hace constar que acepta las bases de la convocatoria y que cumple con los
requisitos de la misma.


En , a de de 2021.


(Firma del solicitante)


EXCMO. SR. SECRETARIO GENERAL DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



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ANEXO II


Relación de méritos del solicitante


Apellidos: ........................................................................................ Nombre: ..............................................


1. Titulado universitario Máster o Licenciado en


.................................................................................................................................................................


Expedido por la Universidad de


.................................................................................................................................................................


Curso académico de finalización de los estudios _____ / _____


Nota media del expediente académico ...................................................................................................


(Máximo 10 puntos)


NO RELLENAR;


2. Formación académica adicional (máximo 6 puntos)


Titulaciones de alguno de los cuatro niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), distintos, en su caso, de los exigidos para optar a la beca, en las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades.


Título;Universidad o centro que lo expide;Núm. créditos;Puntos


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


NO RELLENAR;



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3. Formación universitaria permanente (máximo 6 puntos):


Títulos propios de universidades y centros asimilados o títulos acreditados o con reconocimiento universitario en disciplinas relacionadas con las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades.


Título;Universidad o centro que lo expide;Núm. créditos/horas lectivas;Puntos


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


;;;


NO RELLENAR;


4. Formación continua en documentación, biblioteconomía y archivística, cursada en los siete años anteriores a la presente convocatoria (a partir del año 2014 inclusive) (máximo 3 puntos)


Título;Centro que lo expide ;Año;Horas lectivas;Puntos


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


;;;;


NO RELLENAR;



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5. Idiomas (máximo 3 puntos)


Señale el nivel máximo alcanzado, conforme al Marco Europeo Común de Referencia para las Lenguas.


Nivel;Alemán;Francés;Inglés;Italiano;Portugués;Puntos


C = Avanzado (C1-C2);;;;;;


B = Intermedio (B1-B2);;;;;;


A = Principiante (A1-A2);;;;;;


NO RELLENAR;


6. Otros méritos relacionados con el objeto de la beca (máximo 2 puntos)


Mérito;Puntos


Publicaciones, presentación de ponencias o comunicaciones y otros trabajos:


;


Nivel alcanzado en idiomas oficiales de Estados y en lenguas muertas:


;


Exámenes aprobados de oposiciones relacionadas con el objeto de la beca:


• Cuerpo de Facultativos


• Cuerpo de Ayudantes


• Cuerpo de Auxiliares;


Beca para la formación práctica en Documentación, Biblioteconomía y Archivística en el Congreso de los Diputados 1;


NO RELLENAR;


El abajo firmante declara que los datos reseñados son correctos y ciertos y pueden justificarse documentalmente.


En , a de de 2021.


1 Este punto sólo se refiere a aquellos becarios que siendo suplentes, han disfrutado de una beca para la formación práctica en Documentación, Biblioteconomía y Archivística en el Congreso de los Diputados, por un período inferior a seis
meses, que no hayan renunciado a la misma y que aporten informe favorable del Jefe de Departamento correspondiente.



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ANEXO III


Baremo de aplicación para la valoración de méritos de las becas de formación práctica en Documentación, Biblioteconomía y Archivística


1. Expediente académico correspondiente al título o títulos universitarios de acceso a la beca. (Máximo diez puntos).


2. Formación académica adicional de alguno de los cuatro niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), en las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, distintos, en su caso, de los exigidos
para optar a la beca. (Máximo seis puntos).


2.1. Nivel (1) Técnico Superior: Técnico Superior de Formación Profesional (1 punto).


2.2. Nivel (2) Grado: Graduado (180 créditos ECTS) (3 puntos)/(240 créditos ECTS) (4 puntos)/(300 o más créditos ECTS) (5 puntos).


2.3. Nivel (3) Máster:


- Máster universitario (60 o 120 créditos ECTS) (1 o 2 puntos).


- Graduado de al menos 300 créditos ECTS que comprenda al menos 60 créditos ECTS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades (5 puntos).


- Licenciatura (300 créditos ECTS) (5 puntos).


• Segundo ciclo de una Licenciatura cursado en uno o dos cursos académicos (138 créditos ECTS) (2 puntos).


• Diplomatura (no se valora si se cursa como acceso al 2.º ciclo de la Licenciatura o Grado) (3 puntos).


2.4. Nivel (4) Doctor:


- Doctor (4 puntos).


- Certificado periodo de docencia (20 créditos ECTS) (0.75 puntos), con el Diploma de Estudios Avanzados (DEA) (12 créditos ETCS) (1 punto).


3. Formación universitaria permanente. Títulos propios de universidades y centros asimilados o títulos acreditados o con reconocimiento universitario en disciplinas relacionadas con las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades.
(Máximo seis puntos) (La puntuación dependerá del número de créditos / horas lectivas y de la relación con las disciplinas objeto de la beca).


3.1. Experto.


3.2. Especialista.


3.3. Máster propio.


3.4. Otras titulaciones.


4. Formación continua en Biblioteconomía, Archivística, Información y Documentación, realizada en los siete años anteriores a la presente convocatoria (año 2014 inclusive). (Máximo tres puntos) (La puntuación dependerá del número de horas
lectivas).


5. Idiomas oficiales de la Unión Europea (alemán, francés, inglés, italiano, portugués). Sólo se valorarán los certificados de centros oficiales que acrediten el nivel alcanzado dentro del Marco Común de Referencia para las Lenguas.
(Máximo tres puntos).


5.1. Nivel elemental (A1 y A2) (0.75 puntos).


5.2. Nivel intermedio (B1 y B2) (1.5 puntos).


5.3. Nivel superior (C1 y C2) (3 puntos).


6. Otros méritos relacionados con el objeto de la beca. (Máximo dos puntos).


6.1. Publicaciones, presentación de ponencias o comunicaciones (0.25-1).


6.2. Nivel alcanzado en idiomas oficiales de Estados y en lenguas muertas (0.05-0.50).


6.3. Exámenes aprobados de oposiciones relacionadas con el objeto de la beca (0.25-0.75).


6.4. Beca para la formación práctica en Documentación, Biblioteconomía y Archivística en el Congreso de los Diputados (1-2).



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ANEXO IV


Declaración jurada


[Base Cuarta, apartado 1 e) de la convocatoria]


D./Dña. ............................................................................................................................. mayor de edad, con DNI n.º .......................... y domicilio en
......................................................................................... calle
.................................................................................................................................................................


Declaro bajo juramento o promesa solemne:


No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del Congreso de los Diputados, del Senado o de la Junta Electoral Central y no haber renunciado a una beca para la formación práctica en Documentación, Biblioteconomía y Archivística
del Congreso de los Diputados siendo titular de la misma y en cualquier momento de su disfrute.


Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firmo la presente declaración en .............................., a ...... de ................................. de 2021.



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292/000022


La Mesa de la Cámara, en su reunión de 19 de octubre de 2021, acordó la convocatoria de becas para la formación práctica en documentación, biblioteconomía y archivística, según las bases que figuran como anexo al acta de dicha reunión.


Asimismo, la Mesa acordó, de conformidad con la cláusula Tercera de la convocatoria, que el Jurado esté integrado por las siguientes personas:


- Presidente del Jurado: Excma. Sra. D.ª M.ª Gloria Elizo Serrano, Vicepresidenta Tercera, quien actuará por delegación de la Presidenta de la Cámara.


- Excmo. Sr. D. Adolfo Suárez Illana, Secretario Cuarto.


- Ilmo. Sr. D. José Antonio Moreno Ara, Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios.


- Ilmo. Sr. D. Mateo Maciá Gómez, Director de Documentación, Biblioteca y Archivo.


- D. Miguel Bernad Calavia, Archivero-Bibliotecario, que actuará como secretario.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.